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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 6

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 16

BANCOS ............................................................................................................................................................... 18

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 19

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 21

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 27

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 29

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 37

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 37

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 38

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 43

PROGRAMA HABITAT .......................................................................................................................................... 44

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 45

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 45

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 46

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 47

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 48

PROGRAMA HABITAT .......................................................................................................................................... 49

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS ...................................................................................................... 50

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 52

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 53

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 54

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 7 2

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3 2

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

- -

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 20

Señalamientos - -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

- -

Solicitud de Aclaración 8 1

Subtotal 18 25

Acciones Preventivas

Recomendación2 - 23

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal - 23

TOTAL 18 48

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Control Presupuestario.- En virtud de que se observaron variaciones presupuestales de consideración en Ingresos como una recaudación mayor del 10.79% y un sobre ejercicio del 16.38%.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $121,052,521.12, los cuales se encuentran conformados por $58,199,881.02 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 90.31%. Además de $26,461,470.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $28,669,120.29 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física, así como $7,722,049.81 de Ingresos del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado, los cuales se revisaran por separado. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Sin Observación Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas, son depositados de manera íntegra y oportuna y cumple con la normatividad aplicable, salvo las observaciones que se menciona enseguida.

Resultado AF-02, Observación AF-01 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión de ingresos específicamente a la subcuenta 4104-08 Otros Aprovechamientos, correspondiente a los meses de mayo, junio y agosto de 2010, se observó que el municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas informa ingresos por concepto de reintegros de Recursos Federales a la Tesorería municipal, derivados de descuentos vía Participaciones por un crédito que tiene el municipio con la Secretaría de Finanzas. De lo anterior se verificó que dichos recursos fueron depositados a la cuenta bancaria de la Tesorería (Gasto Corriente) presentando su recibo de ingresos, sin embargo en los recibos no se desglosa a que tipo de aprovechamientos corresponden, razón por la cual no fue posible identificar el concepto de los ingresos depositados por un monto de $16,210.00.

AF-10/34-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo emita sus recibos por cada uno de los cobros realizados, en los que se describa el concepto del ingreso y la cuenta contable en la que será registrado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, 7 y 17 fracción X de Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-02 Que corresponde a la Administración 2007-2010 De la revisión del ingreso relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, se determinaron las siguientes observaciones: 1) Se determinó una diferencia no cobrada por la

AF-10/34-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo sucesivo, efectúe el cobro de las licencias de bebidas alcohólicas apegándose a las disposiciones legales correspondientes en las cuales se estipulan cuotas y tarifas para el pago de Derechos por la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

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INGRESOS

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cantidad de $24,564.92 en virtud de que el municipio no aplicó correctamente las cuotas y tarifas establecidas en la Ley en la materia, ya que según información proporcionada por el Departamento de Alcoholes se obtuvieron ingresos por $923,436.03, y según lo establecido en Ley el municipio debió percibir de $948,000.95. 2) El ente auditado no cobró el incremento del 10% a varios establecimientos o locales en los que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, por la cantidad de $3,492.98. 3) Se determinó diferencia no cobrada por el municipio, por el importe de $1,402.87, derivada de cobros no realizados del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, originados por la no aplicación del incremento del 10% antes mencionado. 4) Así mismo el municipio no cobró la cantidad de $25,414.28 ya que en algunas licencias no aplicó las sanciones por la falta de renovación de la licencia. 5) Se efectuaron pagos de 5 solicitudes de renovación de licencias para la venta de bebidas alcohólicas durante los meses de septiembre, octubre y diciembre, observándose que no se realizó la clausura correspondiente de manera temporal o definitiva de conformidad con la Ley de la materia.

venta de bebidas alcohólicas y lo referente al Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas. Asimismo aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea de las solicitudes de las renovaciones de las licencias en esta materia y, en su caso, instruir el procedimiento de clausura, según corresponda; así también se recomienda efectuar el cobro del 10% adicional del Derecho causado sobre el entero a los establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos. Lo anterior con fundamento en los artículos 95 de la Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas; 22, 24 y 47 fracción V de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas; 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas; 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV, 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio; y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión ante esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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EGRESOS

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El presupuesto ejercido por el municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, fue por $125,838,135.89 los cuales se encuentran conformados por $51,135,315.47; de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 23.12%. Además de $11,224,320.36 de Obra Pública, $26,461,470.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $29,205,889.88 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física, así mismo se realizaron erogaciones por la cantidad de $7,811,140.18 que corresponden a Egresos del Sistema de Agua Potable, los cuales se revisaran por separado.

Resultado AF-04, Sin Observación Se verificó que los egresos contabilizados en los Estados Financieros del municipio se refirieran a operaciones efectivamente realizadas, asimismo se constató que las erogaciones efectuadas contaran con su respectivo soporte documental y se encontraran registradas contable y presupuestalmente, también se comprobó que las erogaciones correspondieran a actividades propias del municipio, con excepción de las observaciones que se mencionan a continuación.

Resultado AF-05, Observación AF-03 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de Egresos, se observó que el ente auditado realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por un importe de $110,464.22, el desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

No. FECHA No.

PÓLIZA No. SUBCTA

No. CHEQUE

OBSERVACIONES IMPORTE

OBSERVADO

1 14/Ene/10 C00055 5000-01-1510 6017 Se realizó pago de compensación garantizada, sin embargo, se verificó que únicamente se exhibe la póliza de egresos del SACG, no así las nóminas que avalen los pagos a los beneficiarios.

26,408.00

2 14-ene-10 C00056 5000-01-1510 177 769.00

3 28/Ene/10 E00005 5000-01-1510 6116 31,794.00

4 26/Feb/10 D00064 5000-01-2601 S/N El día 26 de febrero de 2010 en la cuenta 2601.- Combustibles se observó la creación de pasivo por concepto de combustible, del cual el día 29 de marzo de 2010 se realizo su pago según póliza de cheque no. C00648, sin embargo no cuenta con el soporte documental correspondiente.

42,987.02

5 29/Ene/10 D00021 5000-01-3503 S/N El día 29 de enero en el rubro 3503- Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo se observó la creación de pasivo por un monto total de $2,880.00 del cual se presentan las facturas no. 2672, 2583 y 2586 de José Ramón Arroyo Hinojos que ampara un total de $1,880.00, sin embargo no se presentó soporte documental alguno que avale el importe de $1,000.00.

1,000.00

AF-10/34-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. T.C. Ma. Araceli Pérez Oliva y C. Dr. Raúl Villegas Torres, quienes se desempeñaron como Tesorera y Presidente Municipal, por el período del 01 de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión respectivamente, por un monto de $2,245.00,por concepto de erogaciones realizadas por la Administración Municipal 2007-2010, con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación, en la modalidad de responsable directa la primera y subsidiario el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7, 17 fracción X y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por 6

28/Jul/10 C01725 5000-01-3603 7534 Al realizar el análisis del rubro 3603.-Espectaculos Culturales se observó una erogación por $3,745.00 de los cuales únicamente se presentó documentación comprobatoria por $2,500.00 como pago al C. Uriel Ramos Ávila por concepto de pago de transporte y presentación del grupo de rock NEMESIS, quedando pendiente de comprobar el importe de $1,245.00.

1,245.00

7 27/Ago/10 E00102 5000-01-4101 57 El día 27 de agosto de 2010 se otorgo una ayuda a personas con discapacidad obsequiando una Notebook, sin embargo no presenta documentación comprobatoria alguna que avale dicha ayuda, solo se presentó póliza de egresos, así como factura, faltando solicitud e identificación de quien recibió el apoyo.

5,104.00

8 15/sep/10 D00360 5000-01-2601 S/N El día 15 de septiembre de 2010 en el rubro 2601- Combustibles se observó la creación de pasivo por un monto total de $33,284.59 del cual se presentan las facturas no. 4439, 4436 y 4437 de Raúl González Sánchez que ampara un total de $32,127.39, sin embargo no se presentó soporte documental alguno que avale el importe de $1,157.20.

1,157.20

TOTAL $110,464.22

Zacatecas, y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas; y Ente Público de los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

AF-10/34-006 Solicitud de Aclaración Se solicita a la administración municipal 2007-2010 que para efectos de aclaración presente la evidencia documental suficiente y competente que justifique las erogaciones que se describen en la observación que antecede por la cantidad de $108,219.22, a fin de transparentar el ejercicio de los recursos del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 7 y 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-06, Observación AF-04 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión realizada al rubro de Compensación por Servicios Especiales se verificó que el día 03 de septiembre de 2010, mediante póliza de cheque no. C02591 se expidió cheque no. 7715 por un importe de $16,300.00 de la cuenta bancaria 548855818 de BANORTE, a José Guadalupe Oros Yañez, por concepto de pago a persona que presta sus servicios como técnico de sonido e iluminación en los eventos del auditorio durante los años 2009 y 2010, sin embargo no se justifica la aplicación del gasto debido a que la mayoría de los eventos por los que se le paga a esta persona, corresponden a eventos de Instituciones educativas, caja popular, Comisión Federal de Electricidad, entre otros.

AF-10/34-007 Solicitud de Aclaración Es necesario que la Administración Municipal 2007-2010, aclare a la Auditoría Superior del Estado lo correspondiente a los pagos que realizó al C. José Guadalupe Oros Yañez por un importe de $16,300.00 por prestar sus servicios como técnico de sonido e iluminación, durante el 2010 en diferentes eventos. Por lo que se solicita presentar la documentación comprobatoria y justificativa que avale la erogación realizada, así como solicitud de cada una de las instituciones y/o convenios firmados con las

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

mismas. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas; y Ente Público de los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

Resultado AF-07, Observación AF-05 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se verificó que el municipio realizó erogaciones con cargo al presupuesto de Egresos que no se justifica en virtud de que no corresponden a las actividades propias del municipio o que se consideran gastos personales, por un importe de $42,480.23, mismo que se detalla a continuación:

No. FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

IMPORTE DEL CHEQUE

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

1 30/Mar/10 C00698 5000-01-3702

6643 44,257.12

Al realizar el análisis del rubro 3702.- Pasajes se pudo observar que dentro de la documentación comprobatoria de póliza cheque no. C00698 se presenta la compra de boletos de avión a Los Ángeles California a Yolanda Duran Lizárraga Reina de la Feria de Nochistlán, Yolanda Lizárraga Velarde y Karla Daniela Villegas Jiménez, cabe señalar que estas dos últimas se desconoce la razón del pago del viaje ya que no fueron ubicadas en la plantilla de personal, es importante señalar que dicha erogación no fue autorizada por el H. Ayuntamiento, por

17,230.23

AF-10/34-008 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. T.C. Ma. Araceli Pérez Oliva y C. Dr. Raúl Villegas Torres, quienes se desempeñaron como Tesorera y Presidente Municipal, por el período del 01 de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión respectivamente, por un monto de $42,480.23, correspondientes a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud de que no corresponden a las actividades propias del municipio o que se consideran gastos personales, en la modalidad de responsable directa la primera y subsidiario el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, además de el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

lo que se consideran gastos que no corresponden a las actividades propias del municipio.

2 29/Ene/10 C00174 5000-01-3801

6130 25,250.00

Al realizar el análisis al rubro 3801.- Gastos de Ceremonia y Orden Social se pudo observar que el día 29 de enero de 2010 se contrató un mariachi para celebrar el cumpleaños del Presidente Municipal, por lo que se considera gasto que no corresponden a las actividades propias del municipio.

25,250.00

TOTAL $ 42,480.23

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-08, Observación AF-06 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de Egresos, se observó que el ente auditado registró erogaciones por concepto de Bono Especial a miembros del H. Ayuntamiento por el importe de $28,644.00, no obstante esta partida no fue presupuestada y por ende no se contaba con suficiencia para realizar dicha erogación, cabe señalar que se anexa como soporte documental pólizas cheque, recibo de egresos firmado de conformidad por el beneficiario, Presidente y Síndico municipales, así como identificación del beneficiario. Las erogaciones realizadas por este concepto se desglosan a continuación:

FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

BENEFICIARIO DEL CHEQUE

IMPORTE OBSERVADO

10/09/2010 C02763 5000-01-1508

7804 Glafira Ramírez Lomeli

$ 2,046.00

10/09/2010 C02762 5000-01-1508

7803 Everardo Ornelas Aguayo

2,046.00

10/09/2010 C02761 5000-01-1508

7802 Ma. De Jesús Muñoz Martínez

2,046.00

10/09/2010 C02760 5000-01-1508

7801 Víctor Manuel Órnelas Ramírez

2,046.00

AF-10/34-009 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones por un importe de $28,644.00, a los CC. Dr. Raúl Villegas Torres, T.C. Ma. Araceli Pérez Oliva, Glafira Ramírez Lomeli, Everardo Órnelas Aguayo, Ma. De Jesús Muñoz Martínez, Víctor Manuel Órnelas Ramírez, Leticia Avelar Saldivar, Isaías Ruvalcaba López, Rafael Rodríguez González, Guillermo Chávez Villa, Sebastián Tachiquin Torres, Francisco Javier Pérez Sandoval, Ezequiel Macías Duran, Ma. Elena Quezada Robles, Gerardo Pacheco Gómez y Leobardo García Nungaray, quienes se desempeñaron durante el

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10/09/2010 C02759 5000-01-1508

7800 Leticia Avelar Saldivar

2,046.00

10/09/2010 C02758 5000-01-1508

7799 Isaías Ruvalcaba López

2,046.00

10/09/2010 C02757 5000-01-1508

7798 Rafael Rodríguez González

2,046.00

10/09/2010 C02756 5000-01-1508

7797 Guillermo Chávez Villa

2,046.00

10/09/2010 C02754 5000-01-1508

7795 Sebastián Tachiquin Torres

2,046.00

10/09/2010 C02752 5000-01-1508

7793 Francisco Javier Pérez Sandoval

2,046.00

10/09/2010 C02751 5000-01-1508

7792 Ezequiel Macías Duran

2,046.00

11/09/2010 C02767 5000-01-1508

7806 Ma. Elena Quezada Robles

2,046.00

13/09/2010 C02774 5000-01-1508

7809 Gerardo Pacheco Gómez

2,046.00

11/09/2010 C02765 5000-01-1508

7794

Leobardo García Nungaray (Secretario de Gobierno)

2,046.00

TOTAL $ 28,644.00

periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente, Tesorera, Regidoras, Regidores y Secretario de Gobierno Municipales, respectivamente, bajo la modalidad de responsable Subsidiario el primero y Directos todos los demás; por concepto de pagos realizados a miembros del H. Ayuntamiento, adicionales a las dietas y otras prestaciones no establecidas en el Presupuesto de Egresos, por lo que no se justifica su realización. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

AF-10/34-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a la T.C. Ma. Araceli Pérez Oliva, quien se desempeñaron como, Tesorera Municipal, durante el período el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión, por haber efectuado erogaciones con cargo al

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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Presupuesto de Egresos por pagos realizados a miembros del H. Ayuntamiento, adicionales a las dietas y otras prestaciones no establecidas en el Presupuesto de Egresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-09, Observación AF-07 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de Egresos, se observó que el ente auditado realizó erogacionescon cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por un importe de $30,000.00. Las erogaciones realizadas por este concepto se desglosan a continuación:

No. FECHA No.

PÓLIZA No.

SUBCTA No. CHEQUE OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

2 23/Dic/10 C03480 5000-01-

5303 8314

Al realiza el análisis al rubro 5303.- Maquinaria y Equipo de Construcción se verificó la adquisición de una maquina CAT, sin embargo solo se presenta recibo de egresos y convenio de compra venta, no así la factura que avale la propiedad del Bien por la cantidad de $30,000.00

20,000.00

3 29/Dic/10 C03573 5000-01-

5303 8361

10,000.00

TOTAL 30,000.00

AF-10/34-011 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual, que para efectos de aclaración presente a la Auditoría Superior del Estado la factura debidamente endosada a nombre del municipio que avale la compra de la maquinaria pesada por el importe de $30,000.00. Lo anterior con fundamento en los artículos, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 7 y 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa.

Resultado AF-10, Observación AF-08 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión a la muestra seleccionada de Egresos, se observó que el Ente Auditado realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria en copia fotostática, como la registrada el día 14 de enero de 2010 mediante póliza no. C00067, con la cual se expidió cheque no. 6028 de la cuenta bancaria 0548855818 de Banorte por $4,000.00 por concepto de anticipo para la reparación de contenedores de basura, de la que se presenta como soporte documental nota de venta no. 179 en copia fotostática, expedida por el proveedor J. Jesús Saldivar Aguilar.

AF-10/34-012 Solicitud de Aclaración Es necesario que la Administración Municipal 2007-2010, aclare a la Auditoría Superior del Estado lo correspondiente a la comprobación del cheque no. 6028 por concepto de anticipo para reparación de contenedores de basura, en virtud de que la nota de venta no. 179 fue presentada en copia fotostática por un importe

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de $4,000.00. Lo anterior con fundamento en los artículos, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Resultado AF-11, Observación AF-09 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos generados durante el ejercicio sujeto de revisión, se detectó que el municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, realizó Erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que se comprueban con documentación que no cumple con las disposiciones fiscales establecidas en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

AF-10/34-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, efectuar sus adquisiciones o contratar sus servicios con personas inscritas en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así mismo alentar, en su caso, a los proveedores y prestadores de servicios del municipio a tramitar su inscripción en el Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y con ello la Administración Municipal cumpla con lo establecido en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación y 49, 74 fracción III, 78 fracción I, 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-12, Observación AF-10 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos generados durante el ejercicio sujeto de revisión, se detectó que el municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, realizó Erogaciones que presentan error en el registro contable de las mismas, ya que utilizó cuentas que no corresponden a la

AF-10/34-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar en lo sucesivo la clasificación y registro del gasto de conformidad con el origen y aplicación del mismo, con la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

naturaleza del gasto. finalidad de que los Estados Financieros presenten información confiable, veraz y oportuna. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-13, Observación AF-11 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión a la partida 5000-01-4200 Subsidios y Transferencias correspondiente al ejercicio 2010, se verificó que el municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas informa dentro de esta cuenta la realización de subsidios y transferencias a instituciones que no forman parte de la estructura del municipio como son Escuelas de Calidad y Asociación Ganadera de Nochistlán, por mencionar algunas. De lo anterior se presentaron los convenios correspondientes, sin embargo éstos no cuentan con el sello oficial de la Institución, así mismo no se anexaron las identificaciones oficiales que avalen que quienes firman los convenios son los representantes de cada una de las Instituciones.

Cabe hacer mención que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se efectúa la Acción a Promover AF-09/34-007 consistente en una recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/34-017 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo subsecuente, se elaboren y presenten los convenios celebrados entre el municipio y las diferentes instituciones para efectuar los apoyos, mismos que deberán contener los sellos oficiales de las mismas a fin de que posteriormente se integren dentro de la glosa de la Cuenta Pública, con el propósito de justificar adecuadamente todas las transferencias de recursos que reciben dichas instituciones por parte de la Tesorería Municipal, lo anterior con su debida autorización del Cabildo, además de anexar las Identificaciones oficiales que avalen que quienes firman los convenios son los representantes legales de cada una de las Instituciones. Lo anterior con fundamento en los

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-10/34-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-14, Observación AF-12 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la muestra seleccionada cheques del mes de septiembre para la verificación de su soporte documental, se corroboró la expedición de la póliza cheque C02738 de fecha 10 de septiembre de 2010, pagada con cheque 7786 por un monto de $222,326.76 a nombre de Rubén Horacio Ruvalcaba por concepto de anticipo de 50% para la electrificación del Campus Universitario de Nochistlán (UAZ), del cual se presenta como soporte documental factura no. 561 expedida por Rubén Horacio Ruvalcaba y presupuesto, no así el convenio celebrado entre el Campus Universitario de Nochistlán y el Municipio.

AF-10/34-019 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de aclaración presente a la Auditoría Superior del Estado, el convenio celebrado entre el Campus Universitario de Nochistlán y el Municipio, que respalde y justifique los recursos erogados por concepto de electrificación del Campus Universitario de Nochistlán (UAZ) . Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

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Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

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RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, presentó como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $4,785,614.77, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

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Resultado AF-15, Sin Observación El importe del saldo en Caja al 31 de diciembre de 2010 según su estado de posición financiera asciende a $32,257,83, el cual se encuentra integrado por 2 fondos fijos a cargo de la Tesorería Municipal por la cantidad de $27,257.83 y $5,000.00, mismos que al ser revisados se comprobó su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores, asimismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles, motivo por el cual no hubo observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

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Resultado AF-16, Sin Observación El municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, presentó un saldo en Bancos por $2, 211,098.11 al 31 de diciembre de 2010, según su Estado de Posición Financiera, importe integrado en 7 cuentas con diversas instituciones bancarias, todas a nombre del municipio, habiéndose verificado que el ente auditado realiza en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, además de registrar correcta y oportunamente los cheques expedidos mediante el uso de firmas mancomunadas, las chequeras se encuentran resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco; de lo anterior no se detectaron observaciones que hacer constar en este rubro.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-17, Sin Observación El municipio muestra un saldo en su Estado de Posición Financiera en la cuenta de Deudores Diversos al 31 de diciembre de 2010 de $421,823.48 el cual se encuentra conformado por Empleados de Base por $55,369.64 (13.13%) y Otros Deudores por $366,453.84 (86.87%), de los cuales se observó lo siguiente:

Resultado AF-18, Observación AF-13 Que corresponde a Ambas Administraciones a) Del saldo total, la cantidad de $43,000.00 corresponde a un préstamo otorgado a empleado de base durante el ejercicio 2010, mismo que se encuentra debidamente sustentado con el pagare correspondiente. b) La cantidad de $50,000.00 corresponde a préstamos otorgados por la actual administración (2010-2013) de los cuales no se cuenta con los documentos que avalen el importe señalado en este punto, y con ello que permitan su recuperación. c) La cantidad de $243,407.36 corresponde a préstamos otorgados en el ejercicio 2009 de los cuales en la visita de campo no se presentaron los pagarés correspondientes, es importante mencionar que en la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2009 estos si fueron presentados por la Administración 2007-2010, dichos adeudos se mencionan enseguida:

No. Cuenta

Nombre de Cuenta Saldo Final

1105-01-0051

MA. DEL CARMEN VALDEZ DURAN

3,000.00

1105-01-0133

EVERARDO RAMIREZ AGUAYO

395.00

1105-03-0005

SISTEMA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE

15,000.00

1105-03-0008

DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL

225,012.36

TOTAL $ 243,407.36

AF-10/34-020 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 presente ante la Auditoría Superior del Estado, la aclaración correspondiente por la cantidad $243,407.36, relativa a adeudos realizados por esa administración, mismos que no fueron recuperados en el periodo de su gestión, así como por no presentar los documentos mercantiles que avalen dichos adeudos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, además de el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

AF-10/34-021 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. T.C. Ma. Araceli Pérez Oliva y C. Dr. Raúl Villegas Torres, quienes se desempeñaron como Tesorera y Presidente Municipal, por el período del 01 de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión respectivamente, por un monto de $4,991.05, correspondientes a préstamos realizados de los cuales no se cuenta con los documentos mercantiles que garanticen su recuperación, en la modalidad de responsable directa la primera y subsidiario el segundo. Lo anterior con

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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d) La cantidad de $4,991.05 corresponde a préstamos otorgados en el ejercicio 2009 de los cuales no se cuenta con los documentos mercantiles que permita su recuperación, los cuales se mencionan enseguida:

No. Cuenta

Nombre de Cuenta Saldo Final

1105-01-0019

ESTHER MINERO YAÑEZ 3,500.00

1105-03-0059

COMITE CONSTR. BAÑOS ESC. VICENTE G.TLAC

1,491.05

TOTAL $ 4,991.05

e) Por último, el monto de $80,425.07 pertenece a Deudores de Administraciones anteriores que fueron observados en el ejercicio 2007 y 2009 y se encuentran en su proceso legal conducente. Cabe hacer mención en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se emitió la recomendación AF-09/34-012 consistente en una recomendación a fin de realizar las gestiones necesarias para continuar con la recuperación de los créditos pendientes de pago, misma que no fue atendida.

fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

AF-10/34-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar las gestiones necesarias para continuar con la recuperación de los préstamos otorgados en su periodo, además de elaborar los documentos mercantiles faltantes que avalen su recuperación, así como en lo sucesivo evitar la práctica de otorgar préstamos y/o créditos, ya que se hace uso de recursos públicos, mismos que están destinados a programas específicos. Así también levar a cabo acciones de cobro para la recuperación de recursos de préstamos con mayor atraso, y/o someter a la aprobación mediante acuerdo de Cabildo previo análisis la cancelación de los saldos incobrables y/o menores, con el fin de depurar la cuenta de Deudores Diversos, para que de esa manera se presente la situación real del rubro observado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-19, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010 fue por $28,712,868.33, el cual incluye un monto de $188,279.43 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2009, además de $2,000.00 correspondientes a errores contables en el gasto los cuales fueron corregidos en el ejercicio 2011. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $4,618,362.57, de las cuales $2,578,517.63 (55.83%) se realizaron con Recursos Propios, $1,969.92 (0.04%) correspondientes al Sistema Municipal de Agua Potable, $1,113,403.00 (24.11%) con Recursos Federales y $924,472.02 con recursos de Otros Programas (20.02%).

Cabe mencionar que por lo que corresponde a las adquisiciones con Recursos Federales, no fue incorporado al Activo Fijo del municipio un importe de $144,800.00, además con recursos del Fondo IV se adquirió un terreno por $595,000.00 para construcción de pies de casa el cual posteriormente fue enajenado, por lo que no se hará la incorporación al Activo Fijo.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2010 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto total de $1’113,403.00, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III por $335,155.00 correspondiente a la adquisición de equipo de transporte y $773,448.00 de Fondo IV correspondiente a mobiliario y equipo, equipo de transporte y un terreno, así como $4,800.00 de Rendimientos 2009; es conveniente señalar que las adquisiciones antes señaladas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de un equipo de transporte, por el monto de $140,000.00 del Fondo IV y de Rendimientos 2009 un bafle por $4,800.00. Aunado a lo anterior se realizaron adquisiciones por el orden de $924,472.02 relativas a la aplicación de recursos de Otros Programas consistente principalmente en mobiliario y equipo, equipo de computo y equipo de transporte, entre otras adquisiciones, las cuales fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio municipal.

PF-10/34-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio por la cantidad de $144,800.00, correspondiente a la adquisición de un equipo de transporte con recursos del Fondo IV y un bafle (bocina) con Rendimientos 2009, asimismo sea considerado en el inventario del mismo, incluyendo los vales de resguardo respectivos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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Páginas : 22 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-20, Observación AF-14 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión del Proceso de Entrega-Recepción se presentó oficio no. 121 de fecha 28 de octubre de 2010 suscrito por el Síndico Municipal de la Administración Actual 2010- 2013 el Dr. J. Jesús Escobedo Andrade, en el cual señaló la inexistencia de bienes en la Dirección de Seguridad Pública, derivado de la revisión física que se realizó el día 22 de septiembre de 2010 al inventario de entrega-recepción de bienes muebles de este Municipio, dichos bienes se mencionan a continuación:

NO. DE INVENTARIO

DESCRIPCION MARCA SERIE

S.P.0096 Cargador color negro KENWOOD 22090

S.P.0097 Cargador color negro MOTOROLA HTN9702A

S.P.0106 Cargador color negro HYT 08225A7096

S.P.0107 Cargador color negro KENWOOD W081067

S.P.0117 Radio portátil P-110 MOTOROLA 442-THZ-1690

S.P.0118 Radio portátil P-110 KENWOOD 70202588

S.P.0122 Radio portátil

S.P.0125 Radio portátil

S.P.0065 Sello chico TRODAR PRINTY 4923

S.P.0129 Batería color negro MAG-LITE 3026899186

S.P.0131 Batería color negro MAG-LITE 3042566970

S.P.0132 Batería color negro MAG-LITE 3043066444

S.P.0153 Chaleco color negro WARNING 10

S.P.0165 Chaleco color negro WARNING 50196

S.P.0166 Chaleco color negro WARNING 50104

S.P.0168 Chaleco color negro WARNING 50103

S.P.0169 Chaleco color negro WARNING 50210

S.P.0170 Chaleco color negro WARNING 9

S.P.0176 Esposas cromadas S&W 82686

S.P.0181 Esposas cromadas S&W 682366

Cabe hacer mención que se presentó oficio no.5372, de fecha 15 de julio de 2011 suscrito por Profr. Álvaro García González Secretario de Gobierno Municipal en el cual hace referencia a que "...LA ADMINISTRACIÓN PASADA NO DEJO COPIA DE LOS RESGUARDOS DE LOS BIENES MUEBLES DE LAS DIFERENTES DEPENDENCAS DE ESTA PRESIDENCIA

AF-10/34-024 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 presentar ante la Auditoría Superior del Estado, la aclaración correspondiente sobre la ubicación física de los bienes descritos con anterioridad, mismos que fueron relacionados dentro del inventario de bienes muebles del proceso de entrega-recepción y de los cuales se desconoce su situación actual. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

MUNICIPAL...", es importante señalar que en la visita de campo se corroboró la inexistencia de los bienes denunciados. Igualmente cabe hacer mención de que no fue posible identificar el valor de dichos muebles ya que no fueron especificados en el Anexo correspondiente, del expediente de Entrega-Recepción de las Administraciones Municipales.

Resultado AF-21, Observación AF-15 Que corresponde a ambas Administraciones De la revisión física practicada a los bienes muebles adquiridos durante el ejercicio 2010, se detectó la inexistencia de algunos bienes, por un importe de $67,005.80 los cuales se detallan a continuación:

FECHA DE ADQUISICIÓN

No. DE PÓLIZA

DESCRIPCION DEL BIEN

PROVEEDOR

MARCA

MODELO

No. DE SERIE

ÁREA DE ADSCRIPCIÓN

IMPORTE

29-ene-2010

C00172

2 SILLONES

OFFICE DEPOT DE MEXICO, S.A. DE C.V.

______

ERGONOMICO

______

SECRETARIA

1,379.80

25-feb-2010

C00404

1 NOTEBOOK

PERSONAL COMPUTER SMART, S.A. DE C.V.

PROBOOK

C2D 4510S

COMUNICACIÓN SOC.

19,400.00

25-feb-2010

C00405

1 NOTEBOOK

PERSONAL COMPUTER SMART, S.A. DE C.V.

PROBOOK

C2D ______

SINDICATURA

15,800.00

31-ago-2010

D00328

1 IMPRESORA LASER JET

PERSONAL COMPUTER SMART, S.A. DE C.V.

PRO

P1102W

______

DIF 1,867.01

AF-10/34-025 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $62,815.80, a los CC. Lic. Leobardo García Nungaray, Secretario del Ayuntamiento; Lic. Rafael Rodríguez González, Síndico Municipal y Dr. Raúl Villegas Torres, Presidente Municipal durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión; todos ellos en la modalidad de Responsables Directos; monto que corresponde a diversos bienes muebles de los que se desconoce su ubicación física, ya que no fueron localizados durante la verificación realizada en visita de campo llevada a cabo por esta entidad de fiscalización. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-10/34-026 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $4,190.00, a los CC. Profr. Álvaro García González, Secretario del Ayuntamiento; M.V.Z. J. Jesús Escobedo Andrade, Síndico Municipal y Moisés Ornelas Aguayo, Presidente Municipal durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión; todos ellos en la modalidad de Responsables Directos; monto que corresponde a diversos bienes muebles de los que se desconoce su ubicación física, ya que no fueron localizados durante la verificación realizada en visita de campo llevada a cabo por esta entidad de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10-jun-2010

C01331

2 RADIOS

JORGE LUIS MARTIN PEREZ

______

______

TK-2302 TK-2202

OFICINA 066

9,100.00

30-jun-2010

D00196

2 RADIOS CARRO

JORGE LUIS MARTIN PEREZ

______

TK7302 H

A9A4126 A9902911

SEG. PUBLICA

10,349.99

14-jul-2010

C01633

1JGO. DE BOQUI TALK

JULIA HERNANDEZ PEREZ

MOTOROLA

T9500 XLR

20 MILLAS

OBRAS PUBLICAS

1,420.00

29-oct-2010

D00405

1 BAFLE AMPLIFICADOR

JULIA HERNANDEZ PEREZ

STERN

BAF 12-95

OF. PRESIDENTE

4,190.00

12-feb-2010

C00310

1 NAVEGADOR GPS

OFFICE DEPOT DE MEXICO, S.A. DE C.V.

SONY

______

NV-U74

CAMIONETA PRESIDENTE

3,499.00

TOTAL

67,005.80

fiscalización. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Resultado AF-22, Observación AF-16 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión física de los Bienes Muebles se detectó que no cuentan con etiquetas para la identificación de los mismos, así como tampoco con los resguardos correspondientes. Es importante mencionar que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se formulo la acción a promover AF-09/34-030 consistente en una recomendación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/34-027 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual etiquetar cada uno de los bienes muebles que permita la identificación de los mismos, actualizar oportunamente el inventario, y elaborar los resguardos correspondientes, con el objeto de tener mejor control interno, siendo obligación del Sindico Municipal mantener a su cargo el Patrimonio del Municipio por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo recomendado. Lo anterior con fundamento en los artículos 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-23, Observación AF-17 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada a los Bienes Inmuebles del Municipio de Nochistlán de Mejía, Zac., se observa que el Municipio cuenta con siete bienes que no tienen escrituras y por ende tampoco están Inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comerció, así como once que si tienen escrituras, sin embargo no se ha realizado la inscripción el Registro Público de la Propiedad.

No.

CLAVE CATASTRAL DEL PREDIO

DESCRIPCIÓN Y/O UTILIZACIÓN

UBICACIÓN SUPERFICIE

¿CUENTA CON ESCRITURAS?

¿SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD?

SI NO

SI NO

1 34-001-02-141-001-00

FRAC. "LAS ARBOLEDAS"

CALLES ENRIQUE ESTRADA Y ALEMANIA.

2, 048-55 M2 X X

2 34-167-000227 RASTRO MUNICIPAL

COMUNIDAD DE VELADORES

0-30-00 HAS X X

3 SE IGNORA FRAC. "SAN JOSE"

CALLES CIPRES, MORELOS, SAN LUIS Y GONZALEZ ORTEGA DE ESTE MUNICIPIO

1, 790.00 M2 X X

4 34-001-03-133-001-00

FRACCIONAMIENTO "BUGAMBILIAS"

CALLE MARGARITAS DE ESTE MPIO.

6,402.69 M2 X X

5 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION "LOMAS LA ESPERANZA" UBICADA AL DE LA CIUDAD

2, 423.50 M2 X X

6 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION " LOMAS EL PEDREGAL" UBICADA AL SUBURBIO NORTE DE LA CD.

2,308.00 M2 X X

7 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION EN LA COM. DE TLACHICHILA, UBICADO EN LA CALLE PRIV. GENARO CODINA

860.00 M2 X X

8 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION "EL TRIGO" NOCHE BUENA EN LA COMUNIDAD DE TLACHICHILA

400.00 M2 X X

AF-10/34-029 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, continuar con las acciones tendientes a escriturar a favor del municipio e inscribir los bienes inmuebles en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica del Municipio que señala “El patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio”, siendo responsabilidad del Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del municipio de acuerdo con el artículo 78 fracción V del mismo ordenamiento legal. En ese mismo sentido la Ley de Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas relaciona en su artículo 60 los documentos que son inscribibles en la sección correspondiente al registro del Patrimonio de las entidades públicas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

9 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION "LA ENCANTADA" UBICADA EN ARROYO DE LA PLATA COM. LAS DELICIAS

230.40 M2 X X

10 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION "VALLE REAL" UBICADO EN LA COM. DE LAS DELICIAS

395.45 M2 X X

11 SE IGNORA EN RESERVA SIN UTILIZAR

LOTIFICACION "COL. LINDA VISTA" UBICADA

405.00 M2 X X

12 340010313600100

EN RESERVA SIN UTILIZAR

FCTO. "LAS FUENTES"

5, 408.16 M2 X X

13 34-001-01

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

ESQ. MOCTEZUMA Y RAMON LOPEZ VELARDE

306.00 M2 X X

14 34-001-01

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

ESQ. MOCTEZUMA Y RAMON LOPEZ VELARDE

288.00 M2 X X

15 34-001-01-028-018-00

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

PROL. LEOCADIO GONZALEZ S/N

115.50 M2 X X

16 34-001-01-028-019-00

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

PROL. LEOCADIO GONZALEZ S/N

178.60 M2 X X

17 34-001-01-028-021-00

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

PROL. LEOCADIO GONZALEZ S/N

236.80 M2 X X

18 34-001-01-028-026-00

AMP. PANTEON MPAL. "SAN SEBASTIAN"

PROL. LEOCADIO GONZALEZ S/N

115.36 M2 X X

Cabe hacer mención que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se efectuó la acción a promover AF-09/34-016 consistente en una recomendación a fin de escriturar a favor del municipio e inscribir los bienes inmuebles en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, misma que no fue atendida.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-24, Sin Observación El saldo de los pasivos del municipio de Nochistlán de Mejía, Zac., al 31 de diciembre de 2010, fue por la cantidad de $6,225,620.86, el cual representa una disminución del 19.75% con relación al saldo al cierre del ejercicio anterior, el cual se integra por Deuda Pública a Largo Plazo $944,017.39(15.16%), Proveedores por $1,874,996.51(30.12%), Acreedores Diversos $3,297,198.23(52.96%) y $109,408.73(1.76%) de Impuestos y Retenciones por Pagar.

Resultado AF-25, Observación AF-18 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Se recibió en esta Auditoría Superior del Estado oficio no. 127 de fecha 28 de octubre de 2010, en el cual se anexa oficio no. 4/2010 suscrito por la Tesorera Municipal la L.C.P. María Legaspi Blanco en el cual hace mención de que no se cuenta con soporte documental que avale adeudos registrado con proveedores por el importe de $860,307.09, mismos que al ser analizados se verificó que no presentaron amortización durante el ejercicio 2010. Adicional a lo anterior se verificó que existen diversos Acreedores provenientes de ejercicios anteriores, mismos que no presentaron amortización durante el ejercicio sujeto de revisión, por un importe de $340,808.47. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se efectuó la acción a promover AF-09/34-018 consistente en una recomendación, misma que no fue atendida.

AF-10/34-031 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual efectuar circularizaciones con Proveedores y Acreedores Diversos registrados por el ente auditado en el rubro de Pasivo, lo anterior a efecto de confirmar cada uno de los adeudos a fin de realizar la programación de los pagos correspondientes de acuerdo a sus posibilidades financieras o, en su caso, realizar la depuración debidamente soportada y autorizada por el Cabildo, con la finalidad de que el Estado de Posición Financiera presente la situación real. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-26, Observación AF-19 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la cuenta de Impuestos y

AF-10/34-033 Recomendación Se recomienda a la Administración verificar la procedencia del adeudo,

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Retenciones por Pagar, se verificó que la subcuenta 2104-01-0001 Tesorería de la Federación no presentó amortización durante el ejercicio por un monto de $82,016.18.

a fin de realizar la programación de su pago correspondiente y se evite pago de multas, recargos y actualizaciones, o en su caso, depurarlo para que el Estado de Posición Financiera presente una situación real, realizando su cancelación si no es procedente, previa autorización del H. Ayuntamiento. Lo anterior con fundamento en losArtículos 93 fracción III y 96 fracción II, 191, 192 , 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-034 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma.

El municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, no realizó modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2010.

En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010 el municipio recaudó y recibió 16.95% más de lo presupuestado observándose incrementos en todas sus cuentas excepto en Agua Potable y Alcantarillado y Aportaciones Federales; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 21.58%, registrándose desfases presupuestales en todas sus cuentas con excepción de Servicios Generales, Ayudas, Subsidios y Transferencias, Otros Egresos y Aportaciones Federales.

Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, además el incremento recibido y recaudado en los Ingresos fue menor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación inconveniente para el municipio.

Resultado AF-27, Observación AF-20 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, presentó en fecha 1 de abril de 2011 ante la LX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de la Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2010, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala lo siguiente: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

AF-10/34-035 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre como miembros del H. Ayuntamiento de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2010, infringiendo así los artículos 121 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio; 5° párrafo 1, fracciones I, V y XXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 30 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-28, Observación AF-21 Que corresponde a la Administración 2007-2010 El municipio no presentó ante esta Entidad de Fiscalización el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2010, documento que sirve para el seguimiento a las obras y actividades del municipio; además es de gran importancia ya que es una herramienta que permite medir el desempeño eficiente y eficaz del cumplimiento de metas y objetivos planteados por el Ente Auditado. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio 2009 se promovió la acción AF-09/34-020 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/34-036 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo subsecuente sea presentado en tiempo y forma ante esta Auditoría Superior del Estado el Plan Operativo Anual que corresponda, una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, ya que constituye un instrumento indispensable para la planeación y ejecución de las actividades del municipio, observando lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-037 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-29, Observación AF-22 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada a la normatividad aplicable, se procedió a la revisión de expedientes del personal que labora en el municipio, de lo cual se verificó que la Administración Municipal de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, concedió empleo, cargo o comisión remunerado a personas que tienen parentesco con miembros del H. Ayuntamiento en los tipos y grados considerados en Ley como nepotismo, durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre del 2010, mismos que se detallan a continuación: EMPLEADO EN QUE SE CONFIGURA EL NEPOTISMO

MIEMBRO DEL AYUNTAMIENTO

AF-10/34-038 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se aplique una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes durante en el período del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 se desempeñaron como Presidente Municipal, Síndico y

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

NOMBRE

PUESTO NOMBRE

CARGO

PARENTESCO CON EL EMPLEADO

PERCEPCIONES

MA. GUADALUPE LUIS CONTRERAS

DIRECTORA DEL DIF MUNICIPAL

MOISES ORNELAS AGUAYO

PRESIDENTE MUNICIPAL

ESPOSA DEL HIJO DEL PRESIDENTE

45,736.00

FRANCISCO AVELAR MORA

DIRECTOR DE ATENCION AL MIGRANTE

J. JESUS AVELAR MORA

REGIDOR HERMANO 38,113.00

TOTAL PERCEPCIONES $ 83,849.00

Regidores en su carácter de integrantes del H. Ayuntamiento de Nochistlán de Mejía, Zacatecas; por conceder cargo o comisión remunerado a los CC. Ma. Guadalupe Luis Contreras y Francisco Avelar Mora, trabajadores que tiene parentesco con miembros del H. Ayuntamiento. Lo anterior con base en lo previsto en los artículos 50 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículo 5° fracciones I y XXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-10/34-039 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, dar por terminada a la brevedad posible la relación laboral que tiene el municipio con las personas mencionadas, y evitar en lo sucesivo incurrir en esta irregularidad cuidando de no conceder cargo o comisión remunerado a personas que tengan parentesco con miembros del Ayuntamiento, y con ello evitar la imposición de las sanciones previstas en la normatividad aplicable para el caso. Se dará seguimiento a esta observación en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-040 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-30, Observación AF-23 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión del capítulo 1000 Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina, plantilla de personal y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS del mes de diciembre de 2010 proporcionadas por el Municipio, de lo que se determinó lo siguiente: 1.-Se detectaron 185 trabajadores relacionados en la Plantilla de Personal y en la Nómina del municipio, sin embargo no están inscritos a un régimen de seguridad social como lo es el IMSS.

2.-Existen 5 personas que se encuentran registradas ante el IMSS, no así en Nómina ni Plantilla de personal, los cuales se mencionan a continuación:

No.

RELACIÓN DE PERSONAL QUE SE ENCONTRÓ EN PAGO DE CUOTAS OBRERO PATRONAL Y NO ASI EN NÓMINA NI PLANTILLA

1 DURAN JIMENEZ MA. SOCORRO

2 GARCIA ROJAS CLARA

3 PEREZ FRIAS MA. TERESA

4 RODRIGUEZ CHAVEZ JOSE

5 VALDEZ PUENTES MA. SOCORRO

Cabe mencionar que en el Informe de Resultados del Ejercicio Fiscal 2009 se efectuó la Acción a Promover AF-09/34-026 consistente en una recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/34-041 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, llevar a cabo las acciones necesarias para regularizar la situación observada, en lo sucesivo, afiliando ante algún régimen de Seguridad Social a todos sus trabajadores, así mismo dar de baja a las personas que no tienen relación laboral con el municipio. Adicionalmente se recomienda actualizar la plantilla de personal de conformidad a los trabajadores activos del ente auditado. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio; así como los artículos 12 fracción I y 15 de la Ley del Seguro Social.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-042 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-31, Observación AF-24 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El Ente Auditado no cuenta con tabulador de sueldos autorizado por el Ayuntamiento por lo que se carece de un adecuado control de las percepciones que se asigna a cada servidor público dependiendo del puesto y función que le sean encomendados. Es de importancia señalar que en el informe de Resultados de ejercicio 2009 se efectúo la Acción a Promover número AF-09/34-022 consistente en una recomendación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/34-043 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, llevar a cabo las acciones necesarias para la implementación del tabulador de sueldos y salarios debidamente autorizado por el Cabildo, el cual muestre las categorías que existen y que sean congruentes con los sueldos y salarios de los trabajadores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

del Municipio; y 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/34-044 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-32, Observación AF-25 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión a las nóminas del municipio, se verificó que el ente fiscalizado no realiza retención y entero del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a sueldos, salarios y conceptos asimilables, y consecuentemente no presenta las declaraciones informativas a que se encuentra obligado, incumpliendo con las disposiciones fiscales en la materia. Cabe hacer mención que en el Informe de Resultados del Ejercicio Inmediato anterior se formuló la acción a promover AF-09/34-024, misma que no fue atendida.

AF-10/34-045 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar el cálculo, retención y entero del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a los Sueldos, Salarios y Conceptos Asimilables, así como del Subsidio para el Empleo, tal como lo marcan los artículos 102, 113 y 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así mismo cumplir con la obligación de presentar las declaraciones informativas respecto del ya citado impuesto.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/34-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-33, Observación AF-26 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Durante la visita de campo realizada por esta entidad de fiscalización al municipio, se detectó que mediante

AF-10/34-047 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

acuerdo de Cabildo no. 96 de fecha 02 de agosto de 2010, se autoriza la venta de 110 lotes que conforman el fraccionamiento primera Guadalajara, para pies de casa a un importe de $10,000.00 cada uno, es importante mencionar que la venta de los lotes se realizó durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2010, de lo cual se tiene evidencia de las operaciones realizadas; sin embargo no se presentó la autorización de la H. Legislatura del Estado para la venta de dicho terreno, infringiendo lo establecido en los artículos 26, 28 fracción II y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, los artículos 49 fracción XXVIII, 70 fracción V, 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, quienes durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre se desempeñaron como miembros del H. Ayuntamiento de Nochistlán de Mejía, Zacatecas, por enajenar el predio conocido como Fraccionamiento Primera Guadalajara sin obtener la previa autorización de la H. Legislatura del Estado, infringiendo lo establecido en los artículos 26, 28 fracción II y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, los artículos 49 fracción XXVIII, 70 fracción V, 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado AF-34, Observación AF-27 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Al realizar la verificación de los procedimientos utilizados para el suministro y control de combustible se observó que el ente auditado cuenta con un procedimiento interno respecto a la dotación de combustible para los vehículo oficiales, emitiendo ordenes de combustible por vehículo en la cual se describe fecha, kilometraje, litros, no. de vale y firma del responsable.

De lo anterior es importante mencionar que el ente fiscalizado mediante oficio número 379 de fecha 08 de julio de 2011, suscrito por el Oficial Mayor Lic. Adán Ramírez explica que el procedimiento para el suministro de combustible, se hace a través de la distribución de vales de combustible los cuales son elaborados por el personal a su cargo a los departamentos de Aseo Público, Sindicatura, Catastro, Rastro Municipal, Oficialía

AF-10/34-048 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que se elaboren bitácoras de combustibles por cada uno de los vehículos con que cuente la Presidencia Municipal, con la finalidad de que el importe registrado e informado mensualmente en la cuenta de combustibles, lubricantes y aditivos, corresponda con lo registrado en las bitácoras correspondientes, así como verificar que estén debidamente requisitadas, de igual manera, se sugiere evitar el otorgamiento de ayudas mediante la partida de combustibles, ya que esta práctica les complica el manejo de este recurso. Lo anterior permitirá un mejor control y transparencia de los

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Mayor y diferentes apoyos; en el cual se especifica la fecha, no. folio, núm. de vehículo, litros nombre de la persona y destino. Cabe hacer mención que el departamento de Obras Públicas y Seguridad Pública llevan su propio control para el suministro de combustible.

Sin embargo en visita de campo al municipio al revisar el procedimiento existente se observó que no tienen buen control en el suministro de dicho insumo, ya que se otorgan muy frecuentemente apoyos con combustible a personas ajenas a la administración municipal, lo que ha generado costos muy elevados, además no se cuenta con todas las bitácoras y las que existen carecen de información relativa a importes, así mismo se desconoce a qué unidades les fue suministrado combustible, por otra parte no existen registros que muestren el consumo diario, semanal o mensual a fin de que pueda ser conciliado con el área de Tesorería.

recursos erogados por estos conceptos. Lo anterior con apego a los artículos 93 Fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/34-049 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-35, Observación AF-28 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Al realizar la inspección física del parque vehicular propiedad del municipio de Nochistlán de Mejía, Zac., se observó que cuenta con 61 vehículos de los cuales 17 están en buenas condiciones, 22 en regulares y 22 en malas. Cabe hacer mención que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior se efectuó la acción a promover AF-09/34-028 consistente en una recomendación de llevar a cabo las acciones tendientes a regularizar el pago del Impuesto de Tenencia y Uso de Vehículos, la cual en cedula de seguimiento de recomendaciones el municipio manifiesta que "En esta administración todos los vehículos cumplen con dichos requisitos", sin embargo en la revisión física del parque vehicular se observo que dicha recomendación no fue atendida.

AF-10/34-050 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, llevar a cabo las acciones tendientes a actualizar el pago del Impuesto de Tenencia y Uso de Vehículos. Además se recomienda que se regularice las condiciones de uso principalmente de aquellos vehículos que están en regulares y malas condiciones, a fin de que programe el mantenimiento y reparación de los mismos y/o en su defecto la viabilidad de venta como chatarra por inservibles, observando siempre la normatividad de la materia. De igual forma se recomienda que de los vehículos que no cuenten con expediente sean integrados a la brevedad posible y en las medidas de sus posibilidades asegure a aquellos que representen mayor riesgo, evitando erogaciones relevantes en caso de accidentes y siniestros.Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipio.

AF-10/34-051 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 asciende a $15’959,758.00, la aplicación se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y fue distribuido de la siguiente manera: $15´161,770.00 para Infraestructura Básica de Obras y Acciones que representa el 95.00%, $478,793.00 a Gastos Indirectos, constituyendo el 3.00% y $319,195.00 que representa el 2.00% restante para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente al 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el 2010 se recibió un monto de $9,197.00 derivado de Rendimientos del ejercicio anterior, los cuales fueron aplicados en el periodo sujeto a revisión.

La revisión respecto a los recursos y cumplimiento de metas autorizadas en el Ramo General 33 Fondo III, fue realizada por la Auditoría Superior de la Federación. Lo anterior con base en el Convenio de Coordinación y Colaboración suscrito entre la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión por conducto de la Auditoría Superior de la Federación y el H. Congreso del Estado de Zacatecas a través de la Auditoría Superior del Estado.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $10´401,948.00, la aplicación se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y se destinó el 59.81% a Obligaciones Financieras por un importe de $6,222,217.00, 32.62% a Infraestructura Básica por $3,392,283.00 y 7.57% a Adquisiciones por $787,448.00. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente al 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2010 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $5,428.00, los cuales fueron aplicados en el periodo sujeto a revisión.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02

Corresponde a la administración 2007-2010

Dentro del rubro de Obligaciones Financieras del Fondo IV, se aprobaron y ejercieron recursos por $2,000,000.00 para la acción número FIV002, denominada, “Pago de adeudo contraído con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado, para cubrir aguinaldos y otras prestaciones”, anexando copia de las Constancias de retención de Participaciones en las que consta los descuentos mensuales realizados por Finanzas por el total del préstamo realizado. Sin embargo, no presentan el convenio de financiamiento con Gobierno del Estado, en el que se establecieron las condiciones del préstamo, así como el destino de aplicación del mismo.

PF-10/34-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que tratándose de adeudos contraídos con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado, pagados con recursos del Fondo IV, anexar al expediente unitario además del recibo oficial correspondiente, el convenio de financiamiento, en el que se establezcan las condiciones del préstamo, así como el destino de aplicación del mismo, que respalde y transparente la aplicación de los recursos ejercidos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/34-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecedee informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010

Dentro del rubro de Obligaciones Financieras del Fondo IV, el

PF-10/34-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 39 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

municipio realizó erogaciones por $34,800.00 por concepto de pago al prestador de servicios CANAL XXI, S.A. de C.V., sin embargo, en la factura que soporta el gasto no especifica el tipo de publicidad que se realizó, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, en cuanto al desglose de los servicios prestados. Cabe señalar, que presentan DVD (video) donde promocionan las fiestas de octubre 2009 del municipio de Nochistlán de Mejía. Cabe hacer mención de que esta operación no se encontró registrada en el ejercicio 2009, según el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG).

actual, que la documentación comprobatoria que soporta las erogaciones realizadas con Recursos Federales del Fondo III, reúna los requisitos fiscales relativos al desglose en forma detallada de los bienes y servicios adquiridos, precio unitario y cantidad; asimismo, en lo sucesivo registre en el pasivo todos los adeudos que correspondan al ejercicio fiscal, con el fin de que los Estados Financieros reflejen la situación real del municipio. Lo anterior conforme a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como en cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/34-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecedee informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV, se aprobaron y ejercieron recursos por $168,908.00 para la obra denominada “Electrificación de Jardín principal, en la comunidad la Estancia”, mediante la expedición de cheques de la cuenta bancaria de Fondo IV número 0640850801 de Banorte a favor del contratista Rubén Horacio Ruvalcaba Romero por $120,940.89, soportado con la factura número 555 por

PF-10/34-006 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $8,380.89, relativo al importe de los cheques número 10, 13 y 23 expedidos de la cuenta

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 40 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$112,560.00, faltando soporte documental por $8,380.89, como se indica:

FECHA CHEQUE BENEFICIARIO IMPORTE FACTURA PROVEEDOR IMPORTE

14-07-10

10

Rubén Horacio Ruvalcaba Romero (Contratista)

$ 30,000.00

555

Rubén Horacio Ruvalcaba Romero (Contratista)

$ 112,560.00

28-07-10

13 30,000.00

02-09-10

23 60,940.89

Total $ 120,940.89

Total $ 112,560.00

Cabe señalar, que el municipio exhibió acta de entrega recepción firmada sólo por el Presidente Municipal y el Contratista, faltando firma de los integrantes del comité de obra así como del Contralor Municipal, que transparente documentalmente la terminación y entrega de la obra.

bancaria número 0640850801 de Banorte por $120,940.89, del cual el municipio exhibió documentación comprobatoria por $112,560.00, faltando soporte documental por $8,380.89, así como acta de entrega recepción con nombre y firma de los integrantes del comité de obra y del Contralor Municipal, que transparente documentalmente la ejecución, término y entrega de la obra “Electrificación de Jardín principal, en la comunidad la Estancia”, a los CC. Dr. Raúl Villegas Torres (Responsable Subsidiario), C. Ma. Araceli Pérez Oliva y C. Ma. Lourdes Lomeli Álvarez (Responsables Directas), quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorera Municipales y Directora de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, por no presentar el soporte documental faltante, que justifique el destino de aplicación de los recursos ejercidos por un monto de $8,380.89. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7, 17 fracción X y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 41 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-05, Observación PF-05

Corresponde a la administración 2007-2010

Dentro de la aplicación de recursos provenientes del Fondo IV, el municipio realizó la ejecución de dos obras aprobadas por un monto de $283,171.92, de las cuales el municipio presentó los expedientes unitarios respectivos, conteniendo documentación técnica, social y financiera. Sin embargo, no anexan reporte fotográfico ni acta de entrega recepción, las cuales al 31 de diciembre de 2010, según Informe Físico Financiero se encuentran concluidas, mismas que se detallan a continuación:

No. de Obra

Descripción de la Obra

Fecha Cheque Beneficiario Importe ejercido

10FIV013

CONSTRUCCIÓN DE BASE HIDRAÜLICA EN BOULEVARD MIGUEL AUZA.

09-sep-10

26 CESARIO GARCIA TEJADA (CONTRATISTA).

214,121.92

S/N

TERMINACIÓN DE COLECTOR GENERAL EN LA ESTANCIA,

69,050.00

Total $ 283,171.92

PF-10/34-007 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 que para efectos de aclaración, presente ante la Auditoría Superior del Estado, reportes fotográficos de término y actas de entrega recepción, que comprueben documentalmente la ejecución y término de las obras del Fondo IV, denominadas: “Construcción de base hidráulica en boulevard Miguel Auza, en cabecera Y Terminación de Colector general en la Estancia”, para las cuales se ejercieron recursos por $283,171.92. Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, 120 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y los artículos 74 fracción XXVI y 102 fracciones I y V de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-06, Observación PF-06

Que corresponde a la administración 2007-2010

De los Recursos del Fondo IV el municipio aprobó un importe de $55,448.00 para la acción “Adquisición de dos video-cámaras de vigilancia para ubicarlas en acueducto”, soportado con las facturas no. 150 y 185 de Jorge Luís Marín Pérez de fecha 11 de febrero y 06 de abril de 2010 por $27,724.00 cada una por concepto de compra de dos video-cámaras, de la cual no exhiben vale de resguardo de la(s) persona(s) responsable del equipo. Cabe señalar que en trabajo de campo se revisaron físicamente.

PF-10/34-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que tratándose de adquisiciones con recursos del Fondo IV, además de la documentación comprobatoria del gasto, elaborar y anexar al expediente unitario copia de vale de resguardo en los que se indique marca, modelo y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 42 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

número de serie, con nombre y firma de la persona responsable del equipo, así como por Funcionarios Municipales que autorizan, incluyendo al Síndico Municipal como responsable de los activos fijos, conservando el original en los archivos de los inventarios, a fin de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

PF-10/34-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecedee informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

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Páginas : 43 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa 3x1 para Migrantes se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $4’576,500.00, correspondiente a cinco obras de los rubros de Urbanización Municipal, Electrificación y Caminos Rurales, seleccionadas como muestra para revisión física. De lo anterior, al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente al 100.00%.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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Páginas : 44 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA HABITAT

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa HABITAT se revisaron documentalmente recursos por un monto de $200,000.00, correspondiente a una obra del programa de Electrificación, seleccionada como muestra para revisión física. De lo anterior, al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente al 100.00%.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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Páginas : 45 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación. Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del periodo 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, se asignó un monto de $11,219,267.34; presentando un ejercicio del 100.00%, así mismo según informe al 31 de diciembre de 2010 presentado por el municipio, las 65 obras programadas fueron terminadas, por lo que se observa que se dio cumplimiento en la ejecución del Programa Municipal de Obras.

Resultado OP-02, Sin Observación.

Derivado de la revisión física y documental de 9 (nueve) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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Páginas : 46 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-03, Sin Observación.

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras de denuncia que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar, en virtud de que durante la verificación física realizada por esta entidad de fiscalización en fecha 23 de junio de 2011, se encontraron terminadas y operando. Para este programa no se llevó a cabo la revisión documental ni física de la aplicación de los recursos, ya que la Auditoría Superior de la Federación seleccionó al municipio de Nochistlán de Mejía, Zacatecas para efectos de fiscalización, de los Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal. (FISM).

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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Páginas : 47 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-04, Observación OP-01

Que corresponde a la administración 2007-2010

Para la obra "Construcción de boulevard salida a Tlachichila en la cabecera municipal"; se aprobó un monto federal de $542,662.07 del Fondo IV, para la construcción terracerías a nivel de base del km. 0+000 al 1+000 en el boulevard salida a Tlachichila en la cabecera municipal.

Durante la revisión física realizada el día 20 de junio de 2011, la obra se encontró terminada y operando.

Derivado de la revisión documental se constató que se comprobó un importe de $723,549.42 sin presentar pólizas de cheque, solo presenta las facturas Nos. 3018 y 3036 de fechas 7 de junio y 1 de julio de 2010 por un monto de $180,887.35 y $542,662.07, respectivamente a nombre del contratista Cesario García Tejada.

OP-10/34-001 Solicitud de Aclaración.

Se solicita a la entidad fiscalizada, administración 2007-2010, que para efectos de aclaración presente las pólizas de cheque y aclare por escrito cual es el origen del recurso por un monto de $180,887.35, ya que sólo se programaron $542,662.07 y se contrataron y ejercieron recursos por $723,549.43 para la obra "Construcción de boulevard salida a Tlachichila en la cabecera municipal", así como demás documentación financiera que sea necesaria como constancia de su justificación.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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Páginas : 48 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 6 (seis) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-05, Observación OP-02

Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Pavimentación con concreto hidráulico en calle Rutilio Salazar en Vallecitos"; se aprobó un monto de $328,000.00 del Programa 3x1 para Migrantes, para la pavimentación de 1,225.00 m2 con concreto hidráulico f'c=250kg/cm2 Durante la revisión física realizada el día 21 de junio de 2011, la obra se encontró inconclusa faltando la pavimentación de 249.87 m2 por un importe de $58,272.83, así mismo se observaron 40.60 m2 de pavimento con deficiencias constructivas por un importe de $11,305.38 (grietas longitudinales), ambos conceptos ascienden a un monto de $69,578.21 Derivado de la revisión documental se constató que se liberaron recursos por $328,000.00 a nombre de los CC. Salvador Salazar Valdez, integrante del Comité de Obra, y Humberto Melendrez Sandoval, mediante las pólizas de cheque 543 y 161 de fechas 24 de agosto y 6 de noviembre de 2010, por un importe de $164,000.00 y 168,000.00 respectivamente, amparados por las facturas números 174 y 175 de fecha 1 de septiembre de 2010 por un monto de $153,277.92 y $6,722.08 de Margarita Gómez Jiménez, y 7 listas de raya de fecha del 20 de septiembre al 6 de noviembre de 2010, a nombre de Humberto Melendrez Sandoval, comprobando documentalmente un total de $328,090.00.

OP-10/34-002 Pliego de Observaciones. La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Nochistlán de Mejía, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal, Dr. Raúl Villegas Torres (Responsable Subsidiario); Director de Obras y Servicios Públicos M.V.Z. Mauro Javier Castro Rocha (Responsable Directo); y Directora de Desarrollo Económico y Social C. Ma. Lourdes Lomelí Álvarez (Responsable Directo), así como proveedor y constructor de la obra los CC. Margarita Gómez Jiménez y Humberto Melendrez Sandoval, (Responsables solidarios); por la cantidad de $69,578.21, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Pavimentación con concreto hidráulico en calle Rutilio Salazar en Vallecitos" realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, consistentes en pavimentación de 249.87 m2 por un importe de $58,272.83, así como 40.60 m2 de pavimento con deficiencias constructivas por un importe de $11,305.38 (grietas longitudinales), debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución y rehabilitación, exhibiendo memoria fotográfica, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Se solventa.

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Páginas : 49 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA HABITAT

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 6 (seis) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-06, Observación OP-03

Que corresponde a la administración 2010-2013 Para la obra "Mejoramiento de campo de futbol Guadalupano en la cabecera municipal"; se aprobó un monto de $2,000,000.00 (1,000,000.00 Aportación Federal y 1,000,000.00 de Fondo III) para la construcción de 4 módulos de gradas (2 norte y 2 sur) con capacidad de 1000 personas incluye cubierta de lámina, 2 módulos de baños con vestidores y dos baños para espectadores con una superficie total de 94.62 m2. Durante la revisión física realizada el día 23 de junio de 2011, la obra se encontró inconclusa, faltando por construir 2 módulos de gradas (norte), 15.05 m2 de muro de tabique, 23.87 m2 de losa de bóveda, 157.07 ml de guarnición de concreto sección 15x30 cm, 445.31 m2 de piso empedrado a base de piedra bola y un módulo de área de descanso para jugadores, conceptos faltantes pagados y no ejecutados por un monto de $511,059.26 Derivado de la revisión documental se constató que se liberó la cantidad de $2,000,000.00 mediante las pólizas de cheque 2, 3, 65, 208, 209 y 201 de fechas 29 de julio, 13 de septiembre de 2010 y 22 de febrero de 2011, amparados por las facturas núms. 4,8,13 y 14 de fecha 11 de agosto, 7 de septiembre y 31 de diciembre de 2010, por $298103.96, $298,103.96, $462,334.00, $312,215.71, $616,602.07 y $12,640.30 a nombre del Ing. Roberto Vélez Avelar.

OP-10/34-003 Pliego de Observaciones. La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Nochistlán de Mejía, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 como Presidente Municipal, C. Moisés Órnelas Aguayo (Responsable Subsidiario), Profr. Pedro Gutiérrez Hernández y Arq. Luis Enrique Sandoval Puentes (Responsable Directo), Directores de Obras y Servicios Públicos (periodos del 15 de septiembre al 31 de octubre y del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2010 respectivamente) y Lic. Sergio Daniel Sandoval Sandoval (Responsable Directo), Director de Desarrollo Económico y Social, así como al Ing. Roberto Vélez Avelar constructor de la obra (Responsable Solidario); por la cantidad de $511,059.26, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Mejoramiento de campo de futbol Guadalupano en la cabecera municipal" realizada mediante el Programa Hábitat, consistentes en 2 módulos de gradas (norte), 15.05 m2 de muro de tabique, 23.87 m2 de losa de bóveda, 157.07 ml de guarnición de concreto sección 15x30 cm, 445.31 m2 de piso empedrado a base de piedra bola y un módulo de área de descanso para jugadores, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo memoria fotográfica, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

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Páginas : 50 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN

PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-07, Observación OP-04 Que corresponde a la administración 2007-2010

Durante la revisión documental de 9 (nueve) obras que integraron la muestra de auditoría se detectó que el municipio ejecutó las 9 obras por administración directa en las cuales falta de integración de documentación técnica y social en los expedientes unitarios fundamentalmente por lo que se refiere a: proyecto, presupuesto base, programa de obra, factibilidad de la obra, estudios de la obra, permisos de la obra, impacto ambiental, convenio de colaboración, contrato, catalogo de conceptos contratados, programa de ejecución de la obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, acta de entrega recepción, fianza de vicios ocultos, finiquito y adquisiciones, misma que se relaciona en el cuadro siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TÉCNICO ADJUDICACIÓN

EJECUCIÓN

NO. DE OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y UBICACIÓN

PR

OY

EC

TO

PR

ES

UP

UE

ST

O B

AS

E

PR

OG

RA

MA

DE

OB

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FA

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A O

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ISO

S

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AM

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A) FONDO O PROGRAMA

I.- PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

15

CONSTRUCCIÓN DE SALA AUDIOVISUAL EN PREPA LÁZARO CÁRDENAS EN CAB. MPAL.

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20

CONSTRUCCIÓN DE MURO PERIMETRAL ESC. PREPARATORIA LÁZARO CÁRDENAS EN CAB. MPAL.

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32

COLOCACIÓN DE PIEDRA EN ANDADOR LOS

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OP-10/34-004 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas. La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y tramite del procedimiento conducente para que se aplique una o más de las acciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como: Presidente Municipal, Dr. Raúl Villegas Torres Tesorera Municipal C. Araceli Pérez Oliva; Director de Obras y Servicios Públicos, M.V.Z. Mauro Javier Castro Rocha, por no presentar la documentación siguiente: proyecto, presupuesto base, programa de obra, factibilidad de la obra, estudios de la obra, permisos de la obra, impacto ambiental, convenio de colaboración,

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 51 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN

PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ARCOS EN CAB. MPAL.

40

CONSTRUCCIÓN DRENAJE BARRIO SANTO SANTIAGO EN CAB. MPAL.

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51

CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FRONTÓN EN LA UNIDAD LAS BRISAS EN CAB. MPAL.

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7

TERMINACIÓN DE PÓRTICO EN PREPARATORIA LÁZARO CÁRDENAS EN CAB. MPAL.

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13

TERMINACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE MACHUELOS EN ANDADOR LOS ARCOS EN CAB. MPAL.

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18

TERMINACIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO ESC. SEC. DIEGO T. EN CAB. MPAL.

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30

TERMINACIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN EN BOULEVARD 1RA. ETAPA EN CAB. MPAL.

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Nota: La documentación relativa a la propuesta que se presenta ante SEPLADER incluyendo el oficio de Aprobación, integración de comité y documentación comprobatoria del gasto, le corresponderá revisar a la Dirección de Auditoría a Programas Federales; lo anterior aplica para la Auditoría a Municipios, en el caso de GODEZAC, se deberán adicionar las columnas necesarias.

1

EXISTE EL DOCUMENTO

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NO EXISTE EL DOCUMENTO

N/ NO APLICA

contrato, catálogo de conceptos contratados, programa de ejecución de la obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, acta de entrega recepción, fianza de vicios ocultos, finiquito y adquisiciones de 9 obras, incumpliendo lo estipulado en los artículos 169, 49 fracción XV y 74 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior, y en el articulo 5 fracciones I, III y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, artículos, 42, 85 fracción II, 86 fracción III, 87 y 114 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y 62 de su Reglamento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 52 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-08, Observación OP-05 Que corresponde a la administración 2010-2013

Se observa que el Relleno Sanitario del municipio cumple en un 59.1% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura.

La verificación física de nuestro examen revela que existe un Relleno Sanitario, el cual se ubica en los límites del área urbana ocupando 2 hectáreas aproximadamente, el cual carece de estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna.

Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con un área de emergencia para la recepción de los residuos sólidos, caseta de vigilancia, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos y materiales franja de amortiguamiento, no se controla la dispersión de materiales ligeros, fauna nociva y filtración pluvial.

OP-10/34-005 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

NOCHISTLÁN DE MEJÍA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 53 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-09, Observación OP-06

Que corresponde a la administración 2010-2013

El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 80.7% de las normas antes descritas.

Adicionalmente, carece de la documentación reglamentaria tal como certificado de salud, autorización operativa de impacto ambiental, con respecto a la infraestructura básica, carece de área de desangrado adecuada, no cuenta con incinerador, cerco perimetral seguro, firme y confiable para el control de accesos y salidas, además de una bascula, drenaje con red independiente para desechos orgánicos.

OP-10/34-006 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia. Asesino

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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Páginas : 54 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2010del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe.

TIPO DE ACCIÓN

DETERMINADAS EN

REVISIÓN SOLVENTA

DAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones 7 0 7 FRR 7

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3 - - - 3

Solicitud de Aclaración. 8 0 8 REC 8

TOTAL 18 0 7 18

TIPO DE ACCIÓN

DETERMINADAS EN

REVISIÓN SOLVENTA

DAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones 2 0 2 FRR 2

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

2 - - - 2

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

20 0 20 OIC 20

Solicitud de Aclaración. 1 1 - - 0

Preventivas

Recomendación 23 0 23 REC 23

TOTAL 48 1 46 47

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 55 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.