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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................. 11

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 21

BANCOS ............................................................................................................................................................... 23

CUENTAS BALANCE ............................................................................................................................................ 24

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 24

ANTICIPO A PROVEDORES .................................................................................................................................. 26

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 27

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 33

PROVEDORES ...................................................................................................................................................... 34

ACREDORES DIVERSOS ...................................................................................................................................... 35

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR ......................................................................................................... 36

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 38

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 42

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 42

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 48

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 53

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 53

REVISION FISICA A LA OBRA ............................................................................................................................... 56

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 57

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 67

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 74

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 75

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 76

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 15

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

18

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

14

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 10

Subtotal 57

Acciones Preventivas

Recomendación2 21

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 21

TOTAL 78

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Trancoso, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del siguiente: Revelación Suficiente: En virtud de que el municipio no muestra amplia y claramente los resultados y su situación financiera real ya que presenta saldos negativos en la Deuda Pública a Largo Plazo, así como en diversas cuentas de Proveedores y Acreedores Diversos.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

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El municipio de Trancoso, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2008 por un monto total de $33,545,898.66 los cuales se encuentran conformados por $20,065,156.15 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 85.58%. Además de $12,518,152.50 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $962,590.01 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada del capítulo de ingresos correspondientes al periodo del 01 de enero al 30 de junio de 2008, se determinó una diferencia depositada de menos por un importe de $201,779.39, ya que según el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental informa una recaudación de $1,224,982.05, mientras que de la suma de los depósitos asciende a $1,023,202.66, por lo que existe indicio de omisión de ingresos por la cantidad citada.

AF-08/50-001 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por un importe de $201,779.39, correspondiente a Ingresos sobre los cuales no se demuestra que fueran depositados a las cuentas bancarias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-02, Observación AF-02 Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio, se seleccionó una muestra de recibos, obteniendo como resultado que el ente auditado cobra una cuota de $43.82 inferior a la señalada en el rubro de Derechos de Registro Civil por concepto de Carta de Residencia cuyo cobro de acuerdo a la Ley debería de ser $73.04 existiendo una diferencia de menos por $29.22. Dicha observación se detectó en el recibo número 46896 de fecha 13 de febrero de 2008.

AF-08/50-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar el cobro de contribuciones de acuerdo a las cuotas y/o tarifas establecidas en su Ley de Ingresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 49 fracción XXIX, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control. Es necesario que la Contraloría Municipal, en el

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del

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INGRESOS

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ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a la correcta aplicación de las cuotas y/o tarifas contenidas en la Ley de Ingresos del municipio e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Del análisis practicado rubro de Impuesto Predial por el ejercicio sujeto a revisión, se determinó una diferencia global de menos por un importe de $21,428.63, ya que según lo informado por Tesorería asciende a $104,679.11 y los registros del Sistema del Impuesto Predial (SIP-ZAC) que emite el Departamento de Catastro informan una recaudación de $126,107.74. Dicha diferencia representa un porcentaje del 16.99% y constituye un daño a la Hacienda Pública Municipal por considerarse presunción de ingresos omitidos.

AF-08/50-004 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por un importe de $21,428.63, correspondiente a la diferencia entre los reportes emitidos por el Departamento de Catastro y el monto enterado por la Tesorería Municipal, el cual se considera como omisión de ingresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I, 151 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio y 24 del Código Fiscal Municipal.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-04, Observación AF-04, Como resultado de la revisión efectuada al rubro de ingresos específicamente de la cuenta 4102-10.- Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, se observó que existe una diferencia de $2,113.54 de menos con relación al monto informado por el municipio por $313,269.07 y lo contabilizado según el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental por $311,155.53, la cual no constituye un daño a la Hacienda Pública Municipal, sin embargo denota una falta de control en los registros, así como la falta de conciliación de la información entre las áreas involucradas.

AF-08/50-005 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, establecer mecanismos de control y conciliación de la recaudación cobrada por concepto de Bebidas Alcohólicas a fin de que la información sobre los cobros realizados por este concepto sean coincidentes con los montos reportados por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública. Lo anterior

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

seguimiento.

AF-08/50-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto a que se establezcan mecanismos de control y conciliación de la recaudación cobrada por concepto de Bebidas Alcohólicas, a fin de que la información sobre los cobros realizados por este concepto sean coincidentes con los montos reportados por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-05, Observación AF-05 De la revisión efectuada al rubro de bebidas alcohólicas, se observó que el ente auditado no está realizando el cobro por concepto del 10% adicional al monto de Derechos, en aquellos locales o establecimientos en que se expenden dicho tipo de bebidas para su consumo dentro de los mismos, representando esta omisión en su recaudación durante el ejercicio fiscal 2008 un monto de $9,716.85. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-004.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-007 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez, L.E. Eliseo Juárez Martínez y C. Armando

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INGRESOS

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Cordero Trejo, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero Municipal e Inspector Fiscal y de Comercio, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no haber realizado el cobro por concepto del 10% adicional al monto de Derechos, en aquellos locales o establecimientos en que se expenden dicho tipo de bebidas para su consumo dentro de los mismos, desatendiendo la recomendación número AF-07/50-004 formulada por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 62, 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV, 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Derivado de la revisión al cobro de licencias de bebidas alcohólicas, se detectó que el municipio no aplicó sanciones por diversas renovaciones cuya presentación de la solicitud fue posterior al 31 de diciembre de 2007, las cuales debió calcular considerando los montos mínimos señalados en el artículo 95 de la Ley de Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas; además no se realizó la clausura temporal de 13 licencias de vinos, 6 cuyo pago fue posterior al 31 de marzo de 2008 y 7 por las que hasta la fecha no se han cubierto el monto de derechos respectivo.

AF-08/50-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo aplicar las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, entre las cuales se incluye la de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Aunado a lo anterior se observó que los recibos que expide el ente auditado, por lo que corresponde a bebidas alcohólicas, no mencionan los datos suficientes para determinar el cobro correcto de las cuotas establecidas, como son: cantidad de licencias, costo unitario, 10% de derecho adicional por consumo dentro de los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, sanciones, entre otros.

aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea de las solicitudes de renovación y en su caso instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva, según corresponda. Así mismo se recomienda incluir en los recibos de ingresos los datos suficientes para determinar su correcto cobro, tales como: cantidad de licencias, costo unitario,10% de derecho adicional por consumo dentro de los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, sanciones, entre otros. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, 61, 105, 107 fracción I, 108 fracción IV de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente al cumplimiento y correcta aplicación de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, verificando lo relativo a la aplicación de sanciones por concepto de presentación extemporánea de las solicitudes de renovación y en

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INGRESOS

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su caso instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva, así mismo vigilar que se incluya en los recibos de ingresos los datos suficientes para verificar su correcto cobro e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Resultado AF-07, Observación AF-07 Como resultado de la revisión al rubro de Bebidas Alcohólicas, se observó que el ente auditado no realiza el cobro del Impuesto de 5% para la UAZ y por consiguiente tampoco el entero del mismo. Cabe señalar que la omisión de dicho cobro representa un monto total de $15,833.32. Por otra parte, se observó que el ente auditado cobró cuotas diferentes a las establecidas en el artículo 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, detectando una diferencia de más por $6,319.57. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-004.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez, L.E. Eliseo Juárez Martínez y C. Armando Cordero Trejo, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero Municipal e Inspector Fiscal y de Comercio, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no haber realizado la retención del impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, así como por cobrar cuotas superiores a las establecidas en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas. Lo anterior con

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INGRESOS

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fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 62, 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV, 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Trancoso, Zacatecas, durante el ejercicio 2008, fue por $37,438,761.60, los cuales se encuentran conformados por $24,821,364.00 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 47.83%. Además de $640,138.62 de Obra Pública, $11,237,396.48 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $739,862.50 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión al rubro de Egresos son los siguientes:

Resultado AF-08, Observación AF-08 De la revisión a la muestra seleccionada de Egresos, se detectó que el municipio realizó erogaciones sin presentar la documentación comprobatoria que las respalde, por un importe total de $540,439.88, integrado por $394,797.88 del 01 de enero al 30 de septiembre y $145,642.00 del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2008. El detalle se describe a continuación: EROGACIONES CON CARGO AL PRESUPUESTO QUE NO PRESENTAN SOPORTE DOCUMENTAL PERIODO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE SEPTIEMBRE

FECHA

PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CH

EQUE DE LA CTA. 553914036 DE BANORTE

RUBRO CONCEPTO IMPORTE

05/02/2008

E00077

5000-01-1101

213

SUELDOS ADMINISTRATIVOS

El municipio presenta sólo póliza de egresos. Se observa que no presenta la nómina correspondiente a la segunda quincena del mes de enero del ejercicio sujeto a revisión.

86,377.33

08/02/2008

E00092

5000-01-1508

228 BONO ESPECIAL

El municipio presenta sólo póliza de egresos.

10,000.00 Se observa que no presenta soporte documental alguno que respalde la erogación.

15/02/2008

E00110

5000-01-

246 COMBUSTIBLES,

El municipio presenta sólo póliza de egresos. 14,000.00

AF-08/50-011 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $540,439.88, correspondiente a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación que respalde y justifique los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, y 169 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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EGRESOS

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2601

LUBRICANTES Y ADITIVOS

Se observa que no presenta soporte documental alguno que respalde La erogación.

10/03/2008

E00198

5000-01-3801

319

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

Se presenta póliza de egresos por un importe de $20,000.30, a la cual se anexa comprobación por $10,000.30, derivando en un faltante de soporte documental por el orden de $10,000.00.

10,000.00

22/04/2008

E00297

5000-01-3801

408

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

Presenta sólo póliza de egresos. Por lo que se observa que no adjunta documentación que respalde dicha erogación.

5,000.00

06/05/2008

E00335

5000-01-3605

437

GASTOS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN

El concepto de la póliza de egresos indica que corresponde al pago de la factura no. 10804, sin embargo no es anexada, por lo que se solicita exhibir la factura en original y la justificación del gasto erogado.

11,500.00

07/05/2008

E00343

5000-01-3801

445

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

El municipio realizó erogación por evento del día de la madre organizado por el D.I.F. Municipal, sólo presenta póliza de egresos.

12,000.00

15/05/2008

E00363

5000-01-2601

465

COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS

Consumo de combustible según facturas nos. 120454 y 120196, las cuales no se presentan. Sólo anexa póliza cheque.

11,400.00

10/06/2008

E00493

5000-01-3801

751

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

17/06/2008

E00463

5000-01-3801

553

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

23/06/2008

E00473

5000-01-2601

564

COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS

Pago de facturas nos. 121543 y 121824 por consumo gasolina, las cuales no se presentan. Sólo anexa póliza de egresos y cheque.

14,450.00

25/06/2008

E00480

5000-01-3801

570

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

30/06/2008

E00616

5000-01-3801

660

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

02/07/2008

E00542

5000-01-3801

586

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

03/07/2008

E00555

5000-01-3404

599

PLACAS Y TENENCIA

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

11,163.55

07/07/2008

E00559

5000-01-3801

603

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

14/07/2008

E00579

5000-01-3801

623

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN

SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

21/07/2008

E00592

5000-01-3701

636 VIÁTICOS

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

21/07/2008

E00593

5000-01-3801

637

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

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28/07/2008

E00604

5000-01-3701

648 VIÁTICOS

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

7,000.00

31/07/2008

E00617

5000-01-3701

661 VIÁTICOS

Viáticos a Colima, Col. de Daniel Hernández Juárez, Presidente Municipal. No presenta soporte documental, sólo anexa póliza cheque.

7,000.00

11/08/2008

E00681

5000-01-1304

688

COMPENSACIÓN POR SERVICIOS ESPECIALES

La póliza de egresos observada presenta como concepto: "compensación por elaboración de proyectos", sin embargo no se exhibe el soporte documental que respalde el gasto, por lo que se solicita presentar aclaración y documentación correspondiente a la erogación realizada. Así como los proyectos elaborados.

15,000.00

15/08/2008

E00699

5000-01-3801

706

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

5,000.00

29/08/2008

E00718

5000-01-1304

725

COMPENSACIÓN POR SERVICIOS ESPECIALES

Pago de compensación de segunda quincena de agosto. Sin comprobante. Sólo presenta póliza de egresos.

13,007.00

29-ago-08

D00279

5000-01-3202

EFECTIVO

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y

EQUIPO

Anexa póliza de diário número D00279.

6,500.00 Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

29/08/2008

D00279

5000-01-3202

EFECTIVO

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO

Anexa póliza de diário número D00279.

31,900.00 Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

29/08/2008

D00279

5000-01-3202

EFECTIVO

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO

Anexa póliza de diário número D00279.

31,000.00 Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

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29/08/2008

D00279

5000-01-3202

EFECTIVO

ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO

Anexa póliza de diário número D00279.

4,500.00 Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

09/09/2008

E00780

5000-01-3801

771

GASTOS DE CEREMONIA Y DE ORDEN SOCIAL

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

40,000.00

22/09/2008

E00830

5000-01-3701

821 VIÁTICOS

No se presenta soporte documental, sólo póliza de egresos.

3,000.00

SUBTOTAL 394,797.88

PERIODO DEL 1° DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE

FECHA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

NO. DE CUENTA DE BANORTE

RUBRO CONCEPTO

IMPORTE OBSERVADO

06/10/2008

5000-01-2601

TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

553914036

COMBUSTIBLES

Anexa póliza de diário número D00358.

25,506.00

Se observa que el ente auditado no presenta soporte documental alguno.

08/10/2008

5000-01-3605

TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

553914036

GASTOS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN

Anexa póliza de egresos número D00359.

12,075.00

Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

23/10/2008

5000-01-3801

888 553914036

GASTOS DE CEREMENIA Y ORDEN SOCIAL

Anexa póliza de egresos número E00919.

20,000.00

Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

15/12/2008

5000-01-3801

1010 553914036

GASTOS DE CEREM

Anexa póliza de egresos número E001102.

22,000.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ENIA Y ORDEN SOCIAL

Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

15/12/2008

5000-01-3801

1011 553914036

GASTOS DE CEREMENIA Y ORDEN SOCIAL

Anexa póliza de egresos número E001103.

40,000.00

Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

23/12/2008

5000-01-3801

1049 553914036

GASTOS DE CEREMENIA Y ORDEN SOCIAL

Anexa póliza de egresos número E001141.

20,400.00

Se observa que no adjunta soporte documental alguno.

30/12/2008

5000-01-1306

1057 553914036

LIQUIDACIONES INDEMNIZACIONES

Anexa póliza de egresos número E01149.

5,661.00

Sé observa que el municipio no adjunta soporte documental alguno.

SUBTOTAL 145,642.00

TOTAL $540,439.88

Resultado AF-09, Observación AF-09 Derivado de la revisión practicada a la muestra seleccionada de egresos, particularmente de la partida 3105.- Servicio de Energía Eléctrica, se detectó que el ente auditado realizó una erogación con el cheque número 009, de fecha 27 de noviembre de 2008, de la cuenta número 552165792 de Agua Potable, de la Institución Bancaria Banorte por $50,973.00 correspondiente a otro municipio, por lo que la Comisión Federal de Electricidad le bonificaría dicha cantidad en otro recibo. Sin embargo no demuestra documentalmente la recuperación de dicho recurso.

AF-08/50-012 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $50,973.00, derivada de operaciones que no corresponden al ente auditado. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 78 fracción I, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-10, Observación AF-10 Derivado de la revisión practicada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria sin firma de los beneficiarios que corresponden a nóminas de pago de las cuales el ente auditado acredita las transferencias de los recursos a los

AF-08/50-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo tome las medidas necesarias para hacer exigible la firma a los beneficiarios, con la finalidad de lograr la transparencia en su documentación

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

mismos. comprobatoria. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a que la documentación comprobatoria sea firmada por los beneficiarios e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-11, Observación AF-11 Derivado de la revisión practicada a la cuenta 1508.- Bono Especial, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por concepto de pagos a miembros del Ayuntamiento adicionales a sus dietas por $431,000.00, así como a funcionarios de primer nivel por $196,000.00, haciendo un total de $627,000.00 observándose que el ente auditado no contaba con suficiencia financiera para afrontarlos, ya que durante el ejercicio fiscal 2008 contrató 3 empréstitos que suman un total de $7,000,000.00.

AF-08/50-015 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no haber vigilado ni administrado adecuadamente el presupuesto de egresos ya que para afrontar el pago del Bono Especial, presupuestado de origen, no contaba con suficiencia financiera recurriendo a empréstitos con GODEZAC, observándose por el contrario, que otorgó préstamos

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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EGRESOS

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personales, así como desfases presupuestales en diversas partidas destacando las cuentas de Gastos De Difusión e Información y Gastos de Ceremonia y de Orden Social. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I, III y IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-12, Observación AF-12 Derivado de la revisión practicada a la muestra seleccionada de Egresos, se detectaron Erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por un importe de $61,995.46. Dicha cantidad se desglosa de la siguiente manera:

FECHA PÓLIZA No. SUBCTA

No. CHEQUE DE LA CTA. 553914036 DE BANORTE

RUBRO CONCEPTO IMPORTE

06/10/2008

E00886 5000-01-1503

855 OTRAS PRESTACIONES

Anexa póliza de egresos número E00886, petición por parte del SUTSEMOP para que la Presidencia Municipal pague el 50% del seguro de vida que tiene contratado esa organización y copia de recibo de pago firmado por el representante de dicho sindicato. Se solicita al ente auditado presentar dicho recibo en original y copias fotostáticas de la póliza de seguro y del recibo de pago a la compañía aseguradora.

14,712.50

10/12/2008

E01090 5000-01-1306

998

LIQUIDACIONES INDEMNIZACIONES

Anexa póliza de egresos número E01090 y Convenio que celebran las partes (Municipio y trabajador) donde se acuerda el finiquito.

9,500.00

Se observa que no se adjunta la credencial de elector de la persona que recibe dicho finiquito. Es conveniente mencionar que no fue posible identificar la firma de dicho trabajador en otro documento emitido por el ente auditado, por tal motivo se observa el gasto

AF-08/50-016 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal realizar las aclaraciones y justificaciones respecto al monto observado por $61,995.46, exhibiendo para tal efecto la documentación descrita dentro de cada una de las partidas observadas. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 170 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

realizado.

12/12/08 E01098 5000-01-3801

1006

GASTOS DE CEREMONIA Y ORDEN SOCIAL

Anexa póliza de egresos número E001098 y facturas números 9843 y 9873 del proveedor Mr. Toy Importaciones, las cuales amparan artículos de juguetería y belleza. Se observa esta erogación en virtud de que el ente auditado no anexa relación de las personas beneficiadas con los mismos, así como copia de identificación oficial ni evidencia fotográfica.

34,573.40

16/12/2008

E01104 5000-01-1306

1012

LIQUIDACIONES INDEMNIZACIONES

Anexa póliza de egresos número E01104 y Carta de finiquito, así como los datos para el cálculo.

3,209.56 Se observa que no se adjunta la credencial de elector de la persona que recibe dicho finiquito. Es conveniente mencionar que no fue posible identificar la firma de dicho trabajador en otro documento emitido por el ente auditado, por tal motivo se observa el gasto realizado.

TOTAL $ 61,995.46

Resultado AF-13, Observación AF-13 Al realizar la revisión y análisis de la cuenta 1311.- Maestros Comisionados, en el reporte proporcionado por Secretaría de Finanzas y en las constancias emitidas por la misma, se observan descuentos durante los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del ejercicio fiscal 2008 por un total de $84,153.16 correspondientes a la Profra. María Teresa Medellín López, quien según nóminas presentadas por el municipio solamente laboró hasta el mes de noviembre de 2007. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-013.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-017 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no efectuar las gestiones necesarias ante la Secretaría de Finanzas tendientes a obtener el reembolso del monto descontado indebidamente por conceptos de maestros comisionados, desatendiendo la recomendación número AF-07/50-013 formulada por

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

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esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Trancoso, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2008 un déficit de $3,892,862.94 en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio y de la contratación de pasivos en el mismo.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

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Resultado AF-14, Observación AF-14 El saldo registrado en esta cuenta al 31 de diciembre de 2008 según el Estado de Posición Financiera fue por $129,115.94. En dicho saldo se considera el monto autorizado para el fondo fijo por $10,000.00.

AF-08/50-018 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado aclaración debidamente documentada de las causas que originaron la diferencia de $119,115.94 entre el saldo registrado en caja al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión y el monto del Fondo Fijo, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado copias de las fichas de depósito con las que fueron ingresados a las cuentas bancarias del municipio los recursos observados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, y 170 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-15, Sin Observación El municipio de Trancoso, Zacatecas, presentó un saldo en Bancos por $963,627.75 al 31 de diciembre de 2008 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por 14 cuentas bancarias a nombre del mismo. De la revisión efectuada a este rubro se apreció que el ente auditado tiene un adecuado control, ya que expide los cheques en orden numérico y cronológico, en caso de existir cheques cancelados agrega el original a la documentación comprobatoria, conserva las chequeras resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Resultado AF-16, Observación AF-15 El saldo de Deudores Diversos al 31 de diciembre de

2008 se

situó en

$2,784,353.3

0 mism

o que

represent

a un incremento del 53.58% con

relación al saldo registrado

al cierr

e del

ejercicio

anterior. Del

análisis

realizado

a este

rubro se

observó lo siguiente:

1. Deudor de ejercicios anteriores que no cuenta

CUENTA NOMBRE DE LA CUENTA SALDO

1105-01-0002

ANTONIO PAREDES RODRÍGUEZ

2,000.00

1105-01-0005

DANIEL HERNÁNDEZ JUÁREZ

75,600.00

1105-01-0006 JOSE HERNÁNDEZ ROMO

6,000.00

1105-01-0007

J. GUADALUPE JUÁREZ JUÁREZ

6,000.00

1105-01-0008

ISMAEL TENORIO CABRERA

6,000.00

1105-01-0009

GLORIA ESTELA ROSALES DIAZ

24,500.00

1105-01-0011

MA. CARMEN BERNAL GALINDO

15,000.00

1105-01-0012

JOSE GUADALUPE JASSO JUÁREZ

0.00

1105-01-0013 LUIS MARTINEZ JUÁREZ

500.00

1105-01-0014 JOSE ZAPATA JACOBO

1,400.00

1105-01-0015 LETICIA ESPARZA R.

3,400.00

1105-01-0016

MA. TERESA MEDELLIN LÓPEZ

6,500.00

1105-01-0017 CECILIO TENORIO JASSO

2,000.00

1105-01-0018 JAIME CORDERO GALINDO

100,000.00

1105-01-0019

ROGELIO SÁNCHEZ CORDERO

2,000.00

1105-01-0021

BEATRIZ HUERTA MONTOYA

8,600.00

1105-01-0024 JESUS ALMANZA JIMENEZ

38,000.00

1105-01-0025

JUAN CARLOS LÓPEZ ALMANZA

16,065.31

1105-01-0026 DIANA JASSO GARCIA

2,500.00

1105-01-0027 ELISEO JUÁREZ MARTINEZ

6,750.90

1105-03-0017 FONDO III

44,826.00

1105-03-0033 MANUEL ROMERO GARCIA

90,000.00

1105-03-0034

LA BODEGUITA DE GUADALUPE

1,592.26

TOTALES $ 459,234.47

AF-08/50-019 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $459,234.47, por la realización de préstamos personales los cuales no cuentan con documento mercantil que los respalde. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-08/50-020 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no realizar acciones tendientes a la recuperación de los créditos otorgados y por continuar realizando préstamos con recursos públicos tanto a particulares como entre áreas de la propia Administración Municipal, desatendiendo la recomendación número AF-07/50-018 formulada por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 93

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

con pagaré a nombre de Antonio Paredes Rodríguez, por $6,412.00.

2. Saldos que no presentan amortización alguna durante el ejercicio por $69,832.54. Los cuales se describen a continuación:

CUENTA NOMBRE DE LA CUENTA SALDO

1105-01-0003 JUAN MAURICIO JUÁREZ 3,500.00

1105-01-0004 LUCIO RIVERA JUÁREZ 3,500.00

1105-03-0001 EDUARDO MARTIN NORIEGA

500.00

1105-03-0003 SISTEMA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE

10,532.54

1105-03-0006 J. ASENCION JASSO GONZÁLEZ

12,000.00

1105-03-0007 ABEL MEDINA 9,000.00

1105-03-0008 ALFREDO IBARRA 5,000.00

1105-03-0024 PABLO OVALLE REYES 10,000.00

1105-03-0026 NORMA ANGELICA JUÁREZ CASTRO

4,300.00

1105-03-0030 BEATRIZ CORDERO GALINDO

1,500.00

1105-03-0031 AGUSTIN MURUATO NORIEGA

10,000.00

TOTALES $ 69,832.54

1. Préstamos internos a Gasto Corriente, a Fondo III y IV, y al Patronato de la Feria 2008, por $693,030.01, $1,001,594.28 y $555,050.00, respectivamente.

2. Préstamos otorgados durante el ejercicio sujeto a revisión que no cuentan con pagaré por $459,234.47. Cuyo detalle es el siguiente:

1. Saldos negativos por ($800.00).

Además se observó que el municipio continúa realizando préstamos personales pese a la acción a promover número AF-07/50-018.- Recomendación emitida por este Ente Superior de Fiscalización plasmada el Informe de Resultados del ejercicio 2007.

fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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ANTICIPO A PROVEDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-17, Observación AF-16 El municipio de Trancoso, Zacatecas, presentó un saldo en Anticipos a Proveedores al 31 de diciembre de 2008 en el Estado de Posición Financiera por la cantidad de $106,922.00, el cual equivale a un incremento del 16.32% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. De la revisión efectuada a este rubro se observó un monto por $91,922.00 el cual está conformado de saldos que pertenecen a Administraciones Anteriores, no tuvieron movimiento durante el ejercicio sujeto a revisión, mismos que se detallan a continuación:

C u e n t a Nombre de Cuenta Saldo

Final

1106-01 PROVEEDORES LOCALES

1106-01-00001

EVERARDO JASSO GARCÍA

1,000.00

1106-01-0005

PEDRO ALVARADO ZAPATA

3,200.00

1106-01-0008

CARLOS VILLAGRAN RAMÍREZ

5,000.00

1106-01-0011

ELIAZAR LÓPEZ LÓPEZ 9,722.00

1106-01-0014

J. INES CARRILLO CASTRO

43,000.00

1106-01-0015

SERGIO RICARDO VILLAFUERTE GONZALEZ

30,000.00

TOTAL $ 91,922.00

Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-021.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-021 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no realizar acciones tendientes a lograr la recepción de los bienes o servicios por los cuales se otorgaron los anticipos observados, desatendiendo la recomendación número AF-07/50-021 formulada por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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ACTIVO FIJO

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Resultado AF-18, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008 fue por $8,820,729.21, en la cual se consideran las aportaciones del CESP para la adquisición de dos patrullas por $132,949.00. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $4,167,778.60 de las cuales $3,474,095.12 (83.36%) se realizaron con Recursos Propios y $693,683.48 (16.64%) con Recursos Federales.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Las adquisiciones de Bienes Muebles realizadas durante el ejercicio fiscal 2008 con recursos provenientes de Aportaciones Federales fueron por un importe de $693,683.48 de los cuales $209,122.45 corresponden a recursos del Fondo III y $477,537.00 al Fondo IV, y $7,024.00 son recursos provenientes de Rendimientos del Fondo IV consistentes en: mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación, vehículos y equipo terrestre, maquinaria y equipo agropecuario. Es conveniente señalar que dichas adquisiciones no fueron incorporadas al Activo Fijo e incrementadas al Patrimonio del municipio un importe de $250,945.48, las cuales se detallan a continuación:

ORIGEN CANT. DESCRIPCIÓN DEL BIEN IMPORTE

FONDO III

2 ARCHIVERO METALICO 4 GAVETAS

$ 6,200.00

12 SILLAS OHV- COLOR ARENA 3,840.00

3 ARCHIVEROS DE 4 GAVETAS 9,300.00

5 SILLAS MODELO NAPOLI 3,650.00

2 TELÉFONOS PANASONIC 1,610.00

1 ENFRIADOR CALENTADOR DE AGUA MODELO HCR 320

4,095.08

1 CAMARA DIGITAL SONY, INCLUYE TARJETA DE MEMORIA Y MALETÍN

3,698.40

1

MODULO SEMI EJECUTIVO INCLUYE ESCRITORIO, LIBRERO SOBRE CREDENZA CON 4 PUERTAS

7,650.00

1 ARCHIVERO MOVIL DE 2 CAJONES CON CHAPA COLOR OYAMEL

1,375.00

1 MESA DE JUNTA OVALADA, COLOR OYAMEL

2,490.00

1 SILLA SECRETARIAL ALBAR MOD. FE950, COLOR ARENA CON ELEVADOR

1,214.00

PF-08/50-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio de los bienes que se detallan en el cuadro que antecede y sean considerados en el inventario del mismo, con sus respectivos vales de resguardo, a fin de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

Solventa.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

AUTOMÁTICO

1 VEHICULO NUEVO JW4 FORD RANGER CRW CAB XL

164,000.00

FONDO IV

1

COMPUTADORA DE ESCRITORIO COMPLETA INCLUYENDO: 1 GABINETE ACTECK NEGRO, 1 MONITOR HNC 19" 1 TAPETE, 2 BOCINAS, 1 REGULADOR Y 1 FUNDA BLANCA

9,188.50

1 MULTIFUNCIONAL SAMSUNG 2,978.50

3 3 CPU, 2 MONITORES, 2 MOUSE Y 2 TECLADOS

15,300.00

3 REGULADORES 547.00

1 FAX BROTHER 2242.50

1 GRABADORA PROFESIONAL SONY

1,782.50

6 SILLA OHV-12 2,760.00

RENDIMIENTOS FONDO IV

1 ARCHIVERO METALICO GEBESA 4 GAVETAS

3,300.00

1 ESCRITORIO MILENIO 1.52 2 GAVETAS

2,900.00

2 SILLA OHV-12 824.00

Total

$250,945.48

Resultado AF-19, Observación AF-17 De las adquisiciones realizadas con recursos propios por $3,468,920.12, las más relevantes fueron las siguientes: 1 pipa Kodiak marca chevrolet modelo 2008 color blanco, 2 camiones recolectores de basura XL color blanco marca Ford modelo 2008, asignadas al departamento de Obras Públicas y una camioneta Durango Limited color negro marca Dodge modelo 2004, asignada a Presidencia. Derivado de la verificación física del activo fijo adquirido durante el ejercicio sujeto a revisión se detectó la inexistencia de los siguientes bienes muebles:

1) 1 Parrilla para alimentos marca tubular con valor de $5,175.00 adquirida el 30 de abril de 2008 según factura 395 del proveedor Hugo de la Torre García, pagada en efectivo.

2) 43 sillas con un valor total de $8,302.90 adquiridas la fecha 26 de marzo de 2008 con cheque 542 de Banorte según factura 4790-

AF-08/50-022 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $30,689.48 correspondiente a adquisiciones de activo fijo durante el ejercicio sujeto a revisión de las cuales el ente auditado no demostró su ubicación física. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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ACTIVO FIJO

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CA del proveedor Nueva Wal-Mart de México. 3) 1 equipo de comunicación marca Panasonic

con valor de $14,361.58 adquirido con cheque 562 de Banorte de fecha 07 de julio de 2008 con el proveedor Martín Valdés Maldonado.

4) 1 impresora HP con valor de $2,850.00 adquirido con cheque 575 de Banorte de fecha 10 de julio de 2008 con el proveedor Miguel Ángel Castañeda.

Resultado AF-20, Observación AF-18 Derivado del análisis practicado a las denuncias interpuestas ante la H. LIX Legislatura del Estado por los CC. Lic. Alan Rodríguez González, José Hernández Romo, Maestra Gloria Estela Rosales Díaz, J. Guadalupe Juárez Juárez e Ismael Tenorio Cabrera, Contralor y Regidores del H. Ayuntamiento Municipal de Trancoso, Zac., respectivamente, mediante escrito sin número, recibido en esta Auditoría Superior del Estado el 21 de octubre de 2008, se detectó lo siguiente: El ente auditado realizó adquisiciones de diversos activos fijos por un monto de $2,378,313.90, de las cuales no presenta documentación que acredite haber llevado a cabo los procesos de licitación, señalados por la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas. Es conveniente mencionar que los bienes muebles se encontraron físicamente en el municipio y utilizados en actividades propias del mismo.

AF-08/50-023 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y Lic. Jesús Almanza Jiménez, quienes se desempeñaron como Presidente y Síndico Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, por no apegarse a la normatividad aplicable respecto al modo de adjudicación, en las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles al no llevar a cabo el procedimiento de adquisición mediante licitación pública, ya que el valor de los bienes adquiridos superó considerablemente las 10 cuotas de salario mínimo vigente en el Estado de Zacatecas elevado al año. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 74 fracción V, 78 fracción V, 159 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 19 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, así como el artículo 5° fracciones I y III Ley de Responsabilidades de los Servidores

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-21, Observación AF-19 Derivado de la revisión de campo se detectó que no se lleva un inventario de los bienes muebles del municipio y los mismos no están etiquetados con su número de inventario o código correspondiente lo que dificulta su ubicación. Por otra parte se observó que dichos bienes no cuentan con su respectivo resguardo.

AF-08/50-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo la actualización del inventario de los bienes muebles del municipio y posteriormente etiquetar con su número de inventario o código correspondiente que facilite su ubicación física y se cuente con un adecuado control de los mismos, así como elaborar los resguardos por cada bien mueble, debidamente firmados por los servidores públicos a quienes les fueron asignados y autorizados por los funcionarios responsables. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a la actualización del inventario de los bienes muebles del municipio, así como la etiquetación de los mismos con el fin de que facilite su ubicación física y vigilar que se elaboren los resguardos respectivos e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-22, Observación AF-20 Derivado del inventario físico practicado al parque vehicular propiedad del municipio, se detectó que algunas de las unidades no cuentan con logotipo del H. Ayuntamiento ni con número económico que las identifique, además que algunos choferes no cuentan con licencia de conducir vigente. También se detectó que varias unidades carecen de placas de circulación y no se encuentran aseguradas aquellas que representan mayor riesgo de siniestralidad.

AF-08/50-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal identificar con números económicos y logotipos todas las unidades vehiculares del municipio a fin de que permitan un mejor control de su uso, identificación y realización de inventarios físicos. Asimismo se recomienda efectuar el pago del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos, procurar que los choferes

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera

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ACTIVO FIJO

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Es conveniente hacer mención que 9 de la unidades verificadas se encuentran en malas condiciones o en reparación no contando con un programa de mantenimiento preventivo por lo que se le solicita al municipio llevar a cabo las medidas necesarias para que el parque vehicular se encuentre en óptimas condiciones para su uso normal.

tramiten su licencia de manejo vigente y además asegurar los vehículos que representan mayor riesgo para evitar posibles contingencias. También se recomienda regularizar las condiciones de uso principalmente de aquellos vehículos que están en malas condiciones, a fin de que programe el mantenimiento y reparación de los mismos y/o, en su defecto, la viabilidad de venta como chatarra por inservibles, observando siempre la normatividad de la materia. Lo anterior de conformidad con los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de supervisión por lo que se refiere a la asignación de números económicos y logotipos a las unidades vehiculares propiedad del municipio que permitan su identificación de manera práctica, así mismo verifique que se efectué el pago del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos y procurar que los choferes tramiten su licencia de manejo vigente, así como vigilar que se aseguren las unidades que representen mayor riesgo por las características de su uso. Además corroborar que el ente auditado regularice las condiciones de uso principalmente de aquellos vehículos que están en malas condiciones. Por todo lo anterior se solicita informar de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-23, Observación AF-21 De la revisión practicada al Activo Fijo propiedad del municipio de Trancoso, Zacatecas, se observó que

AF-08/50-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo acciones

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la

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ninguno de los 16 bienes inmuebles cuentan con la Escritura Pública y por consecuencia tampoco se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Dichos bienes se detallan a continuación:

No. UBICACIÓN UTILIZACIÓN QUE SE LE DA AL INMUEBLE

¿CUENTA CON ESCRITURAS?

¿SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD?

SI NO SI NO

1 CALLE GENERAL BARRAGAN N0 1

PRESIDENCIA MUNICIPAL

X X

2 CALLE BELIZARIO DOMINGUEZ Y

CLINICA HOSPITAL

X X

3 CALLE EMBARCACIÒN Y CAMINO REAL

JARDIN "MARTIRES DE LA BLANQUITA

X X

4 CALLE FRANCISCO I MADERO

AUDITORIO MUNICIPAL

X X

5 CALLE FRANCISCO I MADERO

REUNIONES DE GRUPO DE MESEROS

X X

6 CALLE FRANCISCO I MADERO

KIOSKO X X

7 CALLE FRANCISCO I MADERO S/N

EDIFICIO DE POLICIA PREVENTIVA

X X

8 CALLE GENERAL BARRAGAN

LIENZO CHARRO

X X

9 CALLE GENERAL BARRAGAN

JARDIN "PRO. JUAN PADILLA"

X X

10 CALLE GENERAL BARRAGAN S/N

RASTRO MUNICIPAL

X X

11 CALLE HIDALGO AULA DE LA TERCERA EDAD

X X

12 CALLE HIDALGO S/N

BIBLIOTECA PUBLICA

X X

13 CALLE INSURGENTES S/N

PARQUE LA ALAMEDA

X X

14 CALLE REVOLUCIÒN

PANTEON MUNICIPAL

X X

15 CAMINO REAL S/N

MERCADO MUNICIPAL

X X

16 CALLE DEL MEZQUITE S/N

CASA DE SALUD

X X

tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que los inmuebles sean registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que el ente auditado realice los trámites necesarios para la escrituración de los Bienes Inmuebles propiedad del municipio y que sean registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-24, Observación AF-22 El saldo presentado en el Estado de Posición Financiera en este rubro al 31 de Diciembre de 2008 fue por $11,512,059.76, que representa un incremento del 46.06%, respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente a un endeudamiento neto en la cuenta de GODEZAC por el orden de $3,368,077.85. Derivado de la revisión efectuada al rubro de Deuda Pública a Largo Plazo, se detectó que existe un saldo negativo en la cuenta de BANOBRAS por $154,659.57. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-031.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-030 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por no haber tenido los cuidados necesarios respecto a los registros realizados en la cuenta de Deuda Pública a Largo Plazo originando que los estados financieros no muestren la situación financiera real del municipio, desatendiendo la recomendación número AF-07/50-031 formulada por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servicios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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PROVEDORES

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Resultado AF-25, Observación AF-23 El importe del saldo de Proveedores al 31 de diciembre de 2008 se situó en $546,328.76, el cual presentó un incremento del 3.72% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Derivado de la revisión a este rubro se observó que registran saldos que no presentan movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión los cuales suman un total de $126,874.49. También se detectaron saldos en rojo por la cantidad de $53,823.12. De acuerdo al siguiente detalle:

2102-02 PROVEEDORES GASTO CORRIENTE

2102-01-0076

AMELIA MARTINEZ REYES

-44,521.18

2102-01-0168

HECTOR MARIO MENDOZA BAÑUELOS

-469.50

2102-01-0131

MIGUEL ANGEL GARCÍA ESCAREÑO

-10,000.00

2102-01-0145

SIRRITEC SA DE CV -832.44

2102-01-0170

MAURICIA JUDITH RODRIGUEZ SIFUENTES

-3,000.00

TOTAL -58,823.12

Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-033.- Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACREDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de Acreedores Diversos al 31 de diciembre de 2008 se situó en $5,369,878.04, el cual representa un leve incremento del 0.07% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Derivado de la revisión a este rubro se observó que registra saldos que no presentan movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión los cuales suman un total de $2,981,415.75. También se detectó un saldo en rojo por la cantidad de $117,974.99 el cual corresponde a la cuenta número 2103-01-0003.- Fondo III. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover 07-50-036.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar al 31 de diciembre de 2008 se situó en $2,074,582.08, el cual representa un decremento del 6.41% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Derivado de la revisión a dicha cuenta se detectaron dos saldos pendientes de pago al 31 de diciembre de 2008, uno por la cantidad de $147,764.22 por concepto del Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas y otro por $2,036,294.14 correspondiente al Instituto Mexicano del Seguro Social. Por otra parte se detectaron saldos en rojo por $148,701.79. Los cuales se detallan a continuación:

C u e n t a

Nombre de Cuenta Saldo

2104 IMPUESTOS Y RET. POR PAGAR

2104-03 PRESTACIONES SOCIALES

2104-03-0005

FONACOT -

122,354.29

2104-03-0009

DCTO LENTES -26,347.50

TOTAL -

148,701.79

Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se efectuó la Acción a Promover AF-07/50-038.-Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-08/50-031 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, por no haber realizado la confirmación de saldos pendientes de pago a sus Proveedores y Acreedores Diversos con el fin de verificar la autenticidad de los mismos, procediendo al pago o depuración en su caso, así como por no haber realizado el entero de los siguientes conceptos: 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas y Cuotas Obrero-Patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, desatendiendo las recomendaciones números AF-07/50-033, AF-07/50-036 y AF-07/50-038 formuladas por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio fiscal de 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

AF-08/50-032 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado aclaración debidamente documentada de las causas que originaron los saldos negativos al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión, en las cuentas de pasivos incluidas en la observación que antecede por el orden de $320,499.90, el cual se conforma de la siguiente manera: $53,823.12 de

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Proveedores, $117,974.99 de Acreedores Diversos y $148,701.79 de Impuestos y Retenciones por Pagar. Lo anterior con fundamento artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra cuotas inferiores a las establecidas en dicha Ley, tal y como se muestra en la observación número AF-02 de Ingresos del presente Informe de Resultados. El municipio de Trancoso, Zacatecas, no presentó modificación al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2008. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2008 el municipio recaudó y recibió 1.91% menos de lo presupuestado, observándose decrementos en todos los rubros con excepción de Aprovechamientos y Participaciones, además los rubros de Agua Potable y Alcantarillado y Otros Programas del Ramo 20 no fueron presupuestados y presentaron recaudación; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 9.47%, registrándose desfases en Materiales y Suministros, Servicios Generales, Bienes Muebles e Inmuebles y Obras Públicas. Aunado a lo anterior se observa que los conceptos de Deuda Pública y Otros Programas y Ramo 20 no fueron presupuestados, sin embargo presentan movimientos. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales no son de orden relevante.

Resultado AF-26, Observación AF-24 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Trancoso, Zacatecas, presentó en fecha 20 de abril de 2009 ante la LIX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2008, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el plazo que establece la Ley Orgánica del Municipio en el artículo 49 fracción XVI, que señala como facultades y atribuciones del Ayuntamiento: “... Rendir a la Legislatura del Estado dentro del mes de febrero siguiente a la conclusión del año fiscal, la Cuenta Pública pormenorizada de su manejo hacendario, para su revisión y fiscalización. Asimismo deberán remitir oportunamente la documentación e informes que les sean requeridos por la Auditoría Superior del Estado...”.

AF-08/50-033 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante la autoridad competente, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de Trancoso, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2008. Infringiendo así los artículos 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio y 5° párrafo 1, fracciones I, V y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como el artículo 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado AF-27, Observación AF-25 Esta Auditoría Superior del Estado, mediante

AF-08/50-034 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

oficios números PL-02-07-2524/2008 de fecha 31 de octubre de 2008 y PL-02-07-1854/2009 de fecha 03 de agosto de 2009, solicitó al ente auditado la siguiente documentación: Bienes muebles e inmuebles

adquiridos durante el ejercicio 2008. Parque vehicular y maquinaria. Relación de bienes inmuebles

propiedad del municipio. Bajas o enajenaciones de Bienes muebles e inmuebles durante el ejercicio sujeto a revisión.

Informe Financiero, acompañado de la relación de ingresos y egresos con su respectivo soporte documental relativo a la realización de la Feria Regional de Trancoso 2008.

No habiendo atendido dicha petición. Por lo anterior se observa que el municipio no entregó a cabalidad la documentación solicitada en los oficios mencionados, impidiendo las facultades de fiscalización de esta Auditoría Superior del Estado.

realizar las aclaraciones y justificaciones al respecto, exhibiendo ante esta Auditoría Superior del Estado para tal efecto, la documentación mencionada en la observación que antecede con respecto a la Feria Regional de Trancoso 2008, así como los formatos requeridos debidamente requisitados. Lo anterior de acuerdo a los artículos 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 170 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio.

Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-28, Observación AF-26 La Administración Municipal de Trancoso, Zac. no presentó evidencia de haber realizado la publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado, de su Presupuesto de Egresos del ejercicio 2008. Cabe hacer mención que existen dos presupuestos, el primero que fue aprobado en sesión de Cabildo de fecha 29 de enero de 2008 por $32,200,241.00 y el segundo que el ente auditado está utilizando contablemente por $34,200,241.00, aspecto que fue denunciado ante la H. LIX Legislatura del Estado por los CC. Lic. Alan Rodríguez González, José Hernández Romo, Maestra Gloria Estela Rosales Díaz, J. Guadalupe Juárez Juárez e Ismael Tenorio Cabrera, Contralor y Regidores del H. Ayuntamiento Municipal de Trancoso, Zac., respectivamente, mediante escrito sin

AF-08/50-035 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar un ejemplar de Periódico Oficial que demuestre la publicación de su Presupuesto de Egresos del ejercicio 2008, así como aclaración debidamente documentada del motivo de la existencia de dos versiones del mismo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 170 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

número, recibido en esta Auditoría Superior del Estado el 21 de octubre de 2008.

Resultado AF-29, Observación AF-27 De la revisión física de los expedientes de los trabajadores, se observó que específicamente los correspondientes a los funcionarios de alto rango no se encuentran actualizados, ya que carecen de los documentos básicos, tales como curriculum vitae, certificado médico, constancia de estudios, CURP, cartas de recomendación, etc.

AF-08/50-036 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado actualizar dichos expedientes a la mayor brevedad posible, integrando todos los documentos de cada uno de los funcionarios de alto rango. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 78 fracción II, 92 fracción XIV, 93 fracción I, 96 fracciones I de la Ley Orgánica del Municipio, y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-037 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia vigile que se lleve a cabo la actualización de los expedientes de cada uno de los funcionarios de alto rango e informe a esta Auditoría Superior del Estado el resultado de sus acciones.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-30, Observación AF-28 Derivado de la comparación entre la nómina de personal de la primer quincena del mes de diciembre de 2008 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS del mismo mes, se detectaron 28 trabajadores que no se encuentran inscritos ante algún régimen de seguridad social. Por otra parte el ente auditado, cuenta con 1 persona afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social que no tiene relación laboral con el mismo.

AF-08/50-038 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal inscribir a la totalidad de sus trabajadores y únicamente a ellos a algún régimen de seguridad social con el fin de prevenir posibles créditos fiscales por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, aportando evidencia documental que demuestre la baja de la persona que no tiene relación laboral con el municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como en los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-039 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia vigile que todos los trabajadores del municipio y únicamente ellos sean inscritos ante algún régimen de seguridad social y que el ente auditado tramite la baja de la persona que no tiene relación laboral con el municipio e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de sus acciones.

Resultado AF-31, Observación AF-29 Dentro de la revisión efectuada al rubro de Servicios Personales se observó que la Entidad Fiscalizada no cuenta con el tabulador de sueldos debidamente autorizado por el H. Ayuntamiento, que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la Administración Municipal, dependiendo del puesto y función que les sean encomendados.

AF-08/50-040 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal la implementación del tabulador de sueldos y salarios que muestre las categorías que existen y que homologue de acuerdo a estos los sueldos y salarios de los trabajadores, lo anterior con la debida autorización de Cabildo, por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/50-041 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia verifique que la Administración Municipal elabore un tabulador de sueldos y salarios que integre los puestos y categorías existentes en el municipio, debidamente autorizado por el H. Ayuntamiento y una vez que dicho tabulador haya sido autorizado se deberá vigilar el apego a este documento. Por lo que deberá informar a la Auditoría Superior del Estado del resultado de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-02, Sin Observación El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2008 fue por el orden de $6,655,935.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.72% para Infraestructura Básica de Obras por un importe de $6,371,059.00, 2.28% para Gastos Indirectos por $151,757.00 y el 2.00% para Desarrollo Institucional por $133,119.00. La aplicación de los recursos al 31 de diciembre de 2008 se efectuó al 81.27%, los cuales fueron revisados al 100.00%. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados anteriormente, se recibió un monto de $9,770.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior los cuales no fueron ejercidos. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-03, Observación PF-02 El municipio realizó erogaciones para una obra que fue autorizada por el Consejo de Desarrollo Municipal por $110,697.00 denominada “Construcción de muro perimetral en panteón de la comunidad La Blanquita”, de la cuales se observa que su aprobación y ejecución no beneficia directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y 119 fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 115 de la Ley Orgánica del Municipio; es conveniente mencionar que al cierre del ejercicio que nos ocupa dicha obra fue realizada y los recursos ejercidos en su totalidad.

PF-08/50-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante la instancia competente, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las acciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio 2008 como Presidente Municipal L.E. Daniel Hernández Juárez y Directora de Desarrollo Económico y Social, L.E. Diana Fabiola Alvarado Jasso, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo ya que la obra denominada “Construcción de muro perimetral en panteón de la comunidad La Blanquita”, se observa que su aprobación y ejecución no beneficia directamente a sectores de la población que se encuentran en

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

condiciones de rezago social y pobreza extrema previstas en la Ley Orgánica de Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, 119 fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 115 de la Ley Orgánica del Municipio y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal al programar, autorizar y ejecutar recursos del Fondo III en obras y conceptos no previstos en la misma.

Resultado PF-04, Observación PF-03 Derivado de la intervención de la Auditoría Superior del Estado en el proceso de entrega-recepción de la Dirección de Desarrollo Económico y Social, en fecha 5 de septiembre de 2008, se realizó revisión física de los bienes bajo el resguardo de dicha Dirección, de lo cual se detectó la inexistencia de una cámara digital Sony de 7.2 MP pantalla de 2 pulgadas con memory stick de 4GB, adquirida mediante la expedición del cheque núm. 28 a favor de Walmart de México, S.A. de C.V., por un importe de $3,815.92 de la cuenta bancaria del Fondo III 573-8 del Banco Mercantil del Norte, S.A, en aclaración el municipio anexa carta compromiso de reposición de fecha 30 de mayo de 2008, firmada por la C. Lorena Chairez Capetillo, Jefa de Comunicación Social, a la cual le fue prestada y se le extravió. Sin embargo a la presente fecha, no se han exhibido documentos probatorios que demuestren la reposición del bien ya citado y su ubicación en el área del municipio correspondiente, incumpliendo con lo establecido en los artículos 155,156 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, asimismo el activo en mención tampoco fue incorporado al Patrimonio del municipio.

PF-08/50-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $3,815.92 relativo al cheque número 28 a favor de Walmart de México S.A. de C.V., por la adquisición una cámara digital Sony de 7.2 MP pantalla de 2 pulgadas con memory stick de 4GB, la cual en la inspección de campo no fue localizada físicamente, por lo que se está inobservando lo establecido en los artículos 155, 156 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio; asimismo el activo en mención no fue incorporado al Patrimonio del municipio. Lo anterior con fundamento en el artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa

Resultado PF-05, Observación PF-04 En base al seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó que se

PF-08/50-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un importe de $1,816.00 entre el monto liberado durante el ejercicio 2008 por $295,936.00 y el reintegrado

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

expidieron cheques de la cuenta bancaria del Fondo III 573-8 del Banco Mercantil del Norte, S.A., por un monto de $295,936.00 sin presentar póliza cheque ni soporte documental comprobatorio desconociéndose el destino de aplicación de los recursos erogados. En aclaración el municipio exhibe oficio núm. PMT/DES-ECON 119 expedido y validado por el Presidente Municipal, L.E. Daniel Hernández Juárez, donde se informa que: “los cheques fueron erogados a un determinado contratista, para ejecutar las obras denominadas Construcción de baños de Jardín de niños Beatriz González Ortega calle al panteón Barrio del Refugio y Rehabilitación de baños en el Auditorio Municipal, pero por causas internas del mismo contratista no las llevó a cabo, determinando este órgano interno asignar a otra razón social por lo que por arreglos internos facturó dicha persona, siendo reintegrado el monto de $294,120.00..." según consta en estado de cuenta del mes de marzo de 2009 anexo al documento en cita, De lo anterior se detecta una diferencia entre el importe total liberado en 2008 y el reintegrado en marzo 2009 por $1,816.00. A continuación se enlistan los movimientos bancarios relativos a la observación en comento:

Fecha Número de cheque Beneficiario (a)Importe del

cheque

25/07/2008 0097 $ 78,043.00

08/08/2008 0099 20,000.00

16/08/2008 0106 15,000.00

22/08/2008 0115 20,000.00

27/08/2008 0119 20,000.00

02/09/2008 0122 40,000.00

05/09/2008 0130 25,000.00

19/09/2008 0132 47,893.00

03/10/2008 0142 30,000.00

TOTAL 295,936.00$

No identificado (a)

Siendo conveniente mencionar que se incurre en una irresponsabilidad colectiva al haber liberado la totalidad de los recursos programados a un contratista que no contaba con las capacidades técnicas y

en marzo 2009 por $294,120.00, del cual no se presenta el soporte documental que demuestre el destino de aplicación del mismo.

Resarcitorias.

PF-08/50-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. L.E. Daniel Hernández Juárez, Presidente Municipal, L.E. Eliseo Juárez Martínez, Tesorero Municipal, Ing. José Antonio Tenorio Hernández, Director de Desarrollo Económico y Social (del 1 de enero al 5 de septiembre de 2008) y L.E. Diana Fabiola Alvarado Jasso, Directora de Desarrollo Económico y Social (del 6 de septiembre al 31 de diciembre de 2008), por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 74, fracción XXVI y 102 fracción V de Ley Orgánica del Municipio, Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 33 y 49; artículo 80 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y el 20 del Reglamento de la misma; y en el artículo 5º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, al liquidar la totalidad de los recursos a contratistas que no cuentan con las capacidades necesarias para la ejecución de las obras, por el desfase en el reintegro de los mismos y la falta de supervisión oportuna, lo que no permitió dar cumplimiento puntual de los objetivos definidos del Fondo en mención.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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financieras para ejecutar la obra; de igual forma por el tiempo transcurrido entre el cobro de los cheques y la reposición de los mismos a la cuenta operativa del Fondo III, así como el uso discrecional de estos recursos en manos ajenas al municipio incumpliendo con los objetivos programados; de igual manera por la falta de supervisión en el avance de la misma, la cual de haberse realizado podría haber detectado con oportunidad las irregularidades ya citadas.

Resultado PF-06, Observación PF-05 En base al seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó que se realizaron transferencias de la cuenta bancaria del Fondo III número 573-8 del Banco Mercantil del Norte, S.A., por un monto de $1,450,000.00 a la cuenta bancaria número 505-5 de la misma institución, correspondiente a Gasto Corriente. De lo anterior el municipio presentó documento de consulta electrónica a la cuenta bancaria 573-8 de fecha 2 de diciembre de 2008, donde se constata la reposición de los recursos a la cuenta operativa del Fondo III en fecha 18 de noviembre de 2008, por lo que durante el periodo comprendido desde la primer transferencia y hasta la fecha de su reposición, no se dio cumplimiento a la programación y a los objetivos definidos para el Fondo en mención, al no contar con los recursos disponibles para su ejecución, incumpliendo los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. A continuación se listan los movimientos bancarios relativos a la observación en comento:

PF-08/50-006 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Tesorero Municipal respectivamente, por no dar cumplimiento a la programación y a los objetivos definidos para el Fondo en mención, al no contar con los recursos disponibles para su ejecución y haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 33 y 49 y en el artículo 5º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas al realizar transferencias de recursos del Fondo III a la cuenta bancaria de Gasto Corriente del municipio y reintegrándolos con un desfase de tiempo que no permitió dar cumplimiento a la programación y a los objetivos definidos del Fondo en mención.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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FechaNúmero de

transferenciaCuenta de Origen

Cuenta de Destino /

Beneficiario

Importe de la

transferencia

29-02-08 S/N $ 100,000.00

31-03-08 S/N 50,000.00

31-03-08 S/N 50,000.00

31-03-08 S/N 100,000.00

31-03-08 S/N 50,000.00

18-04-08 S/N 100,000.00

30-05-08 S/N 100,000.00

30-06-08 S/N 500,000.00

12-09-08 S/N 200,000.00

30-09-08 S/N 200,000.00

Total 1,450,000.00$

Cuenta bancaria No. 505-5

del Banco Mercantil del Norte,

S.A., de Gasto Corriente

Cuenta bancaria No. 573-8

del Banco Mercantil del Norte,

S.A., de Fondo III

Resultado PF-07, Observación PF-06 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó que se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 573-8 del Banco Mercantil del Norte, S.A., del Fondo III por un monto de $48,538.00, sin exhibir la documentación comprobatoria en original que justifique su aplicación en obras y/o acciones del Fondo III, o en su caso el reintegro de los recursos a la cuenta bancaria del Fondo en mención. A continuación se listan los movimientos bancarios relativos a la observación en mención:

Fecha No. de cheque y/o transferencia Beneficiario (A)Importe del

cheque/transferencia

10-10-08 0144 29,288.00

21-12-08 0167 19,250.00

48,538.00$

No identificado

PF-08/50-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $48,538.00, correspondiente a los cheques expedidos y transferencia electrónica de la cuenta bancaria número 573-8 del Banco Mercantil del Norte, S.A., del cual el municipio no presentó póliza cheque ni el soporte documental respectivo, desconociéndose el destino y aplicación del recurso o en su caso del reintegro de los recursos a la cuenta operativa del Fondo III. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169 y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-08, Observación PF-07 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III ejercicio fiscal 2008, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en el total de las vertientes, asimismo los Informes en mención no reflejan cifras reales lo que no permite llevar un adecuado y responsable control programático.

PF-08/50-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes

Resultado PF-09, Observación PF-08 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Fondo III, se determinó

PF-08/50-009 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos provenientes del Fondo III por lo que se refiere a los aspectos

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las

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faltante de documentación técnica y social que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados, consistente en: validación o dictamen de factibilidad normativa, bitácoras de obra, generadores y/o estimaciones, recibos de entrega de recursos a los comités de obra, fotocopias de identificaciones oficiales de los presidentes y tesoreros de los comités de obra, así como las fianzas de garantía, de cumplimiento y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de los trabajos realizados se ejecutaron en los tiempos y conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos de las obras respectivas, incumpliendo lo dispuesto en los artículos, 85, 86, 114 y 116 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y artículos 66, 67 y 68 del Reglamento de la misma; 74 fracciones III y XXVI y 102, fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

técnico y social para que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada, asimismo se presenten fianzas de anticipo, cumplimiento y de vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten en los tiempos y conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos respectivos, lo anterior con apego a la normatividad aplicable.

medidas correspondientes

PF-08/50-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, tratándose de obras ejecutadas por contrato, vigile y supervise que se presenten fianzas de anticipo, cumplimiento de contrato y de vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten en los tiempos y conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipulados en los contratos de obra respectivos. De igual forma, vigile el cumplimiento en la integración completa y oportuna de los expedientes unitarios de las obras y/o acciones e informe a la Auditoría Superior del Estado del resultado de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-10, Sin Observación Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $5,758,491.00, la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: $4,171,437.00 a Obligaciones Financieras que representa el 72.44%, $247,443.00 a Seguridad Pública equivalente al 4.30% y $1,339,611.00 Infraestructura Básica de Obras y Acciones constituyendo el 23.26% . El ejercicio de los recursos se realizó en un 92.59% al 31 de diciembre del 2008, revisándose documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $7,024.00 los cuales fueron aplicados en la adquisición de mobiliario. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-11, Observación PF-09 Mediante la expedición de los cheques números 38, 44, 41 y 47 se liquidó la acción 08FM57006 denominada “Pago de la capacitación al personal de la administración 2007-2010“ por un importe total de $100,000.00 de la cual se presenta factura y cotización a nombre de "Eficiencia Soluciones Integrales", sin embargo no se exhibe relación del personal de la administración municipal que asistió a dicho curso, así como programa desarrollado y material entregado. Es importante señalar que dentro de los trabajos realizados por el consultor, se incluyó la elaboración del Reglamento de la administración 2007-2010, instrumento del cual no se obtuvieron los resultados esperados, ya que a pesar de haber sido aprobado por el Cabildo no fue puesto en marcha y no fue entregado a cada responsable de las diferentes áreas para su conocimiento y observancia.

PF-08/50-011 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado relación pormenorizada y/o copias de las constancias de participación del personal de la Administración Municipal que asistió a los cursos de capacitación, así como programa desarrollado y material entregado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

PF-08/50-012 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado se distribuya el Reglamento de la Administración 2007-2010 en todas las áreas para su conocimiento y puesta en marcha a fin de lograr una mayor eficiencia en las operaciones del municipio, lo anterior a efecto de transparentar y justificar la aplicación de los recursos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes

PF-08/50-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que el ente auditado distribuya y ponga en marcha el Reglamento de la Administración 2007-2010 a fin de lograr una mayor eficiencia en las operaciones del municipio e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-12, Observación PF-10 Derivado del seguimiento al flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y al análisis de Pasivos pagados con la vertiente de Obligaciones Financieras en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectaron omisiones en el registro y amortización de 6 cuentas de proveedores por un importe de $105,510.30, lo anterior no permite que el Estado de Posición Financiera refleje la situación real de las obligaciones de pago contraídas por el municipio, incumpliendo con lo establecido en los artículos 96 fracción VI, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio así como los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental: Base en Devengado y Revelación Suficiente.

PF-08/50-014 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que las operaciones que se programen para su posterior pago con recursos del Fondo IV, mediante la vertiente de Obligaciones Financieras, se realice el registro en la contabilidad de la creación del pasivo correspondiente por los adeudos generados y efectuar la amortización respectiva en el ejercicio presupuestal correspondiente, con el fin de que el Estado de Posición Financiera releje la situación real de las obligaciones de pago contraídas por el municipio y con apego a la normatividad aplicable, para una toma de decisiones adecuada

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-08/50-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que las operaciones que se programen pagar posteriormente con recursos del Fondo IV, mediante la vertiente de Obligaciones Financieras, se realice el registro en la contabilidad de la creación del pasivo correspondiente por los adeudos generados y efectuar la

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

amortización respectiva en el ejercicio presupuestal correspondiente, con el fin de que el Estado de Posición Financiera releje la situación real de las obligaciones de pago contraídas por el municipio y con apego a la normatividad aplicable e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

Resultado PF-13, Observación PF-11 Con recursos del Fondo IV el municipio realizó la erogación del cheque número 42 de fecha 10 de junio de 2008, por la cantidad de $100,000.00 mediante el cual se liquidó la factura número 0079 de fecha 30 de noviembre de 2008 por concepto de pago de proyecto ejecutivo de boulevard Trancoso, sin embargo la razón social plasmada en la misma es "Best Sport Center" futbol rápido campo Soledad, por lo que no corresponden los conceptos pagados con el giro del negocio, asimismo se detecta que el prestador del servicio pertenece a otra Entidad Federativa ya que el domicilio fiscal es Blas Escontria núm. 1005 Centro, Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., debiendo contratar servicios con proveedores cercanos al municipio a fin de optimizar los recursos programados y estimular la economía de la región, incumpliendo con lo establecido en el artículo 48 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas.

PF-08/50-016 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado elementos probatorios que justifiquen ampliamente las razones por las cuales se contrataron los servicios de un negocio cuya razón social no tiene relación directa con los trabajos realizados, así como el hecho de contratar servicios con proveedores fuera del Estado de Zacatecas, lo anterior a fin de estimular la economía de la región así como la optimización en el ejercicio de los recursos por la cantidad de $100.000.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-14, Observación PF-12 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó que se realizaron transferencias de la cuenta bancaria número 603-4 del Banco Mercantil del Norte, S.A., del Fondo IV por un monto de $1,015,000.00 a la cuenta bancaria número 505-5 de la misma institución de Gasto Corriente, de igual forma se expidieron los cheques números 0026, 0027, 0021 y 0046 por un importe total de $100,245.38 sin exhibir la documentación comprobatoria en original que justifique su aplicación en obras y/o acciones del Fondo IV, o en su caso el reintegro de los recursos a la cuenta

PF-08/50-017 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $1’115,245.38, correspondiente a los cheques expedidos números 0026, 0027, 0021 y 0046, así como por las transferencias realizadas a la cuenta de gasto corriente de la cuenta bancaria número 603-4 del Banco Mercantil del Norte, S.A., de los cuales el municipio no presentó póliza cheque ni el soporte documental

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

bancaria del Fondo en mención. A continuación se listan los movimientos bancarios relativos a la observación en mención:

FechaNo. de cheque y/o

transferenciaCuenta de Origen

Cuenta de Destino /

Beneficiario (a)

Importe del

cheque/transferencia

31-01-08 S/N $ 400.000,00

31-01-08 S/N 300.000,00

29-02-08 S/N 15.000,00

26-09-08 S/N 100.000,00

25-10-08 S/N 100.000,00

27-12-08 S/N 100.000,00

06-02-08 0026 6.900,00

06-02-08 0027 9.572,00

15-01-08 0021 71.773,38

23-07-08 0046 12.000,00

Total $ 1.115.245,38

No identificado (a)

Cuenta bancaria No. 311-7

del Banco Mercantil del

Norte, S.A., de Fondo FIV

Cuenta bancaria No. 505-5

del Banco Mercantil del

Norte, S.A., de Gasto

Corriente

respectivo, desconociéndose el destino y aplicación del recurso. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169 y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

PF-08/50-018 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Eliseo Juárez Martínez quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Tesorero Municipal respectivamente, por no exhibir la documentación comprobatoria en original que justifique su aplicación en obras y/o acciones del Fondo IV y haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 37 y 49 y en el artículo 5º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas al realizar transferencias de recursos del Fondo IV a la cuenta bancaria de Gasto Corriente del municipio sin exhibir elementos probatorios

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

del reintegro de los mismos.

Resultado PF-15, Observación PF-13 Derivado de la revisión física de las adquisiciones realizadas durante el ejercicio de 2008 con recursos del Fondo IV no se pudo comprobar la existencia de una grabadora profesional marca Sony, equipada digital cuyo costo unitario es de $1,782.50, adquirida mediante la expedición de cheque número 065 de la cuenta Fondo IV 2007 número 6034 respaldado con la factura número 00708 de “Comercializadora Zacatecas” de fecha 1 de agosto del ejercicio en revisión, faltante por el cual personal de la Auditoría Superior del Estado levantó una acta administrativa para dejar constancia de la inexistencia de los citados bienes. Cabe señalar que no se encontró el registro ni el resguardo respectivo del bien en mención, incumpliendo con lo establecido en los artículos 155, 156 y 191 de la ley orgánica del municipio.

PF-08/50-019 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $1,782.50 relativo al cheque número 065 de la cuenta Fondo IV 2007 número 6034 respaldado con la factura número 00708 de “Comercializadora Zacatecas” de fecha 1 de agosto del ejercicio en revisión, por la adquisición una grabadora profesional marca Sony, equipada digital, la cual en la inspección de campo no fue localizado físicamente, por lo que se está inobservando lo establecido en los artículos 155, 156 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio asimismo el activo en mención no fue incorporado al patrimonio del municipio. Lo anterior con fundamento legal en el artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-16, Observación PF-14 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV ejercicio fiscal 2008, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en el total de las vertientes, asimismo los Informes en mención no reflejan cifras reales lo que no permite llevar un adecuado y responsable control programático.

PF-08/50-020 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 01, Observación OP-01 Del Monto de $34'200,241.00 aprobado para el Presupuesto de Egresos del Municipio, se destinó para la ejecución del Programa Municipal de Obras un monto de $638,474.00 el cual representa el 1.87% del total presupuestado; al 31 de diciembre de 2008 se ejerció la cantidad de $613,282.63 presentando un subejercicio del 3.95% existiendo incumplimiento en dicho programa, así mismo según el informe al mes de diciembre presentado por el municipio de las 7 obras programadas 1 no se inicio y 6 se encuentran concluidas por lo que se observó incumplimiento en su ejecución

OP-08/50- 001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que la ejecución de obras del Programa Municipal de Obras, se realice de acuerdo a las normas y presupuestos aprobados, desde su planeación, programación, ejecución y prestación de servicios públicos con apego a la realidad, para observar lo previsto en los artículos: 20 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 15 fracción I, 17 fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-08/50- 002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia intervenga y verifique para que en lo sucesivo la Administración Municipal ejecute las obras del Programa Municipal de Obras de acuerdo a las normas y presupuestos aprobados, desde su planeación y programación, así como la prestación de servicios públicos con apego a la realidad, vigilando además que deben de observar lo previsto en los artículos: 20 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; 15 fracción I, artículo 17 fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP- 02, Observación OP-02 El gasto anual del Programa Municipal de Obras, informado como ejercido por el Director de Obras Públicas al mes de diciembre presenta diferencias acumuladas respecto a lo informado por la Tesorería Municipal,

OP-08/50- 003 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

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originalmente por un monto de $115,385.58; cabe hacer mención que en el proceso de solventación presentaron los informes y auxiliares modificados pero continúan presentando diferencias acumuladas por $26,855.99.

procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez, L.E. Eliseo Juárez Martínez e Ing. Ramiro Mauricio Rodríguez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal, Tesorero y Director de Obras y Servicios Públicos respectivamente, por reincidir en la observación OP-07/50-002 referente a la conciliación mensual entre los informes físico-financieros de obra pública y las cedulas de tesorería de la cuenta 6000 previsto en los artículos 15 fracción II, 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas; Artículo 167 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Municipio

Gobierno del Estado.

Resultado OP- 03, Observación OP-03 La Entidad Fiscalizada no presentó actas de Cabildo de autorización de los informes físico-financieros del Programa Municipal de Obras de los meses de junio a diciembre ni de las modificaciones presupuestales. El Ente Fiscalizado presento certificado de punto de acuerdo de sesión extraordinaria celebrada el 18 de marzo de 2008, en dicha acta en el punto número cuatro se autorizan los informes físico-financieros del Programa Municipal de Obras de los meses de enero a diciembre de manera extemporánea por lo que se concluye que no presento al inicio y cada mes ante el H. Cabildo para su aprobación el Programa Municipal de Obras con las modificaciones presupuestales correspondientes y los informes mensuales de obra pública para su análisis, evaluación y aprobación.

OP-08/50- 004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que antes de presentar para su aprobación al H. Cabildo y entregar los informes físico-financieros de obra pública a la Auditoría Superior del Estado verifique que las sumas de las cedulas auxiliares coincidan con los montos reportados en las caratulas para dar cumplimiento a los artículos 96 fracción XV y 167 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Municipio; artículos 9, 15 fracción II y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes

OP-08/50- 005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado Promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

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Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez e Ing. Ramiro Mauricio Rodríguez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Obras y Servicios Públicos respectivamente, por reincidir en la observación OP-07/50-001 referente a no presentar al inicio y cada mes ante el H. Cabildo para su aprobación correspondiente, el Programa Municipal de Obras y los informes mensuales de obra pública para su análisis, evaluación y aprobación y verificar que se especifique en las actas de Cabildo el monto, las modificaciones, metas, avance físico-financiero y periodo previsto en los artículos 41, 49 fracciones XV, 167 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

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REVISION FISICA A LA OBRA

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Resultado OP- 04, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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Derivado de la revisión física y documental de 40 (cuarenta) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP- 05, Observación OP-04 En la revisión documental de los expedientes unitarios de las 40 obras de la muestra seleccionada se detectó lo siguiente:

a) No se realizó el proceso de adjudicación en 12 obras establecido en la normatividad vigente, cabe hacer mención que en algunos expedientes unitarios la información presentada se presume está elaborada extemporáneamente ya que la fecha de entrega del anticipo es anterior al proceso de licitación de acuerdo al Anexo. El Ente Fiscalizado por medio de oficio PMT/DES-ECON 112 manifiesta que no coinciden las fechas de asignación, adjudicación, anticipos y contrato debido a que las obras se comenzaron antes de las fechas estipuladas, con lo que confirma que los proceso de licitación no se llevaron a cabo en tiempo.

b) En 22 obras se otorgó un anticipo del 50% siendo superior al 30% establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, sin presentar autorización por escrito previa justificación de acuerdo a las condiciones de las obras que lo requieren y proceda de acuerdo al Anexo. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado manifestó que otorgo el 50% de anticipo en común acuerdo interno y para garantizar el término de las obras en menos tiempo de lo estipulado en el contrato, sin embargo esta situación no se cumplió debido a que no todas la obras se terminaron en tiempo, por lo que no justificó el que se otorgara mas anticipo de lo estipulado por la Ley.

c) En 32 de las obras no se presentaron las fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos de acuerdo al Anexo.

OP-08/50- 006 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado Promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez, Ing. Ramiro Mauricio Rodríguez y L. E. Diana Fabiola Alvarado Jasso, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal, Director de Obras y Servicios Públicos y Directora de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por:

a) No se realizó el proceso de adjudicación en 12 obras establecido en la normatividad vigente, cabe hacer mención que en algunos expedientes unitarios la información presentada se presume está elaborada extemporáneamente ya que la fecha de entrega del anticipo es anterior al proceso de licitación.

b) En 22 obras se otorgó un anticipo del 50% siendo superior al 30% permitido.

c) En 32 de las obras no se presentaron las fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos.

Esto de conformidad con los

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado manifiesta que los expedientes portan una carta compromiso que funge como garantía de obra ya que por desconocimiento de hecho se omitió solicitarle al contratista las fianzas, sin embargo el desconocimiento de la Ley no los exime de responsabilidades.

No.

Nombre de la obra

% Anticipo

Licitación

Fianzas

Anticipo

Cumplimiento

Vicios ocultos

2 Ampliación de electrificación en la calle Enrique Estrada en la comunidad El Porvenir

30 NO N/P N/P N/P

3

Ampliación de agua potable en calles San Jerónimo, José María y Viborillas en el barrio en el Refugio

30 SI N/P N/P N/P

4

Ampliación de alcantarillado en calles Quebradora, Preparatoria, San Isidro en barrio San Isidro

30 NO N/P N/P N/P

5

Ampliación de electrificación en calle Cerro de la Cruz

50 NO N/P N/P N/P

artículos 42, 50, 52, 59, 60, 61, 64, 65, 71, 73, 77, 80, 85, 86 fracción II y IV, 114 y 116 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; artículos 4 fracción III, 45, 61, 62, 64, 66, 69, 70, 108, 109 y 111 de su reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2008; artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio; artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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Barrio 1a del Rancho

6 Ampliación de electrificación en la calle El Cerrito y Rosal Barrio 1a del Rancho en la Cabecera Municipal

50 NO N/P N/P N/P

7 Ampliación de electrificación en la calle Tulipanes Barrio el Refugio de Arriba en la Cabecera Municipal

50 NO N/P N/P N/P

8

Ampliación de electrificación en calle Martín Juárez Barrio el Refugio de Arriba

30 SI N/P N/P N/P

9 Ampliación de electrificación en la calle Gigante en la comunidad Rubén Jaramillo

50 SI N/P N/P N/P

10 Ampliación de electrificación en calle insurgentes Barrio Providencia en la

50 NO N/P N/P N/P

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Cabecera Municipal

11 Ampliación de electrificación en la calle Cañada Barrio Providencia en la Cabecera Municipal

50 NO N/P N/P N/P

12 Ampliación de electrificación en minitas Barrio Providencia en la Cabecera Municipal

50 NO N/P N/P N/P

13

Ampliación de electrificación en calle el Retoño barrio el panal

30 NO N/P N/P N/P

14

Ampliación de electrificación en calle Deposito y Jordán barrio el panal

30 NO N/P N/P N/P

15

Ampliación de electrificación en calle Palmas Barrio el Panal

30 NO N/P N/P N/P

16 Ampliación de electrificación en la calle Cruz, Rio Balsas y López Mateos en

50 SI N/P N/P N/P

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la comunidad San José del Carmen

17

Ampliación de electrificación en calle Félix Cuevas en la comunidad San José del Carmen

50 SI N/P N/P N/P

18 Ampliación de electrificación en la calle Loreto Juárez Barrio el Refugio en la Cabecera Municipal

30 SI N/P N/P N/P

19

Ampliación de electrificación en calle Quemada barrio San Isidro

50 SI N/P N/P N/P

20

Ampliación de electrificación en la calle 2a de Zaragoza barrio la Cantera

50 SI N/P N/P N/P

21

Ampliación de electrificación en calle San Miguel en la comunidad la Blanquita

50 SI N/P N/P N/P

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22 Ampliación de electrificación en la calle Carretera a San José del Carmen Barrio el Refugio en la Cabecera Municipal

50 SI N/P N/P N/P

23

Ampliación de electrificación en calle Huizache barrio Trancosito

50 SI N/P N/P N/P

24

Ampliación de electrificación calle Arroyo los Pachones barrio el Refugio

50 SI N/P N/P N/P

25

Ampliación de electrificación en calle Babilonia barrio Trancosito

50 SI N/P N/P N/P

26 Ampliación de electrificación en la calle El Panteón Barrio El Refugio en la Cabecera Municipal

50 SI N/P N/P N/P

27 Ampliación de electrificación en la calle EL Refugio barrio El Refugio

30 SI N/P N/P N/P

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en la Cabecera Municipal

28

Ampliación de electrificación en calle del Cobre barrio Trancosito

50 SI N/P N/P N/P

30

Ampliación de electrificación en calle Nogal barrio el Refugio

50 SI N/P N/P N/P

31 Enmallado de Jardín de niños

50 SI N/P N/P N/P

35 Ampliación de alcantarillado en la Calle Marina Nacional Barrio El Refugio en la Cabecera Municipal

50 SI N/P N/P N/P

39 Construcción de puente peatonal en la comunidad San Salvador del Bajío

30 NO N/P N/P N/P

50 Ampliación de electrificación en la calle Enrique Estrada en la Comunidad El Porvenir

50 SI N/P N/P N/P

Resultado OP- 06, Observación OP-05 Para la obra "Ampliación de electrificación en calle

OP-08/50- 007 Pliego de observaciones

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción

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Insurgentes Barrio Providencia” en la cabecera municipal se presupuesto un monto de $316,816.00 para la ampliación de la red eléctrica consistente en la colocación de 11 postes con sus herrajes y dos transformadores. En la revisión física realizada el 31 de agosto de 2009 la obra se encontró terminada, sin embargo de 10 lámparas pagadas solo se encontraron 8 faltando la colocación de 2 por un importe de $2,063.10. Derivado de la revisión documental se constató que la obra se pago según póliza de cheque número 152 de fecha 2 de noviembre de 2008 soportada con factura número 262 por un importe de $126,727.00; póliza de cheque 63 de fecha 6 de junio soportada con factura número 217 por un importe de $158,408.00; póliza de cheque número 104 de fecha 11 de agosto de 2009 soportada con factura número 233 por un importe de $31,681.00 todas estas del contratista AORE Construcción de Líneas y Redes Eléctricas, Edmundo Acosta Ramírez.

La Auditoría Superior del Estado emitirá pliego de observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Trancoso, Zacatecas, por un monto de $2,063.10 por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Ampliación de electrificación en calle Insurgentes Barrio Providencia en la cabecera municipal" relativos a la falta de colocación de 2 lámparas, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos ya han sido ejecutados, exhibiendo además acta circunstanciada en la que intervenga la Contraloría Municipal, memoria fotográfica y demás documentación necesaria para hacer constar el cumplimiento.

de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado OP- 07, Observación OP-06 Para la realización de la obra "Ampliación de electrificación en calle Cañada barrio Providencia” en la Cabecera Municipal" se programó un monto de $155,496.00 con una meta consistente en 4 postes con sus herrajes y transformador. En la revisión física realizada el 1 de septiembre de 2009 la obra se encontró concluida, sin embargo faltó la colocación de 10 lotes de acometida, 2 postes 9-400, 3 retenidas completas, 11 tirantes T2, 2 protectores de retenida y 12 varillas con conector CW conceptos que implican un importe de $20,384.00. Derivado de la revisión documental se constató que la obra se pagó según póliza de cheque número 151 de fecha 21 de noviembre de 2008 soportada con factura número 265 por un importe de $54,424.00; póliza de cheque número 126 de fecha 4 de septiembre de 2008 soportada con factura número 236 por un importe de $23,324.00; póliza de cheque número 58 de fecha 6 de junio de 2008 soportada con factura 218 con un importe de $77,748.00 todas estas del contratista AORE Construcción de Líneas y Redes

OP-08/50- 008 Pliego de observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá pliego de observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Trancoso, Zacatecas, por un monto de $20,384.00 por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Ampliación de electrificación en calle Cañada barrio Providencia” en la cabecera municipal consistentes en la falta de colocación de 10 lotes de acometida, 2 postes 9-400, 3 retenidas completas, 11 tirantes T2, 2 protectores de retenida y 12 varillas con conector CW, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos ya han sido ejecutados, exhibiendo además acta circunstanciada en la que intervenga la Contraloría Municipal, memoria fotográfica y demás documentación

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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Eléctricas, Edmundo Acosta Ramírez. necesaria para hacer constar el cumplimiento.

Resultado OP- 08, Observación OP-07 Para la realización de la obra "Construcción de depósito de agua potable en la comunidad San José del Carmen" se programó un monto de $194,819.00 para almacenamiento de agua potable con capacidad de 90 m3. En la revisión física realizada el día 27 de agosto de 2009 la obra se encontró concluida y en operación sin embargo el depósito presenta deficiencias constructivas consistentes en filtraciones, cabe hacer mención que la obra se realizó por Administración Directa. Derivado de la revisión documental se constató que la obra se ejecutó por Administración Directa y se pagó mediante póliza de cheque número 186 de fecha 27 de febrero de 2009 soportado con listas de raya por un importe de $92,389.94; póliza de cheque número 184 de fecha 25 de febrero de 2009 soportada con factura número 1732 de fecha 2 de marzo de 2009 por un importe de $67,979.06 del proveedor Materiales y Aceros de Trancoso; factura número 95 de fecha 25 de febrero de 2009 por un importe de $34,450.09 del proveedor Tuberías y Conexiones Hidráulicas. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado presentó programa de trabajo de la reparación del depósito de agua y los materiales que se utilizaran, sin embargo no se puede considerar como reparada.

OP-08/50- 009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realice las acciones que considere necesarias para que al depósito de agua potable le sean reparadas las deficiencias constructivas consistentes en filtraciones de agua y cumpla con el fin para lo que fue construido, deberá presentar acta circunstanciada en la que intervenga la Contraloría Municipal para dar constancia de las acciones correctivas realizadas para observar lo previsto en los artículos: 19, 26 fracción II, 53, 70 y 73 párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; 74 fracción XXV y 102 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado OP- 09, Observación OP-08 Para la realización de la obra "Construcción de muro perimetral en el panteón de la comunidad La Blanquita" se programó un monto de $110,697.00 para la construcción de cimentación, cadenas, castillos y muro a base de tabique rojo. En la revisión física realizada el día 31 de agosto de 2009 la obra se encontró terminada, sin embargo en la cuantificación realizada al área construida se detectó que de una meta programada de 182.00 m2, solo se construyeron 145.80 m2, faltando 36.20 m2,

OP-08/50- 010 Pliego de observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá pliego de observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Trancoso, Zacatecas, por un monto de $19,488.00 por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de muro perimetral en el panteón de la comunidad La Blanquita" consistentes en la falta

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

además faltó la construcción de 18 columnas todo esto por un importe de $19,488.00. Derivado de la revisión documental se constató que la obra se pagó según póliza de cheque número 173 de fecha 22 de diciembre de 2008 soportada con factura número 1640 por un importe de $57,454.00 del proveedor Materiales y Aceros Trancoso; póliza de cheque número 166 de fecha 12 de diciembre de 2008 soportada con factura número 1639 por un importe de $20,000.00 del proveedor Materiales y Aceros Trancoso; factura número 1643 fecha 30 de diciembre de 2008 por un importe de $242.99; listas de raya de trabajos ejecutados entre el 13 y 25 de octubre por un monto de $33,000.00.

de construcción de 36.20 m2 de muro y la construcción de 18 columnas, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos ya han sido ejecutados, exhibiendo además acta circunstanciada en la que intervenga la Contraloría Municipal, memoria fotográfica y demás documentación necesaria para hacer constar el cumplimiento.

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TRANCOSO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP- 10, Observación OP-09 En la revisión documental de los expedientes unitarios de las obras número 2, 5 y 12 de la muestra seleccionada para su revisión se detectó que en la obra No. 2 denominada "Construcción de embovedado a base de concreto en arroyo Francisco I. Madero Barrio 2a del Rancho" en Trancoso se otorgó anticipo del 35% siendo superior al 30% establecido en la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, sin presentar autorización por escrito previa justificación de acuerdo a las condiciones de las obras que lo requieren y proceda. Además el Ente Fiscalizado no realizó el proceso de adjudicación de la obra establecida en la normatividad vigente y no presentó las fianzas de anticipo ni cumplimiento. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado manifestó que otorgo el 35% de anticipo en común acuerdo interno y para garantizar el término de la obra en menos tiempo de lo estipulado en el contrato sin embargo esta situación no se cumple debido a que no todas las obras se terminaron en tiempo, por lo que no se justificó el que se otorgara más anticipo de lo estipulado en la Ley. Referente al proceso de licitación presentó acta de asignación de la obra de fecha de fecha 18 de marzo de 2008, apertura de adjudicación directa de fecha 14 de marzo de 2008, presupuestos y oficios de invitación de fecha 3 de marzo sin embargo el Ente Fiscalizado otorgó el anticipo el 3 de marzo de 2008 y la factura es de fecha 26 de febrero de 2008 por lo que es evidente que primero inicio la obra y después se realizó el proceso de licitación por lo que se puede concluir que no se realizó el proceso de licitación. En relación a las fianzas de anticipo y cumplimiento el Ente Fiscalizado manifiesta haber presentado fianza de cumplimiento y anexa copia sin embargo la fianza presentada es de vicios ocultos y está a nombre del municipio de Zacatecas motivo por el cual persiste la observación.

OP-08/50- 011 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado Promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y Ing. Ramiro Mauricio Rodríguez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Obras y Servicios Públicos respectivamente, por otorgar anticipo del 35% superior al 30% que la ley permite, por no realizar los procesos de licitación en tiempo y no solicitar las fianzas de anticipo y cumplimiento, previstos en los artículos 42, 50, 52, 59, 60, 61, 65, 71, 73,77, 85, 86 fracción III, 87 fracción II y IV, 114 y 116 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, artículos 4 fracción III, 45, 61, 62, 64, 66, 69, 70, 108, 109 y 111 de su Reglamento; 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio; Artículo 52 del presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2008; así como el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP- 11, Observación OP-10 Para la realización de la obra "Construcción de cabina aislada para cajero automático" en Trancoso se autorizó un monto de $68,806.00 para la construcción de una cabina para colocar un cajero automático. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre de 2009 la obra se encontró concluida, sin embargo se detectó que el volumen de materiales reportados como adquiridos no corresponde a la obra como se describe a continuación: 8.4 m3 de arena, 3.5 m3 de grava, 48 bultos de cemento, 24 varillas de 3/8", 38.25 kg de alambrón y 940 piezas de tabicón de concreto todos estos por un importe de $12,669.56 Derivado de la revisión documental se constató que la obra se pago mediante póliza de cheque número 070 con importe de $32,711.01 de fecha 20 de noviembre de 2008 soportada con facturas números 2028 y 2029 de fecha 26 de noviembre de 2009 con importes de $12,613.51 y $20,097.50 respectivamente, del proveedor Ferreléctrica del Norte; póliza de cheque número 74 de fecha 5 de diciembre de 2008 por un importe de $13,738.00 y póliza de cheque número 72 de fecha 21 de noviembre de 2008 por un importe de $13,738.00 ambas soportadas con factura número 3331 por un importe de $27,476.00 del proveedor “Proveedora de aluminio y Herrajes”; póliza de cheque número 71 de fecha 3 de diciembre de 2008 por un importe de $8,619.00 soportada con lista de raya del periodo 3 de noviembre al 6 de diciembre de 2008. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado presentó un listado de todos los conceptos utilizados en la construcción de la cabina aislada en la que se reflejan todos los materiales adquiridos, sin embargo no comprueba la aplicación de los materiales observados en la construcción de la cabina aislada ya que en la comparativa de materiales adquiridos y los aplicados siguen faltando estos materiales.

OP-08/50- 012 Pliego de observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá pliego de observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Trancoso, Zacatecas, por un monto de $12,669.56 por materiales pagados y no aplicados en la obra "Construcción de cabina aislada para cajero automático" en Trancoso consistentes en 8.4 m3 de arena, 3.5 m3 de grava, 48 bultos de cemento, 24 varillas de 3/8", 38.25 KG de alambrón y 940 piezas de tabicón de concreto, deberá presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios tales como números generadores, rendimientos, álbum fotográficos y demás información necesaria que compruebe la aplicación de los materiales observados.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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PROGRAMA PESO X PESO CONVENIDO CON EL PROGRAMA ESTATAL DE OBRA (PEO) DE LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS (SECOP) DE GOBIERNO DEL ESTADO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De este programa no se seleccionaron obras para su revisión ya que el Ente Fiscalizado no presento la información.

Resultado OP- 12, Observación OP-11 Durante el ejercicio fiscal 2008 el Ayuntamiento de Trancoso convino con la Secretaría de Obras Públicas (SECOP) de Gobierno del Estado la adquisición de 456 toneladas de cemento gris mediante el Programa Peso x Peso sin embargo durante la revisión realizada a la Cuenta Pública el Ente Fiscalizado no presentó los expedientes unitarios de la acciones realizadas con este programa motivo por el cual se observó la totalidad del monto programado, este monto podrá variar de acuerdo a los resultados de la revisión una vez que se presente la documentación solicitada. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado aclaró que de las 456 toneladas programadas para suministrar en el ejercicio 2008, 114 toneladas corresponden al convenio del ejercicio 2007 por un importe de $199,500.00, por lo que la cantidad convenida para el ejercicio 2008 es en realidad de 342 toneladas de cemento por un monto de $598,500.00; además se presento cartas porte, álbum fotográfico e informe físico-financiero pero no presentaron los expedientes de las acciones realizadas con el cemento convenido por lo que no es posible dar una opinión al respecto.

OP-08/50- 013 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado aclare por escrito la aplicación de las 342 toneladas por un importe de $598,500.00 del convenio suscrito con la Secretaria de Obras Públicas (SECOP) de Gobierno del estado CONV-016-09 de las 34 obras programadas, deberá presentar expedientes unitarios por cada acción realizada con el cemento del convenio para dar seguimiento en el ejercicio 2009 y dar cumplimiento a los artículos 15,31, 122 fracciones I y IV, 128 y 129 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; Artículos 4, 49 fracción XVI, 62, 74 fracción XXVI, 167, 168 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio; artículos 16, 17 fracción I, V, VII y X y artículo 22 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA EMPELO TEMPORAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 13, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 14, Sin Observación De este programa no se seleccionaron obras para su revisión ya que el Ente Fiscalizado no presento la información en tiempo.

Resultado OP- 15, Observación OP-12 En visita al municipio realizada el 27 de agosto de 2009 se solicitaron los expedientes de las obras programadas en este programa siendo estas "Pavimentación de la terracería San José del Carmen - San Salvador" y "Pavimentación de la terracería Trancoso - La Blanquita" los cuales no fueron presentados. Durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado presentó el expediente unitario de la obra “Pavimentación de terracería San Salvador Bajío-Trancoso" en el cual se presenta la documentación del proceso de licitación por invitación restringida, siendo que por el monto aprobado debió ser adjudicada por licitación pública de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado ejercicio fiscal 2008, de este análisis se desprende que le Ente Fiscalizado otorgó $2'773, 067.23 que corresponden al 50% de anticipo siendo superior al 30% permitido por Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, aunado a esto el contratista únicamente amortizó $1'345,645.59 de los $2'773,067.23 otorgados faltando $1'427,421.64 por amortizar, en este análisis se detectó que carece de pólizas de cheques y no presento fianza de cumplimiento ni de vicios ocultos, cabe hacer mención que el importe comprobado es de $4'104,670.58 siendo el monto del contrato de $5'546,128.46 faltando por comprobar $1'441,457.88. El Ente Fiscalizado durante el proceso de solventación mediante oficio PMT/OP/121 presenta el expediente de la obra de pavimentación de el camino "La Blanquita - Trancoso" que contiene el proceso de licitación el cual no cumple con los requisitos de una licitación pública nacional ya que se recorto el tiempo para la entrega de propuestas, el Ente Fiscalizado no presento fianza de anticipo, ni de vicios ocultos, derivado de la revisión documental

OP-08/50- 014 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado aclare por escrito y presente expediente original en relación a la obra “Pavimentación de la terracería San José del Carmen - San Salvador Bajío", del motivo por el cual otorgó el 50% de anticipo; de igual manera justifique las causas por las cuales no realizó el proceso de licitación como lo marca la normatividad aplicable, así como no presentó la fianzas de anticipo, cumplimiento ni vicios ocultos; porqué no amortizó la cantidad de $1'427,421.64, ni presentó la comprobación de la cantidad $1'441,457.88, ambos por un monto total de $2’868,879.52. Asimismo aclare por escrito y presente expediente en original de la obra “Pavimentación de terracería San Salvador Bajío-Trancoso" ya que no realizó el proceso de licitación como lo marca la normatividad aplicable, justifique el motivo por el cual no presentó la fianzas de anticipo, cumplimiento ni vicios ocultos, no amortizó la cantidad de $589,913.96, ni presentó la comprobación por la cantidad $1'408,681.73, ambos por un monto total de $1’998,595.69 sumando el total de la aclaración la cantidad de $4,867,475.21. Lo anterior, para dar cumplimiento a los artículos 15,31, 122 fracciones I y IV, 128 y 129 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; Artículos 4, 49 fracción XVI, 62, 74 fracción XXVI, 167, 168 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio; artículos 16, 17 fracción I, V, VII y X y artículo 22 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa

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FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

se detectó que solo se comprobó la cantidad de $6'733,066.12 siendo el monto del contrato de $8'141,747.85 faltando por comprobar $1'408,681.73, se otorgó como anticipo la cantidad de 2'442,525.36 del cual solo se amortizo la cantidad de $1'852,611.40 faltando por amortizar $589,913.96.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

CONVENIO CON BANOBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 16, Sin Observación De este convenio no se seleccionaron obras para su revisión ya que el Ente Fiscalizado no presento la información

Resultado OP- 17, Observación OP-13 En sesión de Cabildo 16 de fecha 29 de febrero de 2008 se tomo el acuerdo número tres en el que se aprueba se suscriba convenio para abrir una línea de crédito con BANOBRAS por un monto de 7'000,000.00 sin especificar su aplicación. Durante la revisión realizada a la cuenta pública realizada el 27 de agosto de 2009 se solicito mediante oficio PL-02-08-2370/2008 el convenio que suscribió el Ente Fiscalizado con BANOBRAS así como los expedientes de las acciones realizadas, sin embargo no fue presentado por el ente, motivo por el cual se observa el monto total de la línea de crédito.

OP-08/50- 015 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado aclare por escrito la aplicación y acciones realizadas por el monto total de $7’000,000.00 del acuerdo número tres en el que se aprueba se suscriba convenio para abrir una línea de crédito con BANOBRAS para dar cumplimiento a los artículos 15,31, 122 fracciones I y IV, 128 y 129 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; Artículos 4, 49 fracción XVI, 62, 74 fracción XXVI, 167, 168 y 170 de la Lay Orgánica del Municipio; artículos 16, 17 fracción I, V, VII y X y artículo 22 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 18, Observación OP-14 Se observa que el Relleno Sanitario del municipio cumple en un 63.2% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un Relleno Sanitario, el cual se ubica en los límites del área urbana ocupando 1 hectáreas aproximadamente, el cual carece de estudio geotécnico, que garantice la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con drenajes pluviales para el desvió de escurrimientos, caseta de vigilancia, controles de acceso del personal, vehículos y materiales, franja de amortiguamiento, no se controla la dispersión de materiales ligeros, fauna nociva y filtración pluvial.

OP-07/50-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-19 Observación OP-15 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 61.5% de las normas antes descritas. Adicionalmente, carece de la documentación reglamentaria tal como acreditación de médico veterinario, autorización operativa de impacto ambiental, certificado de control de fauna nociva, con respecto a la infraestructura básica, carece de área de desangrado adecuada, no cuenta con incinerador, cerco perimetral seguro, firme y confiable para el control de accesos y salidas, además de una bascula, drenaje con red independiente para desechos orgánicos, corrales antemortem, cajón de insensibilización.

OP-07/50-017 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

Abreviaciones:

Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2008 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

15 1 14 F.R.R. 14

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

18 - - - 18

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

14 0 14 O.I.C. 14

Solicitud De Aclaración.

10 2 7 F.R.A. 7

1 REC. 1

Preventivas

Recomendación 21 7 14 REC. 14

TOTAL 78