Presentación Fundamentos Del Proceso Laboral. Carlos Perdomo y Berthing León

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  * * LA O R ALI DAD , LA C ELE R IDAD , Y LA INMEDI AC I Ó N C O M O PRINCIPIOS FUNDAM ENTALES DEL PROC ESO LABO R AL  Autores:  R E SO LUCI ÓN D E CO NFLICTO S PUERTO LA CRUZ, 04 JULIO 2015 PUERTO LA CRUZ, 04 JULIO 2015 ro esor: MSc. LISANDRO ZAPATA  Lic. BERTHING LEON Ing. CARLOS PERDOMO

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Presentación Fundamentos Del Proceso Laboral. Carlos Perdomo y Berthing León

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  • * *

    LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y , ,LA INMEDIACIN COMO

    PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    P fAutores:

    VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    PUERTO LA CRUZ, 04 JULIO 2015PUERTO LA CRUZ, 04 JULIO 2015

    Profesor:MSc. LISANDRO ZAPATA

    Lic. BERTHING LEONIng. CARLOS PERDOMO

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    IntroduccinIntroduccin

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    IntroduccinIntroduccin

    Esta investigacin trata sobre los principios de la LeyO i P l d l T b j (LOPT) d t d tOrgnica Procesal del Trabajo (LOPT); dentro de estosla oralidad, la celeridad, y la inmediacin bajo unavisin de considerarlos fundamentales en el sistemajurdico venezolano para la resolucin de conflictosjurdico venezolano para la resolucin de conflictoslaborales.

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    MapaConceptualLeyOrgnicaProcesaldelT b j (LOPT)Trabajo(LOPT)

    (Contina)

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    CAPTULO I EL PROBLEMACAPTULO I EL PROBLEMA

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    EL PROBLEMAEL PROBLEMA

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Para comprender el sistema laboral venezolano se debehacer un anlisis detallado de su contenido yhacer un anlisis detallado de su contenido ynecesariamente de los principios que lo sustentan,relacionndolos con los resultados que el nuevo procesoLOPT ha trado.LOPT ha trado.

    Es pertinente sealar que se ha elegido los principios deoralidad, celeridad e inmediacin porque se considera que, p q qson fundamentales para que los otros principios puedanaplicarse para la simplificacin de los actos, de lassentencias y de los recursos, para desechar definitivamenteel sistema escritural que es lento, burocrtico y tardo.

    Ing. Carlos Perdomo

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    Interrogantes:Interrogantes:

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    PorPor ququ lala oralidad,oralidad, lala celeridad,celeridad, yy lala inmediacininmediacin sonson

    Interrogantes:Interrogantes:

    PorPor ququ lala oralidad,oralidad, lala celeridad,celeridad, yy lala inmediacininmediacin sonsonconsideradosconsiderados principiosprincipios fundamentalesfundamentales enen elel procesoproceso laborallaboralvenezolanovenezolano parapara lala resolucinresolucin dede conflictos?conflictos?

    Por qu la realidad debe prevalecer sobre las formas o Por qu la realidad debe prevalecer sobre las formas o apariencia en el proceso laboral venezolano?apariencia en el proceso laboral venezolano?

    CulCul eses elel rolrol deldel JuezJuez enen elel procesoproceso laborallaboral venezolano?venezolano?

    Ing. Carlos Perdomo

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    O OS A S GAC

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    bj i lbj i l

    OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN

    Objetivo GeneralObjetivo General

    AnalizarAnalizar lala oralidad,oralidad, lala celeridad,celeridad, yy lala inmediacininmediacincomocomo principiosprincipios fundamentalesfundamentales enen elel procesoproceso laborallaboralvenezolanovenezolano parapara lala resolucinresolucin dede conflictosconflictospp

    Ing. Carlos Perdomo

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    OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Objetivos EspecficosObjetivos Especficos

    ExplicarExplicar elel procedimientoprocedimiento judicialjudicial deldel trabajotrabajo enenconformidadconformidad concon loslos principiosprincipios procesalesprocesales queque lolojustificanjustifican

    ExplicarExplicar elel principioprincipio dede lala primacaprimaca dede lala realidadrealidadenen elel procesoproceso laborallaboral venezolanovenezolanoenen elel procesoproceso laborallaboral venezolanovenezolano

    ExplicarExplicar elel rolrol deldel JuezJuez enen elel procesoproceso laborallaboralvenezolanovenezolanovenezolanovenezolano

    Ing. Carlos Perdomo

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    CAPTULO II MARCO TERICOCAPTULO II MARCO TERICO

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    DeDe acuerdoacuerdo concon loslos objetivosobjetivos queque sese proponepropone elel trabajo,trabajo, esesimperativoimperativo establecerestablecer marcosmarcos referencialesreferenciales enen alal menosmenos trestres

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    imperativoimperativo establecerestablecer marcosmarcos referencialesreferenciales enen alal menosmenos trestresaspectosaspectos clavesclaves:: 11)) ElEl ProcesoProceso laborallaboral yy loslos principiosprincipios queque lolojustifican,justifican, 22)) EstructuraEstructura deldel procedimientoprocedimiento laborallaboral yy 22)) ElEl rolroldeldel JuezJuez enen elel procesoproceso laborallaboral venezolanovenezolano

    Antecedentes de la Investigacin

    Ceballos Ollarves Rosa M. (2013) En su trabajo titulado La Oralidad yCeballos Ollarves, Rosa M. (2013). En su trabajo titulado La Oralidad yLa Inmediacin como Principios Fundamentales del Proceso laboralVenezolano. Realizado en la Universidad Catlica Andrs Bello (UCAB).Para optar al ttulo de especialista en Derecho del Trabajo.

    La autora expone lo fundamental que han sido los principios de oralidad e Inmediacincontenidos en la Ley Orgnica Procesal del Trabajo (LOPT) en cuanto a su procesonico, asumiendo los procesos necesariamente escritos, que lo convierten entonces enun proceso mixto. El propsito es mostrar los beneficios que han aportado en laprctica venezolana, la audiencia preliminar y la audiencia de juicio (p) (Subrayadodel autor).

    Ing. Carlos Perdomo

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    Antecedentes de la Investigacin

    Martn Tortab, Miguel A. (2011). En su trabajo titulado La Oralidad enel Proceso Civil Venezolano. Realizado en la Universidad Central deVenezuela (UCV) Para optar al ttulo de Doctor en Ciencias MencinVenezuela (UCV). Para optar al ttulo de Doctor en Ciencias MencinDerecho.

    El autor expone el fenmeno de la oralidad y su implementacin en el proceso. Paraabordar el tema, toma en cuenta las enseanzas de la doctrina clsica del derecho quedesarrolla la oralidad como un principio integrado a todo sistema jurdico y as sedesarrolla la oralidad como un principio integrado a todo sistema jurdico, y as seadentra en el mandato dispuesto en la Constitucin en su artculo 257, cuando refiereque las leyes procesales establecern un trmite simplificado, uniforme y eficaz, pormedio de un procedimiento breve, oral y pblico (p) (Subrayado del autor).

    Ing. Carlos Perdomo

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    Bases TericasBases Tericas

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    PROCESOPROCESO: constituye un conjunto de actos coordinados para producir un fin, en el sentidojurdico, proceso en general es toda una serie de actos coordinados para el logro de un finjurdico; en tanto que por proceso procesal se entiende el conjunto de actos concatenados quese ejecutan por ante los funcionarios competentes del poder judicial, para obtener, mediante laactuacin de la Ley en un caso determinado la declaracin la defensa o realizacin coactiva de

    o

    actuacin de la Ley en un caso determinado, la declaracin, la defensa o realizacin coactiva delos derechos que pretenden tener las personas privadas o pblicas, en vista de su incertidumbreo desconocimiento. (p. 12)

    PROCESO y PROCEDIMIENTO: El procesalista venezolano H. Cuenca, seala que si el proceso esPROCESO y PROCEDIMIENTO: El procesalista venezolano H. Cuenca, seala que si el proceso esel mtodo establecido por la ley para definir la justicia, el procedimiento es el conjunto de actosrealizados por el juez, las partes, los terceros, el fiscal del Ministerio Pblico y los auxiliares dejusticia, en determinado tiempo y lugar, conforme a un orden establecido por la ley, llegado aconcluir que proceso y procedimiento alude ms bien a dos aspectos de la relacin jurdica. Elprocedimiento es el aspecto externo del proceso y el otro alude ms bien a su contenido. (p. 13)

    ESTRUCTURA DEL PROCESO: La CRBV en el art. 257 cita: proceso constituye un instrumentofundamental para la realizacin de la justicia. Las leyes procesales establecern la simplificacin,

    if id d fi i d l i d di i b l bli Nuniformidad y eficacia de los trmites y adoptarn un procedimiento breve, oral y pblico. No sesacrificar la justicia por la omisin de formalidades no esenciales; lo que obliga a establecer unsistema procesal basado en un proceso oral sencillo y con un trmite que sea eficaz en aras de lajusticia. (p. 14)

    Ing. Carlos Perdomo

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    Bases TericasBases Tericas

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    La LOPT consta de 207 artculos y entr en vigencia plena un (1) aodespus de su publicacin en la Gaceta Oficial, el 13 de agosto de 2003.

    PRINCIPIOS DEL PROCESO LABORAL VENEZOLANO (LOPT):

    La CBRV 1999, en la disposicin transitoria cuarta, ordena que en el aoi i i l i l A bl i l d b bsiguiente a su instalacin la Asamblea Nacional debera aprobar:

    Una Ley Orgnica Procesal del Trabajo que garantice el funcionamiento deuna jurisdiccin laboral autnoma y especializada, y la proteccin delj y p , y ptrabajador o trabajadora en los trminos previstos en esta Constitucin y enlas leyes. La Ley Orgnica Procesal del Trabajo estar orientada por losprincipios de gratuidad, celeridad, oralidad, inmediatez, prioridad de larealidad de los hechos la equidad y rectora del jue o jue a en el procesorealidad de los hechos, la equidad y rectora del juez o jueza en el proceso.(p. 20)

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    Bases TericasBases Tericas

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    PRINCIPIO DE ORALIDAD: El proceso se lleva a cabo en forma oral a travs de la audiencia, actodonde se realiza la parte sustancial del juicio. (p. 21)

    Giuseppe Chiovenda, cita: Las deducciones de las partes deben normalmente ser hechas dei di i d i l d d l l j iviva voz en audiencia, es decir, en aquel dado momento y lugar en que el juez se sienta paraescuchar a las partes y dirigir la marcha de la causa. (p. 16)

    PRINCIPIO DE CELERIDAD: Se traducir en un acortamiento en la duracin de los juicios y en laobtencin de la sentencia que ha de dictar el juez en un plazo muy breve, de tal suerte que esteltimo incurrira en una causal de destitucin si no decide la causa en la oportunidad fijada por laley. (p. 21)

    PRINCIPIO DE INMEDIACION: Significa que el juez debe presenciar directamente el debate y laevacuacin de las pruebas, lo que facilitar un mejor conocimiento del asunto debatido (p... 21)p q j (p )

    Giuseppe Chiovenda, cita: El juez que pronuncia la sentencia debe ser la misma personafsica, o el mismo grupo de personas fsicas (tribunal colegiado), que ha recogido los elementosde su convencimiento. (p. 16)

    Ing. Carlos Perdomo

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    Bases TericasBases Tericas

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    PRINCIPIO DE CONCENTRACION: Implica que los actos del proceso se sucedern en formacontinua y concentrada en dos momentos fundamentales del nuevo juicio laboral llamadosaudiencias: la Audiencia Preliminar (que ser una fase conciliatoria previa) y la Audiencia de(q p ) yJuicio (donde tendr lugar el debate judicial si la conciliacin no fuere posible). (p. 22)

    PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD: Deviene del mandato consagrado en el art. 257 de la CBRV, queseala: el proceso constituye un instrumento fundamental para la realizacin de la justicia. Lasleyes procesales establecern la simplificacin, uniformidad y eficacia de los trmites yadoptarn un procedimiento breve, oral y pblico. (p. 23)

    PRINCIPIO DE PUBLICIDAD: La LOPT establece en el artculo 4 que los actos del proceso sernbli d d l di i li i f ili lpblicos, pero se proceder a puerta cerrada en la audiencia preliminar para facilitar la

    posibilidad de mediacin y conciliacin por parte del juez o jueza o por motivos de decenciapblica cuando as lo determine el tribunal. (p 23)

    Ing. Carlos Perdomo

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    Bases TericasBases Tericas

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    PRINCIPIO DE GRATUIDAD: La Ley establece que la justicia laboral es gratuita. Enconsecuencia los tribunales del trabajo no estarn facultados para establecer tasas, aranceles,ni exigir pago alguno por sus servicios... se prohbe a los Registradores o Registradoras yNotarios o las Notarios Pblicos el cobro de tasas o aranceles por sus servicios, cuando laactuacin sea de naturaleza laboral. (p. 23)

    PRIORIDAD DE LA REALIDAD DE LOS HECHOS: Principio ste que tambin est plasmado en laCRBV; el art. 89, numeral N 1, seala que: En las relaciones laborales prevalece la realidadsobre las formas o apariencias. El juez no debe atenerse a la declaracin formal de las partesacerca de la naturaleza laboral o no laboral de su relacin jurdica, sino que debe indagar en loshechos la verdadera naturaleza jurdica de la relacin. (p. 23)

    Ing. Carlos Perdomo

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    Bases TericasBases Tericas

    El proceso tendr en los Tribunales del Trabajo dos instancias.

    OrganizacindelosTribunalesdelTrabajo

    En primera instancia tendr 2 jueces distintos:

    Un primer juez, que se denomina Juez de Sustanciacin y Mediacin, es

    ante quien el trabajador deber proponer su demanda, el cual se

    interesar en lograr un acuerdo entre las partes; si tal acuerdo no se

    obtiene entonces el caso pasar al conocimiento del segundo juez

    El segundo juez es el Juez de Juicio, a quien corresponder decidir la

    controversia.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Bases TericasBases Tericas

    OrganizacindelosTribunalesdelTrabajo

    En segunda instancia, los Tribunales Superiores del Trabajo que podrn serEn segunda instancia, los Tribunales Superiores del Trabajo que podrn ser

    colegiados (3 jueces) o unipersonales (1 solo juez), conocern de las

    apelaciones que se intenten contra las sentencias de los Jueces de Primera

    Instancia.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    OrganizacindelosTribunalesdelTrabajo

    Finalmente, en el Tribunal Supremo de Justicia existe la Sala de Casacin

    Social, que conocer de los Recursos de Casacin que se intenten contra las

    sentencias de Segunda Instancia cuyo inters principal exceda de 3.000

    Unidades Tributarias. Esta Sala, ms que como Tribunal de Casacin actuar

    como tercera instancia, pues no se limitar a ejercer el control jurisdiccional

    de las sentencias para declarar su nulidad y ordenar a un Juez de Reenvo la

    correccin de los errores de derecho de que adolezcan; tambin revisar tanto

    el derecho como los hechos extendindose de una vez el fondo de la

    d d l f l d l (controversia para decidir el juicio, conforme al mrito de los autos (que es

    funcin propia de los jueces de instancia).Lic. Berthing Len Villanueva

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    La notificacin al demandado para que comparezca al juicio

    Admitida la demanda se notificar al demandado mediante un cartel fijado en

    la sede de la empresa, entregndose una copia al patrono o consignndose en

    su receptora de correspondencia o secretara, si la hubiere.

    La LOPT establece que la notificacin puede practicarse mediante correo

    certificado, a travs de Notario Pblico, o a travs de medios electrnicos, caso

    este ltimo en el que se expresa que para la certificacin de la notificacin

    deber procederse conforme a lo establecido en la Ley sobre Mensajes de

    Datos y Firmas Electrnicas, debiendo el Juez en todo caso dejar constancia en

    el expediente que la notificacin del demandado efectivamente se materializ.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Estructura del Proceso laboralEl sistema procesal se desarrolla basado en La Audiencia Preliminar y la Audiencia dep y

    juicio, que constituyen los actos estelares.

    La Audiencia preliminar: Corresponde a la primera fase del juicio del trabajo; su

    realizacin y conduccin se materializa en la Fase de Sustanciacin. El objeto

    fundamental es estimular a las partes a resolver en ese estado inicial de la causa todas

    dif isus diferencias.

    El Juez de Sustanciacin, Mediacin y Ejecucin deber, personalmente, mediar y

    conciliar las posiciones de las partes tratando con la mayor diligencia que stas ponganconciliar las posiciones de las partes, tratando con la mayor diligencia que stas pongan

    fin a la controversia. Si esta mediacin es positiva, el Juez dar por concluido el proceso,

    mediante sentencia en forma oral, que dictar de inmediato, homologando el acuerdo de

    las partes, la cual reducir en acta y tendr efecto de cosa juzgada.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Estructura del Proceso laboral

    Audiencia Preliminar (continuacin)

    En sta audiencia, las partes tendrn la oportunidad de promover pruebas, no

    pudiendo promover pruebas en otra oportunidad posterior, oportunidad

    procesal que la jurisprudencia de la Sala de Casacin Social en forma reiterada

    h l d d b h l i i i d l di i d i l iha sealado que debe hacer al inicio de la audiencia, es decir en la primera

    audiencia, ya que la misma puede ser diferida en varias oportunidades para

    lograr la mediacin del conflictolograr la mediacin del conflicto.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Estructura del Proceso laboral

    Audiencia Preliminar (continuacin)Audiencia Preliminar (continuacin)

    Si la Audiencia Preliminar concluye sin que haya conciliacin y sin que hubieren optado

    por someter la controversia a un arbitraje, el demandado deber consignar la

    contestacin a la demanda por escrito y ante el Juez de Sustanciacin, Mediacin y

    Ejecucin, dentro de los 5 das hbiles siguientes a la conclusin de la Audiencia

    Preliminar. En la contestacin el demandado deber exponer cules hechos admite y

    cules rechaza, fundamenta el motivo de su admisin o rechazo y expresa los

    argumentos en que sustente su defensa Si el demandado no consigna la contestacin aargumentos en que sustente su defensa. Si el demandado no consigna la contestacin a

    la demanda en el plazo antes indicado, se le tendr por confeso en la admisin de los

    hechos planteados por el demandante y el expediente ser remitido al Juez de Juicio

    para que en un plazo de 3 das proceda a sentenciar la causa atenindose a la confesin

    del demandado.Lic. Berthing Len Villanueva

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    Bases TericasBases Tericas

    Duracindelaaudienciapreliminar

    El Juez de Sustanciacin, Mediacin y Ejecucin al da siguiente de transcurrido

    el lapso para contestar la demanda remitir el expediente al Tribunal de Juicio,

    a los fines de la decisin de la causa. La audiencia preliminar en ningn caso

    podr exceder de cuatro (4) meses (Artculo 136 de la LOPT)podr exceder de cuatro (4) meses. (Artculo 136 de la LOPT).

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Estructura del Proceso laboral

    L A di i d j i iLa Audiencia de juicio:

    Acto central del procedimiento especial laboral, donde se realiza el debate oral de las afirmaciones

    de las partes y las pruebas producidas, encontrndonos con una efectiva inmediacin por parte del

    juez, quien dirige el debate probatorio, escucha las observaciones de las partes y dicta sentencia.

    Esta segunda fase del proceso en primera instancia se denomina fase de juzgamiento. Tendr lugar

    una vez culminada la Audiencia Preliminar si las partes no concilian. De esta fase conocer un Juez

    de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, el cual admitir las pruebas que hayan presentado las

    partes en la Audiencia Preliminar. As mismo, al 5 da hbil siguiente al recibo del caso deber fijar

    la oportunidad en que se celebrar la Audiencia de Juicio, que tendr lugar dentro de los 30 das

    hbiles siguientes, acto en el cual se evacuarn las pruebas promovidas por las partes en la

    Audiencia Preliminar y que hayan sido admitidas.Audiencia Preliminar y que hayan sido admitidas.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Estructura del Proceso laboralAudienciadeJuicio(sigue)

    En la Audiencia de Juicio las partes debern exponer oralmente los alegatos contenidos

    en la demanda y en la contestacin, sin poder alegar nuevos hechos ni poder presentar

    o leer escritos salvo que se trate de alguna prueba existente en el expediente y a la cualo leer escritos, salvo que se trate de alguna prueba existente en el expediente y a la cual

    deba referirse su exposicin oral. Esta audiencia ser pblica, presidida personalmente

    por el Juez de Juicio, y en su presencia se evacuarn las pruebas promovidas por las

    partes. La Audiencia de Juicio puede prolongarse por varios das, hasta que se agote el

    debate; una vez concluido ste el juez se retirar de la audiencia por un tiempo no

    mayor de sesenta (60) minutos y deber entonces pronunciar oralmente su sentencia en

    presencia de las partes. Si el juez no decide la causa inmediatamente despus de

    concluido el debate oral ste deber repetirse de nuevo, aunque en casos excepcionales

    por la complejidad del asunto debatido, causas ajenas a la voluntad del juez o fuerzapor la complejidad del asunto debatido, causas ajenas a la voluntad del juez o fuerza

    mayor se permite que el juez difiera por una sola vez y por un lapso no mayor de cinco

    (5) das hbiles la oportunidad para dictar la sentencia. Lic. Berthing Len Villanueva

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    Bases TericasBases Tericas

    Duracindelaaudienciadejuicio

    La duracin de la audiencia de juicio, podr prolongarse en el mismo da, una

    vez vencidas las horas de despacho, hasta que se agotare el debate, con la

    aprobacin del Juez. En todo caso, si no fuere suficiente la audiencia fijada para

    agotar completamente el debate ste continuar el da hbil siguiente y asagotar completamente el debate, ste continuar el da hbil siguiente y as

    cuantas veces sea necesaria, hasta agotarlo. (Artculo 136 de la LOPT).

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    Ef t d l i i t i d l t l A di i P li i

    Bases TericasBases Tericas

    EfectosdelainasistenciadelaspartesalaAudienciaPreliminar

    Si el demandante no comparece a la Audiencia Preliminar se entender que

    desiste del procedimiento; sin embargo el demandante podr proponerdesiste del procedimiento; sin embargo, el demandante podr proponer

    nuevamente su demanda despus de transcurridos noventa (90) das

    contados desde el desistimiento.

    Si el demandado no asiste al acto se le tendr por confeso en la admisin de

    los hechos planteados por el demandante, procediendo el juez a sentenciar

    inmediatamente conforme a dicha confesin. Aunque esta sentencia

    tendr recurso de apelacin, para poder lograr su revocatoria la parte

    afectada deber demostrar que tuvo motivos justificados para noafectada deber demostrar que tuvo motivos justificados para no

    comparecer a la Audiencia Preliminar, por un caso fortuito o de fuerza

    mayor. Lic. Berthing Len Villanueva

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    Bases TericasBases Tericas

    EfectosdelainasistenciadelaspartesalaAudienciadeJuicio

    Si el demandante no comparece a la Audiencia de Juicio se entender queSi el demandante no comparece a la Audiencia de Juicio se entender que

    desiste de la accin (lo que significa que no podr volver a proponer su

    demanda).

    si el demandado no comparece, se le tendr por confeso en la admisin de los

    hechos planteados por el demandante y el Juez de Juicio sentenciar

    inmediatamente con base en dicha confesin. La parte afectada por la decisin

    puede apelar argumentando que no pudo comparecer a la Audiencia de Juicio

    debido a un caso fortuito o de fuerza mayordebido a un caso fortuito o de fuerza mayor.

    Lic. Berthing Len Villanueva

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    ArbitrajeLa LOPT permite que las partes puedan acudir a el Arbitraje para la resolucin del conflicto. Ental caso se constituir una Junta de Arbitraje formada por 3 rbitros que sern elegidos al azartal caso se constituir una Junta de Arbitraje formada por 3 rbitros que sern elegidos al azarpor el juez, de una lista de rbitros establecida por la Sala de Casacin Social del TribunalSupremo de Justicia e integrada por calificados especialistas en Derecho del Trabajo oSeguridad Social.

    El procedimiento que deber seguir la Junta de Arbitraje ser igualmente oral y sus audienciassern pblicas. Las Juntas tendrn las ms amplias facultades para decidir el asunto planteadoy sus decisiones sern tomadas por mayora, dictando al efecto un laudo arbitral dentro de los30 das hbiles siguientes a la fecha en que se hubieren constituido30 das hbiles siguientes a la fecha en que se hubieren constituido.

    Las decisiones de las Juntas de Arbitraje sern inapelables; sin embargo, contra ellas podrinterponerse el Recurso de Casacin ante la Sala de Casacin Social del Tribunal Supremo deJusticia, dentro de los cinco das (5) das hbiles siguientes a su publicacin, en los siguientescasos:a)Cuandoellaudofueredictadofueradeloslmitesdelarbitraje;b)Siellaudoestuviereconcebidoentrminosdetalmaneracontradictoriosquenopuedaejecutarse;)c)Sienelprocedimientonoseobservaronsusformalidadessustanciales,siemprequelanulidadnosehayasubsanadoporelconsentimientodelaspartesalnoreclamaroportunamentecontraellas;yd)Silacuantaexcedieredetresmil(3.000)UnidadesTributarias. Lic. Berthing Len Villanueva

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    A i i d l H h d l P b

    Bases TericasBases Tericas

    ApreciacindelosHechosodelasPruebas

    La LOPT admite como medios de prueba los previstos en ella, es decir, los instrumentosprivados, cartas o telegramas provenientes de la parte contraria, adems de que pueden

    d i i i l l j i i l LOPT d it l ibilid d d l iproducirse en original en el juicio, la LOPT admite la posibilidad de que los mismos seproduzcan en copias o reproducciones fotostticas o por cualquier otro medio mecnico,claramente inteligible. Aunque la propia LOPT aclara que esas copias o reproduccionescarecern de valor probatorio si la parte contra quien obran los impugna y su certeza no

    di t t l t i d l i i l ili d t di d bpudiese constatarse con la presentacin de los originales o con auxilio de otro medio de pruebaque demuestre su existencia, no deja de ser sumamente peligrosa esta posibilidad, dada lafacilidad con la que personas inescrupulosas podran forjar copias o reproducciones deinstrumentos privados, mediante el uso de los recursos tcnicos disponibles.

    Igualmente, la LOPT establece que cuando hubiere dudas en la aplicacin de varias normas o enla interpretacin de una determinada norma, se aplicar la ms favorable al trabajador. Sinembargo, la LOPT va ms all y agrega que tambin en caso de dudas sobre la apreciacin del h h d l b li l i i f bl l t b j dlos hechos o de las pruebas se aplicar la apreciacin que sea ms favorable al trabajador.Tambin cuando se trate de la valoracin de las pruebas conforme a las reglas de la sana crticay el Juez tuviere alguna duda, la LOPT le ordena preferir la valoracin ms favorable altrabajador. Lic. Berthing Len Villanueva

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Regulacin del despacho saneador

    Bases TericasBases Tericas

    Regulacindeldespachosaneador

    En la Ley Orgnica Procesal del Trabajo (LOPT), se implementa este fenmeno, extendiendo elcampo de accin del juez laboral en el uso del despacho saneador, debiendo ordenar la correccin

    i i d l i it lib l t d d d b l t d l i iu omisin de los requisitos libelares encontrados, y adems debe resolver todos los viciosprocesales que pueda detectarse, sea de oficio o a peticin de parte. (p.)

    El despacho saneador evita retrasos innecesarios en el curso de los procesos diseados pora diencias orales toda e q e en aras del principio de ig aldad procesal la parte demandadaaudiencias orales, toda vez, que en aras del principio de igualdad procesal, la parte demandadapuede invocar el defecto de forma, siendo necesario que el tribunal verifique tal alegato y ordenela correccin si lo considera procedente.

    El despacho saneador tambin sirve para corregir anomalas procesales cuando se omite laEl despacho saneador tambin sirve para corregir anomalas procesales, cuando se omite larealizacin de algn acto necesario previsto en la ley, o cuando el acto sea producto de algn vicioprocesal que impida se cumpla con el ejercicio del derecho, aqu nos encontramos por ejemplocon vicios en la citacin.

    Lic. Berthing Len Villanueva

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Bases TericasBases Tericas

    ElroldelJuezenelProcesoLaboralVenezolano

    La LOPT establece que los jueces apreciarn las pruebas segn las reglas de la sana crtica. Esto

    significa que el juez podr valorar las pruebas libremente, observando slo las reglas de la lgica,

    sus conocimientos cientficos y las mximas de experiencia, para fundamentar adecuadamente su

    decisin. De esta forma, el juez debe apreciar y valorar las pruebas promovidas y evacuadas por las, j p y p p y p

    partes. El juez incluso puede extraer conclusiones en contra de los intereses de alguna de la partes,

    atendiendo a la conducta que stas asuman dentro del proceso (como por ejemplo de la falta de

    i l b t i l l fi lid d d l di b t i )cooperacin o la obstruccin para lograr la finalidad de los medios probatorios).

    Lic. Berthing Len Villanueva

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    ElroldelJuezenelProcesoLaboralVenezolano(continua)

    Considerando lo expuesto, se tiene que en un proceso influenciado por la oralidad, es necesario

    dotar al juez de verdaderos poderes disciplinarios de direccin y de instruccin que le permitan en

    cada una de las audiencias mantener el orden, auxiliar a las partes para definir correctamente el

    objeto del juicio, sanear el proceso en cualquier momento para evitar vicios en el futuro que

    puedan causar nulidad, desechar impedimentos que considere improcedentes, asegurar a las partes

    igualdad de tratamiento limitar el mbito de discusin rechazar pruebas inadmisibles admitir todoigualdad de tratamiento, limitar el mbito de discusin, rechazar pruebas inadmisibles, admitir todo

    tipo de pruebas que considere indispensables para la solucin de la controversia y en definitiva ser

    el rector del proceso; ahora bien, estos poderes del juez no deben manifestarse de tal manera que

    atenten contra los principios del debido proceso.

    Lic. Berthing Len Villanueva

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    MapaConceptualLeyOrgnicaProcesaldelT b j (LOPT)Trabajo(LOPT)

    (Contina)

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    CAPTULO III MARCO METODOLGICO CAPTULO III MARCO METODOLGICO

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    Tipo de Investigacin

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Segn la estrategia, la investigacin se clasifica como: Documental o bibliogrfica,debido a que se busca extraer, recopilar, conocer, analizar y comprender mediante laobtencin de informacin relevante y datos documentales (leyes, trabajos de grado,y ( y , j g ,libros, informes y notas escritas de referencia, etc.) que describen el proceso laboraly los principios que lo justifican, la estructura del procedimiento laboral, y el rol deJuez en el proceso laboral venezolano.

    La investigacin a realizar ser de modelo explicativo, debido a que sequiere analizar y comprender el proceso laboral y los principios que lojustifican, la estructura del procedimiento laboral, y el rol de Juez en el

    l b l lproceso laboral venezolano.

    El diseo de la investigacin es bibliogrfico, descriptivo, ya que a travs de lai i d l t i l d t l (f t it ) d i t ti irevisin del material documental (fuentes escritas) de manera sistemtica, rigurosa

    y profunda se construya la descripcin del fenmeno estudiado, logrando asdeterminar la relacin entre las variables de estudio.

    Ing. Carlos Perdomo

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    Recopilacin de Datos

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Anlisis y Revisin Bibliogrfica: Investigacin datos documentales (leyes,trabajos de grado, libros, informes y notas escritas de referencia, etc.) pertinentesa la investigacin que se est realizando, extrayendo informacin, de una maneraa la investigacin que se est realizando, extrayendo informacin, de una maneraeficaz.

    Entrevista Programada: Se tratan de entrevistas estructuradas, realizadas aexpertos que desempean un papel importante respecto a la cuestininvestigada.

    Ing. Carlos Perdomo

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    Anlisis e Interpretacin de Datos

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Paraelanlisisdedatos,segnSampieri,ColladoyLucio(2006),serefiere:

    .la primera actividad es volver a revisar todo el material (explorar el sentido general.la primera actividad es volver a revisar todo el material (explorar el sentido generalde los datos) en su forma original (notas escritas, grabaciones en audio, documentos,etc.)

    S ibi d bit d li i (di ti t l d ) f iSe escribir una segunda bitcora de anlisis (distinta a la de campo), y cuya funcin esdocumentar paso a paso el proceso analtico.

    La tercera actividad es organizar los datos, mediante el criterio que se crea msg qconveniente. La organizacin de los datos puede ser: por tipo de datos, entrevistas,observaciones, documentos, etc. por grupo de participante, por importancia delparticipante, por temas u otro criterio.

    Luego como cuarta actividad, se codifican los datos para tener una descripcin mscompleta de estos, se comparan entre s y se busca posibles vinculaciones... (p. 629 634).

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    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    Sistema de Variables: DefinicinConceptual

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Objetivos Especficos Variable Definicinconceptual Fuente

    Explicar el procedimiento judicial del trabajo en conformidad con los principios procesales que la

    Procedimiento judicial del trabajo en conformidad con los principios procesales que la justifican

    Razn o fundamento del procedimiento judicial del trabajo en conformidad con los

    Bibliogrficos

    justifican principios procesales que la justifican

    Explicar el principio de la primaca de la realidad en el proceso laboral venezolano

    Explicar el principio de la primaca de la realidad en el proceso laboral venezolano

    Determinar la correcta aplicacin del derecho atendiendo a sus fines de satisfaccin y seguridad jurdica

    Bibliogrficos

    Explicar el rol de Juez en el proceso laboral venezolano

    El rol de Juez en el proceso laboral venezolano

    Determinar que la norma aplicada por analoga no contrare los principios de la

    Bibliogrficos

    LOPT

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    Sistema de Variables: DefinicinOperativa

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    Variable Dimensiones Indicadores

    Procedimiento judicial del trabajo en conformidad con los principios procesales que la justifican

    Audiencia preliminar, audiencia de juicio

    Polticas y procedimientos

    Explicar el principio de la primaca de la realidad en el proceso laboral venezolano

    Deriva directamente de la doctrina del contrato realidad

    Correcta aplicacin del derecho Conocimientos cientficos y las

    mximas de experiencia del Juezp

    El rol de Juez en el proceso laboral venezolano

    Poderes disciplinarios de direccin y de instruccin

    Direccin Percepcin relacin de autoridad

    Ing. Carlos Perdomo

  • LA ORALIDAD, LA CELERIDAD, Y LA INMEDIACIN COMO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL

    PROCESO LABORAL VENEZOLANO PARA LA

    "Sloaprendiendoytrabajandopodremossalirdeabajoporque(...)"Sloaprendiendoytrabajandopodremossalirdeabajoporque(...)

    RESOLUCIN DE CONFLICTOS

    noconozcootramanera"noconozcootramanera"..RennyOttolina

    GRACIAS POR SU ATENCINGRACIAS POR SU ATENCIN