Derecho Civil IV Familia - Patria Potestad Tema 9.1

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7/25/2019 Derecho Civil IV Familia - Patria Potestad Tema 9.1 http://slidepdf.com/reader/full/derecho-civil-iv-familia-patria-potestad-tema-91 1/22 LA TITULARIDAD Y EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD. ATRIBUTOS DE LA PATRIA POTESTAD, TENENCIA Y RÉGIMEN DE VISITAS. CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN PROCESO JUDICIAL Y CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Tema 9

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L A T I T U L A R I D A D Y E L E J E R C I C I O D E L A

P A T R I A P O T E S T A D . A T R I B U T O S D E L AP A T R I A P O T E S T A D , T E N E N C I A Y R É G I M E N

D E V I S I T A S . C R I T E R I O S D E A T R I B U C I Ó NP R O C E S O J U D I C I A L Y C O N C I L I A C I Ó N

E X T R A J U D I C I A L

Tema 9

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definición

Definir a la patria potestad como la capacidad legalque asiste a ambos padres para velar por la salud,educación, bienestar, moral, residencia,

mantenimiento y respeto de los hijos.

Es un deber y a la vez un derecho que comparten porigual los padres. En caso de fallecimiento de uno de

los padres, el suprstite concreta la patria potestad!en caso de controversia, el juzgado respectivo decidea quin corresponde su ejercicio.

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criterios

Determinada la filiación, la titularidad de la patria potestadcorresponde, en principio, a ambos padres. "omo consecuenciade esa determinación, se atribuye a los padres el conjunto de losderechos y deberes, que es el contenido de la patria potestad.

#or otro lado, el ejercicio es la facultad de actuar concretamenteen virtud de esos derechos deberes, y que corresponde en unoscasos a uno u otro o a ambos padres. De manera que puedehaber en algunos supuestos titularidad con ejercicio actual de lapatria potestad, y en otros, si bien se comparte la titularidad, se

carece de ese ejercicio$ por ejemplo, en el caso que hall%ndoseseparados los padres, el ejercicio lo detenta la madre con quienconvive el menor

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&uestras normas se inspiran en el sistema de patria potestadconjunta, con recurso judicial en caso de desacuerdo .

'o referente a la (uspensión de la #atria #otestad loencontramos en el art)culo *+ del "ódigo de los &i-os y

 dolescentes. hora bien, tenemos por un lado, el padreincumplido puede rectificar su conducta y, por el otro, laeventualidad impediente puede desaparecer.

  En estas circunstancias, procede la restitución del ejercicio

de la patria potestad.'a restitución del ejercicio de la patria potestad debe

efectuarse judicialmente /art)culo *0 del "ódigo de los &i-os y dolescentes1.

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 Derecho con !n"#$en%o & $#rco con'%(%!c(on#)*

#ara determinar los alcances debemos tener en cuenta lo que se-ala nuestra cartafundamental.

El rt)culo 2, segundo p%rrafo de la "onstitución se-ala que$

3Es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos. 'oshijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres. Todos los hijos tienen iguales

derechos y deberes. Est% prohibida toda mención sobre el estado civil de los padres y sobre la naturaleza de la filiación en los registros y el cualquier documento deidentidad4

"omo podemos ver la "onstitución, e5presa el fundamento del derecho6deber de lapatria potestad, resaltando tres dimensiones espec)ficas$ alimentar, educar y dar

seguridad, las cuales se interpretan de conformidad con la "onvención de losDerechos del &i-o y desarrollan por medio de las normas de menor rango. 'aregulación normativa, as) como su interpretación y aplicación concreta ensituaciones concretas de ejercicio de la patria potestad, tiene que

tener en cuenta los l)mites que emergen del marco constitucional.

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En tal sentido, tanto la igualdad de los hijos /rt. 2"971, como la igualdad de los se5os /rt. 8.8 "971,

inciden de modo determinante en el ejercicioconjunto de la patria potestad, el cual no puede serlimitado por el tipo de filiación matrimonial /rt. :9""1 o e5tramatrimonial /rt. 8:""1, tampoco por

ninguno de los padres, respecto del otro.

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E) e+erc(c(o con+!n%o "e )# #%r(# o%e'%#", $#%r($on(#)

El rt. :9 del "ódigo "ivil, se-ala que la patria potestad seejerce en forma conjunta por el padre y la madre durante elmatrimonio, correspondiendo a ambos la representaciónlegal del hijo. #arecer)a que detr%s de esta norma no hay

ning;n problema constitucional, pues ser)a concordante conel principio de igualdad del varón y la mujer apuntaladoconstitucionalmente.

(in embargo, si tenemos en cuenta el subrayado, en

concordancia con el inciso g del art)culo *+ del "ódigo de los&i-os y dolescentes, de acuerdo a nuestro ordenamientolegal, dicho ejercicio conjunto ;nicamente se dar)a durantela vigencia del matrimonio

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#or otro lado, en el caso de la filiacióne5tramatrimonial, el art)culo 8: del "ódigo "ivilse-ala que la patria potestad se ejerce por el padre omadre que los ha reconocido.

&o obstante, el segundo p%rrafo de ese mismoart)culo cuando ambos lo han reconocido estableceque el juez determina a quien corresponde la patria

potestad, lo cual significar)a que el otro quedar)asuspendido en su ejercicio.

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En el caso de la filiación e5tramatrimonial, el art)culo 8: del"ódigo "ivil se-ala que la patria potestad se ejerce por el padre omadre que los ha reconocido. &o obstante, el segundo p%rrafo deese mismo art)culo cuando ambos lo han reconocido establece

que el juez determina a quien corresponde la patria potestad, locual significar)a que el otro quedar)a suspendido en su ejercicio.

En tal sentido, nuestra legislación "ivil tanto frente al rgimen dela filiación matrimonial como en el caso de la e5tramatrimonial,en el caso de la patria potestad, si bien regula que esta surge

cuando el hijo nace dentro del matrimonio, o cuando esreconocido, confunde la patria potestad con la tenencia, puesidentifica el hecho de vivir juntos o separados con la suspensiónde la patria potestad,

  E) e+erc(c(o con+!n%o "e )# #%r(# o%e'%#" e-%r#$#%r($on(#)

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"ontenidos de la patria potestad

En c!#n%o # )# !nc(n "e )# #%r(# o%e'%#", los poderes que se atribuyena los padres en relación con sus hijos, se otorgan para el cumplimiento de losdeberes que se imponen a los padres y, por tanto, en beneficio del hijo.

El inters del hijo como fin de la potestad paterna preside las relaciones

personales como las patrimoniales.

<especto del con%en("o er'on#) "e )# #%r(# o%e'%#", ste se puederesumir en los derechos deberes de tenencia, vigilancia y corrección, deasistencia, educación y formación, y de representación.

En cuanto al con%en("o #%r($on(#) "e )# #%r(# o%e'%#" est% referido alos derechos6deberes de administración y de usufructo legal de los bienes de loshijos! normalmente estos son correlativos, ya que los padres administran y a la vez gozan del usufructo de tales bienes, debiendo cumplir las cargas que delusufructo emanan.

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E5tinción de la patria potestad

'a patria potestad como derecho se e5tingue por la muerte deambos padres o del hijo, por llegar el hijo a la mayor)a de edado cesar en su incapacidad relativa, y por la adopción, respectode los padres originarios.

En conclusión la patria potestad no es sólo un conjunto dederechos que se ejercen en el inters e5clusivo de sus titulares,es decir el padre y la madre, sino que se trata del ejercicio deun derecho6deber, que la ley recoge y deriva de las relacionesordinarias entre padres e hijos y de la estructura del grupo

familiar y su inserción en el medio social, y que se ejercen nosolo en el inters que como padres sus titulares tienen sino enatención a los intereses del hijo, teniendo siempre en cuenta elinters superior de los ni-os y adolescentes

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Tenencia6definición

'a tenencia es una institución que tiene por finalidadponer al menor bajo el cuidado de uno de los padresal encontrarse estos separados de hecho, en atencióna consideraciones que le sean m%s favorables almenor y en busca del bienestar del menor, esto es,teniendo como norte el inters superior del ni-o,resultando claro que, en caso de negarse la tenencia

a uno de los padres ella le corresponder% al otro.4

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="uando decide el >uez?

El juez podr% decidir lo siguiente en caso el padre y la madreno llegue a un acuerdo$

:.6 El menor deber% permanecer con la persona /padre o

madre1 con quien se encontró viviendo durante m%s tiempo.8.6 El ni-o /a1 que sea menor de 7 a-os deber% quedarse conla madre7.6 El padre o la madre que no obtenga la tenencia del menortiene derecho a que se le establezca un rgimen de visitas.

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el >uez al momento de resolver sobre la tenenciaescuchar% la opinión del menor y tomar% en cuentala opinión del adolescente, ya que una de lasmanifestaciones del inters superior del ni-o implicael derecho que tiene el menor a ser o)do, nosignificando esto que el >uez tenga que resolvernecesariamente seg;n lo considere el menor o

adolescente, sino que tambin tendr% que tener encuenta el inters superior del ni-o o adolescente.

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'a decisión del >uez con respecto a la tenencia del menor no es absoluta, ya que estaresolución puede ser modificada si la otra parte prueba que e5isten circunstancias queameriten esta modificación.

'as pruebas se realizan mediante una nueva acción que deber% interponer la otra partedespus de transcurridos seis meses de la resolución originaria, con la e5cepción de

interponerla antes si la integridad del menor se encuentra en riesgo.

(i por el bienestar del menor resultase necesaria la variación de la tenencia, el >uez conayuda del equipo multidisciplinario ver%n la forma de realizarla sin causarle ning;ntipo de da-o ni trastorno al menor .(i estuviese en peligro la integridad del menor, el >uez por decisión motivada ordenar%

que la variación de la tenencia se efectu de inmediato.

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<E@ABE& DE CA(AT 

"uando no le permitan visitar a sus hijos, o los visitas bajo amenaza o no le permitan salirlibremente con ellos, puede demandar al >uez que sele fije un rgimen de visitas de acuerdo a un rol qued. propondr%.

<ol que debe proponer al m)nimo detalle ya que el>uez no conceder% aquello que no ha pedido.

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El reclamo que haga aquel padre que no esta al d)a en la pensión de alimentos o que no la brinda ser% desestimada ya que para e5igir derecho a visitas debe uno estar al d)a en losalimentos.

Mo"#)("#"e'E5isten dos modalidades de visitas llamadas $

con e5ternamiento y

sin e5ternamiento,

significan poder o no salir a la calle con los hijos.

Tambin tenemos a las supervisadas o no, esto debido a que algunas personas acceden aque el otro padre visite solo en la casa y si salen a la calle quieren estar presentes estopuede justificarse o no, ser% el >uez quien escuchando a las partes y sobretodo evaluando

las pruebas quien decida el tipo de visitas, pero siempre dentro de lo pedido as) que si elabogado no formula bien el pedido el juez la dar% solo un rgimen de visitas dentro de casalo cual no es muy cómodo o en su defecto supervisadas

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 L# Conc()(#c(n 

'a conciliación es una forma de solucionar un problema entre dos omas partes imparciales6conciliador o conciliadores, quienes asisten apersonas, organizaciones y comunidades en conflicto a trabajar haciael logro de una variedad de objetivos.

#or tanto, las partes realizan todos los esfuerzos con la asistencia deltercero para$

a1 'ograr su propia solución.

 b1 Bejorar la comunicación entendimiento y empat)a.

c1 Bejorar sus relaciones.

d1 Binimizar evitar y mejorar la participación del sistema judicial.e1 Trabajar conjuntamente hacia el logro de un entendimiento mismo

para resolver un problema o conflicto.

f1 <esolver conflictos subyacentes

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M#%er(#' Conc()(#0)e'

De acuerdo al rt. 9 de la ley, son materias conciliableslas pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes.

En materia de familia las que versen sobre alimentos,rgimen de visitas, tenencia, liquidación de sociedad degananciales y otras que deriven de la relación familiar.

  En materia laboral se debe respetar lairrenunciabilidad reconocidos por la constitución y laley. &o se someten a conciliación controversia que serefieran a la omisión de delitos o faltas.

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D(erenc(#'

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