Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.” “UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO” MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. OCTUBRE DE 2009
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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES

Y COMPETENCIAS LABORALES

CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

OCTUBRE DE 2009

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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INDICE

Código –Grado

Denominación del Empleo

Pág.

020-02 SECRETARIO DE DESPACHO………………………………………….. 11

009-02 DIRECTOR ADMINISTRATIVO O FINANCIERO……………………… 15

045-01 SUBSECRETARIO DE DESPACHO…………………………................. 18

105-02 ASESOR………………………………………………………….............. 21

222-05 PROFESIONAL ESPECIALIZADO………………………………………. 41

222-04 PROFESIONAL ESPECIALIZADO………………………………………. 43

219-03 PROFESIONAL UNIVERSITARIO……………………………................. 59

219-02 PROFESIONAL UNIVERSITARIO……………………………................. 66

219-01 PROFESIONAL UNIVERSITARIO……………………………................. 71

314-01 TÉCNICO OPERATIVO…………………………………………………. 77

425-11 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 79

425-09 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 83

425-08 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 91

425-05 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 100

425-03 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 102

425-02 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 104

407-11 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 106

407-08 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 115

407-07 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 120

407-04 AUXILIAR ADMINISTRATIVO………………………………….............. 122

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407-03 AUXILIAR ADMINISTRATIVO………………………………….............. 138

407-02 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 143

407-01 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 145

480-07 CONDUCTOR…………………………………………………………… 149

470-03 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES………………………………... 151

UNIDADES DE APOYO NORMATIVO

105-06 ASESOR………………………………………………………….............. 153

105-05 ASESOR………………………………………………………….............. 155

105-04 ASESOR………………………………………………………….............. 157

105-03 ASESOR………………………………………………………….............. 159

105-01 ASESOR………………………………………………………….............. 161

219-01 PROFESIONAL UNIVERSITARIO……………………………................. 163

425-08 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 165

425-02 SECRETARIO EJECUTIVO………………………………………………. 167

407-10 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 169

407-06 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 171

407-02 AUXILIAR ADMINISTRATIVO…………………………………………… 173

480-07 CONDUCTOR…………………………………………………………… 175

EQUIVALENCIAS ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA………………………………….. 177

COMPETENCIAS COMUNES A LOS SERVIDORES PUBLICOS………………………. 177

COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERARQUICO……………... 178

� NIVEL DIRECTIVO…………………………………………………………................ 178

� NIVEL ASESOR…………………………………..……………………………………. 180

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� NIVEL PROFESIONAL………………………………………………………………… 181

� NIVEL PROFESIONAL CON PERSONAL A CARGO……………………………... 183

� NIVEL TECNICO…………………………………..………………………………….. 184

� NIVEL ASISTENCIAL………………………………………………………................ 185

DISPOSICIONES GENERALES……………………………………………………………. 186

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LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C, En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Acuerdo 348 de 2008 y,

C O N S I D E R A N D O Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991, señala: “… no habrá empleo público, que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento…” Que conforme a la Ley 909 de 2004 por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones. Que el Decreto – Ley 785 de 2005, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004. Que el Decreto – Ley 2539 de 2005, por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplica el Decreto –Ley 785 de 2005. Que mediante el Acuerdo 028 del 15 de junio de 2001, el Concejo de Bogotá, modificó su estructura, asignó funciones a sus dependencias y dictó otras disposiciones. Que mediante el Acuerdo 204 de 2006 el Concejo de Bogotá ajusta la planta de personal al sistema de nomenclatura y clasificación de empleos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto –Ley 785 de 2005 y se ajustan e integran las tablas de grados de asignación básica en armonía con dicho sistema y se dictan otras disposiciones.

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Que mediante la Resolución 127 de 2006, se modificó el manual específico de funciones y requisitos. Que de conformidad con el diagnóstico establecido para la adopción del Modelo Estándar de Control Interno, se solicitó la modificación y ajuste al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable mediante oficio DIR 2619 del 1 de octubre de 2009. Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E ARTICULO 1º. Actualizar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Concejo de Bogotá, D.C, el cual deberá ser cumplido por los funcionarios con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, en orden al logro de la misión, visión, política de calidad y objetivos y atribuciones que la ley y los reglamentos le señalan a la Corporación, así:

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MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACION

Nivel Jerárquico: Directivo Denominación del cargo: SECRETARIO DE DESPACHO Código: 020 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1)

Dependencia: Secretaría General Cargo del Jefe Inmediato: Mesa Directiva

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir y coordinar el funcionamiento de la Secretaría General, para alcanzar el logro de los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Suscribir dentro de los primeros veinte días a su posesión los formatos diligenciados

para la evaluación de la gestión institucional del área. 2. Coordinar la labor de todos los funcionarios adscritos a la dependencia de acuerdo

con las funciones, planes, proyectos y procedimientos institucionales para consolidar un modelo de gestión pública responsable, diligente y oportuna.

3. Coordinar todas las actividades relacionadas con las sesiones Plenarias del Concejo de Bogotá, atendiendo los lineamientos, parámetros y directrices establecidas en la normatividad vigente y en el Reglamento Interno de la Corporación.

4. Presentar ante la Mesa Directiva de la Corporación los órdenes del día de las sesiones plenarias, en los términos previstos en el Reglamento Interno.

5. Certificar la fidelidad del contenido de las actas de las sesiones mediante la dirección, supervisión y control de su elaboración.

6. Llevar un registro sobre las proposiciones aprobadas, dar lectura a los documentos durante la sesión y certificar los resultados de las votaciones que se realicen, de conformidad con lo dispuesto por el Presidente y según lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo.

7. Realizar el llamado a lista de los Honorables Concejales y presentar mensualmente ante al Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá – Secretaría Distrital de Hacienda la certificación sobre la asistencia o inasistencia de los concejales a las sesiones plenarias, para efectos del reconocimiento y pago de honorarios, señalando la fecha, hora de iniciación y de finalización.

8. Redactar las comunicaciones y notas oficiales de la Corporación, de acuerdo con lo dispuesto por la Plenaria, la Mesa Directiva o el Presidente de la misma.

9. Garantizar el trámite de las proposiciones aprobadas en las sesiones plenarias de la Corporación, según lo dispuesto en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

10. Supervisar el adecuado trámite de todo documento o petición que llegue al Concejo con destino a la Presidencia, a la Secretaría General y a la Mesa Directiva de la Corporación, en los términos y oportunidad previstos en la ley.

11. Establecer mecanismos y procedimientos para la atención personal y telefónica al usuario y para la respuesta a las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS) que formulen los ciudadanos ante la Corporación, bajo el cumplimiento de los términos legales establecidos y acorde con el ordenamiento jurídico que regula esta materia.

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12. Supervisar que el manejo del archivo e inventario de las hojas de vida de los Concejales, se realice de acuerdo con las normas que regulan la materia.

13. Coadyuvar en el recibo y la revisión de los documentos exigidos para la posesión de los Concejales, de conformidad con los requisitos legales.

14. Llevar el registro público sobre los intereses y la actividad económica privada de los honorables Concejales.

15. Supervisar la radicación y registro de los proyectos de Acuerdo e impartir el trámite que corresponda, según su materia.

16. Coordinar la labor de los Subsecretarios de Despacho en las respectivas Comisiones Permanentes, para garantizar el oportuno trámite de los proyectos de acuerdo y demás asuntos que se requiera para el cumplimiento de la misión institucional.

17. Dirigir los anales y demás publicaciones del Concejo, de acuerdo con las normas que regulan estas materias.

18. Concertar con los funcionarios bajo su dirección los compromisos laborales y evaluar su desempeño, de conformidad con las funciones asignadas a cada cargo y con las normas que reglamentan la materia.

19. Ejercer el control interno disciplinario respecto de los funcionarios de la Corporación y proferir los fallos de primera instancia de acuerdo con lo dispuesto al código único disciplinario.

20. Coordinar los diferentes aspectos logísticos y de seguridad que requiera el adecuado desarrollo de las sesiones.

21. Supervisar la publicidad del trámite y contenido de los proyectos de Acuerdo cuyo estudio esté adelantando la Corporación, así como los debates de control político programados, con el fin de garantizar la participación ciudadana, en los términos previstos en el Reglamento Interno.

22. Coadyuvar en la generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

23. Coadyuvar en la implementación y seguimiento al cumplimiento de los requisitos del Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo con lo establecido en el Modelo Estándar de Control Interno y la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.

24. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los formatos son diligenciados para poder evaluar la gestión institucional del área

dentro de los primeros días de la posesión. 2. La labor de todos los funcionarios adscritos a la dependencia se coordina de acuerdo

con las funciones y procedimientos establecidos, garantizando el buen funcionamiento de la misma.

3. Las actividades relaciones con las sesiones Plenarias del Concejo son coordinadas atendiendo los lineamientos, parámetros y directrices normativas y del Reglamento Interno de la Corporación.

4. La fidelidad del contenido de las actas de las sesiones se certifica mediante la dirección, supervisión y control de su elaboración.

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5. La certificación sobre la asistencia o inasistencia de los concejales a las sesiones plenarias se presenta mensualmente ante la Mesa Directiva para efectos del reconocimiento y pago de honorarios, señalando la fecha, hora de iniciación y de finalización.

6. Las comunicaciones y notas oficiales de la Corporación se redactan de acuerdo con lo dispuesto por la Plenaria, la Mesa Directiva o el Presidente de la misma.

7. El trámite de las proposiciones aprobadas en las sesiones plenarias de la Corporación se garantiza según lo dispuesto en el Reglamento Interno.

8. El adecuado trámite de todo documento o petición que llegue al Concejo con destino a la Presidencia, a la Secretaría General y a la Mesa Directiva de la Corporación es supervisado en los términos y oportunidad previstos en la ley.

9. Los mecanismos y procedimientos para la atención personal y telefónica al usuario y para la respuesta a las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS) que formulen los ciudadanos ante la Corporación son establecidos bajo el cumplimiento de los términos legales establecidos y acorde con el ordenamiento jurídico que regula esta materia.

10. El manejo del archivo e inventario de las hojas de vida de los Concejales es supervisado de acuerdo con las normas que regulan la materia.

11. El recibo y la revisión de los documentos exigidos para la posesión de los Concejales es coadyudado de conformidad con los requisitos legales.

12. El registro público sobre los intereses y la actividad económica privada de los honorables Concejales se lleva de manera confidencial.

13. La radicación y registro de los proyectos de Acuerdo son supervisados, impartiendo el trámite que corresponda, según su materia.

14. La labor de los Subsecretarios de Despacho en las respectivas Comisiones Permanentes se coordina para garantizar el oportuno trámite de los proyectos de acuerdo y demás asuntos que se requiera para el cumplimiento de la misión institucional.

15. Los anales y demás publicaciones del Concejo se dirigen de acuerdo con las normas que regulan estas materias.

16. Los compromisos laborales son concertados con los funcionarios bajo su dirección, evaluando su desempeño de conformidad con las funciones asignadas a cada cargo y con las normas que reglamentan la materia.

17. El ejercicio del control interno disciplinario y la expedición de los fallos de primera instancia respecto de los funcionarios de la Corporación es ejercido de acuerdo con lo dispuesto en el Código Único disciplinario.

18. Los diferentes aspectos logísticos y de seguridad que requiera el adecuado desarrollo de las sesiones es coordinado de manera eficiente.

19. La publicidad del trámite y contenido de los proyectos de Acuerdo cuyo estudio esté adelantando la Corporación, así como los debates de control político programados se supervisan con el fin de garantizar la participación ciudadana, en los términos previstos en el Reglamento Interno.

20. La generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación es coadyudada de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

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21. La implementación y seguimiento al cumplimiento de los requisitos del Sistema Integrado de Gestión es coadyudada de acuerdo con lo establecido en el Modelo Estándar de Control Interno y la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.

22. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración y gestión pública. • Conocimientos en organización y métodos. • Políticas sobre administración de personal. • Control fiscal.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título Profesional � Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Seis (6) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo. Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Directivo Denominación del cargo: DIRECTOR ADMINISTRATIVO O FINANCIERO Código: 009 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1)

Dependencia: Dirección Administrativa y Financiera Cargo del Jefe Inmediato: Mesa Directiva

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir, coordinar y evaluar los procesos administrativos y financieros de la Corporación, garantizando el cumplimiento de las metas y compromisos organizacionales establecidos en los planes, programas y proyectos institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Dar cumplimiento al Acuerdo de Gestión suscrito con el Presidente de la Corporación, de

conformidad con la Ley 909 de 2004 y demás normas vigentes. 2. Coordinar, supervisar y direccionar el talento humano de la Corporación, con el fin de

dar cumplimiento al quehacer misional y al logro de los planes estratégicos y de acción del Concejo de Bogotá.

3. Planear, gestionar y controlar los procesos administrativos del talento humano, de los recursos financieros y físicos de la Corporación, de manera eficaz y transparente.

4. Ordenar el pago de salarios, prestaciones y demás emolumentos que por diferentes situaciones se generen a favor de los funcionarios del Concejo de Bogotá, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y las políticas internas establecidas.

5. Coordinar los programas de salud ocupacional, seguridad industrial, bienestar social, evaluación del desempeño laboral, programas de incentivos, programas de inducción y reinducción, planes institucionales de capacitación y demás programas dirigidos a los funcionarios de la Corporación bajo la orientación, directriz y lineamiento de la Mesa Directiva.

6. Apoyar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de cada vigencia según las directrices establecidas por la Mesa Directiva.

7. Dirigir el proceso contable de la entidad y supervisar la elaboración de balances y estados financieros que deban ser presentados ante las autoridades competentes, de acuerdo con los procesos y procedimientos internos definidos y al ordenamiento jurídico vigente en esta materia.

8. Coordinar la implementación de políticas, normas, metodologías y procedimientos que garanticen la buena administración y uso de los recursos informáticos, estableciendo condiciones de seguridad que permitan minimizar y prevenir la aparición de riesgos que puedan afectar el desarrollo de las actividades del Concejo de Bogotá.

9. Administrar las historias laborales de los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación, garantizando la confidencialidad de esta información.

10. Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la correspondencia interna y externa de la Corporación, de acuerdo con los procedimientos establecidos internamente y según las directrices emitidas por el Archivo General de la Nación y demás normas existentes en esta materia.

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11. Resolver los recursos de la vía gubernativa interpuestos e contra de sus actos administrativos y las solicitudes de revocatoria directa, de conformidad con la normatividad vigente en esta materia.

12. Coordinar las actividades y acciones relacionadas con la sostenibilidad de los Sistemas Integrados de Gestión (Modelo Estándar de Control Interno, Plan Integrado de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de Calidad), de conformidad con los lineamientos y directrices establecidas por la Mesa Directiva de la Entidad.

13. Apoyar con el Oficial de Enlace o quien haga sus veces la seguridad de los Honorables Concejales y funcionarios de la Corporación, de conformidad con la directrices establecidas por la Mesa Directiva.

14. Presentar los informes de gestión requeridos por la Mesa Directiva de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, de acuerdo con la frecuencia establecida y la normatividad relacionada.

15. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

16. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Acuerdo de Gestión suscrito con el Presidente de la Corporación se cumple de

conformidad con la Ley 909 de 2004 y demás normas vigentes. 2. El talento humano de la Corporación es coordinado, supervisado y direccionado, hacia el

cumplimiento del quehacer misional de la entidad y al logro de los planes estratégicos y de acción de la Corporación.

3. Los procesos administrativos del talento humano, de los recursos financieros y físicos de la Corporación se planean, gestionan y controlan con eficacia y transparencia.

4. El pago de salarios, prestaciones y demás emolumentos que por diferentes situaciones se generen a favor de los funcionarios del Concejo de Bogotá se ordena de acuerdo con lo establecido en las normas jurídicas y conforme con las políticas internas establecidas.

5. Los programas de salud ocupacional, seguridad industrial, bienestar social, evaluación del desempeño laboral, programas de incentivos, programas de inducción y reinducción, planes institucionales de capacitación y demás programas dirigidos a los funcionarios de la Corporación son coordinados bajo la orientación, directriz y lineamiento de la Mesa Directiva.

6. La elaboración del anteproyecto de presupuesto de cada vigencia es coordinado según directrices establecidas por la Mesa Directiva.

7. El proceso contable se dirige y la elaboración de los estados financieros que deban se presentados ante las autoridades competentes se supervisa de acuerdo con los procesos y procedimientos internos y al ordenamiento jurídico vigente en esta materia.

8. La implementación de políticas, normas, metodologías y procedimientos que garanticen la buena administración y uso de los recursos informáticos es coordinada estableciendo condiciones de seguridad que permitan minimizar y prevenir la aparición de riesgos que puedan afectar el desarrollo de las actividades del Concejo de Bogotá.

9. Las historias laborales de los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación son administradas garantizando la confidencialidad de esta información.

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10. El desarrollo de las actividades relacionadas con la correspondencia interna y externa de la Corporación se dirige, controla y evalúa de acuerdo con los procedimientos establecidos internamente y según las directrices emitidas por el Archivo General de la Nación y demás normas existentes en esta materia.

11. Los recursos de la vía gubernativa interpuestos en contra de sus actos administrativos y las solicitudes de revocatoria directa se resuelven de conformidad con la normatividad vigente en esta materia.

12. Las actividades y acciones relacionadas con la sostenibilidad de los Sistemas Integrados de Gestión (Modelo Estándar de Control Interno, Plan Integrado de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de Calidad) son coordinados de conformidad con los lineamientos y directrices establecidos por la Mesa Directiva de la Entidad.

13. La seguridad de los Honorables Concejales y funcionarios de la Corporación se coordina de conformidad con la directrices establecidas por la Mesa Directiva y de manera articulada con el Oficial de Enlace o quien haga sus veces.

14. Los informes de gestión requeridos por la Mesa Directiva de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden son presentados de acuerdo con la frecuencia establecida y la normatividad relacionada.

15. La cultura del autocontrol se aplica en la Dirección Administrativa y Financiera mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

16. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Políticas en finanzas públicas. • Manejo de presupuesto.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: 1. Título profesional 2. 3. Título de formación avanzada o

de postgrado. Experiencia: � Seis (6) años de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACION

Nivel Jerárquico: Directivo Denominación del cargo: SUBSECRETARIO DE DESPACHO Código: 045 Grado: 01 N° de cargos: Tres (3)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir y coordinar el funcionamiento de las Comisiones Permanentes, para alcanzar el logro de los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Suscribir dentro de los primeros veinte días a su posesión los formatos diligenciados para la

evaluación de la gestión institucional del área. 2. Coordinar la labor de todos los funcionarios adscritos a la respectiva Comisión

Permanente de acuerdo con las funciones y procedimientos establecidos para garantizar el buen funcionamiento de la misma.

3. Coordinar todas las actividades relacionadas con las sesiones de las comisiones permanentes atendiendo los lineamientos, parámetros y directrices determinados en la normatividad vigente y en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Concertar con los funcionarios bajo su dirección los compromisos laborales y evaluar su desempeño, de conformidad con las funciones asignadas a cada cargo.

5. Garantizar el trámite de los proyectos de Acuerdo radicados en la respectiva Comisión Permanente, de conformidad con el Reglamento Interno del Concejo.

6. Garantizar el trámite de las proposiciones aprobadas en las sesiones, de conformidad con el Reglamento Interno de la Corporación.

7. Certificar la fidelidad del contenido de las actas de las sesiones mediante la dirección, supervisión y control de su elaboración.

8. Presentar mensualmente ante la Secretaría General de la Corporación una certificación sobre la asistencia o inasistencia de los concejales a las sesiones de la misma, señalando la fecha, hora de iniciación y de finalización.

9. Redactar las comunicaciones y notas oficiales de la Comisión, de acuerdo con lo dispuesto por la Mesa Directiva o el Presidente de la misma.

10. Garantizar el adecuado trámite de todo documento o petición que se radique en la respectiva Comisión, en los términos y oportunidad previstos en la ley.

11. Supervisar la publicidad del trámite y contenido de los proyectos de Acuerdo cuyo estudio esté adelantando la Comisión, así como los debates de control político programados, con el fin de garantizar la participación ciudadana, según el Reglamento Interno.

12. Coadyuvar en la generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

13. Coadyuvar en la implementación y seguimiento al cumplimiento de los requisitos del Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo con lo establecido en el Modelo Estándar de Control Interno y la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.

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14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los formatos diligenciados para la evaluación de la gestión institucional del área son

entregados durante los primeros veinte días de la posesión. 2. La labor de todos los funcionarios adscritos a la respectiva Comisión Permanente es

coordinada de acuerdo con las funciones y procedimientos establecidos, para garantizar el buen funcionamiento de la misma.

3. las actividades relacionadas con las sesiones de las comisiones permanentes responden a los lineamientos, parámetros y directrices determinados en la normatividad vigente y en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Los compromisos laborales se concertan con los funcionarios bajo su dirección, evaluando su desempeño, de conformidad con las funciones asignadas a cada cargo.

5. El trámite de los proyectos de Acuerdo radicados en la respectiva Comisión Permanente se garantiza de conformidad con el Reglamento Interno del Concejo.

6. El trámite de las proposiciones aprobadas en las sesiones se garantizan de conformidad con el Reglamento Interno de la Corporación.

7. La fidelidad del contenido de las actas de las sesiones se certifica mediante la dirección, supervisión y control de su elaboración.

8. La certificación sobre la asistencia o inasistencia de los concejales a las sesiones de la misma se presenta mensualmente ante la Secretaría General de la Corporación, señalando la fecha, hora de iniciación y de finalización.

9. Las comunicaciones y notas oficiales de la Comisión son redactadas de acuerdo con lo dispuesto por la Mesa Directiva o el Presidente de la misma.

10. El adecuado trámite de todo documento o petición que se radique en la respectiva Comisión es garantizado en los términos y oportunidad previstos en la ley.

11. La publicidad del trámite y contenido de los proyectos de acuerdo cuyo estudio esté adelantando la Comisión, así como los debates de control político programados son supervisados con el fin de garantizar la participación ciudadana, según el Reglamento Interno.

12. La generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación es coadyudada de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

13. La implementación y seguimiento al cumplimiento de los requisitos del Sistema Integrado de Gestión es coadyudada de acuerdo con lo establecido en el Modelo Estándar de Control Interno y la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Políticas en administración y gestión pública. • Conocimientos en organización y métodos. • Políticas sobre administración de personal. • Normatividad sobre Control fiscal.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título Profesional. � Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Asesor Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 02 N° de cargos: Nueve (9)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

ASESOR 105 – 02 - MESA DIRECTIVA - PRESIDENCIA 1. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Mesa Directiva en los planes, programas y proyectos de desarrollo y realizar el seguimiento al cumplimiento de las metas corporativas, para garantizar el logro de la misión institucional en todas sus áreas y en el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

2. FUNCIONES ESENCIALES 1. Revisar los actos administrativos proyectados por la Dirección Administrativa y Financiera y

por la Secretaria General, con fundamento en la normatividad vigente. 2. Realizar el seguimiento al cumplimiento de las metas y objetivos del Plan de Acción

Institucional, de manera periódica y sistemática, formulando las recomendaciones pertinentes.

3. Realizar el seguimiento a la aplicación de la metodología para la elaboración de los planes de acción de las diferentes áreas, conforme a los lineamientos establecidos por la entidad competente.

4. Sustanciar los procesos disciplinarios en segunda instancia y proyectar los respectivos fallos, en cumplimiento a la normatividad vigente en materia legal y disciplinaria.

5. Proyectar los actos administrativos de segunda instancia dentro de la vía gubernativa, en cumplimiento a la normatividad vigente.

6. Consolidar la información requerida por la Subdirección de Gestión Judicial de la Alcaldía Mayor de Bogotá, para la representación legal y judicial de la Corporación en las acciones y demandas contra sus actos misionales, de manera eficiente y dando cumplimiento estricto a los términos legales.

7. Asistir a la Mesa Directiva y al Presidente del Concejo de Bogotá en la celebración de convenios de protocolo con otros organismos y demás eventos interinstitucionales, de manera pertinente y proporcionando la asesoría requerida en estos espacios según su competencia.

8. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

9. Proyectar respuesta a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

10. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias orientados hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político de la Corporación.

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11. Proyectar el plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

12. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

13. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, con respecto al desempeño de la Mesa Directiva, de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

14. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

15. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos de la Mesa Directiva.

16. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El seguimiento al cumplimiento de las metas y objetivos del Plan de Acción Institucional,

se desarrolla de manera periódica y sistemática, formulando las recomendaciones pertinentes.

2. El seguimiento a la aplicación de la metodología para la elaboración del plan de acción por área se desarrolla conforme a los lineamientos establecidos por la entidad competente.

3. Los procesos disciplinarios en segunda instancia y la proyección de los respectivos fallos son sustanciados en cumplimiento a la normatividad vigente en materia legal y disciplinaria.

4. Los actos administrativos de segunda instancia son proyectados dentro de la vía gubernativa, en cumplimiento a la normatividad vigente

5. La información requerida por la Subdirección de Gestión Judicial de la Alcaldía Mayor de Bogotá es consolidada para la representación legal y judicial de la Corporación, en las acciones y demandas contra sus actos misionales, de manera eficiente y dando cumplimiento estricto a los términos legales.

6. La Mesa Directiva y el Presidente del Concejo de Bogotá son asistidos en la celebración de convenios de protocolo con otros organismos y demás eventos interinstitucionales, de manera pertinente y recibiendo la asesoría requerida en estos espacios según la competencia del Asesor de dicha dependencia.

7. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación son emitidos según asignación y conforme a la normatividad vigente.

8. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

9. Las políticas, planes, programas y estrategias planteadas y propuestas por la Mesa Directiva orientan a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

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10. El plan de acción de la Mesa Directiva se elabora de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

11. Los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional están enfocados hacia el cumplimiento de los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

12. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, con respecto al desempeño de la Mesa Directiva, se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

13. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad son formuladas y propuestas por la Mesa Directiva de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

14. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

15. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Políticas en finanzas públicas. • Conocimientos sobre normas presupuestales.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: • Título profesional en Derecho,

Administración Pública, Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Contaduría Pública, Politólogo, Ingeniería Ambiental, Psicología, Comunicación Social - Periodismo, Antropología, Sociología, Filosofía, Arquitectura.

• Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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ASESOR 105 -02 – GRUPO DE CONTROL INTERNO 1. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Alta dirección en el diseño, implementación, desarrollo y mejora del Sistema de Control Interno de la Corporación, con el fin de garantizar el logro de la misión institucional en todas sus áreas y en el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

2. FUNCIONES ESENCIALES 1. Diseñar, establecer e implementar políticas, directrices y herramientas orientadas al

mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Gestión del Concejo de Bogotá. Nota: Entiéndase por Modelo Integrado de Gestión el conformado por el MECI y el SGC.

2. Presentar el informe sobre el cumplimiento de las metas corporativas, el comportamiento de los indicadores de gestión, el nivel de avance del plan de acción y la aplicación de las políticas y directrices del Modelo Integrado de Gestión, fundamentándose en los principios de autorregulación, autocontrol y autogestión.

3. Planear las auditorías internas al Modelo Integrado de Gestión, de acuerdo con los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000.

4. Presentar los informes requeridos por los entes de control, Presidente del Concejo y Comité de Calidad y Control Interno respecto al nivel de cumplimiento e implementación del Modelo Integrado de Gestión, según los parámetros y frecuencia establecida.

5. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación, según asignación y conforme a la normatividad vigente

6. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias orientados hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político asignado a la Corporación.

8. Proyectar el plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

9. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

10. Suministrar a las dependencias de la Corporación los resultados de la evaluación de gestión, correspondientes a cada vigencia, verificando el criterio cualitativo orientador sobre la evaluación de desempeño laboral de los empleados.

11. Elaborar y mantener actualizado el mapa de riesgos acorde con las directrices del MECI y la metodología establecida por la Veeduría Distrital.

12. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

13. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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3. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las políticas, directrices y herramientas se diseñan, establecen e implementan

orientando a la Corporación hacia el mantenimiento y mejora continua de su Modelo Integrado de Gestión.

2. El informe sobre el cumplimiento de las metas corporativas, el comportamiento de los indicadores de gestión, el nivel de avance del plan de acción y la aplicación de las políticas y directrices del Modelo Integrado de Gestión es presentado con fundamento en los principios de autorregulación, autocontrol y autogestión.

3. Las auditorías internas del Modelo Integrado de Gestión son planeadas de acuerdo con los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000.

4. Los informes requeridos por los entes de control, Presidente del Concejo y Comité de Calidad y Control Interno respecto al nivel de cumplimiento e implementación del Modelo Integrado de Gestión se presentan dando cumplimiento a los parámetros y frecuencia establecida.

5. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación son emitidos según asignación y conforme a la normatividad vigente.

6. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Las políticas, planes, programas y estrategias planteadas y propuestas por Control Interno, orientan a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

8. El plan de acción de Control Interno está elaborado de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

9. Los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional relacionados con Control Interno se enfocan hacia el cumplimiento de los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

10. Los resultados de la evaluación de gestión, correspondientes a cada vigencia se suministran a las dependencias de la Corporación verificando el criterio cualitativo orientador sobre la evaluación de desempeño laboral de los empleados.

11. El mapa de riesgos se elabora y mantiene actualizado acorde con las directrices del MECI y la metodología establecida por la Veeduría Distrital.

12. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, son formuladas y propuestas por la Mesa Directiva de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

13. La cultura de autocontrol es aplicada mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Políticas en finanzas públicas. • Formulación y seguimiento a los planes institucionales de Gestión Ambiental. • Conocimientos sobre los Sistemas Integrados de Gestión (MECI – NTCGP – 1000 – PIGA)

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Derecho,

Administración Pública, Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública, Politólogo,

• Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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ASESOR 105-02 - SECRETARIA GENERAL II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Secretaría General en los planes, programas y proyectos relacionados con el control disciplinario de la Corporación, con el fin de garantizar el logro de la misión institucional en todas sus áreas y el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Sustanciar en primera instancia a la Secretaría General con funciones de control

disciplinario, las decisiones que en materia disciplinaria se tomen contra funcionarios del Concejo de Bogotá, de acuerdo con las quejas presentadas en contra de su desempeño o actuaciones y proyectando los respectivos fallos de primera instancia, de conformidad con la normatividad vigente.

2. Asesorar jurídicamente a la Secretaría General en materia de control disciplinario según las quejas recibidas con respecto a la conducta de los funcionarios del Concejo de Bogotá y de conformidad con la normatividad vigente.

3. Presentar informes a la Dirección Administrativa y Financiera y a las entidades que por ley corresponde, acerca de la apertura de investigación disciplinaria y fallos definitivos de acuerdo con la normatividad vigente y dando cumplimiento a los términos establecidos para tal fin.

4. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

5. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias en materia disciplinaria que orienten a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

7. Elaborar el plan de acción de la Secretaria General de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, de acuerdo con la frecuencia establecida y la normatividad relacionada.

10. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las decisiones que en materia disciplinaria se tomen contra funcionarios del Concejo de

Bogotá, de acuerdo con las quejas presentadas en contra de su desempeño o actuaciones son sustanciados en primera instancia a la Secretaría General con funciones de control disciplinario, proyectando los respectivos fallos de conformidad con la normatividad vigente.

2. La Secretaría General es asesorada jurídicamente en materia de control disciplinario sobre las quejas recibidas con respecto a la conducta de los funcionarios del Concejo de Bogotá, de conformidad con la normatividad vigente.

3. Los informes acerca de la apertura de investigación disciplinaria y fallos definitivos son presentados a la Dirección Administrativa y Financiera y a las entidades que por ley corresponde, de acuerdo con la normatividad vigente y dando cumplimiento a los términos establecidos para tal fin.

4. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual en materia disciplinaria son emitidos según asignación y conforme a la normatividad vigente.

5. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Las políticas, planes, programas y estrategias planteadas y propuestas por la Mesa Directiva en materia disciplinaria orientan a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

7. El plan de acción de la Secretaria General se elabora de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional relacionados con el control disciplinario están enfocados hacia el cumplimiento de los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden con respecto al desempeño de la Secretaria General se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y la normatividad relacionada.

10. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad son formulados y propuestos por la Secretaria General de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. La cultura de autocontrol es aplicada mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Políticas en finanzas públicas. • Derecho Administrativo y Laboral.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Derecho. • Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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ASESOR 105 - 02 - COMISIONES PERMANENTES II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Mesa Directiva y demás integrantes de la Comisión Permanente en los planes, programas y proyectos relacionados con el ejercicio de la función normativa y de control político, al cumplimiento de los objetivos misionales de los diferentes sectores de la Administración Distrital, con el fin de garantizar el logro de la misión institucional en todas sus áreas y el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Presentar estudios, informes y conceptos a solicitud de la Mesa Directiva de la Comisión

o del jefe inmediato, sobre los alcances jurídicos, financieros y económicos, esenciales de los proyectos de acuerdo radicados en la Comisión, de manera oportuna y pertinente.

2. Asesorar a la Mesa Directiva y demás integrantes de la Comisión en los diferentes asuntos propios de ésta ultima, de acuerdo con el Reglamento Interno de la Corporación.

3. Analizar los informes presentados a la Comisión por las diferentes entidades de la Administración Distrital para la realización del estudio comparativo de los mismos, de manera objetiva y pertinente.

4. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

5. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias orientando a la Comisión hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

7. Elaborar el plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

10. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los estudios, informes y conceptos a solicitud de la Mesa Directiva de la Comisión o del

jefe inmediato, sobre los alcances jurídicos, financieros y económicos, esenciales de los proyectos de acuerdo radicados en la Comisión, se presentan de manera oportuna y pertinente.

2. La Mesa Directiva y demás integrantes de la comisión son asesorados en los diferentes asuntos propios de ésta primera, de acuerdo con el Reglamento Interno de la Corporación.

3. Los informes presentados a la Comisión por las diferentes entidades de la Administración Distrital son analizados para la realización del estudio comparativo de los mismos, de manera objetiva y pertinente.

4. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación se emiten según asignación y conforme a la normatividad vigente.

5. Las respuestas a las solicitudes de su competencia son proyectadas , de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Las políticas, planes, programas y estrategias se plantean y proponen orientando a la Comisión hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

7. El plan de acción del área se elabora de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional son propuestos fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

10. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad son formuladas y propuestas de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Finanzas públicas. • Manejo de presupuesto. • Conocimientos políticas públicas.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Derecho,

Administración Pública, Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Contaduría Pública, Politólogo, Ingeniería Ambiental, Psicología, Comunicación Social - Periodismo, Antropología, Sociología, Filosofía, Arquitectura.

• Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional del requisito del cargo o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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ASESOR 105 – 02 - DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO ADMINISTRATIVA II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Dirección Administrativa y Financiera en los planes, programas y proyectos relacionados con la disponibilidad, buen uso, administración y adecuado desarrollo del talento humano, recursos físicos y tecnológicos de la Corporación, garantizando el logro de la misión institucional en todas sus áreas y el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar el trámite de reconocimiento y pago de prestaciones sociales y demás

emolumentos que por diferentes situaciones administrativas se generen a favor de los empleados o ex empleados de la Corporación, de acuerdo con la normatividad vigente.

2. Diseñar estrategias y acciones requeridas para el sostenimiento y mejora de las políticas y lineamientos de la gestión del talento humano, en concordancia con la misión institucional y los planes estratégicos de la Corporación.

3. Elaborar el informe de rendición de cuentas de la entidad a la Contraloría Distrital, de acuerdo con las directrices y lineamientos establecidos por este ente de control. Presentar el plan de mejoramiento de la Corporación a la Contraloría Distrital, según los hallazgos de la auditoría desarrollada por esta entidad.

4. Revisar los actos administrativos de la Mesa y de la Dirección Administrativa y Financiera, en concordancia con la planta general de la Corporación y la escala salarial.

5. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

6. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias orientando a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

8. Elaborar el plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

9. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

10. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

11. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

12. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El trámite de reconocimiento y pago de prestaciones sociales y demás emolumentos

que por diferentes situaciones administrativas se generen a favor de los empleados o ex empleados de la Corporación son asesorados de acuerdo con la normatividad vigente.

2. Las estrategias y acciones requeridas para el sostenimiento y mejora de las políticas y lineamientos de la gestión del talento humano son diseñadas en concordancia con la misión institucional y de los planes estratégicos de la Corporación.

3. El informe de rendición de cuentas de la entidad a la Contraloría Distrital se elabora de acuerdo con las directrices y lineamientos establecidos por este ente de control y presenta el plan de mejoramiento de la Corporación a la Contraloría Distrital, según los hallazgos de la auditoría desarrollada por esta entidad.

4. Los actos administrativos de la Mesa y de la Dirección Administrativa y Financiera se revisan en concordancia con la planta general de la Corporación y la escala salarial.

5. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos de competencia de la Corporación son emitidos según asignación y conforme a la normatividad vigente.

6. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Las políticas, planes, programas y estrategias se plantean y proponen orientando a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

8. El plan de acción del área se elabora de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

9. Los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional se proponen fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

10. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

11. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad se formulan y proponen de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

12. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal. • Políticas en finanzas públicas. • Manejo de presupuesto. • conocimiento en gestión de proyectos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

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Requisitos

Educación: 1. Título profesional en Derecho,

Administración Pública, Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Contaduría Pública, Politólogo, Psicología, Filosofía, Trabajo Social, Sociología y Antropología.

2. Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ASESOR 105 – 02 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

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PROCESOS FINANCIEROS II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Dirección Administrativa y Financiera en los planes, programas y proyectos relacionados con la disponibilidad, buen uso, administración y adecuado desarrollo de los recursos financieros de la Corporación, garantizando el logro de la misión institucional en todas sus áreas y en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar el trámite de reconocimiento y pago de prestaciones sociales y demás

emolumentos que por diferentes situaciones administrativas se generen a favor de los empleados de la Corporación, de acuerdo con la normatividad vigente.

2. Presentar a consideración de la Dirección Administrativa y Financiera el anteproyecto del presupuesto de la Corporación, así como los demás procedimientos inherentes en esta materia de conformidad con los requerimientos de la Mesa Directiva y las normas presupuestales vigentes.

3. Revisar la nómina mensual y los actos administrativos de la Mesa Directiva de conformidad con la planta general de la Corporación y la escala salarial.

4. Revisar y elaborar las liquidaciones de índole laboral provenientes de sentencias judiciales o reclamaciones presentadas por los funcionarios de la Corporación de conformidad con la normatividad vigente en esta materia.

5. Asistir y participar como Secretario del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad del Concejo de Bogotá D.C., según designación efectuada por la Mesa Directiva mediante la Resolución N° 873 de 2008 y ejecutando con eficiencia las actividades propias de dicho rol.

6. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos financieros, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

7. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

8. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias en materia financiera, orientando a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

9. Apoyar la elaboración del plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

10. Proponer los objetivos y metas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

11. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, con respecto a la gestión financiera de la Corporación y de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

12. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

13. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

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14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El trámite de reconocimiento y pago de prestaciones sociales y demás emolumentos

que por diferentes situaciones administrativas se generen a favor de los empleados de la Corporación es asesorado de acuerdo con la normatividad vigente.

2. El anteproyecto del presupuesto de la Corporación y los demás procedimientos inherentes en esta materia se presentan a consideración de la Dirección Administrativa y Financiera de conformidad con los requerimientos de la Mesa Directiva y las normas presupuestales vigentes.

3. La nómina mensual y los actos administrativos de la Mesa Directiva se revisan de conformidad con la planta general de la Corporación y la escala salarial.

4. Las liquidaciones de índole laboral provenientes de sentencias judiciales o reclamaciones presentadas por los funcionarios de la Corporación son revisados y elaborados de conformidad con la normatividad vigente en esta materia.

5. El Asesor Financiero de la Corporación asiste y participa como Secretario del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad del Concejo de Bogotá D.C., según designación efectuada por la Mesa Directiva mediante la Resolución N° 873 de 2008 y ejecutando con eficiencia las actividades propias de dicho rol.

6. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos financieros son emitidos según asignación y conforme a la normatividad vigente.

7. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

8. Las políticas, planes, programas y estrategias planteadas y propuestas por la Subdirección Administrativa en materia financiera orientan a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

9. El plan de acción de la Dirección Administrativa y Financiera en lo referente al componente financiero está elaborado de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

10. Los objetivos y metas financieros del plan de mejoramiento institucional están enfocados hacia el cumplimiento de los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

11. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden con respecto a la gestión financiera de la Corporación se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

12. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad son formuladas y propuestas a la Dirección Administrativa y Financiera de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

13. La cultura de autocontrol es aplicada mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Políticas en finanzas públicas. • Manejo de presupuesto. • Conocimientos en contabilidad pública

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Derecho,

Administración Pública, Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública.

• Título de formación avanzada o de

posgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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ASESOR 105 – 02 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO JURIDICA II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Dirección Administrativa y Financiera en los asuntos de carácter jurídico, necesarias para el desarrollo de los procesos y actividades de la Corporación, garantizando el logro de la misión institucional en todas sus áreas y el ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar estudios e investigaciones de carácter jurídico sobre asuntos de competencia

de la Dirección Administrativa y Financiera, en apoyo a la gestión de los diferentes procesos del área.

2. Revisar los actos administrativos de la Mesa y de la Dirección Administrativa y Financiera, determinando su viabilidad jurídica.

3. Consolidar la información requerida por la subdirección de gestión judicial de la Alcaldía Mayor para la representación legal y judicial de la Corporación, según las situaciones administrativas de índole laboral.

4. Emitir conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos propios de la Dirección Administrativa y Financiera en el ámbito jurídico, según asignación y conforme a la normatividad vigente.

5. Proyectar respuestas a las solicitudes de su competencia, de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Plantear y proponer políticas, planes, programas y estrategias orientando a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas.

7. Apoyar y aportar a la elaboración del plan de acción del área de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Proponer los objetivos y metas jurídicas del plan de mejoramiento institucional, fundamentándose en los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Presentar los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden, de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

10. Formular y proponer estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad, de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los estudios e investigaciones de carácter jurídico sobre asuntos de competencia de la

Dirección Administrativa y Financiera proporcionan apoyo a la gestión de los diferentes procesos del área.

2. Los actos administrativos de la Mesa y de la Dirección Administrativa y Financiera son revisados para determinar su viabilidad jurídica.

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3. La información requerida por la subdirección de gestión judicial de la Alcaldía Mayor es consolidada para la representación legal y judicial de la Corporación, según las situaciones administrativas de índole laboral.

4. Los conceptos de índole jurídico, administrativo, fiscal y contractual sobre asuntos propios de la Dirección Administrativa en el ámbito jurídico son emitidos según asignación y conforme con la normatividad vigente.

5. Las respuestas a las solicitudes de su competencia se proyectan de acuerdo con lo requerido por la Corporación y según los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Las políticas, planes, programas y estrategias planteadas y propuestas a la Dirección Administrativa y Financiera en materia jurídica orientan a la Corporación hacia el desarrollo eficiente y eficaz de las funciones normativas y de control político.

7. El plan de acción del área en lo referente al componente jurídico está elaborado de conformidad con los planes cuatrienal y estratégico que se expide para la Corporación.

8. Los objetivos y metas jurídicas del plan de mejoramiento institucional están enfocados hacia el cumplimiento de los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

9. Los informes de gestión requeridos por las directivas de la Corporación, los entes de control y demás organismos de diferente orden con respecto a la gestión jurídica de la Corporación se presentan de acuerdo con la frecuencia establecida y a la normatividad relacionada.

10. Las estrategias y acciones encaminadas a generar la cultura de autocontrol y a mejorar continuamente los procesos de gestión de la calidad son formuladas y propuestas a la Dirección Administrativa de acuerdo con lo establecido en el MECI y en la NTCGP 1000.

11. La cultura de autocontrol es aplicada mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normas sobre administración de personal • Derecho Administrativo – Derecho Laboral • Administración judicial • Contratación pública.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: 1. Título profesional en Derecho. Tarjeta

profesional 2. Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Tres (3) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias El título de formación avanzada o de posgrado por: Opción 1: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Opción 2: Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Profesional Denominación del cargo: Profesional Especializado Código: 222 Grado: 05 N° de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – PROCESO DE CESANTIAS II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar el proceso de liquidación y pago de las cesantías de los trabajadores del Concejo de Bogotá; plantear y desarrollar actividades en materia de clima organizacional y proyectar junto con los asesores de la Dirección el Plan de Acción de la Dirección Administrativa y Financiera y demás actividades relacionadas con estas materias, con el fin de dar cumplimiento a la normatividad legal existente.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Proponer actividades en materia de clima organizacional desde la Dirección

Administrativa y Financiera para consolidar una cultura del mejoramiento continuo y las buenas relaciones interpersonales en los equipos de trabajo.

2. Proyectar con el nivel Asesor de la Dirección, el Plan de Acción de la Dirección Administrativa y Financiera para cada vigencia, de acuerdo a los planes estratégico y cuatrienal de la Corporación.

3. Realizar actividades tendientes a socializar, divulgar y comunicar el Plan de Acción de la Dirección Administrativa y Financiera de conformidad con las directrices impartidas por la Dirección y la Mesa Directiva de la Corporación.

4. Realizar el seguimiento y medición del plan de acción de la Dirección Administrativa y Financiera, de acuerdo a los indicadores que se establezcan y presentar recomendaciones y acciones para su cumplimiento.

5. Presentar informes trimestrales sobre el grado de cumplimiento del plan de acción del área y establecer las acciones y actividades relacionadas con esta materia.

6. Planear, programar y desarrollar los diferentes procedimientos para la liquidación y pago de cesantías según normatividad vigente.

7. Programar, organizar y apoyar la elaboración de los diferentes informes requeridos por la Dirección Administrativa y Financiera, los entes de control y vigilancia y demás organismos que lo soliciten, según metodología establecida por la entidad competente.

8. Absolver las consultas y peticiones sobre las materias de competencia del área, de manera oportuna y pertinente.

9. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento del área de cesantías, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

10. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

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11. Suministrar al nivel asesor la información del proceso de cesantías, para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

12. Presentar informes administrativos sobre asuntos especiales asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

13. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los diferentes procedimientos para la liquidación y pago de cesantías se planean,

programan y desarrollan según normatividad vigente. 2. La elaboración de los diferentes informes requeridos por la Dirección Administrativa y

Financiera, los entes de control y vigilancia y demás organismos que lo soliciten es programada, organizada y apoyada según metodología establecida por la entidad competente.

3. Las consultas y peticiones sobre las materias de competencia del área son absueltas de manera oportuna y pertinente.

4. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento del área de cesantías propuestas están encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

5. La respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional, se proyectan utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para correspondencia interna y externa y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá.

6. La información del proceso de cesantías requerida por el nivel asesor es suministrado para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. Los informes administrativos sobre asuntos especiales asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normatividad aplicable al régimen de cesantías. • Código sustantivo del trabajo • Sistemas (cálculos y liquidaciones) • Sistema general de Seguridad Social (área Pensiones)

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: 1. Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública. filosofía,

Equivalencias Educación: El título de postgrado por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

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Ingeniería Industrial,

2. Título de formación avanzada o de postgrado.

Experiencia: � Dos (2) años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

profesional, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Profesional Denominación del cargo: Profesional Especializado Código: 222 Grado: 04 N° de cargos: Nueve (9)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - MESA DIRECTIVA II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar los procesos encaminados a alcanzar el cumplimiento de las funciones ejercidas por la Mesa Directiva, según lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar estudios e investigaciones del ámbito administrativo, jurídico o de política

pública, sobre asuntos o temas de competencia de la Mesa Directiva o la Corporación, según asignación y de conformidad con el marco normativo vigente.

2. Proyectar actos administrativos asignados por la Mesa Directiva o el Presidente de la Corporación, conforme a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.

3. Presentar informes sobre asuntos asignados por el Presidente de la Mesa Directiva, de manera oportuna y confiable.

4. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, según el perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

5. Proyectar para el nivel asesor la información de la Mesa Directiva, con el fin de consolidar, elaborar y analizar los informes de gestión del área de manera oportuna.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los estudios e investigaciones del ámbito administrativo, jurídico o de política pública,

sobre asuntos o temas de competencia de la Mesa Directiva o la Corporación se realizan según asignación y de conformidad con el marco normativo vigente.

2. Los actos administrativos asignados por la Mesa Directiva o el Presidente de la Corporación son proyectados conforme a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.

3. Los informes sobre asuntos asignados por el Presidente de la Mesa Directiva se presentan de manera oportuna y confiable.

4. La respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control asignados por el jefe inmediato se proyectan según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

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5. El nivel asesor recibe la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

6. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Finanzas públicas • Políticas administrativas sobre manejo de personal • Administración Pública. • Presupuesto Público. • Gestión integrada de la calidad en la Administración Pública.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: � Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública, Ingeniería Ambiental, Politólogo, Ingeniería Industrial, Comunicación Social - Periodismo, Psicología, Filosofía, Antropología, Bibliotecología, o Sociología.

� Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � dos años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - GRUPO DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar los procesos encaminados a alcanzar el cumplimiento de los requisitos del Modelo Estándar de Control Interno, acorde con el ordenamiento jurídico establecido a nivel nacional y distrital y de manera articulada con otros sistemas de gestión existentes.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar las auditorías internas según el Manual de auditoría, el Manual de Control

Interno y la normatividad vigente. 2. Presentar al asesor del área el informe de las auditorías realizadas, estableciendo las

recomendaciones encaminadas al mejoramiento del Sistema de Control Interno, conforme a lo establecido en la normatividad vigente.

3. Evaluar y hacer seguimiento a la gestión de cada una de las áreas, de acuerdo con el cumplimiento de los planes de acción institucional y al resultado de los indicadores establecidos en los procesos.

4. Proponer al Jefe Inmediato las recomendaciones necesarias para el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, permitiendo su posterior presentación ante la alta dirección.

5. Realizar actividades encaminadas a promover la cultura del autocontrol en la Corporación, acorde con las recomendaciones dadas por el asesor del área, permitiendo la verificación permanente de los puntos de control establecidos en los procesos y procedimientos del Sistema de Gestión.

6. Realizar el seguimiento a la ejecución del Plan de Mejoramiento Institucional, conforme a los hallazgos encontrados por la Contraloría Distrital.

7. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento del área de Control Interno, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

8. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el asesor del área según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

9. Proyectar al nivel asesor la información del área de Control Interno, para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

10. Presentar informes sobre los asuntos asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las auditorías internas se desarrollan de conformidad con el Manual de auditoría, el

Manual de Control Interno y la normatividad vigente.

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2. El informe de las auditorías realizadas es presentado al Jefe Inmediato estableciendo las recomendaciones encaminadas al mejoramiento del Sistema de Control Interno y conforme a lo establecido en la normatividad vigente.

3. La evaluación seguimiento a la gestión de cada una de las áreas se realiza de acuerdo con el cumplimiento de los planes de acción institucional y al resultado de los indicadores establecidos en los procesos.

4. Las recomendaciones necesarias para el cumplimiento de metas y objetivos institucionales son propuestas al Jefe Inmediato permitiendo su posterior presentación ante la alta dirección.

5. Las actividades encaminadas a promover la cultura del autocontrol en la Corporación son desarrolladas acorde con las recomendaciones dadas por el jefe inmediato y permitiendo la verificación permanente de los puntos de control establecidos en los procesos y procedimientos del Sistema de Gestión.

6. El seguimiento a la ejecución del Plan de Mejoramiento Institucional se realiza conforme a los hallazgos encontrados por la Contraloría Distrital.

7. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento del área de Control Interno están encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

8. La respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control asignadas por el jefe inmediato son proyectadas utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

9. El nivel asesor recibe la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión relacionados con el sistema de control interno de manera oportuna.

10. Los informes sobre los asuntos asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

11. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Administración Pública. • Sistema de Gestión de Calidad. • Procedimientos de Control Interno- Auditoría. • Normas relacionadas con el Sistema Integrado de Gestión. • Normas relacionadas con el Plan Institucional de Gestión Ambiental.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación:

� Título profesional en Derecho, Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública, Ingeniería

Equivalencias

Educación:

El título de postgrado o formación avanzada por:

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Industrial, Comunicación Social – Periodismo.

� Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Dos años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

� Opción No. 1: Dos años de experiencia profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - SECRETARIA GENERAL II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar los procesos relacionados con el trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones, acuerdos aprobados y demás actos administrativos que se presenten a consideración de la Secretaría General, permitiendo el desarrollo de la Misión de la Corporación y dando cumplimiento al Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar el seguimiento y vigilar el trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones,

acuerdos aprobados y demás actos administrativos que se presenten a consideración de la Secretaría General o de la Plenaria, conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. Apoyar al Secretario General en el desarrollo de las sesiones plenarias y en la lectura de los documentos que se van a tratar en la sesión respectiva, según lo establecido en el Reglamento Interno de la Corporación.

3. Elaborar las actas sucintas de las sesiones plenarias y de las reuniones de la Comisión de Acreditación de la Corporación, según lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Proyectar para la revisión del Asesor de la Mesa Directiva, las resoluciones de faltas temporales y definitivas de los honorables concejales y las de las condecoraciones que autorice la Comisión de Acreditación.

5. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento de la Secretaria General, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

6. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Suministrar al nivel asesor la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión de la Secretaria General de manera oportuna.

8. Presentar informes sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

9. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones, acuerdos aprobados y demás

actos administrativos que se presenten a consideración de la Secretaría General o de la Plenaria es vigilado conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. El Secretario General es apoyado en el desarrollo de las sesiones plenarias y en la lectura de los documentos que se van a tratar en la sesión respectiva según lo establecido en el Reglamento Interno de la Corporación.

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3. Las actas sucintas de las sesiones plenarias y de las reuniones de la Comisión de Acreditación de la Corporación se elaboran según lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Las resoluciones de faltas temporales y definitivas de los honorables concejales y las de las condecoraciones que autorice la Comisión de Acreditación se Proyectan para revisión del Asesor de la Mesa Directiva.

5. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento de la Secretaria General se proponen encaminando a la Corporación hacia el cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

6. La respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato son proyectadas utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. El nivel asesor recibe la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión relacionados con la Secretaría General de manera oportuna y confiable.

8. Los informes administrativos sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

9. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Administración Pública. • Gestión de la Calidad. • Hacienda Pública. 1.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: � Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública, Ingeniería Ambiental, Filosofía, Politólogo, Ingeniería Industrial, Comunicación Social – Periodismo.

� Título de formación avanzada o de postgrado.

Experiencia: � Dos (2) años de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - BIBLIOTECA CARLOS LLERAS RESTREPO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar los procesos relacionados con la custodia y administración del archivo documental del Concejo de Bogotá y el suministro de información a los usuarios de la Biblioteca Carlos Lleras Restrepo, acorde con la normatividad vigente en esta materia, la información disponible y obedeciendo los procedimientos internos establecidos en la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar las actividades de administración, organización y archivo de la documentación

de la Corporación de acuerdo con los estándares, manuales internos y la normatividad vigente.

2. Adelantar las actividades de transferencia de la documentación primaria y secundaria de la Corporación de acuerdo con la normatividad vigente.

3. Realizar la actualización de cuadros de clasificación, de valoración, tablas de retención, los inventarios e instructivos solicitados por usuarios internos y externos según lo establecido en el Manual de Gestión Documental.

4. Desarrollar las actividades necesarias para el suministro de la información solicitada en la Biblioteca por los usuarios internos y externos, basándose en la información disponible y conforme con los procesos internos establecidos y la normatividad vigente.

5. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento, relacionadas con la gestión documental de la Corporación, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000.

6. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. Proyectar al nivel asesor la información del proceso a cargo, para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

8. Presentar informes sobre los asuntos asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

9. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actividades de administración, organización y archivo de la documentación de la

Corporación se realizan de acuerdo con los estándares, manuales internos y la normatividad vigente.

2. Las actividades de transferencia de la documentación primaria y secundaria de la Corporación son adelantadas de acuerdo con la normatividad vigente.

3. La actualización de cuadros de clasificación, de valoración, tablas de retención, los inventarios e instructivos solicitados por usuarios internos y externos se realizan según lo establecido en el Manual de Gestión Documental.

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4. Las actividades necesarias para el suministro de la información solicitada en la Biblioteca por los usuarios internos y externos son desarrolladas con base en la información disponible y conforme a los procesos internos establecidos y la normatividad vigente.

5. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento relacionados con la gestión del área se proponen encaminando a la Corporación hacia el cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

6. La respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato se proyectan utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

7. El nivel asesor recibe la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna

8. Los informes administrativos sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

9. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Clases de documentos • Tablas de retención archivística • Software de archivo • Medios de comunicación y comunicación institucional

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: � Título profesional de bibliotecólogo.

� Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Dos años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - COMISIONES PERMANENTES II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos especializados para planear, coordinar y desarrollar los procesos relacionados con el trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás actos administrativos que se presenten a consideración de la respectiva comisión permanente, permitiendo el adecuado desarrollo de la Misión de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Hacer el seguimiento al trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás

actos administrativos que se presenten a consideración de la respectiva Comisión Permanente, conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. Elaborar las actas sucintas de las sesiones, según asignación y conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá

3. Asistir al Secretario de la Comisión durante el desarrollo de las sesiones, permitiendo el buen desarrollo de las mismas, conforme al Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento relacionados con la gestión documental de la Corporación, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

5. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Proyectar al nivel asesor la información relacionada con el desarrollo de las sesiones, para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

7. Presentar informes sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El seguimiento al trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás actos

administrativos que se presenten a consideración de la respectiva Comisión Permanente se desarrolla conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. Las actas sucintas de las sesiones son elaboradas según asignación y conforme lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá

3. El Secretario de la Comisión es asistido durante el desarrollo de las sesiones, permitiendo el buen desarrollo de las mismas, conforme al Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento relacionados con las comisiones permanentes son propuestas encaminando a la Corporación hacia el cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

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5. Las respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control asignadas por el jefe inmediato se proyectan utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

6. El nivel asesor recibe la información requerida para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna

7. Los informes administrativos sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Administración Pública

• Sistema de Gestión De Calidad.

• Hacienda Pública.

• Gestión y gerencia de Proyectos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública, Ingeniería Ambiental, Politólogo, Ingeniería Industrial, Comunicación Social - Periodismo, Psicología, Filosofía, Antropología, Sociología.

� Título de formación avanzada o de

postgrado en la modalidad especialización.

Experiencia: � Dos años de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Aplicar los conocimientos especializados para planear y desarrollar los procesos relacionados con la consolidación, elaboración, presentación y análisis de los estados financieros de la Corporación, proporcionando información oportuna y confiable que pe rmita el desarrollo de la Misión del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar los estudios y las actividades tendientes a la elaboración del Proyecto de

Presupuesto de la Corporación en cada vigencia fiscal. 2. Realizar las actividades que implican la ejecución del Presupuesto del Concejo, de

acuerdo con las normas presupuestales vigentes. 3. Preparar y enviar la información del proceso de presupuesto del Concejo, para los

usuarios internos y externos, aplicando el sistema de gestión e información presupuestal. 4. Aplicar y desarrollar en el Concejo de Bogotá las políticas contables, de conformidad

con el Plan General de Contabilidad Pública. 5. Preparar y enviar la información del proceso de contabilidad en el Concejo de Bogotá,

para los usuarios internos y externos, aplicando el sistema de gestión e información contable.

6. Proponer las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento relacionados con la gestión de la Corporación, encaminadas al cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

7. Proyectar respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, asignadas por el jefe inmediato según perfil profesional y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

8. Proyectar al nivel asesor la información relacionada con los estados financieros de la Corporación, para la consolidación de los informes de gestión del área de manera oportuna.

9. Presentar informes contables sobre asuntos asignados por el Jefe inmediato, de manera oportuna y confiable.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los estudios y las actividades tendientes a la elaboración del Proyecto de Presupuesto

de la Corporación son realizados en cada vigencia fiscal. 2. Las actividades que implica la ejecución del Presupuesto del Concejo son realizadas de

acuerdo con las normas presupuestales vigentes. 3. La información del proceso de presupuesto del Concejo se prepara para los usuarios

internos y externos aplicando el sistema de gestión e información presupuestal. 4. Las políticas contables se aplican y desarrollan en el Concejo de Bogotá de

conformidad con el Plan General de Contabilidad Pública.

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5. La información del proceso de contabilidad se prepara para los usuarios internos y externos aplicando el sistema de gestión e información contable.

6. Las estrategias y actividades del plan de acción y las acciones del plan de mejoramiento relacionados con el área de desempeño, son propuestas encaminando a la Corporación hacia el cumplimiento de la misión institucional y a los requisitos del MECI y la NTCGP 1000

7. Las respuesta a las solicitudes de la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control asignadas por el jefe inmediato se proyectan utilizando los formatos establecidos por el Comité de Archivo para la correspondencia interna y externa.

8. El nivel asesor recibe la información relacionada con los estados financieros de la Corporación para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna

9. Los informes contables asignados por el Jefe inmediato se presentan de manera oportuna y confiable.

10. La cultura del autocontrol se aplica mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Finanzas públicas • Políticas administrativas sobre manejo de personal • Normas y criterios contables y presupuestales • Paquetes contables y de presupuesto. • Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: � Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública.

� Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: Dos años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo. Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

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PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 – 04 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO CARRERA ADMINISTRATIVA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades relacionadas con los procesos de gestión del talento humano de los empleados de carrera administrativa, de conformidad con lo dispuesto por la Comisión Nacional del Servicio Civil y las normas que al respecto expida el Concejo de Bogotá. Asegurar que los procesos de gestión humana de los empleados de carrera administrativa y en período de prueba del Concejo de Bogotá y los proyectos correspondientes, se desarrollen de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política, la ley y sus reglamentos, las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil y las políticas, normas y procedimientos establecidos por la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Mantener actualizada la información relacionada con la administración de la carrera

administrativa de los empleados del Concejo de Bogotá, de tal manera que se facilite su consulta oportuna por parte de la Administración y los empleados para la sustentación de las acciones y de las decisiones pertinentes.

2. Proyectar estudios, estadísticas, informes, actos administrativos y demás documentos que requiera la administración para las gestiones de ley y de oficio que se deban realizar ante los entes de control y de administración de la carrera administrativa.

3. Proyectar el Plan de Salud Ocupacional de la Entidad para cada vigencia y realizar las actividades relacionadas con Seguridad Industrial y Medicina Preventiva del trabajo, de conformidad con las normas vigentes.

4. Impulsar y controlar el trámite de las gestiones que se realicen ante la Comisión Nacional del Servicio Civil para la realización de los concursos para la provisión de los empleos de carrera, la aplicación del sistema de evaluación del desempeño laboral, la incorporación de los empleados y la actualización de su registro en carrera administrativa.

5. Liderar la implementación, actualización y mejoramiento de los procedimientos, metodologías e instrumentos requeridos para la aplicación de los procesos de vinculación, inducción y evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera y en período de prueba, de acuerdo con los criterios de ley, las directrices de la Comisión Nacional y las disposiciones del Concejo de Bogotá.

6. Asegurar que las dependencias de la Corporación dispongan de los instructivos, materiales e insumos necesarios para realizar la evaluación del desempeño de los empleados de carrera administrativa, dentro de los términos de ley y según los procedimientos adoptados por la Corporación para este efecto.

7. Coordinar el procedimiento de integración de la Comisión de Personal de acuerdo con las normas que lo regulan.

8. Desarrollar las actividades relacionadas con la ejecución y evaluación de los convenios educativos, de acuerdo con la normatividad vigente, los lineamientos de la Corporación, los términos de referencia y las orientaciones de la Administración.

9. Presentar al jefe inmediato los informes sobre los resultados de su gestión, en los términos, plazos y condiciones establecidas.

10. Proyectar al nivel asesor la información relacionada con la administración de la Carrera Administrativa, para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La información relacionada con la administración de la carrera administrativa de los

empleados del Concejo de Bogotá se mantiene actualizada, facilitando su consulta oportuna por parte de la Administración y los empleados, permitiendo la sustentación de las acciones y de las decisiones pertinentes.

2. Los estudios, estadísticas, informes, actos administrativos y demás documentos que requiera la administración se proyectan para las gestiones de ley y de oficio que se deban realizar ante los entes de control y de administración de la carrera administrativa.

3. El Plan de salud ocupacional para cada vigencia se proyecta, y las actividades relacionadas con la seguridad industrial, Medicina Preventiva del trabajo se realizan de conformidad con las normas vigentes.

4. Los trámites de gestión que se realizan ante la Comisión Nacional del Servicio Civil son impulsados y controlados para la implementación de los concursos de provisión de los empleos de carrera, la aplicación del sistema de evaluación del desempeño laboral en la Corporación, de los empleados y la actualización de su registro en carrera administrativa.

5. La implementación, actualización y mejoramiento de los procedimientos, metodologías e instrumentos requeridos para la aplicación de los procesos de vinculación, inducción, capacitación y evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera y en período de prueba es liderado de acuerdo con los criterios de ley, las directrices de la Comisión Nacional y las disposiciones del Concejo de Bogotá.

6. Las dependencias de la Corporación disponen de los instructivos, materiales y elementos necesarios para la aplicación de los procesos aplicables a los empleados de carrera administrativa, dentro de los términos de ley y según los procedimientos adoptados por la Corporación para este efecto.

7. El procedimiento de integración de la Comisión de Personal es coordinado de acuerdo con las normas que lo regulan.

8. Las actividades relacionadas con la ejecución y evaluación de los convenios educativos son desarrolladas de acuerdo con la normatividad vigente, los lineamientos de la Corporación, los términos de referencia y las orientaciones de la Administración.

9. Los informes sobre los resultados de su gestión son presentados al jefe inmediato en los términos, plazos y condiciones establecidas.

10. El nivel asesor recibe la información relacionada con la administración de la Carrera Administrativa para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área de manera oportuna.

11. La cultura del autocontrol es aplicada mediante la identificación y seguimiento permanente de los puntos de control establecidos en los procesos.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son desarrolladas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Administración Pública • Políticas administrativas sobre manejo de personal. • Procedimientos de Control Interno- Auditoría. • Administración de Recursos Humanos.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: � Título profesional en Derecho,

Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía, Administración Pública, Politólogo, Ingeniería Industrial, Comunicación Social, Psicología, Filosofía, Antropología, o Sociología.

� Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Un año y medio (1 ½) de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias Educación: El título de postgrado o formación avanzada por: � Opción No. 1: Dos años de experiencia

profesional relacionada, siempre que se acredite el título universitario.

� Opción No. 2: Título universitario adicional

al exigido en el requisito y cuando dicha formación adicional sea a fin con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Profesional Denominación del cargo: Profesional universitario Código: 219 Grado: 03 N° de cargos: Seis(6) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219- 03 - COMISIONES PERMANENTES II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar actividades tendientes al desarrollo de las actividades requeridas para efectuar el seguimiento al trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás actos administrativos que se presenten a consideración de la respectiva Comisión Permanente y proyectar respuestas y requerimientos de competencia de las Comisiones Permanentes, permitiendo el adecuado ejercicio de las funciones de la Corporación y conforme a la normatividad vigente, el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y los procedimientos establecidos internamente.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Hacer el seguimiento al trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás

actos administrativos que se presenten a consideración de la respectiva Comisión Permanente, conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. Verificar el cumplimiento de los requisitos para el desarrollo de las sesiones, según el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

3. Elaborar las actas sucintas de las sesiones de la respectiva Comisión, según asignación y conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Proyectar los requerimientos de las autoridades del orden Distrital, por el incumplimiento a las respuestas de las proposiciones, de conformidad con el Reglamento Interno de la Corporación y demás disposiciones legales vigentes sobre esta materia.

5. Proyectar respuesta a los Derechos de Petición y demás solicitudes efectuadas por la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control, según lo asignado y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, de acuerdo con el perfil del cargo y los formatos establecidos por el comité de archivo para la correspondencia interna y externa.

6. Proyectar la información según su competencia, al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

8. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVUDUALES 1. El seguimiento al trámite de los proyectos de acuerdo, proposiciones y demás actos

administrativos que se presentan a consideración de la respectiva Comisión Permanente se efectúa conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. El cumplimiento de los requisitos para el desarrollo de las sesiones se verifica según el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

3. Las actas sucintas de las sesiones de la respectiva Comisión son elaboradas según asignación y conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Los requerimientos de las autoridades del orden Distrital, por el incumplimiento a las respuestas de las proposiciones se proyectan de conformidad con el Reglamento Interno de la Corporación y demás disposiciones legales vigentes sobre esta materia.

5. La respuesta a los Derechos de Petición y demás solicitudes efectuadas por la ciudadanía, autoridades nacionales o distritales y organismos de control se proyectan según lo asignado y dentro de la órbita de competencia del Concejo de Bogotá, de acuerdo con el perfil del cargo y los formatos establecidos por el comité de archivo para la correspondencia interna y externa.

6. La información para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área se suministra al nivel asesor según su competencia.

7. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción se ejecutan permitiendo el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

8. La información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva es suministrada con base en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Normas sobre administración de personal • Manejo de paquetes de sistemas y paquetes de liquidación de nómina - Nómina • Manejo de Indicadores de Gestión

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Administración de

Empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Ambiental, Administración Pública, Derecho, Contaduría Pública, Psicología, Comunicación Social - Periodismo, Filosofía, Ciencia Política, Antropología o Sociología.

Equivalencias

No aplica.

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Experiencia: � Un (1) año de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

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PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 03 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA- PROCESO DE BIENESTAR SOCIAL

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollar las actividades requeridas para dar cumplimiento a las políticas de talento humano emitidas por la Alta Dirección de la Corporación, proporcionando a los trabajadores del Concejo de Bogotá condiciones apropiadas de trabajo, que dan cumplimiento al ordenamiento jurídico en materia laboral y de seguridad social y permiten el desarrollo de la Misión de la Corporación a través de su recurso humano.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Ejecutar las actividades y acciones conducentes al cumplimiento de las políticas de la

gestión y administración del talento humano de la Corporación, de acuerdo con las directrices y parámetros de la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

2. Proyectar, orientar y divulgar las actividades y programas de bienestar social dirigidos a los funcionarios de la Corporación, de conformidad con las normas vigentes y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Proyectar y divulgar el Plan Institucional de Capacitación dirigido a los funcionarios de la Corporación, de conformidad con las necesidades de formación identificadas, los procesos de capacitación priorizados y los parámetros establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Realizar las afiliaciones de los servidores públicos de la Corporación al sistema de seguridad social, salud y pensiones, de conformidad con las normas legales vigentes en esta materia y los procedimientos establecidos para tal fin.

5. Proyectar y divulgar el Plan de Incentivos dirigido a los funcionarios de la Corporación, de conformidad con las normas vigentes y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva.

6. Proyectar la información según su competencia al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. Elaborar y consolidar la información sobre asuntos inherentes al cargo, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

8. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

9. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actividades y acciones conducentes al cumplimiento de las políticas de la gestión y

administración del talento humano de la Corporación se ejecutan de acuerdo con las directrices y parámetros de la Mesa Directiva.

2. Las actividades y programas de bienestar social dirigidos a los funcionarios de la Corporación, de proyectan, orientan y divulgan de conformidad con las normas vigentes y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva.

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3. El Plan Institucional de Capacitación, dirigido a los funcionarios de la Corporación se formula y se le hace el seguimiento de conformidad con las necesidades de formación identificadas, los procesos de capacitación priorizados y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva.

4. Las afiliaciones de los servidores públicos de la Corporación al sistema de seguridad social, salud y pensiones son realizadas de conformidad con las normas legales vigentes en esta materia y los procedimientos establecidos para tal fin.

5. El Plan de Incentivos dirigido a los funcionarios de la Corporación es divulgado de conformidad con las normas vigentes y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva.

6. La información requerida por el nivel asesor es suministrada según su competencia para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. La información sobre los asuntos inherentes al cargo es consolidada de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, permitiendo la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

8. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción se ejecuta permitiendo el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

9. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Normas sobre administración de personal • Indicadores de Gestión • Gerencia de Recursos Humanos.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: • Título profesional en Administración de

Empresas, Ingeniería Industrial, Administración Pública, Derecho, Contaduría Pública, Psicología, Comunicación Social - Periodismo, Filosofía, Ciencia Política, Antropología o Sociología.

Experiencia: � Un (1) año de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 03 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA- PROCESO DE NÓMINA II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar los procesos de liquidación, pago de nómina y proyección presupuestal y prestacional de los funcionarios de la Corporación, proporcionando a los trabajadores del Concejo de Bogotá las garantías requeridas en materia salarial y prestacional que permitan el desarrollo de sus funciones, acorde con el ordenamiento jurídico establecido en esta materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar los procesos inherentes a la liquidación y pago de la nómina de los funcionarios

y ex funcionarios, conforme a la normatividad vigente en esta materia. 2. Realizar las proyecciones presupuestales en matera salarial y prestacional de los

funcionarios de la Corporación, basadas en las estadísticas históricas y en los porcentajes de incrementos establecidos por ley.

3. Suministrar información según su competencia al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

4. Elaborar y consolidar la información sobre asuntos inherentes al cargo, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

5. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de área respectiva, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los procesos inherentes a la liquidación y pago de la nómina de los funcionarios y ex

funcionarios se realizan conforme a la normatividad vigente en esta materia. 2. Las proyecciones presupuestales en matera salarial y prestacional de los funcionarios de

la Corporación se realizan basadas en las estadísticas históricas y en los porcentajes de incrementos establecidos por ley.

3. La información requerida por el nivel asesor es suministrada según su competencia para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

4. La información sobre asuntos inherentes al cargo es consolidada de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato permitiendo la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

5. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción se ejecutan permitiendo el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

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6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. La información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos del área se suministra basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Normas sobre administración de personal • Manejo de paquetes de sistemas y paquetes de liquidación de nómina - Nómina • Indicadores de Gestión • Sistema Integrado de Gestión de la Calidad

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Administración de

Empresas, Contaduría Pública. Experiencia: � Un (1) año de experiencia profesional

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Profesional Denominación del cargo: Profesional Universitario Código: 219 Grado: 02 N° de cargos: Dos(2)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 02 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

PROCESO DE PRIMAS TÉCNICAS II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar actividades tendientes al desarrollo de los programas, prácticas y procedimientos de liquidación y reajuste de las primas técnicas, proyección de planes institucionales de capacitación y las actividades de gestión ambiental con el fin de apoyar los lineamientos normativos en estas materias y los procesos y procedimientos internos establecidos por la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar la liquidación y reajuste de las primas técnicas solicitadas por los funcionarios de

la Corporación, atendiendo los lineamientos normativos y los términos que para este fin se han establecido.

2. Coadyuvar en la realización de actividades relacionadas con el plan de acción para mejoramiento del clima organizacional, de acuerdo con los resultados del diagnóstico correspondiente y las directrices dadas por la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Coadyuvar en la formulación y ejecución del Plan Institucional de Capacitación para cada vigencia, en atención a los parámetros establecidos en las normas vigentes, a los lineamientos y metodologías del Departamento Administrativo de la Función Pública o quien haga sus veces y a las directrices de la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Realizar las actividades establecidas en el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Corporación y hacer el seguimiento respectivo, en atención a los parámetros establecidos en las normas vigentes, a los lineamientos y directrices de la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

5. Presentar los informes relacionados con la responsabilidad del cargo, de conformidad con los lineamientos, parámetros y frecuencia establecida por la Dirección Administrativa y Financiera.

6. Proyectar la información según su competencia al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de su competencia, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de las responsabilidades asignadas.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La liquidación y reajuste de las primas técnicas solicitadas por los funcionarios de la

Corporación se realiza atendiendo los lineamientos normativos y los términos que para este fin se han establecido.

2. Las actividades relacionadas con el plan de acción para el mejoramiento del clima organizacional se realizan conforme a los resultados del diagnóstico correspondiente y a las directrices dadas por la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

3. El Plan Institucional de Capacitación para cada vigencia se proyecta en atención a los parámetros establecidos en las normas vigentes, a los lineamientos y metodologías del Departamento Administrativo de la Función Pública o quien haga sus veces y a las directrices de la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Las actividades relacionadas con el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Corporación se presenta en atención a los parámetros establecidos en las normas vigentes, a los lineamientos y directrices de la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

5. Los informes relacionados con la responsabilidad del cargo se presentan de conformidad con los lineamientos, parámetros y frecuencia establecida por la Dirección Administrativa y Financiera.

6. La información requerida por el nivel asesor es suministrada según su competencia para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

7. la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de su competencia es suministrada basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de las responsabilidades asignadas.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Procedimientos para la formulación de Planes Institucionales de Capacitación. • Componentes normativos de los planes institucionales de gestión ambiental. • Normas y técnicas contables

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Administración de

Empresas, Filosofía, Ingeniería Industrial, Administración Pública, Derecho, Contaduría Pública.

Equivalencias

No aplica.

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Experiencia: � Seis (6) meses de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento � Tarjeta profesional en los casos

reglamentados pos la ley.

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PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 02 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – PROCESO DE CESANTÍAS II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar los conocimientos para realizar el proceso de liquidación y pago de las cesantías de los trabajadores del Concejo de Bogotá y demás actividades relacionadas, con el fin de dar cumplimiento a la normatividad existente en esta materia y aportar al desarrollo de la misión de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar las liquidaciones de cesantías parciales, definitivas y traslados a otros fondos de

cesantías, según lo solicitado por los funcionarios y ex funcionarios de la entidad. 2. Absolver consultas y prestar asistencia técnica a los funcionarios y ex funcionarios sobre

las dudas que surjan en el proceso de cesantías, ajustándose a las normas laborales vigentes.

3. Proyectar la información según su competencia al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

4. Consolidar la información sobre asuntos inherentes al cargo, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

5. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las liquidaciones de cesantías parciales, definitivas y traslados a otros fondos de

cesantías, se realizan según lo solicitado por los funcionarios y ex funcionarios de la entidad.

2. Las respuesta a consultas y la prestación de asistencia técnica a los funcionarios y ex funcionarios sobre las dudas que surjan en el proceso de cesantías, se realiza ajustándose a las normas laborales vigentes.

3. La información según su competencia se proyecta al nivel asesor para la consolidación, elaboración y análisis de los informes de gestión del área.

4. La información sobre asuntos inherentes al cargo, se consolida de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

5. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, se ejecutan en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

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6. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. La información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva, se suministra basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, se realizan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Normas sobre administración de personal • Normas y técnicas contables • Manejo de presupuesto • Normas sobre seguridad social • Normas sobre liquidación de cesantías.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título profesional en Administración de

Empresas, Ingeniería Industrial, Administración Pública, Contaduría Pública.

Experiencia: � Seis (6) meses de experiencia

profesional relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento � Tarjeta profesional en los casos

reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Profesional Denominación del cargo: Profesional Universitario Código: 219 Grado: 01 N° de cargos: Tres (3) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 01 - SECRETARÍA GENERAL II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar las actividades requeridas para la elaboración de las actas sucintas de las sesiones Plenarias y la proyección de respuestas y requerimientos de competencia de la Secretaría General, permitiendo el adecuado ejercicio de las funciones de la Corporación y conforme a la normatividad vigente, el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y los procedimientos establecidos internamente.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Proyectar las respuestas a las peticiones que lleguen a la Secretaria General o que le

hayan sido trasladadas por razones de competencia, formuladas por los ciudadanos, autoridades, localidades y comunidades en general.

2. Participar en la preparación y presentación de informes de la Secretaria General de conformidad con las directrices y lineamientos establecidos por el jefe inmediato.

3. Presentar los informes de gestión a su superior inmediato de acuerdo a los parámetros y períodos de tiempo fijados por el Secretario y de conformidad con las normas vigentes.

4. Elaborar las actas sucintas de las sesiones Plenarias según la agenda de programación de sesiones y el Reglamento Interno del Concejo.

5. Realizar la revisión y seguimiento a las solicitudes y requerimientos de los juzgados, organismos de control, entidades del orden distrital y nacional, de conformidad con la normatividad vigente, los sistemas integrados de gestión de la calidad y los lineamientos establecidos por la Secretaría General.

6. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

7. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Secretaría General, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las respuestas a las peticiones que lleguen a la Secretaria General o que le hayan sido

trasladadas por razones de competencia, se preparan de acuerdo con lo manifestado por los ciudadanos, autoridades, localidades y comunidades en general al respecto.

2. La preparación y presentación de informes de la Secretaria General cuenta con la participación efectiva del cargo en cuestión.

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3. Los informes de gestión son presentados a su superior inmediato de acuerdo con los lineamientos y periodicidad establecidos por el Secretario General.

4. Las actas sucintas de las sesiones Plenarias se elaboran según la agenda de programación de sesiones y el Reglamento Interno del Concejo.

5. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción es ejecutado permitiendo el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

6. La información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva es suministrada con base en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

7. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normatividad vigente sobre Código Disciplinario Único, Ley Anticorrupción, Antitrámite. • Sistema Integrado de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: Título Profesional en Derecho, Administración de Empresas, Administración Pública, Ingeniería Industrial. Experiencia: Sin experiencia. Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 01 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – PROCESO ACTOS ADMINISTRATIVOS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Proyectar los actos administrativos relacionados con el personal de la Corporación y mantener permanentemente actualizadas las novedades de personal con el fin de permitir a la Alta Dirección una apropiada administración del talento humano del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Proyectar los actos administrativos relacionados con el personal de la Corporación, así

como los relativos a la programación mensual de vacaciones, de manera oportuna, confiable y de acuerdo con la normatividad legal vigente.

2. Mantener actualizada la información de las novedades del personal de la Corporación de manera oportuna, confiable y de conformidad con la normatividad Vigente.

3. Mantener actualizada toda la información de la red interna y la página web del área, de conformidad con las directrices y lineamientos establecidos por la Dirección Administrativa y Financiera, de manera oportuna y confiable.

4. Consolidar la información sobre asuntos inherentes al cargo, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la Dirección, la ciudadanía y los entes de control.

5. Consolidar la información sobre asuntos del área, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

6. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión institucional, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

7. Suministrar la información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos del área respectiva, basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los actos administrativos relacionados con el personal de la Corporación, así como los

relativos a la programación mensual de vacaciones, se proyectan de manera oportuna, confiable y de acuerdo con la normatividad legal vigente.

2. La información de las novedades del personal de la Corporación se mantiene actualizada de manera oportuna y confiable.

3. La información de la página web y la red interna del área se mantiene actualizada de conformidad con las directrices y lineamientos establecidos por la Dirección Administrativa y Financiera, de manera oportuna y confiable.

4. La información sobre asuntos inherentes al cargo es consolidada de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la Dirección, la ciudadanía y los entes de control.

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5. La información sobre asuntos del área se consolida de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, permitiendo la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

6. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción se ejecuta permitiendo el cumplimiento de la misión, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

7. La información solicitada por los usuarios internos y externos sobre asuntos de la Comisión respectiva es suministrada basándose en la información disponible y conforme a la normatividad vigente en el tema.

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normatividad sobre personal • Software de archivo y sistemas. • Normatividad vigente (Código Disciplinario Único, Ley Anticorrupción, Anti trámite y

otras). VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: Título Profesional en Derecho, Administración de Empresas, Administración Pública. Experiencia: Sin experiencia. Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 – 01 - SECRETARÍA GENERAL PROCESO PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollar las actividades requeridas para proporcionar a las personas naturales o jurídicas respuestas oportunas y coherentes a las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias que estos emitan ante el Concejo de Bogotá, permitiendo el desarrollo de un mecanismo permanente de escucha al cliente.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Tramitar las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias que presenten las personas

naturales o jurídicas ante el Concejo de Bogotá, de acuerdo con los términos legales establecidos para tal fin y proporcionando una respuesta apropiada a la causa de estas mismas.

2. Proyectar la información según su competencia al nivel asesor para consolidar, elaborar y analizar los informes de gestión del área.

3. Consolidar la información sobre los asuntos inherentes al cargo, de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, que permita la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

4. Ejecutar las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción, que permitan el cumplimiento de la misión, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias que presenten las personas naturales o

jurídicas ante el Concejo de Bogotá se tramitan de acuerdo con los términos legales establecidos para tal fin y proporcionando una respuesta apropiada a la causa de estas mismas.

2. La información de su competencia es proyectada y entregada al nivel asesor para consolidar, elaborar y analizar los informes de gestión del área.

3. La información sobre asuntos inherentes al cargo es consolidad de forma oportuna y a solicitud del Jefe Inmediato, permitiendo la elaboración de los informes de gestión y demás requerimientos de la dirección, ciudadanía o entes de control.

4. Las acciones y actividades establecidas en los planes de mejoramiento institucional y en el Plan de Acción se ejecutan permitiendo el cumplimiento de la misión, los requisitos del MECI y de la NTCGP 1000, en relación con la competencia del cargo que esté desempeñando.

5. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública. • Normatividad sobre personal • Sistema Integrado de Gestión. • Software de archivo y sistemas. • Normatividad vigente (Código Disciplinario Único, Ley Anticorrupción, Anti trámite y

otras). V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: Título Profesional en Derecho, Administración de Empresas, Administración Pública, Licenciatura en Ciencias Sociales o Económicas, Politólogo. Experiencia: Sin experiencia. Requerimiento Tarjeta profesional en los casos reglamentados pos la ley.

Equivalencias

No aplica.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: Técnico Denominación del cargo: TÉCNICO OPERATIVO Código: 314 Grado: 01 N° de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Elaborar y tramitar las certificaciones y demás documentos relacionados con la información laboral, salarial y de seguridad social requerida por los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación, satisfaciendo sus necesidades e intereses.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar y actualizar archivos masivos de información laboral y salarial de acuerdo

con las normas y procedimientos del sistema de gestión documental. 2. Elaborar oficios de remisión de documentos a las diferentes entidades que los soliciten

o a los funcionarios y ex funcionarios dentro del término legal establecido. 3. Aplicar La cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 4. Elaborar certificaciones para el trámite del bono pensional de los funcionarios y ex

funcionarios de la Corporación acuerdo con las normas vigentes establecidas sobre la materia.

5. Elaborar certificaciones de confirmación a las entidades sobre tiempo de servicios, historia pensional y salarios devengados de acuerdo con el archivo laboral, salarial y de seguridad social de la Dirección del Talento Humano.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los archivos masivos de información laboral y salarial, son elaborados y actualizados

de acuerdo con las normas y procedimientos del sistema de gestión documental. 2. Los oficios de remisión de documentos a las entidades que lo soliciten, son elaborados

de acuerdo con Reglamento Interno del Concejo y a las normas y procedimientos del sistema de gestión documental.

3. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

4. Las certificaciones para el trámite del bono pensional de los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación, son elaboradas de acuerdo con las normas vigentes establecidas sobre la materia.

5. Las certificaciones de confirmación a las entidades sobre tiempo de servicio, historia pensional y salarios devengados de los funcionarios y ex funcionarios, son elaboradas de acuerdo con archivo laboral, salarial y de seguridad social de la Dirección del Talento Humano.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas sobre el Sistema de Seguridad Social y pensiones. • Normas y técnicas de archivo. • Conocimientos básicos en sistemas.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación:

Título de formación técnica profesional o

tecnológica en Sistema de Seguridad Social, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Pública. Experiencia:

Un (1) año de experiencia relacionada con

el cargo.

Equivalencias

Educación Aprobación y terminación de estudios en la respectiva modalidad técnica Experiencia: Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 11 N° de cargos: Tres (3) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 11 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la gestión documental del área a la cual sea asignado y rendir información solicitada al personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar la agenda de sesiones para los Honorables Concejales y las dependencias,

citaciones e invitaciones para los funcionarios de la Administración, según instrucciones de la Mesa Directiva.

2. Preparar el material de las sesiones programadas, previo al desarrollo de las mismas y conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

3. Elaborar los órdenes del día y los soportes necesarios para el desarrollo de las diferentes sesiones programadas en la Comisión de acuerdo con la instrucción de la Mesa Directiva.

4. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

6. Elaborar la certificación de asistencia de los honorables concejales a las sesiones de la Comisión para la revisión y firma del jefe inmediato.

7. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIUDALES 1. La agenda de sesiones para los Honorables Concejales y las dependencias, así como

las invitaciones y citaciones para los funcionarios de la administración se realizan según las instrucciones de la Mesa Directiva

2. El material de las sesiones se elabora previamente conforme el Reglamento Interno de la Corporación.

3. Los órdenes del día y los demás soportes de las diferentes sesiones programadas en la Comisión se elaboran de acuerdo a la instrucción de la Mesa Directiva.

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4. La información verbal y escrita de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

6. La certificación de asistencia de los honorables concejales a las diferentes sesiones de la Comisión es elaborada de manera oportuna y confiable para la revisión y firma del Subsecretario de Despacho.

7. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Conocimientos en secretariado ejecutivo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Cuatro (4) de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 11 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades tendientes a brindar mantener, recibir y clasificar información documental del área aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento de los objetivos y metas de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

2. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

3. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

4. Manejar la agenda institucional del área, de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

5. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

2. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

3. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

4. La agenda institucional del área se maneja de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

5. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

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V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Conocimientos en secretariado ejecutivo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Cuatro (4) de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 9 N° de cargos: Cinco (5)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 09 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la gestión y administración documental propia de la relatoría y el área y suministrar la información y orientación solicitada por el personal interno y los usuarios externos, en aplicación de las normas legales vigentes y en concordancia con los valores con los objetivos y metas institucionales

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar las actas de las Comisiones y sesiones plenarias de conformidad con lo

establecido en el Reglamento Interno de la Corporación. 2. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

5. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actas de las Comisiones y sesiones plenarias se elaboran de conformidad con lo

establecido en el Reglamento Interno de la Corporación y las normas expedidas en esta materia.

2. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

4. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

5. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

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6. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención y manejo del público.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años y (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • 1 año y (6) meses de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

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SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 09 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades tendientes a brindar mantener, recibir y clasificar información documental del área aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar el registro de las solicitudes y requerimientos de las dependencias de acuerdo

con los procedimientos establecidos sobre la materia. 2. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

5. Manejar la agenda institucional del área, de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

6. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El registro de las solicitudes y requerimientos de las dependencias se realiza de acuerdo

con los procedimientos establecidos sobre la materia. 2. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

4. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente

5. La agenda institucional del área, se maneja de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

6. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención y manejo del público.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años y (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • 1 año y (6) meses de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 09 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la nómina de la Corporación y rendir información solicitada por el personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar las autoliquidaciones en materia de seguridad social de los funcionarios y ex

funcionarios de la Corporación, conforme a la normatividad vigente en esta materia. 2. Alimentar la base de datos relacionada con la liquidación mensual de la nómina, de

acuerdo con las especificaciones y lineamientos que existan para el procedimiento.

3. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

6. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las autoliquidaciones en materia de seguridad social de los funcionarios y ex

funcionarios de la Corporación, se realizan conforme a la normatividad vigente en esta materia.

2. La base de datos relacionada con la liquidación mensual de la nómina se alimenta, de acuerdo con las especificaciones y lineamientos que existan para el procedimiento.

3. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

5. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

6. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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7. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato.

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de autoverificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención del cliente interno y externo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años y (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • 1 año y (6) meses de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 09 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la recepción, respuesta, trámite y control de peticiones, quejas y reclamos del personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar el seguimiento al proceso de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias,

conforme a las normas vigentes en esta materia. 2. Verificar vía correo y/o telefónicamente la satisfacción del usuario con respecto al

servicio prestado por el sistema de peticiones, quejas y reclamos, conforme al procedimiento y metodología establecido por el Sistema de Gestión de la Calidad.

3. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

6. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El seguimiento al proceso de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias se realiza,

conforme a las normas vigentes. 2. La satisfacción del los usuarios frente al servicio prestado se verifica vía correo y/o

telefónicamente conforme a lo establecido por el Sistema de Gestión de Calidad. 3. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

5. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

6. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años y (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 08 N° de cargos: Cuatro(4) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 08 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la gestión documental de la Comisión a la cual sea asignado y rendir información solicitada al personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar, enviar y confirmar la recepción de las citaciones e invitaciones a las

entidades gubernamentales, privadas y entes de control de acuerdo con la solicitud del Jefe Inmediato

2. Organizar y mantener actualizado el archivo documental, de acuerdo con las disposiciones establecidas sobre la materia.

3. Elaborar la solicitud de pedido de elementos de consumo con base en los parámetros fijados por la Dirección Administrativa y Financiera de la Corporación.

4. Asignar el consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el área de acuerdo con el software implementado.

5. Realizar las actividades requeridas para el manejo del archivo documental o sistematizado que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia

6. Actualizar las bases de datos con la información que se administre en la Corporación de acuerdo con lo establecido por el jefe inmediato.

7. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

8. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

9. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

10. Manejar la agenda institucional del área, de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

11. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

12. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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13. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las Citaciones e invitaciones a las entidades gubernamentales, privadas y entes de

control se elabora y envía de acuerdo con la solicitud del Jefe inmediato. 2. El archivo documental se organiza y mantiene actualizado de acuerdo con las

disposiciones establecidas sobre la materia. 3. La solicitud de pedido de elementos de consumo se elabora con base en los

parámetros fijados por la Dirección Administrativa y Financiera de la Corporación. 4. El consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el área se

asigna de acuerdo con el software implementado. 5. Las actividades para el manejo del archivo documental o sistematizado se realizan de

acuerdo con la información de interés o uso exclusivo del área. 6. Las bases de datos con la información que se administre en la Corporación se

actualizan de acuerdo con lo establecido por el jefe inmediato. 7. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

8. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

9. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

10. La agenda institucional del área se maneja de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

11. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

12. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

13. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención al cliente interno y externo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial.

Equivalencias Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria.

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Experiencia:

� Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 08 – MESA DIRECTIVA - SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la gestión documental del área y rendir información solicitada al personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar, enviar y confirmar la recepción de las citaciones e invitaciones a las

entidades gubernamentales, privadas y entes de control de acuerdo con la solicitud del Jefe Inmediato.

2. Asignar el consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el área de acuerdo con el software implementado para tal fin.

3. Incorporar la información en las bases de datos y sistemas de información que se administren en la Corporación de acuerdo con la asignación del jefe inmediato.

4. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

6. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

7. Manejar la agenda institucional del área, de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

8. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

9. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

10. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las citaciones e invitaciones se envían a las entidades gubernamentales, privadas y

entes de control de acuerdo solicitud del Jefe inmediato. 2. La información en la bases de datos y sistemas de información se incorpora según

asignación del Jefe Inmediato. 3. El Consecutivo de la documentación interna y externa generada por el área se asigna

de acuerdo con el software implementado para tal fin. 4. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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6. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

7. La agenda institucional del área se maneja de acuerdo con los compromisos y actividades propias de la dependencia.

8. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

9. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

10. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades requeridas para la trascripción de las actas de las respectivas comisiones y aquellas requeridas para la operación del Web Máster, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Transcribir los medios magnéticos correspondientes a las sesiones utilizando las

herramientas y procesos técnicos requeridos, de acuerdo con Reglamento Interno y la normatividad vigente.

2. Levantar inconsistencias de las actas de acuerdo con la revisión de la respectiva Comisión o la Secretaria General de la Corporación.

3. Presentar el informe mensual a la Secretaria General de acuerdo con las metas establecidas en el proceso.

4. Desarrollar las actividades técnicas relacionadas con la operación del Web Máster de acuerdo a las directrices dadas por la alta dirección y los procedimientos internos establecidos.

5. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

6. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

7. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

8. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

9. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los medios magnéticos correspondientes a las sesiones se transcriben utilizando las

herramientas y procesos técnicos requeridos para ello de acuerdo con el Reglamento Interno y la normatividad vigente

2. Las inconsistencias de las actas se levantan de acuerdo con la revisión de la respectiva Comisión o la Secretaría General de la Corporación.

3. El informe mensual se presenta a la Secretaría General de acuerdo con las metas establecidas en el proceso.

4. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. Las actividades técnicas relacionadas con la operación del Web Máster son desarrolladas de acuerdo a las directrices dadas por la alta dirección y los procedimientos internos establecidos.

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6. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

7. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

8. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

9. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Requisitos

Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la recopilación, identificación y manejo de la documentación existente en el archivo de la Corporación, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Recopilar la documentación existente en el proceso de archivo para dar respuesta a

las solicitudes radicadas en el área, según las instrucciones del jefe inmediato. 2. Verificar la fidelidad de las copias fotostáticas de los documentos originales existentes

en el archivo de la Corporación, mediante la confrontación directa de los dos documentos (original y copia)

3. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

6. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La documentación existente en el proceso de archivo, para dar respuesta a las

solicitudes radicadas en el área se recopilan, según las instrucciones del jefe inmediato. 2. La fidelidad de la fotocopia de los documentos originales existentes en el archivo de la

Corporación se identifica, a solicitud del Secretario General y mediante la confrontación directa de estos dos documentos.

3. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

4. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

5. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

6. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

100

7. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

8. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención del cliente interno y externo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia:

� Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

101

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 05 N° de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 05 – MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con el reporte y registro de daños en los equipos de cómputo y rendir información solicitada al personal interno y externo respecto a su trámite, en cumplimiento con los procedimientos establecidos en la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar los reporte de daños de los equipos de cómputo de los usuarios internos de

acuerdo con los lineamientos de la Corporación en esta materia.. 2. Suministrar la información del estado del trámite de servicios pertinentes al área de

acuerdo con la solicitud del usuario interno. 3. Elaborar el registro de equipos de cómputo de acuerdo con los daños reportados por

mantenimiento preventivo y correctivo 4. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

6. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

7. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

8. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

9. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El reporte de daños de los equipos de cómputo de los usuarios internos se elabora de

acuerdo con los lineamientos de la Corporación en esta materia. 2. La información del estado del trámite de servicios pertinentes al área se suministra de

acuerdo con la solicitud del usuario interno. 3. El registro de los equipos de cómputo se elabora según los daños reportados por

mantenimiento preventivo o correctivo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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4. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

5. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

6. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

7. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

8. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

9. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención de los usuarios internos.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación: • Título de Bachiller Técnico Comercial.

Experiencia:

� Uno (1) año y (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria.

Experiencia:

• Dos años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 03 N° de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 03 – MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades requeridas para suministrar información al personal interno y externo de acuerdo con los reportes de auditoría y documentación del área en cumplimiento con la normativa vigente, los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asignar el consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el

área, de acuerdo con el software implementado en la Corporación. 2. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

5. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento de las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El consecutivo de toda la documentación interna y externa generada por el área se

asigna de acuerdo con el software implementado en la Corporación. 2. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

4. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

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5. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo de las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Atención al cliente interno y externo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad. Experiencia:

� Seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

SECRETARIO EJECUTIVO 425 – 02 – MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÒSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades relacionadas con la gestión documental del área y rendir información solicitada al personal interno y externo, aplicando las normas legales vigentes, en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir, entregar y registrar el material soporte de las sesiones de acuerdo con la

instrucción del Jede Inmediato. 2. Recibir y clasificar la información verbal y escrita, de carácter interno y externo que sea

de competencia del área, conforme a los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. Tramitar la información del área, de carácter interno y externo, de manera eficiente y conforme a las normas establecidas e instrucción del jefe inmediato.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia, de forma oportuna y pertinente.

5. Administrar y organizar directamente los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Elaborar y transcribir documentos que se requieran en la dependencia, de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El material soporte de las sesiones se recibe, entrega y registra de acuerdo con la

instrucción del Jede Inmediato 2. La información verbal y escrita, de carácter interno y externo es recibida y clasificada

según la competencia del área y los procedimientos establecidos por el Concejo de Bogotá.

3. La información del área, de carácter interno y externo se tramita de manera eficiente, conforme a las normas establecidas e instrucciones del jefe inmediato.

4. Los Usuarios internos y externos que acudan a la dependencia se atienden y orientan de forma oportuna y pertinente.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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5. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia se administran cumpliendo con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

6. Los documentos que se requieran para la dependencia se elaboran y transcriben de acuerdo con las solicitudes del Jefe inmediato

7. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación: • Título de Bachiller

Experiencia:

� Sin experiencia

Equivalencias

Educación

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

• Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 11 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades y tareas relacionadas con las grabaciones y sonido de las sesiones y reuniones en las que intervienen los Honorables Concejales en cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos por la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Cubrir las grabaciones y el sonido durante las sesiones programadas y de las reuniones

en las que intervengan los Honorables Concejales, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y a las instrucciones y directrices fijadas por el jefe inmediato.

2. Reproducir a solicitud del jefe inmediato, las copias en medio magnético de las sesiones de la Corporación y de las reuniones en las que intervengan los Honorables Concejales, de acuerdo con las especificaciones técnicas del formato que maneje la Entidad.

3. Administrar los equipos audiovisuales, de grabación, sonido y video tanto fijos como móviles de propiedad del Concejo de Bogotá, de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante.

4. Custodiar los recursos físicos de los recintos y sede social de la Corporación, asignados por inventario y de acuerdo con los procedimientos establecidos e instrucciones impartidas por el jefe inmediato.

5. Suministrar la información correspondiente al área a los usuarios internos y externos de manera eficiente, oportuna y confiable.

6. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por el Secretario General.

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las grabaciones y el sonido durante las sesiones programadas y de las reuniones en las

que intervienen los Honorables Concejales, son cubiertas conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y a las instrucciones y directrices fijadas por el jefe inmediato.

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 11 N°. de cargos: Cuatro (4) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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2. Las copias en medio magnético de las sesiones de la Corporación y de las reuniones en las que intervienen los Honorables Concejales, son reproducidas a solicitud del jefe inmediato, de acuerdo con las especificaciones técnicas del formato que maneja la Entidad.

3. Los equipos audiovisuales, de grabación, sonido y video tanto fijos como móviles de propiedad del Concejo de Bogotá, son administrados de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante.

4. Los recursos físicos de los recintos y sede social de la Corporación, asignados por inventario son custodiados de acuerdo con los procedimientos establecidos e instrucciones impartidas por el jefe inmediato.

5. La información correspondiente al área es suministrada a los usuarios internos y externos de manera eficiente, oportuna y confiable.

6. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son ejecutadas de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por el Secretario General.

7. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Conocimiento de equipos utilizados para grabación –sonido

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 11 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades de soporte administrativo requeridas por las Comisiones garantizando el cumplimiento de la normatividad legal vigente.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Apoyar el trámite operativo de los derechos de petición, quejas y requerimientos de las

diferentes entidades, de acuerdo con las directrices y lineamientos fijados por el jefe inmediato.

2. Diligenciar los cuadros de control de las respuestas a las proposiciones radicadas a la Administración Distrital, en cumplimiento al Reglamento Interno de la Corporación.

3. Apoyar las actividades relacionadas con el desarrollo de las sesiones de control político y la materia normativa programadas por la Comisión, acordes a la competencia del cargo y en cumplimiento del Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. Incorporar en la red interna del Concejo de Bogotá la información relacionada con las proposiciones y textos aprobados en primer debate de los proyectos de acuerdo en la Comisión, conforme a las políticas de seguridad tecnológica establecidas por la Dirección Administrativa y Financiera.

5. Diligenciar los formatos de registro de asistencia de los concejales a las sesiones programadas por la Comisión de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

6. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente, oportuna y confiable.

7. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas, proyectos y procedimientos de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por el Subsecretario de Despacho.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El trámite de los derechos de petición, quejas y requerimientos de los organismos de

control y judiciales, es realizado de acuerdo con las directrices y lineamientos fijados por el jefe inmediato.

2. Los cuadros de control de las respuestas a las proposiciones radicadas a la Administración Distrital, son diligenciados en cumplimiento al Reglamento Interno de la Corporación.

3. Las actividades relacionadas con el desarrollo de las sesiones de control político y materia normativa programadas por la Comisión son realizadas acordes a la competencia del cargo y en cumplimiento del Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

4. La información relacionada con las proposiciones y textos aprobados en primer debate de los proyectos de Acuerdo en la Comisión, son incorporados en la red interna del Concejo de Bogotá conforme a las políticas de seguridad tecnológica establecidas por la Dirección Administrativa y Financiera.

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5. Los formatos de registro de asistencia de los concejales a las sesiones programadas por la Comisión son diligenciados de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

6. La información correspondiente al área de carácter interno y externo es suministrada de manera eficiente, oportuna y confiable.

7. Las actividades establecidas en los planes, programas, proyectos y procedimientos son ejecutadas de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por el Subsecretario de Despacho.

8. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Conocimiento de equipos utilizados para grabación –sonido

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 11 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades relacionadas con la parte operativa de los equipos tecnológicos de la Corporación en cumplimiento con los planes, programas y procedimientos establecidos por la Entidad.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar la programación del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos

tecnológicos de la Corporación, de acuerdo con las especificaciones técnicas del equipo y las necesidades de la Corporación.

2. Atender las solicitudes verbales o telefónicas de los clientes internos y externos, relacionadas con el mantenimiento y reparación de los equipos de informática al servicio de la Corporación.

3. Apoyar a la Dirección Administrativa y Financiera en la programación de renovación tecnológica de la Corporación, de conformidad con el Plan General de Inversión y el funcionamiento de la Corporación.

4. Efectuar la captura y procesamiento de la información e incluirla en la red interna de la Corporación, aplicando los procedimientos y especificaciones técnicas establecidos por el área de sistemas, los diferentes proveedores y la normatividad vigente.

5. Ejecutar las actividades operativas relacionadas con la administración de los elementos y equipos que hacen parte de la propiedad tecnológica de la Corporación, de forma racional y propendiendo por el buen uso y cuidado de los mismos.

6. Apoyar a la Dirección Administrativa y Financiera en el seguimiento de los contratos de instalación de aplicaciones y equipos de cómputo, verificando su garantía, mantenimiento y cumplimiento.

7. Realizar las actividades relacionadas con la competencia del cargo, en cuanto a la administración de las bases de datos, sistemas operativos, servidores y red de la Corporación, obedeciendo las Políticas de Seguridad, planes de contingencia y demás especificaciones técnicas del software y del hardware que hacen parte de la propiedad tecnológica del Concejo de Bogotá.

8. Realizar las copias de seguridad de la información misional y administrativa de la Corporación, preservándola en medios magnéticos y conforme a las Políticas de Seguridad y Planes de Contingencia establecidos en la Entidad.

9. Suministrar la información correspondiente a los procedimientos del cargo de manera eficiente, oportuna y confiable y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia.

10. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia de su cargo y a las directrices y lineamientos fijados por la Dirección Administrativa y Financiera.

11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos tecnológicos de

la Corporación es realizado de acuerdo con las especificaciones técnicas del equipo y a las necesidades de la Corporación.

2. Las solicitudes verbales o telefónicas de los clientes internos y externos son atendidas de forma oportuna.

3. La programación de renovación tecnológica de la Corporación es realizada de conformidad con el Plan General de Inversión y el funcionamiento de la Corporación.

4. La captura y procesamiento de información es efectuada e incluida en la red interna de la Corporación, aplicando los procedimientos y especificaciones técnicas establecidos por el área de sistemas, los diferentes proveedores y la normatividad vigente.

5. Las actividades operativas relacionadas con la administración de los elementos y equipos que hacen parte de la propiedad tecnológica de la Corporación son ejecutadas de forma racional y propendiendo por el buen uso y cuidado de los mismos.

6. El seguimiento de los contratos de instalación de aplicaciones y equipos de cómputo, es realizado verificando su garantía, mantenimiento y cumplimiento.

7. Las actividades operativas relacionadas con la administración de las bases de datos, sistemas operativos, servidores y red de la Corporación, son ejecutadas obedeciendo las Políticas de Seguridad, planes de contingencia y demás especificaciones técnicas del software y del hardware que hacen parte de la propiedad tecnológica del Concejo de Bogotá.

8. Las copias de seguridad de la información misional y administrativa de la Corporación, se preservan en medios magnéticos y son realizadas conforme a las Políticas de Seguridad y Planes de Contingencia establecidos en la Entidad.

9. La información correspondiente a los procedimientos del cargo es suministrada de manera eficiente, oportuna y confiable y orientada a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia.

10. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son ejecutadas de acuerdo con la competencia de su cargo y a las directrices y lineamientos fijados por la Dirección Administrativa y Financiera.

11. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos. • Conocimiento de equipos utilizados para grabación –sonido

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

Page 110: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

114

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 11 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades y tareas relacionadas con los recursos físicos y atención de los vehículos de la Corporación en cumplimiento con los planes, programas y procedimientos establecidos por la Entidad.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Informar a la Dirección Administrativa y Financiera lo relacionado con el mantenimiento

preventivo y correctivo de los vehículos asignados a la Corporación, de manera oportuna y eficiente.

2. Atender las necesidades de los Honorables Concejales en materia de disponibilidad de vehículos para su desplazamiento, de conformidad con las directrices y lineamientos establecidos por la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Apoyar a la Dirección Administrativa y Financiera en los trámites que deben realizarse ante el Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá – Secretaría Distrital de Hacienda, en lo relacionado con el seguimiento al mantenimiento de los vehículos y el consumo mensual de combustible de los mismos.

4. Suministrar la información correspondiente a los procedimientos del cargo de manera eficiente, oportuna y confiable y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia.

5. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia de su cargo y a las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La Dirección Administrativa y Financiera es informada en lo concerniente con el

mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos asignados a la Corporación, de manera oportuna y eficiente.

2. Las necesidades de los Honorables Concejales en materia de disponibilidad de vehículos para su desplazamiento, son atendidas de conformidad con las directrices y lineamientos establecidos por la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Los trámites que deben realizarse ante el Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá – Secretaría Distrital de Hacienda, en lo relacionado con el seguimiento al mantenimiento de los vehículos y el consumo mensual de combustible de los mismos son realizados de forma oportuna.

4. La información correspondiente a los procedimientos del cargo es suministrada de manera eficiente, oportuna y confiable y orientada a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia.

5. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son ejecutadas de acuerdo con la competencia de su cargo y a las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

Page 111: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas informáticos • Conocimiento de equipos utilizados para grabación –sonido

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 8 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades de soporte administrativo de sus superiores jerárquicos garantizando el cumplimiento de la normatividad legal vigente.

III. FUNCIONES ESENCIALES. 1. Desarrollar las actividades operativas relacionadas con el trámite de los proyectos de

acuerdo y proyectos de acuerdo aprobados en primer debate, conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. Consolidar la información relacionada con los llamados a lista de las plenarias y las comisiones, tomando como base las certificaciones de asistencia entregadas por los subsecretarios de despacho y conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

3. Consolidar y entregar al profesional universitario la información relacionada con el trámite de los proyectos de acuerdo radicados y aprobados en primer y segundo debate, conforme a la normatividad vigente.

4. Administrar y organizar directamente los archivos físicos de la Secretaria General, en cumplimiento de las normas y directrices que se expidan en esta materia.

5. Controlar el préstamo de salones, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y a las instrucciones dadas por el superior inmediato.

6. Radicar la correspondencia interna y externa de la Secretaria General de forma oportuna.

7. Desarrollar las actividades operativas relacionadas con el trámite de las proposiciones, conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

8. Realizar las actividades operativas relacionadas con la entrega de condecoraciones que impone la Mesa Directiva, según instrucciones del Secretario General y del Director Administrativo y Financiero.

9. Cubrir las grabaciones y el sonido durante las sesiones de la Corporación y demás reuniones en que intervengan los Concejales, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y las instrucciones del jefe inmediato.

10. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

11. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

12. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 8 N°. de cargos: Cuatro (4) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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13. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actividades operativas relacionadas con el trámite de los proyectos de acuerdo y

acuerdos aprobados en primer debate son desarrolladas conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

2. La información relacionada con los llamados a lista de las plenarias y las comisiones es consolidada tomando como base las certificaciones de asistencia entregadas por los subsecretarios de despacho y conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

3. La información relacionada con el trámite de los proyectos de acuerdo, radicados y aprobados en primer y segundo debate, es consolidada y entregada al profesional universitario conforme a la normatividad vigente.

4. Los archivos físicos de la Secretaria General son administrados y organizados en cumplimiento de las normas y directrices que se expidan en esta materia.

5. El préstamo de salones es controlado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y a las instrucciones dadas por el superior inmediato.

6. La correspondencia interna y externa de la Secretaria General, es radicada de forma oportuna.

7. Las actividades operativas relacionadas con el trámite de las proposiciones son desarrolladas conforme al Reglamento Interno de la Corporación.

8. Las actividades operativas relacionadas con la entrega de condecoraciones que impone la Mesa Directiva son realizadas según instrucciones del Secretario General y del Director Administrativo y Financiero.

9. Las grabaciones y el sonido durante las sesiones de la Corporación y demás reuniones en que intervengan los Concejales, son realizadas conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y las instrucciones del jefe inmediato.

10. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

11. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

12. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

13. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la dirección.

14. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Manejo de archivo y correspondencia • Sistemas de gestión documental • Conocimientos en herramientas informáticas y de sistemas.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Diploma de Bachiller en cualquier modalidad

Experiencia:

• Tres (3) años y seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

• Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 8 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Desarrollar las actividades requeridas para la realización de las sesiones plenarias y comisiones, garantizando el adecuado avance de las mismas en cumplimiento con la misión y estrategias de apoyo del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES. 1. Recopilar y distribuir en el recinto correspondiente los documentos necesarios para el

desarrollo de las sesiones, foros y eventos, según lo establecido por la Mesa Directiva de la comisión respectiva y el Reglamento Interno de la Corporación.

2. Recibir y orientar a los citados, invitados, entes de control, periodistas, asesores y ciudadanos en general que participan en las sesiones de la comisión correspondiente, proporcionando instrucciones acerca de su registro de asistencia y ubicación en el recinto y teniendo en cuenta aspectos como el orden del día, protocolo del Concejo de Bogotá y Reglamento Interno de la Corporación.

3. Disponer la logística para la realización de las sesiones o eventos cuando sea requerido y de acuerdo con las necesidades relacionadas con el buen desarrollo de la misma.

4. Realizar y recibir las llamadas telefónicas en el recinto, que estén relacionadas con el desarrollo de la sesión y sean solicitadas por la Mesa Directiva, los concejales, la administración y los secretarios de cada comisión.

5. Cubrir las grabaciones y el sonido durante las sesiones de la Corporación y demás reuniones en que intervengan los Concejales, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y las instrucciones del jefe inmediato.

6. Recopilar los documentos solicitados en el recinto por los concejales, secretarios de las comisiones, administración y asesores, de manera oportuna, diligente y discreta.

7. Llevar el registro de las sesiones plenarias y de las comisiones permanentes realizadas, de conformidad con la normatividad vigente.

8. Enviar el informe de finalización de la sesión al proceso de sistemas, de forma oportuna. 9. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 10. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 11. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Los documentos necesarios para el desarrollo de las sesiones, foros y eventos, son recopilados y distribuidos en el recinto correspondiente según lo establecido por la Mesa Directiva de la comisión respectiva y el Reglamento Interno de la Corporación.

2. Los citados, invitados, entes de control, periodistas, asesores y ciudadanos en general que participan en las sesiones de la comisión correspondiente, son recibidos y orientados dándoles instrucciones acerca de su registro de asistencia y ubicación en el recinto y teniendo en cuenta aspectos como el orden del día, protocolo del Concejo de Bogotá y Reglamento Interno de la Corporación.

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3. La logística para la realización de las sesiones o eventos es dispuesta cuando sea requerido y de acuerdo con las necesidades relacionadas con el buen desarrollo de la misma.

4. Las llamadas telefónicas en el recinto, que estén relacionadas con el desarrollo de la sesión son realizadas y recibidas de acuerdo con la solicitud de la Mesa Directiva, los concejales, la administración y los secretarios de cada comisión.

5. Las grabaciones y el sonido durante las sesiones de la Corporación y demás reuniones en que intervengan los Concejales son realizadas conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y las instrucciones del jefe inmediato.

6. Los documentos solicitados en el recinto por los concejales, secretarios de las comisiones, administración y asesores son recopilados de manera oportuna, diligente y discreta.

7. El registro de las sesiones plenarias y de las comisiones permanentes realizadas es elaborado de conformidad con la normatividad vigente.

8. El informe de finalización de la sesión es enviado al proceso de sistemas registrando su existencia en el servidor de manera oportuna.

9. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

10. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

11. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la dirección.

12. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Manejo de archivo y correspondencia • Conocimientos y habilidades en herramientas informáticas y de sistemas. • Sistemas de gestión documental

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Diploma de Bachiller en cualquier modalidad

Experiencia:

• Tres (3) años y seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

• Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 07 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades y tareas inherentes al área de mantenimiento locativo de la Corporación en cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos en la Entidad.

III. FUNCIONES ESENCIALES

4. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

5. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

6. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

7. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

8. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura locativa

del Concejo de Bogotá son ejecutadas de acuerdo con lo establecido en el manual de procedimientos correspondiente al área de mantenimiento.

2. El mantenimiento de la infraestructura telefónica del Concejo de Bogotá es realizado de forma oportuna y eficiente.

3. Las actividades de logística en los eventos que programa la Entidad son ejecutadas de manera oportuna y eficiente.

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 07 N°. de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

1. Ejecutar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura locativa del Concejo de Bogotá, de acuerdo con lo establecido en el manual de procedimientos correspondiente al área de mantenimiento.

2. Realizar el mantenimiento de la infraestructura telefónica del Concejo de Bogotá de forma oportuna y eficiente.

3. Ejecutar las actividades de logística en los eventos que programa la Entidad de manera oportuna y eficiente.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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4. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

5. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

6. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

7. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

8. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento básicos de sistemas • Conocimiento en redes de comunicación. • Conocimiento en redes eléctricas • Mantenimiento edificaciones. • Conocimientos en mantenimiento y redes hidráulicas.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requerimientos

Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia:

Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

• Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Page 119: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 04 N° de cargos: Nueve (9)

Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades tendientes a la administración de las Historias laborales en cumplimiento de las normas y directrices establecidas en esta materia por la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Administrar el archivo de historias laborales de los funcionarios y ex funcionarios de la

Corporación de acuerdo con la normatividad vigente. 2. Suministrar la información solicitada por el Jefe Inmediato pertinente a las Historias

Laborales de acuerdo con lo requerido por los juzgados y/o organismos de control 3. Realizar y hacer seguimiento a las actividades inherentes al Plan Integral de Gestión

Ambiental, en cumplimiento de la normatividad vigente y a las directrices que sobre esta materia ha establecido la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Elaborar las certificaciones laborales que sean requeridas por los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación de acuerdo con el archivo de Historias Laborales

5. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y orientar a los usuarios que acudan a la dependencia.

6. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento de las normas y directrices que se expidan en esta materia.

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de autoverificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El archivo de historias laborales de los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación

es administrado de acuerdo con la normatividad vigente. 2. La información solicitada por el Jefe Inmediato pertinente a las Historias Laborales es

suministrada de acuerdo con lo requerido por los juzgados y/o organismos de control 3. Las certificaciones laborales de los funcionarios y ex funcionarios de la Corporación

que le sean requeridas son elaboradas de acuerdo con el archivo de Historias Laborales

4. La información correspondiente al área de carácter interno y externo es suministrada de manera eficiente y orientada a los usuarios que acuden a la dependencia.

5. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia:

� Un (1) año y seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria

Experiencia:

� Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades tendientes al proceso de archivo de la Corporación, en cumplimiento con los lineamientos establecidos en esta materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Clasificar y organizar la documentación del archivo de acuerdo con las tablas de

retención documental y las normas que se expiden en esta materia. 2. Actualizar el inventario de la documentación de acuerdo con las normas y directrices

fijadas por la Corporación. 3. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 4. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La documentación del archivo es clasificado y organizado de acuerdo con las tablas de retención documental y las normas que se expiden en esta materia.

2. El inventario de la documentación es actualizado de acuerdo con las normas y directrices fijadas por la Corporación.

3. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

4. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

5. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia:

� Un (1) año y seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria

Experiencia:

� Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades requeridas en materia de gestión documental de los anales y publicaciones de la Corporación, en cumplimiento de los lineamientos establecidos en esta materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Administrar la correspondencia de la Corporación de acuerdo con la normatividad

vigente 2. Realizar los empastes de los documentos según lo solicitado por las diferentes áreas o la

Dirección Administrativa. 3. Publicar los libros solicitados por el jefe inmediato, acuerdos y resoluciones de

conformidad con la normatividad legal vigente 4. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 5. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento de las normas y directrices que se expida en esta materia. 6. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La correspondencia de la Corporación es administrada de acuerdo con la normatividad vigente

2. Los empastes de los documentos son realizados según lo solicitado por las diferentes áreas a la Dirección Administrativa.

3. Los libros solicitados por el jefe inmediato, acuerdos y resoluciones son publicados de conformidad con la normativa legal vigente.

4. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

5. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

6. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

7. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas • Encuadernación, impresión y artes gráficas • Software de diseño y diagramación.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia:

� Un (1) año y seis (6) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria

Experiencia:

� Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL –

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO DE CONTROL INTERNO

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades requeridas en materia de gestión documental de la Biblioteca “Carlos Lleras Restrepo”, en cumplimiento de los lineamientos establecidos en esta materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Suministrar información y documentación requerida por los usuarios de la biblioteca

Carlos Lleras Restrepo haciendo uso de los recursos disponibles de la Corporación 2. Orientar a los usuarios de la Biblioteca Carlos Lleras Restrepo acerca del uso adecuado

de las herramientas de información disponibles en la Corporación de forma eficaz 3. Administrar la documentación de la Biblioteca de acuerdo con los estándares,

manuales internos y la normatividad vigente. 4. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La información y documentación requerida por los usuarios de la biblioteca Carlos Lleras Restrepo es suministrada haciendo uso de los recursos disponibles de la Corporación.

2. Los usuarios de la Biblioteca Carlos Lleras Restrepo son orientados acerca del uso adecuado de las herramientas de información disponibles en la Corporación de forma eficaz

3. La documentación de la Biblioteca es administrada de acuerdo con los estándares, manuales internos y la normatividad vigente.

4. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Conocimiento en sistemas de gestión documental 2. Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo 3. Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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Experiencia: � Un (1) año y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades requeridas en las Comisiones permanentes en cumplimiento con los procedimientos establecidos en la Corporación y los lineamientos legales expedidos en esta materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar las citaciones e invitaciones a sesión de acuerdo con las normas y directrices

establecidas en la materia. 2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento de las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Las citaciones e invitaciones a sesión son realizadas de acuerdo con las normas y directrices establecidas en la materia.

2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

3. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

132

Experiencia: � Un (1) año y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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133

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades técnicas para la recepción y distribución de la correspondencia de la Corporación en cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Entidad.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Administrar el aplicativo de la entidad de acuerdo con la información suministrada por

las diferentes áreas de la Corporación según la normatividad vigente 2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento de las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. El aplicativo de la entidad es administrado de acuerdo con la información suministrada por las diferentes áreas de la Corporación según la normatividad vigente

2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

3. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

134

Experiencia: � Un (1) año y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

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“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

135

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades complementarias en las afiliaciones de Seguridad Social de los empleados de la Corporación, en cumplimiento de los lineamientos legales expedidos en la materia, los procedimientos y estrategias de la institución.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Realizar el procedimiento de notificación de los actos administrativos expedidos por la

Mesa Directiva, observando lo dispuesto en las normas generales y en el Reglamento Interno de la Corporación.

2. Reportar con la frecuencia requerida a los encargados de los procesos de personal, las novedades relacionadas con la desvinculación o renuncia de funcionarios, de manera oportuna y confiable.

3. Realizar las actividades relacionadas con la sistematización y seguimiento a los derechos de petición radicados en la Dirección, de conformidad con los lineamientos y directrices que en esta materia establezca la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Administrar y organizar los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia, en cumplimiento con las normas y directrices que se expidan en esta materia.

5. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los actos administrativos expedidos por la Mesa Directiva son notificados observando

los dispuesto en las normas generales y el Reglamento Interno de la Corporación. 2. Las novedades relacionadas con la desvinculación o renuncia de funcionarios es

reportada con la frecuencia requerida, atendiendo la normatividad vigente. 3. La sistematización y seguimiento a los derechos de petición radicados en la Dirección

se realiza atendiendo los lineamientos y directrices establecidos por la Dirección Administrativa y Financiera de la Entidad.

4. Administrar y organizar Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia son administrados y organizados en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

5. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia son atendidos y orientados de forma oportuna.

6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad. Experiencia: � Un (1) año y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

Page 133: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

137

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 04 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades inherentes al plan Integral de Gestión Ambiental, Inducción y re inducción de la Corporación, en cumplimiento de la normatividad vigente y a las directrices que sobre esta materia ha establecido la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Apoyar a la Dirección Administrativa y Financiera en la ejecución de los programas de

inducción y reinducción, de acuerdo con las políticas y lineamientos que se han establecido en la Corporación sobre este proceso.

2. Realizar la revisión de los documentos relacionados con los actos administrativos de nombramiento del personal que se vincula a la Corporación y elaborar el acta de posesión de conformidad con las directrices impartidas por la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Realizar las actividades relacionadas con la reubicación o traslado de los funcionarios, atendiendo los lineamientos que en materia de inducción y reinducción hay establecido la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Administrar y organizar los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia y de los procedimientos del cargo, en cumplimiento con las normas y directrices que están establecidas.

5. Atender y orientar de manera oportuna y confiable a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia.

6. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La Dirección Administrativa y Financiera es apoyada en la ejecución de los programas

de inducción y re inducción, de acuerdo con las políticas y lineamientos que se han establecido en la Corporación sobre este proceso.

2. La revisión de los documentos relacionados con los actos administrativos de nombramiento del personal que se vincula a la Corporación es realizada de conformidad con las directrices impartidas por la Dirección Administrativa y Financiera.

3. Las actividades inherentes al Plan Integral de Gestión Ambiental, son realizadas y se les hace seguimiento en cumplimiento de la normatividad vigente y a las directrices que sobre esta materia ha establecido la Mesa Directiva y la Dirección Administrativa y Financiera.

4. Los archivos físicos y magnéticos que contengan información de interés o uso exclusivo de la dependencia y de los procedimientos del cargo son administrados y organizados en cumplimiento con las normas y directrices que están establecidas.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

138

5. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia son atendidos y orientados de forma oportuna y confiable

6. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia del cargo y a las directrices fijadas por la Dirección Administrativa y Financiera.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

8. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad. Experiencia: � Un (1) año y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

139

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 03 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades relacionadas con las publicaciones y anales de la Corporación en cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos.

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 03 Nº. de cargos: Cuatro (4) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Publicar los acuerdos, proyectos de acuerdo en primer y segundo debate,

resoluciones, faltas temporales y absolutas, fe de erratas y objeciones, de conformidad con la normatividad legal Vigente.

2. Suministrar las publicaciones para ser actualizadas en la red interna de la Corporación de acuerdo con lo establecido en los procedimientos.

3. Diseñar y diagramar los documentos de la Corporación de acuerdo con lo solicitado por el jefe inmediato.

4. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

5. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento de las normas y directrices que se expiden en esta materia.

6. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

7. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los acuerdos, proyectos de acuerdo en primer y segundo debate, resoluciones, faltas

temporales y absolutas, fe de erratas, objeciones son publicados de conformidad con la normatividad legal Vigente.

2. Las publicaciones para ser actualizadas en la red interna de la Corporación son suministradas de acuerdo con lo establecido en los procedimientos.

3. Los documentos de la Corporación son diseñados y diagramados de acuerdo con lo solicitado por el jefe inmediato.

4. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

5. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención archivística • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Clases de documentos • Conocimientos básicos en sistemas • Conocimientos básicos en programas de diseño y diagramación.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad. Experiencia: � Un (1) año de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

6. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

7. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la dirección.

8. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

141

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención archivística • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Clases de documentos • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad. Experiencia: � Un (1) año de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 03 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES

PERMANENTES – GRUPO DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades relacionadas con el proceso asignado en cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente. 2. Administrar la información del área de la Corporación en cumplimiento de las normas

de gestión documental y las directrices que se expiden en esta materia. 3. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 4. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 5. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La información correspondiente al área se suministra de manera eficiente y de conformidad con las directrices expedidas por el jefe de la dependencia.

2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

3. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

4. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la dirección.

5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

Page 138: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

142

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de archivo –Tablas de retención archivística • Conocimiento en sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 03 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Ejecutar las actividades relacionadas con la recepción y distribución de la correspondencia de la Corporación en cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir, y distribuir la correspondencia interna y externa remitida a la Corporación de

acuerdo con la normatividad vigente. 2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente. 3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en

cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones inherentes al nivel del cargo desempeñado, que le sean

asignadas por el Jefe Inmediato.

1. La correspondencia interna y externa remitida a la Corporación es recibida y distribuida de acuerdo con la normatividad vigente.

2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

3. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma oportuna.

5. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por la dirección.

6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

143

Experiencia: � Un (1) año de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

144

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 02 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades de administración de la correspondencia cumpliendo con los programas y procedimientos establecidos en la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos básicos en sistemas • Técnicas de archivo –Tablas de retención archivística.

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 02 N°. de cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

1. Realizar las actividades de registro, control y trámite de la correspondencia interna y externa recibida y remitida de forma oportuna.

2. Suministrar la información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se ejecutan de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las actividades de registro, control y trámite de la correspondencia interna y externa

recibida remitida se realizan de forma oportuna. 2. La información correspondiente al área de carácter interno y externo es suministrada

de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente. 3. Administrar La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia se

administra cumpliendo con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Los usuarios internos y externos que acuden a la dependencia son atendidos y

orientados en forma oportuna. 5. La cultura del autocontrol se aplica mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

Page 141: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad

Experiencia:

Seis (6) meses de experiencia relacionadas con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

� Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Page 142: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

146

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 01 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades complementarias del manejo de la información de cada área cumpliendo con los planes, programas y procedimientos establecidos por la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 01 N°. de cargos: Dos (2) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión inmediata

1. Realizar el servicio de mensajería interna en la dependencia de acuerdo con lo solicitado por su jefe inmediato.

2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo correspondiente a las respuestas o derechos de petición de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

5. Asignar el consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el área, de acuerdo con el software implementado en la Corporación.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El servicio de mensajería interna en la dependencia es realizado de acuerdo con lo

solicitado por su jefe inmediato. 2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de

conformidad a la normatividad vigente. 3. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada

conforme a las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma

oportuna. 5. El consecutivo a toda la documentación interna y externa generada por el área, es

asignado de acuerdo con el software implementado en la Corporación. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

Page 143: Res. 0563 de 2009 manual de funciones y copmpetencias laborales

RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

“UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO”

147

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de tablas de retención archivística • Sistemas de gestión documental. • Conocimientos básicos en sistemas • Generalidades sobre el sistema de Seguridad Social.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: No requiere experiencia

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Normas y técnicas de tablas de retención archivística • Clases de documentos. • Sistemas de gestión documental. • Conocimientos básicos en sistemas • Normas sobre el sistema de Seguridad Social.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 – 01 - MESA DIRECTIVA – SECRETARÍA GENERAL – DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – COMISIONES PERMANENTES – GRUPO

DE CONTROL INTERNO II. PRÒPOSITO PRINCIPAL

Realizar las actividades operativas relacionadas con la Seguridad Social de los empleados de la Corporación cumpliendo con los planes, programas y procedimientos establecidos por la Entidad y los lineamientos legales establecidos en la materia.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Clasificar la información radicada por los procesos de nómina, autoliquidación y

cesantías para realizar los registros contables de manera oportuna y confiable. 2. Realizar las tareas asignadas por el profesional responsable del proceso presupuestal y

contable de manera oportuna y confiable. 3. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente. 4. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia, en

cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el

nivel, la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La información radicada por los procesos de nómina, autoliquidación y cesantías para realizar los registros contables es clasificada de manera oportuna y confiable.

2. Las tareas asignadas por el profesional responsable del proceso de presupuesto y contabilidad son realizadas de manera oportuna y confiable.

3. La información correspondiente al área de carácter interno y externo es administrada de manera eficiente y de conformidad a la normatividad vigente.

4. La información de interés y de uso exclusivo de la dependencia es administrada en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: No requiere experiencia

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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II. PRÒPOSITO PRINCIPAL Realizar el servicio de transporte en las diferentes áreas administrativas de la Corporación cumpliendo con las rutas y directrices establecidas por su superior inmediato.

III. FUNCIONES ESENCIALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Ubicación geoespacial 2. Normas de transito 3. Primeros auxilios 4. Estrategias de seguridad

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Conductor Código: 480 Grado: 07 No. De cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo. Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa.

1. Conducir el vehículo de la Corporación de forma que se garantice la protección y seguridad de la persona que se traslada y del vehículo asignado.

2. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo de forma oportuna. 3. Realizar la entrega de correspondencia de acuerdo con los procedimientos

establecidos por la Corporación 4. Administrar la información confidencial de las estrategias de desplazamiento de

acuerdo con los procedimientos de seguridad 5. Informar el estado mecánico del vehículo de acuerdo con los procedimientos

establecidos por la Corporación. 6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel,

la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. El vehículo de la Corporación es conducido de forma que se garantiza la protección y seguridad de la persona que se traslada y del vehículo asignado.

2. El mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo es realizado de forma oportuna. 3. La entrega de correspondencia es realizada de acuerdo con los procedimientos de

seguridad. 4. La información confidencial de las estrategias de desplazamiento son administradas de

acuerdo con los procedimientos de seguridad. 5. El estado mecánico del vehículo es informado de acuerdo con los procedimientos

establecidos por la Corporación. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: • Tres (3) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento: Licencia de conducción de cuarta categoría.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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II. PRÒPOSITO PRINCIPAL Realizar las actividades de aseo general y suministro de alimentos y bebidas a los funcionarios internos y visitantes de la Corporación, garantizando el uso adecuado de los elementos e insumos necesarios para la ejecución de sus labores

III. FUNCIONES ESENCIALES

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Servicios Generales Código: 470 Grado: 03 No. de cargos: Catorce (14) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa

1. Realizar el aseo diario a los bienes muebles, equipos, baños e instalaciones físicas de la Corporación que le sean asignadas de forma oportuna.

2. Realizar el aseo de la plazoleta Luis Carlos Galán y la zona externa de ingreso a la Corporación de forma semanal.

3. Suministrar las bebidas y alimentos a las dependencias y sesiones que le sean asignadas de forma oportuna.

4. Realizar la solicitud de elementos e insumos necesarios de las labores de aseo y suministro de bebidas de forma oportuna.

5. Informar al Jefe Inmediato los inconvenientes que impidan el desarrollo de sus labores de forma oportuna.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El aseo diario a los bienes muebles, equipos, baños e instalaciones físicas de la

Corporación que le sean asignadas es realizado de forma oportuna. 2. El aseo de la plazoleta Luis Carlos Galán y la zona externa de ingreso a la Corporación

es realizado de forma semanal. 3. Las bebidas y alimentos son suministrados a las dependencias y sesiones que le son

asignadas de forma oportuna. 4. La solicitud de elementos e insumos necesarios de las labores de aseo y suministro de

bebidas son realizadas de forma oportuna. 5. Los inconvenientes que impiden el desarrollo de sus labores son informados al Jefe

Inmediato de forma oportuna. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Destreza en el manejo de elementos y equipos de aseo 2. Manipulación de alimentos y bebidas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: • Dos (2) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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UNIDADES DE APOYO NORMATIVO

ARTICULO 2º. Unidades de Apoyo Normativo. Adoptar las funciones y requisitos para el

desempeño de los empleos que conforman la planta de personal de las Unidades de

Apoyo Normativo de la Corporación, establecidas en el Acuerdo 204 de 2006, así:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel Jerárquico: ASESOR Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 06 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a los Concejales en el ejercicio de sus facultades legales y constitucionales en los trámites de presentación, debate y aprobación de las proposiciones y demás proyectos presentados ante la Corporación, en desarrollo de la misión institucional del Concejo de Bogotá

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al Concejal en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. Asesorar al Concejal en la elaboración y presentación de proyectos de acuerdo y

proposiciones, así como en la elaboración de las ponencias de los proyectos de acuerdo que le sean asignadas, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Concejal es asesorado en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. El Concejal es asesorado en la elaboración y presentación de proyectos de acuerdo

y proposiciones así como en la elaboración de las ponencias de los proyectos de acuerdo que le sean asignadas, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Políticas en administración pública 2. Políticas en finanzas públicas 3. Derecho constitucional y administrativo

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo. � Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Cinco (5) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Opción 1:

� Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

Opción 2: • Título profesional adicional al exigido

cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

Opción 3: • Terminación y aprobación de estudios

profesionales adicionales al título profesional exigido, siempre y cuando dicha formación adicional se afín con las funciones del cargo, y un año de experiencia profesional.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASESOR Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 05 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a los Concejales en el ejercicio de sus facultades legales y constitucionales para la construcción y consolidación de las proposiciones de bancada a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al Concejal en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. Asesorar al Concejal en el desarrollo de las funciones control político de la gestión de

la administración distrital del nivel central y descentralizado, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Concejal es asesorado en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. El Concejal es asesorado en el desarrollo de las funciones control político de la gestión

de la administración distrital del nivel central y descentralizado, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública • Políticas en finanzas públicas • Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo. � Título de formación avanzada o de

postgrado.

Equivalencias

Opción 1:

� Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

Opción 2:

• Título profesional adicional al exigido cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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Experiencia: � Cuatro (4) años y (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Opción 3: Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un año de experiencia profesional.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASESOR Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 04 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a los Concejales en el ejercicio de sus facultades legales y constitucionales en lo concerniente al análisis y evaluación periódica de los informes presentados por la Administración Distrital en cumplimiento de la función de control político del Concejo Distrital

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al Concejal en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. Asesorar al Concejal en la promoción de la intervención de la comunidad en los

asuntos tratados por la Corporación, de acuerdo con las normas que reglamentan la participación ciudadana.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Concejal es asesorado en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. El Concejal es asesorado en la promoción de la intervención de la comunidad en los

asuntos tratados por la Corporación, de acuerdo con las normas que reglamentan la participación ciudadana.

3. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Políticas en administración pública

• Políticas en finanzas públicas

• Derecho constitucional y administrativo VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo. � Título de formación avanzada o de

postgrado. Experiencia: � Cuatro (4) años de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Opción 1: � Dos (2) años de experiencia profesional y

viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

Opción 2: • Título profesional adicional al exigido

cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

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Opción 3: • Terminación y aprobación de estudios

profesionales adicionales al título profesional exigido, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un año de experiencia profesional.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASESOR Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 03 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a los Concejales en el ejercicio de sus facultades legales y constitucionales para la toma y ejecución de decisiones, derivada de de los planes, programas y proyectos de desarrollo y en el ejercicio del control político en aras de alcanzar el objeto de la misión institucional.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al Concejal en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. Asesorar al Concejal en la atención de todos los asuntos que en el ejercicio de sus

funciones deba revisar, de acuerdo con el área de su competencia. 3. Asesorar y apoyar al Concejal en la organización de foros y eventos en diferentes

temáticas, relacionadas con el ejercicio de sus funciones y bajo la dirección del mismo.

4. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Concejal es asesorado en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. El Concejal es asesorado en la atención de todos los asuntos que en ejercicio de sus

funciones deba revisar, de acuerdo con el área de su competencia. 3. El Concejal es asesorado y apoyado en la organización de foros y eventos en

diferentes temáticas, relacionadas con el ejercicio de sus funciones y bajo su dirección.

4. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Políticas en administración pública 2. Políticas en finanzas públicas 3. Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo. � Título de formación avanzada o de

postgrado.

Equivalencias

Opción 1:

� Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

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Experiencia: � Tres (3) años y (6) Seis meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Opción 2: • Título profesional adicional al exigido

cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

Opción 3: • Terminación y aprobación de estudios

profesionales adicionales al título profesional exigido, siempre y cuando dicha formación adicional se afín con las funciones del cargo, y un año de experiencia profesional.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASESOR Denominación del cargo: Asesor Código: 105 Grado: 01 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a los Concejales en el ejercicio de sus facultades legales y constitucionales para la formulación de planes, proyectos y programas destinados al ejercicio del control político como eje central de la misión institucional de la Corporación

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al Concejal en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

asignadas a la Corporación, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 2. Asesorar al Concejal en la preparación de los temas de actualidad que requieran el

ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el área de su competencia 3. Asesorar y apoyar al Concejal en el seguimiento de los diferentes proyectos de

acuerdo que cursan tanto en las Comisiones Permanentes, como en la Plenaria de la Corporación, de conformidad con las instrucciones por él impartidas.

4. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El Concejal es asesorado permanentemente para el ejercicio de sus facultades

constitucionales y legales asignadas a la Corporación de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

2. El Concejal es asesorado en la preparación de temas de actualidad que requiera en el ejercicio de sus labores, de acuerdo con área de competencia.

3. El Concejal es asesorado y apoyado en el seguimiento de los diferentes proyectos de acuerdo que cursan tanto en las Comisiones Permanentes, como en la Plenaria de la Corporación, de conformidad con las instrucciones por él impartidas.

4. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Políticas en administración pública 2. Políticas en finanzas públicas 3. Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo.

Equivalencias

Opción 1:

� Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

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� Título de formación avanzada o de postgrado.

Experiencia: � Dos (2) años y (6) Seis meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Opción 2: • Título profesional adicional al exigido

cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

Opción 3: • Terminación y aprobación de estudios

profesionales adicionales al título profesional exigido, siempre y cuando dicha formación adicional se afín con las funciones del cargo, y un año de experiencia profesional.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: PROFESIONAL Denominación del cargo: Profesional Universitario Código: 219 Grado: 01 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar y participar de todas las actividades tendientes al desarrollo de los programas, prácticas y procedimientos necesarios en aras de alcanzar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales y de las funciones asignadas al Concejal.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Participar en las actividades necesarias para el ejercicio de las funciones de control

político sobre la gestión de la administración distrital del nivel central y descentralizado, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

2. Preparar informes sobre las situaciones de carácter coyuntural que requiera el adecuado ejercicio de las funciones del Concejal, haciendo referencia a las disposiciones aplicables al caso.

3. Participar en la elaboración y presentación de proyectos de acuerdo y proposiciones, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

4. Participar en la recolección de la información necesaria y en el estudio de los proyectos de acuerdo y proposiciones presentados tanto en la Comisión a la que pertenezca el Concejal, como en la Plenaria de la Corporación, haciendo referencia a las disposiciones aplicables en cada caso.

5. Participar en el diseño, organización, coordinación y control del sistema de documentación e información de la Unidad, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

6. Proyectar las respuestas a las peticiones que lleguen a la Unidad con destino al Concejal, formuladas por los ciudadanos, las localidades y las comunidades, en los términos establecidos por la ley.

7. Coadyuvar en la generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El ejercicio de las funciones de control político sobre la gestión de la administración

distrital del nivel central y descentralizado, se adelanta con la participación en las actividades necesarias, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

2. Los informes sobre las situaciones de carácter coyuntural que requiera el adecuado ejercicio de las funciones del Concejal son preparados, haciendo referencia a las disposiciones aplicables al caso.

3. Los proyectos de acuerdo y proposiciones son elaborados y presentados con la participación, conforme a las disposiciones que reglamentan el ejercicio de esta función.

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4. La recolección de la información necesaria y el estudio de los proyectos de acuerdo y proposiciones presentados tanto en la Comisión a la que pertenezca el Concejal, como en la Plenaria de la Corporación, se realiza con la participación, haciendo referencia a las disposiciones aplicables en cada caso.

5. El diseño, organización, coordinación y control del sistema de documentación e información de la Unidad, se realiza con la participación de acuerdo con las normas que regulan la materia.

6. Las peticiones que lleguen a la Unidad con destino al Concejal, formuladas por los ciudadanos, las localidades y las comunidades, son respondidas en los términos establecidos por la ley.

7. La cultura de autocontrol al interior de la Corporación se genera con la coadyuvancia, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Políticas en administración pública 2. Políticas en finanzas públicas 3. Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título profesional en áreas afines con

las funciones del cargo. Experiencia: Sin experiencia.

Equivalencias

No aplica.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 08 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Administrar información del área, para el personal interno y externo, aplicando el sistema de gestión documental, en aras de alcanzar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales y de las funciones asignadas al Concejal.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Llevar la agenda y organizar en ella las reuniones en las que deba participar el

Concejal, de acuerdo con indicaciones del cabildante. 2. Controlar el trámite de la correspondencia recibida y remitida por la oficina, por

cualquier medio, haciendo el seguimiento necesario que garantice el trámite adecuado y oportuno en cada caso.

3. Controlar la actualización y buen estado de conservación de los documentos que conforman el archivo de la Unidad de Apoyo Normativo, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

4. Socializar la información institucional al interior de la Unidad de Apoyo Normativo, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

5. Velar por el uso racional de los elementos y equipos asignados, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

6. Coadyuvar en la generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La agenda y organizar en ella las reuniones en las que deba participar el Concejal se

lleva de acuerdo con indicaciones del cabildante. 2. El trámite de la correspondencia recibida y remitida por la oficina, por cualquier medio,

se controla haciendo el seguimiento necesario que garantice el trámite adecuado y oportuno en cada caso.

3. La actualización y buen estado de conservación de los documentos que conforman el archivo de la Unidad de Apoyo Normativo, se controla de acuerdo con las normas que regulan la materia.

4. La información institucional al interior de la Unidad de Apoyo Normativo, se socializa de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

5. Los elementos y equipos asignados se utilizan velando por su uso racional, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

6. La cultura de autocontrol al interior de la Corporación se genera con la coadyuvancia, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES • Políticas en administración pública • Políticas en finanzas públicas • Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título de Bachiller Técnico Comercial. Experiencia: � Dos (2) años y seis (6) meses de

experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: • Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel Jerárquico: ASISTENCIAL Denominación del cargo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 02 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL Administrar información del área, para el personal interno y externo, aplicando el sistema de gestión documental, en aras de alcanzar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales y de las funciones asignadas al Concejal.

III. FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir la información interna y externa que llegue por cualquier medio a la oficina del

Concejal, registrarla, clasificarla, archivarla y socializarla oportunamente al interior de la dependencia, de acuerdo con las normas que rigen la materia y las indicaciones del cabildante.

2. Colaborar con el trámite de la correspondencia recibida y remitida por la oficina, por cualquier medio, así como con el seguimiento necesario que garantice el trámite adecuado y oportuno en cada caso.

3. Tomar y transcribir dictados de cartas, notas, memorandos, oficios, informes y demás documentos que deba producir la dependencia, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

4. Atender al público y dar información u orientación a las personas que lo soliciten, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

5. Efectuar, contestar, dar trámite y llevar un registro de las llamadas telefónicas, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

6. Garantizar el uso racional de los elementos y equipos asignados, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

7. Coadyuvar en la generación de una cultura de autocontrol al interior de la Corporación, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La información interna y externa que llegue por cualquier medio a la oficina del

Concejal, debe ser recibida, registrada, clasificada, archivada, y socializada oportunamente al interior de la dependencia, de acuerdo con las normas que rigen la materia y las indicaciones del cabildante.

2. La correspondencia recibida y remitida por la oficina, por cualquier medio, se tramita con su oportuna colaboración y adecuado seguimiento.

3. Los dictados de cartas, notas, memorandos, oficios, informes y demás documentos que deba producir la dependencia se toman y trascriben, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

4. La información u orientación a las personas que lo soliciten se brinda, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

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5. Las llamadas telefónicas se contestan, efectúan, registran y tramitan, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

6. El uso racional de los elementos y equipos asignados se garantiza, de acuerdo con las indicaciones del Concejal.

7. La cultura de autocontrol al interior de la Corporación se genera con la coadyuvancia, de acuerdo con los principios del Modelo Estándar de Control Interno adoptado.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Políticas en administración pública 2. Políticas en finanzas públicas 3. Derecho constitucional y administrativo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: � Título de Bachiller Técnico

Comercial. Experiencia: • Tres (3) años de experiencia laboral.

Equivalencias

Educación: • Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: • Dos (2) años de experiencia relacionada con

las funciones del cargo.

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II. PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollo de actividades y tareas inherentes a la administración de la información del área, ejecutando los planes, programas y procedimientos establecidos, en cumplimiento de las metas y objetivos de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Conocimientos en sistemas de gestión documental

• Conocimientos básicos en sistemas

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 10 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

1. Realizar la captura y procesamiento de la información de acuerdo con lo solicitado por la Unidad de Apoyo Normativo

2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

5. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La captura y procesamiento de la información es realizada de acuerdo con lo

solicitado por la Unidad de Apoyo Normativo. 2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de

conformidad a la normatividad vigente. 3. La información de interés de uso exclusivo de la dependencia es administrada

conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma

oportuna. 5. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas

de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: Cuatro (4) años y seis (6) meses de experiencia relacionadas con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionadas

con las funciones del cargo.

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II. PRÒPOSITO PRINCIPAL Desarrollo de actividades y tareas inherentes a la administración de la correspondencia y archivo documental del área, ejecutando los planes, programas y procedimientos establecidos, en cumplimiento de las metas y objetivos de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Sistemas de gestión documental • Conocimientos básicos en sistemas

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 06 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

1. Tramitar la correspondencia y documentos de la oficina de forma oportuna. 2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de

manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente. 3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia, en

cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en

forma oportuna. 5. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de

acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el

nivel, la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. La correspondencia y documentos de la oficina son tramitados de forma oportuna. 2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de

conformidad a la normatividad vigente. 3. La información de interés de uso exclusivo de la dependencia es administrada

conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma

oportuna. 5. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas

de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: • Dos (2) años y seis (6) meses de

experiencia relacionadas con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionadas

con las funciones del cargo.

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II. PRÒPOSITO PRINCIPAL Desarrollo de actividades y tareas inherentes a la administración de la correspondencia de la Unidad de Apoyo Normativo ejecutando los planes, programas y procedimientos establecidos para el área, en cumplimiento de las metas y objetivos de la Corporación.

III. FUNCIONES ESENCIALES

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Auxiliar Administrativo Código: 407 Grado: 02 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

1. Realizar el servicio de mensajería externa o interna de acuerdo con lo solicitado por el Concejal.

2. Suministrar información correspondiente al área de carácter interno y externo de manera eficiente y de conformidad con la normatividad vigente.

3. Administrar la información de interés y de uso exclusivo de la dependencia en cumplimiento con las normas y directrices que se expiden en esta materia.

4. Atender y orientar a los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia en forma oportuna.

5. Ejecutar las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal.

6. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su propio trabajo.

7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El servicio de mensajería externa o interna es realizado de acuerdo con lo solicitado

por el Concejal. 2. La información correspondiente al área es suministrada de manera eficiente y de

conformidad a la normatividad vigente. 3. La información de interés de uso exclusivo de la dependencia es administrada

conforme con las normas y directrices que se expiden en esta materia. 4. Los usuarios internos y externos que acudan a la dependencia son atendidos en forma

oportuna. 5. Las actividades establecidas en los planes, programas y procedimientos son realizadas

de acuerdo con la competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 6. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 7. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Sistemas de gestión documental y técnicas de archivo • Conocimientos básicos en sistemas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos Educación: • Título de Bachiller en cualquier

modalidad Experiencia: • Seis (6) meses de experiencia

relacionada con las funciones del cargo.

Equivalencias

Educación: � Aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria. Experiencia: � Dos (2) años de experiencia relacionada

con las funciones del cargo.

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II. PRÒPOSITO PRINCIPAL Realizar el traslado del respectivo Concejal por las rutas establecidas, en cumplimiento con las directrices de los planes de seguridad y las necesidades de movilización de su jefe inmediato.

III. FUNCIONES ESENCIALES

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS • Ubicación geoespacial • Normas de transito • Primeros auxilios • Estrategias de seguridad

I. IDENTIFICACION Nivel Jerárquico: Asistencial Denominación del cargo: Conductor Código: 480 Grado: 07 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Honorable Concejal

1. Conducir el vehículo cumpliendo las instrucciones del Concejal, garantizando su protección y seguridad.

2. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo de forma oportuna. 3. Administrar la información confidencial de las estrategias de desplazamiento en

cumplimiento con las normas de seguridad del Concejal. 4. Ejecutar las actividades establecidas en los procedimientos de acuerdo con la

competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 5. Aplicar la cultura del autocontrol mediante mecanismos de auto verificación de su

propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el

nivel, la naturaleza y el área de desempeño. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. El vehículo es conducido cumpliendo las instrucciones del Concejal y garantizando su seguridad y protección.

2. El mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo es realizado de forma oportuna. 3. La información confidencial de las estrategias de desplazamiento es administrada

cumpliendo con las normas de seguridad del Concejal. 4. Las actividades ejecutadas en los procedimientos son ejecutadas de acuerdo con la

competencia de su cargo y las directrices fijadas por el Concejal. 5. La cultura del autocontrol es aplicada mediante mecanismos de auto verificación de

su propio trabajo. 6. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son ejecutadas de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Requisitos

Educación:

• Título de Bachiller en cualquier modalidad

Experiencia:

• Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Requerimiento:

Licencia de conducción de cuarta categoría.

Equivalencias

Educación:

� Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Experiencia:

� Dos (2) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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ARTICULO 3º. Equivalencias entre estudios y experiencia. Las autoridades territoriales competentes, al establecer el Manual Específico de Funciones y requisitos, no podrán disminuir los requisitos mínimos de estudio y de experiencia, ni exceder los máximos señalados para cada nivel jerárquico, sin embargo de acuerdo con la jerarquía, las funciones, las competencias y las responsabilidades de cada empleo, podrán aplicar las equivalencias según el Artículo 25 del Decreto 785 del 17 de marzo de 2005. PARÁGRAFO: Será requisito indispensable la tarjeta profesional o matrícula correspondiente para el ejercicio de aquellas profesiones y oficios que la ley establezca. ARTICULO 4º. Competencias Comunes a los Servidores Públicos. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y competencias laborales serán las siguientes:

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Orientación a Resultados

Realizar las funciones y cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad

- Cumple con oportunidad en

función de estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las funciones que le son asignadas.

- Asume la responsabilidad por sus resultados.

- Compromete recursos y tiempo para mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos.

- Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan.

Orientación al Usuario y al Ciudadano

Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas asignadas a la entidad.

- Atiende y valora las necesidades y

peticiones de los usuarios y de ciudadanos en general.

- Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios.

- Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad.

- Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas.

- Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros.

Transparencia

Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental.

- Proporciona información veraz,

objetiva y basada en hechos. - Facilita el acceso a la información

relacionada con sus responsabilidades y con el servicio a cargo de la entidad en que labora.

- Demuestra imparcialidad en sus decisiones.

- Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables.

- Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio.

Compromiso con la Organización

Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas organizacionales.

- Promueve las metas de la organización y respeta sus normas.

- Antepone las necesidades de la organización a sus propias necesidades.

- Apoya a la organización en sus situaciones difíciles.

- Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones.

ARTICULO 5º. Competencias Comportamentales por Nivel Jerárquico. Las competencias comportamentales por nivel jerárquico para los diferentes empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y competencias laborales serán las siguientes:

NIVEL DIRECTIVO:

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Liderazgo

Guiar y dirigir grupos y establecer y mantener la cohesión de grupo necesaria para alcanzar los objetivos

- Mantiene a sus colaboradores

motivados. - Fomenta la comunicación clara,

directa y concreta.

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

organizacionales. - Constituye y mantiene grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares.

- Promueve la eficacia del equipo - Genera un clima positivo y de

seguridad en sus colaboradores - Fomenta la participación de todos

en los procesos de reflexión y de toma de decisiones.

- Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas institucionales.

Planeación

Determinar eficazmente las metas y prioridades institucionales, identificando las acciones, los responsables, los plazos y los recursos requeridos para alcanzarlas.

- Anticipa situaciones y escenarios

futuros con acierto. - Establece objetivos claros y

concisos, estructurados y coherentes con las metas organizacionales.

- Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos y factibles.

- Busca soluciones a los problemas. - Distribuye el tiempo con eficiencia. - Establece planes alternativos de

acción. Dirección y Desarrollo de Personal

Favorecer el aprendizaje y desarrollo de sus colaboradores, articulando las potencialidades y necesidades individuales con las de la organización para optimizar la calidad de las contribuciones de los equipos de trabajo y de las personas, en el cumplimiento de los objetivos y metas organizacionales presentes y futuras.

- Identifica necesidades de

formación y capacitación y propone acciones para satisfacerlas.

- Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el desarrollo integral del empleado.

- Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir y cuándo no hacerlo.

- Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de trabajo para alcanzar las metas y los estándares de productividad.

- Establece espacios regulares de retroalimentación y reconocimiento del desempeño y sabe manejar

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

hábilmente el bajo desempeño. - Tiene en cuenta las opiniones de sus

colaboradores. - Mantiene con sus colaboradores

relaciones de respeto. Conocimiento del Entorno

Estar al tanto de las circunstancias y las relaciones de poder que influyen en el entorno organizacional.

- Es consciente de las condiciones

específicas del entorno organizacional.

- Está al día en los acontecimientos claves del sector y del Estado.

- Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales.

- Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir con los propósitos organizacionales.

NIVEL ASESOR:

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Experticia Profesional

Aplicar el conocimiento profesional en la resolución de problemas y transferirlo a su entorno laboral.

- Orienta el desarrollo de proyectos

especiales para el logro de resultados de la alta dirección.

- Aconseja y orienta la toma de decisiones en los temas que le han sido asignados.

- Asesora en materias propias de su campo de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios o propuestas ajustados a lineamientos teóricos y técnicos.

- Se comunica de modo lógico, claro, efectivo y seguro.

Conocimiento del Entorno

Conocer e interpretar la organización, su funcionamiento y sus relaciones políticas y administrativas.

- Comprende el entorno

organizacional que enmarca las situaciones objeto de asesoría y lo toma como referente obligado para emitir juicios, conceptos o propuestas a desarrollar.

- Se informa permanentemente

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

sobre políticas gubernamentales, problemas y demandas del entorno.

Construcción de Relaciones

Establecer y mantener relaciones cordiales y recíprocas con redes o grupos de personas internas y externas a la organización que faciliten la consecución de los objetivos institucionales.

- Utiliza sus contactos para conseguir

objetivos. - Comparte información para

establecer lazos. - Interactúa con otros de un modo

efectivo y adecuado.

Iniciativa

Anticiparse a los problemas iniciando acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas concretas.

- Prevé situaciones y alternativas de

solución que orientan la toma de decisiones de la alta dirección.

- Enfrenta los problemas y propone acciones concretas para solucionarlos.

- Reconoce y hace viables las oportunidades.

NIVEL PROFESIONAL

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Aprendizaje Continuo

Adquirir y desarrollar permanentemente conocimientos, destrezas y habilidades, con el fin mantener altos estándares de eficacia organizacional.

- Aprende de la experiencia de

otros y de la propia. - Se adapta y aplica nuevas

tecnologías que se implanten en la organización.

- Aplica los conocimientos adquiridos a los desafíos que se presentan en el desarrollo del trabajo.

- Investiga, indaga y profundiza en los temas de su entorno o área de desempeño.

- Reconoce las propias limitaciones y las necesidades de mejorar su preparación.

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RESOLUCIÓN 0563 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2009 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA

DE CARGOS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.”

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

- Asimila nueva información y la aplica correctamente.

Experticia Profesional

Aplicar el conocimiento profesional en la resolución de problemas y transferirlo a su entorno laboral.

- Analiza de un modo sistemático y

racional los aspectos del trabajo, basándose en la información relevante.

- Aplica reglas básicas y conceptos complejos aprendidos.

- Identifica y reconoce con facilidad las causas de los problemas y sus posibles soluciones.

- Clarifica datos o situaciones complejas.

- Planea, organiza y ejecuta múltiples tareas tendientes a alcanzar resultados institucionales.

Trabajo en Equipo y Colaboración

Trabajar con otros de forma conjunta y de manera participativa, integrando esfuerzos para la consecución de metas institucionales comunes.

- Coopera en distintas situaciones y

comparte información. - Aporta sugerencias, ideas y

opiniones. - Expresa expectativas positivas del

equipo o de los miembros del mismo.

- Planifica las propias acciones teniendo en cuenta la repercusión de las mismas para la consecución de los objetivos grupales.

- Establece diálogo directo con los miembros del equipo que permita compartir información e ideas en condiciones de respeto y cordialidad.

- Respeta criterios dispares y distintas opiniones del equipo.

Creatividad e Innovación

Generar y desarrollar nuevas ideas, conceptos, métodos y soluciones.

- Ofrece respuestas alternativas. - Aprovechas las oportunidades y

problemas para dar soluciones novedosas.

- Desarrolla nuevas formas de

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

hacer y tecnologías. - Busca nuevas alternativas de

solución y se arriesga a romper esquemas tradicionales.

- Inicia acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas específicas.

NIVEL PROFESIONAL: Con personal a cargo

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Liderazgo de Grupos de Trabajo

Asumir el rol de orientador y guía de un grupo o equipo de trabajo, utilizando la autoridad con arreglo a las normas y promoviendo la efectividad en la consecución de objetivos y metas institucionales.

- Establece los objetivos del grupo

de forma clara y equilibrada. - Asegura que los integrantes del

grupo compartan planes, programas y proyectos institucionales.

- Orienta y coordina el trabajo del grupo para la identificación de planes y actividades a seguir.

- Facilita la colaboración con otras áreas y dependencias.

- Escucha y tiene en cuenta las opiniones de los integrantes del grupo.

- Gestiona los recursos necesarios para poder cumplir con las metas propuestas.

- Garantiza que el grupo tenga la información necesaria.

- Explica las razones de las decisiones.

Toma de Decisiones

Elegir entre una o varias alternativas para solucionar un problema y tomar las acciones concretas y consecuentes con la elección realizada.

- Elige alternativas de soluciones

efectivas y suficientes para atender los asuntos encomendados.

- Decide y establece prioridades para el trabajo del grupo.

- Asume posiciones concretas para el manejo de temas o situaciones que demandan su atención.

- Efectúa cambios en las

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

actividades o en la manera de desarrollar sus responsabilidades cuando detecta dificultades para su realización o mejores prácticas que pueden optimizar el desempeño.

- Asume las consecuencias de las decisiones adoptadas.

- Fomenta la participación en toma de decisiones.

NIVEL TÉCNICO

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Experticia Técnica

Entender y aplicar los conocimientos técnicos del área de desempeño y mantenerlos actualizados.

- Capta y asimila con facilidad

conceptos e información. - Aplica el conocimiento técnico a

las actividades cotidianas. - Analiza la información de

acuerdo con las necesidades de la organización.

- Comprende los aspectos técnicos y los aplica al desarrollo de procesos y procedimientos en los que está involucrado.

- Resuelve problemas utilizando sus conocimientos técnicos de su especialidad y garantizando indicadores y estándares establecidos.

Trabajo en Equipo Trabajar con otros para conseguir metas comunes

- Identifica claramente los objetivos del grupo y orienta su trabajo a la consecución de los mismos.

- Colabora con otros para la realización de actividades y metas grupales.

Creatividad e Innovación

Presentar ideas y métodos novedosos y concretarlos en acciones.

- Propone y encuentra formas

nuevas y eficaces de hacer las cosas.

- Es recursivo

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

- Es práctico - Busca nuevas alternativas de

solución. - Revisa permanentemente los

procesos y procedimientos para optimizar los resultados.

NIVEL ASISTENCIAL

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Manejo de la Información

Manejar con respeto las informaciones personales e institucionales de que dispone.

- Evade temas que indagan sobre

información confidencial. - Recoge sólo información

imprescindible para el desarrollo de la tarea.

- Organiza y guarda de forma adecuada la información a su cuidado, teniendo en cuenta las normas legales y de la organización.

- No hace pública información laboral o de las personas que pueda afectar la organización o las personas.

- Es capaz de discernir qué se puede hacer público y qué no.

- Transmite información oportuna y objetiva.

Adaptación al Cambio

Enfrentarse con flexibilidad y versatilidad a situaciones nuevas para aceptar los cambios positiva y constructivamente.

- Acepta y se adapta fácilmente a

los cambios. - Responde al cambio con

flexibilidad. - Promueve el cambio.

Disciplina

Adaptarse a las políticas institucionales y buscar información de los cambios en la autoridad competente.

- Acepta instrucciones aunque se

difiera de ellas. - Realiza los cometidos y tareas del

puesto de trabajo. - Acepta la supervisión constante. - Realiza funciones orientadas a

poyar la acción de otros miembros de la organización.

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COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Relaciones Interpersonales

Establecer y mantener relaciones de trabajo amistosas y positivas, basadas en la comunicación abierta y fluida y en el respeto por los demás.

- Escucha con interés a las

personas y capta las preocupaciones, intereses y necesidades de los demás.

- Transmite eficazmente las ideas, sentimientos e información, impidiendo con ello malos entendidos o situaciones confusas que puedan generar conflictos.

Colaboración

Cooperar con los demás con el fin de alcanzar los objetivos institucionales.

- Ayuda al logro de los objetivos

articulando sus actuaciones con los demás.

- Cumple los compromisos que adquiere.

- Facilita la labor de sus superiores y compañeros de trabajo.

ARTICULO 6º. Disposiciones Generales. El Director Administrativo o Financiero de la Corporación, entregará a cada servidor público copia de las funciones determinadas para el respectivo empleo en la presente resolución, en las siguientes circunstancias: 1. Cuando tome posesión del cargo 2. Cuando sea asignado a otra dependencia que implique cambios de

funciones. 3. Cuando se adopte nuevo manual de funciones o se modifique el actual. PARAGRADO.- Los jefes inmediatos responderán por la orientación del servidor público en el cumplimiento de las funciones que correspondan a su cargo. ARTICULO 7º. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matriculas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan y será requisito indispensable la tarjeta profesional o matrícula correspondiente para el ejercicio de aquellas profesiones y oficios que la ley establezca. ARTICULO 8º. Los estudios se acreditarán mediante la presentación de los siguientes documentos:

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1. Título otorgado por instituciones debidamente acreditadas. 2. Constancia de terminación de materias y aprobación de estudios. ARTICULO 9º. La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas expedidas por la autoridad competente de las respectivas entidades oficiales o privadas y las certificaciones de experiencia deberán contener como mínimo los siguientes datos: 1. Nombre de la persona natural o jurídica, pública o privada. 2. Fechas dentro de las cuales el interesado estuvo vinculado y la jornada

laboral. 3. Relación de los cargos desempeñados, nivel y grado de los mismos, dentro

de la estructura orgánica de la entidad. 4. Funciones desempeñadas, cuando sea necesario. ARTÍCULO 10º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO Presidenta

ANTONIO E. SANGUINO PÁEZ ÁLVARO H. CAICEDO ESCOBAR Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente