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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    INDICE

    I

    II

    III

    IV

    RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA

    OBJETIVOS Y ALCANCESA.- OBJETIVOSB.- ALCANCES

    LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLTICA DE SEGURIDADY SALUDA.- LIDERAZGO Y COMPROMISOB.- POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

    ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIN,DEL COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, DELOS TRABAJADORES Y DE LAS EMPRESAS QUE BRINDANSERVICIO.A. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

    1

    11

    12

    2

    De La Organizacin

    Del Personal en General

    Alumnos

    Sanciones

    2

    3

    4

    4B. ORGANIZACIN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO 5

    Del Comit de Seguridad y Salud en el TrabajoOrganigrama

    Programas

    Cronogramas

    Evaluacin

    Mapa de Riesgos

    56

    6

    6

    6

    6

    C. IMPLEMENTACIN DE REGISTROS Y DOCUMENTACINDEL SISTEMA DE GESTIN

    D. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESASQUE BRINDAN SERVICIOS A TECSUP

    7

    7

    V ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LASACTIVIDADESA. SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN

    TALLERES Y LABORATORIOS 8

    De Los Talleres y Laboratorios en General

    Talleres de Mecnica

    Talleres de Mantenimiento de Vehculos

    8

    8

    8

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Taller de Equipo Pesado y Taller CaterpillarTaller de Soldadura

    Talleres y Laboratorios Elctricos y Electrnicos

    Laboratorio de Qumica y Metalurgia

    Laboratorios de Cmputo

    910

    10

    12

    14A.1 SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVASY DE MANTENIMIENTO 14

    Oficinas Administrativas

    Taller de Mantenimiento

    14

    16B. PROTECCIN PERSONALB.1 ROPA DE TRABAJO, VESTIDOS PROTECTORES,

    MANDILES, ARNSB.2 OTRAS PROTECCIONES ESPECFICAS

    16

    1616

    Proteccin de la Cabeza

    Proteccin de la Vista

    Proteccin de los OidosProteccin de Manos y Brazos

    Proteccin de los Pies y las Piernas

    proteccin del Sistema Respiratorio

    16

    16

    1717

    18

    18

    C. HIGIENE DE LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES 18

    Ventilacin

    Iluminacin

    Ruidos y Vibraciones

    18

    19

    19

    C.1 SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS 19

    VI ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS YACTIVIDADES CONEXASA. EQUIPOS A PRESIN

    A.1 CALDERO DE VAPORA.2 RECIPIENTES A PRESIN SIN FUEGO

    2020

    2020

    Compresoras Fijas, Mviles y de Uso Didctico

    Tanques de Aire comprimido

    Cilindros Para Gases: Cilindros Para Comprimidos,Licuados y Disueltos.

    Cilindros De Acetileno

    20

    21

    2222

    B. MANTENIMIENTO Y REPARACIN EN LAS INSTALACIONESEN GENERAL

    B.1 CONDICIONES GENERALES2222

    Escaleras y Plataformas 22

    B.2 OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD 23

    Tecsup N 1

    Mantenimiento y Reparacin en el Edificio y Estructura.

    Mantenimiento y Reparacin de Equipo y Maquinaria

    Mantenimiento y Reparaciones Elctricas

    23

    24

    24

    ndice

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    C. HERRAMIENTAS MANUALES Y HERRAMIENTAS PORTTILESACCIONADAS POR FUERZA MOTRIZ 24

    Consideraciones Generales 24

    D. SISTEMAS DE MANIPULACIN DE MATERIALESD.1 MANIPULACIN Y TRANSPORTE DE MATERIALES

    2525

    Condiciones GeneralesCadenas

    Cables

    Eslingas

    2525

    25

    25

    D.2 SISTEMAS DE TUBERASD.3 ALZADO, CONDUCCIN, APILAMIENTO Y ALMACENADO

    DE MATERIALES

    26

    26

    Alzado y Conduccin de Materiales

    Almacenamiento

    26

    26

    VII ESTANDARES DE CONTROL DE PELIGROS EXISTENTES YRIESGOS EVALUADOSA. INSTALACIONES CIVILES

    2626

    Requisitos de Espacio.

    Ocupacin del Piso y Lugares de Trnsito.

    Aberturas en Pisos y Paredes.

    Escaleras y Plataformas.

    Patios.

    27

    27

    27

    27

    27

    B SERVICIOS HIGIENICOS 28

    Agua y Desage

    Limpieza y Conservacin de los Sitios de Trabajo.

    28

    28C SERVICIOS ESPECIALES 28

    Comedores 28

    D RESGUARDO DE MAQUINARIASD.1 SUB-ESTACIN DE DISTRIBUCIN.D.2 GRUPOS ELECTRGENOS

    E PREVENCIN Y PROTECCIN CONTRA RIESGOSELCTRICOS.

    E.1 CONDICIONES ESPECFICAS DE INSTALACIONES

    282828

    2929

    Herramientas Manuales.

    Aparatos Manuales de Soldadura por Arco.

    29

    29

    F PELIGROS DERIVADOS DEL USO DE LA CORRIENTEELCTRICA. 29

    F.1

    Tecsup N 1

    Contacto Directo.

    Contacto Indirecto.

    REQUISITOS A CUMPLIRSE CONTRA CONTACTOSDIRECTOS.

    Distancias Mnimas.

    Recubrimientos.

    29

    29

    2929

    30

    ndice

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    TRABAJO

    F.2 REQUISITOS A CUMPLIRSE CONTRA CONTACTOSINDIRECTOS

    G ACCIDENTES DE TRABAJOG.1 CAUSALIDAD DE LOS ACCIDENTES

    G.2 FACTORES TCNICOS Y HUMANOS EN CAUSAS DE LOS

    ACCIDENTESG.3 INVESTIGACIN DE ACCIDENTES

    G.4 NOTIFICACIN DE ACCIDENTES

    G.5 REGISTRO DE ACCIDENTESH ENFERMEDADES OCUPACIONALES

    303030

    3031

    31

    3132

    VIII PREPARACIN Y RESPUESTA PARA CASOS DEEMERGENCIASA. PREVENCIN Y PROTECCIN CONTRA INCENDIOSA.1 PREVENCIN DE INCENDIOS

    323232

    Condiciones de los Edificios.

    Pasillos y Pasadizos

    Escaleras, Puertas y Salidas

    32

    33

    33

    A.2 PROTECCIN CONTRA INCENDIOS 33

    Condiciones Generales

    Agua: Abastecimiento, Uso y Equipo

    Extintores Porttiles

    33

    34

    34

    B. SISTEMA DE ALARMAS Y SIMULACRO DE INCENDIOC. ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS INFLAMABLESD. DISPOSICIN DE DESPERDICIOSE. AVISOS Y SEALES DE SEGURIDAD

    E.1 SEALES DE SEGURIDAD

    34343435

    35

    Objeto

    Dimensiones de las Seales de Seguridad

    Aplicacin de los Colores de Seguridad

    35

    35

    35

    F. PRIMEROS AUXILIOS 35F.1F.2

    F.3F.4

    Tecsup N 1

    GENERALIDADESREGLAS GENERALES

    BOTIQUINES PARA PRIMEROS AUXILIOSREFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIA

    3535

    3636

    ndice

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    CAPITULO I

    RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA

    Artculo 1. TECSUP No.1 es una organizacin educativa privada sin fines de lucro, seencuentra ubicada en la Av. Rodolfo Beeck Navarro N 2221. Lima - SantaAnita, contando con un campus en un rea total de 83 398 m2.

    CAPITULO II

    OBJETIVOS Y ALCANCES

    A.- OBJETIVOS

    Artculo 2. Establecer las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo de laOrganizacin

    Artculo 3. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de la seguridaden todos sus colaboradores y alumnos, para que toda actividad sea hechade manera segura y saludable.

    Artculo 4. Fomentar el liderazgo, compromiso, participacin y trabajo en equipo detoda la organizacin en materia de seguridad y salud en el trabajo.

    B.- ALCANCES

    Artculo 5. La aplicacin del presente reglamento alcanza a toda persona natural ojurdica, que realice actividades dentro de las instalaciones de laorganizacin.

    CAPITULO III

    LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

    A.- LIDERAZGO Y COMPROMISO

    Artculo 6. La Direccin General de TECSUP No.1, establece los fundamentos deliderazgo y compromiso sobre los que se basar el Sistema de Gestin deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    Artculo 7. Tecsup establece su Poltica de Seguridad y Salud asumiendo lossiguientes compromisos:

    i)

    ii)

    iii)

    iv)

    Administrar la seguridad y salud en el trabajo.

    Integrar la seguridad y salud en el trabajo en todas las actividades dela organizacin.

    Involucrar a los colaboradores en el esfuerzo por lograr ambientes detrabajo seguros y saludables.

    Brindar soporte a los aspectos de seguridad y salud que requieran serimplementados.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    v)

    vi)

    Establecer responsabilidades en materia de seguridad y salud entodos los niveles de la Organizacin.

    Definir y aplicar la Poltica de Seguridad y Salud Ocupacional en todaslas actividades de la Organizacin.

    B.- POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

    Poltica de Seguridad y Salud Ocupacional

    En Tecsup nos dedicamos a formar y capacitar profesionales en disciplinasrelacionadas con la aplicacin de la tecnologa, el mismo que se desarrollaen un marco de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional, orientado a laproteccin de sus colaboradores, estudiantes y visitantes en general, para locual asumimos los siguientes compromisos:

    Implantarel Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional a finde Identificar los peligros con riesgos significativos, prevenir, controlar y

    minimizar su impacto en las personas.Fomentarla cultura de seguridad y salud ocupacional a travs de laformacin y capacitacin permanente de profesionales y la implicancia desu trabajo en la seguridad de las personas, procesos e instalacionesindustriales.

    Favorecerla mejora continua de nuestros servicios y la participacinefectiva de todos sus colaboradores en lo relacionado a la prevencin deaccidentes y el desarrollo de enfermedades ocupacionales.

    Establecer, Mantener y Difundirla presente Poltica de Seguridad ySalud Ocupacional entre nuestros colaboradores, estudiantes, visitantes,proveedores, contratistas y entidades reguladoras, ponindola adisposicin del pblico.

    Mario Rivera Orams

    Director General

    CAPITULO IV

    ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIN, DEL COMITDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y

    DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIO.

    A.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADESDE LA ORGANIZACIN

    Artculo 8. Tecsup:

    i) Ser responsable de la prevencin y conservacin de las instalacionesde tal manera que garantice adecuada proteccin contra accidentesque puedan afectar la vida, salud e integridad fsica de toda personaque haga uso de ellas.

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    TRABAJO

    ii) Sensibilizar y Capacitar frecuentemente a sus Colaboradores entemas relacionados a la seguridad y salud en el trabajo. Asimismodesarrollar simulacros y entrenamiento como preparacin anteposibles emergencias.

    iii) Informar a sus colaboradores y alumnos sobre los riesgos

    relacionados a sus actividades y de las medidas de proteccin yprevencin a emplear.

    iv) Colocar afiches y avisos pertinentes en lugares visibles, destinados apromover el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en eltrabajo.

    v) Proporcionar a sus colaboradores los equipos de proteccin personalde acuerdo a los riesgos al que puedan verse expuestos.

    vi) Delegar la autoridad requerida al Comit de Seguridad y Salud en elTrabajo para el ejercicio de sus funciones.

    vii) Implementar las recomendaciones que el Comit de Seguridad ySalud en el Trabajo determine.

    viii) Exigir a las empresas contratistas el cumplimiento de las medidas deseguridad inherentes a la naturaleza de su trabajo

    Artculo 9. Los responsables de efectuar la adquisicin de materiales y equipos,debern cerciorarse de que los mismos cumplan con los estndaresrecomendados en materia de seguridad, salud y cuidado ambiental.

    DEL PERSONAL EN GENERAL

    Artculo 10. Usarn de manera correcta mquinas, aparatos, equipos, herramientas,medios de transporte, sustancias peligrosas, entre otros, que sirvan paradesarrollar sus actividades, considerando las siguientes pautas:

    i)

    ii)

    En las instalaciones, no se alterar la seguridad de las instalaciones, nise desarrollar actos que supongan riesgos para si mismos u otraspersonas. Por ninguna razn se pondr fuera de funcionamientodispositivos de seguridad, ni se bloquearn las vas de transitoestablecidas.

    La manipulacin de mquinas y otros equipos de trabajo, sernexclusivamente desarrollados por personal capacitado, dotado de loselementos de seguridad pertinentes y de acuerdo con la normativainterna de la organizacin.

    iii) Del mantenimiento, todo colaborador que tiene asignado un lugar paradesarrollar sus actividades, es responsable de gestionar elmantenimiento de sus instalaciones, mquinas, equipos, herramientas,

    y dems muebles, los que debido a su mal funcionamiento permitanque se produzcan cuasi accidentes, accidentes, enfermedadesocupacionales, incidentes peligrosos, o emergencias.

    Artculo 11. El personal a quien se le asigne equipos de proteccin personal, har usocorrecto y responsable de los mismos y gestionar su reposicin omantenimiento ante cualquier anomala.

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    TRABAJO

    Artculo 12. Participarn responsablemente de los simulacros, charlas y capacitacionesen materia de seguridad y salud, as como en la preparacin deemergencias.

    Artculo 13. Colaborarn con las actividades y planes de prevencin de riesgoslaborales que se desarrollen, de manera que se garanticen condiciones de

    trabajo seguras, y que no presenten riesgos para la salud de suscolaboradores, alumnos, visitas y personas en general.

    Artculo 14. Informar de inmediato a los responsables encargados tales como: Jefe deDepartamento, Logstica y al Coordinador de Seguridad y SaludOcupacional, acerca de cualquier situacin un riesgo para la seguridad y lasalud de la personas.

    Artculo 15. Recomendar el uso de los equipos de proteccin personal o colectiva quese hayan considerado como necesarios para el desarrollo de actividadesen talleres, laboratorios e instalaciones en general.

    Artculo 16. Podrn negar el acceso o retirar de los ambientes a aquellos alumnos quepor su conducta negligente, supongan un riesgo para s mismos o para lasdems personas.

    ALUMNOS

    Artculo 17. Se abstendrn de realizar actos que pongan en riesgo su integridad fsicay la de sus compaeros, as como actos contrarios a la disciplina deTECSUP, debiendo acatar en todo momento las disposiciones contenidasen este reglamento y la normativa interna de la organizacin.

    Artculo 18. Si no comprende una determinada orden del profesor, deber preguntar osolicitar una aclaracin. No deber asumir riesgos innecesarios ni poner enpeligro a sus compaeros de clase por no haber comprendido algunadisposicin.

    Artculo 19. Informar de inmediato a los profesores, acerca de cualquier situacin que,a su juicio entrae por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y lasalud de la persona como la de sus compaeros.

    SANCIONES

    Artculo 20. El personal que incumpla con lo establecido en el presente Reglamento ydems disposiciones complementarias relacionadas con la seguridad ysalud de las personas, sern sancionados por el rea de RecursosHumanos segn lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo, para locual el Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo determinar lagravedad de la falta.

    Artculo 21. Los alumnos que incumplan con lo establecido en el presente Reglamentoy dems disposiciones complementarias relacionadas a la seguridad ysalud de las personas, sern sancionados por la Direccin Acadmicasegn lo estipulado en el Reglamento Acadmico de Tecsup, para lo cualy de ser necesario el Comit de Seguridad y Salud en el Trabajodeterminar la gravedad de la falta.

    Artculo 22. Sern consideradas faltas, las descritas a continuacin:

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    TRABAJO

    i)

    ii)

    No Usar Equipos de Proteccin Personal o Ropa de Trabajo, alpresentarse a clase, en donde expresamente se ha determinado el usode los mismos, o durante el desarrollo de la misma, dejara de haceruso de sus equipos de seguridad, poniendo en riesgo su salud.

    Manipular Maquinas, Equipos y Herramientas sin Autorizacin, para

    las cuales deber recibir formacin previa, debido al riesgo de poneren peligro su propia salud, la de sus compaeros, el correctofuncionamiento de la mquina o equipo, o el de las instalaciones,

    iii) Poner Fuera de Funcionamiento los Dispositivos de Seguridad yEmergencia, tales como guardas protectoras de partes en movimiento(engranajes, rodillos, etc.), interruptores diferenciales, bloquear o haceruso indebido de extintores, duchas y lavaojos de emergencia,medicamentos del botiqun de primeros auxilios, bloquear vas deevacuacin, retirar seales de seguridad, entre otros.

    iv) Desobedecer una Orden Expresa, la cual se ha determinado, comonorma interna de seguridad y salud en particular para el laboratorio otaller, citada o no en el presente Reglamento y la cual deliberadamente

    se incumple.v) Cualquier otra actividad que pueda poner en riesgo su propia

    seguridad, de las dems personas o las instalaciones.

    B.- ORGANIZACIN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    DEL COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Artculo 23. Tecsup conformar un Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cualtendr por objetivo asesorar, orientar y recomendar a la Organizacin enmateria de seguridad y salud, vigilando el cumplimiento de la normativainterna, promoviendo la prevencin de accidentes, favoreciendo elbienestar laboral y apoyando el desarrollo de la misma.

    Artculo 24. El Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo, llevar un libro de actasdebidamente registrado por el Ministerio de Trabajo y Promocin delEmpleo, donde se anotarn los acuerdos tomados en reunin y los plazoscorrespondientes para su cumplimiento.

    Artculo 25. El Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo cumplir las siguientesfunciones:

    i)

    ii)

    Ser una entidad interna de la Organizacin, responsable del desarrollo,aplicacin y resultados del sistema de gestin de seguridad y salud enel trabajo; rendir cuentas de sus acciones a la Direccin y/o autoridadcompetente.

    Realizar inspecciones peridicas a las instalaciones de la empresa.

    iii) Revisar y aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en elTrabajo.

    iv) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para evaluar y analizar elavance de los objetivos establecidos en el programa anual y en formaextraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando lascircunstancias lo exijan.

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    TRABAJO

    v) Analizar las causas y las estadsticas de incidentes, accidentes y deenfermedades ocupacionales emitiendo las recomendacionesrespectivas.

    vi) Revisar y aprobar el Programa Anual de Seguridad y SaludOcupacional

    ORGANIGRAMA

    Artculo 26. Tecsup adoptar el siguiente organigrama para el comit, el mismo quecontar entre 6 u 8 miembros, tal como se muestra en el siguientediagrama:

    PRESIDENTE

    SECRETARIO

    MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO

    Organigrama del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo

    PROGRAMAS

    Artculo 27. El Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborar programascon relacin a los objetivos, contenidos y otros elementos que garanticen

    la gestin de forma preventiva y sistemtica de los peligros y riesgosdeterminados en la Organizacin, los cuales sern aprobados por elComit.

    CRONOGRAMAS

    Artculo 28. El Comit elaborar y aprobar los cronogramas donde se establezcan losplazos de implementacin de acciones de mejora en materia de seguridady salud.

    EVALUACIN

    Artculo 29. El Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo, conjuntamente con laDireccin General de la Organizacin, evaluarn los resultados obtenidosde la gestin de seguridad y salud ocupacional, determinandooportunidades de mejora, as como medidas y acciones correctivas.

    MAPA DE RIESGOS

    Artculo 30. La organizacin determinar los riesgos existentes en sus instalaciones yelaborar mapas de riesgos que servirn para informar y prevenir a

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    TRABAJO

    colaboradores y alumnos de los peligros asociados a sus diversasactividades.

    Artculo 31. El Comit designar los lugares donde se colocarn los Mapas de Riesgos,considerando zonas visibles para todo el personal y alumnos.

    C.- IMPLEMENTACIN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIN DELSISTEMA DE GESTIN

    Artculo 32. La organizacin contar con registros y documentos que evidencien laimplementacin del sistema de gestin de seguridad y salud. Estosregistros y documentos estarn actualizados y se encontrarn adisposicin de sus colaboradores y la autoridad competente, siendostos:

    i)

    ii)

    Registro de accidentes, incidentes, investigacin de los mismos y susmedidas correctivas adoptadas en cada caso.

    Registro de Enfermedades ocupacionales,

    iii) Registro de exmenes mdicos ocupacionales.iv) Registro de monitoreo de agentes fsicos, qumicos y factores de

    riesgo ergonmico.

    v) Registro de Inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad.

    vi) Estadsticas de Seguridad y Salud.

    vii) Registro de Inspeccin de equipos de seguridad o emergencia.

    viii) Registro de induccin, capacitacin, entrenamiento y simulacros deemergencia.

    D.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUEBRINDAN SERVICIOS A TECSUP

    Artculo 33. El responsable de contratar empresas de servicio, es el encargado decomunicar las normativas internas de la Organizacin, las que debern seracatadas antes de dar inicio y cumplidas durante el desarrollo de suslabores en las instalaciones de Tecsup.

    Artculo 34. Las empresas de servicios debern desarrollar gestin eficaz y eficiente enla prevencin de riesgos laborales, adems de:

    i)

    ii)

    Velar por la seguridad y salud de sus colaboradores, dotndoles deequipos de proteccin personal necesarios para desarrollar su trabajo.

    Contratar los seguros de acuerdo a la normativa legal vigente del pas.

    iii) Cumplir y respetar la normativa legal vigente y la dispuestainternamente por la Organizacin.

    Artculo 35. En la contratacin de servicios, de empresas contratistas o proveedoras,se deber exigir el cumplimiento de los criterios legales y tcnicos quesean pertinentes en cada caso en materia de seguridad, salud y deacuerdo a la normativa interna de la organizacin.

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    TRABAJO

    CAPITULO V

    ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD ENLAS ACTIVIDADES

    A.- SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES EDUCATIVASEN TALLERES Y LABORATORIOS

    DE LOS TALLERES Y LABORATORIOS EN GENERAL

    Artculo 36. En el caso de talleres, mantener limpio el puesto de trabajo, evitandodesorden y falta de limpieza.

    Artculo 37. Una vez finalizado el uso de herramientas y tiles de trabajo, se debernrecoger, limpiar y guardar en las zonas de almacenamiento destinadas.

    Artculo 38. El personal autorizado a talleres utilizar para efectuar sus labores: ropade trabajo, zapatos de seguridad y otros de acuerdo a los riesgos que seencuentren expuestos y los que se determinan especficamente en loscarteles y seales de talleres y laboratorios.

    Artculo 39. Los alumnos no ingresarn al laboratorio con accesorios personales quepuedan comprender riesgos de accidentes mecnicos, qumicos o porfuego, como son anillos, pulseras, collares y sombreros.

    Artculo 40. Los laboratorios y talleres deben ser lugares seguros para trabajar, dondeno se deben permitir descuidos, tales como exceso de confianza odesconcentracin en el desarrollo de actividades.

    Artculo 41. Mantener siempre limpias, libres de obstculos y debidamente sealizadaslas zonas de transito.

    TALLERES DE MECNICA

    Artculo 42. Para las actividades que se realizan en los talleres mecnicos se debercumplir lo siguiente:

    i)

    ii)

    Limpiar y conservar correctamente las mquinas y equipos de trabajo.

    Informar la existencia de herramientas averiadas, sin usarlas antes deque estas sean reparadas o cambiadas.

    iii) No sobrecargar las estanteras, recipientes y zonas dealmacenamiento.

    iv) Colocar siempre los desechos y la basura en contenedores yrecipientes adecuados para este propsito.

    v) Disponer los manuales de instrucciones y tiles generales en lugares

    que resulten fcilmente accesibles, que se puedan utilizar sin llegar asaturarlo y sin que queden ocultas las herramientas de uso habitual.

    TALLERES DE MANTENIMIENTO DE VEHCULOS

    Artculo 43. Para las actividades que se realizan en los talleres de motores, se debercumplir lo siguiente:

    i) No quitar los dispositivos de seguridad, mientras los motores estn enfuncionamiento.

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    TRABAJO

    ii) Coordinar las pruebas del equipo con todas las personas involucradasen el servicio, comunicndoles antes de la puesta en funcionamientodel motor.

    iii) Durante el funcionamiento de un motor en el rea se deberconsiderar el uso de proteccin auditiva, dependiendo de los niveles

    de ruido.iv) En caso de generarse gases de combustin en el arranque del motor

    se deber hacer uso de los sistemas de extraccin de gases.

    v) Los dispositivos de accionamiento de las mquinas deben serclaramente visibles y estar bien identificados.

    vi) Cuando se trabaja en el sistema elctrico del vehculo, se debercumplir lo siguiente:

    Tener presente las recomendaciones para el manejo de corrienteelctrica, tales como manipular conductores o materiales solocuando se tenga la seguridad de que se encuentran sin energa.

    Hacer uso de equipos de proteccin personal y herramientas enbuen estado.

    Tomar las medidas necesarias para eliminar la energa elctricaremanente en conductores y dispositivos.

    TALLER DE EQUIPO PESADO Y TALLER CATERPILLAR

    Artculo 44. Para las actividades que se realizan en el taller de equipo pesado y tallerCaterpillar se deber hacer cumplir lo siguiente:

    i)

    ii)

    Se podr operar la maquinaria pesada previa autorizacin del profesorresponsable, quien garantizar que la persona que realizar laoperacin, se encuentra capacitada.

    Los alumnos debern ser capacitados en el trabajo alrededor delequipo pesado y mantenindose en lugar seguro.

    iii) Antes de iniciar las actividades se deber de observar que ningunapersona ajena a la actividad se encuentre cercana al rea de trabajo.

    iv) Establecer medio de comunicacin, el grupo de trabajo deber utilizarseales comunes.

    v) Salir del equipo despacio. Nunca saltar para subir o bajar. Se deberutilizar la regla de tres puntos de contacto al subir o bajar del equipopesado (significa que ambos pies y una mano o ambas manos y un piese encontrarn siempre en contacto con las escaleras del equipo)

    vi) Es de vital importancia seguir permanentemente todos los reglamentosy procedimientos de seguridad cuando se opera o se trabaja cerca deequipo pesado.

    vii) El empleo de la gra puente para la manipulacin y traslado de piezaspesadas debe hacerse considerando su carga mxima de 6,300 Kg.,quedando terminantemente prohibido sobrepasar dicha carga.Asimismo, los botones de subida y bajada deben permanecercorrectamente identificados.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    viii) Se deber vigilar el recorrido de las cargas, tanto durante la elevacin,como en el descenso, as como en los desplazamientos. Debernestablecerse seales de alerta visual a fin de prevenir golpesinadvertidos al personal que labora en el rea.

    TALLER DE SOLDADURAArtculo 45. Para las actividades que se realizan en el taller de soldadura, se deber

    cumplir:

    i)

    ii)

    Toda rea donde se realice trabajos de soldadura deber estar libre demateriales inflamables.

    Durante las actividades de soldadura se debe asegurar la extraccinde gases y humos generados. Se debe mantener la llama, laspartculas candentes y la escoria, lejos de cilindros, mangueras yrecipientes que contenga lquidos inflamables.

    iii) Toda persona que realice trabajos de soldadura o corte oxiacetilnico,debern usar lentes de seguridad.

    iv) Los cables de soldadura elctrica y las mangueras de soldaduraoxiacetilnica no deben cruzarse en reas de circulacin peatonal o deequipos o materiales mviles.

    v) Cuando se suelde con arco elctrico, se observarn todas lasprecauciones referentes al manejo de la corriente elctrica y no serealizar ningn ajuste de corriente mientras se mantenga el arco.

    vi) Las personas que laboren en este taller, estarn protegidos durante sulabor con proteccin visual adecuada, tales como careta parasoldadura (pantalla de vidrio #12), gafas de seguridad para soldadura,guantes de cuero, respirador o mascarilla para humos metlicos,zapatos de seguridad con puntera reforzada, mandil y vestimenta de

    material incombustible.vii) El personal que realice una operacin de esmerilado de piezas, deber

    usar caretas de proteccin.

    Artculo 46. El rea de soldadura de arco elctrico deber estar aislada visualmente delresto del ambiente.

    Artculo 47. El profesor, responsable del rea, tomar las precauciones necesariaspara evitar posibles amagos de incendio. Siempre se mantendr comomnimo un extintor muy cerca al rea donde se suelda.

    TALLERES Y LABORATORIOS ELCTRICOS Y ELECTRNICOS

    Artculo 48. Para las actividades que se realizan en el taller o laboratorio elctrico yelectrnico se debe cumplir las siguientes reglas:

    i)

    ii)

    Los alumnos dejarn sus artculos personales en el casillero asignadopor su departamento, o en el lugar destinado para tal propsito dentrodel ambiente si lo hubiera

    Los alumnos estn obligados a respetar las instrucciones del profesordurante el desarrollo de las prcticas.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    iii) El material para todos los equipos elctricos se seleccionar conrelacin a la tensin de trabajo, la carga y de acuerdo al CdigoNacional de Electricidad, difundida en el curso.

    iv) Slo se podrn utilizar herramientas, que cumplan estndaresinternacionales de seguridad y que adems debern ser

    inspeccionadas frecuentemente, de tal manera que se identifiquenanomalas en los mismos.

    v) Los alumnos podrn hacer uso de la electricidad, solamente con laautorizacin y supervisin del profesor, teniendo en consideracin loestipulado en el presente reglamento y las guas internas.

    vi) En los talleres de electricidad es de uso obligatorio el casco y zapatosde seguridad con caractersticas aislantes, tanto para el profesor comolos alumnos.

    Artculo 49. Para asegurar la ausencia de tensin en los trabajos que as lo requieran,se deben tener en cuenta las siguientes medidas:

    i) Supresin de la tensin, en cinco etapas bsicas:

    Desconectar la parte de la instalacin en la que se realizar eltrabajo.

    Prevenir cualquier retroalimentacin, preferentemente por bloqueodel mecanismo de maniobra.

    Verificar la ausencia de tensin de todos los elementos activos de lainstalacin elctrica en la zona de trabajo.

    Puesta a tierra y en cortocircuito.

    Proteccin frente a elementos cercanos con tensin yestablecimiento de una sealizacin de seguridad.

    ii) Reposicin de la tensin una vez finalizado el trabajo, siguiendo los

    pasos que se detallan a continuacin: Retirada de protecciones adicionales y de la sealizacin en la zona

    de trabajo.

    Retirada de la puesta a tierra y en cortocircuito.

    Desbloqueo y retirada de la sealizacin de los dispositivos de corte.

    Cierre de los circuitos para reponer la tensin.

    iii) En el caso particular de trabajos en instalaciones con condensadoresque permitan una acumulacin peligrosa de energa, se recomiendaactuar del siguiente modo:

    Separacin segura de fuentes de tensin por desconexin,

    mediante corte visible o verificacin fiable y ausencia de tensin. Utilizacin de un circuito de descarga en los bornes de los

    condensadores durante el tiempo necesario.

    Artculo 50. Los instrumentos de medida porttiles deben ser utilizados por los alumnosy profesores de manera correcta y con la debida precaucin, ya quepueden llegar a provocar cortocircuitos y/o arco elctrico en el punto demedicin de las instalaciones, debido a fallos internos o errores en lasconexiones.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Artculo 51. Los instrumentos de medida porttiles deben revisados frecuentementepor el profesor, para determinar posibles fallas en cuanto a la seguridaddel uso de los mismos.

    Artculo 52. Los trabajos en tensin requieren el seguimiento riguroso de unprocedimiento de trabajo que incluya las medidas de seguridad necesarias.

    Sern realizados por los alumnos con supervisin directa del profesor,quienes tendrn en cuenta las recomendaciones siguientes:

    i)

    ii)

    Las zonas de trabajo deben sealizarse y delimitarse correctamentepara evitar el paso de personas ajenas al trabajo que se realiza.

    Los colaboradores o alumnos no deben llevar objetos conductorescomo pulseras, relojes, cadenas o cierres de cremalleras metlicos.

    iii) Para evitar el contacto del colaborador o alumno con elementosenergizados, se debern utilizar:

    Accesorios aislantes para recubrir las partes activas y las masas

    tiles y dispositivos aislantes o aislados como herramientas, pinzas,puntas de prueba, etc.

    Equipos de proteccin individual homologados (guantes, gafas,cascos aislantes, alfombras, prtigas, etc.)

    LABORATORIOS DE QUMICA Y METALURGIA

    Artculo 53. Las hojas de datos de seguridad de material (MSDS) de los productosqumicos utilizados en el laboratorio deben estar disponibles y en lugarvisible, debindose identificar la toxicidad y riesgos de todos loscompuestos qumicos con los que se trabaje.

    Artculo 54. Se deber cumplir:

    i)

    ii)

    Los alumnos conozcan la ubicacin de lavaojos, ducha, extintor ysalida para casos de emergencia.

    Durante la estancia en el laboratorio, el alumno deber estar provistode mandil, gafas de seguridad cuando exista riesgo de salpicadura yguantes de seguridad y de diferente tipo para manipular productosqumicos corrosivos o materiales calientes

    iii) Mantener slo el material requerido para la sesin sobre la mesa detrabajo. Los frascos de reactivos debern permanecer en los lugaresindicados para tal fin. Los dems objetos personales o innecesariosdeben guardarse o colocarse fuera o lejos del rea de trabajo.

    iv) Al manejar reactivos se deber leer previamente sus frases R (riesgosa los que se pueden ver expuestos) y S (medidas de previsin para

    contrarrestar el riesgo).v) Es obligatorio el uso de gafas protectoras.

    vi) No tocar los productos qumicos con las manos. Usar papel, esptulas,etc. Usar guantes para el manejo de reactivos corrosivos y/o txicos.

    vii) Los frascos de los reactivos deben cerrarse inmediatamente despusde su uso, durante su utilizacin las tapas o tapones deberncolocarse siempre boca arriba sobre la mesa.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    viii) Si algn reactivo se derrama, deber limpiarse inmediatamentedejando el lugar limpio. Prever la posible generacin de gasesproducto de la reaccin con otros materiales, debiendo usar losequipos de proteccin necesarios para esta actividad.

    ix) Culminado el uso del mechero, debern cerciorase del cierre completo

    de la vlvula de gas, complementando esta actividad con el cierre de lavlvula general.

    x) Cuando se trabaje con gases a temperatura ambiente o porcalentamiento, dichas tareas se debern realizar haciendo uso de lacampana extractora,

    xi) Al trasvasar y almacenar soluciones, los recipientes utilizados debernlimpiarse previamente, eliminando cualquier residuo y etiqueta anterior,debiendo rotular el envase con las caractersticas de su nuevocontenido.

    xii) Al concluir el laboratorio, lavarse las manos antes de comer, beber ofumar.

    xiii) Advertencias en el laboratorio: Nunca se deber manipular productos o disolventes inflamables en

    las proximidades de llamas.

    Nunca se deber pipetear con la boca, en el caso de que se debadesarrollar esta actividad, se succionarn empleando pipetas ybombillas de mano.

    Nunca calentar enrgicamente una disolucin. La ebullicin debeser siempre de manera lenta.

    Est prohibido fumar, beber o comer en el laboratorio.

    No llevarse nada a la boca como materiales de laboratorio; si algnreactivo es accidentalmente ingerido, se deber comunicarinmediatamente al profesor.

    Por ninguna razn se retirarn reactivos o materiales fuera dellaboratorio, sin autorizacin del profesor.

    En la dilucin de cidos, nunca aadir agua al cido, se deber aadirlentamente cido al agua.

    Artculo 55. Las heridas y quemaduras deben ser tratadas inmediatamente. En el casode salpicaduras de cidos sobre la piel lavar inmediatamente conabundante agua, Es conveniente retirar la ropa para evitar que el productoqumico quede atrapado en la misma.

    Artculo 56. Al momento de calentar o destilar, se deber de tener presente:

    i)

    ii)

    Los recipientes calientes deben manipularse con cuidado, para lamanipulacin y extraccin de materiales o recipientes, de hornos yestufas debern utilizarse pinzas y guantes.

    Cuando se calienten lquidos, evitar que la posible proyeccin alcancea cualquier persona o reactivo incompatible. Al calentar una solucinen un tubo de ensayo, debe hacerse bajo el nivel del lquido yconstantemente agitando. No debe apuntarse con el tubo alcompaero o a s mismo, pues puede proyectarse.

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    TRABAJO

    iii) Al calentar vidrio, dejar enfriar antes de cogerlo. Colocarlo sobre unmaterial trmicamente aislante.

    Artculo 57. Orden y Limpieza en el Laboratorio:

    i) Conservar siempre limpios los aparatos y el puesto de trabajo. Evitarderrames de sustancias y de suceder, se deber limpiarinmediatamente.

    Artculo 58. La disposicin de los residuos generados al interior del laboratorio, deberde cumplir las siguientes consideraciones:

    i)

    ii)

    Los desperdicios lquidos no contaminantes (debido al poco volumen)se deben tirar por los desages, dejando correr suficiente agua paradiluirlos o en caso contrario neutralizarlos antes de su disposicin final.

    Todos los desperdicios slidos y papeles debern colocarse en losbidones de basura, al material de vidrio roto se le deber disponer deforma tal que asegure que no ser un peligro durante su disposicinfinal.

    LABORATORIOS DE CMPUTO

    Artculo 59. Para las actividades que se realizan en el aula de cmputo se deberhacer cumplir las siguientes reglas:

    i)

    ii)

    Con el fin de evitar obstruccin en la circulacin dentro del rea,asegurar que el alumno deje sus artculos personales en el lugarestablecido, o de tal manera que no interrumpa el paso.

    Dentro del laboratorio, debern acatarse las disposiciones del profesorreferente a desplazamiento por el lugar como en el manejo de losequipos.

    iii) Como disposiciones generales, se tendrn:

    Con el fin de evitar aglomeraciones, daos al equipo y desordenslo se permitir la presencia de una persona por cada equipo decmputo.

    Cada alumno podr utilizar nicamente el equipo que le haya sidoasignado, no podr hacer uso de otro sin la autorizacin delprofesor.

    A.1 SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y DEMANTENIMIENTO

    OFICINAS ADMINISTRATIVAS

    Artculo 60. Para minimizar o eliminar los riesgos ergonmicos del lugar de trabajo, sedeber tener en cuenta lo siguiente:

    i)

    ii)

    Organizar la distribucin de muebles, equipos y artefactos en el lugarde trabajo, tratando de encontrar mayor comodidad durante las labores

    Colocar los artculos de trabajo que se utilizan con mayor frecuencia, alfcil alcance de las manos.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Artculo 61. No ubicar cajas, papelera u otro tipo de elementos debajo de escritorios, omesas de trabajo, puesto que esta situacin impide la movilidad necesariao limita el acercamiento al plano de trabajo incrementando la fatiga.

    Artculo 62. No coloque materiales u objetos encima de armarios, archivadores omuebles a una altura superior a la de los hombros. Solo podr realizarse

    esta actividad si se cuenta con ayudas mecnicas (escalerillas,plataformas)

    Artculo 63. Para el manejo de cargas y levantamiento de pesos, se deber de seguirlos siguientes pasos:

    i)

    ii)

    Adoptar posicin de seguridad cuando se requiera levantar objetos,ubicarse frente al objeto que se desea levantar, con los piesligeramente separados uno delante del otro, inclinar levemente lacabeza, flexionando las rodillas y manteniendo la espalda recta. Cogerfirmemente el objeto utilizando ambas manos, finalmente acercar alcuerpo y levantar efectuando la mayor fuerza con las piernas.

    Solicitar ayuda cuando se requiera alzar pesos desde el piso a los quela persona no se encuentra acostumbrado levantar.

    iii) No levantar objetos desde el piso estando sentado. Procurarlevantarse y adoptar la postura adecuada y segura que se describianteriormente.

    Artculo 64. En cuanto a la iluminacin, se deber de tener en cuenta lo siguiente:

    i)

    ii)

    Ubicar el monitor, el mobiliario y dems elementos de oficina, deacuerdo a la distribucin de las luminarias y la entrada de las fuentesde luz natural (puertas, ventanas) evitando la formacin de reflejos enlas pantallas y superficies de trabajo.

    El borde superior de la pantalla debe quedar a nivel de los ojos, a finde evitar la mala postura del cuello que incrementa la fatiga, mantenerel cuello recto y sin tensin.

    Artculo 65. Es importante conservar el orden y la limpieza y para ello se debe de:

    i)

    ii)

    Mantener aseado y ordenado su sitio de trabajo

    Revisar peridicamente el rea de trabajo, evaluar la existencia demateriales inservibles o en desuso y proceder a desecharlos.

    Artculo 66. Es importante, para reducir los riesgos derivados de la electricidad, lassiguientes normas de seguridad:

    i)

    ii)

    Abstenerse de usar equipos elctricos defectuosos o con arreglosimprovisados.

    Asegurarse que las instalaciones y conexiones elctricas seencuentran en buen estado.

    iii) Las conexiones elctricas de las computadoras, ventiladores etc.debern estar ordenadas, protegidas o aseguradas, para evitaraccidentes y tropiezos con el cableado.

    iv) Tenga presente dejar desconectados los equipos elctricos de laoficina cuando sta va a permanecer cerrada por un periodo largo.

    v) Informe de cualquier avera o condicin peligrosa que se presente enmaquinas o equipos, puede desencadenar accidentes o emergencias.

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    TRABAJO

    TALLER DE MANTENIMIENTO

    Artculo 67. Para las actividades que realiza el personal de mantenimiento debe tenerpresente las siguientes reglas:

    i)

    ii)

    En las operaciones de mquinas, tales como taladros, esmeriles,fresas y otras que desprenden partculas cortantes o abrasivas, sedebern emplear gafas de seguridad para proteger los ojos.

    Los mecnicos y electricistas, tendrn por obligacin, asegurarse quelas herramientas de mano que utilicen, estn debidamente empotradosen sus mangos, los cuales debern estar en perfectas condiciones.

    iii) Los mecnicos y electricistas que efectan reparaciones, montajes odesmontajes en las mquinas, tienen que estar seguros que estas seencuentren desconectadas elctricamente y sin funcionamiento, antesde empezar cualquier trabajo.

    B.- PROTECCIN PERSONAL

    B.1 ROPA DE TRABAJO, VESTIDOS PROTECTORES, MANDILES, ARNS

    Artculo 68. Todo colaborador, alumno y trabajador contratista que est sometido adeterminados riesgos, deber obligatoriamente contar con ropa de trabajoy equipos de proteccin adecuados.

    Artculo 69. El uso de arneses de seguridad, ser obligatorio cuando se desarrollentrabajos por encima del 1.80 metros de altura, sobre el nivel de piso. Losarneses de seguridad usados en Tecsup debern contar aprobacin de lanorma ANSI Z359.1.

    Artculo 70. Los arneses de seguridad y sus conectores sern examinados a intervalosfrecuentes para identificar cortes, rasguos, desgaste. Las partesdefectuosas sern reemplazadas de ser posible, de lo contrario sedispondr el recambio del equipo de proteccin.

    B.2 OTRAS PROTECCIONES ESPECFICAS

    PROTECCIN DE LA CABEZA

    Artculo 71. Toda persona que ingrese a reas donde existan cargas suspendidas oriesgo de cada de objetos, estn obligados a ingresar con el cascobrindado por TECSUP, el cual cumplir con normas nacionales einternacionales.

    Artculo 72. Para determinar si un casco ha sido probado, deber contar con el sello delos estndares aplicados durante el mismo e incluir denominacin y clase.

    PROTECCIN DE LA VISTA

    Artculo 73. Las personas que realicen labores que puedan producir proyeccin departculas estarn provistas de lentes con lunas resistentes a cada tipo deimpacto y que cumplan con los requisitos de la autoridad competente.

    Artculo 74. Los anteojos protectores para operaciones donde se pueda producir gaseso emanaciones peligrosas, as como exista el riesgo de salpicadura desustancias que pueden daar los ojos, sern de material flexible,

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    resistentes a dichas exposiciones y no debern tener aberturas deventilacin.

    Artculo 75. El uso y tipo de protectores, estar de acuerdo con la clase de operacinque se realice. En este sentido, su empleo ser obligatorio en lassiguientes operaciones:

    i)

    ii)

    USO DE ESMERILES, inclusive si dichos esmeriles estn provistos dedefensas de vidrio debern usar lentes contra impacto o caretasfaciales.

    USO DE AIRE A PRESIN PARA LIMPIEZA de polvo o partculasmetlicas gafas contra impacto y salpicaduras.

    iii) RASQUETEADO o limpieza de superficies metlicas gafas contraimpacto y salpicaduras.

    iv) EN SOLDADURA ELCTRICA cuando estn expuestos a los rayos dearco elctrico debern usar caretas para soldar.

    v) MANIPULACIN DE CIDOS, compuestos custicos, cal o productosqumicos similares, se usarn gafas de seguridad.

    vi) EN SOLDADURA AUTGENA gafas de seguridad Con proteccincontra radiaciones.

    vii) EN TRABAJOS DE REMACHADO y sellado de juntas en general,lentes contra impacto.

    viii) En LIMPIEZA DE CALDERO, hornos y chimeneas gafas de seguridad

    ix) EN CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ANTERIORES, en el que laproyeccin de lquidos o partculas puedan herir los ojos.

    PROTECCIN DE LOS OIDOS

    Artculo 76. Las personas expuestas a ruido intenso y prolongado debern usarproteccin auditiva (Ver Ruidos y Vibraciones)

    Artculo 77. Los tapones de odo / orejeras:

    i)

    ii)

    Sern limpiados frecuentemente a menos que sean descartables.

    No debern ser transferidos de un usuario a otro.

    Artculo 78. Cuando los dispositivos para la proteccin de los odos no se usen,debern conservarse en recipientes cerrados, protegindolos contra daosmecnicos y contaminacin por aceite, grasa u otras sustancias.

    Artculo 79. La proteccin para los odos estar disponible en las reas donde se exigesu uso.

    PROTECCIN DE MANOS Y BRAZOS

    Artculo 80. Cuando se seleccionen guantes, se debern tomar en consideracin losriesgos a los cuales el usuario pueda estar expuesto y a la necesidad delmovimiento libre de los dedos.

    Artculo 81. No usarn guantes las personas que operen maquinas o equipos conpartes en movimiento tales como engranajes o partes similares quepueden presentar riesgo de atrapamiento de la mano.

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    TRABAJO

    Artculo 82. Los guantes y mangas protectoras para las personas ocupadas en trabajoselctricos, sern confeccionados de material apropiado conforme a lasnormas de resistencia dielctrica. De ser necesario deber combinarseguantes de caucho cubrindolos con guantes de cuero.

    Artculo 83. Los guantes para personas que manipulen sustancias corrosivas, tales

    como cidos o custicos, sern confeccionados de nitrilo, neopreno,caucho natural, caucho sinttico o pelculas plsticas flexibles y suresistencia a la corrosin se ajustar a las normas aceptadas por laautoridad competente.

    PROTECCIN DE LOS PIES Y LAS PIERNAS

    Artculo 84. El alumno evitara usar zapatos o botas de cuero cuando trabaje conqumicos custicos, ya que estas substancias pueden destruir el cuero.

    Artculo 85. El calzado de seguridad deber contar con aprobacin de normasestablecidas por la autoridad competente.

    Artculo 86. En las operaciones de apilamiento, donde se manipule material pesado, oexista el riesgo de impacto con materiales punzo cortantes el calzado deseguridad deber contar con puntera reforzada para proteccin de los pies.

    Artculo 87. Para trabajos con energa elctrica se usar botas o zapatos de seguridadcon planta aislante dielctrica y sin metal.

    Artculo 88. Para todo trabajo en hmedo, el calzado a usar sern botas de Jebe, PVCo Nitrilo.

    PROTECCIN DEL SISTEMA RESPIRATORIO

    Artculo 89. Toda persona que se encuentre expuesta frecuentemente a la generacinde gases, humos, vapores o polvos, y la posibilidad de lesin o de

    deterioro de la salud, se deber contar con mscaras o respiradores deltipo conveniente al caso particular.

    Artculo 90. Antes de empezar a utilizar equipos de proteccin respiratoria, laspersonas debern ser instruidas acerca del uso de estos aparatos.

    C.- HIGIENE DE LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES

    VENTILACIN

    Artculo 91. Las emanaciones de polvo, gases y otros agentes similares producidosen el interior de los ambientes, sern extrados en lo posible del lugar deorigen (ventilacin natural o artificial), evitando que se expandan en el airerespirable de la instalacin.

    Artculo 92. En los lugares de trabajo donde por su propia naturaleza sea necesariomantener las ventanas y puertas cerradas o la ventilacin natural seainsuficiente, se proveer de sistemas mecnicos de ventilacin paraasegurar la evacuacin del aire viciado (sistema de ventilacin artificial).

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    Nivel de ruido en laEscala "A"

    Tiempo de Exposicin

    80 decibeles 16 horas/da

    85 decibeles 8 horas/da

    90 decibeles 4 horas/da

    95 decibeles 2 horas/da

    100 decibeles 1 hora/da

    105 decibeles 1/2 hora/da

    110 decibeles 1/4 hora/da

    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    ILUMINACIN

    Artculo 93. Todos los lugares de trnsito en general, tales como pasadizos, gradas,escaleras, vas de evacuacin, zonas de carga y descarga y reas de trabajo, deberncontar con iluminacin segura y apropiada.

    Artculo 94. Los trabajos especficos, debern contar con la iluminacin individual quese requiera.

    Artculo 95. Se colocar luces apropiadas que se conservarn encendidas siempre quehaya personas en las aulas, talleres, laboratorios u oficinas.

    Artculo 96. Las salas de mquinas estarn suficientemente iluminadas para quepuedan distinguirse claramente sus diversos componentes.

    RUIDOS Y VIBRACIONES

    Artculo 97. Cuando por la naturaleza del trabajo de los equipos se produzcan ruidossuperiores a los lmites permisibles, se deber tratar de controlar en elsiguiente orden:

    i)ii)

    Eliminar o reducir el ruido en su origen.Aislar las operaciones ruidosas.

    iii) Utilizar implementos de proteccin auditiva.

    Artculo 98. Se proporcionar proteccin auditiva cuando el nivel de ruido en relacin altiempo de exposicin sea superior a los siguientes valores:

    Artculo 99. No se deber exponer a ninguna persona a ruido continuo intermitente ode impacto por encima de un nivel ponderado de 115 dB.

    C.1 SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS

    Artculo 100. El uso de los materiales peligrosos o sustancias qumicas deber cumplircon los requerimientos del fabricante del producto y la normativa internade la Organizacin. Es responsabilidad del encargado de su transporte,instalacin y uso verificar el cumplimiento de estas medidas.

    Artculo 101. Todas las reas al interior de TECSUP que laboren con productosqumicos contarn con las hojas de datos de seguridad del producto(MSDS), brindadas por el fabricante y/o solicitadas en el proceso decompra.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    CAPITULO VI

    ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS YACTIVIDADES CONEXAS

    A. EQUIPOS A PRESINA.1 CALDERO DE VAPOR

    Artculo 102. Tecsup cuenta con un caldero de vapor, el mismo que es empleado confines educativos, no encontrndose relacionado a algn procesoproductivo o industrial, es decir su uso no es constante y tampoco porespacios prolongados.

    Artculo 103. El rea a cargo, llevar un libro de registro donde se anotar todareparacin, mantenimiento, suceso fuera de lo comn que ocurra alcaldero.

    Artculo 104. Durante el tiempo que estn en servicio el caldero, estarconvenientemente vigilado por una persona responsable.

    Artculo 105. Se evitar que existan materiales combustibles o inflamables en lasproximidades del caldero, todo derrame ser inmediatamente controlado.

    Artculo 106. Despus de efectuado el mantenimiento y antes de poner en marcha elcaldero ser examinado minuciosamente y deber asegurarse que:

    i)

    ii)

    No haya materiales extraos, herramientas dentro del caldero.

    Todos los accesorios, aditamentos, conexiones deben estar encondiciones apropiadas de funcionamiento.

    iii) Todas las aberturas de descarga y acceso estn cerradas y lasvlvulas de seguridad, las conexiones de los manmetros estnabiertos.

    Artculo 107. Durante el funcionamiento del caldero se realizarn inspeccionesfrecuentes de las vlvulas, grifos, manmetros, lneas y demselementos de control y accesorios.

    Artculo 108. Nunca se efectuarn reparaciones en el caldero mientras estn bajopresin.

    Artculo 109. Antes de permitir el ingreso de personas al interior del caldero paralimpieza o reparacin, se cerrarn con bloqueadores las vlvulas dealimentacin de agua, las vlvulas de salida de vapor, y se colocarnavisos de seguridad.

    Artculo 110. Ninguna persona entrar en el caldero, mientras no se asegure de queotra est en la parte externa de la abertura de inspeccin estacionado

    con el fin de asistirlo cuando sea necesario.

    A.2 RECIPIENTES A PRESIN SIN FUEGO

    COMPRESORAS FIJAS, MOVILES Y DE USO DIDCTICO

    Artculo 111. Las compresoras estacionarias se instalarn sobre bases slidas yaseguradas firmemente al suelo.

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    TRABAJO

    Artculo 112. El mecanismo de control automtico, el sistema de enfriamiento de aire yla vlvula de seguridad de la compresora se revisaran, limpiaran y harnfuncionar frecuentemente para mantenerlas en ptimas condiciones.

    Artculo 113. Tecsup, adems de contar con compresoras fijas o estacionarias, haruso de compresoras mviles o transportables las mismas que se usarn

    tanto para abastecimiento de aire en las instalaciones, as como parafines educativos, en todos los cuales se mantendr siempre lasrecomendaciones de seguridad citadas a en los siguientes artculos.

    Artculo 114. Las tomas de aire estarn situadas en un lugar donde el aire sea tanpuro y limpio como sea posible y libre de gases y emanacionesinflamables.

    Artculo 115. Las mangueras flexibles recibirn un trato adecuado evitando todaerosin, atrapamiento o disposicin de materiales encima de ellas: Unavez utilizadas s recogern y guardarn adecuadamente.

    Artculo 116. Antes de comenzar el trabajo se examinarn detenidamente lasmangueras flexibles, desechando aquellas cuyo estado no garantice unaabsoluta seguridad, y no se emplearn cintas aisladoras para taponarescapes.

    Artculo 117. Comprobar si la presin de la lnea, o del compresor, es compatible conlos elementos o herramienta que se va a utilizar: Recurrir a la placa decaractersticas y/o al manmetro de la red de alimentacin.

    Artculo 118. No se debe poner nunca en funcionamiento una herramienta o equipoque no disponga de placa de caractersticas, o esta est borrada.

    Artculo 119. Si se dispone de un regulador de presin, se comprobar que est en elvalor ptimo, desde el punto de vista de la seguridad y eficacia delequipo

    Artculo 120. Comprobar el buen funcionamiento de grifos y vlvulas. Tener en cuentaque la alimentacin de aire comprimido deber poder ser cortadarpidamente en caso de emergencia.

    Artculo 121. Antes de efectuar un cambio de accesorio, se cortar la alimentacin deaire comprimido.

    Artculo 122. Comprobar que se dispone de todos los accesorios que son necesariospara realizar el trabajo. Si se han de emplear mangueras que debandescansar en el suelo, eliminar la posibilidad de que sean pisadas porcualquier equipo mvil, as como de que no signifiquen riesgo de cadapara las personas.

    TANQUE DE AIRE COMPRIMIDO

    Artculo 123. Los tanques de aire comprimido se instalarn en lugares en donde:i)

    ii)

    Estarn protegidos por pintura especial anticorrosiva y;

    Sern accesibles para inspecciones.

    iii) Los tanques de aire estarn provistos de aberturas adecuadas parainspeccin y limpieza.

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    TRABAJO

    Artculo 124. Las vlvulas de seguridad de los tanques de aire debern serproporcionadas a la cantidad mxima de aire libre que puedaabastecerse.

    Artculo 125. Los tanques de aire comprimido debern purgarse frecuentemente paraeliminar el aceite, carbn y otras sustancias extraas.

    CILINDROS PARA GASES: CILINDROS PARA GASES COMPRIMIDOS, LICUADOSY DISUELTOS.

    Artculo 126. Los cilindros para gases comprimidos, licuados y disueltos estarnconformes a las especificaciones establecidas en las normas tcnicasvigentes y, en particular, libres de defectos.

    Artculo 127. Todo cilindro de gas estar provisto de un casquete protector u otraproteccin equivalente para la vlvula, el mismo que tendr unrespiradero de tamao apropiado para evitar la acumulacin de gasdentro del casquete.

    Artculo 128. Todos los aditamentos para los cilindros de oxgeno y dems gasesoxidantes, debern conservarse sin grasa o aceite.

    Artculo 129. Los cilindros para gases comprimidos, licuados y disueltos, sesealizarn claramente para los efectos de la identificacin de sucontenido, con diferentes colores segn la normativa al respecto.

    CILINDROS DE ACETILENO

    Artculo 130. Cuando se utilicen los cilindros de acetileno, stos se mantendrn enposicin tal que la cabeza se halle ms alta que la base.

    B.- MANTENIMIENTO Y REPARACIN EN LAS INSTALACIONES EN GENERAL

    B.1 CONDICIONES GENERALES

    Artculo 131. Toda persona que identifique defectos o condiciones inseguras deedificios o parte de ellos, en su estructura, maquinaria, instalacin,herramientas, equipo o cualquier otro accesorio o instrumento que formeparte de TECSUP, informar inmediatamente de dichos defectos a losResponsables del rea y/o al Coordinador de Seguridad y SaludOcupacional, quienes gestionarn las acciones de control respectivas.

    ESCALERAS Y PLATAFORMAS

    Artculo 132. Todo trabajo con escaleras o andamios en el que la persona supere los1.80 metros medidos desde el nivel del piso, se considera un trabajo enaltura lo que significar hacer uso de arns de seguridad.

    Artculo 133. Las escaleras se conservarn siempre en buenas condiciones y serninspeccionadas en intervalos de tiempo establecidos.

    Artculo 134. Las escaleras deben mantenerse libres de aceite, grasa u otro elementoque favorezca el deslizamiento.

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    Artculo 135. Nunca se debe utilizar los peldaos de las escaleras porttiles paracolocar herramientas o materiales.

    Artculo 136. No se debern emplear las escaleras de paso (o tijera) y las decaballetes que tengan ms de seis metros (20 pies).

    Artculo 137. Para aquellas reparaciones que impliquen una cantidad considerable detrabajo elevado y para lo cual no sea posible construir una plataforma fijatemporal, se deber disponer y usar plataformas porttiles de tipoapropiado, las que debern estar construidas slidamente y provistas debarandillas adecuadas.

    Artculo 138. Antes de usar escaleras de tijera plegables, se debe de verificar queestn completamente abiertas y aseguradas. No se permite usarescaleras plegables de tijera como escalera recta.

    Artculo 139. Antes de usar escalera de tijera asegrese de que estn en buenascondiciones, niveladas, y que sus cuatro patas descansen sobre basefirme.

    Artculo 140. Nunca se deber parar en el ltimo peldao de las escaleras plegables

    de tijera, ni en la plataforma para cubos y baldes.Artculo 141. Antes de usar las escaleras "rectas" vea que estn apoyadas en una

    base slida, y propiamente asegurada o amarrada para que no resbaleno ladeen.

    Artculo 142. Al bajar una escalera porttil hgalo siempre dando la cara a lospeldaos.

    Artculo 143. Usar ambas manos para agarrarse cuando est subiendo o bajando unaescalera. Para tener las manos libres para subir o bajar, las herramientaso equipo deben ser subidos con una cuerda o dentro de una bolsacolgada al hombro o en la espalda.

    Artculo 144. Siempre usar una escalera suficientemente larga, y colocada de tal

    manera, que puede alcanzar el lugar de trabajo sin esforzarse, doblarseo estirarse. Asegrese que la escalera sobrepase 1 metro por encima dellugar de acceso.

    Artculo 145. No se deben pintar las escaleras porttiles, la pintura puede cubrirdefectos.

    Artculo 146. Nunca se dejar equipos o herramientas sobre una escalera estospueden caer y causar accidentes al moverla.

    Artculo 147. No usar escaleras metlicas para efectuar trabajos elctricos.

    B.2 OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

    MANTENIMIENTO Y REPARACIN EN EL EDIFICIO Y ESTRUCTURA.Artculo 148. Las personas que realicen actividades de mantenimiento de las

    edificaciones de la organizacin, tendrn siempre a su disposicinequipos tales como arns o cinturn de seguridad de resistencia ydurabilidad adecuadas.

    Artculo 149. Cables salvavidas de longitud y resistencia adecuadas, con dispositivosque puedan ser enganchados a los anclajes para cinturones, de talmanera que se evite con seguridad que caigan durante el trabajo.

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    MANTENIMIENTO Y REPARACIN DE EQUIPO Y MAQUINARIA

    Artculo 150. El mantenimiento y reparacin de equipos y maquinarias sernejecutados nicamente por personal autorizado.

    Artculo 151. Ningn equipo o mquina deber repararse mientras est en movimientoo mientras esta se encuentre energizada, a menos que seaabsolutamente necesario, para lo cual se adoptarn las medidas deseguridad necesarias.

    Artculo 152. Para hacer reparaciones o ajustes en lneas de aire comprimido, gases,materiales peligrosos en general o para trabajar en tanques alimentadospor estas lneas; previamente se deber cortar el flujo cerrando yasegurando las vlvulas.

    MANTENIMIENTO Y REPARACIONES ELCTRICAS

    Artculo 153. Ningn mantenimiento en circuitos o instalaciones elctricas debernrealizarse mientras se encuentren energizados.

    Artculo 154. Los trabajos en circuitos con tensin, sern autorizados por el Jefe deLogstica y sern ejecutados nicamente por personal autorizado.

    Artculo 155. Despus que los trabajos de reparacin se hayan terminado, seenergizar los circuitos luego de comprobar que no existan personasrealizando mantenimiento en dichos circuitos.

    Artculo 156. Cuando haya que llevar a efecto reparaciones en circuitos en los cualesla corriente pueda ser alimentada en ms de una direccin, el circuito,conductor o lneas estarn desconectadas de la fuente de energa en susdos extremidades.

    Artculo 157. Cuando sea necesario, los colaboradores que procedan a efectuarreparaciones en las instalaciones elctricas, utilizarn herramientasaisladas y equipos de proteccin personal.

    C.- HERRAMIENTAS MANUALES Y HERRAMIENTAS PORTTILESACCIONADAS POR FUERZA MOTRIZ

    CONSIDERACIONES GENERALES

    Artculo 158. El personal encargado deber usar herramientas o equipos apropiadospara cada tipo de trabajo y los usar de manera segura, nunca har"extensiones". No usara ni fabricar herramientas improvisadas.

    Artculo 159. Los mangos para herramientas de toda clase se mantendrn en buenestado de conservacin y firmemente asegurados. No usar herramientascon mangos rotos, astillados, speros o flojos.

    Artculo 160. No se llevar herramientas u objetos puntiagudos y cortantes en losbolsillos.

    Artculo 161. Se dispondr de gabinetes, porta herramientas o estantes adecuadospara las herramientas en uso.

    Artculo 162. Los colaboradores asignados para el uso de herramientas serninstruidos y adiestrados en su empleo seguro.

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    D.- SISTEMAS DE MANIPULACIN DE MATERIALES

    D.1 MANIPULACIN Y TRANSPORTE DE MATERIALES

    CONDICIONES GENERALES

    Artculo 163. La mxima carga til admisible en kilogramos ser marcada en todos losaparatos para izar y/o transportar, en un lugar destacado donde seaclaramente legible.

    Artculo 164. Los cables, cadenas, ganchos, eslingas y todos los dems accesoriospara la manipulacin de materiales en los aparatos para izar, sernrevisados antes de ser utilizados.

    Artculo 165. No se dejarn cargas suspendidas mientras se efecten reparaciones enlos aparatos de izar.

    Artculo 166. No est permitido que alguna persona se encuentre debajo de cargassuspendidas ni de sus trayectorias.

    CADENASArtculo 167. Las cadenas para izar sern retiradas del servicio cuando al ser

    inspeccionadas muestren alargamiento, desgaste, deformaciones,grietas o soldaduras abiertas.

    Artculo 168. Las cadenas estarn libres de nudos y torceduras cuando se empleenpara izar cargas. Est prohibido el empalme de cadenas para izar.

    Artculo 169. Cuando las cadenas para izar no se empleen, debern guardarse,colgndolas de ganchos, arreglados de tal manera que las personas quelas manipulen no estn expuestos a peligro de esfuerzos al levantarlas; yen condiciones tales que reduzcan al mnimo la oxidacin.

    CABLES

    Artculo 170. Los accesorios y anclajes de cables sometidos a esfuerzos de tensindirecta, sern capaces de soportar la carga, considerando siempre nosometer al esfuerzo o capacidad lmite del cable.

    Artculo 171. Los cables se eliminarn del servicio cuando su resistencia sea afectadapor alambres rotos o gastados. Si presentan corrosin debern sereliminados.

    Artculo 172. Todos los enlaces de los cables sern inspeccionados regularmente y lasgrapas o abrazaderas se ajustarn si presentan seales de desajuste.

    Artculo 173. A la mnima seal de una condicin peligrosa en los enlaces de cables,

    se dispondr el mantenimiento respectivo.

    ESLINGAS

    Artculo 174. Las eslingas para izar sern construidas de cadenas, cables o cuerdasde fibras de suficiente resistencia para acarrear las cargas a que estnsometidas. Estarn provistas de anillos, argollas, eslabones, ganchos uojales, para que puedan ser suspendidas con seguridad en los ganchos.

    Artculo 175. Las eslingas para izar sern inspeccionadas peridicamente.

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    D.2 SISTEMAS DE TUBERAS

    Artculo 176. Los sistemas de tuberas, accesorios, vlvulas, etc., estarn:

    i)

    ii)

    Instalados de tal manera que puedan ser fcilmente ubicados.

    Pintados y sealizados distintivamente en lugares adecuados para la

    identificacin de su contenido.Artculo 177. Las lneas de tubos de los sistemas de tuberas estarn:

    i)

    ii)

    Provistas de codos o juntas de expansin para garantizar una libreexpansin y contraccin

    Ancladas en puntos entre las curvas o juntas de expansin, con elresto de la tubera colocada sobre soportes debidamente alineados.

    D.3 ALZADO, CONDUCCIN, APILAMIENTO Y ALMACENADO DEMATERIALES

    ALZADO Y CONDUCCIN DE MATERIALES

    Artculo 178. El personal asignado para la manipulacin de materiales deber serinstruido sobre los mtodos de levantar y conducir materiales conseguridad.

    Artculo 179. El personal que manipule objetos con bordes afilados, con rebabas,briznas, astillas o partes proyectantes peligrosas, o manipulen sustanciascalientes, custicas o corrosivas, dispondrn de ropa y equipos deproteccin personal.

    ALMACENAMIENTO

    Artculo 180. Durante el transporte de materiales se recomienda manipularlos concuidado a fin de evitar golpes y cadas que ocasionen accidentes.

    Artculo 181. Estarn provistos de equipos de extincin de incendio adecuado.

    Artculo 182. Evitar el derrame de lquidos que originen condiciones inseguras.

    Artculo 183. Las sustancias qumicas que puedan reaccionar juntas y generaremanaciones peligrosas o causar incendios o explosiones sernalmacenadas separadamente unas de otras.

    Artculo 184. Los cilindros, bidones o botellas, de productos qumicos en general enfase lquida o gaseosa debern ser colocados en lugares ventilados.

    CAPITULO VIIESTANDARES DE CONTROL DE PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS

    EVALUADOS

    A.- INSTALACIONES CIVILES

    Artculo 185. En instalaciones civiles, los edificios permanentes temporales, sern deconstruccin segura y se regirn de acuerdo a la normativa nacionalaplicable a la Organizacin.

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    i)

    ii)

    Los lugares de trnsito de personal y vehculos, sern losuficientemente amplios para su libre trnsito y estarn debidamentesealizados.

    Las escaleras de plataforma estarn resguardadas por barandaspermanentes, y sern construidas con peldaos y pasarelas.

    REQUISITOS DE ESPACIO.

    Artculo 186. Los ambientes en donde se desarrollen trabajos, tendrn por lo menos3.5 metros de altura desde el piso al techo.

    OCUPACIN DEL PISO Y LUGARES DE TRNSITO.

    Artculo 187. En ninguna rea se acumular maquinaria ni materiales de manera queconstituyan peligro para las personas.

    Artculo 188. Los lugares de transito estarn libres de desperfectos, protuberancias uobstrucciones con los que pueda haber el riesgo de tropezar.

    Artculo 189. En las condiciones normales, los pisos, escalones y descansos, no sernresbaladizos, ni construidos con materiales que debido al uso, lleguen aserlo.

    ABERTURAS EN PISOS Y PAREDES.

    Artculo 190. Cualquier abertura en los pisos por los cuales las personas puedantransitar, debe resguardarse por barandas o sealizadas en todos loslados expuestos o protegidas con tapas de resistencia adecuada.

    ESCALERAS Y PLATAFORMAS.

    Artculo 191. Las escaleras y plataformas debern ser mantenidas en buen estado deconservacin, considerando para ello todas sus partes, tales comogradas, pasamanos, elementos metlicos, limpieza, entre otros.

    Artculo 192. Las barandas permanentes estarn construidas en forma permanente yslida, de materiales de suficiente resistencia y tendr por lo menos 90cm., desde la parte superior al nivel del piso.

    PATIOS.

    Artculo 193. El uso del espacio en el campus de Tecsup estar dispuestodependiendo de su propsito, entre ellas se encuentran: Zonas de

    seguridad, libre trnsito, y esparcimiento, transito peatonal, vehicular yestacionamientos.

    Artculo 194. El estacionamiento de automviles, estar reglamentado a travs de lassealizaciones correspondientes, y se ha determinado para estepropsito un lmite de velocidad mximo interno de 20 Km. /h.

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    B.- SERVICIOS HIGIENICOS

    Artculo 195. En Tecsup se cuenta con servicios higinicos adecuados y separadospara cada sexo y cumplir con la normativa legal al respecto.

    AGUA Y DESAGEArtculo 196. TECSUP garantizar el suministro de agua potable, para ser utilizado

    tanto en la limpieza y aseo del personal, alumnos y visitantes. Eldesage, conectado a la red pblica, se mantendr en buen estado y sereportar inmediatamente cualquier avera a la empresa de servicio.

    LIMPIEZA Y CONSERVACIN DE LOS SITIOS DE TRABAJO.

    Artculo 197. Los ambientes en general se mantendrn limpios y ordenados.

    Artculo 198. Peridicamente se efectuar la limpieza de mquinas, paredes, techos,ventanas y otras instalaciones similares.

    Artculo 199. Esta prohibido arrojar basura al suelo.

    C.- SERVICIOS ESPECIALES

    COMEDORES

    Artculo 200. TECSUP dotar de un ambiente adecuado para ser utilizado comocomedor.

    D.- RESGUARDO DE MAQUINARIAS

    D.1 SUB-ESTACIN DE DISTRIBUCIN.

    Artculo 201. Es obligatorio mantener permanentemente cerrada con llave las puertasde las sub-estaciones elctricas y solamente podr ingresar personalautorizado.

    Artculo 202. Antes de efectuar trabajos en las barras de distribucin, asegurar dehaber retirado realizado los cortes de energa necesarios para tal fin.

    Artculo 203. Usarn puestos de trabajos aislados, como plataformas o pisosaisladores.

    D.2 GRUPOS ELECTRGENOS

    Artculo 204. Es obligatorio mantener en un lugar visible las instrucciones de arranquey parada de los grupos electrgenos.

    Artculo 205. Se asegurar que todos los instrumentos de control funcionencorrectamente.

    Artculo 206. Cuando se repare el grupo, se asegurar desenergizar el tablero decontrol, a fin de evitar el paso de corriente.

    Artculo 207. Conservar el piso libre de petrleo y grasa para evitar cadas delpersonal. No deje lquidos inflamables en la proximidad del grupoelectrgeno.

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    Artculo 208. Todo personal que labore cerca del grupo electrgeno, deber usarproteccin auditiva durante su funcionamiento.

    Artculo 209. Los grupos electrgenos se encendern y probarn semanalmente paragarantizar su buen funcionamiento cuando se requiera.

    E.- PREVENCIN Y PROTECCIN CONTRA RIESGOS ELCTRICOS.

    E.1 CONDICIONES ESPECFICAS DE INSTALACIONES

    HERRAMIENTAS MANUALES.

    Artculo 210. Las herramientas elctricas manuales debern cumplir con los siguientesrequisitos:

    i)

    ii)

    Contar con un cable de alimentacin en perfecto estado, sin uniones,quemaduras o con el recubrimiento desprendido.

    Las herramientas deben tener su estructura integra, cualquierdesperfecto debe ser comunicado inmediatamente al responsable delrea.

    APARATOS MANUALES DE SOLDADURA POR ARCO.

    Artculo 211. Las mquinas de soldar manuales de arco deben contar con los portaelectrodos en perfecto estado.

    Artculo 212. Cuando se realice soldadura con electrodos, es obligatorio usarproteccin para los ojos.

    Artculo 213. Antes de proceder a realizar una soldadura, se deber verificar el reaque lo rodea, cerciorndose que no existan elementos o materialescombustibles.

    F.- PELIGROS DERIVADOS DEL USO DE LA CORRIENTE ELCTRICA.

    CONTACTO DIRECTO.

    Artculo 214. Todo trabajo que signifique el empleo de corriente elctrica debe serrealizado solamente bajo supervisin del responsable o personalcalificado y se cumplir con la normativa al respecto.

    CONTACTO INDIRECTO.

    Artculo 215. Todos los equipos conectados a la red elctrica deben estarcorrectamente aislados para evitar la acumulacin de corriente esttica

    en ellosArtculo 216. Se realizar mantenimiento a todos los pozos a tierra al menos una vez

    al ao.

    F.1 REQUISITOS A CUMPLIRSE CONTRA CONTACTOS DIRECTOS.

    DISTANCIAS MNIMAS.

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    Artculo 217. Las partes energizadas de las instalaciones debern respetar lasdistancias mnimas de seguridad con respecto al lugar donde laspersonas habitualmente se encuentren circulando o manipulando objetosalargados como escaleras, tuberas, fierros de construccin, etc.Asimismo se deber considerar los espacios de trabajo requeridos paraejecutar trabajos o maniobras, de acuerdo a lo indicado en el CdigoNacional de Electricidad.

    RECUBRIMIENTOS.

    Artculo 218. Los conductores elctricos deben usarse siempre con recubrimiento defbrica.

    Artculo 219. Es obligatorio que el estado de los enchufes y tomacorrientes seaptimo, el no cumplimiento de esta disposicin puede ocasionarcontactos directos con la electricidad.

    Artculo 220. S al momento de realizar un trabajo se observa que los contactos noestn apropiadamente recubiertos, o el estado de los enchufes o

    tomacorrientes no es seguro, se debe detener el trabajo e informar alresponsable del rea

    F.2 REQUISITOS A CUMPLIRSE CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS

    Artculo 221. Las instalaciones estarn protegidas contra contactos indirectos deacuerdo lo estipulado en el Cdigo Nacional de Electricidad.

    G.- ACCIDENTES DE TRABAJO

    G.1 CAUSALIDAD DE LOS ACCIDENTES

    Artculo 222. Sern considerados accidentes:i)

    ii)

    Los que sobrevengan a los colaboradores en la ejecucin de suslabores, an fuera del lugar y las horas de trabajo.

    Los que sobrevenga a los alumnos, en el desarrollo de sus diferentesactividades educativas.

    Artculo 223. No se consideran accidentes de trabajo:

    i)

    ii)

    El provocado intencionalmente por la propia persona; y

    El que se produzca como consecuencia del incumplimiento de unaorden escrita e impartida por la Organizacin.

    G.2 FACTORES TCNICOS Y HUMANOS EN CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

    Artculo 224. Dentro de los factores tcnicos se tomarn en cuenta:

    i)

    ii)

    El agente u objeto defectuoso relacionado con el accidente.

    La parte del agente que produce el accidente, y

    iii) Las condiciones fsicas y mecnicas que contribuyeron a queocurriera el accidente.

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    Artculo 225. Los factores humanos son las omisiones o faltas a un mtodo de trabajoestablecido, por parte de la persona, sea por negligencia o por unacaracterstica mental o fsica del individuo, dentro de estos casos setomarn en cuenta:

    i)

    ii)

    Operar sin permiso

    Usar equipos inseguros, no usar equipos de proteccin.

    iii) Realizar labores de mantenimiento con el equipo funcionando.

    iv) Distraer a un compaero de trabajo, entre otros.

    G.3 INVESTIGACIN DE ACCIDENTES

    Artculo 226. La investigacin de un accidente o de alguna ocurrencia tendr como findeterminar responsabilidades y descubrir las prcticas y condicionespeligrosas, las que sern identificadas y evaluadas por el Comit deSeguridad y Salud en el Trabajo, adoptando las acciones y medidascorrectivas del caso.

    G.4 NOTIFICACIN DE ACCIDENTES

    Artculo 227. Todo accidente de trabajo por ms leve que este sea, deber serinformado a la brevedad posible al Jefe de Departamento, quien a su vezinformar al Coordinador de Seguridad y Salud Ocupacional.

    Artculo 228. En caso de accidente con resultado de muerte de alguna persona, elrea de Recursos Humanos informar al Ministerio de Trabajo yPromocin del empleo (MTPE) en un plazo mximo de 24 horas.

    Artculo 229. Los reportes de incidentes peligrosos ocurridos en la empresa, sernreportados por la oficina de Seguridad y Salud Ocupacional al MTPE enun plazo dentro de los 10 primeros das del mes siguiente de suocurrencia.

    Artculo 230. Los accidentes fatales, accidentes o incidentes sern notificados por laempresa contratista al MTPE directamente.

    G.5 REGISTRO DE ACCIDENTES

    Artculo 231. Para efectos de registro y control estadstico, los accidentes de trabajose clasificarn de la siguiente manera:

    i)

    ii)

    Incapacidad temporal: Toda lesin orgnica o funcional que impida eltrabajo y requiera asistencia mdica durante por lo menos una

    jornada de trabajo.

    Incapacidad permanente parcial: La producida por alteracionesorgnicas o funcionales incurables, incluyndose en este grupo laslesiones, mutilaciones o deformaciones definitivas que significanmerma de la integridad fsica de la persona. Por ejemplo la prdidade un porcentaje de: las extremidades superiores o inferiores (de unao las dos), prdida de los dedos de la mano o el pie u otras lesionescomo prdida de un ojo, prdida de la vista de uno de los ojos,prdida total permanente del odo en una oreja.

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    iii) Incapacidad permanente total: Se considera incapacidad permanentetotal cuando sta exceda del lmite establecido para la incapacidadpermanente parcial:

    Prdida anatmica de las dos extremidades superiores, las dosextremidades inferiores o de una superior y otra inferior.

    Alteracin orgnica o funcional que produzca: hemipleja,paraplejia, cuadripleja o grave ataxia locomotriz.

    Prdida de la visin en un grado tal, que impida desempear untrabajo para el cual sea imprescindible la vista.

    Enajenacin mental incurable.

    Otras alteraciones o lesiones de carcter definitivo que por sunaturaleza no permita desempear actividad alguna.

    iv) Muerte.

    H.- ENFERMEDADES OCUPACIONALES

    Artculo 232. Se considera enfermedad ocupacional a todo estado patolgico crnicoque sufra el personal, desarrollado o adquirido a consecuencia de suactividad realizada durante sus jornadas laborales. Sus efectosgeneralmente se manifiestan despus de varios aos de trabajo.

    Artculo 233. No se considera enfermedad ocupacional, las enfermedades de carcterendmico que prevalecen de acuerdo a la temporada o estacin porejemplo: gripes, clera, pulmona. etc., y se adquieren en el lugar dondese presta el trabajo.

    CAPITULO VIII

    PREPARACIN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS

    A.- PREVENCIN Y PROTECCIN CONTRA INCENDIOS

    A.1 PREVENCIN DE INCENDIOS

    CONDICIONES DE LOS EDIFICIOS.

    Artculo 234. Con la finalidad de reducir los riesgos de incendio en instalacioneselctricas, se debern realizar las siguientes acciones:

    i) Las instalaciones elctricas temporales debern estaradecuadamente protegidas.

    ii) Reemplazar los conductores que se encuentren en condicionesinseguras, o presenten signos de desgaste.

    iii) Instalar nicamente interruptores termomagnticos de la clase ycapacidad correcta.

    iv) No sobrecargar las lneas elctricas, utilizar equipos con consumoque no exceda la capacidad del circuito.

    Artculo 235. Todas las fuentes y superficies calientes, debern encontrarse encondiciones que garanticen una adecuada proteccin contra incendios,

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    los trabajos de corte, soldadura y esmerilado, entre otros, debernadoptar todas las medidas de seguridad contra incendios.

    Artculo 236. No se permitir la presencia de llamas abiertas en zonas dealmacenamiento de combustibles, materias primas, almacenes, ni enatmsferas en las cuales se encuentren concentraciones peligrosas de

    vapores combustibles.Artculo 237. No se permitir fumar en aulas, laboratorios, talleres y cerca de zonas de

    almacenamiento de material combustible.

    Artculo 238. Los materiales y equipos destinados al combate de incendios debernmantenerse libres de obstrucciones, que impida su fcil ubicacin yutilizacin en caso de emergencia.

    Artculo 239. El personal de la Organizacin, recibir en forma peridica adecuadoentrenamiento en prevencin y control de incendios, as como la formasegura de evacuar las reas afectadas en caso de incendios y otrasemergencias.

    PASILLOS Y PASADIZOSArtculo 240. Los pasillos y pasadizos previstos como recorridos de evacuacin, se

    encontrarn en todo momento libre de obstculos o almacenamiento demateriales.

    Artculo 241. En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre mquinas,instalaciones y rumas de materiales, usados como vas de transito noser menor de 60 cm.

    ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS

    Artculo 242. Las puertas de salida sern fcilmente operables. Es recomendable que

    los mecanismos de apertura de las puertas supongan el menor riesgoposible para la circulacin de personas.

    A.2 PROTECCIN CONTRA INCENDIOS

    CONDICIONES GENERALES

    Artculo 243. Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de materialcombustible que arde:

    i)

    ii)

    INCENDIO CLASE A: son fuegos que se producen en materialescombustibles slidos, tales como: madera, papel, cartn, tela. etc.

    INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por lquidos inflamables

    tales como: Gasolina, aceite, pintura, solvente, etc. .iii) INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos elctricos,

    tableros elctricos, interruptores, etc.

    iv) INCENDIO CLASE D: Son aquellos fuegos que comprometen ametales, tales como Magnesio, sodio, hierro, etc.

    v) INCENDIO CLASE K: Son aquellos que comprometen aceites ygrasas minerales o vegetales, como los causados por una sartn conaceite.

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    REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    AGUA: ABASTECIMIENTO, USO Y EQUIPO

    Artculo 244. Tecsup contar con un sistema contra incendio con puntos de toma deagua en el interior de las instalaciones.

    EXTINTORES PORTTILESArtculo 245. En todas las instalaciones se dispondrn extintores en nmero suficiente

    para que el recorrido real desde cualquier origen de riesgo de incendiohasta un extintor no supere los 15 m.

    Artculo 246. Todos los extintores se colocaran en lugares visibles, de fcil acceso, losque pesen menos de 18 kg. se colgarn a una altura mxima de 1.50metros y los que pesen ms 18 Kg., se colgarn a una altura mxima de1.10 metros medidos del suelo a la parte superior del extintor.

    Artculo 247. Cuando ocurran incendios que impliquen equipos elctricos yelectrnicos, se utilizarn los extintores de gas carbnico (CO2), para suextincin.

    Artculo 248. Los extintores son dispositivos de seguridad de proteccin contraincendios, no debindose manipular ni usar en otras circunstancias. Encaso de hacer uso u observar anomalas tales como despresurizacin,precinto de seguridad o golpes en los mismos, se deber retirar elextintor, colocar en posicin horizontal en el piso y comunicarinmediatamente al Coordinador de Seguridad y Salud Ocupacional parasu recarga y/o mantenimiento.

    B.- SISTEMA DE ALARMAS Y SIMULACRO DE INCENDIO

    Artculo 249. Las instalaciones contarn con un sistema de alarma, el mismo quegarantice la comunicacin masiva en casos de emergencia.

    Artculo 250. El Coordinador de Seguridad y Salud convocar a ejercicios o simulacros,previa coordinacin con la Direccin de la Organizacin.

    C.- ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES

    Artculo 251. Los materiales combustibles que se mantengan en el lugar deben sernicamente los necesarios para el trabajo que se est realizando.

    Artculo 252. Los materiales inflamables y de combustin rpida debern seralmacenados slo en lugares designados y seguros, lejos de fuentes decalor o ignicin y donde hayan elementos o equipos para la extincin deincendios.

    D.- DISPOSICIN DE DESPERDICIOS

    Artculo 253. Se dispondr de recipientes para recoger inmediatamente los trapossaturados de aceite, pintura u otros materiales combustibles, sujeto acombustin espontnea en los lugares de trabajo donde estos seproduzcan.

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