Diapositivas de penitenciarismo y penologia mary

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Participant e: expediente: María Bencomo MCP-123-00015V Curso: Penología y Derecho Penitenciario 14 de Junio de 2014

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La privativa de Libertad y el derecho Presunción de Inocencia y las penas en Venezuela

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  • 1. Participante: expediente: Mara Bencomo MCP-123-00015V Curso: Penologa y Derecho Penitenciario 14 de Junio de 2014

2. I.PRIVATIVA DE LIBERTAD Privativa de libertad segn la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. Artculo 44.La libertad personal es inviolable, en consecuencia: Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso ser llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detencin. Ser juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso. Orden Judicial Sorprendido in fraganti 3. Pena segn la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela Artculo 44.La libertad personal es inviolable, en consecuencia: 3.Lapenanopuedetrascenderdelapersonacondenada.Nohabrcondenasa penas perpetuas o infamantes.Laspenasprivativasdelalibertadno excedern de treinta aos. 4. 2.Prisin. 3.Arresto.6.ExpulsindelEspacio geogrficodelaRepblica. 5.Confinamiento. 4.Relegacinaunacoloniapenal. 1.-Presidio Artculo 9 del Cdigo Penal de Venezuela: Laspenascorporales, quetambinsedenominanrestrictivasdelalibertad,sonlassiguientes: 5. El Derecho de Presuncin de Inocencia se encuentra consagrado en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. Artculo 49. El debido proceso se aplicar a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia: 2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario. 6. Todo imputado o acusado goza del principio de inocencia y se le debe tratar como tal, dicho principio queda desvirtuado o vencido si se determina la responsabilidad penal del imputado o acusado. 7. Es de destacar que las tres instituciones que se hizo referencia, como la privativa de libertad, las penas y la presuncin de inocencia, son esenciales en el desarrollo del proceso penal y por ende es de vital importancia saberlo manejar debido ha que se pueden llegar a la consecuencia de la perdida de la libertad como el mas importante derecho despus de la vida. La manera de proceder una privativa de libertad es a travs de una orden judicial o la aprehensin en flagrancia, la privativa por orden judicial debe estar motivada en el sentido que debe existir una alta probabilidad que el imputado fue quien cometi el delito o concurrir con el peligro de fuga u obstaculizacin al proceso. En cuanto a las penas privativas d libertad ellas tiene como fin resocializar al interno, pero en las condiciones que estn las crceles en el pas alcanzar dicho fin es difcil pero posible si se implementa un verdadero rgimen penitenciario como lo estipulan la constitucin y las leyes. Para finalizar tenemos la presuncin de inocencia principio conquistado e implantado en el sistema acusatorio , donde la premisa madre es toda persona es inocente hasta que no se demuestre lo contrario , dicho principio no implementado como debe ser ya que la realidad nos demuestra por medio de las cifras que el mas alto porcentaje de privados de libertad son procesados.