CEDULAS SUMARIAS

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CEDULA SUMARIA MISIÓN A La misión consiste en buscar la satisfacción de las necesidades deseos y expectativas de los consumidores mediante un grupo de actividades coordinadas que, al mismo tiempo, permitan a la organización alcanzar sus metas. La satisfacción de los clientes es lo más importante. Para lograrlo, la organización debe investigar cuales son las necesidades, deseos y expectativas de estos para poder crear verdaderos satisfactores. (LAURA FISCHER, ESPEJO JORGE) Es importante identificar y construir la misión sin confundir los fines y los medios de que nos valemos para lograr su materialización, ejemplo: la misión de un periódico no es vender papeles impresos si no información. No es el producto o servicio que ofrecemos nuestra razón de ser si no qué necesidad estamos satisfaciendo un propósito bien definido tiene tres elementos: Un verbo que indique cambio del status quo (incrementar, bajar, generar, eliminar, transformar). La explicación del problema o condición que se busca cambiar. La identificación de los clientes específicos. Puede construirse tomando en cuenta las preguntas:

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CEDULA SUMARIA

MISIÓN A

La misión consiste en buscar la satisfacción de las necesidades deseos y

expectativas de los consumidores mediante un grupo de actividades coordinadas

que, al mismo tiempo, permitan a la organización alcanzar sus metas. La

satisfacción de los clientes es lo más importante. Para lograrlo, la organización

debe investigar cuales son las necesidades, deseos y expectativas de estos para

poder crear verdaderos satisfactores. (LAURA FISCHER, ESPEJO JORGE)

Es importante identificar y construir la misión sin confundir los fines y los medios

de que nos valemos para lograr su materialización, ejemplo: la misión de un

periódico no es vender papeles impresos si no información. No es el producto o

servicio que ofrecemos nuestra razón de ser si no qué necesidad estamos

satisfaciendo un propósito bien definido tiene tres elementos:

Un verbo que indique cambio del status quo (incrementar, bajar, generar, eliminar,

transformar).

La explicación del problema o condición que se busca cambiar.

La identificación de los clientes específicos.

Puede construirse tomando en cuenta las preguntas:

¿Quiénes somos?= identidad, legitimidad

¿Qué buscamos? = Propósitos

¿Por qué lo hacemos? = Valores, principios, motivaciones

¿Para quienes trabajamos? = Clientes

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A.1

MISIÒN NISSAN TLALNEPANTLA

Proveer productos y servicios automotrices únicos e innovadores que ofrecen valores medibles y superiores, en alianza con Renault, a todos nuestros acreedores*.

*Nuestros acreedores incluyen clientes, accionistas, empleados, distribuidores, proveedores, así como las comunidades en donde trabajamos y tenemos operaciones. La sociedad en general ha sido acreedora de Nissan; en medio ambiente, seguridad, etc.

Conquistar la preferencia de nuestros clientes… por siempre.

A.1.1

Observaciones:La misión que maneja la empresa cuenta con los requerimientos necesarios para establecerse como tal ya que menciona su identidad y su razón de ser para con los clientes.

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VISIÓN

Es realizar el proceso de formular el futuro. Visualizar el futuro implica un

permanente examen de la organización frente a sus clientes, su competencia, su

propia cultura, y por sobre todo discernir entre lo que ella es hoy, y aquello que

desea ser en el futuro, todo esto frente a su capacidades y oportunidades. Los

aspectos a revisar son; Lo que la empresa aspira a ser y no lo que tiene que

hacer.

¿Qué tipo de empresa queremos ser?

¿En qué tipo de negocios debe entrar la empresa y cuáles deben ser los objetivos

de rendimiento?

Para confeccionar la Visión de la empresa, deben tenerse en cuenta los siguientes

elementos:

La visión es la situación que desea alcanzar la empresa, a partir de su condición

actual, cualquiera sea ésta.

El plazo a considerar debe situarse en 2 a 3 años. Menos es cortoplacista, más es

ilusorio.

Entrega el período de tiempo durante el cual la empresa luchará por alcanzar

cierta situación en el mercado.

Debe proponerse en un contexto de “nosotros”, dado que expresa una voluntad de

movimiento donde todos en la empresa deben sentirse involucrados. La situación

deseada debe estar graficada en torno a metas, en lo posible cuantitativas

respecto a uno o dos indicadores muy relevantes (participación de mercado,

recordación de marca, rentabilidad, etc.). El logro de la visión entonces está sujeta

a menos elementos subjetivos, en la medida de sus indicadores de logro no

requieren de discusión. Deben mencionarse las acciones troncales (proyectos,

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segmentos, productos, servicios, etc.) que permitirán lograr las metas indicadas,

las cuales a su vez deben establecer diferenciales competitivos que avalen el

lograr los objetivos descritos. Éstas proveen el

marco de acción que marcará la pauta de cada colaborador y socio estratégico de

la empresa.

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A.1.2

VISIÒN NISSAN TLALNEPANTLA

Ser un grupo automotriz altamente rentable y exitoso con los más altos índices de satisfacción a nuestros clientes.

Observaciones: La misión que manejan es concreta y concisa, mencionan como se quieren ver en un futuro

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A.2.1

MANUALES DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

Objetivo:

Dar a conocer, a todo el personal, las políticas de la empresa, así como las

instrucciones a detalle, de los pasos a seguir en la ejecución de un trabajo, para

canalizar la estrategia administrativa hacia las metas de la empresa, utilizando

como apoyo los diagramas de flujo y formatos para la aclaración de información.

Beneficios:

Es una herramienta necesaria para la certificación de las empresas ante las

normas de calidad aplicable al ramo

Integra políticas de normas internacionales como la NIIF, SAE, ISO, etc.

Uniforma y controla el cumplimiento del trabajo asignado y evita su

alteración arbitraria

Identifica responsabilidades en caso de fallas o errores

Facilita la evaluación del control interno y control de calidad

Facilita la toma de decisiones al contar con lineamientos claros a seguir

Facilita la Capacitación para el personal de nuevo ingreso y por

consiguiente ahorra horas hombre

Facilita la supervisión del trabajo

Facilita la evaluación del personal en base al desempeño de las funciones

Evita la duplicidad de funciones en puestos diferentes y las lagunas en el

trabajo

Ayuda a reducir costos al aumentar la eficiencia general

Propicia el trabajo en equipo

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A.2.2

MANUALES DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS NISSAN

TLALNEPANTLA

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A.3

ORGANIGRAMA

Es la representación grafica que representa a un sistema de organización de un

organismo social o de algunas de sus partes, teniendo como objetivo identificar el

modelo de organización adoptado por la empresa como las relaciones, como las

áreas de funcionamiento. (GOMEZ AQUINO, 1992)

Organigrama según su contenido y objeto se clasifican en:

Estructurales: son los que comprenden desde el 1er nivel jerárquico hasta

el último.

Funcionales: son aquellos que hacen una breve descripción de las

funciones genéricas de cada una de las áreas principales

De integración de puestos o plazas: son aquellos en los cuales se cita el

nombre del puesto en lugar del área

Organigrama por su ámbito de aplicación se clasifican en:

Generales: se hace una descripción genérica únicamente de los principales

niveles jerárquicos

Específicos: son aquellos en los cuales se hacen por cada área de

funcionamiento

Organigrama según sus presentaciones se clasifican en:

Verticales: se refiere a los que se diseñan en forma piramidal de arriba

hacia abajo

Horizontales: se diseñan de izquierda a derecha también en forma piramidal

Circulares: consiste en elaborar círculos concéntricos que van a representar

los diferentes niveles jerárquicos de la organización, normalmente se

utilizan en aquellas empresas en las cuales existen problemas de

jerarquías.

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Mixtos: se hace una mezcla del tipo horizontal con el vertical, con el objeto

de simplificar el espacio para su diseño.

Escalares: se diseñan en forma de una escalera inversa y suelen utilizar

como directorio en el manual, indicando del título del puesto y el nombre de

la empresa.

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A.3.1

ORGANIGRAMA NISSAN TLALNEPANTLA

NISSAN TLALNEPANTLA, S.A. DE C.V.

Observaciones: Este organigrama es con el que cuenta la empresa actualmente, Haciendo un análisis se puede apreciar que le falta definir ciertas áreas ya que las líneas de autoridad no están bien definidas.

Se estructura de la Gerencia General al Contador General, y este a su vez a Gerencia operativa, Gerencia de ventas, área financiera contable y Gerencia Administrativa.

Dentro del departamento de Recursos Humanos se aprecia que la comunicación directa es con gerencia operativa, gerencia de ventas, área financiera contable, y es de forma horizontal de acuerdo a lo que se representa en el organigrama.

CONTABILIDAD RECURSOS HUMANOS

SUELDOS Y

SALARIOS

COMPRAS

CAPACITACIÓN

GERENCIAOPERATIVA

GERENCIAADMINISTRATIVA

IVA

ALMACÉN

MONITOREO

HIGIENE Y SEGURIDAD

CONTADOR GRAL

GERENCIA DE VENTAS

ÁEA FINANCIERA CONTABLE

GERENTE GENERAL

ZONA 1

SERVICIO

CONTROL DE

CALIDAD

ZONA 3 ZONA 4

ZONA 2ENTREGA

marca

LOGÍSTICA

FACTURACIÓN

arca

SUPERVISOR

CRÉDITO Y COBRANZA

CUENTAS POR PAGAR

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El organigrama esta como material de consulta y únicamente se da a conocer cuando se requiere, como en este caso.

A.3.2

ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

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A.4

HISTORIA DE LA EMPRESA

Cualquier empresa tiene una historia que contar, algo que conecte a la marca con

los consumidores. Como dueño de un negocio en la era de las redes

sociales tienes una gran oportunidad de conseguir clientes leales dándole un

nuevo enfoque a la forma en que expresas los valores de tu empresa. 

1. ¿Qué hace única a tu empresa?

Si no puedes enumerar rápidamente los rasgos más destacables de tu empresa,

tómate tu tiempo para analizarlo y pensar en qué diferencia tu empresa de la

competencia. Por qué la gente debería interactuar con tu compañía y no con otras.

2. ¿Hay alguna anécdota interesante sobre cómo se fundó la compañía? ¿O sobre

el fundador?

Las marcas más apreciadas suelen contar historias casi mitológicas sobre sus

inicios. Lo mejor es que la gente recuerda estas historias y las comparte con otras

personas. Y es que el origen de una compañía puede cautivar a muchos clientes.

3. ¿Qué problema está intentando resolver la compañía?

A veces la historia de una empresa no tiene por qué tener que ver con quién es,

sino con qué puede hacer por la gente. La clave está en contar la historia de forma

que los clientes puedan confiar en tu empresa para solucionar su problema.

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4. ¿En qué se inspiró tu negocio?

Rebusca en el pasado de la marca y descubre cuál fue la razón de su nacimiento.

Puede que el objetivo inicial fuera crear conciencia sobre alguna causa, o llevar a

su país natal un modelo de negocio que conoció durante un viaje.

5. ¿Qué momentos inspiradores ha vivido tu compañía?

La vida de las personas está llena de momentos en los que flashes de ideas

aparecen en nuestra mente para hacer que nuestra vida, o la de los demás, sea

mejor. En la vida de las empresas también hay momentos similares que han

provocado que la compañía lleve a cabo cambios positivos significativos sobre su

negocio.

6. ¿Cómo ha evolucionado tu negocio?

Muchos cambios en la historia de una compañía no provienen sólo de ideas, sino

también la tecnología y los eventos globales alteran el curso vital de una empresa.

Internet, por ejemplo, ha revolucionado por completo la forma de actuar de miles

de empresas en todo tipo de ámbitos dentro de su organización.

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A.4.1

HISTORIA DE LA EMPRESA NISSAN

En 1914, la “Kwaishinsha Motorcar Works” (Kaishin Jidosha Kojo), establecida tres

años antes, en el Distrito de Azabu-Hiroo en Tokio, construyó el primer coche con

la marca "DAT". El nombre de la marca de ese nuevo coche estaba formado por

las iniciales de los apellidos de fundadores de la empresa:

| Kenjiro Den (Den Kenjiro) |

| Rokuro Aoyama (Aoyama Rokuro) |

| Meitaro Takeuchi (Takeuchi Meitaro) |

En 1918, la fábrica cambió su nombre por el de “Kwaishinsha Motorcar Co.“, y en

1925 fue modificado de nuevo por el de “DAT Motorcar Co.”.

Al año siguiente, la empresa estaba ubicada en Tokyo y se fusionó con la “Jitsuyo

Jidosha Co., Ltd.” (Jitsuyo Jidosha Seikoku Kabushiki Gaisha), establecida en

Osaka desde 1919, dando lugar a una nueva compañía denominada “DAT

Automobile Manufacturing Co. Ltd.” (Dat Jidosha Seizo Kabushiki-Kaisha) cuya

sede estuvo en Osaka hasta 1932. En 1931, fue producido el primer coche

"DATSON" (cuyo significado es "Hijo de DAT"). Sin embargo, fue cambiada la

última sílaba por “SUN” (que en inglés significa "al sol"), porque "el hijo" también

significa "la pérdida" en japonés, de ahí el nombre "DATSUN".En 1933, el nombre

de la compañía fue niponizado y pasó a denominarse “Jidosha-Seizo Co. Ltd.”, (en

inglés "Automobile Manufacturing Co. Ltd."), y trasladada a Yokohama. En junio de

1934, la empresa fue refundada por Yoshisuke Aikawa y se convirtió en la “Nissan

Motor Co., Ltd.” (Nissan Jidosha Kaisha). Durante un breve espacio de tiempo de

2 años (1947-1948), la empresa fue denominada “Nissan Heavy Industries Corp.”

De igual manera que “Hino” e “Isuzu”, pero a diferencia de “Toyota”, Nissan se

hizo acompañar por una empresa europea para poder acceder a sus diseños de

automóviles y de motores. Nissan eligió a “Austin” del Reino Unido, que más tarde

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entró a formar parte de la “British Motor Corporation“. Nissan empezó a fabricar el

Austin 7 en 1930, aunque la legitimidad de la licencia fue discutida. La empresa

empezó pronto a producir una gran variedad de modelos diseñados por Austin

como el original Datsun 1000, basado en el Austin A50. Al parecer estos diseños

estaban “autorizados” por “Austin” mediante un acuerdo de licencia entre las

empresas que duró 8 años (1952-1960).Incluso después de que Nissan introdujera

sus propios modelos en los años 1960, sus motores siguieron siendo copias de los

diseños del Austin A y Austin B Familiar.

En 1966, Nissan se fusionó con la “Prince Motor Company“, añadiendo más

modelos a su gama como el Skyline y el Gloria. El nombre de la marca “Prince”

fue abandonado progresivamente, sin embargo, el nombre de "Prince" siguió

siendo utilizado por algunos distribuidores de Nissan en Japón.

A finales de los años 1980, Nissan introdujo una nueva marca de lujo para el

mercado de Estados Unidos llamada “Infiniti”.

Tras la crisis de combustible, Nissan se convirtió en uno de los exportadores de

coches más grandes del mundo y estableció nuevas fábricas en México y

Australia.

“Infiniti” inició operaciones de ensamblado en Estados Unidos a principios de los

años 1980, con una planta en Smyrna, Tennessee. En esta fábrica al principio tan

sólo se construyeron camiones, pero fue ampliada posteriormente para producir

varias líneas de coches. A esta fábrica le siguió una planta de motores en

Decherd, Tennessee, y más recientemente otra planta de ensamblado en Cantón,

Mississippi. A mediados de los años 1980 se abrió otra planta en Sunderland,

Reino Unido, como filial de la “Nissan Motor Manufacturing (UK) Ltd.“ Sin

embargo, Nissan tuvo que cerrar una planta en Australia a finales de los años

1980 debido a dificultades financieras. Nissan también produce coches en una

fábrica muy cercana a Pretoria, Sudáfrica. Actualmente, la sede principal de la

Compañía está ubicada en Tokyo, pero se trasladará a Yokohama en 2010.

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A.4.2

HISTORIA DE LA EMPRESA NISSAN TLALNEPANTLA

 

Grupo Satélite nació precisamente en el año 1968, fecha en que se llevaron a cabo en México los XIX Juegos Olímpicos.En este marco de competencia y esfuerzo, hubo hombres que aceptaron el desafío de su tiempo y a partir de sus ideas visionarias, forjaron muchas empresas que hoy ostentan con orgullo, una absoluta solidez y prestigio reconocido por la sociedad mexicana.  Entendemos lo complejo de nuestro mercado y el empuje de nuestra competencia y vislumbramos un futuro próspero para nuestro grupo en donde estamos afrontando retos y creciendo cada día más, siempre orientados a la satisfacción de nuestros clientes.  Grupo Satélite se formó inicialmente por dos agencias Nissan, Tlalnepantla y Satélite, que a lo largo de los años se han consolidado como algunas de las agencias más importantes de la Red Nissan.  Más de 40 años de permanente servicio se han basado en el principio de la Calidad Total, ya que en Nissan Tlalnepantla estamos conscientes que nuestro trabajo tiene como objetivo principal conservar y aumentar la preferencia de nuestros clientes que son lo que finalmente hace posible nuestra existencia.  A lo largo de su historia Nissan Tlalnepantla se ha distinguido por ocupar los primeros lugares de su zona, debido a su gran desempeño y a los más altos índices de satisfacción a sus clientes, mantenernos en esos niveles forma parte de nuestros objetivos permanentes.  En el 2010 Automotores de Satélite, en su inquietud de mejorar la productividad y la rentabilidad, estandarizo la totalidad de sus operaciones por medio de la documentación de los procesos de Servicio, Ventas, Administración y Hojalatería y Pintura. Los resultados han sido sorprendentes, ya que se fortaleció la competitividad de la empresa optimizando los resultados, pero sobretodo la satisfacción de nuestros clientes y la rentabilidad del negocio. 

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A.5

VALORES

Los valores son aquellos juicios éticos sobre situaciones imaginarias o reales a los

cuales nos sentimos más inclinados por su grado de utilidad personal y social.

Los valores de la empresa son los pilares más importantes de cualquier

organización. Con ellos en realidad se define así misma, porque los valores de

una organización son los valores de sus miembros, y especialmente los de sus

dirigentes.

Los empresarios deben desarrollar virtudes como la templanza, la prudencia, la

justicia y la fortaleza para ser transmisores de un verdadero liderazgo.

Características de los valores

Se desarrollan en condiciones muy complejas.

Son necesarios para producir cambios a favor del progreso.

Son posibles porque muchos seguimos creyendo en ellos.

No son ni pueden ser un simple enunciado.

Importancia de los valores:

Los valores son muy importantes para una empresa porque son grandes

fuerzas impulsoras del cómo hacemos nuestro trabajo.

Permiten posicionar una cultura empresarial.

Marcan patrones para la toma de decisiones.

Sugieren topes máximos de cumplimiento en las metas establecidas.

Promueven un cambio de pensamiento.

Evitan los fracasos en la implantación de estrategias dentro de la empresa.

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Se lograr una baja rotación de empleados.

Se evitan conflictos entre el personal.

Con ellos los integrantes de la empresa de adaptan más fácilmente.

Se logra el éxito en los procesos de mejora continua.

La identidad como parte de los valores:

Los valores deben estar relacionados con la identidad de la empresa.

La identidad es un documento que recoge las variables principales de

comportamiento de una organización, así como acontecimientos relevantes de la

historia y la trayectoria de ésta.

Este documento lo elabora el equipo directivo de la instalación, basándose en las

siguientes preguntas:

¿Quiénes son nuestros clientes?

¿Dónde están nuestros clientes?

¿Qué es lo que le ofrecemos a nuestros clientes?

¿Qué deseos satisfacen nuestros clientes?

¿Qué deseos del consumidor aún hoy no satisfacemos?

¿Qué es lo que nuestra instalación ofrece a sus clientes de manera diferente a los

competidores?

¿Qué es lo genuino de nuestra instalación?

¿Qué ventajas ofrece la manera en que hacemos nuestro trabajo?

¿Qué les ofrecemos a nuestros trabajadores?

¿Cuáles son nuestros valores compartidos?

¿Qué es lo que debe ser nuestra organización?

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A.5.1

VALORES NISSAN TLALNEPANTLA

Nuestra Marca

La promesa de marca:

Como Nissan, seremos reflexivamente audaces y estableceremos nuestros

propios estándares.

El símbolo de la marca:

Representa la marca de Nissan para promover los productos, las ventas y

servicios.

El Símbolo de Marca Nissan es el elemento central de información de la marca a

nuestros clientes.

Observaciones: La empresa no maneja realmente valores que

representen su convicción como empresas como entre los clientes

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ASPECTOS LEGALES B

IDENTIFIQUE SU ACTIVIDAD Y SUS OBLIGACIONES

 Esta sección le permitirá conocer más sobre el régimen fiscal y el ciclo tributario

que le corresponde de acuerdo a las actividades económicas que realice; como

primer paso, es necesario definir si estas actividades las lleva a cabo.

¿Quiénes son personas físicas, personas morales?

Persona física:

Es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos;

pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes

inmuebles y trabajar por salarios.

Persona moral:

Es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo,

una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una

persona moral puede tributar en regímenes específicos como:

Personas morales del régimen general:

Es para las sociedades mercantiles, asociaciones civiles de profesionales

que: 

Realicen actividades lucrativas:

Sociedades cooperativas de producción

Instituciones de crédito tales como bancos y casas de bolsa,

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Organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, entre

otras.

Personas morales con fines no lucrativos:

Es para las personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia

económica o lucro.

Ejemplo: 

Instituciones de asistencia o de beneficencia

Asociaciones o sociedades civiles con fines políticos o deportivos

Asociaciones religiosas

Asociaciones patronales; sindicatos obreros; cámaras de comercio e

industria

Asociaciones o sociedades civiles de enseñanza; de investigación científica

o tecnológica

Sociedades cooperativas de consumo o sociedades mutualistas.

Colegios de profesionales

Partidos políticos

Asociaciones de padres de familia

Asociaciones civiles de colonos o las que administren inmuebles en

condominio

Page 22: CEDULAS SUMARIAS

Personas morales del régimen simplificado:

Deben tributar en el régimen simplificado las siguientes personas morales: 

Las dedicadas exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de

pasajeros. 

Las que se dediquen exclusivamente a actividades:

o Agrícolas, 

o Ganaderas, 

o Silvícolas o

o Pesqueras, 

Las constituidas como empresas integradoras.

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B

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CASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES B.1

Contribuciones federales, estatales y municipales.

El Impuesto sobre la Renta o el ISR. Es un tipo de impuesto, aplicado en México y en muchos países, que grava directamente al ingreso.

En base al texto de la Ley de ISR, el impuesto se aplica en cada ejercicio y se

deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual.

Asimismo, es requisito ir presentando declaraciones mensuales por los pagos

provisionales efectuados, y a su vez, la declaración anual, con fecha posdatada en

3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después del

cierre del ejercicio fiscal.

Sujeto alcanzados

Según el texto de la Ley de ISR quedan alcanzadas todas las personas físicas y

morales, que sean residentes de México o bien, obtengan sus ingresos de fuentes

ubicadas en el territorio nacional.

TASAS DE IVA

El IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alícuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios. Si bien la ley menciona 4 diferentes categorías, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.

Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades:

Enajenación de bienes

Prestación de servicios independientes

Dación en uso o goce temporal de bienes

Importación de bienes o servicios

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Cabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicará la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una región fronteriza, donde se aplicará el 11% como tasa.

FIEL firma electrónica avanzada 

CIEC Clave de Identificación Electrónica Confidencial

CBB Código de Barras Bidimensional

CFD Comprobantes Fiscales Digitales

El 1 de enero de 2013 las facturas impresas por impresores autorizados ya no tendrán validez, y los únicos esquemas vigentes para emitir comprobantes fiscales serán aquellos conocidos como los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) por medios propios, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y los Comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB).

DECLARACIONES

Ya no existen los formatos, la declaración se hace a través del portal del SAT, con tu clave FIEL, ya presentada la declaración te da una línea de captura referenciada para hacer el pago a través del Banco.

Los formatos de ayuda para el pago en ventilla para personas físicas, se encuentran en la página del SAT

SUJETO DE LA OBLIGACIÓN FISCAL

En México, cualquier persona, puede ser sujeto pasivo de la obligación fiscal, de conformidad con lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, que dispone en su artículo 1º que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas, refiriéndose este articulo al deudor directo, en su artículo 26 habla del responsable solidario haciendo una enumeración de quienes tienen dicha responsabilidad, indicando que toda responsabilidad de pago es solidaria, ignorando el origen de la responsabilidad no siempre es el mismo.

El Código Fiscal de la Federación no nos da una definición de sujeto pasivo de la obligación fiscal o del deudor directo, acoge la separación entre titularidad de la

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deuda y la responsabilidad de pago, distingue entre deudor o responsable directo y deudor o responsable indirecto, pero no define a ninguno en forma específica.

 

DEFINICION DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION.

El procedimiento administrativo de ejecución es la vía de cobro consagrada en la ley a favor de la Hacienda Pública, que le permite a esta hacer efectivos los créditos fiscales constituidos a su favor, directamente sin la intervención de la Auditoria Judicial.

NORMATIVIDAD PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE IMPUESTOS

El SAT es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que con el carácter de autoridad fiscal tienen como principales facultades establecidas en su propia Ley: La determinación, liquidación y recaudación de las contribuciones para el financiamiento del gasto público.

La cámara de diputados , por mandato constitucional, es la facultada para examinar, discutir y aprobar el gasto anual del país,; pero primero deberá discutir sobre las contribuciones que a su juicio deberán crear para cubrir el Presupuesto Anual de Egresos.

“Articulo 31 . Son obligaciones de los mexicanos …..IV contribuir para los gastos públicos así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan la leyes”. Obligación delos contribuyentes en el ámbito fiscal federal, ya sea, como una persona física o una persona moral (empresas), es inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaria de Hacienda Y crédito Publico, el cual propiamente constituye un padrón de control.

El objetivo es proporcionarle al fisco toda la información necesaria relativa a la identidad, domicilio, inicio suspensión o reanudación de actividades comerciales, y en general de la situación fiscal de los causantes.

El Fisco al obtener la información del contribuyente, deberá asignarle una clave representada por las iniciales de los apellidos y nombre o razón social, así como la fecha de constitución del contribuyente,

La clave se usara en todos los documentos que el contribuyente presenta ante las autoridades fiscales y en el caso de que exista alguna controversia contra el Fisco,

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la clave también deberá expresarse en los escritos que se dirijan ante las autoridades jurisdiccionales.

La clave se da a conocer al contribuyente a través de una un documento denominado cédula de identificación fiscal o cedula de registro federal de contribuyentes.

La regla es general es si el causante es una persona moral, la obligación nace al mes siguiente que firme el acta constitutiva notarial. Pero si es una persona física la obligación nace surge en l mes siguiente básicamente contando desde el día en que se dio de alta.

El contribuyente está obligado a dar avisos, cuando cambie su denominación social o cambie de domicilio fiscal, aumente o disminuya sus obligaciones, suspenda o reanude actividades, liquide una sociedad o apertura un procedimiento de discusión hereditaria o cancele su inscripción de padrón de contribuyentes.

DETERMINACION Y PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES.

En caso de que el contribuyente se atrase en el pago de impuestos se hará acreedor e sanciones económicas que constituyen los accesorios de crédito principal. Así mismo si no cumple en forma oportuna el monto de las actualizaciones se actualizara conforme a la inflación que corresponda a periodo de pago.

IMPUESTOS QUE SE DEBEN DECLARAR MENSUALMENTE

El impuesto sobre la renta El impuesto empresarial a tasa única (IETU) a partir de 2008 El impuesto al valor agregado El impuesto especial sobre producción y servicios Las retenciones de impuestos que en su caso se realicen a terceros.

INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE PERSONAS MORALES

Se inscriben las personas morales que sean sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, etc. Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC registrando dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Ésta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con lo establecido.

En forma personal

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ALSC. Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente 

La Administración General de Servicios al Contribuyente cuenta con representación en todo el territorio nacional; nuestras áreas locales son responsables de instrumentar las diversas estrategias de servicio que se diseñan, con objeto de ofrecer servicios integrales al contribuyente, de forma tal que en un solo punto de contacto, reciban orientación y asesoría así como realicen diversos trámites. Preferentemente con cita en cualquier ALS

Documentos que se obtienen:

Copia de la solicitud.Cédula de Identificación Fiscal oConstancia de registroGuía de obligaciones.Acuse de Inscripción al RFC.

En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.

Se presenta dentro del mes siguiente al día en que realice las actividades por las cuáles este obligado a presentar declaraciones periódicas o expedir comprobantes.

TRAMITE VÍA INTERNET:

Disponibilidad permanente. Emisión inmediata de acuse de solicitud de inscripción. Horario: 24 hrs. los 365 días del año. Atención Personal: Duración máxima: 40 min. Espera máxima: 5 min.

Entrega inmediata de la Cédula de Identificación Fiscal (CIF), Acuse de recepción de la solicitud de inscripción, Guía de Obligaciones y Clave de identificación electrónica confidencial Fortalecida (CIECF).

Horario.

Pasos a seguir para realizar el trámite.

Internet: Ingrese a la página sat.gob.mx,al menú "Nuevos Servicios", seleccione la opción "Inscripción en el RFC“ y elija “Solicitud de Inscripción al RFC”.

Llene cuestionario electrónico de la inscripción (obtención de hoja previa y número de folió)

Acuda a cualquier ALSC a concluir su tramite Concluido su trámite reciba su RFC y Guía de Obligaciones Fiscales

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Personal: Reúna los documentos y requisitos para realizar inscripción Acuda cualquier ALSC con su documentación Solicite le realicen su inscripción Concluido su trámite reciba su RFC y Guía de Obligaciones Fiscales

Requisitos:

Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado. Original comprobante de domicilio fiscal Copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del

representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.

Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este Catálogo.

Contar con dirección de correo electrónico.

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B.1.2

Fundamento:

Contribuciones / pago de impuestos

IMPUESTOS QUE SE DEBEN DECLARAR MENSUALMENTE

El impuesto sobre la renta

El impuesto al valor agregado

Las retenciones de impuestos que en su caso se realicen a terceros.

INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE PERSONAS MORALESSe inscriben las personas morales que sean sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, etc. Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC registrando dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Ésta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con lo establecido.

DETERMINACION Y PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES.En caso de que el contribuyente se atrase en el pago de impuestos se hará acreedor e sanciones económicas que constituyen los accesorios de crédito principal. Así mismo si no cumple en forma oportuna el monto de las actualizaciones se actualizara conforme a la inflación que corresponda a periodo de pago.

Empresa:

El impuesto sobre la renta que genera la empresa es del 30%

El IVA que genera es del 16% a excepción de la zona fronteriza en donde el impuesto es de 11%

Como una empresa S.A de C.V se cuenta con el alta en el SAT.

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LEY FEDERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES B.2

Es la ley que regula las sociedades anónimas, las sociedades en comandita, las sociedades en nombre colectivo, sociedades de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa y etc.

La Ley General de Sociedades Mercantiles como su nombre lo indica regula las diversas especies de sociedades mercantiles que existen, desde la creación, vida y liquidación de las mismas, se integran por socios, regula sus estatutos, es decir la forma de su organización y administración, su capital o patrimonio, y la manera de distribuir sus utilidades. En México hay seis tipos de sociedades mercantiles, son : Sociedad en nombre colectivo, Sociedad en comandita simple, Sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, Sociedad en comandita por acciones, y Sociedad cooperativa.

La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce seis tipos de sociedades

1. Mercantiles: sociedad en nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones y sociedad cooperativa.

2. Sociedad en comandita simple. Es una sociedad formada por dos clases de socios: colectivos y comanditarios. Los socios comanditarios responden limitadamente en las deudas sociales sólo con el importe que pusieron en la sociedad. Los socios colectivos responden personal e ilimitadamente con su propio patrimonio frente a las deudas sociales.

3. Sociedad de responsabilidad limitada. Sociedad en la cual el capital está dividido en participaciones sociales que se integrarán por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

4. Sociedad anónima. Se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. La denominación es libre, pero distinta de la de cualquier otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras Sociedad Anónima o de su abreviatura S.A.

5. Sociedad en comandita por acciones. Se compone de uno o varios socios comanditados que responden a las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.

6. Sociedad cooperativa. Asociación de personas naturales y/o jurídicas que se proponen mejorar la situación económica y social de sus componentes y la del entorno social en que se mueven. Los intereses colectivos están por encima de los particulares. Las sociedades bajo este régimen se pueden dividir en: producción o de consumo.

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A pesar de que este trámite tarda hasta tres meses, es un requisito cuyo precio es accesible para cualquier negocio.

Para que exista una sociedad es necesaria la participación de dos socios como mínimo, y que por lo menos cada uno adquiera un número de acciones.

Según Francisco Macías Valadez, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), una sociedad mercantil se forma para obtener una ganancia con la actividad que se realice o la organización y explotación de una empresa mercantil."

Sociedad Mercantil es el acuerdo que hay entre dos o más personas para la realización de un fin común mediante la aportación de capital en dinero o en especie y según el marco legal establecido, con personalidad jurídica distinta a la de los miembros que la integran y con derechos y obligaciones definidas en su actuación.

Así, podemos decir que Sociedad Mercantil es el acuerdo que hay entre dos o más personas para la realización de un fin común mediante la aportación de capital en dinero o en especie y según el marco legal establecido, con personalidad jurídica distinta a la de los miembros que la integran y con derechos y obligaciones definidas en su actuación.

Las personas que se unen para conformar una Sociedad Mercantil pueden ser:

Personas físicas

Personas morales

Personas físicas y morales

La persona física también llamada persona natural, es todo hombre o mujer con capacidad de goce y de ejercicio.

La persona moral es una entidad formada por dos o más personas físicas, para la realización de los fines colectivos, a la que el derecho reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.

Las sociedades mercantiles son las que la Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce en su artículo 1º., fracción I a VI. En su artículo 2º., primer párrafo, la mencionada ley dice: “Las sociedades mercantiles inscritas en el registro Público de comercio tienen personalidad jurídica distintas de las de los socios…”.5

Es importante recalcar que para que una sociedad se considere mercantil, independientemente de la actividad o fin que persiga, deberá constituirse

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cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos que establece la Ley de General Sociedades Mercantiles.

Las personas físicas o morales que se unen para formar la sociedad deberán aportar: efectivo, especie, conocimientos, trabajo o la combinación de lo anterior, buscando un fin lícito y preponderadamente económico. Las personas que integran una sociedad mercantil, están obligadas mutuamente a darse cuenta de todas y cada una de las operaciones que realice la misma, dentro de los ejercicios sociales. El ejercicio social coincidirá con el año de calendario (del 1º de Enero al 31º de Diciembre); salvo el primer ejercicio social, cuando la sociedad se constituya después del día primero de Enero, en cuyo caso, se inclinara en la fecha de su constitución y concluirá el 31 de diciembre del mismo año.

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B2

Fundamento:

Ley de sociedades mercantiles

Es la ley que regula las sociedades anónimas, las sociedades en comandita, las sociedades en nombre colectivo, sociedades de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa y etc.

Las personas que se unen para conformar una Sociedad Mercantil pueden ser:

Personas físicas Personas morales Personas físicas y morales La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce seis tipos de sociedades1. Mercantiles.2. Sociedad en comandita simple.3.Sociedad de responsabilidad limitada.4. Sociedad anónima.5. Sociedad en comandita por acciones.6. Sociedad cooperativa.

Empresa:

Sociedad Anónima (porque no se sabe quiénes son sus accionistas) de Capital variable (aquí es importante hacer una precisión, pues se llama así debido a que puede aumentar o disminuir su capital de aportación, es decir, aumentar o disminuir el número de acciones, sin necesidad de modificar la escritura constitutiva, a diferencia por ejemplo de una S. de R. L. que si debe hacerlo)

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B.2.1

ACTA CONSTITUTIVA

Es el documento o constancia notarial en la que se registran los datos referentes a la información de una sociedad o agrupación. Se especifican bases, fines, integrantes de la agrupación, funciones específicas de cada uno, firmas autentificadas y demás información fundamental de la sociedad que se constituye.

LA ESCRITURA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD DEBERA CONTENER:

I.- LOS NOMBRES, NACIONALIDAD Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE CONSTITUYAN LA SOCIEDAD;

II.- EL OBJETO DE LA SOCIEDAD;

III.- SU RAZON SOCIAL O DENOMINACION;

IV.- SU DURACION;

V.- EL IMPORTE DEL CAPITAL SOCIAL;

VI.- LA EXPRESION DE LO QUE CADA SOCIO APORTE EN DINERO O EN OTROS BIENES; EL VALOR ATRIBUIDO A ESTOS Y EL CRITERIO SEGUIDO PARA SU VALORIZACION.

CUANDO EL CAPITAL SEA VARIABLE, ASI SE EXPRESARA INDICANDOSE EL MINIMO QUE SE FIJE;

VII.- EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD;

VIII.- LA MANERA CONFORME A LA CUAL HAYA DE ADMINISTRARSE LA SOCIEDAD Y LAS FACULTADES DE LOS ADMINISTRADORES;

IX.- EL NOMBRAMIENTO DE LOS ADMINISTRADORES Y LA DESIGNACION DE LOS QUE HAN DE LLEVAR LA FIRMA SOCIAL;

X.- LA MANERA DE HACER LA DISTRIBUCION DE LAS UTILIDADES Y PERDIDAS ENTRE LOS MIEMBROS DE LA SOCIEDAD;

XI.- EL IMPORTE DEL FONDO DE RESERVA;

XII.- LOS CASOS EN QUE LA SOCIEDAD HAYA DE DISOLVERSE ANTICIPADAMENTE, Y

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XIII.- LAS BASES PARA PRACTICAR LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD Y EL MODO DE PROCEDER A LA ELECCION DE LOS LIQUIDADORES, CUANDO NO HAYAN SIDO DESIGNADOS ANTICIPADAMENTE.

Artículo 90. La sociedad anónima puede constituirse por la comparecencia ante Notario, de las personas que otorguen la escritura social, o por suscripción pública.

Contiene:

I.- La parte exhibida del capital social; II.- El número, valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide el capital social, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 125; III.- La forma y términos en que deba pagarse la parte insoluta de las acciones; IV.- La participación en las utilidades concedidas a los fundadores; V.- El nombramiento de uno o varios comisarios; VI.- Las facultades de la Asamblea General y las condiciones para la validez de sus deliberaciones, así como para el ejercicio del derecho de voto, en cuanto las disposiciones legales puedan ser modificadas por la voluntad de los socios.

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B.2.1.2

EJEMPLO DE ACTA CONSTITUTIVA:

“NISSAN S.A. de C.V.”ACTA CONSTITUTIVA.CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A PRIMERO DE MARZO DE 1941.NOMBRE. La compañía se denomina con el nombre comercial de NISSAN S.A de C.V. (Sociedad Anónima de Capital Variable).

DURACIÓN: La Duración de la empresa será indefinida no se presenta fecha de vencimiento

OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, fabricación de piezas y automóviles.

CAPITAL SOCIAL: El capital social es variable y, por lo tanto susceptible de ser aumentado por aportaciones posteriores o por admisión de nuevos accionistas, y de ser disminuido por retiro total o parcial de aportaciones, sin más formalidad que las requerida por este estatuto, por el capítulo octavo de la Ley General de Sociedades Mercantiles, por las demás disposiciones aplicables, en su caso, y por el título de concesión para la administración portuaria integral que se pueda otorgar a la sociedad antes mencionada.El capital social mínimo sin derecho a retiro es de CIEN MIL, y deberá estar íntegramente pagado.

LA ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad será confiada a un consejo de administración, cuyos miembros serán designados de acuerdo con lo dispuesto en el presente estatuto, en las normas aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, estará integrado por no más de nueve miembros propietarios y otros tantos suplentes, quienes podrán ser accionistas o no.

LA DIRECCIÓN: Estará a cargo del Director General, que será nombrado por el consejo de administración y a este le corresponderá el gobierno y la representación legal de la sociedad.

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PODERES:

Del consejo de administración: En general, llevar al cabo los actos y operaciones que sean necesarios o convenientes para la consecución de los fines de la sociedad, excepción hecha de los expresamente reservados por la ley o por el presente estatuto a la asamblea de accionistas. Las referencias de este artículo a los preceptos del Código Civil para el Distrito Federal se entienden hechas a los correlativos de los códigos civiles de las entidades en que se ejerza el mandato.

Del director general: Tendrá la firma social, será el mandatario superior de la institución y estará investido de los poderes de que se habla en las fracciones I y II del artículo trigésimo tercero del estatuto. Será responsable de la administración y vigilará la buena marcha de los negocios sociales. Participará en las acciones del consejo de administración, al cual rendirá informes con la periodicidad que el mismo determine. Tendrá las demás atribuciones que le sean delegadas o encomendadas por el consejo de administración, y las que le confieran las normas legales.

VIGILANCIA: La vigilancia de las operaciones sociales estará confiada a un comisario propietario por la serie "A" y a uno por la serie "B" , así como a sus respectivos suplentes que serán designados por las correspondientes asambleas especiales, por mayoría de votos, y quienes podrán ser accionistas o personas extrañas a la sociedad. Los comisarios nombrados en razón de su calidad de servidores.

públicos ejercerán su cargo mientras ostenten el carácter de funcionarios del ente gubernamental que hubiera propuesto la designación. Los demás durarán en funciones por tiempo indeterminado; y continuarán en el desempeño de su cargo mientras no tomen posesión los sustitutos de sus puestos ya anteriormente designados/estipulados.

UTILIDADES Y PÉRDIDAS: El ejercicio social comenzará el primero de enero y terminará el día último de diciembre de cada año conforme a Lo estipulado en la ley del PTU.

Utilidades: En cuanto a las utilidades que se obtengan, se observarán las siguientes reglas:I.- Se creerán las provisiones necesarias para el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades generadas en el ejercicio fiscal de la empresa o sociedad;II.- Un cinco por ciento como mínimo, será separado para formar el fondo de reserva legal hasta que el mismo importe, cuando menos, la quinta parte del

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capital social. Dicho fondo deberá ser reconstituido de la misma manera cuando disminuya por cualquier motivo.

III.- Se separarán las cantidades que acuerde la asamblea general ordinaria de accionistas para que puedan cumplirse los programas, compromisos y metas de desarrollo.IV.- Se destinarán las cantidades convenientes para la formación de uno o varios fondos de reinversión o previsión, o para que, puestas a disposición de la asamblea, y V.- El resto se distribuirá entre los accionistas en proporción al numeró de sus acciones. Los fundadores de la sociedad hacen constar que no se reservan participación especial en las utilidades conforme lo previsto en la Ley.Pérdidas: Las pérdidas, si las hubiere, se distribuirán entre los accionistas, en proporción al numeró de sus acciones, hasta donde alcance el capital social.

LEGALES.Como empresa comerciantePublicar su calidad mercantil por medio de la prensa.

Inscribirse el Registro Federal de Contribuyentes así como en el Registro Público de Comercio.

Llevar su contabilidad conforme a la normatividad establecida.

Conservar su conrrespondencia por un período de 10 años.

Como patrón de miles de trabajadores:

Pagar los sueldos y salarios a sus trabajadores

Proporcionar las herramientas de trabajo a los trabajadores para que éstos desempeñen su labor.

Brindar un buen trato a los trabajadores.

Proporcionar capacitación y adiestramiento a los trabajadores.

Cumplir con las disposiciones de sguridad e higiene.

FISCALES

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IETU (Grava)Otras obligaciones de operación con clientes y proveedores.RETENCION de ISR 10% IVA 10% por honorarios.RETENCION por prestación de servicios.

B.2.2

Page 43: CEDULAS SUMARIAS

GENERALIDADES SOCIEDAD MERCANTIL:

No se debe confundir una sociedad mercantil con una sociedad civil, donde no existen bienes físicos para comercializar.

 Sociedad mercantil. Una sociedad mercantil es reconocida por la ley como una entidad propia y distinta a sus miembros. Por lo tanto, cuenta con un patrimonio común y con la participación de socios, tanto en sus ganancias como en sus pérdidas. Es un ente colectivo con un interés o propósito en común.

Específicamente, una sociedad mercantil: comparte el propósito de obtener ganancias a través de actos lucrativos comerciales (lo cual lo diferencia de una sociedad civil),

comparte la contribución a las pérdidas por riesgo de negocio entre todos los socios,

necesita que cada socio aporte una contribución patrimonial, ya sea de capital, bienes o trabajo,

requiere de una transacción comercial de una compraventa.

Formar una sociedad mercantil ofrece los beneficios de poder reunir una mayor cantidad de capital para desarrollar negocios, además de gozar del beneficio de la responsabilidad limitada.

 

Clasificación de las sociedades mercantiles

Para clasificar las sociedades se toman en cuenta los elementos y el tipo de capital.

Existen tres elementos:

El personal: formado por socios que aportan y reúnen sus esfuerzos (bienes, capital o trabajo).

El patrimonial: constituido por bienes que juntos forman un capital social.

El formal: compuesto por reglas que rigen la transformación del contrato, justificando así el origen de la sociedad como ente.

Y dos tipos de capital:

Capital fijo: el que no se puede modificar, salvo por un cambio de los estatutos.

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Capital variable (C.V.): aquel que es flexible conforme al avance de la sociedad mercantil.

Requerimientos para constituir la sociedad mercantil

Las cuatro sociedades reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles requieren:

Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos.

Autorización de la Secretaría de Economía.

Protocolización ante notario público.

Inscripción en el Registro Público de Comercio.

Las sociedades cooperativas, que son reguladas por la Ley General de Sociedades Cooperativas piden un proceso de constitución, que involucra:

Acta por quintuplicado a la asamblea general.

Certificación de firmas ante notario público, corredor público o juez de distrito, entre otras.

Autorización de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

Inscripción en el Registro Público de Comercio.

Page 45: CEDULAS SUMARIAS

B.3.1

LEY DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)

Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud,

la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios

sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el

otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los

requisitos legales, será garantizada por el Estado.

Artículo 5 A. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I. Ley: la Ley del Seguro Social;

II. Código: el Código Fiscal de la Federación;

III. Instituto: el Instituto Mexicano del Seguro Social;

IV. Patrones o patrón: la persona física o moral que tenga ese carácter en los

términos de la Ley Federal del Trabajo;

V. Trabajadores o trabajador: la persona física que la Ley Federal del Trabajo

define como tal;

VI. Trabajador permanente: aquél que tenga una relación de trabajo por tiempo

indeterminado;

VII. Trabajador eventual: aquél que tenga una relación de trabajo para obra

determinada o por tiempo determinado en los términos de la Ley Federal del

Trabajo;

VIII. Sujetos o sujeto obligado: los señalados en los artículos 12, 13, 229, 230, 241

y 250-A de la ley, cuando tengan la obligación de retener las cuotas obrero-

patronales del Seguro Social o de realizar el pago de las mismas, y los demás que

se establezcan en esta ley;

Fracción reformada DOF 09-07-2009

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IX. Sujetos o sujeto de aseguramiento: los señalados en los artículos 12, 13, 241 y

250 A, de la Ley;

X. Responsables o responsable solidario: para los efectos de las aportaciones de

seguridad social son aquellos que define como tales el artículo 26 del Código y los

previstos en esta Ley;

XI. Asegurados o asegurado: el trabajador o sujeto de aseguramiento inscrito ante

el Instituto, en los términos de la Ley;

XII. Beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la

concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y

descendientes del asegurado o pensionado señalados en la Ley;

XIII. Derechohabientes o derechohabiente: el asegurado, el pensionado y los

beneficiarios de ambos, que en los términos de la Ley tengan vigente su derecho a

recibir las prestaciones del Instituto;

XIV. Pensionados o pensionado: el asegurado que por resolución del Instituto

tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad

permanente parcial superior al cincuenta por ciento o en su caso incapacidad

permanente parcial entre el veinticinco y el cincuenta por ciento; invalidez;

cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquél cuando

por resolución del Instituto tengan otorgada pensión de viudez, orfandad, o de

ascendencia;

XV. Cuotas obrero patronales o cuotas: las aportaciones de seguridad social

establecidas en la Ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados;

XVI. Cédulas o cédula de determinación: el medio magnético, digital, electrónico,

óptico, magneto óptico o de cualquier otra naturaleza, o bien el documento

impreso, en el que el patrón o sujeto obligado determina el importe de las cuotas a

enterar al Instituto, el cual puede ser emitido y entregado por el propio Instituto;

XVII. Cédulas o cédula de liquidación: el medio magnético, digital, electrónico o de

cualquier otra naturaleza, o bien el documento impreso, mediante el cual el

Instituto, en ejercicio de sus facultades como organismo fiscal autónomo,

determina en cantidad líquida los créditos fiscales a su favor previstos en la Ley;

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XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como

tal, y

Fracción reformada DOF 29-04-2005, 16-01-2009

XIX. Trabajador eventual del campo: persona física que es contratada para

labores de siembra, deshije, cosecha, recolección, preparación de productos para

su primera enajenación y otras de análoga naturaleza agrícola, ganadera, forestal

o mixta, a cielo abierto o en invernadero. Puede ser contratada por uno o más

patrones durante un año, por períodos que en ningún caso podrán ser superiores

a veintisiete semanas por cada patrón. En caso de rebasar dicho período por

patrón será considerado trabajador permanente. Para calcular las semanas

laboradas y determinar la forma de cotización se estará a lo previsto en la ley y en

el reglamento respectivo.

Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales.

Articulo 15. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el instituto mexicano del

seguro social, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los

demás datos, dentro de plazos no mayores a cinco días hábiles, conforme a las

disposiciones de esta ley y sus reglamentos.

II. Llevar registros como nóminas y listas de raya en las que se asiente

invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos de sus

trabajadores, además de otros datos que exijan la presente ley y sus

reglamentos.

Es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al alta

de su fecha.

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III. Determinar las cuotas obrero - patronales a su cargo y enterar su importe al

instituto mexicano del seguro social.

IV. Proporcionar al instituto los elementos necesarios para precisar la existencia,

naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta ley y los

reglamentos que correspondan.

V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto, que se

sujetara a lo establecido por esta ley, el código y los reglamentos respectivos.

VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a

la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador una

constancia escrita del número de días trabajados y el salario percibido, semanal o

quincenalmente, conforme a los periodos de pago establecidos.

VII. Cumplir con las obligaciones en relación con el seguro de retiro, cesantía de

edad avanzada y vejez

VIII. Expedir y entregar tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del

campo, la constancia de los días cotizados, de acuerdo a lo que establezca el

reglamento de la afiliación.

Artículo 17. Al dar los avisos a que se refiere la fracción I del artículo 15 de esta

ley, el patrón puede expresar por escrito los motivos en que funde alguna

excepción o duda acerca de sus obligaciones, sin que por ello quede relevado de

pagar las cuotas correspondientes.

El instituto dentro de un plazo de cuarenta y cinco días hábiles, notificara al patrón

la resolución que dicte, y en su caso, proceder al reembolso correspondiente.

Artículo 18. Los trabajadores tienen el derecho de solicitar al instituto su

inscripción. Comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de

trabajo. Lo anterior no libera a los patrones del cumplimiento de sus obligaciones

ni les exime de las sanciones y responsabilidades en que hubieran incurrido.

Page 49: CEDULAS SUMARIAS

Artículo 21. Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente

para el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del seguro social, mientras

dure el estado de incapacidad.

Artículo 22. Los documentos, datos e informes que los trabajadores patrones y

demás personas proporcionen al instituto, en cumplimiento de las obligaciones

que les impone esta ley, serán estrictamente confidenciales y no podrán

comunicarse o darse a conocer en forma nominativa e individual, salvo cuando se

trate de juicios y procedimientos en que el instituto fuere parte y en los casos

previstos por ley.

Artículo 23. Cuando los contratos colectivos concedan prestaciones inferiores a

las otorgadas por esta ley, el patrón pagara al instituto todos los aportes

proporcionales a las prestaciones contractuales para satisfacer las diferencias

entre estas últimas y las establecidas por la ley, las partes cubrirán las cuotas

correspondientes.

Artículo 28. Los asegurados se inscribirán con el salario base de cotización que

perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el

equivalente a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito

Federal y como límite inferior el salario mínimo general del área geográfica

respectiva.

Artículo 37. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja del

trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales

respectivas; sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por

otro patrón, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las

cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.

Artículo 55. Los riesgos de trabajo pueden producir:

I. Incapacidad temporal;

II. Incapacidad permanente parcial;

III. Incapacidad permanente total, y

IV. Muerte.

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Se entenderá por incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial e

incapacidad permanente total, lo que al respecto disponen los artículos relativos

de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 56. El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las

siguientes prestaciones en especie:

I. Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;

II. Servicio de hospitalización;

III. Aparatos de prótesis y ortopedia, y

IV. Rehabilitación.

Artículo 168. Las cuotas y aportaciones a que se refiere el artículo anterior serán:

Salario base de cotización del trabajador Cuota social

1 Salario Mínimo $3.87077

1.01 a 4 Salarios Mínimos $3.70949

4.01 a 7 Salarios Mínimos $3.54820

7.01 a 10 Salarios Mínimos $3.38692

10.01 a 15.0 Salarios Mínimos $3.22564

B.3.2

Fundamento Empresa

Page 51: CEDULAS SUMARIAS

Artículo 2. La seguridad social tiene

por finalidad garantizar el derecho a la

salud, la asistencia médica, la

protección de los medios de

subsistencia y los servicios sociales

necesarios para el bienestar individual y

colectivo, así como el otorgamiento de

una pensión que, en su caso y previo

cumplimiento de los requisitos legales,

será garantizada por el Estado.

Artículo 11. El régimen obligatorio

comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y

vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales.

Artículo 55. Los riesgos de trabajo

pueden producir:

I. Incapacidad temporal;

II. Incapacidad permanente parcial;

III. Incapacidad permanente total, y

IV. Muerte.

Prestaciones del personal:

Seguro social desde el primer

día de labores

Aportaciones del 5% para el

IMSS

Aportaciones a la AFORE de la

elección del trabajador

INFONAVIT

Pensión de Invalidez

Pensión de Cesantía en Edad

Avanzada o Vejez

Pensión de Viudez

Pensión por Incapacidad

Permanente Parcial o Total

Pensión por Retiro Anticipado

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Page 53: CEDULAS SUMARIAS

B.3.3

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al

efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo,

conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir

leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una

manera general, todo contrato de trabajo:

I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas.

II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas. Quedan prohibidas: las

labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo

después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;

III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los

mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de

seis horas.

IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de

descanso, cuando menos.

V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo

considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación;

gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha

fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo,

debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que

hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán

dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a

sus hijos;

VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni

nacionalidad.

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VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o

descuento.

IX. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las

empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:

a) Una Comisión Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de

los patronos y del Gobierno, fijará el porcentaje de utilidades que deba repartirse

entre los trabajadores;

b) La Comisión Nacional practicará las investigaciones y realizará los estudios

necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía

nacional. Tomará asimismo en consideración la necesidad de fomentar el

desarrollo industrial del País, el interés razonable que debe percibir el capital y la

necesaria reinversión de capitales;

c) La misma Comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos

estudios e investigaciones que los justifiquen.

d) La Ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de

nueva creación durante un número determinado y limitado de años, a los trabajos

de exploración y a otras actividades cuando lo justifique su naturaleza y

condiciones particulares;

e) Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como

base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del

Impuesto sobre la Renta. Los trabajadores podrán formular ante la Oficina

correspondiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las objeciones que

juzguen convenientes, ajustándose al procedimiento que determine la ley;

f) El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad

de intervenir en la dirección o administración de las empresas.

XI. Cuando, por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de

jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un 100% más de lo

fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá

exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de

dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos.

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X. El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo

permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro

signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.

XIII. Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a

proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La

ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a

los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación.

XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las

enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio

de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la

indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la

muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de

acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el

caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario.

XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su

negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones

de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir

accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así

como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y

la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de

mujeres embarazadas. Las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes

en cada caso;

XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en

defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones

profesionales, etc.

XVII. Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronos,

las huelgas y los paros.

XX. Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetarán a la

decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje, formada por igual número de

representantes de los obreros y de los patronos, y uno del Gobierno.

Page 56: CEDULAS SUMARIAS

XXI. Si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el

laudo pronunciado por la Junta, se dará por terminado el contrato de trabajo y

quedará obligado (obligado, sic DOF 21-11-1962) a indemnizar al obrero con el

importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del

conflicto. Esta disposición no será aplicable en los casos de las acciones

consignadas en la fracción siguiente. Si la negativa fuere de los trabajadores, se

dará por terminado el contrato de trabajo.

I. La jornada diaria máxima de trabajo diurno y nocturno será de ocho y siete horas

respectivamente. Las que excedan serán extraordinarias y se pagarán con un

ciento por ciento más de la remuneración fijada para el servicio ordinario. En

ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias ni de tres

veces consecutivas;

II. Por cada seis días de trabajo, disfrutará el trabajador de un día de descanso,

cuando menos, con goce de salario íntegro;

III. Los trabajadores gozarán de vacaciones que nunca serán menores de veinte

días al año

VII. La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar

los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. El Estado organizará escuelas de

Administración Pública;

VIII. Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a fin de que los ascensos

se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En igualdad

de condiciones, tendrá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su

familia;

XI (IX, sic 05-12-1960). Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados

por causa justificada, en los términos que fije la ley.

En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en

su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal.

En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho

a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley.

Page 57: CEDULAS SUMARIAS

B.4

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo 2°. Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los

factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o

decente en todas las relaciones laborales.

Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la

dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o

nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud,

religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se

tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe

capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios

compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para

prevenir riesgos de trabajo.

El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos

colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el

derecho de huelga y de contratación colectiva.

Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al

patrón.

La igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las

mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus

derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el

acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas,

sociales y culturales de mujeres y hombres.

Artículo 3°. El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de

comercio.

No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los

trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad,

condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones,

Page 58: CEDULAS SUMARIAS

preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad

humana.

No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias

que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor

determinada.

Es de interés social promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la

formación para y en el trabajo, la certificación de competencias laborales, la

productividad y la calidad en el trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como los

beneficios que éstas deban generar tanto a los trabajadores como a los patrones.

Artículo 5°. Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no

producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea

escrita o verbal, la estipulación que establezca:

I. Trabajos para niños menores de catorce años;

II. Una jornada mayor que la permitida por esta Ley;

III. Una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo,

a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje;

IV. Horas extraordinarias de trabajo para los menores de dieciséis años;

V. Un salario inferior al mínimo;

VI. Un salario que no sea remunerador, a juicio de la Junta de Conciliación y

Arbitraje;

VII. Un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a los obreros y a

los trabajadores del campo;

VIII. Un lugar de recreo, fonda, cantina, café, taberna o tienda, para efectuar el

pago de los salarios, siempre que no se trate de trabajadores de esos

establecimientos;

IX. La obligación directa o indirecta para obtener artículos de consumo en tienda o

lugar determinado;

X. La facultad del patrón de retener el salario por concepto de multa;

XI. Un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o

establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual

jornada, por consideración de edad, sexo o nacionalidad;

Page 59: CEDULAS SUMARIAS

XII. Trabajo nocturno industrial o el trabajo después de las veintidós horas, para

menores de dieciséis años.

XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o

prerrogativas consignados en las normas de trabajo.

En todos estos casos se entenderá que rigen la Ley o las normas supletorias en

lugar de las cláusulas nulas.

Artículo 8°. Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un

trabajo personal subordinado.

Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad

humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación

técnica requerido por cada profesión u oficio.

Artículo 10. Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o

varios trabajadores.

Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de

otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.

Artículo 19. Todos los actos y actuaciones que se relacionen con la aplicación de

las normas de trabajo no causarán impuesto alguno.

Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le

dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona,

mediante el pago de un salario.

Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es

aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal

subordinado, mediante el pago de un salario.

La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato

celebrado producen los mismos efectos.

Artículo 24. Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando

no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos,

de los cuales quedará uno en poder de cada parte.

Page 60: CEDULAS SUMARIAS

Artículo 25. El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:

I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de

Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del

patrón;

II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de

capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un

periodo de prueba;

III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la

mayor precisión posible;

IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo;

V. La duración de la jornada;

VI. La forma y el monto del salario;

VII. El día y el lugar de pago del salario; y

VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los

términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la

empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y

IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y

demás que convengan el trabajador y el patrón.

Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo

determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar

sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la

relación será por tiempo indeterminado.

Artículo 42. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el

servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:

I. La enfermedad contagiosa del trabajador;

II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no

constituya un riesgo de trabajo;

III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el

trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste

la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél.

Page 61: CEDULAS SUMARIAS

IV. El arresto del trabajador.

V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en

el artículo 5° de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo

31, fracción III de la misma Constitución;

VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos

estatales, Juntas de Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios

Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las

Utilidades de las Empresas y otros semejantes;

VII. La falta de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos, necesarios

para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador; y

VIII. La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados

bajo esta modalidad.

Rescisión de las Relaciones de Trabajo

Artículo 46. El trabajador o el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la

relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.

Terminación de las Relaciones de Trabajo

Artículo 53. Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

I. El mutuo consentimiento de las partes;

II. La muerte del trabajador;

III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de

conformidad con los artículos 36, 37 y 38;

IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga

imposible la prestación del trabajo; y

V. Los casos a que se refiere el artículo 434.

Condiciones de Trabajo

Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad

sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las

fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios

Page 62: CEDULAS SUMARIAS

e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o

exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad,

discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones,

preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o

estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley.

Obligaciones de los Trabajadores

Artículo 134. Son obligaciones de los trabajadores:

I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables;

II. Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales

mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como

las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal;

III. Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a

cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo;

IV. Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la

forma, tiempo y lugar convenidos;

V. Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o fuerza mayor, de las causas

justificadas que le impidan concurrir a su trabajo;

VI. Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los

instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, no siendo responsables

por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso

fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción;

VII. Observar buenas costumbres durante el servicio;

VIII. Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o

riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus

compañeros de trabajo;

IX. Integrar los organismos que establece esta Ley;

X. Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y

demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no

padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable;

Page 63: CEDULAS SUMARIAS

XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que

padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.

XII. Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin

de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo

o de los patrones; y

XIII. Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de

fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o

indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que

desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya

divulgación pueda causar perjuicios a la empresa.

Habitaciones para los Trabajadores

Artículo 136. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase

de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas

e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán

aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de

los trabajadores a su servicio. (Ley federal del trabajo, 2010)

Page 64: CEDULAS SUMARIAS

B.4.1

Fundamento

Constitución política de los Estados

Unidos Mexicanos

Artículo 123. Toda persona tiene

derecho al trabajo digno y socialmente

útil; al efecto, se promoverán la

creación de empleos y la organización

social de trabajo, conforme a la ley.

Ley federal del trabajo

Artículo 2°. Las normas del trabajo

tienden a conseguir el equilibrio entre

los factores de la producción y la

justicia social, así como propiciar el

trabajo digno o decente en todas las

relaciones laborales.

Artículo 3°. El trabajo es un derecho y

un deber sociales. No es artículo de

comercio.

No podrán establecerse condiciones

que impliquen discriminación entre los

trabajadores por motivo de origen

étnico o nacional, género, edad,

discapacidad, condición social,

condiciones de salud, o cualquier otro

que atente contra la dignidad humana.

Empresa

Los trabajadores cuentan con:

El salario se encuentra integrado por

los siguientes conceptos:

Vales (de cualquier tipo)

Bonos

Prima vacacional

Aguinaldo

Comisiones

Alimentación

Aguinaldo

Pago de utilidades

La duración máxima de la jornada

semanal es de 48 horas la diurna

únicamente.

Los días de descanso obligatorio se

encuentran señalados en el artículo 74

de la Ley Federal del Trabajo

Page 65: CEDULAS SUMARIAS

C

CONTROL INTERNO

Es el plan de la organización, los métodos, procedimientos que de forma

coordinada por una entidad para salvaguardar sus activos y la confiabilidad de su

información financiera, promueve la eficiencia operativa y estimula la adhesión de

las políticas establecidas por la organización. (RAMON, 2007)

Está constituido por tres aspectos:

Procedimientos de control: es todo aquello q una entidad tiene

implementado para asegurar el buen uso y salvaguarda de sus recursos

con la finalidad de proporcionar seguridad razonable para lograr los

objetivos de la empresa.

Sistema contable: este sistema formara parte del control interno, es el que

registra las operaciones que efectúa una entidad y representa una

información financiera pertinente.

Ambiente de control: es la actitud que se tenga hacia los dos aspectos

anteriores. Representa la combinación de factores la integridad y valores

éticos, el compromiso con la competencia la filosofía de la administración ,

afectan las `políticas y procedimientos de la entidad . (CELAYA FIGUEROA

ROBERTO LOPEZ PARRA MARIA ELVIRA, 2006)

Page 66: CEDULAS SUMARIAS

C.1

INGRESOS

Ingreso se conoce al incremento bruto de activos o disminución de pasivos

experimentado por una entidad, con efecto en su utilidad neta, durante un periodo

contable, como resultado de las operaciones que constituyen sus actividades

primarias o normales. (CELAYA FIGUEROA ROBERTO LOPEZ PARRA MARIA

ELVIRA, 2006)

La constitución de una empresa persigue el objetivo inicial de obtener ingresos a

mediano plazo, y que estos se transformen en utilidades, y un objetivo final que

implica, que tanto los ingresos como las utilidades coadyuven a la consolidación y

crecimiento de la empresa. (CELAYA FIGUEROA ROBERTO LOPEZ PARRA

MARIA ELVIRA, 2006)

CICLO DE INGRESOS: Incluye todas las funciones que se requieren para obtener

dinero mediante la prestación de un producto o servicio, incluyendo los pedidos de

los clientes y el uso de las prestaciones que ofrece cada empresa. Entre las

funciones principales del ciclo se encuentran el otorgamiento de crédito, toma de

pedidos, entrega de mercancías, facturación, cuentas por cobrar, ingreso del

efectivo y determinación del costo de ventas, entre otras.

Page 67: CEDULAS SUMARIAS

C.1.2

INGRESOS EN NISSAN TLALNEPANTLA

Los ingresos principales que obtiene nuestra empresa son aquellos cuyo giro

muestra el acta constructiva. Específicamente nuestros ingresos directos se basan

en los siguientes productos:

Venta de automóviles

Otorgamiento de créditos

Fabricación de piezas y accesorios.

Page 68: CEDULAS SUMARIAS

C.1.2

CICLO DE COMPRAS

Este ciclo proporciona unas ventajas empresariales, gracias a la mayor eficiencia

y control. Su buen funcionamiento conlleva a mejorar relaciones con los

proveedores y generar mayor productividad en las actividades del negocio; se ha

considerado mostrar sus funciones individualmente para facilitar su estudio, de la

siguiente manera:

El ciclo de compras de una empresa incluye todas aquellas funciones que se

requieren llevar a cabo para:

• La adquisición de bienes, mercancías y servicios

• El pago de las adquisiciones anteriores

• Clasificar, resumir e informar lo que se adquiere y se paga

El ciclo de compras contiene la adquisición y el pago de:

• Inventarios

• Activos fijos

• Servicios externos

• Suministros o abastecimientos

Sus funciones más comunes se basan en la selección de proveedores,

solicitudes de compra, recepción y control de calidad de mercancías con sus

respectivos asientos contables y documentos.

Page 69: CEDULAS SUMARIAS

C.1.2.1

TRAMITACIÓN DE COMPRAS EN NISSAN TLALNEPANTLA

Toda compra se realizara cuando con anticipación se elabore una orden de

compra, la cual ira dirigida al departamento de operaciones globales, en donde se

evaluara que monto y que tipo de artículos se compraran, así como la mejor

opción.

Page 70: CEDULAS SUMARIAS

C.1.3

CICLO DE NOMINA O PERSONAL

Se relaciona con las erogaciones y transacciones de los recursos humanos, para

llevar a cabo la contratación, utilización y pago de mano de obra e informar lo que

se utilizó y pagó en el funcionamiento de estas. Las funciones típicas de este ciclo

son: selección de personal, contratación, informes de asistencia, registro,

información y control de la nómina, desembolso de efectivo y promoción y

evaluación de personal dentro de los cuales se genera asientos contables y

presentación de documentos relacionados con nómina.

Page 71: CEDULAS SUMARIAS

C.1.3.1

CICLO DE NOMINA O PERSONAL EN NISSAN TLALNEPANTLA

Los salarios deben ser iguales o superiores al salario mínimo requerido por la ley o

el salario prevaleciente de la industria. De igual forma, serán otorgados todos

aquellos beneficios de ley a que tengan derecho nuestros trabajadores.

Además de la compensación por las horas regulares de trabajo, los trabajadores

deben ser compensados por las horas extraordinarias a la tasa requerida

legalmente en el país de fabricación. La nómina se calculara de forma mensual,

por lo que los pagos de sueldos y salarios, de igual forma serán mensuales.

La nómina se elaborar con base a la LFT y se otorgaran todos aquellos ingresos

mínimos que establece la ley, su equivalente y en algunos casos será mayor.

Page 72: CEDULAS SUMARIAS

C.1.4

CICLO DE TESORERIA

Incluye las funciones sobre la estructura y rendimiento del capital, en las que

contiene la planeación y control financiero, relaciones con accionistas,

administración del efectivo, acumulación, cobro y pago de interés, custodia física

del efectivo y los valores, administración y vigilancia de la deuda, operaciones de

inversión y financiamiento y administración de seguros. El fin de este ciclo es

incrementar el efectivo disponible, logrando acelerar al máximo el ingreso de

dinero y disminuir el flujo de los egresos

El tesorero tiene bajo su responsabilidad:

• Control de flujo de efectivo interno y externo.

• Administración de portafolios de inversión.

Page 73: CEDULAS SUMARIAS

C.1.4.1

CICLO DE TESORERIA EN NISSAN TLALNEPANTLA

C.1.5

CICLO DE PRODUCCION:

Los recursos adquiridos por una empresa se almacenan, se convierten, se

procesan, se montan o se utilizan en otra forma para obtener como resultado un

producto terminado, mediante el proceso de transformación de la materia prima,

haciendo uso de la mano de obra directa e indirecta y elementos de costos

indirectos.

Las funciones de producción son: contabilidad de costos, control de fabricación,

administración de inventarios y contabilidad de inmuebles, maquinaria y equipo.

Page 74: CEDULAS SUMARIAS

C.1.5.1

CICLO DE PRODUCCION EN NISSAN TLALNEPANTLA

Entradas al Almacén

La entrada al Almacén serán responsable del almacenista y su personal, quienes

deberán registra dichas entradas con tarjetas.

Entre sus obligaciones tendrá el Almacén:

Revisar que la mercancía este en buen estado

Que sea la cantidad pedida

Que sea la mercancía solicitada

Deberá pesar y almacenar la mercancía

Reportar cualquier anomalía

Salidas del Almacén

Las salidas en el almacén se registraran en tarjetas y para que se de dicha salida

se cumplirán los siguientes requisitos:

Toda mercancía deberá pedirse al almacén con una solicitud previamente

elaborada y autorizada por el departamento de producción

La mercancía se entregara de acuerdo a lo que dice o muestra la solicitud

Una vez entregada la mercancía será responsabilidad del solicitante

Page 75: CEDULAS SUMARIAS

Control de existencias

De acuerdo a nuestras políticas se realizaran los registros de entradas y salidas

de mercancía con tarjetas de almacén por el método de UEPS.

De igual forma se realizara la toma de inventarios mensualmente con el objeto de

observar el uso de las mercancías en el almacén.

Page 76: CEDULAS SUMARIAS

C.1.6

CICLO DE INFORMACION FINANCIERA

Comprende la preparación de estados financieros que resumen el resultado de

las actividades del negocio a una fecha o por un período determinado. Sus

funciones se basan en la preparación de asientos de diario, registros en los libros

de contabilidad, preparación de informes, mantenimiento de registros contables

con sus respectivos asientos y soportes contables.

Page 77: CEDULAS SUMARIAS

C.1.6.1

CICLO DE INFORMACION FINANCIERA

Datos contables básicos.

* Libros diarios

* Mayor General y registros auxiliares.

* Manuales relacionados con la contabilidad.

* Registros informales y de memorándum tales como hojas de trabajo, cálculos y

conciliaciones

* Información corraboradora.

* Documentos tales como cheques, facturas, contratos etc.

* Confirmaciones y demás representaciones por escrito.

* Información recabada de investigaciones, observaciones, inspecciones y

exámenes físicos.

* Balance

* Flujos financieros

* Notas o anexos a los estados contables

* Expediente continuo de Auditoria

* Dictamen y nota a los estados financieros

* Carta de observaciones

* Papeles de trabajo

Page 78: CEDULAS SUMARIAS

C.1.7

EGRESOS

El dinero que se recibe en diversas formas queda a disposición de la organización,

la cual puede utilizarlo con diversos objetivos: compra de insumos de operación de

operación, pago de gastos e inversiones. (RAMON, 2007)

El objetivo general es que esos egresos sean validos y para propósitos, que sean

proporcionales al beneficio recibido y que la cuantificación de las erogaciones sea

correcta. Los principales aspectos de control pueden ser:

separación de la función de egresos:

El ingreso debe de ser canalizado al área central de depósito mientras la

de egresos debe ser controlada de manera independiente.

documentación soporte para la liquidación de cuentas por pagar:

Son revisados para validar el concepto a pagar y la época de pago.

Fondos de caja chica:

Los fondos de la caja fija deben de ser los suficientes para cubrir los pagos

q se realizaran, y todo debe de estar documentado.

Uso de fondos para anticipos.

En ocasiones se emiten cheques para cubrir los anticipos y así majar su

documentación de soporte.

Control de firmas de cheques:

Conviene que los cheques estén firmados por dos personas

mancomunadas), esto sirve para evitar fraudes y errores.

Designación de beneficiarios de cheques:

Tener en cuanta q quien se le van a emitir los cheques sin hacer cheques

al portador y así evitar uso indebido del dinero.

Separación de deberes y responsabilidades:

Cada actividad se convierte en el control de la otra.

Page 79: CEDULAS SUMARIAS

D.1

DOCUMENTOS QUE SE GENERAN

Factura. “Documento que muestra el

carácter, la cantidad, el precio, las

condiciones, la forma de entrega y otras

particularidades de las mercancías

vendidas o de servicios prestados”.

(Kohler, 1999, Pág. 249).

Page 80: CEDULAS SUMARIAS

FONDOS DE CAJA CHICA

Sera responsabilidad del departamento de finanzas la autorización, aumento o arqueo de los fondos de caja que se destinen a los departamentos que así los requieran.Los montos que se otorgaran serán de acuerdo a la estimación y análisis que realice el personal del departamento de finanzas.Para poder otorgar los fondos de caja se necesita una solicitud de cada departamento la cual será concedida con la firma del gerente de finanzas, y se le responsabilizara de dicho fondo al jefe del departamento solicitante.

Page 81: CEDULAS SUMARIAS

E.1

CUESTIONARIOS

Page 82: CEDULAS SUMARIAS

F

RECURSOS HUMANOS

La planeación de recursos humanos es un proceso continuo que establece cursos

de acción para predecir las necesidades de los movimientos de personal, alcanzar

y valorar los recursos actuales y futuros de la empresa y lograr establecer sus

objetivos , estrategias, políticas y planes interrelacionados a corto y largo plazo

que servirán de base para la toma de decisiones. (GOMEZ AQUINO, 1992)

Es el esfuerzo humano que resulta vital para el funcionamiento de cualquier

organización, las ciencias en la que se apoya es en la ingeniera industrial,

psicología, sociología y la antropología. (GOMEZ AQUINO, 1992)

Las aportaciones de la ingeniera son:

Estudio de tiempo y movimiento

Sistema de incentivos

Valoración de tareas

Oficinas de selección

Adiestramiento de los trabajadores

En la psicología:

Selección de personal

Entrenamiento y capacitación

Orientación profesional

Test psicológicos

Modelos de actitudes y motivación

Reducción de conflictos

Page 83: CEDULAS SUMARIAS

En sociología:

Todo lo que tenga que ver con el estudio de los grupos formales e

informales dentro de la empresa

Técnicas de integración

Análisis de autoridad, burocracia, movilidad

Page 84: CEDULAS SUMARIAS

F1

NISSAN TLALNEPANTLA

PERSONAS QUE LABORAN EN EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

JEFE DE PERSONAL

Supervisar y dar seguimiento a las contrataciones del personal Realizar y autorizar movimientos al IMSS: altas bajas y salario Revisión de nominas Realizar pre autorización mancomunada de nomina Autorizar solicitudes de pago vales y prestaciones Evitar demandas laborales Revisar finiquitos y liquidación Autorizar el pago a contratistas Revisar declaraciones anuales Encuestas de sueldo para comparativos Asesorar y participar en la formulación de la política de personal. Dar a conocer las políticas de personal y asegurar que se cumpla por

completo. Relacionarse con las oficinas de colocaciones y otras fuentes de mano de

obra. Establecer el perfil y diseño de puestos Reclutar y seleccionar al personal. Determinar los términos y condiciones de empleo. Controlar que se

cumplan los diversos aspectos legales y requisitos establecidos por la ley y la empresa en materia de contratación de personal.

Desarrollo y gestión de la estructura y política salarial. Supervisar la correcta confección de las planillas de remuneraciones del personal.

Desarrollo y gestión de la política y administración de beneficios sociales. Controlar el cumplimiento del rol vacacional. Investigar los antecedentes de los candidatos a empleados con ocasión de

la Evaluación y Selección de personal.

EMPRESA

OBSERVACIONES

Page 85: CEDULAS SUMARIAS

F1

CEDULA ANALITICA

DOCUMENTOS QUE GENERA JEFE DE PERSONAL

Facturas Pólizas solicitudes de cheque Formatos IMSS Formatos del SAT Bancarios Cheques

EMPRESA

OBSERVACIONES

Page 86: CEDULAS SUMARIAS

F2

CAFETERAS DE MEXICO

ENCARGADO DE NOMINAS

Elaboración de movimientos afiliatorios al IMSS por medio de SUA Elaboración de nominas Pedido de vales de despensa y comedor Generación de cuentas al imss infonavit y fonacot Elaboración de finiquitos de empleados Llenado de avisos del dictamen emitido por imss Elaboración de declaraciones informativas anuales Pales de trabajo para auditoria del 2.5 sobre nomina Elaboración de cierres mensuales de nominas Determinación de variables bimestrales al imss Entrega de recibos de nomina

EMPRESA

OBSERVACIONES

Page 87: CEDULAS SUMARIAS

F2

CAFETERAS DE MEXICO

DOCUMENTOS QUE GENERA ENCARGADON DE NOMINA

Papeles de trabajo Solicitudes de cheque póliza recibos

EMPRESA

OBSERVACIONES

F2

NISSAN TLALNEPANTLA

Page 88: CEDULAS SUMARIAS

DIAGRAMA DE FLUJO DEL ENCARGADON DE NOMINA

F3

CAFETERAS DE MEXICO

Page 89: CEDULAS SUMARIAS

ENCARGADO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

Realizar el reclutamiento y selección lección Evaluaciones psicométricos Elaboración del reglamento interno de trabajo Planear y coordinar la aplicación del clima laboral para mejor el nivel de

satisfacción y lealtad del personal Elaboración del código de ética Aplicar, revisar y dar seguimiento a los resultados de evaluaciones de

desempeño Revisar y actualizar descripciones de puestos Revisar y actualizar Organigramas de la distribuidora

EMPRESA

OBSERVACIONES

F3

CAFETERAS DE MEXICO

Page 90: CEDULAS SUMARIAS

DOCUMENTOS QUE GENERA ENCARGADO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCION

Requisición de Personal Análisis de Puesto Tabla de Decisión Pruebas Psicométricas y exámenes de conocimientos y habilidades Convocatoria Formato de entrevista inicial Guía del proceso Solicitud de empleo Curriculum Guía del proceso Solicitud de empleo Curriculum profesional Comprobantes Examen de conocimientos y habilidades Pruebas Psicométricas Reporte de estudio psicométrico Estudio socioeconómico Estudio médico. Entrevista final Bolsa de trabajo Expediente

EMPRESA

OBSERVACIONES

F3

CEDULAS DE DETALLE

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Inicio

Jefe del área vacante

Jefe de recursos humanos

Realiza requisición de personal

Verifica que exista disponibilidad presupuestal

1

CAFETERAS DE MEXICO

DIAGRAMA DE ACTIVIDADES DEL ENCARGADO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCION

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Especialista en reclutamiento y selección

¿Existe presupuesto?

1

Notifica a jefe del área vacante la no contratación

FinTurna solicitud con Especialista en reclutamiento y selección de personal

Verifica que el análisis de puesto este elaborado y tenga toda la información necesaria

¿El análisis esta elaborado y actualizado?

Elabora o actualiza análisis de puesto

2

No

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2

Elabora tabla de decisión con rasgos a evaluar, instrumentos a utiliza y criterios de evaluación

Selecciona o elabora los instrumentos (exámenes, pruebas psicométricas, etc) que se van a utilizar en el proceso

Elabora convocatoria

¿El candidato cubre con los requisitos?

Recibe documentos de candidatos, verifica que cubran los candidatos con criterios de convocatoria y realiza entrevista inicial

Realiza la difusión de la convocatoria

Informa sobre otras convocatorias y agradece interés

Fin

No

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3

Recibe documentos de candidatos que cubren con los requisitos, informa del proceso y comunica fecha de exámenes

Aplica examen de conocimientos y de habilidades.

Informa de sus resultados y la fecha de aplicación de pruebas psicométricas

¿Aprobó candidato el examen?

Informa de resultados, , de futuras convocatorias, agradece su interés y realiza sugerencias para mejorar desempeño en futuras ocasiones

Fin

Aplica pruebas psicométricas

Elabora reporte individual de evaluación psicométrica

4

No

Page 95: CEDULAS SUMARIAS

4

Informa de sus resultados y fecha de la siguiente evaluación

¿Aprobó candidato examen psicométrico?

Informa de resultados, , de futuras convocatorias, agradece su interés y realiza sugerencias para mejorar desempeño en futuras ocasiones

Fin

Realiza o solicita elaboración de estudio socioeconómico

Recibe estudio socioeconómico o elabora informe de estudio.

5

No

¿Aprobó candidato estudio socio económico?

Informa de resultados, , de futuras convocatorias, agradece su interés y realiza sugerencias para mejorar desempeño en futuras ocasiones

Fin

No

Page 96: CEDULAS SUMARIAS

5

Informa de sus resultados y fecha de la siguiente evaluación

Solicita elaboración de estudio médico

Recibe reporte de estudio médico

6

¿Aprobó candidato estudio médico?

Informa de resultados, , de futuras convocatorias, agradece su interés y realiza sugerencias para mejorar desempeño en futuras ocasiones

Fin

No

Informa de sus resultados y fecha de la siguiente evaluación

Programa entrevista final con jefe de área vacante

Page 97: CEDULAS SUMARIAS

6

Integra informe general de la evaluación de los candidatos

Envía informe a jefe de área vacante

Recibe decisión del personal a contratar

7

¿el candidato fue seleccionado?

Informa a de resultados, de que fue integrado a bolsa de trabajo y de que será considerado para futuras contrataciones

Fin

No

Informa de fecha de contratación y lo canaliza al área de contratación

Integra datos de personal no contratado a bolsa de trabajo

Page 98: CEDULAS SUMARIAS

7

Integra expediente de convocatoria

Archiva o entrega al área correspondiente expediente de convocatoria

Fin

Page 99: CEDULAS SUMARIAS

BibliografíaLey federal del trabajo. (2010). Mexico: juriediciones.

CELAYA FIGUEROA ROBERTO LOPEZ PARRA MARIA ELVIRA. (2006). DISEÑO DE CONTREOLES INTERNOS ¡CON CREACION Y VALOR! GASCA I SICCO.

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Page 100: CEDULAS SUMARIAS

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http://loumarasesores.com/manual-de-politicas-y-procedimientos.html

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y-que-no

http://www.soyentrepreneur.com/23904-como-contar-la-historia-de-tu-empresa.html

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/eres_extranjero/default.asp

 http://equiposuvipen.bligoo.es/content/view/1349628/CICLOS-TRANSACCIONALES-Y-EL-CONTROL-INTERNO.html#.UXM3GEo09wk