SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · da de prescripcion adquisitiva...

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La República Corte Superior de Arequipa Miércoles, 24 de abril del 2019 EDICTOS EDICTO-PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Proceso Civil Nro. 00219-2018-0-0402-JR- CI-01, seguida por HARLINI DOMITlLA VALDIVIA CORNEJO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PREDIO, bajo la actuación del Especialista Legal BERTY CARNERO TITO, el señor JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE CAMAMA Dr. ZENON LUQU E CESPEDES, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EX- TRACTO DE DEMANDA: HARLINI DOMITlLA VAL- DIVIA CORNEJO interpone demanda sobre PRES- CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ORDINARIA contra SILVIA MILAGROS ASCA PAVLOVIC, a fin de que se le declare corno propietaria del INMUEBLE ubicado en la Mz. K , lote 20 , Zona D, Balneario La Punta Nueva, Distrito de Samuel Pastor, Pro- vincia de Camaná. Reglón Arequipa. RESOLUCIÓN NRO. 02 – Camaná, primero de octubre de! año dos mil dieciocho -(...), VISTOS: Ei escrito de demanda que antecede; y, CONSIDERANDO: (...) RESUELVO; ADMITIR a trámite en la vía de! PROCESO ABREVIA- DO la demanda interpuesta por HARLINI DOMITI- LA VALDIVIA CORNEJO, DISPONGO la publicación de un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días, tanto en el dia- rio Oficial “El Peruano” como el encargado de las publicaciones judiciales de la Ciudad de Arequipa. BERTY CARNERO TITO ESPECIALISTA LEGAL JUZ- GADO CIVIL CAMANA.- (10-16-24 abril) B/E 031- 13590. S/. 0.00. EDICTO En el Expediente N° 01288-2018-0-0401-JR-CI-07, seguido ante Séptimo Juzgado Civil de Arequipa, Juez Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Especialista Legal Glenda María Cárdenas Enchuña, mediante Resolución N° 8 se ha resuelto: Admitir la demanda de Prescripción Adquisitiva, interpuesta por DIO- NICIA VIZARRETA DE LABRA, en contra de la Co- misión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), con citación de su Procurador Público, en la vía de Proceso ABREVIADO; corriéndose tras- lado a la parte demandada por el plazo de DÍEZ DÍAS para su absolución, por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados; con emplazamiento de los colindantes Virginia Vargas Apaza, Féliz Samuel La- bra Vizarreta y Aguedo Portilla Avilés. Se dispone: la publicación del extracto de la presente solicitud por tres veces conforme a lo previsto por el Art. 506 del Código Procesal Civil, a gestión y costo de la parte solicitante. Arequipa, 25 de Marzo del 2019. GLENDA M. CARDENAS ENCHUÑA ESPE- CIALISTA LEGAL. (10-16-24 abril) B/E 031-13591.S/. 0.00 EDICTO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE PAUCAR- PATA, JUEZA: BERTHA UCHANI SARMIENTO, EXPE- DIENTE:02380-2017-0-0401 -JR-CI-03, ESPECIALIS- TA: RUBEN YANAHUAYA ROSALES, DEMANDANTES: NICOLAS BENITO SALAS MONROY Y FELIPA GLORIA EDERMA DEL CARPIO CANO DE SALAS, DEMAN- DADOS: CARLOS BERNARDO REVILLA CASQUINA Y WINDER JESUS REVILLA MORAN, POR RESOLUCION 11 DEL 24/09/2018, RESUELVE ADMITIR LA DEMAN- DA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN DE CALLE URUBAMBA, ZONA C, LOTE 4, MANZANA J, DE LA URB. SAN MARTÍN DE SOCABA- YA, DISTRITO DE SOCABAYA - AREQUIPA, PARTIDA REGISTRAL N° 01133184, VIA PROCESO ABREVIA- DO, CONTRA LOS DEMANDADOS, EMPLAZANDO A MARTIN ABDON MARES, ROCIO PAQUITA ILA- SACA RETAMOSO, MARCOS ARTEMIO MANRIQUE PAREDES, AMADOR SALOME MANRIQUE PAREDES Y EFRAIN CARPIO MIRANDA, CON TRASLADO POR DIEZ DIAS, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBA- TORIOS. AREQUIPA, 06 DE DICIEMBRE 2018. RUBEN YANAHUAYA ROSALES ESPECIALISTA LEGAL.- (16- 24-30 abril) B/E 031-13618.S/. 0.00 EDICTO. Ante el juzgado Mixto de Aplao-Castilla, Exp. N.0081-2012-0- 0404-JM-CI-01, que despacha el Dr. Lucio Zeny Ruelas Escobedo, especialista legal Dr. Wilmer J. Vera Machaca, don Miguel Abdón Martí- nez Fernández y Laura Angelita Vizcardo Guzmán, siguen un proceso sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble urbano ubicado en el Centro Poblado Corire-Castilla-Arequipa, Sub-Lote 4-A, mz. J, inscrito en la Partida Matriz P06172455, contra Bernardo Carlos Dioguardi Morales y Karim Alvarado Assad, Francisco Javier Glave Chávez y Laura Berrios; el Juzgado mediante Resolución N.45, de fecha primero de abril del dos mil dieci- nueve, ha dispuesto se notifique a Financiera del Sur S.A.- FINSUR y Banco del Sur, para los fines le- gales que crean conveniente.- Aplao, 2019-04-10. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDI- CIAL. (16-24-30 abril) B/E 031-13619.S/. 0.00 EDICTO En el expediente N° 05983-2017-JR-CI-02, seguido por RUBEN OMAR GUTIERREZ CHARA, representan- te legal de LA ASOCIACION IRRIGUADORA EL MISTI, en contra de PERCY EUGENIO CHAVEZ VALDIVIA y AGUSTIN GERARDO ALVAREZ AGUILAR, en su cali- dad de presidente de LA ASOCIACION DE VIVIEN- DA CASA GRANJA IRRIGADORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA, sobre Nulidad de Acto Jurídico, ante el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con la intervención de la Es- pecialista Patricia Zapata, la Juez Nicola Gonzales, mediante Resolución N° 02; SE RESUELVE: ADMITIR a tramite en la vía de proceso de conocimiento, la demanda sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO interpuesta por RUBEN OMAR GUTIERREZ CHARA en contra de SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHA- VEZ AGUILAR y ASOCIACION DE VIVIENDA CASA GRANJA IRRIGADORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA en la vía procedimental de conocimiento por ofre- cidos los medios probatorios señalados en la de- manda debiendo agregarse a sus antecedentes 2) SE DISPONE correr traslado a la parte demandada SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHAVEZ AGUILAR y ASOCIACION DE VIVIENDA CASA GRANJA IRRIGA- DORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA, en el termino perentorio de TREINTA DIAS HABILES para ejercer su derecho de defensa y ofrecer los medios pro- batorios pertinentes 3) SE DISPONE: Estando a la ficha RENIEC de fojas 74, notifíquese además por edictos a la SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHAVEZ AGUILAR en la forma prevista por el articulo 167 y 168 del Código de la referencia bajo apercibimien- to de nombrársele curador procesal. Mediante re- solución N° 04 SE RESUELVE: CORREGIR LA PARTE RESOLUTIVA DE A RESOLUCIÓN DOS de fojas 124 en el extremo que se ha consignado como code- mandada a la “... sucesión de PERCY EUGENIO CHA- VEZ AGUILAR...” siendo lo correcto “... sucesión de PERCY EUGENIO CHAVEZ VALDIVIA… “ quedando subsistente en lo demás que contiene . Tomese Razon y hágase saber.- PATRICIA ZAPATA COA- GUILA SECRETARIA JUDICIAL.. (16-22-24 abril) B/E 031-13617.S/.0.00 EDICTO En el Expediente N r o . 02716-2016-0-0401-JR-CI-03, seguido por ante el Tercer Juzgado Civil, Señor Juez Zoilo Alcides Chávez Mamani, Especialista Washington Choque Llave; sobre Nulidad de Acto Jurídico interpuesta por EMMEL EDGAR VELASQUEZ FERNANDEZ en contra de RODOLFO RAUL VEAS GUILLEN, MONICA RAMOS ALCOCER apoderada de ELVA PAQUITA MA- LAGA BUTRON y NOTARIO PUBLICO GORKY OVIE- DO ALARCON , se ha emitido Resolución Nro.08 de fecha 09.11.18 que RESUELVE: NOTIFICAR a la sucesión del demandado RODOLFO RAUL VEAS GUILLEN, con el extracto del auto admisorio de la demanda, mediante edicto judicial en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, a fin de que se aperso- nen los sucesores a proceso dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrárse- le curador procesal, debiendo la parte demandan- te realizar la publicación de los edictos de acuerdo a lo previsto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Arequipa, 27 de noviembre del 2018.- YERALDO CAMPOS CORNEJO ESPECIALISTA LEGAL.- (16-22- 24 abril) B/E 031-13621. S/. 0.00. EDICTO Por ante el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Jueza Dra. SHELAH NORTH GA- LAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. NIKO- LA MARISOL GONZALES RAMOS, Expediente N2 06134-2018-0-0401-JR-CI-01, ha emitido la Re- solución N2 2- 2019, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DO- MINIO interpuesta por SAVINA LLUTAHUE LEAÑO, en contra de WILLY ELBER ZEGARRA DIAZ y BERTHA DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso ABREVIADO, respecto del bien inmueble ubicado en la Manzana G, Lote 5, Zona Seis del Asenta- miento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Las Flores, del Distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06152275 ante los Registros Públicos de Are- quipa, por lo que se ha dispuesto realizar la pu- blicación de ley. NIKOLA GONZALES RAMOS SE- CRETARIA JUDICIAL.- .- (24-30 abril 07 mayo) B/E 031-13600. S/. 0.00 EDICTO Ante el Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Juez Aure- lio Ronald Valencia de Romaña, Expediente 02990- 2018-0-0401-JR-CI-05, Especialista; Washington Choque Llave, mediante resolución 06 de fecha 27 de marzo 2019, sobre Nulidad de Acto Jurídico seguido por Epifanía Rosenda Barrantes Quispe y Agustina Estofanero Mamani en contra de: Eduar- do Martin Gómez Núñez, Raymundo Núñez Loza- da, Carlos Núñez Reynoso, Claudia Beatriz Gómez Núñez, Rosendo Chique Cáceres, Devora Bernal Carpio de Núñez, Delia Rosa Núñez de Burga y la sucesión de Luis Humberto Núñez Reynoso, RE- SUELVE; NOTIFICAR a las herederos de la sucesión del demandado Luis Humberto Núñez Reynoso, mediante edictos judiciales en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, a fin de que se apersonen a proceso dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo la parte demandante realizar la Publica- ción de los edictos de acuerdo a lo previsto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- AREQUIPA, 4 DE ABRIL 2019. WASHINGTON CHOQUE LLAVE ESPECIALISTA LEGAL.- (22-23-24 abril) B/E 031- 13624. S/. 0.00 EDICTO EXPEDIENTEN001898-2003-0-0401-JR-CI-06 EN LOS SEGUIDOS POR LUISJUVENAL ARENAS PO- LANCO CONTRA PROCURADOR PUBLICO DEL MI- NISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCION, SOBRE IMPUGNACION DE ACTO O RESOLUCION ADMI- NISTRATIVA, LA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA DRA. PATRICIA RUBY VALDIVIA FRANCO, HA DISPUESTO SEGÚN RESOLUCION N° 93 SE NOTIFIQUE POR EDICTOS A LOS SUCESORES PROCESALES SEGUNDO NELSON MARROQUIN PAN- TIGOZO, MAURO EDGAR MARROQUIN PANTIGOZO Y MAXIMO ARMANDO MARROQUIN PANTIGOZO CON LA RESOLUCION CON LA RESOLUCION N° 90 DE FECHA 16 DE JULIO DEL 2018 QUE RESUELVE A) DECLARAR LA SUCESION PROCESAL DEL DEMAN- DADO ANDRES MARROQUIN QUISPE, DECLARAN- DO COMO SUS SUCESORES PROCESALES A SUS HI- JOS SEGUNDO NELSON MARROQUIN PANTIGOZO, MAURO EDGAR MARROQUIN PANTIGOZO Y MAXI- MO ARMANDO MARROQUIN PANTIGOZO, QUIENES DEBERAN APERSONARSE AL PROCESO EN EL PLAZO DE LEY BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL 29 DE MARZO DEL 2019 PO- DER JUDICIAL - ALICIA DOLORES TRUJILLO PEREZ - ESPECIALISTA - JUZGADO CIVIL - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. SILVIA GONZALEZ AL- VARADO ABOGADO C.A.A. 1764. ( 22-23-24 abril) B/E 031-13616. S/. 0.00. EDICTO.- AVISO DE CONVOCATORIA POR ORDEN JUDICIAL PARA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA ASOCIOACION AMPLIACION SOCABAYA.-Señores socios de la Asociación Am- pliación Socabaya, Provincia y Región de Arequipa, a solicitud de más del 10 % por ciento de socios de la Asociación Ampliación Socabaya, este Des- pacho del Dr. Christian Torreblanca Gomes-Juez (S) 2do. Juzgado Civil de Paucarpata, Especialista Legal Dra. Carmen Ruth Avendaño Cama, seguidos por Juan Luis Anca Ccoa, Héctor Raymundo Men- doza Huancahuire y Lucia Ceberina Vargas, contra la Asociación Ampliación Socabaya sobre convo- catoria a Asamblea General Extraordinaria, por lo que, Mi despacho mediante Resolución Nro. 13 expedida con fecha 05 de Setiembre 2018 Declaro FUNDADA LA DEMANDA y habiéndose llevado a cabo la primera convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de socios con fecha 15 de febrero del dos mil diecinueve en las cual no se alcanzó el quorum de ley para su realización es que este juzgado mediante Resolución Nro.20 del 28 de marzo del dos mil diecinueve, ordena se convoque a la Segunda convocatoria a Asamblea General Ex- traordinaria, para el día Domingo 28 de abril del dos mil diecinueve a horas nueve de la mañana, acto que deberá llevarse a cabo en el local social de la Asociación Ampliación Socabaya la que de- berá ser presidida por el socio Juan Luis Anca Ccoa y con la presencia del Notario Público de Arequi- pa Sr. Ronny A. Llerena Oviedo, quien es nombra- do por el juzgado para que de fe de los acuerdos adoptados, debiendo dar cuenta al juzgado de su labor con la siguiente orden del día 1.- Entrega de informes de la comisión revisora sobre denuncias penales existentes en contra de la Asociación y sus representantes legales, ratificación de las medidas adoptadas y acciones a tomar al respecto, 2.- Con- formación de nuevo Concejo Directivo conforme a los Estatutos dada la situación en que se encuentra la Asociación Ampliación Socabaya; asimismo pu- blíquese un extracto del presente fallo y de la con- vocatoria en el Diario el Peruano y en otro diario de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, Se- gundo Juzgado Civil de Paucarpata-Corte Superior de Justicia de Arequipa.- CARMEN R. AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZGADO CIVIL.- (23 abril) B/E 031-13628. S/. 0.00 EDICTO EXPEDIENTE Nro. 54-201S-FC, ESPECIALISTA JUDI- CIAL: DR. HERNÁN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cara- velí, mediante resolución 05 se ha ordenado Notifi- car al demandado: MICHEL DANIEL CREDO PONCE, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de ALI- MENTOS interpuesta por la Señora JANETH BETSY NARRO PASCUAL, téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDA- DO: MICHEL DANIEL CREDO PONCE, por el plazo especial de QUINCE DÍAS, de notificado conteste la demanda de alimentos, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Caravelí, 11 de abril 2019. HERNAN A. SALINAS LUNA SECRETA- RIO JUDICIAL. ( 24-25-26 abril) B/E 031- 13636 S/. 0.00. EDICTO EXPEDIENTE N° 183-2017-0-0403-JP-FC-01 NOTI- FICACION AL DEMANDADO ELIAS APAZA PINTO ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CARAVELI QUE DESPACHA EL JUEZ JOSE SANDOVAL ARENAS CON INTERVENCIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL HERNAN SALINAS LUNAS, EXP. N° 183- 2017-FC EN LOS SEGUIDOS POR NORA GONZALES AGUIRRE EN CONTRA DE ELIAS APAZA PINTO SOBRE ALIMEN- TOS: MEDIANTE RESOLUCION NUEVE DE FECHA 19 DE NOVIEMBRE DEL 2018 SE HA DISPUESTO NOTI- FICAR MEDIANTE EDICTOS AL DEMANDADO PARA QUE EN EL PLAZO DE QUINCE DÍAS DE NOTIFICADO CONTESTE LA DEMANDA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, LA PUBLI- CACION SE HARA POR TRES DIAS HABILES CON LA TRANSCRIPCION DE LA PARTE RESOLUTIVA DE LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE FECHA 05 DE OC- TUBRE DEL 2017 QUE ES COMO SIGUE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA SOBRE AUMENTOS INTER- PUESTA POR NORA GONZALES AGUIRRE, QUIEN ACTUA EN REPRESENTACIÓN DE LOS MENORES GERMAN ELIAS Y DORIS YALU APAZA GONZALES, EN CONTRA DE ELIAS APAZA PINTO, ADECUÁNDO- SE A LA VIA DEL PROCESO ÚNICO, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y AGREGUESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. HERNAN A. SALINAS LUNA SECRETARIO judicial. (24-25-26 abril) B/E 031- 13637 S/. 0.00 EDICTO Expediente: 04270-2018-0-0401-JR-CI-10 del Déci- mo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Juez Dra.: Nikola Marisol Gonzalos Ramos. Especialista Legal Dra. : Ligia Gallegos Quispe en el proceso seguido por Jesús Pacheco León, sobre Partición de Herencia se ha emitido la siguiente Resolución Numero Dos: SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ABRE- VIADO la demanda interpuesta por JESUS PACHE- CO LEÓN por derecho propio y en representación de JOE ADAN PACHECO LEÓN y YONY AMELIA PA- CHECO LEÓN en contra de los sucesores de doña REBECA PACHECO LEÓN por consiguiente SE DIS- PONE: NOTIFICAR POR EDICTOS a los sucesores de doña REBECA PACHECO LEÓN confiriéndose trasla- do de la demanda por el plazo de treinta días, quie- nes al momento de apersonarse deberán cumplir con acreditar su calidad de sucesores de la mencio- nada REBECA PACHECO LEÓN, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Arequipa 17 de Enero del 2019. Jorge Chirinos Flores abogado CAA N° 03005. LIGIA GALLEGOS QUISPE SECRETARIA JUDICIAL. (25-26-29 ABRIL) B/E 031- S/. 0.00 REMATES EDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL.- Exp. 00142-2012-0-0402-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra ELIZABETH SILVERIA BARRETO SU- CAPUCA Y LUIS FERNANDO HUAMANI ALVAREZ, sobre OBLIGACION DE DAR SUME DE DINERO. El Juzgado de Paz Letrado de Camana que Despacha la Sra. Jueza Dra. Estela Rocío Benavente Valdivia, Especialista Legal Dra. Denisse Katherine Núñez Cervantes; ha dispuesto sacar a remate en PRIME- RA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: --UBICACION: Asentamiento Humano Villa Don Jor- ge, Manzana F, Lote 3, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, con un Área de 150.00 M2., inscrito en la Partida Nº 12004986, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa. ------TASACIÓN: En la suma

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

La República

Corte Superior de Arequipa

Miércoles, 24 de abril del 2019

EDICTOS EDICTO-PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE

DOMINIO

En el Proceso Civil Nro. 00219-2018-0-0402-JR-CI-01, seguida por HARLINI DOMITlLA VALDIVIA CORNEJO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PREDIO, bajo la actuación del Especialista Legal BERTY CARNERO TITO, el señor JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE CAMAMA Dr. ZENON LUQU E CESPEDES, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EX-TRACTO DE DEMANDA: HARLINI DOMITlLA VAL-DIVIA CORNEJO interpone demanda sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ORDINARIA contra SILVIA MILAGROS ASCA PAVLOVIC, a fin de que se le declare corno propietaria del INMUEBLE ubicado en la Mz. K , lote 20 , Zona D, Balneario La Punta Nueva, Distrito de Samuel Pastor, Pro-vincia de Camaná. Reglón Arequipa. RESOLUCIÓN NRO. 02 – Camaná, primero de octubre de! año dos mil dieciocho -(...), VISTOS: Ei escrito de demanda que antecede; y, CONSIDERANDO: (...) RESUELVO; ADMITIR a trámite en la vía de! PROCESO ABREVIA-DO la demanda interpuesta por HARLINI DOMITI-LA VALDIVIA CORNEJO, DISPONGO la publicación de un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días, tanto en el dia-rio Oficial “El Peruano” como el encargado de las publicaciones judiciales de la Ciudad de Arequipa. BERTY CARNERO TITO ESPECIALISTA LEGAL JUZ-GADO CIVIL CAMANA.- (10-16-24 abril) B/E 031- 13590. S/. 0.00.

EDICTO

En el Expediente N° 01288-2018-0-0401-JR-CI-07, seguido ante Séptimo Juzgado Civil de Arequipa, Juez Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Especialista Legal Glenda María Cárdenas Enchuña, mediante Resolución N° 8 se ha resuelto: Admitir la demanda de Prescripción Adquisitiva, interpuesta por DIO-NICIA VIZARRETA DE LABRA, en contra de la Co-misión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), con citación de su Procurador Público, en la vía de Proceso ABREVIADO; corriéndose tras-lado a la parte demandada por el plazo de DÍEZ DÍAS para su absolución, por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados; con emplazamiento de los colindantes Virginia Vargas Apaza, Féliz Samuel La-bra Vizarreta y Aguedo Portilla Avilés. Se dispone: la publicación del extracto de la presente solicitud por tres veces conforme a lo previsto por el Art. 506 del Código Procesal Civil, a gestión y costo de la parte solicitante. Arequipa, 25 de Marzo del 2019. GLENDA M. CARDENAS ENCHUÑA ESPE-CIALISTA LEGAL. (10-16-24 abril) B/E 031-13591.S/. 0.00

EDICTO

ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE PAUCAR-PATA, JUEZA: BERTHA UCHANI SARMIENTO, EXPE-DIENTE:02380-2017-0-0401 -JR-CI-03, ESPECIALIS-TA: RUBEN YANAHUAYA ROSALES, DEMANDANTES: NICOLAS BENITO SALAS MONROY Y FELIPA GLORIA EDERMA DEL CARPIO CANO DE SALAS, DEMAN-DADOS: CARLOS BERNARDO REVILLA CASQUINA Y WINDER JESUS REVILLA MORAN, POR RESOLUCION 11 DEL 24/09/2018, RESUELVE ADMITIR LA DEMAN-DA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN DE CALLE URUBAMBA, ZONA C, LOTE 4, MANZANA J, DE LA URB. SAN MARTÍN DE SOCABA-YA, DISTRITO DE SOCABAYA - AREQUIPA, PARTIDA REGISTRAL N° 01133184, VIA PROCESO ABREVIA-DO, CONTRA LOS DEMANDADOS, EMPLAZANDO A MARTIN ABDON MARES, ROCIO PAQUITA ILA-SACA RETAMOSO, MARCOS ARTEMIO MANRIQUE PAREDES, AMADOR SALOME MANRIQUE PAREDES Y EFRAIN CARPIO MIRANDA, CON TRASLADO POR DIEZ DIAS, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBA-TORIOS. AREQUIPA, 06 DE DICIEMBRE 2018. RUBEN

YANAHUAYA ROSALES ESPECIALISTA LEGAL.- (16-24-30 abril) B/E 031-13618.S/. 0.00

EDICTO.

Ante el juzgado Mixto de Aplao-Castilla, Exp. N.0081-2012-0- 0404-JM-CI-01, que despacha el Dr. Lucio Zeny Ruelas Escobedo, especialista legal Dr. Wilmer J. Vera Machaca, don Miguel Abdón Martí-nez Fernández y Laura Angelita Vizcardo Guzmán, siguen un proceso sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble urbano ubicado en el Centro Poblado Corire-Castilla-Arequipa, Sub-Lote 4-A, mz. J, inscrito en la Partida Matriz P06172455, contra Bernardo Carlos Dioguardi Morales y Karim Alvarado Assad, Francisco Javier Glave Chávez y Laura Berrios; el Juzgado mediante Resolución N.45, de fecha primero de abril del dos mil dieci-nueve, ha dispuesto se notifique a Financiera del Sur S.A.- FINSUR y Banco del Sur, para los fines le-gales que crean conveniente.- Aplao, 2019-04-10. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDI-CIAL. (16-24-30 abril) B/E 031-13619.S/. 0.00

EDICTO

En el expediente N° 05983-2017-JR-CI-02, seguido por RUBEN OMAR GUTIERREZ CHARA, representan-te legal de LA ASOCIACION IRRIGUADORA EL MISTI, en contra de PERCY EUGENIO CHAVEZ VALDIVIA y AGUSTIN GERARDO ALVAREZ AGUILAR, en su cali-dad de presidente de LA ASOCIACION DE VIVIEN-DA CASA GRANJA IRRIGADORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA, sobre Nulidad de Acto Jurídico, ante el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con la intervención de la Es-pecialista Patricia Zapata, la Juez Nicola Gonzales, mediante Resolución N° 02; SE RESUELVE: ADMITIR a tramite en la vía de proceso de conocimiento, la demanda sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO interpuesta por RUBEN OMAR GUTIERREZ CHARA en contra de SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHA-VEZ AGUILAR y ASOCIACION DE VIVIENDA CASA GRANJA IRRIGADORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA en la vía procedimental de conocimiento por ofre-cidos los medios probatorios señalados en la de-manda debiendo agregarse a sus antecedentes 2) SE DISPONE correr traslado a la parte demandada SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHAVEZ AGUILAR y ASOCIACION DE VIVIENDA CASA GRANJA IRRIGA-DORA EL MISTI CHAVEZ VALDIVIA, en el termino perentorio de TREINTA DIAS HABILES para ejercer su derecho de defensa y ofrecer los medios pro-batorios pertinentes 3) SE DISPONE: Estando a la ficha RENIEC de fojas 74, notifíquese además por edictos a la SUCESIÓN de PERCY EUGENIO CHAVEZ AGUILAR en la forma prevista por el articulo 167 y 168 del Código de la referencia bajo apercibimien-to de nombrársele curador procesal. Mediante re-solución N° 04 SE RESUELVE: CORREGIR LA PARTE RESOLUTIVA DE A RESOLUCIÓN DOS de fojas 124 en el extremo que se ha consignado como code-mandada a la “... sucesión de PERCY EUGENIO CHA-VEZ AGUILAR...” siendo lo correcto “... sucesión de PERCY EUGENIO CHAVEZ VALDIVIA… “ quedando subsistente en lo demás que contiene . Tomese Razon y hágase saber.- PATRICIA ZAPATA COA-GUILA SECRETARIA JUDICIAL.. (16-22-24 abril) B/E 031-13617.S/.0.00

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En el Expediente N r o . 02716-2016-0-0401-JR-CI-03, seguido por ante el Tercer Juzgado Civil, Señor Juez Zoilo Alcides Chávez Mamani, Especialista Washington Choque Llave; sobre Nulidad de Acto Jurídico interpuesta por EMMEL EDGAR VELASQUEZ FERNANDEZ en contra de RODOLFO RAUL VEAS GUILLEN, MONICA RAMOS ALCOCER apoderada de ELVA PAQUITA MA-LAGA BUTRON y NOTARIO PUBLICO GORKY OVIE-DO ALARCON , se ha emitido Resolución Nro.08 de fecha 09.11.18 que RESUELVE: NOTIFICAR a la sucesión del demandado RODOLFO RAUL VEAS

GUILLEN, con el extracto del auto admisorio de la demanda, mediante edicto judicial en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, a fin de que se aperso-nen los sucesores a proceso dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrárse-le curador procesal, debiendo la parte demandan-te realizar la publicación de los edictos de acuerdo a lo previsto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Arequipa, 27 de noviembre del 2018.- YERALDO CAMPOS CORNEJO ESPECIALISTA LEGAL.- (16-22-24 abril) B/E 031-13621. S/. 0.00.

EDICTO

Por ante el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Jueza Dra. SHELAH NORTH GA-LAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. NIKO-LA MARISOL GONZALES RAMOS, Expediente N2 06134-2018-0-0401-JR-CI-01, ha emitido la Re-solución N2 2- 2019, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DO-MINIO interpuesta por SAVINA LLUTAHUE LEAÑO, en contra de WILLY ELBER ZEGARRA DIAZ y BERTHA DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso ABREVIADO, respecto del bien inmueble ubicado en la Manzana G, Lote 5, Zona Seis del Asenta-miento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Las Flores, del Distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06152275 ante los Registros Públicos de Are-quipa, por lo que se ha dispuesto realizar la pu-blicación de ley. NIKOLA GONZALES RAMOS SE-CRETARIA JUDICIAL.- .- (24-30 abril 07 mayo) B/E 031-13600. S/. 0.00

EDICTO

Ante el Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Juez Aure-lio Ronald Valencia de Romaña, Expediente 02990- 2018-0-0401-JR-CI-05, Especialista; Washington Choque Llave, mediante resolución 06 de fecha 27 de marzo 2019, sobre Nulidad de Acto Jurídico seguido por Epifanía Rosenda Barrantes Quispe y Agustina Estofanero Mamani en contra de: Eduar-do Martin Gómez Núñez, Raymundo Núñez Loza-da, Carlos Núñez Reynoso, Claudia Beatriz Gómez Núñez, Rosendo Chique Cáceres, Devora Bernal Carpio de Núñez, Delia Rosa Núñez de Burga y la sucesión de Luis Humberto Núñez Reynoso, RE-SUELVE; NOTIFICAR a las herederos de la sucesión del demandado Luis Humberto Núñez Reynoso, mediante edictos judiciales en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, a fin de que se apersonen a proceso dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo la parte demandante realizar la Publica-ción de los edictos de acuerdo a lo previsto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- AREQUIPA, 4 DE ABRIL 2019. WASHINGTON CHOQUE LLAVE ESPECIALISTA LEGAL.- (22-23-24 abril) B/E 031-13624. S/. 0.00

EDICTO

EXPEDIENTEN001898-2003-0-0401-JR-CI-06 EN LOS SEGUIDOS POR LUISJUVENAL ARENAS PO-LANCO CONTRA PROCURADOR PUBLICO DEL MI-NISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCION, SOBRE IMPUGNACION DE ACTO O RESOLUCION ADMI-NISTRATIVA, LA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA DRA. PATRICIA RUBY VALDIVIA FRANCO, HA DISPUESTO SEGÚN RESOLUCION N° 93 SE NOTIFIQUE POR EDICTOS A LOS SUCESORES PROCESALES SEGUNDO NELSON MARROQUIN PAN-TIGOZO, MAURO EDGAR MARROQUIN PANTIGOZO Y MAXIMO ARMANDO MARROQUIN PANTIGOZO CON LA RESOLUCION CON LA RESOLUCION N° 90 DE FECHA 16 DE JULIO DEL 2018 QUE RESUELVE A) DECLARAR LA SUCESION PROCESAL DEL DEMAN-

DADO ANDRES MARROQUIN QUISPE, DECLARAN-DO COMO SUS SUCESORES PROCESALES A SUS HI-JOS SEGUNDO NELSON MARROQUIN PANTIGOZO, MAURO EDGAR MARROQUIN PANTIGOZO Y MAXI-MO ARMANDO MARROQUIN PANTIGOZO, QUIENES DEBERAN APERSONARSE AL PROCESO EN EL PLAZO DE LEY BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL 29 DE MARZO DEL 2019 PO-DER JUDICIAL - ALICIA DOLORES TRUJILLO PEREZ - ESPECIALISTA - JUZGADO CIVIL - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. SILVIA GONZALEZ AL-VARADO ABOGADO C.A.A. 1764. ( 22-23-24 abril) B/E 031-13616. S/. 0.00.

EDICTO.-

AVISO DE CONVOCATORIA POR ORDEN JUDICIAL PARA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA ASOCIOACION AMPLIACION SOCABAYA.-Señores socios de la Asociación Am-pliación Socabaya, Provincia y Región de Arequipa, a solicitud de más del 10 % por ciento de socios de la Asociación Ampliación Socabaya, este Des-pacho del Dr. Christian Torreblanca Gomes-Juez (S) 2do. Juzgado Civil de Paucarpata, Especialista Legal Dra. Carmen Ruth Avendaño Cama, seguidos por Juan Luis Anca Ccoa, Héctor Raymundo Men-doza Huancahuire y Lucia Ceberina Vargas, contra la Asociación Ampliación Socabaya sobre convo-catoria a Asamblea General Extraordinaria, por lo que, Mi despacho mediante Resolución Nro. 13 expedida con fecha 05 de Setiembre 2018 Declaro FUNDADA LA DEMANDA y habiéndose llevado a cabo la primera convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de socios con fecha 15 de febrero del dos mil diecinueve en las cual no se alcanzó el quorum de ley para su realización es que este juzgado mediante Resolución Nro.20 del 28 de marzo del dos mil diecinueve, ordena se convoque a la Segunda convocatoria a Asamblea General Ex-traordinaria, para el día Domingo 28 de abril del dos mil diecinueve a horas nueve de la mañana, acto que deberá llevarse a cabo en el local social de la Asociación Ampliación Socabaya la que de-berá ser presidida por el socio Juan Luis Anca Ccoa y con la presencia del Notario Público de Arequi-pa Sr. Ronny A. Llerena Oviedo, quien es nombra-do por el juzgado para que de fe de los acuerdos adoptados, debiendo dar cuenta al juzgado de su labor con la siguiente orden del día 1.- Entrega de informes de la comisión revisora sobre denuncias penales existentes en contra de la Asociación y sus representantes legales, ratificación de las medidas adoptadas y acciones a tomar al respecto, 2.- Con-formación de nuevo Concejo Directivo conforme a los Estatutos dada la situación en que se encuentra la Asociación Ampliación Socabaya; asimismo pu-blíquese un extracto del presente fallo y de la con-vocatoria en el Diario el Peruano y en otro diario de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, Se-gundo Juzgado Civil de Paucarpata-Corte Superior de Justicia de Arequipa.- CARMEN R. AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZGADO CIVIL.- (23 abril) B/E 031-13628. S/. 0.00

EDICTO

EXPEDIENTE Nro. 54-201S-FC, ESPECIALISTA JUDI-CIAL: DR. HERNÁN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cara-velí, mediante resolución 05 se ha ordenado Notifi-car al demandado: MICHEL DANIEL CREDO PONCE, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de ALI-MENTOS interpuesta por la Señora JANETH BETSY NARRO PASCUAL, téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDA-DO: MICHEL DANIEL CREDO PONCE, por el plazo especial de QUINCE DÍAS, de notificado conteste la demanda de alimentos, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Caravelí, 11 de

abril 2019. HERNAN A. SALINAS LUNA SECRETA-RIO JUDICIAL. ( 24-25-26 abril) B/E 031- 13636 S/. 0.00.

EDICTO

EXPEDIENTE N° 183-2017-0-0403-JP-FC-01 NOTI-FICACION AL DEMANDADO ELIAS APAZA PINTO ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CARAVELI QUE DESPACHA EL JUEZ JOSE SANDOVAL ARENAS CON INTERVENCIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL HERNAN SALINAS LUNAS, EXP. N° 183- 2017-FC EN LOS SEGUIDOS POR NORA GONZALES AGUIRRE EN CONTRA DE ELIAS APAZA PINTO SOBRE ALIMEN-TOS: MEDIANTE RESOLUCION NUEVE DE FECHA 19 DE NOVIEMBRE DEL 2018 SE HA DISPUESTO NOTI-FICAR MEDIANTE EDICTOS AL DEMANDADO PARA QUE EN EL PLAZO DE QUINCE DÍAS DE NOTIFICADO CONTESTE LA DEMANDA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, LA PUBLI-CACION SE HARA POR TRES DIAS HABILES CON LA TRANSCRIPCION DE LA PARTE RESOLUTIVA DE LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE FECHA 05 DE OC-TUBRE DEL 2017 QUE ES COMO SIGUE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA SOBRE AUMENTOS INTER-PUESTA POR NORA GONZALES AGUIRRE, QUIEN ACTUA EN REPRESENTACIÓN DE LOS MENORES GERMAN ELIAS Y DORIS YALU APAZA GONZALES, EN CONTRA DE ELIAS APAZA PINTO, ADECUÁNDO-SE A LA VIA DEL PROCESO ÚNICO, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y AGREGUESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. HERNAN A. SALINAS LUNA SECRETARIO judicial. (24-25-26 abril) B/E 031- 13637 S/. 0.00

EDICTO

Expediente: 04270-2018-0-0401-JR-CI-10 del Déci-mo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Juez Dra.: Nikola Marisol Gonzalos Ramos. Especialista Legal Dra. : Ligia Gallegos Quispe en el proceso seguido por Jesús Pacheco León, sobre Partición de Herencia se ha emitido la siguiente Resolución Numero Dos: SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ABRE-VIADO la demanda interpuesta por JESUS PACHE-CO LEÓN por derecho propio y en representación de JOE ADAN PACHECO LEÓN y YONY AMELIA PA-CHECO LEÓN en contra de los sucesores de doña REBECA PACHECO LEÓN por consiguiente SE DIS-PONE: NOTIFICAR POR EDICTOS a los sucesores de doña REBECA PACHECO LEÓN confiriéndose trasla-do de la demanda por el plazo de treinta días, quie-nes al momento de apersonarse deberán cumplir con acreditar su calidad de sucesores de la mencio-nada REBECA PACHECO LEÓN, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Arequipa 17 de Enero del 2019. Jorge Chirinos Flores abogado CAA N° 03005. LIGIA GALLEGOS QUISPE SECRETARIA JUDICIAL. (25-26-29 ABRIL) B/E 031- S/. 0.00

REMATESEDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL.-

Exp. 00142-2012-0-0402-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra ELIZABETH SILVERIA BARRETO SU-CAPUCA Y LUIS FERNANDO HUAMANI ALVAREZ, sobre OBLIGACION DE DAR SUME DE DINERO. El Juzgado de Paz Letrado de Camana que Despacha la Sra. Jueza Dra. Estela Rocío Benavente Valdivia, Especialista Legal Dra. Denisse Katherine Núñez Cervantes; ha dispuesto sacar a remate en PRIME-RA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: --UBICACION: Asentamiento Humano Villa Don Jor-ge, Manzana F, Lote 3, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, con un Área de 150.00 M2., inscrito en la Partida Nº 12004986, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa. ------TASACIÓN: En la suma

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · da de prescripcion adquisitiva de dominio del bien de calle urubamba, zona c, lote 4, manzana j, de la urb. san

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

de US$. 10,680.44 (DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHEN-TA Y 44/100 DOLARES AMERICANOS). -----PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 7,120.29 (SIETE MIL CIENTO VEINTE Y 29/100 DOLARES AMERICANOS).----DIA Y HORA DE REMATE: 26 de abril del 2019 a horas 12:00 del mediodía LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz Letrado de Camana, sito en el Jirón Comer-cio N° 140, Ciudad de Camana. ---------CARGAS Y GRAVAMENES: EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D0003 de la Partida Nº 12004986). Por resolución N° 01, de fecha 18 de junio del 2012, suscrita por el Juez de Paz Letrado de Camana; se traba em-bargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 30,000.00 Nuevos Soles a favor de la CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. Titulo presentado el 20/08/2012.- ---POSTORES: Presen-tarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, ad-juntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Juzgado de Paz Letrado de Camana, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero público César Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. CEL #947400080. Camana, 07 de febrero del 2019.- CE-SAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLE-RO PÚBLICO REGISTRO N° 241.- DENISSE NUÑEZ CERVANTES SECRETARIO JUDICIAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13613 S/. 0.00

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 05932-2016-0-0412-JP-CI-03 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero seguido por COMPARTAMOS FINANCIERA S.A. en contra de Rafael Euganio Salcedo Pèrez y Petrona Pèrez Chambi, la señora Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucar-pata, Dra. Marien Heidy Quispe Flores, con inter-vención del Especialista Legal Dr. Ricardo Zamata Lima, han ordenado y dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO, con intervención del Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS con Registro Nº 265, del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE Manzana”G” Lote Nº 03 del Pue-blo Joven Villa el Golf, Distrito de Socabaya, Provin-cia y Departamento Arequipa; inscrito en la Partida Electrònica Nº. P06044393 de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa. GRAVAMENES: Asiento 00003 - Hipoteca a favor de FONAVI, hasta por la suma de S/ 12,090.00 Asiento 00006 – Inscripciòn de Em-bargo – Por Resoluciòn Nº 01 de fecha 18/11/2016 del Expediente Nº 06314-2016-43-0412-JP-CI-01 el Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado, del Mòdulo Bàsico de Jus-ticia de Paucarpata, con intervención de la Espe-cialista Legal Catalina Quispe Huaraya, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo, en forma de inscripciòn a favor de Compartamos Financiera S.A., sobre los derechos de propiedad, de Petrona Pèrez Chambi, del inmueble inscrito en esta Parti-da hasta por la suma de S/ 22,000.00 Nuevos Soles. Asiento 00007 – Inscripciòn de Embargo – Se dicta Medida Cautelar fuera de proceso, en la modalidad de Embargo, en forma de Inscripciòn a favor de Compartamos Financiera S.A. hasta por la suma de S/ 25,000.00 sobre el bien inscrito en esta Partida, de propiedad de Petrona Pèrez Chambi, en mèri-to a la Resoluciòn Nº 01 del 28/10/2016 del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, expedida por la Jueza Silvana Ruth Pacheco Tejada, asistida por la Especialista Legal Jessica Malca Saavedra. Asiento 00008 – Inscripciòn de Embargo - Por Resoluciòn Nº 01/2017 de fecha 07/03/2017 en el Expediente Nº 01386-2017-72-0401-JR-CI-06 sobre Obligacion de Dar Suma de Dinero, La Juez Patricia Ruby Valdivia Franco, del Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, asistida por la Especialista Legal Coralia S. Ramos Coaguila, han resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripciòn, sobre el inmueble inscrito en esta Partida, de propiedad de Petrona Pèrez Cham-bi, a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de S/. 60,322.34 Soles. VA-LOR DE LA TASACION: S/ 171,432.25 ( Ciento Seten-ta y Un Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 25/100 Soles) BASE DEL REMATE: S/ 114,288.17 (Ciento Ca-torce Mil Doscientos Ochenta y Ocho con 17/100 Soles) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: el día 06 de MAYO del 2019 a horas 10:00 a.m. en Frontis del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Justicia de Paucarpata, ubicado en la Sede de Centro Civico

de 15 de Agosto, Urb. 15 de Agosto – Distrito Pau-carpata, Provincia y Departamento de Arequipa. DE LOS POSTORES: 1) Al momento del acto del remate deberán Oblar como garantía en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del pro-pio postor: el 10% de la Tasación del Inmueble 2) Presentar arancel Judicial consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. 3) Presentar en original y copia el documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda.4) Los Honorarios del Martillero Publico, son por cuenta del Adjudicatario, a abonarse al firmarse el Acta, de acuerdo a la Ley 27728 -x-x-x- Arequipa, Abril 10, 2019.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MAR-TILLERO PUBLICO REG. N° 265. RICARDO ZAMATA LIMA ESPECIALISTA LEGAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13614. S/. 0.00

AVISO DE PRIMER REMATE.-

En el proceso sobre Ejecución de Garantía, expe-diente Nro. : 03576-2013-0-0401-JR-CI-01, que sigue FONDO DE DESARROLLO REGIONAL-FON-DESURCO contra DERLY ALEXIS ROMERO GALLE-GOS y MARIA CRISTINA APAZA OLANDA. El 11° avo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justi-cia de Arequipa, a cargo del Juez Doctora MARIA SOLEDAD BELLIDO ANGULO, con la intervención del Especialista Legal DANTE GONZALO CUADROS GALLEGOS, ha dispuesto CONVOCAR A PRIMER REMATE del bien inmueble materia de ejecución ubicado en el Centro Poblado El Arenal, manzana K, lote 5, Zona C, distrito de Deán Valdivia, pro-vincia de Islay y departamento de Arequipa cuya área, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscrito en la Partida N° P06181997 del Registro de la propiedad Inmueble de la zona Registral XII – Sede Arequipa. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ro-nald Cornejo Barragán con Registro N° 266. DIA Y HORA DE REMATE.- Remate que se realizara el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, a las DIEZ HORAS (10.00 a.m.), en la Sala de Remates de la Corte Superior de Arequipa, ubicado en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Siglo XX s/n del distrito, provincia y departamento de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$/. 4,700.00 (CUATRO MIL SETECIEN-TOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).- PRECIO BASE: US$/. 3,133.33 (TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 33/100 Dólares americanos). Que corres-ponde a las dos terceras partes de la tasación por tratarse de un remate en primera convocatoria.- AFECTACIONES: 01) Asiento 00004.- Inscripción de hipoteca.- Constitución a favor de FONDESURCO por la suma de US$. 1,690.00 a fin de garantizar las obligaciones, presentes o futuras, determinadas o determinables que tengan contraídas o que con-traigan frente FONDESURCO, María Cristina Apaza Olanda y Derly Alexis Romero Gallegos. La que es materia del presente remate y No se conocen otras afectaciones.- REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los interesados para ser postores, deberán depo-sitar una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, presentar el recibo de pago del arancel judicial para participar en el remate judicial (indicando número de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determina-dos según Ley N° 28371, Ley N° 27728 y su Regla-mento (D.S N° 008-2005-JUS). Arequipa, Marzo del 2019. PATRICIA CAYLLAHUA QUIROZ ESPECIALIS-TA LEGAL. RONALD CORNEJO BARRAGAN MARTI-LLERO PUBLICO REG. N° 266.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13610. S/. 0.00

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos en el Exp.Nro.3312-2014, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, que sigue COMPARTAMOS FINANCIERA S.A., en contra de FLORES OQUENDO CARLOS ROMULO,SOTO MAMA-NI FAUSTA MARILU, El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar, Dr. TALA MAQUE-RA GABRIELA, con intervención de la Especialista Legal Dra. IDME HUARANCCA KATHERINE SHARON, ha dispuesto sacar a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: Ubi-cado en el Asentamiento Humano de Vivienda el Mirador de Mariano Melgar , parte alta Mz. D, Lote 7,Zona B., Distrito de Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos Linderos y me-didas perimétricas se hallan inscritas en la Partida Electrónica Nº P06229908, del Registro de la Pro-

piedad Inmueble de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. VALOR DE TASACION DEL BIEN: Ha sido valorizado en S/. 38,630.00 (TREINTA Y OCHO MIL SEIS CIENTOS TREINTA CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Las dos terceras partes del Valor de Tasación, que asciende a S/. 25,753.33 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 33/100 SOLES). AFECTACIONES: 1.- EM-BARGO, por resolución Judicial Nro.01, de fecha 30/12/2014,Exp.3312-2014,se dicta medida caute-lar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida hasta por la suma de S/ 37,000.00 (Nuevos Soles), a favor de Compartamos Financiera S.A FE-CHA Y HORA DE REMATE: El 06 de Mayo del 2019, a las 14:00 Pm. LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado de Paz Letrado del MBJ de Ma-riano Melgar, sito en la Av. Simón Bolívar, y Calle Junín S/N– Mariano Melgar-Arequipa. POSTORES: Para ser postor se depositará en efectivo o che-que de gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el numero del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, los honorarios del Marti-llero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732º del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martillero Publico Registro Nro. 267, Cel. 958646334. Arequipa, 11 de Abril del 2019. RENEE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO REG.267. KATHERINE SHARON IDME H. ESPECIALISTA LEGAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13615. S/. 0.00

PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente: 00648-2016-0-0407-JR-CI-01.- En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de ALEJANDRO RODRIGUEZ ANCCOCCALLO y BERNARDINA ODILIA HUAYHUA CARLOS DE RODRIGUEZ; en el proceso sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, El Juzgado Civil de Islay a cargo de la Señora Juez Dra. Diana Evelyn Ayerbe Mendoza y Especialista Legal: Dra. Stephanie Jenifer Chapilliquen Tason, ha encargado al Martillero Hamlet Chavez Marti-nez sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CON-VOCATORIA del inmueble ubicado en APVIS Alto Boquerón H-8 Zona “A”, Distrito de Dean Valdivia, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Nro. 01167126 de la Zona Re-gistral N° XII – Sede de Arequipa. Con un VALOR DE TASACION: US$ 12 422.00 dólares americanos, siendo la BASE DE LA POSTURA: US$ 8 281.33 dólares americanos. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento D00002 Embargo en Forma de Inscripción: Por Resolución Judicial Nº 01, de fecha 12/09/2016, recaída en el expediente 648-2016-70, suscrita por el Juez Carlos Cary Choque, asistido por su secreta-ria judicial Stephanie Chapilliquen Tason- Juzgado Civil de Islay Mollendo- se resuelve: Declarar fun-dada la solicitud cautelar formulada por Viviana Florencia Valdivia Vizcarra, apoderada de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de s/. 25,000.00 que afectara el bien in-mueble de propiedad de Alejandro Rodríguez Anc-coccallo y Bernardina Odilia Huayhua Carlos de Ro-dríguez, inscrita en esta partida. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 03 de Mayo del 2019 a las 11:00 horas del día. LUGAR DEL REMATE: En el Juzgado Civil de Mollendo sito en Calle Comercio esquina Plaza Grau s/n, segundo Piso, Cercado de Mollen-do. POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: US$ 1242.2 dólares americanos, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudica-tario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate; adicional a lo ante-rior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá ser expedido con el número de Documento de Identidad del postor, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dra. Diana Evelyn Ayerbe Mendoza, Espe-cialista Legal: Dra. Stephanie Jenifer Chapilliquen Tason, Martillero Hamlet Chávez Martínez con Mat. 231, Arequipa 12 de Abril del 2019. (16-17-22-23-24-25 abril) B/E 031-13622 S/. 0.00.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de CATALINA IRMA CORZO BARRIOS DE CISNEROS, VICTOR CISNEROS PACHECO Y VLV

EXPLORACIONES SAC, sobre Ejecución de Garan-tías, Expediente N° 04986-2017-0-0412-JR-CI-02, el Segundo Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor Juez Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez y con la intervención del Especialista Legal Dra. Carmen Ruth Avendaño Cama ha ordenado sacar a Rema-te Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVO-CATORIA: Inmueble Urbano ubicado en: Manzana O, Lote 02 Urb. Juventud Ferroviaria, Distrito del Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° 01117008 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TA-SACION: S/ 703,148.16 Soles. 3.- BASE DEL REMATE: S/ 468,765.44 Soles. 4.- AFECTACIONES: a) CARGA: Las obras de canalización de acequias, bermas y sardineles, parque, jardines y pistas, todo por un valor de S/. 19´109,000.00, deben ejecutarse en el plazo máximo de 10 años, según Resolución Directoral Regional Nº 135-80-VC-6640, de fecha 11 de abril de 1980, expedida por el Ministerio de Vivienda y Construcción. b) HIPOTECA: Cons-tituida por sus propietarios (Los Garantes), con intervención de VLV EXPLORACIONES S.A.C. de-bidamente representada (El Cliente); a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$ 109,306.77 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar una Tarjeta de Solución de Negocios por S/. 174,100.00 por un plazo de 24 meses, así como las demás obligaciones que más ampliamen-te constan en la cláusula tercera de la escritura que da mérito a la presente inscripción. Según y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 2332 de fecha 29/04/2011, otorgada ante Notario Público Javier Rodríguez Velarde, en la ciudad de Arequipa. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Viernes 10 de Mayo del 2019, a las 09:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis de Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado sito en la esquina Calle A. Laveau con calle Alcántara s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, 7.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, o sea: S/ 70,314.82 Soles en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martille-ro Público - Registro Nacional No. 230. Arequipa, 2019 Abril 16.- FERNANDO BUTRON RODRIGUEZ MARTILLERO PUBLICO REG. MP. N° 230. CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZGADO CI-VIL.- (22-23-24-25—26-29 ABRIL) B/E 031-13625. S/ 0.00.

PRIMER REMATE

En el expediente N° 02416-2016-0-0401-JR-CI-06, proceso que sobre Ejecución de Garantías sigue BBVA BANCO CONTINENTAL en contra de ERICK MARCOS CALLE CUBA, con la intervención de ROGER GOMEZ CHIARA, JORGE ANTONIO CHA-VEZ HERRERA, PERCY ANTONIO ZUÑIGA, MARIELA ELADIA MORON DE ZUÑIGA, CARLOS ENRIQUE SCHAAF BENAVIDES Y BANCO DE CREDITO DEL PERU, Juez del Sexto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención del Especialista legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, ha designado mediante resolución N° 23-2018 al Mar-tillero Publico Bethuel Leudmin Alvarado Malpica con registro N° 345 para que realice la diligencia de remate, el mismo que ha fijado el PRIMER RE-MATE del inmueble ubicado en la calle Palacio Vie-jo Nro 410 distrito, provincia y departamento de Arequipa, cuyos linderos y medidas perimétricas aparecen de la Partida N° 01122290 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII, SUNARP, sede Arequipa. VALOR TASACION: US$. 104,494.80 (CIENTO CUATRO MIL CUATROCIEN-TOS NOVENTA Y CUATRO con 80/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL REMATE: US$. 69,663.20 (SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SE-SENTA Y TRES con 20/100 SOLARES AMERICANOS). DIA DEL REMATE: SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. HORA: NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR: Sala de Remate Judiciales Ubi-cada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de Plaza España con calle Siglo XX S/N, distrito, provincia de Arequipa. GRAVAMENES: 1.- Hipoteca constituida a favor del Banco Continental hasta por US$. 30,000.00 Dólares Americanos. 2.- Em-bargo en forma de inscripción Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Dra. Clau-

dia Valdivia Ticona, recaídas en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por ROGER GOMEZ CHIARA, en contra de Erick Marcos Calle Cuba, Exp. Nro. 403-2011-60-0401-JP-CI-02, hasta por la suma de S/. 12,300.00. 3.- Embargo en forma de inscripción Juez del Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, recaídas en el proceso sobre obligación de dar suma de dinero seguido por Jorge Antonio Chávez Herrera, en contra de Erick Marcos Calle Cuba, Exp. Nro. 3072-2011-25-0401-JP-CI-07, has-ta por la suma de US$. 3,200.00. 4.- ANTISCRESIS Constituido por su Propietario Erick Calle Cuba con intervención de su esposa Sara Bedregal Lauro a favor de la sociedad conyugal conformada por Percy Antonio Zúñiga Zúñiga y Mariela Morón de Zúñiga, en garantía del mutuo por US$75,000.00 por el plazo de 3 años, cuyo vencimiento será el 15.02.2016. Así consta en la Escritura Pública Nro 128 de fecha 21.03.2013. 5.- Embargo en forma de inscripción Juez del primer Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Elio Vásquez Rodríguez, recaídas en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Carlos Enrique Schaaf Benavides en contra de Erick Marcos Calle Cuba, Exp. Nro. 2177-2014-88-0401-JR.-CI-01, hasta por la suma de S/. 180,000.00. 6.- Embargo en forma de inscripción fuera de proceso, Juez del Noveno Juz-gado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. José Antonio Meza Miranda, recaída en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por el Banco de Crédito del Perú, en contra de Erick Mar-cos Calle Cuba, Exp. Nro. 02492-2015-66-0401-JR-CI-09, hasta por la suma de S/. 50,000.00. 7.- Em-bargo en forma de Inscripción fuera de proceso, Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Edgar Pineda Gamarra, recaí-das en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Banco de Crédito del Perú, en contra de Erick Marcos Calle Cuba, Exp. Nro 03343-2015-36-0401-JR-CI-02, hasta por la suma de S/. 77,000.00. No se conoce otro gravamen. DEPOSITO PARA SER POSTOR: (Art. 735 del Código procesal Civil) depositar el 10% del valor de ta-sación (US$10,449.48) EN EFECTIVO O MEDIANTE CHEQUE DE GERENCIA A nombre del postor. Ade-más pagar el Arancel por derecho a participar en el remate judicial de inmuebles (S/. 630.00), Código 07153 en el Banco de la Nación. Arequipa, 10 de enero de 2019..- ALICIA D. TRUJILLO PEREZ ESPE-CIALISTA LEGAL. BETHUEL L. ALVARADO MALPICA MARTILLERO PUBLICO REG. 345.- (22-23-24-25-26-29 abril) B/E 031-13626. S/. 0.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por HELBER JULIO OLAECHEA CARNERO en contra de JENY LUZ TORREBLANCA REVILLA y MANUEL GUTIERREZ DONGO sobre OBLI-GACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00282-2014-0-G4Q2-JP-CI-01, el Juzgado de Paz Letrado de Camana que despacha la Señora Juez ESTELA ROCIO BENAVENTE VALDIVIA, Especialista Legal LESLIE EDUARDO COLLANQUI han dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATO-RIA el predio con Ubicación Rural U.C. 10126 Sec-tor La Gamero U.C. El Mango, Distrito José María Quimper, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, linderos, medidas perimétricas y de-más características corren inscrita en la Partida Registral N° 04002796 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, Oficina Registral Camana. VALOR DE LA TASACION: S/ 948,996.00 (NOVE-CIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES). BASE DEL RE-MATE: S/ 632,664.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO con 00/100 SOLES), equivalente a las dos terceras partes del Valor de la Tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO D00008. EMBARGO JUDICIAL: Resolución judicial N° 01 de fecha 26/08/2014 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Especia-lista Legal Edson Macedo Astigueta, se resuelve: Constituir medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de Helber Julio Olaechea Carnero, sobre el bien inmueble de propiedad de los demandados, hasta la suma de $/ 70,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 05/09/2014. Titulo inscrito 29.10.2014. ASIENTO C00008 ANTICIPO DE LEGITIMA GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, ha adquirido el dominio del inmueble a mérito de anticipo de legitima otorgado por sus padres valorizado en la suma de s/. 35,000.00. consta en Escritura Pública N° 61 con fecha 15/01/2015 otor-

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · da de prescripcion adquisitiva de dominio del bien de calle urubamba, zona c, lote 4, manzana j, de la urb. san

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

gado por Notario Público de Camana Dr.Carlos Soto Coaguila. Fecha de presentación 15/01/2015.ASIENTO: C00009 DONACION ROLANDO JUVENAL FAIJO ZEVALLOS, ha adquirido el dominio del pre-dio, valorizado por US$ 50,000.00 dólares america-nos, consta en escritura pública N° 452 de fecha 23/05/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino, fecha de presentación 30/07/2015.ASIENTO: D0009 EMBARGO JUDICIAL: Resolución judicial N° 08 de fecha 20/07/2015 ex-pedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Secretario Judicial Edward Mamani Chipana, se resuelve: Variar la medida cautelar concedida me-diante Resolución N° 01 de fecha 26.08.2014 en el extremo de su monto debiendo ser ahora de S/ 80,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 27/08/2015. Ti-tulo presentado 07.09.2015. ASIENTO: C00010 AN-TICIPO DE LEGITIMA FRANCISCO CONTRERAS AYCA ha adquirido el dominio del inmueble en mérito de anticipo de legitima valorizado por la suma de US$ 50,000.00 consta Escritura Pública N° 778 de fecha 11/11/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino con fecha de presentación 12/11/2015. ASIENTO C00011 RECTIFICACIÓN DE OFICIO se rectifica el asiento C00010 que antece-de que en el encabezado se consignó Anticipo de Legitima cuando lo correcto debe ser Donación. ASIENTO C00012 DONACION GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, valorizado por US$ 50,000.00 por Escritura Publica N° 20 de fecha 20/01/2016 ante Notario Público de Camaná Dr. Martínez Palomino fecha de presentación 07/03/2016. DÍA Y HORA DE REMATE: SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUE-VE a horas 09:30 a.m. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado de Camana ubicado en Calle Comercio N° 140 - 4to Piso del Distrito y Provincia de Camana, y Departamento de Arequi-pa. CONDICIONES DEL REMATE: Los POSTORES:1) Al momento del acto de remate deberán Oblar como garantía en efectivo o cheque de gerencia a su nombre NEGOCIABLE: suma no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble. 2) Presentar arancel judicial Código 07153 para participar en Remate. 3) Presentar documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. 4) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito. Los honorarios del Martiliero Público serán cancelados por el adjudicatario de conformidad con la Ley del Martiliero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 008-2005-JUS más el IGV. El remate será efectuado por Fanny Adeli Vergara Coaguiia - Martillera Publica con Registro N° 31 ó Celular 956-833302. Camana, 21 de marzo de 2019. LESLIE EDUARDO COLLAN-QUI. ESPECIALISTA LEGAL.- (23-24-25-26-29-30 abril) B/E 031-13635. S/. 0.00

EDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL.

Exp. 00127-2016-0-0401-JP-CI-02, en los seguidos por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU- INTER-BANK contra RODRIGUEZ MAMANI, MARA MARÍA, con emplazamiento al tercero CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA sobre OBLIGA-CION DE DAR SUMA DE DINERO. El Primer Juzga-do de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que Despacha la Señora Juez Dra. Maritza Salomón Núñez, Especia-lista Legal Dr. Jorge Matías Arenas Puma; ha dis-puesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: --UBICACION: Pueblo Joven Ciudad Israel, Manzana B, Lote 2 Zona A - Distrito de Paucarpata - Provincia y Departamento de Arequipa, con un área del terreno de 200.00 M2., inscrito en la Partida Nº P06038595, del Regis-tro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Are-quipa. --TASACIÓN COMERCIAL: En la suma de S/ 412,386.61 (CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIEN-TOS OCHENTA Y SEIS CON 61/100 SOLES). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación; la misma que asciende a la suma de S/ 274,924.40 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON 40/100 SOLES).---- DIA Y HORA DE REMATE: 07 de mayo de 2019 a horas once de la mañana (11:00 am). ---LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia Arequipa, sito en Calle Túpac Amaru N°464, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. ----CAR-GAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: Asiento 00007 de la Partida Nº P06038595. Cons-titución de hipoteca sobre el inmueble inscrito en esta Partida a favor de la Caja Municipal de Aho-rro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de US $

150,986.00 dólares americanos, otorgado por su propietario, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del crédito que por la suma de US $ 120,000.00 dólares americanos que otorga la Acreedora a favor de la Prestataria, así como todas las obligaciones de dar, hacer y no hacer, presentes y futuras asumidas por la parte prestaría en forma directa e indirecta, individual o mancomunadamente ya sean en moneda nacio-nal o extranjera, que se derive de la celebración de cualquier otro contrato, operación y/o servicio que la caja se encuentre autorizada a realizar como empresa del sistema financiero, según consta más ampliamente de la Escritura Pública de fecha 19-03-2014 otorgada por Notario Público de Arequipa Víctor Tinageros Loza. Asiento de presentación N° 2014-00039034 del 26/03/2014 a horas 14:25:17. --INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: Asiento 00008 de la Partida P06038595. EMBARGO EN FORMA DE INS-CRIPCIÓN. - Medida Cautelar de Embargo en For-ma de Inscripción dentro del proceso a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ- INTERBANK, sobre el inmueble inscrito en esta Partida de pro-piedad de la ejecutada MARA MARIA RODRIGUEZ MAMANI, hasta por la suma de S/ 39,500.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Yanahua-ra sede Cerro Colorado, Dr. Edson Carlos Cuen-tas Celis, asistido por su Especialista Legal Paola Benavides Zúñiga, mediante Resolución Judicial N°01 de fecha 06/06/2016, en el Expediente N° 00127-2016-55-0401-JP-CI-02. La documentación fue remitida por Oficio Judicial N° 127-2016-55-CI-JP-CI-ECC/ZAMM, de fecha 05/07/2016. Asiento de presentación 2016-01091325 del 07/07/2016 a horas 10:08:25. -POSTORES: Presentarán en efecti-vo o en cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judi-cial correspondiente por el inmueble por rematar a la orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate esta-rá a cargo del Martillero Público Lic. José Antonio Antezana Soto, con Reg. 341. Movistar 948406280. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. -- Arequipa, 04 de abril de 2019.- JORGE M. ARENAS PUMA SECRETARIO JUCIDICIAL.- (23-24-25-26-29-30 abril) B/E 031-13633. S/. 0.00

AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMA-

TE PÚBLICO

En los seguidos por demandante MARYORIT ELMA CANO CORZO en contra de la demandada ANA CONSTANZA CHUQUICONDOR VALLE, sobre la materia de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINE-RO, bajo Expediente N° 07083-2009-0-0401-JR-CI-04 a cargo del Señor Juez Dr. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA y Especialista Judicial Norma Hil-da Fernandez Huaquipaco, SE HA CONVOCADO a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Centro Poblado Semi Rural Pachacutec Grupo Zonal N° 24 y 25 MZ. 23 Lote 1A, Zona G, en el Distrito de Cerro Colorado , Provincia de Arequipa, Departamento de Are-quipa con N° de Partida Registral P06185593 de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: S/. 283,061.10 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y UNO y 10/100 SOLES). BASE DE REMATE: S/. 188,707.40 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE Y 40/100 SOLES) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasa-ción. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: 1.INSCRIPCION DE EMBARGO.- Corre Inscrito bajo el asiento 00003 por Resolución Judicial N°001 de fecha 23/12/2009, del Cuarto Juzgado Especializa-do Civil de Arequipa Exp. 07083-2009 otorgada, a favor de MARYORIT ELMA CANO CORZO hasta por USD $12,500.00 dólares americanos. El Título fue presentado el 31/03/10. 2.INSCRIPCION DE ANTI-CIPO DE LEGITIMA.- Corre Inscrito bajo el asiento 00004 por Escritura Publica N° 2018 del 09/06/10. Shirley Vanessa Morón Chuquicondor ha pasado a ser la única propietaria del bien inscrito. El Título fue presentado el 28/04/11. 3.INSCRIPCION DE EM-BARGO.- Corre Inscrito bajo el asiento 00005 por Resolución Judicial N°001 de fecha 22/11/2017, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Exp. 0626-2017 sobre Alimentos, otorgada, a favor de ANA CONSTANZA CHUQUICONDOR VALLE hasta por S/ 10,000.00 soles. El Título fue presentado el 27/12/17 FECHA Y HORA DE REMATE: MARTES 14 DE MAYO del 2019 A LAS 10:30 A.M. HORAS DE LA MAÑANA. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito PLA-

ZA ESPAÑA S/N con siglo XX - CERCADO Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa. POSTO-RES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia del Banco de la Nación sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y ad-juntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mis-mo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, Marzo del 2019. Lic LUIS FERNANDO PINO JORDAN ADMINISTRADOR– Martillero Reg. 357. TL 961705290.- NORMA FERNANDEZ H. ES-PECIALISTA LEGAL. (23-24-25-26-29-30 abril) B/E 031- 13634.S/. 0.00

PRIMER REMATE.

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de WILBERT WIL-FREDO MAQUERA MAMANI y estando apersonados los terceros CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDI-TO CUSCO Y CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO INCASUR SA., sobre ejecución de garantías; expe-diente 00603-2015-0-0401-JR-CI-08, por orden del Octavo Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a cargo del señor Magistrado Doctor Omar Alejan-dro del Carpio Medina, con intervención del es-pecialista legal Dr. Jimmy Marcelo Luna Mazuelos , se ha designado al Martillero Publico Jorge Arturo Manrique Lewis para la realización del PRIMER REMATE .-.-.-. BIEN A REMATAR: Inmueble ubica-do en el Pueblo Joven Virgen de Chapi, Manzana K, lote 7, distrito de Cayma, que tiene un área de 180,000.00m2 (ciento ochenta mil metros cuadra-dos) y que se encuentra encerrado dentro de los si-guientes linderos, por el FRENTE con el pasaje San Salvador en 9,000.00ml; por el coscado DERECHO entrando con lote 6 en 20,000.00ml; por el costado IZQUIERDO entrando con el lote 8 en 20,000.00ml y por el FONDO con el lote 12 en 9,000.00ml. Esta propiedad se encuentra debidamente inscrita en la Partida Registral Nro P06018055, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral No XII- Sede Arequipa, en donde obran sus demás medi-das y características…DIA Y HORA DEL REMATE: 13 DE MAYO DEL 2019, A LAS 08.30 AM.-.-.- LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, ubicada en el só-tano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina Plaza España S/N del Cercado del distrito de Arequipa.-.-. VALOR DE LA TASACIÓN: Inmueble valorizado en la suma de S/.161,639.40 (ciento sesenta y un mil seiscientos treinta y nueve con 40/100 nuevos soles).-.-.- PRECIO BASE: Equi-valente a las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de S/. 107,759.60.- POSTORES: Aquellas Personas interesadas deberán presentar el día del remate, mediante cheque de gerencia negociable a su nombre, el 10% del valor de la tasación del inmueble equivalente a S/.16,163.94 (dieciséis mil ciento sesenta y tres con 94/100 nuevos soles).- GRAVAMENES Y CARGAS: Obran inscritos en la partida registral P06018055, del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, la siguiente carga y gravámenes que se detallan a continuación: 1. Asiento 00005. Hipoteca por US$24356.00 a favor de la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa 2. Asiento 00006 a favor de la Caja Mu-nicipal de Ahorro y Crédito Cusco. Embargo, hasta por S/.34,000.00, ordenado por el Sétimo Juzga-do Paz Letrado de Arequipa. Expediente 4739-2014-3 3. Asiento 00007. Embargo por la suma de S/24,800.00, a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur SA. Ordenado por el Primer Juzga-do de Paz Letrado de Yanahuara, en el expediente 7099-2015-28. Los honorarios del martillero públi-co, serán por cuenta del adjudicatario, y equiva-len al 5% del valor de adjudicación, debiendo ser cancelados, una vez concluido el acto del remate. Martillero Público Jorge Arturo Manrique Lewis, Registro Nro. 277. Cel. 959174441. Arequipa, 2019 abril 15.-.- JIMMY MARCELO LUNA M. SECRETARIO JUDICIAL. (24-25-26-29-30 abril 02 mayo) B/E 031- S/. 0.00.

EDICTO-TERCER REMATE JUDICIAL.-

Expediente. 03052-2016-0-0405-JM-CI-01, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉ-DITO PERÚ LTDA. contra RAÚL CALLA MAMANI Y MARGARITA HERMELINDA RAMOS TITO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El Primer Juzgado Mixto de Caylloma- Chivay de la Corte Superior

de Justicia de Arequipa que Despacha la Señora Juez Dra. MARGARITA ELIZABETH SALAS VALDI-VIA, Especialista Legal Dr. FERNANDO MAMANI MAMANI; ha dispuesto sacar a remate en TERCE-RA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Centro Poblado Chivay Mz. B Lote 5 Sector C Ccapa- Distrito de Chivay- Provincia Ca-ylloma, Departamento de Arequipa, con un área del terreno de 284.31M2., inscrito en la Partida Nº P06155248, del Registro de Propiedad de In-mueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequi-pa, Oficina Registral de Arequipa.------TASACIÓN COMERCIAL: En la suma de S/. 188,689.96 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 96/100 SOLES. -----PRECIO BASE: Sien-do su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación; menos el 15% de la convocatoria anterior, la misma que asciende a la suma de S/. 90.885.67 (NOVENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 67/100 SOLES.----- DIA Y HORA DE REMATE: 08 de mayo de 2019 a horas 12 y 30 del mediodía (12:30pm).--------LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Mixto de Caylloma – Chivay de la Corte Superior de Justicia Arequipa.---CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: Asiento 00004 de la Partida Nº P06155248. Constituida por sus propietarios prestatarios a favor de COOPERATI-VA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL SUR, debidamente representado, hasta por la suma de S/ 129,500.00 nuevos soles, en garantía de un crédito por S/92, 500.00, por un plazo de 144 meses. Así consta más ampliamente de la Escritura Pública N°2666 del 24/06/2013 ante Notario Público de Arequipa Dr. Fernando Begazo Delgado. Fecha de Inscrip-ción 24/07/2013.-------POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente por el inmueble por rematar a la orden del Primer Juzgado Mixto de Caylloma- Chivay de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Lic. José Antonio Ante-zana Soto, con Reg. 341. Movistar 948406280. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. ---- Chivay, 10 de abril de 2019.- FERNANDO MAMANI MAMANI SECRETARIO JUDICIAL. (24-25-26 abril) B/E 031-13639 S/. 0.00.

EDICTOS PENALES JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especia-lista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 09619-2017-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a JOSE SI-LLOCA QUISPE en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de O.A.F a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, se-gún lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome co-nocimiento de la RESOLUCIÓN CINCO que señala fecha de audiencia de SOBRESEIMIENTO, para el dia VEINTITRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS CATORCE HORAS; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remi-tirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- A1 imputado acompañado de sus abo-gado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa pública.- JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especia-lista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00067-2014-33-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a LA SUCESION PROCESAL DE CARLOS CCOTO POCCO en la investigación que se le sigue por la presun-ta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIEN-TO DE SOBRESEIMIENTO, lo dispuesto en la reso-lución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pre-tensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que

tome conocimiento de la RESOLUCIÓN TRES que señala fecha de audiencia de SOBRESEIMIENTO, para el dia VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIECISEIS HORAS; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Prepara-toria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Pu-blico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Organo de Control del Minis-terio Público. 2.- Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de libre elección BAJO APERCIBIMIENTO de nombrársele abogado de la defensa publica.- JOSE LUIS CAERES PIZARRO ES-PECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especia-lista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 08319-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a WILSON SONCCO GALINDO en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de LE-SIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimien-to de la RESOLUCIÓN CUATRO que señala fecha de audiencia de ACUSACION, para el dia OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS CATOR-CE HORAS con CUARENTA minutos; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Prepara-toria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Pu-blico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Minis-terio Público. 2.- Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa pública. JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especia-lista legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 10815-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a RICAR-DO CACYAVILCA VIZA en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN TRES que seña-la fecha de audiencia de ACUSACION, para el dia OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS QUINCE HORAS con VEINTE minutos; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Prepara-toria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Pu-blico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Minis-terio Público. 2 - Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa publica.- JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA EDIC-TO EXPEDIENTE: 04213-2018-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Co-misarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dis-puesto se notifique a Martha Jiménez Salluca, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha de AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral, para el DIA 17 DE JUNIO DE 2019, A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubi-cado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá concurrir POR LA FUERZA PUBLI-CA, conforme esta ordenado en autos, el imputado Martha Lucila Jiménez Salluca con DNI 29679629 con domicilio en Calle Ricardo Palma Manzana M, Lote 12 - 2, Pueblo Joven Alto Alianza, distri-

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · da de prescripcion adquisitiva de dominio del bien de calle urubamba, zona c, lote 4, manzana j, de la urb. san

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

to de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa debiendo de asistir con su abogado defensor; si al momento de realización de la audiencia progra-mada el referido imputado no cuenta con aboga-do de su elección, se le designará un defensor de oficio, en previsión de tal hecho se dispone cursar el oficio correspondiente al Ministerio de Justicia; asimismo en su condición de agraviada Isabel María Mamani Quispe con su abogado defensor, deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artícu-lo 110 del Código Procesal Penal que prescribe el desistimiento tácito en caso de no concurrir a la audiencia programada. Además se hace saber a las partes que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probato-ria que estimen conveniente; DISPONGO: Se curse oficio a la Policía Judicial para la conducción y POR LA FUERZA PÚBLICA del inculpado y que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento res-pecto de los procesos de faltas derivados de vio-lencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniquese. (16-17-22 abril)

EXPEDIENTE: 06203-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a GLADYS SETELLA JARA GALVEZ, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por fal-tas, a la persona de GLADYS SETELLA JARA GALVEZ ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSO-NA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DANIEL WILLY CHOQUEHUAN-CA QUISPE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada GLADYS SETELLA JARA GALVEZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE JUNIO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Le-trado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada GLADYS SETELLA JARA GALVEZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agra-viada constituida en querellante particular DANIEL WILLY CHOQUEHUANCA QUISPE, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcu-rrencia. Haciendo presente que los apercibimien-tos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se lleva-rá a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pre-tendan hacer valer; 4)ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Gladys Setella Jara Galvez por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, con-forme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios seña-lados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Justado j a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita se-ñalar audiencias en tiempos más próximos. Regís-trese y comuníquese.- LUIS VILLANUEVA RIVEROS Juez.- (16-17-23 abril)

NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. N° 00075-2018-0-0409-JR-PE, seguido en contra de PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO en

agravio del menor L.E.CH.D. representada por Rita Filonela de la Rosa Ruiz, por el delito Omisión a la Asistencia Familiar. Se sigue en EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ACARÍ, JUEZ WILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notificar por edicto al imputado es decir, a la per-sona de PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO, con la Re-solución Nro. 04 de fecha veinte de febrero del dos mil diecinueve que dispone fecha de Audiencia de Control de Acusación Directa para el día VEIN-TITRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS. NOTIFÍQUESE a PERCY LUIS CHUQUI-RAY OLIVO en el diario “La República”, para lo cual debe cursarse los oficios respectivos. Especialista Legal: Delcy Yvonne Retamozo Mamani; distrito de Acarí, 20 de febrero del 2019. (15-16-17 abril)

La señora Juez del Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Acora, Dra. Rusbi Yéssica Cuadros Anco, con intervención del Especialista Audiencias Ale-jandro Subia Zaira, en el Expediente Penal N° Exp. 078-2017- 90-2101-JR-PE-01, seguido contra de Flavio Saico Huayhua, por la presunta comisión del delito de Falsedad ideológica, en agravio de Tomas FHuallpa Quispe, ha expedido la siguiente resolu-ción: Resolución 9 “(...) que DISPONE REPROGRA-MAR la presente audiencia para el día TRES DE JU-NIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acora, con la presen-cia obligatoria del señor representante del Minis-terio Público y del Abogado Defensor del acusado, bajo apercibimientos de Ley (...); disponiéndose su notificación por edicto. (15-16-17 abril)

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE TAMBOPATA EXPEDIENTE N° 01825-2016-78-2701 -JR-PE-01 MAGISTRADO: FRANCISCO JAVIER PALOMINO CARDENAS Especialista Judicial de Causa: TAÑIA MARIELA PIZARRO MAMANI Se cita y emplaza a los acusados: SOLEDAD UBERLINA PUMACAYO MAQUI Identificado con D.N.I. N° 47281386, SOLE-DAD PARHUAYO CARLO Identificado con D.N.I. N° 42634018 y FLOR MARIA CHANCAYAURI LLAIQUE identificado con D.N.I. N° 41974718 a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, progra-mada para el día 11 DE JUNIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Cole-giado de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz conforme corres-ponda, en caso de inconcurrencia injustificada, en cuyo caso se dispondrá su conducción compul-siva a través de la Policía Nacional del Perú; ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal N° 1825-2016-78-2701-JR-PE-01 seguido en contra Soledad Uberlina Pumacayo Maqui y otros por la comisión del delito de trata de personas en agra-via vio de Pamela Betzabe Quispe Choque y otras Puerto Maldonado, 29 de Marzo del 2019. (15-16-17 abril)

EDICTO

ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTI-GACION PREPARATORIA DE ORCOPAMPA. JUEZ: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ. SECRETARIA: MARIA ISABEL COA VARGAS, SE SIGUE EL PROCESO NRO. 089-2018-PE, SEGUIDO EN CONTRA DE ROBERT ALBERT APAZA QUISPE Y EN AGRAVIO DE CLAUDIA CALLE GIRE, SE HA EXPEDIDO LA SIGUIENTE RESO-LUCIÓN, MANDADA A NOTIFICAR POR EDICTO AL INCULPADO ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, CUYO TENOR ES COMO SIGUE: RES. 01: ORCOPAMPA DOS MIL DIECIOCHO, AGOSTO, QUINCE.- AL REQUERI-MIENTO ACUSATORIO DIRECTO PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATI-VA DE CONDESUYOS.- AL PRINCIPAL.- VISTOS: EL PRESENTE REQUERIMIENTO PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CONDESUYOS, SUS ANEXOS Y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EFEC-TÚA REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA EN CONTRA DEL IMPUTADO: ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, REQUERIMIENTO EFECTUADO CONFORME EL ARTÍCULO 349 DE LA NORMA PROCESAL PE-NAL; POR LO QUE CORRESPONDE PROCEDER DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 350 DEL MISMO CUERPO LEGAL ACOTADO. SEGUNDO.- CONFORME SE ADVIERTE DEL PRESENTE REQUERIMIENTO, EN CUANTO A LA ACUSACIÓN EN CONTRA DE. ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, SE ADVIERTE QUE ESTE ES POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD

DE AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O IN-TEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, PREVISTO EN EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 122-B DEL CÓDI-GO PENAL, EN AGRAVIO DE: CLAUDIA CALLE GIRE Y EL MENOR ADERLIN JOHN APAZA CALLE, REPRE-SENTADO POR SU PROGENITORA CLAUDIA CALLE GIRE; POR LO QUE SE RESUELVE: (1) TENER PRESEN-TE EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN EN CONTRA DEL IMPUTADO ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, EN CONSECUENCIA, A CONOCIMIENTO DE LAS PARTES PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS A EFEC-TO QUE SE PRONUNCIEN EN LO QUE ESTIMEN PER-TINENTE, Y UNA VEZ QUE HAYA TRANSCURRIDO EL PLAZO Y RETORNADO LAS RESPECTIVAS CONSTAN-CIAS DE NOTIFICACIÓN, SEÑÁLESE FECHA PARA LA AUDIENCIA CORRESPONDIENTE, (2) SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE A LAS PARTES EN LOS DOMICILIOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE REQUERIMIENTO. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSI.- TÉNGASE PRESENTE - FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ.-JUEZ. DRA. MARIA ISABEL COA VARGAS.-SECRETARIA. ORCOPAMPA, 14 DE MARZO DEL 2018 - (09-10-11 abril)

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Curahuasi, en el Expediente Penal Nro.13-2019, seguido contra MAXIMILIANO MENDOZA PTTY,sobre Faltas contra el Patrimonio-Daños,en agravio de JUAN BAUTISTA ZUÑIGA QUISPE, ha recaído lo siguiente: Resolu-ción número 01 ( Auto de Archivo) , SE RESUELVE: I).-Archivar la presente investigación contra Maxi-miliano Mendoza Patty por faltas contra el Patri-monio en su modalidad de Daños, en agravio de Juan Bautista Zuñiga Quispe. II).- CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la presente resolución AR-CHIVESE definitivamente donde corresponda. H.S. Curahuasi,14 de Marzo del 2019.- ABOG. JUVENAL FERNANDEZ VERGARA SECRETARIO JUDICIAL.- (09-10-11 abril)

El señor Magistrado de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Oscar Francis Calle Vera, en el Proceso Disciplinario Nro. 2018-0746-VO, ha dispuesto la notificación por edictos de don Carlos Benites Machuca, a efecto de notificarle la reso-lución N° 06 de fecha 27 de Marzo del año 2019, por la que: Res. 06: Al informe emitido por la se-ñora coordinadora de Personal: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes. Y conforme al esta-do del proceso; póngase a despacho para emitir re-solución y/o informe según sea el caso .- Arequipa veintisiete de Marzo del año dos mil diecinueve. OSCAR FRANCIS CALLE VERA MAGISTRADO SUS-TANCIADOR ODECMA AREQUIPA.- (09-10-11 abril)

2o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE PAUCARPATA EX-PEDIENTE : 11138-2018-0-0412-JR-FT-02 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ : CALDE-RON BELTRAN JAVIER EDMUDO ESPECIALISTA : MEJIA CACERES IDELMA ISABEL DEMANDADO : BELTRAN JIBAJA, JHORVIN OMAR DEMANDANTE: GONZALES GOMEZ, SANDRA MARIA Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justi-cia del Paucarpata, que Despacha el señor doctor Javier Edmundo Calderón Beltrán, en el proceso Nro.: 11138- 2018-0-0412-JR-FT-02, se ha dispuesto poner en conocimiento de la demandante SANDRA MARIA GONZQLES GOMEZ, la resolución 04-2018 y res. 06-2019, en su parte pertinente: Res. 04-2018: RESUELVO: Conceder apelación sin efecto suspen-sivo y sin la calidad de diferida de la resolución número tres, de fecha dos de octubre del dos mil dieciocho, al demandado JHORVIN OMAR BELTRAN JIBAJA, debiendo formarse el cuaderno respectivo con copias certificadas de todo lo actuado, y hecho sea elevado al superior con el oficio respectivo, re-quiriéndose al apelante para que en el término de tres días cumpla con proporcionar las copias indi-cadas, bajo apercibimiento de imponérsele multa en caso de incumplimiento. Tómese razón y hágase saber. Al escrito 33176-2018: Estando a la devolu-ción de cédula de notificación de la demandante, recábese su ficha RENIEC, y notifíquese en la direc-ción que ahí aparece. Res. 06-2019: Por cumplido lo ordenado, fórmese el cuaderno de apelación y hecho elévese con la debida nota de atención. Au-toriza la secretaria judicial abogada Idelma Mejia Cáceres. Arequipa 28 de marzo del 2019. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07590-2018-0-0401 -JP-PE-01 ES-PECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto

se notifique a Gerardo Vilca Luque, con la siguien-te resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GERARDO VILCA LUQUE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de AL-BERTO TORRES QUISPE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada GERARDO VILCA LUQUE. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUE-VE A LAS ONCE HORAS; en el local del Quinto Juz-gado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comi-saría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada GERARDO VILCA LUQUE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agra-viada constituida en querellante particular ALBER-TO TORRES QUISPE deberá concurrir con abogado defensor. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportuni-dad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios seña-lados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias. Tómese Razón y Hágase Saber.- JORGE LUIS VILLA-NUEVA RIVEROS JUEZ.- (09-10-11 abril)

EDICTO

ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE ORCOPAMPA. JUEZ: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ. SECRETARIA: MARIA ISA-BEL COA VARGAS, SE SIGUE EL PROCESO NRO. 088-2012-01-PE, SEGUIDO EN CONTRA DE JAIME GENA-RO CONDORI HUAMANI Y EN AGRAVIO DE A.L.Q.C. REPRESENTADO POR CELIA CONDORI HUAMANI, SE HA EXPEDIDO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES MANDADAS A NOTIFICAR POR EDICTO AL INCUL-PADO JAIME GENARO CONDORI HUAMANI, CUYO TENOR ES COMO SIGUE EN SU PARTE PERTINENTE: RES. 01 (EXPEDIDA EN AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION): VISTOS Y CONSIDERANDO: UNICO: SIENDO EL ESTADO, SEGÚN SE VERIFICA DE AUTOS, RESPECTO A ÑA ATINGENCIA QUE HACE EL ABOGA-DO DE LA DEFENSA TECNICA DEL ACUSADO, CON RELACION A LA NOTIFICACION DE SU PATROCINA-DO CON LA RESOLUCION TRECE EN SU DOMICILIO REAL CITO EN LA AVENIDA AREQUIPA S/N DEL DISTRITO DE CAYARANI DE LA PROVINCIA DE CON-DESUYOS DE LA REGION DE AREQUIPA; ASIMISMO, EXISTIENDO EN AUTOS ABOGADOS DESIGNADOS POR SU ELECCION Y NO HABIENDO SIDO NOTIFI-CADO EL ACUSADO EN DICHOS DOMICILIOS PRO-CESALES Y A FIN DE NO RECORTAR EL DERECHO A LA DEFENSA DEL ACUSADO, ESTE DESPACHO DISPONE: DIFERIR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL PROXIMO DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE HORAS, QUEDANDO NOTIFICADOS LO SUJETOS PROCESALES INASIS-TENTES. FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ.-JUEZ. MARIA ISABEL COA VARGAS.- SECRETARIA. RES. 17 (EXPEDIDA EN EL ACTA DE CONTROL DE ACUSACION): ORCOPAMPA DOS MIL DIECINUEVE, ENERO, DIECISIETE.- VISTOS Y CONSIDERANDO: UNICO: POR LO EXPUESTO POR LA ESPECIALISTA LEGAL DE LA CAUSA, SE REPROGRAMA FECHA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE HORAS, EN EL LOCAL DE LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ORCOPAMPA, DEBIENDO LA PARTE INPUTADA, CONCURRIR A LA AUDIENCIA CON SU ABOGADO DEFENSOR DE ELECCION, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE DEFENSOR PUBLICO. TOMESE RAZÓN, HÁGASE SABER.- FIRMADO: DR. RAFAEL FERNANDEZ RIOS.- JUEZ (S) DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE OR-COPAMPA.- MARIA ISABEL COA VARGAS - SECRETA-RIA. RES. 18: ORCOPAMPA, DOS MIL DIECINUEVE, MARZO, CINCO.- PROVEYENDO EN LA FECHA POR

VACACIONES DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL. AL ESCRITO 2019-00038 Y 2019-00056: ESTANDO A LA MODIFICACIÓN DEL REQUERIMIEN-TO DE ACUSACIÓN EN CONTRA DE JAIME GENARO CONDORI HUAMANI, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, RESPECTO A LAS CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES, CONCOMITANTES Y POSTERIORES, COMO SE INDICA. A CONOCIMIENTO DE LAS PAR-TES PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS A EFECTO QUE SE PRONUNCIEN EN LO QUE ESTIMEN PERTINENTE, Y SE SEÑALA PARA LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION EL DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE. A HORAS NUEVE, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PAZ LE-TRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ORCO-PAMPA; LA QUE SE INSTALARÁ CON LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL FISCAL, BAJO APERCIBIMIEN-TO DE INFORMARSE A LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEBIENDO CONCURRIR EL IMPUTADO CON SU ABOGADO DE PREFERENCIA Y EN CASO NO CONCURRIESE CON SU ABOGADO DE ELECCIÓN, SE LLEVARÁ A CABO CON EL ABOGADO DE OFICIO DE LA DEFENSORÍA PÚBLI-CA QUE EJERCITA FUNCIONES EN ESTA LOCALIDAD EN MATERIA PENAL Y EN CASO DE INASISTENCIA DE ESTE ÚLTIMO, SE LLEVARÁ A CABO CON UN ABOGA-DO DE EJERCICIO LIBRE. DISPONGO: 1.- NOTIFICAR CON LA PRESENTE AL ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO DE LA DEFENSORIA PÚBLICA DEL DISTRITO DE ORCOPAMPA. 2.- NOTIFICAR CON LA PRESENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA PÚBLICA Y ACCESO A LA JUSTICIA DE AREQUIPA.- FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ -JUEZ. DRA. MARIA ISABEL COA VARGAS -SECRETARIA. ORCOPAMPA 15 DE MARZO DEL 2018.- (09-10-11 abril)

EDICTO

: 07581-2018-0-0401-JP-PE-01 : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dionicia Luque Chura, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en pro-ceso por faltas, a la persona de VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLO-SAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Có-digo Penal, en agravio de DIONICIA LUQUE CHU-RA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte Imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ. 3) FIJAR fe-cha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEIN-TIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIEZ HORAS: enel local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Pa-lacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte Imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuer-za pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular DIONICIA LUQUE CHURA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes proce-sales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir prepara-dos para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pre-tendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se no-tifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programa-das en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tó-mese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

CRONICAS JUDICIALES

CRONICA JUDICIAL CUARTA SALA PENAL DE

APELACIONES

04 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 20-2019

AP

09911-2017-83: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA LA IMPUGNACIÓN PLANTEADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO; en consecuencia, REVOCAR LA RESOLU-CIÓN N° 02-2019, de fecha 25 de enero de 2019 que declaró fundado el pedido de Tutela de Derechos, REFORMANDO LA MISMA SE DECLARA INFUNDADA LA TUTELA DE DERECHO promovida por Moisés El-mer Mendoza Ninasivincha. Tómese razón, hágase saber.

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 21-2019

LVV

03388-2018-0: SE RESUELVE: DECLARAR INFUN-DADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado Alexander Gabriel Rodríguez Salazar; en ese orden, CONFIRMAR la re-solución judicial de fecha nueve de enero de dos mil diecinueve que desestimó el pedido de tutela de derechos instado por Alexander Gabriel Rodrí-guez Salazar, investigado por el presunto delito de estafa agravada, en agravio de Telefónica del Perú, entendido el pedido de tutela como un pedido IN-FUNDADO.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

AP

08546-2017-28: SE RESUELVE: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el OCHO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelacio-nes (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recur-so de apelación interpuesto; asimismo, deben te-ner presente los señores abogados lo señalado en

el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informán-doseles, asimismo, la disposición del cañón multi-media instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesa-les deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el De-creto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

SE EXPIDIERON: 01 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

05 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 22-2019

VS00062-2018-51: SE RESUELVE: DECLARAR INFUN-DADO EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL SEÑOR ABOGADO HENRY ALFARO LUNA quien ejerce la defensa de la acusada Lili Jeaneth Huanqui Ramos; en consecuencia, SE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN N° 01 DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 2018, que declara improcedente por extempo-ráneo la solicitud de tutela de derechos a favor de Lili Jeaneth Huanqui Ramos presentado en fecha 17 de diciembre de 2018. Regístrese y notifíquese.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

06 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y OCHOA CAHUA-NA.

SE EXPIDIERON: 13 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

07 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTOS DE TRÁMITE

FC00667-2019-0: SE RESUELVE: CONCEDEMOS el re-curso de agravio constitucional interpuesto por Jaime Ururi Ccama, contra el Auto de Vista N° 28-2019, de fecha veintiuno de febrero de dos mil diecinueve, que confirma la Resolución N° 01-2019, de fecha veintitrés de enero del dos mil diecinue-ve, que declaró improcedente la demanda consti-tucional de Hábeas Corpus. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucio-nal en la forma de estilo y con la debida nota de atención.

LVV08314-2016-36: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concu-rrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer conside-rando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimis-mo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá pro-curarse con diez minutos antes de la hora señala-da. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTI-CA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislati-vo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.LVV07197-2016-74: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el SEIS DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pa-bellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto;

asimismo, deben tener presente los señores aboga-dos lo señalado en el tercer considerando de la pre-sente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Pe-nal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audien-cias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez mi-nutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APER-CIBIR que la inconcurrencia de los señores aboga-dos que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Supe-rior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIO-NADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

FC00062-2018-90: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA LA INHIBICIÓN de la Señora Juez Superior Sandra Janette Lazo de La Vega Velarde; en consecuencia, DISPONER se conforme el presente Colegiado con el señor Juez Superior Armando Coaguila Chávez, segundo integrante de la Primera Sala Penal.– RE-GÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE-. SE EXPIDIERON: 19 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

08 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 023-2019

FC13379-2018-98: DECLARAR INFUNDADA LA APELA-CION POSTULADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, en contra de la resolución N° 02-2018 de fecha veinti-nueve de diciembre de 2018;CONFIRMAR LA CITA-DA RESOLUCIÓN QUE DECLARÓ INFUNDADO EL RE-QUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA y dictó en contra del investigado Marco Antonio David Onque López comparecencia con restricciones y caución; con todo lo demás que contiene. Se noticiará a las partes inconcurrentes conforme corresponde.

AV 024-2019

AP1207-2019-83: TENER POR DESISTIDO A ELVIS MA-GIVER MAMANI SALCEDO DEL RECURSO IMPUG-NATORIO presentado en contra de la resolución N° 02-2019; Se dispone la devolución del cuaderno al juzgado de origen

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTOS DE TRÁMITE

LVV 01267-2015-34: SE RESUELVE: DECLARAMOS IM-PROCEDENTE LA NULIDAD planteada por la sen-tenciada Celinda Ysolina Garate Requena, contra el Auto de Vista N° 197-2018, de fecha veintidós de octubre de dos mil dieciocho, DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

AP 2413-2016-68: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Epifanio Huayllane Montañez, contra la Sentencia de Vista de fecha veintinueve de enero de dos mil diecinueve; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la epública en la forma de estilo y dentro del pla-zo legal. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copia certificada de la sentencia de vista, del es-crito de casación y de la presente resolución para que sean anexados al cuaderno de ejecución. Juez Superior ponente: señor

SE EXPIDIERON: 09 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

11 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 025-2019

AP2452-2017-5: NULO EL CONCESORIO contenido en la resolución N°4-2019, de fecha diecisiete de ene-ro de dos mil diecinueve y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado,- IN-ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN presentado por la defensa técnica del actor civil – Empresa Pa-pelera Panamericana S.A.- contra la resolución N° 03-2018, de fecha dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho. Al escrito N°1799-2019: Estése a lo resuelto en la fecha. Regístrese y devuélvase.SE EXPIDIERON: 13 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · da de prescripcion adquisitiva de dominio del bien de calle urubamba, zona c, lote 4, manzana j, de la urb. san

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

12 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 026-2019

AP2515-2015-73: DECLARA FUNDADO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la defensa técnica de Rubén Nina Carrasco, REVOCAMOS LA RESLUCION 16-2018- DEL 21 DE SETIEMBRE DE 2018.AV 027-2019 AP5009-2017: DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por Vanessa Octava Peralta Muñoz, en contra de la sentencia de fecha vein-tidós de junio de dos mil dieciocho. DECLARAR CONSENTIDA Y FIRME la sentencia del veintidós de junio de dos mil dieciocho. DISPONER LA DEVOLU-CIÓN del cuaderno al juzgado de origen

DESPACHO

AUTO DE TRÁMITE

AP1573-2013-27: DECLARAMOS INADMISIBLE DE PLANO LA RECUSACIÓN planteada por los senten-ciados Luis Valdivia Yana y Victoria Edith Valdivia Ramos.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS

_ ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

13 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

SENTENCIA DE VISTA

SV 12-2019

AP4763-2017-43.- DECLARAMOS: INFUNDADA la ape-lación interpuesta por la defensa técnica de Elmer Flores Paja. CONFIRMAMOS la SENTENCIA N° 159-2018, de fecha 10 de octubre de 2018, corriente de fojas 335 a 348, que fallo “1. DECLARANDO A ELMER FLORES PAJA, como CO-AUTOR del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agra-vado, ilícito previsto y penado por el artículo 188, concordado con el artículo 189 inciso 4 del Código Penal en agravio de Erika Julissa Zamata Narváez” (Sic.). CON LO DEMÁS QUE LA CONTIENE. SIN COS-TAS. DISPONEMOS se curse oficio a la Dirección del Establecimiento Penitenciario de Varones, a fin que se tomen las medidas referidas en el sub-numeral 2.2.3.2. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.-

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 28-2019

LVV5573-2016-9: DECLARAMOS INADMISIBLE EL RE-CURSO DE QUEJA interpuesto contra la Resolución Nº 12, de fecha veinticinco de enero de dos mil diecinueve que resuelve declarar liminarmente in-

admisible el recurso de apelación formulado por el representante del Ministerio Público, respecto de la Sentencia Nº 01-2019 de fecha siete de enero de dos mil diecinueve.AV 029-2019

FC5573-2016-63: DECLARAMOS INFUNDADO EL RE-CURSO DE QUEJA interpuesto por la representante del Ministerio Público contra la Resolución Nº15, de fecha cinco de febrero de dos mil diecinueve que resuelve declarar improcedente el recurso de apelación formulado en contra de la Sentencia N° 01- 2019 de fecha 07 de enero del año 2019.

AUTO DE TRÁMITE

AP1573-2013-27: IMPROCEDENTE EL PEDIDO DE NU-LIDAD planteado por los sentenciados Luis Valdivia Yana y Victoria Edith Valdivia Ramos en contra del Auto de Vista Nº 18-2019 de fecha treinta y uno de enero de dos mil diecinueve.

FC9911-2017-83: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por defensa técnica del imputado Moi-sés Elmer Mendoza Ninasivincha contra el Auto de Vista de fecha cuatro de marzo de dos mil diecinue-ve, que declaró fundada la impugnación planteada por el Ministerio Público y en consecuencia, revocó la Resolución N° 02-2019, de fecha 25 de enero de 2019 y reformándola declaró infundada la Tutela de Derechos promovida por Moisés Elmer Mendo-za Ninasivincha. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo do-micilio procesal, en esta instancia, dentro del déci-mo día siguiente al de la notificación

LVV2425-2017-51: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUE-VE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

14 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y VENEGAS SARA-VIA.

SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS

MARIA PAOLA VENEGAS SARAVIA

CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

15 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y VENEGAS SARA-VIA.

SE EXPIDIERON: 08 DECRETOS

MARIA PAOLA VENEGAS SARAVIA CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

18 DE MARZO 2019

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

SENTENCIA DE VISTA

SV 13-2019

FC

5679-2017-0.- INFUNDADA la apelación interpues-ta por WILFREDO QUISPE GUTIÉRREZ, obrante a fo-jas 212. CONFIRMAMOS la Sentencia Nro. 278-2018-2JPUCC, de fecha 10 de agosto de 2018, que declaró a WILFREDO QUISPE GUTIÉRREZ autor del delito de difamación agrava-da, previsto en el primer y tercer párrafo del artí-culo 132 del Código Penal, en agravio de MANUEL VERA PAREDES; imponiéndole un año de pena pri-vativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el mismo plazo, bajo reglas de conducta; la co-penalidad de ciento veinte (120) días multa, equi-valente a dos mil ochocientos soles (S/ 2,800.00), y por concepto de reparación civil se ordenó el pago de cinco mil soles (S/ 5,000.00). Sin Costas.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

SENTENCIA DE VISTA

SV 14-2019

AP3476-2011-25.- DECLARAMOS: FUNDADA en parte la apelación interpuesta por la defensa técnica de Olga Mamani de García; en consecuencia: CONFIR-MAMOS la sentencia N° 2018-184, de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, que declaró a Olga Mamani de García, autora del delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto en el primer párrafo del artículo 428 del Código Penal en agravio de SUNARP, el Colegio de Notarios de Arequipa y Empresa San Vittorio S.R.L. y le impuso el pago de S/. 5, 000.00 soles por concepto de reparación civil a favor de SUNARP. REVOCAMOS la sentencia N° 2018-184, de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, que impu-so a Olga Mamani de García el pago, por concepto de reparación civil, de S/. 4,000.00 soles a favor de la empresa San Vittorio S.R.L. y la suma de S/. 3,000.00 a favor del Colegio de Notarios de Arequi-pa. REFORMANDO la misma, DECLARAMOS INFUN-DADAS ambas pretensiones civiles. DECLARAMOS: FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica de Blanca Mercedes Cáceres Paucar; por lo tanto, REVOCAMOS la sentencia N° 2018-184, de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, que la declaró autora del delito contra el patrimonio, en la

modalidad de receptación agravada, previsto en el artículo 194 en concordancia con el primer párrafo del artículo 195 del Código Penal, en agravio de la empresa San Vittorio S.R.L. REFORMANDO la mis-ma, ABSOLVEMOS a Blanca Mercedes Cáceres Pau-car del delito de receptación agravada, previsto en el artículo 194 en concordancia con el primer pá-rrafo del artículo 195 del Código Penal, en agravio de la empresa San Vittorio S.R.L.; DISPONEMOS el archivo definitivo de la causa, en este extremo, de-biendo remitirse las comunicaciones respectivas. INTEGRAMOS la sentencia N° 2018-184, de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho. DISPONEMOS que la sentenciada Olga Mamani de García pague el valor del bien (vehículo con placa de rodaje V1E-790) a favor de Empresa San Vittorio SRL, conforme a las consideraciones expuestas en el fundamento 4.3.3.2.1 acápite f ), constituyendo esta además una regla de conducta. SIN COSTAS en esta instancia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.

DECRETO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE TRÁMITE

FC

8438-2017-70.- CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUE-VE, A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

FC

3874-2017-55.- CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECI-NUEVE, A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo

de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

AP

6532-2017-28.- DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 139-2018, de fecha trece de diciembre de dos mil dieciocho; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DIS-PONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.

AUTO DE VISTA

AV 30-2019

FC1060-2018-82: NULO el concesorio contenido en la resolución N° 03, de fecha diecisiete de enero de dos mil diecinueve y proveyendo en sede de ins-tancia el recurso de apelación presentado, INADI-MISIBLE el recurso de apelación presentado por la defensa técnica de la sentenciada Verónica Eduar-do de Amat Chirinos contra la sentencia de fecha dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.AV 31-2019

LVV5792-2016-89: DECLARAMOS INADMISIBLE EL RE-CURSO DE QUEJA interpuesto por la abogada del Organismo de Formalización de la Propiedad In-formal –COFOPRI- contra la resolución que resuel-ve N° 09, de fecha dieciocho de enero de dos mil diecinueve, que resuelve declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación, respecto de la sentencia que absuelve a María Elena Flores Chipana y Elmer Antonio Tamo Esquiche, del delito de USURPACIÓN AGRAVADA, previsto en el artícu-lo 202 inciso 4 del Código Penal concordado con el artículo 204 incisos 2, 4 y 6 del Código Penal en agravio del Estado (COFOPRI).

AUDIENCIA

AV 32-2019 FC10082-2018-9: DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto por el Ministerio Público, en contra del que fuera postulado contra la resolu-ción de fecha 21 de febrero de 2019, de la exclusión de hechos y elementos de convicción del requeri-miento fiscal; en ese orden de cosas, DECLARAR LA NULIDAD del concesorio de apelacion, de fecha 27 de febrero de 2019, debiendo devolverse a primera instancia para los fines de ley a que hubiere lugar. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

AV 33-2019

AP6992-2018-24: DECLARAR INFUNDADA LA APELA-CION INTERPUSTA POR LA DEFENSA TECNICA BA-CILIO VALERIANO PUMA. CONFIRMAMOS LA RESO-LUICION 12-2019 DE FECHA 08 DE MARZO DE 2019. SE EXPIDIERON: 11 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

19 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 34-2019

LVV

2050-2019-70: Tener a la parte investigada, esto es la persona de Marco Antonio Fernández Huayta, debidamente asistido por una defensa técnica, POR DESISTIDO del recurso de apelación que en su momento planteó, contra el auto de fecha veinti-cuatro de febrero de dos mil diecinueve, que decla-

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

ró fundada el requerimiento de prisión preventiva, por el plazo de nueve meses, contra de la persona de Marco Antonio Fernández Huayta, por la pre-sunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado, en grado de tenta-tiva, en agravio de Juan Alfredo Yanqui Mamani. QUEDANDO FIRME en ese sentido, sin perjuicio de la institución de cesación de prisión preventiva que está habilitada en el marco de la ley. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

SENTENCIA DE VISTA

SV 15-2019

FC

137-2009-3.- INFUNDADO el recurso de apelación formulado por la defensa de Antonio Ventura Men-doza, obrante a fojas 312.CONFIRMAR la Sentencia N° 0142-2018, de fecha 06 de setiembre de 2018, que resuelve declarar a AN-TONIO VENTURA MENDOZA autor del delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado de espectro electromagnético, en agravio Minis-terio de Transportes y Telecomunicaciones; im-poniéndosele cuatro años de pena privativa de libertad suspendida por el plazo de un año, condi-cionado al cumplimiento de reglas de conducta, así como el pago de S/. 1,500.00 (mil quinientos soles) por concepto de reparación civil a favor del Minis-terio de Transportes y Telecomunicaciones. DISPO-NEMOS se remitan copias de los actuados perti-nentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, conforme al fundamento expuesto en el considerando 2.9 de la presente. Sin costas.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE TRÁMITE

AP

1644-2016-84.- DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 012-2019, de fecha veintiocho de enero de dos mil diecinueve; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DIS-PONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.

LVV3269-2014-96.- DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 005-2019, de fecha veintiuno de enero de dos mil diecinueve; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DIS-PONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.FC5735-2017-79.- DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 008-2019, de fecha veinticinco de enero de dos mil diecinueve; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DIS-PONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.SE EXPIDIERON: 15 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

20 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AV 35-2019 LVV3026-2015-23: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público; y, en consecuencia, por las mismas razones la de la

Procuraduría Pública, pero además por las razones que han sido explicitadas en la presente resolu-ción; y, en consecuencia: REVOCAR la resolución judicial del 10 de diciembre de 2018, únicamente en los extremos que han sido impugnados, esto es en el extremos que declaró, el señor Juez, fundado el sobreseimiento de la causa respecto de todos los investigados, extremo de revocación que incluye la declaración de no haber mérito para pasar a juicio oral sobre dichos extremos que tienen que ver con la declaración de fundabilidad del sobreseimien-to, de la imputación hecha en el punto 2.2.5 del Señor Marlon Rodríguez Cusirramos y los demás extremos que han sido así declarados o asimilados como fundados; y, en consecuencia, reformando la decisión judicial se ordena la inmediata devolución de la acusación fiscal al Ministerio Público para que procesada a la corrección dentro del plazo máxi-mo de cinco días de los defectos u omisiones que han sido advertidos y que precisamente han sido plasmados en la resolución recurrida a los que se ha adscrito la propia posición fiscal impugnato-ria, debiendo efectuar una subsanación adecuada y suficiente teniendo presente lo expresado en la decisión así dictada por este órgano reexaminador; en consecuencia, se ordena la devolución del pre-sente cuaderno a primera instancia para los fines de ley a las que hay lugar, y una vez efectuada la subsanación debida en los extremos que fue aten-dido un sobreseimiento que ahora es revocado para la devolución de la acusación fiscal se lleve a cabo la audiencia de control de acusación en los extremos que están pendientes de control; lo que se desarrollará solo en el caso de esta incidencia por el juez llamado por ley en la medida que el se-ñor juez de primera instancia ya ha asimilado una posición de atipicidad manifiesta, en cuyo orden se avocará al conocimiento de esta audiencia de con-trol el órgano jurisdiccional que de acuerdo a ley corresponda sustituirse solo para los fines de esta diligencia, permaneciendo la causa ante el mismo órgano de control en etapa intermedia en todos los demás incidentes que correspondan. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE TRÁMITE

LVV4611-2015-17.- CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINU-TOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

AP2734-2017-3.- CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUE-VE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente

resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

FC155-2018-0.- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la defensa técnica del imputado Gino Marcio Valdivia Sorrentino contra el Auto de Vista N° 37-2019 de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecinueve, que confirmó la Resolución N° 07-2019, de fecha ocho de enero de dos mil diecinueve, que declaró infundada la oposición planteada por la defensa del investigado Gino Valdivia Sorrentino, y fundado el requerimiento del Ministerio Público, disponiendo la prórroga de la investigación preliminar por el plazo de ocho meses. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación.

LVV5540-2017-54.- DECLARAMOS INADMISIBLE EL RE-CURSO DE CASACIÓN interpuesto por el sentencia-do Jesus Yordi Salas Pantia contra la sentencia de vista de fecha veintiséis de diciembre del dos mil dieciocho. DISPONEMOS la devolución del presen-te cuaderno al juzgado de origen , con la debida atención.

RESOLUCIÓN

CCH62-2018-90.- Lo antes expuesto a consideración del magistrado que suscribe el presente voto, no con-figuraría causal de inhibición, razón por la cual en mi opinión, debe declararse infundado el pedido.SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAU-RE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

21 DE MARZO 2019

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 36-2019

LVV11315-2018-0: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO IMPUGNATORIO DE APELACION INTERPUESTO POR LA PARTE QUERELLANTE; en consecuencia, DECLA-RAR NULA LA RESOLUCIÓN N° 03-2018, de fecha veintiocho de diciembre de 2018, obrante a folios 70 y siguientes que rechazó la querella interpues-ta por Gino Alejandro Farfán García en contra de Doroteo Mamani Cutire, y que dispuso en archivo definitivo de la presente querella con todo lo que ella contiene. SE ORDENA QUE CON LAS RESPON-SABILIDADES FUNCIONALES DE LEY QUE ASISTEN A TODO JUEZ, CUMPLA CON EMITIR LA RESOLUCIÓN JUDICIAL DEBIDAMENTE SUJETA A UNA MOTIVA-CIÓN ADECUADA, teniendo a la vista las razones que fueron expuestas en el escrito de subsanación de la parte querellante para la emisión de la reso-lución a hay lugar; y. sin perjuicio de ello anotando a las razones que se verifican de los antecedentes, SE INSTA AL SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

PARA QUE CUMPLA EN ADELANTE CON MAYOR DILIGENCIA EL ROL QUE LE CORRESPONDE EN LA CALIFICACIÓN DE QUERELLAS SEMEJANTES BAJO LAS GARANTÍAS Y DERECHOS QUE PREVÉ LA CONS-TITUCIÓN. Regístrese.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 37-2019

FC11623-2018-0: DECLARANDO LA NULIDAD de la Resolución Nro. 03-2018, del 11 de diciembre de 2018. DISPONEMOS que la querella presentada se remita a otro juez de juzgamiento, quien haga una evaluación integral de la postulación y efectúe la calificación como corresponde.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 38-2019

AP2619-2012-77: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el actor civil Banco de Crédito del Perú; en consecuencia, SE DECLARA NULA LA RESOLUCIÓN N° 05-218 DE FECHA 06 DE DICIEMBRE DE 2018, concretamente en lo relativo al fundamento quinto de la misma, vinculado al pronunciamiento sobre el objeto civil. DISPONE-MOS SE CONVOQUE A NUEVA AUDIENCIA PARA QUE DEBATA EL OBJETO CIVIL conforme a las pre-cisiones anotadas.

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AV 39-2019

LVV1850-2018-41: DECLARAR INFUNDADO EL RECUR-SO IMPUGNATORIO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa de la investigada Luz Marina Saico Nuñonca; y, en consecuencia, CONFIRMAR LA RE-SOLUCIÓN JUDICIAL DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2019, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público, disponiendo la prolongación de la prisión preventiva por un plazo adicional de seis meses, con todo lo que ella contiene. Regístrese y devuél-vase, comuníquese a la parte procesal. En este acto se comunica al Ministerio Público quien ya no se encuentra presente por las razones que se justificó y devuélvase a primera instancia para los fines de ley a que hay lugar.

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

SV 16-2019

LVV2018-318: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la querellante Julia Martina Huamaní Ttito; en consecuencia, CONFIR-MAR LA SENTENCIA de fecha once de septiembre de dos mil dieciocho que declaró a Alvina Paulina García Mendoza absuelta del delito de difamación previsto en el artículo 132 del Código Penal en agravio de Julia Martina Huamaní Ttito, con todo lo demás que contiene.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.SV 17-2019

FC2017-238-48: DECLARAR FUNDADO el recurso

de apelación presentado por el Ministerio Pú-blico, obrante a fojas 62. NULA la Sentencia Nro. 290-2018-2JPUCC, en el extremo penal, que decla-ró a JORGE LUIS VALENCIA TIBURCIO absuelto de los cargos imputados en su contra, por la presunta comisión del delito contra la administración públi-ca – delitos cometidos por funcionarios públicos en la modalidad de peculado, previsto en el artí-culo 387 del Código Penal, en agravio de la Muni-cipalidad Distrital de Yura, representado por la Pro-curaduría Publica Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Arequipa. DISPONEMOS se realice un nuevo juzgamiento penal, por diferente juez, debiendo considerarse lo expuesto por la Sala Superior en la presente sentencia. Sin costas.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-DEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE TRÁMITE

AP7508-2017-55: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIDÓS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECI-NUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener pre-sente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el De-creto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

FC1322-2017-46: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRECE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUE-VE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inad-misible el recurso de apelación interpuesto; asimis-mo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del ca-ñón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos an-tes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quin-to, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

SE EXPIDIERON: 07 DECRETOS

ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

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La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 24 de abril del 2019

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La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 24 de abril del 2019

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