NRF-138-PEMEX-2006 DISEÑO DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO

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Número de documento NRF-138-PEMEX-2006 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 14 de septiembre del 2006 PAGINA 1 DE 19 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETROLEOS MEXICANOS DISEÑO DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO

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COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 14 de septiembre del 2006

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SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETROLEOS MEXICANOS

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HOJA DE APROBACIÓN

ELABORA:

ING. SETH NAVARRETE REYES COORDINADOR DEL GRUPO DE TRABAJO

PROPONE:

ING. ROSENDO A. VILLARREAL DÁVILA PRESIDENTE DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO DE

NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS

APRUEBA:

ING. VÍCTOR RAGASOL BARBEY PRESIDENTE SUPLENTE DEL COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE

PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

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CONTENIDO

CAPÍTULO PÁGINA

0. INTRODUCCIÓN.........................................................................................................................................4

1. OBJETIVO...................................................................................................................................................4

2. ALCANCE ...................................................................................................................................................4

3. CAMPO DE APLICACIÓN..........................................................................................................................5

4. ACTUALIZACIÓN .......................................................................................................................................5

5. REFERENCIAS...........................................................................................................................................5

6. DEFINICIONES ...........................................................................................................................................6

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ................................................................................................................7

8. DESARROLLO............................................................................................................................................8

8.1 Criterios generales para el análisis y diseño de estructuras de concreto. ..................................................8

8.2 Información mínima con la que debe contar el contratista o prestador de servicios antes de iniciar el análisis y diseño de estructuras de concreto.............................................................................................10

8.3 Documentos que el contratista o prestador de servicios debe entregar a Pemex....................................10

8.4 Materiales empleados en el análisis y diseño. ..........................................................................................12

8.5 Control de Calidad. ....................................................................................................................................14

8.6 Criterios de aceptación. .............................................................................................................................14

9. RESPONSABILIDADES ...........................................................................................................................15

10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS Ó INTERNACIONALES ............................................15

11. BIBLIOGRAFÍA.........................................................................................................................................15

12. ANEXOS....................................................................................................................................................19

12.1. Presentación de documentos equivalentes...............................................................................................19

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0. INTRODUCCIÓN

La magnitud y complejidad de las funciones que se realizan en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, requieren de disposiciones técnicas y administrativas para que la gestión institucional se dé un marco de congruencia, orden, participación y corresponsabilidad. Por tal motivo se emite la presente norma de referencia, para establecer los requisitos que se deben cumplir en la ingeniería de diseño de las estructuras de concreto.

Este documento normativo se realizó en atención y cumplimiento a:

Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Guía para la Emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (CNPMOS-001 Rev.-1: 30 de septiembre del 2004).

En la elaboración de esta norma de referencia participaron:

Petróleos Mexicanos.

Pemex Gas y Petroquímica Básica.

Pemex Exploración y Producción.

Pemex Refinación.

Pemex Petroquímica.

Participantes externos:

Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura, ESIA – IPN.

Forta Consulting.

Holcim Apasco.

1. OBJETIVO

Establecer los requisitos que se deben cumplir en la ingeniería de diseño de estructuras de concreto en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2. ALCANCE

En esta norma de referencia, se fijan los requisitos técnicos y documentales que se deben cumplir en el análisis y diseño de las estructuras de concreto (concreto simple, reforzado, presforzado, ligero y de alta resistencia); coladas en el lugar y prefabricadas, requeridas por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. No aplica para el análisis y diseño de cimentaciones de concreto reforzado y para el análisis y diseño de soportes de concreto para tuberías.

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3. CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma de referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la contratación del servicio objeto de la misma, que se lleven a cabo para Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, o adjudicación directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el contratista, prestador de servicios o licitante.

4. ACTUALIZACIÓN

Esta norma se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años o antes si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan.

Las sugerencias para la revisión y actualización de esta norma de referencia, se deben enviar al Subcomité Técnico de Normalización de la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, Gerencia de Normatividad Técnica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, inscribirla dentro del Programa Anual de Normalización de Petróleos Mexicanos, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Las propuestas y sugerencias de cambio deben elaborarse en el formato CNPMOS-001-A01 de la Guía para la Emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (CNPMOS-001 Rev.-1: 30 de septiembre del 2004) y enviarse al Subcomité Técnico de Normalización de Petróleos Mexicanos, Gerencia de Normatividad Técnica, Dirección: Calle Poniente 134 No. 1127, Col. San Bartolo Atepehuacán, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, D.F., Teléfono: Directo (55) 53686306 y Fax (55) 57191836; Conmutador (55) 19442500, ext.: 30359, 30350 y 30345; Fax 31090; o a los correos electrónicos: [email protected]; [email protected]; [email protected].

5. REFERENCIAS

5.1 NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida.

5.2 NMX-B-253-1988 Alambre liso de acero estirado en frió para refuerzo de concreto.

5.3 NMX-B-290-1988 Maya soldada de alambre liso de acero para refuerzo de concreto.

5.4 NMX-B-294-1986 Varillas corrugadas de acero, torcidas en frío, procedentes de lingote o palanquilla, para refuerzo de concreto.

5.5 NMX-C-083-ONNCCE-2002 Concreto – Determinación de la Resistencia a la Compresión de Cilindros de Concreto – Métodos de Prueba.

5.6 NMX-C-105-1987 Concreto Ligero Estructural – Determinación de la Masa Volumétrica.

5.7 NMX-C-299-1987 Concreto estructural – Agregados ligeros.

5.8 NMX-C-111-ONNCCE-2004 Agregados para concreto hidráulico - Especificaciones y métodos de prueba.

5.9 NMX-C-122-ONNCCE-2004 Agua para concreto – Especificaciones.

5.10 NMX-C-155-ONNCCE-2004 Concreto hidráulico industrializado – Especificaciones.

5.11 NMX-C-160-ONNCCE-2004 Concreto – Elaboración y Curado en Obra de Especimenes de Concreto.

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5.12 NMX-C-162-ONNCCE-2000 Industria de la construcción – Concreto – Determinación de la masa unitaria, cálculo del rendimiento y contenido de aire del concreto fresco por el método gravimétrico.

5.13 NMX-C-251-ONNCCE-1997 Concreto – Terminología.

5.14 NMX-C-403-ONNCCE-1999 Concreto hidráulico para uso estructural.

5.15 NMX-C-407-ONNCCE-2001 Varilla corrugada de acero proveniente de lingote y palanquilla para refuerzo de concreto - Especificaciones y métodos de prueba.

5.16 NMX-C-414-ONNCCE-2004 Cementos hidráulicos - Especificaciones y métodos de prueba.

5.17 NMX-CC-019-IMNC-1997 Administración de la Calidad – Directrices para Planes de Calidad.

5.18 NMX-CC-9000-IMNC-2000 Sistemas de Gestión de la Calidad – Fundamentos y Vocabulario. (ISO 9000:2000(E) Quality management systems – Fundamentals and vocabulary).

5.19 NMX-CC-9001-IMNC-2000 Sistemas de Gestión de la Calidad – Requisitos. (ISO 9001:2000(E) Quality Management Systems – Requirements).

5.20 NMX-CC-9004-IMNC-2000 Sistemas de Gestión de la Calidad – Directrices para la Mejora del Desempeño. (ISO 9004:2000(E) Quality management systems – Guidelines for performance improvements).

6. DEFINICIONES

Para los efectos de esta norma de referencia en lo referente a la terminología del concreto, debe regir la NMX-C-251-ONNCCE-1997 y se complementa con las siguientes definiciones:

6.1 Agregado fino: Agregado que pasa la malla de 3/8” (9,5 mm) y casi totalmente pasa la malla No.4 (4, 75 mm) y es predominantemente retenido en la malla No. 200 (0,075) mm). Porción de un agregado que pasa la malla No. 4 (4,75 mm) y es retenido en la malla No. 200 (0,075 mm).

6.2 Agregado ligero: Agregado de baja densidad usado para producir concreto ligero, incluye: pómez, escoria volcánica, vermiculita y productos de combustión de carbón.

6.3 Concreto estructural ligero: Concreto con un peso volumétrico en estado fresco inferior a 19 kN/m3 (1,936 t/ m3).

6.4 Concreto precolado: Elemento de concreto estructural colado en un lugar diferente de su ubicación final en la estructura, con las conexiones adecuadas para formar la estructura de concreto en el sitio de su localización.

6.5 Concreto presforzado: Concreto estructural al que se le han aplicado esfuerzos internos, previos a la aplicación de las solicitaciones a fin de reducir los esfuerzos potenciales de tensión, derivados de las cargas.

6.6 Equivalente: Es la norma, especificación, método, estándar o código que cubre los requisitos y/o características físicas, químicas, fisicoquímicas, mecánicas o de cualquier naturaleza establecidas en el documento normativo extranjero citado en la NRF (Ver documento normativo equivalente en numeral 12.1).

6.7 Estructura de concreto: Sistema de elementos de concreto estructural conectados, cuya función es la de resistir las cargas y/o acciones para las que fue diseñada, incluyendo los efectos del medio ambiente al que esté sometido.

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6.8 Norma de Referencia: Las emitidas de conformidad con la LFMN, por las entidades de la Administración Pública Federal a través de sus Comités de Normalización y conforme a las cuales se adquieran, arrienden o contraten bienes o servicios, cuando las normas mexicanas o internacionales no cubren los requerimientos de las mismas o bien, las especificaciones contenidas en dichas normas se consideren inaplicables u obsoletas. Toman este nombre cuando se cumple su período de Declaratoria de Vigencia. Este documento es de utilidad para la adquisición, arrendamiento y contratación de bienes y servicios.

6.9 Solicitación: Es toda acción externa a la estructura que le provoque esfuerzos o deterioro en su integridad.

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

ACI American Concrete Institute (Instituto Americano del Concreto).

ANSI American National Standards Institute (Instituto Americano de Estándares Nacionales).

ASME American Society of Mechanical Engineers (Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos).

ASTM American Society for Testing and Materials (Sociedad Americana para Ensayes y Materiales.

AWS American Welding Society (Sociedad Americana de la Soldadura).

ISO Internacional Organization for Standardization (Organización Internacional de Estandarización).

LFMN Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

MDOC-CFE-SISMO Manual de Diseño de Obras Civiles – Comisión Federal de Electricidad – Diseño por Sismo.

MDOC-CFE-VIENTO Manual de Diseño de Obras Civiles – Comisión Federal de Electricidad – Diseño por Viento.

NMX Norma Mexicana.

NOM Norma Oficial Mexicana.

NRF Norma de Referencia.

ONNCCE Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y la Edificación S.C.

Pemex Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

RCDF Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

NTC Normas Técnicas Complementarias.

SCFI Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

MPa Megapascales.

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8. DESARROLLO

8.1 Criterios generales para el análisis y diseño de estructuras de concreto.

8.1.1 En el análisis y diseño de estructuras de concreto se deben definir: fuerzas axiales y cortantes, momentos flexionantes y torsionantes, esfuerzos y deformaciones, desplazamientos lineales y angulares y con ellos establecer el dimensionamiento que debe satisfacer requisitos de seguridad, economía, funcionalidad y durabilidad.

8.1.2 El análisis de los efectos de las cargas en los elementos y conexiones de una estructura, se debe realizar conforme a métodos reconocidos de análisis estructural que suponen comportamiento elástico lineal, o con métodos de análisis límite (siempre que se compruebe que la estructura tiene las características de ductilidad que marcan los Códigos o Reglamentos para que se eviten fallas prematuras por inestabilidad), los modelos estructurales deben tomar en cuenta los principios de equilibrio, de compatibilidad geométrica de deformaciones con desplazamientos y propiedades mecánicas de los materiales.

8.1.3 Se debe establecer una modelación de la estructura (función de propiedades geométricas y mecánicas de sus elementos, sus uniones y de las condiciones de apoyo o de frontera con su cimentación y con el terreno) y de las cargas que actúan sobre ella. El modelo debe representar las principales características del comportamiento estático y dinámico de la estructura ya que mientras mayor concordancia exista entre el modelo de análisis y la estructura real, mejor será la predicción del comportamiento de la construcción.

8.1.4 En el análisis se deben considerar todas las solicitaciones de cargas y efectos que actúen sobre la estructura, estableciendo congruencia entre las condiciones básicas de carga y sus combinaciones, y los procedimientos para valuar la resistencia de elementos, verificando que los desplazamientos laterales y las deformaciones verticales, estén dentro de los límites establecidos en esta norma de referencia, tanto por resistencia como por servicio.

8.1.5 Para garantizar la durabilidad del concreto, debe especificarse esto en función del tipo de exposición ambiental a que estará sujeta la estructura y aplicarse lo que se indica en la norma NMX-C-403-ONNCCE-1999.

8.1.6 Para el análisis y diseño de estructuras de concreto que se encuentren localizadas en el Distrito Federal, se llevará a cabo conforme a lo que se indica en el RCDF y sus NTC.

8.1.7 El análisis de las estructuras de concreto ubicadas en el resto de la República Mexicana, se llevará a cabo con el Reglamento de Construcciones Local y sus NTC. En los casos en los que estas normas no cumplan los requerimientos de Pemex o que sea obsoleto dicho documento se debe aplicar para solicitaciones, lo indicado en el RCDF y sus NTC, excepto lo relativo a sismo y viento que se deben aplicar los Manuales de Diseño de Obras Civiles de la Comisión Federal de Electricidad y que se indican en los numerales 8.1.8 y 8.1.9, respectivamente, y para el diseño se deben aplicar los procedimientos y recomendaciones indicadas en el ACI-318M-2002 o equivalente.

8.1.8 Diseño por sismo.

Para los efectos del sismo sobre las estructuras, se debe tomar en cuenta la respuesta del sitio a la excitación que se produzca, derivado de este fenómeno, por lo que se debe de considerar las recomendaciones del Estudio de Mecánica de Suelos en donde se establece la estratigrafía. Las solicitaciones por sismo deben ser determinadas por la aplicación de los procedimientos y criterios establecidos en el MDOC-CFE-SISMO, en relación con los capítulos indicados a continuación:

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SECCIÓN C. ESTRUCTURAS TOMO I RECOMENDACIONES TEMA 1 CRITERIOS DE DISEÑO CAPITULO 3 DISEÑO POR SISMO

Nº DE PÁGINA CAPÍTULO DESCRIPCIÓN

DE A

3.1 Clasificación del terreno de cimentación 1.3.1 1.3.14

3.2 Clasificación de estructuras 1.3.15 1.3.25

3.4 Estructuras Tipo 1: Estructuras de edificios 1.3.29 1.3.48

3.6 Interacción suelo - Estructura 1.3.53 1.3.74

3.10 Estructuras Tipo 6: Industriales 1.3.112 1.3.120

SECCIÓN C.II ESTRUCTURAS TOMO II COMENTARIOS TEMA 1 CRITERIOS DE DISEÑO CAPITULO 3 DISEÑO POR SISMO

Nº DE PÁGINA CAPÍTULO DESCRIPCIÓN

DE A

3.1 Clasificación del terreno de cimentación 1.3.1 1.3.14

3.2 Clasificación de estructuras 1.3.15 1.3.26

3.3 Regionalización Sísmica y espectros de diseño 1.3.27 1.3.48

3.4 Estructuras Tipo 1: Estructuras de edificios 1.3.49 1.3.60

3.6 Interacción suelo - Estructura 1.3.64 1.3.87

3.10 Estructuras Tipo 6: Industriales 1.3.112 1.3.119

Estos procedimientos y criterios de diseño consideran la regionalización sísmica de la República Mexicana.

8.1.7 Diseño por viento.

Para este tipo de solicitaciones, se deben aplicar los procedimientos para determinar las velocidades de diseño y las fuerzas mínimas que deben emplearse en el diseño de las estructuras. Las solicitaciones por viento deben ser determinadas por la aplicación de los procedimientos y criterios establecidos en el MDOC-CFE-VIENTO, en relación con los capítulos indicados a continuación:

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SECCIÓN C ESTRUCTURAS TOMO I RECOMENDACIONES TEMA 1 CRITERIOS DE DISEÑO CAPITULO 4 DISEÑO POR VIENTO

Nº DE PÁGINA CAPÍTULO DESCRIPCIÓN

DE A

Nomenclatura XVIII XXIX

4 Diseño por Viento 1.4.1 1.4.90

SECCIÓN C.II ESTRUCTURAS

TOMO II COMENTARIOS

TEMA 1 CRITERIOS DE DISEÑO

CAPITULO 4 DISEÑO POR VIENTO

Nº DE PÁGINA CAPÍTULO DESCRIPCIÓN

DE A

4 Diseño por Viento 1.4.1 1.4.48

Estos procedimientos y criterios de diseño consideran los factores de viento para la República Mexicana.

8.1.10 El análisis y diseño de las estructuras de concreto, debe realizarse por medio de un software de reconocido prestigio, que satisfaga los requisitos del código especificado en las bases de licitación.

8.2 Información mínima con la que debe contar el contratista o prestador de servicios antes de iniciar el análisis y diseño de estructuras de concreto.

8.2.1 Bases de usuario.

8.2.2 Bases de diseño.

8.2.3 Plano preliminar de arreglo general.

8.2.4 Proyecto arquitectónico.

8.2.5 Topografía.

8.2.6 Mecánica de suelos.

8.3 Documentos que el contratista o prestador de servicios debe entregar a Pemex.

El contratista o prestador de servicios debe entregar a Pemex por medios electrónicos e impresos según requerimientos de licitaciones, misma que debe cumplir con la NOM 008-SCFI-2002 y debe estar en idioma español. Información que debe estar validada (sello y rúbrica):

8.3.1 Archivos de la base de datos creados dentro del software requerido, librerías, macros, hojas de respaldo, entre otros.

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8.3.2 Libros de proyecto con la siguiente información:

a) Bases de diseño.

b) Memoria descriptiva.

c) Memoria de cálculo.

d) Corridas de computadora.

e) Planos del proyecto.

f) Lista de materiales con anexos de: especificaciones, hojas de datos, alcance de suministro y cuestionarios técnicos.

8.3.3 En caso de que Pemex requiera licitar la construcción de la obra, las bases técnicas deben incluir lo siguientes anexos como mínimo:

a) Anexo “__” Relación de planos y/o croquis.

b) Anexo “__” Normas y Especificaciones generales.

c) Anexo “__” Alcances y especificaciones particulares.

d) Anexo “__” Catálogo de conceptos y cantidades de obra.

e) Anexo “__” Programa calendarizado de obra.

f) Anexo “__” Programa de maquinaria y/o equipo que proporciona Pemex (Distintos a los de instalación permanente).

g) Anexo “__” Equipo mínimo disponible por el contratista para la ejecución de los trabajos.

h) Anexo “__” Materiales que proporciona Pemex.

i) Anexo “__” Materiales y equipos que suministra el contratista de obra. En este anexo se deben incluir las requisiciones con el alcance de suministro, especificaciones técnicas, hojas de datos y cuestionarios técnicos.

j) Documento “__” Requisitos que debe cumplir el licitante, documentación mediante la cual acreditará y criterios de evaluación técnica.

Nota: La nomenclatura de los anexos será de acuerdo a los requerimientos de Pemex y Organismos Subsidiarios.

8.3.4 Los controles de ingeniería que se indican a continuación:

a) Control de planos.

b) Control de materiales.

8.3.5 Presupuesto interno, acompañado de dos cotizaciones de proveedores para equipos y materiales.

8.3.6 Paquetes de planos y documentos en las cantidades indicadas en las bases de licitación para tramitar permisos ante diversas dependencias.

8.3.7 El contratista o prestador de servicios debe entregar a Pemex por medios electrónicos todos los archivos relacionados con el uso del software de verificación, como son: reportes de comparación, archivos transferidos, entre otros.

8.3.8 Las condiciones no especificadas requeridas para el análisis y diseño, deben ser establecidas por el contratista o prestador de servicios y presentadas a Pemex.

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8.4 Materiales empleados en el análisis y diseño.

El contratista o prestador de servicios especifica las características de los materiales de los elementos utilizados en el análisis y diseño de las estructuras de concreto y estos mismos materiales serán los que se utilicen para la construcción; en la selección de éstos se basa principalmente el dimensionamiento de los elementos que conforman la estructura.

Se aprueban para uso dentro de esta NRF, los materiales incluidos en la lista siguiente:

8.4.1 Concreto. 8.4.1.1 El concreto empleado para fines estructurales (industrializado o hecho en obra), debe tener un peso

volumétrico en estado fresco superior a 22 kN/m3 (2,2 ton/m3), de acuerdo a las normas NMX-C-162-ONNCCE-2000, y una resistencia a compresión a los 28 días de colado con un f’c igual o mayor a 25 MPa (250 kg/cm2), de acuerdo a las normas NMX-C-155-ONNCCE-2004, NMX-C-160-ONNCCE-2004, NMX-C-083-ONNCCE-2002 y NMX-C-403-ONNCCE-1999.

8.4.1.2 El concreto ligero empleado para fines estructurales (industrializado o hecho en obra), debe tener un peso volumétrico en estado fresco inferior a 19 kN/m3 (1,9 ton/m3), de acuerdo a las normas NMX-C-105-1987, y una resistencia a compresión a los 28 días de colado con un f’c igual o mayor a 25 MPa (250 kg/cm2), de acuerdo a las normas NMX-C-155-ONNCCE-2004, NMX-C-299-1987, NMX-C-160-ONNCCE-2004, NMX-C-083-ONNCCE-2002 y NMX-C-403-ONNCCE-1999.

8.4.1.3 En la fabricación de los concretos, se debe emplear cemento que cumpla con la norma NMX-C-414-ONNCCE-2004. Cuyas características se especifican en el punto 6 de la norma mencionada.

8.4.1.4 Concretos durables. En cuanto a la durabilidad, la responsabilidad recae en el estructurista, quien debe especificarlo en función del tipo de exposición ambiental a que estará sujeta y debe cumplir con la norma NMX-C-403-ONNCCE-1999.

8.4.2 Agregados. Los agregados, deben cumplir con la norma NMX-C-111-ONNCCE-2004.

8.4.3 Agua. El agua, debe cumplir con la norma NMX-C-122-ONNCCE-2004

8.4.4 Acero de refuerzo. 8.4.4.1 El acero de refuerzo debe ser corrugado excepto para espirales o cables en los cuales se puede

utilizar refuerzo liso; y el refuerzo que consiste en acero estructural o en tubos de acero, puede utilizarse de acuerdo con lo especificado en el numeral 8.4.5.6 de esta NRF.

8.4.4.2 Las varillas de refuerzo que vayan a soldarse deben cumplir con ANSI/AWS D1.4 ó equivalente. El tipo y ubicación de los traslapes soldados y otras soldaduras requeridas de las varillas de refuerzo deben indicarse en los planos o en las especificaciones del proyecto. Las especificaciones ASTM para varillas de refuerzo, excepto la ASTM A 706M ó equivalente, debe complementarse requiriendo un informe de las propiedades del material.

8.4.4.3 Refuerzo corrugado. a) Las varillas corrugadas de refuerzo deben cumplir con las siguientes especificaciones:

1) El acero de refuerzo consistirá de varillas corrugadas con resistencia a la fluencia fy no menor de 420 MPa (4 200 kg/cm2) de acuerdo con la normas NMX-B-294-1986 y NMX-C-407-ONNCCE-2001, y malla electrosoldada fabricada con varillas de acero redondo liso con resistencia a la fluencia fy no menor de 500 MPa (5 000 kg/cm2), de acuerdo a lo indicado en las normas NMX-B-253-1988 y NMX-B-290-1988.

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2) ASTM A 615M ó equivalente. 3) ASTM A 706M ó equivalente. 4) ASTM A 996M ó equivalente, para varillas provenientes de acero de riel tipo R.

b) Las mallas de varilla para refuerzo del concreto deben ajustarse a ASTM A 184M ó equivalente. Las varillas de refuerzo, utilizadas en mallas de varillas, deben cumplir con una de las especificaciones indicadas en el numeral 8.4.4.3.a.

c) El alambre corrugado para refuerzo del concreto debe cumplir con ASTM A 496 ó equivalente, excepto que el alambre no debe ser menor que el tamaño D4, y para alambre con una resistencia a la fluencia especificada, fy, mayor de 420 MPa (4 200 kg/cm2), fy será el esfuerzo correspondiente a una deformación de 0,35%, si la resistencia a la fluencia especificada en el diseño es mayor que 420 MPa (4 200 kg/cm2).

d) El alambre liso soldado para refuerzo del concreto debe cumplir con ASTM A 185 ó equivalente, a excepción del alambre con una resistencia a la fluencia, fy, que exceda 420 MPa (4 200 kg/cm2), fy deberá ser el esfuerzo correspondiente a una deformación de 0,35% si la resistencia a la fluencia especificada es mayor de 420 MPa (4 200 kg/cm2). Las intersecciones soldadas no deben estar espaciadas a más de 30 cm. en el sentido del esfuerzo calculado, excepto para mallas de alambre utilizadas como estribos.

e) La parrilla de alambre corrugado, soldado, para refuerzo de concreto debe cumplir con ASTM A 497 ó equivalente, a excepción del alambre con una resistencia a la fluencia especificada, fy, que exceda 420 MPa (4 200 kg/cm2), fy debe ser el esfuerzo correspondiente a una deformación de 0,35% si la resistencia a la fluencia especificada en el diseño excede de 420 MPa (4 200 kg/cm2). Las intersecciones soldadas no deben estar espaciadas a más de 40 centímetros, en el sentido del esfuerzo calculado, excepto para parrilla de alambre utilizada como estribos.

f) Las varillas galvanizadas de refuerzo deben cumplir con ASTM A 767M ó equivalente. Las varillas que han de ser galvanizadas o recubiertas con epóxico deben cumplir con ASTM A 775M ó equivalente o con ASTM A 934 ó equivalente. Las varillas de refuerzo con recubrimiento epóxico o galvanizadas deben cumplir con una de las especificaciones enlistadas en el numeral 8.4.4.3.a.

g) Los alambres con recubrimiento epóxico y la malla de alambre electrosoldada debe cumplir con ASTM A 884M ó equivalente. Los alambres que han de ser recubiertos con epóxicos deben cumplir con las especificaciones mencionadas en el numeral 8.4.4.3.c y la malla de alambre electrosoldada que vaya a ser recubierta con epóxico debe cumplir con las especificaciones mencionadas en el numeral 8.4.4.3.d.

8.4.4.4 Refuerzo liso.

a) Las varillas lisas para refuerzo en espiral deben cumplir con las especificaciones del numeral 8.4.4.3.a 2), 3) ó 4).

b) El alambre liso para refuerzo en espiral debe cumplir con ASTM A 82 ó equivalente, a excepción del alambre con una resistencia a la fluencia fy especificada, superior a 420 MPa (4 200 kg/cm2), fy será el esfuerzo que corresponda a una deformación del 0,35%, si la resistencia a la fluencia especificada en el diseño excede de 420 MPa (4 200 kg/cm2).

8.4.4.5 Cables de presfuerzo.

a) Los cables para el acero de presfuerzo deben cumplir con las especificaciones siguientes:

1) Alambre conforme a ASTM A 421 ó equivalente.

2) Alambre de baja relajación conforme a ASTM A 421 ó equivalente.

3) Torón conforme a ASTM A 416M ó equivalente.

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4) Varilla conforme a ASTM A 722 ó equivalente.

b) Los alambres, los torones y las varillas no incluidas en las especificaciones ASTM A 421, A 416M y A 722 ó sus equivalentes, se pueden usar, siempre que cumplan con los requisitos mínimos de estas especificaciones, y que no tengan propiedades que los hagan menos satisfactorios que los de las especificaciones mencionadas.

8.4.4.6 Acero estructural, tubos de acero o tuberías.

a) El acero estructural utilizado junto con varillas de refuerzo en un elemento compuesto sujeto a compresión, debe cumplir con los requisitos de la sección 10.16.7 ó 10.16.8 del ACI-318M-2002 ó equivalente, y debe ajustarse a una de las siguientes especificaciones:

1) ASTM A 36M ó equivalente.

2) ASTM A 242M ó equivalente.

3) ASTM A 572M ó equivalente.

4) ASTM A 588M ó equivalente.

b) Los tubos de acero o tuberías para elementos compuestos, sujetos a compresión, que estén compuestos de un tubo de acero relleno de concreto debe cumplir con los requisitos de la sección 10.16.6 del ACI-318M-2002 ó equivalente, deben ajustarse a una de las siguientes especificaciones:

1) Grado B de ASTM A 53 ó equivalente.

2) ASTM A 500 ó equivalente.

3) ASTM A 501 ó equivalente.

8.4.4.7 Anclas.

a) Estas deben ser de acero de acuerdo a la especificación ASTM A 307 Gr. A ó equivalente, ASTM A 36 ó equivalente o ASTM A 193 Gr. B7 ó equivalente, las roscas y tuercas deben cumplir con las especificaciones ANSI/ASME B.1.1 ó equivalente y ANSI/ASME B 18.2.1 ó equivalente respectivamente, las tuercas serán de cabeza hexagonal y las dimensiones, diámetros y formas deben apegarse a lo antes indicado.

b) Cuando se presenten interferencias entre las anclas y el acero de refuerzo, debe moverse el acero de refuerzo manteniendo el ancla en la posición especificada, con las siguientes tolerancias que se indican en la Tabla 1.

Dentro del grupo de anclas: ± 3 mm

Posición del grupo completo de anclas: ± 6 mm

Desplazamiento en el sentido de eje del ancla: ± 10 mm

Tabla 1. Tolerancias para colocación de anclas y acero de refuerzo.

8.5 Control de Calidad.

El contratista o prestador de servicios debe apegarse a lo indicado en las normas para la Administración de la Calidad NMX-CC-019-IMNC-1997 y para los Sistemas de la Gestión de la Calidad: NMX-CC-9000-IMNC-2000, NMX-CC-9001-IMNC-2000 y NMX-CC-9004-IMNC-2000.

8.6 Criterios de aceptación.

Verificar lo indicado en el capitulo 8.3 y que sea entregada la información en forma legible.

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9. RESPONSABILIDADES

9.1 De Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Vigilar la aplicación de esta norma de referencia, en las actividades de análisis y diseño de las estructuras de concreto.

9.2 Contratista o prestador de servicios.

9.2.1 Debe cumplir con los requerimientos especificados en esta norma de referencia:

9.2.2 El contratista o prestador de servicios, debe responder plenamente ante las observaciones y modificaciones indicadas por el Director Responsable de Obra (DRO) tanto en la memoria de calculo como en los planos y procedimientos de las estructuras de concreto señaladas en el capitulo 8.1, que se originen por no aplicar lo indicado en esta norma de referencia.

9.2.3 El contratista o prestador de servicios debe facilitar a Pemex acceso a los sistemas de calidad de su empresa y si subcontrata algún servicio, debe estipular en el contrato que se permita a Pemex el monitoreo y la auditoria de la calidad, sin que esto lo libere de la responsabilidad de efectuar los trabajos conforme plan de calidad establecido por él mismo.

9.3 Del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

9.3.1 Establecer vías de comunicación con las áreas usuarias de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para mantener el contenido y requerimientos de esta norma de referencia actualizados.

10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS Ó INTERNACIONALES

Esta norma de referencia no tiene concordancia con normas mexicanas o internacionales por no existir normatividad aplicable al momento de su elaboración.

11. BIBLIOGRAFÍA

Esta NRF se fundamenta con las referencias técnicas bibliográficas que se indican a continuación:

11.1 Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

CNPMOS-001 Guía para la Emisión de Normas de Referencia, revisión 1, 30 de septiembre de 2004.

11.2 Especificaciones de Petróleos Mexicanos.

2.131.01 Efectos de viento en las estructuras, segunda edición, 1988.

2.131.03 Diseño de estructuras de concreto, primera edición, 1975.

3.133.03 Acero de refuerzo en estructuras de concreto, segunda edición, 1991.

3.135.04 Unión mecánica de varillas de refuerzo para concreto, segunda edición, 1991.

3.135.05 Soldadura de varillas para refuerzo de concreto, primera edición, 1986.

4.137.03 Acero de refuerzo para concreto, primera edición, 1991.

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11.3 Especificaciones de PEMEX-Exploración y Producción.

P.2.0131.02 Principios generales de diseño estructural, primera edición, octubre 2000.

P.2.0131.04 Diseño de estructuras de concreto – Principios generales, primera edición, noviembre 2000.

P.3.0135.03 Acero de refuerzo en estructuras de concreto, primera edición, noviembre 2000.

P.3.0135.04 Unión mecánica de varillas de refuerzo para concreto, primera edición, octubre 2001.

P.4.0137.03 Acero de refuerzo para concreto, primera edición, septiembre 2000.

11.4 Especificaciones de PEMEX-Gas y Petroquímica Básica.

ESP-F-9100 Especificación civil-estructural. Bases y criterios de diseño de estructuras de concreto, revisión 2, junio 2001, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

ESP-F-9107 Especificación civil-estructural. Juntas y elementos empotrados, revisión 1, octubre 2000, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

ESP-F-9110 Especificación civil-estructural. Calidad y colocación de acero de refuerzo, revisión 1, octubre 2000, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

ESP-F-9114 Especificación civil-estructural. Diseño y Construcción de diques, revisión 2, abril 2002, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y Terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

ESP-F-9120 Especificación civil-estructural. Diseño y construcción de los cárcamos de almacenamiento de agua y recolector de aceite, revisión 2, junio 2002, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

ESP-F-9121 Especificación civil-estructural. Diseño y construcción de la estructura del sistema de quemado, revisión 2, junio 2002, para el proyecto Q-600-64-03: Construcción de dos plantas criogénicas modulares y terminal de recibo y distribución de gas LP y gasolinas naturales en el área de Reynosa, Tamps.

11.5 Reglamentos, Normas y manuales.

RCDF, Reglamento de construcciones para el Distrito Federal –Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero del 2004 y sus normas técnicas complementarias.

NTC del RCDF para Diseño y Construcción de Estructuras de Concreto – 06/octubre/2004 – Acuerdo - Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Manual de diseño de obras civiles de la Comisión Federal de Electricidad.- Sección C. Estructuras. Tomo I., Recomendaciones y Tomo II., Comentarios. Tema 1., Criterios de diseño. Capitulo 3 “Diseño por sismo” (1993)

Manual de diseño de obras civiles de la Comisión Federal de Electricidad.- Sección C. Estructuras. Tomo I., Recomendaciones y Tomo II., Comentarios. Tema 1., Criterios de diseño. Capitulo 4 “Diseño por Viento” (1993).

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11.6 Estándares Extranjeros.

ACI 318M-02 and Commentary ACI 318RM-02: Building Code Requirements for Structural Concrete; September 2002; Reported by ACI Committee 318. Código de Requerimientos de Construcción para Concreto Estructural; Septiembre 2002; divulgado por el Comité 318 del ACI. ANSI/ASME B1.1 1989; Standard: Unified Inch Screw Threads (UN and Thread Form); Approved by American National Standards Institute on 20 August 1991; Copyright 2003 ASME. Estándar: Hilos de rosca unificados de tornillos por pulgada (UN and Thread Form); Aprobado por el Instituto Nacional de Estándares Americano el 20 de agosto de 1991; Copyright 2003 ASME. ANSI/ASME B18.2.1a 1999 ADDENDA to ANSI/ASME B18.2.1 1996; Code or standard: Square and Hex Bolts and Screws (Inch Series); Approved by American National Standards Institute on April 9, 1999; Copyright 2002 ASME. Código o estándar: Pernos y tornillos de cabeza cuadrada y hexagonal (Serie Pulgadas); Aprobado por el Instituto Nacional de Estándares Americano en Abril 9, 1999; Copyright 2002 ASME. ANSI/AWS D1.4 1998; Structural Welding Code - Reinforcing Steel; Approved by American National Standards Institute November 6, 1997. Código de Soldadura Estructural – Acero Reforzado; Aprobado por el Instituto Nacional de Estándares Americano Noviembre 6 de 1997. ASTM A 36/A 36M 2005: Standard Specification for Carbon Structural Steel1; Copyright 2005 ASTM International. Especificación estándar para acero estructural al carbón; Copyright 2005 ASTM International. ASTM A 53/A 53M 2001: Standard Specification for Pipe, Steel, Black and Hot-Dipped, Zinc-Coated, Welded and Seamless; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Tubería de Acero Negra Revestida con Cinc Sumergida en Caliente, Soldada y sin Costura; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 82 1997a: Standard Specification for Steel Wire, Plain, for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Alambre de Acero Liso para Refuerzo en Concreto; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 184/A 184M 2001: Standard Specification for Welded Deformed Steel Bar Mats for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Deformaciones de Barras de Acero Soldadas con Autógena en Concreto Reforzado; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 185 1997: Standard Specification for Steel Welded Wire Fabric, Plain, for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Tela de Cable de Acero Soldada con Autógena en Concreto Reforzado; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 193/A 193M 2003: Standard Specification for Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting Materials for High-Temperature Service1; Copyright 2003 ASTM International. Especificación estándar de materiales para tornillería de acero inoxidable, acero de aleación y para servicio de alta temperatura; Copyright 2003 ASTM Internacional. ASTM A 242/A 242M 2004: Standard Specification for High-Strength Low-Alloy Structural Steel-AASHTO No.: M 161; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar para Acero Estructural AASHTO No M 161 de Baja-Aleación y Alto Esfuerzo; Copyright 2004 ASTM. ASTM A 307 2003: Standard Specification for Carbon Steel Bolts and Studs, 60 000 PSI Tensile Strength1; Copyright 2003 ASTM International. Especificación estándar para anclas y roldanas de acero al carbón, con 60 000 psi de Esfuerzo a la Tensión; Copyright 2003 ASTM Internacional. ASTM A 416/A 416M 1999: Standard Specification for Steel Strand, Uncoated Seven-Wire for Prestressed Concrete; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Torón de Acero, Siete-Alambres sin Recubrimiento para el Concreto Presforzado; Copyright 2001 ASTM ASTM A 421/A 421M 1998a: Standard Specification for Uncoated Stress-Relieved Steel Wire for Prestressed Concrete; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Alambre de Acero para Relevado de Esfuerzos sin Recubrimiento para el Concreto Presforzado; Copyright 2001 ASTM.

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ASTM A 496 2001: Standard Specification for Steel Wire, Deformed, for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Deformaciones de Cable de Acero en Concreto Reforzado; Copyright 2001 ASTM ASTM A 497 1999: Standard Specification for Steel Welded Wire Fabric, Deformed, for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Tela de acero soldada con autógena, deformaciones, en Concreto Reforzado; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 500 2003a: Standard Specification for Cold-Formed Welded and Seamless Carbon Steel Structural Tubing in Rounds and Shapes; Copyright 2003 ASTM International. Especificación estándar para Tubería de Acero al Carbón Rolada en Frío Soldada, sin Costura y perfiles Redondeados; Copyright 2003 ASTM Internacional. ASTM A 501 2001: Standard Specification for Hot-Formed Welded and Seamless Carbon Steel Structural Tubing; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Tubería Estructural de Acero al Carbón Rolada en Caliente Soldada, sin Costura; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 572A 572M 2004: Standard Specification for High-Strength Low-Alloy Columbium-Vanadium Structural Steel-AASHTO No.: M223; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar para Acero Estructural AASHTO No M 223 de Baja Aleación Columbioum-Vanadio y Alto Esfuerzo; Copyright 2004 ASTM. ASTM A 588/A 588M 2004: Standard Specification for High-Strength Low-Alloy Structural Steel with 50 ksi (345 MPa) Minimum Yield Point to 4-in. (100-mm) Thick-AASHTO No.: M 222; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar para Acero Estructural Plancha-AASHTO No M 222 de Baja Aleación con 50 ksi (345 MPa) y una Deformación Mínima de 4-in (100mm); Copyright 2004 ASTM. ASTM A 615/A 615M 2004: Standard Specification for Deformed and Plain Carbon Steel Bars for Concrete Reinforcement; Copyright 2004 ASTM International. Especificación estándar para Deformaciones de Barras Planas de Acero al Carbón en Concreto Reforzado; Copyright 2004 ASTM Internacional. ASTM A 706/A 706M 2004: Standard Specification for Low-Alloy Steel Deformed and Plain Bars for Concrete Reinforcement; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar para Deformaciones de Acero de Baja Aleación y Barras Planas en Concreto Reforzado; Copyright 2004 ASTM. ASTM A 722/A 722M 1998: Standard Specification for Uncoated High-Strength Steel Bars for Prestressing Concrete; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Barras d Acero de Alto-Esfuerzo sin Recubrimiento para Concreto Presforzado; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 767/A 767M 2000b: Standard Specification for Zinc-Coated (Galvanized) Steel Bars for Concrete Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para las Barras de Acero Revestidas con Cinc (Galvanizadas) en Concreto Reforzado; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 775/A 775M 2004: Standard Specification for Epoxy-Coated Steel Reinforcing Bars; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar de Barras de Acero de Refuerzo Recubiertas con Epóxico; 2004 ASTM. ASTM A 884/A 884M 2001: Standard Specification for Epoxy-Coated Steel Wire and Welded Wire Fabric for Reinforcement; Copyright 2001 ASTM. Especificación estándar para Alambre de Acero con Recubrimiento Epóxico y Malla de Alambre Soldada para Refuerzo; Copyright 2001 ASTM. ASTM A 934/A 934M 2004: Standard Specification for Epoxy-Coated Prefabricated Steel Reinforcing Bars; Copyright 2004 ASTM. Especificación estándar para Barras de Acero de Refuerzo Prefabricadas con Recubrimiento Epóxico; Copyright 2004 ASTM. ASTM A 996/A 996M 2004: Standard Specification for Rail-Steel and Axle-Steel Deformed Bars for Concrete Reinforcement; Copyright 2004 ASTM International. Especificación estándar para Deformaciones de Barras de Acero de Riel y Axle-Steel en Concreto Reforzado; Copyright 2004 ASTM Internacional.

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12. ANEXOS

12.1. Presentación de documentos equivalentes.

Sí el proveedor o contratista considera que un documento normativo es equivalente al documento normativo (norma, código, especificación o estándar extranjero) indicado en ésta norma de referencia debe solicitar por escrito a PEMEX la revisión, para en su caso otorgue autorización, del supuesto documento equivalente, anexando los antecedentes y argumentación en forma comparativa, concepto por concepto, demostrando que como mínimo se cumplen los requisitos de la norma, código, especificación o estándar en cuestión. PEMEX resolverá por escrito a dicha solicitud, indicando si es o no autorizado para utilizarse como documento normativo equivalente.

Los documentos señalados en el párrafo anterior si no son de origen mexicano, deben estar legalizados ante Cónsul Mexicano o cuando resulte aplicable, apostillados de conformidad con el “Decreto de promulgación de la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de agosto de 1995. Los documentos que se presenten en un idioma distinto al Español deben acompañarse con su traducción a dicho idioma Español, hecha por un perito traductor, considerando la conversión de unidades conforme a la NOM-008-SCFI-2002.

En caso que PEMEX no autorice el uso del documento normativo equivalente propuesto, el proveedor o contratista está obligado a cumplir con la normatividad establecida en esta norma de referencia.

En caso que Pemex no autorice el uso del documento normativo equivalente propuesto, el proveedor o contratista está obligado a cumplir con la normatividad establecida en esta Norma de Referencia.