el contrato de fideicomiso

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Año de la Consolidación del Mar de Grau DERECHO PRIVADO VIII CONTRATOS PARTE ESPECIAL II 8VO. CICLO PEA DERECHO TEMA: EL CONTRATO DE FIDEICOMISO Prof. Dr. Pio Dávila Dávila ALUMNAS: MARTHA LIZ DÍAZ MIRADA, CECILIA ISABEL PÉREZ BRUNETT CONSUELO PAOLA RÍOS DE LA FLOR DE APOLAYA

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Año de la Consolidación del Mar de Grau

DERECHO PRIVADO VIII CONTRATOS PARTE ESPECIAL II

8VO. CICLO PEA DERECHO

TEMA:

EL CONTRATO DE FIDEICOMISO

Prof. Dr. Pio Dávila Dávila

ALUMNAS:

MARTHA LIZ DÍAZ MIRADA,

CECILIA ISABEL PÉREZ BRUNETT

CONSUELO PAOLA RÍOS DE LA FLOR DE APOLAYA

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ETIMOLOGÍA

• Fideicommissum” dar en fe

• Fiducia” = confianza

• Pactum fiduciae ” concluido al efecto

PRECEDENTES

• DERECHO ROMANO = Legalidad de confianza

• DERECHO ANGLOSAJON (ingles) - siglo XII = USE-TRUST

• DERECHO GERMANICO

CONCEPTO

• Es un contrato, en el cual una o mas personas (llamada fideicomitente) transmiten bienes, cantidades de dinero o derechos, de su propiedad a otra persona (llamada fiduciaria), para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario.

El contrato de Fideicomiso

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El contrato de Fideicomiso

Es un negocio jurídico en virtud del

cual una persona llamada

FIDEICOMITENTE (Fiduciante o

Transmitente) transfiere uno o más

bienes o derechos de su propiedad a

otra persona, llamada FIDUCIARIO,

con el encargo de que los administre o

enajene y que, con el producto de su

administración, cumpla una finalidad

establecida en el acto constitutivo a

favor de una tercera persona llamada

FIDEICOMISARIO o beneficiario.

El artículo 241° de la

Ley General del Sistema Financiero y

del Sistema de Seguros y Orgánica de la

Superintendencia de

Banca y Seguros (Ley 26702)

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PERSONAL

REALES

Son las personas que intervienen en el

Fideicomiso

Es la transmisión

del bien o

derecho.

ELEMENTOS

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CARACTERÍSTICAS

GENERAL

enmarca todos los

usos que se le puede dar

al bien trasmitido en fideicomiso

TEMPORAL su vigencia extensión

limitada en el tiempo

EXCLUSIVO en la

misma medida que el derecho

de propiedad

REAL Y SOLEMNE

cuenta con las formalidades

de transferencia de propiedad y enmarcada

en una escritura pública

CONSENSUAL

consentimiento expreso de las

partes.

BILATERAL

las partes contratantes son dos el

fideicomitente y el

fiduciario.

ONEROSO

son valuables monetaria

mente

AUTÓNOMO Y PRINCIPAL

el fideicomiso no depende de otros contratos para su validez

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DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN

EN EL CONTRATO DE FIDEICOMISO

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

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CLASES DE CONTRATO DE FIDEICOMISO

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Formalidad y Publicidad

Protección de los Bienes

Término del Fideicomiso

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Formalidad y Publicidad

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Protección de los Bienes

La Ley General efectúa una precisión importante respecto a la titularidad de los bienes que son

objeto de un fideicomiso. Señala que los bienes que son transmitidos en fideicomiso constituyen

un patrimonio autónomo, el cual es distinto del patrimonio del fideicomitente, del fiduciario, del

fideicomisarlo y en su caso, del destinatario de los bienes remanentes.

De acuerdo a ello, debemos tener en cuenta que el bien o los derechos que se transfieren en

fideicomiso constituyen un patrimonio autónomo y diferente del patrimonio general del

fiduciario.

En este contexto, el patrimonio fideicometido no responde ni podrá encontrarse afectado por las

obligaciones del fiduciario, del fideicomitente o, de ser el caso, de sus herederos. Respecto a los

fideicomisarios, tal responsabilidad tampoco se podrá extender sobre los bienes del fideicomiso,

sino sólo respecto de los frutos o las prestaciones que se encuentren a su

disposición derivadas del fideicomiso, pero en ningún caso, al patrimonio fideicometido mismo.

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Protección de los Bienes

la única afectación que puede recaer sobre los bienes o derechos que integran el

patrimonio fideicometido se puede encontrar referida a las obligaciones y

responsabilidades que el fiduciario contraiga en ejercicio del dominio fiduciario,

derivadas de los actos que éste realice para el cumplimiento de la finalidad para la que

fue constituido el fideicomiso, así como respecto de todas aquellas obligaciones y

responsabilidades que hubiesen sido previstas en su documento constitutivo.

En consecuencia, resulta claro que los bienes o derechos o que forman parte de!

patrimonio fideicometido no pueden ser objeto de ninguna medida judicial o

extrajudicial en relación a las obligaciones y responsabilidades de ninguna de las partes

intervinientes en el contrato, salvo en los siguientes casos:

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Protección de los Bienes

*Cuando las obligaciones o las responsabilidades de las que se trate se refieran a aquellas asumidas por el fiduciario en el ejercicio del dominio fiduciario y se

deriven de los actos que efectúe para el cumplimiento de la finalidad para la cual se ha constituido el fideicomiso.

*Cuando se trate de obligaciones y responsabilidades que hubiesen sido previstas en el documento constitutivo del mismo: y Cuando se trate del fideicomisario,

respecto a los frutos o las prestaciones que se encuentran a su disposición derivados del fideicomiso.

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Término del Fideicomiso

Por cumplimiento de la condición a que se hubiere cometido (terminación de la obra,

cancelación de una deuda, etc.).

Por cualquier otra causal prevista en el contrato o testamento.

Al vencimiento del plazo máximo legal, que es de 30 años, desde su constitución, salvo que el

beneficio fuera incapaz, caso en el que podrá durara hasta su muerte o el cese de su incapacidad.

Producida la extinción del contrato de fideicomiso, el fiduciario deberá entregar los bienes

fideicomisitos a quien corresponda (fideicomisario o sus sucesores), según el contrato, el

testamento o la ley; otorgando los instrumentos, y contribuyendo a las inscripciones regístrales

que correspondan.

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CASOS DE CONTRATOS DE

FIDEICOMISO

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Fideicomitente Municipalidad de Ate

Fiduciario BNP

Fideicomisarios Prestamistas: Continental y BCP

Municipalidad de Ate

Pago de Arbitrios 1

Patrimonio

Autónomo

1 2 3

Pago de Arbitrios 2

Pago de Arbitrios n

Pago de Arbitrios 3

. . .

Caso Municipalidad de Ate Vitarte

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Fideicomitente Empresa Minera

Fiduciario

Fideicomisarios Cotabambas

Grau

Comisión

Administradora Autoridades Regionales

ACTIVOS US$45,5 millones

PASIVOS

Certificados de participación

Patrimonio

Autónomo

1 2

3

Caso Bambas

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“Bien podemos decir, que el origen de la

relación fiduciaria debe necesariamente

hallarse en el hito de cuando el hombre

depositó su confianza, en el hombre

mismo.

Sobre esta relación humana se

cimienta el fideicomiso como

institución jurídica”

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Gracias

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