Tribunal Costitucional

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normas de tribunal constitucional y definiciones y casos.

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FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESESCUELA ACADMICO PROFESIONAL DE ADMINISTRACION Y NEGOCIOS INTERNACIONALES

Integrantes: SHUA FLORES IRIS JAZMIN SAAVEDRA SHUA BILLYAsunto: TRIBUNAL CONSTITUCIONALProfesor:Dr. BISMARCK CUMPA QUIROZAsignatura:DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVOCiclo: IV

TRIBUNAL CONSTITUCIONALEl Tribunal o Corte Constitucional es aquel rgano especializado que tiene a su cargo, principalmente, hacer efectiva la primaca de la Constitucin.

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL PER

Es el rgano de control de la constitucionalidad, es autnomo e independiente. (Art. 202 de la Constitucin Poltica del Per, Art. 1 Ley Orgnica del Tribunal Constitucional N 28301). Interviene para restablecer el respeto a la Constitucin en general y de los derechos constitucionales en particular la misma que ejerce fundamentalmente a travs de las acciones de inconstitucionalidad, pero adems, a travs de los recursos extraordinarios en procesos de hbeas corpus, amparo, hbeas data y accin de cumplimiento, y, a travs de los conflictos de competencia y de atribuciones.

Cules son sus rganos constitucionales? El poder Ejecutivo, El poder Legislativo, El poder Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, el JNE, el Sistema Electoral, el Ministerio Pblico, la Defensora del Pueblo.Cuntos miembros tiene el Tribunal Constitucional?El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la Repblica por un periodo de cinco aos.

A travs de qu atribuciones el Tribunal Constitucional ejerce la funcin de control de la constitucionalidad? Estn fijadas en el art. 202 de la C.P.P:Fundamentalmente a travs del proceso de inconstitucionalidad, pero adems, a travs de los recursos de agravio constitucional en procesos de hbeas corpus, amparo, hbeas data y accin de cumplimiento, y, a travs de los conflictos de competencia y de atribuciones.

Conocer, en instancia nica, la accin de inconstitucionalidad:El artculo 75 del Cdigo Procesal Constitucional seala que los procesos de inconstitucionalidad, tienen por finalidad la defensa de la Constitucin frente a infracciones contra su jerarqua normativa.

SOBRE EL RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONALEs aquel medio impugnativo contra las sentencias expedidas en segunda instancia en el Poder Judicial, que posibilita a las personas a acudir al Tribunal Constitucional como ltima instancia para obtener el restablecimiento de sus derechos constitucionales vulnerados o amenazados.

Cules son los Procesos Constitucionales?La Constitucin los denomina en su artculo 200 como "Acciones de Garanta. Sin embargo, desde un punto de vista ms estricto, cientfico procesal y conforme al Cdigo Procesal Constitucional, se trata de procesos constitucionales. Estos son siete:Proceso de Hbeas Corpus.Proceso de Amparo.Proceso de Hbeas Data.Proceso de Cumplimiento.Proceso de Inconstitucionalidad.Proceso de Conflicto de Competencia o de Atribuciones (Art. 202, inciso 3, de la Constitucin).Proceso de Accin Popular.

Cmo se clasifican los procesos constitucionales?Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales y son los siguientes: proceso de hbeas corpus, amparo, hbeas data y proceso de cumplimiento (accin de cumplimiento).

Procesos de control normativo.- Tienen por objeto proteger jurdicamente la primaca de la Constitucin respecto a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso inconstitucionalidad, y de la primaca de la Constitucin y de la ley respecto al resto de normas de jerarqua inferior a la ley, en el caso del proceso de accin popular.

Proceso de conflicto competencial.- Tiene por objeto la proteccin de las competencias que la Constitucin y las leyes orgnicas atribuyen a los poderes del Estado, rganos constitucionales y a los gobiernos regionales y locales (municipalidades). Est comprendido nicamente por el proceso de conflictos constitucionales o de atribuciones.

Qu significa que las sentencias del Tribunal Constitucional tienen autoridad de cosa juzgada?

Significa que no cabe recurso impugnatorio alguno contra la sentencia que verse sobre el fondo emitida por el Tribunal constitucional.Con la sentencia del Tribunal Constitucional se agota la jurisdiccin nacional.

Reglamento Normativo del Tribunal ConstitucionalArtculo 18.- Los Magistrados del Tribunal Constitucional no estn sujetos a mandato imperativo, ni reciben instrucciones de ninguna autoridad. Gozan de inviolabilidad e inmunidad. No responden por los votos u opiniones emitidos en el ejercicio de su funcin. Artculo 20.- Los Magistrados tienen derecho de: Artculo modificado por el Artculo Primero de la Resolucin Administrativa N 034-2005-P-TC

CONCLUSIONESEl Tribunal Constitucional es el rgano de control Constitucional en un pas, teniendo importantes finalidades siendo una de las principales el soporte jurdico poltico, merece ser resguardado, asimismo dotarlo de leyes ms giles y eficaces para un mejor funcionamiento, en nuestra actualidad a efecto de que nuestro pas tenga una estabilidad en el Respeto a los Derechos inherentes de la persona denominados tambin Derechos Fundamentales para el beneficios de los ciudadanos peruanos.