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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ (R.O.F .) CARHUAZ 2011

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REGLAMENTO DE ORGANIZACINY FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ(R.O.F.)

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZCARHUAZ 2011

Reglamento de Organizacin y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz

INDICE

INTRODUCCIN

TTULO PRIMERO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPTULO I

DEL CONTENIDO, CARACTERSTICAS DE LA ORGANIZACIN Y MBITO DE APLICACIN DEL REGLAMENTODE LA NATURALEZA, JURISDICCIN, FINALIDAD, FUNCIONES GENERALES COMPETENCIA Y OBJETIVO

TTULO SEGUNDO

DE LA ESTRUCTURA ORGNICA

CAPTULO I

ESTRUCTURA ORGNICA

CAPTULO II

DE LOS RGANOS DE GOBIERNO DEL CONCEJO MUNICIPALDE LA ALCALDA

CAPTULO III

DE LOS RGANOS DE ALTA DIRECCIN DE LA GERENCIA MUNICIPAL

CAPTULO IV

DE LOS DE RGANOS DE COORDINACIN DE LAS COMISIONES DE REGIDORESDEL CONCEJO DE COORDINACIN LOCAL PROVINCIAL DE CARHUAZ DEL COMIT PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL

CAPTULO V

DE LOS RGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL DEL RGANO DE AUDITORA INTERNADE LA PROCURADURA PBLICA MUNICIPAL

CAPTULO VI

DE LOS RGANOS DE ASESORAMIENTO

DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DE LA GERENCIA DE ASESORA JURDICA

CAPTULO VII

DE LOS RGANOS DE APOYO DE LA SECRETARIA GENERALDE LA OFICINA DE EJECUTORA COACTIVA DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONALDE LA GERENCIA ADMINISTRACIN FINANZAS Y TRIBUTARIA

CAPTULO VIII

DE LOS RGANOS DE LNEA

DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL

DE LA GERENCIA DE DESARROLLO ECONMICO, TURISMO Y AMBIENTE DE LA GERENCIA DE SERVICIOS PBLICOSDE LA GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DE LA GERENCIA DE LA JUVENTUD

CAPTULO IX

DE LOS RGANOS DESCONCENTRADOS

DEL SERVICIO DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRDITO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADODEL INSTITUTO VIAL PROVINCIAL IVP DE LOS CENTROS POBLADOS

TTULO TERCERO

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

TTULO CUARTO

DEL RGIMEN LABORAL

TTULO QUINTO

DEL RGIMEN ECONMICO

TTULO SEXTO

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

CAPTULO I

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

CAPTULO II

DISPOSICIONES FINALES

PRESENTACIN

En la formulacin del presente documento de gestin se han considerado los siguientes criterios organizacionales: La especializacin, profesionalizacin, modernizacin tecnolgica, gerencializacin, eficiencia, racionalizacin y antecedentes organizacionales. Para la elaboracin de este documento se ha contado con un equipo tcnico especializado y de experiencia, con la participacin activa de los funcionarios. Conforme al Plan Estratgico Institucional, entrevistas, observaciones diversas, as como el estudio comparativo de otras realidades y consulta de textos acadmicos sobre la materia.

Este documento es un instrumento bsico estructural que evita el fenmeno de la superposicin de funciones y asegura la implementacin adecuada de niveles jerrquicos, canales de comunicacin organizacional, manuales de procedimientos y otros, dndose cumplimiento de esta forma a la obligacin de la formulacin de dichos documentos conforme a ley. Su contenido permite conocer funciones y/o facultades de los rganos hasta el tercer nivel institucional.

La organizacin descrita en el presente Reglamento est diseada para lograr la eficacia y eficiencia municipal en la prestacin de los servicios pblicos locales de su competencia; propicia el trabajo coordinado y en equipo de las diferentes unidades orgnicas descritas. Favorece asimismo una mayor participacin ciudadana y desarrollo de nuestra provincia.

El Reglamento contiene ciento cincuenticuatro (154) Artculos, ordenados en nueve (09) Captulos, seis (06) Ttulos y Nueve (09) Disposiciones Complementarias, (06) Transitorias y Finales, as como el Organigrama de la Estructura de la Municipalidad, ste ha sido elaborado segn las normas y criterios tcnicos formulados por el Instituto Nacional de Administracin Pblica, que a la fecha se encuentran vigentes.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ

TTULO PRIMERO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPTULO IDEL CONTENIDO, CARACTERSTICAS DE LA ORGANIZACIN Y MBITO DE APLICACIN DEL REGLAMENTO

Artculo 1.- ContenidoEl presente Reglamento de Organizacin y Funciones es un instrumento normativo de gestin que determina la naturaleza, finalidad, objetivos, organizacin, Estructura Orgnica, relaciones, funciones y atribuciones generales de los rganos que conforman la Municipalidad Provincial de Carhuaz, as como; la relacin de ste con las Instituciones y Empresas bajo su mbito en concordancia con la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades y dems disposiciones afines.

Artculo 2.- Caractersticas de la OrganizacinLa organizacin de la Municipalidad Provincial de Carhuaz se orienta a:a) Evitar la competencia.b) Establecer con claridad los niveles de autoridad y responsabilidad.c) Reflejar la estructura orgnica coherente con el objetivo institucional, para asegurar la oportuna atencin de los servicios pblicos.d) Promover la flexibilidad de accin para que la entidad se adecue a cambios polticos, econmicos y tecnolgicos.e) Coadyuvar al logro de nuestra visin y misin en trabajo compartido todas las instancias de gestin y rganos de gobierno.

La Municipalidad Provincial de Carhuaz, para el adecuado cumplimiento de las funciones normativas y ejecutivas asignadas por Ley, se encuentra de la siguiente manera: Alcalda Gerencia Municipal Gerencias Divisiones Oficinas reasLas Gerencias emiten Resoluciones en primera instancia, en asuntos administrativos de su competencia, las impugnaciones sern resueltos por el Gerente Municipal en ltima y definitiva instancia, agotndose la va administrativa.

Artculo 3.- DomicilioLa capital de la provincia de Carhuaz, Regin Ancash es sede de la Municipalidad Provincial de Carhuaz y tiene su domicilio legal en la Av. La Merced N 653 - Carhuaz de la Regin Ancash.

Artculo 4.- mbitoLas normas establecidas en el presente reglamento son de aplicacin y cumplimiento obligatorio de todos los rganos de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, en el mbito de su competencia.

Artculo 5.- Marco Legal

1. Ley N 27680 Ley de Reforma de la Constitucin Poltica del Per, Captulo XIV, Ttulo IV.2. Ley N 27783 Ley de Bases de la Descentralizacin.3. Ley N 27867 Ley Orgnica de Gobiernos Regionales.4. Ley N 27902 Ley que modifica la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales.5. Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades.6. Ley N28175 Ley Marco del Empleado Pblico.7. Decreto Supremo N 43-2004-PCM

DE LA NATURALEZA, JURISDICCIN, FINALIDAD, FUNCIONES GENERALES COMPETENCIA Y OBJETIVOS

Artculo 6.- Naturaleza JurdicaLa Municipalidad Provincial de Carhuaz, tiene personera jurdica de derecho pblico, y autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo un Pliego Presupuestal para su administracin, econmica y financiera.

Artculo 7.- JurisdiccinLa Municipalidad Provincial de Carhuaz, es creada por Ley N 7951, de fecha14 de Diciembre de 1934 que goza de las competencias sealadas en la Ley N 27972, Ley Orgnica Municipalidades y sus modificatorias, con jurisdiccin en el mbito territorial de la Provincia de Carhuaz, Departamento de Ancash.

Artculo 8.- Finalidad.La Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene como finalidad: Representar al vecindario as como promover la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral sostenible y armnico de su circunscripcin.

Artculo 9.- Funciones GeneralesLa Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene las competencias y ejerce funciones y atribuciones que seala la Constitucin Poltica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacin, la Ley Orgnica de Municipalidades, la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales y dems disposiciones vigentes.

Artculo 10.- CompetenciaLa Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene la competencia y ejerce las funciones y atribuciones que seala la Constitucin Poltica del Estado, la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, y dems disposiciones vigentes.

Artculo 11.- Objetivos de la EntidadLa Municipalidad Provincial de Carhuaz, persigue los siguientes objetivos:a) Planificar integralmente el desarrollo local en el mbito de su jurisdiccin.b) Atender con eficiencia los servicios municipales esenciales como: saneamiento ambiental, limpieza pblica, agua potable y alcantarillado, mercado de abastos, camal y ferias, seguridad ciudadana, registro nacional de identificacin y estado civil, promocin cultural y otros en el mbito de su jurisdiccin.c) Satisfacer adecuada y oportunamente las necesidades de infraestructura bsica, rural y urbana, facilitando la accesibilidad permanente.d) Estimular e institucionalizar la participacin de la poblacin en la prestacin de servicios pblicos locales y en la gestin municipal, mediante el ejercicio de los derechos de iniciativa y peticin, as como el cumplimiento de las normas municipales y distintas formas de trabajo comunal.e) Promover el desarrollo econmico de la provincia, sobre la base de la produccin, procesamiento y comercializacin agropecuaria y el potencial turstico.f) Desarrollar programas y servicios estratgicos, orientados al desarrollo humano y la reduccin de la pobreza en la provincia.

TTULO SEGUNDO

DE LA ESTRUCTURA ORGNICA CAPTULO IESTRUCTURA ORGNICA

Artculo 12.- Estructura OrgnicaLa estructura orgnica de la Municipalidad Provincial de Carhuaz es la siguiente:

1. RGANOS DE GOBIERNO Cdigo 01.1 Concejo Municipal Cdigo 01.2 Alcalda

2. RGANOS DE ALTA DIRECCIN: Cdigo 02.1 Gerencia Municipal

3. RGANOS DE COORDINACIN:Cdigo 03.1 Comisiones de RegidoresCdigo 03.2 Concejo de Coordinacin Local de CarhuazCdigo 03.3 Comit de Defensa Civil

4. RGANOS DE CONTROL INTERNO: Cdigo 04.1 rgano de Auditora Interna Cdigo 04.2 Procuradura Pblica Municipal

5. RGANOS DE ASESORAMIENTO:Cdigo 05.1 Gerencia de Planeamiento y PresupuestoCdigo 05.2 Gerencia de Asesora Jurdica.

6. RGANOS DE APOYO:Cdigo 06.1 Secretaria GeneralCdigo 06.2 Gerencia Administracin Finanzas y Tributaria

7. RGANOS DE LNEA:Cdigo 07.1 Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural.Cdigo 07.2 Gerencia de Desarrollo Econmico, Turismo y Medio Ambiente. Cdigo 07.3 Gerencia de Servicios Pblicos.Cdigo 07.4 Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Cdigo 07.5 Gerencia de la Juventud.

8. ORGANISMOS PBLICOS DESCENTRALIZADOS: Cdigo 08.1 Servicio Municipal de Ahorro y Crdito. Cdigo 08.2 Servicio de Agua Potable y Alcantarillado. Cdigo 08.3 Instituto Vial Provincial IVPCdigo 08.4 Municipalidades de Centros Poblados

CAPTULO II

01. DE LOS RGANOS DE GOBIERNO

01.1 DEL CONCEJO MUNICIPAL

Artculo 13.- El Concejo Municipal Provincial est conformado por el Alcalde y los siete (07) Regidores. Ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, con las atribuciones que le confiere la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades y sus modificatorias, y se rige por su Reglamento Interno RIC, y dems disposiciones vigentes.

Artculo 14.- Son atribuciones del Concejo Municipal las establecidas en el artculo 9 de la Ley Orgnica de Municipalidades.

a) Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el PresupuestoParticipativo.b) Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Municipal Concertados y su Presupuesto Participativo.

c) Aprobar mediante Ordenanza el Rgimen de Organizacin Interna y Funcionamiento del Gobierno Local. Documentos De Gestin: Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), Cuadro de Asignacin de Personal (CAP), Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y otros documentos que la normatividad especifique el nivel de aprobacin mencionando.d) Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano (PDU). e) Aprobar el Plan Desarrollo de Capacidades.f) Aprobar el Sistema de Gestin Ambiental Local (SGAL) y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestin ambiental nacional y regional.g) Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.h) Crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley.i) Declarar la vacancia o suspensin de los cargos de Alcalde y Regidor.j) Autorizar los viajes al exterior del pas que, en comisin de servicios o representacin de la Municipalidad, realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario.k) Aprobar por ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal(RIC).l) Aprobar los proyectos de la Ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la Repblica.m) Aprobar normas que garanticen una efectiva participacin vecinal.n) Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.o) Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos sealados por Ley, bajo responsabilidad.p) Aprobar el balance y la memoria.q) Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios pblicos municipales al sector privado a travs de concesiones o cualquier otra forma de participacin de la inversin privada permitida por Ley, conforme a los artculos 32 y 35 de la Ley Orgnica de Municipalidades.r) Aprobar la creacin de agencias municipales.s) Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.t) Solicitar la realizacin de exmenes especiales, auditoras econmicas y otros actos de control.u) Autorizar y atender los pedidos de informacin de los regidores para efectos de fiscalizacin.v) Autorizar al Procurador Pblico Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el rgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; as como en los dems procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.w) Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios pblicos, por mayora calificada conforme a ley.x) Aprobar la donacin o la sesin en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades pblicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pblica.

y) Aprobar la celebracin de convenios de cooperacin nacional e internacional y convenios interinstitucionales.z) Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde y los Regidores, no pudiendo concederse licencias simultneamente a un nmero mayor de40% (cuarenta por ciento) de los Regidores.aa)Aprobar el rgimen de administracin de sus bienes y rentas, as como el rgimen de administracin de los servicios pblicos locales.bb)Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave.cc) Plantear los conflictos de competencia.dd)Aprobar el Cuadro de Asignacin de Personal y las bases de las pruebas para la seleccin de personal y para los concursos de provisin de puestos.ee)Fiscalizar la gestin de los funcionarios de la Municipalidad.ff) Aprobar los espacios de concertacin y participacin vecinal, a propuesta del Alcalde, as como reglamentar su funcionamiento.gg)Las dems atribuciones que le correspondan conforme a ley.

Artculo 15.- El Concejo Municipal celebrar sesiones con sujecin o su propio Reglamento, y de acuerdo a lo prescrito en la ley Orgnica de Municipalidades.

Artculo 16.- Los Regidores del Concejo Provincial, son representantes de los vecinos de su jurisdiccin, elegidos por votacin popular. Ejercen funcin pblica y gozan de las prerrogativas y preeminencias que la Ley Orgnica de Municipalidades establece.

Artculo 17.- Son atribuciones y obligaciones de los Regidores las establecidas en el artculo 10 de la Ley Orgnica de Municipalidades.a) Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos. b) Formular pedidos y nociones de orden del da.c) Desempear por delegacin las atribuciones polticas del Alcalde. d) Desempear funciones de fiscalizacin de la Gestin Municipal.e) Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias especiales que determine el Reglamento Interno del Concejo (RIC),y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal.f) Mantener comunicacin con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solucin de problemas.

Artculo 18.- Responsabilidades, impedimentos y derechos de los Regidores: Los Regidores de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, tienen las responsabilidades, impedimentos y derechos comprendidos en el artculo 11 de la Ley Orgnica de Municipalidades.

Artculo 19.- Mediante Reglamento Interno, el Concejo Municipal, normar su rgimen interior, precisar las competencias que la Ley Orgnica de Municipalidades establece, el mbito de las atribuciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones y el funcionamiento, nmero y composicin de las Comisiones de Regidores.

01.2 DE LA ALCALDA

Artculo 20.- La Alcalda es el rgano ejecutivo de la Municipalidad Provincial. El Alcalde es el representante legal y su mxima autoridad administrativa. Ejerce las funciones y atribuciones que le confiere la Constitucin Poltica del Estado, la Ley Orgnica de Municipalidades, sus modificatorias, las dems normas afines vigentes.

Artculo 21.- Son atribuciones del Alcalde las contenidas en el artculo 20 de la y Orgnica de Municipalidades:a. Defender y cautelar los Derechos e Intereses de la Municipalidad y los vecinos.b. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. c. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad.d. Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos. e. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicacin.f. Dictar Decretos y Resoluciones de Alcalda, con sujecin a las Leyes yOrdenanzas.g. Dirigir la formulacin y someter a aprobacin del Concejo el Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil.h. Dirigir la ejecucin de los planes de Desarrollo Municipal.i. Someter a aprobacin del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la Repblica, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado.j. Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley.k. Someter a aprobacin del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el Balance General y la memoria del ejercicio econmico fenecido.l. Proponer al Concejo Municipal la creacin, modificacin, supresin o exoneracin de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencia, y con Acuerdo del Concejo Municipal, solicitar al Poder Legislativo la creacin de los impuestos que considere necesarios.m. Someter al Concejo Municipal la aprobacin del sistema de Gestin Ambiental Local y de sus instrumentos, dentro del marco del Sistema de Gestin Ambiental Nacional y Regional.n. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los Administrativos y todos los que sean necesarios para el Gobierno y la Administracin Municipal.o. Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudacin de los ingresos Municipales y autorizar los egresos de conformidad con la Ley y el presupuesto aprobado.p. Celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas delCdigo Civil.

q. Designar y cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de ste, a los dems funcionarios de confianza.r. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y dems servidores de la municipalidad.s. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio delSerenazgo y la Polica Nacional.t. Delegar sus atribuciones polticas en un regidor hbil y las administrativas en el Gerente Municipal.u. Proponer al Concejo Municipal la realizacin de auditoras, exmenes especiales y otros actos de control.v. Implementar bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditora interna.w. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.x. Proponer la creacin de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participacin accionaria, y recomendar la concesin de obras de infraestructura y servicios pblicos municipales.y. Supervisar la recaudacin municipal, el buen funcionamiento y los resultados econmicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios pblicos municipales ofrecidos y directamente o bajo delegacin al sector privado.z. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipalidades de carrera.aa. Proponer al concejo municipal las operaciones de crdito interno y externo, conforme a ley.bb. Presidir el Comit de Defensa Civil de su jurisdiccin.cc. Suscribir convenios con otras municipalidades para la viabilidad PIPejecucin de obras y prestacin de servicios comunes.dd. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal.ee. Proponer al concejo municipal espacios de concertacin y participacin vecinal.ff. Resolver en ltima instancia administrativa los actos administrativos materia de impugnacin, agotndose la va administrativa.gg. Delegar a las Gerencias Funciones, emisin de Resoluciones VaResolucin de Alcalda.hh. Las dems que le correspondan de acuerdo a ley.

CAPTULO III

02.DE LOS ORGANOS DE ALTA DIRECCIN

02.1 DE LA GERENCIA MUNICIPAL

Artculo 22.- La Gerencia Municipal es el rgano de Direccin de mayor nivel tcnico - administrativo institucional y constituye cargo de confianza de conformidad con la Ley Orgnica de Municipalidades, depende directamente del Alcalde en los aspectos administrativos y funcionales. La Gerencia

Municipal es designada por el Alcalde y puede ser cesado por ste o por el Concejo Municipal mediante acuerdo con sujecin a la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.

Artculo 23.- El Gerente Municipal tambin puede ser cesado mediante acuerdo del concejo municipal adoptado por dos tercios del nmero hbil de regidores tanto se presenten cualquiera de las causales previstas en su atribucin contenida en la ley orgnica de municipalidades.

Artculo 24.- En el proceso de cambio y desarrollo institucional su rol de liderazgo se plasma en aplicar la filosofa de la gestin impartida por el Alcalde, a la realidad de la gestin municipal; debe tener una visin global para la organizacin y gestin de los procesos institucionales de produccin de bienes y servicios para la comunidad; debe supervisar las acciones municipales y plantear las alternativas de solucin para superar las dificultades que impidan alcanzar las metas y objetivos de gestin. Define y coordina los procesos de gestin de las gerencias, as como resuelve los conflictos de competencia que se presenten entre ellas.

Artculo 25.- Tiene por objetivo la gestin estratgica de la municipalidad desarrollando los procesos de planificacin, organizacin, direccin, control concurrente y posterior, a efectos de alcanzar elevados niveles de eficiencia y eficacia en las acciones municipales en beneficio de la comunidad.

Artculo 26.- Tiene como misin asegurar la buena marcha de la gestin municipal administrativa, coordina la atencin de los servicios municipales y la realizacin de las inversiones municipales, sustentada en los principios de legalidad, economa , transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacin y seguridad ciudadana.

Artculo 27.- La Gerencia Municipal para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades cuenta con el organigrama aprobado por Consejo Municipal, estructurado por dos rganos de Asesoras; una Gerencia de Apoyo, cinco Gerencias de Lnea y cuatro rganos desconcentrados, a travs de las cuales ejerce plena autoridad y responsabilidad corporativa.

Artculo 28.- El rea de Equipo Mecnico y Extraccin de lveos depende jerrquicamente del Gerente Municipal y est a cargo de un profesional con categora de Jefe de rea, coordina sus actividades con la Gerencia Municipal y los dems unidades orgnicas.

Artculo 29.- Corresponde a la Gerencia Municipal las funciones que se detallan adems de lo dispuesto en la Ley Orgnica de Municipalidades:1. Elaborar, Proponer y ejecutar el Plan Operativo Institucional correspondiente a la Municipalidad Provincial de Carhuaz en coordinacin con las Gerencias.2. Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuestarios, econmicos, financieros, materiales y equipos de la institucin municipal.

3. Dirigir y conducir la gestin administrativa, financiera y econmica de la Municipalidad de Carhuaz, as como el funcionamiento y la prestacin de los servicios municipales en general.4. Dirigir, supervisar y controlar las acciones de los rganos de asesora y apoyo; rganos tcnico normativos; rganos de ejecucin y operaciones de servicio y bienes pblicos locales; y, rgano de apoyo administrativo de la gestin municipal.5. Programar, organizar, dirigir, supervisar, coordinar y controlar las acciones de gestin municipal, relacionadas con la ejecucin y cumplimiento de los Planes de Desarrollo Local Concertado, Desarrollo Institucional, as como del Plan Operativo Institucional y Presupuesto Participativo Municipal para cada periodo anual.6. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de modernizacin y fortalecimiento institucional para garantizar que el desarrollo de la organizacin ste acorde con los objetivos estratgicos del desarrollo local.7. Programar, organizar y supervisar los siguientes procesos: personal, econmica, financiera, logstica y de servicios generales de la municipalidad.8. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de comunicacin y toma de decisiones de los funcionarios que asegure una adecuada motivacin y compromiso del personal con los objetivos institucionales para alcanzar de manera coordinada, eficiente y eficaz las metas propuestas en los planes de desarrollo y planes de accin.9. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de control y evaluacin de los resultados de la gestin municipal a efecto que se rinda cuenta permanentemente a la comunidad del avance en el logro de las metas y objetivos institucionales y del desarrollo local.10.Proponer al Alcalde las polticas y acciones de gestin municipal, de los servicios pblicos y de las inversiones.11.Proponer al Alcalde las normas y disposiciones necesarias para el desarrollo de los procesos de planeamiento, organizacin, gestin de personal, gestin econmica y financiera, gestin informtica, gestin logstica y de servicios generales, control y evaluacin de la gestin municipal.12.Ejercer el liderazgo en la gestin municipal, en la prestacin de los servicios pblicos municipales y en la realizacin de las inversiones, desarrollando una administracin estratgica para alcanzar altos niveles de productividad y calidad de la gestin, en un ambiente de competitividad, creatividad, innovacin y de cambios continuos; incorporando permanentemente nuevas tecnologas en los procesos municipales.13.Velar por la legalidad y continuidad de todos los procesos de la gestin municipal, y brindar apoyo al Alcalde en las acciones ejecutivas de la gestin municipal; informando y dndole cuenta de las acciones municipales.

14.Emitir resoluciones de gerencia municipal aprobando directivas o resolviendo asuntos administrativos de su competencia; as como en aquellas otras materias que le fuesen delegados por el Alcalde.15.Formular el Informe Anual de Rendicin de Cuentas de la entidad, para que sea suscrito por el Alcalde antes de su remisin a la Contralora General de la Repblica y sea expuesto ante el Concejo Municipal y las instancias de fiscalizacin y coordinacin vecinal.16.Informar o emitir opinin sobre la gestin municipal solicitados por losRegidores o las comisiones del Concejo Municipal.17.Suscribir por delegacin del Alcalde, las acciones que corresponden al titular del pliego presupuestario.18.Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y polticas de gestin emanadas por el Concejo Municipal y el Alcalde, disponiendo adecuadamente de los recursos materiales, econmico - financieros y del personal necesario para cada rea de gestin municipal, a efectos de cumplir con los objetivos y metas institucionales.19.Representar al Alcalde ante organismos pblicos y privados nacionales e internacionales, en actos relacionados con la gestin municipal y los servicios pblicos locales.20.Presentar al Alcalde la memoria anual de la Municipalidad.21.Presidir o participar en comisiones de trabajo para formular y recomendar acciones de desarrollo municipal.22.Resolver y disponer en concordancia con la normatividad vigente la atencin de los asuntos internos de la municipalidad, con el objeto de agilizar y dar mayor fluidez de la gestin municipal.23.Asistir a las sesiones de concejo con derecho a voz, pero sin voto.24. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Alcalde.2.1.1. DEL AREA DE EQUIPO MECNICO Y EXTRACCIN DE ALVEOS Artculo 30.- El rea de Equipo Mecnico y Extraccin de lveos es el rganoque asegura el uso ptimo de las unidades de transporte, maquinara y equipo mecnico con que cuenta la Municipalidad Provincial, as como la extraccin y traslados de agregados desde las canteras municipales, sus funciones son:a) Seleccionar el equipo mecnico pesado adecuado para la demanda que tiene la Municipalidad.b) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y ejecutar las acciones relacionadas con la dotacin de unidades de transporte, maquinaria y equipo mecnico con que cuenta la Municipalidad Provincial para la ejecucin de actividades y proyectos de la Institucin.c) Evaluar de manera permanente el equipo mecnico de las unidades de transporte, maquinaria y equipo mecnico a cargo de la Municipalidad Provincial, incluyendo aprovisionamiento de combustibles y lubricantes bajo criterios de normatividad tcnica y uso racional de recursos disponibles.d) Programar la movilizacin y desmovilizacin de los vehculos.

e) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las acciones relacionadas con la extraccin de materiales agregados de las canteras municipales, as como el traslado a las otras actividades en los que se requiera.f) Otras funciones que la asigne la Gerencia Municipal en el mbito de su competencia.

CAPTULO IV

03. DE LOS RGANOS DE COORDINACIN

03.1 DE LAS COMISIONES DE REGIDORES

Artculo 31.- Las Comisiones de Regidores pueden ser ordinarias o especiales. Desarrollan dentro de sus atribuciones y fines para las que son constituidas, funciones legislativas, fiscalizadoras y de asesoramiento con acuerdo del Concejo.El Reglamento Interno del Concejo (R.l.C.) determina su rgimen de organizacin y funciones; adems, se rige por la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, sus modificatorias y dems normas afines.

03.2 DEL CONCEJO DE COORDINACIN LOCAL PROVINCIAL DE CARHUAZ

Artculo 32.- El Concejo de Coordinacin Local de Carhuaz, es un rgano de coordinacin y concertacin de la Municipalidad Provincial, integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal funcin en el Teniente Alcalde, y los Regidores Provinciales; por los diez (10) Alcaldes Distritales de la Provincia de Carhuaz y por los ocho (8) representantes de la sociedad civil elegidos y acreditados, con las funciones y atribuciones que le seala la Ley N27972 Ley Orgnica de Municipalidades. El Consejo de Coordinacin Local Provincial de Carhuaz no ejerce funciones ni actos de gobierno. Su funcionamiento se encuentra regulado en la Ley Orgnica de Municipalidades.

El Concejo de Coordinacin Local Provincial de Carhuaz se rige por su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por Ordenanza Municipal N 014-2004-MPC y dems normas municipales pertinentes.

Artculo 33.- Son funciones del Concejo de Coordinacin Local Provincial de Carhuaz, las establecidas en el Artculo 100 de la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, siendo las siguientes:a) Coordinar y preparar el Plan de Desarrollo Municipal ProvincialConcertado y el Presupuesto Participativo Provincial. b) Proponer las polticas de saneamiento.c) Apoyar la ejecucin del Plan de Seguridad Ciudadana.d) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios pblicos locales y la ejecucin de obras municipales.

e) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el mbito deportivo y cultural.f) Fiscalizar la ejecucin de los planes de desarrollo municipal. g) Otras que le asigne el Alcalde.

03.3 DEL COMIT PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL

Artculo 34.- El Comit Provincial de Defensa Civil de Carhuaz, es el rgano de Coordinacin para la prevencin de desastres de origen natural o artificial, y para la atencin inmediata a la comunidad en caso de un desastre. Lo preside el Alcalde Provincial y acta como Secretara Tcnica la Divisin de Acondicionamiento Territorial y Catastro.

Artculo 35.- Son funciones del Comit Provincial de Defensa Civil:a) Planear dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en el mbito de la Provincia de Carhuaz.b) Ejecutar los Planes de Prevencin, Emergencia y Rehabilitacin.c) Promover y ejecutar acciones de capacitacin sobre Defensa Civil.d) Prestar servicios tcnicos de inspeccin y seguridad ciudadana a la colectividad.e) Promover y suscribir convenios en materia de Defensa Civil.f) Mantener estrecha relacin con las entidades del Sistema Nacional deDefensa Civil.g) Otras que le encomiende el Concejo Municipal o el Sistema Nacional deDefensa Civil.

CAPTULO V

04. DE LOS RGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL

04.1. DEL RGANO DE AUDITORA INTERNA

Artculo 36.- El rgano de Auditora Interna es el responsable de planificar, organizar, dirigir y ejecutar las actividades de control, en cumplimiento de las normas emitidas por el Sistema Nacional de Control y la Contralora General de la Repblica, as como de las emanadas del Concejo Municipal y de a Alcalda.

Artculo 37.- El rgano de Auditora Interna est a cargo de un funcionario, cuya designacin y separacin es efectuada por la Contralora General de la Repblica. Depende funcional y administrativamente de la Contralora General de la Repblica.

Artculo 38.- Son funciones del rgano de Auditora Interna:

a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones de control.b) Llevar a cabo auditorias administrativas y econmico financieras, exmenes especiales, arqueos de caja, inspecciones e investigaciones en todas las reas Municipalidad, organismos pblicos descentralizados, as como en entidades o terceras personas que hayan recibido donaciones, transferencias o habilitaciones de la Municipalidad Provincial; emitir los informes pendientes de conformidad con la Ley de Control y su Reglamento.c) Formular anualmente el Plan de Actividades de Control, de conformidad con la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control, as como de la directiva que anualmente emite la Contralora General de la Repblica y con las disposiciones del Alcalde.d) Realizar inspecciones de Obras y/o Proyectos, para determinar el avance fsico y financiero, y fundamentalmente la calidad de las mismas.e) Efectuar el seguimiento de la implementacin de las medidas correctivas de las observaciones y recomendaciones incluidas en los informes evacuados en cumplimiento de las Normas de Control.f) Asesorar y brindar apoyo tcnico en asuntos vinculados con el Sistema Nacional de Control, tanto a los rganos de las Municipalidades Distritales y de Centros Poblados Menores de la jurisdiccin.g) Difundir la legislacin de Normas Tcnicas de Control, para su conocimiento y correcta aplicacin.

04.2 DE LA PROCURADORIA PBLICA MUNICIPAL

Artculo 39.- La Procuradura Pblica Municipal, es el rgano de apoyo, encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad Provincial. Representa y defiende ante los rganos jurisdiccionales los derechos e intereses de la Municipalidad Provincial, e conformidad con las normas del Sistema de Defensa Judicial. La Procuradura est a cargo del Procurador Pblico Municipal, quien depende administrativamente del Alcalde. Funcional y normativamente, el Procurador Pblico Municipal depende del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Est a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categora y nivel de Gerente.

Artculo 40.- El Procurador Pblico Municipal, de la Municipalidad Provincial de Carhuaz podr extender sus funciones a las Municipalidades Distritales de la Provincial de Carhuaz que no cuente con ste, previo convenio sobre la materia.

Artculo 41.- La Procuradura Pblica Municipal, tiene las siguientes funciones:

a) Representar y defender los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, ante los rganos jurisdiccionales, en los procesos y procedimientos sean estos civiles, penales, laborales, constitucionales

o contencioso administrativos, sea como demandante o demandado, denunciante o denunciado agraviado.b) Ejercer la defensa judicial de la Municipalidad Provincial, ante cualquier tribunal juzgado.c) Coordinar con los rganos competentes para efectos del ejercicio de la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial, a quienes represente y defienda.d) Conciliar asuntos legales con la autorizacin expresa del titular del pliego y con conocimiento del Concejo Municipal.e) Mantener informado al Alcalde y al Concejo Municipal sobre los avances de los procesos judiciales a su cargo.f) Emitir opinin tcnica sobre asuntos de su competencia e informes administrativos.g) Emitir informe anual y cuando le sea requerido, al Concejo de Defensa Judicial del Estado y al Alcalde, respecto de los procesos judiciales que son de su competencia.h) Asumir la defensa de los funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, cuando son denunciados en razn del ejercicio de las funciones de la municipalidad, siempre que no sea en agravio de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.i) Las dems sealadas en el DL. N 17537 y su Reglamento aprobado por el D.S. N 002-2000-JUS; y Ley del Sistema Nacional de Defensa del Estado, normas complementarias y conexas de representacin y defensa del Estado en juicio.

CAPITULO V

05. DE LOS RGANOS DE ASESORAMIENTO05.1 DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Artculo 42.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, es el rganoresponsable de conducir, asesorar, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas a planes y programas, presupuesto, racionalizacin y estadstica, as como lo relacionado a la formulacin, negociacin y concertacin de convenios y acuerdos de cooperacin tcnica y financiera, nacional e internacional, con participacin de organismos pblicos y privados, para lograr el apoyo a los programas y proyectos de inversin y desarrollo de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asegura que todos los proyectos cumplan con la normatividad vigente para la inversin pblica.

Artculo 43.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto depende directamente de la Gerencia Municipal, est a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categora y nivel de Gerente que cuenta con las siguientes reas y oficinas:

1. rea de Planificacin Presupuesto y Racionalizacin

2. Oficina de Programaciones e Inversiones3. rea de Informtica y Estadstica

Artculo 44.- Las funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto son las siguientes:a) Proponer a los rganos de Gobierno los objetivos estratgicos, los planes, programas y presupuestos participativos, as como los procesos de racionalizacin administrativa, estadstica municipal y programas de cooperacin tcnica y financiera en el marco de las necesidades institucionales Municipales.b) Dirigir y controlar las fases de Programacin, formulacin, aprobacin, ejecucin y evaluacin del Presupuesto Municipal Participativo y el Plan Operativo Institucional, conforme a la normatividad vigente del Sistema de Gestin Presupuestaria del Estado y otros relacionados en la materia.c) Coordinar con entidades del sector pblico y privado, acciones que conlleve al desarrollo de los planes y proyectos que ejecuta la Municipalidad Provincial.d) Proponer modificaciones a la estructura de la Municipalidad Provincial para hacerla dinmica y eficiente para una mejor gestin municipal.e) Conducir la organizacin e implementacin de los sistemas administrativos de su competencia.f) Aprobar el plan anual de trabajo del rea de Planificacin presupuesto y Racionalizacin, Oficina de Proyectos de Inversin, rea de Informtica y Estadstica, y supervisar la implementacin de stos planes.g) Emitir opinin tcnica e Informes sobre asuntos de su competencia; y proyectar las Resoluciones de Alcalda u Ordenanzas Municipales correspondientes y Convenios.h) Aplicar e implementar convenios institucionales presupuestarios emitidos por la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico del Ministerio de Economa y Finanzas y la Normatividad vigente del Sistema de Gestin Presupuestal del Estado.i) Orientar y programar el gasto en funcin a los lineamientos de poltica vigente, en coordinacin con la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria, elaborando directivas internas de control presupuestal.j) Aplicar y mantener actualizada la metodologa, normas y procedimientos que se rigen en la elaboracin y control de los proyectos de inversin, en coordinacin en la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural.k) Evaluar la ejecucin del presupuesto, proponiendo las modificaciones presupuestales y transferencias de asignaciones necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos.l) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el mbito de su competencia.

05.1.1 DEL REA DE PLANIFICACIN PRESUPUESTO Y RACIONALIZACIN

Artculo 45.- Son funciones del rea de Planificacin Presupuesto yRacionalizacin:

a) Desarrollar programas para implementar progresivamente los procesos de planificacin estratgica de gestin local, con la finalidad de cumplir los objetivos estratgicos de gestin local, con la finalidad de cumplir los objetivos corto, mediano, y largo plazo del Plan de Desarrollo Concertado.b) Asesorar a los rganos de la Municipalidad en la formulacin de polticas, estrategias y objetivos, que deben plasmarse en el Plan Provincial de Desarrollo Concertado, Plan Operativo Municipal y otros planes.c) Evaluar los documentos de Gestin Institucional; Plan Operativo institucional, (P0I), Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF), Cuadro para Asignacin de Personal (CAP), Manual de Organizacin y Funciones (MOF), Manual de Procedimientos (MAPRO), Presupuesto institucional de apertura, (PIA) Presupuesto Analtico de Apertura (PAP), modificarlos y actualizarlos oportuna y peridicamente.d) Formular, coordinar y efectuar las modificaciones peridicas al Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de acuerdo a la normatividad vigente.e) Monitorear y coordinar la expedicin de los reglamentos internos aprobados.f) Desarrollar y ejecutar las acciones de simplificacin de los procedimientos administrativos y procesos de trabajo.g) Elaborar estudios de optimizacin de los actuales sistemas tcnicos y administrativos as como de los recursos, incorporando y promoviendo la bsqueda contina de resultados de la gestin y calidad total en los servicios que brinda la Municipalidad Provincial a la ciudadana.h) Elaborar el informe de certificacin presupuestal de las actividades y proyectos.05.1.2 DE LA OFICINA DE PROGRAMACIONES E INVERSIONES (O.P.I) Artculo 46.- La Oficina de Proyectos de Inversin dependeadministrativamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y tiene las siguientes funciones:a) Evaluar estudios de pre inversin e inversin de proyectos priorizados por la Municipalidad Provincial, recomendar correcciones y procesar la informacin requerida para declarar la viabilidad.b) Realizar el seguimiento del estado de situacin de la cartera de Proyectos de Inversin Pblica de la Municipalidad Provincial.c) Participar en la gestin, supervisin y evaluacin de Proyectos en ejecucin (vinculados al cumplimiento de los planes operativos, adecuado registro de desembolsos, adecuada realizacin de los procesos de contrataciones y adquisiciones, entre otros).d) Efectuar visitas de campo en coordinacin con el rea de Planificacin Presupuesto y Racionalizacin, y presentar los informes escritos correspondientes.e) Elaborar una Base de Datos del estado situacional de la cartera de PIPs del Gobierno Regional y/o del Gobierno Local.

f) Coordinacin el seguimiento a las metas fsicas y financieros de los PIP.g) Elaborar la Programacin Multianual de Inversiones de la MunicipalidadProvincial de Carhuaz.

05.1.3 DEL REA DE INFORMTICA Y ESTADSTICA

Artculo 47.- El rea de Informtica y Estadstica depende administrativamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y tiene las siguientes funciones:a) Desarrollar, instalar y mantener el flujo y manejo de la informacin que procesa la Municipalidad a travs de la red, incrementando la eficiencia del flujo de informacin y coadyuvando a un servicio eficaz que se brinda a vecinos y usuarios.b) Establecer mecanismos de seguridad que impidan la prdida, eliminacin o sustraccin de datos con fines distintos a los autorizados por la Alcalda.c) Dirigir, coordinar y realizar acciones del Sistema Nacional de Estadstica, en concordancia con las normas que establece el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica.d) Planificar, dirigir, sistematizar y procesar la informacin estadstica de la Municipalidad Provincial, en los aspectos relacionados con Rentas, Registros Civiles, Remuneraciones, Transporte y Circulacin Vial, Presupuesto, dems divisiones y reas.e) Resguardar los cdigos fuente, correspondientes a los rganos y sistemas de la Municipalidad Provincial, los mismos que son patrimonio de la institucin, no pudiendo ser utilizados por quienes trabajan en dicha oficina para fines distintos a los autorizados por la Alcalda.f) Organizar, mantener y desarrollar los archivos de informacin automatizado de datos, utilizando sistemas modernos de almacenamiento de informacin como memoria USB porttil, CD-ROM y otros.g) Elaborar, implementar y administrar el Portal de Internet de la Municipalidad Provincial y actualizarlo de acuerdo a la informacin que brinden las diferentes Gerencias, reas y Oficinas para as asegurar la transparencia y acceso a la informacin pblica.h) Programar y desarrollar cursos de capacitacin sobre informtica para los trabajadores, autoridades y funcionarios de la Municipalidad Provincial; y/o convenios con otras instituciones.i) Formula el plan informtico y estadstico municipal.j) Desarrolla e implementa programas y aplicativos actualizados para la administracin municipal.k) Centraliza, procesa y evala la informacin estadstica de la entidad, para su uso como instrumento de gestin administra.

05.2 DE LA GERENCIA DE ASESORA JURDICA

Artculo 48 Asesora Jurdica, es el rgano encargado de asesorar al Alcalde, Concejo Provincial y a los dems rganos de la Municipalidad Provincial en

asuntos de carcter legal. Dictamina sobre los aspectos legales que le sean formuladas. La Asesora Jurdica depende directamente de la Gerencia Municipal, est a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categora y nivel de Gerente.

Artculo 49 Las funciones de la Asesora Jurdica son las siguientes:a) Brindar asesoramiento a los rganos de Gobierno y dems rganos de laMunicipalidad Provincial en asuntos jurdicos de su competencia.b) Absolver consultas y emitir informes relacionados con las consultas realizadas por los varios rganos de la Municipalidad Provincial.c) Dirigir, ejecutar y sistematizar el ordenamiento jurdico de la Municipalidad Provincial, recopilando y actualizando en forma concordada con los distintos dispositivos legales sobre administracin municipal.d) Revisar y visar acuerdos, decretos, ordenanzas y resoluciones para su expedicin de acuerdo a la ley.e) Revisar y visar los convenios y contratos en los que interviene la Municipalidad Provincial. Emitir opinin legal en los expedientes administrativos que sean puestos a su consideracin.f) En coordinacin con la Gerencia Municipal, la Gerencia Administracin Finanzas y Tributaria y el rea de Administracin Tributaria, aprobar el plan anual de trabajo de la Oficina de Ejecutoria Coactiva.g) Proponer al Alcalde mejoras a la legislacin Municipal.h) Compilar y sistematizar las normas legales referidas a los gobiernos locales. i) Emitir opinin e informes Legales sobre asuntos de su competencia.j) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el mbito de su competencia.

CAPTULO VII

06 DE LOS RGANOS DE APOYO

06.1 DE LA SECRETARA GENERAL

Artculo 50.- La Secretara General, es el rgano de apoyo que conduce la administracin documentaria y archivo, la simplificacin administrativa, y el del Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA). La Secretaria General se encarga de los actos de comunicacin y protocolo con el pblico y autoridades locales y sectoriales en general. Adems, acta como Fedatario Titular. Est a cargo de un funcionario de confianza, quien supervisa al Responsable de trmite documentario y de archivos; y quien depende funcionalmente de la Alcalda.

Artculo 51.- La Secretaria General, tiene las siguientes funciones:1. Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el apoyo administrativo al Concejo Municipal y al Alcalde.2. Planear, organizar, coordinar y supervisar los procesos tcnicos y acciones de administracin documentaria, y el archivo central municipal.

3. Controlar y supervisar el trmite de la documentacin que ingresa y sale del despacho de la Alcalda.4. Convocar, preparar la documentacin, asistir y registrar las Sesiones deConcejo, citar a los Regidores y funcionarios a las sesiones de Concejo.5. Suscribir las Actas de Sesiones de Concejo conjuntamente con el Alcalde.6. Autenticar los documentos oficiales de la municipalidad.7. Informar a los rganos de la municipalidad de los acuerdos y decisiones delConcejo en relacin a sus responsabilidades y funciones.8. Velar por el cumplimiento de las leyes y normas municipales, el reglamento de organizacin y funciones, el reglamento interno de Concejo en los actos acuerdos de Concejo.9. Dar forma final a las ordenanzas, resoluciones, y acuerdos del Concejo en estricta sujecin a las decisiones adoptadas y velar por su cumplimiento en la administracin edil.10. Elaborar un registro y desarrollar la compilacin de las ordenanzas, edictos, decretos, resoluciones, normas, reglamentos y manuales, emitidos por la municipalidad.11. Recepcionar, registrar, clasificar y archivar los documentos, tanto internos como externos, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos vigentes.12. Informar y orientar a los usuarios sobre el estado de la tramitacin de sus expedientes.13. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar, las actividades de orientacin e informacin al contribuyente.14. Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el mbito de su competencia.15. Otras funciones inherentes a su cargo.

La Secretara General desarrolla sus actividades en tres mbitos funcionales: Apoyo Administrativo al Concejo Municipal y Alcalda, de Tramite Documentario, Notificaciones y de Archivo Central.

Artculo 52.- En el mbito funcional de Apoyo Administrativo al ConcejoMunicipal y Alcalda:1. Transcribir y mantener al da el Libro de Actas de las Sesiones del ConcejoMunicipal, responsabilizndose de su custodia;2. Elaborar el proyecto del Reglamento del Concejo Municipal y elevarlo para su aprobacin, as como mantenerlo en custodia para su correspondiente aplicacin y cumplimiento del Concejo Municipal.3. Prestar asistencia de apoyo secretarial en las Sesiones del Concejo Municipal convocados por el Alcalde, para dar lectura del acta anterior, absolver consultas que le sean formulados por los miembros del Concejo y, tomar apuntes y resmenes de los actos de Concejo Municipal, de conformidad al Reglamento Interno de Concejo (RIC).5. Dar fe con su firma de los actos del Concejo Municipal y la Alcalda; as como expedir y transcribir Certificados y Constancias de las Actas de Sesiones y otra documentacin existente en el archivo de la Municipalidad en concordancia con la normatividad vigente.

6. Proyectar Ordenanzas, Acuerdos, Decretos de Alcalda y Resoluciones de Alcalda que formalizan los actos del Concejo Municipal y de la Alcalda, difundindolos en estricta observancia a las decisiones adoptadas.7. Supervisar bajo responsabilidad la publicacin de ordenanzas, Decretos de Alcalda, acuerdos sobre la remuneracin del Alcalde y dietas de los Regidores, Resoluciones y avisos oficiales del Concejo y Alcalda, en el Diario Oficial El Peruano, Diario Oficial de la Provincia, carteles y los portales electrnicos, en la forma prevista por Ley, sin cuyo requisito, no surten efecto.8. Organizar el Despacho de Alcalde.9. Proyectar las comunicaciones de trmite oficial que le sean encargados por el Alcalde.

Artculo 53.- En el mbito funcional de Trmite Documentario:1. Organizar, dirigir y controlar el sistema de trmite documentario de laMunicipalidad.2. Organizar, procesar y analizar la documentacin interna y externa, que egresa e ingresa, respectivamente a la Municipalidad.3. Establecer procedimientos de trmite documentario e implementar sistemas automatizados en coordinacin con el rea de Informtica y Estadstica.4. Ejecutar los procesos tcnicos de los sistemas de trmite documentario en laMunicipalidad.5. Organizar, coordinar y desarrollar las actividades referidas a la recepcin, registro, clasificacin, digitalizacin, distribucin y control de las correspondencias que emite y recibe la Municipalidad.6. Controlar que las unidades orgnicas de la Municipalidad, mantenga actualizada la informacin referida al estado situacional de los expedientes.7. Controlar que las Unidades Orgnicas de la Municipalidad, den un tratamiento uniforme a la documentacin recibida y emitida por cada una de ellas, asesorndolos en materia de archivos y proporcionado los formatos para un tratamiento uniforme en la Municipalidad.8. Informar y orientar al pblico usuario sobre los canales que sigue un trmite administrativo, as como el estado de los expedientes, cuando sean requeridos por los interesados;

Artculo 54.- En el mbito funcional de Notificaciones:1) Efectuar las notificaciones conforme lo establece la Ley del ProcedimientoAdministrativo General y normas vigentes.

Artculo 55.- En el mbito funcional de Archivo.1. Ejecutar los procesos tcnicos del sistema de Archivo pasivo de documentos en la Municipalidad, orientando y atendiendo al pblico usuario, sobre los servicios que ejecuta.2. Evaluar peridicamente el funcionamiento de los sistemas de archivo en las unidades orgnicas de la Municipalidad.

3. Desarrollar y supervisar las actividades de depuracin, transferencia y eliminacin de la documentacin de los archivos perifricos y central de la Institucin, verificando que las mismas se efecten de acuerdo a Ley.4. Adoptar las medidas concernientes a la conservacin, integridad y adecuada utilizacin de los documentos del Archivo Municipal.5. Numerar, archivar y distribuir las resoluciones y directivas dictadas por los distintos rganos de la Municipalidad.

Oficina de Secretara General tiene a cargo las siguientes oficinas: La Oficina de Trmite Documentario y Archivo. La Oficina de Registro Civil La Oficina de Imagen Institucional.06.1.1 DE LA OFICINA DE TRMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO Artculo 56.- Las funciones de la Oficina de Trmite Documentario y Archivoson las siguientes:a) Realizar el Control de ingreso y salida de documentos, a travs del Tramite Documentario, llevando un registro adecuado para el seguimiento de los expedientes y la informacin oportuna a los interesados.b) Recepcionar y distribuir la documentacin y expedientes de los usuarios, derivndolos directamente al rgano correspondiente para su atencin, desconcentrando y dinamizando la gestin.c) Organizar y mantener en forma ordenada los documentos y expedientes, por rea y por contribuyente.d) Custodiar los documentos oficiales y expedientes administrativos que han sido atendidos.e) Organizar y mantener un registro digital de documentos y expedientes, documentos en trmite y los que han sido atendidos.

06.1.2. DE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL

Artculo 57.- La Oficina de Registro Civil, es el rgano encargado de los registros de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones. Sus funciones son:a) Planificar, promover, ejecutar y controlar las acciones relacionadas con el registro e inscripcin de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones.b) Realizar la inscripcin de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones, as como la trascripcin de los mismos.c) Mantener ordenados y actualizados los registros de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones.d) Elaborar las estadsticas e informes de acuerdo a la legislacin sobre la materia y en coordinacin con el RENlEC y dems entidades pertinentes.e) Realizar los trmites de los procesos administrativos de rectificacin de partidas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defuncin.f) Realizar los trmites de divorcio cuya competencia le confiere la Ley.

06.1.3. DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

Artculo 58.- La Oficina de Imagen Institucional, es el rgano de apoyo encargado de perfilar una adecuada percepcin de la Municipalidad Provincial ante la opinin pblica a nivel local, regional y nacional. Supervisa al personal a cargo de la prensa televisin municipal. La Oficina de Imagen Institucional depende de la Secretaria General.

Artculo 59.- La Oficina de Imagen Institucional, tiene las siguientes funciones:a) Planificar, organizar, dirigir y evaluar el sistema de informacin, comunicacin y relaciones pblicas de la Municipalidad Provincial.b) Organizar, coordinar y atender las ceremonias y actos oficiales que se realicen en la provincia y en aquellos en que participe el Alcalde, Regidores y funcionarios de la Municipalidad Provincial.c) Mantener informado a los funcionarios, servidores y pblico en general sobre las Ordenanzas y Acuerdos que apruebe el Concejo, as como Resoluciones y Decretos de Alcalda, a travs de la televisin, emisoras locales, afiches, peridicos murales, boletines y otros medios de comunicacin social.d) Realizar acciones orientadas a recepcionar permanentemente las sugerencias y opiniones de la colectividad respecto de la gestin municipal derivndolas a la Municipalidad Provincial de Carhuaz.e) Asegurar la actualizacin de la pgina Web en el Internet, correspondiente a la Municipalidad Provincial de Carhuaz.f) Mantener los contactos con la prensa y medios de comunicacin del nivel local, regional y nacional. En coordinacin con la Alcalda y la Gerencia Municipal, preparar Notas de Prensa cuando las circunstancias lo ameritan.g)Elaborar planes anuales de trabajo, asegurar la implementacin correspondiente.06.2 DE LA GERENCIA ADMINISTRACIN FINANZAS Y TRIBUTARIA Artculo 60.- La Gerencia de Administracin, Finanzas y Tributaria es elrgano de Apoyo encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos econmicos, financieros y materiales, as como administrar los tributos y rentas municipales, en concordancia con las disposiciones vigentes. Est a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, quien depende del Gerente Municipal.

Artculo 61.- Son funciones de la Gerencia de Administracin, Finanzas yTributaria:a) Planificar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de los Sistemas de Contabilidad Gubernamental, de Personal, Tesorera, Abastecimiento y Administracin Tributaria de la Municipalidad.b) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de la unidad orgnica de su competencia, a travs de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de

Planeamiento y Presupuesto propendiendo a la mejora continua de su gestin.c) Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente Municipal, acorde con la normatividad vigente.d) Administrar los recursos econmicos y financieros en concordancia con el plan estratgico institucional y los planes operativos, utilizando criterios de racionalidad en estrecha coordinacin con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en los aspectos relacionados con la programacin, formulacin y evaluacin presupuestal.e) Elaborar la estructura de Costos, en coordinacin con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que sustente tcnicamente los derechos de pago consignados en el Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.f) Conducir las actividades financieras de administracin de ingresos y egresos de fondos, respetando las normas tcnicas y gubernamentales.g) Cumplir y hacer cumplir las normas administrativas gubernamentales y municipales referentes a la administracin de los recursos del Estado.h) Autorizar licencia de personal y pago por tiempo de servicios a los servidoresMunicipales.i) Otorgar permisos por lactancia.j) Aprobar y modificar el rol de vacaciones de los servidores municipales.k) Reconocer y autorizar el pago de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio.l) Otorgar pensiones de cesanta, jubilados, sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos deriven sus derechos y modificaciones.m) Reconocer y autorizar el pago de remuneraciones transitorias para homologacin (TPH)n) Reconocer las compensaciones pendientes de pago (crditos devengados) de ejercicios anteriores, sobre remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones.o) Emitir opinin tcnica e Informes sobre asuntos de su competencia, Resoluciones Gerenciales;p) Autorizar los pagos indebidos de tributos y otros. q) Compensar y/o consolidar las deudas tributarias.r) Autorizar y/o anular licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales o de servicios.s) Autorizar los espectculos pblicos no deportivos.

Artculo 62.- La Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria cuenta con las siguientes reas:1. reas de Contabilidad2. reas de Recursos Humanos3. reas de Tesorera4. reas de Logstica y Control Patrimonial5. reas de Administracin Tributaria6. Oficina de Ejecutora Coactiva

06.2.1. DEL AREA DE CONTABILIDAD

Artculo 63.- El rea de Contabilidad est a cargo de un jefe, quien depende de la Gerencia Administracin Finanzas y Tributaria, y tiene las siguientes funciones:a) Programar, organizar, ejecutar, controlar y coordinar las actividades del Sistema de Contabilidad Gubernamental integrada de la Municipalidad, destinado a elaborar los estados financieros y estado de ejecucin presupuestal de acuerdo a la normatividad vigente.b) Revisar y fiscalizar la documentacin que sustenta los gastos e Inversiones demandados por las diferentes reas de la municipalidad, ejecutando en forma permanente y obligatoria el control previo de las operaciones sujetas al registro contable y la ejecucin presupuestal.c) Efectuar los ajustes, reclasificaciones y conciliaciones de las cuentas en los libros contables manteniendo el registro analtico de cada caso.d) Elaborar la estructura de costos de los arbitrios y diversos servicios que brinda la Municipalidad con la participacin de las diversas unidades orgnicas segn sea de su competencia, realizando el seguimiento de su ejecucin y proporcionando reportes mensuales a la Gerencia de Administracin y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.e) Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la correcta aplicacin de todas las partidas presupuestarias y el cumplimiento de las conciliaciones de la ejecucin presupuestal.f) Efectuar el registro contable de la ejecucin presupuestal de la Municipalidad cautelando la correcta aplicacin legal y presupuestaria del egreso, ajustando a la programacin de pago establecida y a los montos presupuestados.g) Efectuar el control de captacin de los impuestos y arbitrios municipales, y otras fuentes de ingreso de la Municipalidad, realizando el registro de los ingresos en el SIAF-GL.h) Cumplir y hacer cumplir las normas de control en lo que compete al Sistema de Contabilidad y al control previo y concurrente inherente a su unidad orgnica.i) Elaborar y presentar mensualmente a la Gerencia de Administracin y Finanzas los estados financieros emitidos a travs del Sistema Integrado de Administracin Financiera para Gobiernos Locales (SIAF GL) y a la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica y otras instancias dentro de los plazos establecidos.j) Participar en la formulacin y programacin del Presupuesto Municipal. k) Mantener actualizados los documentosl) Registro de la contabilidad municipal.m) Realizar las operaciones de registro y control de la contabilidad municipal, llevando los libros respectivos.n) Elaborar informes mensuales a la Contadura Pblica de la Nacin. o) Efectuar las provisiones para los beneficios sociales.p) Contribuir a la identificacin e implementacin de soluciones que mejoren la eficiencia de la gestin municipal.

06.2.2. DEL REA DE RECURSOS HUMANOS

Artculo 64.- El rea de Recursos Humanos es el rgano de apoyo encargado de ejecutar la Poltica de Recursos Humanos, orientando la realizacin individual de capacidades de los trabajadores a travs del liderazgo transformador y efectiva participacin en el logro de los objetivos de la Municipalidad, generando una cultura organizacional que permita el mejoramiento progresivo del factor humano. Est a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Jefe quien depende del Gerente de Administracin Finanzas y Tributaria.

Artculo 65.- Son funciones del El rea de Recursos Humanos:1. Planificar, conducir y ejecutar las acciones del Sistema de Personal en concordancia con la normatividad vigente.2. Cumplir con todas las disposiciones emanadas del Sistema Nacional dePersonal.3. Programar, ejecutar y evaluar los procedimientos de seleccin evaluacin, promocin, ascensos, reasignacin, rotacin y dems acciones de movimiento de personal en concordancia con los procesos tcnicos de personal.4. Organizar y actualizar los legajos personales y escalafn de todos los servidores de la Municipalidad.5. Propiciar una cultura organizacional que fomente y asegure un ambiente laboral que permita lograr mayores niveles de productividad y calidad de los servicios y productos municipales, para satisfacer las necesidades de la comunidad;6. Ubicar adecuadamente al personal nombrado en cada uno de los grupos ocupacionales y niveles de carrera.7. Preparar el sistema de evaluaciones anuales de desempeo para empleados y trabajadores de la Municipalidad, y dar seguimiento a su implementacin.8. Propiciar el desarrollo del personal, realizando acciones de capacitacin a fin de mejorar su formacin profesional y tcnica.9. Promover el trabajo en equipos que trascienden las delimitaciones de unidades internas, as como la orientacin hacia resultados tangibles y calidad total.10. Ejecutar los procesos de registro y control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal. As mismo establecer el rol anual de vacaciones.11. Ejecutar las polticas de remuneraciones e incentivos de acuerdo a los lineamientos establecidos por los rganos de Gobierno y de Direccin.12. Conducir y supervisar las actividades relacionadas con la confeccin de planillas y pago de remuneraciones, pensiones y beneficios sociales en general.13. Organizar, dirigir y evaluar las actividades relacionadas con el bienestar social del personal y sus familias, desarrollando acciones de asistencia preventiva de salud, recreacin e integracin.

14. Conducir los estudios de administracin salarial, proponiendo la escala remunerativa de los funcionarios y personal de la institucin, as como del personal a contratar por servicios no personales y otras modalidades, a fin de mantener una estructura remunerativa tcnica, coherente y competitiva.15. Dirigir, ejecutar, controlar y supervisar los procesos de seleccin de personal, calificacin, designacin, nombramiento, contratacin, desplazamiento, cese y resolucin del contrato, as como de las prcticas pre-profesionales, conforme a la delegacin de las atribuciones establecidas.16. Generar el sistema de evaluacin continua y de desarrollo de personal de la municipalidad, as corno mantener la gestin por competencias.17. Elaborar, proponer y conducir programas de evaluacin de personal con indicadores para medir el rendimiento Laboral de cada trabajador, que permita optimizar la gestin de los recursos humanos de la Municipalidad en coordinacin con los Gerentes de las unidades orgnicas, para lo cual de ser el caso, podr contratar los servicios de personal o empresa especializada.18. Supervisar y controlar el cumplimiento de los planes y programas anuales, y las polticas y normas de aprendizaje y desarrollo de personal, as como impulsar y desarrollar la cultura organizacional.19. Administrar y controlar los contratos de intermediacin laboral, la asistencia del personal, licencias, vacaciones, permisos, suspensiones, amonestaciones, legajos del personal y otros.20. Elaborar y proponer el Presupuesto Analtico de Personal (PAP) en base al Cuadro de Asignacin de Personal (CAP) en coordinacin con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.21. Supervisar, ejecutar y controlar los pagos de planilla, bonificaciones, asignaciones, aguinaldos, beneficios, compensaciones y pensiones, y los pagos por honorarios profesionales del personal contratado por locacin de servicios.22. Ejecutar las sanciones que correspondan por faltas injustificadas, as como dar cumplimiento a lo dispuesto por la Comisin de Procesos Disciplinarios.23. Elaborar informes mensuales de coyuntura incluyendo estadsticas de poblacin laboral y costos de personal, as como informes tcnicos relacionados con las metas y actividades del Plan Operativo y Presupuesto.24. Proponer y ejecutar programas de asistencia mdica y servicio social, as como dirigir y coordinar programas y acciones de seguridad de salud en el a trabajo.25. Proponer convenios con terceros, para la cobertura de seguros de salud, vida y otros, en personal proporcionndoles las facilidades de pago.26. Proponer, ejecutar y Supervisar polticas de relaciones laborales de la Municipalidad formulando estrategias para la prevencin de conflictos laborales y atendiendo las quejas y reclamos individuales o colectivos.27. Recibir las quejas vinculadas al incumplimiento de las normas relativas a la puntualidad, ejerciendo las funciones de Defensora a que se refiere el artculo 6 del Decreto Supremo N 028-2007-PCM.

28. Proponer el rol anual de vacaciones del personal formulado en coordinacin con los responsables de las unidades orgnicas de la municipalidad.29. Formular, actualizar y proponer la normatividad interna a travs de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.30. Cumplir con los objetivos y metas establecidas por las reas, contenidos en los planes y proyectos aprobados por la Municipalidad.31. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administracin Finanzas y tributaria, acorde con la normatividad vigente. Proyectar resoluciones y contratos de personal para la firma del Alcalde.

06.2.3 DEL REA DE TESORERIA

Artculo 66.- El rea de Tesorera est a cargo de un Tesorero(a) quien depende de la Gerencia de Administracin y Finanzas y Tributaria, y tiene las siguientes funciones:1. Programar, ejecutar y controlar las acciones de tesorera dando cumplimiento a los procesos tcnicos del sistema de tesorera.2. Formular la programacin de caja en concordancia con la captacin de ingresos y el calendario de compromisos de gastos.3. Recaudar y controlar los ingresos de fondos de la Municipalidad Provincial, de acuerdo a las fuentes de financiamiento que determinan las leyes y el presupuesto municipal, llevando el registro cronolgico correspondiente.4. Formular los compromisos de pago y girar los cheques para efectuar la cancelacin de los compromisos que la Municipalidad Provincial contrae de acuerdo a su presupuesto.5. Realizar el pago de las remuneraciones del personal, honorarios, pensiones y liquidaciones de los beneficios sociales.6. Llevar las conciliaciones de las cuentas bancarias de la MunicipalidadProvincial.7. Administrar y controlar el movimiento de dinero y especies valoradas de laMunicipalidad Provincial.8. Formular el parte diario de fondos.9. Llevar el control, registro y custodia de las fianzas, garantas, plizas de seguro y otros valores.10. Contribuir a la identificacin e implementacin de soluciones que mejoren la eficiencia de la gestin municipal.11. Planificar y atender oportunamente los pagos al personal y a los proveedores, registrando previamente en el SIAF-GL conforme a las disposiciones vigentes y reportando a la Gerencia de Administracin.12. Formular los partes diarios de fondos e informar a la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria sobre el movimiento de fondos en efectivo, cheques, tarjetas de crdito, transferencias y otros, as como efectuar las conciliaciones bancarias.13. Efectuar los pagos de obligaciones contradas por la Municipalidad de conformidad con la poltica establecida y el cronograma de pagos

respectivo; as como elaborar, controlar y efectuar el seguimiento de los comprobantes de pago hasta la culminacin de la entrega del cheque al acreedor.14. Administrar y registrar diligencialmente todas las cuentas corrientes bancarias de la Municipalidad procesando las transferencias electrnicas y/o girando los cheques debidamente sustentables y autorizados, cuidando de revisar en los estados de cuenta mensuales todos los cargos realizados por los bancos en cada cuenta.15. Elaborar flujos proyectados de caja por fuentes de financiamiento y en forma consolidada, con el propsito de mantener adecuados niveles de liquidez que garanticen la capacidad de pago en la Municipalidad Provincial de Carhuaz.16. Coordinar en forma diaria el procesamiento de los ingresos y egresos la cual debe sustentarse documentariamente para su validacin correspondiente.17. Custodiar Cartas Fianza, Plizas de Caucin, Cheques de Gerencia y otros valores de propiedad de la Municipalidad que garanticen el fiel cumplimiento de contratos, adelantos a proveedores y otros derechos a favor de la Municipalidad, velando cautelosamente por su permanente vigencia y exigibilidad de renovacin oportuna.18. Cumplir y hacer cumplir las normas de control en lo que compete al Sistema de Contabilidad y Tesorera y al control previo y concurrente inherente a su unidad orgnica.19. Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de la unidad orgnica de su competencia, a travs de reglamentos, directivas, manuales procedimientos entre otros documentos, con el asesoramiento de la gerencia de Planeamiento y Presupuesto.20. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administracin Finanzas y Tributaria, acorde con la normatividad vigente.21. Proporcionar informacin de apoyo en asuntos de su competencia.06.2.4. DEL REA DE LOGSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL Artculo 67.- El rea de Logstica y Control Patrimonial es el rea orgnicaencargada de lograr el abastecimiento operativo de los recursos materiales y servicios e inclusive ejecutar el control patrimonial que requieran los diferentes rganos de la Municipalidad para el cumplimiento de los objetivos. Est a cargo de funcionario de confianza con nivel de jefe de rea, quien depende de la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria.

Artculo 68.- Son funciones del rea de Logstica y Control Patrimonial:1. Programar, dirigir, ejecutar y controlar el sistema de abastecimiento, conforme a los lineamientos y polticas de la Municipalidad, normas presupuestales, tcnicas de control sobre adquisiciones y contrataciones y otras normas pertinentes.2. Planificar, organizar, ejecutar y controlar las actividades y acciones del sistema de abastecimiento de bienes y servicios, conforme a los

lineamientos y en el cumplimiento de los dispositivos legales y normas vigentes.3. Garantizar el abastecimiento oportuno de los bienes o servicios con criterios cuantitativos y cualitativos, asegurando el funcionamiento institucional.4. Gestionar el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura as como la administracin patrimonial de la institucin.5. Coordinar con las Divisiones correspondientes el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota vehicular, maquinaria y equipos de la institucin, a fin de asegurar la operatividad de los mismos.6. Ejecutar y evaluar las acciones y actividades de abastecimiento logstico, en funcin al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Servicios, con relacin a los requerimientos de las diversas reas, Divisiones involucradas.7. Proponer y sustentar ante la Gerencia Administracin. Finanzas y tributaria, y este a su vez ante la Gerencia Municipal, el Plan Anual de Adquisiciones en funcin a necesidades y requerimientos reales de la institucin.8. Administrar la Logstica Institucional a travs de la programacin, adquisiciones, el almacenamiento temporal y custodia de los bienes, as como la distribucin de las mismas.9. Prestar asistencia a los Comits Especiales de Adquisicin de Bienes y Servicios, as como de los documentos normativos y polticas segn el caso.10. Elaborar las rdenes de adquisicin de bienes y servicio por la compra y rdenes de servicio por la adquisicin de bienes y servicios.11. Supervisar las acciones de Tasacin, Evaluacin, Actualizacin o ajuste del valor monetario de los Activos Fijos y de las existencias en almacn.12. Proponer a la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributara el mejoramiento en los procesos y procedimientos relacionados a travs de directivas plasmadas en el Manual de Procedimientos, elaborado en coordinacin con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.13. Ejecutar y controlar los contratos, velando por su cumplimiento de los plazos, caractersticas de los bienes y servicios, perodos de ejecucin, monto contratado, calcular las penalidades si las hubiere.14. Revisar la actualizacin del control patrimonial respecto de los activos fijos de la Municipalidad, dando la orden de realizar el inventario de los bienes muebles, as como, la incorporacin fsico - legal para la adjudicacin de la propiedad de los bienes registrables en conformidad a los dispositivos legales.15. Elaborar, controlar y mantener actualizado los bienes muebles de la municipalidad, registrando las altas, bajas y la transferencia de bienes en la institucin, diseando para ello una base de datos desarrollando un sistema de informacin que garantice su registro oportuno y seguro que permita generar ms informacin para tomar decisiones.16. Formular, ejecutar y controlar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, as como organizar, asesorar y controlar los procesos de seleccin segn corresponda, conforme a la programacin establecida en el indicado Plan.17. Formular y consolidar el cuadro de necesidades de bienes y servicios para el Presupuesto anual.

18. Realizar los compromisos de gasto en materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que tienen como fuente generadora: el contrato, la orden de compra u orden de servicios en el Sistema Integrado de Administracin Financiera SIAF-GL, Modulo de Compromiso.19. Suministrar los bienes y/o servicios necesarios para garantizar el abastecimiento racional y oportuno para el buen funcionamiento de los rganos de la Municipalidad.20. Administrar y supervisar la actualizacin permanente del registro de proveedores, del catlogo de bienes y servicios, as como revisar, controlar y custodiar los expedientes de los procesos de seleccin, elaborar los contratos y efectuar las liquidaciones respectivas.21. Programar, dirigir, ejecutar y coordinar las actividades de contratacin de bienes, servicios y obras de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y requerimientos de las unidades orgnicas de la Municipalidad en coordinacin con todas las reas, dentro de las normas vigentes y los lineamientos generales y presupuestales establecidos por la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.22. Programar, organizar, ejecutar y supervisar los procesos de toma de inventario y actualizar los inventarios valorados de los bienes patrimoniales y bienes en almacenes, efectuando las conciliaciones correspondientes con la Subgerencia de Finanzas.23. Brindar Soporte Tcnico Administrativo a los Comits Especiales para la ejecucin de los procesos de seleccin para la adquisicin de bienes, servicios u obras de acuerdo a las normas que regulan las adquisiciones y contrataciones del Estado y la Ley Orgnica de Municipalidades.24. Planificar, dirigir, ejecutar y administrar el control de los bienes patrimoniales de la Municipalidad, as como gestionar y administrar las plizas de seguro que resguarden el patrimonio y los recursos de la municipalidad.25. Organizar y supervisar la atencin de los servicios generales auxiliares que requieren los rganos de la Municipalidad para su funcionamiento y controlar el ingreso y salida de los bienes que adquiere la institucin;26. Mantener la infraestructura municipal; as como programar y controlar los trabajos de mantenimiento, conservacin y limpieza de los locales municipales.27. Planear, organizar, ejecutar, evaluar y controlar las actividades para la adecuada operatividad del parque automotor y maquinaria de la Municipalidad que incluyen el mantenimiento preventivo y correctivo, as como la programacin y el abastecimiento de combustibles.28. Organizar y supervisar la realizacin del inventario de los bienes muebles y enseres de la Municipalidad de conformidad a las normas vigentes sobre la materia. As como realizar los controles respectivos del saldo de materiales de obras.29. Gestionar y administrar las plizas de seguros que resguarden el patrimonio y los recursos de la municipalidad.30. Formular, actualizar y proponer normatividad interna de su competencia, travs de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros

documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto propendiendo a la mejora continua de su gestin.31. Informar a la Gerencia de Administracin y Finanzas sobre el desarrollo de actividades.32. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administracin y Finanzas, acorde con la normatividad vigente.33. Otras que le asigne la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria.

Artculo 69.- El rea de Logstica consta de los siguientes responsables:1. Responsable de Almacn2. Responsable de Control Patrimonial

06.2.4.1. RESPONSABLE DE ALMACEN

Artculo 70.-El Responsable de Almacn depende de la Jefatura del rea deLogstica.Sus funciones son:a) Dirigir y controlar las operaciones de recepcin y entrega de los materiales en los almacenes de la Municipalidad Provincial.b) Velar por la conservacin de bienes y materiales bajo custodia del rea.

06.2.4.2. RESPONSABLE DE CONTROL PATRIMONIAL

Articulo 71.- El Responsable de Control Patrimonial es el encargado de planificar, coordinar, verificar y ejecutar el saneamiento fsico-legal de la inmobiliaria municipal. El rea de control patrimonial depende de la Jefatura Logstica y Control Patrimonial y tiene las siguientes funciones:

a) Administrar, disponer y controlar los servicios de mantenimiento y conservacin de las instalaciones de los locales y edificios de propiedad de la Municipalidad Provincial.b). Realizar la toma de inventario de los bienes patrimoniales de laMunicipalidad Provincial.c) Mantener actualizado el inventario fsico de bienes de la MunicipalidadProvincial.d) Realizar la codificacin, valorizacin, depreciacin, revaluacin, bajas y ascendentes de inventarios.

06.2.5 DEL AREA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA

Artculo 72.- El rea de Administracin Tributaria es el rgano de Apoyo encargada de Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades referentes a la Administracin Tributaria que son de competencia de la Municipalidad Provincial. El rea de Administracin Tributaria depende directamente de la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria.

Artculo 73.- El rea de Administracin Tributaria es el rgano de apoyo encargado de gestionar la recaudacin de los ingresos tributarios, a travs de las etapas de orientacin, registro, liquidacin, emisin, cobranza ordinaria y fiscalizacin.

Artculo 74.- EL rea de Administracin Tributaria, est a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Jefe de rea, quien depende funcional y jerrquicamente del Gerente Administracin Finanzas y Tributaria.

Artculo 75.- Son funciones del rea de Administracin Tributaria:a) Formular y proponer a la Gerencia Municipal, las polticas, normas, planes y programas que correspondan al mbito de su competencia.b) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de registro de contribuyentes y predios, recaudacin y fiscalizacin tributaria.c) Organizar y supervisar la actualizacin anual de las declaraciones juradas y, liquidacin del impuesto predial y arbitrios municipales de los contribuyentes.d) Revisar, coordinar y visar informes, resoluciones y otros documentos de su competencia.e) Emitir las Resoluciones que ponen fin a la primera instancia administrativa en el procedimiento contencioso y no contencioso tributario, con excepcin de aquellas en las que la firma no se encuentre delegada.f) Tramitar la elevacin de los recursos de apelacin admitidos y de las quejas presentadas por los contribuyentes del distrito y reguladas por el Cdigo Tributario.g) Organizar y supervisar el proceso de atencin de consultas de los contribuyentes o responsables sobre las normas y procedimientos tributarios, y de las acciones de divulgacin y orientacin de los derechos y obligaciones tributarias de los vecinos.h) Velar por el cumplimiento de los objetivos especficos de su competencia, establecidos en el Plan Estratgico Institucional, as como ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado.i) Proponer el diseo de procesos y procedimientos de su unidad orgnica en coordinacin con el rgano competente.j) Administrar la informacin que se procese en el sistema de informacin mecanizado con que cuente la unidad orgnica, para el mejor cumplimiento de sus funciones.k) Administrar toda la documentacin institucional que se encuentre en el mbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente.l) Informar peridicamente al Gerente Administracin Finanzas y Tributario, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo.m) Remitir a travs de la Gerencia de Administracin Finanzas y Tributaria al Despacho de Alcalda en forma mensual el Control de la recaudacin de los ingresos municipales, para que se informe al Concejo Municipal.n) Cumplir con las dems funciones que le asigne el Gerente AdministracinFinanzas y Tributario.

Artculo 76.- El rea de Administracin Tributaria para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes Responsables: Responsable de Registro y Orientacin Tributaria Responsable de Recaudacin y Control Responsable de Fiscalizacin Tributaria

06.2.5.1. DEL RESPONSBALE DE REGISTRO DE ORIENTACION TRIBUTARIA

Artculo 77.- El Responsable de Registro y Orientacin Tributaria, est a cargo de un