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“ 22 Años al Servicio de la Prevención de Riesgos Laborales y Ambientales “ 1989 - 2011 “Entidad Científica sin fines de lucro dedicada a la Investigación, Capacitación y Asesoría en Prevención de Riesgos Profesionales y Ambientales del país” Sugerencias o comentarios a [email protected] DIRECTORIO EJECUTIVO PERIODO 2009 2013 DR. MOISES EDUARDO CASTRO CARRASCO PRESIDENTE EJECUTIVO DR. JORGE CAMACHO VACA VICEPRESIDENTE LIC. KARINA REYES PEREZ SECRETARIA GENERAL ING. MERLE IGLESIAS TESORERO ING. JULIO VACAS SALAZAR COORDINADOR GENERAL EDITORIAL AFRONTAR LAS AUDITORIAS SART Dr. Moisés Castro Carrasco Presidente Ejecutivo S.E.S.O. na de las formas más importante para controlar los Riesgos ocupacionales en las empresas es evaluando el desempeño por la seguridad y salud ocupacional por parte de los trabajadores, mandos medios y gerentes de las organizaciones, a través de una serie de verificaciones e indicadores de gestión que ayudan para la verdadera gestión en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que son siempre una pérdida para las empresas. Es por ello que desde Noviembre del 2010 el IESS ha implementado un Reglamento de AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, Resolución C.D. 333, instrumento de carácter obligatorio que se debe aplicar en el entorno laboral de quienes están bajo su responsabilidad. El Ecuador se apresta a implementar el nuevo sistema de auditorías de riesgos del trabajo, con miras a obtener un mejor control de las obligaciones de las empresas en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como, de la aplicación de la normativa nacional e internacional en la prevención de los riesgos laborales a los que están expuestos los trabajadores en el país. Por ello SESO ha capacitado y durante el año 2012 seguirá dictando el Curso de Auditorias de Riesgos del Trabajo a fin de proporcionar a los participantes el conocimiento y las competencias profesionales que les permitan afrontar las auditorías de Riesgos del Trabajo del IESS y cuya finalidad ulterior será la de garantizar la salud de los trabajadores y el incremento de la productividad y competitividad, que estos programas de control técnico conllevan para las empresas. SOCIEDAD ECUATORIANA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTION AMBIENTAL S.E.S.O. Dolores Sucre #709-A y Calle “C”, (Barrio del Centenario) - Casilla (P.O. Box) 7015 Teléfono (593-4) 2330 706 - Fax (593-4) 2580 189 - Celular 08-5548 242 E-mails: [email protected] / [email protected] / [email protected] Website: www.seso.org.ec Guayaquil Ecuador U Órgano oficial de S.E.S.O. – Sociedad Ecuatoriana de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Ambiental Miembro de REVISTA AÑO 2011, Nº 010 GUAYAQUIL - ECUADOR EDICION: AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO NOVIEMBRE EN ESTA EDICIÓN Editorial………………………………. 1 Reglamentos Internos de seguridad y salud: un requisito para las Auditorias de riesgos del trabajo2 Auditoria de Riesgos del Trabajo3 La seguridad y salud en el Trabajo: Obligación de las Empresas……………………………… 4 Evaluación de riesgos laborales y Auditoria………………………………. 6 La Política: elemento clave en la Gestión de riesgos del trabajo…….. 7 Sistema de administración de la Seguridad y salud en el trabajo…… 9 Actividades & eventos……………. 12 Eventos internacionales………….. 14 Descargas……………………………. 14

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“ 22 Años al Servicio de la Prevención de Riesgos Laborales y Ambientales “ 1989 - 2011

“Entidad Científica sin fines de lucro dedicada a la Investigación, Capacitación y Asesoría en Prevención de Riesgos Profesionales y Ambientales del país”

Sugerencias o comentarios a [email protected]

DIRECTORIO EJECUTIVO

PERIODO 2009 – 2013

DR. MOISES EDUARDO CASTRO CARRASCO PRESIDENTE EJECUTIVO

DR. JORGE CAMACHO VACA VICEPRESIDENTE

LIC. KARINA REYES PEREZ SECRETARIA GENERAL

ING. MERLE IGLESIAS TESORERO

ING. JULIO VACAS SALAZAR COORDINADOR GENERAL

EDITORIAL

AFRONTAR LAS AUDITORIAS SART Dr. Moisés Castro Carrasco Presidente Ejecutivo – S.E.S.O.

na de las formas más importante para controlar los Riesgos ocupacionales en las empresas es evaluando el desempeño por la seguridad y salud ocupacional por parte de

los trabajadores, mandos medios y gerentes de las organizaciones, a través de una serie de verificaciones e indicadores de gestión que ayudan para la verdadera gestión en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que son siempre una pérdida para las empresas. Es por ello que desde Noviembre del 2010 el IESS ha implementado un Reglamento de AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, Resolución C.D. 333, instrumento de carácter obligatorio que se debe aplicar en el entorno laboral de quienes están bajo su responsabilidad. El Ecuador se apresta a implementar el nuevo sistema de auditorías de riesgos del trabajo, con miras a obtener un mejor control de las obligaciones de las empresas en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como, de la aplicación de la normativa nacional e internacional en la prevención de los riesgos laborales a los que están expuestos los trabajadores en el país. Por ello SESO ha capacitado y durante el año 2012 seguirá dictando el Curso de Auditorias de Riesgos del Trabajo a fin de proporcionar a los participantes el conocimiento y las competencias profesionales que les permitan afrontar las auditorías de Riesgos del Trabajo del IESS y cuya finalidad ulterior será la de garantizar la salud de los trabajadores y el incremento de la productividad y competitividad, que estos programas de control técnico conllevan para las empresas.

SOCIEDAD ECUATORIANA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTION AMBIENTAL – S.E.S.O.

Dolores Sucre #709-A y Calle “C”, (Barrio del Centenario) - Casilla (P.O. Box) 7015 Teléfono (593-4) 2330 706 - Fax (593-4) 2580 189 - Celular 08-5548 242

E-mails: [email protected] / [email protected] / [email protected] Website: www.seso.org.ec

Guayaquil – Ecuador

U

Órgano oficial de S.E.S.O. – Sociedad Ecuatoriana de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Ambiental Miembro de

REVISTA AÑO 2011, Nº 010 GUAYAQUIL - ECUADOR EDICION: AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO NOVIEMBRE

EN ESTA EDICIÓN

Editorial………………………………. 1

Reglamentos Internos de seguridad y salud: un requisito para las Auditorias de riesgos del trabajo… 2

Auditoria de Riesgos del Trabajo… 3 La seguridad y salud en el Trabajo: Obligación de las Empresas……………………………… 4

Evaluación de riesgos laborales y Auditoria………………………………. 6

La Política: elemento clave en la Gestión de riesgos del trabajo…….. 7

Sistema de administración de la Seguridad y salud en el trabajo…… 9

Actividades & eventos……………. 12

Eventos internacionales………….. 14

Descargas……………………………. 14

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REVISTA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES - PRL NOVIEMBRE 2011 – EDICION AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

REGLAMENTOS INTERNOS

DE SEGURIDAD Y SALUD:

UN REQUISITO PARA LAS

AUDITORIAS DE RIESGOS

DEL TRABAJO

las visitas que realiza el Ministerio de Relaciones Laborales desde mayo pasado, se unirá el IESS, para inspeccionar que las empresas cumplan

con todas las medidas de seguridad para sus empleados. Funcionarios dicen que lo que se busca no es sancionar, si no hacer cumplir los derechos de los trabajadores. La ausencia de los reglamentos de funcionamiento internos, y el de Higiene y Seguridad es una constante durante las inspecciones que el Ministerio de Labores realiza, desde el 2 de mayo pasado, dentro del programa Trabajo Digno. Este último requisito será indispensable, cuando el IESS inicie las verificaciones de seguridad laboral, dentro de las instalaciones de cada empresa. Siete de cada diez empresas, no cuentan con ninguno de los dos requisitos previsto en el Código de Trabajo, según un inspector de trabajo, que prefiere no revelar su nombre; y la mayoría, por la misma causa, desconocimiento de la norma. El desconocimiento sobre estos temas es generalizado, en algunos casos se da en empresas pequeñas. El Código de Trabajo dispone que toda empresa, con al menos un empleado, debe hacer y registrar su reglamento interno, cuyo objetivo es regular todo lo que es la relación laboral entre el empleador y empleado. “Son las normas sobre las que se debe regir el trabajador dentro de la empresa, para efecto de una acción de convivencia.

Adicionalmente, sirve para sustento del día, por ejemplo un trabajador incumple en ciertas causales que establece la compañía para sacar a un trabajador mediante visto bueno”, indica el inspector. El Art. 64 de esa norma establece que si el reglamento interno no está aprobado por el Ministerio, “no surtirá efecto en todo lo que perjudiquen a los trabajadores”. Las empresas están obligadas a hacer estos reglamentos porque precisamente es la empleadora y la que determina cuáles son las funciones del empleado y le obliga a trabajar. Para la aprobación de este documento, se debe hacer una petición a la Dirección Regional de Trabajo firmada por el representante legal de la empresa, a ella se debe adjuntar tres ejemplares del Reglamento Interno de Trabajo; copias del documento que acredite la personería jurídica; copia del nombramiento del Representante Legal; copia del certificado del RUC; y, copias de la cédula y papeleta de votación del Representante Legal y cancelar la tasa correspondiente a dicho trámite. La ausencia del Reglamento de Higiene y Seguridad es otra de las deficiencias en las inspecciones a las empresas. Este documento es obligatorio para compañías con más de 10 empleados, sean estas industrias u oficinas. La norma se crea según la actividad a la que la empresa se dedique y debe cumplir estándares internacionales de seguridad. Si son empresas de alto riesgo deben tener casco, las botas, instrumentación, como evacuar en caso de una emergencia, en cuanto a cómo manejarse en una forma higiénica dentro de la empresa, según la actividad. Muchos adjudican la ausencia de este reglamento a la falta de conocimiento o el poco interés de los empresarios, para conocer cómo cumplir las obligaciones impuestas. Aunque afirma que la responsabilidad puede ser compartida con las autoridades laborales, pues en el país estamos acostumbrados a funcionar bajo presión. Una vez comenzadas las inspecciones del Ministerio de Trabajo e IESS todos deberán ponerse al día, sabiendo que hay un límite de tiempo.

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AUDITORIA DE RIESGOS

DEL TRABAJO

ese documento será necesario cuando se inicien las inspecciones y/o auditorias por parte del IESS para la revisión de la seguridad dentro de las empresas. Con

esto, no se busca sancionar, si no hacer respetar los derechos de los trabajadores para que laboren en un ambiente seguro. La revisión se hará de manera aleatoria, siguiendo un sistema de verificación de la normativa técnico legal de las empresas. Esta normativa se basa en la resolución 333 del Consejo Directivo del IESS, emitida el 7 de octubre del 2010 y que cuenta con 39 normas de obligatoria aplicación. La auditoría de riesgos del trabajo busca que los empleadores asuman la responsabilidad, el manejo técnico de la seguridad y salud en el trabajo en sus empresas, naturalmente que si no cumplen con las normas después de una primera advertencia, en la verificación segunda se aplicará algún tipo de sanción. Las sanciones, por no cumplir con las normas de seguridad estandarizas, se aplicarán de acuerdo a una cotización adicional del 1%, de la nómina de cada empresa, durante los próximos dos años; pudiendo ser renovados por igual periodo, las veces que sean necesarias hasta que se cumpla con las disposición. Actualmente los empleadores están pagando, el 0.5% de todo ese paquete de cotizaciones. Y eso le protege los riesgos de trabajo, con este sistema de auditorías, además del 0.5%, va a aumentar, si es que no cumplen las empresas, el 1%, adicional; o sea pagarían el 1.5% para riesgos de trabajo; si las inconformidades son menores, se les aplicará por un año el 0,5%. Este pago de ninguna manera será asumido por el empleado, pues la responsabilidad de la seguridad de los centros laborales es enteramente del empleador. Y depende de la actividad a la que se dedique la empresa, y el tipo de seguridades que debe tener. Aunque la actividad productiva, la maquinaria, herramienta, instalaciones, procesos, materia prima, auxiliar y productos fueran semejantes, no así la organización del trabajo, la distribución de tareas, las jornadas y lo más importante el estado de motivación, satisfacción y nivel de compromiso

de su capital humano, que incide directamente en la productividad.

MANDATOS LEGALES EN SEGURIDAD Y SALUD

ACORDE AL TAMAÑO DE LA EMPRESA

Trabajadores CLASIFICACIÓN ORGANIZACIÓN EJECUCIÓN

1 a 9 Microempresa Botiquín de primeros auxilios. Delegado de Seguridad y Salud Responsable de prevención de riesgos.

Diagnóstico de Riesgos. Política empresarial. Plan mínimo de prevención de riesgos Certificados de Salud.

10 a 49 Pequeña empresa

Comité paritario de Seguridad e Higiene. Servicio de enfermería. Responsable de Prevención de Riesgos.

Política empresarial. Diagnóstico de Riesgos. Reglamento Interno de SST. Programa de Prevención. Programa de capacitación. Exámenes médicos preventivos. Registro de accidentes e incidentes. Planes de Emergencia.

50 a 99 Mediana empresa

Comité paritario de Seguridad e Higiene. Responsable de Prevención de Riesgos. Servicio de enfermería o servicio médico.

Política empresarial. Diagnóstico de Riesgos. Reglamento Interno de SST. Programa de Prevención. Programa de capacitación. Registro de accidentes e incidentes. Vigilancia de la salud. Planes de Emergencia.

100 o más Gran empresa Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud: Comité paritario de Seguridad e Higiene. Unidad de

Seguridad e Higiene. Servicio Médico de Empresa. Empresa Liderazgo gerencial.

Política empresarial. Diagnóstico de Riesgos. Reglamento Interno de SST. Programa de Prevención.

Programa de capacitación. Registro de accidentes e incidentes. Vigilancia de la salud. Registro de Morbilidad laboral.

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S.E.S.O. se complace en poner a su disposición nuestros Kit de entrenamiento

de Seguridad y Salud Ocupacional

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LA SEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO:

OBLIGACION DE LAS

EMPRESAS

a exigencia de los organismos de control en el Ecuador: Dirección Nacional del Seguro General de Riesgos del Trabajo del IESS, y el Ministerio de Relaciones

Laborales, buscan disminuir el aumento en el número de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en el Ecuador, haciendo cumplir la legislación actual, algunas vigentes desde la década de los años 70. Los requisitos legales aplicables y obligatorios en el Ecuador, son aquellos que se encuentran tipificados desde lo mencionado en la Constitución Política del Ecuador (2008), en su Capítulo Sexto: Trabajo y Producción, Sección Tercera: Formas de Trabajo y su Retribución, ART. 326, donde el derecho al trabajo se sustenta en los principios mencionados en el numeral 5 y 6. El Ecuador como País Miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), tiene la obligatoriedad de cumplir con lo establecido en el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su Reglamento de Aplicación. El Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece la obligatoriedad de contar con una Política de Prevención de Riesgos Laborales, además de las obligaciones y derechos de empleadores, trabajadores y personal vulnerable (objeto de protección personal), las sanciones que deberán aplicar los países miembros. El Reglamento de Aplicación del Instrumento Andino, establece la gestión de la prevención de riesgos laborales. Es importante considerar el tema de la responsabilidad solidaria, ya que muchos empleadores consideran que se libran de responsabilidad en caso de accidentes de trabajo si realizan sus actividades por medio de contratistas y subcontratistas, ya que frente a la ley, tanto el empleador como el contratista son responsables solidarios. En nuestro país el IESS, por medio de la Dirección Nacional del Seguro General de Riesgos del

Trabajo (SGRT), busca adaptar y aplicar legalmente a la realidad nacional, el modelo establecido en este Reglamento de Aplicación del Instrumento Andino CAN, por medio del SASST (Sistema de Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo) que a diferencia de lo que se cree, no es un estudio, ni un certificado, sino un Sistema de Gestión con sus respectivos componentes que tendrá un tiempo de implementación y su mantenimiento será por medio de las auditorías internas exigidas en este documento. El SART (Sistema de Auditoria de Riesgos del Trabajo), la misma que entrará en aplicación este año una vez aprobado el Reglamento de aplicación de Auditorias de Riesgos del Trabajo del IESS, con la que se dará inicio a las auditarías de éste “sistema de gestión obligatorio” (SASST) a las empresas, y se establecerán No Conformidades, las mismas que deberán solucionarse para no caer en responsabilidad patronal y las sanciones actualmente establecidas por el Seguro Social. El SASST como sistema de gestión tiene requisitos legales a cumplirse El IESS, además de establecer normativa aplicada para el SASST, cuenta con Resoluciones de obligatorio cumplimiento para la prevención de riesgos y prestaciones del Seguro General de Riesgos del Trabajo que cubre al trabajador desde el primer día del accidente a diferencia del seguro común de los afiliados que tendrán derecho luego de 6 aportaciones consecutivas, por eso la importancia de cumplir con la afiliación y el aviso de entrada inmediatamente. Entre las resoluciones del IESS vigentes, está el Reglamento General del Seguro de Riesgos del Trabajo, en el cual se establecen todos los aspectos de las prestaciones a este seguro, así

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como los casos de incapacidad y muerte del afiliado, readaptación profesional y responsabilidad patronal. La normativa para el proceso de investigación de accidentes-incidentes, establece los parámetros de investigación, clasificación y codificación de accidentes de trabajo e incidentes a nivel nacional, información con la cual se llena los avisos de accidente que deben entregarse en un plazo no mayor a 10 días desde la fecha del accidente. No olvidemos que el NO reportar accidentes de trabajo es motivo de responsabilidad patronal, lo cual va a ser controlado una vez inicie las auditorias del IESS o caso de denuncia. Además del cumplimiento obligatorio del SASST (también llamado Modelo Ecuador), el Ministerio de Relaciones Laborales, por medio de la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de esta dependencia, es la encargada de realizar las aprobaciones del Reglamento Interno de Seguridad y Salud vigente cada 2 años y Comité Paritario de Seguridad y Salud de las empresas anualmente, requisitos obligatorios. Es obligación para las empresas tener aprobado el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (empresas con más de 10 trabajadores) y su elaboración estará conforme el Acuerdo Ministerial 0220/05.

Durante las últimos 2 décadas, en ecuador ha tenido vigencia el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, D.E. 2393, R.O. 565, que desde Noviembre del 1986 ha sido la base técnica y legal de la Prevención de Riesgos en el

país. Para muchas empresas no es conocido a pesar que tiene 23 años de vigencia. Éste reglamento cuyo ámbito de aplicación es “a toda actividad laboral” y “todo centro de trabajo”, establece obligaciones que van desde la responsabilidad a todo nivel, así como requisitos de la conformación de Unidad de Seguridad y Comité Paritario.

De la misma forma el Código del Trabajo es un requisito legal obligatorio en esta materia en el país. En su Título IV, De los Riesgos del Trabajo, establece definiciones, indemnizaciones por accidentes, clasificación de enfermedades profesionales, de las comisiones calificadoras de riesgos. La aplicación obligatoria del Reglamento para funcionamiento de servicios médicos de empresa, de Octubre de 1978, (cien o más trabajadores, o menos de cien en empresas de riesgo grave – alto riesgo) es de real importancia para cumplir requisitos importantes en prevención como el monitoreo médico, psicológico y la vigilancia epidemiológica. Existen otros cuerpos legales en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo aplicables para cada actividad que se realiza en el ecuador, que en muchos casos no aplicará a otras empresas. Tenemos así el Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas, para buscar controlar los riesgos en las actividades que demandan la mayor mortalidad a nivel mundial; el Reglamento de Seguridad del Trabajo contra

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riesgos en Instalaciones de Energía Eléctrica, para buscar controlar los riesgos en las actividades que demandan la 2da mayor mortalidad a nivel mundial; Reglamento de Seguridad e Higiene en Trabajos Portuarios; Reglamento de Uso y Aplicación de Plaguicidas y Pesticidas; Reglamento de Prevención de Incendios; Normas para Aplicación del Reglamento del Seguro Contra Incendios; Ley de defensa contra incendios.

Con lo expuesto en todo este artículo, es recomendable para las Organizaciones realizarse un proceso de verificación de cumplimientos legales aplicables en Seguridad y Salud en el Trabajo, es decir, una auditoria interna de cumplimiento de la legislación vigente en este campo, para conocer exactamente qué responsabilidades se deben cumplir, así como, para mejorar nuestra matriz legal, siendo el caso aplicable, los Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud Acreditados y por Acreditarse. También dentro de la normativa legal para prevención es importante cumplir lo establecido en Normas INEN aplicables a las actividades de las empresas. Contrario al convencimiento de los empresarios en invertir en sistemas de seguridad y salud ocupacional, las pérdidas por accidentes de trabajo pueden ser de 1 a 4 y hasta 50 dólares por cada dólar invertido en producción.

EVALUACION DE

RIESGOS LABORALES Y

AUDITORIA

s fundamental que periódicamente se realice una evaluación de riesgos laborales no solo por el hecho de que se deben planificar todos las prevenciones

correspondientes sino porque también debemos tener en cuenta un factor fundamental para la vida de nuestra empresa, y son las auditorías externas. La pregunta es ¿De qué manera la evaluación de riesgos laborales se relaciona con una auditoria?, y lo cierto es que si bien la evaluación no cuenta como una auditoria interna ya que su fin no es corregir las deficiencias en las prevenciones sino idear nuevas formas de prevención, quienes se encargan de realizar dicha evaluación deben preparar un informe acerca de todas las técnicas aplicadas anteriormente, el nivel de efectividad frente a los riesgos laborales que las mismas tuvieron y lógicamente la evaluación de riesgos laborales más actual que se haya realizado. Dicho informe será entregado al ente regulador de todas las empresas industriales y constructoras para asegurarse de que se cumplan las normas correspondientes. Por otro lado y más allá de los intereses que puedan llegar a tener la empresa como entidad comercial frente a una evaluación de riesgos laborales, debemos decir que lo más importante es siempre resguardar la salud, el bienestar y la seguridad de los trabajadores que realizan los diferentes tipos de actividades en nuestra compañía. Decimos esto porque los accidentes laborales son algo muy común y la mayoría de ellos se debe a que las compañías no cumplen con las normativas correspondientes a la prevención en riesgos laborales, y otro lado, cuando la empresa las cumple, con los empleados quienes no hacen caso de las reglas que se les impone, es por eso que también resulta fundamental que todos los empleados tengan una formación acerca de lo que implican los riesgos laborales ya que después de todo son ellos los que están directamente expuestos. Pero más allá de este factor tan importante a considerar debemos decir que la evaluación de riesgos laborales nos ayudará a implementar nuevas técnicas que sin lugar a dudas lograrán un mejor ambiente laboral y una mejor producción.

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S.E.S.O. pone a su disposición nuestro servicio de elaboración de Reglamentos de

Seguridad y Salud en el trabajo

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LA POLITICA: ELEMENTO

CLAVE EN LA GESTION DE

RIESGOS DEL TRABAJO

Autor: Prof. Antonio R. Gómez García

a Resolución No. C.D. 333, ofrece un nuevo referente legal en materia seguridad y salud ocupacional en Ecuador. El futuro en este tema, no se

limita solamente a un conjunto de deberes de obligado cumplimiento por parte del empleador en evitar los accidentes y enfermedades de los empleados, sino más bien, en integrar la actividad preventiva en el propio sistema de gestión de la empresa u organización, todo ello a través de una política de seguridad y salud. En este artículo, pretendemos ofrecer una aproximación de cuál debe ser el propósito y finalidad de las políticas en esta área y, a su vez, invitar a la reflexión sobre la creación y desarrollo de una verdadera cultura de seguridad.

¿Qué es un sistema de gestión de

la seguridad y salud? Aunque la respuesta a esta cuestión ha sido muy comentada en las últimas décadas, se hace importante y necesario definirla a fin de recordar su propósito y finalidad. Podemos definir un 1SGSST como la herramienta que proporciona a la organización los medios y requisitos necesarios para alcanzar y controlar los objetivos que ella misma se fija. Dichos objetivos vienen a constituir los que denominamos la declaración de intenciones y principios que ella

misma desea cumplir en materia de seguridad y salud, y que se establecen a través de la política.

¿Qué entendemos por política de

seguridad y salud en el trabajo?: La política de 2SST establece los principios básicos de acción de una empresa u organización en materia de seguridad y salud en el trabajo, con el fin de evitar los riesgos laborales y a su vez garantice unas condiciones de trabajo adecuadas. En estos términos, estamos considerando que la política debe articular una serie de expectativas y metas en lo que se refiere a la mejora de las condiciones de trabajo. Por supuesto, y como todas las normas reconocidas internacionalmente, indican que la política de SST debe ser definida por la alta Dirección de la organización, un claro ejemplo lo encontramos en 3OHSAS 18001. Nos hemos atrevido a realizar una tabla comparativa sobre los requisitos que establece la norma OHSAS 18001 y la Resolución No. C.D. 333, cabe destacar, que la primera de ellas es de carácter opcional y la segundad de obligado cumplimiento legal.

OHSAS 18001 Resolución No. C.D. 333

Apropiada a la naturaleza y magnitud de los riesgos

Corresponde a la naturaleza y magnitud de los factores de riesgo.

Compromiso de prevención de los daños y el deterioro de la salud

Compromiso de las empresas de dotar de las mejores condiciones de seguridad y salud ocupacional.

Compromiso de cumplir con la legislación preventiva aplicable

Compromiso de cumplir con la legislación técnico legal

Mejora continua de la gestión y el desempeño de la SST.

Se compromete al mejoramiento continuo.

Proporcionar el marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de prevención de riesgos laborales.

Ser comunicada a todos los miembros y personas de la organización.

Se ha dado a conocer a todos los trabajadores.

Estar documentada, implantada y actualizada.

Está documentada, integrada-implantada y mantenida.

Estar a disposición del público.

Está disponible para las partes interesadas.

Revisada periódicamente para asegurar que sigue siendo apropiada

Se actualiza periódicamente.

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Como podemos comprobar, el 4SART (Resolución No. C.D. 333) en ningún momento indica que la política debe ser el pilar básico para establecer los objetivos en materia de seguridad y salud. En este sentido, la idea de establecer una cultura de integradora de riesgos del trabajo en la empresa, parece estar aún lejos de su propósito.

Por tanto, ¿cuáles deberían ser los

principios básicos de formulación

de la política de SST? No sólo de trata de cumplir con los requisitos impuestos legalmente y cumplir con una posible 5auditoría legal. La formulación de una política debe tener en cuenta, fundamentalmente, las características específicas de cada organización, es decir, qué riesgos existen y cómo afrontarlos, pero sin descuidar, el cómo seguir mejorando la seguridad y salud en el futuro. Se hace relevante apoyarse en una serie de principios rectores elementales para la elaboración de una política de SST: Debe ser ética: basada en la protección de la seguridad y salud. Debe ser participativa: colaboración activa de todos los miembros de la organización en el cumplimiento de las normas establecidas. Debe ser reiterativa: empleando los recursos y medios necesarios para implicar y motivar a los miembros de la organización. Debe ser integradora: lógicamente, que integre a toda la estructura jerárquica de la organización, estableciendo funciones y responsabilidades.

La política de SST debe establecerse por la alta Dirección teniendo en cuenta los puntos anteriores, puesto que constituye la base en la que se

sustenta el sistema de gestión, y punto de referencia para dirigir las acciones futuras de la empresa u organización. Llegado a este punto, cabría también preguntarse sobre ¿cuáles serían los aspectos a tener en cuenta por la alta dirección?

Refiriéndonos al Capítulo II de la Auditoría de Riesgos del Trabajo en su Artículo 9. Auditoria del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de las empresas/organizaciones, he considerado oportuno, añadir y reflexionar sobre esta cuestión:

Debería establecerse por escrito, de forma clara y sencilla, incluso me atrevo a decir, que en una sola página sería suficiente.

Ser compatible con las políticas de calidad y medio ambiente así como con otras políticas empresariales generales de la organización.

Tener como objetivo principal la mejora continua.

Identificar las necesidades y expectativas de las partes interesadas: clientes, empleados, accionistas, sociedad, autoridades, proveedores, etc.

Ser realista y concisa, y que refleje fines reales que sean alcanzables por la organización, ya que su grado de cumplimiento se verificará en las auditorias del sistema de gestión.

Política SST

ética participativa reiterativa integradora

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Deberá examinarse y revisarse de forma periódica para reflejar los cambios en las condiciones y en la información.

Tener en cuenta los recursos necesarios y disponibles para que los objetivos de SST sean alcanzables.

Podemos afirmar que una política empresarial, sea del tipo que sea, se basa simplemente, en hacer operativa una estrategia. Como es lógico, ello conlleva a establecer un compromiso real. Cuando hablamos de estrategia nos referimos a planes concretos de acción que permitan alcanzar objetivos. Para lograr estos objetivos se hace necesario tener en cuenta los siguientes fundamentos: Primero, la política más efectiva es la que busca hacer lo establecido en el momento indicado, no después. Segundo, una buena política se concentra en objetivos hasta alcanzarlos, no solo documentarlos por escrito. Tercero, las políticas son los criterios que deben regir la actuación de la empresa u organización, no sólo cumplir con la obligación legal. Y por último, las políticas se aplican en todos los niveles, no sólo para algunos estamentos de la organización. Pero es importante hacer hincapié que la existencia de una política en materia de seguridad y salud en el trabajo sirve de muy poco a menos que se complemente con procedimientos que la hagan efectiva. 1SGSST. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el

Trabajo. OHSAS 18001 2SST. Seguridad y Salud en el Trabajo. Resolución No.

C.D. 333 3OHSAS 18001. Occupational Health and Safety

Management Systems - Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad Laboral. 4SART. Sistema de Auditoria de Riesgos del Trabajo.

5auditoría legal. Nos referimos a la auditoría del Instituto

Ecuatoriano de Seguridad Social.

Súmate ya en

SISTEMA DE

ADMINISTRACION DE LA

SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

l IESS a través de la Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo, ha organizado y puesto en marcha el sistema de auditoría de riesgos del

trabajo a las empresas como medio de verificación del cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, el cual está constituido por dos etapas; siendo la primera de asesoramiento e implantación del Sistema de Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo(SASST), y la segunda en la organización y realización del sistema de auditoría de riesgos del trabajo a las empresas y organizaciones. Sus objetivos radican en asesorar y socializar la implantación de este modelo; generar una cultura socio laboral de la prevención de riesgos; además de las obligaciones, responsabilidades legales de los empleadores, trabajadores y del IESS; finalmente mejorar la imagen institucional.

Este modelo o plan de asesoría del SASST, se aplicará como plan de asesoramiento a los empleadores y trabajadores cubiertos por el Seguro de Riesgos del Trabajo y su operativización será responsabilidad de los funcionarios de las unidades provinciales de Riesgos del Trabajo; siendo revisado periódicamente sobre la base de las observaciones provenientes de los sectores involucrados.

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REVISTA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES - PRL NOVIEMBRE 2011 – EDICION AUDITORIAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

Los elementos del SASST son: la gestión administrativa, la gestión del talento humano y la gestión técnica. En la gestión administrativa está determinada por un conjunto de políticas, estrategias y acciones que determinan la estructura de la organización, además de la asignación de responsabilidades y el uso de recursos en los procesos de planificación, implementación y evaluación de la seguridad y salud. En la fase política se define la estrategia, se establece el compromiso gerencial y se adopta medidas de protección a los trabajadores, bienes y ambiente.

En lo que respecta a la fase de la organización se define una estructura humana (personal técnico especializado en seguridad y salud ocupacional) además delegar funciones y responsabilidades tales como si la empresa cuenta con más de cien trabajadores estables se deberá contar con una Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo y de un departamento de servicio médico, y finalmente si en una empresa laboran más de quince trabajadores se deberá organizar un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo siendo integrado por tres representantes de los trabajadores y tres representantes del empleador además de cada miembro se le deberá designar un suplente para velar el cumplimiento de las normas legales. En la fase de planificación se establecen los objetivos, se asignan recursos, se establecen procedimientos e índices de control. En la fase de Implementación se capacita, adiestra, aplica procedimientos, ejecuta las tareas y se registra los datos. Finalmente en la fase de evaluación y seguimiento se verifica los índices de control propuestos en los tres niveles (administrativo, talento humano y técnica), eliminar o controlar los

riesgos e implantar procedimientos de mejora continua. En la gestión del talento humano es un sistema integrado e integral que busca descubrir, desarrollar, aplicar y evaluar los conocimientos, habilidades, destrezas y comportamientos del trabajador orientados a generar y potenciar el capital humano, que agregue valor a las actividades de la empresa y minimice los riegos del trabajo. En la fase de selección se describen las aptitudes, actitudes, conocimientos, experiencia y el examen pre -ocupacional (completo y orientado al puesto de trabajo). En la fase de información se establecen la información inicial (inducción e información necesaria del conocimiento de los procesos productivos), factores de riesgo y del puesto de trabajo en la tarea que va realizar o asignada. En la fase de formación, capacitación y adiestramiento debe ser sistemática a todos los niveles que a la vez debe tener una secuencia lógica y progresiva, y finalmente desarrollar la práctica necesaria para ejecutar la tarea. Finalmente en la fase de comunicación surge la necesidad de realizarla en sentido vertical y horizontal en los dos sentidos con los trabajadores, mandos medios y directivos siendo esta interna o externa (comunidad o situaciones de emergencia). En la gestión técnica es un sistema normativo, herramientas y métodos que permite identificar, conocer, medir y evaluar los riesgos del trabajo; y establecer las medidas correctivas tendientes a prevenir y minimizar las perdidas organizacionales, el deficiente desempeño de la seguridad y salud ocupacional. En la identificación objetiva existe la cualitativa en las que hay técnicas como análisis preliminar de peligros, de seguridad en el trabajo, de operatividad, de modos de fallos efectos y criticidad, check list, mapas de riesgos, etc..; y la cuantitativa como árbol de fallos, de efectos, análisis de fiabilidad humana, mapa de riesgos,

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etc..; todas éstas orientadas a la identificación de riesgos.

En la identificación subjetiva se basa en tablas de probabilidad de ocurrencia de eventos, de observaciones e interrogatorios. En la medición se lo realiza aplicando procedimientos estadísticos, estrategias de muestreo, métodos o procedimientos estandarizados y con instrumentos calibrados sea realizada en el lugar (campo) o en el laboratorio. En la de evaluación ambiental, biológica y psicológica, se expresa a que después de que se haya medido los factores de riesgos identificados (químicos, biológicos, físicos, mecánicos, psicosociales, ergonómicos y medio ambientales), deberán ser comparados con estándares nacionales y en ausencia de éstos con estándares internacionales estableciendo índices ambientales, biológicos, etc.., con la finalidad de establecer su grado de peligrosidad. En el principio de las acciones preventivas se incorpora el control en la fase de diseño teniendo como prioridad en la fuente para reducir el factor de riesgo con un control ingenieril (eliminación/sustitución), en el medio de transmisión con elementos técnicos o administrativos de eliminación) y en el hombre con control administrativo (rotación/disminución del tiempo de exposición), con adiestramiento en procedimientos de trabajo y con EPP (equipos de protección personal)en selección, uso, control y mantenimiento. En la vigilancia de la salud de los trabajadores con exámenes pre-ocupacionales, inicial, periódicos, a grupos vulnerables, reintegro y retiro. En el seguimiento se lo ejecuta en lo ambiental y en lo medico (salud física y mental). En las actividades proactivas y reactivas básicas se integra la investigación de accidentes e incidentes; tener un programa de mantenimiento (preventivo,

predictivo y correctivo); programar inspecciones; planes emergencia y contingencia; EPP; registros del SASST y Auditorías internas (realizar por lo menos una al año en la empresa). Finalmente si la empresa cuenta con más de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de trabajo y Empleo un reglamento de seguridad y salud, el mismo que será renovado cada dos años, siendo este un compromiso empresarial firmado por la máxima autoridad y debiendo enviarse una copia del mismo a la Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo por ende cabe acotar que este reglamento es propio de la organización en base a su actividad económica y diferente entre organizaciones.

En comparación con las normas OHSAS y el SASST siguen un esquema práctico de una secuencia lógica que permite planear, hacer, verificar y actuar siendo un mejoramiento continuo, un cambio constante en afán de disminuir los riesgos del trabajo y ello puede ser primeramente evidenciado, investigado, tomando acciones, implementando recursos y verificado por instituciones como el IESS (Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo) o por una firma consultora con certificación para las OHSAS. La conclusión final es que ambos sistemas de seguridad y salud en el trabajo contribuye a la mejora de las condiciones y factores que pueden afectar al bienestar de toda persona que se encuentre en el entorno físico de una empresa o institución sea pública o privada siguiendo lineamientos y procedimientos legales.

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ACTIVIDADES & EVENTOS DE S.E.S.O.

Recuerde: "La Seguridad Industrial es un requisito de crecimiento"

Curso de Auditorias de Riesgos del Trabajo

- SART

Hotel Oro Verde – Machala S.E.S.O dictó del 14 al 17 Noviembre dicho curso en donde participaron profesionales de entidades como son Empresa Eléctrica

Ambato, Guadalupe Minning, San Luis

Minerales, Oroporto, Minereicis entre otras.

Curso de Auditorias de Riesgos del Trabajo -

SART

Hotel Ramada – Guayaquil S.E.S.O dictó del 21 al 24 Noviembre dicho curso en donde participaron profesionales

de entidades como son Univisa, Fundametz, Canodros, Blasti, Cnel, Varadero Maridueña, Agip Oil, Ctotal, Triyit entre otros. En la foto

consta en el Centro el Arq. Juan Vélez, Director del Seguro General del Riesgos del

Trabajo – IESS y Dr. Moisés Castro, Presidente de SESO y docente del curso

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ACTIVIDADES & EVENTOS DE S.E.S.O.

Curso de Auditorias de Riesgos del

Trabajo - SART

Hotel Ramada – Guayaquil S.E.S.O dictó del 21 al 24 Noviembre

Consta el Ing. Julio Vacas docente del Curso.

Curso de Auditorias de Riesgos del Trabajo -

SART

Hotel Ramada – Guayaquil S.E.S.O dictó del 21 al 24 Noviembre Consta el Ing. Julio Vacas, Dr. Jorge

Villacreses, Ar. Juan Vélez y Dr. Moisés Castro.

Grupo de trabajo IV de la empresa Nivi –

Triyit del Curso de Seguridad y Salud

Ocupacional

Durante el mes de Noviembre SESO capacito los colaboradores de dicha

empresa en sus propias instalaciones.

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EVENTOS INTERNACIONALES

30º CONGRESO DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL – ICOH Organización: Comisión Internacional de Salud Ocupacional – ICOH Fechas: 18 al 23 de Marzo del 2012 Lugar: Cancún - México

VI CONGRESO ECUATORIANO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Organización: Sociedad Ecuatoriana de Seguridad y Salud Ocupacional - SESO Fechas: 1 al 3 de Agosto del 2012 Lugar: Machala - Ecuador

Solicitar Información: [email protected] / [email protected]

PROXIMOS EVENTOS DE S.E.S.O.

CURSO DE AUDITORIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ( Resolución C.D. 333 IESS ) Guayaquil, Hotel Ramada, 23 al 26 de Enero Quito, Hotel Akros, 26 al 29 de Marzo Machala, Hotel Oro Verde, 23 al 26 de Abril

CURSO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Guayaquil, Hotel Ramada, 6 al 7 de Febrero

CURSO INDICADORES DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Guayaquil, Hotel Ramada, 27 al 28 de Febrero

CURSO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN SECTOR MINERO Machala, Hotel Oro Verde, 12 al 13 de Marzo

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DESCARGAS S.E.S.O. pone a su disposición una serie de material, que pueden descargar en estos link:

AFICHE: “Seguridad Practíquela” NOTA TECNICA DE PREVENCION: Lista de Verificación SART

VIDEO: “Plan Perfecto Prevención de Riesgos Laborales”

Pautar en nuestra Revista PRL representa entre muchos otros… Llegar a uno de los segmentos más exclusivos de directivos de alto nivel del país… Mayor información: [email protected] / [email protected]