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RESOLUCIÓN-N° 0 0 4 5 Provincia de Santa Fe Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 2 4 FEB 2011 VISTO: la gestión iniciada a través del expediente N° 00101- 0207622 - 7 del registro del Sistema de Información de Expedientes por intermedio del cual el TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO promueve la gestión tendiente a la adquisición de papelería especial, sobres electorales y urnas; y, CONSIDERANDO: que el pedido resulta de imprescindible necesidad para llevar adelante las actividades preelectorales, que conlleva la organización y concreción de los actos comiciales para el año 2011; que atento al carácter de la gestión, el Tribunal Electoral de la Provincia, procedió a confeccionar las características técnicas y establecer el costo estimativo de la compra, que deberán tenerse como referencia al momento de la adjudicación; que la gestión cuenta con la autorización expresa de la Señora Subsecretaria de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, de conformidad con lo preceptuado por la Resolución N° 009/08, lo que queda por cumplimentado el artículo 5° del Decreto-Acuerdo N° 0877/90; que la Coordinación General Contable Jurisdiccional ha imputado preventivamente el gasto, con cargo al crédito específico de afectación, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 82° de la Ley N° 12.510; que resulta de interés dejar constancia que la disponibilidad /// "2011 - Año del Bicentenario de la Gesta Artiguista" Imprenta Oficial - Santa Fe

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RESOLUCIÓN-N° 0 0 4 5 Provincia de Santa Fe Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 2 4 FEB 2011

VISTO:

la gestión iniciada a través del expediente N° 00101-

0207622-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes por intermedio del cual

el TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA dependiente del MINISTERIO

DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO promueve la gestión tendiente a la

adquisición de papelería especial, sobres electorales y urnas; y,

CONSIDERANDO:

que el pedido resulta de imprescindible necesidad para llevar

adelante las actividades preelectorales, que conlleva la organización y concreción de los

actos comiciales para el año 2011;

que atento al carácter de la gestión, el Tribunal Electoral de la

Provincia, procedió a confeccionar las características técnicas y establecer el costo

estimativo de la compra, que deberán tenerse como referencia al momento de la

adjudicación;

que la gestión cuenta con la autorización expresa de la Señora

Subsecretaria de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado,

de conformidad con lo preceptuado por la Resolución N° 009/08, lo que queda por

cumplimentado el artículo 5° del Decreto-Acuerdo N° 0877/90;

que la Coordinación General Contable Jurisdiccional ha

imputado preventivamente el gasto, con cargo al crédito específico de afectación, de

conformidad con lo prescripto en el Artículo 82° de la Ley N° 12.510;

que resulta de interés dejar constancia que la disponibilidad

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-Hoja N° 2-

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financiera será contemplada en la Programación presupuestaria, cumplimentándose con

ello lo estipulado por el Artículo 6° de la Resolución N° 10/04, del ex Ministerio de

Hacienda y Finanzas, ratificada por Resolución N° 002/11, del Ministerio de Economía;

que estimado el monto que insumiría la gestión, se canalizó

el trámite conforme los términos del Artículo 1° de la Ley 12.489 -Licitación Pública - ;

que por Disposición N° 274 de fecha 18/11/10 de la

Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes se aprueba el Pliego de Bases

y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 60/10, y autoriza a la División

Aprovisionamiento a efectuar la convocatoria a dicha licitación, con fecha de apertura de

sobres el 07/12/10;

que se efectuaron las publicaciones correspondientes en el

Boletín Oficial, diarios de la Provincia y un diario de Buenos Aires, página web del

Gobierno de Santa Fe, y se cursaron invitaciones a las posibles oferentes;

que al proceder a la apertura de sobres recibidos, se constata

la existencia de cinco (5) firmas oferentes: FELIX A. MEDORO S.A., D.W.P. S.R.L.,

WELLPACK S.A., MELEZANE S.A. Y J. M. CASOLI S.A.;

que reunida la Comisión de Preadjudicaciones, constituida

a tal fin, decide ratificar en un todo de acuerdo, según el cuadro comparativo de precios

elaborado por la División de Adjudicaciones, aconsejando la adjudicación conforme al

Informe de Preadjudicación N° 018/11 para los Renglones 7), 8), 9), 12), 13) y 17) a

favor de la firma J. M. CASOLI S.A., sita en calle Zapiola N° 77, Ciudadela, Provincia de

Buenos Aires, por la suma total de PESOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS

VEINTINUEVE ($ 72.529,00) — quedando sin efecto los Renglones N° 3), 4) y 16) por

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-Hoja N° 3-

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quedar desestimada la única oferta que cotizó dichos renglones, además quedaron sin

efectos los Renglones 1), 2), 5), 6), 10) y 11) conforme lo fundamentado en el Informe del

Tribunal Electoral a fs 413/414, en concordancia con la promulgación de la Ley N° 13.156

del Sistema de Boleta Única y Unificada del Padrón Electoral y los renglones 14) y 15) por

carecer de oferentes;

que dicha Comisión fundamentó la preadjudicación del

Renglón 7) Por ser la de menor costo que se ajusta a lo solicitado, y los Renglones 8), 9),

12), 13) y 17), Por ser la de menor costo, además de cumplimentar con las especificaciones

técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, considerándose todos los costos

presupuestados razonables de acuerdo a lo manifestado por el órgano competente, dando

de esa manera por cumplimentada la exigencia impuesta por el Artículo 2° del Decreto-

Acuerdo N° 0610/92;

que se encuentra cumplimentado el requisito de presentación

de los Certificados Negativos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos Ley N°

11.945, obrantes en el trámite;

que por otra parte y teniendo en cuenta los motivos que la

fundamentan, se ha merituado la conveniencia de disponer la excepción a la restricción

establecida en el Artículo 2° del Decreto -Acuerdo N° 0580/89;

que esta autoridad en uso de las facultades conferidas por

el Artículo 3° del Decreto Acuerdo 4504/92 y el Artículo 2° inciso b) del Decreto-

Acuerdo N° 3226 del 16/12/05, puede adjudicar conforme lo aconsejado;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

A CARGO DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

RESUELVE :

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-Hoja N° 4-

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ARTICULO 1° : Exceptúase la presente gestión de la restricción impuesta por el

Artículo 2° del Decreto-Acuerdo N° 0580/89.

ARTICULO 2° : Apruébase lo actuado por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES en el marco de la

Licitación Pública N° 60/10 y Adjudícase la suma total de PESOS SETENTA Y DOS

MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE ($ 72.529,00) - por la provisión de papelería y

sobres, para ser destinados al TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA

dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO para

llevar a cabo los actos comiciales previstos para el año 2011, a favor de la firma J. M.

CASOLI S.A., sita en calle Zapiola N° 77, Ciudadela, Provincia de Buenos Aires, por los

montos parciales y totales y conceptos que se detallan a continuación, en un todo de

conformidad a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, y de

acuerdo al presupuesto presentado por la firma proveedora obrantes en las respectivas

actuaciones:

RENG DETALLE UNIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL

-7- Sobre Bolsa 20.000 $ 2,43 $ 48.600,00

"Devolución

Material Sobrante"

-8- Sobre Devolución 20.000 $ 391,00 c/ 1000 U. $ 7.820,00

Actas tamaño

Oficio.

-9- Sobre Remisión de 20.000 $ 322,00 c/ 1000 U. $ 6.440,00

Actas Pres. del

Comicio

Transporte $ 62.860,00

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-Hoja N° 5 -

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Transporte $ 62.860,00

-12- Sobre color blanco 30.000 $ 81,20 c/ 1000 U. $ 2.436,00

-13- Sobre color blanco

tamaño oficio

25.000 $ 105,00 c/ 1000 U. $ 2.625,00

-17- Sobre celeste recibo

autoridad de mesa.

16.000 $ 288,00 c/1000 U. $ 4.608,00

Total General $ 72.529,00

ARTÍCULO 3° : Déjase sin efecto la adjudicación de los renglones 3), 4) y 16) por quedar

desestimada la única firma que los cotizó y los renglones 1), 2), 5), 6),

10) y 11) porque se deben modificar sustancialmente los ítem, dado que los materiales

comprendidos en dichos renglones del Pliego Licitatorio, según el caso, deben

reemplazarse y otros son innecesarios, todo ello conforme al Informe elevado por el

Tribunal Electoral a fs 413/414, en concordancia con la promulgación de la Ley N° 13.156

del Sistema de Boleta Única y Unificada del Padrón Electoral y por último se dejaron sin

efecto los renglones 14) y 15) por carecer de oferentes.

ARTÍCULO 4° : Desestímase la Oferta N° 2 de - D.W.P. S.R.L. por aplicación del

Artículo 31° del Decreto N° 2809/79 "Omisión de documentación"

debido a que la misma no cumplió con lo requerido por Nota N° 366/2010, quién no

obtuvo el Certificado Fiscal para Contratar, ya que el certificado acompañado por la misma

estaba vigente hasta el 19 de Agosto de 2.010, conforme se desprende del Informe de

Preadjudicación N° 018/11.

ARTÍCULO 5° : Impútese con cargo al crédito previsto en la Jurisdicción 11-

Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado — Categoría Programática

30.0.0.0 — Fuente 111 — Objeto del Gasto 2.3.0.0— Clasif. Geogr. 82-63-306 — Finalidad y

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-Hoja N° 6 -

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Función 1.3.0. del Presupuesto Vigente Ley N° 13.174.

ARTÍCULO 6° : Regístrese, comuníquese, notifíquese a la firma adjudicataria y a todas

las partícipes del acto licitativo y pasen las actuaciones administrativas a

la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS para

que emita la respectiva Orden de Provisión, y a la DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN dependiente DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y

REFORMA DEL ESTADO a sus efectos. -

Dr. HECTOR CARLOS SUPERTI

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