Normativa para importacion

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NORMATIVA PARA NORMATIVA PARA IMPORTACION IMPORTACION DJAI DJAI LNA LNA PAGO DE IMPORTACIONES PAGO DE IMPORTACIONES OTROS OTROS

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declaración jurada anticipada de importación -DJAI, licencias no automáticas, Sistema Integrado de Comercio Exterior (SISCO)

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NORMATIVA PARA NORMATIVA PARA IMPORTACIONIMPORTACION

DJAIDJAI

LNALNA

PAGO DE IMPORTACIONESPAGO DE IMPORTACIONES

OTROSOTROS

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DECLARACION JURADA DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION ANTICIPADA DE IMPORTACION

(DJAI)(DJAI)

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NORMATIVA (Enero de 2012)NORMATIVA (Enero de 2012)

Resolución General 3252 Resolución General 3252 – AFIP – – AFIP – Implementación de la Declaración Jurada Implementación de la Declaración Jurada Anticipada de Importación.Anticipada de Importación.

Resolución General 3255 Resolución General 3255 – AFIP – – AFIP – Ventanilla Única Electrónica. Esta Ventanilla Única Electrónica. Esta Resolución reglamenta la RG 3252.Resolución reglamenta la RG 3252.

Resolución General 3256 Resolución General 3256 – AFIP – Se – AFIP – Se aprueba el “Modelo de Convenio de aprueba el “Modelo de Convenio de Adhesión al Régimen de Ventanilla Única Adhesión al Régimen de Ventanilla Única Electrónica de Comercio Exterior”.Electrónica de Comercio Exterior”.

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DJAIDJAI El registro de la DJAI se efectúa a través del El registro de la DJAI se efectúa a través del

SIM, la cual está a cargo del declarante. No SIM, la cual está a cargo del declarante. No es necesaria su impresión y no existe es necesaria su impresión y no existe ningún arancel que se genere por su ningún arancel que se genere por su registración.registración.

Los sujetos alcanzados por el Régimen de la Los sujetos alcanzados por el Régimen de la DJAI son los importadores.DJAI son los importadores.

El registro lo pueden efectuar los El registro lo pueden efectuar los Despachantes de Aduana y los Despachantes de Aduana y los Importadores adheridos al régimen de la Importadores adheridos al régimen de la R.G. Nº 333/1999 – AFIP.R.G. Nº 333/1999 – AFIP.

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DJAI - DJAI - ¿Qué datos deben consignarse?¿Qué datos deben consignarse?

CUIT del importador y del declarante, en CUIT del importador y del declarante, en caso de corresponder.caso de corresponder.

Valor FOB y divisa correspondiente.Valor FOB y divisa correspondiente. Posición arancelaria SIM/Código AFIP.Posición arancelaria SIM/Código AFIP. Tipo y cantidad de unidades de Tipo y cantidad de unidades de

comercialización.comercialización. Estado de la mercadería.Estado de la mercadería. País de origen.País de origen. País de procedencia.País de procedencia. Puede haber alguna información adicional a los datos Puede haber alguna información adicional a los datos

obligatorios ya establecidos por la R.G. 3255/12 – AFIP.obligatorios ya establecidos por la R.G. 3255/12 – AFIP.

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DJAI - DatosDJAI - Datos El declarante puede agregar los datos El declarante puede agregar los datos

adicionales que le sean útiles a los efectos adicionales que le sean útiles a los efectos migrar la información de la DJAI a la solicitud de migrar la información de la DJAI a la solicitud de importación para consumo.importación para consumo.

No se pueden rectificar los datos registrados en No se pueden rectificar los datos registrados en la DJAI. En el caso de querer modificar la la DJAI. En el caso de querer modificar la información ingresada en la DJAI se deberá información ingresada en la DJAI se deberá anular la misma y registrar una nueva.anular la misma y registrar una nueva.

Al momento de la Importación a Consumo se Al momento de la Importación a Consumo se puede ingresar un importe distinto al registrado puede ingresar un importe distinto al registrado en la DJAI siempre y cuando tenga un margen en la DJAI siempre y cuando tenga un margen de más/menos 5% del FOB.de más/menos 5% del FOB.

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DJAIDJAI La DJAI puede ser utilizada parcialmente, esto La DJAI puede ser utilizada parcialmente, esto

es, una parte en una primera importación y es, una parte en una primera importación y otra/s porciones en otro momento (dentro de la otra/s porciones en otro momento (dentro de la vigencia). vigencia).

Pero, por el contrario, no se puede utilizar más Pero, por el contrario, no se puede utilizar más de una DJAI en una sola Destinación de de una DJAI en una sola Destinación de Importación.Importación.

Si la mercadería estuviese alcanzada por una Si la mercadería estuviese alcanzada por una DJAI y una Licencia de Importación, se deberán DJAI y una Licencia de Importación, se deberán realizar ambos registros en el KIT MARIA. Una realizar ambos registros en el KIT MARIA. Una no reemplaza a la otra.no reemplaza a la otra.

Page 8: Normativa para importacion

DJAIDJAI

El plazo de validez de la DJAI será de 180 El plazo de validez de la DJAI será de 180 días desde su oficialización, prorrogables días desde su oficialización, prorrogables por el mismo período.por el mismo período.

Si un Declarante registra una DJAI, otro Si un Declarante registra una DJAI, otro Declarante no puede registrar la Solicitud Declarante no puede registrar la Solicitud de Destinación de Importación a Consumo. de Destinación de Importación a Consumo. La DJAI es intransferible. La DJAI es intransferible.

Para Zona Franca, se necesitan 2 DJAI: una Para Zona Franca, se necesitan 2 DJAI: una para entrar y otra para salir.para entrar y otra para salir.

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DJAIDJAI No se puede declarar en la Solicitud de No se puede declarar en la Solicitud de

Destinación de Importación a Consumo un País Destinación de Importación a Consumo un País de de OrigenOrigen distinto al registrado en la DJAI. distinto al registrado en la DJAI. Aclaración: Para aquellas mercaderías cuyo Aclaración: Para aquellas mercaderías cuyo origen es la UE, pero no se sabe con exactitud origen es la UE, pero no se sabe con exactitud cuál es, en la DJAI se podrá declarar cuál es, en la DJAI se podrá declarar “Indeterminado Europa” y en la Solicitud de “Indeterminado Europa” y en la Solicitud de Destinación de Importación a Consumo se Destinación de Importación a Consumo se podrá modificar el campo del dato ingresando podrá modificar el campo del dato ingresando por la información del País de Origen que por la información del País de Origen que corresponda.corresponda.

Si se puede declarar en la Solicitud de Si se puede declarar en la Solicitud de Destinación de Importación a Consumo un País Destinación de Importación a Consumo un País de de ProcedenciaProcedencia distinto al registrado en la DJAI. distinto al registrado en la DJAI.

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DJAIDJAI

No se puede declarar en la Solicitud No se puede declarar en la Solicitud de Destinación de Importación a de Destinación de Importación a Consumo una Divisa distinta a la Consumo una Divisa distinta a la registrada en la DJAI.registrada en la DJAI.

Las Importaciones Temporales no Las Importaciones Temporales no están alcanzadas por las DJAI.están alcanzadas por las DJAI.

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DJAIDJAI Las Muestras no mayores a los USD 100 Las Muestras no mayores a los USD 100

están exceptuadas. El resto de ellas están exceptuadas. El resto de ellas deberán tramitar DJAI.deberán tramitar DJAI.

Los envíos por Courier que están Los envíos por Courier que están exceptuados de registrar la DJAI son exceptuados de registrar la DJAI son solamente los que se encuadren dentro solamente los que se encuadren dentro del Régimen Simplificado.del Régimen Simplificado.

  

Las mercaderías enviadas por Courier y Las mercaderías enviadas por Courier y retenidas por Aduana deben registrar retenidas por Aduana deben registrar DJAI.DJAI.

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Excepciones al régimen de DJAIExcepciones al régimen de DJAI

Destinación Suspensiva de Importación Temporaria (Decreto Destinación Suspensiva de Importación Temporaria (Decreto 1001/82 – Decreto 1330/04).1001/82 – Decreto 1330/04).

Las nacionalizaciones de aquellas mercaderías ingresadas en Las nacionalizaciones de aquellas mercaderías ingresadas en forma temporales amparados por el Dto. 1001/82 y Dto. forma temporales amparados por el Dto. 1001/82 y Dto. 1330/04.1330/04.

Régimen de reimportación de mercadería exportada para Régimen de reimportación de mercadería exportada para consumo.consumo.

Régimen de muestras.Régimen de muestras. Donaciones.Donaciones. Régimen de Importación para compensar envíos de mercadería Régimen de Importación para compensar envíos de mercadería

con deficiencias.con deficiencias. Régimen de franquicias diplomáticas.Régimen de franquicias diplomáticas. Régimen de courier.Régimen de courier. Envíos escalonados autorizados con anterioridad al 1º de Envíos escalonados autorizados con anterioridad al 1º de

febrero de 2012.febrero de 2012. Régimen de planta llave en mano.Régimen de planta llave en mano. Régimen de envíos postales.Régimen de envíos postales.

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Estados posibles de una DJAIEstados posibles de una DJAI

La aprobación o no de una DJAI se informa por medio de La aprobación o no de una DJAI se informa por medio de MOA (Mis Operaciones Aduaneras en el sitio web de MOA (Mis Operaciones Aduaneras en el sitio web de AFIP) en donde se identifican por diferentes estados:AFIP) en donde se identifican por diferentes estados:

OFICIALIZADA: OFICIALIZADA: la DJAI se ha registrado (oficializado) la DJAI se ha registrado (oficializado) en el SIM.en el SIM.SALIDA: SALIDA: la DJAI ha sido evaluada por los organismos la DJAI ha sido evaluada por los organismos adherentes competentes y ha tenido decisión adherentes competentes y ha tenido decisión satisfactoria.satisfactoria.OBSERVADA:OBSERVADA: la DJAI ha sido observada por algún la DJAI ha sido observada por algún organismo interviniente (total o parcialmente).organismo interviniente (total o parcialmente).CANCELADA: lCANCELADA: la DJAI ha sido afectada totalmente.a DJAI ha sido afectada totalmente.

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Estados posibles de una DJAIEstados posibles de una DJAI ANULADA:ANULADA: la DJAI, aún no afectada a una la DJAI, aún no afectada a una

destinación de importación, se anula por el destinación de importación, se anula por el declarante o por el Sistema sino ha sido afectada declarante o por el Sistema sino ha sido afectada en su totalidad antes del vencimiento (180 días en su totalidad antes del vencimiento (180 días de su oficialización, prorrogables). de su oficialización, prorrogables).

ANULACION PARCIAL POR CANCELACION ANULACION PARCIAL POR CANCELACION (ANUC): (ANUC): para aquellas DJAI utilizadas para aquellas DJAI utilizadas parcialmente y anuladas automáticamente por el parcialmente y anuladas automáticamente por el sistema por haber llegado al vencimiento. sistema por haber llegado al vencimiento. Permite al banco operativo autorizar giro al Permite al banco operativo autorizar giro al exterior de divisas luego del vencimiento de la exterior de divisas luego del vencimiento de la DJAI.DJAI.

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Dirección de mail habilitada para tramitar las Dirección de mail habilitada para tramitar las DJAI (Secretaría de Comercio)DJAI (Secretaría de Comercio)

[email protected]@mecon.gov.ar

Cuando la DJAI sea “observada”, el Cuando la DJAI sea “observada”, el importador debe enviar una serie de importador debe enviar una serie de datos como las previsiones de datos como las previsiones de importación y exportación de la firma importación y exportación de la firma para el año corriente y las listas de para el año corriente y las listas de precios de sus productos en 2010, precios de sus productos en 2010, 2011 y 2012.2011 y 2012.

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LICENCIAS NO AUTOMATICAS LICENCIAS NO AUTOMATICAS DE IMPORTACIONDE IMPORTACION

Page 17: Normativa para importacion

LICENCIAS NO AUTOMATICASLICENCIAS NO AUTOMATICAS

El objetivo de la implementación de licencias es El objetivo de la implementación de licencias es el monitoreo anticipado de las importaciones, el monitoreo anticipado de las importaciones, para detectar alertas tempranas sobre la base de para detectar alertas tempranas sobre la base de la información estadística recogida y realizar la información estadística recogida y realizar análisis que sirvan para la toma de decisiones análisis que sirvan para la toma de decisiones que puedan traducirse en medidas puntuales.que puedan traducirse en medidas puntuales.

Para la OMC, lPara la OMC, los organismos que se ocupan de la os organismos que se ocupan de la expedición de las licencias no deben expedición de las licencias no deben normalmente tardar más de 30 días en tramitar normalmente tardar más de 30 días en tramitar una solicitud; 60 días cuando se examinan todas una solicitud; 60 días cuando se examinan todas las solicitudes al mismo tiempo.las solicitudes al mismo tiempo.

Page 18: Normativa para importacion

Procedimiento para la obtención de licenciasProcedimiento para la obtención de licencias

En 1° lugar, hay que inscribir a la empresa En 1° lugar, hay que inscribir a la empresa en la Secretaría de Industria, Comercio y en la Secretaría de Industria, Comercio y Pymes (SIC), lo cual suele insumir bastante Pymes (SIC), lo cual suele insumir bastante tiempo. tiempo.

Una vez que la SIC aprueba esta inscripción, Una vez que la SIC aprueba esta inscripción, se pueden solicitar las licencias, una por se pueden solicitar las licencias, una por cada tipo de producto que se va a importar.cada tipo de producto que se va a importar.

Las licencias son nominativas e Las licencias son nominativas e intransferibles y su plazo de validez oscila intransferibles y su plazo de validez oscila entre 30 y 120 días, según los casos.entre 30 y 120 días, según los casos.

Page 19: Normativa para importacion

17 tipos de licencias no automáticas17 tipos de licencias no automáticas

Certificado de Importación de Juguetes (CIJ)Certificado de Importación de Juguetes (CIJ) Certificado de Importación de Pelotas (CIP)Certificado de Importación de Pelotas (CIP) Certificado de Importación de Calzado (CIC) Certificado de Importación de Calzado (CIC) Certificado de Importación de Partes de Calzado (CIPC) Certificado de Importación de Partes de Calzado (CIPC)

Certificado de Importación de Papel (CIP) Certificado de Importación de Papel (CIP) Certificado de Importación de Bicicletas (CIB) Certificado de Importación de Bicicletas (CIB) Certificado de Importación de Artículos para el Hogar (CIAH) Certificado de Importación de Artículos para el Hogar (CIAH) Certificado de Importación de Neumáticos para Bicicletas (CIN) Certificado de Importación de Neumáticos para Bicicletas (CIN) Certificado de Importación de Motocicletas (CIM) Certificado de Importación de Motocicletas (CIM) Certificado de Importación de Manufacturas Diversas (CIMD) Certificado de Importación de Manufacturas Diversas (CIMD) Certificado de Importación de Productos Textiles (CIPT) Certificado de Importación de Productos Textiles (CIPT) Certificado de Importación de Productos Metalúrgicos (CIPM) Certificado de Importación de Productos Metalúrgicos (CIPM) Certificado de Importación de Hilados y Tejidos (CIHT) Certificado de Importación de Hilados y Tejidos (CIHT) Certificado de Importación de Neumáticos (CIN) Certificado de Importación de Neumáticos (CIN) Certificado de Importación de Productos Varios (CIPV) Certificado de Importación de Productos Varios (CIPV) Certificado de Importación de Tornillos y Afines (CITA) Certificado de Importación de Tornillos y Afines (CITA) Certificado de Importacion de Autopartes y Afines(CIAPA)Certificado de Importacion de Autopartes y Afines(CIAPA)

Page 20: Normativa para importacion

RESOLUCION N° 45/2011RESOLUCION N° 45/2011

Ministerio de IndustriaMinisterio de Industria Publicado en B.O.: 15/02/2011Publicado en B.O.: 15/02/2011

Page 21: Normativa para importacion

RESOLUCION N° 45/2011RESOLUCION N° 45/2011

La Resolución 45/11 crea una nueva categoría (autos de alta gama) y amplía la lista de bienes cubiertos por las mismas. En total, los bienes alcanzados son 600 (400 antes de la norma).

En la actualidad, se exige esas licencias (denominadas "certificados de importación") para productos tales como motocicletas, bienes metalúrgicos, hilados y tejidos, productos varios (posiciones 28, 36, 44, 48, 49, 82, 84, 85, 87, 90, 92, 94), tornillos, herramientas y afines, autopartes, juguetes, pelotas, calzados y sus partes, bicicletas y sus neumáticos, artículos para el hogar, manufacturas diversas (posición 4202), neumáticos y los autos de alta gama.

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Res.11/2008Res.11/2008 – Sec. Industria – Sec. Industria Art. 1°.- Para las presentaciones registradas a partir Art. 1°.- Para las presentaciones registradas a partir

del 1/2/08 que requieran la emisión de Licencias No del 1/2/08 que requieran la emisión de Licencias No Automáticas de Importación, Automáticas de Importación, no se aceptarán no se aceptarán rectificacionesrectificaciones a la información inicialmente a la información inicialmente presentada. presentada.

Art. 2.- Para las presentaciones que se registren a Art. 2.- Para las presentaciones que se registren a partir del día 1/2/08 en las que se requiera la emisión partir del día 1/2/08 en las que se requiera la emisión de Licencias No Automáticas de Importación, una vez de Licencias No Automáticas de Importación, una vez emitidas las mismas emitidas las mismas no se hará lugar a la no se hará lugar a la modificación de los datosmodificación de los datos consignados en ellas. consignados en ellas.

Art. 3º.- En las situaciones descriptas en los artículos Art. 3º.- En las situaciones descriptas en los artículos precedentes, precedentes, corresponderá al importador corresponderá al importador solicitar la baja de las actuaciones y devolver el solicitar la baja de las actuaciones y devolver el Certificado ya emitido, de corresponder, Certificado ya emitido, de corresponder, debiendo realizar una nueva presentacióndebiendo realizar una nueva presentación”.”.

Page 23: Normativa para importacion

Presentación ante la DGAPresentación ante la DGA

Las Licencias deberán ser Las Licencias deberán ser presentadas ante la DGA, junto con presentadas ante la DGA, junto con el resto de la documentación el resto de la documentación complementaria habitualmente complementaria habitualmente exigida al momento de registrarse la exigida al momento de registrarse la correspondiente solicitud de correspondiente solicitud de autorización para el despacho a autorización para el despacho a plaza de las mercaderías.plaza de las mercaderías.

Page 24: Normativa para importacion

Sistema Integrado de Comercio Sistema Integrado de Comercio Exterior Exterior (SISCO)(SISCO)

B.O. Nº 32.110 del 15/03/11

Page 25: Normativa para importacion

SISCOSISCO El Sistema Integrado de Comercio Exterior El Sistema Integrado de Comercio Exterior

(SISCO) se creó para que la tramitación de las (SISCO) se creó para que la tramitación de las licencias de importación no automáticas se licencias de importación no automáticas se realice vía Internet. realice vía Internet.

El objetivo de máxima es que todos los trámites El objetivo de máxima es que todos los trámites de comercio exterior que se realizan en la SIC se de comercio exterior que se realizan en la SIC se puedan efectuar a través del SISCO.puedan efectuar a través del SISCO.

Inicialmente, se aplicó para la tramitación de las Inicialmente, se aplicó para la tramitación de las solicitudes de Licencias No Automáticas de solicitudes de Licencias No Automáticas de Importación.Importación.

Page 26: Normativa para importacion

Inscripción en el SISCOInscripción en el SISCO Una empresa que desee solicitar Licencias No Una empresa que desee solicitar Licencias No

Automáticas debe inscribirse en el SISCO.Automáticas debe inscribirse en el SISCO.

La documentación a presentar que se exige es la misma La documentación a presentar que se exige es la misma que le permite a la empresa tramitar todo tipo de que le permite a la empresa tramitar todo tipo de Licencias No Automáticas.Licencias No Automáticas.

La documentación a reunir es la siguiente:La documentación a reunir es la siguiente:

• - Fotocopia Certificada por Escribano del Estatuto Social (para las - Fotocopia Certificada por Escribano del Estatuto Social (para las S.A.) o Contrato Social (para las S.R.L.) o del DNI de cada uno de S.A.) o Contrato Social (para las S.R.L.) o del DNI de cada uno de los socios (para las S.H. o Unipersonales)los socios (para las S.H. o Unipersonales)

Page 27: Normativa para importacion

Inscripción en el SISCOInscripción en el SISCO Fotocopia Certificada por Escribano del Acta de Directorio con Fotocopia Certificada por Escribano del Acta de Directorio con

Distribución de Cargos actualizada (sólo para las S.A.) e Distribución de Cargos actualizada (sólo para las S.A.) e inscripta ante la Inspección Gral. de Justicia u organismo inscripta ante la Inspección Gral. de Justicia u organismo jurisdiccional equivalente.jurisdiccional equivalente.

Fotocopia Certificada por Escribano de la Constancia de CUIT. Fotocopia Certificada por Escribano de la Constancia de CUIT.

Fotocopia Certificada por Escribano del DNI del Representante Fotocopia Certificada por Escribano del DNI del Representante legal de la empresa (solo para las S.A. o S.R.L.).legal de la empresa (solo para las S.A. o S.R.L.).

- Fotocopia Certificada por Escribano del Poder conferido al - Fotocopia Certificada por Escribano del Poder conferido al presentante (en caso que el encargado de la gestión sea un presentante (en caso que el encargado de la gestión sea un gestor o apoderado de la empresa).gestor o apoderado de la empresa).

Page 28: Normativa para importacion

Inscripción en el SISCOInscripción en el SISCO En la actualidad, la demora promedio de una En la actualidad, la demora promedio de una

inscripción en el SISCO ronda los 20/30 días. Dentro inscripción en el SISCO ronda los 20/30 días. Dentro de ese plazo, el Usuario recibirá un email (al e-mail de ese plazo, el Usuario recibirá un email (al e-mail declarado en la Registración en el SISCO) con el declarado en la Registración en el SISCO) con el Usuario y Contraseña para acceder al SISCO. Usuario y Contraseña para acceder al SISCO.

Sin embargo, para poder presentar pedidos de Sin embargo, para poder presentar pedidos de Licencias, también deberá contar con la copia del Licencias, también deberá contar con la copia del Dictamen del área de Jurídicos de la Secretaría de Dictamen del área de Jurídicos de la Secretaría de Comercio Interior. En ciertas ocasiones se envía el Comercio Interior. En ciertas ocasiones se envía el Dictamen por e-mail, pero lo frecuente es que no se Dictamen por e-mail, pero lo frecuente es que no se haga de esta forma, y que el propio importador deba haga de esta forma, y que el propio importador deba solicitarlo por medio de una Nota una Nota ante la solicitarlo por medio de una Nota una Nota ante la Secretaría de Comercio ExteriorSecretaría de Comercio Exterior

Page 29: Normativa para importacion

Operativa DJAI -LNAOperativa DJAI -LNANo se presentará la LNA impresaNo se presentará la LNA impresa

Con la implementación del nuevo bloqueo de DJAI Con la implementación del nuevo bloqueo de DJAI para “Licencias No Automáticas” (Bl34), se dispuso para “Licencias No Automáticas” (Bl34), se dispuso que dejarán de entregarse en forma impresa los que dejarán de entregarse en forma impresa los Certificados de Importación, ya que el Despacho Certificados de Importación, ya que el Despacho Aduanero podrá presentarse recién una vez liberada Aduanero podrá presentarse recién una vez liberada la DJAI (paso a estado SALIDA). la DJAI (paso a estado SALIDA).

En efecto, la Secretaría de Comercio Exterior dio a En efecto, la Secretaría de Comercio Exterior dio a conocer el Comunicado:conocer el Comunicado:

Page 30: Normativa para importacion

Operativa DJAI -LNAOperativa DJAI -LNANo se presentará la LNA impresaNo se presentará la LNA impresa

"CERTIFICADO SIN PAPEL""CERTIFICADO SIN PAPEL"Se informa que se han iniciado los trabajos Se informa que se han iniciado los trabajos tendientes a la aprobación SIN SOPORTE PAPEL. tendientes a la aprobación SIN SOPORTE PAPEL. En ese sentido, a partir de la fecha cada uno de En ese sentido, a partir de la fecha cada uno de los datos que se consignen deberán coincidir con los datos que se consignen deberán coincidir con la Declaración Jurada Anticipada de Importación.la Declaración Jurada Anticipada de Importación.

En consecuencia, se podrá efectuar el Despacho En consecuencia, se podrá efectuar el Despacho de Importación sin necesidad de presentar la LNA de Importación sin necesidad de presentar la LNA impresa, en la medida que todos los datos de la impresa, en la medida que todos los datos de la misma coincidan con la DJAI presentada.misma coincidan con la DJAI presentada.

Page 31: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA (1/2012)(1/2012)

Page 32: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA

El BCRA emitió la Comunicación “A” 5274 El BCRA emitió la Comunicación “A” 5274 por la cual se establecen modificaciones a por la cual se establecen modificaciones a las normas para el pago de importaciones las normas para el pago de importaciones de bienes de acuerdo con las disposiciones de bienes de acuerdo con las disposiciones de la AFIP, Resolución General 3252 y de la AFIP, Resolución General 3252 y complementarias y se efectúan otras complementarias y se efectúan otras incorporaciones. incorporaciones.

La Comunicación reemplaza las normas La Comunicación reemplaza las normas dadas a conocer por la Com. “A” 5134 dadas a conocer por la Com. “A” 5134 modificadas por la Comunicación “A” 5208.modificadas por la Comunicación “A” 5208.

Page 33: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA

Para pagos de importaciones de bienes se admite Para pagos de importaciones de bienes se admite el acceso al mercado local de cambios cuando se el acceso al mercado local de cambios cuando se reúnan las condiciones de la norma. reúnan las condiciones de la norma.

Se puede acceder al mercado local de cambios Se puede acceder al mercado local de cambios para cancelar deudas por importaciones de para cancelar deudas por importaciones de bienes, con una anticipación de hasta 5 días bienes, con una anticipación de hasta 5 días hábiles antes de la fecha de vencimiento de la hábiles antes de la fecha de vencimiento de la obligación con el exterior.obligación con el exterior.

Los pagos que se anticipen a la fecha de Los pagos que se anticipen a la fecha de vencimiento en más de 5 días hábiles vencimiento en más de 5 días hábiles requerirán de la conformidad previa del requerirán de la conformidad previa del Banco Central.Banco Central.

Page 34: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA Para pagos de deudas comerciales o pagos a la vista Para pagos de deudas comerciales o pagos a la vista

contra presentación de la documentación de embarque, contra presentación de la documentación de embarque, la norma indica que se debe contar con los requisitos la norma indica que se debe contar con los requisitos establecidos para el pago de deudas comerciales de establecidos para el pago de deudas comerciales de importaciones y a la vista con registro de ingreso importaciones y a la vista con registro de ingreso aduanero, reemplazando el requisito de registro, por la aduanero, reemplazando el requisito de registro, por la “Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) en “Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) en estado de “Salida”, siempre que dicha declaración sea estado de “Salida”, siempre que dicha declaración sea requisito para el registro de la destinación definitiva de requisito para el registro de la destinación definitiva de importación a consumo, y la declaración jurada del importación a consumo, y la declaración jurada del importador de que se compromete a demostrar el importador de que se compromete a demostrar el registro de ingreso aduanero de los bienes dentro de los registro de ingreso aduanero de los bienes dentro de los 90 días corridos de la fecha de acceso al mercado local 90 días corridos de la fecha de acceso al mercado local de cambios, o en su defecto, proceder dentro de ese de cambios, o en su defecto, proceder dentro de ese plazo, al reingreso de las divisas desde el exterior. plazo, al reingreso de las divisas desde el exterior.

Page 35: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA Ahora, para acceder al Mercado Único y Libre de Ahora, para acceder al Mercado Único y Libre de

Cambios para adquirir la divisa a girar en forma Cambios para adquirir la divisa a girar en forma anticipada, el importador debe:anticipada, el importador debe:

• Contar con la DJAI en estado de “Salida” relacionada Contar con la DJAI en estado de “Salida” relacionada con la mercadería en cuestión.con la mercadería en cuestión.

• Haber despachado a plaza toda otra mercadería o Haber despachado a plaza toda otra mercadería o haber reingresado los fondos, dentro de los 365 haber reingresado los fondos, dentro de los 365 días de la fecha en que la haya pagado días de la fecha en que la haya pagado anticipadamente.anticipadamente.

El 1er requisito es de fácil verificación para el El 1er requisito es de fácil verificación para el importador, no así el 2do.importador, no así el 2do.

Este último resulta de los registros que tiene el BCRA a Este último resulta de los registros que tiene el BCRA a través del Régimen Informativo del Seguimiento de través del Régimen Informativo del Seguimiento de Pago de Importaciones (SePaImpo), al cual solo Pago de Importaciones (SePaImpo), al cual solo pueden acceder a las entidades autorizadas a operar pueden acceder a las entidades autorizadas a operar en cambios.en cambios.

Page 36: Normativa para importacion

Comunicación “A” 5274 del BCRAComunicación “A” 5274 del BCRA

Muchos importadores se encuentran con que en el Muchos importadores se encuentran con que en el SePaimpo surgen uno o varios pagos anticipados que SePaimpo surgen uno o varios pagos anticipados que realizaron y transcurridos 365 días no aparece registrado el realizaron y transcurridos 365 días no aparece registrado el despacho de la mercadería o el reingreso de las divisas. despacho de la mercadería o el reingreso de las divisas. ¿Cuáles son los motivos? Entre otros, pueden ser:¿Cuáles son los motivos? Entre otros, pueden ser:

Efectivamente el importador no despachó la mercadería o Efectivamente el importador no despachó la mercadería o no reingresó las divisas.no reingresó las divisas.

No aportó al Banco a través del cual cursó el pago, los No aportó al Banco a través del cual cursó el pago, los elementos que demuestren que despachó la mercadería o elementos que demuestren que despachó la mercadería o reingresó las divisas por un valor al menos igual al pago reingresó las divisas por un valor al menos igual al pago anticipado.anticipado.

El Banco recibió la información y no la procesó o lo hizo El Banco recibió la información y no la procesó o lo hizo erróneamente.erróneamente.

Diferencias por redondeos.Diferencias por redondeos.

Page 37: Normativa para importacion

DISPOSICION DE AFIP (Julio 2012)DISPOSICION DE AFIP (Julio 2012)

La AFIP uno de los organismos habilitados para frenar La AFIP uno de los organismos habilitados para frenar la aprobación de las DJAI dispuso que no habilitará los la aprobación de las DJAI dispuso que no habilitará los pedidos de compras al exterior de aquellos pedidos de compras al exterior de aquellos empresarios que tengan inconsistencias impositivas.empresarios que tengan inconsistencias impositivas.

El listado de motivos por los cuales el organismo El listado de motivos por los cuales el organismo podrá realizar objeciones está detallado en la última podrá realizar objeciones está detallado en la última versión del Manual de Uso para el Registro y versión del Manual de Uso para el Registro y Afectación de las DJAI, publicado en la página web de Afectación de las DJAI, publicado en la página web de la AFIP. Entre ellos, figura que el operador posea la AFIP. Entre ellos, figura que el operador posea inconsistencias en el domicilio; que no haya inconsistencias en el domicilio; que no haya presentado la última declaración del impuesto a las presentado la última declaración del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales; que la CUIT se Ganancias y de Bienes Personales; que la CUIT se encuentre inactiva, en la base de contribuyentes no encuentre inactiva, en la base de contribuyentes no confiables (por facturas apócrifas) o registrada con confiables (por facturas apócrifas) o registrada con estado de quiebra.estado de quiebra.

  

Page 38: Normativa para importacion

DISPOSICION DE AFIP (Julio 2012)DISPOSICION DE AFIP (Julio 2012)

También son motivo de bloqueo por parte de la AFIP También son motivo de bloqueo por parte de la AFIP que la CUIT no esté inscripta en el IVA y en Ganancias que la CUIT no esté inscripta en el IVA y en Ganancias o que la clave única de algunos de los integrantes de o que la clave única de algunos de los integrantes de la sociedad no esté registrada en Ganancias; además la sociedad no esté registrada en Ganancias; además de la falta de presentación de las declaraciones de la falta de presentación de las declaraciones juradas de IVA y la Seguridad Social dentro de los juradas de IVA y la Seguridad Social dentro de los últimos 12 períodos fiscales mensuales.últimos 12 períodos fiscales mensuales.

De acuerdo con el documento, que se trata de una De acuerdo con el documento, que se trata de una actualización de la versión 5 del manual (publicada en actualización de la versión 5 del manual (publicada en abril), la AFIP se pronunciará sobre la DJAI en un plazo abril), la AFIP se pronunciará sobre la DJAI en un plazo no mayor a los 10 días corridos y si ante un eventual no mayor a los 10 días corridos y si ante un eventual bloqueo el declarante tuviera alguna duda y/o bloqueo el declarante tuviera alguna duda y/o problema respecto a la observación, debe dirigirse a la problema respecto a la observación, debe dirigirse a la agencia DGI correspondiente al domicilio fiscal del agencia DGI correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.contribuyente.

Page 39: Normativa para importacion

DJAI - LNADJAI - LNA Desde septiembre de 2012, se incorporó al Desde septiembre de 2012, se incorporó al

Régimen de las DJAI el Código Intervención Régimen de las DJAI el Código Intervención “BI34-LIC. NO AUTOMÁTICA” con el motivo “BI34-LIC. NO AUTOMÁTICA” con el motivo “EN ANALISIS” en los casos de mercaderías “EN ANALISIS” en los casos de mercaderías alcanzadas por Licencias No Automáticas. alcanzadas por Licencias No Automáticas. Esto genera que hasta tanto la LNA no sea Esto genera que hasta tanto la LNA no sea aprobada, la DJAI permanezca en estado aprobada, la DJAI permanezca en estado “OFICIALIZADA”.“OFICIALIZADA”.

Esto ocasiona que las entidades bancarias Esto ocasiona que las entidades bancarias no autoricen el giro de divisas en concepto no autoricen el giro de divisas en concepto de pago anticipado dado que la DJAI no se de pago anticipado dado que la DJAI no se encontrará en estado “SALIDA”.encontrará en estado “SALIDA”.

Page 40: Normativa para importacion

DJAI - LNADJAI - LNA El Centro de Despachantes de Aduana El Centro de Despachantes de Aduana

confirmó que existe un nuevo confirmó que existe un nuevo procedimiento para estos casos:procedimiento para estos casos:• Una vez que la DJAI es oficializada, se debe Una vez que la DJAI es oficializada, se debe

cargar la LNA en el SISCO, dentro de las 48 hs. cargar la LNA en el SISCO, dentro de las 48 hs. posteriores a la aprobación de los organismos posteriores a la aprobación de los organismos inherentes, presentarla en la SIC para que le inherentes, presentarla en la SIC para que le otorguen número de expediente y cargar el otorguen número de expediente y cargar el mismo en el sistema.mismo en el sistema.

• La LNA debería ser otorgada dentro de los 7 / La LNA debería ser otorgada dentro de los 7 / 15 días, provocando la aprobación de las DJAI 15 días, provocando la aprobación de las DJAI (estado(estado SALIDA SALIDA), en el cual aparecerá el ), en el cual aparecerá el número de expediente de la LNA.número de expediente de la LNA.

Page 41: Normativa para importacion

PAGO DE TRIBUTOSPAGO DE TRIBUTOS

Page 42: Normativa para importacion

IMPORTACIONIMPORTACION

Al ingresar mercaderías de forma definitiva en el Al ingresar mercaderías de forma definitiva en el territorio nacional se deberán abonar derechos de territorio nacional se deberán abonar derechos de importación (ad-valorem y/o específicos). importación (ad-valorem y/o específicos).

La base Imponible para la aplicación de La base Imponible para la aplicación de impuestos de Importación es CIF (Costo - Seguro - impuestos de Importación es CIF (Costo - Seguro - Flete). Flete).

Sobre esta base se aplican los derechos de Sobre esta base se aplican los derechos de Importación (dependiendo de la Posición Importación (dependiendo de la Posición Arancelaria), y otros impuestos, derechos y Arancelaria), y otros impuestos, derechos y multas que provengan de la DGA. multas que provengan de la DGA.

También se abona un concepto de tasa También se abona un concepto de tasa estadística.estadística.

Page 43: Normativa para importacion

IMPORTACIONIMPORTACION Este Valor (CIF + Impuestos de Este Valor (CIF + Impuestos de

Importación), se lo considera la base Importación), se lo considera la base imponible para la aplicación de Impuestos imponible para la aplicación de Impuestos Interiores, a saber:Interiores, a saber:

• IVAIVA

• IVA AdicionalIVA Adicional

• Impuesto a las GananciasImpuesto a las Ganancias

• Y otros (Ingresos Brutos, Impuestos Internos, Y otros (Ingresos Brutos, Impuestos Internos, etc.) que pudieran gravar la posición etc.) que pudieran gravar la posición arancelaria o la actividad.arancelaria o la actividad.

Page 44: Normativa para importacion

IMPORTACION: Esquema Tributario y IMPORTACION: Esquema Tributario y PromocionalPromocional

Page 45: Normativa para importacion

IMPORTACION: Esquema Tributario y PromocionalIMPORTACION: Esquema Tributario y Promocional

A) Tributos AduanerosA) Tributos Aduaneros Derechos de ImportaciónDerechos de Importación Tasa de EstadísticaTasa de Estadística Tasa por Comprobación de DestinoTasa por Comprobación de Destino Regímenes de Defensa ComercialRegímenes de Defensa Comercial

• Derechos AntidumpingDerechos Antidumping• Derechos CompensatoriosDerechos Compensatorios• Derechos por SalvaguardiaDerechos por Salvaguardia

B) Tributos NacionalesB) Tributos Nacionales IVAIVA Adicional (anticipo) al IVAAdicional (anticipo) al IVA Impuestos InternosImpuestos Internos Impuesto a las GananciasImpuesto a las Ganancias Ingresos BrutosIngresos Brutos

Page 46: Normativa para importacion

IVAIVA

Page 47: Normativa para importacion

Ajustes en el régimen de pagos a cuenta del Ajustes en el régimen de pagos a cuenta del IVA en aduanaIVA en aduana

Respecto a la magnitud del pago a cuenta, Respecto a la magnitud del pago a cuenta, la norma establece que el monto de la la norma establece que el monto de la percepción se determinará aplicando sobre percepción se determinará aplicando sobre la base de imposición las alícuotas que la base de imposición las alícuotas que para cada caso, se fijan a continuación:para cada caso, se fijan a continuación:

• 10%: cuando se trate de operaciones de 10%: cuando se trate de operaciones de importación definitiva de cosas muebles, que importación definitiva de cosas muebles, que se encuentren alcanzadas por la alícuota se encuentren alcanzadas por la alícuota general de IVA (21%).general de IVA (21%).

• 5%: en el caso de operaciones de importación 5%: en el caso de operaciones de importación definitiva de cosas muebles (ej.: bienes de definitiva de cosas muebles (ej.: bienes de capital), que se encuentren alcanzadas en el capital), que se encuentren alcanzadas en el IVA con una alícuota al 10,5 por ciento.IVA con una alícuota al 10,5 por ciento.

Page 48: Normativa para importacion

Ajustes en el régimen de pagos a cuenta del Ajustes en el régimen de pagos a cuenta del IVA en aduanaIVA en aduana

Si se trata de sujetos que no acrediten suSi se trata de sujetos que no acrediten sucalidad de exentos o no alcanzados en el IVA:calidad de exentos o no alcanzados en el IVA:

• 12,70%: cuando se trate de operaciones de 12,70%: cuando se trate de operaciones de importación definitiva de cosas muebles, que importación definitiva de cosas muebles, que se encuentren alcanzadas por la alícuota se encuentren alcanzadas por la alícuota general en el IVA (21 por ciento).general en el IVA (21 por ciento).

• 5,80%: para las operaciones de importación 5,80%: para las operaciones de importación definitiva de cosas muebles, que se definitiva de cosas muebles, que se encuentren alcanzadas en el IVA con una encuentren alcanzadas en el IVA con una alícuota al 10,50 por ciento.alícuota al 10,50 por ciento.

Page 49: Normativa para importacion

IMPUESTOS INTERNOSIMPUESTOS INTERNOS

Page 50: Normativa para importacion

Impuestos InternosImpuestos Internos Los Impuestos Internos son una forma de Los Impuestos Internos son una forma de

imposición al consumo que recaen sobre: imposición al consumo que recaen sobre: tabacos; bebidas alcohólicas; cervezas; tabacos; bebidas alcohólicas; cervezas; bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y concentrados, automotores y motores concentrados, automotores y motores gasoleros, servicios de telefonía celular, gasoleros, servicios de telefonía celular, objetos suntuarios, embarcaciones y objetos suntuarios, embarcaciones y aeronaves.aeronaves.

Las destinaciones de importación Las destinaciones de importación definitiva para consumo están alcanzadas definitiva para consumo están alcanzadas por los Impuestos Internos.por los Impuestos Internos.

Page 51: Normativa para importacion

Impuestos InternosImpuestos Internos La posterior venta de los bienes importados en el La posterior venta de los bienes importados en el

mercado interno, si bien está alcanzada por los mercado interno, si bien está alcanzada por los impuestos internos, admitirá el cómputo como impuestos internos, admitirá el cómputo como pago a cuenta del importe abonado en la etapa pago a cuenta del importe abonado en la etapa anterior (importación), en la medida que anterior (importación), en la medida que corresponda a los bienes vendidos, y que como corresponda a los bienes vendidos, y que como consecuencia de tal cómputo, no se produzca un consecuencia de tal cómputo, no se produzca un saldo a favor del responsable.saldo a favor del responsable.

En la importación, la Ley de Impuestos Internos En la importación, la Ley de Impuestos Internos establece que deben ser pagados antes de establece que deben ser pagados antes de efectuarse el despacho a plaza.efectuarse el despacho a plaza.

Page 52: Normativa para importacion

IMPUESTO A LAS GANANCIASIMPUESTO A LAS GANANCIAS

Page 53: Normativa para importacion

Impuesto a las GananciasImpuesto a las Ganancias Sobre las importaciones definitivas, se efectúa un Sobre las importaciones definitivas, se efectúa un

pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias (con pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias (con excepción de los que sean bienes de uso para el excepción de los que sean bienes de uso para el importador y de las reimportaciones exentas de importador y de las reimportaciones exentas de los derechos de importación).los derechos de importación).

El cálculo de la percepción a ingresar junto con la El cálculo de la percepción a ingresar junto con la liquidación de los gravámenes y derechos, es del liquidación de los gravámenes y derechos, es del 3%3% sobre el precio normal definido para la sobre el precio normal definido para la aplicación de los derechos de importación.aplicación de los derechos de importación.

En la base de cálculo no se considera el IVA e En la base de cálculo no se considera el IVA e Impuestos Internos.Impuestos Internos.

Page 54: Normativa para importacion

INGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOS

Page 55: Normativa para importacion

Ingresos BrutosIngresos Brutos Si bien es un impuesto local, algunas provincias Si bien es un impuesto local, algunas provincias

han establecido percepciones sobre las han establecido percepciones sobre las importaciones designando a la DGA como agente importaciones designando a la DGA como agente de percepción.de percepción.

Las destinaciones de importación definitivas – Las destinaciones de importación definitivas – que registren contribuyentes de IB inscritos en que registren contribuyentes de IB inscritos en jurisdicciones provinciales jurisdicciones provinciales que celebren que celebren convenios de percepción con la AFIPconvenios de percepción con la AFIP – están – están sujetas a un sujetas a un pago a cuenta de IB de hasta el pago a cuenta de IB de hasta el 1%1% de la base imponible para el cálculo del IVA. de la base imponible para el cálculo del IVA.

Page 56: Normativa para importacion

Ingresos BrutosIngresos Brutos

Las provincias adheridas a este Las provincias adheridas a este sistema son todas menos Chaco, sistema son todas menos Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa y Misiones.Formosa y Misiones.

Page 57: Normativa para importacion

TASAS ADUANERASTASAS ADUANERAS

Page 58: Normativa para importacion

TASAS ADUANERASTASAS ADUANERAS

Tasa de Estadística.Tasa de Estadística.

Tasa de Almacenaje y de Servicios Tasa de Almacenaje y de Servicios Extraordinarios.Extraordinarios.

Tasa de Comprobación de Destino.Tasa de Comprobación de Destino.

Arancel SIM.Arancel SIM.

Page 59: Normativa para importacion

Tasa de Almacenaje y de Servicios Tasa de Almacenaje y de Servicios ExtraordinariosExtraordinarios

Se impone por las operaciones y Se impone por las operaciones y demás actos realizados por el demás actos realizados por el servicio aduanero en horas inhábiles, servicio aduanero en horas inhábiles, y debe ser proporcional al importe y debe ser proporcional al importe que la Aduana deba abonar a que la Aduana deba abonar a quienes lo practiquen. La DGA fija y quienes lo practiquen. La DGA fija y modifica esta tasa.modifica esta tasa.

Page 60: Normativa para importacion

Tasa de Comprobación de DestinoTasa de Comprobación de Destino

La obligación de pagar esta tasa surge cuando el La obligación de pagar esta tasa surge cuando el servicio aduanero presta un servicio de control en servicio aduanero presta un servicio de control en plaza para comprobar que se cumplen plaza para comprobar que se cumplen determinadas obligaciones requeridas para el determinadas obligaciones requeridas para el otorgamiento de algún beneficio a la importación otorgamiento de algún beneficio a la importación para consumo. para consumo.

Es un tributo ad-valorem que se aplica sobre el Es un tributo ad-valorem que se aplica sobre el valor de la mercancía. valor de la mercancía.

Esta tasa puede ser modificada por el PEN, pero Esta tasa puede ser modificada por el PEN, pero nunca puede superar el 2% (van del 0,2% al 1%).nunca puede superar el 2% (van del 0,2% al 1%).

Page 61: Normativa para importacion

Arancel SIMArancel SIM

Es el arancel que se cobra Es el arancel que se cobra automáticamente al momento de automáticamente al momento de oficializar una destinación aduanera oficializar una destinación aduanera por la utilización del SIM.por la utilización del SIM.

Su monto está fijado en USD 10 por Su monto está fijado en USD 10 por cada operación que se documente cada operación que se documente por el SIM y se lo debe pagar junto por el SIM y se lo debe pagar junto con los tributos aduaneros.con los tributos aduaneros.

Page 62: Normativa para importacion

CERTIFICADO DE VALIDACION DE CERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)

Page 63: Normativa para importacion

CERTIFICADO DE VALIDACION DE CERTIFICADO DE VALIDACION DE

DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)

La validación de datos de importadores tiene como La validación de datos de importadores tiene como objetivo instrumentar un adecuado control de los objetivo instrumentar un adecuado control de los responsables intervinientes en las operaciones en que se responsables intervinientes en las operaciones en que se negocien bienes importados.negocien bienes importados.

La obtención del CVDI se tramita en el sitio de la AFIP.La obtención del CVDI se tramita en el sitio de la AFIP.

El CVDI tendrá una vigencia máxima de 1 año, contado a El CVDI tendrá una vigencia máxima de 1 año, contado a partir del día de su publicación en la página web de la partir del día de su publicación en la página web de la AFIP, el que será renovado en forma automática AFIP, el que será renovado en forma automática anualmente a su vencimiento, sin necesidad de solicitud anualmente a su vencimiento, sin necesidad de solicitud expresa por parte del responsable, siempre que a su expresa por parte del responsable, siempre que a su vencimiento se encuentren cumplidos la totalidad de los vencimiento se encuentren cumplidos la totalidad de los requisitos que se establecen en la Resolución General requisitos que se establecen en la Resolución General 2238/2007.2238/2007.

Page 64: Normativa para importacion

CERTIFICADO DE VALIDACION DE CERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)DATOS DE IMPORTADORES (CVDI)

El CVDI, además de certificar los datos El CVDI, además de certificar los datos relevantes, permite tener un trato diferencialrelevantes, permite tener un trato diferencial respecto a las percepciones en el IVA y en respecto a las percepciones en el IVA y en Ganancias que sufren quienes no lo posean o Ganancias que sufren quienes no lo posean o quienes no acrediten estar excluidos de su quienes no acrediten estar excluidos de su presentación.presentación.

Respecto a los pagos a cuenta, las importaciones Respecto a los pagos a cuenta, las importaciones efectuadas por quienes no posean el CVDI efectuadas por quienes no posean el CVDI estarán sujetas a las siguientes percepciones:estarán sujetas a las siguientes percepciones:• 20% en IVA20% en IVA, sobre la base imponible del impuesto en el , sobre la base imponible del impuesto en el

momento de la importación. Se reduce al 10% cuando momento de la importación. Se reduce al 10% cuando se trata de bienes sujetos a alícuota diferencial. se trata de bienes sujetos a alícuota diferencial.

• 6% en Ganancias6% en Ganancias, sobre la mencionada base , sobre la mencionada base imponible.imponible.

Page 65: Normativa para importacion

Costo de ImportaciónCosto de ImportaciónPrecio CIFPrecio CIF 17.60017.600

Tributos AduanerosTributos Aduaneros

Derechos de ImportaciónDerechos de Importación

Derecho Ad ValoremDerecho Ad Valorem 2.6402.640

TasasTasas

Tasa de Estadística (0,5%)Tasa de Estadística (0,5%) 8888

Subtotal Tributos AduanerosSubtotal Tributos Aduaneros 2.7282.728

Subtotal CIF + Trib. AduanerosSubtotal CIF + Trib. Aduaneros 20.32820.328

Impuestos Nacionales y OtrosImpuestos Nacionales y Otros

IVA (21%)IVA (21%)

Adicional al IVA (10%)Adicional al IVA (10%)

Impuestos Internos (5%)Impuestos Internos (5%)

Impuesto a las Ganancias (3%)Impuesto a las Ganancias (3%)

Ingresos Brutos (1%)Ingresos Brutos (1%)

4.2684.268

2.0332.033

1.3911.391

610610

203203

Total Desembolsos en sede aduaneraTotal Desembolsos en sede aduanera 28.83328.833

Page 66: Normativa para importacion

Las nuevas disposicionesLas nuevas disposiciones(2012)(2012)

Page 67: Normativa para importacion

Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)

Los importadores con CVDI debían Los importadores con CVDI debían pagar:pagar:• 10% de anticipo de IVA para bienes 10% de anticipo de IVA para bienes

sujetos a la tasa general de 21%; sujetos a la tasa general de 21%; • 5% para bienes sujetos al IVA reducido 5% para bienes sujetos al IVA reducido

de 10,5% (bienes de capital), y de 10,5% (bienes de capital), y • 3% como anticipo de Impuesto a las 3% como anticipo de Impuesto a las

Ganancias.Ganancias.

Page 68: Normativa para importacion

Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)

Desde septiembre 2012, Desde septiembre 2012, los anticipos se los anticipos se duplican a 20% duplican a 20% (IVA 21%),(IVA 21%), 10% 10% (IVA 10,5%) (IVA 10,5%) y 6%, y 6%, respectivamente (anticipo Ganancias). respectivamente (anticipo Ganancias). En el caso de que el bien sea para uso del En el caso de que el bien sea para uso del importador, esté último será del importador, esté último será del 11%11%..

Igualan los anticipos que debían pagar los Igualan los anticipos que debían pagar los importadores sin CVDI. La resolución de la importadores sin CVDI. La resolución de la AFIP AFIP deroga el CVDI deroga el CVDI (que había sido (que había sido implementado por la Res. Gral. 2238).implementado por la Res. Gral. 2238).

Page 69: Normativa para importacion

Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)Resolución General AFIP 3373 (24/8/12)

Otro punto de esta Resolución: los bienes Otro punto de esta Resolución: los bienes cuyo valor declarado sea inferior al 95% del cuyo valor declarado sea inferior al 95% del "valor criterio" (antes esta tasa era 80%) "valor criterio" (antes esta tasa era 80%) fijado por la AFIP no tendrán beneficios fijado por la AFIP no tendrán beneficios tributarios. tributarios.

Con esta disminución del margen de desvío, Con esta disminución del margen de desvío, se busca que los valores declarados se se busca que los valores declarados se ajusten por el valor criterio.ajusten por el valor criterio.

Page 70: Normativa para importacion

INGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOS

A las modificaciones introducidas por la Resolución 3373/12, en cuanto a los cambios en las alícuotas sobre los anticipos sobre IVA Adicional y Anticipo de Impuesto a las Ganancias, se suman cambios en los porcentajes de percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Para ello cada Provincia debe determinar qué porcentaje de percepción de IIBB aplicará puesto que según el criterio de cada provincia será tanto el porcentaje a aplicar así como la interpretación sobre la eliminación de los CVDI.

Page 71: Normativa para importacion

INGRESOS BRUTOSINGRESOS BRUTOS

Mendoza, por medio de la Resolución General DGR 61/12, dispuso que la alícuota a partir del 07/09/12 será del 3%.

Tucumán hizo lo propio –mediante Resolución General DGR 103/12- tomando como tasa general el 1,5%.

La Pampa también dejó sin efecto el incremento de alícuota del régimen de percepción quedando como tasa general el 1,5%.

Cuando se trate de empresas inscriptas en el Convenio Multilateral la tasa a aplicar será del 1,5%, independientemente de las jurisdicciones sobre las cuales se practiquen las retenciones al momento de la importación.