Medios probatorios en el proceso laboral venezolano
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8/18/2019 Medios probatorios en el proceso laboral venezolano
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Nororiental “Gran Mariscal de Ayacuco!
Matur"n#Mona$as%
Derecho Probatorio Laboral.
Pro&esor'
Realizado por'
Luis Alberto Natera. Deftt, Nathalia
C.I: 22.724.450
( to a)o* +ección ,- Bello, AndreaC.I: 22.620.55
!ere", #$ilibeth.
C.I:24.%64.425
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Dur&n,
'arian(ela. C.I: 25.).7**
Ceballos,
+aterine. C.I:
.ntroducción
#n lneas (enerales el -roeso onstitu/e en s $is$o elinstru$ento $ediante el ual los r(anos enar(ados de
ad$inistrar 1ustiias e1eren su unin 1urisdiional,
tendente a la satisain de intereses 1urdia$ente
tutelados o a la resoluin de los on3itos ue se susitan
entre las -artes, los uales son -resentados al o-erador de
1ustiia o$o &rbitro enar(ado de diri$ir las ontroersias
ue se le -resentan.
#l Dereho -roesal soial resulta ser una disi-lina
1urdia autno$a, arateri"ada -or la naturale"a de sus
instituiones, -or los -rini-ios / -or la naturale"a de sus
-ro-sitos / nes, / unda$enta su autono$a en la
dierenia esenial ue $edia entre los on3itos soiales /los de Dereho o$n.
La Nuea nor$atia sobre el -roedi$iento laboral
ontenida en la Le/ 8r(&nia !roesal Del 9raba1o L8!9;,
Dis-one sobre una 1ustiia laboral autno$a / es-eiali"ada,
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orientada -or una serie de -rini-ios, o$o ued -reisto en
la Constituin Dis-osiin 9ransitoria Cuarta, Nu$eral
Cuarto;
#n ualuier -roeso es neesario / releante haer
eetia la 1ustiia. #s de orden -blio, el dereho a la
deensa en s, -ues el dereho a -robar, no solo onsiste en la
eue" ha(a silo(is$o 1udiial / dite
sentenia a1ustadas a dereho, sie$-re en res(uardo del
dereho de deensa de las -arte.
#l -resente traba1o ersa sobre una inesti(ain ti-o
teria en el ual se aborda lo relatio al dereho -robatorio
laboral ene"olano, los -rini-ios ue lo ri(en, ade$&s se
inda(a aera de los $edios -robatorios ue establee la Le/
8r(&nia !roesal del 9raba1o. 9odo ello desde un -unto de
ista le(al, dotrinal / 1uris-rudenial.
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!rueba
#n sentido (eneral, de auerdo on el Diionario de la
?eal Aade$ia, -rueba es la ain / eeto de -robar, de
de$ostrar@ ta$bi=n: ra"n, ar(u$ento, instru$ento u otro
$edio on ue se -retende $ostrar / haer -atente la erdad
o alsedad de una osa.
!robar es sinni$o de ensa/ar, o$-robar,
e
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otidiana. e la -uede onebir o$o la ra"n o ar(u$ento
$ediante el ual sereten de de$ostrar / haer -atente la
erdad o alsedad de un heho.
#n este sentido Carnelutti, seala: #l >ue" est& en $edio
de un $insulo ero de lues, uera del ual todo es
tinieblas: detr&s de =l se enuentra el eni($a del -asado /
delante, el eni($a del uturo@ el $insulo ero es la -rueba.
La -rueba es el ora"n del -roble$a del 1uiio, del $is$o
$odo ue =ste es el ora"n del -roble$a del -ensa$iento
del 1uiio, $&s no del -roeso, -uesto ue la -rueba es una delas laes, no tanto -ara la teora del -roeso, uanto -ara la
del 1uiio, ue es l(ia -ura.
#duardo Bonnier, dene las -ruebas o$o los diersos
$edio -or los uales lle(a la inteli(enia al desubri$iento de
la erdad. Dada esta deniin se -uede ar$ar ue las
-ruebas no son $&s ue los hehos ue ourren entre las
-artes en su relain o$o indiiduo en la soiedad / uando
sur(e dierenia esta son diri$ida en 1ustiia uien deter$ina
la eraidad o alsedad de los hehos -or $edio de ellas.
Lus !ihardo Cabral la dene, o$o el $edio ue se
1ustia, la erdad o alsedad de los hehos.#n ese orden de
ideas nos -er$iti$os entender la -rueba o$o todo $edio
a-a" de -er$itir a la -arte de$andante de$ostrar la alide"
de su de$anda, o ue -er$ita a la otra destruir los ale(atos
de la ontraria.
http://www.monografias.com/trabajos15/inteligencia-emocional/inteligencia-emocional.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/inteligencia-emocional/inteligencia-emocional.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtml
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La -rueba tiene base onstituional, en irtud de lo
onsa(rado en el artulo 4) C?BE, la -rueba 1udiial or$a
-arte del debido -roeso@ en el -roedi$iento iil ordinario
e
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• 9oda -ersona tiene dereho a e1erer el ontrol de la
eauain de los $edios de -rueba de su
anta(onista.•
9oda -ersona tiene dereho a ue el 1ue" de la ausa lealore sus res-etias -ruebas.
• #n res-aldo al artulo 4) onstituional tene$os el
artulo 26 de la C?BE de la (aranta onstituional
de la 9utela >udiial #etia, /a ue en irtud de esta
(aranta, toda -ersona tiene dereho a aeder a los
r(anos de ad$inistrain de 1ustiia -ara as -oder
rela$ar un dereho en 1ustiia, /a sea indiidual,
diuso o oletio.
#n este sentido se seal ue la Constituin de la
?e-blia Boliariana de Eene"uela, onsa(r
Constituional$ente el Dereho de -ruebas en el artulo 4),
nu$eral *, ba1o la one-in de ue es una de las
-rini-ales (arantas del 1ustiiable de lo(rar la satisain /
tutela de sus derehos e intereses a tra=s del -roeso.
./portancia de la prueba y la &unción 0ue cu/ple enel proceso%
#sta radia en ue el o-erador de 1ustiia, ono"a la
erdad de los hehos (raias a ella, es deir ue ono"a lae
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Al anali"ar la i$-ortania ue tiene la -rueba en el
Dereho / el -roeso, e
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se(uridad en los -ro-ios derehos / en el o$erio 1urdio en
(eneral. No e
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A% ue, al interior del -roeso se -uedan distin(uir
l(ia$ente los as-etos ue -erteneen al 1uiio sobre los
hehos, de auellos atinentes al 1uiio de dereho.
B% ue, on relain a los as-etos ue -erteneen al 1uiio
sobre los hehos sea neesario or(ani"ar el -roedi$iento
-robatorio del 1ue", de auerdo a una elaborain de ti-o
raional.
1% ue, slo de tal $odo es -osible obtener el ontrol de la
selein lleada a abo -or el 1u"(ador en la elaborain de
su oneni$iento sobre la eraidad o no de los enuniados
atuales de la ausa. ued&ndonos laro ue los tres
-resu-uestos se enuentran nti$a$ente inulados entre s,
dado ue su ob1etio es de1ar ontrolable desde el e
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los atos deriados de la relain laboral, orres-ondiendo al
-rini-io de -rioridad de la realidad de los hehos, estableido
en el literal c del art"culo2 del R345 / en el art"culo 6 de
la 34P5.
Principios 0ue ri$en la practica de la prueba en el7ereco 3aboral%
Principio de libertad de prueba%
A-unta Eillas$il Brieo 2005;, ue este -rini-io tiene dos
ae-iones:
89 La libertad, $edios de -rueba tal / o$o lo seala el Art.
70 L8!9 / el )5 del C!C, las -artes -ueden alerse de
ualuier $edio de -rueba onduente a la de$ostrain de
los hehos ontroertidos, e
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Las -artes no tienen l$ites al uso de los $edios
-robatorios on los uales as-iran de$ostrar en el -roeso
sus ar$aiones de heho, este -rini-io se enuentra
re(ulado en el artulo 70 de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o, salo el aso de las -osiiones 1uradas / el 1ura$ento
deisorio, /a ue -ueden alerse de ualuier $edio de
-rueba re(ulado en el Cdi(o de !roedi$iento Ciil, Cdi(o
Ciil, / otras le/es e inluso auellas -ruebas ue no se
enuentren re(uladas en la Le/, siendo la nia li$itante, en
uanto a los usos de los $edios de -rueba, ue el $is$o nosea e
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serirse de ualuier $edio de -rueba le(al o libre -ara
de$ostrar la eraidad / le(iti$idad de sus rela$aiones en
el -roeso.
Principio de Aplicación de Analo$"a%
e(n e
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en el -roeso / deber& -resentar, a las -artes una or$a de
eauain en el auto de ad$isin. e destaa ue la
analo(a es una uestin de dereho, lo ue, el -ro$oente
no neesita inoarla e
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e$bar(o, el le(islador onsider oneniente introduir una
a$-liain de los $edios -robatorios no -reistos ni
-rohibidos -or la Le/, on la nalidad de ue el debate
-robatorio sea lo $&s a$-lio -osible, / de ue las -artes-uedan a-ortar otro $edio no re(ulado eue", aultando al >ue", en los
artulo 70 de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o, )5 del
Cdi(o de !roedi$iento Ciil / el artulo *) de la Le/
8r(&nia del 9ribunal u-re$o de >ustiia, -ara ue a-liue laanalo(a ue ten(a on los otros $edios -robatorios t-ios o
en su deeto, en la or$a ue seale el >ue".
Principio unidad de la prueba%
Las -ruebas del 1uiio tienen ue ser a-reiadas o$o
una unidad / anali"adas e
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inonduente ue -are"a, iia de nulidad la sentenia -or
uebranta$iento del deber de e
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nie(a a una de las -artes la -osibilidad de e1erer el ontrol /
ontradiin de las -ruebas de su ontrinante, se est&
uebrantando de $anera 3a(rante el debido -roeso / el
dereho a la deensa.
Principio de preclusión de la prueba%
Los atos de -ruebas deben reali"arse en las
o-ortunidades sealadas en la le/, esto es, de -ro-osiin o
-ro$oin, o-osiin o ontradiin, eauain o
$ateriali"ain / alorain o a-reiain, -or lo ue la
reali"ain de dihos atos uera del la-so -roesal,
deter$inar& su inad$isibilidad o i$-roedenia de la -rueba
-or e
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del 9raba1o, la in$ediain es esenial al 1uiio oral, -or
uanto tanto el debate entre las -artes, o$o la eauain
de las -ruebas en el -roeso, deben ser inor-oradas en la
$is$a audienia, es deir, de $anera in$ediata. #l otroas-eto resaltante de este -rini-io, es ue el 1ue" debe
-artii-ar -ersonal / atia$ente en la eauain de las
-ruebas, a los nes de -oderse or$ar -ersonal$ente, un
1uiio aloratio, tanto de los ar(u$entos / ale(aiones de las
-artes o$o de las -ruebas eauadas en la audienia / as
-oder 1u"(ar -ersonal$ente, on base a la sana ritia,resultante del debate -roesal.
La in$ediain / la oralidad -rouran ue el >ue"
obten(a una -ere-in direta / lara de todo uanto atae
a la uestin o uestiones ontroertidas -or las -artes en el
liti(io@ -orue el >ue" obtendr& una -ere-in $&s -ereta
del $aterial -robatorio si lo -eribe de $anera direta@ tendr&una o$-rensin $&s e
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Articulo ;,% 34P3% on $edios de -rueba ad$isibles en
1uiio auellos ue deter$ina la -resente le/, el Cdi(o de
!roedi$iento Ciil, el Cdi(o Ciil, / otras le/es de la
?e-blia@ uedan e
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lo no -reisto en esta, se a-liaran -or analo(a las
dis-osiiones relatias a los $edios de -ruebas se$e1antes
onte$-lados en el Cdi(o de !roedi$iento Ciil, Cdi(o
Ciil o, en su deeto, en la or$a ue seale el >ue" del 9raba1oG, se esta reriendo a las aultades ue en el nueo
-roeso laboral, reibe el 1ue" o$o r(ano Diretor del
-roeso, -ero ta$bi=n es eidente ue la -arte interesada en
uanto a los eetos ue -udiera -roduir tal $edio de
-rueba, -ro$oido / eauado en la or$a ue dis-on(a el
1ue", deber& ser $u/ i(ilante, -ara eitar -osibles sor-resas .A -esar de la a$-litud onsa(rada en esta nor$a de los
$edios -robatorios, el le(islador hae hina-i= en ue uedan
e
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ratiando lo ue establee el artiulo 5 de la Le/ 8r(&nia
!roesal del 9raba1o, ue dis-one ue, los 1uees, en el
dese$-eo de sus uniones tendr&n -or norte de sus atos la
erdad, es deir est&n obli(ados a inuirirla -or todos los$edios a su alane.
inal$ente, en su ulti$o a-arte la nor$a de1a onstania
ue, #l auto en ue se ordenen estas dili(enias 1ara el
ter$ino -ara u$-lirlas / ontra =l no se oir& reurso al(unoG,
estando au estableido el -rini-io de la eleridad -roesal.
1ar$a de la prueba%
Articulo ;6 34P3% alo dis-osiin le(al en ontrario, la
ar(a de la -rueba orres-onde a uien ar$e hehos ue
on(uren su -retensin o a uien los ontradi(a, ale(ando
nueos hehos. #l e$-leador, ualuiera ue uere su
-resenia sub1etia, en la relain -roesal, tendr& sie$-re laar(a de la -rueba de las ausas de des-ido / del -a(o
liberatorio de las obli(aiones inherentes a la relain de
traba1o. Cuando orres-onda al traba1ador, -robar la relain
de traba1o, (o"ara de la -resunin de su e
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Ahora bien, en nuestro ordena$iento 1urdio iil, ni el
Cdi(o Ciil ni el Cdi(o de !roedi$iento Ciil sealan a u&l
de las -artes de$andante o de$andado; orres-onde la
ar(a de -robar los hehos ale(ados -or estos@ li$it&ndose aindiar ue la -arte ue ale(a al(n heho debe -robarlo@ as
ue o$o uien lo nie(a debe de$ostrar ue la obli(ain
ue -esaba sobre ella ha sido e
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8%# se $antiene el -rini-io de ue uien ale(a un heho
debe -robarlo, ue uien -retenda haberse liberado de una
obli(ain, debe -or su -arte, -robar el -a(o o el heho ue
e
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-ues, el de$andado tendr& la ar(a de desirtuar en la ase
-robatoria, auellos hehos sobre los uales no hubiese
-resentado en la ontestain el unda$entado reha"o, de lo
ontrario, el senteniador deber& tenerlos o$o ad$itidos.
Al res-eto, esta ala de Casain oial, en sentenia
NO 4*) de ** de $a/o de 2004, aso: >uan ?aael Cabral Da
ila ontra la oiedad 'erantil Distribuidora de !esado La
!erla #sondida, C.A.;, deter$in lo si(uiente:
!ues bien, de la sentenia -reedente$ente e
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reere a todos los restantes ale(atos ontenidos en el libelo
ue ten(an one
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orres-onde a la -arte ue los ale( Pal traba1adorK la ar(a
de a-ortar las -ruebas -ertinentes a n de de$ostrar la
ourrenia de tales hehos.
Asi$is$o ha insistido la ala, ue an / uando el
de$andado en la litisontestain, no ha/a reha"ado los
ale(atos e
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ueron ne(ados en or$a -ura / si$-le en la ontestain, en
a-liain de los artulos 72 / *5 de la Le/ 8r(&nia
!roesal del 9raba1o / de la 1uris-rudenia de la ala de
Casain oial de este 9ribunal u-re$o de >ustiia, -ues enrelain on las ale(aiones del traba1ador relatias a:
-reaiso, inde$ni"ain de anti(Qedad, o$-ensain -or
transerenia, -restain de anti(Qedad, inde$ni"ain -or
des-ido, aaiones, utilidades, intereses sobre -restaiones
soiales, entre otras, si el -atrono nie(a / reha"a las $is$as
en or$a -ura / si$-le, no de$uestra nada ue le aore"a/ la -etiin del traba1ador no es ontraria a dereho, se debe
onsiderar ue ha inurrido en onesin ta sobre estos
-artiulares, onor$e al reerido artulo *5 eiusde$.
in e$bar(o, no todos los ale(atos / reha"os ue se
e
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uando se los hubiere reha"ado e
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7octor Ricardo enr"0uez 3a Roce' Las -ruebas de las
-artes -ueden ser -ro$oidas en las audienias o reuniones
ue onstitu/en una -rrro(a o -rolon(ain de la -ri$era
audienia de tr&$ite, las uales -ueden abarar un la-sohasta de uatro $eses art. *6 in ne;, se(n se olide del
-rini-io aorabiliaa$-lianda: lo aorable al dereho a la
deensa ue no -er1udiue ile(ti$a$ente los derehos del
anta(onista, debe ser -er$itido, dado el ar&ter $era$ente
instru$ental del -roeso art. 257 onst.re-.;. De $anera ue,
si este artiulo 7 seala la audienia -reli$inar o$oo-ortunidad -ara la -ro$oin de -ruebas / diha audienia
-uede durar uatro $eses, el liti(ante tendr& el dereho a
onsi(nar su esrito de -ro$oin de -ruebas en una
ualuiera de la audienia en las ue se tratan asuntos
-reli$inares al $=rito, o$o lo es la $ediain o la
subsanain del -roeso -or $edio del des-aho saneador
art. *4;, si las (estiones de $ediain an desarroll&ndose
e
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Su$berto #nriue III Bello 9abares: La o-ortunidad de la
-ro$oin de las -ruebas es en el o$ien"o o iniio de la
audienia -reli$inar, no ae-t&ndose -ruebas en los atos
subsi(uientes o -rolon(aiones de la audienia -reli$inar@-ero es el aso ue el artiulo 7 de la le/ or(&nia -roesal
del traba1o, e
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7octor :uan Garc"a Vara% “!resentes las -artes, en
audienia -riada, se da iniio a la ase de $ediain -ara
lo(rar $ediante la oniliain o la transain, resoler el
on3ito o ontraenin. #n este $o$ento P el iniioK las-artes deber&n haer entre(a al 1ue" de sustaniain,
$ediain / e1euin de los res-etios esritos de -ruebas,
on los ele$entos -robatorios. La nor$a ad1etia no es lo
suiente$ente lara, -ues est& redatada en or$a $u/
(eneral, sin -reisar en u= $o$ento de la audienia
-reli$inar se deban onsi(nar el esrito de -ruebas / losele$entos -robatorios. uedaba as al libre arbitrio de ada
-arte onsi(nar sus -ruebas al o$ien"o, durante o al nal de
la audienia -reli$inar, uando dis-usiera P habida uenta de
las -rolon(aionesKsin ue entones las -artes / el 1ue"
-udieran dis-oner, durante las onersaiones, de las -ruebas
ue onenieran a al(una de las -artes de la i$-roedenia
de su -osiin en el 1uiio, on lo ual se daba al traste on la
$ediain. de una inter-retain sobre el es-ritu / -ro-sito
de la L8!9, de los -rini-ios ue la orientan / de los derehos
tutelados, on a-o/o en la dis-osiin ue -er$ite estableer
riterios -ara la reali"ain de los atos, se ado-t la idea de
e
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1riterios :urisprudenciales en cuanto a la
oportunidad de la pro/oción de prueba libre en el
Proceso 3aboral Venezolano%
Con res-eto al estudio ue se ha reali"ado, la Dotrina
>uris-rudenial en la Le(islain laboral sobre el -unto $u/
ontroertido / de diersas o-iniones, ontenido en el Artulo
7 de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o, en uanto a la
o-ortunidad ue tienen las -artes -ara -ro$oer sus -ruebas
/ areditar sus res-etias ar$aiones de heho en el
-roeso, se -uede ar$ar ue el riterio asentado -or la alade Casain oial del 9ribunal u-re$o de >ustiia@ en su
entenia No. **5 de eha *7 de ebrero de 2004 Arnaldo
ala"ar s. !ubliidad Ee-ao, C.A.;@ indi lo si(uiente:
+entencia N 88( 7el 8;C,6C,?% Ponente' 4/ar Al&redo
Mora 7"az 1aso' Arnaldo +alazar 4ta/endi Vs%
Publicidad Vepaco 3a re&erida sentencia estableció'
R; De otra -arte, el -ro-io siste$a -roesal onna la
-rueba en ontrario a los nes de desirtuar la onesin de
ad$isin de los hehos, toda e" ue el de$andante on su
ontu$aia, ulnera el -rini-io -relusio de los atos
-roesales, ello, al no -resentar te$-estia$ente los $edios
-robatorios -ertinentes -ara areditar sus res-etias
ar$aiones, de heho a-ertura de la audienia -reli$inarK
Artulo 7 de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o; o en todo
-
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aso, -ara oreer la ontra-rueba de los hehos ale(ados del
ator.G
La -osiin 1uris-rudenial anterior ha sido ratiada en
sentenias -osteriores: o$o en el aso ?ICA?D8 ALI !IN98
s. C8CA C8LA #'A D# E#N#TU#LA, .A., antes !ana$o
de Eene"uela, .A., de eha *5V*0V2004, ue die: entenia
NO *45* Del 2%V0)V06. !onente: 8$ar Alredo 'ora Da" Caso:
>or(e 'anuel #strella De Brito Es. Cor-orain Co$-usot, C.A.
La reerida sentenia establei:
R#l 1ue" no -uede ad$itir -ruebas uando las $is$as
ha/an sido -ro$oidas de or$a eue" de sustaniain, 'ediain /
#1euin, una e" nali"ada la audienia -reli$inar, en este
$is$o ato, inor-orara al eue" de >uiio.
Art"culo ;( 34P3% Dentro de los ino 5; das h&biles
si(uientes al reibo del e
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el 1ue" ordenar& ue se o$ita toda delarain o -rueba sobre
auellos hehos en ue a-are"an lara$ente onenidas las
-artes.
#l -rini-io de la -ertinenia / onduenia de la -rueba,
a ue hae reerenia la nor$a, destaa ue la -rueba debe
ser -ertinente, en el sentido de ue debe haber una relain
l(ia entre el heho a -robar / la disutida en el 1uiio. i el
heho no tiene relain l(ia on el su-uesto nor$atio le(al
ue diri$e la ontroersia, la -rueba es i$-ertinente. La
onduenia es la idoneidad de la -rueba@ esto es, la a-tituddel $edio -robatorio utili"ado -ara -robar el heho.
Cuando la -rueba sea i$-ertinente o ilita es deir,
auella ue se obtiene lesionando los derehos
onstituionales de los iudadanos, iolentado el dereho
onstituional al debido -roeso, u/a nulidad se enuentra
ontenida en el ordinal *O del artulo 4) de la Constituin de
la ?e-blia Boliariana de Eene"uela, el >ue" debe
deseharlas -ues asi lo establee la le/.
#n el -roeso ueda e
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-siol(ia, la iolain a la inti$idad@ la lesin a los derehos
unda$entales@ la iolain del do$iilio@ la iolain al
dereho de o$uniaiones -ostales, tele(r&as /Vo
telenias, entre otras lesiones onstituionales ue haenina-reiables / nulas las -ruebas obtenidas ilita$ente.
1apitulo ..' 3a prueba por escrito o docu/ental%
Deis #handia nos dene dou$ento o$o toda osa
ue sea -roduto de un ato hu$ano, -ere-tible on los
sentidos de la ista / el tato, ue sire de -rueba histria
indireta / re-resentatia de un heho ualuiera le asi(na
una utilidad de -rueba, sin desartar ue sea re-resentatia
de un heho de ualuier naturale"a.
All se o$-rende todo, tanto -blio o -riado, #n el se
re(istran los hehos o$o suedieron / la or$a o$o se
e
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Los dou$entos -blios son el $edio $&s idneo -ara
de$ostrar un heho. Wstos se diiden en dos ti-os, estos
dou$entos son e$itidos -or unionarios de las a(enias
-blias. !or e1e$-lo, ertiaiones del re(istro de la-ro-iedad, o dou$entos e$itidos -or las oinas 1udiiales.
Los dou$entos -blios (o"an de e, es deir, se ree ue
son iertos, / -ara ue -ierdan alide", debe de$ostrarse la
alsedad de su inor$ain. 'ientras ue los instru$entos
-blios, son las esrituras e$itidas -or notarios. 9anto los
dou$entos o$o los instru$entos -blios haen -lena-rueba de los hehos.
Los dou$entos -riados son todos auellos esritos en
ue se inlu/an, sin interenin de un notario, delaraiones
a-aes de -roduir eetos 1urdios. 'ientras no se
o$-ruebe la autentiidad de las r$as del dou$ento, no
alen o$o -rueba 1udiial. Una e" o$-robadas las r$as,tienen tanta alide" o$o un dou$ento -blio. u nalidad
es de$ostrar, ontradeir / reonoer la autentiidad /
realidad de los hehos e
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tendr&n o$o ehaientes, salo ue se de$uestre lo
ontrario.
Art"culo 28 34P5. Cuando se trate de hehos ue onsten en
dou$entos, libros, arhios u otros -a-eles ue se hallen en
oinas -blias, banos, asoiaiones (re$iales, soiedades
iiles o $erantiles e instituiones si$ilares ue no sean
-arte en el -roeso, el tribunal, a soliitud de -arte, reuerir&
de ellos, ualuier inor$e sobre los hehos liti(iosos ue
a-are"an de dihos instru$entos o o-ia de los $is$os. Las
entidades $enionadas no -odr&n rehusarse a la entre(a delos inor$es o o-ias reueridas inoando ausa de resera,
debiendo su$inistrar la inor$ain reuerida en el t=r$ino
indiado. La ne(atia a dar res-uesta sobre la inor$ain se
entender& o$o desaato al tribunal / el $is$o estar& su1eto
a las saniones -reistas en esta Le/.
1apitulo ...' EDibición de docu/entos%
9iene -or ob1eto obli(ar a una de las -artes o a tereros
a e
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dou$ento o en su deeto la ar$ain de los datos ue
ono"a el soliitante aera del ontenido del $is$o / un
$edio de -rueba ue onstitu/a -or lo $enos -resunin
(rae de ue el instru$ento se halla en -oder de suadersario.
1apitulo .V' 7e la 5aca de instru/entos%
Art"culo 2=% La taha de alsedad de los instru$entos
-blios / los -riados, reonoidos o tenidos le(al$ente -or
reonoidos, se -uede -ro-oner inidental$ente en el urso
de la ausa, -or los $otios si(uientes:
8% ue no ha/a habido la interenin del unionario -blio
ue a-are"a autori"&ndolo, sino ue la r$a de =ste ha/a
sido alsiada.
6% ue an uando sea aut=ntia la r$a del unionario
-blio, la del ue a-areiere o$o otor(ante del ato ha/a
sido alsiada.
=% ue es alsa la o$-areenia del otor(ante ante el
unionario -blio, ertiada -or =ste, sea ue el
unionario -blio ha/a -roedido $aliiosa$ente o ue se
le ha/a sor-rendido en uanto a la identidad del otor(ante.
?% ue an siendo aut=ntia la r$a del unionario -blio /
ierta la o$-areenia del otor(ante ante au=l, el -ri$ero
atribu/a al se(undo delaraiones ue =ste no ha heho@ -ero
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esta ausal no -odr& ale(arse -or el otor(ante ue ha/a
r$ado el ato, ni res-eto de =l.
(% ue an siendo iertas las r$as del unionario -blio /
del otor(ante, se hubiesen heho, on -osterioridad al
otor(a$iento, alteraiones $ateriales en el uer-o de la
esritura a-a" de $odiar su sentido o alane.
-% ue an siendo iertas las r$as del unionario -blio /
los otor(antes, el -ri$ero hubiese heho onstar alsa$ente /
en raude de la le/ o -er1uiio de tereros, ue el ato se
eetu en eha o lu(ar dierentes de los de su erdadera
reali"ain.
La taha es la ain o $edio de i$-u(nain -ara
destruir total o -arial$ente la eaia -robatoria del
dou$ento. La ulti$a a ue otor(a la le/ -ara desirtuar el
alor -robatorio del dou$ento -blio es el lla$ado-roedi$iento de taha de alsedad, ontra la irtualidad de
su e no se onede nin(n otro reurso, -orue, an siendo
-rini-io 1urdio reonoido ue toda -rueba -uede ser
o$batida -or ualuier otra, el dou$ento -ublio
onstitu/e una e
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Art"culo 2;% 3a taca de &alsedad e debe -ro-oner en la
audienia de 1uiio.
#l tahante, en or$a oral, har& una e
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o$-areenia en la $is$a o-ortunidad del -resentante del
instru$ento, se delarar& ter$inada la inidenia / uedar&
el instru$ento desehado del -roeso. #n a$bas situaiones
se de1ar& onstania -or $edio de auto esrito.
1apitulo V' Reconoci/iento de .nstru/entos
#l reonoi$iento del instru$ento se da -or $edio de las
-artes, /a ue uando en un -roeso ualuiera de las -artes
-resenta un dou$ento en ontra de la otra, est& deber&
$aniestar si lo reonoe o no, en aso de ne(atia, en la
$is$a o-ortunidad del desonoi$iento, la -arte ue
-resent la -rueba -uede haer aler su dereho al ote1o,
esta -rueba ser& reali"ada -or e
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o$-robar@ -ero no auellos ue ella $is$a ha/a ne(ado o
no reonoido, aunue -reedente$ente se hubieren
delarado o$o su/os@ la -arte reonoida o no ne(ada del
$is$o instru$ento ue se trate de o$-robar. A alta deestos $edios, -uede el -resentante del instru$ento, u/a
r$a se ha desonoido, soliitar / el 9ribunal lo aordar&,
ue la -arte ontraria esriba / r$e, en -resenia del >ue", lo
ue =ste dite, si se ne(are a haerlo, se tendr& -or
reonoido el instru$ento, a $enos ue la -arte se enuentre
en la i$-osibilidad sia de esribir.1apitulo V.' 7e la prueba de eDperticia%
La -rueba de e
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#l no$bra$iento de los e
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-enal$ente / los e
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!roedi$iento Ciil el ual estaba onebido -ara un
-roedi$iento esrito, $ientras ue la nor$a en o$ento,
esta onebido -ara un 1uiio oral / -ublio. De esta $anera,
en el -roedi$iento esrito estatuido en el artulo 4)) C!C,la -ersona del testi(o slo -odr& taharse dentro de los ino
das si(uientes a la ad$isin de la -rueba, $ientras ue en la
dis-osiin en o$ento, se establee ue la -ersona del
testi(o slo -odr& taharse en la audienia de 1uiio.
Aunue el testi(o sea tahado antes de la delarain,
deter$ina la nor$a ue no -or ello su delarain de1ar& deto$arse si la -arte insistiere en ello@ / ter$ina el artulo *00
de la le/, eui-ar&ndose al 4)) del C!C, en el sentido de ue,
la sola -resenia de la -arte -ro$oente en el ato de la
delarain del testi(o se tendr& o$o inasistenia.
La la/ ta$bi=n establee ue no -odr& tahar la -arte al
testi(o -resentado -or ella $is$a, aunue la -arte ontraria
se al(a de su testi$onio / ade$&s el testi(o ue ha/a sido
sobornado no deber& a-reiarse ni a aor ni en ontra de
nin(una de las -artes.
Una e" ue se -ro-one la taha, deber& o$-rob&rsela
en el la-so ue seala los artulos %4 / %5 de la L8!L,
ad$iti=ndose ta$bi=n las ue -ro$uea la -arte ontraria
-ara ontradeirla. La deisin sobre la taha se -ronuniara
en la sentenia denitia.
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De auerdo on el artulo %4 de la le/, la taha de
alsedad debe -ro-onerse en la audienia de 1uiio, / ue,
dentro de los dos 2; das h&biles si(uientes a la or$ulain
de la taha, deber&n las -artes -ro$oer las -ruebas ueonsideren -ertinentes.
!or otra -arte el artulo %5 de la le/, dis-one ue la
audienia -ara la eauain de las -ruebas en la taha -odr&
-rorro(arse, enida la hora de des-aho, tantas ees o$o
uera neesario, -ara eauar ada una de las -ruebas
-ro$oidas, -ero nuna -odr& e
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9?ABA>8, uando e
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1urisdiin -ara ue asista a la ins-ein 1udiial , el tribunal -uede
ordenar la re-roduin oto(r&a o ine$ato(r&a -ara la
orroborain de un heho, donde el >ue" si lo reuiere -uede asistir a la
reonstruin de este / -uede ordenar la e1euin a uno o $&s
e
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e dene el indiio o$o la irunstania, heho o ato,
ue sire de anteedente o base -ara -resu$ir la eue" a la erte"a en torno a un heho desonoido,
relaionado on la ontroersiaG.
!ara 8deri(o, el indiio onstitu/e la irunstania o el
anteedente ue autori"a a undar una o-inin sobre la
eue" sobre la e
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• #l indiio ser& el heho ierto / de$ostrado en el
-roeso -or los $edios de -rueba -ertinentes /
le(ales.!ara desubrir, eriar / de$ostrar el heho
ontroertido en el -roeso / ue se desonoe, elo-erador de 1ustiia debe utili"ar las re(las de la
eue", a la erte"a delheho inesti(adoG.
De $anera ue la nor$a en o$ento, establee ue los
indiios / -resuniones onstitu/en $edios au
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onsiderain su (raedad, onordania / oner(enia
entre s, / en relain on las de$&s -ruebas de autos, lo ual
est& en eidente onatenain on lo sealado -or la nor$a
en o$ento.
#l artulo *.)) del di(o iil, a los eetos de las
-resuniones, seala: las -resuniones ue no est=n
estableidas -or la le/ uedaran a la -rudenia del 1ue", uien
no debe ad$itir sino las ue sean (raes, -reisas /
onordantes, / sola$ente en los asos en ue la le/ ad$ite
la -rueba testi$onial.
Las -resuniones onstitu/en un $edio de -rueba
-eli(roso, -orue no -rouran asi nuna una erte"a
o$-leta, el 1ue" -uede euioarse en sus deduiones, / de
all ue sea i$-ortante eslareer, o$o un ontra-eso
(aranti"ador de la ob1etiidad, ue las -resuniones renan
las ualidades le(ales.
Ahora bien, a ese ti-o de ra"ona$ientos la dotrina 1urdia
los onoe on el no$bre de -resuniones de heho,
-resuniones 1udiiales o -resuniones del ho$bre
-raesu$-tionesho$inis; -ara distin(uirlas de las
-resuniones le(ales. #stas lti$as onsisten en una
inerenia i$-uesta -or la le/: es el le(islador uien ha heho
el ra"ona$iento de ue sie$-re ue -ase tal osa -ode$os
ar$ar tal otra.
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#l artulo **) de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o
establee ue: Cuando la le/ alia una -resunin on
ar&ter absoluto no abe -rueba en ontrario. #l beneio de
tal -resunin slo ha de areditar la realidad del heho ue aella le sire de baseG.
#n este aso, deter$ina la le/ una -resunin 1uris et de
1ure@ es auella ue el le(islador onsidera ue no ad$ite
-rueba en ontrario o o$o lo onsidera el le(islador on
ar&ter absolutoG. eala la dis-osiin ue el beneiario de
tal -resunin solo debe areditar la realidad del heho ue aella le sire de base.
Asi$is$o enontra$os la !resunin relatia K !reista en
el artulo *20 de la Le/ 8r(&nia !roesal del 9raba1o, se(n
la ual: Cuando la le/ -resu$a la onlusin on ar&ter
relatio, la ar(a de la -rueba orres-onder& a uien -retenda
desirtuar la -resuninG.
e trata de la a-liain del ontenido del artulo 506 del
di(o de -roedi$iento iil, en el sentido de ue uando la
le/ deter$ine una onlusin on ar&ter relatio 1uris
tantu$, es deir, ue ad$ite -rueba en ontrario, la ar(a de
la -rueba le orres-onder& a uien -retenda desirtuar tales
-resuniones.
#l indiio / la -resunin son one-tos dierentes@ el
indiio euiale a la idea de rastro, huella, si(no o seal@ es la
osa, el sueso ue -ara ser til al -roeso, antes ue nada se
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debe -robar@ -robado el indiio, es uno de los tantos datos o
hehos de$ostrados ue -ueden serir al 1ue" o$o $edio de
robar a su e", -ara or$ar su oneni$iento sobre el heho
ue se -retenda de$ostrar o ue se inesti(a.
#l artulo *22 de la le/ en o$ento establee ade$&s las
onlusiones a ue -uede lle(ar el 1ue" en relain on la
onduta de las -artes, es deir, atendiendo su onduta
dentro del -roeso, es deir, ue la nor$a establee ue es el
1ue" el erdadero diretor del -roeso, su alta de -robidad, su
notoriedad a la oo-erain a los eetos de obtener una laraisin a tra=s de los $edios -robatorios o sus a-titudes a los
eetos de obstruirlos. e trata de una $a(na labor sobre
la ual, las -artes deben estar i(ilantes / ue deter$ina
lara$ente, ue el 1ue" o$o diretor del -roeso, debe
atuar on di(nidad / deoro a la e" debe ser un estudioso
onstante de la disi-lina / del Dereho en (eneral.
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1onclusión
La nuea L8!9 en su Art. 6) -reisa atinada$ente / on
una nuea e interesante redain , el ob1eto / n de los
$edios -robatorios en el -roeso, destaando, en -alabras del
$aestro ?iardo Senrue" La ?ohe la trada de ob1etios dela atiidad -robatoria, esto es los $is$os son -ara: areditar
los hehos ale(ados, onener al 1ue" sobre la e
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!roesor Senrue" La ?ohe, a -artir del -ri$ero se oli(e la
inad$isibilidad de las -ruebas -or I'!#?9IN#NCIA, en tanto
ue se las -ro$oidas no tienen relain on los hehos
releantes ale(ados / ue son ob1eto de la litis, son del todointiles en ese -roeso, / as debe delar&rselo.
#n uanto a los -rini-ios ue ri(en la -rueba dedui$os
ue la -ertinenia de la -rueba es la relain entre el heho o
irunstanias ue se uiere areditar / el ele$ento de
-rueba ue se -retende utili"ar -ara ello. Asi $is$o
reri=ndonos a su neesidad toda -rueba debe ser neesaria
/ ser& asi, uando el heho i$-utado o inoado -retende ser
de$ostrado, o sea, estableido en el -roeso $ediante
-ruebas inor-oradas al $is$o, -or las -artes o -or el 1ue".Ade$&s la -rueba es til debido a la releania del
$edio -robatorio, en uanto -uede ontener una idoneidad
oniional -ara -roduir erte"as o -robabilidad sobre la
e
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autores en -or i(ual es-eiales araterstias ue
dierenian el -roeso laboral de otros. #n esta $ateria se se-ara la L8!9 del $odelo -rototi-o
del 1uiio ordinario -roesal iil. Conor$e a su 9tulo EI Art.
6) al *22; se re(ula todo lo relaionado on la -rueba -or
esrito@ la e
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#n uanto a la -rueba de euees no est&n obli(ados a se(uir el dita$en -eriial, si
su oniin se o-one a ello, -ero ue deber&n ra"onar los
$otios Art. );. e establee sobre la obli(ain de losunionarios -blios on onoi$ientos -eriiales sobre una
deter$inada $ateria, de ae-tar el ar(o de euiio Art.
*06;. #n todo aso re-resenta el a$bio radial ue se le da a
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la onesin onor$e la #
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• htt-:VV
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• ?#NF#L ?8'B#?F, Arstides *))7;. 'anual de Dereho
!roesal Ciil Eene"olano, #ditorial Arte, CaraasK
Eene"uela.•
D#EI #CSANDIA, Sernando *)%*;.Co$-endio deDereho !roesal, !ruebas >udiiales. 9o$o I, Etor D. De
Tabalia #ditor. Buenos Aires.