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SECRETARÍA DE SALUD COMISIÓN COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO DEL CENTRO REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE CHIAPAS ENERO, 2008

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SECRETARÍA DE SALUD

COMISIÓN COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE

ALTA ESPECIALIDAD

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO DEL CENTRO REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE CHIAPAS

ENERO, 2008

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 1

ÍNDICE

HOJA I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVO DEL MANUA L 3

III ANTECEDENTES HISTÓRICOS 4

IV MARCO JURÍDICO 6

V ATRIBUCIONES 25

VI MISIÓN Y VISIÓN DE LA UNIDAD 27 VII ESTRUCTURA ORGÁNICA 28

VIII ORGANOGRAMA 30

IX DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES 31

X GLOSARIO DE TÉRMINOS 95

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DÍA MES AÑO 2

I. INTRODUCCIÓN El Manual General de Organización del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”, se constituye como un instrumento que consolida los esfuerzos institucionales para definir y establecer las funciones, responsabilidades y ámbito de acción de cada área que lo integra. De esta manera, el presente documento tiene como finalidad, facilitar el acceso a la información orgánica-funcional de las unidades administrativas que integran el “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”, a través de la identificación de los niveles estructurales hasta nivel de departamento, así como la descripción de sus objetivos y funciones principales. El presente manual establece la estructura orgánica dictaminada por la Secretaría de Salud, en fecha 01 de Marzo de 2006, y que responden a criterios de racionalidad y compactación, asimismo, dicha estructura incorpora criterios de eficiencia y efectividad que equilibran responsabilidades y cargas de trabajo integrando tareas afines en cada proceso administrativo. Sobre lo cual se modifica la fecha de vigencia, el cuadro comparativo de unidades administrativas y puestos homólogos de la estructura orgánica con vigencia 30 de Noviembre de 2006. Contiene la Misión y la Visión, con un despliegue en Objetivos, Atribuciones y Políticas que marcan las directrices y lineamientos generales que orienten en la toma de decisiones para planear, organizar, dirigir y controlar los procesos que lo integran. Como punto de referencia para actuar en estricto apego a la legalidad, se incluye el capítulo del Marco Jurídico que rige el funcionamiento del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”, enumerando los principales ordenamientos a cumplir. Especifíca la estructura organizacional mediante el Organigrama Estructural y la descripción de las funciones sustantivas de cada uno de sus órganos hasta el nivel de Departamento. Para efectos de orden, las funciones se clasifican en aquellas que son de carácter general, para los órganos con responsabilidad directiva similar; y en específicas para cada uno de ellos; asimismo, para facilitar su comprensión, aplicación y control, se exponen en el orden que establece el proceso administrativo. Este instrumento organizacional tiene también el propósito de servir de apoyo en la capacitación continua del personal; tanto de nuevo ingreso, como para el ya existente. Finalmente, se trata de un documento perfectible; por lo tanto está abierto a las sugerencias de modificaciones, que propongan los usuarios del mismo para su enriquecimiento.

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II. OBJETIVO DEL MANUAL Colaborar y establecer un documento que ofrezca información sintetizada, vigente y veraz sobre los objetivos, antecedentes históricos, marco jurídico, misión, visión, valores, estructura orgánica, y descripción de funciones del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”; dando congruencia a la modernidad administrativa con estricto apego a la normatividad. Delimitando las funciones que se realizan en cada una de las áreas con el fin de evitar la sobre-posición o duplicación de actividades e impulsar la eficiencia requerida para el cumplimiento de la Misión y Visión del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”; a fin de orientar al personal de la unidad o externo interesado en conocer la estructura y función de los órganos de la administración.

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III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS El Gobierno del Estado de Chiapas, en concordancia con el Programa Nacional de Salud 2001-2006 y, siguiendo el Modelo Integrado a la Salud, estableció el compromiso de fortalecer y consolidar la infraestructura física necesaria para la atención a la salud de la población chiapaneca, ante el enorme rezago y obsolescencia en los servicios, inmuebles, equipamiento y recursos humanos disponibles en el estado. Para ello, el Instituto de Salud de Chiapas, siguiendo el esquema de planeación estratégica, definió el Plan Estatal de Salud como marco de referencia para el desarrollo de las acciones a realizar, a efecto de cubrir las demandas de la población, en especial de las enfermedades de alta complejidad diagnóstica terapéutica, en la creación del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” con la construcción de dos nodos: el Hospital Regional de alta Especialidad “Ciudad Salud”, para población adulta; en la ciudad de Tapachula de Córdova y Ordóñez, y el Hospital de Especialidades Pediátricas en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez. El 29 de noviembre de 2006 se pública en el Diario Oficial de la Federación del decreto de creación del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, como un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Salud Con la creación de un centro pediátrico se podrá atender la creciente demanda de atención a la salud de los niños chiapanecos, que muestran elevada mortalidad y morbilidad, superiores a la media nacional y en especial a los padecimientos considerados de alta complejidad y que requieren una estructura para procedimientos considerados de alta especialidad para su resolución. El “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” contará con suficiente capacidad inmobiliaria y avanzada tecnología para responder a las necesidades de atención de alta especialidad de la población adulta y pediátrica en los próximos diez años; en especial para la población sin ningún aseguramiento o con diversos aseguramientos como: Población Socialmente Protegida, Derechohabientes de la Seguridad Social, incluyendo sector privado tanto estatal como regional. También formará parte de una red de servicios para atender los padecimientos de la población en una forma integral, con apoyo a la atención primaria comunitaria en los centros de salud, hospitales comunitarios, generales cuando así lo requieran; aumentando la capacidad resolutiva a este segmento de la población en un 100 %, bajo un esquema efectivo de referencia y contrarreferencia. Adquiere al mismo tiempo, una rectoría normativa que impulsará permanentemente los esfuerzos de crecimiento, tanto de la capacidad resolutiva como de su calidad, eficacia y trato con sentido humano; al grado que pueda lograr su autosuficiencia en la atención y se convierta en receptor de todos los sectores tanto públicos y privados.

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Su Modelo de Atención contempla el método Modular y en Banda Continua, cuyos procesos se encuentran constituidos por tres subprocesos: Recepción, Atención Médica y Conclusión; lo que permitirá que el médico proporcione el diagnóstico integral y resuelva, con un apoyo multidisciplinario, el daño a la salud. El Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, con estructura vigente del 30 de noviembre del 2006, se conforma de la siguiente manera: 1 Director General (KA1), 2 Directores Generales Adjuntos (LA1), 7 Directores de Área (MA1), 26 Subdirectores de Área (NA1) y 11 Jefes de Departamento (OA1).

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IV. MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. DOF 5/II/1917 Ref. D.O.F 3/II/1983, 7/IV/1986, 10/VIII/1987, 6/IV/1990, 27/VI/1990, 28/l/1992, 19/IV/1994, 31/XII/1994, 3/VII/1996, 22/VIII/1996, 20/III/1997 Leyes. Ley Sobre el Contrato de Seguro. D.O.F. 31-VIII-1935 Ref. D.O.F. 02-I-2002, 24-IV-2006 Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 10-I-1936 Ref. D.O.F. 16-VIII-2005, 24-IV-2006 Ley Federal de Instituciones de Fianzas. D.O.F. 29-XII-1950 F.E.D.E. del D.O.F. 18 de enero de 1951 Ref. D.O.F. 23-XII-1974, 31-XII-1984, 05-I-1988, 03-I-1990, 12-VII-1993, 03-I-1997, 10-XI-1999, 01-XII-1999, 16-I-2002, 13-VI-2002, 13-VI-2003, 28-I-2004, 18-VII-2006 Ley Federal del Trabajo. D.O.F. 01-IV-1970 Ref. D.O.F. 24-IV-1972, 09-I-1974, 30-IX-1974, 23-XII-1974, 24-XII-1974, 31-XII-1974, 07-II-1975, 31-XII-1975, 02-VII-1976, 30-XII-1977, 28-IV-1978, 04-I-1980, 20-X-1980, 07-I-1982, 22-X-1982, 31-XII-1982, 13-I-1986, 22-XII-1987, 21-I-1988, 04-I-1989, 20-VII-1993, 19-XII-1996, 23-I-1998, 17-I-2006 Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31-XII-1975 Ref. D.O.F. 07-III-2003, 15-VI-2004, 11-X-2004, 12-I-2006, 30-VI-2006 Ley de Coordinación Fiscal. D.O.F. 27-XII-1978 Ref. D.O.F. 31-XII-1979, 30-XII-1980, 31-XII-1981, 31-XII-1982, 30-XII-1983, 31-XII-1986, 31-XII-1987, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26-XII-1990, 20-XII-1991, 20-VII-1992, 03-XII-1993, 29-XII-1993, 11-V-1995, 15-XII-1995, 30-XII-1996, 29-XII-1997, 31-XII-1998, 31-XII-1999, 31-XII-2000, 14-VII-2003, 30-XII-2003, 10-II-2005 F.E. D.O.F. 12-II-1979, 31-XII-1979, 15-IV-1982, 28-III-1984, 10-II-2005

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DÍA MES AÑO 7

Ley de Impuesto al Valor Agregado. D.O.F. 29-XII-1978 Ref. D.O.F. 31-XII-2003, 08-XII-2005, 18-VII-2006 Ley Federal de Derechos. D.O.F. 31-XII-1981 Reglas: D.O.F. 16-XI-1982 Ref. D.O.F. 31-XII-1982, 30-XII-1983, 31-XII-1984, 31-XII-1985, 31-XII-1986, 31-XII-1987, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26-XII-1990, 20-XII-1991, 18-XII-1992, 26-VII-1993, 03-XII-1993, 29-XII-1993, 02-VIII-1994, 28-XII-1994, 15-XII-1995, 10-V-1996, 30-XII-1996, 29-XII-1997, 31-XII-1998, 31-XII-1999, 01-I-2002, 01-XII-2004, 13-V-2005, 21-XII-2005 F.E. D.O.F. 21-V-1982, 28-III-1984, 24-I-1986, 17-I-1989, 27-VII-1993, 12-V-1999, 21-XII-2005 Ley de Servicio de la Tesorería de la Federación. D.O.F. 31-XII-1985 Ref. D.O.F. 29-V-1998, 31-XII-2000 Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14-V-1986 Ref. D.O.F. 24-VII-1992, 24-XII-1996, 23-I-1998, 04-I-2001, 04-VI-2002, 21-V-2003, 02-VI-2006, 21-VIII-2006 Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. D.O.F. 24-XII-1986 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. D.O.F. 28-I-1988 Ref. D.O.F. 13-XII-1996, 07-I-2000, 31-XII-2001, 25-II-2003, 13-VI-2003, 07-XII-2005, 23-V-2006 Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. D.O.F. 29-VI-1992 Ref. D.O.F. 26-XI-2001, 30-VI-2006 Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 04-VIII-1994 Ref. D.O.F. 24-XII-1996, 19-IV-2000, 30-V-2000 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. D.O.F. 23-V-1996 Ref. D.O.F. 24-XII-2002, 11-I-2005 Ley Federal del Derecho de Autor. D.O.F. 24-XII-1996 Ref. D.O.F. 23-VII-2003

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DÍA MES AÑO 8

Ley General de Protección Civil. D.O.F. 12-V-2000 Ref. D.O.F. 24-IV-2006 Ley de Fiscalización Superior de la Federación. D.O.F. 29-XII-2000 Ref. D.O.F. 04-IV-2005 Ley del Impuesto sobre la Renta. D.O.F. 01-I-2002 Ref. D.O.F. 31-XII-2003, 08-XII-2005, 28-XII-2005, 29-XII-2005, 5-VII-2006, 18-VII-2006 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002 Ref. D.O.F. 13-XII-2004, 30-VI-2006, 21-VIII-2006 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002 Ref. 11-V-2004, 6-VI-2006 Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. D.O.F. 19-XII-2002 Ref. D.O.F. 23-II-2005 Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-IV-2003, 01-IX-2005, 09-I-2006 Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. D.O.F. 11-VI-2003 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. D.O.F. 08-X-2003, Ref. D.O.F. 22-V-2006 Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 20-V-2004 Ley de Asistencia Social. D.O.F. 02-IX-2004 Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. D.O.F. 31-XII-2004

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DÍA MES AÑO 9

Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. D.O.F. 23-VI-2005 Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. D.O.F. 01-XII-2005 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. D.O.F. 14-XII-2005 Ley de la Propiedad Industrial. Ref. D.O.F. 25-I-2006 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 30-III-2006 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. DOF 29/XII/1976 Ref. DOF 8/XII/1978, 31/XII/1980, 4/l/1982, 29/XII/1982, 30/XII/1983, 21/l/1985, 26/XII/1985, 14/V/1986, 24/XII/1986, 22/VII/1991, 21/II/1992, 25/V/1992, 23/XII/1993, 28/XII/1994, 19/XII/1995, 15/V/1996, 24/XII/1996, 4/XII/1997, 10/IV/2003. F.E. DOF 2/II/1997, 18/IV/1984. Aclaración: DOF 16/V/1996 Ley Federal de Procedimiento Administrativo. DOF 04/VIII/1994 Ref. DOF 24/XII/1996 Ley de Coordinación Fiscal. DOF 27/XII/1978 Ref. DOF 31/XII/1979, 30/XII/1980, 31/XII/1981, 31/XII/1982, 30/XII/1983, 31/XII/1986, 31/XII/1987, 31/XII/1988, 28/XII/1989, 26/XII/1990, 20/XII/1991, 20/VII/1992, 03/XII/1993, 29/XII/1993, 15/XII/1995, 30/XII/1996, 29/XI/1997 F.E. D.O.F. 12/II/1979, 15/IV/1982, 28/III/1984 Ley de Planeación. DOF 5/I/1983 Ref. D.O.F. 10/IV/2003 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. DOF 27/XII/1983 Ref. DOF 07/II/1985, 24/XII/1986, 04/V/1992, 23/VII/1992, 04/l/1993 F.E. DOF 29/III/1985, 19/II/1987, 20/V/1992, 06/l/1993

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DÍA MES AÑO 10

Ley General de Salud. DOF 7/II/1984 Ref. DOF 27/V/1987, 23/XII/1987, 14/VI/1991, 7/V/1997. F.E. DOF 6/IX/1984, 23/VII/1986, 18/II/1988, 12/VII/1991. Adiciones DOF 21/X/1988, 24/X/1994, 26/VII/1995, 9/VII/1996, 26/V/2000, 18/I/2007 Ley Federal sobre Metrología y Normalización. DOF 1/VII/1992 Ref. DOF 24/XII/1996, 20/V/1997 Ley de Comercio Exterior. DOF 27/VII/1993 Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional. DOF 28/Xll/1963 Ref. DOF 20/l/1967, 20/Xll/1972, 23/Xll/1974, 24/Xll/1974, 31/Xll/1974, 31/Xll/1975, 29/Xll/1978, 31/Xll/1979, 15/l/1980, 21/ll/1983, 12/l/1984, 31/Xll/1984, 22/Xll/1987, 23/l/1988 Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. DOF 31/Xll/1976 Ref. DOF 30/Xll/1977, 31/Xll/1979, 30/Xll/1980, 11/l/1982, 14/l/1985, 26/Xll/1986/ 10/l/1994, 21/Xll/1995, 10/IV/2003. E. DOF 18/l/1977, 1/ll/1994 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Servidor Público. DOF 04/I/2000-10-27 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. DOF 04/I/2000-10-27 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. DOF 12/IV/2002 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. DOF 11/VI/2002 Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. DOF 11/VI/2003 Reglamentos. Estatuto Orgánico del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Primera Sesión Extraordinaria de la H. Junta de Gobierno a los treinta días de Enero de 2007

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DÍA MES AÑO 11

Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 19-II-1984 Ref. D.O.F. 21-V-2002 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional. D.O.F. 18-II-1985 Ref. D.O.F. 10-VII-1985 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos. D.O.F. 20-II-1985 F.E. D.O.F. 09-VII-1985 Ref. D.O.F. 26-XI-1987, 29-V-2000 Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. D.O.F. 14-V-1986 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. D.O.F. 06-I-1987 Reglamento General de Seguridad Radiológica. D.O.F. 22-XI-1988 F.E. D.O.F. 14-XII-1988 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos. D.O.F. 25-XI-1988 Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-I-1990 Ref. D.O.F. 07-IV-1995, 15-VIII-1998 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. D.O.F. 21-I-1997 Aclaración: D.O.F. 28-I-1997 Reglamento de Insumos para la Salud. D.O.F. 04-II-1998 Ref. 19-IX-2003

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DÍA MES AÑO 12

Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 29-IV-1999 Ref. D.O.F. 21-01-2003 Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. D.O.F. 09-VIII-1999 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. D.O.F. 30-V-2000, 08-VIII-2003 Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad. D.O.F. 04-V-2000 Ref. D.O.F. 06-IV-2006 Reglamento Interno del Consejo Nacional de Trasplantes. D.O.F. 29-V-2000 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 20-VIII-2001 Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 20-VIII-2001 Fe de erratas 19-IX-2001 Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General. D.O.F. 11/XI/1974 Ref D.O.F. 30-X-2001 Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud. D.O.F. 27-V-2003 Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. D.O.F. 19-I-2004 Fé de erratas 28-01-2004 Reglamento Interior de la Comisión para definir tratamientos y medicamentos asociados a enfermedades que ocasionan gastos catastróficos. D.O.F. 12-IX-2005

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DÍA MES AÑO 13

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D. O. F. 28-VI-2006 Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. DOF 18/Xl/1981 Ref. DOF 16/V/1990, 20/Vlll/1996 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. DOF 11/VI/2003. Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. DOF 2/04/2004 Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. DOF 13/04/2004 Códigos. Código Civil Federal. D.O.F. 26-III-1928, la denominación del código fue modificada D.O.F. 29-V-2000, Última Reforma 31-XII-2004 Código Penal Federal. D.O.F. 14-VIII-1931 Ref. D.O.F. 18-V-1999, 06-II-2002, 26-V-2004, 23-VIII-2005, 30-VI-2006 Código Federal de Procedimientos Penales. D.O.F. 30-VIII-1934 F.E.D.O.F. 01-XI-1934 Ref. D.O.F. 01-VI-2001, 19-XII-2002, 22-VI-2006 Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24-II-1943, Ref. D.O.F. 29-V-2000, 18-XII-2002, 13-VI-2006 Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31-XII-1981 Ref. D.O.F. 30-XII-1997, 31-XII-2000, 05-I-2004, 31-XII-2004, 01-XII-2005, 18-VII-2006 Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-VII-2002

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 14

Planes y Programas. Programa de Reforma del Sector Salud 1995-2000. D.O.F. 11-III-1996 Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006. D.O.F. 30-V-2001. Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012. D.O.F. 31-V-2007 Decretos. DECRETO por el que se crea el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, como Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal. En el Diario Oficial de la Federación en fecha 29 de Noviembre de 2006, Primera Sección del Tomo DCXXXVIII No. 20 Decreto por el que se establece con carácter obligatorio la cartilla nacional de vacunación, destinada a controlar y comprobar individualmente la administración de vacunas como parte esencial de la protección a la salud de la niñez. D.O.F. 20-X-1978 Decreto por el que se da a conocer la forma oficial de los certificados de defunción y muerte fetal. D.O.F. 21-XI-1986 Decreto por el que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública hasta el nivel de Director General en sector centralizado o su equivalente en el sector paraestatal, deberán rendir al separarse de sus empleos, cargos o comisiones, un informe de los asuntos de sus competencias y entregar los recursos financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales a quienes los sustituyan en sus funciones (acta de entrega). D.O.F. 02-IX-1988 Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 03-VI-1996 Decreto por el que se publica la relación de Entidades Paraestatales D.O.F. 13-VIII-2004 Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tenga asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX-2005

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DÍA MES AÑO 15

Decreto por el que se da a conocer el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006. D.O.F. 22-XII-2005 Decreto por el que las dependencias de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República, las Unidades Administrativas de la Presidencia de la República y los Órganos Desconcentrados donarán a título gratuito a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos el desecho de papel y cartón a su servicio, cuando ya no le sean útiles. D.O.F. 21-II-2006

Convenios. Convenio para la promulgación de la organización mundial de la salud, así como el arreglo concerniente a la Office Internacional d‘ Hygiene Publique. DOF 10/VII/1948

Acuerdos. Del Ejecutivo Federal. Acuerdo por el que las Entidades de la Administración Pública Paraestatal se agruparán por sectores a efecto de que sus relaciones con el Ejecutivo Federal, se relacionen a través de las Secretarías de Estado o Departamento Administrativo. D.O.F. 03-IX-1982 Ref. D.O.F. 15-XII-1982 Acuerdo por el que se fijan criterios para la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades en lo referente a familiares de los Servidores Públicos. D.O.F. 11-II-1983 Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil, como un instrumento de coordinación y asesoría del Ejecutivo federal para la instauración del Servicio Civil de Carrera, de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-VI-1983 F.E. D.O.F. 30-VI-1983 D.O.F. 19-X-1983

Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la formación de recursos humanos para la salud. D.O.F. 19-X-1983 Acuerdo por el que se establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que presten servicios de salud aplicarán, para el primer nivel de atención médica, el Cuadro Básico, y en el segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos. D.O.F. 06-XI-1996

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DÍA MES AÑO 16

Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional de Trasplantes como una Comisión Intersecretarial de la Administración Pública Federal, que tendrá por objeto promover, apoyar y coordinar las acciones en materia de trasplantes que realizan las instituciones de salud de los sectores público, social y privado. D.O.F. 19-I-1999 Acuerdo por el que se establecen las bases para la instrumentación del Programa Nacional de Certificación de Hospitales. D.O.F. 01-IV-1999 Acuerdo por el que se Expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. D.O.F. 06-X-2000 Última Ref. D.O.F. 29-III-2006 Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-XII-2004 Acuerdo mediante el cual se expiden los lineamientos para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, así como su anexo. D.O.F. 02-V-2005 Acuerdo para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006. D.O.F. 14-IX-2005 Acuerdo por el que se expiden lineamientos que se deberán observar para el otorgamiento del seguro de responsabilidad civil y asistencia legal a los servidores públicos de las dependencias de la Administración Publica Federal. D.O.F. 13-XII-2005 Acuerdo por el que se reforman las normas segunda, cuarta, quinta primer párrafo, séptima y décima del diverso que establece las normas que determinan como obligatoria la presentación de las declaraciones de situación patrimonial a través de medios de comunicación electrónica publicado el 19 de abril de 2002. D.O.F. 28-IV-2006 Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-V-2006 Acuerdo que establece la integración y objetivos del Consejo Nacional de Salud. DOF 27/l/1995.

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DÍA MES AÑO 17

Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud. DOF 25/lX/1996. Acuerdo por el que se establecen los Comités Técnicos para la autorización de Terceros. DOF 22/Vl/1998. Acuerdo mediante el cual se establecen las disposiciones que se aplicarán en la entrega y recepción de despacho de los asuntos a cargo de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los servidores públicos hasta el nivel de Director General en el sector centralizado, Gerente o sus equivalentes en el sector paraestatal. DOF 05/IX/1988. F.E. DOF 20/IX/1988 Del Secretario. Acuerdo número 10 que establece las normas de modernización administrativa para la organización de las unidades de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. D.O.F. 22-VI-1983 Acuerdo número 22 que establece las normas y criterios para la racionalización de la actividad jurídica y de los procedimientos administrativos de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. D.O.F. 23-II-1984 F.E. D.O.F. 30-III-1984 Acuerdo número 32 por el que los nombramientos de los servidores públicos de mandos medios y superiores deberán ser firmados de conformidad con el reglamento Interior de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, los acuerdos de coordinación para la Descentralización de los Servicios de Salud y las demás disposiciones aplicables, por las autoridades que se mencionan. F.E. 17-VIII-1984 Acuerdo número 44 por el que se interpreta el decreto Presidencial que estableció el uso de las siglas “SSA” y determina que tanto estas como su logotipo se sigan usando para designar a la Secretaría de Salud. D.O.F. 22-II-1985 Acuerdo número 55 por el que se integran patronatos en las Unidades Hospitalarias de la Secretaría de Salud y se promueve su creación en los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 17-III-1986 Acuerdo número 71 por el que se crea el Sistema de Capacitación y Desarrollo del Sector Salud. D.O.F. 20-IV-1987 Acuerdo número 130 por el que se crea el Comité Nacional para la Vigilancia Epidemiológica. D.O.F. 06-IX-1995

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DÍA MES AÑO 18

Acuerdo número 140 por el que se crea el Comité de Capacitación y Desarrollo del Personal de la Secretaría de Salud. D.O.F. 04-XII-1996. Acuerdo por el que se establecen las bases para la instrumentación del Programa Nacional de Certificación de Hospitales. D.O.F. 01-IV-1999 Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud. D.O.F. 31-X-2000 Ref. 03-II-2004 Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para los Ejercicios Fiscales 2005-2006. D.O.F. 30-XII-2004 Acuerdo por el que se establece el Comité Institucional de Buen Gobierno de la Secretaría de Salud. D.O.F. 15-IV-2005 Acuerdo Núm. 32. Interno por el que los nombramientos de los servidores públicos de mando medios y superiores deberán ser firmados, de conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, los Acuerdos de Coordinación para la Descentralización de los Servicios de Salud y demás disposiciones aplicables, por las autoridades que se mencionan. DOF 06/XI/1984. Normas Oficiales Mexicanas. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993, para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. D.O.F. 20-IV-1994 Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, para la organización y funcionamiento de Residencias Médicas. D.O.F. 22-IX-1994

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DÍA MES AÑO 19

Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA2-1993, que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito y permanencia de los discapacitados a los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud. D.O.F. 06-XII-1994 Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, para la prevención y control de enfermedades bucales. D.O.F.06-I-1995 Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, para la prevención y control de la infección por virus de la Inmunodeficiencia Humana. D.O.F. 17-I-1995 Fe de Erratas D.O.F. 22-I-1996 Proyecto de modificación D.O.F. 22-IX-1999 Respuesta al proyecto D.O.F. 28-III-2000 Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico. D.O.F. 30-IX-1999 Modificación: D.O.F. 22-VIII-2003 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, para la vigilancia epidemiológica. D.O.F. 11-X-1999 Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento para la atención médica de pacientes ambulatorios. D.O.F. 29-X-1999 Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA1-1994, para la prestación de servicios de atención médica en unidades móviles tipo ambulancia. D.O.F. 11-IV-2000 Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado. D.O.F. 06-I-2003 Norma Oficial Mexicana NOM-073-SSA1-2005, estabilidad de fármacos y medicamentos (modifica a la NOM-073-SSA1-1993) estabilidad de medicamentos publicada el 03 de agosto de 1996 D.O.F. 04-I-2006 NOM-093-SSA1-1994. Bienes y Servicios. Buenas prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos. D.O.F. 04/X/1995 Aclaración: DOF 25/lV/1996

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DÍA MES AÑO 20

NOM-131 -SSA1- 1995. Bienes y Servicios. Alimentos para lactantes y niños de corta edad. Disposiciones y especificaciones sanitarias y nutrimentales. D.O.F. 17/XII/1997 NOM-197-SSA1-200, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. D.O.F. 17/IV/2000 Modificación: D.O.F. 28-VII-2001 NOM-040-SSA2-2004, en materia de información en salud. D.O.F. 28/IX/2005 NORMA Oficial Mexicana NOM-205-SSA1-2002, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria. D.O.F. 27/VII/2004 Otras disposiciones. Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 18-VIII-2003 Lineamientos Relativos a la Contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales y de personas que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 24-X-2003 Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 20-II-2004 Lineamientos Generales para la Administración de almacenes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 11-XI-2004 Lineamientos en materia de clasificación y desclasificación de información relacionada a operaciones fiduciarias y bancarias, así como al cumplimiento de obligaciones fiscales realizadas con recursos públicos federales por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F 22-XII-2004 Lineamientos para la afiliación, operación, integración del padrón nacional de beneficiarios y determinación de la cuota familiar del Sistema de protección social en salud. D.O.F. 15-IV-2005

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 21

Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así como para la elaboración e integración de libros blancos. D.O.F. 13-X-2005

Lineamientos para la elaboración de versiones publicas por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 13-IV-2006 Aviso por el que se notifica el sitio de Internet en el que aparecerá el anteproyecto de Lineamientos de Protección de Datos Personales. D.O.F. 24-II-2005 Adiciones a los Lineamientos para la afiliación, operación, integración del padrón de beneficiarios y determinación de la cuota familiar del Sistema de Protección Social en Salud, publicados 15-IV-2005. D.O.F. 24-X-2005 Aviso por el que se dan a conocer las modificaciones al formato de la solicitud de intervención del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública para verificar la falta de respuesta por parte de una dependencia o entidad a una solicitud de acceso a la información, cuya presentación no se realiza a través de medios electrónicos. D.O.F. 19-IV-2005

Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal. D.O.F. 30-XII-2004 Norma para la capacitación de los servidores públicos así como su anexo. D.O.F. 02-V-2005

Norma para la descripción, perfil y evaluación de puestos. D.O.F. 02-V-2005 Norma para la elaboración de contratos de servicios profesionales por honorarios y el modelo de contrato. D.O.F. 11-IV-2006 Procedimiento para el dictamen respecto a los ingresos excedentes obtenidos durante el ejercicio por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 01-III-2005

Organización, Descripción y conservación de archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 20-II-2004

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DÍA MES AÑO 22

Acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. D.O.F. 11-II-2005 Ref. D.O.F. 09-V-2006, 18-VIII-2006 Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos que regulan la disposición contenida en el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, relativa a la propuesta que resulte económicamente más conveniente para el Estado. D.O.F. 13-X-2005 Acuerdo que modifica el diverso por el que se establecen las reglas para la Aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, con respecto de los bienes de importación en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 20-I-2006 Acuerdo que adiciona el diverso por el que se establecen reglas para la aplicación del requisito de contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas que celebran las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal. D.O.F. 20-I-2006 Acuerdo por el que se prorroga la vigencia del diverso por el que se establecen los Lineamientos que regulan la disposición contenida en el Art. 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicio relacionados con las mismas relativa a la propuesta que resulte económicamente más conveniente para el Estado publicado el 13 de octubre de 2005. D.O.F. 12-IV-2006 Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los lineamientos para la homologación, implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal. D.O.F. 24-VIII-2006 Resolución del H. Consejo de los Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 01 de enero de 2006. D.O.F. 26-XII-2005 Resolución Miscelánea Fiscal 2006. D.O.F. 28-IV-2006 Manual de Integración y Funcionamiento de Testigos Sociales. D.O.F. 06-XII-2005

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DÍA MES AÑO 23

Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. D.O.F. 15-XI-1996 Aclaración D.O.F. 13-II-1997 Primera actualización D.O.F. 16-V-1997 Segunda actualización D.O.F. 21-VII-1997 Tercera actualización D.O.F. 27-X-1997 Cuarta actualización D.O.F. 09-VII-1998 Quinta actualización D.O.F. 02-VI-1999 Sexta actualización D.O.F. 08-XII-1999 Séptima actualización D.O.F. 25-IV-2000 Décima octava actualización D.O.F. 27-X-2004 Vigésima actualización D.O.F. 17-III-2005 Vigésima primera actualización D.O.F. 19-V-2005 Vigésima quinta actualización D.O.F. 26-XII-2005 Edición 2005 y primera actualización D.O.F. 24-IV-2006 Cuadro Básico y Catálogo de Auxiliares de Diagnóstico. Tercera actualización D.O.F. 11-II-2005 Quinta actualización D.O.F. 26-XII-2005 Edición 2005 D.O.F. 16-I-2006 Primera actualización de la edición 2005 D.O.F. 09-V-2006 Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico. Vigésima primera actualización D.O.F. 22-XII-2004 Vigésima quinta actualización D.O.F.28-XI-2005 Segunda actualización de la Edición 2005, D.O.F. 14-IX-2006

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DÍA MES AÑO 24

Cuadro Básico y Catálogo de Material de Curación. Segunda edición D.O.F. 07-XII-2005 Primera actualización de la Edición 2005 D.O.F. 25-V-2006 Segunda actualización de la Edición 2005 D.O.F. 14-IX-2006 Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. D.O.F. 17-VIII-1998 Primera actualización D.O.F. 12-X-1998 Segunda actualización D.O.F. 26-IX-1998 Tercera actualización D.O.F. 10-III-1999 Cuarta actualización D.O.F. 20-IX-1999 Quinta actualización D.O.F. 20-XII-1999 Sexta actualización D.O.F. 05-IV-2000 Décima octava actualización D.O.F. 27-X-2004 Vigésima cuarta actualización D.O.F. 17-XI-2004 Vigésima quinta actualización D.O.F. 13-IV-2005 Vigésima séptima actualización D.O.F. 23-IX-2005 Vigésima novena actualización D.O.F. 26-X-2005 Trigésima actualización D.O.F. 11-XI-2005 Trigésima segunda actualización D.O.F. 03-I-2006 Trigésima quinta actualización D.O.F. 24-V-2006 Trigésima novena actualización D.O.F. 28-VIII-2006

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DÍA MES AÑO 25

V. ATRIBUCIONES DECRETO por el que se crea el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, como Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal. En el Diario Oficial de la Federación en fecha 29 de Noviembre de 2006, Primera Sección del Tomo DCXXXVIII No. 20 ARTÍCULO 11.- El Director General del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas tendrá las siguientes atribuciones, además de las establecidas en los artículos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales: I. Vigilar que las actuaciones de los Directores Generales Adjuntos se desarrollen en congruencia con los programas sectoriales, especiales y regionales, en su caso, relacionadas con la productividad, investigación, desarrollo tecnológico y administración general. II. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes al objeto del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. III. Ejercer las facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aún aquéllas que requieran cláusula especial; tratándose de actos de dominio se requerirá de la autorización previa de la Junta de Gobierno. IV. Formular denuncias, querellas y otorgar el perdón legal. V. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive del amparo. VI. Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones en materia judicial. VII. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan. Su otorgamiento y validez se sujetarán a lo establecido en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. VIII. Sustituir y revocar poderes generales o especiales. IX. Ejecutar las decisiones de la Junta de Gobierno. X. Ejercer el presupuesto del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas aplicables. XI. Presentar a la Junta de Gobierno, para su aprobación, el Estatuto Orgánico, los manuales de organización específicos, los manuales de procedimientos y los de servicios al público. XII. Presentar a la Junta de Gobierno los proyectos de programas, informes y estados financieros del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y los que específicamente le solicite aquélla, que a su vez contendrá el desglose de la información financiera del Hospital de Especialidades Pediátricas y del Hospital de Alta Especialidad de Ciudad Salud.

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DÍA MES AÑO 26

XIII. Someter a la consideración de la Junta de Gobierno, para su aprobación, el tabulador de cuotas por los servicios que otorguen las unidades aplicativas del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, con la intervención que corresponda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. XIV. Presidir el Consejo Técnico Consultivo. XV. Proponer ante la Junta de Gobierno al Prosecretario de la misma. XVI. Las demás que le otorgue la Junta de Gobierno y las disposiciones jurídicas aplicables.

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DÍA MES AÑO 27

VI. MISIÓN Y VISIÓN DE LA UNIDAD MISIÓN Otorgar Servicios de Alta Especialidad a los usuarios, con oportunidad y alto sentido humano, en un ambiente de calidad, con personal altamente capacitado, y con procesos y técnicas de vanguardia en autonomía de gestión; para resolver sus problemas de salud. Obteniendo el reconocimiento como un centro alto nivel para referencia, obteniendo la formación de recursos humanos, haciendo investigación; e integrado al funcionamiento y consolidación del Sistema Nacional de Salud, particularmente a las redes de servicio en el Estado de Chiapas. Y lograr ser el establecimiento de atención médica de mayor resolución, y de vanguardia en la medicina, siendo de referencia por su calidad y eficiencia, para la atención de padecimientos considerados de alta especialidad, para la población socialmente protegida de la región íntegra de Chiapas; así como constituirse en el centro de investigación y docencia en la salud, con plena satisfacción del usuario. VISIÓN Lograr ser el establecimiento líder en la atención médica de mayor resolución, auto sustentable, de vanguardia en la medicina y de referencia por su calidad y eficiencia, para la atención de padecimientos considerados de alta especialidad, para toda la población del estado de Chiapas; así como constituirse en un centro de investigación y docencia en la salud, con plena satisfacción del usuario y del prestador de servicios. Además de otorgar Servicios de Alta Especialidad a la población que lo demande, con oportunidad y alto sentido humano, en un ambiente de calidad, con personal altamente capacitado, con procesos y técnicas de vanguardia y con autonomía de gestión; para satisfacer las necesidades de la población socialmente protegida; obteniendo el reconocimiento al hospital como un centro de referencia, educación e investigación.

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DÍA MES AÑO 28

VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 1.0.18I Dirección General.

1.0.18I.1 Dirección General Adjunta del Hospital de Especialidades Pediátricas.

1.0.18I.1.1 Dirección Médica.

1.0.18I.1.1.1 Subdirección de Servicios Clínicos. 1.0.18I.1.1.2 Subdirección de Servicios Quirúrgicos.

1.0.18I.1.2 Dirección de Operaciones.

1.0.18I.1.2.1 Subdirección de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento. 1.0.18I.1.2.2 Subdirección de Atención al Usuario. 1.0.18I.1.2.3 Subdirección de Atención Ambulatoria. 1.0.18I.1.2.4 Subdirección de Atención Hospitalaria. 1.0.18I.1.2.5 Subdirección de Atención en Quirófanos y Medicina Crítica. 1.0.18I.1.2.6 Subdirección de Ingeniería Biomédica.

1.0.18I.1.0.1 Subdirección de Enfermería.

1.0.18I.1.0.1.1 Departamento de Enfermería en Atención Hospitalaria. 1.0.18I.1.0.1.2 Departamento de Enfermería en Atención Ambulatoria.

1.0.18I.0.1 Dirección de Administración y Finanzas.

1.0.18I.0.1.1 Subdirección de Recursos Humanos. 1.0.18I.0.1.2 Subdirección de Recursos Materiales. 1.0.18I.0.1.3 Subdirección de Recursos Financieros. 1.0.18I.0.1.4 Subdirección de Conservación, Mantenimiento y Servicios Generales.

1.0.18I.0.2 Dirección de Planeación, Enseñanza e Investigación.

1.0.18I.0.2.1 Subdirección de Enseñanza e Investigación. 1.0.18I.0.2.2 Subdirección de Tecnologías de la Información. 1.0.18I.0.2.3 Subdirección de Planeación y Desarrollo.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 29

1.0.18I.2 Dirección General Adjunta del Hospital de Especialidades Ciudad Salud.

1.0.18I.2.0.1 Subdirección Administrativa.

1.0.18I.2.0.1.1 Departamento de Recursos Humanos. 1.0.18I.2.0.1.2 Departamento de Recursos Materiales. 1.0.18I.2.0.1.3 Departamento de Recursos Financieros. 1.0.18I.2.0.1.4 Departamento de Conservación, Mantenimiento y Servicios Generales.

1.0.18I.2.1 Dirección Médica.

1.0.18I.2.1.1 Subdirección de Servicios Clínicos. 1.0.18I.2.1.2 Subdirección de Servicios Quirúrgicos.

1.0.18I.2.2 Dirección de Operaciones.

1.0.18I.2.2.1 Subdirección de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento. 1.0.18I.2.2.2 Subdirección de Atención al Usuario. 1.0.18I.2.2.3 Subdirección de Atención Ambulatoria. 1.0.18I.2.2.4 Subdirección de Atención Hospitalaria. 1.0.18I.2.2.5 Subdirección de Atención en Quirófanos y Medicina Crítica. 1.0.18I.2.2.6 Subdirección de Ingeniería Biomédica.

1.0.18I.2.0.1 Subdirección de Enfermería.

1.0.18I.2.0.1.1 Departamento de Enfermería en Atención Hospitalaria. 1.0.18I.2.0.1.2 Departamento de Enfermería en Atención Ambulatoria.

1.0.18I.0.1 Órgano Interno de Control.

1.0.18I.0.1.0.1 Área de Responsabilidades. 1.0.18I.0.1.0.2 Área de Control y Auditoria.

1.0.18I.0.0.0.1 Departamento de Asuntos Jurídicos.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 30

VIII. ORGANOGRAMA

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DÍA MES AÑO 31

IX DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES 1.0.18I DIRECCIÓN GENERAL. OBJETIVO: Conducir, establecer, disponer y autorizar los recursos del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” con apego a la normatividad aplicable, para ejecutar las acciones que le permitan el logro eficiente de los fines y metas que le señala su objeto social, integrándose al funcionamiento y consolidación del Sistema Nacional de Salud, particularmente a las Redes de Servicio en el del Estado de Chiapas; y contribuir al cumplimiento del derecho a la protección de la salud, en el ámbito de la Alta Especialidad de la medicina que le corresponde atender. FUNCIONES: Conducir el desarrollo de las actividades del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” con estricto apego a la normatividad aplicable, a los planes y prioridades nacionales, y a los lineamientos emanados de la Junta de Gobierno, en un marco de control interno y eficiencia en la administración de riesgos. Establecer la operación del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” a la obtención de resultados y la ampliación de la atención especializada, y valor agregado de sus actividades de promoción de la atención de los servicios, de apoyo al fortalecimiento médico y de asistencia técnica, en la ejecución de sus metas, para el cumplimiento en la atención de las enfermedades consideradas de alta especialidad en la población pediátrica. Disponer de una administración bajo criterios de eficiencia operativa, transparencia, evaluación de resultados y buen gobierno, para evitar el dispendio en los recursos y para el fortalecimiento en la transparencia en el uso de sus recursos. Proponer la competitividad, promoviendo una cultura de buen servicio y preservar la salud de la población, así como la sustentabilidad de sus operaciones, para el cumplimiento y mejora constante en los servicios que se prestan en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Emitir a la Junta de Gobierno, para su aprobación, el Estatuto Orgánico (Reglamento Interno), los manuales de organización específicos, los manuales de procedimientos y los de servicios al público. Determinar los convenios para prestar los servicios de especialidad a otros organismos, entidades o instituciones públicas y privadas que requieran de sus servicios y cualquier otro acto jurídico que sea necesario para el desempeño de sus atribuciones.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 32

Representar legalmente al “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” en la celebración u otorgamiento de toda clase de actos y documentos inherentes al objeto del organismo. Proponer a la Junta de Gobierno la designación de los Servidores Públicos del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” que ocupen cargos con dos jerarquías inmediatas inferiores a la de su rango y presentarle las solicitudes de licencia, así como las renuncias de los mismos. Proponer a la Junta de Gobierno la creación de comités, así como los de su seno y proveer lo necesario para su adecuada integración y funcionamiento. Informar a la Junta de Gobierno para su aprobación, los Informes Generales del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”, junto con el informe de los comisarios y auditores externos. Declarar a la Junta de Gobierno los Estados Financieros del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” y autorizar la publicación de los balances, conforme a las bases acordadas por la Junta de Gobierno. Disponer a la Junta de Gobierno los programas operativos y financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones y las estimaciones de ingresos anuales del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”, así como sus modificaciones. Proponer a la Junta de Gobierno los supuestos de modificación al Reglamento Orgánico del “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”. Declarar a la Junta de Gobierno las propuestas de adquisición de los inmuebles que el “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas” requiera para la prestación de sus servicios y la enajenación de los mismos. Proponer para la aprobación de la Junta de Gobierno la estructura orgánica, niveles de empleo, las bases para la elaboración de tabuladores de sueldos, política salarial y para el otorgamiento de incentivos; políticas de ascensos promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación; indicadores de evaluación de desempeño para la determinación de compensaciones y demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en el “Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas”.

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DÍA MES AÑO 33

1.0.18I.1 DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES PEDIÁTRICAS. OBJETIVO: Conducir, establecer y normar el funcionamiento del Hospital de Especialidades Pediátricas, logrando que las actividades que se realizan en los diferentes servicios se den en forma organizada, coordinada y sistematizada, apoyando así la consolidación del Sistema Nacional de Salud, particularmente en las Redes de Servicios; coadyuvando al cumplimiento del derecho a la protección de la salud, en el ámbito de la Alta Especialidad de la medicina pediátrica permitiendo con ello brindar una atención médica integral y oportuna en la población del Estado de Chiapas. FUNCIONES: Representar legalmente a la Unidad ante todo tipo de Autoridades, estableciendo u objetando poderes generales o especiales de acuerdo a sus atribuciones y derechos, emitiendo o acreditando documentos oficiales que afecten la unidad propia y la de la Dirección General Adjunta para el adecuado, oportuno y eficiente desempeño de la Unidad. Participar estrechamente con la Junta de Gobierno en la actuación sustantiva y en las decisiones de relevancia para la adecuada operación de la unidad, presentando para su aprobación, los manuales de organización y procedimientos, así como todos los documentos que normen el quehacer y las políticas de operación propias. Proponer a la Junta de Gobierno y a la Dirección General convenios con otros organismos y entidades para la prestación de servicios, participando siempre de manera coordinada con los compromisos establecidos en el Plan Nacional de Salud. Establecer lineamientos para la gestión correcta de los recursos que propicie la colaboración con otras instituciones públicas y privadas, para la generación de recursos que beneficien a la unidad y a los pacientes. Evaluar y conducir el cumplimiento permanente de lo establecido en el decreto de creación y en las disposiciones de la Junta de Gobierno para que la unidad opere en un marco de legalidad y transparencia. Disponer el presupuesto del Hospital de Especialidades Pediátricas, con sujeción a las disposiciones legales y administrativas aplicables de acuerdo al Plan Presupuestal Anual. Conducir que los proyectos y programas del Hospital de Especialidades Pediátricas sean congruentes con el Plan Nacional de Salud, buscando generar congruencias con las acciones regionales que en esta materia se emprendan.

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DÍA MES AÑO 34

Participar y conducir las reuniones con el cuerpo de gobierno del Hospital, a fin de mantener una permanente comunicación e interacción de las áreas. Evaluar resultados del desempeño y la correcta aplicación de los indicadores, a través del análisis y evaluación de resultados de la operación, que permitan definir estrategias para dar solución a la problemática detectada y establecer medidas de mejora continua. Conducir las actividades del Hospital encaminadas a alcanzar la Certificación avalada por el Consejo de Salubridad General y la que se refiere al Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos. Promover eventos de educación e investigación médicas, con base en diagnósticos situacionales, para determinar las acciones procedentes que fomenten la prevención y abatimiento de riesgos para la salud. Colaborar en las acciones que se dirijan hacia un esquema de autogestión financiera permitiendo utilizar los recursos obtenidos, para fortalecer el presupuesto y ejercer una mejor planeación administrativa.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 35

1.0.18I.1.1 DIRECCIÓN MÉDICA. OBJETIVO: Dirigir, conducir, coordinar y evaluar al equipo médico clínico y quirúrgico para que se otorgue al paciente y a su familia la óptima atención a la salud.

FUNCIONES: Autorizar la cartera de servicios de inicio de operaciones y sus modificaciones conforme a las variaciones de la demanda de servicios de salud de la población, así como de la capacidad de respuesta a estas necesidades, para definir los padecimientos de especialidades que se otorgan por cada uno de los servicios, y darlos a conocer a la red estatal de salud. Conducir el equipo médico clínico y quirúrgico para que los procedimientos que se apliquen estén acordes a los principios, métodos y técnicas característicos del estado del arte en la atención médico clínica mundial, para que la atención médica cumpla con estándares de calidad, y de acuerdo a la medicina basada en evidencias. Establecer las políticas y estrategias para la solución de problemas de índole técnicos y/o administrativos. Organizar y conducir que la atención médica, clínica y quirúrgica, se desarrolle dentro del Sistema Nacional de Hospitales Regionales de Alta Especialidad, realizándose dentro de los principios éticos y profesionales de la medicina, para que la atención brindada, sea con calidez hacia los pacientes y su familia. Determinar de manera permanente la demanda de servicios de salud de la población en el Sistema Nacional de Hospitales Regionales de Alta Especialidad, para ampliar o modificar la cartera de servicios del hospital. Emitir políticas de evaluación de la prestación de los servicios, para llevar un sistema de mejora continua. Definir y seleccionar los asuntos, temas ó problemas que deberán evaluar permanentemente el cumplimiento de las políticas de la Dirección Médica, en materia de procedimientos médicos clínicos y quirúrgicos, así como establecer las políticas de sanción interna a quien las infrinja, para que los procedimientos se apeguen al objeto del Hospital de Especialidades Pediátricas.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 36

Organizar y conducir que la atención médica clínica y quirúrgica dentro del Sistema Nacional de Hospitales Regionales de Alta Especialidad, se realice conforme a los más altos estándares de calidad, al menor costo posible y en el marco de los parámetros internacionales de seguridad y vanguardia, con el objeto de la optimización de los recursos. Planear las estrategias para dar o incrementar la respuesta a las nuevas demandas de servicios de salud de la población dentro del marco de la alta especialidad, para que el Hospital de Especialidades Pediátricas se mantenga pendiente de las necesidades de la población en materia de medicina de alta especialidad. Establecer criterios para evaluar la prestación de servicios médicos clínicos y quirúrgicos, para que la atención prestada en el Hospital de Especialidades Pediátricas sea de acuerdo a las guías clínicas de acuerdo a los estándares mundiales.

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DÍA MES AÑO 37

1.0.18I.1.1.1 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS CLÍNICOS. OBJETIVO: Coordinar al personal medico adscrito y supervisar el proceso de atención medica en las diferentes especialidades, promoviendo el apego y la aplicación de normas clínicas, lineamientos en materia de seguridad y calidad de servicio al paciente, y las guías clínicas; para favorecer una atención medica de calidad, con ética profesional. FUNCIONES: Supervisar que los procedimientos del servicio de atención se realicen conforme a los estándares establecidos en las guías clínicas, para unificar criterios de atención y reducir la variabilidad en la toma de decisiones clínico-asistenciales. Evaluar la atención medica, para llevar un sistema de mejora continua, que permita elevar la calidad en la prestación de los servicios. Vigilar que la cartera de servicio de atención clínica que se oferta corresponda a especialidad de tercer nivel y a las necesidades de la población, para garantizar la atención médica. Supervisar los mecanismos de auditoria del expediente clínico y seguimiento conducente, para cumplir con lo que se establece en la normatividad del expediente clínico. Coordinar los procesos de atención médica, en sus diferentes especialidades y adecuar el desarrollo de los mismos a los avances de la medicina moderna, con calidad de atención, centrada en el usuario y supervisar el cuidado en la seguridad del paciente, de su familia y del equipo de Salud. Establecer políticas de actuación en un marco ético y diseñar la estrategia de difusión de estos entre el personal de atención clínica de la unidad, y los mecanismos de seguimiento a la aplicación de los códigos de ética. Supervisar la aplicación de normas, procedimientos y lineamientos en materia de seguridad y calidad de servicio al paciente, conforme a las políticas establecidas por la Dirección Médica, para garantizar el apego a lo que se establece en garantizar los servicios médicos.. Participar en los diferentes comités hospitalarios y supervisar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por ellos, para lograr la mejora continua de las acciones en las que participe la Subdirección de Servicios Clínicos.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 38

1.0.18I.1.1.2 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS QUIRÚRGICOS. OBJETIVO. Organizar y dirigir al equipo médico quirúrgico, para conseguir diseñar y autorizar una cartera de servicios quirúrgicos realista de acuerdo a los recursos materiales y humanos disponibles del nosocomio, que pueda ser actualizada periódicamente de acuerdo a la demanda de servicios de la población, promoviendo a su vez que la atención quirúrgica se apegue a la aplicación de guías de procedimiento médico quirúrgicos que garanticen al paciente seguridad y resultados de excelencia y al más bajo costo, estableciendo a su personal políticas rectoras, lineamientos y compromisos congruentes con la política general de servicio, para que se otorgue la mejor atención al paciente y su familia, dentro de estándares de calidad y trato humano y digno de nivel mundial. FUNCIONES. Vigilar al equipo médico quirúrgico para identificar y aplicar en el hospital los procedimientos médico quirúrgicos, acorde con los principios, métodos y técnicas más avanzados en la materia a nivel mundial. Establecer, en conjunto con los responsables de los servicios quirúrgicos del hospital, el programa de trabajo anual, con los objetivos, metas e indicadores de evaluación del desempeño por cada servicio del área quirúrgica. Establecer las estrategias para revisar y, en su caso actualizar, la cartera de servicios médico quirúrgicos que oferta el hospital. Establecer que los procesos y procedimientos del servicio de atención al paciente en los servicios médico quirúrgicos, se realicen conforme a los estándares establecidos en las guías clínicas vigentes. Efectuar el análisis y aplicación por parte del personal de los servicios médico quirúrgicos, de políticas de trato humano y digno al paciente y su familia. Coordinar el cumplimiento del programa de trabajo del personal médico quirúrgico adscrito al hospital. Establecer los mecanismos de evaluación de la calidad del servicio médico quirúrgico otorgado y las estrategias para seguimiento y solución de los problemas identificados. Establecer y conducir, con un grupo colegiado de médicos, las políticas de desarrollo de nuevas guías para los procedimientos médico quirúrgicos que aún no cuenten con ellas, así como difusión de uso y aplicación de las guías clínicas vigentes.

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DÍA MES AÑO 39

1.0.18I.1.2 DIRECCIÓN DE OPERACIONES. OBJETIVO: Administrar con visión gerencial, los procesos consistentes en servicios de: auxiliares de diagnóstico y tratamiento, de atención al usuario, de atención ambulatoria, de atención hospitalaria, atención en quirófanos y medicina crítica; así como los servicios de ingeniería biomédica, mediante estrategias, políticas y métodos para alcanzar estándares de calidad óptimos que den soporte técnico a la atención médica en el Hospital de Alta Especialidad Pediátrica en el Estado de Chiapas. FUNCIONES: Administrar la provisión de todos los recursos necesarios para la atención de los usuarios, estos recursos pueden ser de todo tipo como son camas, equipos de diagnóstico e instrumental médico-quirúrgico. Dirigir, coordinar y evaluar la actividad productiva en las áreas de consulta externa y proponer acciones de mejora a la Dirección General Adjunta del hospital para cumplir con las metas de atención del hospital. Establecer y difundir las estrategias, políticas y metodologías para la producción de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento en el hospital. Vigilar que los responsables de conducir los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento en el hospital, trabajen con eficiencia y calidad, procurando en todo momento evitar demoras y pérdida de tiempo al paciente y su familia. Coordinar la gestión de pacientes en consultas externa, a través del manejo de la programación de agendas para evitar demoras y tiempos de espera a los pacientes y sus familias, así como dirigir la organización y consenso de agendas entre los médicos ante eventuales cambios en la demanda de servicios que requieran del establecimiento de nuevas especialidades en el hospital, con el objeto de evitar duplicidades o inconformidades de éstos. Coordinar la gestión de ingresos y egresos hospitalarios (en las áreas de admisión continua, hospitalaria y consulta externa), así como de la asignación y control de camas, para lograr una respuesta más ágil y eficiente al paciente y su familia, en dichos procesos hospitalarios. Dirigir las actividades de trabajo social en la unidad hospitalaria, para mejorar de manera permanente la atención al paciente y su familia, y coordinar con la red de servicios de salud los traslados de pacientes a otras unidades de atención a la salud, en función de la capacidad resolutiva de cada uno de ellos.

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DÍA MES AÑO 40

Promover y difundir el uso de encuestas de satisfacción, para dar seguimiento a la respuesta brindada por el hospital a las expectativas y necesidades de atención a la salud de los pacientes y evaluar la calidad del servicio percibida por éstos. Coordinar y difundir la programación quirúrgica de la unidad, a través de la administración de la lista de espera quirúrgica, de la lista de estudios preoperatorios y de la referencia de pacientes al área de admisión hospitalaria incluyendo la coordinación de las actividades para el control de los insumos requeridos en los quirófanos. Establecer las políticas y lineamientos para que el equipo electromédico del hospital se encuentre en condiciones óptimas de funcionamiento todos los días del año, mediante el cumplimiento de la normatividad que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada; y en materia de mantenimiento preventivo y correctivo, para una mejor utilización de dicho equipamiento.

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DÍA MES AÑO 41

1.0.18I.1.2.1 SUBDIRECCIÓN DE AUXILIARES DE DIAGNOS TICO Y TRATAMIENTO OBJETIVO: Coordinar las actividades de los servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento, para ofrecer un servicio de calidad, que satisfaga las necesidades y exceda las expectativas del medico y del paciente pediátrico. FUNCIONES: Definir, establecer y vigilar la aplicación de normas, políticas y procedimientos a los que se sujetara la prestación de servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento. Programar, coordinar y vigilar la elaboración y desarrollo de programas y de estrategias de trabajo de las áreas que integran la Subdirección, para garantizar el cumplimiento de las metas programadas. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de diagnostico de las áreas dependientes de la Subdirección, para el seguimiento que permita la mejora continua y la atención e medicina basada en evidencia. Definir y establecer mecanismos de coordinación con las áreas medicas, paramédicas y administrativas, a fin de optimizar la prestación de servicios de diagnostico y tratamiento. Promover la enseñanza y el desarrollo de investigación en materia de diagnostico y tratamiento, para mantener actualizados los estándares de calidad. Promover el mantenimiento oportuno de las áreas físicas, instalaciones y equipo, de las áreas dependientes de la subdirección con la finalidad de mantener estándares de calidad óptimos y garantizar los resultados de diagnostico y tratamiento. Supervisar que las áreas a su cargo elaboren con oportunidad la información periódica, que les sea requerida para integrar la información estadística y presupuestal del hospital. Apoyar la capacitación del personal de acuerdo a las necesidades de las áreas dependientes de la subdirección para su buen desempeño y promover el uso optimo de los recursos asignados.

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DÍA MES AÑO 42

1.0.18I.1.2.2 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN AL USUARIO OBJETIVO: Otorgar atención social especializada a la población infantil que lo demande, con oportunidad, alto sentido humano, de calidad y calidez mediante procesos metodológicos, técnicos y con autonomía de gestión; para satisfacer las necesidades de la población socialmente desprotegida y propiciar una cultura de educación para la salud, permitiéndoles mejorar su calidad de vida. FUNCIONES: Coordinar las actividades relacionadas con el ingreso de los pacientes al hospital y la entrega de información a sus familiares, mediante la verificación de informes mensuales de Trabajo Social conforme al Manual de Servicios establecido al Hospital de Especialidades Pediátricas. Promover el desarrollo del personal de la subdirección a través de programas de actualización en aspectos técnicos y administrativos, relativos a la atención de los usuarios de la unidad hospitalaria, con la finalidad de brindar una atención de calidad al usuario. Elaborar el Programa Anual de trabajo de la Subdirección, en relación al cumplimiento de las metas programadas y la evaluación de las mismas, que permitan la reorientación de las actividades para garantizar su cumplimiento oportuno. con la finalidad de integrar el de la Dirección de Operaciones. Vigilar que cada área bajo su responsabilidad cuente con el personal necesario y con la capacidad, profesional y técnica, idónea; para contribuir con el modelo de calidad del hospital. Vigilar que cada área o servicio, bajo su responsabilidad, cuente con sus manuales correspondientes y demás documentos con disposiciones legales, normativas y reglamentarias aplicables, con la finalidad de poder evaluarlos sobre los procedimientos que cuentan en cada uno de ellos. Controlar periódicamente los recursos materiales tecnológicos y pedagógicos que se utilizan para las actividades que realiza el personal, asignados a la Subdirección, con el fin de evitar el dispendio de los recursos asignados. Proporcionar a la Dirección de Operaciones, sobre los resultados de sus programas y servicios de la Subdirección, con la periodicidad establecida mensualmente, para justificar la entrega de resultados.

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DÍA MES AÑO 43

Evaluar la efectividad del sistema de referencia y contrarreferencia con otros centros hospitalarios del estado, para evitar traslados innecesarios a este hospital y reportarlo a la Dirección de Operaciones y contribuir en la atención de alta especialidad de este nosocomio. Participar en los procesos de Admisión y Gestión de Pacientes, para contribuir en la efectividad de los procesos de atención de calidad al paciente y evitar retrasos en los mismos, tanto hospitalarios como quirúrgicos.

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DÍA MES AÑO 44

1.0.18I.1.2.3 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN AMBULATORIA OBJETIVO: Coordinar, supervisar y asesorar las actividades desarrolladas en los servicios de atención ambulatoria (Consulta Externa, Diálisis Peritoneal, Hemodiálisis, Quimioterapia y Cirugía Ambulatoria) para que se brinde en forma adecuada y oportuna la atención médica efectiva, ética y segura al paciente y su familia, logrando la satisfacción del mismo mediante el cumplimiento de estándares de calidad en el Hospital de Especialidades Pediátricas del Estado de Chiapas FUNCIONES: Establecer los estándares de calidad en los aspectos médicos, técnicos y administrativos mediante el apego de lineamientos y normas oficiales mexicanas vigentes, para que se apliquen en la atención ambulatoria de todo paciente que requiera el servicio en la unidad. Implementar y supervisar el cumplimiento de acciones en los servicios de atención ambulatoria, correspondientes a las áreas de Consulta Externa, Diálisis Peritoneal, Hemodiálisis y Quimioterapia, con el fin de garantizar en forma adecuada y oportuna la atención médica efectiva al paciente con principios éticos y profesionales. Diagnosticar las necesidades en materia de recursos humanos, físicos, materiales, tecnológicos y financieros en el servicio de atención ambulatoria, para proceder de acuerdo a las necesidades de la Subdirección. Diseñar y establecer las políticas del servicio de atención ambulatoria para el uso óptimo de los recursos en el servicio. Supervisar la aplicación adecuada e imparcial de los criterios de aceptación de los pacientes en el servicio de atención ambulatoria en la unidad. Supervisar la aplicación de indicadores y estándares nacionales e internacionales de desempeño y productividad en el servicio de atención ambulatoria. Supervisar el registro estadístico de los usuarios que asisten a los servicios de atención ambulatoria, para evaluar la productividad en el servicio y realizar propuestas de mejora. Coordinar la atención de pacientes subsecuentes y de primera vez en las diversas especialidades de la consulta externa que brinda el hospital.

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DÍA MES AÑO 45

1.0.18I.1.2.4 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA . OBJETIVO: Coordinar, vigilar y supervisar que las actividades en el servicio de hospitalización se otorgue en apego la norma del expediente clínico, de forma adecuada y oportuna, asegurando que los procedimientos sean de conformidad con los estándares internacionales de calidad, que permitan otorgar la atención médica con calidad y calidez al paciente y su familia. FUNCIONES: Coordinar las actividades de planeación, organización y seguimiento de la Farmacia Clínica, que permita instrumentar un servicio óptimo en el suministro de los insumos. Coordinar la integración de las necesidades de medicamentos y material de curación que se requiera en los procesos de atención hospitalaria y proceder de acuerdo a los cuadros y catálogo de medicamentos y material de curación básicos, para garantizar el abasto oportuno. Coordinar que los procesos de adquisición de medicamentos y material de curación cumplan con las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, permitiendo realizarlas en el marco legal vigente. Supervisar y vigilar que los procedimientos de atención hospitalaria cuenten con los medicamentos y material de curación para la óptima realización de los procesos de atención. Coordinar las actividades del Comité de Farmacia y Terapéutica, con la finalidad de analizar el uso racional de los medicamentos en el proceso de atención hospitalaria. Coordinar las actividades de planeación, organización y seguimiento del servicio de Nutrición y Dietética, con la finalidad de proporcionar un servicio óptimo de calidad al usuario externo e interno del hospital. Coordinar que los procesos de adquisición del servicio de Nutrición y Dietética cumplan con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que permita realizar las adquisiciones con al marco legal vigente. Supervisar y vigilar que los pacientes hospitalizados cuenten con el suministro de las dietas establecidas por el medico tratante co base a los menús establecidos por el servicio.

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DÍA MES AÑO 46

1.0.18I.1.2.5 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN EN QUIRÓFANO S Y MEDICINA CRÍTICA OBJETIVO: Organizar los servicios de quirófanos (bloque quirúrgico, anestesiología y recuperación), medicina crítica y admisión continua para otorgar servicios de alta calidad técnica y de trato humano a los usuarios y sus familias, mediante la adecuada y oportuna atención, utilizando los conocimientos médicos de vanguardia y la tecnología de punta disponible en cada una de las áreas, así como mantener un clima de cordialidad, cooperación y compromiso entre los prestadores del servicio, para la atención óptima de los usuarios. FUNCIONES: Establecer lineamientos y coordinación estrecha con los servicios de medicina crítica, el bloque quirúrgico y el área de admisión continua en la atención a los usuarios para el adecuado funcionamiento de los servicios. Organizar los recursos médicos y técnicos en función de la productividad para optimizar el desempeño de las áreas de Medicina Crítica, Quirófano y Admisión Continua. Elaborar el programa operativo anual de los servicios de Quirófanos, Medicina Crítica y Admisión Continua para su adecuada evaluación y rendición de cuentas. Coadyuvar en el proceso de enseñanza, capacitación e investigación que se realice en los servicios de Quirófanos, Medicina Crítica y Admisión Continua para incrementar las capacidades técnicas y de conocimientos en el personal médico del Hospital de Especialidades Pediátricas. Supervisar la existencia, disponibilidad y uso adecuado de los equipos y del mobiliario de medicina crítica, quirófanos y admisión continua para estar en la posibilidad de proveer, adquirir o arrendar de acuerdo al catálogo de servicio del Hospital de Especialidades Pediátricas. Evaluar el desempeño y productividad de los servicios así como del personal de las áreas de quirófanos y medicina crítica. Vigilar la aplicación de Normas Oficiales Mexicanas, como la que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica y de la vigilancia epidemiológica respecto a pacientes en estado crítico para otorgar una atención con calidad y calidez. Intervenir en la planeación, ejecución y control de la Lista de Espera Quirúrgica en pacientes programados para un procedimiento quirúrgico no urgente, que responda a una adecuada gestión de la demanda quirúrgica.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 47

1.0.18I.1.2.6 SUBDIRECCIÓN DE INGENIERÍA BIOMÉDICA OBJETIVO: Planear, diseñar y supervisar la ejecución de programas y acciones tendientes al desarrollo tecnológico médico alineados con la misión y visión del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas; asegurando su vigencia y capacidad en la proporción de servicios de alta especialidad, requeridos en la cartera de servicios, mediante la aplicación de procesos específicos que garanticen la disponibilidad y óptima utilización de tecnología médica. FUNCIONES: Establecer las políticas y lineamientos para asegurar a los diferentes servicios del Hospital una operación adecuada y segura de la tecnología médica y de investigación del Hospital conservándolo en condiciones óptimas de funcionamiento. Coordinar y controlar la gestión integral y eficiente de la tecnología médica para proporcionar un servicio de calidad a los equipos e insumos médicos de diagnóstico y tratamiento de la unidad hospitalaria, de tal manera que pueda ser cubierta en forma óptima la demanda de servicios por parte de los pacientes del hospital. Supervisar el cumplimiento de la normatividad establecida en materia de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo biomédico de la unidad hospitalaria. Definir y seleccionar lo asuntos, temas o problemas de índole técnico-administrativo que afecten al equipo biomédico y que deberán resolverse en mayores instancias, como la dirección general o la junta de gobierno. Evaluar y definir las necesidades de nuevas tecnologías a ser aplicadas en la atención médica de los pacientes, así como coadyuvar a establecer los lineamientos técnicos para la adquisición de la misma, buscando en todo momento que sea factible desde el punto de vista del análisis costo/beneficio. Definir e implementar programas de capacitación para el personal médico y paramédico de la unidad con el fin de optimizar los recursos tecnológicos y potenciar sus alcances en diagnostico y tratamiento.

Proporcionar estancias de servicio social y proyectos de tesis profesionales a alumnos de diversas universidades y escuelas técnicas para coadyuvar en el desarrollo profesional en el campo de la Ingeniería Biomédica, Clínica y carreras afines. Desarrollar proyectos de investigación tecnológica en colaboración con los servicios clínicos y laboratorios de investigación, así como con entidades académicas en las áreas de Ingeniería Clínica, Procesamiento digital de imágenes y señales Biomédicas e Instrumentación Electrónica.

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DÍA MES AÑO 48

1.0.18I.1.0.1 SUBDIRECCIÓN DE ENFERMERÍA OBJETIVO: Implementar un instrumento técnico administrativo que proporcione información al personal sobre la organización y funcionamiento, que a la vez guíe las acciones de enfermería y contribuya a lograr los objetivos de la Subdirección. FUNCIONES: Establecer las necesidades de personal por tipo y función considerando los indicadores de enfermera paciente, y gestionar su contratación, para brindar atención de calidad. Definir los criterios generales de distribución, rotación y días de trabajo del personal de enfermería en los servicios ambulatorios y hospitalarios para generar profesionales de enfermería multifuncionales. Definir y difundir los manuales de organización de la Subdirección de Enfermería, para distribuir y diluir el trabajo administrativo, así como de participar en la elaboración de los manuales de procedimientos y procesos de mejora para que el personal optimice los procesos de enfermero paciente. Regular los sistemas de trabajo y coordinar la elaboración de protocolos de investigación basados en los modelos de atención de enfermería, con el objetivo de estandarizar dichos procesos y generar nuevos conocimientos. Establecer los indicadores de calidad para los servicios hospitalarios y ambulatorios, con base al Plan de Trabajo de la Subdirección, y a los lineamientos establecidos por la comisión interinstitucional de enfermería. Definir los instrumentos requeridos para el proceso de evaluación de los indicadores y supervisar el sistema de evaluación para el seguimiento a su aplicación. Definir las necesidades de capacitación en servicio y establecer los mecanismos para su atención, estableciendo coordinación con el área médica las actividades de educación continua del personal, en nuevas tecnologías, procedimientos y sistemas de atención. Establecer y controlar el proceso de evaluación permanente del desempeño laboral del personal, para su motivación e incentivación.

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DÍA MES AÑO 49

1.0.18I.1.0.1.1 DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA EN ATENC IÓN HOSPITALARIA OBJETIVO: Diseñar y establecer la misión, visión, objetivos, políticas, procesos y procedimientos administrativos de los servicios de atención a los pacientes hospitalizados que contribuyan a proporcionar servicios de calidad a los usuarios y que permitan al personal ejecutar las actividades congruentes con su responsabilidad con un alto sentido de competencia y seguridad. FUNCIONES: Elaborar y supervisar el cumplimiento del trabajo anual en coordinación con las autoridades médicas y administrativas involucradas. Efectuar la integración de las necesidades de insumos en el servicio de hospitalización e incorporarlo al presupuesto operativo, para el cumplimiento de las metas programadas que aplican a la atención hospitalaria. Establecer los criterios generales para elaborar el programa de distribución y días de trabajo del personal de enfermería en el servicio de hospitalización, acorde a sus turnos y funciones. Coordinar la elaboración, aplicación y actualización permanente de los manuales de organización y procedimientos de enfermería en el servicio de hospitalización. Participar en la definición de los criterios de evaluación del desempeño del personal de enfermería, tanto en lo operativo propio de la función de enfermería como en lo administrativo. Detectar las necesidades de capacitación para el desempeño y desarrollo del personal de enfermería y establecer un programa de capacitación que se vincule estrechamente, conforme al tipo de atención hospitalaria que le corresponde otorgar a este Departamento. Aplicar el programa permanente de motivación laboral, orientado a impulsar la calidad y productividad del servicio de atención hospitalaria.

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DÍA MES AÑO 50

1.0.18I.1.0.1.2 DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA EN ATENC IÓN AMBULATORIA OBJETIVO: Integrar con los servicios que dependan del Departamento de Atención Ambulatoria una estructura organizada y sólida permitiendo que el personal de Enfermería desarrolle potencialidades en los ámbitos laboral como en la formación profesional administrando recursos humanos, con potencial para alcanzar la productividad establecida para brindar atención ambulatoria con calidad y calidez al usuario. FUNCIONES: Elaborar y supervisar el cumplimiento del programa anual en coordinación con las autoridades médicas y administrativas involucradas, para el cumplimiento del objetivo planeado. Establecer los criterios generales y elaborar el programa de distribución y días de trabajo del personal de enfermería en el servicio ambulatorio, acorde a sus turnos y funciones, para una mejor organización del recurso humano. Coordinar la elaboración, aplicación y actualización permanente de los manuales de organización y procedimientos de enfermería en el servicio ambulatorio, para mantener los lineamientos actualizados. Investigar las necesidades de capacitación para el desempeño y desarrollo del personal de enfermería y proponer un programa de capacitación, para incrementar el desarrollo profesional del personal, y brindar atención de especialidad al usuario, satisfaciendo necesidades de atención de enfermería. Proporcionar inducción al puesto al personal de enfermería adscrito al servicio ambulatorio bajo su responsabilidad, para un mejor desempeño dentro del servicio a que sea asignada en el departamento de atención ambulatoria. Elaborar y aplicar programa anual de motivación laboral para incrementar la productividad del personal.

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DÍA MES AÑO 51

1.0.18I.0.1 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. OBJETIVO. Administrar de manera eficiente y eficaz los recursos humanos, materiales, financieros y los servicios básicos y de apoyo para garantizar la adecuada operación del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, desarrollando los modelos de evaluación eficientes, priorizando gastos, así como esquemas de planeación que permitan satisfacer las necesidades de cada una de las áreas, de acuerdo a los lineamientos jurídicos vigentes. FUNCIONES. Instruir el manejo de un excedente operacional del ejercicio anual, por medio de mecanismos adecuados de recuperación de costos y aprovechamiento máximo de los recursos para la auto sustentabilidad patrimonial del Centro. Coordinar el proceso de aplicación de los recursos en los diferentes servicios mediante la verificación de las erogaciones realizadas y que estén sujetas a los presupuestos autorizados y bajos los lineamientos hacendarios y de ejecución del gasto vigente para el ejercicio racional y austero de los recursos autorizados. Planear la búsqueda de diferentes fuentes de financiamiento mejorando su capacidad de respuesta y trabajo, en competencia y complementariedad con el sector público y privado para la obtención de fuentes de financiamiento externos. Administrar el adecuado manejo de los recursos humanos del organismo para la ejecución eficiente del recurso económico. Establecer, proponer y difundir programas adecuados de capacitación continua y desarrollo del capital humano, para disponer de personal acorde a las nuevas tendencias y necesidades de la unidad hospitalaria. Coordinar y supervisar las solicitudes de servicios, gestión y abastecimiento de material para el organismo, mediante el apego a los recursos asignados, y al sistema de adquisiciones. Vigilar el control de los recursos materiales asignados al organismo atendiendo las leyes, reglamentos y normas aplicables, para verificar la suficiencia presupuestal y en base a ello, solicitar los materiales requeridos. Autorizar y difundir el programa de trabajo de los servicios a su cargo y de la propia unidad para fortalecer el control interno de las transacciones efectuadas, evitando duplicidad en la aplicación del gasto.

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DÍA MES AÑO 52

Vigilar el cumplimiento del programa anual de mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento médico, paramédico y de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, basándose en los lineamientos y políticas establecidas para la correcta integración de los activos del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Establecer un sistema de contratación a terceros basados en la normatividad laboral, fiscal y presupuestal vigente, para no infringir leyes y regulaciones aplicables en las relaciones de trabajo que den origen a problemáticas que afecten el patrimonio del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Organizar un sistema de control de la gestión que asegure un servicio de calidad y respectiva evaluación de sus actividades, así como la divulgación apropiada de información sobre los procesos médicos, paramédicos y administrativos para integrar adecuadamente la información que en materia de transparencia y acceso a la información.

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DÍA MES AÑO 53

1.0.18I.0.1.1 SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS. OBJETIVO. Coordinar un sistema de administración de recursos humanos que le permita al Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas disponer oportunamente del personal altamente calificado y motivado para la óptima funcionalidad de la unidad, mediante una gestión innovadora y transparente, que promueva el desarrollo organizacional y de capital humano y en apego a los lineamientos normativos vigentes que se apliquen. FUNCIONES. Supervisar que la administración de los recursos humanos se otorgue con principios éticos congruentes con la misión y visión de la unidad, con el propósito de brindar un servicio de calidad. Coordinar al personal mediante el apego a los lineamientos establecidos en el Decreto de Creación y el Reglamento Interno del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, con la finalidad de controlar los recursos humanos. Definir esquemas innovadores de contratación del personal de la unidad, dependiendo de la cartera de servicios y de la demanda esperada para cada especialidad, para elegir al candidato más idóneo. Generar un sistema de recursos humanos que le permita al hospital disponer oportunamente de personal calificado, motivado y compensado, a fin de lograr un servicio de calidad para el paciente y su familia. Evaluar el desempeño y la productividad del personal, implementando acciones de mejora continua, para reconocer moral, social y económicamente a los funcionarios según su desempeño y compromiso con la misión institucional. Supervisar y vigilar las modificaciones que se realicen a la plantilla, a través de los movimientos de estructura, para llevar el control de las plazas con que cuenta la unidad hospitalaria. Establecer acuerdos y convenios laborales con las Dependencias e Instituciones de los tres niveles de Gobierno, para lograr una mejor coordinación del personal sindicalizado. Establecer una adecuada coordinación con el área de asuntos jurídicos, para resolver conflictos laborales de los Hospitales.

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DÍA MES AÑO 54

1.0.18I.0.1.2 SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES. OBJETIVO. Aplicar los recursos materiales, mobiliario, equipo y medicamentos, conforme a la normatividad vigente, a fin de que todas las áreas involucradas realicen sus operaciones de manera eficaz, oportuna y eficientemente, dentro del marco de racionalidad y disciplina presupuestal. FUNCIONES. Determinar las mejores opciones de mercado para la adquisición de equipos, materiales y medicamentos, para ejercer correctamente el presupuesto asignado, y tener los recursos materiales suficientes para el óptimo funcionamiento del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Coordinar las actividades para la recepción, guarda y suministro de los equipos, materiales y medicamentos para uso del hospital; así como supervisar la aplicación de los mecanismos que permitan su reaprovechamiento y en su caso, baja y destino final, asimismo, elaborar y mantener actualizado el inventario de equipo e insumos, para un mejor control de los activos y recursos. Establecer la logística de suministros de la unidad, para proveer a los usuarios de materiales y medicamentos de manera oportuna y eficiente, programar en forma oportuna los pedidos aprobados por el comité de adquisiciones e integrar y verificar el programa anual de adquisiciones, conforme a las necesidades y de acuerdo al presupuesto autorizado. Coordinar y supervisar que los procesos de adquisición se realicen conforme a lo establecido en la Ley de Bienes Nacionales que rigen en la materia, y que cumplan con las mejores condiciones de calidad, precio, financiamiento y oportunidad; para poder ejercer más eficientemente el presupuesto asignado para la adquisición de bienes muebles e insumos y así proveer dichos recursos a las áreas que así lo soliciten. Participar activamente en las reuniones del comité de adquisiciones y supervisar el cumplimiento de los acuerdos, así como participar en la elaboración de bases de licitación y convocatorias, para contratar con los terceros los servicios que se requieran, en coordinación con el Departamento Jurídico y de las áreas correspondientes. Vigilar que los prestadores de servicios cumplan con las obligaciones contraídas en los convenios y contratados pactados y de ser el caso, aplicar las sanciones correspondientes conforme a las disposiciones legales vigentes.

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DÍA MES AÑO 55

Verificar conforme a la normatividad de la Ley de Bienes Nacionales en vigor, los montos de las garantías que deben otorgar los proveedores y prestadores de servicios que resulten adjudicados derivados de los concursos celebrados, para así tener cubierta cualquier contingencia, en caso de incumplimiento de cualquiera de los proveedores. Efectuar las compras e implementar lo conducente para la ejecución y surtimiento inmediato, conforme a los términos establecidos en los contratos celebrados, para así contar con las existencias necesarias para poder atender cualquier solicitud de cualquier área. Elaborar, implementar y vigilar el cumplimiento de los manuales de organización y procedimientos de las unidades bajo su responsabilidad, para poder cumplir en tiempo y forma las diferentes actividades de la subdirección

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DÍA MES AÑO 56

1.0.18I.0.1.3 SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS . OBJETIVO . Coordinar un sistema de control interno financiero y presupuestal que permita la administración eficiente de los recursos autorizados, obligaciones contratadas con terceros, ingresos por servicios, cobertura de erogaciones básicas, manejo de flujos de efectivo y determinación de costos operativos, coadyuvando en la elaboración y presentación de Estados Financieros del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, de acuerdo a los establecido por la autoridad hacendaria, y demás aplicaciones jurídicas vigentes, para una acertada toma de decisiones. FUNCIONES. Diseñar y establecer un adecuado control interno de las actividades financieras inherentes a la prestación de los servicios de salud que permita otorgar un servicio de Alta Especialidad idóneo a las necesidades de los usuarios. Integrar los catálogos de cuentas e instructivos del sistema de contabilidad de las partidas financieras y presupuestales para el eficiente registro de los conceptos del gasto. Organizar las actividades relativas a la aplicación, custodia, manejo y programación del recurso económico en las diferentes áreas operativas para el desarrollo sano de los recursos monetarios. Integrar y controlar los costos de operación a través de la administración de centros de costos de las unidades para la determinación correcta de los gastos de operación y el costo de producción por servicios. Definir el mecanismo racional y austero sobre el control presupuestal, contable y financiero para el manejo coordinado del recurso patrimonial acorde a la normatividad hacendaria y presupuestal vigente para la eficiente aplicación del efectivo en inversiones y valores. Vigilar y evaluar los flujos de efectivo, erogaciones, transferencias e inversiones financieras para el adecuado manejo y detección de desviaciones que permitan tomar de decisiones acertadas. Vigilar y controlar las transacciones financieras realizadas apegándose estrictamente a la normatividad aplicable vigente para la integración de los estados financieros y presupuestales. Elaborar los Estados Financieros que permitan conocer la situación patrimonial del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, en una fecha determinada para evaluar la planeación programática de los recursos monetarios.

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DÍA MES AÑO 57

1.0.18I.0.1.4 SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN, MANTENI MIENTO Y SERVICIOS GENERALES. OBJETIVO. Mantener en operación las instalaciones del inmueble, suministrar los fluidos y energéticos requeridos y controlar en forma continua, confiable, segura y económica los servicios proporcionados dentro del Hospital logrando la satisfacción de las diversas áreas con el fin de contribuir a la prestación de servicios de calidad a los usuarios. FUNCIONES. Vigilar con eficiencia y calidad que los servicios de intendencia, mantenimiento, lavandería, vigilancia y otras áreas de apoyo con el fin de proporcionar una adecuada operación dentro de la infraestructura de la unidad hospitalaria Establecer los criterios y procedimientos que deberán observar las diversas áreas del edificio, instalaciones, equipo y vehículos de la unidad, para la solicitud y prestación de los servicios de conservación y mantenimiento. Coordinar acciones con las diferentes áreas de la unidad, a efecto de lograr que el funcionamiento de esta Subdirección se mantenga con la máxima eficiencia y productividad. Vigilar que el ejercicio de las funciones, se realicen con principios éticos y congruentes con la misión y valores de la unidad así como ser gestor de contratos externalizados relacionados con el departamento. Recibir y evaluar las propuestas de los posibles proveedores, con el objetivo de adjudicarle el servicio a quien cumpla con los requerimientos solicitados para cubrir las necesidades del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, y poder brindar un mejor servicio. Establecer una adecuada comunicación interinstitucional, en coordinación con el personal directivo de la unidad; esto con el fin de establecer vínculos para poder agilizar los trámites pertinentes en la ejecución de una solicitud. Supervisar el cumplimiento de los servicios que deben otorgar los contratistas y proveedores, así como coordinar ante el área de administración y finanzas el pago de éstos, derivados de la contratación de prestación de servicio, para supervisar que los prestadores del servicio realicen su trabajo de acuerdo a lo establecido en el contrato, así como también les sean pagadas sus facturas en tiempo y forma evitando así retrasos en las ejecuciones de sus labores.

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DÍA MES AÑO 58

Controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y de apoyo, asignados a la Subdirección para el cumplimiento de sus planes y programas, en materia de servicios de las Unidades Hospitalarias.

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DÍA MES AÑO 59

1.0.18I.0.2 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, ENSEÑANZA E IN VESTIGACIÓN OBJETIVOS: Definir las políticas y los lineamientos de planeación, evaluación, docencia, investigación y desarrollo institucional, en escenarios de corto, mediano y largo plazo; aplicando los principios y valores de la alta gerencia en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas para los componentes de estructura, procesos y resultados; que contribuyan a la toma de decisiones del Centro Regional y en particular a las Unidades Hospitalarias de su dependencia. FUNCIONES: Establecer en forma conjunta con la Dirección de Administración y Finanzas y los Directores Generales Adjuntos de las Unidades del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas; el Plan Estratégico del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para lograr los objetivos y metas propuestas. Dirigir acciones para dar seguimiento a los Manuales de Organización, Procedimientos y de Servicios, para el cumplimiento y control de los procesos administrativos. Definir y proponer la estructura organizativa más adecuada para el cumplimiento de la misión del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Establecer las políticas en materia de investigación, para la contribución en la solución prioritaria de los problemas de salud en el ámbito regional. Evaluar en forma permanente, los programas y proyectos internos existentes en los diferentes servicios y áreas del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para garantizar la calidad y el cumplimiento de los programas operativos. Promover acuerdos y convenios de colaboración científica con instituciones y organismos nacionales e internacionales que contribuyan en la mejora de los servicios prestados en atención médica de alta especialidad en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas; buscando la capacitación permanente y el desarrollo tecnológico. Establecer de manera colegiada, con los diferentes grupos médicos, el cuerpo de gobierno y los responsables de las demás áreas del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, las estrategias generales y políticas de desarrollo organizacional para el corto, mediano y largo plazo, para el logro de la misión. Evaluar las acciones de coordinación entre las diferentes áreas y servicios para definir áreas de oportunidad para la mejora continua del desarrollo organizacional.

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DÍA MES AÑO 60

Diseñar e implementar estrategias para que el trabajo realizado en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas de respuesta adecuada y oportuna a las necesidades sentidas y reales de salud, presentes y futuras. Evaluar permanentemente y proponer soluciones viables a los problemas de salud presentes y futuros de la población que atiende, tanto de los estados de la red, como del resto del país; con el objeto de garantizar una atención de alta especialidad de vanguardia y con calidad. Establecer y proponer estrategias para la atención eficiente de las necesidades presentes y futuras de atención a la salud de la población que acuda a solicitar los servicios de alta especialidad, de acuerdo con la visión del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para el logro y cumplimiento adecuado del modelo de atención establecido. Evaluar permanentemente, y de manera colegiada con los responsables de las áreas médico clínica y médico quirúrgico, la eficiencia y eficacia de las propuestas de soluciones aplicadas a los problemas nuevos y permanentes de salud de la población, para evitar el dispendio y para la obtención de resultados que permitan adecuar la atención especializada cuando sea necesario.

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DÍA MES AÑO 61

1.0.18I.0.2.1 SUBDIRECCIÓN DE ENSEÑANZA E INVESTIGA CIÓN OBJETIVO: Planear, administrar, coordinar y evaluar las actividades de enseñanza e investigación de manera eficiente para coadyuvar a la atención médica especializada de calidad y a la satisfacción de las necesidades de capacitación y desarrollo profesional del personal médico y paramédico del centro regional con el fin de asegurar la atención médica a los usuarios acorde con los avances de la medicina moderna basada en evidencias, así como contribuir al conocimiento científico y tecnológico a través de la realización y difusión de la investigación teórica y experimental en los hospitales de alta especialidad. FUNCIONES: Determinar las políticas institucionales para el desarrollo de la enseñanza y la investigación, que contribuyan al cumplimiento del sistema nacional de salud y garanticen la eficiencia administrativa de los recursos asignados a la Subdirección de Enseñanza e Investigación del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Coordinar y evaluar los programas de enseñanza, capacitación continua e investigación operativa del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para coadyuvar en la atención médica especializada de calidad. Establecer acciones que permitan la formación de profesionales de la salud en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas con un estándar de eficiencia y calidad a nivel nacional e internacional a través de programas de estudio de especialización y postgrado, para asegurar la atención médica de los usuarios acorde con los avances de la medicina moderna basada en evidencias. Aplicar los planes y programas de enseñanza a médicos residentes y enfermeras en formación en los hospitales, para eficientar el desarrollo profesional del personal médico y paramédico del Hospital de Especialidades Pediátricas. Promover convenios de colaboración con los institutos nacionales, instituciones de desarrollo científico y tecnológico, instituciones de educación superior y de salud nacional e internacional para la ejecución de proyectos de intercambio académico, científico, tecnológico, de formación profesional y de investigación intra y extrainstitucionales. Colaborar en la elaboración del programa operativo anual y del programa anual de adquisiciones, así como participar en el desarrollo de proyectos del ámbito de su competencia, rindiendo periódicamente al director de planeación, enseñanza e investigación los informes de las actividades realizadas por la Subdirección.

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DÍA MES AÑO 62

Supervisar periódicamente cuantitativa y cualitativamente el desarrollo de las actividades de la Subdirección, así como el desempeño de los recursos humanos asignados a la Subdirección en el ámbito de sus funciones. Proponer e implementar las actividades administrativas destinadas a la programación y asignación de plazas y cursos, vigilancia y aprobación de los trámites para otorgamiento de becas y recursos económicos que conceda el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, hasta su conclusión.

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DÍA MES AÑO 63

1.0.18I.0.2.2 SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INF ORMACIÓN OBJETIVO: Proporcionar Tecnología de Información de vanguardia para la implantación de soluciones informáticas, así como difundir y vigilar el cumplimiento de la normatividad en materia de tecnología de la información en cada una de las áreas del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, con el fin de contribuir a la eficiente y efectiva administración de los recursos para operar de manera integrada. FUNCIONES: Proporcionar y evaluar las políticas, directrices y estrategias en Tecnología de la Información, atendiendo los lineamientos y requerimientos del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y su integración funcional, con el fin de mejorar y enriquecer procesos y servicios en el manejo de información. Establecer, evaluar y dar seguimiento a la implantación de nuevas Tecnologías de la Información, determinando de esta forma que todas las adquisiciones se adecuen técnicamente a los requerimientos del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y a las normativas de las mismas, para mantener un crecimiento ordenado y racional en materia de tecnologías de información. Mantener la seguridad e integridad de toda la plataforma tecnológica, los sistemas y los servicios de información, para asegurar la correcta administración de los accesos a los sistemas de información y sus recursos relacionados. Evaluar los procesos que pueden ser automatizados, dentro de la unidad para poder desarrollar sistemas, o bien para implementar algunos que ya existan, para la automatización general de dichos procesos. Establecer y supervisar la aplicación de mantenimiento preventivo y correctivo de los Bienes Informáticos del Centro Regional de Alta Especialidad de acuerdo a lo establecido en el programa de trabajo de la subdirección, a fin de prolongar la vida útil de los mismos. Diseñar e intervenir sobre el contenido de la página Web, incorporada a Internet; acorde a las necesidades que se presenten, para mantener informada a la ciudadanía con respecto al Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Integrar el Programa de Trabajo de la Subdirección de Tecnologías de la Información, para dar a conocer las actividades que se realizarán por la misma.

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DÍA MES AÑO 64

Coadyuvar en el uso e implementación de tecnologías de información al personal directivo y operativo del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para lograr el máximo aprovechamiento de los recursos informáticos.

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DÍA MES AÑO 65

1.0.18I.0.2.3 SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DESARROL LO OBJETIVO: Ejecutar el proceso permanente de planeación estratégica, programación, evaluación, organización y desarrollo para el otorgamiento de servicios de salud de calidad en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. FUNCIONES: Integrar y mantener actualizados los soportes normativos, lineamientos y manuales que integran la normateca del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas para su difusión y aplicación según corresponda. Proponer los criterios con los que deben conformarse los planes de desarrollo, programas de trabajo y proyectos específicos del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas a fin de darles uniformidad a su contenido, asesorar su elaboración y apegarlos a los lineamientos que las instancias normativas federales del sector establezcan. Coordinar la elaboración de los manuales administrativos y operativos del Centro Regional de Alta Especialidad conforme a la normatividad establecida para su difusión y aplicación. Proponer e implementar el Modelo de Gestión de la Calidad del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, que permita generar sistemáticamente un proceso de mejora continua a través de la evaluación y el control de los servicios. Coordinar la ejecución de los procesos que permitan al Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas la Acreditación de la capacidad, seguridad y calidad de sus servicios de conformidad con lo establecido por el Sistema de Protección Social en Salud. Coordinar los procesos que permitan cumplir con los criterios de Certificación de los servicios que otorga el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, de acuerdo con lo establecido por el Consejo de Salubridad General. Establecer el sistema de evaluación del desempeño en el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y difundir los resultados que permitan a los directivos la toma de decisiones para la mejora continua de la atención. Participar en el análisis de los requerimientos materiales, tecnológicos, financieros, de servicios y de recursos humanos, para el desarrollo del Centro Regional de Alta Especialidad.

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DÍA MES AÑO 66

1.0.18I.2 DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES CIUDAD SALUD. OBJETIVO. Establecer y Evaluar los procesos sustantivos a ser aplicados por la Dirección General adjunta, dando pie a la modernidad y el avance Medico, Tecnológico y Administrativo con estricto apego a la normatividad, integrándose al funcionamiento y consolidación del Sistema Nacional de Salud y contribuir al cumplimiento del derecho a la protección de la salud. FUNCIONES. Representar legalmente a la Unidad ante todo tipo de Autoridades, estableciendo u objetando poderes generales o especiales de acuerdo a sus atribuciones y derechos que nos confiera la Dirección General del Centro Regional, emitiendo o acreditando documentos oficiales que afecten la unidad propia y la de la Dirección General Adjunta para el adecuado oportuno y eficiente desempeño de la Unidad. Coadyuvar estrechamente con la Junta de Gobierno en la actuación sustantiva y en las decisiones de relevancia para la adecuada operación de la unidad, presentando para su aprobación el estatuto orgánico, los manuales de organización y procedimientos, el tabulador de cuotas, así como todos los documentos que normen el quehacer y las políticas de operación propias. Proponer a la Junta de Gobierno convenios con otros organismos y entidades para la prestación de servicios mismo que ya hayan sido aprobado la Dirección General del Centro Regional, participando siempre de manera coordinada con los compromisos establecidos en el programa nacional de salud para detectar oportunamente cualquier desvío al cumplimiento de las normas y los reglamentos establecidos. Establecer lineamientos para la gestión correcta de los recursos que propicie la colaboración con otras instituciones públicas y privadas, para la generación de recursos que beneficien a la unidad y a los pacientes. Evaluar y acreditar el cumplimiento permanente de lo establecido en el decreto de creación y en las disposiciones de la Junta de gobierno para que la unidad opere en un marco de legalidad y transparencia. Coadyuvar a que la población demandante con padecimientos médico quirúrgicos considerados de alta especialidad sea atendida en tiempo y forma de acuerdo a sus necesidades y otorgar atención oportuna, con calidad, eficacia y satisfacción de los usuarios y servidores públicos, buscando rebasar sus expectativas.

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DÍA MES AÑO 67

Fijar el Modelo de Atención Modular, en Banda Continua, con Procesos Integrales y Medicina por Evidencias Establecer las especificaciones para alcanzar la certificación de calidad, por el Consejo de Salubridad General; y la certificación de ISO 9001-2000. Conducir la atención médica ambulatoria y disponer de servicios médico quirúrgicos con alta calidad para atender procesos complejos, con oportunidad diagnóstica y terapéutica resolutiva; con costos apegados a la realidad. Colaborar con la excelencia en la docencia e investigación, así como apoyo para la capacitación y adiestramiento profesional y técnico, previendo así a eventos de educación e investigación médicas, con base en diagnósticos situacionales, para determinar las acciones procedentes que fomenten la prevención y abatimiento de riesgos para la salud. Participar en un esquema de Autogestión Financiera que permita poder utilizar los recursos obtenidos, para fortalecer su presupuesto y ejercer una mejor planeación administrativa y contar con sistemas de trabajo que permitan la mejora continua de la calidad en los procesos. Establecer convenios de otorgamiento de servicios, con los sectores demandantes, cuidando no poner en riesgo el cumplimiento de sus obligaciones hacia la Población Socialmente Protegida; y en las condiciones idóneas para preservar su equilibrio financiero

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 68

1.0.18I.2.0.1 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA . OBJETIVO. Coordinar las políticas y actividades de gestión y control que garanticen la buena administración de recursos financieros, humanos, materiales y de servicios del Hospital Regional de Alta Especialidad Ciudad Salud, así como establecer políticas normativas bajo criterios de racionalidad, austeridad, disciplina y transparencia en el manejo del gasto y la aplicación del mismo, con el propósito de manejar los recursos en forma eficiente y efectiva. FUNCIONES. Vigilar el manejo transparente de los recursos financieros que la unidad requiera, buscando de manera continua su optimización y coadyuvando al adecuado y correcto funcionamiento de las diferentes áreas de la unidad hospitalaria. Supervisar y controlar el adecuado manejo de los recursos humanos de la unidad hospitalaria, para la optimización de los mismos y cumplimiento de los objetivos de la unidad. Supervisar el control de los recursos materiales asignados a la unidad, para verificar la suficiencia presupuestal y en base a ello, solicitar los materiales requeridos. Coordinar y supervisar las solicitudes de servicios, gestión y abastecimiento de material para la unidad, mediante el apego a los recursos asignados, al sistema de adquisiciones y a las normas aplicables. Coadyuvar en la elaboración del presupuesto operativo anual (ingreso y egresos), en coordinación con la Dirección de Planeación, Enseñanza e Investigación, con la finalidad de satisfacer las necesidades de cada área y estar en condiciones de proporcionar los servicios a la población que los requiere. Vigilar el cumplimiento del programa anual de mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento médico, paramédico y de los servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento, basándose en los lineamientos y políticas establecidas, para mantener en óptimas condiciones de uso y prolongar su vida útil. Elaborar los Manuales de Organización y de Procedimientos, con el propósito de conocer las funciones inherentes al puesto y difundirlas para conocimiento de todo el personal. Coordinar el cumplimiento de la normatividad en el proceso de aplicación de los recursos en los diferentes servicios de esta unidad hospitalaria, mediante la verificación de las erogaciones realizadas, con el propósito de lograr eficacia en el ejercicio del gasto.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 69

1.0.18I.2.0.1.1 DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS . OBJETIVO. Controlar la administración de los recursos humanos asignados a las diferentes áreas del Hospital, a través de los procedimientos de reclutamiento, contratación, capacitación, desarrollo, remuneraciones, prestaciones y mejora continua, de acuerdo a los lineamientos que establece la Subdirección de Recursos Humanos. FUNCIONES. Integrar el Programa de Trabajo del Departamento, acorde con los lineamientos establecidos, que sirva de guía para el cumplimiento del objetivo del Departamento de Recursos Humanos. Elaborar el programa anual de capacitación continua, con base en las necesidades del Hospital encaminado a la búsqueda de un mejor desarrollo del personal. Supervisar el desempeño y productividad del personal para estimularlos y reconocerlos moral, social y económicamente. Vigilar las modificaciones que se realicen a la plantilla autorizada, derivado de los movimientos en la estructura organizacional, mediante un adecuado control de las plazas con que cuenta el Hospital, para mantener actualizados los recursos humanos acordes con las necesidades del mismo. Vigilar la correcta aplicación del Presupuesto del Capítulo 1000 “Servicios Personales” a través de las afectaciones en la nómina de los trabajadores, para administrar correctamente los recursos presupuestales del Hospital Elaborar el registro del personal adscrito al Hospital, para mantener actualizada la base de datos que permita la detección de necesidades y el oportuno desarrollo de las áreas, de acuerdo a los requerimientos por necesidades de servicio.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 70

1.0.18I.2.0.1.2 DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES . OBJETIVO. Asegurar el adecuado suministro de insumos y prestación de servicios a la unidad, dentro de una mística de calidad, eficiencia y apego a la norma; a fin de satisfacer plena y oportunamente las necesidades y expectativas de los servicios del Hospital. FUNCIONES. Concentrar y atender las necesidades de insumos y/o servicios que requiere cada departamento en función de las actividades desempeñadas para cubrir las necesidades del Hospital Regional de Alta Especialidad “Ciudad Salud” en tiempo y forma. Recibir los insumos y servicios adquiridos por el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas para distribuirlos en cada departamento de acuerdo a las solicitudes previamente presentadas, y facilitar las actividades administrativas y operativas. Mantener actualizado el inventario de equipo e insumos del Hospital Regional de Alta Especialidad “Ciudad Salud” para proyectar y programar el abastecimiento de las necesidades a corto, mediano y largo plazo de cada departamento. Llevar a cabo el proceso logístico de suministros de la unidad implantado por el Centro Regional de Alta Especialidad “Ciudad Salud” para el correcto abasto de las necesidades de cada departamento o área. Supervisar que los servicios contratados sean proporcionados con calidad, eficiencia de acuerdo a órdenes de trabajo para la satisfacción de las necesidades y cumplimiento de los procesos operativos y administrativos. Elaborar los manuales de organización y procedimientos para funcionar adecuadamente, así como su difusión al personal que integra el departamento y someterla a aprobación de la junta de gobierno.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 71

1.0.18I.2.0.1.3 DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIERO S. OBJETIVO . Supervisar el ejercicio presupuestal con eficiencia para que los recursos financieros asignados al Hospital Regional de Alta Especialidad Ciudad Salud, permita el cumplimiento eficiente y eficaz de los objetivos generales y particulares para una mejor toma de decisiones en beneficio del hospital y de los usuarios. FUNCIONES. Ejecutar las decisiones de la Subdirección Administrativa, a través de lo establecido por la Dirección de Administración y Finanzas, la Junta de Gobierno, o el Director General del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Ejercer el presupuesto del Hospital que le corresponda, con sujeción a las disposiciones legales - administrativas aplicables del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Elaborar los proyectos de programas e informes del hospital y que específicamente le solicite la Subdirección Administrativa, para vigilar la aplicación del presupuesto asignado. Supervisar en coordinación con las autoridades hospitalarias que el ejercicio del presupuesto asignado al hospital, se realice de acuerdo a lo establecido en los planes de trabajo, para lograr la vigilancia, evaluación y control en los mismos. Supervisar el adecuado manejo y aplicación del presupuesto, en coordinación con la Subdirección de Recursos Financieros del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para determinar las necesidades y ajustes al presupuesto asignado. Gestionar a través de la Subdirección Administrativa, los pagos a proveedores de bienes y prestadores de servicios del hospital, así como los pagos al personal, por concepto de viáticos, ante el Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, para lograr un mejor control en la optimización de los recursos.

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DÍA MES AÑO 72

1.0.18I.2.0.1.4 DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN, MANTE NIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES . OBJETIVO. Proporcionar el adecuado suministro de servicios a la unidad, así como validar los servicios de conservación, mantenimiento, mobiliario y equipos; dentro de una mística de calidad, eficiencia y apego a la norma, a fin de satisfacer plena y oportunamente las necesidades y expectativas de los usuarios. FUNCIONES. Recibir y evaluar los requerimientos de adaptación de instalaciones, mantenimientos de bienes muebles e inmuebles y todo servicio en general que demande el funcionamiento del Hospital. Elaborar y proponer el programa anual de actividades para la conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles, vehículos, equipos electromecánicos e instalaciones, dentro del marco de racionalidad y disciplina presupuestal. Controlar el desarrollo del ejercicio presupuestal autorizado, así como su programación-presupuestación, para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en materia de conservación, mantenimiento y servicios generales en cuanto a las normas de calidad y tiempos previstos. Supervisar el cumplimiento de los servicios que deben otorgar los proveedores, así como coordinar ante el área de recursos financieros el pago a éstos, derivado de la contratación de prestación de servicios. Mantener informada a la Subdirección Administrativa, sobre el grado de avance y cumplimiento de los planes y programas autorizados. Elaborar y mantener actualizado el inventario de equipo, mobiliario e insumos, para atender oportunamente a los requerimientos y necesidades de los servicios. Documentar a través de bitácoras los programas preventivos y correctivos para los equipos del hospital, para lograr con ello una utilización óptima de los equipos.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 73

1.0.18I.2.1 DIRECCIÓN MÉDICA. OBJETIVO. Dirigir y organizar el conocimiento, la fuerza de trabajo y los profesionales médicos en el proceso y acciones continuas para la prestación y ejecución de los servicios de atención médica clínica y quirúrgica de la unidad, en forma adecuada, eficiente, humana y de la más alta calidad, usando los espacios y recursos que la dirección de operaciones pone a su disposición. FUNCIONES. Evaluar permanentemente el cumplimiento de la normatividad en materia de procedimientos médicos clínicos y quirúrgicos, así como establecer las políticas de sanción interna a quien las infrinja, de acuerdo a los estándares establecidos de los códigos de ética y conducta. Conducir al equipo médico clínico y quirúrgico para que la atención y procedimientos estén acordes a los principios, establecidos dentro de las Guías de la Practica Clínica (GPC), establecidos por los lineamientos para la integración de guías de práctica clínica. Establecer las políticas y estrategias para la solución de problemas de índole técnico y administrativo así como problemas internos, que no requieran la participación del jefe inmediato superior, para constituir una cultura organizacional de alto desempeño. Autorizar conjuntamente con los Departamentos de Trabajo Social y de Servicios Generales, los servicios a realizar por el área de ambulancia para los traslados de pacientes egresados así como para la obtención de productos sanguíneos. Organizar y conducir a los Comités Internos Hospitalarios a realizar sesiones ordinarias y extraordinarias de acuerdo a las necesidades propias de la unidad, con la finalidad de dar cumplimiento a los procesos de mejora así como dar solución a problemáticas existentes. Organizar y conducir que la atención médica clínica y quirúrgica que ofrece el hospital, se realice conforme a los más altos estándares de calidad, al menor costo posible y en el marco de los parámetros internacionales de seguridad y vanguardia. Proponer y coordinar la implementación de Guías de Práctica Clínica (GPC), así como su difusión a través de los lineamientos propuestos para la estandarización, evaluación y mejora de los procesos del hospital. Establecer políticas de aceptación de pacientes a través del Comité de Referencia vs. Referencia, Institucional e interinstitucional como (IMSS; ISSSTE, ISSTECH, SEDENA, MARINA y ASEGURADORAS) a través de convenios.

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DÍA MES AÑO 74

Planear las estrategias para dar o incrementar la respuesta a las nuevas demandas de servicios de salud de la población, dentro del marco de la alta especialidad. Emitir políticas de evaluación mensual de la prestación de los servicios de acuerdo a los indicadores de Gestión Hospitalarios, con la finalidad de hacer propuestas de mejora en forma oportuna. Evaluar el desempeño de las áreas clínicas y quirúrgicas a través de su productividad, con el propósito de mantenernos dentro de los parámetros de la media nacional. Establecer reuniones mensuales con el cuerpo medico clínico y quirúrgico para dar a saber problemáticas actuales y notificaciones de esta Dirección Médica.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 75

1.0.18I.2.1.1 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS CLÍNICOS. OBJETIVO. Coordinar y supervisar los procesos de atención médica, en sus diferentes especialidades y sub-especialidades de acuerdo al desarrollo de los mismos, así como los avances de la medicina moderna, con calidad de atención, centrada en el usuario con los altos parámetros de seguridad hacia el paciente. FUNCIONES. Efectuar reporte semanal a la Dirección Medica de eventualidades, así como puntos a tratar para mejora continua. Generar y supervisar los roles de trabajo del personal de atención clínica que cubran las necesidades de la unidad, así como elaborar el programa de trabajo anual, con los objetivos, metas e indicadores de evaluación del desempeño. Proponer la contratación de personal de atención clínica al Departamento de Recursos Humanos en periodo semestral de acuerdo a la cartera de servicios actualizada. Supervisar los mecanismos de auditoria hacia la implementación y funcionamiento del Comité de expediente clínico. Vigilar que la cartera de servicios que se oferta de atención clínica, corresponda a la Alta Especialidad y a las necesidades de la población. Supervisar que los procedimientos del servicio de atención, se realicen conforme a los estándares establecidos en las Guías de la Práctica Clínica (GPC), así como la difusión de las mismas. Proponer la capacitación del personal a través de los Cursos de Educación Medica Continua por la Coordinación de Enseñanza e Investigación, así como la implementación de los protocolos de Investigación. Participar en forma directa en los comités Hospitalarios establecidos en las diferentes áreas de interés, para dar seguimiento y control de las problemáticas establecidas y coordinar las posibles soluciones existentes.

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DÍA MES AÑO 76

1.0.18I.2.1.2 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS QUIRÚRGICOS. OBJETIVO. Coordinar y supervisar los procesos de atención médica quirúrgica, en sus diferentes especialidades y sub-especialidades de acuerdo al desarrollo de los mismos, así como los avances de la medicina moderna, con calidad de atención, centrada en el usuario con los altos parámetros de seguridad hacia el paciente. FUNCIONES. Coordinar al equipo médico quirúrgico para identificar y aplicar en el hospital los procedimientos médico quirúrgicos, acorde con los principios, métodos y técnicas más avanzados en la materia a nivel mundial. Establecer, en conjunto con los responsables de los servicios quirúrgicos del hospital, el programa de trabajo anual, con los objetivos, metas e indicadores de evaluación del desempeño por cada servicio del área quirúrgica. Establecer las estrategias para revisar y, en su caso actualizar, la cartera de servicios médico quirúrgicos que oferta el hospital, para que ofrezca mejores oportunidades de tratamiento a quienes soliciten los servicios, al mismo tiempo dar a conocer a la red las actualizaciones con el objetivo de prestar un servicio con oportunidad. Establecer que los procesos y procedimientos del servicio de atención al paciente en los servicios médico quirúrgicos, se realicen conforme a los estándares establecidos en las guías clínicas vigentes. Generar a través del análisis de los servicios médico quirúrgicos otorgados, políticas de trato humano y digno al paciente y su familia. Determinar y aplicar el cumplimiento del programa de trabajo del personal médico quirúrgico adscrito al hospital, para evaluar los indicadores correspondientes al área médica. Establecer los mecanismos de evaluación de la calidad del servicio médico quirúrgico otorgado y las estrategias para seguimiento y solución de los problemas identificados. Establecer y coordinar, con un grupo colegiado de médicos, las políticas de desarrollo de nuevas guías para los procedimientos médico quirúrgicos que aún no cuenten con ellas, así como difusión de uso y aplicación de las guías clínicas vigentes.

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DÍA MES AÑO 77

1.0.18I.2.2 DIRECCIÓN DE OPERACIONES. OBJETIVO. Administrar con visión gerencial las operaciones de la unidad, consistentes en: servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, servicios de atención al usuario, servicios de atención ambulatoria y hospitalaria, atención en quirófanos y medicina crítica; así como los servicios de ingeniería biomédica, de forma que se establezca una adecuada coordinación con la red de servicios de salud de la región y que se contribuya a lograr la satisfacción del usuario, asimismo se de soporte técnico a los procesos de la atención médica y se evalúe la producción de los servicios que se otorgan en el Hospital Regional de Alta Especialidad “Ciudad Salud”. FUNCIONES. Establecer y difundir las estrategias, políticas y metodologías para la producción de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento en el hospital, así como conducir a los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, trabajen con eficiencia y calidad, procurando en todo momento evitar demoras al paciente y su familia. Promover la realización de los contratos de gestión para el establecimiento de servicios auxiliares de diagnóstico eficientes que nos permita hacer uso de métodos avanzados para el abordaje integral del diagnostico Coordinar la utilización y eficiente de los recursos disponibles para la atención ambulatoria de pacientes, para lograr reducciones en costos y tiempos, así como óptimas condiciones de seguridad y calidad para los pacientes. Dirigir la organización y consenso de agendas entre los médicos ante eventuales cambios en la demanda de servicios que requieran del establecimiento de nuevas especialidades en el hospital, con el objeto de evitar duplicidades o inconformidades de éstos. Dirigir las actividades del hospital, para ofrecer la cirugía ambulatoria a los pacientes como opción médica eficiente y efectiva para reducir costos de cuidado médico, aumentar la disponibilidad de quirófanos y camas y ofrecer a los pacientes la misma calidad de cuidados médicos y de enfermería sin riesgos de infecciones nosocomiales y rompimiento de la unidad familiar. Coordinar la gestión de ingresos y altas hospitalarias, así como de la asignación y control de camas, para lograr una respuesta más ágil y eficiente al paciente y su familia, en dichos procesos hospitalarios. Dirigir las actividades de trabajo social en la unidad hospitalaria, para mejorar de manera permanenente la atención al paciente y su familia.

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DÍA MES AÑO 78

Planear conforme a estándares de calidad la producción de servicios de atención en quirófanos y medicina crítica, con el propósito de incrementar la productividad y eficiencia. Coordinar y difundir la programación quirúrgica de la unidad, a través de la administración de la lista de espera quirúrgica, de la lista de estudios preoperatorios y de la referencia de pacientes al área de admisión hospitalaria con la finalidad que cada servicio este enterado y pueda cumplir con lo que le corresponda en el proceso. Coordinar actividades para el control de los insumos requeridos en los quirófanos, así como del uso de éstos conforme a una programación basada en la lista de espera quirúrgica para evitar el diferimiento y el compromiso que pueda tener el paciente si no cuenta con el apoyo logístico para que se lleve a cabo el procedimiento. Evaluar permanentemente el cumplimiento de la normatividad establecida en materia de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo biomédico de la unidad hospitalaria, para una mejor utilización de dicho equipamiento. Definir y seleccionar los asuntos, temas o problemas de índole técnico que afecten al equipo biomédico, para que puedan resolverse en mayores instancias, tales como la junta de gobierno o la dirección general.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 79

1.0.18I.2.2.1 SUBDIRECCIÓN DE AUXILIARES DE DIAGNÓS TICO Y TRATAMIENTO. OBJETIVO. Organizar, evaluar y coadyuvar al buen funcionamiento de las áreas de auxiliares de diagnóstico y tratamiento del Hospital como son los servicios de: laboratorio clínico, anatomía patológica, endoscopía, farmacia e imagenología, con el fin de lograr un manejo integral y con calidad de los usuarios de la unidad. FUNCIONES. Organizar, coordinar y evaluar sistemáticamente las normas, actividades y procedimientos de los programas sectoriales de acción y de apoyo, así como los proyectos sectoriales establecidos para los servicios de atención médica bajo su responsabilidad, para el buen funcionamiento de las áreas auxiliares de diagnostico y tratamiento. Supervisar y evaluar desviaciones en la aplicación y operación de la atención médica realizada por el personal médico, paramédico y afín a su cargo, para una mejor atención al usuario. Diseñar, coordinar y controlar las actividades académicas y de investigación de los programas sectoriales de apoyo en función de superar la problemática existente para brindar la atención medica de forma integral con calidad y calidez. Diagnosticar los asuntos y problemas de sus áreas de operación para acordar y plantear las posibles soluciones con la Dirección de operaciones, para el buen funcionamiento de las áreas a su cargo. Proponer planes y programas aplicables a la subdirección a la consideración de la Dirección de Operaciones para mejorar la organización y funcionamiento de los servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento. Colaborar en el diseño del Plan estratégico, proponiendo estrategias para mejorar la atención a los usuarios del hospital. Verificar y supervisar que la información de las coordinaciones sea correcta, completa, oportuna y veraz. Coadyuvar con la Dirección de Operaciones en la implantación de procedimientos operativos para desarrollar una mejora continua en la atención del usuario.

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DÍA MES AÑO 80

1.0.18I.2.2.2 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN AL USUARIO. OBJETIVO. Otorgar atención social y psicológica eficiente al usuario del Hospital Regional de Alta Especialidad Ciudad Salud y a su familia, mediante la aplicación de procesos específicos de asistencia, asegurando una atención personalizada, oportuna y de calidad humana, basada en principios de profesionalismo y responsabilidad compartida. FUNCIONES. Aplicar diversos instrumentos de medición de la calidad de la atención a los pacientes y sus familias dentro de la unidad hospitalaria, cuidando que la información recabada sea estadísticamente confiable y objetiva. Proponer soluciones a las observaciones, sugerencias y reclamaciones indicadas por los pacientes y sus familias, a través de reuniones periódicas con la dirección de operaciones, para mejorar continuamente los procesos de atención al usuario. Participar como intermediario-sensibilizador entre los profesionales de la unidad de admisión continua y el paciente y su familia, para una mejor planeación y gestión de los procesos de atención a los usuarios en la unidad; así como elaborar los informes necesarios para ello. Coordinar la recepción y el registro de pacientes en admisión continua, recopilar los informes de alta tras la visita a admisión continua y colaborar en el llenado en el sistema de información del formulario de alta en admisión continua. Coordinar el traslado de pacientes que requieren de intervenciones médicas clínicas y quirúrgicas hacia las áreas correspondientes, dentro del hospital, procurando evitar demoras y tiempos innecesarios de espera a los pacientes y sus familias; todo dentro de un marco de eficiencia, eficacia y máxima calidad. Coordinar las actividades relacionadas con el ingreso de los pacientes al hospital y la entrega de información a sus familiares, mediante la verificación y recepción de la documentación de los pacientes (asegurados, derecho habiente, etc.) conforme a la normatividad establecida. Vigilar y supervisar que las operaciones del hospital se apeguen a los manuales y procesos de admisión y gestión de pacientes; garantizando un acceso equitativo a las prestaciones de atención especializada de todos los usuarios. Supervisar y controlar la recepción y el traslado de pacientes a otras unidades de atención a la salud y su correspondiente transporte sanitario.

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DÍA MES AÑO 81

Coordinar la gestión activa de las diferentes listas de espera que se generen en cada una de las áreas de atención a los usuarios del hospital (hospitalización, consultas externas, quirófanos, etc.); para mantener la máxima eficiencia y efectividad posible en la solución a las necesidades de salud de los pacientes y sus familias.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 82

1.0.18I.2.2.3 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN AMBULATORIA. OBJETIVO. Coordinar, supervisar y asesorar las actividades desarrolladas en los servicios de atención ambulatoria (Consulta Externa y Cirugía Ambulatoria) para que se brinde en forma adecuada y oportuna la atención al paciente y su familia, fundamentados en estándares internacionales de calidad. FUNCIONES. Establecer los estándares de calidad en los aspectos médicos, técnicos y administrativos (lineamientos y normatividad vigentes) para que se apliquen en la atención ambulatoria de todo paciente que requiera el servicio en la unidad. Vigilar que la prestación de los servicios hacia el usuario se otorgue con principios éticos y profesionales para garantizar calidad en la atención otorgada. Establecer los mecanismos de evaluación del desempeño y productividad en el servicio de atención ambulatoria con el fin de estatificar los procesos realizados en el servicio de atención ambulatoria. Diagnosticar las necesidades en materia de recursos humanos, físicos, materiales, tecnológicos y financieros en el servicio de atención ambulatoria y proceder de acuerdo a la normatividad vigente. Vigilar y aplicar las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con el servicio de atención ambulatoria, como la de práctica de la cirugía mayor ambulatoria; de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica; y la del Expediente Clínico. Diseñar y establecer las políticas del servicio de atención ambulatoria para el uso óptimo del servicio. Supervisar la aplicación adecuada e imparcial de los criterios de aceptación de los pacientes en el servicio de atención ambulatoria en la unidad. Establecer y vigilar el cumplimiento de los procesos de utilización adecuada de recursos en el servicio de atención ambulatoria. Supervisar la aplicación de indicadores y estándares nacionales e internacionales de desempeño en el servicio de atención ambulatoria. Proporcionar la información del área para la elaboración de informes de productividad y costos de operación.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 83

1.0.18I.2.2.4 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA . OBJETIVO. Coordinar, supervisar y asesorar las actividades en el servicio de hospitalización, para que se brinde en forma adecuada y oportuna la atención al paciente y su familia, de conformidad con los estándares internacionales de calidad, para el cumplimiento de la misión y visión del hospital, con la racional utilización de los recursos disponibles. FUNCIONES. Establecer los estándares de calidad en los aspectos médicos (guías clínicas), técnicos y administrativos (lineamientos y normatividad vigentes) para que se apliquen en la atención de todo paciente que requiera el servicio de hospitalización de la unidad. Participar en la formación permanente de recursos humanos, de conformidad con las disposiciones aplicables para brindar una mejor atención al paciente. Establecer los mecanismos de evaluación del desempeño y productividad en el servicio de hospitalización para una adecuada gestión del proceso. Diagnosticar las necesidades en materia de recursos humanos, físicos, materiales, tecnológicos y financieros en el servicio de hospitalización y proceder de acuerdo a la normatividad vigente para lograr una alta eficiencia y eficacia de la atención del paciente. Coordinar con el servicio de Epidemiología las estrategias de vigilancia epidemiológica para prevenir y controlar las infecciones nosocomiales y los brotes en el servicio de hospitalización. Vigilar y aplicar las Normas Oficiales Mexicanas integradas en el manual de procedimientos del área. Vigilar e Implementar acciones que garanticen que la atención que se otorga al usuario, sea con principios éticos y profesionales para otorgar un trato digno y respetuoso al usuario. Supervisar la aplicación adecuada e imparcial de los criterios de hospitalización, bajo las políticas del mismo para garantizar la equitativa oportunidad del servicio al usuario. Proporcionar la información del área para la elaboración de informes de productividad y costos de operación para mejorar el funcionamiento del servicio. Supervisar el uso óptimo del sistema de información gerencial en el servicio de hospitalización para aplicar los lineamientos descritos en el manual de procedimientos del área.

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DÍA MES AÑO 84

1.0.18I.2.2.5 SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN EN QUIRÓFANO S Y MEDICINA CRÍTICA. OBJETIVO. Organizar los servicios de quirófanos y medicina crítica (bloque quirúrgico, anestesia y recuperación), para otorgar servicios de alta calidad técnica y de trato humano a los usuarios y sus familias, mediante la adecuada y oportuna atención, utilizando los conocimientos médicos de vanguardia y la tecnología de punta disponible en cada una de las áreas, así como mantener un clima de cordialidad, cooperación y compromiso entre los prestadores del servicio, para la atención optima de los usuarios. FUNCIONES. Establecer lineamientos y coordinación estrecha con los servicios centrales, el bloque quirúrgico y el área de admisión continua para aplicar la normatividad del expediente clínico para lograr una atención uniforme e integral. Definir y efectuar las estrategias de difusión de la normatividad del expediente clínico y reglamento interno de los servicios de Quirófanos, Medicina Crítica y Admisión Continua y presentar un informe mensual, semestral y anual sobre su seguimiento de su aplicación. Organizar los recursos médicos y técnicos en función de la productividad para optimizar el desempeño de las áreas de Medicina Crítica y Quirófano y Admisión Continua. Supervisar la óptima funcionalidad de los servicios de medicina crítica, admisión continua y quirófanos las 24 horas los 365 días del año. Programar en forma oportuna los recursos humanos, físicos, tecnológicos y financieros y supervisar su disponibilidad y suficiencia para el óptimo funcionamiento de los servicios. Elaborar el programa operativo anual de los servicios de quirófanos y medicina crítica y admisión continua, para su adecuada evaluación y rendición de cuentas. Intervenir en el proceso de enseñanza, capacitación e investigación que se realice en los servicios de quirófanos, medicina crítica y admisión continua. Apoyar a la Dirección de Planeación, Enseñanza e Investigación en la elaboración del Programa anual de actividades en los servicios de Quirófanos y medicina crítica. Supervisar la existencia, disponibilidad y uso adecuado de los equipos y del mobiliario de medicina crítica, quirófanos y admisión continua verificando el registro en inventarios.

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DÍA MES AÑO 85

1.0.18I.2.2.6 SUBDIRECCIÓN DE INGENIERÍA BIOMÉDICA. OBJETIVO. Asegurar la vigencia, capacidad y disponibilidad de los equipos médicos de acuerdo a los avances tecnológicos, para proporcionar atención de alta especialidad mediante procesos adecuados alineados con la misión y visión de la Organización. FUNCIONES. Definir y establecer las políticas de uso de los equipos médicos de diagnóstico y tratamiento disponibles en el hospital, para garantizar su productividad y eficiencia. Definir, establecer, verificar y controlar programas de mantenimiento preventivo y correctivo para todos los equipos médicos del hospital, garantizando así su correcto funcionamiento, minimizando costos y asegurando la calidad en el servicio. Controlar el inventario de refacciones e insumos para los equipos médicos de la unidad, garantizando así el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo establecidos para cada uno de ellos. Diagnosticar aquellos asuntos de índole técnico sobre los equipos médicos que no pueden ser resueltos a nivel de subdirección y asesorar a la dirección de operaciones sobre las posibles medidas de solución. Proponer equipo médico de alta tecnología para la unidad que vaya acorde a las necesidades de atención y cartera de servicios ofrecidos por la unidad. Evaluar técnicamente las diferentes propuestas de equipo médico que se generen, mediante un análisis costo/beneficio para la unidad hospitalaria. Participar activamente en la adquisición del equipo médico para el hospital, garantizando que el mismo sea instalado, calibrado y entregado con todos los manuales e instructivos de uso. Definir y establecer los programas de capacitación a diferentes niveles dentro del hospital, para el correcto uso y manejo del equipo médico en la unidad. Apoyar a las diversas áreas de la unidad en el soporte técnico de los equipos, a través de un servicio ágil, oportuno y eficiente, en horarios y tiempos óptimos para reducir el riesgo de fallas y cumpliendo con las especificaciones indicadas por el fabricante de los mismos

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DÍA MES AÑO 86

1.0.18I.2.0.1 SUBDIRECCIÓN DE ENFERMERÍA. OBJETIVO. Organizar los servicios de enfermería de los diferentes servicios del hospital, con enfoque a la productividad, calidad y seguridad de la atención acorde a la misión y visión de la subdirección e institucional. FUNCIONES. Establecer los mecanismos, técnicos administrativos que garanticen la continuidad de la prestación de la atención de enfermería en los diferentes servicios de la unidad. Establecer las necesidades del personal por tipo y función considerando los indicadores, productividad de los servicios y gestionar su contratación. Establecer sistemas de trabajo y coordinar la elaboración de protocolos de atención basados en modelos de atención en enfermería. Definir los instrumentos requeridos para el proceso de evaluación de los indicadores. Determinar los indicadores de calidad para los servicios hospitalarios y ambulatorios de enfermería en base a la normatividad institucional y la profesional. Supervisar el sistema de evaluación para el seguimiento a su aplicación y evaluación. Establecer y controlar el proceso de evaluación permanente del desempeño laboral del personal, para su motivación e incentivación. Coordinar con el área medica las actividades de educación continua del personal, en nuevas técnicas, procedimientos y sistemas de atención. Definir las necesidades de capacitación en servicio y establecer los mecanismos para su atención. Definir los criterios generales de distribución, rotación y días de trabajo del personal de enfermería en los servicios ambulatorios y hospitalarios, según turno y funciones.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 87

1.0.18I.2.0.1.1 DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA EN ATENC IÓN HOSPITALARIA. OBJETIVO. Coordinar la gestión del personal de enfermería en los procesos y procedimientos del servicio hospitalario de la unidad para otorgar al usuario y su familia la más alta calidad técnica con el mejor trato humano posible en la atención de enfermería. FUNCIONES. Difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y políticas de servicio, en la unidad. Elaborar y supervisar el cumplimiento del programa de trabajo anual en coordinación con las autoridades médicas y administrativas involucradas de la unidad. Diseñar y establecer los procesos y procedimientos administrativos responsabilidad del personal de enfermería, con énfasis en la productividad, calidad y rendición de cuentas. Efectuar la integración de las necesidades de insumos en el servicio de hospitalización e incorporarlo al presupuesto operativo de la unidad. Establecer los criterios generales para elaborar el programa de distribución y días de trabajo del personal de enfermería en el servicio de hospitalización, acorde a sus turnos y funciones. Efectuar evaluación sistemática de la calidad de atención de enfermería, del desempeño y productividad del personal y del servicio a su cargo e implementar acciones de mejora.

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HOJA No.

DÍA MES AÑO 88

1.0.18I.2.0.1.2 DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA EN ATENC IÓN AMBULATORIA . OBJETIVO. Otorgar un servicio de calidad al usuario; creando, difundiendo y aplicando criterios generales acordes a los manuales de organización y procedimientos, para cumplir con las metas anuales y semestrales previamente definidas, así como promover la capacitación del personal de enfermería para impulsar la calidad, el desempeño, favorecer las mejores prácticas, y la productividad del servicio de la atención ambulatoria, lo cual contribuirá a brindar a los pacientes una excelente atención. FUNCIONES. Diseñar y establecer la misión, visión, objetivos, políticas, procesos y procedimientos del servicio de enfermería, para la eficiente atención del paciente y su familia en el servicio ambulatorio de la unidad. Diseñar y establecer los procesos y procedimientos administrativos responsabilidad del personal de enfermería, con énfasis en la productividad, calidad y rendición de cuentas. Establecer, en coordinación con las autoridades médicas y administrativas de la unidad, las metas anuales por alcanzar y las estrategias a seguir, de tal forma que se optimicen los recursos y se logren los resultados planteados. Implementar un sistema para el desarrollo profesional del personal de enfermería de los diferentes turnos y áreas de responsabilidad. Aplicar el programa permanente de motivación laboral, orientada a impulsar la calidad y productividad del servicio de atención hospitalaria. Vigilar la generación de información del servicio de enfermería en el área de hospitalización de la unidad para su incorporación al sistema de información gerencial.

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DÍA MES AÑO 89

1.0.18I.0.1 ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. OBJETIVO. Establecer el control, seguimiento, vigilancia y evaluación de los recursos públicos, que son designados al Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y a los Hospitales Regionales de Alta Especialidad; mediante el proceso de acumular y evaluar evidencia, acerca de la información; con el propósito de determinar e informar sobre el grado de correspondencia existente entre la información cuantificable y los criterios establecidos FUNCIONES. Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y darles seguimiento; así como investigar y fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades, con excepción de las que conozca la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial; determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene a la conducción o continuación de las investigaciones, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento aludido y, en su caso, llevar a cabo las acciones que procedan conforme a la ley de la materia, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas que se llegue a imponer a los servidores públicos con motivo de la infracción cometida. Evaluar los pliegos preventivos de responsabilidades que formulen las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como la Tesorería de la Federación, fincando, cuando proceda, los pliegos de responsabilidades a que haya lugar o, en su defecto, dispensar dichas responsabilidades, en los términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, salvo los que sean competencia de la Dirección General mencionada en la fracción anterior. Emitir las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos y de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en contra de aquellas resoluciones de los titulares de las áreas de responsabilidades que impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas. Definir la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario, así como expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del órgano interno de control.

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DÍA MES AÑO 90

Definir el sistema integral de control gubernamental y coadyuvar a su debido funcionamiento; así como proponer las normas y lineamientos con un enfoque preventivo y analizar y mejorar los controles que al efecto se requieran y vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría, así como aquellas que regulan el funcionamiento de la dependencia o entidad correspondiente o de la Procuraduría. Programar y ordenar las auditorias, investigaciones, inspecciones o visitas de cualquier tipo; así como informar periódicamente a la Secretaría sobre el resultado de las acciones de control que hayan realizado y proporcionar a ésta la ayuda necesaria para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, así mismo apoyar, verificar y evaluar las acciones que coadyuven a promover la mejora administrativa de las dependencias, las entidades y la Procuraduría y alcanzar los logros propios del buen gobierno. Recibir, aplicar y dictaminar las solicitudes de indemnización de los particulares relacionadas con servidores públicos de la dependencia o entidad de que se trate o de la Procuraduría. Coordinar la formulación de los proyectos de programas y presupuesto del órgano interno de control correspondiente y proponer las adecuaciones que requiera el correcto ejercicio del presupuesto. Emitir ante las autoridades competentes, por sí o por conducto del servidor público del propio Órgano Interno de Control que el titular de éste determine expresamente en cada caso, los hechos de que tengan conocimiento y que puedan ser constitutivos de delitos o, en su defecto, instar al área jurídica respectiva a formular las querellas a que haya lugar, cuando las conductas ilícitas requieran de este requisito de procedibilidad. Recibir de las unidades administrativas de la dependencia o entidad que corresponda o la Procuraduría la información necesaria para cumplir con sus atribuciones y brindar la asesoría que les requieran en el ámbito de sus competencias. Organizar programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública.

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DÍA MES AÑO 91

1.0.18I.0.1.0.1 ÁREA DE RESPONSABILIDADES. OBJETIVO. Combatir la corrupción en todas sus formas por todos los medios legales y administrativos a disposición del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, sin privilegios ni salvedades de algún tipo, para eliminar la impunidad en la comisión de actividades ilícitas por parte de servidores públicos y para el establecimiento de mecanismos de prevención. FUNCIONES. Atender al presunto responsable e iniciar e instruir el procedimiento de investigación, a fin de determinar las responsabilidades a que haya lugar e imponer, en su caso, las sanciones aplicables en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades y determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones, de conformidad con lo previsto en el referido ordenamiento. Coadyuvar en la promoción, implementación y seguimiento de mecanismos e instancias de participación ciudadana para el cumplimiento de estándares de servicio, así como en el establecimiento de indicadores para la mejora de trámites y prestación de servicios en las dependencias y entidades, conforme a la metodología que al efecto se emita. Evaluar previamente a la presentación de una inconformidad, las irregularidades que a juicio de los interesados se hayan cometido en los procedimientos de adjudicación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como respecto de la obra pública que lleven a cabo las dependencias y entidades, a efecto de que las mismas se corrijan cuando así proceda. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos. Emitir las resoluciones en los recursos de revocación interpuestos por los servidores públicos respecto de la imposición de sanciones administrativas, así como realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales. Recibir y resolver las inconformidades interpuestas por los actos que contravengan lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y realizar, cuando lo considere conveniente, investigaciones de oficio a partir de las inconformidades de que haya conocido, en los términos de dichos ordenamientos, con excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Inconformidades por acuerdo del Secretario.

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DÍA MES AÑO 92

Tramitar y resolver los procedimientos administrativos correspondientes e imponer las sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas e informar a la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal sobre el estado que guarde la tramitación de los expedientes de sanciones que sustancie, con excepción de los asuntos de que aquélla conozca. Instrumentar los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de inconformidades, así como en contra de las resoluciones por las que se impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de las leyes de la materia y someterlos a la resolución del titular del Órgano Interno de Control.

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DÍA MES AÑO 93

1.0.18I.0.1.0.2 ÁREA DE CONTROL Y AUDITORIA. OBJETIVO. Implementar las políticas de rendición de cuentas, en forma oportuna y veraz, haciendo del conocimiento público la situación que guardan los asuntos y las finanzas bajo responsabilidad del Centro Regional de Alta Especialidad, y de los Hospitales de Especialidades. FUNCIONES. Realizar por sí o en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría o con aquellas instancias externas de fiscalización que se determine, las auditorias y revisiones que se requieran para verificar la eficacia, economía y eficiencia de las operaciones de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, la confiabilidad de su información financiera y operacional y el debido cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas aplicables. Vigilar la aplicación oportuna de las medidas correctivas y recomendaciones derivadas de las auditorias o revisiones practicadas, por sí o por las diferentes instancias externas de fiscalización. Requerir a las unidades administrativas de las dependencias, las entidades y la Procuraduría la información, documentación y su colaboración para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones. Proponer al titular del órgano interno de control las intervenciones que en la materia se deban incorporar al Programa Anual de Trabajo. Auxiliar al titular del órgano interno de control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos.

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DÍA MES AÑO 94

1.0.18I.0.0.0.1 DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURÍDICOS. OBJETIVO. Atender las necesidades que en materia jurídica requiera el organismo en la atención de los asuntos de su competencia; así como vigilar el cumplimiento y observancia de las leyes, reglamentos y demás disposiciones que norman las unidades aplicativas FUNCIONES. Ejercer la representación del Director General del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas y al Organismo Público Descentralizado cuando estos sean considerados como parte en juicios de cualquier índole, así como atender y asesorar los asuntos jurídicos que se pongan en su conocimiento ante las autoridades que lo requieran. Analizar y revisar los aspectos legales a que deben sujetarse los instrumentos jurídicos que celebre el Organismo Público Descentralizado, llevando un registro de éstos, así como la compilación y difusión de las leyes, reglamentos, decretos, convenios, acuerdos, resoluciones, circulares y demás disposiciones legales aplicables. Determinar en definitiva sobre las quejas en general que se interpongan en contra de servidores públicos con motivo de sus funciones inherentes a su cargo, además de apoyar en su defensa cuando éstas sean parte de actos derivados del servicio, siempre y cuando no haya incurrido en irregularidades en el desempeño de sus funciones, o bien hayan infringido las disposiciones señaladas por la ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos o por otro cualquier ordenamiento jurídico. Instrumentar las denuncias de hechos y querellas por hechos presumibles de constitución de delitos, formular desistimientos y otorgar los perdones legales que procedan previa autorización del Director General, así como coadyuvar con las autoridades de cualquier índole en los asuntos en que el organismo sea parte, o bien en los que éste tenga interés jurídico, a fin de perseguir afectaciones en el patrimonio del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas. Conciliar con la contraparte en la etapa procedimental en los juicios de diversa índole, previa autorización del Director General, para obtener los mayores beneficios al Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas.. Expedir y certificar las copias de documentos que sean propiedad de al entidad, o de los que se encuentren bajo su resguardo con motivo de las funciones inherentes a la misma, a requerimiento de autoridad competente.

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DÍA MES AÑO 95

X. GLOSARIO DE TÉRMINOS. Alta Especialidad : Se entiende por Alta especialidad a los Servicios de atención a las personas, que padecen enfermedades de baja frecuencia y alta complejidad, que involucran el empleo de una combinación de procedimientos clínicos o quirúrgicos, con tecnología de última generación, alto costo y elevada calidad, realizados por equipos de profesionales de la medicina y otras disciplinas de la salud, con elevado nivel de formación y experiencia. Ambulatorio : Adj. Dicho de una forma de enfermedad ó de un tratamiento: que no obliga a estar en cama. Atención al usuario : Gerencia cuyo objetivo fundamental es hacer que durante la estancia en el hospital del usuario y su familia, sea grata, estén informados y los acompañen durante todo el proceso, para lo cual cuenta con tutoras con el perfil de trabajadoras sociales y psicólogas. Atención médica : Servicio que se presta a una ó varias personas con algún problema de salud a efecto de recibir algún diagnóstico ó tratamiento. Camas censables : Son aquellas que se contabilizan por estar destinadas a la atención continuada de pacientes ingresados y las camas de cuidado especial, generando estancias y altas. Coadyuvar : Contribuir, asistir o ayudar a la consecución de algo. Compromiso : Obligación contraída con los pacientes o usuarios de un servicio médico. Congruencia : Conveniencia, coherencia, relación lógica. Consolidación : Acción y efecto de consolidar ó consolidarse.- Consolidar: Dar firmeza solidez a algo. Eficacia : Es la capacidad de los trabajadores, en forma individual o por equipo, para cumplir las metas establecidas para un periodo definido. Eficiencia : Es la utilización racional de los medios y recursos de que disponen los trabajadores para alcanzar los objetivos programados, en un tiempo razonable y con la economía de recursos. Enfermera general : Profesional de la salud, que cumplió los créditos curriculares de la Carrera de Enfermería de nivel medio superior establecidos por una Institución oficial y que después de presentar examen profesional, le fue expedido titulo y cédula profesional. Enfermera especialista : Profesional de enfermería, que después de obtener el titulo de enfermera general o licenciada en enfermería, acredita haber cursado el nivel post-básico o de especialidad, en Institución oficial.

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DÍA MES AÑO 96

Enfermera Jefe de Servicio : Profesional de enfermería responsable de la administración y funcionamiento de un Servicio del Hospital. Su ámbito de responsabilidad abarca todos los turnos. Epidemiológico : Adj. Perteneciente ó relativo a la epidemiología. Tratado de las epidemiologías. Equidad : Igualdad de ánimos.- Moderación en el precio de las cosas o en las condiciones. Estructura : Recursos necesarios para proporcionar la atención médica y la forma en que éstos son organizados. Hemodiálisis : Paso de la sangre a través de membranas semipermeables para liberarla de productos nocivos de bajo peso molecular, como la urea. Honestidad : Cualidad de honesto. Hospital Regional de Alta Especialidad (HRAE) : Establecimiento público del Sistema Nacional de Salud, integrante de la Red de Servicios de Alta Especialidad (REDSAES) que presta servicios de atención médica, mediante una Organización Social Productiva, de extrema complejidad. Infraestructura : Conjunto de elementos ó servicios que se consideran necesarios para la creación y funcionamiento de una organización cualquiera. Ingreso : Entrada de una persona al hospital como paciente internado; todo ingreso a hospitalización involucra una ocupación de cama censable. No debe considerarse como ingreso: al recién nacido, al nacido muerto, a la persona que muere mientras se traslada al establecimiento y a la persona que muere en el consultorio de urgencias. Misión : Es el propósito ó razón por la cual existe el Hospital Regional de Alta Especialidad. Poder, facultad que se da a alguien de ir a desempeñar algún cometido. Neonatal : Perteneciente ó relativo a neonato: recién nacido. Oportunidad : Es la realización de las actividades encomendadas o atención al usuario en el horario establecido, o cuando el estado de salud del usuario lo requiera. Paciente ambulatorio : Es el que procede del área de consulta externa. Paciente contrarreferido : Persona que es enviada por una unidad medica de mayor complejidad a su unidad de origen, después de haberle brindado atención, diagnostico o tratamiento. Paciente hospitalizado : Persona que ocupa una cama, cuna, cama-cuna o una incubadora en un hospital, con el propósito de observar su evolución, establecer su diagnostico o recibir un tratamiento.

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DÍA MES AÑO 97

Paciente referido : Persona que es enviada a una unidad de mayor complejidad. Presupuesto : Cómputo anticipado del costo de una obra ó de los gastos y ventas de una corporación. Proceso : Todas las actividades que se llevan a cabo para otorgar la atención médica. Proveer : Suministrar ó facilitar lo necesario o conveniente para un fin. Relevancia : Cualidad ó condición de relevante, importancia y significado. Regionalización : Proceso de integración de diversos países en una zona ó región continental. Resultado : Es el producto del proceso de atención. En otras palabras, es el cambio en el estado de salud del paciente siempre y cuando esto se deba a alguna atención médica. Servicio : Los resultados generados por actividades en la interfase entre el personal de salud y el usuario, así como las actividades internas para satisfacer las necesidades del cliente. Unidad Médica : Establecimiento (hospitales, clínicas, centro de salud, etc.,) en el que se integran diversos recursos materiales, humanos y económicos destinados a la atención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades ó problemas de salud. Urgencia calificada : Es aquella que se otorga la consulta de urgencias debido al padeciendo de un paciente de atención inmediata para evitar poner en peligro su vida. Usuario : Es la persona que usa los servicios de atención médica que proporciona el hospital y que es el objetivo fundamental del quehacer de la unidad. Visión : Es la posición que desea tener el Hospital Regional de Alta Especialidad de Chiapas en el futuro. Punto de vista particular sobre un tema o asunto.