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COMISIÓN COORDINADORA DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA IGNACIO CHÁVEZ JUNIO, 2013

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COMISIÓN COORDINADORA DE LOS INSTITUTOS NACIONALES

DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA

IGNACIO CHÁVEZ

JUNIO, 2013

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INDICE HOJA

I INTRODUCCION 2 II OBJETIVO DEL MANUAL 3 III ANTECEDENTES HISTORICOS 4

IV MARCO JURIDICO 8 V ATRIBUCIONES 16 VI MISION Y VISION DE LA UNIDAD 19 VII CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS 20 VIII ESTRUCTURA ORGANICA 22 IX ORGANOGRAMA 23 X DESCRIPCION DE FUNCIONES 27 XI GLOSARIO DE TERMINOS 59

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I.- INTRODUCCION El Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, ha orientado sus esfuerzos en la actualización del presente manual de organización específico, en razón de la importancia de contar con herramientas administrativas que permitan el desarrollar eficientemente las funciones y cumplir con los objetivos y metas institucionales. El Manual de Organización Específico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, presenta los antecedentes sobre la creación y evolución del Instituto, el marco jurídico que lo regula, sus atribuciones, su misión y visión, el código de ética de los servidores públicos, su estructura orgánica autorizada y las funciones que realizan cada una de las unidades administrativas que lo integran, desde la Dirección General hasta el nivel de Subdirección de Área. El Manual de Organización Específico, se elaboró con la finalidad de informar y orientar principalmente al personal sobre la organización y funcionamiento del Instituto, pretende delimitar responsabilidades y ámbitos de competencia de las distintas áreas que integran su estructura, y a su vez servir de apoyo en el proceso de inducción al puesto del personal de nuevo ingreso y ser una herramienta de consulta para el que ya labora en la institución. El manual se actualizara conforme a los lineamientos para la elaboración de manuales de organización específicos de la Secretaría de Salud, establecidos por la Dirección General de Programación Organización y Presupuesto, y cuando existan modificaciones a la estructura orgánica o normatividad aplicable; el área responsable de su integración, actualización y difusión será la Subdirección de Planeación, en colaboración con las distintas áreas del Instituto. Las modificaciones o actualizaciones que se lleven a cabo deben de estar orientadas a la simplificación, al mejoramiento y enriquecimiento del mismo. Su contenido es una expresión de la organización, sin olvidar que ésta debe responder a la dinámica de los cambios que todo proceso administrativo requiere para mantener la congruencia entre la operación y la estructura orgánica.

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II.- OBJETIVO DEL MANUAL Documentar los objetivos, funciones, estructura orgánica, las responsabilidades, el ámbito de competencia de las distintas áreas que integran al Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, a fin de que sea una herramienta de consulta para el personal de nuevo ingreso, al que ya labora en el Instituto, para las entidades tanto internas como externas que lo requieran y, público en general; todo ello, siempre en apego a la normatividad en vigor.

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III.- ANTECEDENTES HISTORICOS El Instituto Nacional de Cardiología fue inaugurado el 18 de abril de 1944; contaba entonces únicamente con tres edificios: hospitalización, laboratorios clínicos y enseñanza; este último con aulas, auditorio y biblioteca. En 1948 se crearon sus primeros laboratorios de investigación: Fisiología y Farmacología Experimental. En 1952 se construyó un nuevo edificio destinado a habitaciones de médicos residentes y a la Escuela de Enfermeras; además de agregar un piso al edificio de hospitalización para Cirugía Cardiovascular y de Enfermos Pensionistas, ampliándose y creándose más laboratorios. En 1958 se inauguraron cuatro edificios más, destinados a Medicina Experimental, Campaña de prevención de la Fiebre Reumática, habitaciones para investigadores y habitaciones para enfermeras internas. No obstante el incremento creciente de la demanda de atención médica, en la década de los sesenta sólo fueron posibles contadas adiciones, tales como la creación de la Unidad de Urgencias Cardiovasculares, la Sala de Terapia Postquirúrgica y la Unidad de Diálisis. Fue así como se planteó la necesidad de un cambio de sede, donde se dispusiera de edificios amplios y funcionales. En 1970 se tomó la decisión y se logró el apoyo oficial para la construcción de nuevas instalaciones que conforman la actual sede, que fue inaugurada el 17 de octubre de 1976. El creciente progreso que se ha manifestado en el Instituto desde su nacimiento, en lo físico, lo técnico y lo científico se ha generado en el contexto de una organización dinámica que ha requerido de cambios graduales y permanentes para hacer congruente la estructura organizacional con los objetivos institucionales, señalados en su ley de creación, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 1987. Posteriormente, la Ley del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez fue abrogada por la Ley de los Instituto Nacionales de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2000 y actualizada el 14 de julio de 2008; en ella se establecen las bases de organización y funcionamiento que rigen al Instituto. Con la finalidad de evitar rezagos en los procesos operativo-administrativos y al mismo tiempo atender eficientemente la creciente demanda de atención médica especializada de la población abierta de escasos recursos, en los últimos años, el Instituto ha venido realizando diversas modificaciones a su estructura orgánica, creando las unidades administrativas necesarias para el logro de los objetivos institucionales. Por lo cual, con fecha 30 de septiembre de 1993, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, validó y registró el Manual de Organización del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, correspondiente al organigrama estructural autorizado con fecha julio 1991. Dicha estructura estaba constituida por la Dirección General, División de Contraloría Interna, Departamento de Planeación, Subdirección General de Asistencia, Departamento de Enfermería, Departamento de Trabajo Social y Admisión, Departamento de Epidemiología y Archivo Clínico, División de Especialidades Médico Quirúrgicas Internas, Departamento de Cardiología Adultos III, Departamento de Cardiología VII, Departamento de Cardiología Pediátrica, Departamento de Cirugía, Departamento de Pensionistas, Departamento de Mediopensionistas, Departamento de urgencias y Unidad Coronaria, Departamento de Nefrología, Departamento de Cardioneumología, Departamento de Reumatología, Departamento de Anestesiología, División de Servicios de Diagnóstico y Tratamiento, Departamento de hematología y Banco de Sangre, Departamento de

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Rehabilitación o Medicina Física, Departamento de Electro y Vectocardiografía, Departamento de Fonomecano y Ecocardiografía, Departamento de Hemodinámica, Departamento de Laboratorios Clínicos, Departamento de Medicina Nuclear, Departamento de Radiología, Departamento de Endocrinología, Departamento de Inmunología, Subdirección General de Investigación, División de Investigación Básica y tecnología, Departamento de Bioquímica, Departamento de Cultivo de Tejidos, Departamento de Farmacología, Departamento de Fisiología, Departamento de Bioterio, Departamento de Embriología, Departamento de Patología, Departamento de Instrumentación Electromecánica, Departamento de Unidad de Plástico, Departamento de Prótesis y Bioimplante, Departamento de Dispositivos Terapéuticos, División de Investigación Clínica, Subdirección General de la Enseñanza, División de Coordinación de la Enseñanza, Departamento de Escuela de Enfermería, Departamento de Bibliohemeroteca, Departamento de Publicaciones y Comunicación Social, Departamento de Audiovisual, Subdirección General de Administración, Departamento de Adquisiciones, Departamento de Almacenes y Farmacia, División de Administración y Desarrollo de Personal, Departamento de Personal, División de Contabilidad, Departamento de Contabilidad, Departamento de Tesorería, Departamento de Presupuesto, División de Servicios Generales, Departamento de Alimentación, Departamento de Dietología, Departamento de Intendencia, Departamento de Lavandería, Ropería y Costura, Departamento de Mantenimiento, Conservación y Construcción, División de Informática, Departamento de Planeación y Desarrollo de Sistemas Informáticos, Departamento de Operación Computacional y Departamento de Estadística. Asimismo, por medio del oficio DGPOP-06/001258, de fecha 27 de junio de 1995, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, envía el dictamen procedente del Manual de Organización de este Instituto, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El organigrama estructural de dicho manual correspondió a la autorizada a la fecha junio de 1994, en donde se crea el Departamento de Asuntos Jurídicos; el cambio del Departamento de Planeación a División de Planeación; cambia la División de Especialidades Médico Quirúrgicas Interna a División de Especialidades Médico Quirúrgicas; el Departamento de rehabilitación o Medicina Física a Departamento de Rehabilitación Cardiaca y Fisioterapia; el Departamento de Radiología a Departamento de Radiología y Ultrasonografía; desaparece el Departamento de Unidad de Plástico, el Departamento de Prótesis y Bioimplantes, el Departamento de Dispositivos Terapéuticos; con lo cual se crea el Departamento de Ingeniería Biomédica y el Departamento de Cirugía Experimental, Prótesis y Bioimplantes; la División de Coordinación de la Enseñanza, cambia a División de Enseñanza; el Departamento de Audiovisual desparece; se crea el Departamento de Relaciones Laborales; el Departamento de Estadística cambia a Departamento de Estadística y Archivo Clínico, y se crea la División de Recursos Materiales. Posteriormente, en la Tercera Reunión Extraordinaria de la Junta de Gobierno de este Instituto, de fecha 5 de septiembre de 2000, se aprobó el Manual de Organización con estructura con vigencia noviembre de 1999. Las modificaciones que se realizaron en dicha estructura corresponden al cambio de las Subdirecciones a Direcciones; las Divisiones como Subdirecciones; específicamente dentro de la Subdirección de Especialidades Médico Quirúrgicas, se creó el Departamento de Consulta Externa. Aunado a lo anterior, dentro de la Subdirección de Servicios de Diagnóstico y Tratamiento, desapareció el Departamento de Rehabilitación Cardiaca y Fisioterapia y cambia el Departamento de Radiología y Ultrasonografía a Departamento de Radiología. En lo que corresponde a la Subdirección de Investigación Básica y Tecnológica, desaparece el Departamento de Cultivos y Tejidos, junto con el Departamento de Cirugía Experimental, Prótesis y Bioimplantes y se crea el Departamento de Biomedicina Cardiovascular.

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El cambio que se genera dentro de la Dirección de Enseñanza es la creación de la Subdirección de Coordinación de la Enseñanza. Dentro de la Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal, el Departamento de Relaciones Laborales se cambió por el Departamento de Prestaciones y Capacitación; La División de Contabilidad, se convirtió en la Subdirección de Finanzas; el Departamento de Alimentación y el Departamento de Dietología, se conjuntan y se crea el Departamento de Alimentación y Dietología y el Departamento de Ingeniería Biomédica. La División de Planeación se convirtió en la Dirección de Planeación y Desarrollo y se creó el Departamento de Costos Unitarios y el Departamento de Organización y Métodos; asimismo, se estableció la Subdirección de Informática y el Departamento de Estadística y Archivo Clínico cambió a Departamento de Bioestadística. Finalmente, dentro de la Subdirección de Recursos Materiales se creó el Departamento de Activo Fijo y Servicios. En el año 2005, a través de la Primera Reunión Ordinaria, celebrada el 8 de abril de ese año, la Junta de Gobierno autorizó el Manual de Organización con estructura 2005. En la cual se eliminan todos los Departamentos adscritos a las Subdirecciones; en particular la Dirección de Asistencia cambia a Dirección Médica, la Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal, a Subdirección de Personal. Asimismo, desaparece la Dirección de Planeación y Desarrollo y la Subdirección de Servicios Generales; se crea la Subdirección de Planeación, dependiente de la Dirección de Administración; se crea la Dirección de Tecnología junto con la Subdirección de Informática. Asimismo, el día 12 de marzo de 2007, la Junta de Gobierno, celebra su Reunión Ordinaria 01/2007 y, dentro de sus acuerdos, autoriza el Manual de Organización con estructura 2006. En la cual desaparece la Subdirección de Enfermería y se crea la Dirección de Enfermería; la Subdirección de Personal, cambia de denominación y se nombra Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal, se crea la Subdirección de Servicios Generales y la Subdirección de Informática, ambas dependientes de la Dirección de Administración; con lo cual desaparece la Dirección de Tecnología. El 18 de enero del 2008 mediante oficio No. SSFP/412/0105 y SSPF/408/0018 emitido por la Dirección General de Planeación, Organización y Compensaciones de la Administración Pública Federal, se aprueba y registra la Estructura Orgánica del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, con vigencia del 1 de Julio del 2007, mediante el cual se renivelan 7 subdirecciones de (NB1) a (NB3), 2 de (NB2) a (NB3) y 2 de (NB3) a (NC3). Con lo anterior se elaboró el Manual de Organización, autorizado por la Junta de Gobierno en su reunión ordinaria 01/2010, celebrada el 06 de abril de 2010. Asimismo, el 17 de agosto de 2010 por medio del oficio SSFP/408/0549/2010 y SSFP/408/DHO/1469/2010, la Dirección General de Desarrollo Humano y Organización de la Administración Pública Federal, de la Secretaría de la Función Pública aprobó y registró la actualización de la estructura orgánica del Instituto, cuyos movimientos, con vigencia 1 de enero de 2010, consisten en la creación de la plaza PC3, Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad. Dado lo anterior, se elaboró el Manual de Organización Específico, mismo que fue autorizado en la Segunda Reunión Ordinaria 2010 del 8 de octubre de 2010. Aunado a lo anterior, a través del oficio SSFP/408/065/2011, de fecha 28 de enero 2011, la Dirección General de Desarrollo Humano y Organización de la Administración Pública Federal, de la Secretaría de la Función Pública aprobó y registró la modificación de la estructura orgánica de este Instituto, con vigencia 16 de noviembre de 2011 en donde se renivelan tres plazas, de CF50000 a NB3 para el Titular de Responsabilidades y Quejas; Titula de Auditoría para Desarrollo y mejora de la Gestión y Titular de Auditoría Interna, adscritas al Órgano Interno de Control.

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A través del oficio SSFP/408/0303/2011, de fecha 31 de marzo 2011, la Dirección General de Desarrollo Humano y Organización de la Administración Pública Federal, de la Secretaría de la Función Pública aprobó y registró el refrendo de la estructura orgánica de este Instituto, con vigencia 1º. de enero de 2011, con lo cual se actualizó el Manual de Organización Específico, el cual se presentó para su autorización de la Junta de Gobierno, en su Reunión Ordinaria de fecha 7 de octubre 2011. Con fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública Gubernamental, en la Ley Federal de Entidades Paraestatales, en la Ley de los Institutos Nacionales de Salud y Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, el Director General autorizó el 07 de noviembre de 2012 la modificación del Manual de Organización Específico, por diversas adecuaciones realizadas a diversas áreas en función de la creación del Comité de Ética. Asimismo, el 05 de junio de 2013, el Director General autorizó la modificación del Manual de Organización Específico, derivada de la creación del Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación.

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IV.- MARCO JURIDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-02-1917, Última reforma, D.O.F. 26-02-2013 LEYES Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional. D.O.F. 28-12-1963. Última reforma D.O.F. 03-05-2006 Ley Federal del Trabajo. D.O.F. 01-04-1970, Última reforma D.O.F. 30-11-2012 Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31-12-1975, última reforma D.O.F. 10-01-2012 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-12-1976. Última reforma D.O.F. 02-01-2013 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F 30-03-2006, Última reforma D.O.F. 19-01-2012 Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 20-05-2004. Última reforma D.O.F. 16-01-2012 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31-12-1982. Última reforma D.O.F. 13-06-2003 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. D.O.F. 31-03-2007. Última reforma D.O.F. 28-05-2012 Ley General de Salud. D.O.F. 7-02-1984. Última reforma D.O.F. 25-01-2013 Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14-05-1986, Última reforma D.O.F. 28-11-2008 Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 4-08-1994, Última reforma D.O.F. 15-12-2011 Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos. D.O.F. 26-12-1997, vigente. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4-01-2000. Última reforma D.O.F 16-01-2012

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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 4-01-2000, Última reforma D.O.F 16-01-2012 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 26-05-2000. Última reforma D.O.F. 14-07-2008 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-03-2002. Última reforma D.O.F. 15-06-2012 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F.11-06-2002. Última reforma D.O.F. 08-06-2012 Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. D.O.F.18-03-2005. vigente. REGLAMENTOS Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 28-06-2006. Última reforma D.O.F. 05-11-2012 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos. D.O.F. 20-02-1985. Última reforma D.O.F. 27-01-2012 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. D.O.F. 14-05-1986, Última reforma D.O.F. 04-12-2009 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. D.O.F. 6-01-1987, vigente Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios. D.O.F. 18-01-1988. Última reforma D.O.F. 28-12-2004. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-01-1990. Última reforma D.O.F. 23-11-2010 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. D.O.F. 21-01-1997. Última reforma D.O.F. 28-01-1997. Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. D.O.F. 19-01-2004. Última reforma D.O.F. 10-01-2011 Reglamento de Insumos para la Salud. D.O.F. 4-02-1998. Última reforma D.O.F. 17-05-2012 Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. D.O.F. 9-08-1999. Última reforma D.O.F. 24-04-2012

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Reglamento de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o comprimidos. D.O.F. 15-09-1999, vigente. Reglamento de la Ley de Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 28-07-2010, vigente. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 28-07-2010, vigente. DECRETOS Decreto que expropia al ejido de San Pedro Mártir, Delegación de Tlalpan, Distrito Federal, una superficie de 40-69-44.93, a favor de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. D.O.F. 30-05-1973, vigente. Decreto por el que las instituciones donde se efectúen investigaciones biomédicas que involucren la utilización de radiaciones ionizantes, electromagnéticas, isótopos radioactivos y otros, deberán constituir una Comisión de Bioseguridad en cada establecimiento, a fin de regular la aplicación de procedimientos y medidas de seguridad sobre dichas investigaciones. D.O.F. 04-08-1982. Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal Correspondiente. ACUERDOS Acuerdo por el que las Entidades de la Administración Pública Paraestatal se agruparán por sectores a efecto de que sus relaciones con el Ejecutivo Federal, se realicen a través de las Secretarías de Estado o Departamento Administrativo. D.O.F. 3-09-1982. Última reforma D.O.F. 15-12-1982. Acuerdo por el que se fijan criterios para la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades en lo referente a familiares de los servidores públicos. D.O.F. 11-02-1983. ACUERDO por el que se modifica el diverso que crea la Comisión Permanente de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 26 de septiembre de 1984. D.O.F. 22-08-2007 Acuerdo número 55 por el que se integran patronatos en las Unidades Hospitalarias de la Secretaría de Salud y se promueve su creación en los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 17-03-1986.

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ACUERDO por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumo. D.O.F. 24-12-2002. Acuerdo mediante el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud. D.O.F. 11-03-2010. Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional de Trasplantes, como una Comisión Intersecretarial de la Administración Pública Federal, que tendrá por objeto promover, apoyar y coordinar las acciones en materia de trasplantes que realizan las Instituciones de Salud de los sectores público, social y privado. D.O.F. 19-01-1999, vigente. ACUERDO para el desarrollo y funcionamiento del Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica. D.O.F. 13-06-2008. ACUERDO por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al catálogo de medicamentos genéricos intercambiables. D.O.F. 21-02-2008. Última reforma D.O.F. 17-01-2011. NORMAS Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de la hemodiálisis. D.O.F. 08-07-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico. D.O.F. 15-10-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011. Para la organización y funcionamiento de los Laboratorios Clínicos. D.O.F 27-03-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010. Para la prevención y control de la infección por virus de la Inmunodeficiencia Humana. D.O.F. 10-11-2010 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994. Para la vigilancia epidemiológica. D.O.F. 11-10-1999, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo. D.O.F. 27-10-2000, última reforma. 02-01-2001 Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA2-1994, Medicina Preventiva. Para la Prevención y control de las infecciones respiratorias agudas en la atención primaria a la salud. D.O.F. 11-04-1996, vigente.

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Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de la hipertensión arterial. D.O.F. 17-01-2001, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2002, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por vector. D.O.F. 21-07-2003, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano. D.O.F. 17-07-2003, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2002, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias. D.O.F. 21-07-2003, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-051-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las jeringas estériles desechables de plástico. D.O.F. 16-01-1995, última reforma 31-01-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-062-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los marcapasos (Generador del pulso). D.O.F. 28-06-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-063-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de válvulas cardiacas. D.O.F. 22-02-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-064-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los equipos de reactivos utilizados para diagnóstico. D.O.F. 24-02-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-065-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los medios de cultivo. Generalidades. D.O.F. 27-02-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-067-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las suturas quirúrgicas. D.O.F. 25-05-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-068-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los instrumentos quirúrgicos, materiales metálicos de acero inoxidable. D.O.F. 26-05-1995, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-083-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los estetoscopios. D.O.F. 01-07-1996, vigente.

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Norma Oficial Mexicana NOM-085-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los guantes para cirugía y exploración en presentación estéril y no estéril. D.O.F. 29-08-1996, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, para la organización y funcionamiento de residencias médicas. D.O.F. 22-09-1994, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-099-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los anillos para valvuloplastía. D.O.F. 03-07-1996, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-133-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias de las agujas hipodérmicas desechables. D.O.F. 29-10-1998, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-136-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas de recolección de orina. D.O.F. 17-11-1998, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-146-SSA1-1996, Salud ambiental. Responsabilidades sanitarias en establecimientos de diagnóstico médico con rayos X. D.O.F. 08-10-1997, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-162-SSA1-2000, Que establece las especificaciones sanitarias de las hojas para bisturí de acero inoxidable, estériles desechables. D.O.F. 09-03-2001, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-170-SSA1-1998, Para la práctica de anestesiología. D.O.F. 10-01-2000, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998, Para la atención integral a personas con discapacidad. D.O.F. 19-11-1999, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. D.O.F. 29-10-1999, vigente. NORMA Oficial Mexicana NOM-233-SSA1-2003, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud. D.O.F. 15-09-2004, vigente. NORMA Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. D.O.F. 26-10-2012, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2005, Instalaciones Eléctricas (utilización). D.O.F. 13-03-2006, vigente.

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Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - condiciones de seguridad e higiene. D.O.F. 24-11-2008, vigente. Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, condiciones de seguridad - prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo. D.O.F. 09-12-2010, vigente. NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-002-SSA2-2003, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. D.O.F. 26/11/2003. Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental – Salud ambiental – Residuos peligrosos biológico-infecciosos – Clasificación y especificaciones de manejo. D.O.F. 17-02-2003 MANUALES DE APLICACIÓN GENERAL Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 09-08-2010, fecha de actualización D.O.F. 21-11-2012. ACUERDO por el que se emiten las disposiciones en materia de control interno y se expide el manual administrativo de aplicación general en materia de control interno. D.O.F. 12/07/2010, fecha de actualización D.O.F. 27/07/2012. Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección D.O.F. 12-07-2010, fecha de actualización D.O.F.16-06-2011. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 09/08/2010, fecha de actualización 21/11/2012. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización D.O.F. 12-07-2010, fecha de actualización D.O.F. 06-09-2012. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales D.O.F. 16-07-2010 vigente, fecha de actualización D.O.F. 20/07/2011. ANEXO único del acuerdo por el que se expide el manual administrativo de aplicación general en materia de recursos financieros D.O.F. 15/07/2010, fecha de actualización 15/07/2011. ANEXO ÚNICO del acuerdo por el que se expide el manual administrativo de aplicación general en materia de tecnologías de la información y comunicaciones. D.O.F: 13/07/2010, fecha de actualización 06/09/2011. ACUERDO por el que se reforma y adiciona el diverso por el que se establecen las disposiciones

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administrativas en materia de tecnologías de la información y comunicaciones y de seguridad de la información, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en esas materias. Texto vigente D.O.F: 12/07/2010, fecha de actualización 22/08/2012 Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia. D.O.F. 12/07/2010, fecha de actualización 27-07-2011. OTRAS DISPOSICIONES Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. D.O.F. 31-05-2007, vigente. Programa Nacional de Salud 2007-2012 D.O.F. 31-05-2007, vigente. Normas para la Administración y Baja de Bienes Muebles de las Dependencias de la Administración Pública Federal. D.O.F. 03-09-2001, vigente Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Publica Federal D.O.F. 31-12-2004, vigente. Condiciones Generales de Trabajo. Vigentes. Código de Ética y Código de Conducta del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez Fecha de publicación Octubre de 2010.

Así como toda aquella normatividad vigente emanada de los ordenamientos jurídico-administrativos antes mencionados que

aplique al Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez

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V.- ATRIBUCIONES LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD. D.O.F. 26-V-2000 última reforma del 14-VII-2008 Artículo 6. A los Institutos Nacionales de Salud les corresponderá:

I. Realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de sus especialidades, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud;

II. Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, así como difundir información técnica y

científica sobre los avances que en materia de salud registre; III. Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar

convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines; IV. Formar recursos humanos en sus áreas de especialización, así como en aquellas que le sean afines;

V. Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y

actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en sus áreas de especialización y afines, así como evaluar y reconocer el aprendizaje;

VI. Otorgar constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudios, grados y títulos, en su caso, de

conformidad con las disposiciones aplicables; VII. Prestar servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación en sus áreas de

especialización; VIII. Proporcionar consulta externa, atención hospitalaria y servicios de urgencias a la población que requiera

atención médica en sus áreas de especialización, hasta el límite de su capacidad instalada; IX. Asesorar y formular opiniones a la Secretaría cuando sean requeridos para ello;

X. Actuar como órganos de consulta, técnica y normativa, de las dependencias y entidades de la Administración

Pública Federal en sus áreas de especialización, así como prestar consultorías a título oneroso a personas de derecho privado;

XI. Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades

federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud; XII. Promover acciones para la protección de la salud, en lo relativo a los padecimientos propios de sus

especialidades; XIII. Coadyuvar con la Secretaría a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país,

respecto de las especialidades médicas que les correspondan, y

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XIV. Realizar las demás actividades que les correspondan conforme a la presente ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 19. Los directores generales de los Institutos Nacionales de Salud tendrán, además de las facultades y obligaciones señaladas en el artículo 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las siguientes:

I. Celebrar y otorgar toda clase de actos, convenios, contratos y documentos inherentes al objeto del Instituto; II. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun aquellas que

requieran cláusula especial. III. Cuando se trate de actos de dominio se requerirá autorización previa de la Junta de Gobierno para el ejercicio

de las facultades relativas; IV. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

V. Otorgar, sustituir y revocar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, incluso las

que requieran autorización o cláusula especial; VI. Formular denuncias y querellas, así como otorgar el perdón legal;

VII. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en materia de amparo; VIII. Celebrar transacciones en materia judicial y comprometer asuntos en arbitraje; IX. Proponer a la Junta de Gobierno los estímulos que deban otorgarse al personal del Instituto;

X. Otorgar reconocimientos no económicos a personas físicas o morales benefactoras del Instituto, incluidos

aquellos que consistan en testimonios públicos permanentes; XI. Autorizar la apertura de cuentas de inversión financiera, las que siempre serán de renta fija o de rendimiento

garantizado, y XII. Fijar las condiciones generales de trabajo del Instituto, tomando en cuenta la opinión del Sindicato

correspondiente. ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA IGNACIO CHÁVEZ Aprobado en la Segunda Reunión Ordinaria 2011, celebrada el 7 de octubre de 2011. Artículo 3º. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes funciones:

I. Realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de los padecimientos cardiovasculares, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud;

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II. Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, así como difundir información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud registre;

III. Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar

convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines; IV. Formar recursos humanos en su área de especialización, así como en aquellas que le sean afines;

V. Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y

actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en el área de los padecimientos cardiovasculares, así como evaluar y reconocer el aprendizaje;

VI. Otorgar constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudios, grados y títulos, en su caso, de

conformidad con las disposiciones aplicables; VII. Prestar servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación en su área de

especialización; VIII. Proporcionar consulta externa, atención hospitalaria y servicios de urgencias a la población que requiera

atención médica en el área de los padecimientos cardiovasculares, hasta el límite de su capacidad instalada;

IX. Asesorar y formular opiniones a la Secretaría cuando sea requerido para ello;

X. Actuar como órgano de consulta, técnica y normativa, de las dependencias y entidades de la Administración

Pública Federal en el área de los padecimientos cardiovasculares, así como prestar consultorías a título oneroso a personas físicas o morales;

XI. Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades

federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud; XII. Promover acciones para la protección de la salud en lo relativo a los padecimientos cardiovasculares; XIII. Coadyuvar con la Secretaría a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país

respecto a los padecimientos cardiovasculares, y XIV. Realizar las demás actividades que le corresponda conforme a la Ley y otras disposiciones aplicables. Artículo 13°. El Director General del Instituto ejercerá las facultades que le confiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y el artículo 22 de la Ley. El Director General será designado por la Junta de Gobierno, de una terna que deberá presentarle el Presidente de la Junta. El nombramiento procederá siempre y cuando la persona reúna los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley.

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VI.- MISION Y VISION DE LA UNIDAD MISION Proporcionar atención médico-cardiológica de alta especialidad con calidad y calidez a la población, preferentemente a la que carece de seguridad social; asimismo, desarrolla investigación a la vanguardia, y forma especialistas en cardiología y ramas a fines. El cumplimiento de estas funciones ha permito ser un instrumento de ayuda social y humana que pugna por la prevención de las cardiopatías y ayuda a la rehabilitación integral de los enfermos. VISION Continuar como una institución de liderazgo nacional en el campo de Cardiología, con respeto y presencia internacional siendo un modelo de organización pública que canalice con oportunidad y eficiencia los recursos disponibles para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, lo que nos facilitará evolucionar al ritmo de los cambios vertiginosos del entorno internacional.

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VII.-CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS Publicado en el D.O.F. el 31 de julio de 2002 BIEN COMUN Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El servidor público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad. El compromiso con el bien común implica que el servidor público esté consciente de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales. INTEGRIDAD El servidor público debe actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad. Conduciéndose de esta manera, el servidor público fomentará la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirá a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad. HONRADEZ El servidor público no deberá utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros. Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor público. IMPARCIALIDAD El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas. JUSTICIA El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el servidor público. Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones. TRANSPARENCIA El servidor público debe permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la ley. La transparencia en el servicio público también implica que el servidor público haga un uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación.

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RENDICION DE CUENTAS Para el servidor público rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad. Ello lo obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos. ENTORNO CULTURAL Y ECOLOGICO Al realizar sus actividades, el servidor público debe evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos. Nuestra cultura y el entorno ambiental son nuestro principal legado para las generaciones futuras, por lo que los servidores públicos también tienen la responsabilidad de promover en la sociedad su protección y conservación. GENEROSIDAD El servidor público debe conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y los servidores públicos con quienes interactúa. Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como los adultos en plenitud, los niños, las personas con capacidades especiales, los miembros de nuestras etnias y quienes menos tienen. IGUALDAD El servidor público debe prestar los servicios que se le han encomendado a todos los miembros de la sociedad que tengan derecho a recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, credo, religión o preferencia política. No debe permitir que influyan en su actuación, circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento de la responsabilidad que tiene para brindar a quien le corresponde los servicios públicos a su cargo. RESPETO El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. LIDERAZGO El servidor público debe convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente en el desempeño de su cargo público este Código de Ética y el Código de Conducta de la institución pública a la que esté adscrito. El liderazgo también debe asumirlo dentro de la institución pública en que se desempeñe, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público. El servidor público tiene una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.

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VIII.- ESTRUCTURA ORGANICA 1.0.10I Dirección General 1.0.10I .0.1 Dirección Médica 1.0.10I.0.1.1 Subdirección de Especialidades Médico Quirúrgicas 1.0.10I.0.1.2 Subdirección de Servicios de Diagnóstico y Tratamiento 1.0.10I.0.2 Dirección de Investigación 1.0.10I.0.2.1 Subdirección de Investigación Básica y Tecnológica 1.0.10I.0.2.2 Subdirección de Investigación Clínica 1.0.10I.0.3 Dirección de Enseñanza 1.0.10I.0.3.1 Subdirección de Coordinación de la Enseñanza 1.0.10I.0.4 Dirección de Enfermería 1.0.10I.0.5 Dirección de Administración 1.0.10I.0.5.1 Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal 1.0.10I.0.5.2 Subdirección de Finanzas 1.0.10I.0.5.3 Subdirección de Planeación 1.0.10I.0.5.4 Subdirección de Recursos Materiales 1.0.10I.0.5.5 Subdirección de Servicios Generales 1.0.10I.0.5.6 Subdirección de Informática 1.0.10I.0.6 Órgano Interno de Control 1.0.10I.0.6.1 Área de Responsabilidades y Quejas 1.0.10I.0.6.2 Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión 1.0.10I.0.6.3 Área de Auditoría Interna

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IX.- ORGANOGRAMA

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X.- DESCRIPCION DE FUNCIONES 1.0.10I DIRECCION GENERAL OBJETIVO Coordinar e integrar todos los esfuerzos institucionales a corto, mediano y largo plazo, utilizando al máximo la capacidad instalada y el presupuesto del Instituto, así como los recursos captados de organismos privados, determinando las medidas pertinentes a fin que las funciones del Instituto se realicen de manera articulada, congruente y eficaz, mediante el establecimiento de sistemas de control necesarios para ofrecer atención médica-cardiológica de alta especialidad, desarrollar investigación de vanguardia y formar especialista en cardiología y ramas a fines. FUNCIONES Conducir la realización de estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básico, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de la cardiología y ramas afines, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los pacientes del Instituto. Informar sobre las publicaciones de los resultados de las investigaciones y trabajos que realice el Instituto, así como difundir información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud registre, con el propósito de contribuir intercambiar conocimiento. Proponer y autorizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, a fin de dar a conocer a la comunidad científica los avances en materia de cardiología y áreas afines. Autorizar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines, con el propósito de conjuntar esfuerzos para el logro de los objetivos institucionales. Conducir la formación de recursos humanos en el área cardiológica, así como en aquellas que le sean afines, para contar con personal de salud acorde con las necesidades de salud de la población. Colaborar en la formulación y ejecución de programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en sus áreas de especialización y afines, así como evaluar y reconocer el aprendizaje, con el objeto de formar recursos humanos dentro del área cardiológica y afines. Jerarquizar las actividades pertinentes para el otorgamiento de constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudios, para avalar las actividades de formación de personal de salud.; Conducir las actividades necesarias para la prestación de servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación de cardiópatas, a fin de colaborar en la mejora del estado de salud de los pacientes del Instituto. Conducir la consulta externa, la atención hospitalaria y los servicios de urgencias a la población que requiera atención médica en cardiología y áreas afines, hasta el límite de su capacidad instalada, para la atención de las cardiopatías.

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Asesorar y formular opiniones a la Secretaría de Salud cuando sean requeridos para ello, con el propósito de contribuir a lo requerido. Fungir como órganos de consulta, técnica y normativa, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el área cardiológica y áreas afines, así como prestar consultorías a título oneroso a personas de derecho privado, con el propósito de orientar a las instancias que así lo soliciten. Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud, a fin de dichas instancias lleven a cabo la toma de decisiones acorde a sus objetivos particulares. Conducir acciones para la protección de la salud, en lo relativo a las cardiopatías, a fin de contribuir a la medicina preventiva. Colaborar con la Secretaría de Salud a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país, respecto de la cardiología y ramas a fines, con el propósito de rendir cuentas a la sociedad. Representar legalmente al Instituto para la atención de asuntos legales a los que haya lugar. Proponer programas institucionales de corto, mediano y largo plazo, así como los presupuestos del Instituto y presentarlos para su aprobación a la Junta de Gobierno. Proponer y evaluar los programas de organización, métodos, sistemas y procedimientos que permitan la optimización de los recursos institucionales. Autorizar los métodos que permitan el aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles del Instituto, con el propósito de optimizarlos. Conducir las medidas pertinentes a fin de que la atención cardiovascular, el desarrollo de investigación y la formación de especialistas en cardiología y ramas afines dentro del Instituto se realicen de manera articulada, congruente y eficaz. Establecer los procedimientos administrativos y médicos para asegurar la calidad de los suministros y programas de prestación del servicio de atención médica, para contribuir a la mejora de salud de los pacientes. Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento o la remoción de los dos primeros niveles de servidores públicos del Instituto, así mismo la fijación de sueldos y demás prestaciones y estímulos al personal conforme a las asignaciones globales del presupuesto de gasto corriente aprobado por la propia Junta de Gobierno, con el propósito de optimizar los recursos institucionales. Presentar a la Junta de Gobierno la información y los elementos estadísticos que reflejen el estado de las funciones del Instituto para así poder mejorar la gestión del mismo. Conducir los sistemas de control para alcanzar las metas y objetivos propuestos. Rendir semestralmente a la Junta de Gobierno el informe del desempeño de las actividades del Instituto, incluido el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes, a fin de transparentar el quehacer del Instituto.

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Establecer los mecanismos de evaluación de desempeño del Instituto y presentar a la Junta de Gobierno semestralmente, la evaluación de gestión con el detalle que previamente se acuerde con el mismo y considerando la opinión del Comisario Público, con el propósito de rendir cuentas a las instancias correspondientes. Disponer la ejecución de los acuerdos que dicte la Junta de Gobierno, a fin de mejorar la gestión institucional. Autorizar los contratos individuales que regulen las relaciones laborales del Instituto con sus trabajadores para contar con los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales. Establecer y participar en la celebración de los actos, convenios, contratos y documentos inherentes al objeto del Instituto, para el cumplimiento de los objetivos instituciones. Autorizar poderes generales y especiales a los servidores públicos, de acuerdo a su ámbito de competencia, a fin de dar seguimiento a los asuntos institucionales. Proponer a la Junta de Gobierno los estímulos que deban otorgarse al personal del Instituto y, en apego a las condiciones generales de trabajo vigentes, establecidas por el Sindicato en coordinación con la Secretaría de Salud, con el propósito de otorgar reconocimientos al personal que sea acreedor al mismo. Participar como Presidente en el Consejo Técnico de Administración y Programación, en la Comisión Evaluadora de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, en la Comisión Local de Trabajo del Programa de Estímulos a la Calidad del Desempeño del Personal de Salud, en el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, en el Comité de Mejora Regulatoria Interna y en el Comité de Control y Desarrollo Institucional, así como en los diversos comités que le sean designados por la normatividad aplicable al Instituto, a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.1 DIRECCION MEDICA OBJETIVO Planear y dirigir las actividades médicas y administrativas, a través de los servicios de diagnóstico y tratamiento, con el soporte de trabajo social, para la prestación de servicios de salud en el ámbito de los padecimientos cardiovasculares en aspectos preventivos, curativos, quirúrgicos y de rehabilitación, con el propósito de atender a la población cardiópata y reducir el riesgo de alguna cardiopatía en el resto de la población socialmente desprotegida. FUNCIONES Organizar y coordinar la prestación de los servicios médicos en materia de Especialidades Médico-Quirúrgicas, de Diagnóstico y Tratamiento y, Paramédicas, a fin de que las actividades asistenciales se desarrollen cumpliendo los objetivos institucionales. Supervisar las actividades de Trabajo Social y Admisión en aspectos relacionados con la elaboración de estudios socioeconómicos, la elaboración y entrega de presupuestos y el trámite de ingreso de pacientes para el tratamiento y/u hospitalización de los mismos. Supervisar las actividades para la obtención y reporte de información epidemiológica del Instituto, así como aquellas relacionadas con la conservación y el control técnico de los expedientes clínicos de los pacientes, para tener un mejor control e identificación de los mismos Proponer y difundir las políticas y procedimientos que se requieran para mejorar la calidad de la atención médica, en todos los servicios del Instituto. Organizar, coordinar y participar en el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, Subcomité de Morbi-Mortalidad, en el Subcomité de Evaluación de la Satisfacción del Usuario, en el Subcomité de Insuficiencia Cardiaca, en el Subcomité de Protección Civil, en el Subcomité de Cuidados Paliativos, como Presidente; así como en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité de Mejora Regulatoria Interna, en el Comité de Bienes Muebles,, en el Subcomité de Expediente Clínico y en el Subcomité de Reporte, Seguimiento y Prevención de Eventos Adversos, como Vocal, en el Subcomité de Medicamentos e Insumos, en el Comité de Ética como Miembro Electo Titular y en los comités o subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de asistencia médica para el logro de los objetivos de dichos comités. Participar en el Consejo Técnico de Administración y Programación y en la Comisión Ejecutiva para la Calificación y Asignación del Fondo Destinado a Apoyar la Investigación, con el propósito de realizar aportaciones en materia de asistencia médica para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Establecer la coordinación para el intercambio de información y experiencias con instituciones nacionales y extranjeras dedicadas a la atención médica en materia de cardiología. Participar en el desarrollo de programas docentes y proyectos de investigación que lleve a cabo el Instituto, apoyando las actividades sustantivas de enseñanza e investigación en el ámbito de su competencia, para una mejor educación impartida.

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Analizar y definir las necesidades de reposición o adquisición de equipo con alto grado de desarrollo tecnológico que permita un desarrollo óptimo de las actividades médicas, de investigación y de docencia, y el cumplimiento de los proyectos a su cargo. Establecer y aplicar mecanismos para la evaluación de las áreas adscritas a la Dirección, con la finalidad de contar con indicadores que permitan medir objetivamente los resultados obtenidos.

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1.0.10I.0.1.1 SUBDIRECCION DE ESPECIALIDADES MEDICO-QUIRURGICAS OBJETIVO Promover, coordinar y supervisar las actividades asistenciales médico-quirúrgicas, a través de los servicios de asistencia médica ambulatoria y de hospitalización, con el propósito de proporcionar atención médica integral y de calidad a los pacientes del Instituto. FUNCIONES Supervisar la atención médica a pacientes que requieran de procedimientos de diagnóstico y tratamiento , así como la realización de procedimientos intervencionistas, con el propósito de favorecer el estado de salud de dichos pacientes. Participar y apoyar tutorialmente en la formación de especialistas, cirujanos y técnicos, y en los cursos de pregrado o postgrado que organiza el Instituto, con base en los lineamientos que establezca la Dirección de Enseñanza, para la formación de profesionales de la salud dentro del área cardiológica y afines. Promover y supervisar la investigación de procedimientos que contribuyan a resolver problemas cardiovasculares por medios quirúrgicos o de cateterismo terapéutico, o con tratamiento médico; así como, la investigación continua de recursos más confiables de diagnóstico y, métodos, sustancias y dispositivos de tratamiento y rehabilitación con más amplio margen de seguridad y eficacia, con el propósito de contribuir en la atención de pacientes cardiópatas. Coordinar y controlar, en el ámbito de su competencia los programas de Consulta Externa y de hospitalización, así como evaluar la calidad de la atención médica que se brinda, a fin de proporcionar un servicio que satisfaga las necesidades de los pacientes. Promover el desarrollo clínico y técnico del personal de la Subdirección a fin de otorgar al paciente asistencia integral con metodologías y/o técnicas de vanguardia. Establecer coordinación continua con los demás servicios médicos y paramédicos con la finalidad de que la atención al paciente sea integral. Colaborar con los programas de enseñanza e investigación que determinen las autoridades del Instituto, apoyando las actividades sustantivas institucionales con los conocimientos de asistencia médica. Proporcionar la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de la asistencia médica para verificar el cumplimiento de las metas programadas. Organizar, coordinar y participar en el Subcomité del Grupo Operativo de Cirugía, como Presidente; en el Comité de Mejora Regulatoria Interna, como Secretario; en el Subcomité de Reporte, Seguimiento y Prevención de Eventos Adversos, como Vocal, y en los comités o subcomités que le sean designados, a fin de realizar las aportaciones en materia asistencia médica para el cumplimiento de los objetivos institucionales

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1.0.10I.0.1.2 SUBDIRECCION DE SERVICIOS DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO OBJETIVO Coordinar y asesorar a los laboratorios de diagnóstico y gabinetes, promoviendo la aplicación de los avances científicos actuales, a fin de realizar una elección de tratamiento acorde a los padecimientos de cada uno de los pacientes del Instituto. FUNCIONES Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de los servicios de diagnóstico y tratamiento, apoyando integralmente la atención médico quirúrgica del paciente. Proporcionar la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de su competencia y para verificar el cumplimiento de las funciones asignadas. Establecer controles que permitan medir la calidad en la toma de muestras, el procesamiento de las mismas y la entrega de resultados de los exámenes de laboratorio. Establecer controles de calidad pertinentes para la realización de estudios y de obtención de resultados precisos de los procedimientos de diagnóstico y tratamiento realizados en los distintos servicios de gabinete. Determinar y evaluar necesidades de investigación médica y básica de los servicios de diagnóstico y tratamiento para satisfacer las mismas. Promover el desarrollo clínico y técnico del personal de la Subdirección a fin de otorgar al paciente servicios de diagnóstico integral con metodologías y/o técnicas modernas. Colaborar en los programas de enseñanza e investigación que determinen las autoridades del Instituto, apoyando las actividades sustantivas institucionales con los conocimientos de diagnóstico y tratamiento. Promover y coordinar la participación de personal del área en los cursos de postgrado que organiza el Instituto, con base en los lineamientos que establezca la Dirección de Enseñanza. Organizar, coordinar y participar en el Comité de Control de Infecciones Nosocomiales, en el Subcomité de Expediente Clínico, en el Subcomité de Medicina Transfusional, como Presidente; así como en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación y en el Subcomité de Protección Civil, como Vocal, en el Comité de Ética como Miembro Electo Suplente y en los comités o subcomités que le sean designados, con el propósito de realizar aportaciones en materia de diagnóstico y tratamiento para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

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1.0.10I.0.2 DIRECCION DE INVESTIGACION

OBJETIVO Dirigir y coordinar la realización de estudios o investigaciones clínicas y experimentales en el ámbito de las enfermedades cardiovasculares, a través de la evaluación de protocolos de investigación, para la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de dichos padecimientos. FUNCIONES Dirigir, coordinar y supervisar los programas de Investigación Básica y Tecnológica y de Investigación Clínica y Sociomédica aprobados por el Comité de Investigación para asegurar su correcta ejecución. Planear, organizar y dirigir las actividades de investigación en el Instituto para lograr que las mismas apoyen el avance científico nacional e internacional. Organizar, coordinar y participar en la Comisión de Investigación, en la Comisión Interna de Investigación en Salud y en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación, como Presidente, para revisar y autorizar las propuestas de protocolos de investigación. Participar en el Consejo Técnico de Administración y Programación, en el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, en el Comité de Mejora Regulatoria Interna, en el Comité de Bienes Muebles, como Vocal, en el Comité de Ética como Miembro Electo Titular y en los comités o subcomités que le sean designados, con el propósito de realizar aportaciones en materia de investigación para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Promover y coordinar el intercambio de experiencias con instituciones nacionales y extranjeras dedicadas a la investigación en materia de cardiología con la finalidad de mantenerse a la vanguardia en avance de los conocimientos sobre dicha materia. Coordinar y dirigir las actividades tendientes a definir las necesidades de equipo especializado para el desarrollo de proyectos de investigación. Participar en el desarrollo de programas docentes y de asistencia que lleven a cabo el Instituto, en el ámbito de investigación para apoyar en la formación de especialistas en cardiología y ramas a fines. Supervisar la aplicación de normas, técnicas, lineamientos y procedimientos que se relacionen con la investigación, a fin de que se desarrollen de acuerdo a lo dispuesto por la Secretaría de Salud y otras instancias reguladoras. Promover el desarrollo de investigación técnica y científica orientada a generar insumos biológicos o mecánicos susceptibles de ser utilizados en la atención médica de los pacientes del Instituto. Supervisar la aplicación de las normas, técnicas y lineamientos para el desarrollo de las actividades de investigación del Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por la Secretaría de Salud y normatividad en vigor. Promover la difusión de la información técnica y científica generada en el Instituto, mediante la exposición en reuniones científicas y su publicación en revistas nacionales y extranjeras, con el propósito de difundir e intercambiar dicha información y enriquecer la misma.

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1.0.10I.0.2.1 SUBDIRECCION DE INVESTIGACION BASICA Y TECNOLOGICA OBJETIVO Contribuir a la identificación de áreas de desarrollo tecnológico de interés para la comunidad y el Instituto, así como apoyar el desarrollo de la investigación básica, a través del seguimiento de los protocolos de investigación básica y tecnológica autorizados por las instancias correspondientes, a fin de contribuir en el avance de atención de enfermedades cardiovasculares y a fines. FUNCIONES Promover y supervisar la incorporación de los avances científicos y tecnológicos desarrollados en la Subdirección, a las labores asistenciales y de enseñanza del Instituto, para incrementar el conocimiento del personal médico en beneficio de los pacientes. Supervisar las actividades tendientes a la elaboración de insumos biológicos y mecánicos susceptibles de ser utilizados en la atención médica de los pacientes del Instituto, con el propósito de contribuir a la mejora del estado de salud de los mismos. Supervisar el mantenimiento de las instalaciones y las condiciones para la crianza de animales de diversas especies y las áreas diseñadas para cría, reproducción, lactancia y preparación para experimentación, así como, vigilar que se proporcione servicio médico veterinario a los animales con que cuenta el Instituto para el desarrollo de la experimentación requerida en los protocolos de investigación. Coordinar y supervisar la documentación de los trabajos realizados para apoyar las actividades de difusión de los resultados obtenidos mediante exposiciones y publicaciones, a fin de rendir cuentas a la sociedad. Promover el desarrollo científico del personal de la Subdirección con la finalidad de que realice investigación que contribuya al diagnóstico y tratamiento de los pacientes del Instituto. Determinar las necesidades de reposición o adquisición de equipo con alto grado de desarrollo tecnológico que permita la optimización de las actividades de investigación y el cumplimiento de los proyectos a su cargo. Colaborar con la Subdirección de Investigación Clínica en las actividades y programas en que estén involucradas ambas Subdirecciones con el objetivo de eficientar las actividades para obtener mejores resultados y calidad en los proyectos encomendados. Establecer y promover relaciones con grupos de Investigación Básica y Tecnológica nacionales y extranjeros con la finalidad de obtener retroalimentación y mantenerse a la vanguardia en el avance de los conocimientos sobre la especialidad en cardiología y áreas afines. Proporcionar con oportunidad y veracidad la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de su competencia y para verificar el cumplimiento de las funciones asignadas.

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Participar en la Comisión Interna de Investigación en Salud, en la Comisión Ejecutiva para la Calificación y Asignación del Fondo Destinado a Apoyar la Investigación, en la Comisión Interna de Investigación en Salud, en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación, así como en los comités o subcomités que le sean designados, con el propósito de realizar aportaciones en materia de investigación para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

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1.0.10I.0.2.2 SUBDIRECCION DE INVESTIGACION CLINICA OBJETIVO Contribuir al avance científico y al desarrollo de la investigación clínica, incorporando los nuevos conocimientos a las labores de atención médica, para el diagnóstico y tratamiento de pacientes del Instituto. FUNCIONES Coordinar las actividades de investigación clínica que realizan los investigadores del Instituto a fin de que sus actividades sustantivas se desarrollen cumpliendo con los objetivos institucionales. Colaborar en los programas docentes y de asistencia que determinen las autoridades del Instituto, en el ámbito de investigación clínica, con el propósito de contribuir en la formación de especialistas en cardiología y ramas afines. Colaborar con la Subdirección de Investigación Básica y Tecnológica en las actividades y programas en que estén involucradas ambas subdirecciones con el objetivo de eficientar las actividades científicas y obtener mejores resultados y calidad en los proyectos encomendados. Coordinar que los avances que se obtengan como resultado de sus actividades de investigación sean difundidos mediante exposiciones y publicaciones para el conocimiento general. Establecer y promover relaciones con grupos de investigación clínica nacionales y extranjeros con la finalidad de obtener retroalimentación y mantenerse a la vanguardia en el avance de los conocimientos sobre la especialidad en cardiología. Proporcionar la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de su competencia y para verificar el cumplimiento de las funciones asignadas. Participar en la Comisión de Investigación, en la Comisión Interna de Investigación en Salud, en la Comisión Ejecutiva para la Calificación y Asignación del Fondo Destinado a Apoyar la Investigación, en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación, en el Comité de Ética como Miembro Electo Suplente así como en los comités o subcomités que le sean designados, con el propósito de realizar aportaciones en materia de investigación clínica para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

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1.0.10I.0.3 DIRECCION DE ENSEÑANZA OBJETIVO Diseñar y coordinar la realización de actividades tendientes a la formación de recursos humanos especializados para la atención de las enfermedades cardiovasculares, formulando y ejecutando programas y cursos de capacitación, enseñanza y especialización. FUNCIONES Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de las áreas adscritas a la Dirección de Enseñanza para que sus actividades sustantivas se desarrollen cumpliendo con los objetivos institucionales. Dirigir y coordinar los programas de enseñanza aprobados por la Dirección General del Instituto para que los conocimientos que obtengan los médicos que realizan sus estudios de especialización en el Instituto sean de la mayor calidad. Supervisar la correcta aplicación de normas y lineamientos que en materia de enseñanza emitan las dependencias e instituciones involucradas, con la finalidad de dar cabal cumplimiento a las actividades docentes y programas respectivos. Otorgar diplomas y reconocimientos de estudios a los médicos que se capacitan en el Instituto, para certificar sus conocimientos, de conformidad con la normatividad y disposiciones aplicables. Promover las relaciones e intercambio de experiencias con instituciones de enseñanza superior nacionales y extranjeras, mediante la celebración de convenios de colaboración académica. Coordinar la selección y asignación de puestos del personal del área, con énfasis en los médicos residentes para una mejor estructuración del personal y conforme a los lineamientos establecidos en el Instituto. Coordinar la formación de médicos residentes, provenientes de otras instituciones de salud, que asistan al Instituto por períodos cortos o temporales, para un mejor aprovechamiento de su educación. Participar en el diseño y estructuración de los Programas de Investigación y Asistencia que lleve a cabo el Instituto para el apoyo de las actividades sustantivas de investigación y asistenciales, en el ámbito de su competencia. Participar en los comités que le sean designados por las autoridades del Instituto, apoyando con la información, conocimientos y actividades de su competencia para el logro de los objetivos de dichos comités. Supervisar la aplicación de normas y procedimientos para la elaboración de los instrumentos técnico-administrativos que se relacionen con la docencia en el Instituto.

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1.0.10I.0.3.1 SUBDIRECCION DE COORDINACION DE LA ENSEÑANZA OBJETIVO Establecer lineamientos de enseñanza para la formación de recursos humanos de pregrado y de especialidad, cumpliendo con la normatividad establecida en el Instituto y lograr con ello elevar el nivel académico del estudiante y el residente de la especialidad. FUNCIONES Implementar y coordinar las actividades académicas relacionadas con la enseñanza de pregrado, posgrado y educación médica continua que determinen las autoridades del Instituto, en coordinación con las instituciones de educación superior y en apego a la normatividad en vigor, con el propósito de formar recursos humanos en cardiología y áreas a fines. Apoyar y difundir los cursos básicos y monográficos que organizan otras áreas del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, con el propósito de dar a conocer a todo el personal interesado los eventos de enseñanza. Participar en la selección y control de médicos residentes, becarios y asistentes de tiempo parcial conforme a los lineamientos establecidos, para que cumplan con los objetivos educacionales. Supervisar el desarrollo y actualización de los programas de formación de médicos residentes en las diversas especialidades del Instituto con la finalidad de que en dichos programas siempre contemplen la enseñanza de los últimos avances en la materia. Promover la participación de personal médico en los programas asistenciales y de investigación, con base en los lineamientos que establezcan las direcciones respectivas, para fomentar la formación de mejores especialistas e investigadores. Coordinar el intercambio académico con otras instituciones del sector salud para la realización de prácticas hospitalarias y enriquecer conocimientos; así como, contribuir al establecimiento de relaciones con instituciones académicas, nacionales y extranjeras, con el propósito de obtener retroalimentación e intercambiar experiencias. Supervisar los mecanismos de operación para el resguardo, archivo y consulta del acervo bibliográfico y hemerográfico del Instituto, así como la actualización permanente de publicaciones de interés en el campo de la cardiología y ramas afines. Supervisar el proceso operativo-administrativo y, la edición y distribución de la revista “Archivos del Instituto de Cardiología de México”, así como otras monografías, artículos, documentos o libros escritos por personal médico del Instituto, divulgando de manera precisa el conocimiento del personal médico del Instituto. Participar en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación y en el Subcomité de Expediente Clínico, como Vocal, así como en los comités o subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades en materia de enseñanza para el logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.4 DIRECCION DE ENFERMERÍA OBJETIVO Planear, dirigir y evaluar las actividades asistenciales, docentes, investigación y administrativas del personal de enfermería para proporcionar cuidado al enfermo con la más alta calidad científica, técnica y humanística. Así mismo formar y enseñar a los profesionales de enfermería con base en los objetivos institucionales. FUNCIONES Dirigir y supervisar las actividades asistenciales, docentes, investigación y administrativas de las áreas de enfermería adscritas a la Dirección con la finalidad de garantizar una atención integral a todos los pacientes del Instituto. Establecer el índice enfermera - paciente de acuerdo a las necesidades de cada uno de los servicios y a los análisis de puestos de cada categoría, con el propósito de proporcionar un cuidado acorde a las necesidades particulares de cada paciente. Planear, organizar, asesorar y evaluar los recursos humanos e instrumentos de planeación, estructura y evaluación necesarios para que se lleven a cabo las acciones de enfermería, en la asistencia al enfermo. Dirigir, supervisar y evaluar la calidad de las actividades asistenciales desarrolladas por el personal de enfermería en la atención al paciente a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales. Dirigir programas tácticos y programas operativos encaminados a desarrollar procesos de mejora para elevar la calidad del cuidado que ejerce el personal de enfermería que labora en la Institución. Promover instrumentos administrativos de organización de las actividades asistenciales, docentes, investigación y administrativas de cada uno de los profesionales que conjuntan la plantilla del personal de Enfermería, a fin de distribuir las actividades de la Dirección. Organizar y aplicar los mecanismos necesarios para establecer las especificaciones técnicas de los insumos y equipos que necesita el personal de enfermería; así como la evaluación técnica de los mismos, con el propósito de contar con las herramientas acordes a la labor de la Dirección. Planear, organizar, dirigir y evaluar la capacitación y educación continua del personal de enfermería para asegurar su actualización en la materia. Consolidar recursos humanos de enfermería de excelencia: licenciados en enfermería que otorguen cuidados de calidad, bilingües y con conocimientos en informática; enfermeras cardiológicas en postgrado y en postécnico, enfermeras nefrológicas, enfermeras administradoras en los servicios de enfermería y en circulación extracorpórea y maestros en administración de los servicios de salud a fin de proveer profesionales de alta calidad. Apoyar y promover la investigación de enfermería en el campo clínico, docente y administrativo con la finalidad de proporcionar servicio con fundamento científico y calidad humana.

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Dirigir y evaluar las actividades de investigación de acuerdo a las normas Institucionales y los recursos financieros, humanos y logísticos para su mejor aprovechamiento. Participar en el Consejo Técnico de Administración y Programación, en el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, como Vocal, en el Comité de Control de Infecciones Nosocomiales, en el Comité de Mejora Regulatoria Interna, en el Comité de Bienes Muebles, en el Subcomité de Expediente Clínico, en el Subcomité de Medicamentos e Insumos, en el Subcomité de Protección Civil, en el Comité de Ética como Miembro Electo Titular y en los comités o subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de enfermería para el logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.5 DIRECCION DE ADMINISTRACION OBJETIVO Planear, programar y dirigir la administración de los recursos humanos, financieros materiales e informáticos del Instituto, así como los servicios generales de mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipo, a fin de apoyar el cumplimiento de objetivos y metas de las áreas sustantivas del Instituto. FUNCIONES Organizar, dirigir y supervisar los procesos inherentes a la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, a fin de disponer con los recursos pertinentes para la atención de pacientes del Instituto, el desarrollo de investigación básica, tecnológica y clínica y la formación profesionales de salud. Coordinar y supervisar la elaboración, autorización y el ejercicio del presupuesto del Instituto, con el propósito de atender los requerimientos de las diversas áreas del Instituto, conforme a la normatividad vigente. Coordinar y supervisar los mecanismos para la evaluación y seguimiento de los programas y presupuestos institucionales en congruencia con los objetivos establecidos para informar periódicamente a las instancias correspondientes. Planear y promover programas para la capacitación y desarrollo de los recursos humanos del Instituto en el ámbito administrativo para proveer la actualización profesional del personal. Supervisar la aplicación de normas y lineamientos para la elaboración e implementación de instrumentos técnico-administrativos que se relacionen con la administración. Analizar y evaluar las propuestas para modificar la estructura orgánica del Instituto, así como coordinar y supervisar las gestiones de autorización ante las instancias correspondientes a fin de contar con las áreas pertinentes para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Vigilar que la emisión y entrega de los reportes periódicos y extraordinarios generados en el área cumplan en tiempo y forma con los requerimientos de las instancias fiscalizadoras con el propósito de rendir cuentas de manera transparente. Organizar, coordinar y participar en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité para el Programa de Ahorro de Energía, en el Comité de Bienes Muebles y en el Subcomité Revisor de Bases en Materia de Obra Pública, en el Comité de Ética, como Presidente, apoyando con la información, conocimientos y actividades en materia de administración para colaborar al logro de los objetivos de dichos comités. Participar en el Consejo Técnico de Administración y Programación, en el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, en el Comité de Mejora Regulatoria Interna, en el Comité de Control y Desarrollo Institucional, como Vocal, en la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como en los diversos comités y subcomités que le sean designados, con el propósito de realizar aportaciones en materia de administración para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

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Coordinar y supervisar la instrumentación y el desarrollo de los programas que soliciten las dependencias globalizadoras con la finalidad de cumplir en tiempo y forma. Resolver los asuntos relacionados con las actividades relacionadas con planeación, recursos humanos, recursos materiales, recursos financieros y servicios generales, ejerciendo los poderes y facultades que le sean conferidos, con la finalidad de cumplir con los objetivos y metas institucionales. Proporcionar con oportunidad y veracidad la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de su competencia y para verificar el cumplimiento de las funciones asignadas.

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1.0.10I.0.5.1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL OBJETIVO Planear, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la administración de los recursos humanos, así como promover su desarrollo, de conformidad con la normatividad vigente, a fin de colaborar con la consecución de objetivos y metas del Instituto. FUNCIONES Supervisar, generar y promover la aplicación de sistemas y procedimientos relacionados con la planificación, reclutamientos y selección, contratación, inducción, remuneración (sueldos y prestaciones), capacitación, profesionalización, promoción y/o eventual retiro del personal, con el propósito de contar con el capital humano adecuado a las necesidades del Instituto. Promover y coordinar la realización de programas de capacitación, profesionalización y desarrollo del personal administrativo del Instituto con la finalidad de fomentar su desarrollo y crecimiento dentro de la institución. Supervisar la administración del presupuesto de servicios personales y vigilar su correcta aplicación para el pago de remuneraciones del personal del Instituto. Supervisar el otorgamiento de prestaciones, estímulos y recompensas al personal del Instituto, a fin de contribuir a la motivación del personal acreedor a dichos reconocimientos. Participar en el Comité de Recepción de Quejas y Asesoramiento en casos de Hostigamiento y Acoso Sexual, como Invitado Permanente; en la Comisión Auxiliar Mixta de Escalafón, como Primer Titular de la Representación Institucional; en la Comisión de Auxiliar Seguridad y Salud en el Trabajo, como Propietario Institucional; en la Comisión Local de Trabajo del Programa de Estímulos para la Calidad del Desempeño del Personal de Salud, como Representante del Área Administrativa; en la Comisión Central Mixta de Capacitación; en la Comisión de Convivencia Infantil, en la Comisión de Vestuario y Equipo, en la Comisión Evaluadora del Empleado del Mes, en la Comisión Evaluadora para el Otorgamiento del Estímulos y Recompensas Civiles y en la Comisión Evaluadora para el Otorgamiento del Premio Nacional de Administración Pública, como Representante Institucional, así como en el Comité de Ética como Invitado Permanente Titular. Supervisar, en coordinación con el área jurídica, que las sanciones impuestas al personal del Instituto por el Órgano Interno de Control, se apeguen a la normatividad y legislación laboral vigente para asegurar su correcta aplicación. Supervisar y coordinar el archivo y custodia del expediente laboral y de la documentación relativa a la administración y desarrollo del personal, para asegurar la confidencialidad de los datos personales proporcionados por el personal de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública gubernamental. Elaborar las modificaciones y ratificaciones de la estructura orgánica ante Secretaría de Salud y la Secretaría de la Función Pública, previa autorización de la Dirección General del instituto; a fin de contar con un diseño organizacional funcional que coadyuve al cumplimiento de los objetivos institucionales.

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Coordinar, con la Subdirección de Recursos Materiales, la compra de los vales de despensa de fin de año, seguros inherentes al personal y uniformes secretariales y del personal, en apego a la normatividad vigente y a las políticas internas establecidas. Supervisar y coordinar el archivo y custodia de la documentación relativa a la administración y desarrollo de personal, para asegurar la confidencialidad de los datos personales proporcionados por el personal.

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1.0.10I.0.5.2 SUBDIRECCION DE FINANZAS

OBJETIVO Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el manejo y registro contable de los recursos financieros, así como con el ejercicio y registro del presupuesto del Instituto, en estricto apego a la normatividad vigente, a fin de cumplir las metas y objetivos del Instituto. FUNCIONES Supervisar y controlar el registro sistemático de las operaciones monetarias y financieras, así como la concentración de la información contable para la elaboración de los estados financieros del Instituto. Supervisar el manejo de los recursos económicos y financieros del Instituto, mediante el establecimiento de mecanismos para su control y seguimiento. Supervisar la aplicación de los mecanismos y políticas en materia de inversión financiera para lograr la mayor rentabilidad de los recursos de que dispone el Instituto. Supervisar y controlar la elaboración, gestión y ejercicio del presupuesto y de los demás recursos que perciba el Instituto, a fin de dar cumplimiento a los lineamientos establecidos y a la normatividad en la materia. Supervisar la operación y mantenimiento del Sistema Integral de Información en materia de finanzas, con la finalidad de que siempre se proporcione en tiempo y forma la información que requieren las autoridades hacendarias. Participar en el Comité de Ética como Presidente Suplente, en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité de Bienes Muebles, en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación, como Vocal; en el Comité de Control y Desarrollo Institucional, en el así como en los diversos comités o subcomités que le sean designados, a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités los diversos comités. Supervisar la emisión y entrega de reportes periódicos y extraordinarios generados en el área, con el propósito de cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de las instancias normativas. Coordinar la elaboración y presentación de las declaraciones correspondientes a los diferentes impuestos federales, locales, derechos y aportaciones, a los cuales está obligado el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, a fin de dar cumplimiento en tiempo y forma con la normatividad vigente. Supervisar el desarrollo de las conciliaciones necesarias a fin de homogenizar la información financiera, contable y presupuestal con el propósito de contar con mayor certidumbre y menor margen de error. Supervisar el resguardo de la información contable a fin de dar cumplimiento a las Normas de Archivo Contable, emitidas por la Secretaría de hacienda y Crédito Público.

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1.0.10I.0.5.3 SUBDIRECCION DE PLANEACION OBJETIVO Promover, generar y apoyar el diseño y cumplimiento de planes y programas estratégicos institucionales, basados en los Planes Nacional y Sectorial de Salud, a través de la alineación de procesos, registro y reporte estadístico, determinación de costos, acciones de mejora continua de la calidad y atención de obligaciones en materia de Transparencia. FUNCIONES Difundir al interior del Instituto las políticas, normas y lineamientos establecidos en materia de planeación, programación, organización, modernización, calidad y simplificación administrativa con el propósito de que se cumplan los objetivos institucionales al amparo de los lineamientos establecidos por las instancias normativas. Supervisar la integración de la información estadística, para la evaluación y análisis de las funciones sustantivas y la gestión del Instituto para la definición de metas programáticas. Supervisar y vigilar las actividades inherentes a la integración, autorización, seguimiento y evaluación de las metas programáticas e indicadores de gestión, a fin de dar cumplimiento a los lineamientos establecidos y a la normatividad en la materia. Supervisar y verificar la operación y mantenimiento del Sistema de Costos Unitarios con la finalidad de conocer los costos por áreas y por procedimientos o servicios, que servirán de base para el establecimiento y cobro de cuotas por los servicios que presta el Instituto. Supervisar la elaboración, actualización periódica y difusión de los manuales de organización y procedimientos de todas las áreas del Instituto, para que dicha documentación sirva de soporte y consulta para la realización de las actividades sustantivas del Instituto. Apoyar, en el ámbito de su competencia, la instrumentación y el desarrollo de los programas que soliciten las dependencias globalizadoras para dar cumplimiento a los requerimientos y normatividad al respecto. Coordinar la integración y distribución de las carpetas de trabajo de los órganos de control y gobierno para que sus integrantes cuenten oportunamente con la información necesaria para su discusión. Supervisar y vigilar la resolución de las solicitudes de información para dar cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Elaborar y coordinar planes, programas y estrategias que favorezcan el mantenimiento y mejora continua de la calidad institucional de los servicios otorgados. Participar en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Subcomité de Expediente Clínico, en el Subcomité de Evaluación de la Satisfacción del Usuario, en el Subcomité de Reporte, Seguimiento y Prevención de Eventos Adversos, como Vocal; en el Comité de Recepción de Quejas y Asesoramiento en casos de Hostigamiento y Acoso Sexual, en el Consejo Técnico de Administración y Programación, en la Comisión Ejecutiva para la Calificación y Asignación del Fondo Destinado a Apoyar la Investigación, en el Comité Interno de Vigilancia del Uso Adecuado de los Recursos Destinados a la Investigación, así como en los diversos comités o subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de planeación a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.5.4 SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES OBJETIVO Coordinar y controlar la adquisición, almacenaje y distribución de bienes y la contratación de servicios de acuerdo a las necesidades de las áreas del Instituto para dar cumplimiento a sus programas de operación; y administrar los bienes adquiridos como activo fijo, conforme al presupuesto aprobado. FUNCIONES. Elaborar, proponer y evaluar el Programa Anual de Adquisiciones para la atención de las necesidades de las diversas áreas, conforme a la ejecución del presupuesto autorizado. Elaborar, proponer y supervisar el Programa Anual de Contratación de Servicios, a fin de contar con los servicios pertinentes en apego al presupuesto autorizado. Supervisar los procesos de licitación, adjudicación y de invitación a cuando menos tres proveedores para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Supervisar el proceso operativo administrativo de recepción, resguardo y suministro de los bienes, materiales y medicamentos que requieran las áreas del Instituto, para el control de los bienes de activo fijo. Participar en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité de Bienes Muebles, como Secretario; en el Comité para el Programa de Ahorro de Energía, como Vocal; en el Subcomité de Medicamentos e Insumos, en la Comisión de Vestuario y Equipo, así como en los comités y subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de recursos materiales a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités. Proporcionar la información que se requiera para analizar y evaluar los resultados alcanzados en el ámbito de recursos materiales para verificar el cumplimiento de las funciones asignadas. Coordinar y supervisar la aplicación del programa de levantamiento y actualización del inventario físico del Instituto a fin de mantener un registro actualizado de los bienes. Colaborar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo del Instituto, en lo relativo a recursos materiales, a fin de enriquecer dicho Programa. Supervisar la elaboración de los contratos de adquisiciones, obra pública, comodato, depósito y distribución, equipo en demostración y arrendamiento con el propósito de contar con el equipo necesario para el desarrollo de las actividades institucionales.

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1.0.10I.0.5.5 SUBDIRECCION DE SERVICIOS GENERALES OBJETIVO Planear, tramitar y proporcionar los servicios: apoyo, tales como: mantenimiento preventivo y correctivo para el equipo biomédico; mantenimiento, conservación y construcción del mobiliario y la planta física; lavandería, ropería y costura; dietética y nutrición e intendencia, requeridos por las áreas sustantivas del Instituto en las mejores condiciones de oportunidad, calidad y precio, con estricto apego a la normatividad aplicable en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y servicios del Sector Público y Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas. FUNCIONES Participar y proporcionar la información necesaria para la integración, elaboración, supervisión y vigilancia del Programa Operativo Anual del Instituto en lo relativo a servicios generales, para que en la elaboración del programa presupuesto de cada ejercicio se cuente con los costos estimados reales de cada servicio a contratar, así como con los datos técnicos y costos estimados de los diferentes proyectos en materia de obra pública, que permita una aplicación más eficiente y transparente de los recursos asignados. Participar en el ámbito de su competencia en las licitaciones públicas referentes a servicios y obras públicas de acuerdo con las normas aplicables, para proporcionar los elementos técnicos necesarios que garanticen tanto la calidad en la prestación de los diversos servicios, como la calidad en las ejecución de las obras públicas que contrate el Instituto. Verificar que los servicios y obras que se contraten, se sujeten a procedimientos de control de calidad adecuados, de acuerdo a los alcances técnicos establecidos en coordinación con los órganos administrativos correspondientes, para que estos cumplan con el objeto por el cual fueron requeridos. Mantener y supervisar el control y resguardo de la información generada por los departamentos a su cargo y por la propia Subdirección de forma actualizada, veraz y oportuna para la integración y elaboración de los diversos reportes y carpetas de control o de rendición de cuentas que son requeridos por las diversas instancias fiscalizadoras y por el propio Instituto. Coordinar, supervisar y evaluar los servicios de vigilancia, seguridad, mensajería, correspondencia y transporte para ofrecer servicios de apoyo a todas las áreas del Instituto. Coordinar, supervisar y evaluar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al equipo biomédico propiedad del Instituto, a fin de contar con el equipo pertinente para el desarrollo de las actividades sustantivas del Instituto. Coordinar, supervisar y evaluar los servicios de mantenimiento, conservación y construcción (Obra Pública), proporcionados tanto al mobiliario, equipo y la planta física del Instituto, a fin de contar con las condiciones físicas necesarias en el desarrollo de todas las actividades institucionales. Coordinar, supervisar y evaluar los servicios de alimentación y dietética para contribuir a la recuperación y prevención del estado de salud de los pacientes y donadores de sangre, y para ofrecer al personal del Instituto un servicio de alimentación.

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Coordinar, supervisar y evaluar los servicios de limpieza y el manejo de residuos peligrosos biológico- infecciosos, para contar con las condiciones higiénicas necesarias para la recuperación de los pacientes y desarrollo de las actividades institucionales. Participar en el Subcomité de Protección Civil, como Secretario; en el Comité para el Programa de Ahorro de Energía, como Vocal; en el Comité de Ética como Miembro Electo Titular; en la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como en los comités y subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de servicios generales a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.5.6 SUBDIRECCION DE INFORMÁTICA OBJETIVO Coordinar las actividades necesarias para el mantenimiento de la red informática del Instituto, el desarrollo y aplicación de sistemas informáticos y que éstos sean utilizados por las áreas del Instituto que así lo requieran, logrando con ello apoyar la consecución de los objetivos institucionales. FUNCIONES Promover alternativas para que el Instituto incorpore y aproveche los avances científicos y tecnológicos en materia de sistemas a fin de contar con tecnología que agilice el quehacer cotidiano. Diseñar, desarrollar e implementar los sistemas de cómputo para apoyar las actividades médicas, de docencia, de investigación y administrativas que se realizan en el Instituto. Coordinar la elaboración de los estudios de viabilidad para la adquisición de equipo de cómputo requerido por el Instituto y, una vez aprobados, realizar las gestiones conducentes para su adquisición, con el propósito de contar con el equipo pertinente para que las áreas del Instituto realicen las funciones asignadas a cada una de ellas. Supervisar la operación de la red de comunicaciones y de los equipos de cómputo que la conforman con la finalidad de brindar un óptimo servicio a las diversas áreas del Instituto. Supervisar el cumplimiento del mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de cómputo instalados, para mantenerlos en óptimas condiciones de operación, coadyuvando al cumplimento de los objetivos institucionales. Coordinar y supervisar el otorgamiento de los servicios de conmutador a las distintas áreas del Instituto, para mantener en operación constante este medio de comunicación, en beneficio tanto del personal, como de sus pacientes. Coordinar y supervisar la asignación y utilización del auditorio, aulas y equipo audiovisual, así como la elaboración del material requerido para la realización de eventos institucionales académicos, de difusión, y de investigación. ver Supervisar la integración del inventario del equipo informático propiedad del Instituto y su actualización permanente, para el control del mismo. Participar en el Comité para el Programa de Ahorro de Energía, en el Subcomité de Expediente Clínico, en el Subcomité de Protección Civil, como Vocal; así como en los comités y subcomités que le sean designados, apoyando con la información, conocimientos y actividades de informática a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.6 ORGANO INTERNO DE CONTROL OBJETIVO Apoyar la función directiva y promover el mejoramiento de la gestión del Instituto a través del establecimiento y ejecución de medidas de revisión del control interno de la entidad, promoviendo las medidas correctivas y el seguimiento que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del Instituto FUNCIONES Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de obligaciones de los servidores públicos, darles seguimiento e investigar y fincar responsabilidades para imponer las sanciones y llevar a cabo las acciones que conforme a la normatividad en vigor corresponda. Evaluar la suspensión temporal de presuntos responsables de su empleo, cargo o comisión cuando a juicio del Titular así convenga para la conducción o continuación de las investigaciones en apego a la normatividad en la materia. Emitir las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos, y de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones que emitan los titulares de las áreas de responsabilidades. Coordinar la defensa jurídica de las resoluciones que emita ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario de la Función Pública, con el propósito de hacer valer el marco jurídico del Instituto. Emitir certificaciones de los documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control para proporcionarlos a las instancias que así lo requieran. Establecer el sistema integral de control gubernamental y contribuir a su debido funcionamiento, proponer las normas y lineamientos que al efecto se requieran a fin de vigilar el cumplimiento de la normatividad de control y funcionamiento del Instituto. Programar y ordenar la realización de auditorías, investigaciones, inspecciones o visitas de cualquier tipo e informar periódicamente a la Secretaría de la Función Pública sobre el resultado de las acciones de control realizadas, así como apoyar, verificar y evaluar las acciones en materia de desarrollo administrativo. Resolver y dictaminar, conforme a la normatividad vigente, las solicitudes de particulares relacionadas con servidores públicos del Instituto o de la Procuraduría General de la República a las que se les comunicará el dictamen para que reconozcan, si así lo determinan, la responsabilidad de indemnizar la reparación de daños. Ordenar la denuncia ante las autoridades competentes, de los hechos que tenga conocimiento y puedan ser constitutivos de delitos, e instar al área de Asuntos Jurídicos a formular las querellas a que hubiere lugar. Requerir a las distintas áreas del Instituto la información necesaria para cumplir con sus atribuciones. Instruir que se lleven a cabo los programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos del Instituto, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública.

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Participar en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el Comité para el Programa de Ahorro de Energía, como Asesor, en el Comité de Información, como Secretario, en el Comité de Control y Desarrollo Institucional, como Vocal Ejecutivo, en el Comité de Ética como Invitado Permanente Titular, así como en los diversos comités que le sean designados por la normatividad aplicable al Instituto, a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités.

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1.0.10I.0.6.1 ÁREA DE RESPONSABILIDADES Y QUEJAS OBJETIVO Que en la tramitación y resolución de los expedientes de quejas y responsabilidades se observe el irrestricto cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y el Código Federal de Procedimientos Civiles. FUNCIONES Citar al presunto responsable e iniciar e instruir el procedimiento de investigación, a fin de determinar las responsabilidades a que haya lugar e imponer, en su caso, las sanciones aplicables en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades y determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones, de conformidad con lo previsto en el referido ordenamiento. Dictar las resoluciones en los recursos de revocación interpuestos por los servidores públicos respecto de la imposición de sanciones administrativas, así como realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario de la Función Pública. Recibir, instruir y resolver las inconformidades interpuestas por los actos que contravengan las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, con excepción de aquéllas que deba conocer la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, por acuerdo del Secretario de la Función Pública. Iniciar, instruir y resolver el procedimiento de investigaciones de oficio, si así lo considera conveniente por presumir la inobservancia de las disposiciones contenidas en las disposiciones mencionadas en el numeral anterior. Tramitar, instruir y resolver los procedimientos administrativos correspondientes e imponer las sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma e informar a la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas sobre el estado que guarde la tramitación de los expedientes de sanciones que sustancie, con excepción de los asuntos que aquélla conozca. Tramitar los procedimientos de conciliación en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma derivados de las quejas que presenten los proveedores o contratistas por incumplimiento a los contratos o pedidos celebrados por las dependencias, las entidades y la Procuraduría, en los casos en que por acuerdo del Secretario de la Función Pública así se determine. Para efecto de lo anterior, podrán emitir todo tipo de acuerdos, así como presidir y conducir las sesiones de conciliación y llevar a cabo las diligencias, requerimientos, citaciones, notificaciones y prevenciones a que haya lugar Instruir los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de inconformidades e investigaciones de oficio, así como en contra de las resoluciones por las que se impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de las leyes de la materia y someterlos a la resolución del titular del órgano interno de control.

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Formular requerimientos, llevar a cabo los actos necesarios para la atención de los asuntos en materia de responsabilidades, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera. Recibir las quejas y denuncias que se formulen por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, llevando a cabo las investigaciones para efectos de su integración y emitir el acuerdo de archivo por falta de elementos o de turno al área de responsabilidades, cuando así proceda, y realizar el seguimiento del procedimiento disciplinario correspondiente hasta su resolución Promover la implementación y seguimiento de mecanismos e instancias de participación ciudadana para el cumplimiento de estándares de servicio, así como en el establecimiento de indicadores para la mejora de trámites y servicios en las dependencias, las entidades y la Procuraduría, conforme a la metodología que al efecto se emita. Captar, asesorar, gestionar, promover y dar seguimiento a las peticiones sobre los trámites y servicios que presente la ciudadanía y recomendar a las dependencias, las entidades o la Procuraduría la implementación de mejoras cuando así proceda. Conocer previamente a la presentación de una inconformidad, las irregularidades que a juicio de los interesados se hayan cometido en los procedimientos de adjudicación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como respecto de la obra pública que lleven a cabo las dependencias, las entidades o la Procuraduría, a efecto de que las mismas se corrijan cuando así proceda. Supervisar los mecanismos e instancias de atención y participación ciudadana y de aseguramiento de la calidad en trámites y servicios que brindan las dependencias, las entidades o la Procuraduría conforme a la política que emita la Secretaría. Auxiliar al titular del órgano interno de control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera. Determinar la procedencia de las inconformidades que se presenten en contra de los actos relacionados con la operación del Servicio Profesional de Carrera y sustanciar su desahogo conforme a las disposiciones que resulten aplicables. Realizar la valoración de la determinación preliminar que formulen las dependencias sobre el incumplimiento reiterado e injustificado de obligaciones de los servidores públicos de carrera, en términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos. Participar en el Comité de Información, como Secretario, en el Comité de Ética como Invitado Permanente Suplente, así como en los diversos comités que le sean designados por la normatividad aplicable al Instituto, a fin de colaborar al logro de los objetivos de dichos comités. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Secretario y el titular del órgano interno de control correspondiente.

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1.0.10I.0.6.2 ÁREA DE AUDITORÍA PARA DESARROLLO Y MEJORA DE LA GESTIÓN OBJETIVO Maximizar la calidad de los trámites y servicios que brinda el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, a fin de satisfacer las expectativas de los ciudadanos, promoviendo la mejora y homologación de procesos, adopción de buenas prácticas, eliminación de normas que entorpecen el quehacer gubernamental y el empleo de herramientas que fomentan el incremento de la efectividad y la disminución de costos de operación del Instituto. FUNCIONES Verificar el cumplimiento de las normas de control que emita la Secretaría, así como elaborar los proyectos de normas complementarias que se requieran en materia de control. Evaluar la suficiencia y efectividad de la estructura de control interno establecido, informando periódicamente el estado que guarda. Efectuar la evaluación de riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría. Promover y asegurar el desarrollo administrativo, la modernización y la mejora de la gestión pública, mediante la implementación e implantación de acciones, programas y proyectos en esta materia. Participar en el proceso de planeación que desarrolle la institución en la que sean designados, para el establecimiento y ejecución de compromisos y acciones de mejora de la gestión o para el desarrollo administrativo integral, conforme a las estrategias que establezca la Secretaría de la Función Pública. Brindar asesoría en materia de mejora y modernización de la gestión en las instituciones en que se encuentren designados, en temas como: a) Planeación estratégica; b) Trámites, Servicios y Procesos de Calidad; c) Atención y Participación Ciudadana; d) Mejora Regulatoria Interna y hacia particulares; e) Gobierno Digital; f) Recursos Humanos, Servicio Profesional de Carrera y Racionalización de Estructuras; g) Austeridad y disciplina del gasto, y h) Transparencia y rendición de cuentas. Para efectos del párrafo anterior, los titulares de las áreas de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública, realizarán o podrán encomendar investigaciones, estudios y análisis, para asesorar a las instituciones en los temas señalados; Participar en los Comités Técnicos de Selección de las dependencias sujetas a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; Promover en el ámbito de las dependencias, las entidades y la Procuraduría el establecimiento de pronunciamientos de carácter ético, así como de programas orientados a la transparencia y el combate a la corrupción e impunidad.

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Proponer al titular del órgano interno de control las intervenciones que en materia de evaluación y de control se deban integrar al Programa Anual de Trabajo; Impulsar y dar seguimiento a los programas o estrategias de desarrollo administrativo integral, modernización y mejora de la gestión pública, así como elaborar y presentar los reportes periódicos de resultados de las acciones derivadas de dichos programas o estrategias. Dar seguimiento a las acciones que implementen las dependencias, las entidades y la Procuraduría para la mejora de sus procesos, a fin de apoyarlas en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos con un enfoque preventivo y brindarles asesoría en materia de desarrollo administrativo; Realizar diagnósticos y opinar sobre el grado de avance y estado que guardan las dependencias, las entidades y la Procuraduría en materia de desarrollo administrativo integral, modernización y mejora de la gestión pública. Promover el fortalecimiento de una cultura orientada a la mejora permanente de la gestión institucional y de buen gobierno, al interior de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa, metas y objetivos. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos; Requerir a las unidades administrativas de la institución en la que sean designados, la información que se requiera para la atención de los asuntos en las materias de su competencia. Establecer acciones preventivas y de transformación institucional a partir de los resultados de las distintas evaluaciones a los modelos, programas y demás estrategias establecidas en esta materia por la Secretaría de la Función Pública. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran, así como las que le encomiende el Secretario y el titular del órgano interno de control correspondiente.

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1.0.10I.0.6.3 ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA OBJETIVO Prevenir y abatir prácticas de corrupción; impulsar la efectividad de la gestión pública, así como la transparencia en la rendición de cuentas y el apego a la legalidad. FUNCIONES Ordenar y realizar por sí o en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública u otras instancias externas de fiscalización, las auditorías y visitas de inspección que le instruya el Titular del Órgano Interno de Control, suscribir el informe correspondiente y comunicar el resultado de dichas auditorías y visitas de inspección al Titular del Órgano Interno de Control, a la Secretaría de la Función Pública y a los responsables de las áreas auditadas. Ordenar y realizar por sí o en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública o con aquellas instancias externas de fiscalización que se determine, las auditorías, revisiones y visitas de inspección para determinar el cumplimiento de la normatividad, programas y metas establecidos e informar los resultados a los titulares de las mismas, y evaluar la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus objetivos, además de proponer las medidas preventivas y correctivas que apoyen el logro de sus fines, aprovechar mejor los recursos que tiene asignados, y que el otorgamiento de sus servicios sea oportuno, confiable y completo. Vigilar la aplicación oportuna de las medidas correctivas y recomendaciones derivadas de las auditorías o revisiones practicadas, por sí o por las diferentes instancias externas de fiscalización Requerir a las unidades administrativas de las dependencias y entidades la información, documentación y su colaboración para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones; Proponer al Titular del Órgano Interno de Control las intervenciones que en la materia se deban incorporar al programa anual de auditoría y control de dicho órgano; Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Secretario de la Función Pública y el Titular del Órgano Interno de Control correspondiente.

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XI.- GLOSARIO DE TERMINOS ANALISIS: Examen detenido y minucioso de alguna cosa, separando las diversa partes de un todo, con el fin de estudiar en forma independiente cada una de ellas, así como las diversas relaciones que existen entre las mismas. ASESORAR: Dar consejo y guía de manera especializada sobre alguna materia determinada. ATRIBUCIONES: Facultades que compete o corresponde ejecutar a la unidad administrativa. AUTORIZAR: Dar validez o legitimidad a alguna cosa quien tiene autoridad para ello. CARDIOLOGIA: Rama de la medicina que se ocupa del estudio del corazón, de sus enfermedades y de su tratamiento. COADYUVAR: Contribuir o ayudar con algo o a alguien para alcanzar un fin determinado. COORDINAR: Regular y combinar diversos elementos de modo que actúen ordenadamente y contribuyan a conseguir un fin determinado. CONTROLAR: Cuidar y vigilar el desarrollo de algo para intervenir en su acción, impidiendo su desviación o falla. EVALUAR: Calcular el valor de alguna cosa o su importancia tomando en cuenta varios elementos o juicios. INSTITUTO: Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN: Documento que expone con detalle los órganos que componen la institución, define los puestos que la integran y describe sus funciones, la relación jerárquica que existe entre ellos y los grados de autoridad y responsabilidad. MARCO JURIDICO: Disposiciones jurídicas que dan o dieron origen a la unidad administrativa y que establecen su creación, sus atribuciones y regulan su funcionamiento. MISION: Razón de ser de la unidad administrativa, que describe su propósito fundamental y determina su actividad sustantiva y estratégica, así como el fin para el cual fue creada. ORGANOGRAMA: Representación gráfica de la estructura orgánica de la unidad administrativa que muestra el agrupamiento de sus áreas, atendiendo a su naturaleza y orden jerárquico. PLANEAR: Realizar un conjunto de medidas y procedimientos sobre la manera en que se habrá de llevar a cabo cierto propósito. PRESUPUESTO: Cálculo del conjunto de gastos que se prevén para el ejercicio de las actividades de la entidad. PROMOVER: Favorecer la realización de algo, haciendo que se desarrolle con más efectividad. PROPONER: Manifestar las razones para inducir a un acto que sea útil para la consecución de un objetivo. SUPERVISAR: Vigilar o dirigir la realización de una actividad determinada, que realiza una persona con capacidad y/o autoridad para ello. VISION: Escenario objetivo que determina el alcance de los esfuerzos por realizar en un período determinado por la unidad administrativa