Legislacion (Educación)

27
Aspectos legales 1

description

Master Formación del Profesorado de la UAH Profesor: Lucas Cuadra

Transcript of Legislacion (Educación)

Page 1: Legislacion (Educación)

Aspectos legales

���1

Page 2: Legislacion (Educación)

• ¿Podemos copiar porciones de obras o figuras de otros autores en nuestros materiales docentes?

• ¿Cómo concienciar al estudiante del uso adecuado de los servicios Web 2.0 (buscadores, redes sociales, etc.) ?

���2

Dos líneas de actuación como docentes

Page 3: Legislacion (Educación)

1. Aspectos legales para docentes 1.1. Contexto: Derechos de

autor 1.2. Reproducción de obras en

materiales docentes 2. Aspectos legales sobre el uso

de Web 2.0 por menores���3

Índice

Page 4: Legislacion (Educación)

1. Aspectos legales para docentes

1.1. Contexto: Derechos de autor

1.2. Reproducción de obras en materiales docentes

���4

Page 5: Legislacion (Educación)

• “La utilización como material docente de obras originales protegidas por el derecho de autor exige el previo consentimiento del titular de los derechos de explotación”

• ¿Qué significa esta terminología?

���5

Page 6: Legislacion (Educación)

1.1. Derechos de autor: Información obtenida de:

➡http://campusvirtual.cv.uma.es/documentos/decalogoDerechosAutor.pdf

���6

Page 7: Legislacion (Educación)

¿Quién es autor?

• Cualquier persona que haya creado una obra (de cualquier tipo, científica, artística o literaria) original

• Creador obra = autor, por el mero hecho de su creación.

• Autor: ¿Titular de los derechos de autor?...

���7

Page 8: Legislacion (Educación)

¿Quién es el “Titular de los Derechos de Autor”?• La propiedad intelectual de una obra (de

cualquier tipo, científica, artística o literaria) corresponde a su autor por el sólo hecho de su creación.

• Titular de derechos de autor = autor

• Derechos de autor = Derechos de propiedad intelectual

• Autor: genera “obra protegida”...

���8

Page 9: Legislacion (Educación)

¿Qué es una obra protegida?

• Una obra (está) protegida (o es objeto de propiedad intelectual) cuando es una creación original (literarias, artísticas o científicas), en cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro.

• Pero: ¿Cuándo/cómo demuestro que una obra es mía? = ¿ Cuándo/cómo se adquieren los derechos de autor?...

���9

Page 10: Legislacion (Educación)

¿Cuándo/cómo se adquieren los derechos de autor?

• Los derechos de propiedad intelectual se adquieren en el momento de la creación.

• ¿Cómo se “demuestra” que soy el autor de una creación?

• Registros de la Propiedad Intelectual (Ministerio de Cultura y CCAA), donde el registro de la obra tiene exclusivamente efectos probatorios.

���10

Page 11: Legislacion (Educación)

• Hay dos tipos de derechos de autor:

1. Derechos de carácter personal

2. Derechos de carácter patrimonial o derechos de explotación

���11

¿Cuántos tipos de derecho de autor hay?

Page 12: Legislacion (Educación)

Derechos de autor de carácter personal

• (o derecho “moral” de autor)

• Derecho a decidir si la obra ha de ser divulgada y en qué forma

• Derecho a determinar si esa divulgación se hace con su nombre auténtico, bajo seudónimo o anónimamente.

• Derecho a exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra

���12

Page 13: Legislacion (Educación)

• Derecho a exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cambios (cualquier deformación, modificación y alteración)

• Derecho a retirar la obra del mercado, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de los derechos de explotación

���13

Page 14: Legislacion (Educación)

• El titular de los derechos de explotación (reproducción, distribución,...) puede ser el autor o un tercero (por ejemplo, una editorial) a quién el autor se los haya transmitido.

• ¿Cuáles son esos derechos de explotación?...

���14

Derechos patrimoniales o de explotación

Page 15: Legislacion (Educación)

• Derecho de reproducción. (parcial o total)

• Derecho de distribución: (a disposición del público)

• Derecho de comunicación pública: (acceso obra)

• Derecho de transformación: (modificación = otra obra)

���15

Page 16: Legislacion (Educación)

Entonces:

¿Cómo hacemos para enseñar?

���16

Page 17: Legislacion (Educación)

En nuestra docencia podemos utilizar obras de otros autores siempre que

respetemos ciertos derechos...

���17

Page 18: Legislacion (Educación)

1. 2. Derechos de autor y docencia

A. Derecho de cita

B. Obras de dominio público

���18

Page 19: Legislacion (Educación)

• No debemos, no es lícito la inclusión en nuestros materiales docentes (en una obra propia) de fragmentos de otras obras ajenas

• Sí podemos incluirlos con fines docentes (análisis, comentario o juicio crítico) o de investigación e indicando la fuente y el nombre del autor (derecho de cita). NO es necesario el consentimiento.

• ¿Cómo hago para respetar el derecho de cita?...

���19

A. Derecho de cita

Page 20: Legislacion (Educación)

• Las obras son de dominio público cuando ha expirado cierto plazo: vida del autor + setenta años.

• Estas obras pueden ser libremente utilizadas en el material docente.

���20

B. Obras de dominio público

Page 21: Legislacion (Educación)

1. Aspectos legales para docentes 1.1. Contexto: Derechos de autor 1.2. Reproducción de obras en

materiales docentes

2. Aspectos legales sobre el uso de Web2.0 por menores

���21

Índice

Page 22: Legislacion (Educación)

Web2.0 y los menores

•Información disponible en: • http://www.tudecideseninternet.es/

educadores/

• (2013 Agencia Española de Protección de Datos)

���22

Page 23: Legislacion (Educación)

Algunas cifras...

• El 91% de los jóvenes entre 10 y 15 años ha utilizado Internet en 2012

• Sólo un 7% de los jóvenes entre 14 y 17 años dice no ser usuario de alguna red social.

➡“los jóvenes más que usar Internet viven en la Red”.

���23

Page 24: Legislacion (Educación)

• Internet nos facilita la vida en numerosos aspectos: para obtener información, adquirir conocimientos, ...

• Pero también un uso irresponsable puede dar lugar a situaciones que ponen en riesgo a los estudiantes menores de edad.

• Desde nuestro enfoque: dos elementos a aprender:

���24

Page 25: Legislacion (Educación)

• Conocer qué es un dato personal y algunos ejemplos. Conocer cuándo, cómo y qué datos personales se deben proporcionar. Valorar la importancia de proteger nuestros datos personales. Conocer los derechos que la ley nos otorga para proteger nuestros datos personales. Conocer algunas de las situaciones de riesgo más frecuentes para menores.

• pdf en: http://www.tudecideseninternet.es/educadores/ficha_didactica

���25

a) Datos Personales y Privacidad

Page 26: Legislacion (Educación)

• Concienciar del uso adecuado de los servicios que componen el entorno Web 2.0 (buscadores, plataformas colaborativas, redes sociales, etc.) y sus consecuencias.

• Al utilizar estos servicios Web 2.0, el usuario muestra atributos de la personalidad, configurando así una identidad “digital” que se proyecta en los demás dando lugar a una reputación.

• pdf en: http://www.tudecideseninternet.es/educadores/ficha_didactica

���26

b) Identidad Digital y reputación Online. Redes Sociales

Page 27: Legislacion (Educación)

Actividad

• Sintetizar (en una sola página) la información que usted considere más relevante (para su actividad docente) contenida en el documento disponible en: http://www.tudecideseninternet.es/educadores/ficha_didactica

���27