Las señales de tránsito son signos y símbolos que sirven de guía

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República bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la defensa Universidad Nacional Experimental Politécnico de la Fuerza Armada Nacional. UNEFA (Núcleo – Apure) Profesor: Bachilleres: Ing. Aurelio Correa Bolívar Romina Contestabile Bruno Hernández Clara Zacarías Paola SEÑALE S DE TRÁNSI TO

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República bolivariana de Venezuela

Ministerio del poder popular para la defensa

Universidad Nacional Experimental Politécnico de la Fuerza Armada Nacional.

UNEFA

(Núcleo – Apure)

Profesor: Bachilleres:

Ing. Aurelio Correa Bolívar Romina

Contestabile Bruno

Hernández Clara

Zacarías Paola

San Fernando; octubre del 2012

SEÑALES DE

TRÁNSITO

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Índice.

Pág.

Introducción 3

Señales de tránsito 4

Tipo 8

Objetivo 8

Señalización horizontal y vertical 9

Reglas básica del derecho de transito 10

Conclusión 13

Bibliografía 14

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INTRODUCCIÓN

Las señales de tránsito son totalmente reglamentadas por la ley de tránsito, esta

señales ayuda que a guiarnos o prevenir algún peligro, información de algo importante.

El régimen del transporte terrestre previsto en la Ley, constituye una actividad de

interés social, pública, económica y estratégica a cuya realización concurren el Estado, los

ciudadanos y ciudadanas, la sociedad organizada y los y las particulares, de conformidad

con la ley.

Existen los tipo de señales depende si es horizontal o vertical ya cuando sea para la vialidad o para informar o prevenir si hay peligro, sitio de interés.

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SEÑALES DE TRÁNSITO.

Las señales de tránsito son signos y símbolos que sirven de guía para los

conductores de los vehículos y los peatones en las vías y calles públicas. 

Las señales de tránsito, datan del Imperio Romano, época en la que se instalaron

algunas señales indicando el camino correcto y la distancia que había entre una ciudad y el

imperio. Luego, con la aparición del automóvil en el siglo XX, las señales de tránsito no

experimentaron cambios radicales, siguiendo la línea de las utilizadas en el Imperio

Romano. Tiempo después se fueron multiplicando los vehículos y estos símbolos fueron la

única forma de comunicar las normas de tránsito a los conductores y a los peatones,

empleando un lenguaje fácil que pudiera entender cualquier persona. Independientemente

de que hay que estudiarlas para presentar el examen de conducir, las señales de

tránsito deben ser conocidas y cumplidas por todos los ciudadanos en todos los territorios.

Las señales de tránsito indican las distancias entre ciudades, curvas, puentes y todo

aquello que el conductor necesita conocer sobre el camino (teléfono, estación de gasolina,

paso a nivel, fin de autopista, primeros auxilios, etc.). Algunas están ubicadas en postes o

pintadas en la calle, al lado de caminos, o en carteles encima de las vías.

Las señales de tránsito garantizan que personas de diversas lenguas y culturas

puedan interpretar los mensajes, por ello se usan símbolos en lugar de palabras, las cuales

se han desarrollado principalmente en Europa y se han adoptado en la mayoría de los países

del mundo.

 Por ejemplo algunos tipos de señales

SEÑALES DE TRANSITO DE PREVENCIÓN

CurvaCurva

Pronunciada en SProximidad de

semáforosCruce de caminos

a nivel

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Camino lateral Bifurcación RotondaIncorporación de

TránsitoEstrechamiento

de calzada

Estrechamiento de calzada

Puente angosto Resalto o loma Badén

Pendiente pronunciada

Zona de derrumbes

Proyección de gravilla

Calzada resbaladiza

Altura limitada

Ancho limitado Puente móvil Túnel vehicular Calzada dividida Doble circulación

Viento lateralPresencia de

animalesAnimales en

libertadCruce de jinetes Ciclistas

Zona escolar NiñosSalida de

ambulanciasTranvía

Vuelos a baja altura

Maquinaria agrícola

Flecha direccionalPrevención de

pareFin zona de derrumbe

Fin de calzada resbaladiza

SEÑALES DE TRANSITO DE REGLAMENTACIÓN

Pare Ceda el paso ContramanoProhibido seguir

adelanteProhibido girar a

la izquierda

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Prohibido girar a la derecha

Prohibido girar en U

Prohibido el cambio de carril

Giro a la derecha solamente

Prohibido adelantar

Prohibido circular automotores

Prohibido circular vehículos de

carga

Prohibido circular vehículos de

tracción sangre

Prohibido circular bicicletas

Prohibido circular maquinarias

agrícolas

Prohibido circular con animales

Prohibido tocar bocina

Prohibido Estacionar y Detenerse

Prohibido estacionar

Prohibido circular peatones

Prohibido circular vehículos de peso mayor al indicado

Prohibido circular vehículos de

altura mayor a la indicada

Prohibido circular vehículos al ancho mayor

indicado

Prohibido circular vehículos de

longitud mayor  que la indicada

Velocidad máxima permitida

Tránsito pesado por carril derecho

Peatones deben caminar por su

izquierda

Prohibido pasar sin detenerse

Estacionamiento reglamentario

Carril exclusivo transporte público

Uso obligatorio de cadenas para la

nieve

Circulación obligatoria

Comienzo de doble sentido de

circulación

Comienzo de sentido único de

circulación

Velocidad máxima permitida

Prohibido circular en moto

Circulación exclusiva para

motos

Circulación exclusiva para

bicicletas

Referencia de avances

Circulación obligatoria

SEÑALES DE TRANSITO DE INFORMACIÓN

Nomenclatura de Balneario Bar Camino o calle sin Campamento

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autopista salida

Comienzo de autopista

CorreoZona de

detención de ómnibus

Campamento para casas rodantes

Estación de servicio

Fin de autopsitaZona de

EstacionamientoGomería Hotel Aeródromo

Lugar de pic-nic MuseoInformación de

destinoPlaza Policia

Primeros auxilios Vista de interésServicio de restaurante

Ruta NacionalCarretera

Panamericana

Ruta Provincial Servicio mecánico Teléfono Taxi Teleférico

Estación de ferrocarril

Terminal de ómnibus

TIPOS DE SEÑALES DE TRÁNSITO.

 

Verticales: de reglamentación, prevención y las de información.

Horizontales: longitudinales, transversales y marcas especiales.

Luminosas: semáforos para vehículos, de giro vehicular con flecha, peatonal y especiales.

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Transitorias: reglamentarias, de prevención, información y otras señales temporarias.

Manuales: las que realizan los agentes de tránsito y los conductores.

Sonoras: bocinas, sirenas y silbatos o pito.

OBJETIVOS DE LA SEÑALES DE TRÁNSITO.

Informativas de Identificación: Tienen por objeto identificar las calles según su

nombre y las carreteras según su número de ruta y kilometraje.

Informativas de destino: Tienen por objeto informar a los usuarios sobre el nombre

y la ubicación de cada uno de los destinos que se presentan a lo largo de su

recorrido. Su aplicación es primordial en las intersecciones en donde el usuario debe

elegir la ruta a seguir según el destino seleccionado.

De recomendación y de información general: El objetivo de estas señales es,

informar determinadas disposiciones y recomendaciones de seguridad que conviene

observar, así como cierta información general que conviene conocer.

Informativas de Servicios y Turísticas: Tienen por objetivo informar de la existencia

de un servicio o de un lugar de interés turístico y/o recreativo.

Consejos prácticos para la interpretación de los señalamientos verticales

-    Estar alerta cuando te encuentres con una señal preventiva, ya que ésta te

indicará que adelante podrás encontrarte con una situación en la que debas adoptar

medidas de precaución para efectuar una maniobra, de la que dependerá tu propia

seguridad y la de los demás vehículos.

-    Obedecer las indicaciones de las señales restrictivas, ya que éstas denotan la

existencia de limitaciones o prohibiciones que exigen las propias circunstancias de

la carretera y de la reglamentación del tránsito. Recordar que la desobediencia de

estas señales implica sanciones establecidas en los Reglamentos de Tránsito.

-    Estar atento a las indicaciones de las señales informativas, ya que representan un

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auxilio muy útil para guiarte en el itinerario que llevas en tu viaje.

-    No destruyas el señalamiento, es uno de los principales medios para

salvaguardar la seguridad del tránsito en las calles y carreteras.

DISPOSITIVOS DE SEÑALIZACIONES HORIZONTALES Y VERTICALES.

Señalización vertical se entiende que por señalización el conjunto de elemento

destinado a advertir, reglamentar o informar al usuario de una determinada vía con la

debida antelación y determinada circunstancia de la vía o de la circulación. El código de

circulación española clasifica las distintas señales verticales según la información

suministrada que son:

Señales de peligro

Señales de reglamentación

Señales de indicación

Señalización horizontal denominamos a marcas viales o los elementos de

señalización situado en la superficie de la plataforma de una vía y en caso de ser urbana se

encuentra en los bordillos.

Las marcas viales suele ser blancas, aunque puede adoptar otros colores según delimiten

zonas de obras (naranja) de regulación de parada de vehiculó (amarillo) o de

estacionamiento de (azul).básicamente existen 3 tipo de marcas viales.

Longitudinal

Transversales

Signos.

REGLAS BÁSICA DEL DERECHO DE TRÁNSITO.

Art. 88: el siguiente artículo hace referencia la obligación de la educación o enseñanza   de

la seguridad vial y trasporte terrestre, así como los de formación cívica y prevención a

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través de programas permanentes en el cual se involucrará a todas las modalidades del

sistema educativo venezolano

Art 89: los ciudadanos deberán participar en la propagación y el cumplimiento de reglas y

normas del trasporte terrestre, los cuales serán promovidos por las autoridades competentes.

Para ello se podrá formar brigadas de voluntarios con el fin de lograr obtener recursos para

el fortalecimiento   y mejoramiento de los programas de educación vial

Art 90: deberá tener permiso por las autoridades competentes para la colocación de toda

publicidad institucional y comercial, tales como vallas, señales, carteles, avisos. Entre

otros.

Le corresponde al Instituto Nacional de Transporte Terrestre autorizar la instalación de

publicidad institucional y comercial en las proximidades del derecho de la vía de las

carreteras y autopistas nacionales, con anterior verificación del acatamiento   de los

requisitos establecidos en esta Ley y todos sus Reglamentos.

Le corresponde a los municipios permitir o autorizar la instalación de publicidad

institucional y comercial en los alrededores de las vías urbanas, así como tramos que

atraviesen áreas o centros poblados dentro de la zona geográfica de un municipio.

Le corresponde únicamente a los municipios supervisar y controlar que la colocación de

vallas y otras modalidades a las ordenanzas municipales, así como también le corresponde

la sustentación y decisión en caso de presuntos incumplimientos de dicha normativa y la

aplicación de las sanciones administrativas a que haya lugar.

Art 91: este articulo prohibida terminantemente la colocación de medios publicitarios en las

intersecciones de vías, distribuidores de tránsito, puentes, viaductos, túneles, pasos

peatonales y separadores de avenidas, autopistas y carreteras.

Art 92: se prohíbe la colocación de ciertos tipos de publicidad tales como anuncios, vallas,

avisos publicitarios, comerciales o institucionales en toda la red vial, pública o privada de

uso público, así como también n las unidades de trasportes terrestres y de carga que posean

mensajes de:

*Cigarros y derivados del tabaco

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*Bebidas alcohólica

*Armas y explosivos 

* Bienes o servicios dirigidos a niños, niñas o adolescentes que muestren elementos de

violencia. Entre otros

Art 96: las autoridades de los municipios poseen la autoridad para autorizar, supervisar,

regular y controlar el transporte terrestre público   de pasajeros y pasajeras urbanas,

suburbanas o interurbanas dentro de su respectiva autoridad.

Art 97: el Instituto Nacional de Trasporte Terrestre es la autoridad adecuada en todo el

territorio nacional para autorizar y supervisar el servicio de transporte de carga. Deberán

trabajar juntos los estados y el Instituto Nacional de Trasporte Terrestre   a través de

cuerpos técnicos de vigilancia de transporte terrestre para el control pertinente de este

servicio en red vial nacional.

Art 98: de acuerdo a un plan de control de cargas en materia de transporte terrestre, los

estados en el espacio de su competencia deberá prever en tramos de autopistas o carreteras

la instalación de balanzas o equipos de control de carga requeridos por la autoridad

conveniente 

Art 126: este artículo establece que se considera cargas de alto riesgos aquellas compuestas

de productos peligrosos que causen daño a las personas, medio ambiente, vehículos y

demás bienes. Dentro de este tipo de cargas se pueden nombrar también aquellas cuyas

dimensiones o pesos superan el máximo establecido en las Normas del Sistema Nacional de

Calida.

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CONCLUSIÓN.

La señales de tránsito se puede determinar de acuerdo a los colores y sus posición,

ya estableciendo que es tipo de señal es, as señales de tránsito tienen como finalidad

informar a los conductores de los vehículos y peatones, sobre las normas que deben seguir

en las carreteras y vías públicas para garantizar la seguridad vial.  

El conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la

circulación del tránsito, mediante la utilización de conocimientos (leyes, reglamento y

disposiciones) y normas de conducta, bien sea como Peatón, Pasajero o Conductor, a fin de

usar correctamente la vía pública previniendo los accidentes de tránsito.