Contrato de Trabajo j&m

4
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (EL NOMBRE DE LA EMPRESA), REPRESENTADA POR: (REPRESENTATE LEGAL), Y POR LA OTRA (EL TRABAJADOR), AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS: A N T E C E D E N T E S 1.- LA EMPRESA (nombre de la empresa) Es una persona moral Constituida legalmente según las LEYES MEXICANAS, y protocolizada ante la Fé del Notario Público, con domicilio fiscal en: (el domicilio de Zacatlán o Apizaco) Legalmente representada por: (nombre del representante legal) 2.- EL TRABAJADOR (nombre) Manifiesta bajo protesta de decir verdad, ser de nacionalidad MEXICANA, de años de edad, estado civil , con domicilio en: 3.- LA EMPRESA (nombre) Tiene como objeto social (la actividad fiscal) 4.- EL TRABAJADOR Manifiesta que tiene la capacidad y aptitudes físicas y mentales para desarrollar el objeto de la sociedad, referido en antecedentes. 5.- LA EMPRESA Requiere de los servicios de personal apto para el desarrollo de sus actividades, y de modo especial para el puesto o funciones de. 6.- EL TRABAJADOR Es conforme en desempeñar los requerimientos de la empresa y en plasmar las condiciones generales de trabajo sobre las cuales prestará sus servicios de manera independiente y determinada. C L A U S U L A S PRIMERA.- Para efectos de mayor brevedad se denominará en lo sucesivo a(nombre de la empresa) como “LA EMPRESA”, a (nombre del trabajador) Como “ EL TRABAJADOR”, al referirse al presente documento como “EL CONTRATO”, y los que o suscriben como “LAS PARTES”.

description

Contrato de Trabajo j&m

Transcript of Contrato de Trabajo j&m

  • CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (EL NOMBRE DE LA EMPRESA), REPRESENTADA POR: (REPRESENTATE LEGAL), Y POR LA OTRA (EL TRABAJADOR), AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS: A N T E C E D E N T E S 1.- LA EMPRESA (nombre de la empresa) Es una persona moral Constituida legalmente segn las LEYES MEXICANAS, y protocolizada ante la F del Notario Pblico, con domicilio fiscal en: (el domicilio de Zacatln o Apizaco) Legalmente representada por: (nombre del representante legal) 2.- EL TRABAJADOR (nombre) Manifiesta bajo protesta de decir verdad, ser de nacionalidad MEXICANA, de aos de edad, estado civil , con domicilio en: 3.- LA EMPRESA (nombre) Tiene como objeto social (la actividad fiscal) 4.- EL TRABAJADOR Manifiesta que tiene la capacidad y aptitudes fsicas y mentales para desarrollar el objeto de la sociedad, referido en antecedentes. 5.- LA EMPRESA Requiere de los servicios de personal apto para el desarrollo de sus actividades, y de modo especial para el puesto o funciones de. 6.- EL TRABAJADOR Es conforme en desempear los requerimientos de la empresa y en plasmar las condiciones generales de trabajo sobre las cuales prestar sus servicios de manera independiente y determinada. C L A U S U L A S PRIMERA.- Para efectos de mayor brevedad se denominar en lo sucesivo a(nombre de la empresa) como LA EMPRESA, a (nombre del trabajador) Como EL TRABAJADOR, al referirse al presente documento como EL CONTRATO, y los que o suscriben como LAS PARTES.

  • SEGUNDA.- EL CONTRATO se celebra por OBRA DETERMINADA de conformidad con los Artculos 35 y 36 de LA LEY, ya que la naturaleza de la obra as lo exige como a continuacin se indica. TERCERA.- La OBRA DETERMINADA a la que se refiere la clusula anterior, consiste precisamente en: (las funciones a desarrollar). CUARTA.- La duracin de EL CONTRATO ser por tiempo determinado, mismo que equivale estrictamente al tiempo que dure la realizacin de la obra que se contrata, sin que el mismo pueda ampliarse en ningn caso, salvo convenio escrito de LAS PARTES, lo anterior de conformidad con el artculo 37 fracc. I Y 53 fraccin III de LA LEY. QUINTA.- EL TRABAJADOR se compromete a prestar los servicios para los que se contrata por un periodo de (tiempo 3,6,9, 12, etc meses o das), lo anterior segn la estimacin hecha por EL TRABAJADOR. SEXTA.- LA EMPRESA se obliga a proporcionarle a EL TRABAJADOR los medios y facilidades necesarias para realizar los servicios contratados, tales como permisos, licencias, etc., ms sin embargo, en relacin con los materiales y herramientas necesarias., LAS PARTES acuerdan lo siguien.

    a) Sern suministrados por LA EMPRESA ( ) b) Sern suministrados por EL TRABAJADOR ( ) c) Sern suministrador por ambos de la siguiente manera.(anotar, con el material o

    equipo con el que va a trabajar, folletos, manuales, recetarios, utensilios, etc.)

    SEPTIMA.- Los materiales suministrados segn la clusula anterior, sern de primera calidad, y en cantidades suficientes para la realizacin de la obra, o trabajo a desempear, en relacin con la herramienta en caso de facilitarla LA EMPRESA, LAS PARTES manifiestan ser nueva ( ) usada( ), en perfectas condiciones, por lo que EL TRABAJADOR se obliga a responder por ella, salvo por su desgaste natural, lo anterior en base al art. 83 de LA LEY. OCTAVA.- LAS PARTES acuerdan como importe total de los servicios que se contrata, la cantidad de: $ Suma que deber ser pagada por LA EMPRESA a EL TRABAJADOR personalmente en moneda nacional y de la siguiente forma: (semanal, quincenal, o mensual), EL TRABAJADOR extender los recibos correspondientes, cantidad con la que quedan convenidos. NOVENA.- El lugar de prestacin de servicios ser en (domicilio de la empresa)

  • DECIMA.- La duracin de la jornada de trabajo ser de( horas, das, semanales ), quedando distribuida de la siguiente manera. De Lunes a viernes de las am. a las pm. Y sbado de las am. a las pm. Cuando el horario de labores sea continuo EL TRABAJADOR tendr derecho a horas de descanso para tomar alimentos y le ser computado dicho periodo dentro de su jornada de trabajo, quedando en su caso comprendido el mismo de las a las horas. DECIMA PRIMERA.- Dada la naturaleza del trabajo que se contrata, no podr haber HORAS EXTRAS en l, ya que es por OBRA DETERMINADA, por tanto si EL TRABAJADOR desease realizar la obra en un trmino menor al acordado, tal circunstancia depender de l, por lo que LA EMPRESA, en ningn caso responder de tiempo extraordinario, ms an si la obra se realizara sin la supervisin directa y continua de LA EMPRESA. DECIMA SEGUNDA.- Quedan establecidos como da de descanso obligatorio los sealados en el art. 74 de LA LEY. DECIMA TERCERA.- EL TRABAJADOR deber integrarse a los PLANES, PROGRAMAS Y COMISIONES de CAPACITACION y ADIESTRAMIENTO que tiene constituido LA EMPRESA, tomando parte activa dentro de los mismos segn los cursos establecidos y medidas preventivas de riesgo de trabajo. DECIMA CUARTA.- EL TRABAJADOR deber observar y cumplir todo lo contenido en el REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO con que cuenta LA EMPRESA. DECIMA QUINTA.- Por todo lo no previsto en el presente contrato, se estar a lo contenido en el CONTRATO DE TRABAJO con que cuente LA EMPRESA, o bien lo prescrito por LA LEY. DECIMA SEXTA.- LAS PARTES reconocen como fecha de inicio de prestacin de servicios a partir del da (FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADES DEL TRABAJADOR)

  • LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR QUIENES EN EL INTERVINIERON, LO RATIFICAN EN SU CONTENIDO, LO SUSCRIBEN POR DUPLICADO QUEDANDO EL ORIGINAL EN PODER DE EL TRABAJADOR, Y LA COPIA PARA LA EMPRESA, A LOS DIAS DEL MES DE DEL AO DE LA EMPRESA EL TRABAJADOR _________________________ _____________________________ T E S T I G O S

    ____________________________ _________________________________