Consentimiento informado

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CONSENTIMIENTO INFORMADO INTEGRANTES Francisca Vallespir Maryorie Reyes Yonatan Yevenes

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CONSENTIMIENTO

INFORMADO

INTEGRANTES

Francisca Vallespir

Maryorie Reyes

Yonatan Yevenes

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CONCEPTO

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Es un derecho exigible, El enfermo tiene

derecho a conocer el diagnóstico de su

enfermedad. Asimismo, el médico deberá

explicarle, en un lenguaje comprensible, en

qué consiste y la evolución en caso de no ser

tratada.

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¿QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO

INFORMADO?

consiste en la entrega de información a

un paciente de la naturaleza de su

enfermedad, así como del balance entre

los efectos de la misma , los riesgos y

beneficios de los procedimientos

terapéuticos recomendados.

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¿CUANDO SE DEBE ENTREGAR LA

INFORMACIÓN A UN PACIENTE?

Es fundamental buscar una situación

adecuada. Se trata de evitar que el paciente se

sienta desvalido y vulnerable.

La entrega de información toma su tiempo, en

especial si lo que se pretende con ella es que

el paciente comprenda la situación en la que

se encuentra, los tratamientos que le ofrecen,

las alternativas que tiene y los riegos que

corre.

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¿QUIÉN DEBE ENTREGAR LA

INFORMACION AL PACIENTE?

El profesional que va a ejecutar los procedimientos al paciente es el que debe entregar la información y conseguir el Consentimiento del enfermo.

Principalmente el médico tiene la misión de informar al paciente y solicitar así su consentimiento.

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¿CÓMO SE DEBE ENTREGAR LA

INFORMACIÓN?

Se ha de utilizar un lenguaje sencillo

para que el paciente y los familiares lo

entiendan, ya que algunas veces "lo

técnico" resulta demasiado confuso.

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¿QUÉ INFORMACIÓN ENTREGAR?

Sobre qué es lo que se va a hacer

Para qué se va a hacer el procedimiento

o tratamiento (objetivos claros)

Qué se espera obtener como resultado

(beneficios esperados)

Cuáles pueden ser los riesgos

Qué alternativas existen a lo que se está

proponiendo

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Qué ocurriría si el paciente decide no

acceder a lo que se le ofrece (riesgos de

no tratarse o aceptar un procedimiento)

Qué hacer si necesita más información (a

quien preguntar, donde y cómo,

información completa y continuada)

Qué hacer si cambia de idea frente al

consentimiento otorgado o rechazado.

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EXCEPCIONES DEL C.I

En principio es siempre obtener el consentimiento informado del paciente o de un familiar. Sin embargo se prevén algunas excepciones:

Situación de urgencia vital inmediata

Grave peligro para la salud pública

Incompetencia o incapacidad del enfermo y ausencia de sustitutos legales.

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BASES BIOÉTICAS DEL C.I

los pacientes serán tratados como seres

autónomos.

este principio tiene un carácter absoluto

pues no se puede dañar la autonomía

del paciente y su decisión de participar

en el procedimiento a realizar para su

beneficio.

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ROL DEL T.E.N.S EN EL C.I

Como T.E.N.S solo nos compete entregar

información de los procedimientos que

realizaremos, sin embargo no tenemos la

autoridad de entregar información de su

patología al paciente, solo en el caso de

que el medico tratante nos autorice.

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BIBLIOGRAFIA

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