28.06. teor+¡a del caso. dr. h+®ctor centeno
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““ESTRATEGIA DE ESTRATEGIA DE DEFENSA Y TEORIA DE DEFENSA Y TEORIA DE
CASO. CASO. DR. HECTOR CENTENO DR. HECTOR CENTENO
BUENDIA.BUENDIA.1. Planificar estratégicamente el desarrollo de un litigio, y, 1. Planificar estratégicamente el desarrollo de un litigio, y, en particular, los temas a discutir en las audiencias orales en particular, los temas a discutir en las audiencias orales contempladas en nuestro ordenamiento procesal, como contempladas en nuestro ordenamiento procesal, como
asimismo, comprender la importancia que ello reviste para asimismo, comprender la importancia que ello reviste para el éxito de la labor de los abogados. el éxito de la labor de los abogados.
2. Ser capaz de generar, desarrollar y actualizar una Teoría 2. Ser capaz de generar, desarrollar y actualizar una Teoría del Caso que oriente las actividades de argumentación, del Caso que oriente las actividades de argumentación, investigación, asesoría o defensa en un caso concreto. investigación, asesoría o defensa en un caso concreto.
"Exposición, Persuasión y Destrezas "Exposición, Persuasión y Destrezas de litigación Oral". de litigación Oral".
2. Ser capaz de generar, desarrollar y actualizar una 2. Ser capaz de generar, desarrollar y actualizar una Teoría del Caso que oriente las actividades de Teoría del Caso que oriente las actividades de argumentación, investigación, asesoría o defensa en argumentación, investigación, asesoría o defensa en un caso concreto. un caso concreto.
3. Conocer las técnicas, habilidades y destrezas que 3. Conocer las técnicas, habilidades y destrezas que se requieren para intervenir en audiencias orales. se requieren para intervenir en audiencias orales.
4. Aplicar adecuadamente tales técnicas, habilidades, 4. Aplicar adecuadamente tales técnicas, habilidades, destrezas y recomendaciones al intervenir en destrezas y recomendaciones al intervenir en audiencias orales ante los tribunales de justicia.audiencias orales ante los tribunales de justicia.
"Exposición, Persuasión y Destrezas "Exposición, Persuasión y Destrezas de litigación Oral". de litigación Oral".
1. Importancia de las destrezas y habilidades de litigación oral. 1. Importancia de las destrezas y habilidades de litigación oral. Presentación del caso al Juez de Garantía Presentación del caso al Juez de Garantía
2. Teoría del Caso 2. Teoría del Caso a) Concepto, importancia y características de la Teoría del a) Concepto, importancia y características de la Teoría del
CasoCaso b) Identificación y construcción de la Teoría del Casob) Identificación y construcción de la Teoría del Caso c) Proposiciones fácticasc) Proposiciones fácticas d) Clasificación estratégica de las evidenciasd) Clasificación estratégica de las evidencias e) Recomendaciones prácticas al abordar un caso concreto e) Recomendaciones prácticas al abordar un caso concreto
"Exposición, Persuasión y Destrezas "Exposición, Persuasión y Destrezas de litigación Oral". de litigación Oral".
Destrezas de Litigación Oral en Materia Penal Destrezas de Litigación Oral en Materia Penal Destrezas de Litigación en Juzgados de GarantíaDestrezas de Litigación en Juzgados de Garantía Discurso de AperturaDiscurso de Apertura Examen directo de testigosExamen directo de testigos Examen directo de peritosExamen directo de peritos ••Prueba material Prueba material Sistema de objecionesSistema de objeciones Contraexamen de testigos y peritos Contraexamen de testigos y peritos Discurso de Clausura Discurso de Clausura
LA ARGUMENTACION LA ARGUMENTACION JURIDICAJURIDICA
Nuestro Código Procesal Penal promulgado el 28 de julio de 2004, esta Nuestro Código Procesal Penal promulgado el 28 de julio de 2004, esta inspirado en el reconocimiento y la transparencia constitucional del respeto inspirado en el reconocimiento y la transparencia constitucional del respeto irrestricto a los derechos fundamentales de la persona y al amparo de los irrestricto a los derechos fundamentales de la persona y al amparo de los Instrumentos Internacionales de Derechos humanos (Convenios, Tratados Instrumentos Internacionales de Derechos humanos (Convenios, Tratados y Pactos) que han sido incorporados al derecho interno; situación fáctica y Pactos) que han sido incorporados al derecho interno; situación fáctica que implica reemplazar el presente modelo de corte mixto que implica reemplazar el presente modelo de corte mixto (tendencialmente inquisitivo y limitadamente contradictorio), caracterizado (tendencialmente inquisitivo y limitadamente contradictorio), caracterizado por ser reservado y con predominio de la escritoriedad; por el nuevo por ser reservado y con predominio de la escritoriedad; por el nuevo modelo, en el cual se va a desarrollar un proceso de carácter acusatorio con modelo, en el cual se va a desarrollar un proceso de carácter acusatorio con rasgos adversariales, que involucra un cambio en la cultura jurídica del rasgos adversariales, que involucra un cambio en la cultura jurídica del país y del comportamiento de las partes procesales, ya que van a rediseñar país y del comportamiento de las partes procesales, ya que van a rediseñar sus roles, modificando sus conductas, métodos, practicas, usos en el sus roles, modificando sus conductas, métodos, practicas, usos en el proceso; por ende superando y dejando atrás el modelo inquisitivo proceso; por ende superando y dejando atrás el modelo inquisitivo reformado. reformado.
LA ARGUMENTACION LA ARGUMENTACION JURIDICAJURIDICA
El juicio es la etapa principal del proceso, escenario donde se van a actuar El juicio es la etapa principal del proceso, escenario donde se van a actuar los medios de prueba ofrecidos y admitidos en la etapa intermedia. Por eso los medios de prueba ofrecidos y admitidos en la etapa intermedia. Por eso los abogados (Fiscalía y Defensa) tenemos a nuestra disposición los los abogados (Fiscalía y Defensa) tenemos a nuestra disposición los instrumentos que nos permitirán ser eficientes y eficaces en el ejercicio instrumentos que nos permitirán ser eficientes y eficaces en el ejercicio profesional, para participar en este nuevo sistema procesal tenemos que profesional, para participar en este nuevo sistema procesal tenemos que aprender a estructurar la teoría del caso que nos va a permitir desarrollar aprender a estructurar la teoría del caso que nos va a permitir desarrollar las estrategias de litigación a través de habilidades y destrezas de las estrategias de litigación a través de habilidades y destrezas de argumentación que van a ser expuestas oralmente ante el órgano argumentación que van a ser expuestas oralmente ante el órgano jurisdiccional, la teoría del caso como eje principal para conocer los hechos jurisdiccional, la teoría del caso como eje principal para conocer los hechos que posteriormente a través del proceso permitan acreditar la que posteriormente a través del proceso permitan acreditar la responsabilidad o inocencia de los procesados, escenario que podrá servir responsabilidad o inocencia de los procesados, escenario que podrá servir para validar nuestras tesis; esto al amparo de los principios de inmediación, para validar nuestras tesis; esto al amparo de los principios de inmediación, concentración, oralidad, publicidad y contradicción. concentración, oralidad, publicidad y contradicción.
LA ARGUMENTACION LA ARGUMENTACION JURIDICAJURIDICA
Argumentación JurídicaArgumentación Jurídica Se ha dicho que argumentar significa “ofrecer Se ha dicho que argumentar significa “ofrecer
un conjunto de razones o pruebas en apoyo de un conjunto de razones o pruebas en apoyo de una conclusión.una conclusión.
1.-Argumentación: como proceso1.-Argumentación: como proceso 2.-Argumentación como enunciado2.-Argumentación como enunciado 3.- Argumentación como inferencia o 3.- Argumentación como inferencia o
conclusiónconclusión
ESTRUCTURA DEL TIPOESTRUCTURA DEL TIPO
1.-ASPPECTO OBJETIVO1.-ASPPECTO OBJETIVO
ELEMENTOS REFERENTES A LA ACCION ELEMENTOS REFERENTES A LA ACCION ELEMENTOS DEL TIPOELEMENTOS DEL TIPO
2.-ASPECTO SUBJETIVO2.-ASPECTO SUBJETIVO
CULPA-CULPA- DOLO TIPICO – DOLO EVENTUALDOLO TIPICO – DOLO EVENTUAL ELEMENTOS SUBJETIVOS DISTINTOS AL DOLO. ELEMENTOS SUBJETIVOS DISTINTOS AL DOLO.
LA IMPUTACION OBJETIVALA IMPUTACION OBJETIVA
Es una teoría de la conducta típica basadas en Es una teoría de la conducta típica basadas en las SS. ideas: las SS. ideas:
1.-Riesgo permitido1.-Riesgo permitido 2.-Principio de confianza2.-Principio de confianza 3.-Actuación a propio riesgo 3.-Actuación a propio riesgo 4.-Prohibición de regreso4.-Prohibición de regreso
FUNDAMENTOS DEL NCPP-2004FUNDAMENTOS DEL NCPP-2004
LOS JUECES SE CONVIERTEN EN LOS JUECES SE CONVIERTEN EN DIRECTORES DEL PROCESO DIRECTORES DEL PROCESO
FIN DEL RITUALISMO ESCRITURALFIN DEL RITUALISMO ESCRITURAL SE APLICA EL POSTULADO SE APLICA EL POSTULADO
CONSTITUCIONAL : ACCESIBILIDAD, CONSTITUCIONAL : ACCESIBILIDAD, PRONTITUD Y CUMPLIMIENTOPRONTITUD Y CUMPLIMIENTO
PRIVILEGIO DE LA ORALIDADPRIVILEGIO DE LA ORALIDAD FIN AL MODELO INQUISITIVOFIN AL MODELO INQUISITIVO
Argumentacion actual Argumentacion actual
DESAPARECE EL PROCESO PENAL DESAPARECE EL PROCESO PENAL SUMARIO, SIN JUICO Y VIOLADOR DEL SUMARIO, SIN JUICO Y VIOLADOR DEL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDADPRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
DESAPARECE LA FALTA DE ROLESDESAPARECE LA FALTA DE ROLES JUEZ IMPARCIALJUEZ IMPARCIAL PARTES ANTAGONICAS. TEORIA DE PARTES ANTAGONICAS. TEORIA DE
CASO.CASO.
FASES DEL ESQUEMA FASES DEL ESQUEMA ADVERSARIALADVERSARIAL
FASES DEL ESQUEMA ADVERSARIALFASES DEL ESQUEMA ADVERSARIAL A.-ETAPA DE PREPARACIONA.-ETAPA DE PREPARACION SE PREPARAN EN UN LAPSO BREVE SE PREPARAN EN UN LAPSO BREVE
PARA UN EVENTUAL JUICIO.PARA UN EVENTUAL JUICIO. B.-ETAPA DE TRANSICIONB.-ETAPA DE TRANSICION SE PRESENTAN AL JUEZ Y DEFINEN LA SE PRESENTAN AL JUEZ Y DEFINEN LA
DINAMICA DEL JUICIO.DINAMICA DEL JUICIO. ELEMENTOS DE CONVICCION ELEMENTOS DE CONVICCION
RECAUDAOSRECAUDAOS
FASES DEL ESQUEMA FASES DEL ESQUEMA ADVERSARIALADVERSARIAL
QUE TEMAS NO REQUIEREN QUE TEMAS NO REQUIEREN DISCUTIRSE POR ESTAR ACEPTADO DISCUTIRSE POR ESTAR ACEPTADO POR LAS PARTES.POR LAS PARTES.
C.-JUICIO ORALC.-JUICIO ORAL PRACTICAN PRUEBASPRACTICAN PRUEBAS ALEGATOSALEGATOS SENTENCIASENTENCIA
LA PRUEBA EN EL NCPP-2004LA PRUEBA EN EL NCPP-2004
La prueba es una verificación de afirmaciones La prueba es una verificación de afirmaciones que se lleva a cabo utilizando los elementos de que se lleva a cabo utilizando los elementos de prueba de que disponen las partes y que se prueba de que disponen las partes y que se incorporan al proceso a través de medios de incorporan al proceso a través de medios de prueba y con arreglo a ciertas garantías.prueba y con arreglo a ciertas garantías.
De tal concepto podemos extraer los siguientes De tal concepto podemos extraer los siguientes elementos:elementos:
Elementos de la pruebaElementos de la prueba 1. Verificación1. Verificación La prueba no consiste en averiguar sino en verificar. La prueba en el nuevo La prueba no consiste en averiguar sino en verificar. La prueba en el nuevo
proceso penal únicamente tiene lugar en la etapa del juicio oral. Es aquí proceso penal únicamente tiene lugar en la etapa del juicio oral. Es aquí donde el tribunal verifica las afirmaciones en las cuales se basan la donde el tribunal verifica las afirmaciones en las cuales se basan la acusación y la defensa. Como veremos, toda la actividad que precede al acusación y la defensa. Como veremos, toda la actividad que precede al juicio oral y que se lleva a cabo durante la etapa de investigación no juicio oral y que se lleva a cabo durante la etapa de investigación no constituye propiamente actividad probatoria destinada a verificar hechos constituye propiamente actividad probatoria destinada a verificar hechos sino actividad de instrucción destinada a averiguarlos, lo que nos exigirá sino actividad de instrucción destinada a averiguarlos, lo que nos exigirá reconocer las diferencias existentes entre los actos desarrollados en cada reconocer las diferencias existentes entre los actos desarrollados en cada una de dichas etapas.una de dichas etapas.
2.-Es la reactualización de un hecho. 2.-Es la reactualización de un hecho. 3.-A medida que el Juez va observando el estado de las cosas o la conducta 3.-A medida que el Juez va observando el estado de las cosas o la conducta
de las personas (reuniendo elementos probatorios) irá formando su criterio de las personas (reuniendo elementos probatorios) irá formando su criterio hasta quedar convencido de la existencia del delito y la responsabilidad del hasta quedar convencido de la existencia del delito y la responsabilidad del autor. autor.
4.-La conciencia del Juez pasa así por etapas sucesivas, es así que, la 4.-La conciencia del Juez pasa así por etapas sucesivas, es así que, la certidumbre judicial se alcanza en base a los grados del conocimiento:certidumbre judicial se alcanza en base a los grados del conocimiento:
Grados de Conocimiento:Grados de Conocimiento: a) Desde el Punto de Vista Objetivo:a) Desde el Punto de Vista Objetivo: Posibilidad.- Es la incapacidad de afirmar o negar algo. (Duda) Posibilidad.- Es la incapacidad de afirmar o negar algo. (Duda) Probabilidad.- Es lo fluctuante entre lo posible y lo evidente. Interpreta el problema Probabilidad.- Es lo fluctuante entre lo posible y lo evidente. Interpreta el problema
en sentido positivo o negativo pero sin dejar de lado las contraposiciones. en sentido positivo o negativo pero sin dejar de lado las contraposiciones. (Suposición) (Suposición)
Evidencia.- Es el conocimiento indudable acerca de la existencia o inexistencia de Evidencia.- Es el conocimiento indudable acerca de la existencia o inexistencia de algo. (Certeza)algo. (Certeza)
b) Desde el Punto de Vista Subjetivo:b) Desde el Punto de Vista Subjetivo: Duda.- Implicancia de la posibilidad.Duda.- Implicancia de la posibilidad. Suposición.- Implicancia de la probabilidad.Suposición.- Implicancia de la probabilidad. Certeza.- Implicancia de la Evidencia.Certeza.- Implicancia de la Evidencia. Certeza y Verdad:Certeza y Verdad: La certeza es un estado relativo, la verdad es un estado absoluto. El proceso penal La certeza es un estado relativo, la verdad es un estado absoluto. El proceso penal
es obra de hombres que tienen facultades relativas y limitadas, son falibles, por eso es obra de hombres que tienen facultades relativas y limitadas, son falibles, por eso no pueden pretender llegar a la verdad, pero tienen la obligación de llegar a la no pueden pretender llegar a la verdad, pero tienen la obligación de llegar a la certeza, que a menudo coincide con la verdad pero no siempre.certeza, que a menudo coincide con la verdad pero no siempre.
La prueba en la argumentacion La prueba en la argumentacion juridicajuridica
ELEMENTO DE PRUEBAELEMENTO DE PRUEBA Es todo dato objetivo que se incorpora Es todo dato objetivo que se incorpora
legalmente al proceso, capaz de producir un legalmente al proceso, capaz de producir un conocimiento cierto o probable acerca de los conocimiento cierto o probable acerca de los extremos de la imputación delictiva. extremos de la imputación delictiva.
ACTOS DE INVESTIGACIONACTOS DE INVESTIGACION ACTOS DE PRUEBAACTOS DE PRUEBA PROPOSITO : Crear CertezaPROPOSITO : Crear Certeza
El sistema de la libertad de la El sistema de la libertad de la prueba, intima convicción.prueba, intima convicción.
El juez penal dentro de este sistema que es la base del El juez penal dentro de este sistema que es la base del régimen probatorio del sistema procesal penal régimen probatorio del sistema procesal penal peruano, la convicción del juez debe ser razonado, peruano, la convicción del juez debe ser razonado, crítico, lógico en la exposición de las motivaciones crítico, lógico en la exposición de las motivaciones del fallo, decidir razonablemente es tener en cuenta del fallo, decidir razonablemente es tener en cuenta las reglas de la “sana crítica”. entendida ésta como la las reglas de la “sana crítica”. entendida ésta como la orientación del juez conforme a las reglas de la orientación del juez conforme a las reglas de la lógica, la psicología judicial, la experiencia y la lógica, la psicología judicial, la experiencia y la equidad.equidad.
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