NORMAS DE ORGANIZACIÓN
Y
FUNCIONAMIENTO
Índice
0.-INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... 12
CAPÍTULO 1: CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA12
1.1.- Profesorado ........................................................................................................ 12
1.2.- Familias .............................................................................................................. 13
1.3 Alumnado ............................................................................................................. 14
1.3.1 Representantes del alumnado ........................................................................ 14
1.3.2 Junta de delegados y delegadas ..................................................................... 15
1.3.3 Asociaciones del alumnado ........................................................................... 15
1.4.- Las instituciones ................................................................................................. 16
1.5.- Otros medios de organización, participación y colaboración. ........................... 16
CAPÍTULO 2: FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO ............. 17
2.1.- El Equipo Directivo. ........................................................................................... 18
2.1.1.- La dirección ................................................................................................. 19
2.1.2.- La jefatura de estudios ................................................................................ 20
2.1.3.-La secretaría ................................................................................................. 21
2.1.4.- La vicedirección .......................................................................................... 22
2.2.- Órganos colegiados de gobierno ........................................................................ 22
2.2.1.- El Consejo Escolar ...................................................................................... 23
2.2.2.- Claustro de profesorado. ............................................................................. 26
CAPÍTULO 3.- FUNCIONAMIENTO DE LAS DISTINTAS COMISIONES. ........... 29
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3.1 Comisiones del Consejo Escolar. ......................................................................... 29
3.1.1 Comisión de Convivencia .............................................................................. 29
3.1.2 Comisión de gestión económica .................................................................... 31
3.1.3 Comisión de igualdad de género ................................................................... 32
3.1.4.- Subcomisión del Consejo Escolar. .............................................................. 32
3.2.- Comisiones de los órganos de coordinación y orientación docente. .................. 32
3.2.1.- Comisión de coordinación pedagógica (CCP). ........................................... 32
3.2.2.- Comisión de actividades complementarias y extraescolares....................... 34
3.2.3.- Equipos docentes de ciclo. .......................................................................... 35
3.2.4.- Equipos docentes de nivel y grupo. ............................................................. 37
3.2.5.- Comisiones para la elaboración, redacción y revisión de los documentos
institucionales. ........................................................................................................ 39
3.2.6.- Comisiones para la gestión de libros gratuitos ............................................ 39
3.2.7.- Comisiones para desarrollar el Plan de lectura y la Biblioteca ................... 40
CAPÍTULO 4.- CANALES DE COORDINACIÓN ENTRE LOS ÓRGANOS DE
GOBIERNO Y LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE. ......................... 41
4.1.- Coordinación entre etapas .................................................................................. 41
4.1.1.- Profesorado de Educación Infantil y Primer ciclo de E. Primaria. ............ 41
4.1.2.- Profesorado de Educación Primaria y Secundaria ..................................... 42
4.2.- Coordinación internivel ...................................................................................... 42
4.3.- Coordinación de ciclo........................................................................................ 42
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4.4.- Coordinación de nivel. ....................................................................................... 43
4.5.- Coordinación de equipos educativos. ................................................................. 43
4.6 Coordinación del profesorado de AICLE: ............................................................ 44
CAPÍTULO 5: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL RIGOR
Y TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS DISTINTOS
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN ...................................................... 44
5.1.- Criterios ............................................................................................................. 44
5.1.1.- Criterios de escolarización. ........................................................................ 44
5.1.2.- Criterios sobre la evaluación del alumnado. .............................................. 45
5.2.1.- Procedimientos en la escolarización. ......................................................... 46
CAPÍTULO 6.- PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE ASISTENCIA DEL
ALUMNADO, DEL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE ................................ 46
6.1.- ALUMNADO .................................................................................................... 46
6.1.1.- Procedimiento de control de asistencia diaria. ........................................... 48
6.1.2.- Traslado de la información a las familias: .................................................. 49
6.2.- PERSONAL DOCENTE.................................................................................... 49
6.2.1.- Justificación de faltas de asistencia y puntualidad: .................................... 49
6.2.2.- Licencia por enfermedad:............................................................................ 51
6.2.3.- Parte mensual de faltas: ............................................................................... 52
6.2.4.- Parte de huelga: ........................................................................................... 52
6.2.5.- Otros permisos que suponen ausencia del puesto de trabajo. ..................... 52
6.3.- PERSONAL NO DOCENTE ............................................................................. 53
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CAPÍTULO 7.- PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO EN
CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE ESCOLAR ............................................. 54
7.1.- SI EL ALUMNADO SE ENFERMA: .............................................................. 54
7.3.- SI EL ALUMNADO CON ENFERMEDAD DIAGNOSTICADA SUFRE
UNA CRISIS: ............................................................................................................. 55
CAPÍTULO 8: ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES,
RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS AUXILIARES DEL CENTRO. ............ 57
8.1.- USO FUERA DEL HORARIO LECTIVO DE LOS ESPACIOS E
INSTALACIONES. .................................................................................................... 57
8.2.- ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS E INSTALACIONES. ..................... 58
8.2.1.- Área administrativa ..................................................................................... 58
8.2.1.1.- Seguridad en los datos y equipos ......................................................... 58
8.2.1.2.- Seguridad en la apertura y cierre de las puertas ................................... 58
8.2.1.3.- Utilización del teléfono ........................................................................ 60
8.2.1.4.- Solicitud de material en la secretaria.................................................... 60
8.2.1.5.- Las llaves .............................................................................................. 60
8.2.2 Aulas de Educación Infantil .......................................................................... 60
8.2.2.1.- Entradas y salidas ................................................................................. 60
8.2.2.2.- Otros aspectos organizativos ................................................................ 61
8.2.3 Aulas de Educación Primaria ........................................................................ 62
8.2.3.1.- Entradas y salidas ................................................................................. 62
8.2.3.2.- Otros aspectos organizativos ................................................................ 62
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8.2.4.- Biblioteca ................................................................................................... 64
8.1.4.1.- Horario de apertura .............................................................................. 64
8.2.4.2.- Organización del espacio ..................................................................... 64
8.1.4.3.- Préstamo y devolución de libros .......................................................... 65
8.1.5.-Laboratorio ....................................................................................................... 66
8.1.6.-Aula de informática- Medusa ....................................................................... 68
8.1.6.1.-Normas para el Profesorado .................................................................. 68
8.1.6.2.- Normas para el alumnado ..................................................................... 69
8.1.7.- Salón de actos y sala de audiovisuales. ...................................................... 69
8.1.9.- Sala del profesorado. .................................................................................. 70
8.1.10.- Sala y equipos de reprografía. .................................................................. 71
8.1.11.- Huerto escolar y jardines. ........................................................................ 71
8.1.12.- Patios. ...................................................................................................... 72
8.1.13.- Equipos del Proyecto Escuela 2.0. ........................................................... 72
8.2.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO. ... 74
CAPÍTULO 9.- ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DEL
CENTRO Y DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. ............... 76
9.1.- COMEDOR ESCOLAR .................................................................................... 76
9.2.-ACOGIDA TEMPRANA. .................................................................................. 81
9.3.- TRANSPORTE ESCOLAR. ............................................................................. 82
9.4.- ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. ............................................................. 84
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9.4.1.-La auxiliar administrativa............................................................................. 84
9.4.2.-El guardián de bienes- Encargado de mantenimiento- Vigilante ................. 85
9.4.3.-El personal de limpieza ................................................................................ 85
CAPITULO 10.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA ........................................................................................ 86
10. 1.- PROFESORADO ............................................................................................ 86
10. 2.- PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. ............................... 93
10.3.- ALUMNADO. ................................................................................................. 94
10.3.1. Derechos del alumnado. ............................................................................. 94
10.3.2.-Deberes del alumnado. ............................................................................... 97
10.4.- PADRES, MADRES Y TUTORES/AS LEGALES DEL ALUMNADO. .... 100
CAPÍTULO 11.- ORGANIZACIÓN Y CONTROL DE ENTRADAS,
PERMANENCIA Y SALIDAS EN EL CENTRO ....................................................... 105
11.1.- Organización y control de las entradas al centro: .......................................... 105
11.2.- Control de la permanencia: ............................................................................ 106
11.3.- Organización de las salidas: ........................................................................... 107
11.4.- Normas generales de entradas y salidas ......................................................... 108
CAPITULO 12.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECREOS........................................... 109
CAPITULO 13.- RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES ............ 111
13.1.- Ayuntamiento de la Villa de Ingenio ............................................................. 111
13.2.- Guardia Civil .................................................................................................. 112
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13.3.- Cabildo de Gran Canaria ................................................................................ 112
13.4.- Administración educativa ............................................................................... 112
13.5.- CEP Gran Canaria Sur ................................................................................... 112
13.6.- Sanidad ........................................................................................................... 112
13.7.- Familias .......................................................................................................... 112
13.8.- Instituciones educativas.................................................................................. 113
13.9.- Colaboración con otras empresas. .................................................................. 113
13.10.- Otras entidades y colectivos. ........................................................................ 113
CAPÍTULO 14.- ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS .......... 113
CAPITULO 15.- PROTOCOLO DE ATENCIÓN AL ALUMNADO EN CASO DE
AUSENCIA DEL PROFESORADO ............................................................................ 114
15.1.- En educación infantil. ..................................................................................... 114
15.2.- En educación primaria. ................................................................................... 115
CAPITULO 16.- SELECCIÓN, ADQUISICIÓN, ENTREGA Y RECOGIDA DE
LIBROS DE TEXTOS GRATUITOS. ......................................................................... 116
16.1.- Criterios para la selección .............................................................................. 117
16.2.- Adquisición de los libros de textos gratuitos ................................................. 117
16.3.- Entrega de libros de textos gratuitos .............................................................. 118
16.4.- Recogida de libros de textos gratuitos............................................................ 118
CAPITULO 17.- ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS, EXTRAESCOLARES Y LAS JORNADAS DE PUERTAS
ABIERTAS. ................................................................................................................... 119
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17.1.- Tipos de actividades ....................................................................................... 119
17.2. -Oferta de actividades ...................................................................................... 120
17.3.-Aprobación de las actividades ......................................................................... 120
17.4.-Ratio ................................................................................................................ 120
17.5.-Información a las familias y documentación requerida ................................. 121
17.5.1.- Información a las familias y autorización ............................................... 121
17.6.- Participación del alumnado ............................................................................ 121
17.7.- Desarrollo de la actividad ............................................................................... 122
17.8.- Medidas del centro ......................................................................................... 123
17.9.- Financiación de las actividades ...................................................................... 123
17. 10.- Evaluación de la actividad .......................................................................... 123
CAPÍTULO 18.- USO DE INSTALACIONES ESCOLARES PARA ACTIVIDAES
EXTRAESCOLARES O PARA OTRO USO. ............................................................. 123
CAPITULO 19.- RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDAD DEL CENTRO
EDUCATIVO. ............................................................................................................... 126
CAPÍTULO 20.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE
CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES. .......................................................... 127
20.1.- Disposiciones generales ................................................................................. 127
20.1.1.- Criterios generales para la aplicación de medidas .................................. 127
20.1.2.- Reparación de daños............................................................................... 128
20.1.3.- Graduación de las medidas aplicables en las correcciones. ................... 128
20.1.4.- Ámbitos de las conductas a corregir ....................................................... 130
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20.1.5.- Plazos de prescripción de las faltas y de la imposición de medidas
disciplinarias ......................................................................................................... 130
20.2.-Distintos tipos de conductas ............................................................................ 131
20.2.1.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter leve: ......................... 131
20.2.2.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave ....................... 132
20.2.3.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter muy grave ............... 133
20.3.- Medidas aplicables ante conductas contrarias a la convivencia ..................... 134
20.3.1.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter leve..... 135
20.3.2.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave. 136
20.3.3.- Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia ..... 138
20.4.- Órganos competentes para imponer sanciones: ............................................. 139
CAPÍTULO 21.- PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
GRAVES DE DISCIPLINA. ......................................................................................... 143
21.1.- Tramitación del expediente disciplinario ....................................................... 143
21.1.1.-Inicio del Procedimiento .......................................................................... 143
20.1.2.- Instrucción y propuesta de resolución ..................................................... 145
20.1.3.- Resolución del procedimiento ................................................................. 146
20.1.4.- Medidas cautelares. ................................................................................. 147
21.2.- Resolución del expediente disciplinario por el procedimiento conciliado ..... 147
21.2.1.- Inicio del procedimiento ......................................................................... 149
21.2.2.- Desarrollo del procedimiento .................................................................. 150
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21.2.3.- Finalización del procedimiento ............................................................... 150
21.2.4.- Supuestos en los que no procede el procedimiento negocial. ................ 150
CAPITULO 22.- OTRAS NORMAS ............................................................................ 151
22.1.- Uso de los móviles y aparatos. ....................................................................... 151
22.2.- Venta de productos alimenticios. ................................................................... 151
22.3.- Fotos y grabaciones las máquinas fotográficas, “vídeos”, y demás medios de
grabación visual o acústica. ...................................................................................... 151
CAPÍTULO 23.- DIFUSIÓN DEL NOF ....................................................................... 152
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0.-INTRODUCCIÓN
Las Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) garantizan el
funcionamiento y la participación democrática de todos los miembros de la comunidad
educativa del centro. Su elaboración y aplicación se ajustan a lo establecido en la
LODE, LOMCE, el ROC y los decretos y resoluciones de la comunidad autónoma, y
serán el referente para el desempeño de las actividades cotidianas, la guía de actuación
de las personas y los equipos que desarrollan su labor en el centro y el modelo desde
donde concretar la Programación General Anual de cada curso escolar.
Estas normas de Organización y funcionamiento afectarán por igual a toda la
Comunidad Educativa del colegio PROFESOR CARLOS SOCAS MUÑOZ; centro
público dependiente de la Consejería de Educación Cultura y Deportes del Gobierno de
Canarias, que imparte las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. Su
cumplimiento tiene carácter obligatorio para todos sus miembros, que actuarán
responsablemente siguiendo las indicaciones que los diferentes cargos y responsables
dicten conforme a sus competencias.
CAPÍTULO 1: CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA
La comunidad educativa, constituida por el profesorado, el alumnado, los padres y
madres de alumnos/as o representantes legales de los mismos y el personal de
administración y servicios basarán sus relaciones en el respeto mutuo de acuerdo con
los principios que recoge la LOMCE, la LODE y lo declarado en la Constitución
Española.
El principal cauce de participación de los distintos sectores de la comunidad
educativa en los centros públicos será a través del Consejo Escolar, donde se elaboran,
proponen, discuten y, en su caso, aprueban las medidas de actuación en todos los
ámbitos en los que este órgano tiene competencia
Además, los distintos sectores que conforman el Consejo Escolar disponen de los
siguientes cauces de participación:
1.1.- Profesorado
Normas de Organización y Funcionamiento
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El profesorado participará en la toma de decisiones pedagógicas y podrá realizar
propuestas y sugerencias en cuanto a la organización y funcionamiento del centro a
través del Claustro del profesorado, equipos de nivel, equipos docentes, equipos de
ciclo, CCP y las comisiones establecidas en los órganos colegiados.
1.2.- Familias
Los padres y madres podrán, además, participar a través de las asociaciones que
legalmente se constituyan, y de acuerdo con la normativa de aplicación.
En el centro podrán constituirse asociaciones de padres y madres del alumnado, a
través de las cuales se favorezca la participación y colaboración de las familias en
el ámbito escolar.
Estas asociaciones pueden participar con sus propuestas al Consejo Escolar y a la
dirección del centro, en el proyecto educativo, en la programación general anual
y en cuantos planes presente el centro para la mejora de la calidad de la
educación. Asimismo pueden conocer, a través del Consejo Escolar, el proyecto
educativo, el proyecto de gestión, las normas de organización y funcionamiento,
el plan de convivencia, la programación general anual, la memoria final de curso
y la relación de materiales curriculares y libros de texto adoptados por el centro,
así como aquellas modificaciones o renovaciones de cualquiera de estos
documentos, de los cuales una copia estará a su disposición en la secretaría del
centro.
Las asociaciones de padres y madres pueden utilizar para las actividades que les
son propias el local que el equipo directivo les asigne, siempre que no interfieran
el normal desarrollo de las actividades previstas en la PGA y haciéndose
responsables del buen uso del mismo.
Las asociaciones con mayor representatividad, en nuestro caso el AMPA
AMICA, podrán designar a un miembro como representante del sector de padres
y madres del alumnado en el Consejo Escolar. Dicho representante será
sustituido cuando así lo estimen las asociaciones implicadas. Asimismo, pueden
formar parte de los órganos de participación y colaboración que se establezcan en
el presente documento.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Las asociaciones deben presentar, durante el primer mes de cada curso escolar, su
plan de actividades complementarias dirigidas al alumnado. Dicho plan
fomentará la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa
para su buen funcionamiento, proponiendo actividades, programas o servicios
que mejoren la convivencia y respondan a las necesidades del centro.
Al finalizar el curso, estas asociaciones deben presentar una memoria de las
acciones realizadas para ser incorporadas a la memoria final del centro.
1.3 Alumnado
El alumnado puede participar, además, en el funcionamiento de los centros a
través de los delegados y delegadas de grupo, que constituirán la junta de
delegados y delegadas, y de las asociaciones de alumnado del centro legalmente
constituidas.
1.3.1 Representantes del alumnado
Los delegados y delegadas y los subdelegados y subdelegadas serán elegidos por su
grupo de forma democrática, directa y secreta, siendo la persona que ejerza la tutoría del
grupo la responsable de garantizar un proceso de elección en estos términos.
Las elecciones se organizarán dentro de la acción tutorial, debiéndose realizar antes
de finalizar el segundo mes del curso escolar.
El nombramiento de los delegados y delegadas y los subdelegados y subdelegadas
tiene validez para el curso escolar. No obstante, el alumnado que los eligió podrá
revocarlos, previo informe razonado dirigido al profesor/a tutor/a. También podrán ser
revocados en caso de sanción por conductas que afecten gravemente la convivencia del
centro. En estos casos, se procederá a realizar nuevas elecciones.
Funciones del delegado y delegada:
Coordinar junto al tutor o tutora las asambleas de aula donde se propongan y
discutan propuestas para la junta de delegados y delegadas y tomar nota de las
mismas.
Representar a su grupo y ser su portavoz en la junta de delegados y delegadas,
ante la persona que ejerza la tutoría, así como ante cualquier otro órgano
Normas de Organización y Funcionamiento
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constituido en el centro, en todos los asuntos en que el grupo desee ser
escuchado.
Actuar de forma pacífica y democrática, siendo un modelo de respeto con sus
iguales y con el resto de la comunidad educativa.
Asistir a las reuniones de la junta de delegados y delegadas, participando en sus
deliberaciones e informando a la persona que ejerza la tutoría y a su grupo, sobre
todos los temas que puedan afectar a sus intereses.
El subdelegado o la subdelegada sustituirán al delegado o delegada en caso de
ausencia o enfermedad y le apoyará en sus funciones.
1.3.2 Junta de delegados y delegadas
Cada curso escolar se constituirá la Junta de delegados y delegadas que estará
integrada por el alumnado elegido como delegado o delegada de cada grupo en el
segundo y tercer ciclo de educación primaria.
Funciones de la Junta de delegados y delegadas:
Representar al alumnado del centro
Presentar sugerencias y reclamaciones del grupo al que representa, sin que por
ello puedan ser sancionados sus miembros.
Designar a uno de los dos representantes del sector del alumnado en el Consejo
Escolar.
La jefatura de estudios establecerá los cauces para que esta junta se reúna como
mínimo una vez en cada trimestre y dinamizará las reuniones, garantizando el
acceso a los medios necesarios para el desempeño de sus funciones.
De las reuniones de las juntas de representantes del alumnado levantará acta el jefe o
jefa de estudios o profesorado responsable, entregándose copia o resumen de la misma a
los tutores para su lectura y discusión en la siguiente asamblea de aula.
1.3.3 Asociaciones del alumnado
El alumnado del centro puede constituir asociaciones en los términos que establece
la normativa reguladora, a través de las cuales se favorecerá su participación y
colaboración.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Las asociaciones del alumnado asumirán, entre otras, las siguientes finalidades:
Expresar la opinión del alumnado en todo aquello que afecte a su situación en el
centro.
Colaborar en la labor educativa del centro y en las actividades complementarias y
extraescolares.
Promover la participación del alumnado en los órganos colegiados del centro.
Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa
y de trabajo en equipo.
Promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento
establecido en la legislación vigente.
1.4.- Las instituciones
La principal institución que participa en nuestra comunidad escolar es el
Ayuntamiento. Además de su intervención en el Consejo Escolar, el Ayuntamiento
interviene en la mejora de las infraestructuras, proponiendo actividades
complementarias y extraescolares, actuando a través de los Servicios Sociales con el
alumnado de riesgo y, en general, colaborando con el equipo directivo en todas aquellas
actuaciones y situaciones en las que su presencia es necesaria.
1.5.- Otros medios de organización, participación y colaboración.
El centro promoverá compromisos con las familias para el desarrollo de actividades
con el fin de mejorar el rendimiento académico del alumnado y promover la
participación democrática.
Para enriquecer la vida escolar con otras estructuras de participación que fomenten
los hábitos democráticos del alumnado y la colaboración e implicación de la familia en
la escuela, el centro establece otras vías de participación tales como:
Reuniones de aula del alumnado, cuyo objetivo es crear hábitos de participación
democrática y mejorar su implicación en la marcha del grupo. Estas reuniones se
contemplan y desarrollan en el marco de la acción tutorial, teniendo carácter de
asambleas de aula o de ciclo.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Reuniones de centro de padres y madres, cuyo objetivo es fomentar la relación
escuela-familia. Dichas reuniones serán convocadas por la dirección del centro y
se desarrollarán en colaboración con el Claustro del profesorado, con los
representantes de los padres y madres en el Consejo Escolar y las asociaciones de
padres y madres del alumnado.
Es preceptiva la asamblea de principio de curso. Las asambleas se realizarán por
tutorías o por niveles, preferentemente durante el mes de septiembre. En ellas,
además de realizar la presentación del curso escolar y dar la bienvenida a las
familias, se expondrá por parte de los tutores/as:
a. Un resumen de la PGA.
b. Las novedades del curso escolar
c. Aspectos relacionados con el funcionamiento y convivencia escolar
Para garantizar la uniformidad informativa de estas asambleas, el equipo
directivo elaborará un guión, que quedará a disposición del profesorado.
Reuniones del profesorado, que se podrán llevar a cabo en horas de exclusiva o
fuera del horario laboral, y cuyo objetivo es mejorar la implicación del personal
docente en la vida del centro, mejorar su formación y cualquier otro objetivo que
desde los diferentes sectores del Consejo Escolar se proponga.
Reuniones mixtas formadas por miembros de la comunidad educativa, cuya
finalidad será la misma que las expuestas en el apartado anterior.
CAPÍTULO 2: FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
Los órganos de gobierno lo forman el equipo directivo y los órganos colegiados.
Éstos, a su vez, están constituidos por el Consejo Escolar y el Claustro del profesorado.
Los órganos de gobierno se regirán, entre otros, por los siguientes principios de
actuación:
Velar por el cumplimiento de lo establecido en la Constitución y en las leyes en
el ámbito educativo, y de los principios recogidos en el proyecto educativo del
centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de la
comunidad educativa.
Favorecer las medidas que garanticen la igualdad, la inclusión y la no
discriminación por razones culturales, económicas o sociales.
Fomentar la convivencia democrática y participativa.
Impulsar los objetivos propuesto por la CEU en el centro escolar.
2.1.- El Equipo Directivo.
El equipo directivo es el órgano ejecutivo del gobierno de los centros y estará
integrado por las personas titulares de la dirección, jefatura de estudios, secretaría y
vicedirección. Los citados cargos ejercerán las funciones que señalan las normativas
vigentes.
El nombramiento, cese, sustituciones, etc. se hará conforme a dichas normas.
La dirección actuará con total transparencia en todas las incidencias, informando de
sus actuaciones a la comunidad educativa.
Funciones:
Velar por el buen funcionamiento del centro, por la coordinación de los
programas de enseñanza y aprendizaje y por el desarrollo de la práctica docente.
Fomentar la participación de la comunidad educativa en la vida del centro
proponiendo actuaciones que favorezcan la convivencia y el clima escolar.
Elaborar y actualizar los documentos institucionales.
Proponer y gestionar los recursos humanos.
Fomentar la participación del centro en proyectos de innovación y desarrollo, de
formación y perfeccionamiento para el profesorado y de uso integrado de las
TIC.
Colaborar en la implantación, coordinación y desarrollo de programas y servicios
que disponga la Administración educativa.
Desarrollar el Proyecto de Dirección.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Velar por la adecuada puesta en marcha del curso, el funcionamiento diario del
centro y el cumplimiento del calendario escolar.
2.1.1.- La dirección
El director o la directora es la persona responsable de la organización y
funcionamiento de todas las actividades que se llevan a cabo en el centro
educativo y ejercerá la dirección pedagógica.
Podrá gestionar contratos menores y los recursos económicos de acuerdo con el
presupuesto del centro, visar las certificaciones y documentos oficiales.
Definirá los puestos de trabajo requeridos para el desarrollo de proyectos,
actividades o medidas no reguladas por la Consejería competente en materia
educativa, atendiendo a la titulación o capacidad profesional.
Como responsable de la jefatura de todo el personal adscrito al centro, será
competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria, en relación con las faltas
leves respecto al personal funcionario y laboral, docente y no docente que presta
servicios en su centro, en los siguientes casos:
a. Incumplimiento injustificado del horario de trabajo, de permanencia
obligada en el centro, hasta un máximo de nueve horas al mes.
b. La falta de asistencia al trabajo injustificada, en un día.
c. Otras faltas leves
El director o la directora podrán solicitar el inicio del correspondiente
procedimiento disciplinario.
Competencias de la Dirección
Ostentar la representación del centro a todos los efectos.
Dirigir y coordinar todas las actividades del centro encaminadas a la consecución
del proyecto educativo.
Ejercer la dirección pedagógica.
Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 20
Organizar el horario y el sistema de trabajo del personal del centro, así como
conceder los permisos de acuerdo con la normativa vigente.
Dirigir la actividad administrativa del centro.
Velar por el mantenimiento de las instalaciones y del mobiliario del centro.
Favorecer la convivencia, la mediación en la resolución de los conflictos e
imponer las medidas disciplinarias al alumnado.
Resolver las reclamaciones contra las calificaciones finales.
Impulsar la colaboración con instituciones y organismos.
Colaborar en las evaluaciones externas e impulsar los procesos de evaluación
interna y los proyectos de innovación e investigación educativa.
Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del
Claustro del profesorado del centro, ejecutando los acuerdos adoptados en el
ámbito de sus competencias.
Proponer el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa
información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
Colaborar con los distintos órganos de la Administración educativa.
Elaborar y proponer el calendario general de actividades docentes y no docentes.
Promover convenios de colaboración con otras instituciones y organismos.
Facilitar el uso de las instalaciones y dependencias del centro a entidades o
personas de acuerdo con lo establecido en la normativa.
Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
Cualquier otra competencia que le sea encomendada por la Administración
educativa.
2.1.2.- La jefatura de estudios
Además de las funciones generales del equipo directivo, y de conformidad con la
dirección del centro, tendrá las siguientes:
Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, las
programaciones didácticas y la programación general anual.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 21
Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación docente y los de acción
tutorial.
Planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos.
Ejercer la jefatura del personal docente en lo relativo al régimen académico.
Elaborar los horarios académicos del alumnado y del profesorado y velar por su
estricto cumplimiento.
Controlar el cumplimiento de la jornada de trabajo del profesorado dejando
siempre constancia documental de la asistencia diaria.
Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso
común.
Organizar los actos académicos y sustituir al director o directora en los supuestos
previstos.
Coordinar los procesos de evaluación.
Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la dirección o por la
Consejería competente, dentro del ámbito de sus obligaciones.
2.1.3.-La secretaría
Además de las funciones generales del equipo directivo, y de conformidad con la
dirección del centro, tendrá las siguientes:
Ordenar el régimen administrativo y económico, elaborar el presupuesto del
centro, llevar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades
correspondientes.
Ejercer la supervisión y control del personal de administración y servicios
adscrito al centro y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas
establecidas.
Actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno,
levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto
bueno de la dirección.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 22
Custodiar las actas, libros, archivos y documentos oficiales de evaluación;
expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas
interesadas y cotejar y compulsar documentos administrativos.
Custodiar, conservar y actualizar los expedientes, garantizando la coincidencia
entre los distintos soportes.
Difundir a toda la comunidad educativa cuanta información de interés general o
profesional se reciba en el centro.
Realizar el inventario general del centro, mantenerlo actualizado y velar por el
buen uso y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar.
Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la dirección o por la
Consejería competente, dentro de su ámbito de sus obligaciones.
2.1.4.- La vicedirección
La persona titular de la vicedirección tendrá las siguientes competencias:
Sustituir al director o directora en caso de ausencia, enfermedad o vacante y de
suspensión o cese hasta su sustitución por el procedimiento legalmente
establecido.
Coordinar la realización de actividades complementarias y extraescolares.
Organizar, conjuntamente con la jefatura de estudios, los actos académicos.
Coordinar e impulsar la participación de todos los miembros de la comunidad
escolar en las actividades del centro.
Planificar, administrar, dinamizar y coordinar la utilización de la biblioteca y sus
recursos didácticos.
Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la dirección o por la
Consejería competente, dentro de su ámbito de sus obligaciones.
2.2.- Órganos colegiados de gobierno
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo),
modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 23
educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre), en su artículo 119.5 establece cuales son
los órganos colegiados del centro escolar:
El Consejo Escolar.
El Claustro de Profesores.
El Capítulo III en los artículos que van del 126 al 129, establece su composición y
competencias. En nuestra Comunidad Autónoma el Decreto 81/2010, que regula y
ordena el funcionamiento de los centros públicos no universitarios, desarrolla los
preceptos establecidos por la citada Ley Orgánica. En su Capítulo I en los artículos que
van desde el 13 al 22, determina su composición, competencias, régimen de
funcionamiento, elección y renovación de los miembros que componen estos órganos de
control y gobierno.
2.2.1.- El Consejo Escolar
El Consejo Escolar de los centros es el órgano colegiado de gobierno a través del
cual se garantiza la participación de los distintos sectores que constituyen la comunidad
educativa.
Composición del Consejo Escolar:
El Consejo Escolar del centro está compuesto por los siguientes miembros:
El director o directora, que lo presidirá.
El jefe o jefa de estudios.
Un concejal o una concejala o representante del Ayuntamiento.
Un número de 6 profesores y profesoras elegidos por el Claustro.
Un número de 6 padres y madres elegidos por y entre los miembros de ese
colectivo. Uno o una será designado por el AMPA AMICA.
Dos alumnos o alumnas pertenecientes al tercer ciclo, siendo uno o una de ellos
designado por la junta de delegados y delegadas y el otro o la otra por el
alumnado del tercer ciclo.
Un representante del personal de administración y servicios del centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 24
La persona titular de la secretaría del centro que actuará a su vez como secretario
o secretaria del Consejo Escolar, con voz y sin voto.
El Consejo Escolar designará una persona entre sus miembros que, coordinada con
el equipo directivo, impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y
efectiva entre las personas, en especial entre hombres y mujeres. Dada su función
educativa, este cargo será ostentado preferentemente por un miembro del sector del
profesorado.
Competencias del Consejo Escolar:
Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, del proyecto
de gestión y de las normas de organización y funcionamiento del centro.
Aprobar y evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión, las normas de
organización y funcionamiento y la programación general anual del centro, sin
perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la
planificación y organización docente.
Aprobar el presupuesto del centro, supervisar su ejecución y aprobar la
liquidación.
Promover mejoras y aprobar la obtención de recursos económicos
complementarios.
Conocer las candidaturas y los proyectos a la dirección del centro y participar en
la selección y evaluación de la función directiva.
Recibir información del nombramiento y cese de los miembros del equipo
directivo.
Proponer la revocación del nombramiento de la persona titular de la dirección.
Proponer y aprobar medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia y la
igualdad.
Decidir sobre la admisión del alumnado.
Colaborar, con fines educativos y culturales, con entidades y organismos
públicos o privados.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 25
Analizar y valorar el funcionamiento del centro y la evolución del rendimiento
escolar.
Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento y la mejora de la calidad
del centro.
Determinar los criterios sobre la participación en actividades dentro y fuera del
centro.
Promover las relaciones y la colaboración escuela-familia.
Solicitar informes y asesoramiento a instituciones o expertos y constituir
comisiones con carácter estable o puntual para la realización de estudios o
trabajos.
Cualesquiera otras que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.
Funcionamiento del Consejo Escolar
El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez cada dos meses y siempre
que lo convoque la dirección del centro por propia iniciativa o a solicitud de, al
menos, un tercio de sus miembros. Será preceptiva una reunión a principio y otra
al final de curso.
Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que
posibilite la asistencia de todos sus miembros. Para las reuniones ordinarias, la
dirección del centro enviará a los miembros del Consejo Escolar la convocatoria
con una antelación mínima de siete días naturales, que incluirá el orden del día de
la reunión. Asimismo, pondrá a disposición de los miembros, incluso a través de
medios electrónicos o telemáticos, la documentación que vaya a ser objeto de
debate y, en su caso, aprobación, de forma que éstos puedan tener acceso a la
misma con antelación suficiente. No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto
que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros y
sea declarada la urgencia por el voto favorable de la mayoría.
Se podrán realizar convocatorias extraordinarias, con una antelación mínima de
veinticuatro horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así
lo aconseje. En ese caso, la convocatoria podrá efectuarse por fax, correo
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 26
electrónico o mensajes a teléfono móvil, y siempre que la persona integrante del
Consejo Escolar haya manifestado de forma expresa alguna de estas modalidades
como idónea para la recepción de la convocatoria.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de las personas
titulares de la presidencia y de la secretaría, o en su caso de quienes le sustituyan,
y de la mitad más uno de sus miembros.
El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple de los miembros
presentes, salvo en los casos siguientes, que se realizarán por mayoría de dos
tercios del total de sus miembros:
a. Aprobación del proyecto educativo, del proyecto de gestión, de las
normas de organización y funcionamiento así como sus modificaciones.
b. Propuesta de revocación del nombramiento de la persona titular de la
dirección.
c. Aquellas otras que se determinen reglamentariamente.
Las normas sobre la elección y renovación y el estatuto jurídico de los miembros
del Consejo Escolar se recogen, respectivamente, en los artículos 16 y 18 del ROC.
2.2.2.- Claustro de profesorado.
El Claustro del profesorado es el órgano propio de participación del profesorado
en el gobierno del centro, y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar,
informar y decidir sobre todos los aspectos educativos y académicos.
Estará presidido por el director o directora e integrado por la totalidad del
profesorado que preste servicio en el centro.
Los componentes de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos de
zona se integrarán en el Claustro del centro sede y podrán participar en los
términos que establezca la Consejería.
Competencias del Claustro del profesorado
El Claustro del profesorado tendrá las siguientes competencias:
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 27
Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración
de los proyectos del centro, de la programación general anual y de las normas de
organización y funcionamiento del centro docente.
Establecer los criterios para la elaboración de la concreción de los currículos, así
como de los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general
anual del centro docente.
Aprobar y evaluar la concreción del currículo y los aspectos educativos de los
proyectos y de la programación general anual; decidir sus posibles
modificaciones, teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto educativo y en
las evaluaciones realizadas; informar dicha programación general anual y la
memoria final de curso antes de su presentación al Consejo Escolar.
Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación
dentro del marco normativo, así como el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general
del centro a través de los resultados de las evaluaciones y elevar informes al
Consejo Escolar, con las propuestas de mejora.
Aprobar los criterios referentes a la atención a la diversidad, orientación, tutoría,
evaluación y recuperación del alumnado dentro el marco normativo, así como los
criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado y del
profesorado.
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia, la igualdad entre
hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en el centro docente.
Conocer, en los términos que establezca el centro, la resolución de conflictos
disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la
normativa vigente.
Proponer medidas e iniciativas que fomenten la colaboración de las familias para
la mejora del rendimiento académico del alumnado, el control del abandono
escolar temprano y la mejora de la convivencia.
Informar las normas de organización y funcionamiento del centro docente antes
de su presentación al Consejo Escolar.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 28
Analizar y valorar los resultados de las evaluaciones internas y externas en las
que participe el centro.
Promover y aprobar iniciativas en el ámbito de la innovación y de la formación
del profesorado del centro.
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados.
Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro docente y participar
en la selección del director o de la directora en los términos establecidos en la
normativa específica de esta materia.
Conocer las relaciones del centro docente con otras instituciones de su entorno y,
en su caso, con los centros de trabajo.
Conocer la situación económica del centro docente y el desarrollo del proyecto
de gestión.
Establecer propuestas que favorezcan la participación de los servicios
concurrentes, así como analizar y valorar la incidencia en el centro.
Promover iniciativas y actuaciones que propicien la participación y relación con
los demás sectores de la comunidad educativa y sus organizaciones.
Conocer los proyectos anuales de formación del profesorado del centro de
acuerdo con la propuesta de la comisión de coordinación pedagógica y la
participación del centro en las convocatorias de formación del profesorado e
innovación educativa.
Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración educativa, sobre el funcionamiento del centro docente y la
mejora de la calidad de la gestión, así como sobre otros aspectos relacionados
con la calidad del mismo.
Cualesquiera otras que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.
Régimen de funcionamiento del Claustro del profesorado
El Claustro del profesorado se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y
siempre que lo convoque la dirección del centro, por propia iniciativa o a
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 29
solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva
una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.
La asistencia a las sesiones del Claustro del profesorado es obligatoria para todos
sus miembros.
El régimen jurídico del Claustro se ajustará a lo establecido en la normativa
vigente.
Para la válida constitución del Claustro, a efectos de la celebración de sesiones,
se requerirá la presencia de los/as titulares de la dirección y de la secretaría, o
personas que le sustituyan, y la de la mitad de sus miembros.
No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el
orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del Claustro y sea
declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
Los acuerdos serán aprobados por mayoría simple de los miembros presentes.
Los miembros del Claustro no podrán abstenerse en las votaciones, por ser
personal de la Administración, aunque podrán formular su voto particular
expresado por escrito con el sentido del voto y los motivos que lo justifican.
CAPÍTULO 3.- FUNCIONAMIENTO DE LAS DISTINTAS COMISIONES.
3.1 Comisiones del Consejo Escolar.
El Consejo Escolar del centro constituirá cuantas comisiones de trabajo decida y en
la forma que se determine en las normas de organización y funcionamiento. Estas
comisiones no tendrán carácter decisorio ni vinculante. Podrán incorporarse a dichas
comisiones, a criterio del Consejo Escolar, otros miembros de la comunidad educativa.
3.1.1 Comisión de Convivencia
La Comisión de Convivencia tiene por objeto contribuir a la mejora del clima de
convivencia en el centro, velando, en todo caso, por el correcto ejercicio de los derechos
y deberes del alumnado en los términos previstos en el Decreto 114/2011, de 11de
mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 30
Queda excluida, expresamente, cualquier medida que afecte al régimen
disciplinario del profesorado o del resto del personal de administración y servicios del
centro por cuanto que estos colectivos tienen su regulación específica en esta materia.
Composición
Sus miembros serán elegidos entre los representantes de los distintos sectores que
forman parte del Consejo Escolar, en sesión a celebrar al comienzo de cada curso
escolar, quedando integrada de la siguiente manera:
El director o la directora del centro, quien podrá delegar en el jefe o jefa de
estudios.
Un representante del profesorado.
El profesor o profesora de mediación, si lo hubiere.
Un representante de las familias del alumnado en el Consejo Escolar.
Un alumno o alumna del Consejo Escolar
Cuando haya que tratar un asunto concreto de disciplina, asistirá también el
profesorado y alumnado implicado en el caso.
Funciones
Velar por el correcto ejercicio de los derechos y los deberes del alumnado.
Juzgar el incumplimiento de las normas establecidas en el centro.
Ponerse en contacto con las familias cuando las circunstancias lo requieran.
Escuchar, estudiar, buscar soluciones y proponer medidas en los casos que se
propongan.
Elevar al Consejo Escolar informes, propuestas y/o sugerencias acerca de
situaciones que afecten a los derechos y deberes del alumnado.
Presentar, al finalizar el curso, la memoria de su gestión ante el Consejo Escolar.
Cualquier otra competencia que le sea atribuida.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 31
Actuar en los procedimientos conciliados investida de las mismas facultades que
el Consejo Escolar, razón por la que su refrendo en la finalización conciliada de
un conflicto de convivencia tendrá los mismos efectos que el acuerdo adoptado
por el Consejo Escolar para la imposición de sanciones por el procedimiento
establecido con carácter ordinario
Sus reuniones se realizarán siempre que alguna situación lo requiera,
manteniendo debidamente informado al Consejo Escolar de su actividad. Los
acuerdos de la Comisión de Convivencia se tomarán por consenso y, en caso de
que así no sea por mayoría de los miembros presentes, teniendo el director o
directora voto dirimente en caso de empate en las votaciones.
3.1.2 Comisión de gestión económica
Formular, analizar y emitir el presupuesto y la justificación de cuentas del centro.
Composición
Sus miembros serán elegidos entre los representantes de los distintos sectores que
forman parte del Consejo Escolar, quedando integrada de la siguiente forma:
El director o directora.
El secretario o secretaria.
Un representante del profesorado.
Un representante de las familias.
El representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.
Funciones
Formular propuestas al equipo directivo para la elaboración del proyecto de
gestión y del presupuesto del centro.
Analizar el desarrollo del proyecto de gestión.
Analizar el cumplimiento del presupuesto anual aprobado y emitir un informe
que se elevará para su conocimiento al Consejo Escolar.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 32
Emitir un informe previo no vinculante a la aprobación por parte del Consejo
Escolar del presupuesto del centro y de su ejecución.
3.1.3 Comisión de igualdad de género
Pretende impulsar las medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva
entre las personas, en especial entre mujeres y hombres.
Composición
Un representante del consejo escolar. Dada su función educativa, este cargo será
ostentado preferentemente por un miembro del sector del profesorado.
Funciones
Impulsar las medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre
las personas, en especial entre mujeres y hombres.
3.1.4.- Subcomisión del Consejo Escolar.
Creada con el objetivo de dar respuesta inmediata a los temas inaplazables.
Composición
Director o directora.
Dos representantes de las familias.
Dos representantes del profesorado.
Funciones
Aprobar los temas de urgencia cuando no sea posible reunir a todo el Consejo
Escolar, con la posterior información a todos lo miembros del mismo.
3.2.- Comisiones de los órganos de coordinación y orientación docente.
3.2.1.- Comisión de coordinación pedagógica (CCP).
La comisión de coordinación pedagógica es el órgano responsable de coordinar, de
forma sistemática y permanente, los asuntos relacionados con las actuaciones
pedagógicas, el desarrollo de los programas educativos y su evaluación.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 33
Composición
El director o directora.
El jefe o jefa de estudio, que además ejerce la función de coordinación de
formación.
Los coordinadores o coordinadoras de cada ciclo.
El orientador u orientadora.
El profesorado de NEAE.
Las profesoras del Programa IMPULSA.
Funciones
Garantizar el desarrollo del proyecto educativo del centro y coordinar su
seguimiento y evaluación.
Trasladar al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación
general anual.
Ejercer la coordinación entre las distintas etapas educativas y, en su caso, ciclos
educativos.
Promover la innovación pedagógica, el trabajo interdisciplinar, el uso de las
nuevas tecnologías y el trabajo colaborativo del profesorado.
Diseñar el proyecto de formación del profesorado del centro de acuerdo con los
objetivos del proyecto educativo.
Concretar los criterios de promoción del alumnado de conformidad con la
normativa vigente.
Promover acciones que favorezcan la mejora de los resultados escolares, la
integración curricular, el desarrollo de valores y de los temas transversales.
Proponer las medidas de atención a la diversidad que se consideren oportunas y
establecer los criterios para su desarrollo y evaluación, así como valorar las
propuestas de actuación con el alumnado con necesidades específicas de apoyo
educativo, estableciendo las prioridades de intervención.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 34
Constituir las subcomisiones de trabajo que se consideren necesarias para
coordinar la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos del
centro que les correspondan.
Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
En el seno de la Comisión de Coordinación Pedagógica se asume las funciones
del equipo de Orientación, siendo estas:
a. Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de
coordinación pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la
orientación académica, así como del plan de atención a la diversidad.
b. Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e
intervención psicopedagógica para la respuesta al alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo.
c. Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y
procedimientos para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a
los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención a la
diversidad.
d. Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las
propuestas de atención a la diversidad.
e. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
3.2.2.- Comisión de actividades complementarias y extraescolares.
La comisión de actividades complementarias y extraescolares es el órgano
encargado de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades, de acuerdo con
los criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica y el Consejo
Escolar.
Composición
El vicedirector o vicedirectora
Los coordinadores o coordinadoras de ciclo de educación primaria e infantil.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 35
Funciones del coordinador o coordinadora
Representar a la comisión de actividades complementarias y extraescolares en la
comisión de coordinación pedagógica.
Dinamizar la elaboración del plan anual de actividades extraescolares y
complementarias en el que se recogerán las propuestas de los equipos docentes
de ciclo, del profesorado, del alumnado, de las familias y de las instituciones.
Proporcionar a la comunidad educativa la información relativa a estas
actividades.
Coordinar la organización de las actividades complementarias.
Coordinar la organización de la biblioteca del centro y colaborar en el desarrollo
del plan de lectura.
Elaborar la memoria de final de curso de la comisión, que contendrá la
evaluación de las actividades desarrolladas y que deberá ser incluida en la
memoria de la programación general anual.
Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
3.2.3.- Equipos docentes de ciclo.
El equipo docente de ciclo es un órgano básico de coordinación del centro. Su
principal objetivo es organizar y desarrollar su actividad docente, siguiendo las
directrices de la comisión de coordinación pedagógica.
Composición
Profesorado que presta atención educativa en un mismo ciclo, siendo el
coordinador o coordinadora uno de sus miembros, elegido por la dirección.
Ejercerá sus funciones durante un curso académico, pudiendo prorrogarse por un
curso más, siempre que siga formando parte del equipo de ciclo.
La persona que ejerza la coordinación del equipo podrán renunciar por causa
justificada, que deberá ser aceptada por la dirección del centro. Asimismo, podrá
ser destituida por la dirección del centro a propuesta razonada de la mayoría
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 36
absoluta de los componentes del equipo y previa audiencia a la persona
interesada.
Funciones
Coordinar las actividades académicas del equipo, atendiendo a la especificidad de
los diferentes ámbitos de experiencia o áreas que se imparten.
Representar al equipo en la comisión de coordinación pedagógica a la que
trasladará las propuestas del profesorado que lo integra. Asimismo, trasladará a
los miembros del equipo la información y directrices de actuación que emanen de
la comisión.
Coordinar la elaboración de las programaciones didácticas del equipo, así como
la elaboración de la memoria de final de curso.
Coordinar la evaluación de la práctica docente del equipo y de los proyectos y
actividades que desarrollan.
Formular propuestas al equipo directivo, a la comisión de coordinación
pedagógica y al Claustro del profesorado, relativas a la elaboración y
modificación del proyecto educativo.
Elaborar la propuesta pedagógica de educación infantil y las programaciones
didácticas de cada ciclo y nivel de la educación primaria, de acuerdo con las
directrices de la comisión de coordinación pedagógica y bajo la supervisión de la
jefatura de estudios.
Elegir los materiales curriculares de acuerdo con los criterios establecidos con
carácter general, para su posterior aprobación por el Claustro del profesorado.
Llevar a cabo las estrategias de detección e intervención con el alumnado que
presenta necesidades específicas de apoyo educativo, según las directrices
emanadas de la comisión de coordinación pedagógica.
Proponer actividades de formación del profesorado y el trabajo colaborativo entre
el profesorado del ciclo y el resto del Claustro, de acuerdo con el proyecto
educativo del centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 37
Colaborar en la organización y desarrollo de cualquier actividad de centro
aprobada en la programación general anual.
Elaborar al final de curso una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la
programación, la práctica docente y los resultados obtenidos.
Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
3.2.4.- Equipos docentes de nivel y grupo.
Su finalidad es diseñar y programar conjuntamente tareas para el desarrollo de las
competencias básicas acorde con las programaciones de nivel y realizar el seguimiento
y evaluación de los procesos de enseñanza y de aprendizaje del alumnado.
Composición
Todo el profesorado que interviene en el grupo de cada uno de los niveles
educativos.
Serán coordinados por el profesorado tutor o tutora.
Funciones del tutor o tutora del grupo
Informar al equipo docente de las características del grupo al comienzo del curso
escolar y de cualquier aspecto que se considere relevante a lo largo del curso.
Garantizar el desarrollo de la acción tutorial y de la orientación académica y
profesional del alumnado en colaboración con el orientador u orientadora y bajo
la coordinación de la jefatura de estudios.
Llevar a cabo el seguimiento de la evolución del alumnado y promover acciones
que favorezcan la corresponsabilidad y el cumplimiento de compromisos
educativos entre las familias y el centro.
Controlar las faltas de asistencia y puntualidad, comunicar éstas y otras
incidencias a la jefatura de estudios y a las familias.
Coordinar las medidas necesarias a fin de garantizar un buen clima de
convivencia en el grupo.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 38
Coordinar la intervención educativa del personal docente que incide en el grupo,
propiciando el trabajo colaborativo entre los miembros del equipo.
Dirigir las sesiones de evaluación del grupo y cumplimentar los documentos de
evaluación establecidos en la normativa vigente.
Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
Los tutores o tutoras cuidarán singularmente del alumnado que les haya sido
asignado, sin perjuicio de aquellas obligaciones que correspondan a los demás
empleados públicos del centro, en el marco del deber de guarda y custodia que
tienen con el alumnado desde que entra hasta que sale del mismo.
Si fuere preciso interrogar a un alumno o alumna por personas ajenas a su
equipo educativo o directivo, con carácter urgente, y el padre o madre, previamente
citados, no hubieren comparecido, será necesaria la presencia del tutor o la tutora,
que asistirá en todo caso al alumno o alumna, asesorándole y ayudándole en
general, de todo lo cual informará a la familia.
Funciones de los equipos docentes de grupo
Llevar a cabo el seguimiento del alumnado y establecer las medidas necesarias
para mejorar su desarrollo personal, escolar y social.
Analizar las características del grupo y adoptar medidas que favorezcan la
convivencia, evitando cualquier tipo de discriminación.
Coordinarse con el departamento de orientación en el seguimiento del alumnado
con necesidades específicas de apoyo educativo.
Adoptar las decisiones de promoción al final de cada ciclo teniendo en cuenta los
criterios aprobados por el claustro, a propuesta de la comisión de coordinación
pedagógica.
Colaborar con la comisión de actividades extraescolares y complementarias en la
programación y desarrollo de actividades.
Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 39
3.2.5.- Comisiones para la elaboración, redacción y revisión de los documentos
institucionales.
Se formaran comisiones para los distintos apartados de los documentos
institucionales, quedando integrada de la siguiente manera:
Composición
Todos los miembros del equipo directivo
El orientador u orientadora.
Los coordinadores o coordinadoras de ciclo.
Funciones
Dinamizar y coordinar la elaboración, redacción y revisión en los distintos ciclos.
Participar junto a los equipos de ciclo, en la revisión de los documentos
institucionales.
3.2.6.- Comisiones para la gestión de libros gratuitos
Composición
El director o directora del centro.
El secretario o secretaria.
Tres representantes del profesorado.
Funciones
Gestionar la entrega de libros gratuitos a principio de curso:
a. Si se trata de un nuevo período de cuatro años, será la secretaria del centro
quien gestione la adquisición de libros.
b. Cuando se esté en el período de los cuatro años, el tutor/a comunicará a la
secretaria los libros que deben ser adquiridos por aumento de matrícula.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 40
Entregar a los tutores o tutoras la Planilla donde se refleja el estado de
conservación de los libros entregados y los libros de texto que le corresponden
a su alumnado.
El tutor o tutora al entregar los libros al alumnado, lo hará atendiendo al
estado de conservación en que fueron devueltos por ellos o ellas el curso
anterior.
Gestionar la recogida de libros gratuitos al finalizar el curso
Recoger el registro de estado de los libros y elaborar la relación de libros
inutilizables para que se pueda proceder a su reposición. Hacer entrega de esta
documentación a la secretaria del centro para ser archivada.
Almacenar los libros en el lugar previsto por la dirección del centro.
3.2.7.- Comisiones para desarrollar el Plan de lectura y la Biblioteca
Composición
El coordinador o la coordinadora del Plan de lectura.
El Vicedirector o vicedirectora.
Los coordinadores o coordinadoras de educación infantil y 1º, 2º y 3º ciclo de
educación primaria.
Funciones
Dinamizar e impulsar la aplicación del proyecto lector.
Orientar al profesorado sobre los recursos disponibles.
Establecer cauces para la difusión del Plan lector.
Arbitrar las medidas necesarias para una mayor participación e implicación del
profesorado.
Garantizar la coordinación con el centro del profesorado Gran Canaria – Sur.
Asesorar al profesorado en diversas estrategias metodológicas.
Coordinar la intervención y colaboración con agentes externos.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 41
CAPÍTULO 4.- CANALES DE COORDINACIÓN ENTRE LOS ÓRGANOS DE
GOBIERNO Y LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.
El director o directora y el jefe o jefa de estudios serán los que canalicen la
coordinación entre el equipo directivo y los órganos de coordinación docente.
Los órganos de coordinación didáctica o docente del centro ejercerán las
competencias establecidas en el ROC (Decreto 81/2010, de 8 de julio) y demás
disposiciones de aplicación.
4.1.- Coordinación entre etapas
Con el objetivo de favorecer la adaptación del alumnado al promocionar de etapa,
se establecen reuniones de coordinación entre el profesorado.
4.1.1.- Profesorado de Educación Infantil y Primer ciclo de E. Primaria.
Coordinación entre el profesorado de 1º ciclo de educación primaria y educación
infantil de 5 años.
Se establecen dos reuniones:
A principio de curso:
a. Información de las características del grupo que promociona al primer
nivel.
b. Intercambio de estrategias metodológicas.
Las reuniones de coordinación del Programa IMPULSA.
a. Propuestas y estratégicas metodológicas.
b. Intercambio de recursos y materiales de trabajo.
c. Lo que se estime oportuno entre los miembros que la componen
A final de curso
a. Revisión de las concreciones curriculares en lo referido a:
i. Propuestas metodológicas.
ii. Intercambio de estrategias
iii. Material utilizado.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 42
Si, al revisar las metodologías, hubiera que cambiar algún apartado se convocará a
todos los componentes de la etapa de infantil y primer ciclo de primaria.
4.1.2.- Profesorado de Educación Primaria y Secundaria
El colegio propiciará la coordinación con el instituto de cabecera IES Ingenio, que
asume al alumnado que promociona de sexto nivel, con el objetivo de determinar los
objetivos prioritarios en las áreas, establecer estrategias y criterios metodológicos
comunes y graduar los contenidos en las áreas instrumentales.
4.2.- Coordinación internivel
Con la finalidad de coordinar la práctica docente entre las etapas niveles o cursos,
en el centro habrá tres equipos docentes internivel. Uno los tutores o tutoras de
infantil, otro los tutores/as de 1º, 2º y 3º nivel y el último los tutores/as de 4º, 5º y 6º
nivel, pudiendo incorporarse el profesorado del centro que imparta algún área de
aprendizaje en esos niveles.
Algunas de sus funciones son:
Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean
necesarias para que los alumnos adquieran las competencias claves acordes con
su edad.
Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial.
Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones
individualizadas que se realicen en 3.º y 6.º de educación primaria, adoptando, a
partir de los resultados de las mismas, las decisiones individuales y colectivas
que sean precisas.
Coordinar la selección de materiales pedagógicos y didácticos de acuerdo con los
criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica para el centro.
4.3.- Coordinación de ciclo
La coordinación de ciclo en educación primaria se promoverá, en horario de
exclusiva dos veces al mes, donde se reunirá todo el profesorado que esté adscrito al
ciclo. Entre las acciones que se llevan a cabo se señalan:
Coordinación de la acción tutorial.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 43
Concreción de estrategias metodológicas.
Preparación de evaluaciones.
Seguimiento del progreso del alumnado.
Proponer alumnado para el refuerzo educativo.
Planificar las actividades culturales y complementarias programadas en la PGA.
Planificar actividades propias de los proyectos de centro.
Dar respuesta a las propuestas de trabajo que la dirección del centro traslada a la
CCP.
Revisar los documentos institucionales.
4.4.- Coordinación de nivel.
Se intentará realizar al menos una reunión por semana en horario de mañana,
haciendo coincidir las sesiones de acción tutorial de los tutores o tutoras de un mismo
nivel. Estas reuniones permiten, entre otros aspectos:
Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada
uno de los cursos.
Elaborar los aspectos docentes de la programación general anual
correspondientes al curso.
Tomar decisiones curriculares y organizativas que afectan al curso.
Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión
periódica.
Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas.
Desarrollar programas específicos para atender a la diversidad del alumnado.
Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de criterios
comunes de evaluación y calificación.
4.5.- Coordinación de equipos educativos.
Se reunirán al menos una vez en cada trimestre antes de la sesiones de evaluación.
Estarán constituidos por el profesorado que enseña a cada grupo Serán coordinados por
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 44
el tutor o tutora. La función principal es la de evaluar los procesos de enseñanza y de
aprendizaje del alumnado del grupo. Además, tendrán las siguientes competencias
Llevar a cabo el seguimiento del alumnado y establecer las medidas necesarias
para mejorar su desarrollo personal, escolar y social.
Analizar las características del grupo y adoptar medidas que favorezcan la
convivencia.
Coordinarse con el departamento de orientación.
Adoptar las decisiones de promoción al final de cada nivel.
Decidir la promoción del alumnado.
Programar y desarrollar actividades extraescolares y complementarias.
4.6 Coordinación del profesorado de AICLE:
Formada por el coordinador/a del proyecto y el profesorado que imparte el área
bilingüe, con la finalidad de coordinar el proceso de selección de contenidos de las
áreas que se impartirán en inglés, así como la elaboración de la programación integrada.
También elaboran y comparten los materiales curriculares necesarios para su desarrollo
en coordinación con el área de inglés y todas las demás áreas implicadas, promoviendo
proyectos interdisciplinares que se podrán trabajar en varias lenguas.
CAPÍTULO 5: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL
RIGOR Y TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS
DISTINTOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN
5.1.- Criterios
El criterio general para la adopción de acuerdos tendrá en cuenta los informes y
trámites preceptivos.
5.1.1.- Criterios de escolarización.
En la escolarización del alumnado, el Consejo Escolar otorga un punto en la
baremación. según acuerdo anual, conforme al art. 2.2 del Decreto 61/2007.
Asimismo el secretario o secretaria del centro extenderá certificación en la que
conste que antes del inicio del procedimiento de admisión de cada curso escolar
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 45
figurarán publicados en el tablón de anuncios específico del centro los siguientes
aspectos:
a. Oferta educativa del centro.
b. Áreas de influencia.
c. Servicios escolares.
d. Puestos vacantes.
e. Criterios para la baremación.
5.1.2.- Criterios sobre la evaluación del alumnado.
Como criterio en la evaluación del alumnado en ningún caso la reclamación
disminuirá la calificación previamente dada a un alumno o alumna ni admitirá
amonestación alguna.
Las reclamaciones sobre evaluaciones parciales serán consideradas en la sesión
de evaluación siguiente a la de la fecha de su presentación.
El alumnado puede perder el derecho a evaluación continua y sistema
extraordinario de evaluación. Además de las disposiciones vigentes se tendrá
en cuenta lo siguiente:
a. Sólo se podrá realizar un máximo de 2 exámenes por día en la enseñanza
obligatoria, sin que se pueda superar el número de cinco en la semana.
b. El profesorado podrá realizar cuantos exámenes y pruebas parciales
consideren oportuno, conforme a las programaciones del área, materia,
etc., y siempre que tengan el carácter de tarea ordinaria que deberá
reflejarse normalmente en el cuaderno o carpeta de clase del alumnado.
No obstante cuando se le dé a tales pruebas un carácter diferente y en las
mismas no se pueden utilizar los textos de estudio o consulta no se
podrán celebrar más de 2 pruebas por día ni 5 por semana con carácter
general.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 46
c. El profesorado mostrará al alumnado las pruebas y exámenes corregidos
cuando no se realicen en sus cuadernos, en todos los casos, y también a
sus padres- madres se le entregará, cuando lo requieran
d. Las pruebas definitivas y los exámenes se conservarán en el centro
aunque haya finalizado el curso escolar, hasta enero del año siguiente,
salvo en los casos de reclamación o recurso en los que se archivarán
hasta su resolución definitiva.
e. Salvo los casos de planificación general del centro presentada por la
jefatura de estudios o la autorización expresa de éste, los ejercicios,
pruebas y exámenes no podrán superar el periodo ordinario que dispone el
profesor/a para su clase concreta.
f. La jefatura de estudios informará sobre los alumnos/as que han perdido el
derecho a la evaluación continua, siempre que se haya seguido el
procedimiento regulado y que se haya superado el número de faltas de
asistencia fijado. Asimismo establecerá el sistema extraordinario de
evaluación.
5.2.- Procedimientos.
Al inicio de cada curso escolar quien presida cualquier órgano o reunión deberá
incluir y tratar un punto del orden del día referido a la tramitación de asuntos de su
competencia y al procedimiento para la adopción de acuerdos. Por ejemplo, cuando se
reúne la comisión de convivencia lo primero que habrá que abordar será el protocolo de
actuación y los criterios a seguir para tomar los acuerdos pertinentes.
5.2.1.- Procedimientos en la escolarización.
Como procedimiento de escolarización la secretaría del centro habilitará cada curso
escolar un tablón de anuncios específico sobre admisión del alumnado.
CAPÍTULO 6.- PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE ASISTENCIA DEL
ALUMNADO, DEL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE
6.1.- ALUMNADO
Control del absentismo escolar
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 47
La falta de asistencia al centro educativo de un alumno o alumna, sin justificación
apreciada por el centro constituye absentismo.
Se establecen tres niveles de absentismo:
Moderado, inasistencia hasta un 15% de las sesiones de clase.
Grave, entre el 15% y el 50%.
Muy grave, más del 50%.
Si se detecta que un alumno o alumna se encuentra sin escolarizar o con un grado de
absentismo igual o superior al 15% de las sesiones de clase, deberá ponerse el hecho en
conocimiento de las autoridades educativas y de las entidades locales para lograr la
colaboración de todas las Administraciones e instituciones implicadas en la erradicación
del absentismo escolar.
Los tutores o tutoras, a principio de curso, darán cuenta de las normas de absentismo
escolar al alumnado, a sus padres, madres o a sus representantes legales, reiterándoles la
importancia de la asistencia a clase e informándoles de lo siguiente:
Las faltas de asistencia deben estar debidamente justificas por escrito y firmada
por la familia.
La justificación de las faltas se producirá dentro de los tres días siguientes a la
incorporación del alumnado a las clases.
Se considerará falta de puntualidad, la incorporación al centro a partir de los 10
minutos posteriores al inicio de la jornada escolar.
La acumulación de cuatro faltas de puntualidad se computará como falta de una
sesión
El absentismo puede provocar, en aquel alumnado cuyo número de ausencias
injustificadas supere los límites fijados, la imposibilidad de la aplicación correcta
de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua. A este
alumnado se le aplicará los sistemas extraordinarios de evaluación establecidos
por el claustro, oído los equipos de ciclo.
Si un alumno o alumna falta un día o más, la familia ha de comunicar al tutor o
tutora tal circunstancia y los motivos de la misma. Si por motivos de enfermedad,
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 48
se prevé una baja prolongada, el equipo educativo del alumno o alumna elaborará
un plan de trabajo que, atendiendo a las circunstancias de la enfermedad, permita
a éste alcanzar los objetivos mínimos previstos para el curso.
6.1.1.- Procedimiento de control de asistencia diaria.
El tutor o la tutora:
a. Controlar diariamente la asistencia y puntualidad de su alumnado
mediante el parte mensual de faltas de asistencia y puntualidad.
b. Rectificar la falta de asistencia por falta de puntualidad si el alumnado se
ha incorporado a clase 10 minutos más tarde.
c. Introducir los datos relativos al absentismo de su grupo en el programa
informático PINCEL EKADE.
d. Reflejar la relación del alumnado absentista en las actas de la sesión de
evaluación.
Jefatura de estudios:
a. El jefe o jefa de estudios comprobará los datos relativos al absentismo,
introducidos por los tutores y tutoras.
b. El programa PINCEL, imprimirá los listados correspondientes a las
ausencias por mes y apercibimientos, que remitirá a los tutores o tutoras
correspondientes para que puedan tener constancia de la evolución del
absentismo en su grupo.
c. Elaborar un estadillo mensual del alumnado absentista con los datos
personales, el número de faltas injustificadas y los días en que se
produce dichas faltas.
d. Remitir mensualmente al Ayuntamiento la relación del alumnado
absentista.
e. Mantener reuniones mensuales con los responsables del programa de
absentismo escolar de los servicios sociales del Ayuntamiento para
buscar respuestas coordinadas:
i. Con las familias del alumnado absentista
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 49
ii. Con hechos o circunstancias que hagan presumir la
existencia de situaciones de riesgo o desamparo de los
menores escolarizados tales como malos tratos, abandono,
malos hábitos higiénicos o de salud y drogodependencias.
f. Informar al Consejo Escolar, al menos trimestralmente de la incidencia
del absentismo escolar en el centro, debiendo incorporar estos informes a
la Memoria Final de curso ( ROC (Decreto 81/2010, de 8 de julio) ).
Remitir los datos del absentismo escolar trimestralmente a la Inspección de Educación.
6.1.2.- Traslado de la información a las familias:
El primer apercibimiento se hará a través del tutor o tutora, quien deberá
mantener una comunicación fluida con las familias en relación al tema de las
ausencias. Esta comunicación podrá realizarse telefónicamente, en todo
momento, y por correo certificado con registro de salida en los casos que a
continuación se detallan:
a. Cuando un alumno o alumna reitera en las faltas a primera hora.
b. Cuando un alumno o alumna tiene más de tres faltas injustificadas en
el mes.
Si el alumno o alumna es reincidente será la jefatura de estudios la responsable
de convocar a las familias a través de la Secretaría del Centro, dejando constancia
en el correspondiente Registro de Salida, sin perjuicio de que se utilicen otros
medios más rápidos de comunicación para reconducir la situación, evitándose
culpabilizar o recriminar.
6.2.- PERSONAL DOCENTE
La impuntualidad y faltas del profesorado se regulan atendiendo a la normativa
vigente.
6.2.1.- Justificación de faltas de asistencia y puntualidad:
Las ausencias del profesorado, tanto de horas lectivas como complementarias,
deberán ser justificadas siempre por escrito, adjuntando la justificación al
impreso que existe para tal fin en la secretaría.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 50
Si en el plazo de tres días de haberse cometido una falta de asistencia y/o
puntualidad no constase en el Registro de Entrada del centro justificación escrita
de la misma o, en caso de haberse presentado, no la estimase suficiente, la
Dirección requerirá a la persona interesada dentro de los cinco días siguientes
para que la justifique debidamente en el plazo de tres días, iniciándose con este
trámite de audiencia, en su caso, el correspondiente procedimiento sancionador.
Tal requerimiento deberá constar en el Registro de Salida del centro.
Los permisos deberán solicitarse a la dirección del centro mediante el impreso
correspondiente con una antelación mínima de 10 días, salvo casos imprevistos
debidamente justificados, en cuyo caso el plazo será de tres días. El profesor o
profesora deberá dejar actividades programadas para el alumnado.
Cuando se trate de un deber inexcusable, entendido como aquel cuyo
cumplimiento no puede eludirse o cuyo incumplimiento hace incurrir en
responsabilidad, surja de forma inesperada y el permiso no pueda solicitarse
previamente, la persona afectada lo pondrá en conocimiento de la dirección del
centro a la mayor brevedad posible. Tan pronto como se reincorpore al centro,
comunicará por escrito el tiempo empleado y la causa que ha motivado su
ausencia.
Las ausencias y faltas de puntualidad en las que la persona alegue causas de
enfermedad o incapacidad transitoria para el servicio, se pondrán en
conocimiento de manera inmediata desde el primer día a la dirección del centro,
justificándolas por escrito después de su reincorporación.
Siempre que sea posible se comunicará la previsión de falta al equipo directivo,
el día anterior o, al menos, el mismo día al inicio de la jornada escolar, con el fin
de organizar el procedimiento de sustituciones.
En los supuestos de ausencia parcial al puesto de trabajo como consecuencia de
la asistencia a consulta, prueba o tratamiento médico, se justificará
documentalmente por el docente o la docente su asistencia por el tiempo
necesario y la hora de la cita.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 51
6.2.2.- Licencia por enfermedad:
El profesorado deberá justificar en todo momento su ausencia del centro
debiendo comunicar obligatoriamente la misma desde el primer día a la
Dirección.
Cuando ésta se produzca por un período no superior a tres días deberá justificarlo
con un parte de asistencia al médico.
Cuando el período de ausencia alcance el cuarto día, deberá presentar en el centro
inexcusablemente, el parte de baja, de tal manera que la fecha de inicio coincida
con el primer día de ausencia.
Los partes de baja sucesivos se presentarán conforme a la periodicidad que
corresponda.
De presentarse el parte de baja fuera del centro, el docente estará obligado a
comunicar a la Dirección del centro este hecho.
El parte inicial y los de continuidad de baja serán remitidos vía fax por la
Secretaría del entro al Servicio de Inspección Médica el mismo día de su
presentación, y posteriormente por correo ordinario a la Dirección Territorial.
Al finalizar el período de baja, el docente deberá obligatoriamente presentar el
parte de alta e incorporarse al centro. El mismo día, la Secretaría enviará dicho
parte vía fax al Servicio de Inspección Médica. Igualmente remitirá por correo
ordinario el parte de alta junto con el certificado de incorporación del docente a
la Dirección Territorial.
Cuando se trate de accidente laboral, además del parte de baja ya citado, en el
que se especificará como motivo de la baja «accidente», se adjuntará informe-
certificado de la dirección del centro sobre el accidente, en el modelo que se
encuentra en el aplicativo Pincel eKade.
Los certificados de incorporación se podrán solicitar en la Dirección Territorial
en los casos en que el centro se encuentre cerrado, aportando en todo caso, el
parte de alta.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 52
La Administración, mediante el servicio de Inspección Médica, podrá seguir y
verificar la enfermedad o accidente del profesorado, al objeto de conocer su
estado, así como la duración estimada de la baja.
El director o la directora del centro procederá a realizar los trámites necesarios
para que la administración educativa cubra las bajas del profesorado a la mayor
brevedad.
6.2.3.- Parte mensual de faltas:
La totalidad de las incidencias recogidas en los partes diarios de asistencia se
resumirá en el parte mensual de faltas.
La dirección del centro ordenará la exposición de los datos estadísticos del citado parte
en la sala de profesores, mediante el documento Resumen estadístico mensual de las
incidencias habidas en el horario del centro que se obtiene de Pincel eKade sin que
consten nombres y apellidos del profesorado.
El parte mensual de faltas será enviado por los centros a la Dirección Territorial
de Educación correspondiente, utilizando el Pincel eKade, antes del día diez de
cada mes.
6.2.4.- Parte de huelga:
En caso de huelga, los inspectores de Educación requerirán diariamente a la
dirección del centro el número y la identidad del profesorado que se encuentre
en esa situación. En este caso el centro tramitará los datos numéricos de la
huelga el mismo día en que esta se produzca.
6.2.5.- Otros permisos que suponen ausencia del puesto de trabajo.
La dirección del centro podrá conceder permisos por causa justificadas, hasta un
máximo de diez días de cómputo anual.
Cuando exceda de diez días en cómputo anual, serán competencia de la
Dirección Territorial de Educación.
La solicitud de permisos que corresponda resolver a la Dirección Territorial de
Educación, irán acompañada del visto bueno de la dirección del centro, sin que
tal pronunciamiento tenga carácter vinculante. En caso de disconformidad deberá
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 53
motivarse la misma. Las resoluciones de la dirección del centro podrán ser
recurridas ante la Dirección Territorial de Educación.
Una vez disfrutado el permiso, el profesorado deberá reincorporarse
inmediatamente a su puesto de trabajo, debiendo remitir el centro a la Dirección
Territorial de Educación, en el mismo día, el certificado de reincorporación del
profesor/a o, en su caso, de la no reincorporación.
En todos los supuestos en que por razón de urgencia el profesorado necesite
disfrutar del permiso de manera inminente, sin posibilidad de esperar a la
Resolución de concesión, dada la propia naturaleza del permiso, podrá disfrutar
del mismo, previa autorización verbal del órgano competente para resolver,
entendiendo en todo caso, este disfrute condicionado a la efectiva Resolución de
concesión, una vez presentada en forma la correspondiente solicitud acompañada
de la documentación justificativa. Tratándose de estos supuestos de urgencia, el
órgano competente emitirá su resolución en un plazo de dos días, teniendo
efectos estimatorios el silencio administrativo.
6.3.- PERSONAL NO DOCENTE
La puntualidad y asistencia al trabajo del personal no docente, funcionario y
laboral, que presta sus servicios en el Centro serán controladas por la Secretaría
del Centro.
Las ausencias del personal deberán ser siempre justificadas por escrito.
Los permisos serán concedidos por la Dirección del Centro y las licencias y
autorizaciones se solicitarán a través de la misma, que las remitirá a la Dirección
Territorial de Educación, dentro de las 24 horas siguientes para su concesión o
no, por la autoridad competente. Éstas habrán de ser solicitadas (exceptuando las
licencias por enfermedad) con antelación de diez días como mínimo, salvo casos
imprevistos debidamente justificados, siendo necesaria la remisión a la Dirección
Territorial de Educación de un Certificado de Incorporación al Centro una vez
finalizado el periodo de licencia.
En los casos en que un deber inexcusable surja de forma inesperada y el permiso
no pueda solicitarse previamente, la persona afectada lo pondrá en conocimiento
Normas de Organización y Funcionamiento
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de la Dirección a la mayor urgencia posible, comunicando por escrito, tan pronto
como se reincorpore al centro, el tiempo empleado y la causa que ha motivado su
ausencia. La Dirección estimará el fundamento y oportunidad de las razones
alegadas para la justificación de las faltas.
Por lo que respecta a las ausencias y faltas de puntualidad en las que la persona
alegue causas de enfermedad o incapacidad transitoria para el servicio, ésta lo
pondrá en conocimiento de la Dirección con la mayor urgencia posible,
justificándolas mediante la presentación de los oportunos partes de baja.
En los supuestos de ausencia parcial al puesto de trabajo como consecuencia de
la asistencia a consulta, prueba o tratamiento médico, se justificará
documentalmente por el tiempo necesario y la hora de la cita.
CAPÍTULO 7.- PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO
EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE ESCOLAR
Con objeto de facilitar la asistencia sanitaria del alumnado, la secretaría del centro
solicitará junto a los impresos de matrícula o posteriormente, si fuese necesario, una
fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social o seguro médico privado. Este documento
se encontrará situado en un archivo específico de la secretaría.
La detección de indicios de enfermedad infecto-contagiosa se comunicará a la
dirección del centro, quien, a su vez, decidirá y hará saber al profesorado y resto de la
comunidad educativa, cuáles serán las medidas oportunas a tomar. Es necesario evitar
situaciones de alarma innecesarias, creadas por actuaciones precipitadas o por
desconocimiento de los procedimientos adecuados.
El procedimiento para atender al alumnado que durante la jornada escolar enferma o
se accidenta es el siguiente:
7.1.- SI EL ALUMNADO SE ENFERMA:
El profesorado que se encuentra a cargo del alumnado lo comunicará, en su caso,
al tutor o la tutora y telefónicamente a la familia solicitando su presencia en el
centro, si fuera necesario.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 55
Si la familia decide venir y llevárselo, deberá dejar constancia en el Libro de
Salidas anticipadas.
El tutor, tutora o el equipo directivo se encargará del traslado al centro de salud,
permaneciendo a su lado hasta la llegada de la familia.
7.2.- SI EL ALUMNADO SE ACCIDENTA:
El tutor, la tutora o profesorado que esté en ese momento debe acompañarle y
atenderle.
Si un alumno o alumna se accidenta con profesorado distinto a su tutor o tutora,
éstos deben ser informados de forma inmediata.
El equipo directivo debe ser informado.
Llamar a los servicios de emergencia sanitaria 112 y seguir las indicaciones
dadas.
Comunicar a la familia la situación y solicitar su presencia.
El tutor, tutora o el equipo directivo se encargará del traslado al centro de salud,
permaneciendo a su lado hasta la llegada de la familia.
7.3.- SI EL ALUMNADO CON ENFERMEDAD DIAGNOSTICADA SUFRE
UNA CRISIS:
Previamente la familia debe cumplir el siguiente protocolo:
a. Informar al tutor o tutora de la patología que padece su hijo o hija.
b. Presentar el informe clínico del pediatra o médico especialista.
c. Proporcionar la medicación a administrar, con indicación médica
prescrita.
d. Autorizar por escrito al profesorado para que administre la medicación,
que lo hará de forma voluntaria.
En la secretaría del centro, estará localizada toda la información médica y la
medicación que precisa cada uno de estos alumnos y alumnas.
En caso de que el alumnado sufra una crisis se procederá de la siguiente manera:
Normas de Organización y Funcionamiento
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a. El tutor, tutora o profesorado que está en ese momento debe auxiliarle,
estando a su lado (deber de custodia)
b. Comunicarlo al equipo directivo.
c. El tutor, tutora o un miembro del equipo directivo debe avisar a los
servicios médicos de emergencias 112.
d. Seguir las indicaciones de los servicios de emergencia.
e. El tutor, tutora o algún miembro del equipo directivo debe comunicar a la
familia la situación y solicitar su presencia, ya sea en el colegio o en el
centro de salud, si se ha procedido al traslado.
f. El tutor, tutora o el equipo directivo será responsable del traslado del
alumnado al centro sanitario más próximo si así se considera o se indica
desde los servicios de emergencia.
g. Si un profesor, profesora ha administrado medicación, siempre bajo las
instrucciones del servicio de emergencias, debe hacerlo saber al centro
de salud, llevando el envase del medicamento, así como el informe
médico del alumno o alumna.
Aparte de las especificidades de cada uno de los casos citados (enfermedad,
accidente o crisis) se establecen actuaciones comunes en los tres apartados señalados
anteriormente:
Si la familia no es localizada o no puede personarse en el centro, el profesado
responsable del alumno o alumna, el tutor, tutora o el equipo directivo se
encargará del traslado al centro de salud, permaneciendo a su lado hasta la
llegada de la familia. La atención al grupo de alumnado del profesor o profesora
acompañante se cubrirá según el procedimiento de sustituciones de ausencias de
corta duración.
Conviene llevar copia de la cartilla del seguro médico de la persona enferma, así
como el historial médico, si existe, archivado en su expediente.
De existir alumnado que no sea beneficiario de la Seguridad Social, se procederá
de igual modo que en los puntos anteriores y si hubiera que abonar alguna factura
Normas de Organización y Funcionamiento
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por la atención sanitaria a los mismos, ésta correría a cargo de la familia o en su
defecto por el centro. Dicha factura se remitirá a la
Dirección Territorial de Educación para que se proceda a la tramitación de su
abono a la persona que haya sufragado la misma.
CAPÍTULO 8: ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES,
RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS AUXILIARES DEL CENTRO.
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho al disfrute del
material e instalaciones del centro y la obligación ineludible de respetarlos y cuidarlos.
8.1.- USO FUERA DEL HORARIO LECTIVO DE LOS ESPACIOS E
INSTALACIONES.
Las actividades extraescolares o complementarias, dirigidas al alumnado del
centro e incluidas en la Programación General Anual (PGA), no necesitan
solicitud de uso de instalaciones. Este caso incluye actividades intercentros, en
las que el alumnado de cada centro interviene bajo su propia PGA.
Las actividades extraescolares y complementarias deben estar incorporadas en la
PGA antes del 31 de octubre. Excepcionalmente, el Equipo Directivo podrá
autorizar una actividad imprevista en la PGA, informando al Consejo Escolar en
el menor plazo posible.
Toda solicitud de uso de instalaciones se debe presentar en el Registro de Entrada
del centro usando el modelo oficial. La solicitud debe ir acompañada de una
fotocopia del DNI de la persona responsable de la actividad, las propuestas de
cobertura de responsabilidad civil a terceros y de daños materiales en las
instalaciones solicitadas, y el proyecto de actividad, que se comprobarán y
archivarán en el propio centro. El centro controlará especialmente que el periodo
y objeto de las coberturas sean adecuados a la actividad.
Con posterioridad, el proyecto debe ser informado por el Consejo Escolar y
únicamente la solicitud y el informe del Consejo Escolar deben ser remitidos a la
Dirección Territorial para su autorización con, al menos, quince días naturales de
antelación al inicio de la actividad.
Normas de Organización y Funcionamiento
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8.2.- ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS E INSTALACIONES.
8.2.1.- Área administrativa
En esta zona están ubicadas distintas dependencias: secretaría, jefatura de estudios y
dirección. Las personas responsables de las mismas son el personal administrativo y el
equipo directivo.
8.2.1.1.- Seguridad en los datos y equipos
La secretaria del centro debe hacer una copia de seguridad de los datos de la
gestión económica siempre que haya realizado cambios en la misma.
Trimestralmente se hará copia de seguridad de los archivos de datos críticos del
área administrativa: abies, gestión económica, memoria, evaluaciones, comedor.
Al finalizar el curso se hará una copia de seguridad de todos los archivos de datos
del área administrativa. Esta copia será guardada fuera del área administrativa.
Por ser el área administrativa el lugar donde se guardan los documentos, entre
ellos los referidos a los distintos miembros de la comunidad educativa, y
correspondiendo al secretario o secretaria del centro la custodia de los mismos, se
establecen las siguientes normas:
a. Se transitará en el área administrativa siempre y cuando haya en la
misma algún miembro del equipo directivo o la administrativa, salvo
cuando el equipo directivo lo encomiende.
b. Los expedientes no podrán sacarse de la secretaría.
c. Los equipos y el material informático de esta área son de uso exclusivo
del personal administrativo.
8.2.1.2.- Seguridad en la apertura y cierre de las puertas
Las clases empiezan a las 8.30 y las puertas del centro se mantendrán cerradas a
partir de las 8.40 horas.
Desde el área administrativa se controla el acceso de las visitas al recinto escolar.
Un portero automático en la puerta del subterráneo, conectado con la secretaría,
permitirá el acceso y control de los visitantes que lleguen a partir de las 8:40. La
persona encargada de la administración y el equipo directivo, que se encuentre
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 59
en la secretaría recibirá en primera instancia a los visitantes y les indicará dónde
pueden ser atendidos.
Para las visitas quedan establecidas las siguientes normas:
a. El acceso a las aulas no está permitido a las familias durante la jornada
escolar:
b. Si la familia de un alumno o alumna ha sido convocada en horario lectivo
(horas de Acción tutorial), el profesorado debe comunicarlo a la auxiliar
administrativa o al equipo directivo para avisarle de la llegada de esta.
c. Cuando un alumno o alumna se enferma y la familia viene a recogerlo se
esperará en la secretaría hasta que el alumno, alumna llegue. Este será
avisado por la auxiliar administrativa o profesorado que esté en la zona.
Se dejará constancia escrita de la salida anticipada del alumno/a (Libro de
salidas anticipadas).
d. Cuando un alumno, alumna no es puntual, se incorporará al aula sin la
compañía de la familia, mientras esta dejará constancia en la secretaria
del retraso y motivo del mismo.
e. Si una familia tiene que comunicarse con el profesorado, lo hará a partir
de las 13:30 horas, nunca interrumpiendo la jornada escolar.
f. No se permitirá el acceso a las aulas a ninguna persona ajena al centro sin
que haya sido autorizada por la dirección.
g. Entrada y salidas de vehículos:
i. No está permitida la circulación de vehículos dentro del
recinto escolar en el horario de entrada, recreo y salida, ni
cuando el alumnado se encuentre desarrollando
actividades. En este último caso el profesorado puede
permitir el paso del vehículo deteniendo previamente la
actividad y agrupando al alumnado fuera del lugar de
tránsito.
ii. A ser posible, los vehículos no deben acceder al patio y la
mercancía debe transportarse en carros. En caso de tener
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 60
que acceder, el transportista una vez que haya entrado
debe cerrar la puerta de acceso con el candado.
8.2.1.3.- Utilización del teléfono
El teléfono se utilizará desde la zona de atención a las familias y no desde dentro
de la secretaría.
El teléfono móvil del centro no puede usarse para llamadas privadas.
8.2.1.4.- Solicitud de material en la secretaria
El material debe solicitarse a la secretaria antes de comenzar la jornada lectiva o
en la hora del recreo.
El profesorado debe recoger el material que vaya a necesitar para su jornada
laboral (tizas, folios, cartulinas, fotocopias…) y no enviar al alumnado a buscarlo
a secretaría, pues entorpece el trabajo de esta persona.
8.2.1.5.- Las llaves
Al finalizar la jornada, el profesorado debe dejar la llave de su aula en el tablero
de llaves.
Al acabar una sesión en cualquiera de las dependencias comunes, el profesorado
debe devolver las llaves a su lugar, en el tablero de llaves.
8.2.2 Aulas de Educación Infantil
8.2.2.1.- Entradas y salidas
Al inicio de la jornada escolar el tutor/a de cada curso se encargará de abrir la
puerta del aula, cuya llave se encuentra en el tablero de llaves de la secretaría.
El alumnado tomará en el aula la comida de media mañana, quedando prohibido
traer envases de vidrio, latas y golosinas.
A la hora de la salida, el alumnado de las aulas que dan hacia el patio de infantil,
saldrán por las aulas que dan a la cancha sur, las mismas por las que hacen la
entrada al inicio de la jornada.
En caso de reparto y para facilitar su localización por parte de las familias en las
salidas, la distribución del alumnado debe quedar expuesta en los ventanales y
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 61
hacia el exterior. Además, puede estar expuesta en la puerta de las aulas dónde
se encuentra el alumnado repartido.
Al término de la jornada se cerrarán las puertas del aula con llave y esta debe ser
colocadas en el cuadro de llaves de la secretaría por el profesor o profesora
responsable de la última sesión.
8.2.2.2.- Otros aspectos organizativos
La programación de la unidad didáctica, proyectos, etc., deben estar situada en el
aula, en un lugar fácilmente localizable.
En el tablón de anuncios del aula estará expuesta la siguiente documentación:
a. Horario del profesor/a.
b. Horario del alumnado.
c. Horarios del grupo clase.
d. Horario del alumnado de NEAE
e. Horario de apoyo.
f. Horario de biblioteca.
g. Organización del reparto del alumnado en caso de ausencia.
h. Relación de alumnado de comedor, transporte y Valores Sociales y
Cívicos.
i. Modalidad de recogida del alumnado por las familias al finalizar la
jornada escolar.
j. Alumnado con circunstancias especiales de enfermedad.
k. Historial y foto del alumnado con enfermedad grave o muy grave, así
como el tratamiento médico, pautado y reflejado por escrito. Además
deben reflejarse los datos de contacto con las familias. (se colocará de una
forma no visible para el resto del alumnado de clase)
l. Control de asistencia del alumnado.
En el tablón de anuncios, en la puerta de entrada, o en cualquier lugar otro lugar
visible del aula, se expondrá el plano de evacuación de la misma. A principio de
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 62
cada curso, el tutor, tutora dará a conocer y practicará con su alumnado el método
de evacuación del aula y de aquellos otros espacios donde se desarrolle
actividades.
En cada aula existen tres papeleras diferenciadas: una para papel, otra para
envases y otra de uso general. El alumnado hará uso de las mismas según los
residuos que genere.
Los cumpleaños no se celebran con comida, sino de forma simbólica. Asimismo
se desaconseja llevar golosinas a las excursiones.
Las aulas que no tienen el baño en su interior harán uso de los baños del pasillo.
8.2.3 Aulas de Educación Primaria
8.2.3.1.- Entradas y salidas
Al inicio de la jornada escolar el tutor, tutora de cada curso se encargará de abrir
la puerta del aula, cuya llave se encuentra en el tablero de llaves de la secretaría.
En el tercer ciclo, esta función pueden realizarla los delegados, delegadas.
El alumnado seguirá las normas generales para las entradas y salidas.
El alumnado tomará en el aula la comida de media mañana, quedando prohibido
traer envases de vidrio, latas y golosinas.
Al término de la jornada se cerrarán las puertas del aula con llave y esta debe ser
colocada en el cuadro de llaves de la secretaría por el profesor o profesora
responsable de la última sesión. En el tercer ciclo, esta función puede realizarla el
delegado, delegada.
8.2.3.2.- Otros aspectos organizativos
Las aulas del ala oeste del centro corresponden al tercer ciclo y las del este al
primer ciclo. El segundo ciclo estará dividido entre las dos alas evitándose, en lo
posible, los traslados.
El uso de las estanterías, corchos, armarios, etc. dentro del aula se compartirá,
por acuerdo, entre el profesorado de todas las materias.
Los armarios y estanterías corresponden a las aulas y no al profesorado, por lo
que se evitará su traslado. El equipamiento de las aulas debe estar equilibrado.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 63
La organización de las mesas y sillas en el aula se realizará atendiendo a las
características del alumnado, y será el tutor, tutora, junto al equipo educativo,
quien decida la distribución habitual. Esta organización será flexible para
adaptarse a la actividad y materia que se imparta.
La programación de las unidad didáctica, proyectos y material para ausencia
imprevista del profesorado deben estar situada en el aula, en un lugar fácilmente
localizable y previamente acordado con el ciclo y la jefatura de estudios.
En el tablón de anuncios del aula estará expuesta la siguiente documentación:
a. Horario del profesor, profesora.
b. Horario del alumnado:
c. Horarios del grupo clase.
d. Horario del alumnado de NEAE
e. Horario de apoyo.
f. Horario de biblioteca.
g. Organización del reparto del alumnado en caso de ausencia.
h. Relación de alumnado de comedor, transporte y religión.
i. Modalidad de recogida del alumnado por las familias al finalizar la
jornada escolar.
j. Historial y foto del alumnado con enfermedad grave o muy grave, así
como el tratamiento médico, pautado y reflejado por escrito. Además
deben reflejarse los datos de contacto con las familias. ( Se colocará de
una forma no visible para el alumnado de clase).
k. Control de asistencia del alumnado.
En el tablón de anuncios del aula, en la puerta de entrada, o en cualquier lugar
visible, se expondrá el plano de evacuación del aula. A principio de cada curso, el
tutor/a dará a conocer y practicará con su alumnado el método de evacuación del
aula y de aquellos otros espacios donde desarrolle actividades.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 64
En cada aula existen tres papeleras diferenciadas: una para papel, otra para
envases y otra de uso general. El alumnado hará uso de las mismas según los
residuos que genere.
El profesorado dará permiso al alumnado para ir al baño bajo su criterio, evitando
que acuda más de un alumno/a a la vez. En el cambio de sesiones debe ser el
profesorado entrante quien conceda este permiso.
Las clases deben estar ventiladas para permitir un ambiente agradable de trabajo.
8.2.4.- Biblioteca
8.1.4.1.- Horario de apertura
La biblioteca permanecerá abierta desde las 8:30 hasta las 13:30 horas.
En el periodo de recreo el alumnado que lo solicite podrá asistir a la biblioteca a leer
y a realizar consultas, pero siempre bajo la responsabilidad de un profesor, profesora.
Los tutores, tutoras deben cumplir el horario de biblioteca establecido en el horario
del alumnado, una sesión semanal.
8.2.4.2.- Organización del espacio
Los libros están colocados atendiendo a su catalogación, es decir, literatura infantil y
juvenil, colecciones, enciclopedias, diccionarios, temas específicos, atlas, libros
canarios… y a las edades a las que van dirigidos. La distribución es la siguiente:
Estanterías con libros de educación infantil.
Estantería de literatura infantil y juvenil para el 2º y 3º ciclo.
Estanterías de libros para el 1º ciclo.
Estanterías de colecciones de un mismo título para los préstamos colectivos.
Estantería para colecciones, enciclopedias, diccionarios, atlas, monográficos, etc.
Estanterías de curiosidades.
Para facilitar la búsqueda de libros al alumnado, en las estanterías los ciclos están
diferenciados por gomets de colores, atendiendo a las edades de los lectores/as.
E. Infantil amarillo
Primer ciclo rojo
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 65
Segundo ciclo azul
Tercer ciclo verde
Para facilitar al profesorado el préstamo colectivo, los libros están agrupados en
cajas de plástico transparente, en cuyo exterior aparece el título del libro, la cantidad
existente y un gomet de color, asociado a la edad del alumnado al que está dirigido.
8.1.4.3.- Préstamo y devolución de libros
Todo el material que se saque de la biblioteca ha de quedar registrado.
Los prestamos pueden ser individuales o colectivos:
a. Préstamo individual:
El alumnado elige el libro que quiere llevarse prestado.
En el fichero, donde están los carnés por cursos, el alumnado coge su
carné de lector (azul = préstamo) y lo pone dentro del libro.
Deposita el libro en la caja de “Prestamos”.
El/la responsable de la biblioteca informatiza el préstamo.
El/la responsable de biblioteca lleva los libros al aula.
El tutor, tutora reparte los libros y se queda con las tarjetas, que serán
devueltas al fichero correspondiente el día que el grupo tenga en su
horario la sesión de biblioteca.
Cuando el alumnado haga la devolución del libro, deberá depositarlo
en la caja de “Devoluciones”, con el carne de lector dentro (amarillo =
devolución) para que el/la responsable de biblioteca registre dicha
devolución.
El alumnado dispone de una semana, ampliable a quince días, para
tener el libro en casa.
El préstamo será de un libro por alumno/a.
Durante los meses de junio y septiembre no se realizaran préstamos
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 66
En caso de pérdida o deterioro de un libro u otro material se
reembolsará su importe económico, previa comunicación escrita a la
familia.
No se prestará ningún tipo de material si previamente no se ha devuelto
el que tienen en préstamo. Quedarán exentos del préstamo aquellos que
no hayan repuesto el material extraviado o gravemente deteriorado,
una vez comunicado a las familias o tutores/as.
Si el retraso en la devolución del libro supera las cuatro semanas se
puede exigir su cobro.
La no devolución reiterada de libros a la biblioteca conllevará a la
suspensión de la condición de usuario del servicio de préstamo,
temporal o definitivamente.
b. Préstamo colectivo
Los libros de un mismo título agrupados en las cajas transparentes,
pertenecen al préstamo colectivo; sólo podrá prestarse al profesorado.
8.1.5.-Laboratorio
El Laboratorio del centro está concebido fundamentalmente para desarrollar con el
alumnado actividades en las áreas de ciencias naturales y plástica, y el diseño y
distribución de las mesas, armarios y equipos facilita el trabajo en grupo.
Las normas básicas para el correcto uso del laboratorio son las siguientes:
Para hacer uso del laboratorio el profesorado debe anotar en el cuadrante
correspondiente, el día y la hora previstos. La llave de acceso se encuentra en el
tablero general de llaves de la secretaría.
El desarrollo de experiencias en el laboratorio con el alumnado nunca debe ser
improvisado; por el contrario el profesorado debe conocerlas y realizarlas
previamente, comprobar que dispone del material y utensilios necesarios y
prever posibles contratiempos.
A disposición del profesorado y del alumnado se encuentra un paquete de fichas
para el desarrollo de experiencias que se han ido confeccionando en los últimos
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 67
años, a lo largo de los cuales se ha comprobado que están adaptadas para el
alumnado de infantil y primaria. Para el trabajo en el aula se encuentran
clasificadas en paquetes de 10 por cada tema, plastificadas para posibilitar su
reutilización. Además, se puede acceder a este material a través de la página web
del centro y de la zona compartida de la Intranet del centro.
La primera sesión que se realiza con un grupo en cada curso escolar debe incluir
necesariamente estas dos acciones:
a. Dar a conocer o, en su caso, recordar al alumnado las normas de uso y
seguridad del laboratorio, reflejadas en la unidad 1 de experiencias.
b. Dar a conocer al alumnado el método de evacuación del laboratorio.
Antes de comenzar una sesión en la que se pretenda usar la corriente eléctrica en
las mesas, el profesor/a debe comprobar que el interruptor general está bajado. Al
iniciar la experiencia, y una vez comprobada la seguridad de los montajes de
cada equipo, se subirá el interruptor y se volverá a bajar al término de la misma.
Si una experiencia no se termina en una sesión, el material se situará en las dos
mesas del fondo hasta la próxima, la cual deberá realizarse cuanto antes.
Al finalizar la clase, el profesorado se responsabiliza de que todo el material sea
devuelto a su sitio, las mesas queden limpias y las butacas colocadas.
Cualquier anomalía que se detecte en las instalaciones se comunicará al
coordinador/a o a la dirección del centro.
Es aconsejable que no se saque el material del laboratorio hacia otras
dependencias, pero si fuese necesario hacerlo, se anotará en el Libro de Registro
del laboratorio situado sobre la mesa del profesor/a.
Existe una papelera general, otra de papel y una tercera de
vidrio, a las que se les debe dar un uso específico.
La distribución de mobiliario y organización de espacios,
tal y como se refleja en el gráfico, es la siguiente:
a. 1.-Armario de herramientas y tecnología 1 y 2
2.-Armario de plástica
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 68
3.-Cuarto del material de laboratorio
4.-Armario de material general y de oficina
5.-Mesas del profesor/a.
6.-Mesas del alumnado
7.-Armario de equipos de matemáticas
8.-Armario de equipos de ciencias naturales
9.-Equipo multimedia: proyector, pantalla y sonido.
8.1.6.-Aula de informática- Medusa
Las normas básicas para la utilización del aula son las siguientes:
8.1.6.1.-Normas para el Profesorado
Para hacer uso del aula Medusa el profesorado debe anotar en el cuadrante
correspondiente, el día y la hora previstos. En este cuadrante se refleja la
disponibilidad horaria semanal que será de 30 sesiones menos las
correspondientes al desarrollo del proyecto de informática del centro. El
cuadrante se repondrá mensualmente y se sitúa en la puerta del aula.
La llave del aula se encuentra en el tablero general de llaves de la secretaría y es
responsabilidad del profesorado que usa este recurso abrir y cerrar la
dependencia, dejando la llave en el tablero general de llaves del centro.
El profesorado debe asignar al alumnado un ordenador de trabajo y tenerlo
reflejado por escrito en una lista para saber quién o quienes hacen uso del
mismo. Esta lista será valedera para todo el curso y se le entregará una copia al
coordinador, coordinadora del proyecto.
Cualquier incidencia por mal funcionamiento de los equipos debe quedar
reflejada en el Libro de Mantenimiento situado en la mesa del profesorado. El
profesorado debe comunicarlo al coordinador Medusa y no tratar de solucionar el
problema.
Antes de arrancar los equipos, el profesorado debe leer el Libro de
Mantenimiento para conocer los problemas del aula y evitar averías o pérdidas de
tiempo.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 69
El profesorado no puede realizar modificaciones en el software de los equipos,
pues esta función corresponde exclusivamente al administrador del sistema. Si se
necesita la instalación de algún programa, el interesado o interesada debe ponerse
en contacto con el coordinador, coordinadora del proyecto.
Si durante la clase se usa el proyector, debe tenerse en cuenta la necesidad de
apagarlo durante las pausas para alargar la vida útil de la lámpara.
Al finalizar la actividad se deben apagar los ordenadores correctamente, cañón
proyector y monitores. También se deben cerrar las ventanas.
8.1.6.2.- Normas para el alumnado
El alumnado no podrá estar en el aula si no hay un profesorado en ella.
Se seguirán estrictamente las instrucciones que indique el profesorado.
No se encenderá el ordenador ni se entrará a ningún programa hasta que se
indique.
No se utilizará Internet sin permiso del profesorado. Asimismo, el alumnado solo
podrá entrar en las páginas Web que indique el profesorado.
No se le permitirá cambiar el hardware como ratones y teclados al alumnado.
El alumnado no debe guardar trabajos en el disco duro del ordenador para evitar
pérdidas de datos ocasionadas por otros usuarios. Se recomienda grabarlos en
soportes externos como disquetes nuevos, pendrives o discos regrabables. El
ordenador del profesorado tiene grabadora de CD y lector de DVD. También se
podrá guardar provisionalmente en la Zona Genérica del servidor para ser
traslados posteriormente a soportes externos.
8.1.7.- Salón de actos y sala de audiovisuales.
El horario de uso de la salón de actos y de audiovisuales se establecerá mediante
turnos preestablecidos entre el profesorado usuario y mediante planillas donde se
anotará la sesión en la que se va a utilizar.
Al finalizar cada sesión, el profesorado debe apagar el proyector y el ordenador.
Las sillas deben quedar ordenadas
8.1.8.- Gimnasio
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 70
El horario de uso del gimnasio queda establecido desde comienzo de curso.
La organización de los horarios para la utilización de este espacio está
consonancia con el proyecto de psicomotricidad que se desarrolla en la etapa de
educación infantil. Su distribución queda establecida de la manera siguiente:
a. Dos días a la semana, lo usarán el alumnado de educación infantil.
b. Tres días a la semana, lo usarán el alumnado de educación primaria,
que complementarán su horario con la utilización de las canchas
(cancha norte, los primeros niveles; cancha sur, los niveles mayores).
El material estará debidamente inventariado.
Los responsables del material será el profesorado de educación física.
El material debe quedar, al finalizar la sesión, ordenado y la sala preparada para
su posterior uso.
El alumnado asistirá a las clases de Educación Física con la ropa adecuada,
chándal. En estas clases el alumnado debe abstenerse de llevar zarcillos grandes,
collares, anillos.
8.1.9.- Sala del profesorado.
La sala del profesorado es un lugar destinado al descanso, trabajo personal y
reuniones del profesorado. Por tanto, en horario lectivo, y salvo circunstancias
especiales, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:
No debe ser destinada a otros fines que impida el acceso libre del profesorado del
centro, como pueden ser reuniones de familias, de alumnado o de personal de la
administración.
Debe estar ordenada, para lo cual no se dejará material encima de la mesa, se
colocarán las sillas al levantarse, etc.
La persona que use los ordenadores después de las 13:00 horas deberá hacerse
cargo de apagarlos.
El profesorado que utilice los ordenadores debe cerrar sesión al finalizar el
trabajo para permitir el acceso a otros usuarios.
Normas de Organización y Funcionamiento
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8.1.10.- Sala y equipos de reprografía.
Todo el profesorado del centro puede hacer uso del equipo de reprografía, salvo
circunstancias que aconsejen lo contrario, atendiendo a siguientes normas:
El profesorado debe tener un adiestramiento mínimo sobre el uso de los equipos.
Para el uso de la fotocopiadora es necesario disponer de un numero PIN cedido
por la secretaria.
Hasta 20 copias de un mismo original pueden realizarse en la fotocopiadora; a
partir de ahí hay que usar la multicopista.
Siempre que sea posible deben usarse las dos caras del papel.
Se deben colocar las hojas reutilizables y reciclables en las papeleras
correspondientes, evitando el desorden.
Al terminar el trabajo, hay que activar el botón de bajo consumo de las máquinas
y apagar la luz de la sala.
8.1.11.- Huerto escolar y jardines.
Los docentes del centro decidieran el tipo de cultivo, la adquisición de los
semilleros y los tratamientos agrarios.
Los aperos de labranza serán adecuados a la edad del alumnado, debiéndose
prestar atención a la seguridad en su uso.
Los productos fitosanitarios que se usarán en nuestro huerto escolar serán
totalmente inocuos, es decir ecológicos y biológicos, quedando prohibido el uso
de pesticidas químicos.
Los jardines son fundamentalmente didácticos, por lo que pueden ser transitados
por el alumnado en la realización de actividades relacionadas con la
programación didáctica. Para ello están organizados por zonas temáticas: jardín
de plantas canarias, jardín de aromáticas y zonas de frutales. Las plantas de los
jardines disponen de riego por goteo programado automáticamente, por lo que su
mantenimiento se reduce a la reforestación, poda y limpieza. Estas labores deben
realizarse con el acuerdo del equipo directivo.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 72
El alumnado trabajará en estos espacios siempre con la supervisión del
profesorado.
8.1.12.- Patios.
Los patios y canchas son utilizados por la comunidad educativa en diversas
actividades tanto durante la jornada lectiva como en las actividades extraescolares.
Durante la jornada escolar
En las entradas y salidas
En el horario de educación física.
En los recreos.
En diversas actividades complementarias.
Fuera del horario de clases
Por el alumnado de los servicios de acogida temprana y comedor.
En horario extraescolar
Actividades deportivas organizadas por el ayuntamiento tanto para niños y niñas
como para personas mayores.
Las normas para el uso de los patios y canchas están reflejadas en diferentes
apartados de este documento, dependiendo de la actividad que se realice.
8.1.13.- Equipos del Proyecto Escuela 2.0.
Equipos portátiles del alumnado
Los equipos portátiles del alumnado están asignados a cada aula.
Las aulas de 5º y 6º nivel tiene asignados los notebook del proyecto.
Los notebook se encuentran en los armarios del aula medusa.
Si el profesorado va hacer uso de ellos deberá cogerlos a primera hora, subirlos a
su aula y colocarlos en el armario específico que se encuentra en el aula. Al
terminar la jornada deberá colocarlos nuevamente en el aula medusa.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Si fuese necesario trasladar los equipos portátiles a otras aulas del centro, se
hará con la aprobación del equipo directivo.
El profesorado que desee usar los equipos con el alumnado deberá solicitarlo al
tutor o tutora del grupo o al equipo directivo.
El buen uso de los equipos es responsabilidad del profesorado cuyo alumnado
realice actividades con ellos.
El alumnado dispondrá de una subcarpeta en la carpeta Documentos o en el
escritorio de su ordenador donde almacenará los datos de su trabajo.
Periódicamente, a criterio del profesorado, volcará dichos datos en la tarjeta de
memoria.
Las tarjetas de memoria extraíbles estarán almacenadas fuera de los equipos para
su mejor control, y serán usadas eventualmente para realizar tareas de
mantenimiento y almacenamiento de datos.
Como norma general, el escritorio debe encontrarse despejado de documentos e
iconos de accesos directos. Estos iconos pueden almacenarse en una carpeta del
escritorio destinada a tal fin. Los iconos más usados pueden ser anclados en la
barra de tareas o en el menú inicio.
Con el fin de alargar la vida útil de las baterías de los equipos, éstas deben ser
recargadas solo cuando el porcentaje de carga sea inferior al 10%. Para ello se
puede proceder en modo automático o manual, por un tiempo recomendado de 4
horas. En el caso de desconocer dichos procedimientos, el profesorado debe
consultar al coordinador del proyecto o al equipo directivo.
No se deben colocar objetos sobre el armario de almacenamiento de los equipos
portátiles para evitar apantallar las antenas wifi.
Equipo portátil del profesorado
Los portátiles pertenecen al aula.
Cada aula tiene asignado un portátil que se cogerá a primera hora de la mañana
en el armario que existe en la administración y cuando termine la jornada volverá
a colocarse.
Normas de Organización y Funcionamiento
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En el maletín del ordenador estará todo el hardware que se necesite para el
portátil y para la pizarra digital.
Estos equipos pueden ser trasladados fuera del aula por el profesorado, previa
comunicación al tutor responsable del aula o al equipo directivo.
El resto de normas coincide con las aplicadas a los equipos del alumnado.
Pizarras digitales
Para poder utilizar las pizarras digitales el profesorado y el alumnado necesita estar
adiestrado en su uso. Incluso en ese caso, ante cualquier duda debe consultar al
coordinador, coordinadora del proyecto o al equipo directivo.
Algunas normas que se deben conocer:
En el centro se dispone de dos tipos de pizarras digitales, según el modo de
interactividad (con lápiz específico o con los dedos). Con ninguna de ellas se
puede trabajar usando otros objetos que dañen su superficie.
La limpieza de la superficie de la pizarra se hará exclusivamente con un paño
humedecido en agua y, si es necesario, un poco de jabón. Nunca se usarán
productos ni utensilios abrasivos o cáusticos.
Para alargar la vida útil de la lámpara del proyector conviene apagarlo al acabar
su uso o, incluso, en el caso de pausas largas.
Es importante tener en cuenta que el polvo de las tizas perjudica a los equipos
electrónicos.
8.2.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO.
Mobiliario
Su reposición corresponde a la Consejería de Educación.
Deberá estar debidamente inventariado.
Se adaptará a las características del alumnado.
En caso de movilidad de un grupo, el mobiliario de cada aula debe permanecer en
la misma, siendo el alumnado y profesorado el que cambie de espacio.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Medios informáticos y audiovisuales
Los aparatos de música son entregados al profesorado por la secretaria o
secretario a principio de cada curso escolar, debiendo ser devueltos al finalizar el
mismo.
El profesorado debe controlar la manipulación por parte del alumnado de los
medios informáticos y audiovisuales.
Material didáctico fungible
El material se recogerá antes de iniciarse las clases o durante el recreo.
Cuando se agote cualquier material, se comunicará a la secretaria.
El material sobrante será devuelto a su lugar de origen.
La persona directamente encargada de la provisión del material será el secretario,
secretaria del centro.
Material no fungible
Se encontrará depositado en la sala de material, pudiendo estar durante el curso
distribuido entre la secretaría y las distintas aulas.
Se encontrará debidamente inventariado.
Tras su uso será devuelto a su lugar de origen.
Ordenadores e impresoras de las distintas dependencias
Al finalizar la jornada lectiva, el profesorado deberá comprobar que todos los
ordenadores e impresoras del espacio que esté usando queden apagados.
Plastificadora y encanutilladora
Este material se encuentra depositado en la secretaría del centro.
Para su uso debe solicitarse en la secretaría.
Una vez utilizado debe colocarse en su lugar de origen.
Normas de Organización y Funcionamiento
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CAPÍTULO 9.- ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DEL
CENTRO Y DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
9.1.- COMEDOR ESCOLAR
El comedor escolar funciona en régimen de gestión indirecta o catering.
La dirección del centro tiene la máxima responsabilidad sobre el funcionamiento
de este servicio y, junto con el secretario o secretaria, tienen la responsabilidad directa
sobre el estado de cuentas y libros del Comedor.
Los padres y madres del alumnado comensal tienen la obligación de abonar las
cuotas mensualmente, según el criterio establecido a principio de cada curso escolar. En
caso de incumplimiento de esta norma, y según establece la normativa, el/la comensal
podrá causar baja en el servicio.
Las familias recogerán al alumnado comensal en el lugar acordado para ello,
quedando expresamente prohibido su acceso al recinto del comedor. Esta norma se
hace extensible a cualquier persona ajena al servicio.
Funciones del encargado o encargada del comedor
Coordinar las actividades para el buen funcionamiento del comedor escolar.
El trato directo con el personal de cocina, personal de vigilancia, comensales,
supervisando la correcta realización de sus funciones.
Tratar con la empresa de catering todos los aspectos relacionados con el servicio:
menús, precios, menús para excursiones, descuento de menús en caso de
enfermedad (previo aviso), cualquier incidencia que estime oportuna.
La supervisión del cuidado de la higiene de alimentos y locales.
La organización del servicio de comidas (nº de menús, …)
La contabilidad de los gastos e ingresos del comedor, supervisados por el director
o directora, que dará el Vº.Bº.
La propuesta de pagos y la recaudación de cuotas del alumnado.
Poner a disposición del personal auxiliar el registro de fichas del alumnado
comensal, en el cual figurarán sus datos personales, así como el nombre de las
Normas de Organización y Funcionamiento
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personas encargadas de recoger alumnado, información sobre si se va solo-a a
casa, etc.
Recoger los partes de incidencias diarios y realizar cuantas acciones sean
necesarias para corregir las mismas.
Controlar diariamente el alumnado de cada grupo que asiste al comedor,
controlando el listado entregado por el profesorado.
Cualquier otra actividad que tenga relación con el comedor.
Funciones del personal auxiliar del comedor
Montaje y desmontaje de mesas y menaje de comedor, dejándolas en condiciones
para su posterior desinfección por el personal correspondiente.
Servir el menú al alumnado comensal de educación infantil.
Trasladar al comedor a las 13:20 al alumnado comensal de educación infantil
Instruir y orientar al alumnado en la adquisición de hábitos correctos de
alimentación y comportamiento social, propiciando la colaboración y autonomía
responsable del alumnado.
Observar las condiciones higiénicas del comedor.
Organizar las entradas y salidas al comedor, garantizando que el alumnado esté
en todo momento atendido.
Hacer cumplir las normas de convivencia al alumnado.
Elaborar el parte de incidencias y entregarlo al encargado encargada de comedor.
En caso de accidente o indisposición de un alumno o alumna, llamar a la familia
y, si fuera necesario, llamar al 112 o trasladarlo al centro de salud.
Bajo ningún concepto se puede dejar al alumnado solo en el centro. Si la familia
se retrasa en la recogida de su hijo o hija de forma reiterada han de ponerlo en
conocimiento del encargado o encargada del comedor, pero nunca abandonar el
centro dejando al alumnado solo. Si esta situación se reiterara la dirección del
centro tomará las medidas oportunas.
La elaboración y actualización del inventario de menaje de cocina.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Asistir habitualmente a las reuniones con el director o directora y con el
encargado o encargada del comedor para establecer los planes de trabajo, así
como dar solución a los problemas presentados en su jornada de trabajo.
Cualquier otra que la ley laboral les otorgue.
Aspectos organizativos del comedor escolar
La relación de menús será entregada a las familias con una periodicidad
trimestral.
El menú será equilibrado, variado y adaptado a la edad del alumnado comensal.
Se atenderán las dietas de régimen avaladas por los médicos.
Las dependencias del comedor, la cocina y la despensa, así como el menaje,
deberán estar en óptimas condiciones de limpieza y seguridad.
La distribución de comidas se realizará ordenadamente, ayudando especialmente
al alumnado más pequeño y al de necesidades específicas.
Se encargará de servir, la persona contratada por la empresa suministradora,
ayudadas por el personal auxiliar de servicios complementarios en el ámbito de
sus competencias.
La preparación de las mesas se efectuará antes de la entrada del alumnado
comensal, y dicha tarea será realizada por el personal auxiliar de servicios
complementarios.
El alumnado será instruido por el personal auxiliar de comedor en los hábitos
básicos de correcta alimentación, higiene y actitudes, especialmente sobre el uso
de cubiertos y servilletas, buen comportamiento ante la mesa, aseo antes y
después de comer, cepillado de dientes y realización de actividades lúdicas tras el
almuerzo.
El alumnado colaborará en las actividades que potencien los hábitos de limpieza
y orden: recoger la mesa, ubicación de bandejas, cubiertos y vasos en los lugares
apropiados, etc., siempre de acuerdo con su edad y circunstancias personales.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 79
Tras la comida, el alumnado realizará las actividades de sobremesa programadas,
en compañía del personal auxiliar de servicios complementarios.
No se permitirá al alumnado salir al patio con comida.
El personal auxiliar de servicios complementarios dejará constancia diariamente
de la asistencia o inasistencia del alumnado al comedor escolar en las listas
facilitadas por la persona encargada del comedor.
Las familias esperarán a sus hijos/as fuera del recinto de actividades de
sobremesa.
La recogida del alumnado será en horas puntas o medias hasta las 15:00 horas, a
partir de esta hora, cada 15 minutos (14:00, 14:30, 15:00, 15:15, 15:30, 15: 45,
16:00 horas).
A medida que los familiares van llegando a recoger a sus hijos o hijas, el
personal auxiliar reorganiza sus turnos para completar las tareas de recogida y
limpieza de las dependencias y supervisar las actividades de sobremesa.
Existe en el comedor un Libro donde se recogen las incidencias tanto de
alumnado como de familias que incumplen las normas del comedor dadas a
conocer a principio de curso.
Para garantizar la seguridad y permanencia del alumnado en el centro, el personal
de abastecimiento del comedor deberá cerrar la puerta de acceso al recinto tanto a
la salida como a la entrada, incluso si su estancia es breve. De encontrarse el
alumnado realizando alguna actividad, deberá esperar hasta que el responsable de
la misma traslade al grupo fuera del lugar de tránsito del vehículo.
Normas de organización y funcionamiento del comedor
El alumnado almorzará en dos turnos sucesivos:
Primer turno (13:30- 14:00) alumnado de E. Infantil, 1º y 2º de E. Primaria.
Segundo turno (14:00- 14:30) alumnado 3º, 4º, 5º y 6º nivel de E. Primaria.
A las 13:20 horas el personal auxiliar de comedor recogerá en sus respectivas
aulas al alumnado de educación infantil. Previamente habrán dejado la comida
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 80
servida. Dos auxiliares irán controlando el lavado de manos y otro/a será
responsable de que el alumnado vaya ocupando sus puestos, procurando que
sean fijos. Dos auxiliares permanecerán en el comedor con el alumnado. Se
registrará si ha comido bien o no.
Cuando suene la sirena de salida, a las 13:30 horas, la custodia del alumnado de
educación primaria será transferida por su tutor/a o profesorado especialista que
imparte clase en la última sesión, a la auxiliar de comedor. A través de un
documento firmado por el profesorado o tutor, tutora, donde se relaciona el
alumnado comensal de cada grupo se dejará constancia diaria de la asistencia de
ese alumno o alumna al comedor.
La auxiliar responsable recoger al alumnado de primaria irá dando paso a los
niños y niñas comensales 1º y 2º nivel, que se lavarán las manos y entrarán al
comedor, donde ya están comiendo los niños y niñas de educación infantil.
Mientras tanto, el alumnado de 3º, 4º, 5º y 6º, permanecerá en el patio o en el
aula anexa en compañía de una auxiliar.
Una vez sean llamados-as, los comensales se lavarán las manos, accederán al
comedor y se situarán en fila, cogerán las bandejas, cubiertos, vasos y servilletas
y esperarán a que la persona encargada le sirva la comida en el lugar destinado a
tal fin. A continuación se sentarán en su lugar para almorzar.
Una vez se hayan situado en sus lugares correspondientes, siempre los mismos,
los-as niños-as comerán con tranquilidad. Se hablará en voz baja y se pedirá lo
necesario al personal auxiliar levantando la mano.
En todo momento se procurará que las mesas y suelo estén limpios, y se
observará la conducta apropiada en un comedor. Las personas componentes del
personal auxiliar velarán por el cumplimiento de las normas
El alumnado al finalizar el almuerzo, vaciará sus bandejas y colocará el menaje
en el lugar indicado. El alumnado de infantil no realizará esta tarea, siendo el
menaje retirado por el personal auxiliar de servicios complementarios.
Normas de Organización y Funcionamiento
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9.2.-ACOGIDA TEMPRANA.
La acogida temprana pretende mejorar los servicios sociales básicos y apoyar la
conciliación entre la vida laboral y familiar, con la apertura del centro para acoger al
alumnado que así lo requiera, antes del inicio de la jornada lectiva.
El número mínimo de alumnado necesario para la creación de un grupo será de 10.
Se podrá dividir un grupo cuando el total de alumnado a incluir en la medida supere la
cifra de 30.
El servicio de acogida temprana lo gestiona el AMPA. Anualmente solicita la
subvención referida a este capítulo a la Consejería de Educación, quien la hace efectiva
con posterioridad al inicio de la actividad. Por este motivo las familias deben aportar
económicamente una cantidad de dinero, que será reintegrada posteriormente.
Para solicitar el servicio las familias deben aportar los siguientes documentos:
Impreso en el que deberá hacer constar que dicha medida es necesaria para la
conciliación de la vida laboral y familiar.
Una certificación de la/s empresa/s que acredite el horario de trabajo del padre y
la madre o tutores legales.
Compromiso que garantice la asistencia del alumnado participante y el
cumplimiento de las normas que establezca cada centro.
En caso de trabajadores por cuenta propia, se sustituirá el documento 2 por una
declaración responsable y un documento que acredite tal circunstancia.
El Consejo Escolar del centro podrá determinar otras circunstancias excepcionales
de las familias que permitan justificar la necesidad de incluir a determinado alumnado
en esta medida.
Organización de la Acogida Temprana
Un portero automático en la puerta principal, conectado con el aula donde se
realiza esta actividad, permite el acceso de las familias que vienen a dejar a sus
hijos/as.
A la entrada y a la salida, las familias cerrarán la puerta de acceso.
Normas de Organización y Funcionamiento
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A las 8:30, cuando suene la sirena, el alumnado de educación primaria se
incorporará a sus respectivas filas y el de educación infantil será guiado por las
monitoras/es a la cancha sur para incorporarse a sus filas.
9.3.- TRANSPORTE ESCOLAR.
La responsabilidad del centro comienza desde que el alumnado utiliza el transporte
escolar, por ello es muy importante organizar la llegada de las guaguas y la atención del
alumnado, hasta que comiencen las clases. El régimen disciplinario aplicable al
alumnado en el centro lo es también durante el transporte escolar.
Las familias que desean que sus hijos, hijas hagan uso del transporte y que
pertenezcan a las zonas de Las Longueras y Mondragón, deben solicitarlo, junto con la
formalización de la matrícula. Deberán cumplimentar una solicitud que le será facilitada
por el centro.
El transporte corresponde al alumnado de educación primaria, pero si quedan
plazas vacantes se podrán adjudicar al alumnado de educación infantil.
El alumnado, una vez autorizados a utilizar el servicio, se adaptará a los horarios
y paradas establecidos.
Durante el transporte el alumnado ha de cumplir las normas de seguridad propias
de un transporte público de menores.
Será obligatoria la presencia de un acompañante a bordo del vehículo durante la
realización del transporte escolar.
Las familias dejarán constancia escrita de la modalidad de recogida de sus hijos o
hijas cuando lleguen a la parada: a) se van solos a casa; b) los recoge personas
autorizadas. Si eligen la opción b., deben ser puntuales. De no estar las familias o
personas autorizadas esperando al alumnado, este será traído de nuevo al centro,
y la familia será apercibida para que justifique el motivo. Si fuera reincidente, se
le dará de baja en el transporte escolar.
Funciones del acompañante del transporte
Cuidado de los menores durante su transporte y en las operaciones de acceso y
abandono del vehículo.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Recogida y acompañamiento del alumnado desde y hasta el interior del recinto
escolar.
Comunicar al director o directora o miembro del equipo directivo del centro, las
incidencias producida en cualquiera de las operaciones.
Controlar que el alumnado transportado sea únicamente aquél que haya sido
autorizado, de acuerdo con la información que a tal efecto facilite la dirección del
centro.
Traer de regreso al centro al alumnado si la familia no estuviera esperándole, y
optaron por la modalidad de recogida b. La dirección de centro se hará
responsable del alumno/a hasta la localización de la familia.
Acreditación y bajas del alumnado transportado
La dirección del centro entregará en los primeros días del mes al acompañante
en el transporte escolar la relación nominal del alumnado autorizado para el
transporte.
Trimestralmente se notificará al servicio de Inspección Educativa las bajas del
alumnado transportado que se produzcan a lo largo del curso, sin perjuicio de los
trámites a realizar a través de la página web del transporte escolar que tienen
carácter obligatorio.
Organización del transporte
Existen dos paradas, una en el barrio del Mondragón y otra en Las Longueras.
La recogida del alumnado comienza en la primera parada, el Mondragón, a las
8:05 h.
La llegada al colegio se produce a las 08:25 horas, aproximadamente.
La salida del colegio se produce a las 13:35 horas.
En el horario escolar del profesorado responsable del transporte se contempla una
hora diaria para las funciones del transporte escolar:
Normas de Organización y Funcionamiento
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a. El profesorado responsable esperara la llegada de la guagua y
permanecerá en el patio con el alumnado hasta el toque de la sirena a las
8:30 h.
b. A la hora de la salida este mismo profesor/a, sobre las 13:25 recoge al
alumnado de transporte y lo acompaña a la puerta de salida donde les
espera la guagua.
c. El profesorado, junto a la acompañante de transporte pasa lista del
alumnado transportado.
9.4.- ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
9.4.1.-La auxiliar administrativa
Es el trabajador, trabajadora que, bajo la dependencia del Secretario o Secretaria del
Centro, realiza actividades administrativas inherentes al trabajo de la Secretaría del
Centro.
Funciones
Organizar los expedientes y libros de escolaridad, comunicando al secretario o
secretaria cualquier anomalía que encuentre en ellos.
Dar registro de entrada a los comunicados oficiales que lleguen al Centro.
Comunicar el recibo de dichos escritos al secretario o secretaria o en su defecto,
al director o directora.
Dar salida a los documentos del Centro y cumplimentar su envío.
Recibir la correspondencia y cumplimentar el registro de envíos certificados en
ausencia del secretario o secretaria.
Manejo de ficheros de alumnado y personal.
Atender a las familias
Catalogación y clasificación de documentos.
Transcripción de escritos oficiales del Centro, certificados y estadísticas.
Velar por los documentos oficiales en ausencia del secretario secretaria y
comunicarle cualquier anomalía que se produzca.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Atender las llamadas al centro tanto del teléfono como del portero electrónico.
Cualquier otra función, que en el ámbito de su competencia, le encomiende el
Equipo Directivo.
9.4.2.-El guardián de bienes- Encargado de mantenimiento- Vigilante
La persona que ejerce estas funciones, en el centro, además de los derechos y
deberes contenidos en el Reglamento de personal subalterno del Ayuntamiento de
Ingenio, tendrá las siguientes funciones:
Comunicar a los estamentos oficiales (policía, Ayuntamiento, etc.) cualquier
anomalía que se produzca en el Centro cuando no se encuentren órganos
unipersonales en el mismo.
Ejercer las labores de mantenimiento que se encuentren dentro del rango
establecido por el Ayuntamiento para su categoría profesional.
Abrir las puertas de acceso al Centro.
Supervisar los mecanismos electrónicos de control de sirenas de entrada, salida y
cambios de clase.
Supervisar los mecanismos electrónicos de control de apertura de puertas de
entrada al recinto escolar.
Cuidar los jardines del Centro.
En general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes
a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por sus superiores
jerárquicos y resulten necesarias por razones del servicio
9.4.3.-El personal de limpieza
Las personas responsables de la limpieza del centro (tres) pertenecen una empresa
contratada por el Ayuntamiento
La Dirección del centro conocerá el Plan de Trabajo del Personal de Limpieza.
Las deficiencias observadas en la limpieza de las distintas dependencias del
Centro se notificarán a la persona encargada del personal que realiza esta tarea.
Normas de Organización y Funcionamiento
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De no subsanarse la situación, se notificará a la empresa y, en su caso, al
Ayuntamiento.
Los productos y utensilios de limpieza deberán guardarse en lugar seguro fuera
del alcance del alumnado.
CAPITULO 10.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
10. 1.- PROFESORADO
La Dirección del centro y el resto de los miembros del equipo directivo velará por
el cumplimiento de las obligaciones del profesorado, recordando en las primeras
reuniones del curso escolar los distintos deberes contemplados en las disposiciones
vigentes.
10.1.1.- Derechos del profesorado
Derecho a intervenir en la gestión del centro
El profesorado tiene derecho a intervenir en la gestión del centro a través de los
órganos establecidos al efecto.
El profesorado tiene derecho a elegir y ser elegidos miembros de los órganos
colegiados.
Derecho a convocar reuniones informativas profesionales, de acuerdo con la
legislación vigente.
Derecho a promover convocatorias de Claustro, según lo establecido en el
ROC.
Derecho a ser informado
El profesorado tiene derecho a ser informado por sus representantes en los
órganos colegiados de los acuerdos adoptados por los mismos.
El profesorado tiene derecho a ser informados de cuantas comunicaciones se
reciban y les afecten laboral y profesionalmente.
Derecho al respeto personal.
Normas de Organización y Funcionamiento
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El profesorado tiene el derecho a ser respetado y a recibir un trato adecuado en
el ejercicio de sus funciones, así como a desarrollar su función docente en un
ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos,
especialmente el referido a la integridad y dignidad personal.
Derecho a la autonomía
El profesorado tiene el derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener
un adecuado clima de convivencia durante las clases, así como en las actividades
complementarias y extraescolares, según el procedimiento que se establezca en
las normas de convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa.
Derecho a la formación permanente
El profesorado tiene derecho a recibir, por parte de la Administración educativa,
la formación en materia de convivencia que se establezca en la normativa
específica, y en los términos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Derecho a la consideración de autoridad pública
El profesorado tiene derecho a la consideración de autoridad pública en el
desempeño de la función docente con las potestades y protección jurídica
reconocidas en el Ordenamiento Jurídico.
Derecho a la defensa legal y jurídica
Derecho a la defensa legal y a la protección por parte de la Administración
pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional,
así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los hechos que
se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos
docentes, salvo en los casos de conflicto con la propia Administración de
acuerdo con lo previsto en la normativa autonómica.
10.1.2.- Deberes del profesorado
Deber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del
centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
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El profesorado tiene el deber de cumplir con las obligaciones establecidas por la
normativa sobre la convivencia escolar, lo establecido en el plan de convivencia
y el resto de la normativa del centro.
Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar.
El profesorado tiene el deber de contribuir a que las actividades del centro se
desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación, de libertad e
igualdad para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática.
El profesorado tiene el deber de mantener la disciplina y velar por el correcto
comportamiento del alumnado, impidiendo, corrigiendo y poniendo en
conocimiento de los órganos competentes todas aquellas conductas contrarias a
la convivencia, de conformidad con lo dispuesto en este decreto y en las normas
de organización y funcionamiento del centro.
El profesorado tiene el deber de promover, organizar y participar en las
actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas
por los centros, especialmente de aquellas orientadas a mejorar el clima de
convivencia escolar.
Deber de colaborar e informar a las familias.
El profesorado tiene el deber de informar a las familias del alumnado de las
normas de convivencia establecidas en el centro, de los incumplimientos de
estas por parte de sus hijos e hijas, así como de las medidas educativas
correctoras impuestas.
El profesorado tiene el deber de colaborar con las familias para proporcionar una
formación integral al alumnado. Asimismo, tiene el deber de atender en el
ámbito escolar a las familias y al alumnado y, en su caso, el deber del ejercicio
de la tutoría docente.
Deber de formarse
El profesorado tiene el deber de formarse en aspectos relacionados con la
convivencia en los centros docentes y en la resolución pacífica de conflictos, así
como en el uso adecuado de las tecnologías de información y comunicación.
Deber de sigilo profesional
Normas de Organización y Funcionamiento
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El profesorado tiene el deber de guardar reserva y sigilo profesional sobre toda
aquella información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y
familiares del alumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la
autoridad competente, administración educativa y sus servicios, las
circunstancias que puedan implicar el incumplimiento de los deberes y
responsabilidades establecidos por la normativa de protección de menores.
10.1.3.- Faltas, sanciones, procedimiento disciplinario.
Las Administraciones Públicas corregirán disciplinariamente las infracciones del
personal a su servicio señalado en el artículo anterior cometida en el ejercicio de sus
funciones y cargos, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial o penal que pudiera
derivarse de tales infracciones
10.1.3.1.- Faltas disciplinarias.
Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves.
A.- Son faltas muy graves
1. El incumplimiento del deber de respeto a la Constitución y a los respectivos
Estatutos de la Comunidad Autonomía de las Comunidades, en el ejercicio de la
función pública.
2. Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua,
opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o
étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el
acoso moral, sexual y por razón de sexo.
3. El abandono del servicio, así como no hacerse cargo voluntariamente de las
tareas o funciones que tienen encomendadas.
4. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a
la Administración o a los ciudadanos.
5. La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que
tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función.
Normas de Organización y Funcionamiento
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6. La negligencia en la custodia de secretos oficiales, declarados así por Ley o
clasificados como tales, que sea causa de su publicación o que provoque su
difusión o conocimiento indebido.
7. El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de
trabajo o funciones encomendadas.
8. La violación de la imparcialidad, utilizando las facultades atribuidas para influir
en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito.
9. La desobediencia abierta a las órdenes o instrucciones de un superior, salvo que
constituyan infracción manifiesta del Ordenamiento jurídico.
10. La prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio
indebido para sí o para otro.
11. La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales.
12. La realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de
huelga.
13. El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso
de huelga.
14. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades cuando ello dé lugar
a una situación de incompatibilidad.
15. La incomparecencia injustificada en las Comisiones de Investigación de las
Cortes Generales y de las Asambleas Legislativas de las Comunidades
Autónomas.
16. El acoso laboral.
17. También serán faltas muy graves las que queden tipificadas como tales en Ley
de las Cortes Generales o de la Asamblea Legislativa de la correspondiente
Comunidad Autónoma o por los convenios colectivos en el caso de personal
laboral.
B.- Las faltas graves
Normas de Organización y Funcionamiento
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Serán establecidas por Ley de las Cortes Generales o de la Asamblea Legislativa de la
correspondiente Comunidad Autónoma o por los convenios colectivos en el caso de
personal laboral, atendiendo a las siguientes circunstancias:
1. El grado en que se haya vulnerado la legalidad.
2. La gravedad de los daños causados al interés público, patrimonio o bienes de la
Administración o de los ciudadanos.
3. El descrédito para la imagen pública de la Administración.
C.- Las faltas leves
Las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del presente Estatuto
determinarán el régimen aplicable a las faltas leves, atendiendo a las anteriores
circunstancias.
10.1.3.2.- Sanciones
Por razón de las faltas cometidas podrán imponerse las siguientes sanciones:
a. Separación del servicio de los funcionarios, que en el caso de los
funcionarios interinos comportará la revocación de su nombramiento, y
que sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves.
b. Despido disciplinario del personal laboral, que sólo podrá sancionar la
comisión de faltas muy graves y comportará la inhabilitación para ser
titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que
desempeñaban.
c. Suspensión firme de funciones, o de empleo y sueldo en el caso del
personal laboral, con una duración máxima de 6 años.
d. Traslado forzoso, con o sin cambio de localidad de residencia, por el
período que en cada caso se establezca.
e. Demérito, que consistirá en la penalización a efectos de carrera,
promoción o movilidad voluntaria.
f. Apercibimiento.
g. Cualquier otra que se establezca por Ley.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Procederá la readmisión del personal laboral fijo cuando sea declarado
improcedente el despido acordado como consecuencia de la incoación de un
expediente disciplinario por la comisión de una falta muy grave.
El alcance de cada sanción se establecerá teniendo en cuenta el grado de
intencionalidad, descuido o negligencia que se revele en la conducta, el daño al
interés público, la reiteración o reincidencia, así como el grado de participación.
10.1.3.3.- Prescripción de las faltas y sanciones.
Las infracciones muy graves prescribirán a los 3 años, las graves a los 2 años y las
leves a los 6 meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los 3
años, las impuestas por faltas graves a los 2 años y las impuestas por faltas leves al año.
El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que la falta se hubiera
cometido, y desde el cese de su comisión cuando se trate de faltas continuadas.
El de las sanciones, desde la firmeza de la resolución sancionadora.
10.1.3.4.- Procedimiento disciplinario
No podrá imponerse sanción por la comisión de faltas muy graves o graves sino
mediante el procedimiento previamente establecido.
La imposición de sanciones por faltas leves se llevará a cabo por procedimiento
sumario con audiencia al interesado.
El procedimiento disciplinario que se establezca se estructurará atendiendo a los
principios de eficacia, celeridad y economía procesal, con pleno respeto a los
derechos y garantías de defensa del presunto responsable.
En el procedimiento quedará establecida la debida separación entre la fase
instructora y la sancionadora, encomendándose a órganos distintos.
Cuando así esté previsto en las normas que regulen los procedimientos
sancionadores, se podrá adoptar mediante resolución motivada medidas de
carácter provisional que aseguren la eficacia de la resolución final que pudiera
recaer.
Normas de Organización y Funcionamiento
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10.1.5.- De la exigencia de responsabilidades.
El profesorado y demás empleados públicos responderán de su incumplimiento
mediante la aplicación del procedimiento disciplinario. El director, directora y/o el
inspector, inspectora de educación podrá proponer expediente por la comisión de faltas
leves, graves o muy graves.
El director directora podrá sancionar directamente las faltas leves, de acuerdo con
lo establecido en el Decreto 106/2009, de 28 de julio.
10. 2.- PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
El personal laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores y por los Convenios
Colectivos que les sean de aplicación.
El director o directora con carácter general y, particularmente, el secretario
secretaria del centro cuidarán el ejercicio de derechos y deberes del personal de
administración y servicios, bien sean funcionarios o personal laboral conforme a las
siguientes normas y convenios, entre otros:
10.2.1.- Derechos del personal de administración y servicios.
Gozar del respeto y consideración a su persona y a la función que desempeñan.
Presentar peticiones, quejas o recursos, formulados razonablemente verbalmente
o por escrito ante el órgano de gobierno que corresponda.
Elegir a su representante en el Consejo Escolar y desempeñar los cargos para los
que hubiese sido elegido. La elección será directa, nominal y secreta.
Celebrar reuniones, respetando el normal desarrollo de las actividades del centro.
Derecho a la defensa jurídica y protección de la Administración Pública.
10.2.2.- Deberes del personal de administración y servicios.
Ejercer sus funciones con arreglo a las disposiciones establecidas en su contrato
y/o nombramiento, respetando el Proyecto Educativo del Centro.
Colaborar en la formación de un ambiente educativo que garantice el
cumplimiento de los objetivos del centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Cumplir las normas establecidas en este Reglamento y en la Programación
General Anual.
Adoptar una actitud de colaboración hacia los miembros de la comunidad
educativa y favorecer la convivencia y la disciplina del alumnado.
Cumplir lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de datos de
carácter personal, seguridad laboral y de propiedad intelectual.
Custodiar la documentación administrativa.
Guardar reserva y sigilo respecto a la actividad cotidiana del centro escolar
10.3.- ALUMNADO.
10.3.1. Derechos del alumnado.
Derecho a una formación integral
El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al
pleno desarrollo de su personalidad y que se concreta en:
La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los
principios democráticos de convivencia.
La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos que le
permitan integrarse personal, laboral y socialmente.
El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.
La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de
acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con
dificultades físicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.
El aprendizaje de modelos de convivencia basados en la diversidad y en el
respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.
Derecho al respeto.
El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad
personales por todos los miembros de la comunidad educativa. Este derecho implica:
Normas de Organización y Funcionamiento
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La protección contra toda agresión física, verbal, psicológica, moral y social. La
no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica,
nivel social, orientación e identidad sexual, convicciones políticas, morales o
religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra
condición o circunstancia personal o social.
La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud en el
centro.
La confidencialidad en sus datos personales, sin perjuicio de las comunicaciones
necesarias con la Administración educativa y la obligación que hubiere de
informar a otras Administraciones o autoridades, en los casos así previstos.
Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.
El alumnado tiene derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento
Este derecho implica:
El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como
contribución al desarrollo de las competencias básicas sociales.
La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los
derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y
alumnas, y de representación en el centro, a través de sus delegados o delegadas,
y de sus representantes en el Consejo Escolar.
La elección, mediante sufragio directo y secreto, de sus representantes en el
Consejo Escolar y de los delegados o delegadas de grupo, que constituirán la
Junta de delegados o delegadas. Los delegados, delegadas y representantes del
alumnado en el Consejo Escolar tienen derecho a no ser sancionados en el
ejercicio de sus funciones como portavoces en los términos de la normativa
vigente.
La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin
perjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y del
respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen
las personas y las instituciones.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 96
La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad
educativa en general, en los términos previstos en la normativa de desarrollo y las
normas de convivencia del centro.
Derecho a la manifestación de la discrepancia.
El alumnado tiene derecho a la manifestación de la discrepancia ante decisiones o
acontecimientos relacionados con la vida escolar.
Las discrepancias, cualquiera que sea su motivación, alcance y contenido, serán
puestas en conocimiento de la dirección del centro, a través de los legados o
delegadas de cada grupo y de las juntas de delegados, para que adopten las
medidas que correspondan.
Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.
El alumnado menor de edad o con incapacidad tiene derecho a la protección en el
ámbito escolar.
El centro tomará las medidas y actuaciones oportunas para prevenir e intervenir
en situaciones de riesgo y de desamparo en las que puedan involucrarse,
tendentes a garantizar su desarrollo integral y a promover una vida normalizada,
primando, en todo caso, su interés todo ello de acuerdo con lo previsto en los
artículos 17 y 19 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención integral a los
menores.
Derecho a la igualdad de oportunidades.
El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, de género,
económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades
específicas de apoyo educativo.
Derecho a la protección social.
El alumnado tiene derecho a la protección social, en los casos de infortunio
familiar o accidente.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 97
El alumnado que como consecuencia de enfermedad o accidente tenga impedida
su asistencia al centro, tiene derecho a recibir atención educativa domiciliaria u
hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería.
Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.
El alumnado tiene el derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean
valorados y reconocidos, conforme a criterios objetivos.
El alumnado, así como sus familias, tienen derecho a conocer, al inicio de curso,
los criterios de evaluación, calificación, promoción establecidos por el centro.
Los representantes legales del alumnado tienen derecho a recibir información por
el profesorado en lo relativo a las valoraciones sobre su aprovechamiento
académico, la marcha de su proceso de aprendizaje y las decisiones que se
adopten como resultado de dicho proceso.
Las familias podrán reclamar contra las decisiones y calificaciones académicas
que se adopten como resultado del proceso de evaluación conforme al
procedimiento legalmente establecido.
10.3.2.-Deberes del alumnado.
Las normas de convivencia serán respetadas por cada alumno/a, constituyendo
obligaciones cuyo incumplimiento determinará responsabilidad, que se exigirá
conforme al procedimiento de las disposiciones citadas y a este propio NOF.
Deber de estudio y de asistencia a clase.
Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni
alterar el normal funcionamiento de las clases.
Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder
participar activamente en el desarrollo de las clases.
Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio del resto del alumnado.
Realizar las actividades encomendadas por el profesorado en el ejercicio de sus
funciones docentes.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 98
Asistir a clase con puntualidad, sin ausencias injustificadas, y respetando el
procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado por el centro.
Deber de respeto al profesorado.
El alumnado tiene el deber de respetar al profesorado y de reconocer su
autoridad, tanto en el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control
del cumplimiento de las normas de convivencia y de la de organización y
funcionamiento del centro.
Deber de respeto a la comunidad educativa.
El alumnado tiene el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades
de los miembros de la comunidad educativa, que se concreta en las obligaciones
siguientes:
a. Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la
intimidad de los miembros de la comunidad educativa.
b. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales
de la comunidad educativa.
c. No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón
de nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia
personal o social.
Deber de respetar las normas de convivencia.
El alumnado tiene el deber de conocer y respetar los valores democráticos de
nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente. En el centro, este
deber se concreta en el respeto de las normas de organización y funcionamiento y
de las normas de convivencia del centro. Conlleva, entre otras, las obligaciones
siguientes:
a. Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de
convivencia escolar, así como conocer y respetar las normas de
convivencia y el plan de convivencia del centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 99
b. Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y
recursos educativos del centro.
c. Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y
recursos educativos durante la realización de las actividades
extraescolares o complementarias.
d. Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad
educativa.
e. Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y
colegiados del centro, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando
considere que alguna de las decisiones vulnere alguno de ellos, de
acuerdo con el procedimiento que se establezca.
f. Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la
familia y el centro educativo.
g. Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos
adecuados de las tecnologías de la información y comunicación.
Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.
El alumnado y las familias deben colaborar en la obtención de los datos
personales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos datos
podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o
condiciones personales, al desarrollo y resultado de su escolarización, así como a
aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y
orientación del alumnado.
La responsabilidad civil y “penal” del alumnado.
La responsabilidad civil y penal queda recogida en la Ley Orgánica 5/2000, de 12
de enero.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 100
De la exigencia de responsabilidades.
El alumnado responderá por las faltas cometidas de acuerdo con su edad, siguiendo
el procedimiento disciplinario previsto en el Decreto 292/1995, de 3 de octubre,
modificado por el 81/2001, de 19 de marzo.
10.4.- PADRES, MADRES Y TUTORES/AS LEGALES DEL ALUMNADO.
Los padres, madres o tutores son los primeros responsables de la educación de sus
hijos/as. De aquí se desprenden sus derechos y obligaciones para con el centro y
constituyen el elemento clave en la relación profesorado-alumnado. De su colaboración
depende, en gran medida, la educación y formación de sus hijos/as y la buena marcha
del centro.
10.4.1.- Derechos de las familias.
Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas.
Las familias tienen el derecho a participar en los procesos educativos de sus
hijos e hijas, en los términos que normativamente se establezcan.
A estar informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través
de la información y aclaraciones que soliciten, de las reclamaciones que
formulen.
A conocer y/o intervenir en los procesos de resolución de conflictos.
Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas.
Las familias tienen derecho a ser oídas en aquellas decisiones que afecten a
la orientación personal, académica y profesional de sus hijos e hijas o
menores bajo tutela, sin perjuicio de la participación señalada en el artículo
anterior.
A solicitar, ante el Consejo Escolar del centro, la revisión de las resoluciones
adoptadas por la dirección frente a conductas de sus hijos, hijas o pupilos
que perjudiquen gravemente la convivencia.
Derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del
centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 101
Las familias tienen derecho a participar en la organización, funcionamiento,
gobierno y evaluación del centro educativo, a través del Consejo Escolar y
mediante los cauces asociativos legalmente reconocidos.
10.4.2.- Deberes de las familias
Deber de compromiso.
Como primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas, a las
familias, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar las ayudas
correspondientes y colaborar con el centro para que el proceso educativo se
lleve a cabo de forma adecuada.
En los casos en los que sus familias rechacen la solicitud del centro para su
implicación y compromiso en la adopción de medidas necesarias en
situaciones graves para su proceso educativo, ante conflictos de convivencia
provocados por sus hijos o hijas, la dirección del centro pondrá en
conocimiento de las autoridades educativas tal circunstancia para que se
adopten las medidas adecuadas por quien corresponda, que permitan
garantizar los derechos y deberes del alumnado. Cuando la conducta revista
especial gravedad, la Administración educativa lo pondrá en conocimiento
de las instituciones o autoridades públicas competentes.
Las familias tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas por el
centro o buscar otros procedimientos que faciliten la comunicación, la
información y los compromisos que adoptarán las familias ante las
dificultades planteadas por el centro educativo.
Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas.
Las familias tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo
de sus hijos e hijas o menores bajo tutela.
Tienen la obligación de estimular a sus hijos e hijas hacia el estudio e
implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de
su conducta.
Garantizar la asistencia a clase y a las actividades programadas.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 102
Informarse de cualquier aspecto relacionado con la educación de sus hijos e
hijas.
Facilitar y colaborar en el cumplimiento de deberes de sus hijos e hijas
respecto al Centro: asistencia, puntualidad, trabajo, orden, limpieza...
Participar en el tiempo libre de sus hijos e hijas, orientándoles en su proceso
de crecimiento personal.
Deber de respeto de las normas del centro.
Las familias tienen la obligación de respetar y hacer respetar a sus hijos e
hijas o menores bajo su tutela, las normas que rigen el centro escolar, las
orientaciones educativas del profesorado y colaborar especialmente en el
fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de los miembros de
la comunidad educativa.
Justificar personalmente o por escrito, y a ser posible con antelación, las
faltas de asistencia, retrasos y salidas en horario escolar de sus hijos e hijas
Las familias deben colaborar en la obtención por parte del centro docente de
los datos personales necesarios para el ejercicio de la función educativa.
Dichos datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social,
a características o condiciones personales, al desarrollo y resultado de su
escolarización, así como a aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea
necesario para la educación y orientación del alumnado.
Conocer el PE y la Normativa para la Convivencia.
Participar activa y responsablemente en las reuniones de los órganos de
participación del Centro.
Trasladar los acuerdos y propuestas de la Asamblea de madres y padres a los
órganos colegiados y viceversa.
Participar según sus posibilidades en la labor educativa del Centro.
Responsabilizarse del cuidado de las instalaciones y material del Centro que
utilicen.
Proporcionar a sus hijos el material escolar necesario.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 103
Respetar los horarios establecidos por el centro.
Colaborar, en la medida de sus posibilidades, en las actividades
complementarias y extraescolares del centro.
Acudir al centro cuantas veces sea requerido en día y hora acordada entre las
partes.
Recoger trimestralmente el Boletín de Evaluación de su hijo, hijas y recibir
la información que le aporte el equipo educativo sobre la marcha académica
del trimestre.
Informar al profesorado sobre aquellos aspectos de sus hijos, hijas, físicos,
psíquicos, emocionales, sociales, familiares, etc., que sean necesarios
conocer para la adopción de las medidas pertinentes. Cualquier situación de
riesgo relacionada con el alumnado tales como enfermedades, alergias,
conflictos familiares graves, etc. debe ser conocida por el profesorado,
especialmente por el tutor, así como por el personal encargado del comedor
si fuese comensal del mismo.
Recoger a sus hijos en el centro a la hora de salida o, en su caso, informar al
tutor acerca de quién será la persona responsable de ese cometido. En este
sentido las familias de niños o niñas pequeños han de entregar a principio de
curso la relación de personas autorizadas que pueden recoger a sus hijos en
el centro.
Informar al centro de los cambios de dirección, teléfono y otras
circunstancias que se produzcan, de manera que el expediente del alumno/a
se encuentre siempre actualizado.
No enviar a sus hijos, hijas al colegio en caso de encontrarse enfermos, dado
que el profesorado no podrá cuidar de ellos y pueden empeorar o contagiar a
los compañeros, compañeras.
Controlar diariamente el aseo personal de sus hijos, hijas. En la infancia se
adquieren hábitos que perduran toda la vida.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 104
Crear en sus hijos, hijas un clima de confianza hacia el profesorado. Un
alumno, alumna que no confía en su profesorado dificulta su propia
educación y puede provocar situaciones innecesarias de riesgo.
Para la comida de media mañana evitarán el exceso de envoltorios así como
el cristal. Del mismo modo se evitarán las golosinas y las comidas poco
sanas como dulces, bollería, golosinas, etc.
Deber de respetar al profesorado:
No desautorizar la acción de los profesores/as en presencia de sus hijos/as.
Informar al profesorado sobre las posibles situaciones de sus hijos/as
(problemas físicos, afectivos, enfermedades, problemas familiares, etc.).
Respetar la labor del profesorado y sus decisiones pedagógicas.
Justificar las ausencias de sus hijos/as a las clases.
Proporcionar a sus hijos/as el material necesario para que la labor educativa
sea eficiente.
Informarse de la marcha de sus hijos/as mediante entrevistas con los
profesores/as.
Tener siempre alguna persona de contacto en caso de tener que avisar a la
familia de forma imprevista.
Deber de cuidar los Libros de Texto:
Forrar los libros de su hijo/a y no poner ningún nombre en ellos.
Las familias que aceptan el préstamo de libros de texto ,becas de 3º a 6º
nivel, se comprometen a acatar las normas y a reponer los libros en caso de
desperfectos ocasionados por el uso inadecuado de sus hijos.
Las familias tienen la obligación de inculcar en sus hijos/as la importancia de
utilizar los textos de manera adecuada, cuidándolos y manteniéndolos en
perfecto estado de conservación.
10.4.3.- De la exigencia de responsabilidad a las familias
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 105
A los padres y madres del alumnado les será exigible el cumplimiento de sus
deberes comunicándolo a los servicios sociales del ayuntamiento, en primer lugar,
cuando no dieren resultado las gestiones del centro. En segundo lugar, si no se ha
obtenido la respuesta adecuada, se comunicará el asunto a la Dirección General del
Menor y la Familia; y, en tercer lugar, si la situación es grave y persiste el problema, a
la Fiscalía, informando a la inspección de educación y a la dirección territorial.
CAPÍTULO 11.- ORGANIZACIÓN Y CONTROL DE ENTRADAS,
PERMANENCIA Y SALIDAS EN EL CENTRO
Los tutores y tutoras cuidarán singularmente del alumnado que les haya sido
asignado sin perjuicio de aquellas obligaciones que correspondan a los demás
empleados públicos del centro en el marco del deber de guarda y custodia que tiene el
centro desde que entran hasta que salen del mismo.
Nuestro colegio, se encuentra en un entorno muy seguro y es por ello que las
familias permiten que una gran parte del alumnado se desplace a la llegada o salida del
centro por su cuenta, con hermanos, compañeros/as o bien acompañados por un
adulto/a.
Pero, independientemente de ello, el centro debe contemplar unas normas básicas
para que tanto en la entrada y salida como en la permanencia en sus instalaciones, el
alumnado tenga garantizada su seguridad y el desarrollo adecuado de las actividades
discentes.
11.1.- Organización y control de las entradas al centro:
La jornada laboral en el centro comienza a las 7:00 horas, con la acogida
temprana. Un portero automático en la puerta principal, conectado con el aula
donde se realiza esta actividad, permite el acceso de las familias que vienen a
dejar a sus hijos, hijas. A la entrada y a la salida, las familias cerrarán la puerta
de acceso.
Las puertas del centro, puerta principal y la del paso subterráneo, se abren a las
8:15 de la mañana, momento en que el alumnado y sus acompañantes pueden
acceder a los patios.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 106
A las 8:30 sonará la sirena que indica el comienzo de la jornada lectiva escolar,
el alumnado se situará en filas por grupo de clase en los lugares asignados el
primer día de cada curso escolar.
Cuando el tutor, tutora se encuentre en la fila, las familias deben abandonar el
recinto escolar para dar comienzo a la entrada.
Los tutores y tutoras se situarán en la cabecera de fila de su grupo y les
acompañará hasta el aula. El resto del profesorado colaborará en la organización
de las entradas siguiendo los criterios que el equipo directivo haya dispuesto.
El procedimiento de entrada acaba cuando todo el alumnado de educación
infantil y primaria se encuentre en sus aulas. A partir de ese momento se pone en
marcha el horario de docencia del centro y el profesorado comenzará con la tarea
asignada a su primera sesión de cada día.
A las 8:40 se cierran las puertas del centro y a partir de ese momento el alumnado
que se incorpora y, en su caso, su acompañante debe pasar por la secretaría para
dejar constancia por escrito de la hora de llegada y los motivos del retraso,
dirigiéndose a continuación el alumnado a su aula.
11.2.- Control de la permanencia:
Para garantizar la permanencia del alumnado en el centro durante la jornada escolar,
el centro adopta las siguientes medidas:
Las puertas del recinto escolar se cierran 10 minutos después de la hora de
entrada, es decir a las 8:40, y permanecerán cerradas durante toda la jornada
escolar.
Los tutores y tutoras tienen la obligación de pasar lista a primera hora de la
mañana y, junto al resto del equipo educativo, controlar que el alumnado no
abandone el recinto escolar salvo por causa justificada y acompañado de una
persona adulta autorizada.
Para salir del centro durante el horario escolar, el alumnado debe hacerlo
acompañado de una persona adulta autorizada, la cual tiene la obligación de
comunicarlo al tutor/a afectado y hacer constar la salida y los motivos en el
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 107
Registro de Salidas de alumnado situado en la secretaría. Este procedimiento se
dará a conocer a las familias en la primera asamblea de cada curso escolar.
Los responsables del servicio de transporte y comedor deben consultar
diariamente este registro para realizar el correspondiente control.
El personal de secretaría dispone de cámaras de vigilancia para complementar la
seguridad en la apertura y cierre de las puertas del centro
11.3.- Organización de las salidas:
En la asamblea de aula del primer día de clase, las familias cumplimentarán un
documento en el que optan por la modalidad de recogida de sus hijos, hijas.
Se contemplan las siguientes modalidades:
a. El alumnado regresa a casa por su cuenta.
b. Una persona autorizada le espera en el punto de encuentro.
c. El profesorado lo entrega personalmente a la persona autorizada.
d. El alumnado acude al transporte o comedor. Poner el apartado 4: va al
comedor o transporte en el anexo II
El profesorado tutor, tutora será el encargado de registrar y velar por los datos de
las personas autorizadas para recoger al alumnado en la salida del centro, así
como de dejar constancia en el tablón de anuncios de su clase de la modalidad
individual de recogida. Además debe ponerlo en conocimiento del equipo
educativo de su grupo, quien, a su vez, tiene la obligación de estar al corriente y
actuar en consecuencia cuando imparte docencia en la última sesión de cada
jornada.
Las puertas del recinto escolar se abren 5 minutos antes de la hora de salida, es
decir a las 13:25, momento en que las familias del alumnado de infantil pueden
pasar a recoger a sus hijos, hijas.
A las 13:30 suena la sirena que indica la salida del centro. En ese momento el
alumnado, organizado en filas por grupos de aula y acompañado por el
profesorado con el que ha permanecido en la última sesión del día, se dirigirá
hacia la salida. El alumnado comensal será transferido a la auxiliar de comedor,
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 108
que les esperará junto al aula de música. El alumnado comensal de E. Infantil es
recogido en el aula por las auxiliares de comedor a las 13:15 horas. De todo el
alumnado comensal se deja constancia firmada de su asistencia al comedor.
El resto del alumnado continúa con el profesor/a hasta el punto donde se hace la
fila de entrada y allí, dependiendo de la modalidad de entrega optada por las
familias, se despedirá al alumnado.
Si el acompañante de algún alumno, alumna se retrasara, el profesorado
responsable lo comunicará al tutor o tutora y/o al equipo directivo, anotando
estos retrasos en el “Libro de Control de Llegada”, depositado en la secretaria del
centro.
En los casos de reincidencia (3 retrasos), el tutor o tutora lo pondrá en
conocimiento a la jefatura de estudios, quien resolverá la situación de acuerdo
con las Normas de Convivencia del centro.
Cuando a lo largo de la jornada escolar algún alumno o alumna deba abandonar
el centro por motivo justificado, lo hará siempre acompañado de una persona
autorizada. Esta incidencia se hará constar en el “Libro de Control de Salidas”
del centro situado en la secretaría y se comunicará siempre al tutor, tutora.
Cuando un alumno o alumna no va a utilizar el trasporte un día determinado, la
familia debe comunicarlo por escrito al tutor, tutora, quien a su vez lo registrará
en el “Libro de Control de Salidas”, para que la persona responsable del
transporte tenga conocimiento de ello.
El procedimiento de salida acaba cuando todo el alumnado ha salido del centro o
se ha incorporado al servicio de comedor.
11.4.- Normas generales de entradas y salidas
El alumnado realizará las entradas y salidas al centro, al recreo y a otras
dependencias en filas, en silencio y acompañados por el profesorado hasta su
destino.
El alumnado de educación infantil irá, además, con las manos a lo largo del
cuerpo, no a la espalda, exceptuando al de 3 años que lo harán utilizando la
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 109
técnica del tren: manos sobre los hombros del compañero o de la compañera que
esté delante.
Los días de lluvia, tanto las entradas como las salidas se realizarán por el pasillo
central. Para evitar aglomeraciones a la hora de la salida, las puertas se abrirán
10 minutos antes y las familias recogerán a sus hijos, hijas en las aulas.
CAPITULO 12.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECREOS
El centro dispone de dos espacios para el desarrollo de las actividades de recreo:
un patio exclusivo para el alumnado de educación infantil y otro para el de
educación primaria, el cual, a su vez, se distribuye entre la cancha norte y la
cancha sur.
En educación infantil están establecidos 6 grupos, lo que supone un alumnado
aproximado de 120 y, dado que la relación profesorado de guardia/alumnado
exigida no debe superar los 30, cada turno de guardia se establecerá en 5
profesores, profesoras.
En educación primaria la ratio profesorado de guardia/alumnado está establecida
en 60. La cancha norte acoge al alumnado desde el primero hasta el tercer nivel y
la cancha sur acoge al alumnado desde cuarto hasta sexto. Cada cancha puede
admitir un máximo de 150 alumnos, alumnas, lo que supone turnos de guardia de
hasta 3 profesores, profesoras por cancha.
El recreo comienza para todo el alumnado del centro a las 11:30 horas.
Al sonar la sirena, el profesorado que está con el grupo debe acompañarle en fila
hasta el patio correspondiente, incorporándose en ese momento el profesorado
del turno de guardia.
El alumnado realizará las entradas y salidas al recreo siguiendo las normas de
entradas y salidas del centro.
El profesorado de los turnos se ubicará en lugares apropiados para comprobar
que se cumplan las normas de convivencia y seguridad, siendo en educación
infantil preferentemente junto a los aparatos de juego. Además, controlará que el
uso de las canchas sea compartido y equilibrado entre grupos de distintas edades
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 110
y entre niños y niñas, evitando que se monopolicen áreas extensas por cualquiera
de ellos.
Durante el recreo se fomentarán los juegos que no impliquen riesgo. Se reflejará
en el plan de recreos de la PGA de cada curso escolar la organización de juegos y
distribución de los mismos en los patios.
No está permitido traer golosinas, juegos electrónicos ni envases de vidrio o
latas al centro. Tampoco está permitido comer en los patios de recreo, por lo cual
antes de salir, el alumnado debe tomar en el aula la comida de media mañana.
Para ello se reservarán al menos 10 minutos de la sesión previa al recreo.
El alumnado no podrá acceder a las aulas en el horario del recreo, a no ser que
sea acompañado por un profesor, profesora.
El alumnado debe conocer las normas de comportamiento y existirá un Libro de
Incidencias donde se anotarán los problemas y reincidencias de actitudes
inadecuadas. En estos casos el profesorado del turno debe informar al tutor,
tutora correspondiente.
El alumnado no puede sacar al patio de recreo materiales del aula como juguetes,
tizas, colores, etc. salvo autorización del profesorado.
El alumnado irá al baño antes de salir al recreo. Durante el recreo, el alumnado
de educación infantil usará los baños más cercanos al patio de su etapa. El
alumnado de primaria usará los baños del gimnasio.
Si se produce un accidente durante el recreo se procederá según lo establecido en
el apartado 7 de este documento.
En caso de mal tiempo el alumnado no saldrá al patio y los tutores, tutoras se
harán cargo de su alumnado en el aula, apoyados por el profesorado que no tenga
tutoría asignada, según el plan previsto en la PGA de cada curso.
Si el alumnado está en el patio y comienza a llover se suspenderá el recreo y los
tutores/as se harán cargo de sus respectivos grupos.
La organización de los turnos del recreo corresponde al equipo directivo, sin
perjuicio de las sugerencias del Claustro. Cada curso escolar se contemplarán
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 111
dichos turnos en la PGA, se colgará una copia en el tablón de anuncios de la sala
del profesorado y se entregará la copia correspondiente a cada docente.
Para la previsión de ausencias en el turno de recreos se establecerá un listado del
profesorado que realizará las sustituciones, quedando una copia en el tablón de
anuncios de la sala del profesorado. Llegado el momento, el jefe de estudios u
otro miembro del equipo directivo, comunicará al profesorado cuándo y en qué
patio deber realizar la sustitución.
CAPITULO 13.- RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES
La comunicación entre el centro y otras instituciones se llevará a cabo a través del
equipo directivo, coordinadores o coordinadoras de ciclo, AMPA o de cualquier
profesorado responsable de alguna actividad concreta.
Son varios los organismos con los que el Centro se relaciona habitualmente.
13.1.- Ayuntamiento de la Villa de Ingenio
Concejalía de vías y obras (Obras de mejoras).
Concejalía de Cultura
Colaboración y participación en las acciones programadas desde esta
concejalía: agenda 21 (educación para el medioambiente), exposiciones,
teatro….
Concejalía de Educación
Implicación en los acuerdos y acciones programadas para la mejora
educativa en el centro: educación para el consumidor, autoprotección……
Biblioteca municipal: visitas programadas, préstamo de libros,
colaboración con las actividades programadas desde la biblioteca
municipal
Concejalía de Deporte
Programación conjunta de algunas actividades deportivas desarrolladas en
horario lectivo como los deportes autóctonos
Actividades desarrolladas en horario extraescolar.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 112
Concejalía de Asuntos Sociales
A través de un asistente social se buscan soluciones para abordar
problemas socio-familiares de nuestro alumnado y el absentismo escolar.
Actividades desarrolladas en horario extraescolar, como gimnasia de
mantenimiento para la tercera edad.
Policía Local
Control de las entradas y salidas al centro.
13.2.- Guardia Civil
Existe la figura de un mediador, nombrado por esta institución, para solucionar
de forma inmediata los problemas de seguridad.
13.3.- Cabildo de Gran Canaria
Desarrollo de actividades programadas por esta institución.
Becas para el alumnado de E. Infantil
13.4.- Administración educativa
Asesoramiento y pautas de trabajo.
13.5.- CEP Gran Canaria Sur
Asesorías.
Cursos de perfeccionamiento.
13.6.- Sanidad
Colaboración en todos los temas relacionados con la salud.
13.7.- Familias
Colaboración con las familias implicándolas en las acciones programadas desde
el centro: talleres, biblioteca, jornadas de puertas abiertas.
Programación de actividades extraescolares de convivencia con las familias.
Cursos de formación programados e impartidos por el profesorado del Centro.
Charlas formativas dirigidas a las familias organizadas por el AMPA
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Estrecha colaboración entre el centro y el AMPA
Actividades desarrolladas en horario de tarde organizadas por el AMPA
13.8.- Instituciones educativas.
Universidad de Las Palmas (Prácticas de alumnado de Magisterio)
Ciclos formativos de los IES (Prácticas de alumnado de los ciclos formativos).
Radio ECCA (Colaboración y difusión de las actividades del ente en nuestra
comunidad educativa).
13.9.- Colaboración con otras empresas.
Empresa responsable de suministrar al comedor escolar.
Empresa responsable de gestionar los contratos de las monitoras de la acogida
temprana, a través del AMPA.
13.10.- Otras entidades y colectivos.
Editoriales
Distintas ONG
CAPÍTULO 14.- ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS
El centro estructura los cauces para la atención a las familias, en función de las
necesidades requeridas por las mismas: administrativas, didácticas, orientativas, etc.
El equipo directivo del centro cuenta con un horario específico de atención a las
familias, recogido en la PGA de cada curso escolar.
El centro dispone de un servicio de orientación para el alumnado y las familias, a
través de miembros del equipo de orientación educativa y psicopedagógico de la
zona. Este servicio cuenta con un horario de atención directa, debiendo solicitarse
a través de la tutoría o de la dirección del centro.
Incluido en el Plan de Acción Tutorial del centro, se establece un calendario para
el desarrollo de entrevistas entre el profesorado y las familias, el cual queda
reflejado en la PGA de cada curso escolar.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Las familias pueden recurrir a la Asociación de Padres y Madres de Alumnos/as
para obtener información, conocer y consultar las actividades propias del centro,
así como medio de participación activa en la vida escolar.
Para el buen funcionamiento y organización del centro las familias deben:
Asistir al centro cuando se les solicite su presencia.
Respetar las normas de acceso al centro, no interrumpiendo las filas ni
accediendo a las clases en horario lectivo, salvo por motivo urgente que
deberán comunicar previamente en secretaría.
Colaborar con el profesorado en el cumplimiento de las normas del
centro.
Procurar de que sus hijos/as asistan puntualmente al centro y en las
debidas condiciones higiénicas y sanitarias.
Justificar debidamente las ausencias, faltas de asistencia y/o puntualidad
de sus hijos/as.
CAPITULO 15.- PROTOCOLO DE ATENCIÓN AL ALUMNADO EN CASO DE
AUSENCIA DEL PROFESORADO
Cuando se produzca la ausencia de un profesor o profesora y hasta tanto, la
administración educativa no nombre profesorado sustituto, el centro debe garantizar la
mejor atención posible al alumnado. Para ello se seguirán las siguientes directrices, que
se concretarán en la PGA de cada curso escolar.
15.1.- En educación infantil.
Ante la ausencia de un tutor, tutora se hace responsable del grupo el profesorado
de apoyo del ciclo. Si la ausencia es del profesorado especialista, el tutor o tutora
suspenderá las actividades previstas en su horario (AE, apoyos, proyectos, AT,
Coordinaciones) y se hará cargo de su grupo.
Si la ausencia es del profesorado de apoyo, se suspenderán las actividades que
para esta persona contempla el horario del centro (proyectos, apoyos...) y si
afecta a la docencia en algún curso, se procederá como en el caso de la ausencia
de un/a especialista.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 115
Si se produce la ausencia de más de un tutor, tutora, se procederá a repartir el
grupo de mayor edad, quedando el profesor, profesora de apoyo como
responsable del curso de menor edad.
Cuando el profesorado de apoyo este sustituyendo en un grupo por ausencia de su
tutor, tutora, no se interrumpirá dicha sustitución para cubrir otra, aunque el
grupo de alumnado a repartir sea de menor edad.
15.2.- En educación primaria.
Cada curso escolar se elabora un cuadrante de sustituciones para cubrir las
ausencias de en esta etapa.
En el caso de la ausencia de un profesor/a de primaria, se suspenden las sesiones
destinadas a los proyectos, apoyos, acción tutorial y coordinaciones y se aplica el
cuadrante de sustituciones.
Si se produjera más de una ausencia y en el cuadrante no existiera profesorado
suficiente para cubrirlas, se procederá a repartir al alumnado en otras aulas de
primaria.
Para organizar dicho reparto, cada tutor/a elaborará un listado, según modelo
establecido, donde especificará con nombre y apellidos el alumnado que irá a
cada curso, teniendo en cuenta las características de los grupos que se formen y el
curso de destino. En este listado se especificará, además, si el alumnado es de
transporte y/o comedor, la modalidad de recogida al final de la jornada y otras
características que se estimen necesarias. El esquema de reparto de cada clase
estará en el tablón de anuncios de la misma y se entregará copia al jefe o jefa de
estudios y a los demás tutores, tutoras implicados.
El reparto se organiza atendiendo a las características de cada curso y en especial
al número de alumnado por aula. Existen dos formas de agrupamiento para el
reparto, una desde 1º hasta 3º y otra desde 4º hasta 6º. En caso de ausencia de un
tutoro tutora, su alumnado se reparte entre los cursos de su grupo, es decir, bien
entre 1º y 3º o bien entre 4º y 6º. Si se produjesen dos ausencias, en el primer
grupo se repartiría el curso de menor edad y en el segundo los mayores.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 116
Si la ausencia corresponde al profesorado de religión, el profesorado encargado
de la Atención Educativa se hará cargo del curso. Si se trata de un curso que no
tiene alumnado de esta materia, se recurrirá al cuadrante de sustituciones.
En caso de que la ausencia sea prevista, el profesorado dejará el trabajo de ese
día preparado y entregado al compañero o compañera de nivel o al jefe, jefa de
estudios. En cualquier caso, el profesorado dispone de una carpeta donde tendrá
trabajo dispuesto para su alumnado para situaciones de ausencias imprevistas.
Será el jefe o jefa de estudios y el compañero o compañera de nivel los
encargados de hacer llegar este trabajo al alumnado y efectuar el reparto en las
aulas especificadas en el listado.
En los casos no previstos en este protocolo, el equipo directivo dictaminará el
procedimiento más adecuado para la organización de la atención al alumnado
CAPITULO 16.- SELECCIÓN, ADQUISICIÓN, ENTREGA Y RECOGIDA DE
LIBROS DE TEXTOS GRATUITOS.
A principio de cada curso se nombrará la Comisión de Libros de Texto, cuya
organización y funcionamiento como se especifica en el apartado 3.2.6 del presente
documento.
Cuando acaba el período de vigencia establecido para los libros de texto (cuatro
cursos), el centro debe decidir la selección de nuevo material, para lo cual se seguirá el
siguiente protocolo:
Petición por parte de la jefatura de estudios a las editoriales de las muestras de los
nuevos libros para ser analizados por los docentes.
Reunión de los equipos de ciclo para analizar y seleccionar el material,
basándose criterios acordes con el Proyecto Educativo del Centro y con la propia
Propuesta Curricular, en particular. Los ciclos elevarán su propuesta razonada a
la comisión pedagógica, quien, de acuerdo con el equipo directivo, tomará la
decisión definitiva.
Se decide el orden de prioridad de compra de los libros, los que se adquirirán
con la tarjeta escolar y los que asumirán las familias.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 117
16.1.- Criterios para la selección
Adecuación al contexto educativo del centro.
Correspondencia de los objetivos del centro y del área.
Coherencia de los contenidos propuestos con los objetivos.
La acertada progresión de los contenidos y objetivos, su correspondencia con el
nivel y la fidelidad a la lógica interna de cada área.
La adecuación a los criterios de evaluación del centro.
La variedad de las actividades, diferente tipología y su potencialidad para la
atención a las diferencias individuales.
La claridad y amenidad gráfica y expositiva.
La existencia de otros recursos que facilitan la actividad educativa.
La calidad general.
La contribución al desarrollo de las competencias básicas.
La introducción de las TICs
Inclusión de los contenidos canarios. Evitar, en lo posible, las editoriales que
contemplan los contenidos canarios en cuadernillo aparte.
Presentación de textos e imágenes sencillos, agradables y motivadores para el
alumnado.
También se valorará:
a. Relación calidad-precio de los ejemplares.
b. Calidad del papel y la cubierta, sobre todo en los ejemplares que deberán
ser reutilizados.
16.2.- Adquisición de los libros de textos gratuitos
La adquisición de los libros de texto gratuitos corresponde a las familias. Para
ello, al finalizar el curso escolar o, si es necesario, al principio del curso
siguiente, los tutores y tutoras informarán a las familias del procedimiento a
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 118
seguir para realizar la compra, según las directrices del equipo directivo y de
acuerdo con la normativa vigente.
En cuanto a la reposición de ejemplares, se pueden presentar dos situaciones que
valorará la comisión:
a. Si se trata de libros cuyo deterioro se considera debido a uso inadecuado,
los tutores, tutoras comunicarán a las familias su reposición, asumiendo
la compra y el coste.
b. Si se trata de libros cuyo deterioro se considera normal, el centro se hará
responsable de la reposición con cargo al porcentaje del presupuesto
destinado a tal fin.
16.3.- Entrega de libros de textos gratuitos
Al iniciarse el curso escolar los tutores/as entregarán a las familias de su
alumnado:
c. La relación de libros del que dispondrán en calidad de préstamo y la
relación de los que deben adquirir.
d. El documento de Aceptación de la Tarjeta o Préstamo de libros que
cumplimentarán y devolverán firmado (ANEXO I).
Una vez recibida la conformidad de las familias, la comisión hará entrega a cada
tutor/a los libros de texto gratuitos que le corresponde y un “Registro de estado
de libros”, donde está reflejado las condiciones en que cada alumno de esa tutoría
entregó los libros el curso anterior. Los tutores/as cederán los ejemplares
atendiendo al estado en que fueron devueltos por cada uno curso anterior.
Los tutores/as deben comunicar las incidencias en los préstamos a la comisión o
al equipo directivo, para que sean resueltas y ningún alumno/a quede sin los
libros que le corresponde.
16.4.- Recogida de libros de textos gratuitos
Al acabar el curso escolar, los tutores/as se harán cargo de:
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 119
a. Recoger los libros de texto prestados al alumnado, reflejando en el
Registro de estado de libros , el estado de conservación en el momento de la
entrega.
b. Entregar a la comisión la relación de libros deteriorados por uso normal
y la relación de aquellos cuyas familias deben reponer por deterioro no
justificado.
La comisión valorará el informe de los tutores e informará a la secretaria del
centro.
Normas para un uso correcto de los libros de texto
Los libros se traerán forrados en la primera semana del mes de septiembre, para
poder ser etiquetados y distribuidos por el tutor/a y profesorado especialista.
Es imprescindible devolverlos en buen estado. Si la Comisión PGLT (Préstamo
gratuito de libros de texto) considera que los libros se devuelven en mal estado
por un uso inadecuado, los padres- madres o responsables legales de los menores
deberán reponerlos.
No se debe escribir, dibujar ni realizar marca alguna en los libros de texto, a
excepción del alumnado del primer ciclo.
Aquellos alumnos/as que se trasladen de Centro deberán devolver los libros.
CAPITULO 17.- ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS, EXTRAESCOLARES Y LAS JORNADAS DE
PUERTAS ABIERTAS.
Estas actividades tienen la finalidad de contribuir al desarrollo del currículo y, al ser
programadas y organizadas por el centro, deberán incluirse en la PGA y tener la
aprobación del Claustro y Consejo Escolar. Son actividades que pueden desarrollarse
dentro o fuera del centro.
17.1.- Tipos de actividades
Actividades complementarias y jornadas de puertas abiertas: se consideran
aquellas actividades lectivas, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro,
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 120
diferenciadas de las lectivas por el momento, espacio o recursos que utilizan. Son
evaluables y obligatorias para el alumnado y profesorado, aunque se celebren
fuera del recinto escolar.
Actividades extraescolares: se consideran aquellas actividades, no incluidas en
los Proyectos Curriculares y coherentes con el Proyecto Educativo de Centro,
encaminadas a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos
a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la
sociedad y el uso del tiempo libre. No son evaluables y tienen carácter voluntario
para el alumnado y profesorado.
17.2. -Oferta de actividades
La Vicedirección promoverá estas actividades.
La Jefatura de Estudios coordinará estas actividades.
El Consejo Escolar establecerá directrices y criterios para su planificación y
organización.
Con el fin de facilitar su programación, organización y desarrollo, la
Vicedirección confeccionará una carpeta de recursos de actividades
complementarias y extraescolares con toda la oferta de actividades que llegue al
centro.
17.3.-Aprobación de las actividades
Las actividades que se vayan a realizar durante el curso escolar deberán estar
recogidas en la PGA del centro y aprobadas por el Consejo Escolar.
En los casos en los que por las características de la actividad no se pueda aprobar
previamente por el consejo escolar, el director/a podrá dar el visto bueno e
informará lo antes posible al Consejo Escolar de la misma.
17.4.-Ratio
Educación Infantil, un acompañante por cada 10 alumnos, alumnas.
Educación Primaria, un acompañante por cada 15 alumnos, alumnas.
Si hay alumnado de NEAE el número por acompañante no será superior a 8.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 121
Cuando las circunstancias lo aconsejan por la naturaleza de la actividad o por la
condición de los participantes, el Consejo Escolar podrá señalar ratios inferiores.
17.5.-Información a las familias y documentación requerida
Cuando la actividad programada conlleve la salida del Centro el protocolo a seguir
es el siguiente:
Comunicar a la vicedirección las fechas previstas de realización de la actividad.
Cumplimentar la documentación requerida.
Entregar a la jefatura la documentación, donde se describe la actividad, se recoge
la relación del alumnado participante con el teléfono de contacto de la familia y
la relación del profesorado acompañante y alumnado asignado.
Esta documentación debe ser cumplimentada por el tutor/tutora o profesorado
coordinador de la actividad.
17.5.1.- Información a las familias y autorización
Se enviará a las familias un documento con la descripción de la actividad a
realizar, junto con el modelo de autorización.
La autorización es imprescindible para poder participar en la actividad. Deben
conservarse durante el desarrollo de la misma, ya que en ellas figurará el
teléfono de contacto de las familias.
Las actividades con duración de más de un día que impliquen pernoctar fuera del
hogar familiar deben ser comunicadas por escrito con una antelación mínima de siete
días, y adelantado por correo electrónico, a la Dirección Territorial de Educación a
través de la dirección de Centro, especificando el programa de la actividad. En caso de
modificaciones en el programa, se comunicarán a la Dirección Territorial de Educación
con al menos cuatro días hábiles de antelación a la fecha prevista de salida. (Orden de
19 de enero de 2001, art. 2.3, 5, 7 y 8; 3.1 y quinto).
17.6.- Participación del alumnado
Todo el alumnado que asista a la actividad tendrá que haber entregado las
autorizaciones y en su caso el dinero en los plazos previstos.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 122
Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de participar en las actividades
complementarias y el derecho de participar en las actividades extraescolares que
se programen para ellos, salvo que se excluya su asistencia por motivos
disciplinarios o de otra índole, de acuerdo con lo previsto en el Plan de
Convivencia del Centro.
El alumnado que no participa en la actividad deberá asistir al Centro, el cual
arbitrará las medidas necesarias y medios adecuados para atenderles.
Ese día, en el aula, cada profesor/a pasará lista y pondrá falta sólo al alumnado
que no habiendo participado en la actividad, tampoco han asistido a clase.
17.7.- Desarrollo de la actividad
El profesorado que desarrolle la actividad podrá solicitar la colaboración de
otros acompañantes.
Los acompañantes serán corresponsables en el desarrollo de la actividad y
contarán con la correspondiente cobertura por parte de Consejería de Educación,
Cultura y Deportes. Cada acompañante se responsabilizará de un grupo de
alumnos/as determinado.
Las actividades pueden ser desarrolladas por:
a. Personal perteneciente al Centro, tutores/as, profesorado...
b. El AMPA AMICA.
c. Monitores adscritos al Centro.
d. Entidades legalmente constituidas, mediante suscripción de un contrato
administrativo.
e. Corporaciones locales.
El tutor/a o profesorado coordinador de la actividad debe llevar consigo:
a. Autorizaciones de la familia del alumnado, debidamente cumplimentada.
b. Fichas de datos médicos del alumnado con problemas de salud
(disponibles en la secretaría).
c. Teléfono móvil del Centro (disponible en Secretaría).
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 123
d. Botiquín de viaje (disponible en Secretaría).
En el transcurso de la actividad las medidas de vigilancia y seguridad por parte
de los responsables deben adecuarse al lugar de celebración, al tipo de actividad
y a la edad del alumnado, extremándose con el alumnado de necesidades
educativas especiales.
Si la hora de regreso al Centro se retrasa sobre la prevista, será necesario
comunicarlo cuanto antes.
17.8.- Medidas del centro
El profesorado asistente a la actividad dejará alguna actividades programadas :
a. Para los grupos que no van a recibir clase por su ausencia.
b. Para el alumnado que no ha sido autorizado para asistir a la actividad.
17.9.- Financiación de las actividades
El dinero aportado por cada alumno, alumna debe ser recogido por el profesorado
coordinador de la actividad.
El Centro puede costear todo o parte del importe económico de aquel alumnado
que, por su situación familiar, no puede hacer frente al pago de la actividad.
17. 10.- Evaluación de la actividad
Las actividades complementarias están relacionadas e integradas con el currículo
por lo que han de ser evaluadas.
CAPÍTULO 18.- USO DE INSTALACIONES ESCOLARES PARA
ACTIVIDAES EXTRAESCOLARES O PARA OTRO USO.
Las instalaciones del centro pueden ser utilizadas para el desarrollo de actividades
extraescolares o para otro uso en la jornada de tarde o en el periodo estival, por personas
o entidades pertenecientes o no a la comunidad educativa.
Para el uso de personas o entidades pertenecientes a la comunidad educativa la
autorización la concede la dirección del centro; en cambio, para los no pertenecientes
será la Dirección Territorial quien autorice su uso, previo informe del consejo escolar.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 124
Las condiciones mínimas que debe tener la solicitud para un informe positivo del
Consejo Escolar serán:
Que las actividades a desarrollar no impidan o menoscaben la labor educativa
institucional.
Que haya una persona física o jurídica responsable del uso y en caso de deterioro,
molestias, necesidad de limpieza, etc., se haga responsable de subsanarlas. Si en
el plazo de 10 días no se subsanaran los desperfectos, el Consejo Escolar tomará
las medidas oportunas, siendo el coste de éstas a cargo del infractor.
Que las actividades a desarrollar sean de tipo educativo, deportivo o cultural, u
ofrezcan algún beneficio a la Comunidad Escolar.
Que las actividades sean abiertas a toda la comunidad social, sin ningún tipo de
discriminación, sean asociados o no.
Que el uso de las instalaciones no afecte a partes reservadas a tareas
administrativas y organizativas del profesorado (Sala de Profesores, Secretaría,
Dirección, Tutorías, etc.,...) donde exista documentación oficial objeto de
custodia y diverso material confidencial.
Que no exista ánimo de lucro en las actividades desarrolladas en las instalaciones
del Centro.
La solicitud de uso de instalaciones o material deberá ser por escrito, señalando:
tipo de uso, posibles usuarios, tiempo de utilización y persona o personas
responsables.
La responsabilidad de las actividades y de las personas que intervienen recae sobre
la propia asociación o entidad, que también las dirige. El uso de las instalaciones del
centro estará sometido a un contrato o convenio entre el director/a y el presidente/a de la
asociación o entidad, que recoge las condiciones de autorización.
El guardián de bienes e inmuebles termina su jornada lectiva a las 14:00 horas y
tendrá sus vacaciones en julio o agosto, por lo que el centro en estas horas y en estas
fechas queda sin este servicio. El desarrollo de cualquier actividad en estas horas o
fechas, implica que las entradas y salidas al centro deben ser asumidas por los
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 125
monitores o personas responsables de las mismas. Asimismo, han de ser responsables
de la entrada de personas ajenas a la actividad.
La utilización del centro está sujeta a unas condiciones y contrato:
El uso de las instalaciones cedidas es exclusivamente para las personas a las que
está dirigida la actividad y monitores/as.
La actividad autorizada queda enmarcada en la información general dada al
Centro.
Los espacios autorizados para las actividades son: el porche, la cancha, el
gimnasio, cuarto aula anexa al comedor, salón de actos, aula de música y los
baños exteriores.
Las actividades no podrán entrañar peligro para la seguridad de los participantes
ni para el centro.
A los monitores se le entregarán dos llaves de entrada al centro, que deberán ser
devueltas una vez finalizadas las actividades.
A los efectos, conforme lo dispuesto en el art. 1903 del Código Civil y en cuanta
normativa legal en vigor, relativa a responsabilidad del titular del centro, el
CONTRATO establece específicamente lo siguiente:
a. Las personas que acompañan al alumnado que está utilizando este recinto
escolar en actividades aprobadas por el Consejo Escolar, serán
responsables únicos, de los perjuicios causados por estos menores, que
están bajo su autoridad y compañía, así como responsables únicos de las
negligencias que cometan, que puedan causar perjuicio a los propios
menores tutelados, a otras personas, o a bienes materiales, quedando
pues, el titular del centro docente, exento de culpa grave o dolo.
b. Antes de firmar el documento, que tiene carácter contractual, la
dirección del centro informa de la responsabilidad que adquieren,
empleando el titular del centro toda la diligencia previa necesaria para
prevenir cualquier daño o perjuicio.
c. La persona firmante del contrato, responsable de la actividad, conoce el
acuerdo del Consejo Escolar del Centro y asume todas las condiciones
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 126
establecidas aprobadas en dicho órgano y conoce y asume las normas de
organización y funcionamiento del centro escolar, en todo lo
concerniente a actividades realizadas en el centro.
CAPITULO 19.- RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDAD DEL
CENTRO EDUCATIVO.
De la información sobre reclamaciones por responsabilidad patrimonial o
responsabilidad civil.
Después de ocurrir un accidente escolar y siempre que se haya producido un
resultado lesivo para el alumno o alumna, la dirección del centro informará al padre,
madre o representante legal del alumno o alumna del derecho que le asiste a poder
presentar una reclamación de los daños y perjuicios causados, junto a las instrucciones
donde se relaciona la documentación a aportar por el interesado al objeto del que el
mismo pueda presentar la oportuna reclamación.
Del procedimiento de reclamación
El padre, madre o representante legal del alumno o alumna deberá presentar la
reclamación de los daños y perjuicios causados.
En el plazo máximo de 10 días hábiles el centro tendrá que comunicar a la
Dirección General de Centros el accidente acaecido
Cumplimentada por el padre, madre, representante legal del alumnado la
solicitud de reclamación de daños y perjuicios y entregada en el centro, el
Director/a remitirá en el plazo de tres días hábiles a la Dirección General de
Centros la misma, junto al resto de los documentos aportados, con registro de
entrada y sello del centro docente.
La Dirección General de Centros acordará si procede la iniciación del
procedimiento
El derecho a reclamar prescribe al año de haberse producido el hecho que motive
la indemnización o el hecho lesivo. En caso de producirse daños de carácter
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 127
físico o psíquico el plazo empezará a computarse desde la curación o la
determinación del alcance de las secuelas.
Cuando se derive responsabilidad del profesorado se estará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, informando de este hecho a la Junta de Personal.
CAPÍTULO 20.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE
CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES.
20.1.- Disposiciones generales
El incumplimiento de las normas de convivencia del centro por parte del alumnado
podrá ser calificado como conducta contraria a la convivencia de carácter leve, de
carácter grave y gravemente perjudicial a la convivencia, y dará lugar a la aplicación de
las medidas preventivas o correctoras previstas en el plan de convivencia.
La dirección del centro comunicará al Ministerio Fiscal cualquier hecho que pueda
ser constitutivo de infracción penal.
La incoación por el Ministerio Fiscal de un procedimiento previsto en la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores,
respecto a conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia en un
centro, no generará la suspensión del procedimiento disciplinario.
20.1.1.- Criterios generales para la aplicación de medidas
Todas las conductas que supongan incumplimiento de los deberes del alumnado
deberán ser corregidas en el plazo más corto posible con medidas educativas.
Los incumplimientos de las normas de convivencia habrán de ser valorados
considerando la situación y las condiciones personales del alumnado.
Las medidas que específicamente se apliquen por el incumplimiento de las
normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador sin
que se menoscaben los derechos del alumnado.
Se procurará la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad
educativa.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 128
En la aplicación de medidas como consecuencia de conductas contrarias a la
convivencia deberá tenerse en cuenta que:
a. La aplicación de medidas al alumnado que incumpla las normas de
convivencia del centro deberá contribuir a la mejora de su proceso
educativo y al normal funcionamiento del aula y del centro docente.
Para la adopción de medidas, se tendrá en cuenta la edad del alumno o alumna, así como
otras circunstancias personales, familiares o sociales.
20.1.2.- Reparación de daños.
El alumnado que de forma intencionada o por uso indebido cause daños a las
instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de
cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño
causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación.
Igualmente, quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la
comunidad escolar deberán restituir lo sustraído o su valor económico, sin
perjuicio de otras medidas correctoras que se puedan tomar.
Cuando como consecuencia de las conductas contrarias a la convivencia,
tipificadas en documento, se produzca un daño físico o moral, este se reparará de
acuerdo con lo apreciado en el expediente.
En todo caso, los representantes legales del alumnado, que causen los daños,
serán responsables civiles subsidiarios en los términos previstos en el artículo
1.903 del Código Civil.
20.1.3.- Graduación de las medidas aplicables en las correcciones.
Se tendrán en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes que concurran en el
incumplimiento de las normas de convivencia.
Circunstancias atenuantes
El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
La reparación espontánea de los daños.
Normas de Organización y Funcionamiento
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La petición pública de excusas, estimadas como suficientes por las personas
afectadas que, en ningún caso, podrá suponer un acto de humillación o vejatorio
hacia el alumnado implicado.
La falta de intencionalidad.
La colaboración para la resolución pacífica del conflicto.
El cumplimiento de un acuerdo de mediación por el cual la parte directamente
dañada da por solucionado el conflicto.
Circunstancias agravantes
La premeditación.
La reincidencia.
La incitación a la realización de cualquier acto contrario a las normas de
convivencia, ya sea colectivo o individual.
Alentar al daño, injuria u ofensa al alumnado menor de edad o recién incorporado
al centro, así como a todos aquellos que se encuentren en situación de
indefensión.
La concurrencia con la conducta concreta de vejación o discriminación por razón
de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, orientación e identidad sexual,
nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por
discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
El incumplimiento de un acuerdo de mediación sobre el mismo conflicto.
El uso inadecuado de medios audiovisuales.
La difusión a través de redes sociales u otros medios de lo obtenido del uso
inadecuado de los medios audiovisuales.
La alarma social ocasionada por las conductas perturbadoras de la convivencia
con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o
intimidación a otro alumno o alumna.
Normas de Organización y Funcionamiento
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En el caso de la sustracción o deterioro intencionado de bienes o pertenencias del
centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa se atenderá al valor de lo
sustraído.
20.1.4.- Ámbitos de las conductas a corregir
Se aplicarán medidas correctoras a las actuaciones del alumnado realizadas fuera
del centro o durante el desarrollo de actividades extraescolares o
complementarias, siempre que estén motivadas o repercutan en la vida escolar y
afecten al resto del alumnado o a otros miembros de la comunidad educativa.
20.1.5.- Plazos de prescripción de las faltas y de la imposición de medidas
disciplinarias
Plazos de prescripción de las faltas
El plazo de prescripción de la falta comenzará a contarse desde que la actuación
se hubiese cometido.
Interrumpirá la prescripción con conocimiento de la persona interesada:
a. El inicio del proceso de mediación
b. El ofrecimiento, por la dirección del centro, de la aplicación de medidas
sin la apertura de procedimiento
c. La incoación del procedimiento disciplinario.
Las conductas contrarias a la convivencia prescribirán:
a. Las de carácter leve a los quince días
b. Las de carácter grave al mes.
c. Las gravemente perjudiciales a los dos meses.
Plazos para las correcciones
Las medidas adoptadas se aplicarán en el menor tiempo posible a fin de reforzar
el carácter educativo en la gestión eficaz del conflicto.
a. De forma inmediata para las conductas contrarias a la convivencia de
carácter leve.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 131
b. A los tres días lectivos las contrarias a la convivencia de carácter grave.
c. A los cinco días lectivos las gravemente perjudiciales para la
convivencia.
El plazo de prescripción para el cumplimiento de las medidas adoptadas
comenzará a contarse desde que se hubieran acordado y comunicado al alumno o
alumna que haya cometido la infracción.
Interrumpirá la prescripción la iniciación con conocimiento de la persona
interesada, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si
aquel estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al
alumnado al que se aplica la medida.
20.2.-Distintos tipos de conductas
20.2.1.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter leve:
La acumulación de 3 faltas leves constituye una falta grave. Las faltas leves
prescribirán a los quince días
Actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de clase.
Falta de colaboración sistemática en las actividades o falta de seguimiento de las
orientaciones del profesorado respecto al aprendizaje.
Conductas que puedan dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del
deber de estudiar de sus compañeros/as.
Faltas injustificadas de puntualidad, siempre que no traiga documento escrito
firmado.
La falta injustificada de asistencia a clase o a las actividades programadas.
Actos de indisciplina, las injurias, u ofensas no graves y los actos de agresión
física que no tengan carácter grave.
Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la
comunidad educativa.
Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las
actividades del centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 132
Causar por uso indebido daños no graves en las instalaciones, recursos
materiales, o documentos del centro o en las pertenencias de los demás
miembros de la comunidad.
Uso inadecuado del material del programa de gratuidad de libros y los libros de
la biblioteca.
No colaborar en el orden y limpieza de las instalaciones.
20.2.2.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave
La acumulación de la comisión de tres faltas graves constituye una falta muy
grave. Las faltas graves prescribirán al mes. El plazo comenzará a contarse desde
que la falta se hubiese cometido.
La desobediencia a los miembros del equipo directivo o a los profesores o
profesoras, así como al resto del personal del centro en el ejercicio de sus
funciones, cuando vayan acompañados de actitudes, o expresiones insultantes,
despectivas, desafiantes o amenazadoras.
Los insultos o amenazas contra el alumnado o contra otros miembros de la
comunidad educativa, así como los gestos o actitudes contra los demás miembros
de la comunidad educativa que puedan interpretarse inequívocamente como
intentos o amenazas de agresión.
La reiterada y continuada falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de
sus compañeros o compañeras.
La alteración del orden en cualquier lugar del centro, en el transporte escolar o en
la realización de actividades fuera del centro, cuando no constituyan conducta
gravemente perjudicial para la convivencia.
La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil,
orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión,
creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal,
económica o social, cuando no deba considerarse conducta que perjudique
gravemente la convivencia.
Las faltas injustificadas reiteradas de asistencia a clase, cuando alcancen el
número fijado por el Consejo Escolar para el primer apercibimiento.
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CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 133
Faltas injustificadas de puntualidad (siempre que no traiga documento escrito
firmado.
Uso de móvil, reproductor de música, cámara de fotos.
La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros
de la comunidad educativa, cuando ello resulte contrario al derecho a su
intimidad, y no constituya una conducta que perjudica gravemente la convivencia
(agresiones o conductas inapropiadas).
20.2.3.- Conductas contrarias a la convivencia de carácter muy grave
Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a
cumplir las medidas correctoras impuestas, ante los órganos de gobierno del
centro docente o profesorado en ejercicio de sus competencias.
Las expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas contra los
miembros de la comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios
informáticos, audiovisuales o de telefonía.
Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa
que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen
contra el alumnado más vulnerable por sus circunstancias personales, sociales o
educativas.
El acoso escolar.
La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa o la
instigación de dichas acciones.
La incitación a actuaciones muy perjudiciales para la salud y la integridad
personal de los miembros de la comunidad educativa del centro docente como
son, entre otras, el consumo de drogas y bebidas alcohólicas, así como el uso, la
posesión o el comercio de tales sustancias.
Provocar o involucrarse en altercados o conductas agresivas violentas que
impliquen riesgo grave de provocar lesiones.
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CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 134
Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones o
bienes pertenecientes al centro docente, a su personal, a otros alumnos y alumnas
o a terceras personas, tanto de forma individual como en grupo.
La alteración del orden en cualquier lugar del centro, transporte escolar o en la
realización de actividades fuera del centro que creen situaciones de riesgo para
cualquier miembro de la comunidad educativa.
La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros
de la comunidad educativa, en el caso de agresiones o conductas inapropiadas.
La suplantación de personalidad y la firma en actos y documentos oficiales de la
vida docente.
Dañar, cambiar o modificar un documento o registro escolar, en soporte escrito o
informático, así como ocultar o retirar sin autorización documentos académicos.
Cualquier otra conducta que suponga incumplimiento alevoso de los propios
deberes cuando atente de manera manifiesta al derecho a la salud, a la integridad
física, a la libertad de expresión, de participación, de reunión, de no
discriminación, o al honor, la intimidad y la propia imagen de los demás
miembros de la comunidad educativa o de otras personas.
20.3.- Medidas aplicables ante conductas contrarias a la convivencia
Los procedimientos para gestionar los conflictos se regirán por los principios de
oportunidad, intervención mínima, graduación y proporcionalidad, teniendo siempre
presente el superior interés del alumnado.
La finalidad de las medidas correctoras será esencialmente educativa. El
cumplimiento de dichas medidas debe integrarse en la práctica educativa contribuyendo
al desarrollo de las competencias básicas social y ciudadana y de autonomía e iniciativa
personal.
Igualmente, podrán sancionarse las actuaciones del alumnado que, aunque
realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o repercutan en la vida escolar y
afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa.
El Consejo Escolar del centro supervisará el cumplimiento efectivo de las sanciones
en los términos en que hayan sido impuestas.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 135
20.3.1.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.
Las conductas contrarias a la convivencia de carácter leve serán corregidas por el
profesorado del centro, y particularmente por el que imparte docencia directa al
alumnado. En tal sentido, procurará agotar todas las medidas a su alcance, sin
intervención de otras instancias, con una o varias de las siguientes:
Reflexión en lugar apartado dentro del aula sobre la conducta inadecuada
concreta y sus consecuencias.
Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas que hayan
podido resultar perjudicadas.
Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conducta
correctas.
Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
Compromiso escrito entre el profesor o profesora y el alumno o alumna.
Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios y a
sus familias en el caso de alumnado menor de edad.
Apercibimiento escrito con orientaciones para la superación del conflicto.
Realización de trabajos educativos, en horario no lectivo, de tareas que
contribuyan a la reparación de los daños materiales causados o, si procede, a la
mejora y desarrollo de las actividades del centro docente siempre que dichas
tareas tengan relación con la conducta contraria a la convivencia.
Privación del tiempo de recreo durante el período que se establezca por los
centros.
Las tres últimas medidas señaladas en el apartado anterior serán específicamente
adoptadas por la persona que ejerce la tutoría del grupo del alumnado que hubiese
realizado la conducta.
En caso de que la aplicación de la medida correctora no la llevara a cabo el profesor
o profesora que fuera testigo de la conducta, según lo señalado en el primer párrafo,
subsidiariamente le corresponderá a la persona que ejerce la tutoría, quien contará con el
parecer del equipo educativo cuando lo considere necesario, o a solicitud de uno de sus
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 136
componentes. Sólo cuando la intervención del tutor o la tutora con la cooperación del
equipo educativo no haya logrado corregir la conducta del alumno o alumna y reparar el
daño causado, después de aplicar las medidas previstas en este artículo, la gestión del
conflicto se trasladará a la dirección, o en su caso, al equipo de gestión de la
convivencia.
20.3.2.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
Para la corrección de las conductas contrarias a la convivencia de carácter grave, la
dirección del centro o por delegación el Equipo de gestión de la convivencia, aplicará
alguna de las siguientes medidas:
Cambio de grupo o clase del alumno o alumna, con carácter temporal, durante el
período que se establezca por el centro, o definitivo.
Suspensión del derecho de asistir a las clases de una o varias materias, o a
participar en las actividades extraescolares y complementarias hasta la
celebración de una entrevista con los representantes legales en el caso de
alumnado menor de edad, sin que la medida pueda exceder de tres días.
Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor o el servicio de
transporte escolar por un período máximo de tres días, cuando la conducta
contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los
mencionados servicios.
Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares por un período
que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar
la conducta corregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del
trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente.
Suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias que
hayan de tener lugar fuera del centro docente por un período que no podrá
sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta
corregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre
académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, siempre que durante
el horario escolar la alumna o alumno sea atendido dentro del centro docente.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 137
Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías, el
laboratorio o cualquier dependencia del centro donde se realice una actividad
docente por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico
en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugar
en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente
siguiente, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con
ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
La suspensión de cualquier derecho de asistencia o participación en actividades
extraescolares o complementarias conlleva el tratamiento educativo y la custodia del
alumnado garantizada dentro del centro, a través de las estrategias establecidas en el
plan de convivencia para la aplicación adecuada de estas medidas.
La dirección del centro, oído el Equipo de gestión de la convivencia, podrá aplicar,
si se dan circunstancias agravantes, las medidas de este apartado frente a las previstas en
el primer párrafo.
Suspensión del derecho de asistencia a las clases de una o varias áreas o materias
por un período de tres a diez días lectivos, sin pérdida de la evaluación continua
siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del
profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de tres a
diez días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen
determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se
designe a ese efecto por el centro.
Realización dentro o fuera del horario lectivo de un servicio a la comunidad
educativa como fórmula de reparación al daño causado. Esta medida no puede ser
impuesta sin autorización de los representantes legales en el caso del alumnado
menor de edad, y aceptada por el propio alumno o alumna si es mayor de edad.
Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación de las
establecidas en el centro por un período que no podrá sobrepasar el final del
trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de
haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 138
inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria a la convivencia haya
tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
Imposición de mantenerse alejado de quien ha sido su víctima en una situación de
acoso, durante el tiempo que se determine.
La dirección del centro garantizará el ofrecimiento de una mediación con la otra
parte del conflicto. Cuando se acepta la mediación la aplicación de cualquier medida se
paraliza hasta la finalización de la misma, que deberá incluir el cumplimiento del
acuerdo alcanzado.
En el caso de alumnado con graves problemas de conducta, se derivará hacia un
programa establecido en el plan de convivencia para su atención y tratamiento.
Se citará a la familia para afrontar conjuntamente la situación y, en su caso, solicitar
la intervención de otros recursos externos como salud mental, servicios sociales
municipales u otros.
20.3.3.- Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia
Las conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centro docente serán
corregidas por el director o directora para lo que podrá contar con la asistencia del
Equipo de gestión de la convivencia o de los Equipos de mediación, con la aplicación
de una o varias medidas de las recogidas en el artículo anterior y, además, con
cualquiera de las siguientes:
Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de once a
veinte días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen
determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se
designe a ese efecto por el centro.
Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o en las
complementarias fuera del centro docente, o del derecho a utilizar el servicio de
transporte escolar o el servicio de comedor, durante un período que puede llegar
hasta la finalización del año académico, cuando la conducta contraria a la
convivencia haya tenido lugar con ocasión de la realización de las mencionadas
actividades o servicios.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Inhabilitación para cursar estudios en el centro en el que se cometió la conducta
gravemente perjudicial por el tiempo que reste hasta la finalización del curso
escolar.
Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro donde se cometió la
conducta gravemente perjudicial. En este caso, el Consejo Escolar del centro
podrá acordar la readmisión del alumno o alumna para el siguiente curso, previa
petición y comprobación de un cambio positivo en su actitud.
En caso de que el alumno o alumna con medida de inhabilitación, curse las
enseñanzas obligatorias, la Administración educativa le asegurará un puesto escolar en
otro centro docente sostenido con fondos públicos, en los términos que se determinen
por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de educación
respecto a los servicios complementarios. Si se trata de alumnado que siga enseñanzas
no obligatorias, de no existir plazas se le facilitará en la modalidad de enseñanza a
distancia.
20.4.- Órganos competentes para imponer sanciones:
Las funciones y competencias referentes a la convivencia escolar corresponden al
Consejo Escolar, al Claustro del Profesorado y al equipo directivo del centro.
Competencias de la dirección del centro
Favorecer el fomento de la convivencia en el centro, impulsando el plan de
convivencia aprobado por el Consejo Escolar.
Aplicar las medidas de corrección de conducta que podrá delegar en la jefatura de
estudios, en el tutor o tutora docente del alumno o alumna, o en el Equipo de
gestión de la convivencia, en su caso.
Garantizar el ejercicio de la mediación y otras medidas contempladas en el plan
de convivencia para la resolución de conflictos según los procedimientos
establecidos para cada uno de ellos en el Decreto 114/2011.
Incoar expedientes sancionadores y aplicar, en su caso, las medidas que
correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar, y
según el procedimiento establecido en el Decreto 114/2011.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 140
Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.
Competencias de la jefatura de estudios
Coordinar y dirigir las actuaciones de las personas que ejercen las tutorías y del
profesorado establecido en el plan de convivencia y en las normas de
convivencia.
Garantizar por delegación de la dirección, las medidas correctoras y el ejercicio
de la mediación y los procedimientos que se lleven a cabo en el centro.
Competencias del Equipo de gestión
La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de la comunidad
educativa en el cumplimiento de lo establecido en el Plan de convivencia,
canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para
prevenir la violencia, evitar el conflicto, mejorar la convivencia y el respeto
mutuo y la tolerancia en los centros docentes.
El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientos
establecidos en el Plan, garantizando los principios de oportunidad, intervención
mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus actuaciones.
Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de
la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes
del alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar.
Igualmente informar al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso,
sobre las actuaciones realizadas y hacer las propuestas que considere oportunas
para la mejora de la convivencia en el centro.
Competencias del profesorado
Informar las normas de convivencia
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios
Imposición de sanciones y velar por que estas se atengan a la normativa vigente
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Competencias del consejo Escolar
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la
normativa vigente.
El Consejo Escolar, a instancia del representante legal, podrá revisar la decisión
adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas cuando las medidas
disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del
alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro.
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la
igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos
los ámbitos de la vida personal, escolar, familiar y social.
Aprobar y evaluar el plan de convivencia.
Dentro del Consejo Escolar se podrá constituir una Comisión de convivencia para la
gestión de las funciones que tiene atribuidas este órgano colegiado.
Competencias de la comisión de convivencia
Velar por el correcto ejercicio de los derechos y los deberes del alumnado.
Juzgar el incumplimiento de las normas establecidas en el centro.
Ponerse en contacto con las familias cuando las circunstancias lo requieran.
Escuchar, estudiar, buscar soluciones y proponer medidas en los casos que se
propongan.
Elevar al Consejo Escolar informes, propuestas y/o sugerencias acerca de
situaciones que afecten a los derechos y deberes del alumnado.
Presentar, al finalizar el curso, la memoria de su gestión ante el Consejo Escolar.
Cualquier otra competencia que le sea atribuida.
Sus reuniones se realizarán siempre que alguna situación lo requiera, manteniendo
debidamente informado al Consejo Escolar de su actividad. Los acuerdos de la
Comisión de Convivencia se tomarán por consenso y, en caso de que así no sea por
mayoría de los miembros presentes, teniendo el Director/a voto dirimente en caso de
empate en las votaciones.
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CORRECCIONES POSIBLES ÓRGANO COMPETENTE
Amonestación privada o por escrito.
(Falta leve o grave)
El profesorado del alumno/a oído éste/a, dando
cuenta al tutor/a y al jefe de estudios.
El tutor/a del alumno, oído éste/a.
Comparecencia inmediata ante el
jefe/a de estudios.
(Falta grave)
El profesorado del alumno/a.
El tutor/a del alumno, oído éste/a.
El jefe/a de estudios y director, oído el
alumno/a y su tutor/a.
Comunicado de escrito de falta a la familia. Si
el comunicado viniera sin firmar se enviaría
carta certificada con acuse de recibo.
Realización de trabajos específicos en
horario no lectivo (horas de exclusivas
del profesorado).
(Falta grave)
El jefe/a de estudios y el director, oído el
alumno/a y su tutor/a. Será responsable del
alumno/a la persona que arbitre el propio ciclo,
o bien el jefe de estudios o director.
Realizar tareas que contribuyan a la
mejora de actividades del centro o, si
procede, dirigidas a reparar el daño
causado en instalaciones o material del
centro o pertenencias de otros
miembros de la comunidad educativa.
(Falta grave)
El jefe/a de estudios y el director, oído el
alumno/a y su tutor/a.
Suspensión del derecho a participar en
actividades extraescolares o
complementarias del centro o del
derecho a utilizar el servicio del
comedor, transporte, acogida
temprana, durante un periodo que
puede llegar hasta final de curso,
El jefe/a de estudios y el director, oído el
alumno/a y su tutor/a.
Normas de Organización y Funcionamiento
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CORRECCIONES POSIBLES ÓRGANO COMPETENTE
cuando la conducta contraria haya sido
cometida en estas actividades o
servicios, (Falta grave)
Cambio de grupo del alumno/a por
plazo máximo de una semana.
(Falta grave)
El jefe/a de estudios y el director, oído el
alumno/a y su tutor/a.
Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases o al centro por un
periodo de de once a veinte días.
Durante el tiempo que dure la
suspensión, el alumno/a deberá
realizar los trabajos que se determine
para evitar la interrupción en el
proceso formativo.
(Falta grave o muy grave).
El Consejo escolar, oído el alumno/a. Podrá
delegar o encomendar al director/a la decisión
de estas correcciones.
CAPÍTULO 21.- PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS GRAVES DE DISCIPLINA.
Al inicio del curso el Consejo Escolar designará a dos profesores/as para que
cualquiera de ellos pueda instruir los expedientes que puedan incoarse a lo largo del
curso académico. No obstante, el Consejo Escolar podrá designar como instructor/a a
cualquier otro miembro de la comunidad educativa cuando lo considere conveniente.
Cuando la complejidad del expediente así lo exigiese, podrá designar igualmente a un
secretario/a, que deberá ser un profesor/a del centro.
21.1.- Tramitación del expediente disciplinario
21.1.1.-Inicio del Procedimiento
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 144
Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro serán
corregidas mediante la aplicación de las medidas tipificadas en el decreto de
convivencia 114/ 2011 de la comunidad Autónoma Canaria.
El director o directora antes de iniciar el procedimiento intentará corregir la
conducta mediante medidas aceptadas voluntariamente por el alumno o alumna o, en su
caso, por sus familias.
La aceptación de las medidas propuestas determinará que no se inicie el
procedimiento. No se aplicará esta posibilidad en los siguientes casos:
Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa
que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen
contra el alumnado más vulnerable por sus circunstancias personales, sociales o
educativas.
El acoso escolar.
La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa o la
instigación de dichas acciones.
Corresponde al director o directora del centro abrir, por propia iniciativa o a
propuesta del Equipo de gestión de la convivencia, los referidos expedientes al
alumnado. El acuerdo sobre la iniciación del procedimiento ordinario se adoptará en el
plazo máximo de tres días lectivos desde el conocimiento de los hechos.
La dirección del centro abrirá expediente disciplinario haciendo constar:
a. El nombre y apellidos del alumno o alumna.
b. Los hechos imputados.
c. La fecha en la que se produjeron los mismos.
d. El nombramiento de la persona instructora y la posibilidad de su recusación.
e. La posibilidad de medidas de carácter provisional que, en su caso, haya
acordado el órgano competente.
f. La posibilidad de acogerse a la terminación conciliada del procedimiento.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 145
g. El derecho que asiste al alumnado a presentar alegaciones cuando se le traslade
la propuesta de resolución.
El acuerdo de apertura del expediente disciplinario debe notificarse a la persona
instructora, al alumno o alumna presunto autor o autora de los hechos y a sus familias.
En la notificación se relatarán los hechos que se imputan y las sanciones que
pudieran aplicarse, y se advertirá a las personas interesadas que, de no efectuar
alegaciones en el plazo máximo de cinco días sobre el contenido del escrito de apertura
del procedimiento, este continuará hasta su resolución, de acuerdo con la tipificación de
hechos imputados.
Sólo quienes tengan la condición legal de interesados en el expediente tienen
derecho a conocer su contenido en cualquier momento de su tramitación.
20.1.2.- Instrucción y propuesta de resolución
Actuaciones de la persona instructora del expediente
Recibida la notificación de nombramiento y en el plazo máximo de cinco días
lectivos, solicitará los informes que juzgue oportunos, así como las pruebas que
estime convenientes para el esclarecimiento de los hechos. Para ello, recabará
informes por escrito de los profesores o profesoras que fueran testigos de los
hechos, testimonio de la persona agraviada por la conducta infractora, en su caso,
y las alegaciones que hubiera podido presentar el alumno o alumna
presuntamente responsable de los hechos y, además, de su representante legal si
fuera menor de edad.
Propuestas de resolución y notificación a la familia
Practicadas las anteriores actuaciones, la persona instructora formulará propuesta
de resolución que se notificará a la familia del alumno/a, concediéndoles
audiencia en el plazo de tres días lectivos.
La propuesta de resolución deberá contener:
a. Los hechos imputados al alumno o a la alumna en el expediente.
b. La tipificación que a estos hechos se puede atribuir.
Normas de Organización y Funcionamiento
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c. Las alegaciones y testimonios de las personas afectadas.
d. La valoración de la responsabilidad del alumno o de la alumna, con
especificación, si procede, de las circunstancias que pueden agravar o
atenuar su acción.
e. La medida educativa disciplinaria aplicable.
f. La competencia de la persona que ejerce la dirección del centro para
resolver.
20.1.3.- Resolución del procedimiento
La dirección del centro podrá contemplar la aplicación de medidas o el
sobreseimiento (interrupción) del expediente.
La resolución deberá producirse y notificarse en el plazo máximo de quince días
lectivos desde la fecha de incoación del mismo, produciéndose la caducidad en
otro caso, y contemplará, al menos, los siguientes extremos:
a. Hechos probados.
b. Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso.
c. Medida aplicable.
d. La posibilidad de que el Consejo Escolar, en el plazo de cinco días, a
instancia de los representantes legales, revise la decisión adoptada y
proponer, en su caso, las medidas oportunas cuando las medidas
disciplinarias adoptadas por la dirección correspondan a conductas del
alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro.
e. Derecho que asiste a la persona interesada para interponer recurso de alzada
en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la medida
aplicable, ante el Director o Directora Territorial de Educación
correspondiente, que resolverá en un plazo de máximo de tres meses,
agotando la vía administrativa.
La resolución será notificada a la familia en el menor tiempo posible.
La familia podrá manifestar, en el momento de la notificación, si acepta la medida
adoptada. En cualquier caso, esta será inmediatamente ejecutiva.
Normas de Organización y Funcionamiento
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Se instará a las familias o a las instancias públicas competentes, a que adopten las
medidas dirigidas a modificar las aludidas circunstancias personales, familiares o
sociales cuando parezcan determinantes de su conducta.
20.1.4.- Medidas cautelares.
Las medidas cautelares adoptadas serán comunicadas al Consejo Escolar.
Excepcionalmente, cuando sean necesarias para garantizar el normal desarrollo
de las actividades del centro, la dirección por propia iniciativa o a propuesta de la
persona instructora podrá adoptar las medidas cautelares que estime
convenientes, incluida la aplicación provisional de la medida propuesta.
Las medidas cautelares podrán consistir en:
a. Cambio temporal de grupo.
b. Suspensión temporal de asistencia a determinadas clases.
c. Suspensión a determinadas actividades complementarias o extraescolares.
d. Suspensión de asistencia al centro, por un período máximo de diez días
lectivos. Cuando la suspensión de asistencia al centro supere los cinco
días lectivos, la medida sólo podrá acordarse oído el Equipo de gestión de
la convivencia.
Una vez acordada la medida, el profesor o profesora que ejerza la tutoría
académica comunicará por escrito al alumno o alumna y a la familia.
a. Las actividades, por áreas o materias, que debe realizar durante el tiempo
que dure la medida.
b. Las formas de seguimiento y control que, en su caso, sean necesarias para
su aprovechamiento, todo ello con el fin de garantizar el derecho a la
evaluación continua.
21.2.- Resolución del expediente disciplinario por el procedimiento conciliado
El procedimiento conciliado es la solución de un conflicto de convivencia que se
puede aplicar en cualquier momento, una vez iniciado el procedimiento
Normas de Organización y Funcionamiento
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disciplinario y en el que la persona instructora propone un acuerdo para
solucionar el conflicto a las partes.
Cuando no haya conciliación, el procedimiento abierto podrá terminar con un
compromiso educativo firmado por el alumno o alumna que llevó a cabo la
conducta contraria a las normas de convivencia y también por sus representantes
legales.
Este compromiso suspenderá la tramitación del procedimiento disciplinario. La
falta de cumplimiento del compromiso educativo conllevará el levantamiento de
la suspensión del procedimiento disciplinario. En este caso, la persona que lleve
la instrucción del expediente podrá proponer a la dirección su terminación
conciliada, siempre y cuando el alumno o alumna reconozca la falta cometida o
el daño causado. En este procedimiento el alumnado infractor deberá, además de
disculparse, comprometerse a cumplir la medida que se determine, seguido de su
realización efectiva. Todo ello con la conformidad de su representante legal.
La resolución de un conflicto de convivencia a través del procedimiento
conciliado se hará primando los principios previstos en este Decreto. A estos
efectos, debe procurarse agotar cuantas medidas previas favorezcan la
reconducción del conflicto y debe aplicarse la medida más grave exclusivamente
cuando haya resultado ineficaz la menos grave.
La propuesta de aplicación del procedimiento conciliado interrumpe los plazos
para la tramitación del procedimiento disciplinario, de forma que, cuando no se
alcanzare acuerdo conciliado, se podrá reanudar el cómputo del plazo que resta
para la finalización ordinaria del procedimiento disciplinario en tramitación.
Finalmente, el cumplimiento efectivo de lo acordado en conciliación por las
partes, supondrá la terminación y archivo del expediente disciplinario.
En el procedimiento disciplinario del alumnado y, en particular, en los que terminen
por conciliación primarán los siguientes principios:
La corrección de las conductas contrarias a la convivencia estará presidida por el
carácter educativo y recuperador de las medidas adoptadas.
Normas de Organización y Funcionamiento
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La solución de cualquier conflicto debe procurar agotar cuantas medidas previas
favorezcan la reconducción del conflicto y debe aplicarse la sanción más grave
exclusivamente cuando la menos grave resulte ineficaz con el alumno.
Deberá quedar constancia escrita de la aceptación de las referidas condiciones por
parte de su padre o madre, así como de la conformidad con la sanción fijada y asumida
en la conciliación.
La Comisión de Convivencia actuará en los procedimientos conciliados investida de
las mismas facultades que el Consejo Escolar del centro en pleno, razón por la que su
refrendo en la finalización conciliada de un conflicto de convivencia tendrá los mismos
efectos que el acuerdo adoptado por el Consejo Escolar para la imposición de sanciones
por el procedimiento establecido con carácter ordinario.
21.2.1.- Inicio del procedimiento
Cuando un alumno, alumna comete una falta tipificada como grave o muy grave,
en un plazo no superior a 1 día lectivo desde que se tuviera conocimiento de los
hechos, la Dirección del Centro lo notificará de inmediato a la familia del
alumnado implicado. (ANEXO II).
La familia del alumnado podrá optar entre un PROCEDIMIENTO NEGOCIAL,
cuya finalidad es la de celebrar un pacto de resolución de conflictos de
convivencia con intervención de la Comisión de Convivencia, o la continuación
del PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO mediante el correspondiente
expediente. (ANEXO III).
La familia del alumnado implicado, al día siguiente de recibida la notificación,
comunicará a la Dirección del Centro la opción elegida. (ANEXO IV)
La elección del PROCEDIMIENTO NEGOCIAL por parte de la familia está
supeditada a la decisión de la Comisión de Convivencia, que dependiendo de la
gravedad de la falta, estimará si procede o no un procedimiento negocial.
Si la familia no comunica en el plazo fijado, a la Dirección del Centro la opción
elegida se entenderá que se opta por la continuación del PROCEDIMIENTO
DISCIPLINARIO ordinario. El expediente disciplinario seguirá sus trámites
según el Decreto de derechos y deberes.
Normas de Organización y Funcionamiento
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De ser la opción elegida el procedimiento negocial se convocará en el plazo de 5
días lectivos a la Comisión de Convivencia.
La Comisión de Convivencia podrá inhibirse a favor del procedimiento
disciplinario cuando así lo estime dada la gravedad de los hechos imputados.
21.2.2.- Desarrollo del procedimiento
Reunida la Comisión de Convivencia con las partes implicadas, en día y hora
fijadas, se leerá, por parte del instructor/a, la descripción de los hechos que
son objeto del procedimiento y, se recordará a las partes que están ante un
PROCEDIMIENTOS NEGOCIAL al que la parte imputada se ha sometido
voluntariamente y que, de la misma manera, acatará el acuerdo que del acto
derive. Tras la lectura, el presidente/a dará la palabra a la persona que imputa la
falta para que describa los hechos. A continuación y a los mismos efectos tomará
la palabra el alumno, alumna o su familia.
La Comisión de Convivencia podrá en cualquier momento del procedimiento
recabar aclaraciones de las partes sobre los hechos.
Finalizadas las intervenciones se leerá por el Instructor/a la sanción que
correspondería según el Decreto de derechos y deberes para la falta en cuestión.
A continuación, se solicitará a las partes que realicen, si lo estiman conveniente,
una propuesta de salida al conflicto. Dicha propuesta será sopesada por la
Comisión de Convivencia, que, en último término, será la que acuerde la medida
correctora educativa alternativa a la sanción.
21.2.3.- Finalización del procedimiento
Acordada la medida alternativa a la sanción y los medios para su realización, la
Comisión de Convivencia la suscribirá y la familia firmará el acuerdo. (ANEXO
V)
De no haber acuerdo se llevará el procedimiento por los trámites ordinarios del
expediente disciplinario previstos en el Decreto de derechos y deberes.
21.2.4.- Supuestos en los que no procede el procedimiento negocial.
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 151
Queda excluida la aplicación del procedimiento de conciliación en los siguientes
supuestos:
a. Cuando la gravedad del daño causado aconseje la separación absoluta de
la víctima y de su agresor.
b. Cuando ya se haya hecho uso de este procedimiento con el alumno o
alumna implicado por dos veces en el mismo curso escolar.
c. Cuando haya habido un incumplimiento previo por parte del alumno o la
alumna de una medida por conducta gravemente perjudicial para la
convivencia, con independencia de que su imposición provenga de un
expediente disciplinario ordinario o conciliado.
d. Cuando no se haya cumplido con lo acordado en un procedimiento
conciliado anterior por causas imputables al educando expedientado.
CAPITULO 22.- OTRAS NORMAS
22.1.- Uso de los móviles y aparatos.
El alumnado no puede hacer uso en el colegio de móviles y/o cualquier tipo de
aparatos electrónicos.
22.2.- Venta de productos alimenticios.
Si con la intencionalidad de recaudar fondos para viajes de fin de curso se decide
vender productos alimenticios, se prestará una especial vigilancia a las
condiciones higiénico-sanitarias
Estas actividades estarán recogidas en el plan de actividades previstas para los
viajes de fin de curso, que se incorporará en la Programación General Anual.
22.3.- Fotos y grabaciones las máquinas fotográficas, “vídeos”, y demás medios
de grabación visual o acústica.
Se permite el uso del nombre o la imagen del alumno en la divulgación de
actividades escolares con arreglo a lo previsto en la normativa general de
protección de datos sólo cuando hay autorización expresa por parte de la familia.
(ANEXO I)
Normas de Organización y Funcionamiento
CEIP Profesor Carlos Socas Muñoz Página 152
CAPÍTULO 23.- DIFUSIÓN DEL NOF
Es necesario que, para su cumplimiento, el presente documento sea conocido por
todos los miembros de la comunidad educativa y, para su difusión, el centro llevará a
cabo las siguientes acciones:
Presentar copia a la Inspección educativa si así se solicita.
Realización de un documento resumen del NOF en formato cuadernillo.
Entrega de este cuadernillo a todos los miembros de los órganos de gobierno,
órganos colegiados y familias del alumnado del centro, posteriormente a su
aprobación, para ser conservado en tanto tenga vigencia.
Entrega de este cuadernillo cada curso a las familias, personal docente y no
docente o miembros de los órganos de gobierno que se incorporan por primera
vez al centro, para ser conservado en tanto tenga vigencia.
Comentar los tutores/as los aspectos más destacados del NOF, en las asambleas
de principio de curso.
Publicación de un resumen en la página web del centro.
Disponer en la secretaría del centro de copias que puedan ser consultadas por los
miembros de la comunidad escolar que lo soliciten.
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