CORPORACIÓN EDUCACIONAL ACADEMIA
NACIONAL, ALTO HOSPICIO
Avenida Los Cóndores 3881-A, teléfono 210775
Colegio SEP desde año 2009, otorgado por el
MINEDUC.
MANUAL DE
CONVIVENCIA
ESCOLAR
2019
ELABORADO POR: COMUNIDAD EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO.
REVISADO POR: EQUIPO DIRECTIVO, EQUIPO DE CONVIVENCIA
Y PROFESORES.
NOTA: Es deber de los padres, apoderados y la comunidad escolar, conocer,
aceptar y respetar este Reglamento. No es legítimo reclamar por su exigencia y
aplicación ya que las normas han sido consensuadas por la comunidad escolar
y particularmente, por cada uno de los apoderados al firmar el Contrato de
Matrícula respectivo.
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ÍNDICE
I. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO 2
II. PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 2 - 3
III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 3 - 5
IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS 5 - 8
V. PRESENTACIÓN PERSONAL 8 - 9
VI. LAS FALTAS 9 - 12
VII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 12 - 14
VIII. CONDICIONALIDAD Y CONDICIONALIDAD EXTREMA 14 - 15
IX. NO RENOVACIÓN O EXPULSIÓN 15-16
X. APELACIÓN 16
XI. MEDIDAS PEDAGÓGICAS 16 - 19
XII. MEDIDAS Y SANCIONES A APODERADOS 19 - 20
XIII. CONVIVENCIA ESCOLAR 20- 21
XIV. MEDIACIÓN ESCOLAR 21- 22
XV. FUNCIONAMIENTO INTERNO 22 - 27
XVI. PROTOCOLOS 28
Convivencia Escolar: maltrato entre pares 28- 29
Maltrato infantil y abuso sexual 30
Mediación 31 - 32
Inasistencia y Ausentismo 33 - 34
Consumo de drogas 35
Abuso de autoridad 36- 37
Violencia hacia docentes y/o funcionarios 38- 39
Violencia por parte docentes y/o funcionarios 40- 41
Usuario hostil 42- 43
Embarazo, madres/padres adolescentes 44 - 47
Contención 48
Delitos 49
Accidente escolar 50- 51
Derivación equipo de Convivencia Escolar 52
Ciberbullying 53
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II.- PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Nombre : Liceo Academia Nacional
Representante legal : Isabel Martínez Ahumada
R.u.t. : 12.832.164-0
Comuna : Alto Hospicio
Dirección : Av. Los Cóndores #3881- A
Teléfono : 978541419
Enseñanza : Pre-básica-Enseñanza básica-Enseñanza media
y Técnico profesional.
Categoría : Subvencionado.
La convivencia escolar, tal como lo plantea la política de convivencia escolar
del Ministerio de Educación, es “la interrelación entre los diferentes miembros de un
establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético,
socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la
relación entre personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes
estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una
construcción colectiva y es responsabilidad de todos los actores educativos sin
excepción". Nuestro manual de convivencia, es en sí mismo, factor de aprendizaje
que incorpora la capacidad de vivir juntos en colaboración, incluye también el manejo
de estrategias para la resolución no violenta de los conflictos, habilidades de
comunicación, autocontrol, asertividad y empatía.
El Liceo Academia Nacional entiende la disciplina escolar, como un conjunto
de normas que regulan la sana convivencia en un Establecimiento Educacional. El
valor de estas normas elementales de convivencia se traducen, en hábitos de
autodominio o autodisciplina que llegarán a reflejarse en todos los ámbitos de la vida
personal, de todos los miembros de la comunidad escolar que tienen un propósito
común y que son los alumnos(as), padres y apoderados, profesionales y asistentes de
la educación, directivos y sostenedor.
Sólo podremos alcanzar nuestros objetivos, también en el ámbito disciplinario,
con la colaboración permanente de la familia. Ella constituye, sin duda el punto de
inicio en el proceso de socialización e integración de hábitos y valores.
A objeto de alcanzar los altos ideales que nos hemos propuestos, orientaremos
nuestro quehacer bajo los lineamientos del presente Manual de Convivencia, en cuya
elaboración y actualización participaron, los Directivos, Equipo de Convivencia
Escolar, los Profesores, los Inspectores, los Alumnos y algunos Apoderados, y, en el
transcurso de los últimos años, ha sido revisado y actualizado a instancias del Consejo
Escolar.
Se rige bajo las siguientes leyes:
Ley sobre Violencia Escolar 20.536
Ley Convención sobre los Derechos de los niños 23.849
I.- IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
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III.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Ley de Drogas 20.000
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente 20.084
Ley General de Educación 20.370
Ley de Calidad y Equidad de la Educación 20.501
Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 20.529
Ley de la No Discriminación 20.609
Ley de Inclusión escolar 20.845
Normativas Superintendencia de Educación.
Todos los alumnos(as) del Colegio como individuos pertenecientes a una
organización tienen derechos y deberes que deben hacer cumplir. Nuestros
estudiantes son el centro y la razón de ser de toda organización educativa y de toda
acción pedagógica. Su participación en la comunidad escolar no puede limitarse a la
simple recepción de conocimientos, además deben adquirir valores, fortalecer
habilidades sociales para un desarrollo íntegro como individuo.
Todo estudiante tiene derecho a:
a) Participar en un ambiente grato y de responsabilidad que favorezca el desarrollo
integral de su personalidad.
b) Recibir de parte del personal directivos, docente, asistentes de la educación y
administrativo un trato respetuoso.
c) Ser considerado y escuchado en sus opiniones.
d) Recibir una preparación adecuada a su edad en lo que se refiere a los objetivos de
aprendizaje desde pre- básica a 4° Medio. De acuerdo a los Programas emanados del
Ministerio de Educación.
e) Contar con la infraestructura mínima necesaria, contemplada por el Ministerio de
Educación para el desarrollo de sus actividades escolares.
f) Trato diferenciado, contemplado en el Manual de Evaluación y Promoción, para las
alumnas embarazadas y madres y/o padres adolescentes.
g) Usar las dependencias y materiales del Liceo.
h) Recibir atención inmediata de primeros auxilios, en casos de lesiones, heridas u
otro tipo de emergencia.
i) Ser informado de las causas o motivos de la sanción que afecte a su persona como
asimismo de las anotaciones registradas en el libro de clases.
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j) Evaluación diferenciada cuando existan necesidades especiales de aprendizajes,
previa certificación de especialistas que lo avalen, exceptuando módulos de
especialidad en los Técnicos Profesionales, debido a la adquisición de competencias.
k) Participar en la elección de los representantes del CEAL, de acuerdo a la
reglamentación vigente.
Todo estudiante tiene el deber de:
a) Conocer y adherir al Proyecto Educativo del Liceo, Manual de Convivencia y
Reglamento de Evaluación. Por lo que, deberá respetar íntegramente las normas de
convivencia, asumiendo su responsabilidad y condición de estudiante de este
establecimiento.
b) Es deber de cada estudiante cumplir con las medidas pedagógicas o disciplinarias
asignadas tras infringir las normas del Manual de Convivencia; entendiendo este
proceso como formativo.
c) Manifestar permanentemente una actitud de respeto y colaboración hacia la
comunidad educativa, lo que incluye a sus pares y al personal del Colegio, como son:
Profesores, Directivos, Administrativos, Auxiliares y Apoderados de la Comunidad
Escolar.
d) Responsabilizarse en el cuidado de sí mismo en protección e higiene personal.
e) Cuidar los bienes comunes del Establecimiento, siendo responsable de la mesa,
silla y cualquier otro inmueble, herramienta, instrumental o material que le fuese
asignado, debiendo responder en caso de daños. De igual forma deberá contribuir
con el aseo de su sala y lugares de actividades comunes en el establecimiento.
f) Cuidar sus pertenencias, desligando al colegio de toda responsabilidad en caso de
pérdidas.
g) Cumplir responsablemente con sus deberes escolares, (tareas, trabajos, estudio,
presentaciones, etc.), útiles, cuadernos de asignatura, horarios, según corresponda.
h) Respetar el conducto regular en situaciones problemáticas, siendo el profesor jefe
la primera instancia para luego proceder con el protocolo de acción, según sea el
caso.
i) Privilegiar ante todo, el diálogo, la empatía y la colaboración ante cualquier situación.
j) Respetar y acatar los principios y normas del establecimiento en el aula, comedor,
actos cívicos, formación y en toda actividad dentro y fuera del establecimiento.
k) Informar a Inspectoría del establecimiento, de su estado de salud, accidente o
incidente que le haya ocurrido tanto en el trayecto como al interior del colegio.
l) Contar con una libreta de comunicaciones.
m) No tener demostraciones de afecto a nivel de pareja, independiente de su
orientación sexual, dentro del establecimiento.
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IV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS
n) Mantener una presentación personal acorde a la normativa del establecimiento. El
varón debe mantener el pelo corto y las damas deben mantener su pelo tomado
dejando el rostro descubierto con coles gris o rojo.
o) No se permite el uso de accesorios, como: piercing, expansiones, gorros, maquillaje
(esmalte de uñas, diseños de fantasía, uñas postizas, lápiz labial, máscara de
pestañas, sombras y delineador de ojos) y aros colgantes.
p) No se permite el abandono de estudiantes del establecimiento sin autorización de
inspectoría, aunque lo realice por un acceso establecido. Esta falta será considerada
como fuga.
q) En el caso de los días de jeans day, se autoriza al estudiante que asista con jeans,
pero manteniendo el uso de polerón de polar y polera institucional.
En este apartado, el establecimiento solicita el apoyo y la participación comprometida
y efectiva de los Padres y/o Apoderados. Es deber de La Familia y el Colegio enseñar
a los niños(as) y jóvenes sus derechos, sus deberes y respetar las normas que los
rigen con el objeto de vivir en un ambiente de armonía, respeto, orden, disciplina y
sana convivencia.
Además, promueve normas de interrelación entre los distintos miembros de la
comunidad escolar y cómo debe procederse.
Todo apoderado tiene derecho a:
a) A ser escuchado, en relación a reclamos, inquietudes o sugerencias, de
acuerdo al horario de atención de los docentes o directivos. Recibir
información académica, disciplinaria o de convivencia, aclarar dudas,
presentar discrepancias o realizar sugerencias que consideren pertinentes,
siguiendo el conducto regular del Colegio. Ante eventos de reclamos que
afecten a su(s) pupilo(s) el conducto a seguir contemplará los siguientes pasos:
Ámbito Académico:
Inicialmente, comunicarse con el Profesor de la asignatura o
subsector respectivo y luego, si es necesario, con el Profesor Jefe.
De no haber una solución satisfactoria corresponderá dirigirse al Jefe
de U.T.P. del ciclo académico respectivo.
Como última instancia, corresponderá la entrevista con Dirección del
Establecimiento.
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Ámbito Disciplinario:
Comunicarse con el Profesor correspondiente y/o Inspector, según
corresponda.
De no encontrar solución al problema, deberá dirigirse al Inspector
General del Colegio.
Como última etapa corresponderá la entrevista con Dirección del
Establecimiento.
b) Recibir para sus hijos, por parte del establecimiento, el cumplimiento de los
objetivos de aprendizaje contemplados por el Ministerio de Educación para los
diferentes niveles.
c) Ser informado oportunamente del proceso Enseñanza Aprendizaje del estudiante.
d) Aportar ideas y sugerencias que faciliten el desarrollo de planes de enseñanza.
e) Ser representado por una directiva elegida democráticamente tanto al interior del
curso como del Liceo (Sub centro y Centro General de Padres).
f) Solicitar el desarrollo del plan de trabajo del Sub centro y Centro General de
Padres.
g) Ser informado y conocer el destino de los fondos de tesorería recaudado por el Sub
centro y Centro General de Padres.
h) Participar, en las actividades programadas para padres de familia y representar a
su hijo en todas aquellas actuaciones en las que sea necesario o conveniente y,
especialmente, en las audiencias que se les juzgue por faltas a la disciplina.
i) académicos y conductuales del estudiante. Ser orientados e informados para
enfrentar adecuadamente problemas
j) Ser invitado e informado a escuchar la Cuenta Pública Anual rendida por el
Sostenedor o su representante legal.
k) Apelar a la Dirección del establecimiento cuando sea exonerado de su condición
de Apoderado(a).
l) Apelar a las sanciones, para ello dispondrá de un plazo de 15 días posterior a la
sanción. La apelación debe ser entregada por escrito a la Dirección del
establecimiento, la cual será revisada por el Consejo de Profesores.
Todo apoderado tiene el deber de:
a) Como núcleo fundamental de la sociedad la familia debe velar por el bienestar
general del estudiante, en lo referido a la presentación personal, materiales
requeridos, tareas y trabajos, cumplimiento de los horarios, apoyo en el desempeño
académico, conducta, consulta a especialistas en necesidades educativas
especiales cuando se requiera, y a la posterior aplicación del tratamiento señalado,
necesidades médicas, etc.
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b) Conocer y acatar las normas de los Reglamentos del Liceo, tanto las referidas al
Manual de Convivencia Escolar, como a las del Reglamento de Evaluación y
Promoción. Adhiriéndose a nuestro Proyecto Educativo. Siendo el primer
responsable sobre el desempeño y comportamiento del estudiante.
c) Cumplir con las normas referidas a documentación al momento de matricular al
estudiante.
d) Responsabilizarse del traslado del estudiante desde el hogar al Liceo y viceversa,
siendo ésta de manera puntual. Informando cualquier cambio de domicilio o número
telefónico.
e) Responsabilizarse por la reposición o reparación de cualquier daño ocasionado por
el estudiante a las dependencias, artefactos, mobiliarios y otros bienes
pertenecientes al Liceo. Cuya reparación, reposición o pago del deterioro, no
excederá a los treinta días de ocurrido el acontecimiento.
f) Asistir a todas las reuniones a que se les cite con puntualidad, sean estas a nivel
personal, de curso, U.T.P, Inspectoría General, Equipo Convivencia Escolar, Centro
General de Padres o Dirección, dada la importancia que tienen en el proceso
educativo del estudiante. En caso de no poder asistir a la citación deberá enviar por
escrito su justificación, indicando día y hora que acudirá al establecimiento.
g) Revisar diariamente los cuadernos, libros y libretas de comunicaciones a fin de
enterarse sobre la marcha del proceso educativo.
h) Velar por la asistencia diaria a clases y la entrega a tiempo de documentos
(médicos, permisos, etc.).
i) Regular los artículos que el estudiante trae al establecimiento (juguetes, juegos
electrónicos, celulares, tablet, planchas de pelo, notebook, MP3, joyas, etc.) que
puedan interrumpir la labor educativa, debido a la distracción o pérdida de estos.
Entendiendo que el uso de aparatos tecnológicos quedan prohibidos durante la
hora de clases y que el establecimiento no se responsabiliza por la pérdida de
éstos.
l) Designar a un apoderado suplente de su pupilo entregando los datos fidedignos de
su persona. Si desea cambiar el apoderado debe hacerlo personalmente en
Subvención.
m) Si un profesional del establecimiento educacional considera que el alumno necesita
ser evaluado por un especialista y traer un diagnóstico, es responsabilidad del
apoderado gestionar la atención médica, no excediendo un plazo de 30 días para
presentarlo.
n) Dirigirse con respeto a los funcionarios del establecimiento y seguir los conductos
regulares.
o) El retiro del alumno debe ser realizado por el primer o segundo apoderado
personalmente.
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V.- PRESENTACIÓN PERSONAL
p) Entregar al establecimiento toda documentación judicial actualizada relacionada con
el alumno (tribunales de familia, fiscalía, carabineros, PDI, etc.)
q) Velar que los alumnos asistan a clases con los materiales solicitados (No se
recibirán materiales en horario de clases, debido a que estas constantes
interrupciones afectan el aprendizaje de sus hijos)
Varones:
Pantalón gris tradicional corte de pierna recta a la cintura, sin elástico en las
bastillas ni pitillos, polera piqué roja con ribete gris, polerón de polar rojo con
mangas color gris, con insignia exclusiva del liceo y sin capucha, medias color
gris, zapatos negros.
Damas:
Falda tableada gris con una rebeca de 12 cm., hasta la rodilla, polera piqué roja
con ribete gris, polerón de polar rojo con mangas de color gris, con insignia
exclusiva del liceo y sin capucha, medias color gris, zapatos negros. En
temporada de invierno se autoriza el uso de pantalón gris de tela, sin pitillos, ni
elásticos.
a) Para los estudiantes de segundo ciclo en adelante, el uso de delantal blanco en
horarios de laboratorio de ciencias es obligatorio.
Uniforme de educación física y actividades deportivas:
Es de uso exclusivo para actividades de educación física, respetando el diseño
tradicional de las prendas, vale decir, éste no debe ser modificado (como ajustarlo en
las piernas tipo calzas o pitillos).
Buzo deportivo gris con rojo, polera de gimnasia gris con rojo con insignia del
colegio, short o calzas grises, zapatillas negras o blancas.
Por normas de higiene la clase de Ed. Física debe realizarse con short o
calzas. Se sugiere traer útiles de aseo y polera de cambio.
Uniforme para salidas a terreno, desfiles y otros:
Uniforme de Atención de Párvulos: pechera, chaleco azul marino (sin estampado),
pantalón de color azul marino y buzo del colegio en las horas de Educación Física.
Uniforme de Atención de Enfermería: traje de dos piezas color celeste con blanco
(de acuerdo a Ministerio de Salud), chaleco blanco o celeste (sin estampado): buzo del
colegio, en Educación Física.
Para los días regulares los estudiantes de T.P deben venir con su uniforme de
uso cotidiano.
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VI.- LAS FALTAS
Uniforme para ceremonia de titulación, graduación, premiación, licenciatura y desfile:
Los estudiantes deben asistir con su uniforme en buen estado.
Varones: pantalón gris, camisa y corbata institucional
Damas: falda gris, camisa y corbata institucional
NOTA:
No está autorizado el uso de: correas brillosas, hebillas llamativas y ropas
de uso diario como: zapatillas de colores vistosos, chaquetas de
cualquier otro color que no sean los institucionales, jockey, pitillos o
pantalones hip-hop, polerones con capuchas ajenas al uniforme antes
mencionado y accesorios incrustados en la piel.
6.1 Faltas de los estudiantes
Nuestro establecimiento concibe el acto formativo y educativo como un
aspecto integral en el desarrollo de los alumnos, es así que declaramos la disciplina
como uno de los valores fundamentales a adquirir en nuestro proceso escolar, por lo
que esperamos que el apoderado asuma esta responsabilidad.
En función de lo anterior toda falta disciplinaria se considerará por, su carácter,
magnitud y características en: FALTAS LEVES, GRAVES. Y MUY GRAVES.
Faltas leves: Son todas aquellas situaciones que pueden ser corregidas inicialmente a
través del diálogo (amonestación verbal).
Presentación personal inadecuada. No usar el uniforme establecido por el
colegio.
Traer maquillaje: en el rostro y uñas en damas y varones. Presentarse al
establecimiento desaseado, sin afeitar y/o despeinados.
No trabajar en clases.
Faltar el respeto a los símbolos patrios.
No ingresar puntualmente al inicio de la jornada, a la vuelta del recreo,
desayuno o almuerzo.
Tener un mal comportamiento en actos cívicos matinales o en actos oficiales.
Fuera o dentro del Liceo.
Tener mal comportamiento en las salidas a terreno o en eventos en
representación del Liceo.
Presentarse sin sus materiales, cuadernos y libros u otros solicitados por los
docentes.
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No respetar los conductos regulares del Liceo para todos los efectos en
cualquier situación.
Usar celulares, agendas digitales, equipos musicales, audífonos en clases,
entendiendo que el uso de estos objetos en el aula, afecta negativamente el
aprendizaje del alumno.
Interrumpir reiteradamente las clases, con advertencia previa del profesor.
Faltar a un desfile escolar, habiendo un compromiso previo (sin justificativo).
Faltas graves: Son todas aquellas conductas que afecten al normal proceso
educativo, académico, formativo y valórico, ya sea a nivel de aula o extra aula que
atenten contra la imagen del colegio; o que supongan daño o perjuicio a los demás.
Ensuciar, rayar o estropear la sala, mesas, sillas, mobiliario, patios, pasillos y
baños del Liceo.
Desafiar o negarse a realizar el trabajo asignado en clases por el profesor
correspondiente.
Tener contacto de cualquier tipo (conversar, recibir, entregar, guardar,
intercambiar, etc.) con personas ajenas al establecimiento a través de portones
o rejas que dan al exterior.
Demostraciones físicas excesivas de cariño, entendiendo que este tipo de
actos pertenecen al ámbito privado de una relación de pareja y que el patio es
compartido por estudiantes de todos los niveles.
Incitar a la violencia de cualquier tipo (verbal, psicológica, física, social,
cibernética, etc.)
Provocar daños a la propiedad privada, ya sea de sus compañeros, del
personal del establecimiento, o del Liceo.
Faltar a las evaluaciones o pruebas sin justificación (contemplado en el
Reglamento de Evaluación y Promoción).
No reponer daños provocados a la propiedad privada de compañeros,
funcionarios o del Liceo.
Utilizar lenguaje o gestos vulgares con compañeros, profesores,
administrativos y todo funcionario perteneciente al establecimiento.
Copiar de cualquier manera en las evaluaciones utilizando o no, elementos
simples (torpedos) o elementos electrónicos.
Presentar conductas que atentan con la moral y buenas costumbres, en clase o
cualquier dependencia del Liceo.
Consumir sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y
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estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas,
marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma
naturaleza, vistiendo el uniforme del colegio dentro o fuera del establecimiento.
En caso que el alumno sea menor de edad y el adulto responsable a cargo del
menor autorice el consumo o lo haga bajo su conocimiento, el establecimiento
hará la denuncia correspondiente a vulneración de Derechos ante el Tribunal
de Familia.
Abandonar el Liceo (fugarse) antes de la hora de salida, o entre clases,
incluyendo reforzamientos y talleres; independiente si es por una salida
habilitada o no habilitada. Se incluye la fuga interna. En caso de urgencia de
retiro el alumno debe solicitar el permiso a Inspectoría.
Faltar a un evento extraescolar, habiendo existido un compromiso previo.
Abandonar la sala de clases sin autorización.
Provocar desorden en actividades de aula o de patio.
Ingresar y/o promover, dentro del establecimiento material pornográfico de
cualquier índole.
Ser sorprendido mirando material pornográfico de cualquier índole,
independientemente de si fue él quien lo trajo.
Faltar a clases sin consentimiento de padres o apoderados.
No entregar citación o no informar de citación a su apoderado.
Practicar juegos bruscos que atenten contra la seguridad o integridad de las
persona
Faltas muy graves: Son las que atentan contra la integridad física y moral de las
personas; así como también todas aquellas que están penadas por el código de
procedimiento civil y penal.
Portar sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y
estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas,
marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma
naturaleza, con el fin de traficar, regalar, compartir, promover, vender, etc.
Agredir verbal, física o psicológicamente a un miembro de la comunidad
educativa.
Sustraer y esconder objetos ajenos tanto de los compañeros, como
funcionarios del colegio.
Perseguir, amenazar, molestar o acosar a un compañero haciendo alusión a
características físicas, psicológicas, condición socioeconómica, credo religioso,
orientación sexual, nacionalidad, etc.
Portar elementos corto punzantes (cuchillos, punzones, navajas, etc.),
elementos contundentes (cadenas, reglas de metal, bastones, palos que
induzcan a la agresión, etc.), o armas (hechizas, pistolas, electroshock, gas
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VII.- MEDIDAS ANTE FALTAS COMETIDAS
pimienta, armas blancas de cualquier tipo, etc.) tanto dentro del Liceo como en
el trayecto entre la casa y éste.
Faltar el respeto a cualquier funcionario del establecimiento, insultando,
denostando, injuriando, garabateando, elevando el tono de voz, haciendo
ademanes con las manos, usando frases descalificadoras, humillantes,
hirientes, etc.
Desafiar y no obedecer las órdenes de los funcionarios.
Reducir objetos sustraídos a sus compañeros y/o funcionarios del
establecimiento en beneficio personal.
Confabular o concertarse para la realización de actos ilícitos (robos, peleas,
agresiones, etc.) dentro o fuera del establecimiento.
Manipular dentro del Liceo sustancias explosivas, extintores, bombas molotov,
gas pimienta, bromas químicas o peligrosas.
Abusar o acosar sexualmente a sus compañeros(as) y/o funcionarios del
establecimiento, tanto del mismo sexo como del opuesto.
Realizar actos de connotación sexual (actitudes, frases) en contra de
compañeros o funcionarios.
Abusar deshonestamente de sus compañeros (as), hablando o mostrando
material pornográfico de cualquier índole, tocando sus partes íntimas,
sometiendo por la fuerza (caricias, besos, etc.) a compañeros del mismo sexo
o del sexo opuesto.
Presentar comportamientos sexuales activos dentro del establecimiento.
Participar en la sustracción, alteración y /o destrucción del libro de clases o
cualquier documento oficial del establecimiento, se incluyen las evaluaciones.
Engañar, cometer fraude o trampas utilizando documentos o certificados
médicos que conllevan una justificación para subir una nota, justificar una falta
a una evaluación o una inasistencia.
Utilizar cualquier medio tecnológico o red social para agredir, menoscabar,
insultar, difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Nota: Cualquier conducta no estipulada en el Manual de Convivencia, será
analizada por el Equipo de Convivencia y se le aplicará la medida o sanción que
corresponda.
Las sanciones que se explicitan en este Manual, operarán, según el orden, luego
de haber aplicado las siguientes estrategias o acciones formativas:
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1) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato)
del Profesor(a) jefe con el alumno(a), sobre la conducta a corregir.
2) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato)
del Inspector(a) con el alumno(a), sobre la conducta a corregir.
3) Anotación en la hoja de observaciones del libro de clases.
4) Entrevistas del Profesor(a) con el Apoderado y/o el Alumno(a), registrada en
Hoja de Entrevista.
5) Derivación al Equipo de Convivencia, según sea el caso, si amerita para que
inicien el apoyo especializado a objeto de alcanzar un cambio positivo de la
conducta y/o un mejoramiento de sus evaluaciones (anexando entrevistas
anteriores y una copia de las observaciones en el libro de clases.)
6) Solicitar a los Padres, apoyo especializado externo, si la situación lo amerita.
7) En el caso que el alumno cometiere una falta dependiendo de su magnitud y
gravedad, Inspectoría procederá a entregar una medida pedagógica o
disciplinaria para corregir la conducta del estudiante.
8) En casos de estudiantes cursantes desde Kínder a 4° Básico, se solicitará
acompañamiento en aula: el apoderado deberá acompañar a su pupilo a clases
por un período breve y definido por UTP, con el fin de apoyar al niño/a en su
proceso escolar, para facilitar su adaptación a las normas y fortalecer su
autorregulación.
9) Si el alumno persiste en cometer recurrentemente faltas graves o muy graves, a
pesar de trabajar con medidas pedagógicas, pero sin mostrar un cambio
positivo en su conducta; Inspectoría procederá a cursar la condicionalidad al
alumno.
10) Cambio de ambiente pedagógico interno, si se amerita (previa evaluación de
UTP y Equipo de Convivencia)
11) Si el alumno insiste en mantener una conducta agresiva y/o violenta, que atente
contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad
educativa, se procederá a la aplicación de la medida de suspensión (medida de
carácter excepcional)
12) Entrevista del apoderado con Directora, quien plantea la inconveniencia de las
conductas del estudiante, informando sobre posibles sanciones y seguimiento
del plan de intervención a favor del estudiante.
13) En caso de que un alumno condicional continúe cometiendo faltas; se
procederá a la condicionalidad extrema.
14) Si el alumno insiste en mantener la conducta negativa, sin adherirse al Manual
de Convivencia se aplicará la No Renovación de Matrícula para el año escolar
siguiente, medida aplicada por la Directora.
15) Cuando la conducta del alumno atente contra la integridad física y/o psicológica
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VIII.- CONDICIONALIDAD
de cualquier miembro de la comunidad educativa, sin perjuicio de todas las
medidas de apoyo que se hayan aplicado al alumno; se procederá, como
medida de carácter extremo y excepcional, a la expulsión del alumno del
establecimiento. Esta medida debe ser aplicada por la Directora y se informará
a la Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días, a fin de que ésta
revise el cumplimiento del procedimiento. De ser necesario, se pedirá que el
alumno no asista al establecimiento durante el período de apelación, para
proteger la integridad de la(s) víctima(s).
16) Derecho a apelación. Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a
la medida disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde
que ha sido notificada.
17) La directora convocará al consejo de profesores del ciclo correspondiente para
recoger antecedentes respecto de la apelación del apoderado. Sin embargo,
este consejo es consultivo, no resolutivo.
18) Finalmente, la Directora informará al apoderado de la respuesta de apelación a
la medida.
Nota: La suspensión de clases de un estudiante es considerada una medida de
carácter excepcional. La suspensión no puede aplicarse por períodos que
superen los 5 días, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar
una vez por igual período.
La suspensión indefinida y reducción de jornada escolar, son medidas
prohibidas por la normativa educacional, y sólo podrán aplicarse
excepcionalmente si existe un peligro real (no potencial) para la integridad física
o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá ser
debidamente acreditado.
Las sanciones considerarán criterios con que se definirán las medidas, como
son:
Edad (si pertenece al primer ciclo, la situación se debe evaluar)
El grado de responsabilidad.
La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.
La conducta anterior del responsable.
Haber actuado en anonimato o identidad falsa.
El riesgo que ponga en peligro a sus pares y a la comunidad educativa.
Todo estudiante que de manera reiterativa (sobre cinco faltas graves o
tres faltas muy graves) infrinja las normas establecidas en el Manual de
Convivencia, pasando por la gradualidad de sanciones y medidas sin mostrar
un cambio significativamente positivo, quedará en situación de condicionalidad
por el semestre vigente, situación que será revisada al final de cada semestre,
independiente de la fecha en la que se haya aplicado. Esta situación la
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CONDICIONALIDAD EXTREMA
IX.- NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA O EXPULSIÓN
informará el Inspector General al apoderado quedando registro en el libro de
clases.
Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad”
deben mostrar un cambio significativo en su conducta, dentro del semestre, lo
cual debe expresarse en una hoja de vida sin observaciones negativas de
carácter grave y que afecten la sana convivencia y apoyo permanente del
apoderado, ocurriendo esto, se levanta la condicionalidad. En caso contrario se
aplicará la condicionalidad extrema.
El apoderado de estudiante en situación de condicionalidad, deberá
presentarse una vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados,
para tomar conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su
asistencia como inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo
permanente para lograr un avance con el estudiante.
Procede cuando se reitera la falta que llevó a la aplicación de la medida
de Condicionalidad, como una última oportunidad antes de la No Renovación
de Matrícula, o bien cuando la gravedad de la falta cometida lo amerite por sí
misma. El Inspector General con el Profesor Jefe y la Encargada de
Convivencia serán quienes propondrán esta medida, la que será ratificada,
rechazada o modificada por la Directora. El apoderado será citado por el
Inspector General y el Profesor(a) Jefe para analizar la situación del (la)
alumno(a) con respecto a la gravedad de la(s) falta(s) e informar la medida
aplicada y se firmará la medida de extrema condicionalidad y un acuerdo de
cambio que debe asumir el alumno con su apoderado con el objeto de
desarrollar aquellas áreas débiles. Siempre se deberá escuchar al alumno y al
apoderado, debiendo dejar por escrito las defensas o descargos que expongan.
De igual manera que en la CONDICIONALIDAD, el apoderado del
estudiante en situación de condicionalidad extrema, deberá presentarse una
vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados, para tomar
conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su asistencia como
inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo permanente para
lograr un avance con el estudiante
La no renovación se aplicará cuando el alumno no muestre ningún
cambio en su conducta afectando a su entorno y/o represente un riesgo para
sus pares o cualquier miembro de la Comunidad Educativa, amenazando la
Sana Convivencia Escolar del establecimiento. Previo a ello, se realizará un
proceso de acompañamiento y seguimiento al plan de intervención diseñado
para el alumno. De ser necesario, se hará un cambio de ambiente pedagógico
16
XI.- MEDIDAS PEDAGÓGICAS
interno. Se agotarán todas las instancias posibles para evitar esta medida,
como derivaciones a redes de apoyo externas, orientaciones al apoderado y
apoyo al grupo curso.
Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad
extrema”, y que no se adhieren a nuestro Proyecto Educativo del
establecimiento, que no muestran un cambio positivo significativo en su
conducta, y en su defecto siguen trasgrediendo las normas del establecimiento
poniendo en riesgo la integridad física o psicológica de cualquier integrante de
la comunidad educativa; el Liceo Academia Nacional procederá a no renovar
la matrícula del alumno para el año lectivo siguiente, previo a un proceso de
evaluación.
La expulsión se aplicará como medida excepcional, cuando el alumno
incurra en hechos graves de violencia por “tratarse de una conducta que atenta
directamente contra la integridad física o psicológica de algunos de los
miembros de la comunidad escolar” de conformidad al párrafo 3° del Título I del
decreto con fuerza de Ley n° 2, de 2009.
Ambas medidas disciplinarias sólo serán aplicadas por la Dirección
del establecimiento, con el fin de velar y resguardar la seguridad de nuestros
alumnos y/o funcionarios, previa evaluación del Consejo de Profesores (ciclo
correspondiente). Una vez informada la medida disciplinaria de no renovación o
expulsión, la Dirección del establecimiento deberá informar sobre la misma a la
Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días hábiles, a fin de que ésta
revise el cumplimiento del procedimiento.
Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a la medida
disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde que ha
sido notificada.
La apelación a la medida disciplinaria deberá realizarse por medio de
una carta dirigida a la Directora del establecimiento. Dicho proceso será
evaluado por el Consejo de Profesores (del ciclo correspondiente), siendo la
Directora quien decide acoger o rechazar dicha apelación. La respuesta se
entregará por carta al apoderado.
Las sanciones deben permitir que los estudiantes tomen conciencia de las
consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ello y desarrollen
compromisos genuinos de reparación del daño. Para ser formativas, reparadoras y
eficientes las sanciones deben ser coherentes con la falta.
Por lo tanto, es esencial el apoyo de los padres y apoderados para lograr una
formación integral de nuestros estudiantes.
X.- APELACIÓN
17
Tipo de medida pedagógica
Servicio Comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad
escolar. Ésta debe tener relación con la falta e implica hacerse cargo de su
infracción a través de un esfuerzo personal. Ejemplo:
Limpiar algún espacio del establecimiento: patio, pasillo, su sala.
Ayudar en los recreos a cuidar a los estudiantes de menor edad.
Ordenar materiales en la biblioteca u otra dependencia.
Hermosear el colegio con áreas verdes.
Ayudar a un auxiliar por un día.
Cooperar en la entrega de colaciones en el comedor de Junaeb, etc.
Cumplir labor de inspector de patio en pre básica, o 1º y 2º básico por
un día.
Servicio Pedagógico: Contempla una acción del estudiante, asesorado por un
funcionario en actividades como:
Recolectar o elaborar material para estudiantes de niveles inferiores al
suyo.
Ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases
(según sus aptitudes).
Acompañar a docente durante una jornada con actividad designada.
Clasificar textos en biblioteca según su contenido.
Apoyar a estudiantes menores en sus tareas.
Apoyar a una docente de I Ciclo como asistente de aula.
Dirigir alguna actividad recreativa, etc.
En caso de que el estudiante llegue atrasado luego de un cambio de
hora, facultará al docente para realizar preguntas de conocimiento
relacionadas con el contenido de la asignatura frente al curso.
De reparación: Acción que permita comprender el impacto de sus acciones en
la comunidad escolar y que tenga como fin reparar daños a terceros. Ejemplo:
Presentar disertación oral relacionada con la falta en su propio curso (ya
sea discriminación, agresividad, violencia en general). En caso de
reincidir en la falta, la medida pedagógica incorporará variaciones
graduales, tales como: realizar presentación oral en el curso paralelo o
curso superior, entregar recuerdos para el curso en que hará la
presentación, dramatizar la temática, participación presencial del
18
apoderado en la actividad en que hará dicha presentación oral.
Elaborar un vídeo educativo relacionado con la falta cometida, para ser
presentado frente a su curso. En caso de reincidir en la falta, la medida
pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como: realizar
presentación oral en el curso paralelo o curso superior, entregar
recuerdos para el curso en que hará la presentación.
En caso de agresión a algún funcionario por un alumno de primer ciclo,
éste deberá plasmar en un dibujo, trabajo manual, tarjeta, las disculpas
hacia el adulto. En caso de reincidir en la falta, el apoderado deberá
presentarse a pedir disculpas junto al alumno.
Trabajar en un stand formativo donde puede elaborar material de
difusión con respecto a valores.
Elaborar afiches y distribuirlos por todo el establecimiento (lugares
visibles), de acuerdo a la temática de la falta.
Elaborar volantes para ser distribuidos a los alumnos en los recreos, de
acuerdo a la temática de la falta.
El alumno deberá realizar una actividad artística, de acuerdo a sus
habilidades, para sus compañeros en el recreo asignado. (baile, pintura,
poema, juegos, canciones, etc.). Para promover la Sana Convivencia
Escolar.
Si rompe un cuaderno o parte de él, deberá copiar nuevamente los
contenidos o reponerlo.
Pedir disculpas al compañero afectado, en caso de reincidir en la falta,
la medida pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como:
hacer una carta de disculpa supervisada por docente jefe, leer carta de
disculpas frente al curso, la cual vendrá firmada por el apoderado, pedir
disculpas frente a los apoderados del afectado.
Reponer objetos que haya extraviado, dañado o sustraído del
establecimiento.
Limpiar cualquier mobiliario que haya rayado.
En caso de reiteración de la falta, deberá venir acompañado del
apoderado a reponer lo dañado o hermosear el establecimiento, etc.
NOTA: Estas medidas necesitan ser informadas al estudiante y al apoderado para ser
ejecutadas. Si el apoderado no se hace presente a la tercera citación, se dará por
asumida la participación del alumno. Los responsables de designarlas pueden ser el
Profesor jefe, Inspectoría, U.T.P., o Equipo de Convivencia Escolar (informando al
Inspector de nivel, ya que ellos tienen el registro). Sin embargo, los responsables de
velar por el cumplimiento de las medidas será Inspectoría.
En caso de que un apoderado o el estudiante se niegue a realizar la medida
19
XII.- MEDIDAS Y SANCIONES A LOS APODERADOS
pedagógica, se registrará en el libro de clases y el Inspector General se entrevistará
con dicho apoderado para registrar por escrito los motivos y encuadrar respecto de
nuestro proyecto educativo y la importancia de contar con el apoyo de la familia para
lograr la formación integral del estudiante.
La reiteración del no cumplimiento de 3 medidas, se procederá a cursar la
condicionalidad por no adherir a nuestro proyecto educativo.
En el caso de que se mantenga la postura de no cumplimiento, se entenderá que el
apoderado no adhiere a nuestro proyecto educativo y manual de convivencia, por lo
tanto, es una causal de no renovación de matrícula para el año lectivo siguiente.
Si el responsable fuere el padre/madre o apoderado de un estudiante, en casos
graves o muy graves se podrán disponer medidas como: denuncia ante la entidad
respectiva (Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio
Público o los Tribunales competentes) dentro del plazo de 24 horas de haber tomado
conocimiento del hecho (de acuerdo a lo establecido en los artículos 175° y 176° del
código procesal penal).
Además se solicitará designar un nuevo apoderado o dictaminar la prohibición
de su ingreso al establecimiento (sólo del apoderado en cuestión). Los responsables
de aplicar estas medidas serán la Directora o el Inspector General.
Es deber del apoderado indicar a otro adulto responsable que figure como
apoderado suplente, en caso de no poder contactar al apoderado titular, o en caso de
que éste no respete el Manual de Convivencia.
Faltas de los apoderados:
a) Faltar a cualquier punto contemplado en los deberes del apoderado.
b) Ejercer violencia física y/o psicológica, sobre su pupilo (a). El Liceo tiene la
obligación legal de dar aviso a los organismos pertinentes de cualquier situación
de vulneración de derechos, ej.: violencia intrafamiliar y/o sospecha de ésta.
c) Fumar y/o consumir bebidas alcohólicas dentro del Liceo, en actividades
familiares que éste organice.
d) Serán considerados apoderados no gratos, aquellos apoderados que tengan
disconformidad en el quehacer educativo, y no sigan los conductos regulares para
manifestar su descontento (Docente, Inspectoría y/o U.T.P y Dirección), y
contaminen la Sana Convivencia, entorpeciendo el quehacer educativo y/o
dañando la imagen del Liceo.
e) Desacreditar y difamar a la persona jurídica del Liceo, como el Cuerpo Directivo,
docente, asistentes de la educación o cualquier funcionario.
20
XIII.- CONVIVENCIA ESCOLAR
f) Hacer mal uso de dineros recaudados por Subcentro y Centro General de Padres.
g) Insultar y/o dar un trato vejatorio a los funcionarios de este establecimiento
educacional.
h) Agredir verbal, gestual y físicamente a un estudiante o funcionario del
establecimiento educacional.
i) No cumplir con el reglamento interno del Liceo, haciendo caso omiso a sus
disposiciones constituyendo esta actitud un agravio a las normas educativas del
Liceo.
j) Enviar al niño sin cuidar la higiene personal de su pupilo (desaseado, mal oliente,
cabello sucio, etc.).
k) Enviar al niño cuando presente enfermedades infecto-contagiosas (rubéola,
varicela, impétigo, escabiosis, etc.). O enfermedades parasitarias como enterobius
vermicularis (piduyes), pediculosis, etc. El Liceo suspenderá temporalmente al
alumno a fin de que realice el tratamiento médico necesario, y se reintegre a él sin
riesgo de contagio para el resto de los miembros de la Comunidad Educativa.
l) No presentarse a citaciones de cualquier estamento de la Comunidad Educativa:
UTP, Inspectoría, Equipo de Convivencia, Jefatura. Entendiéndose que éstas son
exclusivamente en beneficio del alumno. O retirarse de ésta de manera molesta o
agresiva, dejando al funcionario solo y sin terminar la entrevista.
m) No asistir a reuniones de apoderados. La inasistencia a tres reuniones sin
justificar, faculta al colegio para solicitar el cambio de apoderado.
Nota: En el cambio de apoderado se dará prioridad al apoderado suplente. De no
existir un apoderado suplente, o nadie que lo reemplace y sólo queda el
apoderado titular, se le regulará el acceso al colegio (no podrá asistir a las
reuniones de apoderados), se designará a un funcionario para que lo contacte y
pueda agendar una hora para tener una entrevista e informarse sobre el proceso
educativo de su pupilo.
La Ley sobre Violencia Escolar entiende la Sana Convivencia Escolar, como
“La coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar
una Sana Convivencia Escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto
mutuo y la tolerancia. Basados en la Política de Convivencia Escolar, editada el año
2011 y afirmada en tres ejes esenciales:
a) Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con
otros.
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XIV.- MEDIACIÓN ESCOLAR
b) Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad
educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidad de cada
actor y estamento.
c) Todos los actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derecho y de
responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad
de todos y todas.
Por maltrato escolar se entenderá: “cualquier acción u omisión intencional, ya
sea en forma física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de
cualquier medio tecnológico o cibernético, en contra de cualquier integrante de la
comunidad educativa con independencia del lugar en que se cometa.”
El maltrato escolar es producir un temor razonable de sufrir un menoscabo
considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en
otros derechos fundamentales.
Equipo de Convivencia Escolar
Existirá un Equipo de Convivencia Escolar conformado por una Encargada de
Convivencia, quien junto a las diferentes profesionales: Orientadora, Psicóloga I ciclo,
Psicólogo II ciclo, Trabajadora Social, Psicopedagoga y Educadora Diferencial; se
encargarán de implementar el Plan de Convivencia Anual del establecimiento y
velarán porque se cumpla cada acción.
De esta manera, se procurará que exista un ambiente afectivo y respetuoso
entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
NOTA: Cabe la responsabilidad en los estudiantes, padres, apoderados,
profesionales, asistentes de la educación, equipo docente y directivos de
manera obligatoria informar todas las situaciones de violencia, de agresión u
hostigamiento una vez que tomen conocimiento de ello.
El equipo de Convivencia deberá preocuparse de los actos de violencia que
ocurran tanto dentro y fuera del establecimiento.
El establecimiento contará con un grupo de estudiantes y funcionarios
capacitados en mediación escolar.
El establecimiento contará con un equipo de mediadores escolares, que facilite
los procesos de mediación, siendo considerados como facilitadores del buen
clima escolar, éstos proporcionará información y contarán con el siguiente
perfil:
Conducta destacada, haber demostrado honestidad y respeto por sus
pares y docentes, tener habilidades sociales para lograr solucionar
conflictos de manera positiva.
22
XV.- FUNCIONAMIENTO INTERNO
Se derivarán a mediación escolar conflictos mutuos, considerados como leves
a graves.
Se actuará de acuerdo al protocolo de Mediación Escolar.
El proceso que conlleva la mediación escolar es carácter confidencial y será
oportunamente informado a los docentes de jefatura correspondiente, dejando
registro de ésta.
Son de forma voluntaria y que no exime a los estudiantes de sanciones o
responsabilidades.
El encargado de Convivencia Escolar será quien vele por el proceso de
derivación a mediación escolar.
Entrevistas:
Los docentes podrán citar y/o recibir solicitudes de atención de apoderados en
los horarios destinados para esos efectos.
Las entrevistas con Directivos podrán ser solicitadas por apoderados, cuando
los casos escapen a la competencia del Profesor Jefe o de asignatura, respetando
siempre el conducto regular de atención.
Todas las entrevistas, deberán ser registradas por escrito, consignándose en
hoja de entrevistas, bajo firma del apoderado.
Retiro de alumnos.
Horarios de retiro:
Las clases no serán interrumpidas por el retiro de alumnos. Estos serán
entregados al apoderado en horario de recreo para no dificultar el proceso de
enseñanza y aprendizaje.
El apoderado debe presentarse en el Liceo 10 minutos antes del término de
cada bloque para realizar el retiro del alumno. Dicho retiro se efectuará siempre por el
primer o segundo apoderado que figura en la ficha de matrícula.
Es preciso destacar, que no se permite el retiro de alumnos en el horario de
colación, por tanto, no ingresarán apoderados entre las 12.30 a 14.15 hrs. al Liceo.
Salvo casos excepcionales, como una emergencia de salud, familiar, etc.
El apoderado deberá retirar o hacer retirar a su pupilo en horario de salida de
clases, en un tiempo máximo de 15 minutos después de la hora de salida
especialmente alumnos de Transición, NB2, el profesor jefe y /o inspectoría se
contactará por teléfono con el apoderado para saber a que se debe la tardanza en el
retiro del alumno/a, esta situación extraordinaria debe quedar consignada en el libro de
entrevista de apoderados.
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En casos extraordinarios el apoderado podrá retirar a su pupilo personalmente
antes de la hora de salida, firmando el libro de registro respectivo.
En casos excepcionales, en donde el apoderado titular y suplente, no puedan
retirar al alumno, se deberá avisar telefónicamente al Inspector General que su pupilo
se retire del establecimiento.
Reuniones de apoderados:
El establecimiento cita a reuniones de apoderados mensualmente. Éstas son
de carácter obligatorio, informativo, pedagógico y organizativo. Tienen directa relación
con el proceso de enseñanza de los alumnos, por lo tanto es deber de los apoderados
presentarse a todas ellas y hacerlo de forma puntual.
Faltar a una reunión de apoderados constituye una falta, el colegio no
reemplaza a la familia, ya que sin ella no se puede educar, el apoderado que no pueda
asistir a reunión debe justificarse con anticipación ante el profesor jefe, quien informará
a inspectoría. La justificación debe hacerse presencialmente, o en su defecto enviar la
excusa por escrito con RUN y firma del apoderado.
Las reuniones de apoderados constan generalmente de temáticas generales.
Cabe resaltar que los temas personales de cada alumno son tratados en las
entrevistas de apoderados y no en reunión, a no ser un tema de interés o incumbencia
de todo el grupo curso.
La no asistencia a tres reuniones de apoderados sin justificar, faculta al
establecimiento a pedir un cambio de apoderado.
Paseos de cursos y salidas pedagógicas
Giras de estudio
a. En cuanto al comportamiento de los estudiantes en Giras de Estudio o salidas
a terreno prolongadas, estos quedan sujetos de igual modo, al Manual de Sana
Convivencia del Liceo, sobre todo en lo que se refiere a porte y consumo de
tabaco, bebidas alcohólicas, drogas, conductas reñidas con la moral, agresión
a compañeros o profesores, obstaculización de las actividades programadas
por actos deliberados, etc.
b. Queda prohibido abandonar los lugares de alojamiento, reunión o de
actividades programadas sin autorización del profesor.
c. Quedan prohibidos actos de desorden que interfieran con el bienestar de los
compañeros o de la comunidad circundante.
d. Queda prohibido el ingreso a los lugares de alojamiento a personas ajenas a la
delegación.
e. Los estudiantes deben respetar las indicaciones de la persona que está a cargo
del grupo, en cuanto a los horarios de las actividades programadas.
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f. El estudiante que haya presentado incumplimiento permanente al Manual de
Convivencia durante el año escolar, puede ser suspendido de una gira de
estudio previo informe del profesor (a) jefe.
g. Los estudiantes y profesores quedan sujetos a las normas impuestas por los
lugares a los cuales visitan (hoteles, restoranes, aduanas, centros comerciales
o de recreo, etc.)
h. Cualquier destrozo a la propiedad privada durante la actividad debe ser
reparada por él o por los causantes.
i. Es responsabilidad del profesor encargado velar por el cumplimiento del
Manual de Convivencia durante la actividad y de impartir sanciones si
proceden.
j. Es de responsabilidad del profesor encargado coordinar todos los asuntos que
se desprendan de la gira de estudios. Debe solicitar la autorización para
realizar las actividades con un mes de antelación a la dirección del
establecimiento: cantidad de alumnos que asisten, personas a cargo, lugares a
visitar, lugar de alojamiento, fecha de salida y llegada y dos teléfonos de
contactos.
Salidas a terrenos
a. Presentar autorización del apoderado.
b. Cumplir con hábitos de la Sana Convivencia Escolar, conducta e higiene.
c. Cumplir los horarios establecidos.
d. Los estudiantes deben asistir correctamente uniformados a las salidas a
terreno (o con buzo de acuerdo a la actividad a realizar).
e. Los estudiantes que no traigan algún material de trabajo necesario para la
salida a terreno, deberán permanecer en el establecimiento con una actividad
asignada.
f. Los estudiantes en salida a terreno quedan sujetos al Manual de Convivencia
de la misma forma que si estuvieran dentro del establecimiento.
g. Cualquier abandono de las actividades a realizar y de los lugares visitados
serán interpretado como fuga de clases.
h. Los estudiantes que no presenten un comportamiento acorde, pueden ser
marginados parcial o totalmente de las salidas a terreno durante el año. Esto
dependiendo de la falta cometida.
Actos cívicos y ceremonias
a. Los actos cívicos se realizarán los días Lunes, destacando efemérides
correspondientes al mes siendo responsables los profesores jefes o
25
departamento de asignatura según calendario acordado.
b. Las ceremonias que se realizan durante el año escolar cuentan con la
participación de todos los funcionarios del establecimiento y apoderados como
son:
Licenciaturas, graduación, premiación, investidura y titulación
Ceremonias del niño lector
Aniversario del establecimiento
c. Cada docente debe participar en actividades correspondientes a su ciclo.
Actividades dentro del establecimiento
a. Las actividades que se realicen con los funcionarios y dentro del
establecimiento, ya sea: Autocuidados, Capacitaciones, Talleres,
Competencias, Celebraciones internas, etc. Serán evaluadas a través de una
Encuesta de Satisfacción para funcionarios.
b. Las actividades extra programáticas, talleres, Celebraciones alusivas a un día
especial, Competencias o Concursos, etc. serán evaluadas por los alumnos a
través de una encuesta de Satisfacción.
Actitud solicitada dentro de la sala de clases, laboratorio, biblioteca:
a. Llegar puntualmente a la clase.
b. Saludo respetuoso del curso completo (sentados).
c. Respetar los puestos asignados por el profesor jefe o profesor de asignatura.
d. Silencio y atento.
e. El alumno debe estar atento a los contenidos tratados en clases, para participar cuando el profesor se lo solicite.
f. Respetar turnos y levantar la mano para poder opinar.
g. Realizar actividades escolares dentro de la sala de manera concentrada y responsable.
h. Traer diariamente sus útiles escolares, libros, cuadernos, etc.
i. Los alumnos no deben deambular en horario de clase por los pasillos.
j. Mantener el patio limpio. Se prohíbe juegos bruscos y de balón
No se permite dentro de la sala de clases:
26
a. Uso de audífonos y aparatos reproductores de música .El alumno debe estar
atento a la clase para mejorar la calidad del aprendizaje.
b. Uso de celulares: Se solicitará al estudiante que guarde su celular de forma
voluntaria para no interferir en su proceso de aprendizaje. En caso de
negarse, se procederá a solicitar el apoyo del inspector de pasillo, quien lo
llevará a entrevistarse por escrito con el Inspector General para conocer la
razón de su negativa y de acuerdo a ello, se tomará la medida
correspondiente.
c. El celular se podrá utilizar en el caso que el profesor lo considere
como instrumento metodológico (TIC).
d. Comer o beber alimentos (salvo por prescripción médica).
e. Falta de respeto verbal o gestual a compañeros o profesores.
f. Interrumpir la clase con cualquier conducta disruptiva (conversaciones, ruido o
situaciones que no permitan el flujo normal de la clase, uso de encendedores,
guitarra, lanzar objetos)
Aseo de la sala:
a. Los profesores deben velar porque se mantenga en todo momento las
condiciones de aseo. Cada alumno debe preocuparse de mantener su
entorno de trabajo limpio y ordenado.
b. Semaneros designados por el profesor jefe. El profesor de asignatura
debe supervisar que el aseo se realice.
c. El profesor limpia la pizarra al terminar la clase o supervisa que los
semaneros lo hagan.
Actitud solicitada en patios (recreos):
a. Se prohíbe el juego brusco y arriesgado.
b. En la multicancha, en recreos evitar el juego de pelota (fabricada de papel
o del material que sea) con el fin de resguardar la integridad física de los
estudiantes que comparten patio.
c. Evitar los conflictos. En caso de generarse uno, informar a inspector de patio más cercano para que tome las medidas que correspondan y registre en libro de clases la falta cometida.
Actitud solicitada en el casino de alimentación (JUNAEB):
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a. Los estudiantes tengan hábitos de higiene antes, durante y después de las comidas.
b. No tirar la comida o jugar con ella.
c. Respetar las normas que rigen este servicio.
d. Mantener espíritu de cooperación según sus posibilidades. Apoyar en tareas de servicio de comedor, ejemplo: llevar y retirar sus bandejas, ayudar a los más pequeños, etc.
e. Cuidar y respetar el lugar de alimentación, mobiliarios, enseres y utensilios de
uso comunitario.
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PROTOCOLO CONVIVENCIA ESCOLAR
La sana convivencia es un derecho y un deber que tienen todos los miembros
de nuestra comunidad educativa, cuyo objetivo fundamental es la dignidad de las
personas y el respeto que se merecen. Los artículos que se consignan a continuación,
favorecen un ambiente libre de violencia, tolerante y orientado a que cada persona
pueda desarrollar plenamente su personalidad.
El maltrato escolar se define como cualquier acción u omisión intencional, ya
sea en forma física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de
cualquier medio tecnológico o cibernético, en contra de cualquier integrante de la
comunidad educativa con independencia del lugar en el que se cometa.
El maltrato escolar es producir un temor razonable de sufrir un menoscabo
considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en
otros derechos fundamentales.
a) Toma de conocimiento de la situación
El informante entrega los antecedentes del caso al psicólogo de ciclo o
cualquier miembro del Equipo de Convivencia; quien inicia el protocolo de
acción.
b) Recogida de antecedentes
Se inicia el protocolo, entrevistando individualmente a todos los involucrados.
Una vez entrevistada la víctima y recopilados los antecedentes relacionados
con la falta, se procederá a entrevistar al agresor.
c) Medidas y sanciones
Se informa a inspector de nivel para aplicar la sanción correspondiente (medida
pedagógica o disciplinaria), acorde a la falta. Quien aplica la medida y
retroalimenta al Inspector General y Encargado de medidas pedagógicas.
Si la situación requiere medidas de apoyo (ya sea para la víctima, agresor, o
grupo curso); lo derivará al equipo de Convivencia, para ser abordado por el
profesional que corresponde a la problemática.
Si la falta implica un riesgo para la seguridad de la víctima, se procederá a
XVI.- PROTOCOLOS
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denunciar en la entidad correspondiente (PDI, carabineros, etc.)
d) Seguimiento del caso
Se realizará retroalimentación a los apoderados de los involucrados, así como
también al docente jefe.
Se genera seguimiento del caso, en donde se le solicita al profesor jefe,
inspector de nivel o familia, que informen sobre el avance del proceso o nuevos
antecedentes que necesiten ser abordados.
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PROTOCOLO DE MALTRATO Y ABUSO
a) Cualquier miembro de la comunidad educativa tiene el deber de informar si un
niño, niña y adolescente sufre maltrato o abuso.
b) Si el alumno(a) abre relato es fundamental que se tome nota de lo que el
menor refiere, para identificar el tipo de vulneración y dónde se da.
c) La situación de maltrato o abuso debe ser informada a la Orientadora o
Psicóloga del establecimiento, quienes activarán el protocolo de acción e
informaran a la Directora.
d) La situación de vulneración debe ser denunciada a las entidades
correspondientes por la Directora y asimismo debe informar del procedimiento
a los padres.
e) Toda situación de vulneraciones de los Derechos de los niños, niñas y
adolescentes debe ser denunciada dentro de las siguientes 24 horas de que el
alumno(a) abre relato.
f) Orientadora y Psicóloga, son las encargadas de llevar a cabo un seguimiento y
acompañamiento con el alumno(a) afectado(a), así como también debe
retroalimentar a los apoderados y profesor(a) jefe.
31
1. Pueden solicitar los servicios de un mediador cualquier miembro de la
PROTOCOLO DE MEDIACIÓN
El Liceo Academia Nacional, con el objetivo de mejorar la convivencia entre sus
miembros se crea el proyecto “Alumno Mediador” de conflictos.
Entendemos que la mediación:
Tiene un valor educativo en sí mismo, ya que enseña que existen otras vías,
distintas del enfrentamiento, para resolver los problemas.
Con ella el alumno aprende a escuchar las razones de la otra parte.
Ayuda a reforzar la parte positiva de la persona.
El protocolo a seguir para el uso de este servicio será:
comunidad educativa. (Serán objeto de mediación todas las cuestiones entre
los miembro de la comunidad educativa que afecten a la convivencia entre los
mismos).
2. Las solicitudes de los servicios de mediación se presentarán ante la Encargada
de Convivencia Escolar. A través de un documento formal que indicará el
motivo de la mediación, así como todos los datos necesarios para llevarla a
cabo.
3. La Encargada de Convivencia Escolar informará a la inspectora encargada de
mediación. Quien a su vez, definirá de acuerdo a la complejidad del conflicto, si
mediará directamente o asignará a un alumno mediador, quien estará bajo su
supervisión.
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4. La inspectora encargada de mediación, fijará la persona de acuerdo al nivel de
llevar a cabo la mediación así como el día y la hora de la misma.
5. La mediadora encargada, junto al alumno mediador, dispondrá de 48 horas
para preparar la mediación. En ese tiempo:
a) Recabará toda la información que se disponga sobre los alumnos objeto de
la mediación.
b) Tomará las entrevistas.
c) Llegará a acuerdos con las partes.
6. Una vez que se haya recabado toda la información del caso, podrá solicitar
una reunión con la encargada de convivencia escolar para solicitar derivación,
si el caso lo amerita.
7. Se elaborará un reporte del caso y se archivará.
8. Se hará seguimiento de los casos y los acuerdos alcanzados, para corroborar
el éxito de la mediación escolar o realizar una nuevamente, si el caso lo
amerita.
9. Todos los casos y sus conclusiones se deben informar a la inspectora a cargo
de mediación, la cual dará cuenta semanalmente a la encargada de
convivencia escolar.
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PROTOCOLO DE INASISTENCIA Y AUSENTISMO
1.- DOCENTE
• El profesor (a) jefe pesquisa las inasistencias de los alumnos que son de
manera recurrente; así mismo de los que tienen ausentismo de, al menos una
semana.
• Contacta al apoderado (a) titular o suplente y realiza citación para averiguar
sobre la situación que genera dichas inasistencias o ausentismo.
• Al tener contacto con el apoderado (a) tras la citación se establece
compromiso en mejora de las inasistencias.
• Al no tener contacto con el apoderado (a) tras dos citaciones, se deriva a
Inspectoría. Previo registro en documento de sus intentos de localización.
• Al no cumplimiento de compromiso se deriva a Inspectoría.
2.- INSPECTORIA
• Contactar al apoderado vía telefónica y realizar citación para conocer sobre la
situación que genera las inasistencias o ausentismo.
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• Tras tres intentos telefónicos durante dos días al apoderado (a) al no tener
respuesta o no existir cumplimiento a las citaciones, registrar en documento los
llamados realizados con fecha y hora y el día que se acordó la citación al cual no
asiste.
• Al tener contacto con el apoderado (a), mencionar sobre medidas pedagógicas
y realizar compromiso en mejora de la situación.
• En caso de no contactar al apoderado, Inspectoría enviará carta certificada al
domicilio del alumno, y si aún no se contacta al apoderado se realizará derivación
a Trabajadora Social.
3.- TRABAJADORA SOCIAL
• Se realiza solo una citación al apoderado (a) tras comunicación y si no se logra
presencia, se lleva a cabo visita domiciliaria.
• Al tener contacto con el apoderado (a) se procede a mencionar sobre el
compromiso del apoderado con el establecimiento a comienzo de año escolar y
sobre las medidas pedagógicas a considerar sobre dicha falta. Se realiza nuevo
compromiso del apoderado.
• Se informa por escrito a Inspector de nivel correspondiente, docente jefe y
UTP.
35
PROTOCOLO DE ACCIÓN CONSUMO DE DROGA
El protocolo de acción con respecto al consumo y tráfico de drogas tiene
distintos tratamientos, ya que el primero constituye un problema de salud, y la
segunda, un delito sancionado por Ley.
a) Cuando un estudiante llega drogado o consume drogas (de dentro del
establecimiento
Se llama inmediatamente al apoderado para que éste tome medidas con su
pupilo, firmará una constancia de que es responsable de derivar a éste a un
tratamiento de apoyo, ej.: atención por GES en consultorio de Atención
Primaria, SENDA, entre otros.
Si el apoderado no se encuentra ubicable y el estudiante presenta síntomas
físicos como nauseas o vómitos, por ejemplo, será llevado a un centro de
atención médica.
Si el apoderado no demuestra preocupación, ni interés por buscar ayuda a su
pupilo, el establecimiento podrá derivarlo a un tratamiento de apoyo,
resguardando sus derechos.
Si el alumno es menor de edad y los padres y/o adultos responsables asumen
que el consumo es con su consentimiento; el establecimiento hará la denuncia
por vulneración de Derechos del menor, a Tribunales de Familia.
Se procederá a sancionar al estudiante de acuerdo a lo descrito en el Manual
de Convivencia.
b) Cuando un estudiante porta, vende, comparte, regala droga dentro del
establecimiento
Inspectoría General cita al apoderado para informar la situación de su pupilo.
Se informa al organismo correspondiente, Carabineros y/o Policías de
Investigaciones, ya que se considera microtráfico.
La encargada de Convivencia Escolar registrará los antecedentes para
presentarlos ante Inspectoría General, para que se aplique la medida o sanción
si procediere.
El Inspector General citará a los apoderados o padres del o de los estudiantes
involucrados, para informarles del alumno.
c) Seguimiento del caso
El Programa SENDA tendrá reuniones periódicas con los apoderados,
profesores jefes, para supervisar los avances del caso.
36
PROTOCOLO DE ACCIÓN ABUSO DE AUTORIDAD
HACIA UN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Se conoce como abuso de autoridad a cualquier tipo de violencia física o
psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante o integrante de
la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea
director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por
parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Por ejemplo
el utilizar descalificativos verbales que vayan en desmedro de la autoestima de las
personas, así mismo ocupar un vocabulario soez y un tono de voz inadecuado, el
contacto físico de carácter agresivo, o agresiones a través de medios de
comunicación.
a) Toma de conocimiento de la situación
El apoderado o estudiante que detecte o se sienta violentado debe informar la
situación ocurrida y su contexto a UTP, o al Inspector General, según
corresponda.
El funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar directamente a
Dirección.
b) Recogida de antecedentes
Dependiendo de la persona afectada se proseguirá de la siguiente manera:
Funcionarios: luego de tomar conocimiento Dirección, deberá informar a
Inspector General y Encargada de Convivencia Escolar quienes investigarán
los hechos y registrarán. Una vez recogida la información de lo sucedido se
deberá comunicar a Dirección la situación, luego se entrevistará al acusado
quien podrá realizar su defensa correspondiente a través de una carta,
dependiendo del grado de la falta, se aplicará las sanciones dispuestas en el
reglamento interno o se derivará el caso a la entidad correspondiente que
puede ser: Inspección de Trabajo, Carabineros, etc.
Los funcionarios serán separados o suspendidos de sus labores mientras la
situación o el conflicto no sea clarificado y dependiendo de la gravedad de la
falta.
Estudiante: La UTP correspondiente, en conjunto con el estudiante o su
apoderado registrarán los antecedentes en una entrevista para ser derivado a
la Dirección del establecimiento. La Directora citará al funcionario acusado para
que realice los descargos correspondientes en forma verbal y escrita. Se
intentará llegar a un acuerdo de ambas partes, en casos mediables. Se
resguardará la integridad de estudiante; no exponiéndolo, ni enfrentándolo con
su supuesto agresor. Dependiendo de la gravedad de la situación se derivará
a la entidad correspondiente.
c) Denuncia
La Dirección del establecimiento de acuerdo a la información recogida procede
37
a la denuncia a la organización correspondiente como pueden ser:
Superintendencia de Educación, Inspección del trabajo, Fiscalía, Carabineros,
P.D.I., O.P.D.
Si el abuso continúa, el funcionario tiene derecho a recurrir a las instancias
correspondientes, tales como: Inspección del trabajo.
d) Seguimiento del caso
La jefatura del estamento correspondiente realizará un seguimiento de la
situación, a través de entrevista con el profesor jefe, entrevista con el
apoderado y entrevista con el alumno para verificar la resolución del caso.
38
PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE SITUACIÓN DE VIOLENCIA HACIA DOCENTES
Y/O FUNCIONARIOS EN GENERAL
Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde
exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de
cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo
Academia Nacional), lo cual, incluye a: Docentes, Asistentes de la Educación,
Administrativos, Directivos, Auxiliares, etc.
Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: apoderados: titular y
suplente, estudiantes, familiares de estudiantes que no figuran como apoderados en
ficha de matrícula, y amigos o cercanos a éste.
Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,
intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.
a) Toma de conocimiento de la situación
El docente y/o funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar la
situación ocurrida y su contexto al Inspector General y Encargada de Convivencia
Escolar.
b) Recogida de antecedentes
El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al afectado y
se registrará toda la información recabada del suceso. Si es necesario se entrevistará
también a los testigos del hecho.
c) Sanciones o medidas
Pedir cambio de apoderado
Prohibición de ingreso al establecimiento
Solicitar cambio de ambiente pedagógico por no adherirse el apoderado a
nuestro Proyecto Educativo y Manual de Convivencia Escolar.
Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un
plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia
será el docente o funcionario afectado, en compañía de la Dirección del
establecimiento.
Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del
funcionario, para su posterior indemnización por daños y perjuicios.
Si el agresor es un estudiante, dicha acción es causal de expulsión por
representar un peligro para la comunidad educativa.
d) Seguimiento del caso
El funcionario afectado deberá informar al establecimiento cualquier situación que se
genere luego de tomar las medidas antes señaladas.
39
Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los
responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un docente o funcionario,
en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente Manual de
Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de acuerdo
con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a cabo una
reunión entre el funcionario y Comité de Riesgo Psicosocial.
40
PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE SITUACIÓN DE VIOLENCIA POR PARTE DE
DOCENTE Y/O FUNCIONARIOS HACIA LOS ESTUDIANTES, PADRES Y/O
APODERADOS.
Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde
exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de
cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo
Academia Nacional), lo cual, incluye a: Estudiantes, padres y/o apoderados.
Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: Docentes y/o funcionarios.
Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,
intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.
a) Toma de conocimiento de la situación
Quien detecte o se sienta violentado debe informar la situación ocurrida y su
contexto al Inspector General y Encargada de Convivencia Escolar.
b) Recogida de antecedentes
El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al
afectado y se registrará toda la información recabada del suceso. Si es
necesario se entrevistará también a los testigos del hecho.
c) Sanciones o medidas
Disculpas verbales, dependiendo de la naturaleza del conflicto.
Amonestación por escrito (carta)
Se deriva a mediación cuando ambas partes estén de acuerdo.
Enviar el caso al Comité de Riesgo Psicosocial
Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un
plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia
será el adulto responsable, padre y/o apoderado afectado, en compañía de la
Dirección del establecimiento.
Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del
estudiante, padre y/o apoderado, para su posterior indemnización por daños y
perjuicios.
41
d) Seguimiento del caso
El estudiante, padre y/o apoderado afectado deberá informar al establecimiento
cualquier situación que se genere luego de tomar las medidas antes señaladas.
Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los
responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un estudiantes, padre y/o
apoderado, en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente
Manual de Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de
acuerdo con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a
cabo una reunión entre el adulto responsable, padre y/o apoderado y Comité de
Riesgo Psicosocial
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PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE UN USUARIO HOSTIL
Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde
exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de
cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo
Academia Nacional), lo cual, incluye a: Docentes, Asistentes de la Educación,
Administrativos, Directivos, Auxiliares, Estudiantes, etc.
Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: apoderado titular y/o
suplente, estudiantes, familiares de estudiantes que no figuran como apoderados en
ficha de matrícula, y amigos o cercanos a éste.
Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,
intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.
a) Toma de conocimiento de la situación
La persona encargada de portería es quien toma en primera instancia
conocimiento e informa de la situación, siendo quien por medio de la radio
reporta la situación hostil y solicita apoyo (inspectores, psicólogo y trabajadora
social).
El docente y/o funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar la
situación ocurrida y su contexto al Inspector General y Encargada de
Convivencia Escolar, y siempre debe ser acompañado de otro funcionario para
abordar la problemática.
b) Recogida de antecedentes
El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al
afectado y se registrará toda la información recabada del suceso. Si es
necesario se entrevistará también a los testigos del hecho.
c) Sanciones o medidas
Pedir cambio de apoderado
Prohibición de ingreso al establecimiento
Solicitar cambio de ambiente pedagógico por no adherirse el apoderado a
nuestro Proyecto Educativo y Manual de Convivencia Escolar.
Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un
plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia
será el docente o funcionario afectado, en compañía de la Dirección del
establecimiento.
Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del
funcionario, para su posterior indemnización por daños y perjuicios.
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d) Seguimiento del caso
El funcionario afectado deberá informar al establecimiento cualquier situación
que se genere luego de tomar las medidas antes señaladas.
Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los
responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un docente o funcionario,
en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente Manual de
Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de acuerdo
con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a cabo una
reunión entre el funcionario y Comité de Riesgo Psicosocial.
44
PROTOCOLO DE ACCIÓN ALUMNAS EMBARAZADAS
Y/O MADRES/PADRES ADOLESCENTES
En Chile se garantiza el derecho de las alumnas embarazadas y madres a
permanecer en su establecimiento educacional.
I. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION
La estudiante tendrá derecho a contar con un docente tutor (profesor jefe, UTP,
Orientación) quien supervisará las inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios
de salida para amamantamiento, controles de salud y la elaboración e implementación
del calendario de evaluación, resguardando el derecho a la educación de la alumna.
Funciones del tutor:
1. Ser un intermediario/nexo entre alumna y profesores de asignatura para
organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar las
inasistencias, informar a dirección el cumplimiento de los docentes en todos
los sectores.
2. Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio,
supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea
necesario, supervisar entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará
mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo,
parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un
año. Acreditado por certificado médico.
3. Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a) deberá
hacer retiro de materiales de estudio.
4. El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación
alternativo, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le
impida asistir regularmente al establecimiento.
5. Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo,
parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un
año, presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una
reprogramación de evaluaciones.
6. El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un porcentaje
de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido
debidamente justificadas por: los/las médicos tratantes, carné de control de
salud y cumplan con los requisitos de promoción establecidos en el reglamento
de evaluación.
7. Se dará flexibilidad en las evaluaciones garantizando el logro de aprendizajes y
objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio.
8. La estudiante tiene derecho a ser evaluada de la misma forma que sus
compañeros. El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para
cumplir con el calendario de evaluación.
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II DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O
MATERNIDAD:
1. Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Orientador(a), Inspectoría
General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su
condición.
2. Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.
3. Debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su
embarazo o de los controles médicos del bebé.
4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la
madre, con los respectivos certificados médicos.
5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.
6. La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada y
eximida en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida hasta que
finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos
calificados por el/la médico tratante, podrá eximirse de la actividad física. En
estos casos, la alumna deberá realizar trabajos alternativos designados
Nota: El estudiante que es o será padre deberá informar al colegio para tener las
facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre o del
bebé.
III. DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE
EMBARAZO O MATERNIDAD
1. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.
2. No discriminar a las estudiantes, mediante cambio de establecimiento o
expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro
similar.
3. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.
4. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar
sus estudios después del parto.
5. No hacer exigible el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a las
estudiantes en estado de embarazo o maternidad. La inasistencias que tengan
como causa directa por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto,
control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran
válidas cuando se presenta certificado médico, carné de salud, tarjeta de
control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia.
46
IV. DEBERES DEL APODERADO HACIA EL ESTABLECIMIENTO
1. El apoderado/a deberá informar al colegio la condición de embarazo,
maternidad o paternidad del estudiante. El funcionario responsable informará
sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y
del colegio.
2. Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al
establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá solicitar
entrevista con UTP para la entrega de materiales de estudio y calendario de
evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio
cumpliendo con su rol de apoderado/a.
3. El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al
adolescente, que señale su consentimiento para que el/la alumno/a asista a
los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención
de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia
parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase.
4. El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de
domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad
quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.
V. DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1. Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de el/la
estudiante diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad.
Para esto existirá una carpeta con la información de cada alumna que estará
ubicada en Orientación.
2. El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada
vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y
paternidad. En caso de necesitarlo el seguro escolar también es aplicable para
las alumnas embarazadas o en situación de maternidad.
VI. DERECHOS DE LAS ALUMNAS EN CONDICION DE EMBARAZO O
MATERNIDAD
1. La alumna tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera durante el
embarazo, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir
una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).
2. La estudiante tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo, para
esto puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime
conveniente. Para esto corresponderá como máximo, a una hora de su jornada
diaria de clase, sin considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser
comunicado formalmente a la dirección del colegio durante la primera semana
de ingreso posterior al parto.
47
3. Durante el periodo de lactancia la alumna tiene derecho a salir a sala de
primeros auxilios a extraerse leche cuando lo estime necesario.
4. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite
de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico
tratante, el colegio dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las
facilidades pertinentes.
5. La estudiante tiene derecho adaptar su uniforme escolar a su condición de
embarazo.
6. La alumna tiene derecho a recibir las mismas condiciones que el resto del
alumnado referente al ingreso, la permanencia o progreso en el sistema.
7. Incluir en la alimentación de Junaeb a las alumnas.
8. En su calidad de adolescente embarazada, la alumna debe tener claro que
será tratada con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a
las exigencias académicas y conductuales.
9. Asimismo tienen el derecho a participar en cualquier ceremonia que se realice,
así como a todas las actividades extra-programáticas dentro o fuera del
establecimiento educacional (excepto las que contra indique el médico
tratante).
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PROTOCOLO DE ACCIÓN: CONTENCIÓN
Cuando un alumno(a) presente: pérdida de control con intensidad alta, conductas
agresivas, disruptivas, desafiante con los adultos y que pueda llegar a la auto
agresividad.
Estas medidas son excepcionales y de solución urgente y se deben aplicar sólo
cuando el alumno pone en riesgo su integridad física.
1. Contención mecánica: Solicitar asistencia al inspector de piso para mantener
al alumno inmóvil mientras persiste la crisis, cuidando que no se haga daño a
sí mismo.
2. Contención de aislamiento: Retirar al alumno a un espacio apropiado.
Si el problema o crisis se da en el aula con conductas agresivas, disruptivas,
desafiante con los adultos o con incapacidad de expresarse en forma clara con su
entorno, pero sin poner en riesgo su integridad física; se procederá a:
1. Contener al alumno por parte del profesor(a) que se encuentra en el aula. De
no obtener resultados debe apoyarse con la Técnico o Asistente de Aula (si es
del I Ciclo).
2. Si la conducta persiste se llama al inspector(a) del piso quien puede usar las
siguientes estrategias:
Separarlo del lugar del conflicto: Puede llevarlo a Inspectoría, Biblioteca, mesas
del patio, patio de básica, sala de reunión para abordarlo verbalmente, sin
confrontarlo, con el objetivo de “enfriar” la situación.
Sentarse a la misma altura siempre que se pueda.
Escuchar atentamente dejando que exprese la irritación antes de responderle.
Mantener una actitud firme, acogedora, sin evitar el contacto visual y utilizando
un tono de voz calmado y de bajo volumen.
Cuando la hostilidad se haya reducido, empatizar con el alumno(a) irritado sin
necesidad de mostrar acuerdo, pero sí reservándose sus propios juicios sobre
lo que debería o no hacer.
Si se percibe que no se puede afrontar la situación, pedir ayuda al Inspector
General y no continuar intentándolo a solas.
El inspector(a), debe registrar toda situación ocurrida en una Hoja de
Entrevista.
Si la situación persiste se debe contactar a la profesional tratante del Equipo de
Convivencia.
Una vez tomado el caso por la profesional tratante, ésta determinará si se debe
llamar al Apoderado del alumno(a).
a) Cuando llamar al apoderado
Cuando la temática afecte la integridad del alumno o éste vulnere los Derechos de sus
pares o de algún funcionario de la Comunidad Educativa.
49
PROTOCOLO ACCIÓN DELITOS
Este protocolo se aplica a todos los delitos que se constituyen en la ley chilena,
sin embargo, se pone especial énfasis en las siguientes leyes por ser de especial
sensibilidad en el contexto escolar como la Ley 20.084 Responsabilidad penal
adolescente, Ley 20.000 Consumo y tráfico de drogas, Ley 20.609 Antidiscriminación,
Ley 20.066 Violencia Intrafamiliar, Ley 20.536 Violencia Escolar.
Desde el Establecimiento en lo que respecta a los estudiantes mayores de 14 años,
de verse involucrados en un delito que tenga impacto en la comunidad escolar estos
serán sancionados según lo establecido en el Reglamento de Convivencia.
a) Toma de conocimiento de la situación
Cualquier funcionario o estudiante del establecimiento que tome conocimiento
de un acto delictivo, tiene el deber de comunicarlo de forma inmediata al
Inspector General.
b) Recogida de antecedentes
El Inspector General es el encargado y responsable de informar a los
apoderados de la situación de delito ocurrida, además recoge y registra los
antecedentes necesarios para ser entregados a la dirección del
establecimiento.
c) Denuncia
Es la Dirección del establecimiento el encargado de realizar la denuncia en
conformidad a los antecedentes entregados por inspectoría, la denuncia se
puede realizar en Carabineros o Policías de Investigaciones.
d) Seguimiento del caso
Inspectoría General es el encargado de hacer el seguimiento de la denuncia
realizada y se hará cumplir las sanciones estipuladas en el Manual de
Convivencia según corresponda.
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PROTOCOLO ACCIÓN DE ACCIDENTES ESCOLARES
Un accidente escolar es toda lesión que sufre un estudiante a causa o con ocasión
de sus estudios, la práctica o el trayecto, que le produzca incapacidad o muerte.
El encargado de enfermería, deberá llevar un registro de los estudiantes
atendidos considerando el nombre, curso, motivo de la atención y el
procedimiento.
El establecimiento considera tres tipos de accidentes:
Leves: son todas aquellas que necesitan de la atención primaria de heridas
superficiales o golpes suaves
Procedimiento:
1. Si el estudiante se encuentra en la sala de clases, será derivado a enfermería
acompañada por el profesor, asistente del aula o inspector/a de piso. Si fuese
fuera de la sala de clases quien se hace cargo son los inspectores de patio.
2. La enfermera debe hacerse cargo de los primeros auxilios del estudiante.
3. El apoderado debe ser notificado inmediatamente.
Moderado: Son las que necesitan de asistencia médica, como heridas o golpes en
la cabeza u otra parte del cuerpo.
Procedimiento:
1. En caso de que suceda dentro de la sala el profesor debe avisar
inmediatamente a Inspectoría General, para coordinar el traslado del
estudiante a enfermería. En caso de que suceda fuera de la sala de clases,
deberá dar aviso un inspector de patio al Inspector General.
2. La enfermera deberá revisar al estudiante aplicando los primeros auxilios y
siendo posteriormente trasladado a un centro de salud más cercano y
paralelamente se le informará al apoderado vía telefónica del accidente y/o
situación ocurrida, pidiéndole que concurra al centro asistencial.
Graves: serán todas aquellas que necesiten de una atención médica inmediata,
como por ejemplo caídas de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte del
cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades,
pérdida del conocimiento, atragantamiento por comida u objetos, etc.
Procedimientos:
1. El profesor a cargo debe avisar en forma inmediata a Inspectoría General en
caso que suceda. Fuera de las horas de clases será el inspector de patio quien
deba avisar.
51
2. Si uno de los motivos del accidente es un golpe en la cabeza o quebraduras se
deberá mantener al estudiante en el lugar del accidente y luego aplicar los
primeros auxilios, sólo por la enfermera, quien debe ser apoyada por el
docente encargado de la carrera de enfermería.
3. Luego, de forma inmediata debe ser llamada la ambulancia para el traslado del
estudiante a un centro asistencial. El apoderado debe ser notificado a la
brevedad. Se completa la declaración individual de accidente escolar.
4. En caso de requerir un traslado inmediato a un centro asistencial, se podrá
utilizar un vehículo particular, donde debe ir la enfermera acompañada de un
inspector de patio.
5. Si es que no se logra ubicar a los padres o apoderado del estudiante deberá
ser el inspector de patio o un asistente de aula quien tendrá que acompañar al
estudiante.
Enfermedades pre-existente
La familia es la responsable de informar al establecimiento, si el estudiante
presenta alguna enfermedad crónica, como por ejemplo:
Asma
Enfermedad al corazón
Epilepsia
Diabetes
Otras
Procedimiento:
1. Si el estudiante presenta fiebre, dolor de estómago, dolor de cabeza, será la
enfermera quien se haga cargo de los primeros auxilios luego será notificado el
apoderado para que haga retiro de su pupilo, en caso que no sean ubicados y
la situación persiste se llevará al estudiante a un Centro Asistencial más
cercano.
2. Si el estudiante presenta dolor fuerte de estómago, de pecho, crisis de asma,
ataque de epilepsia y/o corazón, será la enfermera quien se hará cargo de
entregar los primeros auxilios y llamar a la ambulancia, o en su defecto aplicar
el procedimiento anterior, y llevar al alumno/a a un Centro Asistencial, previo
aviso a los padres o apoderados.
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DERIVACIÓN DE ATENCIÓN EQUIPO CONVIVENCIA
e) Toma de conocimiento de la situación
El profesor jefe de cada curso será el responsable de observar las diferentes
problemáticas que puedan afectar a los estudiantes como son: problemas de
aprendizaje, emocionales, sociales, etc. quien presentará el caso a través del
formato de hoja de derivación escrito al equipo de convivencia, siendo ésta la
única instancia de derivación. Cabe resaltar que al menos debe haber aplicado
tres estrategias previas a la derivación, demostrando evidencias y a lo menos,
una entrevista con el apoderado.
f) Consideraciones:
Los apoderados no pasan de forma directa a hablar con los especialistas sin
ser citados o por alguna urgencia.
Los casos derivados son solo aquellos que requieran medidas urgentes que
afecten de manera significativa el desarrollo normal de la clase o el aprendizaje
del estudiante (con una máxima aproximada de cuatro estudiantes por curso)
Aquellos estudiantes que están siendo atendidos fuera del establecimiento no
pueden acceder a la derivación a especialista, ya que deben continuar con el
profesional que los trata.
En caso de que excedan el número de estudiantes que requieran atención, se
procederá a buscar redes de apoyo dentro de la comuna.
g) Recogida de antecedentes y proceso de derivación
Una vez recibida la derivación según sea el caso, se hará cargo la profesional
correspondiente, Psicopedagoga, Educadora Diferencial, Psicóloga,
Orientadora o Trabajadora Social.
h) Proceso de intervención
Se deja constancia de que el proceso de intervención de un especialista debe
contar con la aprobación y colaboración tanto del apoderado como del
estudiante, en caso de rechazar esta instancia se procederá a firmar un
documento donde ambas partes renuncian a la atención.
Verificar antecedentes de años anteriores, ya que de haber sido evaluado o
tratado, es responsabilidad del apoderado actualizar informes y buscar un
especialista en forma particular.
Primera entrevista con el estudiante y el apoderado (en distintas instancias)
De acuerdo a la problemática que presenta el estudiante se hará la derivación.
Se retroalimentará al profesor jefe y/o apoderado del estudiante, entregando
sugerencias y estrategias.
53
PROTOCOLO DE CIBERBULLYING
El ciberbullying, se refiere a todas aquellas situaciones en donde se utilizan las
redes sociales y el uso de medios tecnológicos para ejercer el acoso psicológico, con
el fin de dañar, denostar, desprestigiar, ridiculizar, humillar y otros que afecten la
integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
a) Toma de conocimiento de la situación
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tome conocimiento de una situación de ciberbullying deberá informar de forma inmediata al equipo de convivencia escolar. Para iniciar el protocolo el informante deberá entregar evidencia que pruebe el hecho que denuncia.
b) Recogida de antecedentes
Se inicia el protocolo, entrevistando individualmente a todos los involucrados.
Una vez entrevistada la víctima y recopilados los antecedentes relacionados
con la falta, se procederá a entrevistar al agresor.
c) Medidas y sanciones
Se informa a inspector de nivel para aplicar la sanción correspondiente (medida
pedagógica o disciplinaria), acorde a la falta. Quien aplica la medida y
retroalimenta al Inspector General y Encargado de medidas pedagógicas.
Si la situación requiere medidas de apoyo (ya sea para la víctima, agresor, o
grupo curso); lo derivará al equipo de Convivencia, para ser abordado por el
profesional que corresponde a la problemática.
Si la falta implica un riesgo para la seguridad de la víctima, se procederá a
denunciar en la entidad correspondiente (PDI, carabineros, etc.)
d) Seguimiento del caso
Se realizará retroalimentación a los apoderados de los involucrados, así como
también al docente jefe.
Se genera seguimiento del caso, en donde se le solicita al profesor jefe,
inspector de nivel o familia, que informen sobre el avance del proceso o nuevos
antecedentes que necesiten ser abordados.
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