MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019€¦ · valor de estas normas elementales de convivencia se...

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CORPORACIÓN EDUCACIONAL ACADEMIA NACIONAL, ALTO HOSPICIO Avenida Los Cóndores 3881-A, teléfono 210775 Colegio SEP desde año 2009, otorgado por el MINEDUC. MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019 ELABORADO POR: COMUNIDAD EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO. REVISADO POR: EQUIPO DIRECTIVO, EQUIPO DE CONVIVENCIA Y PROFESORES. NOTA: Es deber de los padres, apoderados y la comunidad escolar, conocer, aceptar y respetar este Reglamento. No es legítimo reclamar por su exigencia y aplicación ya que las normas han sido consensuadas por la comunidad escolar y particularmente, por cada uno de los apoderados al firmar el Contrato de Matrícula respectivo.

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CORPORACIÓN EDUCACIONAL ACADEMIA

NACIONAL, ALTO HOSPICIO

Avenida Los Cóndores 3881-A, teléfono 210775

Colegio SEP desde año 2009, otorgado por el

MINEDUC.

MANUAL DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

2019

ELABORADO POR: COMUNIDAD EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO.

REVISADO POR: EQUIPO DIRECTIVO, EQUIPO DE CONVIVENCIA

Y PROFESORES.

NOTA: Es deber de los padres, apoderados y la comunidad escolar, conocer,

aceptar y respetar este Reglamento. No es legítimo reclamar por su exigencia y

aplicación ya que las normas han sido consensuadas por la comunidad escolar

y particularmente, por cada uno de los apoderados al firmar el Contrato de

Matrícula respectivo.

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ÍNDICE

I. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO 2

II. PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 2 - 3

III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 3 - 5

IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS 5 - 8

V. PRESENTACIÓN PERSONAL 8 - 9

VI. LAS FALTAS 9 - 12

VII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 12 - 14

VIII. CONDICIONALIDAD Y CONDICIONALIDAD EXTREMA 14 - 15

IX. NO RENOVACIÓN O EXPULSIÓN 15-16

X. APELACIÓN 16

XI. MEDIDAS PEDAGÓGICAS 16 - 19

XII. MEDIDAS Y SANCIONES A APODERADOS 19 - 20

XIII. CONVIVENCIA ESCOLAR 20- 21

XIV. MEDIACIÓN ESCOLAR 21- 22

XV. FUNCIONAMIENTO INTERNO 22 - 27

XVI. PROTOCOLOS 28

Convivencia Escolar: maltrato entre pares 28- 29

Maltrato infantil y abuso sexual 30

Mediación 31 - 32

Inasistencia y Ausentismo 33 - 34

Consumo de drogas 35

Abuso de autoridad 36- 37

Violencia hacia docentes y/o funcionarios 38- 39

Violencia por parte docentes y/o funcionarios 40- 41

Usuario hostil 42- 43

Embarazo, madres/padres adolescentes 44 - 47

Contención 48

Delitos 49

Accidente escolar 50- 51

Derivación equipo de Convivencia Escolar 52

Ciberbullying 53

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II.- PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Nombre : Liceo Academia Nacional

Representante legal : Isabel Martínez Ahumada

R.u.t. : 12.832.164-0

Comuna : Alto Hospicio

Dirección : Av. Los Cóndores #3881- A

Teléfono : 978541419

Enseñanza : Pre-básica-Enseñanza básica-Enseñanza media

y Técnico profesional.

Categoría : Subvencionado.

La convivencia escolar, tal como lo plantea la política de convivencia escolar

del Ministerio de Educación, es “la interrelación entre los diferentes miembros de un

establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético,

socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la

relación entre personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes

estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una

construcción colectiva y es responsabilidad de todos los actores educativos sin

excepción". Nuestro manual de convivencia, es en sí mismo, factor de aprendizaje

que incorpora la capacidad de vivir juntos en colaboración, incluye también el manejo

de estrategias para la resolución no violenta de los conflictos, habilidades de

comunicación, autocontrol, asertividad y empatía.

El Liceo Academia Nacional entiende la disciplina escolar, como un conjunto

de normas que regulan la sana convivencia en un Establecimiento Educacional. El

valor de estas normas elementales de convivencia se traducen, en hábitos de

autodominio o autodisciplina que llegarán a reflejarse en todos los ámbitos de la vida

personal, de todos los miembros de la comunidad escolar que tienen un propósito

común y que son los alumnos(as), padres y apoderados, profesionales y asistentes de

la educación, directivos y sostenedor.

Sólo podremos alcanzar nuestros objetivos, también en el ámbito disciplinario,

con la colaboración permanente de la familia. Ella constituye, sin duda el punto de

inicio en el proceso de socialización e integración de hábitos y valores.

A objeto de alcanzar los altos ideales que nos hemos propuestos, orientaremos

nuestro quehacer bajo los lineamientos del presente Manual de Convivencia, en cuya

elaboración y actualización participaron, los Directivos, Equipo de Convivencia

Escolar, los Profesores, los Inspectores, los Alumnos y algunos Apoderados, y, en el

transcurso de los últimos años, ha sido revisado y actualizado a instancias del Consejo

Escolar.

Se rige bajo las siguientes leyes:

Ley sobre Violencia Escolar 20.536

Ley Convención sobre los Derechos de los niños 23.849

I.- IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

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III.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Ley de Drogas 20.000

Ley de Responsabilidad Penal Adolescente 20.084

Ley General de Educación 20.370

Ley de Calidad y Equidad de la Educación 20.501

Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 20.529

Ley de la No Discriminación 20.609

Ley de Inclusión escolar 20.845

Normativas Superintendencia de Educación.

Todos los alumnos(as) del Colegio como individuos pertenecientes a una

organización tienen derechos y deberes que deben hacer cumplir. Nuestros

estudiantes son el centro y la razón de ser de toda organización educativa y de toda

acción pedagógica. Su participación en la comunidad escolar no puede limitarse a la

simple recepción de conocimientos, además deben adquirir valores, fortalecer

habilidades sociales para un desarrollo íntegro como individuo.

Todo estudiante tiene derecho a:

a) Participar en un ambiente grato y de responsabilidad que favorezca el desarrollo

integral de su personalidad.

b) Recibir de parte del personal directivos, docente, asistentes de la educación y

administrativo un trato respetuoso.

c) Ser considerado y escuchado en sus opiniones.

d) Recibir una preparación adecuada a su edad en lo que se refiere a los objetivos de

aprendizaje desde pre- básica a 4° Medio. De acuerdo a los Programas emanados del

Ministerio de Educación.

e) Contar con la infraestructura mínima necesaria, contemplada por el Ministerio de

Educación para el desarrollo de sus actividades escolares.

f) Trato diferenciado, contemplado en el Manual de Evaluación y Promoción, para las

alumnas embarazadas y madres y/o padres adolescentes.

g) Usar las dependencias y materiales del Liceo.

h) Recibir atención inmediata de primeros auxilios, en casos de lesiones, heridas u

otro tipo de emergencia.

i) Ser informado de las causas o motivos de la sanción que afecte a su persona como

asimismo de las anotaciones registradas en el libro de clases.

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j) Evaluación diferenciada cuando existan necesidades especiales de aprendizajes,

previa certificación de especialistas que lo avalen, exceptuando módulos de

especialidad en los Técnicos Profesionales, debido a la adquisición de competencias.

k) Participar en la elección de los representantes del CEAL, de acuerdo a la

reglamentación vigente.

Todo estudiante tiene el deber de:

a) Conocer y adherir al Proyecto Educativo del Liceo, Manual de Convivencia y

Reglamento de Evaluación. Por lo que, deberá respetar íntegramente las normas de

convivencia, asumiendo su responsabilidad y condición de estudiante de este

establecimiento.

b) Es deber de cada estudiante cumplir con las medidas pedagógicas o disciplinarias

asignadas tras infringir las normas del Manual de Convivencia; entendiendo este

proceso como formativo.

c) Manifestar permanentemente una actitud de respeto y colaboración hacia la

comunidad educativa, lo que incluye a sus pares y al personal del Colegio, como son:

Profesores, Directivos, Administrativos, Auxiliares y Apoderados de la Comunidad

Escolar.

d) Responsabilizarse en el cuidado de sí mismo en protección e higiene personal.

e) Cuidar los bienes comunes del Establecimiento, siendo responsable de la mesa,

silla y cualquier otro inmueble, herramienta, instrumental o material que le fuese

asignado, debiendo responder en caso de daños. De igual forma deberá contribuir

con el aseo de su sala y lugares de actividades comunes en el establecimiento.

f) Cuidar sus pertenencias, desligando al colegio de toda responsabilidad en caso de

pérdidas.

g) Cumplir responsablemente con sus deberes escolares, (tareas, trabajos, estudio,

presentaciones, etc.), útiles, cuadernos de asignatura, horarios, según corresponda.

h) Respetar el conducto regular en situaciones problemáticas, siendo el profesor jefe

la primera instancia para luego proceder con el protocolo de acción, según sea el

caso.

i) Privilegiar ante todo, el diálogo, la empatía y la colaboración ante cualquier situación.

j) Respetar y acatar los principios y normas del establecimiento en el aula, comedor,

actos cívicos, formación y en toda actividad dentro y fuera del establecimiento.

k) Informar a Inspectoría del establecimiento, de su estado de salud, accidente o

incidente que le haya ocurrido tanto en el trayecto como al interior del colegio.

l) Contar con una libreta de comunicaciones.

m) No tener demostraciones de afecto a nivel de pareja, independiente de su

orientación sexual, dentro del establecimiento.

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IV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

n) Mantener una presentación personal acorde a la normativa del establecimiento. El

varón debe mantener el pelo corto y las damas deben mantener su pelo tomado

dejando el rostro descubierto con coles gris o rojo.

o) No se permite el uso de accesorios, como: piercing, expansiones, gorros, maquillaje

(esmalte de uñas, diseños de fantasía, uñas postizas, lápiz labial, máscara de

pestañas, sombras y delineador de ojos) y aros colgantes.

p) No se permite el abandono de estudiantes del establecimiento sin autorización de

inspectoría, aunque lo realice por un acceso establecido. Esta falta será considerada

como fuga.

q) En el caso de los días de jeans day, se autoriza al estudiante que asista con jeans,

pero manteniendo el uso de polerón de polar y polera institucional.

En este apartado, el establecimiento solicita el apoyo y la participación comprometida

y efectiva de los Padres y/o Apoderados. Es deber de La Familia y el Colegio enseñar

a los niños(as) y jóvenes sus derechos, sus deberes y respetar las normas que los

rigen con el objeto de vivir en un ambiente de armonía, respeto, orden, disciplina y

sana convivencia.

Además, promueve normas de interrelación entre los distintos miembros de la

comunidad escolar y cómo debe procederse.

Todo apoderado tiene derecho a:

a) A ser escuchado, en relación a reclamos, inquietudes o sugerencias, de

acuerdo al horario de atención de los docentes o directivos. Recibir

información académica, disciplinaria o de convivencia, aclarar dudas,

presentar discrepancias o realizar sugerencias que consideren pertinentes,

siguiendo el conducto regular del Colegio. Ante eventos de reclamos que

afecten a su(s) pupilo(s) el conducto a seguir contemplará los siguientes pasos:

Ámbito Académico:

Inicialmente, comunicarse con el Profesor de la asignatura o

subsector respectivo y luego, si es necesario, con el Profesor Jefe.

De no haber una solución satisfactoria corresponderá dirigirse al Jefe

de U.T.P. del ciclo académico respectivo.

Como última instancia, corresponderá la entrevista con Dirección del

Establecimiento.

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Ámbito Disciplinario:

Comunicarse con el Profesor correspondiente y/o Inspector, según

corresponda.

De no encontrar solución al problema, deberá dirigirse al Inspector

General del Colegio.

Como última etapa corresponderá la entrevista con Dirección del

Establecimiento.

b) Recibir para sus hijos, por parte del establecimiento, el cumplimiento de los

objetivos de aprendizaje contemplados por el Ministerio de Educación para los

diferentes niveles.

c) Ser informado oportunamente del proceso Enseñanza Aprendizaje del estudiante.

d) Aportar ideas y sugerencias que faciliten el desarrollo de planes de enseñanza.

e) Ser representado por una directiva elegida democráticamente tanto al interior del

curso como del Liceo (Sub centro y Centro General de Padres).

f) Solicitar el desarrollo del plan de trabajo del Sub centro y Centro General de

Padres.

g) Ser informado y conocer el destino de los fondos de tesorería recaudado por el Sub

centro y Centro General de Padres.

h) Participar, en las actividades programadas para padres de familia y representar a

su hijo en todas aquellas actuaciones en las que sea necesario o conveniente y,

especialmente, en las audiencias que se les juzgue por faltas a la disciplina.

i) académicos y conductuales del estudiante. Ser orientados e informados para

enfrentar adecuadamente problemas

j) Ser invitado e informado a escuchar la Cuenta Pública Anual rendida por el

Sostenedor o su representante legal.

k) Apelar a la Dirección del establecimiento cuando sea exonerado de su condición

de Apoderado(a).

l) Apelar a las sanciones, para ello dispondrá de un plazo de 15 días posterior a la

sanción. La apelación debe ser entregada por escrito a la Dirección del

establecimiento, la cual será revisada por el Consejo de Profesores.

Todo apoderado tiene el deber de:

a) Como núcleo fundamental de la sociedad la familia debe velar por el bienestar

general del estudiante, en lo referido a la presentación personal, materiales

requeridos, tareas y trabajos, cumplimiento de los horarios, apoyo en el desempeño

académico, conducta, consulta a especialistas en necesidades educativas

especiales cuando se requiera, y a la posterior aplicación del tratamiento señalado,

necesidades médicas, etc.

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b) Conocer y acatar las normas de los Reglamentos del Liceo, tanto las referidas al

Manual de Convivencia Escolar, como a las del Reglamento de Evaluación y

Promoción. Adhiriéndose a nuestro Proyecto Educativo. Siendo el primer

responsable sobre el desempeño y comportamiento del estudiante.

c) Cumplir con las normas referidas a documentación al momento de matricular al

estudiante.

d) Responsabilizarse del traslado del estudiante desde el hogar al Liceo y viceversa,

siendo ésta de manera puntual. Informando cualquier cambio de domicilio o número

telefónico.

e) Responsabilizarse por la reposición o reparación de cualquier daño ocasionado por

el estudiante a las dependencias, artefactos, mobiliarios y otros bienes

pertenecientes al Liceo. Cuya reparación, reposición o pago del deterioro, no

excederá a los treinta días de ocurrido el acontecimiento.

f) Asistir a todas las reuniones a que se les cite con puntualidad, sean estas a nivel

personal, de curso, U.T.P, Inspectoría General, Equipo Convivencia Escolar, Centro

General de Padres o Dirección, dada la importancia que tienen en el proceso

educativo del estudiante. En caso de no poder asistir a la citación deberá enviar por

escrito su justificación, indicando día y hora que acudirá al establecimiento.

g) Revisar diariamente los cuadernos, libros y libretas de comunicaciones a fin de

enterarse sobre la marcha del proceso educativo.

h) Velar por la asistencia diaria a clases y la entrega a tiempo de documentos

(médicos, permisos, etc.).

i) Regular los artículos que el estudiante trae al establecimiento (juguetes, juegos

electrónicos, celulares, tablet, planchas de pelo, notebook, MP3, joyas, etc.) que

puedan interrumpir la labor educativa, debido a la distracción o pérdida de estos.

Entendiendo que el uso de aparatos tecnológicos quedan prohibidos durante la

hora de clases y que el establecimiento no se responsabiliza por la pérdida de

éstos.

l) Designar a un apoderado suplente de su pupilo entregando los datos fidedignos de

su persona. Si desea cambiar el apoderado debe hacerlo personalmente en

Subvención.

m) Si un profesional del establecimiento educacional considera que el alumno necesita

ser evaluado por un especialista y traer un diagnóstico, es responsabilidad del

apoderado gestionar la atención médica, no excediendo un plazo de 30 días para

presentarlo.

n) Dirigirse con respeto a los funcionarios del establecimiento y seguir los conductos

regulares.

o) El retiro del alumno debe ser realizado por el primer o segundo apoderado

personalmente.

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V.- PRESENTACIÓN PERSONAL

p) Entregar al establecimiento toda documentación judicial actualizada relacionada con

el alumno (tribunales de familia, fiscalía, carabineros, PDI, etc.)

q) Velar que los alumnos asistan a clases con los materiales solicitados (No se

recibirán materiales en horario de clases, debido a que estas constantes

interrupciones afectan el aprendizaje de sus hijos)

Varones:

Pantalón gris tradicional corte de pierna recta a la cintura, sin elástico en las

bastillas ni pitillos, polera piqué roja con ribete gris, polerón de polar rojo con

mangas color gris, con insignia exclusiva del liceo y sin capucha, medias color

gris, zapatos negros.

Damas:

Falda tableada gris con una rebeca de 12 cm., hasta la rodilla, polera piqué roja

con ribete gris, polerón de polar rojo con mangas de color gris, con insignia

exclusiva del liceo y sin capucha, medias color gris, zapatos negros. En

temporada de invierno se autoriza el uso de pantalón gris de tela, sin pitillos, ni

elásticos.

a) Para los estudiantes de segundo ciclo en adelante, el uso de delantal blanco en

horarios de laboratorio de ciencias es obligatorio.

Uniforme de educación física y actividades deportivas:

Es de uso exclusivo para actividades de educación física, respetando el diseño

tradicional de las prendas, vale decir, éste no debe ser modificado (como ajustarlo en

las piernas tipo calzas o pitillos).

Buzo deportivo gris con rojo, polera de gimnasia gris con rojo con insignia del

colegio, short o calzas grises, zapatillas negras o blancas.

Por normas de higiene la clase de Ed. Física debe realizarse con short o

calzas. Se sugiere traer útiles de aseo y polera de cambio.

Uniforme para salidas a terreno, desfiles y otros:

Uniforme de Atención de Párvulos: pechera, chaleco azul marino (sin estampado),

pantalón de color azul marino y buzo del colegio en las horas de Educación Física.

Uniforme de Atención de Enfermería: traje de dos piezas color celeste con blanco

(de acuerdo a Ministerio de Salud), chaleco blanco o celeste (sin estampado): buzo del

colegio, en Educación Física.

Para los días regulares los estudiantes de T.P deben venir con su uniforme de

uso cotidiano.

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VI.- LAS FALTAS

Uniforme para ceremonia de titulación, graduación, premiación, licenciatura y desfile:

Los estudiantes deben asistir con su uniforme en buen estado.

Varones: pantalón gris, camisa y corbata institucional

Damas: falda gris, camisa y corbata institucional

NOTA:

No está autorizado el uso de: correas brillosas, hebillas llamativas y ropas

de uso diario como: zapatillas de colores vistosos, chaquetas de

cualquier otro color que no sean los institucionales, jockey, pitillos o

pantalones hip-hop, polerones con capuchas ajenas al uniforme antes

mencionado y accesorios incrustados en la piel.

6.1 Faltas de los estudiantes

Nuestro establecimiento concibe el acto formativo y educativo como un

aspecto integral en el desarrollo de los alumnos, es así que declaramos la disciplina

como uno de los valores fundamentales a adquirir en nuestro proceso escolar, por lo

que esperamos que el apoderado asuma esta responsabilidad.

En función de lo anterior toda falta disciplinaria se considerará por, su carácter,

magnitud y características en: FALTAS LEVES, GRAVES. Y MUY GRAVES.

Faltas leves: Son todas aquellas situaciones que pueden ser corregidas inicialmente a

través del diálogo (amonestación verbal).

Presentación personal inadecuada. No usar el uniforme establecido por el

colegio.

Traer maquillaje: en el rostro y uñas en damas y varones. Presentarse al

establecimiento desaseado, sin afeitar y/o despeinados.

No trabajar en clases.

Faltar el respeto a los símbolos patrios.

No ingresar puntualmente al inicio de la jornada, a la vuelta del recreo,

desayuno o almuerzo.

Tener un mal comportamiento en actos cívicos matinales o en actos oficiales.

Fuera o dentro del Liceo.

Tener mal comportamiento en las salidas a terreno o en eventos en

representación del Liceo.

Presentarse sin sus materiales, cuadernos y libros u otros solicitados por los

docentes.

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No respetar los conductos regulares del Liceo para todos los efectos en

cualquier situación.

Usar celulares, agendas digitales, equipos musicales, audífonos en clases,

entendiendo que el uso de estos objetos en el aula, afecta negativamente el

aprendizaje del alumno.

Interrumpir reiteradamente las clases, con advertencia previa del profesor.

Faltar a un desfile escolar, habiendo un compromiso previo (sin justificativo).

Faltas graves: Son todas aquellas conductas que afecten al normal proceso

educativo, académico, formativo y valórico, ya sea a nivel de aula o extra aula que

atenten contra la imagen del colegio; o que supongan daño o perjuicio a los demás.

Ensuciar, rayar o estropear la sala, mesas, sillas, mobiliario, patios, pasillos y

baños del Liceo.

Desafiar o negarse a realizar el trabajo asignado en clases por el profesor

correspondiente.

Tener contacto de cualquier tipo (conversar, recibir, entregar, guardar,

intercambiar, etc.) con personas ajenas al establecimiento a través de portones

o rejas que dan al exterior.

Demostraciones físicas excesivas de cariño, entendiendo que este tipo de

actos pertenecen al ámbito privado de una relación de pareja y que el patio es

compartido por estudiantes de todos los niveles.

Incitar a la violencia de cualquier tipo (verbal, psicológica, física, social,

cibernética, etc.)

Provocar daños a la propiedad privada, ya sea de sus compañeros, del

personal del establecimiento, o del Liceo.

Faltar a las evaluaciones o pruebas sin justificación (contemplado en el

Reglamento de Evaluación y Promoción).

No reponer daños provocados a la propiedad privada de compañeros,

funcionarios o del Liceo.

Utilizar lenguaje o gestos vulgares con compañeros, profesores,

administrativos y todo funcionario perteneciente al establecimiento.

Copiar de cualquier manera en las evaluaciones utilizando o no, elementos

simples (torpedos) o elementos electrónicos.

Presentar conductas que atentan con la moral y buenas costumbres, en clase o

cualquier dependencia del Liceo.

Consumir sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y

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estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas,

marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma

naturaleza, vistiendo el uniforme del colegio dentro o fuera del establecimiento.

En caso que el alumno sea menor de edad y el adulto responsable a cargo del

menor autorice el consumo o lo haga bajo su conocimiento, el establecimiento

hará la denuncia correspondiente a vulneración de Derechos ante el Tribunal

de Familia.

Abandonar el Liceo (fugarse) antes de la hora de salida, o entre clases,

incluyendo reforzamientos y talleres; independiente si es por una salida

habilitada o no habilitada. Se incluye la fuga interna. En caso de urgencia de

retiro el alumno debe solicitar el permiso a Inspectoría.

Faltar a un evento extraescolar, habiendo existido un compromiso previo.

Abandonar la sala de clases sin autorización.

Provocar desorden en actividades de aula o de patio.

Ingresar y/o promover, dentro del establecimiento material pornográfico de

cualquier índole.

Ser sorprendido mirando material pornográfico de cualquier índole,

independientemente de si fue él quien lo trajo.

Faltar a clases sin consentimiento de padres o apoderados.

No entregar citación o no informar de citación a su apoderado.

Practicar juegos bruscos que atenten contra la seguridad o integridad de las

persona

Faltas muy graves: Son las que atentan contra la integridad física y moral de las

personas; así como también todas aquellas que están penadas por el código de

procedimiento civil y penal.

Portar sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y

estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas,

marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma

naturaleza, con el fin de traficar, regalar, compartir, promover, vender, etc.

Agredir verbal, física o psicológicamente a un miembro de la comunidad

educativa.

Sustraer y esconder objetos ajenos tanto de los compañeros, como

funcionarios del colegio.

Perseguir, amenazar, molestar o acosar a un compañero haciendo alusión a

características físicas, psicológicas, condición socioeconómica, credo religioso,

orientación sexual, nacionalidad, etc.

Portar elementos corto punzantes (cuchillos, punzones, navajas, etc.),

elementos contundentes (cadenas, reglas de metal, bastones, palos que

induzcan a la agresión, etc.), o armas (hechizas, pistolas, electroshock, gas

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VII.- MEDIDAS ANTE FALTAS COMETIDAS

pimienta, armas blancas de cualquier tipo, etc.) tanto dentro del Liceo como en

el trayecto entre la casa y éste.

Faltar el respeto a cualquier funcionario del establecimiento, insultando,

denostando, injuriando, garabateando, elevando el tono de voz, haciendo

ademanes con las manos, usando frases descalificadoras, humillantes,

hirientes, etc.

Desafiar y no obedecer las órdenes de los funcionarios.

Reducir objetos sustraídos a sus compañeros y/o funcionarios del

establecimiento en beneficio personal.

Confabular o concertarse para la realización de actos ilícitos (robos, peleas,

agresiones, etc.) dentro o fuera del establecimiento.

Manipular dentro del Liceo sustancias explosivas, extintores, bombas molotov,

gas pimienta, bromas químicas o peligrosas.

Abusar o acosar sexualmente a sus compañeros(as) y/o funcionarios del

establecimiento, tanto del mismo sexo como del opuesto.

Realizar actos de connotación sexual (actitudes, frases) en contra de

compañeros o funcionarios.

Abusar deshonestamente de sus compañeros (as), hablando o mostrando

material pornográfico de cualquier índole, tocando sus partes íntimas,

sometiendo por la fuerza (caricias, besos, etc.) a compañeros del mismo sexo

o del sexo opuesto.

Presentar comportamientos sexuales activos dentro del establecimiento.

Participar en la sustracción, alteración y /o destrucción del libro de clases o

cualquier documento oficial del establecimiento, se incluyen las evaluaciones.

Engañar, cometer fraude o trampas utilizando documentos o certificados

médicos que conllevan una justificación para subir una nota, justificar una falta

a una evaluación o una inasistencia.

Utilizar cualquier medio tecnológico o red social para agredir, menoscabar,

insultar, difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Nota: Cualquier conducta no estipulada en el Manual de Convivencia, será

analizada por el Equipo de Convivencia y se le aplicará la medida o sanción que

corresponda.

Las sanciones que se explicitan en este Manual, operarán, según el orden, luego

de haber aplicado las siguientes estrategias o acciones formativas:

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1) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato)

del Profesor(a) jefe con el alumno(a), sobre la conducta a corregir.

2) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato)

del Inspector(a) con el alumno(a), sobre la conducta a corregir.

3) Anotación en la hoja de observaciones del libro de clases.

4) Entrevistas del Profesor(a) con el Apoderado y/o el Alumno(a), registrada en

Hoja de Entrevista.

5) Derivación al Equipo de Convivencia, según sea el caso, si amerita para que

inicien el apoyo especializado a objeto de alcanzar un cambio positivo de la

conducta y/o un mejoramiento de sus evaluaciones (anexando entrevistas

anteriores y una copia de las observaciones en el libro de clases.)

6) Solicitar a los Padres, apoyo especializado externo, si la situación lo amerita.

7) En el caso que el alumno cometiere una falta dependiendo de su magnitud y

gravedad, Inspectoría procederá a entregar una medida pedagógica o

disciplinaria para corregir la conducta del estudiante.

8) En casos de estudiantes cursantes desde Kínder a 4° Básico, se solicitará

acompañamiento en aula: el apoderado deberá acompañar a su pupilo a clases

por un período breve y definido por UTP, con el fin de apoyar al niño/a en su

proceso escolar, para facilitar su adaptación a las normas y fortalecer su

autorregulación.

9) Si el alumno persiste en cometer recurrentemente faltas graves o muy graves, a

pesar de trabajar con medidas pedagógicas, pero sin mostrar un cambio

positivo en su conducta; Inspectoría procederá a cursar la condicionalidad al

alumno.

10) Cambio de ambiente pedagógico interno, si se amerita (previa evaluación de

UTP y Equipo de Convivencia)

11) Si el alumno insiste en mantener una conducta agresiva y/o violenta, que atente

contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad

educativa, se procederá a la aplicación de la medida de suspensión (medida de

carácter excepcional)

12) Entrevista del apoderado con Directora, quien plantea la inconveniencia de las

conductas del estudiante, informando sobre posibles sanciones y seguimiento

del plan de intervención a favor del estudiante.

13) En caso de que un alumno condicional continúe cometiendo faltas; se

procederá a la condicionalidad extrema.

14) Si el alumno insiste en mantener la conducta negativa, sin adherirse al Manual

de Convivencia se aplicará la No Renovación de Matrícula para el año escolar

siguiente, medida aplicada por la Directora.

15) Cuando la conducta del alumno atente contra la integridad física y/o psicológica

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VIII.- CONDICIONALIDAD

de cualquier miembro de la comunidad educativa, sin perjuicio de todas las

medidas de apoyo que se hayan aplicado al alumno; se procederá, como

medida de carácter extremo y excepcional, a la expulsión del alumno del

establecimiento. Esta medida debe ser aplicada por la Directora y se informará

a la Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días, a fin de que ésta

revise el cumplimiento del procedimiento. De ser necesario, se pedirá que el

alumno no asista al establecimiento durante el período de apelación, para

proteger la integridad de la(s) víctima(s).

16) Derecho a apelación. Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a

la medida disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde

que ha sido notificada.

17) La directora convocará al consejo de profesores del ciclo correspondiente para

recoger antecedentes respecto de la apelación del apoderado. Sin embargo,

este consejo es consultivo, no resolutivo.

18) Finalmente, la Directora informará al apoderado de la respuesta de apelación a

la medida.

Nota: La suspensión de clases de un estudiante es considerada una medida de

carácter excepcional. La suspensión no puede aplicarse por períodos que

superen los 5 días, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar

una vez por igual período.

La suspensión indefinida y reducción de jornada escolar, son medidas

prohibidas por la normativa educacional, y sólo podrán aplicarse

excepcionalmente si existe un peligro real (no potencial) para la integridad física

o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá ser

debidamente acreditado.

Las sanciones considerarán criterios con que se definirán las medidas, como

son:

Edad (si pertenece al primer ciclo, la situación se debe evaluar)

El grado de responsabilidad.

La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

La conducta anterior del responsable.

Haber actuado en anonimato o identidad falsa.

El riesgo que ponga en peligro a sus pares y a la comunidad educativa.

Todo estudiante que de manera reiterativa (sobre cinco faltas graves o

tres faltas muy graves) infrinja las normas establecidas en el Manual de

Convivencia, pasando por la gradualidad de sanciones y medidas sin mostrar

un cambio significativamente positivo, quedará en situación de condicionalidad

por el semestre vigente, situación que será revisada al final de cada semestre,

independiente de la fecha en la que se haya aplicado. Esta situación la

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CONDICIONALIDAD EXTREMA

IX.- NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA O EXPULSIÓN

informará el Inspector General al apoderado quedando registro en el libro de

clases.

Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad”

deben mostrar un cambio significativo en su conducta, dentro del semestre, lo

cual debe expresarse en una hoja de vida sin observaciones negativas de

carácter grave y que afecten la sana convivencia y apoyo permanente del

apoderado, ocurriendo esto, se levanta la condicionalidad. En caso contrario se

aplicará la condicionalidad extrema.

El apoderado de estudiante en situación de condicionalidad, deberá

presentarse una vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados,

para tomar conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su

asistencia como inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo

permanente para lograr un avance con el estudiante.

Procede cuando se reitera la falta que llevó a la aplicación de la medida

de Condicionalidad, como una última oportunidad antes de la No Renovación

de Matrícula, o bien cuando la gravedad de la falta cometida lo amerite por sí

misma. El Inspector General con el Profesor Jefe y la Encargada de

Convivencia serán quienes propondrán esta medida, la que será ratificada,

rechazada o modificada por la Directora. El apoderado será citado por el

Inspector General y el Profesor(a) Jefe para analizar la situación del (la)

alumno(a) con respecto a la gravedad de la(s) falta(s) e informar la medida

aplicada y se firmará la medida de extrema condicionalidad y un acuerdo de

cambio que debe asumir el alumno con su apoderado con el objeto de

desarrollar aquellas áreas débiles. Siempre se deberá escuchar al alumno y al

apoderado, debiendo dejar por escrito las defensas o descargos que expongan.

De igual manera que en la CONDICIONALIDAD, el apoderado del

estudiante en situación de condicionalidad extrema, deberá presentarse una

vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados, para tomar

conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su asistencia como

inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo permanente para

lograr un avance con el estudiante

La no renovación se aplicará cuando el alumno no muestre ningún

cambio en su conducta afectando a su entorno y/o represente un riesgo para

sus pares o cualquier miembro de la Comunidad Educativa, amenazando la

Sana Convivencia Escolar del establecimiento. Previo a ello, se realizará un

proceso de acompañamiento y seguimiento al plan de intervención diseñado

para el alumno. De ser necesario, se hará un cambio de ambiente pedagógico

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XI.- MEDIDAS PEDAGÓGICAS

interno. Se agotarán todas las instancias posibles para evitar esta medida,

como derivaciones a redes de apoyo externas, orientaciones al apoderado y

apoyo al grupo curso.

Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad

extrema”, y que no se adhieren a nuestro Proyecto Educativo del

establecimiento, que no muestran un cambio positivo significativo en su

conducta, y en su defecto siguen trasgrediendo las normas del establecimiento

poniendo en riesgo la integridad física o psicológica de cualquier integrante de

la comunidad educativa; el Liceo Academia Nacional procederá a no renovar

la matrícula del alumno para el año lectivo siguiente, previo a un proceso de

evaluación.

La expulsión se aplicará como medida excepcional, cuando el alumno

incurra en hechos graves de violencia por “tratarse de una conducta que atenta

directamente contra la integridad física o psicológica de algunos de los

miembros de la comunidad escolar” de conformidad al párrafo 3° del Título I del

decreto con fuerza de Ley n° 2, de 2009.

Ambas medidas disciplinarias sólo serán aplicadas por la Dirección

del establecimiento, con el fin de velar y resguardar la seguridad de nuestros

alumnos y/o funcionarios, previa evaluación del Consejo de Profesores (ciclo

correspondiente). Una vez informada la medida disciplinaria de no renovación o

expulsión, la Dirección del establecimiento deberá informar sobre la misma a la

Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días hábiles, a fin de que ésta

revise el cumplimiento del procedimiento.

Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a la medida

disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde que ha

sido notificada.

La apelación a la medida disciplinaria deberá realizarse por medio de

una carta dirigida a la Directora del establecimiento. Dicho proceso será

evaluado por el Consejo de Profesores (del ciclo correspondiente), siendo la

Directora quien decide acoger o rechazar dicha apelación. La respuesta se

entregará por carta al apoderado.

Las sanciones deben permitir que los estudiantes tomen conciencia de las

consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ello y desarrollen

compromisos genuinos de reparación del daño. Para ser formativas, reparadoras y

eficientes las sanciones deben ser coherentes con la falta.

Por lo tanto, es esencial el apoyo de los padres y apoderados para lograr una

formación integral de nuestros estudiantes.

X.- APELACIÓN

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Tipo de medida pedagógica

Servicio Comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

escolar. Ésta debe tener relación con la falta e implica hacerse cargo de su

infracción a través de un esfuerzo personal. Ejemplo:

Limpiar algún espacio del establecimiento: patio, pasillo, su sala.

Ayudar en los recreos a cuidar a los estudiantes de menor edad.

Ordenar materiales en la biblioteca u otra dependencia.

Hermosear el colegio con áreas verdes.

Ayudar a un auxiliar por un día.

Cooperar en la entrega de colaciones en el comedor de Junaeb, etc.

Cumplir labor de inspector de patio en pre básica, o 1º y 2º básico por

un día.

Servicio Pedagógico: Contempla una acción del estudiante, asesorado por un

funcionario en actividades como:

Recolectar o elaborar material para estudiantes de niveles inferiores al

suyo.

Ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases

(según sus aptitudes).

Acompañar a docente durante una jornada con actividad designada.

Clasificar textos en biblioteca según su contenido.

Apoyar a estudiantes menores en sus tareas.

Apoyar a una docente de I Ciclo como asistente de aula.

Dirigir alguna actividad recreativa, etc.

En caso de que el estudiante llegue atrasado luego de un cambio de

hora, facultará al docente para realizar preguntas de conocimiento

relacionadas con el contenido de la asignatura frente al curso.

De reparación: Acción que permita comprender el impacto de sus acciones en

la comunidad escolar y que tenga como fin reparar daños a terceros. Ejemplo:

Presentar disertación oral relacionada con la falta en su propio curso (ya

sea discriminación, agresividad, violencia en general). En caso de

reincidir en la falta, la medida pedagógica incorporará variaciones

graduales, tales como: realizar presentación oral en el curso paralelo o

curso superior, entregar recuerdos para el curso en que hará la

presentación, dramatizar la temática, participación presencial del

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apoderado en la actividad en que hará dicha presentación oral.

Elaborar un vídeo educativo relacionado con la falta cometida, para ser

presentado frente a su curso. En caso de reincidir en la falta, la medida

pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como: realizar

presentación oral en el curso paralelo o curso superior, entregar

recuerdos para el curso en que hará la presentación.

En caso de agresión a algún funcionario por un alumno de primer ciclo,

éste deberá plasmar en un dibujo, trabajo manual, tarjeta, las disculpas

hacia el adulto. En caso de reincidir en la falta, el apoderado deberá

presentarse a pedir disculpas junto al alumno.

Trabajar en un stand formativo donde puede elaborar material de

difusión con respecto a valores.

Elaborar afiches y distribuirlos por todo el establecimiento (lugares

visibles), de acuerdo a la temática de la falta.

Elaborar volantes para ser distribuidos a los alumnos en los recreos, de

acuerdo a la temática de la falta.

El alumno deberá realizar una actividad artística, de acuerdo a sus

habilidades, para sus compañeros en el recreo asignado. (baile, pintura,

poema, juegos, canciones, etc.). Para promover la Sana Convivencia

Escolar.

Si rompe un cuaderno o parte de él, deberá copiar nuevamente los

contenidos o reponerlo.

Pedir disculpas al compañero afectado, en caso de reincidir en la falta,

la medida pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como:

hacer una carta de disculpa supervisada por docente jefe, leer carta de

disculpas frente al curso, la cual vendrá firmada por el apoderado, pedir

disculpas frente a los apoderados del afectado.

Reponer objetos que haya extraviado, dañado o sustraído del

establecimiento.

Limpiar cualquier mobiliario que haya rayado.

En caso de reiteración de la falta, deberá venir acompañado del

apoderado a reponer lo dañado o hermosear el establecimiento, etc.

NOTA: Estas medidas necesitan ser informadas al estudiante y al apoderado para ser

ejecutadas. Si el apoderado no se hace presente a la tercera citación, se dará por

asumida la participación del alumno. Los responsables de designarlas pueden ser el

Profesor jefe, Inspectoría, U.T.P., o Equipo de Convivencia Escolar (informando al

Inspector de nivel, ya que ellos tienen el registro). Sin embargo, los responsables de

velar por el cumplimiento de las medidas será Inspectoría.

En caso de que un apoderado o el estudiante se niegue a realizar la medida

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XII.- MEDIDAS Y SANCIONES A LOS APODERADOS

pedagógica, se registrará en el libro de clases y el Inspector General se entrevistará

con dicho apoderado para registrar por escrito los motivos y encuadrar respecto de

nuestro proyecto educativo y la importancia de contar con el apoyo de la familia para

lograr la formación integral del estudiante.

La reiteración del no cumplimiento de 3 medidas, se procederá a cursar la

condicionalidad por no adherir a nuestro proyecto educativo.

En el caso de que se mantenga la postura de no cumplimiento, se entenderá que el

apoderado no adhiere a nuestro proyecto educativo y manual de convivencia, por lo

tanto, es una causal de no renovación de matrícula para el año lectivo siguiente.

Si el responsable fuere el padre/madre o apoderado de un estudiante, en casos

graves o muy graves se podrán disponer medidas como: denuncia ante la entidad

respectiva (Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio

Público o los Tribunales competentes) dentro del plazo de 24 horas de haber tomado

conocimiento del hecho (de acuerdo a lo establecido en los artículos 175° y 176° del

código procesal penal).

Además se solicitará designar un nuevo apoderado o dictaminar la prohibición

de su ingreso al establecimiento (sólo del apoderado en cuestión). Los responsables

de aplicar estas medidas serán la Directora o el Inspector General.

Es deber del apoderado indicar a otro adulto responsable que figure como

apoderado suplente, en caso de no poder contactar al apoderado titular, o en caso de

que éste no respete el Manual de Convivencia.

Faltas de los apoderados:

a) Faltar a cualquier punto contemplado en los deberes del apoderado.

b) Ejercer violencia física y/o psicológica, sobre su pupilo (a). El Liceo tiene la

obligación legal de dar aviso a los organismos pertinentes de cualquier situación

de vulneración de derechos, ej.: violencia intrafamiliar y/o sospecha de ésta.

c) Fumar y/o consumir bebidas alcohólicas dentro del Liceo, en actividades

familiares que éste organice.

d) Serán considerados apoderados no gratos, aquellos apoderados que tengan

disconformidad en el quehacer educativo, y no sigan los conductos regulares para

manifestar su descontento (Docente, Inspectoría y/o U.T.P y Dirección), y

contaminen la Sana Convivencia, entorpeciendo el quehacer educativo y/o

dañando la imagen del Liceo.

e) Desacreditar y difamar a la persona jurídica del Liceo, como el Cuerpo Directivo,

docente, asistentes de la educación o cualquier funcionario.

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XIII.- CONVIVENCIA ESCOLAR

f) Hacer mal uso de dineros recaudados por Subcentro y Centro General de Padres.

g) Insultar y/o dar un trato vejatorio a los funcionarios de este establecimiento

educacional.

h) Agredir verbal, gestual y físicamente a un estudiante o funcionario del

establecimiento educacional.

i) No cumplir con el reglamento interno del Liceo, haciendo caso omiso a sus

disposiciones constituyendo esta actitud un agravio a las normas educativas del

Liceo.

j) Enviar al niño sin cuidar la higiene personal de su pupilo (desaseado, mal oliente,

cabello sucio, etc.).

k) Enviar al niño cuando presente enfermedades infecto-contagiosas (rubéola,

varicela, impétigo, escabiosis, etc.). O enfermedades parasitarias como enterobius

vermicularis (piduyes), pediculosis, etc. El Liceo suspenderá temporalmente al

alumno a fin de que realice el tratamiento médico necesario, y se reintegre a él sin

riesgo de contagio para el resto de los miembros de la Comunidad Educativa.

l) No presentarse a citaciones de cualquier estamento de la Comunidad Educativa:

UTP, Inspectoría, Equipo de Convivencia, Jefatura. Entendiéndose que éstas son

exclusivamente en beneficio del alumno. O retirarse de ésta de manera molesta o

agresiva, dejando al funcionario solo y sin terminar la entrevista.

m) No asistir a reuniones de apoderados. La inasistencia a tres reuniones sin

justificar, faculta al colegio para solicitar el cambio de apoderado.

Nota: En el cambio de apoderado se dará prioridad al apoderado suplente. De no

existir un apoderado suplente, o nadie que lo reemplace y sólo queda el

apoderado titular, se le regulará el acceso al colegio (no podrá asistir a las

reuniones de apoderados), se designará a un funcionario para que lo contacte y

pueda agendar una hora para tener una entrevista e informarse sobre el proceso

educativo de su pupilo.

La Ley sobre Violencia Escolar entiende la Sana Convivencia Escolar, como

“La coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una

interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos

educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar

una Sana Convivencia Escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto

mutuo y la tolerancia. Basados en la Política de Convivencia Escolar, editada el año

2011 y afirmada en tres ejes esenciales:

a) Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con

otros.

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XIV.- MEDIACIÓN ESCOLAR

b) Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad

educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidad de cada

actor y estamento.

c) Todos los actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derecho y de

responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad

de todos y todas.

Por maltrato escolar se entenderá: “cualquier acción u omisión intencional, ya

sea en forma física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de

cualquier medio tecnológico o cibernético, en contra de cualquier integrante de la

comunidad educativa con independencia del lugar en que se cometa.”

El maltrato escolar es producir un temor razonable de sufrir un menoscabo

considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en

otros derechos fundamentales.

Equipo de Convivencia Escolar

Existirá un Equipo de Convivencia Escolar conformado por una Encargada de

Convivencia, quien junto a las diferentes profesionales: Orientadora, Psicóloga I ciclo,

Psicólogo II ciclo, Trabajadora Social, Psicopedagoga y Educadora Diferencial; se

encargarán de implementar el Plan de Convivencia Anual del establecimiento y

velarán porque se cumpla cada acción.

De esta manera, se procurará que exista un ambiente afectivo y respetuoso

entre todos los integrantes de la comunidad educativa.

NOTA: Cabe la responsabilidad en los estudiantes, padres, apoderados,

profesionales, asistentes de la educación, equipo docente y directivos de

manera obligatoria informar todas las situaciones de violencia, de agresión u

hostigamiento una vez que tomen conocimiento de ello.

El equipo de Convivencia deberá preocuparse de los actos de violencia que

ocurran tanto dentro y fuera del establecimiento.

El establecimiento contará con un grupo de estudiantes y funcionarios

capacitados en mediación escolar.

El establecimiento contará con un equipo de mediadores escolares, que facilite

los procesos de mediación, siendo considerados como facilitadores del buen

clima escolar, éstos proporcionará información y contarán con el siguiente

perfil:

Conducta destacada, haber demostrado honestidad y respeto por sus

pares y docentes, tener habilidades sociales para lograr solucionar

conflictos de manera positiva.

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XV.- FUNCIONAMIENTO INTERNO

Se derivarán a mediación escolar conflictos mutuos, considerados como leves

a graves.

Se actuará de acuerdo al protocolo de Mediación Escolar.

El proceso que conlleva la mediación escolar es carácter confidencial y será

oportunamente informado a los docentes de jefatura correspondiente, dejando

registro de ésta.

Son de forma voluntaria y que no exime a los estudiantes de sanciones o

responsabilidades.

El encargado de Convivencia Escolar será quien vele por el proceso de

derivación a mediación escolar.

Entrevistas:

Los docentes podrán citar y/o recibir solicitudes de atención de apoderados en

los horarios destinados para esos efectos.

Las entrevistas con Directivos podrán ser solicitadas por apoderados, cuando

los casos escapen a la competencia del Profesor Jefe o de asignatura, respetando

siempre el conducto regular de atención.

Todas las entrevistas, deberán ser registradas por escrito, consignándose en

hoja de entrevistas, bajo firma del apoderado.

Retiro de alumnos.

Horarios de retiro:

Las clases no serán interrumpidas por el retiro de alumnos. Estos serán

entregados al apoderado en horario de recreo para no dificultar el proceso de

enseñanza y aprendizaje.

El apoderado debe presentarse en el Liceo 10 minutos antes del término de

cada bloque para realizar el retiro del alumno. Dicho retiro se efectuará siempre por el

primer o segundo apoderado que figura en la ficha de matrícula.

Es preciso destacar, que no se permite el retiro de alumnos en el horario de

colación, por tanto, no ingresarán apoderados entre las 12.30 a 14.15 hrs. al Liceo.

Salvo casos excepcionales, como una emergencia de salud, familiar, etc.

El apoderado deberá retirar o hacer retirar a su pupilo en horario de salida de

clases, en un tiempo máximo de 15 minutos después de la hora de salida

especialmente alumnos de Transición, NB2, el profesor jefe y /o inspectoría se

contactará por teléfono con el apoderado para saber a que se debe la tardanza en el

retiro del alumno/a, esta situación extraordinaria debe quedar consignada en el libro de

entrevista de apoderados.

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En casos extraordinarios el apoderado podrá retirar a su pupilo personalmente

antes de la hora de salida, firmando el libro de registro respectivo.

En casos excepcionales, en donde el apoderado titular y suplente, no puedan

retirar al alumno, se deberá avisar telefónicamente al Inspector General que su pupilo

se retire del establecimiento.

Reuniones de apoderados:

El establecimiento cita a reuniones de apoderados mensualmente. Éstas son

de carácter obligatorio, informativo, pedagógico y organizativo. Tienen directa relación

con el proceso de enseñanza de los alumnos, por lo tanto es deber de los apoderados

presentarse a todas ellas y hacerlo de forma puntual.

Faltar a una reunión de apoderados constituye una falta, el colegio no

reemplaza a la familia, ya que sin ella no se puede educar, el apoderado que no pueda

asistir a reunión debe justificarse con anticipación ante el profesor jefe, quien informará

a inspectoría. La justificación debe hacerse presencialmente, o en su defecto enviar la

excusa por escrito con RUN y firma del apoderado.

Las reuniones de apoderados constan generalmente de temáticas generales.

Cabe resaltar que los temas personales de cada alumno son tratados en las

entrevistas de apoderados y no en reunión, a no ser un tema de interés o incumbencia

de todo el grupo curso.

La no asistencia a tres reuniones de apoderados sin justificar, faculta al

establecimiento a pedir un cambio de apoderado.

Paseos de cursos y salidas pedagógicas

Giras de estudio

a. En cuanto al comportamiento de los estudiantes en Giras de Estudio o salidas

a terreno prolongadas, estos quedan sujetos de igual modo, al Manual de Sana

Convivencia del Liceo, sobre todo en lo que se refiere a porte y consumo de

tabaco, bebidas alcohólicas, drogas, conductas reñidas con la moral, agresión

a compañeros o profesores, obstaculización de las actividades programadas

por actos deliberados, etc.

b. Queda prohibido abandonar los lugares de alojamiento, reunión o de

actividades programadas sin autorización del profesor.

c. Quedan prohibidos actos de desorden que interfieran con el bienestar de los

compañeros o de la comunidad circundante.

d. Queda prohibido el ingreso a los lugares de alojamiento a personas ajenas a la

delegación.

e. Los estudiantes deben respetar las indicaciones de la persona que está a cargo

del grupo, en cuanto a los horarios de las actividades programadas.

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f. El estudiante que haya presentado incumplimiento permanente al Manual de

Convivencia durante el año escolar, puede ser suspendido de una gira de

estudio previo informe del profesor (a) jefe.

g. Los estudiantes y profesores quedan sujetos a las normas impuestas por los

lugares a los cuales visitan (hoteles, restoranes, aduanas, centros comerciales

o de recreo, etc.)

h. Cualquier destrozo a la propiedad privada durante la actividad debe ser

reparada por él o por los causantes.

i. Es responsabilidad del profesor encargado velar por el cumplimiento del

Manual de Convivencia durante la actividad y de impartir sanciones si

proceden.

j. Es de responsabilidad del profesor encargado coordinar todos los asuntos que

se desprendan de la gira de estudios. Debe solicitar la autorización para

realizar las actividades con un mes de antelación a la dirección del

establecimiento: cantidad de alumnos que asisten, personas a cargo, lugares a

visitar, lugar de alojamiento, fecha de salida y llegada y dos teléfonos de

contactos.

Salidas a terrenos

a. Presentar autorización del apoderado.

b. Cumplir con hábitos de la Sana Convivencia Escolar, conducta e higiene.

c. Cumplir los horarios establecidos.

d. Los estudiantes deben asistir correctamente uniformados a las salidas a

terreno (o con buzo de acuerdo a la actividad a realizar).

e. Los estudiantes que no traigan algún material de trabajo necesario para la

salida a terreno, deberán permanecer en el establecimiento con una actividad

asignada.

f. Los estudiantes en salida a terreno quedan sujetos al Manual de Convivencia

de la misma forma que si estuvieran dentro del establecimiento.

g. Cualquier abandono de las actividades a realizar y de los lugares visitados

serán interpretado como fuga de clases.

h. Los estudiantes que no presenten un comportamiento acorde, pueden ser

marginados parcial o totalmente de las salidas a terreno durante el año. Esto

dependiendo de la falta cometida.

Actos cívicos y ceremonias

a. Los actos cívicos se realizarán los días Lunes, destacando efemérides

correspondientes al mes siendo responsables los profesores jefes o

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departamento de asignatura según calendario acordado.

b. Las ceremonias que se realizan durante el año escolar cuentan con la

participación de todos los funcionarios del establecimiento y apoderados como

son:

Licenciaturas, graduación, premiación, investidura y titulación

Ceremonias del niño lector

Aniversario del establecimiento

c. Cada docente debe participar en actividades correspondientes a su ciclo.

Actividades dentro del establecimiento

a. Las actividades que se realicen con los funcionarios y dentro del

establecimiento, ya sea: Autocuidados, Capacitaciones, Talleres,

Competencias, Celebraciones internas, etc. Serán evaluadas a través de una

Encuesta de Satisfacción para funcionarios.

b. Las actividades extra programáticas, talleres, Celebraciones alusivas a un día

especial, Competencias o Concursos, etc. serán evaluadas por los alumnos a

través de una encuesta de Satisfacción.

Actitud solicitada dentro de la sala de clases, laboratorio, biblioteca:

a. Llegar puntualmente a la clase.

b. Saludo respetuoso del curso completo (sentados).

c. Respetar los puestos asignados por el profesor jefe o profesor de asignatura.

d. Silencio y atento.

e. El alumno debe estar atento a los contenidos tratados en clases, para participar cuando el profesor se lo solicite.

f. Respetar turnos y levantar la mano para poder opinar.

g. Realizar actividades escolares dentro de la sala de manera concentrada y responsable.

h. Traer diariamente sus útiles escolares, libros, cuadernos, etc.

i. Los alumnos no deben deambular en horario de clase por los pasillos.

j. Mantener el patio limpio. Se prohíbe juegos bruscos y de balón

No se permite dentro de la sala de clases:

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a. Uso de audífonos y aparatos reproductores de música .El alumno debe estar

atento a la clase para mejorar la calidad del aprendizaje.

b. Uso de celulares: Se solicitará al estudiante que guarde su celular de forma

voluntaria para no interferir en su proceso de aprendizaje. En caso de

negarse, se procederá a solicitar el apoyo del inspector de pasillo, quien lo

llevará a entrevistarse por escrito con el Inspector General para conocer la

razón de su negativa y de acuerdo a ello, se tomará la medida

correspondiente.

c. El celular se podrá utilizar en el caso que el profesor lo considere

como instrumento metodológico (TIC).

d. Comer o beber alimentos (salvo por prescripción médica).

e. Falta de respeto verbal o gestual a compañeros o profesores.

f. Interrumpir la clase con cualquier conducta disruptiva (conversaciones, ruido o

situaciones que no permitan el flujo normal de la clase, uso de encendedores,

guitarra, lanzar objetos)

Aseo de la sala:

a. Los profesores deben velar porque se mantenga en todo momento las

condiciones de aseo. Cada alumno debe preocuparse de mantener su

entorno de trabajo limpio y ordenado.

b. Semaneros designados por el profesor jefe. El profesor de asignatura

debe supervisar que el aseo se realice.

c. El profesor limpia la pizarra al terminar la clase o supervisa que los

semaneros lo hagan.

Actitud solicitada en patios (recreos):

a. Se prohíbe el juego brusco y arriesgado.

b. En la multicancha, en recreos evitar el juego de pelota (fabricada de papel

o del material que sea) con el fin de resguardar la integridad física de los

estudiantes que comparten patio.

c. Evitar los conflictos. En caso de generarse uno, informar a inspector de patio más cercano para que tome las medidas que correspondan y registre en libro de clases la falta cometida.

Actitud solicitada en el casino de alimentación (JUNAEB):

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a. Los estudiantes tengan hábitos de higiene antes, durante y después de las comidas.

b. No tirar la comida o jugar con ella.

c. Respetar las normas que rigen este servicio.

d. Mantener espíritu de cooperación según sus posibilidades. Apoyar en tareas de servicio de comedor, ejemplo: llevar y retirar sus bandejas, ayudar a los más pequeños, etc.

e. Cuidar y respetar el lugar de alimentación, mobiliarios, enseres y utensilios de

uso comunitario.

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PROTOCOLO CONVIVENCIA ESCOLAR

La sana convivencia es un derecho y un deber que tienen todos los miembros

de nuestra comunidad educativa, cuyo objetivo fundamental es la dignidad de las

personas y el respeto que se merecen. Los artículos que se consignan a continuación,

favorecen un ambiente libre de violencia, tolerante y orientado a que cada persona

pueda desarrollar plenamente su personalidad.

El maltrato escolar se define como cualquier acción u omisión intencional, ya

sea en forma física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de

cualquier medio tecnológico o cibernético, en contra de cualquier integrante de la

comunidad educativa con independencia del lugar en el que se cometa.

El maltrato escolar es producir un temor razonable de sufrir un menoscabo

considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en

otros derechos fundamentales.

a) Toma de conocimiento de la situación

El informante entrega los antecedentes del caso al psicólogo de ciclo o

cualquier miembro del Equipo de Convivencia; quien inicia el protocolo de

acción.

b) Recogida de antecedentes

Se inicia el protocolo, entrevistando individualmente a todos los involucrados.

Una vez entrevistada la víctima y recopilados los antecedentes relacionados

con la falta, se procederá a entrevistar al agresor.

c) Medidas y sanciones

Se informa a inspector de nivel para aplicar la sanción correspondiente (medida

pedagógica o disciplinaria), acorde a la falta. Quien aplica la medida y

retroalimenta al Inspector General y Encargado de medidas pedagógicas.

Si la situación requiere medidas de apoyo (ya sea para la víctima, agresor, o

grupo curso); lo derivará al equipo de Convivencia, para ser abordado por el

profesional que corresponde a la problemática.

Si la falta implica un riesgo para la seguridad de la víctima, se procederá a

XVI.- PROTOCOLOS

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denunciar en la entidad correspondiente (PDI, carabineros, etc.)

d) Seguimiento del caso

Se realizará retroalimentación a los apoderados de los involucrados, así como

también al docente jefe.

Se genera seguimiento del caso, en donde se le solicita al profesor jefe,

inspector de nivel o familia, que informen sobre el avance del proceso o nuevos

antecedentes que necesiten ser abordados.

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PROTOCOLO DE MALTRATO Y ABUSO

a) Cualquier miembro de la comunidad educativa tiene el deber de informar si un

niño, niña y adolescente sufre maltrato o abuso.

b) Si el alumno(a) abre relato es fundamental que se tome nota de lo que el

menor refiere, para identificar el tipo de vulneración y dónde se da.

c) La situación de maltrato o abuso debe ser informada a la Orientadora o

Psicóloga del establecimiento, quienes activarán el protocolo de acción e

informaran a la Directora.

d) La situación de vulneración debe ser denunciada a las entidades

correspondientes por la Directora y asimismo debe informar del procedimiento

a los padres.

e) Toda situación de vulneraciones de los Derechos de los niños, niñas y

adolescentes debe ser denunciada dentro de las siguientes 24 horas de que el

alumno(a) abre relato.

f) Orientadora y Psicóloga, son las encargadas de llevar a cabo un seguimiento y

acompañamiento con el alumno(a) afectado(a), así como también debe

retroalimentar a los apoderados y profesor(a) jefe.

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1. Pueden solicitar los servicios de un mediador cualquier miembro de la

PROTOCOLO DE MEDIACIÓN

El Liceo Academia Nacional, con el objetivo de mejorar la convivencia entre sus

miembros se crea el proyecto “Alumno Mediador” de conflictos.

Entendemos que la mediación:

Tiene un valor educativo en sí mismo, ya que enseña que existen otras vías,

distintas del enfrentamiento, para resolver los problemas.

Con ella el alumno aprende a escuchar las razones de la otra parte.

Ayuda a reforzar la parte positiva de la persona.

El protocolo a seguir para el uso de este servicio será:

comunidad educativa. (Serán objeto de mediación todas las cuestiones entre

los miembro de la comunidad educativa que afecten a la convivencia entre los

mismos).

2. Las solicitudes de los servicios de mediación se presentarán ante la Encargada

de Convivencia Escolar. A través de un documento formal que indicará el

motivo de la mediación, así como todos los datos necesarios para llevarla a

cabo.

3. La Encargada de Convivencia Escolar informará a la inspectora encargada de

mediación. Quien a su vez, definirá de acuerdo a la complejidad del conflicto, si

mediará directamente o asignará a un alumno mediador, quien estará bajo su

supervisión.

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4. La inspectora encargada de mediación, fijará la persona de acuerdo al nivel de

llevar a cabo la mediación así como el día y la hora de la misma.

5. La mediadora encargada, junto al alumno mediador, dispondrá de 48 horas

para preparar la mediación. En ese tiempo:

a) Recabará toda la información que se disponga sobre los alumnos objeto de

la mediación.

b) Tomará las entrevistas.

c) Llegará a acuerdos con las partes.

6. Una vez que se haya recabado toda la información del caso, podrá solicitar

una reunión con la encargada de convivencia escolar para solicitar derivación,

si el caso lo amerita.

7. Se elaborará un reporte del caso y se archivará.

8. Se hará seguimiento de los casos y los acuerdos alcanzados, para corroborar

el éxito de la mediación escolar o realizar una nuevamente, si el caso lo

amerita.

9. Todos los casos y sus conclusiones se deben informar a la inspectora a cargo

de mediación, la cual dará cuenta semanalmente a la encargada de

convivencia escolar.

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PROTOCOLO DE INASISTENCIA Y AUSENTISMO

1.- DOCENTE

• El profesor (a) jefe pesquisa las inasistencias de los alumnos que son de

manera recurrente; así mismo de los que tienen ausentismo de, al menos una

semana.

• Contacta al apoderado (a) titular o suplente y realiza citación para averiguar

sobre la situación que genera dichas inasistencias o ausentismo.

• Al tener contacto con el apoderado (a) tras la citación se establece

compromiso en mejora de las inasistencias.

• Al no tener contacto con el apoderado (a) tras dos citaciones, se deriva a

Inspectoría. Previo registro en documento de sus intentos de localización.

• Al no cumplimiento de compromiso se deriva a Inspectoría.

2.- INSPECTORIA

• Contactar al apoderado vía telefónica y realizar citación para conocer sobre la

situación que genera las inasistencias o ausentismo.

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• Tras tres intentos telefónicos durante dos días al apoderado (a) al no tener

respuesta o no existir cumplimiento a las citaciones, registrar en documento los

llamados realizados con fecha y hora y el día que se acordó la citación al cual no

asiste.

• Al tener contacto con el apoderado (a), mencionar sobre medidas pedagógicas

y realizar compromiso en mejora de la situación.

• En caso de no contactar al apoderado, Inspectoría enviará carta certificada al

domicilio del alumno, y si aún no se contacta al apoderado se realizará derivación

a Trabajadora Social.

3.- TRABAJADORA SOCIAL

• Se realiza solo una citación al apoderado (a) tras comunicación y si no se logra

presencia, se lleva a cabo visita domiciliaria.

• Al tener contacto con el apoderado (a) se procede a mencionar sobre el

compromiso del apoderado con el establecimiento a comienzo de año escolar y

sobre las medidas pedagógicas a considerar sobre dicha falta. Se realiza nuevo

compromiso del apoderado.

• Se informa por escrito a Inspector de nivel correspondiente, docente jefe y

UTP.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN CONSUMO DE DROGA

El protocolo de acción con respecto al consumo y tráfico de drogas tiene

distintos tratamientos, ya que el primero constituye un problema de salud, y la

segunda, un delito sancionado por Ley.

a) Cuando un estudiante llega drogado o consume drogas (de dentro del

establecimiento

Se llama inmediatamente al apoderado para que éste tome medidas con su

pupilo, firmará una constancia de que es responsable de derivar a éste a un

tratamiento de apoyo, ej.: atención por GES en consultorio de Atención

Primaria, SENDA, entre otros.

Si el apoderado no se encuentra ubicable y el estudiante presenta síntomas

físicos como nauseas o vómitos, por ejemplo, será llevado a un centro de

atención médica.

Si el apoderado no demuestra preocupación, ni interés por buscar ayuda a su

pupilo, el establecimiento podrá derivarlo a un tratamiento de apoyo,

resguardando sus derechos.

Si el alumno es menor de edad y los padres y/o adultos responsables asumen

que el consumo es con su consentimiento; el establecimiento hará la denuncia

por vulneración de Derechos del menor, a Tribunales de Familia.

Se procederá a sancionar al estudiante de acuerdo a lo descrito en el Manual

de Convivencia.

b) Cuando un estudiante porta, vende, comparte, regala droga dentro del

establecimiento

Inspectoría General cita al apoderado para informar la situación de su pupilo.

Se informa al organismo correspondiente, Carabineros y/o Policías de

Investigaciones, ya que se considera microtráfico.

La encargada de Convivencia Escolar registrará los antecedentes para

presentarlos ante Inspectoría General, para que se aplique la medida o sanción

si procediere.

El Inspector General citará a los apoderados o padres del o de los estudiantes

involucrados, para informarles del alumno.

c) Seguimiento del caso

El Programa SENDA tendrá reuniones periódicas con los apoderados,

profesores jefes, para supervisar los avances del caso.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN ABUSO DE AUTORIDAD

HACIA UN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Se conoce como abuso de autoridad a cualquier tipo de violencia física o

psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante o integrante de

la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea

director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por

parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Por ejemplo

el utilizar descalificativos verbales que vayan en desmedro de la autoestima de las

personas, así mismo ocupar un vocabulario soez y un tono de voz inadecuado, el

contacto físico de carácter agresivo, o agresiones a través de medios de

comunicación.

a) Toma de conocimiento de la situación

El apoderado o estudiante que detecte o se sienta violentado debe informar la

situación ocurrida y su contexto a UTP, o al Inspector General, según

corresponda.

El funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar directamente a

Dirección.

b) Recogida de antecedentes

Dependiendo de la persona afectada se proseguirá de la siguiente manera:

Funcionarios: luego de tomar conocimiento Dirección, deberá informar a

Inspector General y Encargada de Convivencia Escolar quienes investigarán

los hechos y registrarán. Una vez recogida la información de lo sucedido se

deberá comunicar a Dirección la situación, luego se entrevistará al acusado

quien podrá realizar su defensa correspondiente a través de una carta,

dependiendo del grado de la falta, se aplicará las sanciones dispuestas en el

reglamento interno o se derivará el caso a la entidad correspondiente que

puede ser: Inspección de Trabajo, Carabineros, etc.

Los funcionarios serán separados o suspendidos de sus labores mientras la

situación o el conflicto no sea clarificado y dependiendo de la gravedad de la

falta.

Estudiante: La UTP correspondiente, en conjunto con el estudiante o su

apoderado registrarán los antecedentes en una entrevista para ser derivado a

la Dirección del establecimiento. La Directora citará al funcionario acusado para

que realice los descargos correspondientes en forma verbal y escrita. Se

intentará llegar a un acuerdo de ambas partes, en casos mediables. Se

resguardará la integridad de estudiante; no exponiéndolo, ni enfrentándolo con

su supuesto agresor. Dependiendo de la gravedad de la situación se derivará

a la entidad correspondiente.

c) Denuncia

La Dirección del establecimiento de acuerdo a la información recogida procede

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a la denuncia a la organización correspondiente como pueden ser:

Superintendencia de Educación, Inspección del trabajo, Fiscalía, Carabineros,

P.D.I., O.P.D.

Si el abuso continúa, el funcionario tiene derecho a recurrir a las instancias

correspondientes, tales como: Inspección del trabajo.

d) Seguimiento del caso

La jefatura del estamento correspondiente realizará un seguimiento de la

situación, a través de entrevista con el profesor jefe, entrevista con el

apoderado y entrevista con el alumno para verificar la resolución del caso.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE SITUACIÓN DE VIOLENCIA HACIA DOCENTES

Y/O FUNCIONARIOS EN GENERAL

Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde

exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de

cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo

Academia Nacional), lo cual, incluye a: Docentes, Asistentes de la Educación,

Administrativos, Directivos, Auxiliares, etc.

Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: apoderados: titular y

suplente, estudiantes, familiares de estudiantes que no figuran como apoderados en

ficha de matrícula, y amigos o cercanos a éste.

Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,

intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.

a) Toma de conocimiento de la situación

El docente y/o funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar la

situación ocurrida y su contexto al Inspector General y Encargada de Convivencia

Escolar.

b) Recogida de antecedentes

El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al afectado y

se registrará toda la información recabada del suceso. Si es necesario se entrevistará

también a los testigos del hecho.

c) Sanciones o medidas

Pedir cambio de apoderado

Prohibición de ingreso al establecimiento

Solicitar cambio de ambiente pedagógico por no adherirse el apoderado a

nuestro Proyecto Educativo y Manual de Convivencia Escolar.

Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un

plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia

será el docente o funcionario afectado, en compañía de la Dirección del

establecimiento.

Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del

funcionario, para su posterior indemnización por daños y perjuicios.

Si el agresor es un estudiante, dicha acción es causal de expulsión por

representar un peligro para la comunidad educativa.

d) Seguimiento del caso

El funcionario afectado deberá informar al establecimiento cualquier situación que se

genere luego de tomar las medidas antes señaladas.

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Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los

responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un docente o funcionario,

en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente Manual de

Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de acuerdo

con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a cabo una

reunión entre el funcionario y Comité de Riesgo Psicosocial.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE SITUACIÓN DE VIOLENCIA POR PARTE DE

DOCENTE Y/O FUNCIONARIOS HACIA LOS ESTUDIANTES, PADRES Y/O

APODERADOS.

Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde

exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de

cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo

Academia Nacional), lo cual, incluye a: Estudiantes, padres y/o apoderados.

Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: Docentes y/o funcionarios.

Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,

intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.

a) Toma de conocimiento de la situación

Quien detecte o se sienta violentado debe informar la situación ocurrida y su

contexto al Inspector General y Encargada de Convivencia Escolar.

b) Recogida de antecedentes

El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al

afectado y se registrará toda la información recabada del suceso. Si es

necesario se entrevistará también a los testigos del hecho.

c) Sanciones o medidas

Disculpas verbales, dependiendo de la naturaleza del conflicto.

Amonestación por escrito (carta)

Se deriva a mediación cuando ambas partes estén de acuerdo.

Enviar el caso al Comité de Riesgo Psicosocial

Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un

plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia

será el adulto responsable, padre y/o apoderado afectado, en compañía de la

Dirección del establecimiento.

Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del

estudiante, padre y/o apoderado, para su posterior indemnización por daños y

perjuicios.

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d) Seguimiento del caso

El estudiante, padre y/o apoderado afectado deberá informar al establecimiento

cualquier situación que se genere luego de tomar las medidas antes señaladas.

Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los

responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un estudiantes, padre y/o

apoderado, en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente

Manual de Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de

acuerdo con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a

cabo una reunión entre el adulto responsable, padre y/o apoderado y Comité de

Riesgo Psicosocial

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PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE UN USUARIO HOSTIL

Se considerarán faltas graves todas aquellas acciones violentas, en donde

exista daño o intento de dañar la integridad física, psicológica, emocional y moral de

cualquier miembro de la Comunidad Escolar (todos los funcionarios de Liceo

Academia Nacional), lo cual, incluye a: Docentes, Asistentes de la Educación,

Administrativos, Directivos, Auxiliares, Estudiantes, etc.

Estas acciones violentas pueden ser ejercidas por: apoderado titular y/o

suplente, estudiantes, familiares de estudiantes que no figuran como apoderados en

ficha de matrícula, y amigos o cercanos a éste.

Faltas: insultar, desafiar, escupir, hostigar, acosar, calumniar, denostar, desacreditar,

intimidar, empujar, amenazar, agredir o golpear al funcionario.

a) Toma de conocimiento de la situación

La persona encargada de portería es quien toma en primera instancia

conocimiento e informa de la situación, siendo quien por medio de la radio

reporta la situación hostil y solicita apoyo (inspectores, psicólogo y trabajadora

social).

El docente y/o funcionario que detecte o se sienta violentado debe informar la

situación ocurrida y su contexto al Inspector General y Encargada de

Convivencia Escolar, y siempre debe ser acompañado de otro funcionario para

abordar la problemática.

b) Recogida de antecedentes

El psicólogo del establecimiento estará a cargo de entrevistar y contener al

afectado y se registrará toda la información recabada del suceso. Si es

necesario se entrevistará también a los testigos del hecho.

c) Sanciones o medidas

Pedir cambio de apoderado

Prohibición de ingreso al establecimiento

Solicitar cambio de ambiente pedagógico por no adherirse el apoderado a

nuestro Proyecto Educativo y Manual de Convivencia Escolar.

Denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros, Fiscalía, PDI) dentro de un

plazo de 24 horas de ocurrido el hecho. El encargado de hacer esta denuncia

será el docente o funcionario afectado, en compañía de la Dirección del

establecimiento.

Demanda civil en caso de agresiones física que comprometan la integridad del

funcionario, para su posterior indemnización por daños y perjuicios.

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d) Seguimiento del caso

El funcionario afectado deberá informar al establecimiento cualquier situación

que se genere luego de tomar las medidas antes señaladas.

Nota: es preciso señalar que el Equipo de Gestión en conjunto con Dirección serán los

responsables de evaluar las faltas cometidas en contra de un docente o funcionario,

en caso de que ocurra alguna situación no contemplada en el presente Manual de

Convivencia y que represente una acción violenta. En caso de no estar de acuerdo

con la medida adoptada por el Equipo de Gestión y Dirección se llevará a cabo una

reunión entre el funcionario y Comité de Riesgo Psicosocial.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN ALUMNAS EMBARAZADAS

Y/O MADRES/PADRES ADOLESCENTES

En Chile se garantiza el derecho de las alumnas embarazadas y madres a

permanecer en su establecimiento educacional.

I. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION

La estudiante tendrá derecho a contar con un docente tutor (profesor jefe, UTP,

Orientación) quien supervisará las inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios

de salida para amamantamiento, controles de salud y la elaboración e implementación

del calendario de evaluación, resguardando el derecho a la educación de la alumna.

Funciones del tutor:

1. Ser un intermediario/nexo entre alumna y profesores de asignatura para

organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar las

inasistencias, informar a dirección el cumplimiento de los docentes en todos

los sectores.

2. Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio,

supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea

necesario, supervisar entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará

mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo,

parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un

año. Acreditado por certificado médico.

3. Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a) deberá

hacer retiro de materiales de estudio.

4. El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación

alternativo, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le

impida asistir regularmente al establecimiento.

5. Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo,

parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un

año, presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una

reprogramación de evaluaciones.

6. El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un porcentaje

de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido

debidamente justificadas por: los/las médicos tratantes, carné de control de

salud y cumplan con los requisitos de promoción establecidos en el reglamento

de evaluación.

7. Se dará flexibilidad en las evaluaciones garantizando el logro de aprendizajes y

objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio.

8. La estudiante tiene derecho a ser evaluada de la misma forma que sus

compañeros. El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para

cumplir con el calendario de evaluación.

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II DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O

MATERNIDAD:

1. Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Orientador(a), Inspectoría

General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su

condición.

2. Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.

3. Debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su

embarazo o de los controles médicos del bebé.

4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la

madre, con los respectivos certificados médicos.

5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

6. La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada y

eximida en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida hasta que

finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos

calificados por el/la médico tratante, podrá eximirse de la actividad física. En

estos casos, la alumna deberá realizar trabajos alternativos designados

Nota: El estudiante que es o será padre deberá informar al colegio para tener las

facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre o del

bebé.

III. DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE

EMBARAZO O MATERNIDAD

1. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.

2. No discriminar a las estudiantes, mediante cambio de establecimiento o

expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro

similar.

3. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.

4. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar

sus estudios después del parto.

5. No hacer exigible el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a las

estudiantes en estado de embarazo o maternidad. La inasistencias que tengan

como causa directa por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto,

control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran

válidas cuando se presenta certificado médico, carné de salud, tarjeta de

control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia.

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IV. DEBERES DEL APODERADO HACIA EL ESTABLECIMIENTO

1. El apoderado/a deberá informar al colegio la condición de embarazo,

maternidad o paternidad del estudiante. El funcionario responsable informará

sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y

del colegio.

2. Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al

establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá solicitar

entrevista con UTP para la entrega de materiales de estudio y calendario de

evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio

cumpliendo con su rol de apoderado/a.

3. El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al

adolescente, que señale su consentimiento para que el/la alumno/a asista a

los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención

de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia

parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase.

4. El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de

domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad

quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

V. DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de el/la

estudiante diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad.

Para esto existirá una carpeta con la información de cada alumna que estará

ubicada en Orientación.

2. El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada

vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y

paternidad. En caso de necesitarlo el seguro escolar también es aplicable para

las alumnas embarazadas o en situación de maternidad.

VI. DERECHOS DE LAS ALUMNAS EN CONDICION DE EMBARAZO O

MATERNIDAD

1. La alumna tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera durante el

embarazo, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir

una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).

2. La estudiante tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo, para

esto puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime

conveniente. Para esto corresponderá como máximo, a una hora de su jornada

diaria de clase, sin considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser

comunicado formalmente a la dirección del colegio durante la primera semana

de ingreso posterior al parto.

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3. Durante el periodo de lactancia la alumna tiene derecho a salir a sala de

primeros auxilios a extraerse leche cuando lo estime necesario.

4. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite

de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico

tratante, el colegio dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las

facilidades pertinentes.

5. La estudiante tiene derecho adaptar su uniforme escolar a su condición de

embarazo.

6. La alumna tiene derecho a recibir las mismas condiciones que el resto del

alumnado referente al ingreso, la permanencia o progreso en el sistema.

7. Incluir en la alimentación de Junaeb a las alumnas.

8. En su calidad de adolescente embarazada, la alumna debe tener claro que

será tratada con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a

las exigencias académicas y conductuales.

9. Asimismo tienen el derecho a participar en cualquier ceremonia que se realice,

así como a todas las actividades extra-programáticas dentro o fuera del

establecimiento educacional (excepto las que contra indique el médico

tratante).

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PROTOCOLO DE ACCIÓN: CONTENCIÓN

Cuando un alumno(a) presente: pérdida de control con intensidad alta, conductas

agresivas, disruptivas, desafiante con los adultos y que pueda llegar a la auto

agresividad.

Estas medidas son excepcionales y de solución urgente y se deben aplicar sólo

cuando el alumno pone en riesgo su integridad física.

1. Contención mecánica: Solicitar asistencia al inspector de piso para mantener

al alumno inmóvil mientras persiste la crisis, cuidando que no se haga daño a

sí mismo.

2. Contención de aislamiento: Retirar al alumno a un espacio apropiado.

Si el problema o crisis se da en el aula con conductas agresivas, disruptivas,

desafiante con los adultos o con incapacidad de expresarse en forma clara con su

entorno, pero sin poner en riesgo su integridad física; se procederá a:

1. Contener al alumno por parte del profesor(a) que se encuentra en el aula. De

no obtener resultados debe apoyarse con la Técnico o Asistente de Aula (si es

del I Ciclo).

2. Si la conducta persiste se llama al inspector(a) del piso quien puede usar las

siguientes estrategias:

Separarlo del lugar del conflicto: Puede llevarlo a Inspectoría, Biblioteca, mesas

del patio, patio de básica, sala de reunión para abordarlo verbalmente, sin

confrontarlo, con el objetivo de “enfriar” la situación.

Sentarse a la misma altura siempre que se pueda.

Escuchar atentamente dejando que exprese la irritación antes de responderle.

Mantener una actitud firme, acogedora, sin evitar el contacto visual y utilizando

un tono de voz calmado y de bajo volumen.

Cuando la hostilidad se haya reducido, empatizar con el alumno(a) irritado sin

necesidad de mostrar acuerdo, pero sí reservándose sus propios juicios sobre

lo que debería o no hacer.

Si se percibe que no se puede afrontar la situación, pedir ayuda al Inspector

General y no continuar intentándolo a solas.

El inspector(a), debe registrar toda situación ocurrida en una Hoja de

Entrevista.

Si la situación persiste se debe contactar a la profesional tratante del Equipo de

Convivencia.

Una vez tomado el caso por la profesional tratante, ésta determinará si se debe

llamar al Apoderado del alumno(a).

a) Cuando llamar al apoderado

Cuando la temática afecte la integridad del alumno o éste vulnere los Derechos de sus

pares o de algún funcionario de la Comunidad Educativa.

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PROTOCOLO ACCIÓN DELITOS

Este protocolo se aplica a todos los delitos que se constituyen en la ley chilena,

sin embargo, se pone especial énfasis en las siguientes leyes por ser de especial

sensibilidad en el contexto escolar como la Ley 20.084 Responsabilidad penal

adolescente, Ley 20.000 Consumo y tráfico de drogas, Ley 20.609 Antidiscriminación,

Ley 20.066 Violencia Intrafamiliar, Ley 20.536 Violencia Escolar.

Desde el Establecimiento en lo que respecta a los estudiantes mayores de 14 años,

de verse involucrados en un delito que tenga impacto en la comunidad escolar estos

serán sancionados según lo establecido en el Reglamento de Convivencia.

a) Toma de conocimiento de la situación

Cualquier funcionario o estudiante del establecimiento que tome conocimiento

de un acto delictivo, tiene el deber de comunicarlo de forma inmediata al

Inspector General.

b) Recogida de antecedentes

El Inspector General es el encargado y responsable de informar a los

apoderados de la situación de delito ocurrida, además recoge y registra los

antecedentes necesarios para ser entregados a la dirección del

establecimiento.

c) Denuncia

Es la Dirección del establecimiento el encargado de realizar la denuncia en

conformidad a los antecedentes entregados por inspectoría, la denuncia se

puede realizar en Carabineros o Policías de Investigaciones.

d) Seguimiento del caso

Inspectoría General es el encargado de hacer el seguimiento de la denuncia

realizada y se hará cumplir las sanciones estipuladas en el Manual de

Convivencia según corresponda.

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PROTOCOLO ACCIÓN DE ACCIDENTES ESCOLARES

Un accidente escolar es toda lesión que sufre un estudiante a causa o con ocasión

de sus estudios, la práctica o el trayecto, que le produzca incapacidad o muerte.

El encargado de enfermería, deberá llevar un registro de los estudiantes

atendidos considerando el nombre, curso, motivo de la atención y el

procedimiento.

El establecimiento considera tres tipos de accidentes:

Leves: son todas aquellas que necesitan de la atención primaria de heridas

superficiales o golpes suaves

Procedimiento:

1. Si el estudiante se encuentra en la sala de clases, será derivado a enfermería

acompañada por el profesor, asistente del aula o inspector/a de piso. Si fuese

fuera de la sala de clases quien se hace cargo son los inspectores de patio.

2. La enfermera debe hacerse cargo de los primeros auxilios del estudiante.

3. El apoderado debe ser notificado inmediatamente.

Moderado: Son las que necesitan de asistencia médica, como heridas o golpes en

la cabeza u otra parte del cuerpo.

Procedimiento:

1. En caso de que suceda dentro de la sala el profesor debe avisar

inmediatamente a Inspectoría General, para coordinar el traslado del

estudiante a enfermería. En caso de que suceda fuera de la sala de clases,

deberá dar aviso un inspector de patio al Inspector General.

2. La enfermera deberá revisar al estudiante aplicando los primeros auxilios y

siendo posteriormente trasladado a un centro de salud más cercano y

paralelamente se le informará al apoderado vía telefónica del accidente y/o

situación ocurrida, pidiéndole que concurra al centro asistencial.

Graves: serán todas aquellas que necesiten de una atención médica inmediata,

como por ejemplo caídas de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte del

cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades,

pérdida del conocimiento, atragantamiento por comida u objetos, etc.

Procedimientos:

1. El profesor a cargo debe avisar en forma inmediata a Inspectoría General en

caso que suceda. Fuera de las horas de clases será el inspector de patio quien

deba avisar.

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2. Si uno de los motivos del accidente es un golpe en la cabeza o quebraduras se

deberá mantener al estudiante en el lugar del accidente y luego aplicar los

primeros auxilios, sólo por la enfermera, quien debe ser apoyada por el

docente encargado de la carrera de enfermería.

3. Luego, de forma inmediata debe ser llamada la ambulancia para el traslado del

estudiante a un centro asistencial. El apoderado debe ser notificado a la

brevedad. Se completa la declaración individual de accidente escolar.

4. En caso de requerir un traslado inmediato a un centro asistencial, se podrá

utilizar un vehículo particular, donde debe ir la enfermera acompañada de un

inspector de patio.

5. Si es que no se logra ubicar a los padres o apoderado del estudiante deberá

ser el inspector de patio o un asistente de aula quien tendrá que acompañar al

estudiante.

Enfermedades pre-existente

La familia es la responsable de informar al establecimiento, si el estudiante

presenta alguna enfermedad crónica, como por ejemplo:

Asma

Enfermedad al corazón

Epilepsia

Diabetes

Otras

Procedimiento:

1. Si el estudiante presenta fiebre, dolor de estómago, dolor de cabeza, será la

enfermera quien se haga cargo de los primeros auxilios luego será notificado el

apoderado para que haga retiro de su pupilo, en caso que no sean ubicados y

la situación persiste se llevará al estudiante a un Centro Asistencial más

cercano.

2. Si el estudiante presenta dolor fuerte de estómago, de pecho, crisis de asma,

ataque de epilepsia y/o corazón, será la enfermera quien se hará cargo de

entregar los primeros auxilios y llamar a la ambulancia, o en su defecto aplicar

el procedimiento anterior, y llevar al alumno/a a un Centro Asistencial, previo

aviso a los padres o apoderados.

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DERIVACIÓN DE ATENCIÓN EQUIPO CONVIVENCIA

e) Toma de conocimiento de la situación

El profesor jefe de cada curso será el responsable de observar las diferentes

problemáticas que puedan afectar a los estudiantes como son: problemas de

aprendizaje, emocionales, sociales, etc. quien presentará el caso a través del

formato de hoja de derivación escrito al equipo de convivencia, siendo ésta la

única instancia de derivación. Cabe resaltar que al menos debe haber aplicado

tres estrategias previas a la derivación, demostrando evidencias y a lo menos,

una entrevista con el apoderado.

f) Consideraciones:

Los apoderados no pasan de forma directa a hablar con los especialistas sin

ser citados o por alguna urgencia.

Los casos derivados son solo aquellos que requieran medidas urgentes que

afecten de manera significativa el desarrollo normal de la clase o el aprendizaje

del estudiante (con una máxima aproximada de cuatro estudiantes por curso)

Aquellos estudiantes que están siendo atendidos fuera del establecimiento no

pueden acceder a la derivación a especialista, ya que deben continuar con el

profesional que los trata.

En caso de que excedan el número de estudiantes que requieran atención, se

procederá a buscar redes de apoyo dentro de la comuna.

g) Recogida de antecedentes y proceso de derivación

Una vez recibida la derivación según sea el caso, se hará cargo la profesional

correspondiente, Psicopedagoga, Educadora Diferencial, Psicóloga,

Orientadora o Trabajadora Social.

h) Proceso de intervención

Se deja constancia de que el proceso de intervención de un especialista debe

contar con la aprobación y colaboración tanto del apoderado como del

estudiante, en caso de rechazar esta instancia se procederá a firmar un

documento donde ambas partes renuncian a la atención.

Verificar antecedentes de años anteriores, ya que de haber sido evaluado o

tratado, es responsabilidad del apoderado actualizar informes y buscar un

especialista en forma particular.

Primera entrevista con el estudiante y el apoderado (en distintas instancias)

De acuerdo a la problemática que presenta el estudiante se hará la derivación.

Se retroalimentará al profesor jefe y/o apoderado del estudiante, entregando

sugerencias y estrategias.

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PROTOCOLO DE CIBERBULLYING

El ciberbullying, se refiere a todas aquellas situaciones en donde se utilizan las

redes sociales y el uso de medios tecnológicos para ejercer el acoso psicológico, con

el fin de dañar, denostar, desprestigiar, ridiculizar, humillar y otros que afecten la

integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

a) Toma de conocimiento de la situación

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tome conocimiento de una situación de ciberbullying deberá informar de forma inmediata al equipo de convivencia escolar. Para iniciar el protocolo el informante deberá entregar evidencia que pruebe el hecho que denuncia.

b) Recogida de antecedentes

Se inicia el protocolo, entrevistando individualmente a todos los involucrados.

Una vez entrevistada la víctima y recopilados los antecedentes relacionados

con la falta, se procederá a entrevistar al agresor.

c) Medidas y sanciones

Se informa a inspector de nivel para aplicar la sanción correspondiente (medida

pedagógica o disciplinaria), acorde a la falta. Quien aplica la medida y

retroalimenta al Inspector General y Encargado de medidas pedagógicas.

Si la situación requiere medidas de apoyo (ya sea para la víctima, agresor, o

grupo curso); lo derivará al equipo de Convivencia, para ser abordado por el

profesional que corresponde a la problemática.

Si la falta implica un riesgo para la seguridad de la víctima, se procederá a

denunciar en la entidad correspondiente (PDI, carabineros, etc.)

d) Seguimiento del caso

Se realizará retroalimentación a los apoderados de los involucrados, así como

también al docente jefe.

Se genera seguimiento del caso, en donde se le solicita al profesor jefe,

inspector de nivel o familia, que informen sobre el avance del proceso o nuevos

antecedentes que necesiten ser abordados.