7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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Esquemas del Texto
Refundido de la Leyde Contratos delSector Pblico
(R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre)-BOE del 16 de noviembre con entrada en vigor el 16-12-2011-
(ESTE DOCUMENTO REPRESENTA EN EXCLUSIVA LA
INTERPRETACIN PERSONAL DEL AUTOR)
Manuel Fueyo Bros.
Subdirector de Fiscalizacin
Vs.92 (17/09/2015) TRLCSP
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ADMINISTRACIN PBLICA
RESTO PODERESADJUDICADORES
PODERES ADJUDICADORES
RESTO DEL SECTORPBLICO
Manuel Fueyo Bros
TIPIFICACIN DEL SECTOR PBLICO
ADMINISTRACIN PBLICA
SECTOR PBLICO
Intensidad de aplicacin del TRLCSP- +
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MBITO SUBJETIVO(ART. 3 TRLCSP tras la modificacin de la Ley 25/2013)
SECTOR PBLICO ADMINISTRACIN PBLICA PODER ADJUDICADORADMINISTRACIN GENERAL DEL ESTADO ADMINISTRACIN GENERAL DEL ESTADO
COMUNIDADES AUTNOMAS COMUNIDADES AUTNOMAS
ENTIDADES QUE INTEGRAN LA A DMON. LOCAL ENTIDADES QUE INTEGRAN LA ADMON. LOCAL
ENTIDADES GESTORAS Y SERVICIOS COMUNES
DE LA SEG. SOCIAL (vid. Arts. 57 y 63 TRLGSS:TESORERA GENERAL DE LA SG. SOCIAL, INSS,INSALUD, IMSERSO)
ENTIDADES GESTORAS Y SERVICIOS COMUNES
DE LA SEG. SOCIAL (vid. Arts. 57 y 63 TRLGSS:TESORERA GENERAL DE LA SG. SOCIAL, INSS,INSALUD, IMSERSO)
ORGANISMOS AUTNOMOS ORGANISMOS AUTNOMOS
ENTIDADES PBLICAS EMPRESARIALES
AGENCIAS ESTATALES
UNIVERSIDADES PBLICAS UNIVERSIDADES PBLICAS
ENTIDADES DE DERECHO PBLICO CONPERSONALIDAD JURDICA Y VINCULADAS A UN
SUJETO DEL SECTOR PBLICO
ENTIDADES DE DERECHO PBLICO VINCULADAS,CUYA ACTIVIDAD NO CONSISTA EN LAPRODUCCIN EN RGIMEN DE MERCADO DEBIENES Y SERVICIOS, REALICEN OPERACIONESDE REDISTRIBUCIN DE RENTA SIN NIMO DE
LUCRO O QUE NO SE FINANCIENMAYORITARIAMENTE CON INGRESO DEMERCADO
ENTIDADES DE DERECHO PBLICO QUE CONINDEPENDENCIA FUNCIONAL TENGAN A TRIBUIDASFUNCIONES DE REGULACIN O CONTROL DECARCTER EXTERNO
ENTIDADES DE DERECHO PBLICO QUE CONINDEPENDENCIA FUNCIONAL TENGANATRIBUIDAS FUNCIONES DE REGULACIN OCONTROL DE CARCTER EXTERNO
SOCIEDADES MERCANTILES PARTICIPADASDIRECTA O INDIRECTAMENTE EN UN PORCENTAJESUPERIOR AL 50%
CONSORCIOS DEL ART. 6.5 DE LA Ley 30/1992
CONSORCIOS LOCALES
FUNDACIONES PARTICIPADAS DIRECTA OINDIRECTAMENTE EN MS DE UN 50%
MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES PROFESIONALES
CUALESQUIERA OTROS ENTES, ORGANISMOS OENTIDADES QUE:
-TENGAN PERSONALIDAD JURDICA PROPIA Clusula de Cierre:
- CREADAS PARA SATISFACER NECESIDADES DEINTERS GENERAL QUE NO TENGAN CAR CT ERINDUSTRIAL O MERCANTIL
CUALESQUIERA OTROS ENTES, ORGANISMOS OENTIDADES DISTINTOS DE LAS AA.PP, QUETENGAN PERSONALIDAD JURDICA PROPIA QUE:
-UNO O VARIOS SUJETOS DEL SECTOR PBLICOFINANCIEN MAYORITARIAMENTE SU ACTIVIDAD,CONTROLES SU GESTIN O NOM BREN A M S DE LAM ITAD DE LOS M IEMBR OS DE LOS RGANOS DEAD M INISTRA CIN, DIRECCIN O VIGILANC IA
- HAYAN SIDO CREADOS PARA SATISFACERNECESIDADES DE INTERS GENERAL QUE NOTENGAN CA RCTER INDUSTRIAL O M ERCANTIL
LAS ASOCIACIONES CONSTITUIDAS POR LOSENTES, ORGANISMOS O ENTIDADESMANCIONADOS ANTERIORMENTE
NO OBSTANTE, NO TENDRN LACONSIDERACIN DE ADMINISTRACIONESPBLICAS LA S ENTIDADES PBLICASEMPRESARIALES ESTATALES Y LOSORGANISMOS ASIMILADOS DEPENDIENTES DELAS COMUNIDADES AUTNOMAS Y ENTIDADESLOCALES.
-SIEMP RE QUE UNO O VARIOS SUJETOS DE LOSQUE TENGAN LA C ONSIDERACIN DE PODERADJUDICA DOR FINANCIEN MA YORITARIAM ENTE SUACTIVIDAD , CONTROLES SU GESTIN O NOM BR EN AM S DE LA M ITAD DE LOS MIEMBROS DE LOSRGANOS DE ADM INISTRA CIN, DIRECCIN OVIGILANCIA.
LASADMINISTRACIONESPBLICAS
LAS DIPUTACIONES FORALES Y LAS JUNTAS
GENERALES DE LOS TERRITORIOS HISTRICOS
DEL PAS VASCO EN LO QUE RESPECTA A SU
ACTIVIDAD DE CONTRATACIN.
+
D.A primera bis TRLCSP -modificacin introducida por la DF tercera. Seis de la ley 25/2013-: Los rganos competentes del Congreso delos Diputados, del Senado, del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas, del Defensor delPueblo, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autnomas y de las instituciones autonmicas anlogas al Tribunal de Cuentas yal Defensor del Pueblo ajustarn su contratacin a las normas establecidas en esta Ley para las Administraciones Pblicas.
Asimismo, los rganos competentes de las Cortes Generales establecern, en su caso, el rgano que deba conocer, en su mbito decontratacin, del recurso especial regulado en el Captulo VI del Ttulo I del Libro I de esta Ley, respetando las condiciones de cualificacin,independencia e inamovilidad previstas en dicho Captulo.
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SECTORPBLICO
PODERESADJUD
ICADORES
S.P.quenotiene
elcarcter
dePoderadju
dicador
(vasetambinlainst
ruccin1/2008
AbogacadelE
stado)
ADMINISTRACIN
PBLICA
RESTO
DE
LOSPODERESADJUDICA
DORES:PODERES
ADJUDIC
ADORESQUENO
SONA
DMINISTRACIN
PBLICA
(vaseinstruccin1/2008Abogacad
elEstado)
APLICACIN PLENA DEL TRLCSP
DIFERENTE GRADO DE INTENSIDAD DE APLICACIN DEL TEXTOREFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PBLICO
CONTRATOSNO
SUJETOSAREGULACIN
AR
MONIZADA
Diferentesalosse
aladosenelrecuadrosuperior:los
sealadosenelart.13.2
TRLCSP;losinferioresalosimportes
arribasealadosolosd
eserviciosdelosnmeros17a27del
actualAnexoII
Son contratos de naturalezaprivada a los que les sonaplicables los procedimientosde adjudicacin (arts. 138 al188 TRLCSP) con lasespecialidades previstas en elart. 190 TRLCSP (no aplicablelo dispuesto en relacin alcomit de expertos, carcteranormal, etc).
Contratos de Naturaleza Privada (art. 20 TRLCSP)LA ADJUDICACIN QUEDA SOMETIDA EN TODO CASO A LOSPRINCIPIOS DE PUBLICIDAD, CONCURRENCIA,CONFIDENCIALIDAD, IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIN.LA ENTIDAD DEBER APROBAR UNAS INSTRUCCIONES DEOBLIGADO CUMPLIMIENTO EN EL MBITO INTERNO QUEGARANTICEN AQUELLOS PRINCIPIOS Y QUE LA
ADJUDICACIN RECAE EN LA OFERTA ECONMICAMENTEMS VENTAJOSASe entiende cumplidas las exigencias derivadas del principio depublicidad con la insercin de la informacin relativa a la licitacin
de los contratos cuyo importe supere los 50.000 en el perfil decontratante, sin perjuicio de que las instrucciones internas puedanarbitrar otras medidas (art. 191 TRLCSP). Debe advertirse que,conforme la DT QUINTA, hasta que no se aprueben las citadasinstrucciones de obligado cumplimiento debern adjudicar TODOSsus contratos en iguales trminos que los contratos sujetos aregulacin armonizada.
Son contratos de naturaleza privada (art. 20 TRLCSP).En la ADJUDICACIN DEBERN RESPETARSE LOS PRINCIPIOS DE PUBLICIDAD,CONCURRENCIA, CONFIDENCIALIDAD, IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIN.LA ADJUDICACIN DEBER RECAER EN LA OFERTA ECONMICAMENTE MSVENTAJOSALA ENTIDAD DEBER APROBAR UNAS INSTRUCCIONES INTERNAS QUE ASEGUREN
A EFECTIVIDAD DE LOS PRINCIPIOS ENUNCIADOS (en el mbito del sector pblicoEstatal requieren informe del rgano a quien corresponda el asesoramiento jurdico). Estasinstrucciones internas debern ponerse a disposicin de los interesados y publicarse en elperfil de contratista (art. 192 TRLCSP). Debe advertirse que, conforme la D.T. QUINTA,apartado 2 de TRLCSP, hasta que aprueben las citadas instrucciones internas estasentidades debern adjudicar TODOS sus contratos en iguales trminos que los contratossujetos a regulacin armonizada.
Manuel Fueyo Bros
(*) CONTRATOS DE REGULACINARMONIZADA (S.A.R.A):CONTRATOS DE COLABORACINPBLICO-PRIVADO CUALQUIERAQUE SEA SU IMPORTE; LOSCONTRATOS DE OBRAS YCONCESIN DE O.P, CUYO VALORESTIMADO (VE) 5.186.000 ;SUMINISTROS Y SERVICIOS -ANEXO II CATEG. 1 AL 16- CON V.E 207.000 (EN EL MBITO DELS.P ESTATAL 134.000 ) Y LOS
DEL ART. 17 TRLCSPNota: No hay S.A.R.A en Contratosde Concesin de Servicio Pblico
(*) UMBRALES CONTRATOS S.A.R.A.
DESDE 1-1-2012 hasta31-12-2013
DESDE 1-1-2014
5.000.000 5.186.000S.P. ESTATAL 130.000 134.000RESTO DE ENTES 200.000 207.000
TIPO DE CONTRATO
OBRASSERVICIOS YSUMINISTROS
REGLAM ENTO (UE) 1251/2011(DOUE 2-12-2011) yOrden EHA/ 3479/2011(BOE 23-12-2011) yREGLAM ENTO (UE) N 1336/2013DE LA COM ISIN (DOUE 14-12-2013) yOrden HAP /2425/2013,de 23 de diciembre.
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MEDIO PROPIO [ARTS. 4.1.n) y 24.6 TRLCSP](Art. 12 de la Directiva 2014/24/UE -vase informe de la Abogaca del Estado 3/2015-,
El Informe de la IGAE de 21/04/2015 y la Circular 4/2015, de 20/05/2015, tambin de la IGAE).
(Se recomienda tambin la lectura de Las encomiendas de gestin a la luz de la ley de contratos del sector pblico -Pascual Garca-)
DEBEN DETERMINAR:-ENTIDADES RESPECTO DE LAS CUALES TIENE ESACONDICIN-RGIMEN DE ENCOMIENDAS-IMPOSIBILIDAD DE PARTICIPAR EN LICITACIONES PBLICASCONVOCADAS POR LOS PODERES ADJUDICADORES DE LOSQUE SEAN MEDIOS PROPIOS
MEDIO
PROPIO
Si se trata de unaSociedad, el 100% de sucapital es de titularidad
pblica?
Los poderesadjudicadores ejercen un controlANLOGO al que ejercen sobre
sus propios servicios?
Realizan la parteESENCIAL de su actividad
para los entes respecto de loscuales tienen la consideracin
de medio propio?
LA CONDICIN DE MEDIOPROPIO EST RECONOCIDA
EXPRESAMENTE EN LA NORMA DECREACIN O EN SUS
ESTATUTOS?
S
S
S
SE CONSIDERA QUE EJERCEN ESE TIPO DE CONTROL CUANDOEL PODER ADJUDICADOR PUEDA CONFERIRLESENCOMIENDAS DE GESTIN QUE SEAN DE EJECUCINOBLIGATORIA PARA ELLOS DE ACUERDO CON INSTRUCCIONESFIJADAS UNILATERALMENTE POR EL ENCOMENDANTE Y CUYARETRIBUCIN SE FIJE POR REFERENCIA A UNA TARIFA
APROBADA POR LA ENTIDAD PBLICA DE LA QUE DEPENDEN.VANSE TAMBIN LAS STJUE CODITEL BRABANT (C-324/07) YECONORD SPA (ASUNTOS ACUMULADOS C-182/11 y C-183/11).YEL INFORME DE 21/4/2015 DE LA IGAE.EL ENCOMENDANTE
ASUMIR LA IMPOSIBILIDAD DE PARTICIPAR EN LICITACIONESPBLICAS CONVOCADAS POR LAS ENTIDADES DE LAS QUESON MEDIO PROPIO. SOBRE ESTE PARTICULAR Y LASENCOMIENDAS DE GESTIN HORIZONTAL VASE EL INFORME3/2015 DE LA ABOGACA DEL ESTADO QUE ADMITE LA
APLICACIN DEL RGIMEN PREVISTO EN EL ART. 12 DE LADIRECTIVA 2014/24/UE PESE A NO HABERSE EFECTUADO SUTRASPOSICIN..
NO SON MEDIO PROPIO
No
No
No
No
ENTE, ORGANISMO O ENTIDADDEL SECTOR PBLICO
PODER ADJUDICADOR DEL QUE DEPENDA EL MEDIO PROPIO
NEGOCIO EXCLUIDO DEL TRLCSP
LICITACIN CONTRATO
Manuel Fueyo Bros
NEGOCIONO
EXCLUIDODEL TRLCSP
VANSE LAS SENTENCIAS CARBONERMO, ASUNTO C-340/04Y ASEMFO/TRAGSA, ASUNTO C-295/05)
EL CUMPLIMIENTO DE ESTE REQUISITO -AL IGUAL QUE ELANTERIOR- DEBE SER OBJETO DE UNA INTERPRETACINESTRICTA Y LA CARGA DE LA PRUEBA INCUMBE A QUIENESQUIERAN BENEFICIARSE DE ELLA -VASE LAS SENTENCIASSTADT HALLE Y RPL LOCHAU Y PARKING BRIXEN-). El resto de suactividad debe tener carcter meramente marginal (SentenciaCarbotermo y Consorczio Alisei, Asunto C-340/04). Ver en sentidocontrario STJCE asunto Aperymco/Correos, C-220/06
El medio propio essuficientemente apto para
ejecutar el encargo?
S
EL INFORME 13/12 DE LA JCCAE SOSTIENE QUE LA EJECUCIN DEUNA OBRA, ETC. POR UN MEDIO PROPIO ES EJECUCIN POR LAPROPIA ADMINISTRACIN, POR LO QUE NO CABE ENCOMIENDA NIENCARGO ALGUNO SI NO ES SUFICIENTEMENTE APTO PARAEJECUTAR LA PRESTACIN. EN DEFINITIVA, LA SUBCONTRATACINDEL MEDIO PROPIO NO PODR SOBREPASAR EL 50% PREVISTO ENEL ART. 24.4 DEL TRLCSP. LA CIRCULAR 4/20015 Y El INFORME DE21/04/2015 AMBOS DE LA IGAE SE SUMAN A ESTA DOCTRINA EN ELSENTIDO DE QUE SI UNA ENTIDAD DECLARADA MEDIO PROPIO NOPUEDE EJECUTAR EL 50% DEL ENCARGO NO REUNE EL REQUISITODE IDONEIDAD Y APTITUD NECESARIOS POR LO QUE NO CABRAREALIZAR EL MISMO Y DEBERA TRAMITARSE UN EXPEDIENTE DECONTRATACIN (NO OBSTANTE PARECE MS PROBABLE QUE ESTETIPO DE INCUMPLIMIENTO SE DETECTE EN EL MBITO DE LOSCONTROLES F. PERMANENTES O DE AUDITORA PBLICA, A NOSER, AADO YO, QUE POR LAS SINGULARIDADES DE LA ENTIDAD ELRESULTADO RESULTE OBVIO DE ANTEMANO).
S
SOMETIMIENTO AL TRLCSP EN LOSTRMINOS QUE SEAN PROCEDENTES
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OBJETO DELCONVENIO
QUEDA SOMETIDO A LASPRESCRIPCIONES DE LA
LEY DE CONTRATOS,CUALQUIERA QUE SEA
SU IMPORTE
S
QUEDA EXCLUIDO DE LALEY DE CONTRATOS [art.
4.c) y d) TRLCSP)
No
Manuel Fueyo Bros
CONVENIOS [ARTS. 4.1.c) y d) TRLCSP]
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DELIMITACIN DE LOS TIPOS DE CONTRATOS(ARTS. 5 a 12 TRLCSP)
TIPOSDECONTRATOS
O
BRAS
CONCESINDE
OBRAPBLICA
GESTIN DESERVICIOSPBLICOS
SUMINISTROS
SERVICIOS
COLABORACINENTREEL
SECTOR
PBLICO
Y
PRIVADO
MIXTOS
Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto la realizacin de una obra o la ejecucin de alguno delos trabajos enumerados en el Anexo I del TRLCSP que responda a las necesidades especificadas por laentidad contratante. Adems, el contrato podr comprender, en su caso, la redaccin del correspondienteproyecto (vase tambin art. 334 Cdigo Civil).Por obra se entender el resultado de un conjunto de trabajos de construccin o de ingeniera civil,destinado a cumplir por s mismo una funcin econmica o tcnica, que tenga por objeto un bien inmueble.(Sobre la posibilidad de que las entidades locales celebren contratos de arrendamiento financiero sobrebienes inmuebles y naturaleza de estos contratos, vase el informe JCCAE 61/06).
La concesin de obras pblicas es un contrato que tiene por objeto la realizacin por el concesionariode algunas de las prestaciones relativas al contrato de obras, incluidas las de restauracin y reparacinde construcciones existentes, as como la conservacin y mantenimiento de los elementos construidos,y en el que la contraprestacin consiste, o bien nicamente en el derecho a explotar la obra, o bien endicho derecho acompaado del de percibir un precio.Tambin podr prever que el concesionario est obligado a proyectar, ejecutar, conservar, reponer yreparar aquellas obras que sean accesorias o estn vinculadas con la principal y que sean necesariaspara que sta cumpla la finalidad determinante de su construccin y que permitan su mejorfuncionamiento y explotacin.
El contrato de gestin de servicios pblicos es aqul en cuya virtud una AdministracinPblica o una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de laSeguridad Social, encomienda a una persona, natural o jurdica, la gestin de un serviciocuya prestacin ha sido asumida como propia de su competencia por la Administracin oMutua encomendante
Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisicin, el arrendamientofinanciero, o el arrendamiento, con o sin opcin de compra (vase informe JCCAE 17/11/2003y sobre aspectos contables informe IGAE 8/03/2000), de productos o bienes muebles.Tambin se consideran contratos de suministro, los que tengan por objeto la adquisicin y elarrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la informacin,sus dispositivos y programas, y la cesin del derecho de uso de estos ltimos.
Son contratos de servicios aqullos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en eldesarrollo de una actividad o dirigidas a la obtencin de un resultado distinto de una obra o unsuministro. A efectos de aplicacin de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las
categoras enumeradas en el Anexo II del TRLCSP. Vase respecto a la diferencia existenteentre los contratos de gestin de servicios pblicos y los de servicios el informe 04/2008, de 28de julio. Tambin son considerados de servicios los contratos de adquisicin de programas deordenador desarrollados a medida.
Son contratos de colaboracin entre el sector pblico y el sector privado aquellos que una AdministracinPblica o una Entidad pblica empresarial u organismo similar encarga a una entidad de derecho privado,por un perodo determinado (en funcin de la duracin de la amortizacin de las inversiones o de lasfrmulas de financiacin que se prevean), la realizacin de una actuacin global e integrada que, ademsde la financiacinde inversiones inmateriales, de obras o de suministros necesarios para el cumplimientode determinados objetivos de servicio pblico o relacionados con actuaciones de inters general,comprenda alguna de las siguientes prestaciones: a) La construccin, instalacin o transformacin deobras, equipos, sistemas, y productos o bienes complejos, as como su mantenimiento, actualizacin orenovacin, su explotacin o su gestin; b) la gestin integral del mantenimiento de instalaciones complejas;c) la fabricacin de bienes y la prestacin de servicios que incorporen tecnologa especficamentedesarrollada con el propsito de aportar soluciones ms avanzadas y econmicamente ms ventajosas quelas existentes en el mercado; d) otras prestaciones de servicios ligadas al desarrollo por la Administracindel servicio pblico o actuacin de inters general que le haya sido encomendado.
Slo podrn celebrarse este tipo de contratos de CPP (PPP) cuando previamente se haya puesto demanifiesto, en la forma prevista en el artculo 134 TRLCSP, que otras frmulas alternativas de contratacinno permiten la satisfaccin de las finalidades pblicas
Este tipo de contratos se adjudicar necesariamente por el procedimiento de dialogo competitivo (art.180.3). En el supuesto del art. 170.a) tambin podr utilizarse el procedimiento negociado con publicidad
Cuando un contrato contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase seatender en todo caso, para la determinacin de las normas que deban observarse en suadjudicacin, al carcter de la prestacin que tenga ms importancia desde el punto de vistaeconmico.
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PUBLICIDAD Y PATROCINIO(LEY 34/1988, GENERAL DE PUBLICIDAD)
(VASE INFORME I.G. COMUNIDAD DE MADRID DE 21/04/2009)
ANUNCIANTE(PODER ADJUDICADOR)
Agencia dePublicidad?
CONTRATO DEPUBLICIDAD (art. 13)
CONTRATO DESERVICIOS (CATEGORA
13 DEL ANEXO II DELTRLCSP)
CONTRATO DEPATROCINIO (art.22)
CONTRATO PRIVADO: Elpatrocinado, a cambio de unaayuda para la realizacin de
actividades deportivas,benfica, cultural o cientfica,
se compromete a colaborarcon la publicidad del
patrocinador
S No
El convenio decolaboracinno es la vapara tramitar
un contrato deeste tipo
SOMETIMIENTO AL TRLCSP EN LA FORMA CONOCIDA PARA CADA TIPO DE CONTRATO
Manuel Fueyo Bros
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El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de lacompetitividad, en su Disposicin adicional primera, incluye algunas medidas en relacin con los trabajadores de lasempresas de servicios contratadas por la Administracin, obligando al dictado de unas instrucciones para evitar elreconocimiento de relaciones laborales. Por este motivo el MHAAP ha dictado, con fecha 28 de diciembre de 2012, unasinstrucciones sobre buenas prcticas para la gestin de las contrataciones de servicios y encomiendas de gestin a fin deevitar incurrir en supuestos de cesin ilegal de trabajadores, en la que, adems, se propone la inclusin en los PCAP de laclusula que se transcribe seguidamente.
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Manuel Fueyo Bros
DURACIN MXIMA DE LOS DIFERENTES TIPOS DE CONTRATOS
PLAZOS MXIMOS DE DURACIN DE LOS DIFERENTES TIPOS DE CONTRATOS
OBRACONCESIN DE
OBRA PBLICA (art.268)
SUMINISTROSERVICIOS
(art. 303)GESTN DE SERVICIOS
PBLICOS (ART. 278)
CONTRATO DECOLABORACIN PBLICO-
PRIVADO (ART. 3140)
ACUERDOMARCO
(ART. 196.3)
SISTEMASDINMICOS DEADQUISICIN
(ART. 199.2)
40 aos 4 AOS50 AOS CON
EJECUCIN DE OBRAS20 AOS 4 AOS 4 AOS
75 aos en obrashidrulicas
2 AOS DEPOSIBLE
PRORROGA
60 CON EJECUCIN DEOBRAS EN MERCADOS
MAYORISTAS
40 EN CONTRATOSASIMILADOS A LOS DECONCESIN DE OBRA
PBLICA
25 EXPLOTACIN DESERVICIOS PBLICOS
DIFERENTES A LOSSANITARIOS
10 EXPLOTACIN DESERVICIOS PBLICOS
SANITARIOS SINEJECUCIN DE OBRAS
TIPO DE CONTRATO SISTEMAS DE RACIONALIZACI N
Se aplica el art.23 TRLCSP
Se aplica el art.23 TRLCSP
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JURISDICCIN COMPETENTEArts. 20 y 21 TRLCSP
TIPO DE SUJETO FASES DE LA VIDA DEL CONTRATOJurisdiccinContencioso-Administrativa
JurisdiccinCIVIL
Preparacin y Adjudicacin X
Cumplimiento, Efectos y Extincin X
Preparacin y Adjudicacin X
Cumplimiento, Efectos y Extincin X
Preparacin y Adjudicacin X
Cumplimiento, Efectos y Extincin
( ha de entenderse que comprende la modificacin
contractual, vase Dictamen del Consejo de Estado
215/2011)
X
Preparacin y Adjudicacin X
Cumplimiento, Efectos y Extincin
(ha de entenderse que comprende la modificacin
contractual, vase Dictamen del Consejo de Estado
215/2011)
X
Preparacin y Adjudicacin XCumplimiento, Efectos y Extincin
( ha de entenderse que comprende la modificacin
contractual, vase Dictamen del Consejo de Estado
215/2011)
X
TIPO DE CONTRATO
ADMINISTRACIN PBLICA
RESTO PODERESADJUDICADORES
(EXCLUIDA LAADMISTRACIN PBLICA)
RESTO DEL SECTORPBLICO
(SE EXCLUYEN LOS DOSTIPOS ANTERIORES)
CONTRATOS
PRIVADOS
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS(ARMONIZADOS O NO)
CONTRATOS PRIVADOS
CONTRATOS ARMONIZADOS(INCLUIDOS LOS CONTRATOS SUBVENCIONADOS DEL
ART. 17)
TODO TIPO DE CONTRATOS
CONTRATOS NO ARMONIZADOS
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DEFINICIN PREVIA DE LAS NECESIDADES (ARTS. 1, 22 y 109 TRLCSP)
DEFINICIN PREVIA DE LASNECESIDADES A SATISFACER
Se determinar con precisin:-La naturaleza y extensin de lasnecesidades a cubrir-Idoneidad para satisfacer lasnecesidades del objeto y delcontenido del contrato
Las necesidades que se pretendensatisfacer con el contrato son precisas parael cumplimiento y satisfaccin de los fines
institucionales del poder adjudicador?
Orden de iniciacin delexpediente (art. 109
TRLCSP)
Motivacin
En las entidades locales habrque comprobar tambin si estos
fines estn dentro de lasrespectivas competencias (art. 5,
25 y 28 Ley 7/1985)
NO PODR CELEBRAR ELCONTRATO
(ART. 22.1 TRLCSP)
SI QUE PODR CELEBRAREL CONTRATO
(ART. 22.1 TRLCSP)
No S
Manuel Fueyo Bros
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-La naturaleza de las prestaciones
-Las caractersticas de su financiacin-La necesidad de someter peridicamentea concurrencia su realizacin
PLAZO DE DURACINDE LOS CONTRATOS
PLAZOS DE DURACIN DE LOS CONTRATOS (ARTS. 23 y 303.1 TRLCSP)
Contratomenor?
No pueden durar ms de un aoy no admiten prrroga
S
ADMITENPRRROGA
(obligatoriamente debe preverseen los Pliegos)
No
Siempre que las caractersticaspermanezcan inalterables y que la
concurrencia haya sido realizada teniendoen cuenta la duracin mxima, incluidos losperiodos de prrroga
Contrato de Servicios?Regla Especial
(art. 303.1)Regla General
(art. 23.2)
Se acordar por el rgano decontratacin y ser OBLIGATORIA para
el contratista, salvo que el contratoprevea expresamente lo contrario.
No puede producirse porconsentimiento tcito de las partes
Pero podr preverse su prrroga
por MUTUO ACUERDO de laspartes antes de su finalizacin
Aplicable en principioa todo tipo de contratos
Mximo 4 aos
Estas no pueden superar el plazofijado originariamente en el
contrato.
Mximo 6 aos con prrroga
SNo
Ejemplos
En aplicacin del principiogeneral tambin podr
preverse la obligatoriedadde la prrroga
(Ver informe JCCAE 28/08)
Ejemplo: (en aos)
Periodo originariodel contrato(mximo 4)
Periodo mximode prrroga
Total(mximo 6)
1 1 22 2 43 3 64 2 6
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El PRECIO, expresado en , deber seradecuado para el efectivo cumplimiento delcontrato, mediante una correcta estimacinde su importe, atendiendo al precio generaldel mercado en el momento de fijar elpresupuesto de licitacin y la aplicacin, ensu caso, de las normas sobre ofertasanormales o desproporcionados.
Presupuesto base delicitacin(JCCA)=Presupuesto
mximo de licitacin (CE)
PRECIO, CUANTA, VALOR ESTIMADO YPRESUPUESTO MXIMODEL CONTRATO (ARTS. 87, 88 y DA 34TRLCSP. TAMBIN ART. 65.1 TRLCSP vs. 25.1 R.D. Leg. 2/2000 an vigente: DT 4 TRLCSP).Vase tambin el Informe JCCAE 43/08 y la Circular 1/2011 de la Abogaca General del Estado
Como partida independiente:
cuota deIVA
+PROHIBIDO EL PAGO APLAZADO EN LOS
CONTRATOS DE LASADMINISTRACIONES PBLICAS,EXCEPTO
ARRENDAMIENTOFINANCIERO O CON OPCIN DE COMPRA O
EN LOS CASOS EN QUE OTRA LEY LOAUTORICE EXPRESAMENTE
LA D.A.SEGUNDA. 13 PERMITE EL PAGOAPLAZADO EN LA ADQUISICIN DE BIENES
INMUEBLES (MAX. 4 AOS)El RD 704/1997 PARA EL ESTADO NO ES
APLICABLE AL SECTOR LOCAL
ADMITE PRRROGAS OMODIFICACIONES?
Presupuesto base delicitacin Valor
estimadoNo
Presupuesto basede licitacin
+
Importe de cualquier forma deopcin eventual
EVENTUALES PRRROGASDEL CONTRATO
VALOR ESTIMADO
S
Como partida
independiente: IVA
EN SU CASO, PRIMAS OPAGOS A LOS CANDIDATOS
VALOR ESTIMADO
ES EL IMPORTE QUE SE TOMA EN CONSIDERACIN A EFECTOS DE LOSUMBRALES COMUNITARIOS DE LOS CONTRATOS S.A.R.A Y TAMBIN EN LOSNEGOCIADOS POR RAZN DE LA CUANTA, TANTO CON PUBLICIDAD (< a1.000.000 en obras y 100.000 resto) COMO SIN ELLA ( a 200.000 en obrasy a 60.000 en el resto).
TAMBIN SE TOMAR PARA CALCULAR LA NECESIDAD O NO DE LACLASIFICACIN (ART. 65.1 TRLCSP VS. ART. 25.1 DEL TRLCAP AN VIGENTEPOR DT 4 TRLCSP).
PR
ECIO
VALOR ESTIMADO
Vanse las reglas contenidas enel art.88 apartados 2 a 8 para el
clculo del valor estimado enfuncin de los diferentes tipos de
contrato
Manuel Fueyo Bros
En el valor estimado no debeincluirse ni las eventuales
revisiones de precios ni el 10%de adicional de obra que se
aprecie en la medicin de esta(Informe 43/08 JCCAE).
Por su parte, en los contratos deservicios, la JCCA de Aragn ha
entendido que el valor de laseventuales prrrogas no deben
incluirse a efectos de laclasificacin Recomendacin 1/
2011, de 6 de abril, pg. 13-.
+
EVENTUALES
MODIFICACIONES
+
+
+
La Abogaca General del Estado,en su Circular n 1/2011, de 7 de
abril, entiende que el ValorEstimado (incluyendo las
modificaciones previstas segnart. 106 TRLCSP) es el importeque ha de tenerse en cuenta a
efectos de determinar laexigencia de clasificacin a que
se refiere el art. 65 TRLCSP.
EN ACUERDOS MARCOPRESUPUESTO MXIMO (DA
34
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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CLASIFICACINHasta que entre en vigor la nueva redaccin del art. 65.1 TRLCSP y DT 4 TRLCSP -
modificacin realizada a travs de la Ley 25/2013-(ARTS. 65 y SS TRLCSP; DT 4 TRLCSP; ART. 25.1 TRLCAP; ARTS. 25 Y SS DEL RD 1098/2001).
Contrato de Obraso Servicios?
Su valorestimado 500.000?
OBRAS
Su valorestimado 200.000?
NO
ESE
XIGIBLECLASIFICAC
IN
S
No
No
SERVICIOS
TRANSITORIAMENTE ES APLICABLEEL RGIMEN PREVISTO EN EL ART.
25.1 DEL TRLCAP.Los nuevos importes se deben a la
redaccin dada por la Ley 14/2013 y laLey 25/2013 al art. 65 del TRLCSP(aplicable a todos los expedientes que seinician a partir del 29/09/2013, vanse lasCirculares 2/2013 y 1/2014 de la Abogaca
del Estado)
El nmero de subgrupos exigible, salvo excepciones, no podr ser superior a 4 (2 en C. de Servicios) y el importe de la obra parcialque por su singularidad d lugar a la exigencia de clasificacin en un subgrupo, deber ser superior al 20% del precio del contrato,salvo casos excepcionales.
De acuerdo con la jurisprudencia de los Tribunales de Justicia no es posible interpretar que el precepto reglamentario prohba laclasificacin en ms de cuatro subgrupos por grupo (ver recomendacin n 1/2011 JCCA de Aragn). Adems, conforme hadeclarado la Sentencia de la Audiencia Nacional, de 16 de noviembre de 2011(Rec. 1465/2009), la limitacin a 4 subgrupos operacon respecto a todos los requeridos, cualquiera que sea el grupo de clasificacin en el que se incluyen; este rechazo a que el mximode 4 subgrupos (previsto en el art. 36.2.a) del RCAP) opere exclusivamente dentro del mismo grupo tambin se deduce de lasSentencias del TS de 10 de diciembre de 2004 y 15 de marzo de 2005 y se declara en el informe 01/08 de la JCCAE.
La categora del grupo o subgrupo viene en funcin de su cuanta. En este sentido, el artculo 67 TRLCSP, relativo a los criteriosaplicables y condiciones para la clasificacin, seala en su prrafo segundo que: La expresin de la cuanta se efectuar porreferencia al valor ntegro del contrato, cuando la duracin de ste sea igual o inferior a un ao, y por referencia al valor medio anualdel mismo, cuando se trate de contratos de duracin superior.
Se modifica as la previsin reglamentaria, que debe entenderse derogada, y, en consecuencia, para calcular las categoras debeactuarse del siguiente modo: cuando la duracin del contrato sea igual o inferior a un ao se tomar el valor ntegro del contrato, (o elprecio parcial de la actividad en el conjunto del contrato, si hay varios subgrupos) y por referencia al valor medio anual del contratocuando se trate de contratos de duracin superior.A estos efectos el trmino valor ntegro del contrato, debe entenderse en estecontexto como presupuesto de licitacin (informe 43/08, de 28 de julio, de la Junta Consultiva de la Administracin del Estado) y eltrmino valor medio anual debe entenderse, tal y como establece el artculo 36.6 RCAP, como la cantidad obtenida dividiendo suprecio total de licitacin, por el nmero de meses de su plazo de ejecucin y multiplicando por 12 el cociente resultante. Dado que lasescalas que figuran en el Reglamento, a efectos de calcular la anualidad media en las categoras de obras y de servicios, desarrollanla Ley de Contratos de las Administraciones Pblicas, hay que entenderlas con el Impuesto sobre el Valor Aadido incluido.
(Nota: la prctica totalidad de los prrafos anteriores proceden de la Recomendacin n 1/2011 JCCA de Aragn).
Para determinar la categora tomaremos su cuanta, y cuando haya partes del objeto del contrato, susceptibles de consideracinindependiente, se deber tener en cuenta el tiempo de ejecucin propio de esta parte del objeto del contrato y su presupuesto parcialpara efectuar las operaciones antes sealadas. Cuando los pliegos no establezcan plazos parciales para los diferentes subgrupos, sedeber tomar como plazo de ejecucin, a efectos del clculo de las categoras respectivas, el plazo total de ejecucin del contrato(MANUAL DIVULGATIVO DE LA GENERALITAT DE CATALUA).
SUBGRUPOS Y CATEGORAS
SE EXIGE CLASIFICACINOBLIGATORIAMENTE
Manuel Fueyo Bros
No
S
S
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SOLVENCIA/CLASIFICACIN(ARTS. 65 y SS TRLCSP; DT 4 TRLCSP; ARTS. 25 Y SS DEL RD 1098/2001).
SOLVENCIA
OBRAS
SERVICIOS
Su valor estimado500.000?
SE EXIGE CLASIFICACINOBLIGATORIA
S
CLASIFICACIN CORRESPONDIENTEA SU VALOR ANUAL MEDIO
Serviciosprofesionales?
Seguro de indemnizacin por riesgosprofesionales
S
EL LICITADOR TIENEDOS ALTERNATIVASPARA ACREDITAR LA
SOLVENCIA
SOLVENCIA EC-FIN
Duracinsupera el ao?
NO
El volumen anual de negociosreferido al mayor de los tres ltimosejercicios concluidos ser >1,5 Valor
Estimado del Contrato (VEC)
El volumen anual de negociosreferido al mayor de los tres ltimos
ejercicios concluidos ser > 1,5 ValorAnual medio (VAM)
S
SOLVENCIATECNICA
NO
NO
PRIMERA
SEGUNDA
EXPERIENCIA DEL MISMO TIPO LTIMOS AOS: 5 AOS EN GENERAL O10 EN CASO DE OBRAS CON CERTIFICADOS DE BUENA EJECUCIN
EL IMPORTE ANUAL ACUMULADO EN EL AO DE MAYOR EJECUCIN AL 70% DEL VEC O DE SU ANUALIDAD MEDIA SI ESTA ES INFERIOR AL
VEC
+
+
Salvo que en losPCAP se establezcade modo expreso, seexime de acreditar lasolvencia econmico-financiera y tcnica enlos contratos de obras
con VEC 80.000 yen el resto de los
contratos cuyo VECsea 35.000
Manuel Fueyo Bros
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PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIN (ART. 138 TRLCSP)
PROCEDIMIENTOS(ver informe 15/09 JCCAE)
ORDINARIOS
En los supuestos
previstos en los arts.
170 a 175 TRLCSP
En los supuestos
previstos en el art. 180
TRLCSP
ABIERTO RESTRINGIDO NEGOCIADO DILOGOCOMPETITIVO
NO ORDINARIOS
Manuel Fueyo Bros
CONPUBLICIDAD
SINPUBLICIDAD
CONTRATOMENOR
Adjudicacin directa enlos supuestos previstos
en el art. 138.3TRLCSP
(tcnicamente no es unprocedimiento)
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PROCEDIMIENTO ABIERTO(ARTS. 138, 142, 159, 160 y 161 TRLCSP y art. 112 Tramitacin Urgente)
(todos los plazos sealados en das son naturales salvo que se indique lo contrario -DA 12 TRLCSP-)
ABIERTOTodo empresario puede presentar proposiciones.
Est excluida toda negociacin
Es unContrato
S.A.R.A?
Anuncio DOUE
BOE
PRESENTACIN DEPROPOSICIONES
Ha habidoanuncio previo
-art. 141-?
Plazos mnimos aconsiderar desde el envodel anuncio a la Comisin
Europea (art. 159.1)
S
No
52das
-El plazo de 52 das puedereducirse:
*En 5 das si se ofreceacceso electrnico a lospliegos y documentacincomplementaria.*En 7 das cuando losanuncios se preparen yenven por medioselectrnicos, informticos otelemticos.Ambas reducciones puedenacumularse40 das.
-Por su parte el plazo de 36 das( 22) puede reducirse :
*En 7 das cuando losanuncios se preparen yenven por medioselectrnicos.15 DAS
MNIMOdesde la publicacin
Obras oConcesin de
Obras P.?
26 DASMNIMO
desde la publicacin
S
No
Anuncio en BOE o BoletinesAutonmicos o Provinciales(mbito local o autonmico)
Proceso de adjudicacin: El rganocompetente para la valoracin.
Normalmente: Mesa de Contratacin
Sobre con ladocumentacin del art. 146
S
No
+
Sobre/s con laProposicin
+
Califica la documentacin a la que serefiere el artculo 146 TRLCSP yprocede posteriormente a la apertura yexamen de las proposiciones
Criterios evaluablesde forma automtica< a los
Criterios dependientesde un juicios
de valor?
Un comit de expertos proceder ahacer la valoracin de los criterios noautomticos. Valoracin vinculante
Apertura en el plazo mximo de1 mesdesde el fin del plazo de presentacin.La apertura de la Oferta econmica se
efectuar en ACTO PBLICO (art. 160.1)
Criterios diferentes al precio?O a los efectos de verificar el
cumplimiento de especificacionestcnicas -160.1-
Podr solicitar cuantosinformes tcnicos considere
precisos
PROPUESTA DEADJUDICACIN
No
No
S
S
ADJUDICACIN
Solo CriterioPrecio?
S
NOPlazo mximo15 dasdesde el
siguiente a laapertura de
proposiciones
Plazo mximo 2meses desde el
siguiente a laapertura de
proposiciones,salvo que los
PCAPestablezcan
otros
No crea derecho, pero cuando el rgano de contratacinno adjudique el contrato al propuesto deber motivarse
Si no se produce la adjudicacin en los plazosestablecidos, los licitadores podrn retirar su proposicin
+
Estosplazos sepueden
ampliar 15das
hbilesenel caso de
ofertasdesproporcionadas oanormales
Anuncio en el Perfil de Contratante
36 das.En casos
excepcionalesdebidamentejustificados:
22 das(art. 159.1TRLCSP)
Estos plazos de 26y 15 das se
refieren al caso decontratos NO
SARA
En caso deTramitacin.URGENTE:
-13 das paracontratos de obras
y Concesin deO.P.
-8 das para otroscontratos
En cualquier caso se respetarn losplazos mnimos (contados desde lapublicacin en el BOE) fijados para lapresentacin de proposiciones encontratos NO SARA
Adems, en este caso, la Tr. Urgenteno afecta a estos plazos (art. 112.2.b)
Manuel Fueyo Bros
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO(ARTS. 138, 142, 162 a 168 TRLCSP y art. 112 Tr. Urgente)
(todos los plazos sealados en das son naturales salvo que se indique lo contrario -DA 12 TRLCSP-)
RESTRINGIDOSlo podrn presentar proposiciones aquellos empresarios que lo
soliciteny sean seleccionados en atencin a su solvencia
Es unContratoS.A.R.A?
DOUE
BOE
SOLICITUD DEPARTICIPACIN
Contrato deConcesin de
Obra P.?
Plazos mnimos a considerardesde la fecha de envo delanuncio al DOUE (art.164.1)
S
No
37das
Estos plazos pueden reducirse en 7das cuando los anuncios se envenpor medios electrnicos, informticoso telemticos..Adems, en estos casos, lapublicacin en el BOE se har conuna antelacin mnima de 10 dasdesde su publicacin.En la tramitacin URGENTE podrreducirse hasta 15 das contados
desde el envo del anuncio hasta 10das, si el envo se realiza por medioselectrnicos, informticos otelemticos.
10 DASMNIMO
desde la publicacin anuncio(art. 164.2)
BOE o BoletinesAutonmicos o
Provinciales (mbito
local o autonmico)
rgano de contratacin comprueba lapersonalidad y solvencia y selecciona alos que han de pasar a la siguiente fase
S
No
+
Anuncio en el Perfil de Contratante
+
52 das
Previamente debern haberse establecido criterios objetivos (y nodiscriminatorios) de solvencia de entre los sealados en los arts. 75 a 79 conarreglo a los que se seleccionarn a los candidatos a los que se invitar.
Se sealar el nmero mnimo de candidatos (que no podr ser inferior a 5) yse podr fijar el nmero mximo.Estos aspectos se indicarn en el anuncio de licitacin.
La solicitud se acompaar de la documentacina que se refiere el art. 146.1 TRLCSP
Invita simultneamente y por escrito alos seleccionados
El nmero de candidatos invitados deber serigual, al menos, a mnimo fijado previamente(que recordemos no puede ser inferior a 5)
La invitacin contendr una referencia la anuncio delicitacin, fecha lmite de recepcin, direccin deremisin, lengua si se admite alguna otra adems delcastellano, criterios de adjudicacin si no figurasen en elanuncio, lugar, da y hora de la apertura deproposiciones, ejemplar de los pliegos y copia de la
documentacin complementaria o indicaciones parapermitir el acceso a la misma por medios electrnicos Es un
ContratoS.A.R.A?
PRESENTACIN DEPROPOSICIONES
Ha habidoanuncio previo -
art. 141-?
S
Plazos mnimos aconsiderar desde la fechade envo de la invitacin
(art. 167)
40 das
No
El plazo no serinferior a 15 dasdesde
la fecha de envo dela invitacin (art. 167.2)
No
Comienza el Proceso de adjudicacin en los mismostrminos que los del Pr. Abierto art 168 en relacincon los arts. 160 y 161 (excepto en lo relativo a lanecesidad de calificar la documentacin del art. 146)
S
El plazo de 40 das puedereducirse en 5 das si seofrece acceso electrnico alos pliegos y documentacincomplementaria.
En la tramitacin URGENTElos plazos podrn reducirsehasta 10 das contadosdesde la fecha de envo dela invitacin para presentar
ofertas.Y el plazo de 6 dasprevisto en el art. 166.4 parafacilitar informacinsuplementaria se reducir a4 das (art. 112.2.b).
Este plazo de10 das se
refiere al casode contratos no
sujetos aregulacin
armonizada
En caso deTramitacin .URGENTE: 5das desde la
publicacin delanuncio
En caso deTramitacin .URGENTE: 8das desde la
invitacin
Manuel Fueyo Bros
Hasta 36 das yen casos excepcionales
22 das
(art .167.1)
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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PROCEDIMIENTO NEGOCIADO I(ARTS. 138 y 169 a 178 TRLCSP)
(todos los plazos sealados en das son naturales salvo que se indique lo contrario -DA 12 TRLCSP-)
NEGOCIADO
Recaer en el licitador JUSTIFICADAMENTE ELEGIDO tras efectuar consultas condiversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos
Se cumple alguno de lossiguientes requisitos?
SUPUESTOS GENERALES:
Cuando las proposiciones u ofertas econmicas, en procedimientos abiertos, restringidos o de dilogo competitivo seguidos anteriormente hayan resultado:-Irregulares-Inaceptables, por carecer de aptitud los empresarios-Que incumplen obligaciones legales relativas a la fiscalidad, proteccin del medio ambiente y condiciones de trabajo a que se refiere el artculo 119,-Que Infringen las condiciones para la presentacin de variantes o mejoras,-Que incluyan valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
En aquellos casos excepcionales en que no se pueda determinar previamente el precio global.
Cuando, tras haberse seguido un procedimiento abierto o restringido, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura, o las ofertas presentadas no sean adecuadas.
Cuando, por razones tcnicas o artsticas o por motivos relacionados con la proteccin de derechos de exclusiva el contrato slo pueda encomendarse a un empresariodeterminado.
Cuando una imperiosa urgencia, resultante de acontecimientos imprevisibles para el rgano de contratacin y no imputables al mismo, demande una pronta ejecucin delcontrato que no pueda lograrse mediante la aplicacin de la tramitacin de urgencia. En las EE.LL deber incorporarse al expediente informe del SECRETARIO y delINTERVENTOR sobre la justificacin de la causa de URGENCIA apreciada (D.A. Segunda, 9 TRLCSP)
Cuando el contrato haya sido declarado secreto o reservado (vase la DA Quinta TRLCSP tras la modificacin de la Ley 31/2015).
CONTRATOS DE OBRAS
-Obras realizadas nicamente con finesde investigacin,experimentacin operfeccionamiento y no con objeto deobtener una rentabilidad o de cubrircostes.
-Cuando se trate de OBRASCOMPLEMENTARIASque debido acircunstancias que no pusieron haberseprevisto por un poder adjudicadordiligente y pasen a ser necesarias paraejecutar la obra tal y como estabadescrita en el proyecto o en el contratosin modificarla y se cumplan lossiguientes requisitos:
*Que se confen al contratistaprincipalde acuerdo a los preciosque rijan el contrato primitivo (o sefijen contradictoriamente).*Que las obras no se puedan
separar tcnica oeconmicamente sin causargrandes inconvenientes o, aunqueresulten separables, seanestrictamente necesarias para superfeccionamiento.*El importe acumulado de lasmismas no puede superar el 50%del precio primitivo
-Se trate de obras que consistan enrepeticin, durante un periodo de TRESaos, de otras licitadas anteriormente ,siempre que se incluya en el anuncioesta circunstancia y se hayancomputado stas al fijar la cuanta total
del contrato.-Cuando su valor estimado sea inferiora 1.000.000
En los siguientes casos PARTICULARIDADES
CONTRATOS DE GESTINDE SERVICIOS PBLICOS
-SP en los que no es posiblepromover la concurrencia-SP en los que elpresupuesto de gastos deprimer establecimiento sea
inferior a 500.000 y el plazode duracin sea inferior a 5aos (ver Acuerdo 44/2012del TAC de Aragn).
-Relativos a la prestacin deasistencia sanitariaconcertados con mediosajenos, derivados deconvenios entreAdministraciones o de uncontrato marco, siempre queeste haya sido adjudicadocon arreglo a las normas deesta Ley
CONTRATOS DE SUMINISTROS
-Cuando se trate deadquisicindebienes muebles integrantes delPatrimonio Histrico Espaol, queprevia valoracin, se destinen amuseos, archivos o bibliotecas-Se trate de productosfabricados
exclusivamente con fines deinvestigacin, experimentacin,estudioo desarrollo-Se trate deentregascomplementarias efectuadas,durante un plazo de 3 aos, por elproveedor inicial, si el cambio deproveedor produceincompatibilidades o dificultadestcnicas desproporcionadas-Adquisicin de suministros enmercados organizadoso bolsas dematerias primas que coticen en losmismos.-Adquisiciones especialmenteventajosaspor cese definitivo de
actividades, o con losadministradores de un concurso omediante acuerdo judicial de unprocedimiento concursal.-Los de valor estimado inferior a100.000
CONTRATO DE SERVICIOS
-Se trate de servicios (especialmentelos servicios financieros) que consistanen prestaciones de carcter intelectualen los que no sea posible establecersus condiciones con la precisinnecesaria para adjudicarlo por un
procedimiento abierto o restringido.-Cuando se trate de SERVICIOSCOMPLEMENTARIOSque debido acircunstancias no pusieron haberseprevisto por un poder adjudicadordiligente y pasen a ser necesarias paraejecutar el servicio tal y como estabadescrita en el proyecto o en el contratosin modificarlo y se cumplan lossiguientes requisitos:
*Que se confen al contratistaprincipalde acuerdo a los preciosque rijan el contrato primitivo (o sefijen contradictoriamente).
*Que los servicios no se puedanseparar tcnica oeconmicamente sin causargrandes inconvenientes o, aunqueresulten separables, seanestrictamente necesarias para superfeccionamiento.*El importe acumulado de lasmismas no puede superar el 50%del precio primitivo
-Se trate de servicios que consistan enrepeticin, durante un periodo de TRESaos, de otros licitados anteriormente ,siempre que se incluya en el anuncio
esta circunstancia y se hayancomputado stos al fijar la cuanta totaldel contrato.-Cuando el contrato en cuestinsea laconsecuencia de un concurso y, conarreglo a las normas aplicables, debaadjudicarse al ganador,-Cuando su valor estimado sea inferiora 100.000
y
Manuel Fueyo Bros
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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Recaer en el licitador JUSTIFICADAMENTE ELEGIDO tras efectuar consultas condiversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos
Se trata de alguno de lossupuestos siguientes?
Se utiliza elPr. Negociado
en razn de la cuanta ysuperan 200.000 en el C. Obras
60.000 en el resto de
contratos?Cuando las proposiciones u ofertas econmicas, enprocedimientos abiertos, restringidos o de dilogo competitivoseguidos anteriormente hayan resultado:
-Irregulares-Inaceptables, por carecer de aptitud los empresarios-Que incumplen obligaciones legales relativas a lafiscalidad, proteccin del medio ambiente y condicionesde trabajo a que se refiere el artculo 119,-Que Infringen las condiciones para la presentacin devariantes o mejoras,-Que incluyan valores anormales o desproporcionados,siempre que no se modifiquen sustancialmente lascondiciones originales del contrato.
En aquellos casos excepcionales en que no se puedadeterminar previamente el precio global.
Cuando se trate de obras que se realicen nicamente confines de investigacin, experimentacin o perfeccionamiento yno con objeto de rentabilidad o de cubrir costes de I+DSe trate de servicios (especialmente los serviciosfinancieros) que consistan en prestaciones de carcterintelectual en los que no sea posible establecer sus
condiciones con la precisin necesaria para adjudicarlo por unprocedimiento abierto o restringido.
NEGOCIADO
PROCEDIMIENTO NEGOCIADO II(ARTS. 138, 142 y 169 a 178 TRLCSP)
Se debe dar PUBLICIDAD,conforme a lo dispuesto concarcter general en el art. 142
TRLCSP
S
En el caso de utilizacin porhaberse producido ofertas
inaceptables o irregulares enprocedimientos anteriores,
podr prescindirse de lapublicacin siempre que en la
negociacin se incluya atodos los licitadores
No obstante la publicidad enel perfil de contratante
podr sustituir la del B.O.E ode los Boletines Of.
Autonmicos o Provinciales(arts. 142.4 vs. 177.2
TRLCSP)
Se aplicarn las normascontenidas en los artculos
163 a 166 relativos al Pr.Restringido
RESTO DE LOS CASOS:-inferiores a 200.000 enC.Obras 60.000 en el
resto-O se utiliza (por el resto
de los motivos) elprocedimiento negociado
sin publicidad
Solicitud de ofertasal menos a 3
empresascapacitadas,
siempre que ello seaposible
Algunos autores entienden queadems hay que publicarlo en
el Perfil de Contratante(particularmente me gustaraque fuese as, pero no lo es)
S
No
En caso de que se decida limitar el nmero deempresas a las que se invitar a negociar, sernecesario solicitar, al menos, a tres empresas
capacitadas para realizar el objeto, siempre queello sea posible
LOS PCAP DETERMINARAN LOSASPECTOS ECONMICOS Y
TCNICOS OBJETO DE NEGOCIACIN
En el expediente deber dejarse constancia de lasinvitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y
de las razones de su aceptacin o rechazo
Manuel Fueyo Bros
()
NEGOCIACIN
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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El rgano de contratacin dirige un dilogo con los candidatos seleccionados,previa solicitud de los mismos, a fin de desarrollar una ovarias soluciones susceptibles de satisfacer sus necesidades y que servirn de
base para que los candidatos elegidos presenten una oferta
DILOGO COMPETITIVO
DILOGO COMPETITIVO(ARTS. 138 y 179 a 183 TRLCSP)
(todos los plazos sealados en das son naturales salvo que se indique lo contrario -DA 12 TRLCSP-)
SUPUESTOS DE APLICACIN:-En contratos particularmente complejos, en donde se considere que losprocedimientos abiertos o restringidos no permiten una adecuadaadjudicacin. Se considera particularmente complejo un contrato cuando elrgano de contratacin no se encuentre objetivamente capacitado para definirlos medios tcnicos aptos para satisfacer sus necesidades u objetivos o paradeterminar la cobertura jurdica o financiera de un proyecto-En el caso de contratos de colaboracin pblica-privada se adjudicarn poreste procedimiento, sin perjuicio de que pueda seguirse el Pr. Negociado conpublicidad en el caso del art. 170.a) TRLCSP
Anuncio dando a conocersus necesidades y
requisitos
Se aplicarn las normascontenidas en los artculos163 a 165 relativos al Pr.
Restringido
SOLICITUD DEPARTICIPACIN
rgano de contratacin comprueba lapersonalidad y solvencia y selecciona alos que han de pasar a la siguiente fase
Invita simultneamente y por escrito alos seleccionados
Dialogo conlos candidatos
-FIN: DETERMINAR Y DEFINIR LOS MEDIOSADECUADOS PARA SATISFACER LASNECESIDADES-Trato igual.-No se podr revelar soluciones propuestas porlos participantes u otra informacin confidencial.-El procedimiento podr articularse en fasessucesivas a fin de reducir progresivamente el nde soluciones utilizando criterios indicados en elanuncio o en el documento descriptivo.-El n de soluciones que se examinen en la fase
final deber ser lo suficientemente amplio comopara garantizar una competencia efectiva
Se declara
cerrado el dilogo
Se informa a todos los participantes yse les INVITA A PRESENTAR LA
OFERTA FINAL basada en la solucinpresentada en la fase de dilogo
Proceso deadjudicacin
ProposicionesMESA ESPECIAL DEL DILOGOCOMPETITIVO (ART. 321 TRLCSP -1/3PERSONAL ESPECIALMENTECUALIFICADO):
Utilizacin de los criterios -debern servarios- sealados en el anuncio o en eldocumento descriptivo
Manuel Fueyo Bros
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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PUBLICIDAD DE LAS LICITACIONES(ARTS. 141, 142 Y 334 TRLCSP)
POTESTATIVAMENTE ANUNCIO PREVIO DE
LA RELACIN DE CONTRATOSA ADJUDICAR EN LOSPRXIMOS 12 MESES?
Es un Contrato S.A.R.A?(*) S
DOUE
Contratos de Obras 5.186.000Resto de contratos 750.000
Si ha habido anuncio previose reducen los plazos
+
Entes del SectorLocal o Autonmico y
sus entidadesdependientes?
BOE
No
No
S
Pueden sustituirla publicacinen el BOE por
BoletinesOficialesAutonmicos o
Provinciales
Perfil deContratante
+
+
CONTRATO
BOE
En contratos negociados por raznde la cuanta que requieran
publicidad, el anuncio en el perfil essuficiente.Pero si no se hace a travs del
perfil habr que hacer el anuncioen diarios oficiales BOE/Boletines
autonmicos o provinciales
Manuel Fueyo Bros
(*)(*)
El envo del anuncio alDOUE deber preceder
a cualquier otrapublicidad.
Los anuncios que se
publiquen en otrosdiarios o boletines
debern indicar la fechade aquel envo, de la queel rgano de contratacindejar prueba suficienteen el expediente, y no
podrn contenerindicaciones distintas alas incluidas en dicho
anuncio (art. 142.3TRLCSP).
A los poderesadjudicadores que nosean Administraciones
Pblicas se les exime depublicar tanto laslicitaciones como lasadjudicaciones en los
diarios oficialesnacionales (art. 190.1.b
TRLCSP).
DOUEPotestativamente,
adems(art. 142.2 TRLCSP)
PLATAFORMA DE CONTRATACIN DELSECTOR PBLICO
DIRECTAMENTE O POR INTERCONEXIN
UMBRALES CONTRATOS S.A.R.A.
DESDE 1-1-2012 hasta31-12-2013
DESDE 1-1-2014
5.000.000 5.186.000S.P. ESTATAL 130.000 134.000RESTO DE ENTES 200.000 207.000
TIPO DE CONTRATO
OBRASSERVICIOS YSUMINISTROS
REGLAMENTO (UE) 1251/2011 (DOUE 2-12-2011) y Orden EHA/3479/2011 (BOE 23-12-2011) y REGLAMENTO (UE) N1336/2013 DE LA COMISIN (DOUE 14-12-2013.
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RESUMEN DE PLAZOS (ARTS. 159, 160, 161, 164 a 168, 178 y ART. 112 -TRAMITACIN URGENTE- TRLCSP)
Manuel Fueyo Bros
PLAZOS MNIMOSD AS NATURALES (DA 12 TRLCSP), SALVO QUE SE ESPECIFIQUE OTRA COSA
General * ** General * ** General * ** General * **
SIN ANUNCIO PREVIO 52 -5 -7 52 -5 -7 52 -5 -7 52 -5 -7
CON ANUNCIO PREVIO 36 -7 36 -7 36 -7 36 -7
CON ANUNCIO PREVIO EN CASOSEXCEPCIONALES
22 -7 22 -7 22 -7 22 -7
TRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
TRAMITACIN ORDINARIA(la publicacin en el BOE se har con unaantelacin mnima de 10 das)
37 -7 52 -7 37 -7 37 -7
TRAMITACIN URGENTE 15 10 15 10 15 10 15 10
TRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
SIN ANUNCIO PREVIO 40 -5 40 -5 40 -5 40 -5
CON ANUNCIO PREVIO
CON ANUNCIO PREVIO EN CASOSEXCEPCIONALESTRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
TRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
SE UTILIZA SOLO EL CRITERIO PRECIOPARA ADJUDICAR. TR. ORDINARIA
SE UTILIZA SOLO EL CRITERIO PRECIOPARA ADJUDICAR. TR. URGENTE
SE UTILIZAN M S CRITERIOS DEADJUDICACIN. TR. ORDINARIA
SE UTILIZAN MS CRITERIOS DEADJUDICACIN. TR. URGENTE
TRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
TRAMITACIN ORDINARIA
TRAMITACIN URGENTE
(*) Reduccin cuando se ofrezca acceso electrnico a los Pliegos y a la documentacin complementaria(**) Reduccin de plazos cuando los anuncios se preparen y enven por medios electrnicos, informticos o telemticos. En su caso, puede ser acumulada a la (*)
36
TIPOLOGA
NO
SARA 26 26
ABIERTO
PRESENTACINDE
PROPOSICIONES
SARA(AQU
NO
SEREDUCENLOS
PLAZOSPOR
TRAM
.
URGENTE)
PROC
EDIMIENTO
FASE
SA
RA/O
NO
TIPO DE CONTRATO
SUMINISTRO/SERVICIOS
/CONCESIN DESERVICIOS PBLICOS
CONTRATO DECOLABORACIN
PBLICO-PRIVADO
15
SIEMPRE SON SARA13 13 8
OBRACONCESIN DEOBRA PBLICA
FASERECE
PCINDE
SOLICITU
DESDE
PARTICIPACIN(seaplica
tambinalPr.N
egociadocon
publicidad)
SARA
NO
SARA
FASEPRESENTACINDE
PROPOSICIONES
SARA
NO
SARA
36
10 10 10SIEMPRE SON SARA
5 5 5
36 36
22
PLAZO APERTURA PROPOSICIONES
PLAZO MXIMO DE UN MES DESDE EL FIN DEL PLAZO DE PRESENTACIN DE
OFERTASPLAZO MXIMO DE MEDIO MES DESDE EL FIN DEL PLAZO DE PRESENTACIN DE
OFERTAS
8 8
22 22 22
RESTRINGIDO
PLAZO MXIMO DE 15 DAS DESDE EL SIGUIENTE A LA APERTURA DEPROPOSICIONES. SE AMPLIARN EN 15 DAS EN EL CASO DE OFERTAS ANORMALES
15 15 15
SIEMPRE SON SARA8
PLAZO MXIMO DE 2 MESES DESDE LA APERTURA DE PROPOSICIONES (SALVO QUELOS PCAP ESTABLEZCAN OTROS). SE AMPLIARN EN 15 DAS HBILES EN EL CASO
DEBER PRODUCIRSE NO MS TARDE DE LOS 8 DAS HBILES SIGUIENTES A AQUELEN QUE SE RECIBA LA NOTIFICACIN A LOS LICITADORES Y CANDIDATOS
PLAZO PARA ADJUDICACIN
PLAZO MXIMO DE 1 MESES DESDE LA APERTURA DE PROPOSICIONES (SALVO QUELOS PCAP ESTABLEZCAN OTROS). SE AMPLIARN EN 8 DAS HBILES EN EL CASO
DE OFERTAS DESPROPORCIONADAS
DEBE DEJARSE TRASCURRIR EL PLAZO DE ESPERA DE 15 DAS PARA LAINTERPOSICIN DEL RECURSO ESPECIAL O UNA VEZ LEVANTADA LA SUSPENSIN.LUEGO SE REQUERIR AL ADJUDICATARIO Y SE FORMALIZAR EN EL PLAZO DE 5
DAS (NATURALES) A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE AL REQUERIMIENTO. ESTEPLAZO NO SE REDUCE EN LA TRAMITACIN URGENTE
DEBER PRODUCIRSE NO MS TARDE DE LOS 15 DAS HBILES SIGUIENTES AAQUEL EN QUE SE RECIBA LA NOTIFICACIN A LOS LICITADORES Y CANDIDATOS
(LAS CC.AA. PODRN AMPLIAR ESTE PLAZO SIN QUE EXCEDA DE UN MES)
NO
SARA
PLAZO PARA LAFORMALIZACIN DEL
CONTRATO
S
ARA
PLAZO MXIMO DE 8 DAS DESDE EL SIGUIENTE A LA APERTURA DEPROPOSICIONES. SE AMPLIARN EN 8 DAS EN EL CASO DE OFERTAS ANORMALES
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SUBASTA ELECTRNICA (ART. 148 TRLCSP)
No es un procedimiento, es una FASE o TCNICA que se puede emplear cuando se prevea que las ofertasde los licitadores pueden ser mejoradas. SE ADMITE EN LOS SIGUIENTES PROCEDIMIENTOS:
-ABIERTO-RESTRINGIDO-NEGOCIADO POR LOS MOTIVOS DEL ART. 170.a TRLCSP-Tambin puede emplearse en los Sistemas: Acuerdos Marco (art. 198.4.d TRLCSP y en lossistemas dinmicos de contratacin art. 202.3 TRLCSP
No podr recurrirsea la S.E. de modo abusivo o de modo que se obstaculice, restrinja o falsee lacompetencia o se vea modificado el objeto del contrato
Las especificaciones puedenestablecerse de manera precisa?
El objeto del contrato tienecarcter intelectual?
Se basa en variaciones referidas alPRECIO o a valores de los elementosde la oferta que sean cuantificables ysusceptibles de ser expresados en
cifras o porcentajes
No
EL RGANO DE CONTRATACIN LO DEBER INDICAR EN ELANUNCIO: ELEMENTOS A CUYOS VALORES SE REFIERE LA SUBASTA,
LMITES, INFORMACIN A DISPOSICIN, FORMA DE DESARROLLARLA MISMA, CONDICIONES DE LA PUJA Y DISPOSITIVOS UTILIZADOS
PRIMERA EVALUACIN COMPLETA DE LAS OFERTASCONFORME A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIN
INVITACINPOR MEDIOS ELECTRNICOSA TODOS LOS LICITADORES ADMITIDOS
PARA QUE PRESENTEN NUEVOSPRECIOS REVISADOS A LA BAJA
O NUEVOS VALORES QUEMEJOREN LA OFERTA
-INCLUIR TODA LA INFORMACIN PERTINENTE PARALA CONEXIN.
-FECHA Y HORA DEL COMIENZO DE LA SUBASTA YFORMA DE PRODUCIRSE SU CIERRE.
-FRMULA MATEMTICA UTILIZADA PARA LARECLASIFICACIN AUTOMTICA DE LAS OFERTAS
SI HAY PLURALIDAD DECRITERIOS DE
ADJUDICACIN, SEACOMPAAR A LA
INVITACIN ELRESULTADO DE LAEVALUACIN DE LA
OFERTA PRESENTADAPOR EL LICITADOR
INICIO DE LA SUBASTA
ENTRE FECHA DE ENVO E INICIO MNIMO DE 2 DAS HBILESA lo largo de la subasta se
informar, de forma continua einstantnea, sobre la respectiva
clasificacin y adicionalmente sepodr informar sobre los precios o
valores de los restanteslicitadores, sin poder divulgar su
identidadCRITERIOS PARA EL CIERRE DE LASUBASTA:-por sealamiento de fecha y hora de cierre-por falta de presentacin de nuevos preciosdurante un determinado plazo-por finalizacin del calendario de fases
FIN DE LA SUBASTA
ADJUDICACIN(ART. 151 TRLCSP)
Manuel Fueyo Bros
S
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El recurso a este instrumento no se efectuar de forma abusiva o de modo quela competencia se vea obstaculizada, restringida o falseada
PROCEDIMIENTOS DEADJUDICACIN
ACUERDOS MARCO: Mximo4 aos
CON UNO SOLOLICITADOR
CON VARIOS(MIN. TRES)
NUEVA LICITACINCONTRATOS
Estos seconcertarn
en lostrminos
fijados en elacuerdomarco
Consulta por escrito a todas lasempresas capaces con las que sehaya concertado el A. Marco.Si no se trata de un SARA podrdecidirse justificadamente noconsultar a todos (mnimo de tres)
Por cada contrato que haya de adjudicarse
Presentacin de ofertas.Puede utilizarse lasubasta electrnica
Plazo suficiente
ADJUDICACIN a la mejoroferta valorada segn criterios
sealados en el A. Marco
PUBLICACIN DE LA ADJUDICACIN:
-EN EL PERFIL DE CONTRATANTE-BOE BO CC.AA (EN UN MXIMO DE 48 DAS )-EN LOS S.A.R.A REMISIN AL DOUE YEFECTUADA SU PUBLICACIN EN EL BOEDENTRO DEL PLAZO DE 48 DAS DESDE SUCELEBRACIN
Todos los trminos estnestablecidos en el A.M?
No
La adjudicacina uno de ellosaplicando el
propio A.M sinnecesidad de
nueva licitacin
S
ACUERDOS MARCO(ARTS. 196 a 198 TRLCSP)
Manuel Fueyo Bros
En este caso podr efectuarse la FORMALIZACIN sinnecesidad de observar el plazo de espera del art. 156.3
TRLCSP (ART. 198.5 TRLCSP)
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SISTEMAS DINMICOS DE CONTRATACIN(ARTS. 199 a 202 TRLCSP)
Los rganos de contratacin podrn articular sistemas dinmicos para la contratacin de obras, servicios y suministros deuso corriente cuyas caractersticas, generalmente disponibles en el mercado, satisfagan sus necesidades. La duracinmxima es de 4 aos y se desarrolla de acuerdo con las normas del procedimiento abierto
Anuncio de licitacin indicandoquese trata de articular un sistema
dinmico
Desde la publicacin hasta la expiracin delsistema se garantizar acceso sin restricciones,directo y completo por medios electrnicos a losPliegos y a la documentacin complementaria.
EL DESARROLLO Y ADJUDICACIN DEL SISTEMA SEREALIZAR EXCLUSIVAMENTE POR MEDIOS INFORMTICOS
Cualquier empresario interesadopodr presentar una oferta indicativa aefectos de ser incluido en el sistema
EVALUACIN DE LAS OFERTAS INDICATIVAS
Plazo mximo de 15 das (puedeprorrogarse)
Notificacin de la Aceptacin o Rechazo (este solose puede producir por no ajustarse a los pliegos)
Plazo mximo de 2 das
Inclusin en el sistema
Es unContratoS.A.R.A?
Por cada contrato especfico
Licitacin
Anuncio enDOUE+BOE+Perfil
S
Se invita a cualquierempresario a formularuna oferta indicativa
Se invita a todos losempresarios admitidosal sistema a presentar
ofertas
OFERTAS
ADJUDICACIN a la mejor oferta de acuerdocon los criterios sealados en el anuncio del
sistema dinmico.Tambin se puede utilizar la subasta
electrnica
No
PUBLICACIN DE LA ADJUDICACIN en los 48das siguientes en la forma prevista en el art. 154TRLCSP (no obstante se podrn agrupartrimestralmente).
Durante la vigenciadel sistema
Manuel Fueyo Bros
Min. 15 das
En este caso podr efectuarsela FORMALIZACIN de forma
inmediata (ART. 202.6 TRLCSP)
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CONTRATACIN CENTRALIZADA(ARTS. 203 a 207 TRLCSP, Orden EHA/1049/2008, de 10-04-2008 y RD 696/2013)
(mbito Estatal)
MHAP
Puede declarar la Contratacin centralizada de Suministros,Obras y Servicios que se contraten de forma general y con
caractersticas esencialmente HOMOGNEAS
Direccin General de Racionalizaciny Centralizacin de la Contratacin.
(vase la DA 34 del RD-ley 8/2013 y RD696/2013)
Acta como centralde contratacin nica
Procedimientos
A travs de la conclusinde un contrato normal
A travs de la conclusin de uncontrato especial de adopcin de tipo
(ver art. 1 Orden EHA/1049/2008)
PRIMERA FASE:ADOPCIN DE TIPOPARA CADA CLASE DE BIENES
ACUERDOMARCO
SISTEMADINMICO
SEGUNDA FASE:CONTRATACINESPECFICA
LA FINANCIACINCORRE A CARGODE ORGANISMO PETICIONARIO
RGANO INTERESADO EN LA ADQUISICIN:consulta por escrito a los empresarios capaces,
recibe las ofertas y las examina
PROPUESTA
Direccin General deRacionalizacin yCentralizacin de la
Contratacin.
Las CC.AA; las EE.LLylos OO.AA y entes
dependientes
ACUERDOSDE ADHESIN
Direccin General de Racionalizacin yCentralizacin de la Contratacin.
CONTRATISTA
CONSTITUYE FIANZAFORMALIZACIN
RGANO INTERESADOEN LA ADQUISICIN
SUMINISTRALOS BIENES, ETC.
PAGA
Manuel Fueyo Bros
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LA LICITACINDEBE PUBLICARSE?
LOS CRITERIOS DEADJUDICACIN Y SU
PONDERACIN RELATIVA(% SOBRE EL TOTAL) DEBEN
FIGURAR EN EL ANUNCIO DELICITACIN (ART. 150.5
TRLCSP)
PROCEDIMIENTO DECONTRATACIN
S
LOS CRITERIOS DE ADJUDICACINY SU PONDERACIN RELATIVA (%SOBRE EL TOTAL) DEBEN FIGURAR
BIEN EN LOS PLIEGOS DE
CLUSULAS ADMINISTRATIVASPARTICULARES (PCAP) O EN ELDOCUMENTO DESCRIPTIVO (ART.150.2 TRLCSP PRIMER PRRAFO)
NO
EN CUALQUIER CASO, EN LOSPCAP DEBE FIGURAR, ADEMS,
LA FORMA DE VALORACIN(ART. 150.2 TRLCSP SEGUNDO
PRRAFO)
Manuel Fueyo Bros
CRITERIOS DE ADJUDICACIN(ART. 150 TRLCSP)
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CRITERIOS DE ADJUDICACIN
SE REFIEREN A ASPECTOSRELACIONADOS CON LAS EMPRESAS
LICITADORAS Y SU CAPACIDAD PARAEJECUTAR EL CONTRATO?
SE REFIEREN A ASPECTOSRELACIONADOS CON EL OBJETODEL CONTRATO Y COMPORTAN
UNA VENTAJA PARA ELPODER
ADJUDICADOR?
NO
SE PUEDEN UTILIZARCOMO CRITERIOS DE
ADJUDICACIN
S
SE PUEDEN UTILIZARSOLO COMO CRITERIOS
DE SELECCIN NO DEADJUDICACIN
S
NO SE PUEDEN UTILIZARCOMO CRITERIOS DE
ADJUDICACINNO
Manuel Fueyo Bros
SER NULA DE PLENODERECHO TODA
DISPOSICIN, ACTO ORESOLUCIN QUE
OTORGUE, DE FORMADIRECTA O INDIRECTA,
VENTAJAS A EMPRESASQUE HAYAN CONTRATADO
PREVIAMENTE CONCUALQUIER
ADMINISTRACIN (ART. 45TRLCSP)
Sobre el particular, la Ley 14/2013, modific el art. 32 del TRLCS y en el art. 45.2 estableci que ser nula de pleno derecho toda disposicin, acto oresolucin que otorgue, de forma directa o indirecta, ventajas a empresas que hayan contratado previamente con cualquier administracin.
Adems en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garanta de la unidad de mercado, contiene diversas previsiones con incidencia en la contratacinpblica, entre ellas, la obligacin de las autoridades competentes de velar, en las actuaciones administrativas, disposiciones y medios de intervencinadoptados en su mbito de actuacin, por la observancia de los principios de no discriminacin, cooperacin y confianza mutua, necesidad yproporcionalidad de sus actuaciones, eficacia en todo el territorio nacional de las mismas, simplificacin de cargas y transparencia; y, en particular,que se cumplen dichos principios, entre otros, en "la documentacin relativa a los contratos pblicos, incluidos los pliegos y clusulas de los contratospblicos" (artculo 9). Asimismo, tambin se prev la obligacin de las autoridades competentes de asegurar que cualquier medida, lmite o requisitoque adopte o mantenga en vigor no tenga como efecto la creacin o el mantenimiento de un obstculo o barrera a la unidad de mercado. En estesentido, se establece que sern consideradas actuaciones que limitan el libre establecimiento y la libre circulacin los actos, disposiciones y mediosde intervencin de las autoridades competentes que contengan o apliquen: a) Requisitos discriminatorios para el acceso a una actividad econmica osu ejercicio, para la obtencin de ventajas econmicas o para la adjudicacin de contratos pblicos, basados directa o indirectamente en el lugar deresidencia o establecimiento del operador. Entre estos requisitos se incluyen, en particular: 1. que el establecimiento o el domicilio social se
encuentre en el territorio de la autoridad competente, o que disponga de un establecimiento fsico dentro de su territorio; 2. que el operador hayaresidido u operado durante un determinado periodo de tiempo en dicho territorio; 3. que el operador haya estado inscrito en registros de dichoterritorio; 4. que su personal, los que ostenten la propiedad o los miembros de los rganos de administracin, control o gobierno residan en dichoterritorio o renan condiciones que directa o indirectamente discriminen a las personas procedentes de otros lugares del territorio; 5. que el operadordeba realizar un curso de formacin dentro del territorio de la autoridad competente (artculo 18).
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POSIBILIDAD DE ATRIBUIR PUNTUACIN ESPECFICA A ELEMENTOSSECUNDARIOS GENRICAMENTE DEFINIDOS EN LOS PLIEGOS
Los subcriterios hansido establecidos con
antelacin y son conocidospor los licitadores?
Se refieren a elementosque de haber sido conocidos
hubiesen influido en lapreparacin de las ofertas?
Esta atribucinespecfica (valoracin) se hace antes
de la apertura de las plicas?(es decir, antes deconocer las ofertas)
Modifica los criterios deadjudicacin?
oTienen efectos discriminatorios?
S
No
No
ES POSIBLE
S
NOESPOSIBLE
No
S
S
No
Manuel Fueyo Bros
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ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIN(II)(ART. 160 TRLCSP y art. 27 RD 817/2009)
FECHA DE FINALIZACIN DEL PLAZO
DE PRESENTACIN DE OFERTAS
ACTO DE APERTURA
ACTO PBLICO DE APERTURA(DE CARCTER INDEPENDIENTE AL RESTO DE LOS SOBRES)
PLAZO NO
SUPERIOR A7 DAS
Sobre 2 DOCUMENTACIN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIN PONDERABLES EN FUNCINDE UN JUICIO DE VALOR: Indicarn la Licitacin e irn firmados por el licitador o representante ynombre o razn social de la empresa (art. 80 RCAP).
- En hoja independiente se indicar su contenido numerado
-Documentacin relativa a los aspectos de la proposicin que dependan de un juicio de valor
Sobre 3 DOCUMENTACIN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIN AUTOMTICOS: Indicarn laLicitacin e irn firmados por el licitador o representante y nombre o razn social de la empresa
- En hoja independiente se indicar su contenido numerado- ocumentac n reatva a os aspectos e a proposc n que no epen an e un uc o e vaor cuant ca es me ante meraaplicacin de frmulas
Vase la Resolucin 132/2011 del TACRC
ACTO PBLICO DE APERTURA
MAX.UN MES
Manuel Fueyo Bros
Con respecto a la firma de las ofertas, en la Resolucin n 191/2012 TACRC se seala: ..en cuanto que la recurrente se limita areferirse a que una oferta econmica sin concretar cul- sin firmar no
es vlida, ni puede ser firmada a posteriori, tampoco resulta admisible
en cuanto que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
la omisin de firma de la proposicin econmica constituye un defectosubsanable (entre otras, las Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de
julio de 2004 y de 21 de septiembre de 2004).
El TACRC, en la resolucin 95/2012, ha sentado el criterio (vase la resolucin 95/2012) de confirmar la exclusin de aquellos licitadores que incluyeron informacin desus ofertas (ya se trate de criterios sujetos a juicio de valor o evaluable mediantefrmulas) en el sobre relativo al cumplimiento de requisitos previos (resoluciones 147/2011 y 67/2012, relativas a los recursos 114/2011 y 47/2012), as como para elsupuesto de inclusin de informacin evaluable mediante frmulas en el sobrecorrespondiente a la informacin sujeta a juicio de valor (resoluciones 191/2011 y 295/
2011) y, por otro, la no exclusin de aquellos que incluyeron informacin del sobreevaluable automticamente en el sobre referido a informacin tcnica no sujeta aevaluacin mediante juicio de valor (resoluciones 14/2010 y 233/2011)
Sobre 1 : Indican la Licitacin, Firmados por e l licitador o Representante y Nombre o Razn Social de la Empres a
art. 146 TRLCSP y 80 RCAP)- En hoja independiente se indicar su co ntenido numerado
-Acreditacin de Personalidad jurdica del empresario y, en su caso, su representacin
-Acrediten clasificacin o solvencia.Si laempresa se encuentra pendiente declasificacin aportar eldocumento acreditativo de laso licitud, debiendo justificar estarenposesin de la clasificacin exigida en el plazo de subsanacin de defectos
-Declaracin responsable de no incurrir en prohibicin de contratar
-En su caso, una direccin de correo electrnico en que efectuar las not ificaciones.- Para empresas extranjeras, cuando el contrato vaya a ejecutarse en Espaa, declaracin de someterse a la jurisdiccin espaola.
-Otros doc umentos sealados en los P liegos y en el Anuncio de Licitacin
- Cuando la acreditacin de la personal idad, clasi ficacin y solvencia se realice mendiante certi ficacin del ROLECE o mediante un certi f icado comunitar io declasi ficacin , deber acompaarse una declaracin responsable del l icitador en la que manifieste que las circunstancias del certi ficado no han variado. Estamanifestacin deberreiterarse,en caso deresultaradjudicatario,en eldocumento enque se formalice el contrato,sin perjuicio de queel rgano de contratacin pueda,si lo estima co nveniente, efectuar una consulta al ROLECe.
-Si se estima conveniente,podr establecerse en los PCAP que la aportacin inicial de la documentacin prevista en el art. 146.1del TRLCSP se sustituya por unadeclaracin responsable indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administracin. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaigala propuesta de adjudicacin, deber acreditar ante el rgano de contratacin, previamente a la adjudicacin del contrato, la posesin y validezde los documentosexigidos. En todo caso bastar con esta declaracin responsable en los contratos deobras con valor estimado inferior a 1.000.000 euros y desuministros yservicioscon valor estimado inferior a 90.000 euros. En todo caso el rgano de contratacin, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podr recabar, en cualquiermomento anter ior a la adopcin de la propuesta de adjudicacin, que los l icitadores aporten documentacin acreditativa del cumplimiento de las condicionesestablecidas para ser adjudicatario del contrato (vase la Recomendacin de la JCCA sobre la interpretacin dealgunos preceptos del TRLCSP tras lamodificacinrealizada por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y s u internacio nalizacin). Vase f icha siguiente.
-Una declaracin responsablede no estar incurso en prohibicin de contratar.Esta declaracin incluir lamanifestacin dehallarse alco rriente delcumplimiento delasobligaciones tributarias y con la Seguridad Social , sin perjuicio de que la justificacin acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicacin, por elempresario a cuyo f avor se vaya a efectuar sta.
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIN(III)RECOMENDACIN DE LA JCCAE EN RELACIN A LA MODIFICACIN DEL TRLCSP REALIZADA POR LA
LEY 14/2013 (ART. 146 TRLCSP)
ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIN(III)RECOMENDACIN DE LA JCCAE EN RELACIN A LA MODIFICACIN DEL TRLCSP REALIZADA POR LA
LEY 14/2013 (ART. 146 TRLCSP)
C. Obras 1 MC. Suministro o de Servicios
90.000?
DECLARACINRESPONSABLE
Obligatorio
Resto de los contratos
S
DiscrecionalNo
Opta por laDeclaracinresponsable
del art. 146.4?
Deber reflejarseen los PCAP
S
No
A pesar de nofigurar en losPCAP, alguna
empresapresenta
declaracinresponsable
PLAZO DESUBSANACIN
Mesa decontratacin
Calificacin
Sustituye solo a losdocumentos del art. 146.1TRLCSP y a ningn otro(no exime a las UTES de
presentar el documento delart. 59.2 TRLCSP)
Plazo para subsanar
REQUERIMIENTO AL LICITADOR
CON OFERTA ECONMICAMENTEMS VENTAJOSA
Adjudicacin
10 das hbiles
RGANO DE CONTRATACIN
PROPUESTA
Excepcionalmente, en orden agarantizar el buen fin del
procedimiento podr dirigirrequerimiento a loa
candidatos o licitadores, antesde la adopcin de la
propuesta de adjudicacin,para que aporten la
documentacin del art. 146.1TRLCSP
Ver fichaAdjudicacin
Manuel Fueyo Bros
7/24/2019 Esquemas TRLCSP Manuel Fueyo Bros vs 92
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ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIN(IV)
Alguno de los criterios se valoramediante juicios de valor?
()
Se utiliza solo elcriterio precio?
Reunin de la Mesa en ACTO PBLICO
Se celebrar en el lugar y da previamente sealado.- Se da lectura al anuncio del contrato- Se procede al recuento de las proposiciones presentadas y a suconfrontacin con los datos que figuren en las certificaciones de los
jefes de las oficinas receptoras- Se dar conocimiento al pblico del nmero de proposicionesrecibidas y nombre de los licitadores, dando ocasin a losinteresados a comprobar que los sobres que contienen las ofertasse encuentran en la mesa y en idnticas condiciones en que fueronentregadosSi se presentan discrepancias respecto a las certificaciones o sepresenten dudas sobre las condiciones de secreto en que handebido ser custodiadas, se suspender el acto y se realizarnurgentemente las investigaciones oportunas y, una vez aclarado enla debida forma, se anunciar la reanudacin en el tabln deanuncios- El Presidente manifestar el resultado de la calificacin de losdocumentos presentados, con expresin de las proposicionesadmitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisin delas mismas y notificar el resultado.-Las ofertas correspondientes a las proposiciones rechazadas nopodrn ser abiertas.- Antes de la apertura de la primera proposicin se invitar a loslicitadores interesados a manifestar las dudas o pedir explicaciones,aclarndose las mismas, pero sin poder hacerse cargo de losdocumentos no entregados en el plazo de admisin de ofertas, o elde correccin o subsanacin de defectos del art. 81,2 del RCAP
APERTURA Y ORDENACIN DE LASPROPOSICIONES ACEPTADAS (dentro del plazo de
UN MES desde la fecha de finalizacin de lapresentacin de ofertas
Propuesta de Adjudicacin a favor de laoferta econmicamente ms ventajosa
(mejor postor)
Adjudicacin
ANLISIS DE LAS OFERTASANORMALES O
DESPROPORCIONADAS Y EN SUCASO INICIO DEL PROCEDIMIENTOPREVISTO EN EL ART. 152 TRLCSP
Y 85 Y 86 RCAP
Max 15 dasnaturales desde
el da siguiente al de aperturade proposiciones (art. 161 y
DA 12 TRLCSP)
Los criteriosevaluables
de forma automticapesan menos que los
Criterios dependientesde juiciosde valor?
S No
S
Se utilizan criterioscuantificables de forma
automtica.
La valoracin seefectuar por laMESA, si bien
podr solicitar losinformes tcnicos
que considereprecios (art.
160.1TRLCSP).Vase resolucin052/2012 TACRC
No
SOLO CRITERIOSAUTOMTICOS
NoS
La valoracin debe efectuarse por uncomit de expertos o por un organismotcnico especializado (no aplicable en elcaso de poderes adjudicadores no A.P
(art. 190.1.a TRLCSP)
Los PCAP deben sealar la designacin delorganismo tcnico especializado o el
procedimiento de designacin del comit deexpertos (mnimo TRES). Ver Informe 34/09
JCCAE)
Adems los PCAP deben identificar loscriterios que deben someterse a esta
valoracin y los lmites superior e inferior dela cuantificacin
VALORACIN CRITERIOS NOAUTOMTICOS
Reunin de la Mesa (LA APERTURA DE LOS CRITERIOSAUTOMTICOS SE REALIZAR EN ACTO PBLICO)
Se sigue el mismo esquema del bloque que hemos denominado A,si bien la propuesta de adjudicacin se har a la ofertaeconmicamente ms ventajosa y, en el caso de utilizar criterios noautomticos, siempre que los PCAP no dispongan otra cosa, sedar a conocer la valoracin de los criterios dependientes de juicios
de valor.
La valoracin de los criterios cuantificables automticamente serealizar siempre con posterioridadal resto de los criterios (Arts150.2 TRLCSP y art. 30 RD 817/2009).
Propuesta de Adjudicacin a favor de la
oferta econmicamente ms ventajosa Manuel Fueyo Bros
VINCULANTE(ART.
160.1TRLCSP)
A
ANLISIS, EN SU CASO, DE LAS OFERTAS ANORMALES ODESPROPORCIONADAS Y EN SU CASO INICIO DEL
PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ART. 152 TRLCSP Y 85 Y 86RCAP
APERTURA Y VALORACIN DE LOS CRITERIOSCUANTIFICABLES AUTOMTICAMENTE
Max2MES
ESdesde
laapertur
ade
proposiciones
(art.161
TRLCS
P)
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RGIMEN DE RECURSOS
Se tratade contratos sujetos a
Regulacin Armonizada -
SARA-y otros -previstos en elart. 37.1 del TRLCSP?
NoS
Se trata de unaAdministracin
Pblica?
POTESTATIVAMENTESE PUEDEINTERPONER RECURSO DE
REPOSICIN ANTES DE ACUDIR A LOSTRIBUNALES DE LA JURISDICCINCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA.
Tramitacin deEmergencia?
No hay recurso administrativo, nireclamacin previa -no son AAPP- la
competencia corresponde a laJurisdiccin Civil (tanto en lo que
respecta a la preparacin y adjudicacincomo al cumplimiento y extincin
LAS DIFERENCIAS QUE PUEDANSURGIR EN CUANTO A EFECTOS,
CUMPLIMIENTO Y EXTINCIN DE LOSCONTRATOS SE PODRN REMITIR ALARBITRAJE PREVISTO EN LA LEY 60/
2003 (ART. 50 TRLCSP)
No
PODER ADJUDICADOR
Se trata de unacuerdo
de adjudicacin, de un anuncio delicitacin, de los pliegos, de actos de
trmite cualificados o cualquier otro delos supuestos previstos en
el art. 40.2 delTRLCSP?
Manuel Fueyo Bros
No
No
S
S
POTESTATIVAMENTESE PODR
INTERPONER ELRECURSO
ADMINISTRATIVOESPECIAL PREVISTO
EN EL ART. 40TRLCSP
EN DETERMINADASCIRCUNSTANCIAS
PODRINTERPONERSE LA
CUESTIN DENULIDAD
LOS DEFECTOS DE TRAMITACIN QUEAFECTEN A ACTOS DISTINTOS DE LOS
PREVISTOS EN EL ART. 40.2 PODRN SERPUESTOS DE MANIFIESTO AL RGANO DE
CONTRATACIN A EFECTOS DE SUCORRECCIN, SIN PERJUICIO DE QUE LAS
IRREGULARIDADES QUE LES AFECTENPUEDAN SER ALEGADAS AL RECURRIR EL
ACTO DE ADJUDICACIN
EN GENERAL (art. 211.4 TRLCSP): Los acuerdos que adopte el rgano de contratacin pondrn fin a la va administrativa ysern inmediatamente ejecutivos.
Nota: el Sector Pblico que no tenga la consideracin de Poder Adjudicador lo que determina que los contratos celebrados porestas sociedades no pueden ser objeto de recurso especial a tenor del art. 40 TRLCSP (Res. 240/2011, del TACRC)
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-CONTRATOS DE SERVICIOS categoras 17 a 27 del Anexo II 207.000-CONTRATOS DE GESTIN DE SERVICIOS PRESUP. GASTOS PRIMERESTABLECIMIENTO > 500.000 Y EL PLAZO DE DURACIN SEA SUPERIOR A 5AOS (sobre el concepto de gastos de primer establecimiento vase Acuerdo 44/2012del TAC de Aragn).
CONTRATOS DE COLABORACIN SECTOR PBLICO-PRIVADO DE CUALQUIERIMPORTE
OBRAS Y CONCESIN DE OBRA PBLICA 5.186.000
CONTRATOS DE CONTRATOS DE SUMINISTROS Y DE SERVICIOS categoras 1 a 16
del Anexo II 207.000 (134.000 en el ESTADO)
Contratos sujetos a regulacin armonizada
CONTRATOS SUBVENCIONADOS DE FORMA DIRECTA EN MS DEL 50% DE SUIMPORTE POR PODERES ADJUDICADORES RELATIVOS A:-Contratos de Obras referentes a: *Ingeniera civil, seccin F, divisin 45, grupo 45.2 de la NACE *Construccin de Hospitales, centros deportivos, recreativos o de ocio, edificios
escolares o universitarios o de uso administrativo de importe igual o superior a 5.186.000-Contratos de Servicios vinculados a los anteriores de importe igual o superior a 207.000(134.000en el Estado)
Tipos de Contratos susceptibles de este tipo de recurso
+
PODERADJUDICADOR
Manuel Fueyo Bros
RECURSO ESPECIAL 1/3(Arts. 40 y ss vs. Arts. 13 y ss. del TRLCSP)
Ver tambin Directiva 2007/66/CE de 11-12-2007
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RECURSO ESPECIAL 3/3
Manuel Fueyo Bros
POSIBLE APERTURA DE UN PERODO DEPRUEBA POR PLAZO DE 10 DAS HBILES
(DE OFICIO O A INSTANCIA DE LOSINTERESADOS)
SE ANUNCIAR CON ANTELACIN SUFICIENTE
RECHAZO DE PRUEBAS MEDIANTERESOLUCIN MOTIVADA
()
RECIBIDAS LAS ALEGACIONES OTRASCURRIDO EL PLAZO PARA SU
FORMULACIN Y EL PLAZO DE PRUEBA
5 DAS HBILES SIGUIENTES
RESOLUCIN DELRECURSO ESPECIAL
NOTIFICACIN ATODOS LOS
INTERESADOS
Ser directamente ejecutiva y estimar en todo o en parte;desestimar las pretensiones formuladas; o declarar suinadmisin de forma motivada. En todo caso, la resolucinser congruente con la peticin y, de ser procedente, sepronunciar sobre la anulacin de las decisiones ilegalesadoptadas durante el procedimiento de adjudicacin,incluyendo la supresin de las caractersticas tcnicas,econmicas o financieras discriminatorias contenidas en el
anuncio de licitacin, anuncio indicativo, pliegos, condicionesreguladoras del contrato o cualquier otro documentorelacionado con la licitacin o adjudicacin, as como, siprocede, sobre la retroaccin de actuaciones. El Tribunal tieneexclusivamente una funcin revisora de los actos recurridosen orden a determinar si se ha producido un vicio de nulidad oanulabilidad, de modo que de existir tales vicios ha deproceder a anular el acto o actos, ordenando se repongan lasactuaciones al momento anterior al que el vicio se produjo, sinque el Tribunal pueda sustituir la competencia de los rganosintervinientes, so pena de incurrir en incompetencia materialsancionada con nulidad radical (resolucin 287/2011 TACRC).
Si como consecuencia fuesepreciso que el rgano decontratacin acordase la
adjudicacin a otro licitador, seconceder a este un plazo de 10
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