Seminario y workshop
Acceso a la Información Pública y AmbientalLeyes 104 y 303 de la Ciudad de Buenos Aires
30 de septiembre de 2008
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y
Saneamiento (ERAS)”
por Mariana García Torres
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Argentina:
Cultura hacia el acceso / Cambio de paradigma Art. 43 3er. Párrafo CN
ámbito nacional / provincial y local
En especial sobre:
el derecho al acceso a la información pública (Dto 1172/03)
el derecho al acceso a la información publica ambiental (Ley N° 25.831 año 2004)
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Se visualiza con (entre otros puntos):
Frondosa normativa
Importantes discusiones doctrinarias
Realización de foros y jornadas sobre dichos ejes temáticos
Gran cantidad de pedidos de acceso a la información por parte de ciudadanos y Ong´s.
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Características del DAIP
Gratuidad (salvo excepciones)
Legitimación amplia del peticionante (mero simple interés)
La autoridad administrativa debe brindar la información en tiempo oportuno: debe ser veraz y adecuada
Facilitar el libre y directo acceso
Principio de informalismo
Herramienta ágil y dinámica (no llegar al amparo judicial)
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Estructura organizativa del ERAS
Organismo autárquico e interjurisdiccional
Creado por Convenio Tripartito suscripto el 12/10/2006 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Provincia de Buenos Aires
y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ratificado por Ley Nº 26.221 (art. 4).
Composición
Directorio: 3 Directores (Nación / Pcia / CABA)
Comisión Asesora (7 representantes)Sindicatura de usuariosDefensor del Usuario
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
1) Ejercer el control en materia de prestación del servicio público de provisión de agua potable y desagües cloacales en el Área Regulada, incluyendo la contaminación hídrica en lo que se refiere al control y fiscalización de la empresa AYSA
2) Fiscalizar la calidad del servicio y la protección de los intereses de la comunidad
3) Control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas de calidad y de instalaciones internas vigentes prestados en el áreas de la CABA y en los municipios de: Almirante Brown - Avellaneda - Esteban Echeverría – Ezeiza - La Matanza – Lanús - Lomas de Zamora - Morón – Quilmes - San Fernando - San Isidro - San Martín - Tres de Febrero - Tigre y Vicente López
4) Régimen tarifario
Objetivos primordiales:
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Decreto PEN N° 1172/2003 (Anexo 8) :
Aplicable los mecanismos que aseguran el acceso igualitario de los ciudadanos a la información recabada en el Eras
Audiencias Públicas
Reuniones Abiertas en Entes Reguladores
Publicidad de la gestión de intereses y Registro de audiencias
Gerenciamiento de la IP en el ERAS
Objetivo: Necesidad de fortalecer el rol de la sociedad civil y el Estado (espacio de ciudadanía institucional)
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Ejes centrales:
Transparentar la gestión y la toma de decisiones del Directorio
Profundizar el contenido de los distintos puntos tratados y tomar cabal conocimiento de las opiniones de integrantes del Directorio
Recabar información (en caso, de no contarse de antemano)
Amplia legitimación (cualquier ciudadano) y presencia de interesados y medios de comunicación (carácter oyente)
Mecanismo de control directo de participación ciudadana en las políticas públicas y permite reordenar agenda
Reuniones Abiertas de Directorio
Excepción: carácter secreto cuando ley o dto. lo establezca, o casos del art. 13 de la Ley 24.747
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
A fin de dar cumplimiento a la publicidad de las Audiencias de Gestión de Intereses del ERAS, el Directorio resolvió (Acta Directorio N° 2/08
Reunión Pública):
Gestión de Intereses
Sujetos obligados: miembros del Directorio y los Gerentes
Utilizar el Registro Único de Audiencia de Gestión de intereses creado por Disposición N° 1/2008 de la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia, a través de la base de datos del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Se estableció que toda la información deberá ser encomendada al Departamento Secretaria Ejecutiva a través de la Subárea Página Web.
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Reflexiones Finales
Mejor conocimiento sobre los derechos y sus alcances
Acercamiento entre los ciudadanos y los funcionarios públicos
Participación del ciudadano en las decisiones de políticas publicas
El Estado debe proveer las herramientas necesarias para que el AIP sea un derecho consumado y no se torne en ilusorio, en pos de lograr:
No basta con que la información sea publicada en los sitios web.
Se debe proveer un procedimiento adecuado para que se logre la accesibilidad a todos los sujetos, sin limitaciones.
Las respuestas tienen que ser dadas en tiempo y forma para evitar que se desvirtúe el DAIP
“El gerenciamiento de la información pública en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”
Muchas gracias
Mariana García TorresRepresentante del GCBA en el Directorio del ERAS
(Dto. 1497/08)
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