Download - CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~-- · CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~--115 -2011 FECHA: ABRIL 2011 Conste por el presente documento

Transcript
Page 1: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~-- · CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~--115 -2011 FECHA: ABRIL 2011 Conste por el presente documento

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS

N° 115 -2011-~~-- FECHA: ABRIL 2011

Conste por el presente documento de Prestación de Servicios Publicitarios que suscribede una parte don José Antonio Vásquez Bances, identificado con DNI 16439603,representante del Programa" Duela a quien le Duela" Radio Star,98.3 FM con domicilioen la calle 28 de julio N° 740 -JLO, a quien en adelante se denominará el PRODUCTORy por la Municipalidad Provincial de Chiclayo con RUC N° 20141784901 con domicilioen la calle Grau N°152 de ésta ciudad, debidamente representada por su Gerente GeneralMIGUEL ANGEL QUEVEDO UBILLUS, con DNI. N°16490087, a quien en adelantese le denominará

EL ANUNCIANTE, bajo los términos y condiciones siguientes:1. ANTECEDENTES:

EL ANUNCIANTE, es una entidad que se dedica a la prestación de serviciospúblicos municipales, refrendados por la Ley Orgánica de MunicipalidadesN°27972, con autonomía presupuestal, economía y administrativa en los asuntosde su competencia.

EL PRODUCTOR es una persona jurídica o natural, dedicada a la producción deprogramas informativos, musicales de radio, y televisión o de producciones periodísticasimpresas, conduciendo en la actualidad el Programa" Duela a "quien le Duela"enRadio Star 98.3 FM , que se trasmite de lunes a viernes de 10 a 11 AM en virtud delcual se celebra el presente Contrato de Servicios publicitarios cuya vigencia rige desde el01 al 30 de Abril de 2011.

EL ANUNCIANTE, deberá alcanzar al PRODUCTOR según corresponda:Para audio o video: Un spot publicitario para insertar en la Pauta Publicitaria delmedio contratado detallando motivo, contenido y tiempo de duración.Para Publicaciones Impresas: Un arte gráfico de carácter institucional detallandomotivo, medidas y páginas de publicación.

2. OBJETIVO DEL CONTRATO:El Anunciante asume conocer con precisión que de acuerdo al Art.2° de la Ley N°28874 Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidadinstitucional, aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevanciasocial, tales como: el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medioambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecuciónde los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias. En esesentido y para efectos del presente contrato se ha diseñado las siguientescampañas:

Page 2: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~-- · CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~--115 -2011 FECHA: ABRIL 2011 Conste por el presente documento

• Seguridad Ciudadana é Inauguración de obras.

Por estas consideraciones y de conformidad con la citada Ley, el PRODUCTORcumple con las condiciones para que efectúe la cobertura de serviciospublicitarios que requiere EL ANUNCIANTE..

EL PRODUCTOR, se compromete a cumplir con el servicio de publicidad, según lasespecificaciones técnicas requeridas, las mismas que se detallan:

Duración Spot y Programa Medio Motivo Publicidad VALORCantidad Pauta Conductor Horario

José AntonioSeguridad Ciudadana

30 segundos 3 Vásquez Bances Radio star . é Inauguración de S/.700.00avisos diarios lOallam. obras

"Duela a quien leDuela"

3. DURACION DEL CONTRATO:La vigencia de este contrato Publicitario rige del O 1 al 30 de Abril de 2011.

CONFORMACION DEL SERVICIO:La conformidad del servicio publicitario contratado estará a cargo del Gerente deRelaciones Públicas de la institución ANUNCIANTE, encargándose a esta oficinala responsabilidad de verificar que el servicio brindado por el PRODUCTORguarde estricta conformidad con las especificaciones técnicas ofrecidas, pudiendosugerir las observaciones que se estimen convenientes o la suspensión delcontrato si fuera preciso.

Queda claramente establecido que la conformidad que manifieste la Gerencia deRelaciones Públicas, reserva el derecho del ANUNCIANTE para efectuar reclamosposteriores por defectos o vicios que se constate en la prestación del servicio publicitario,sin perjuicio del pago de requerir la indemnización por daños y perjuicios ocasionados olas sanciones administrativas de conformidad con lo dispuesto en el Art. 177° y 178° delD.S. N°184-2008-PCM Reglamento de Contrataciones con el Estado.

5. FORMA DE PAGOEL ANUNCIANTE, se obliga a garantizar el inicio adecuado de los tramites parala cancelación de los servicios publicitarios correspondiendo al PRODUCTORseguir de cerca el trámite respectivo hasta su cancelación.

6. TARIFAS PUBLICITARIAS:Las tarifas que se defman para la contratación de avisos deberá guardar relacióncon las proformas vigentes en el medio local y al momento del contrato.

Page 3: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~-- · CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS N°-~~--115 -2011 FECHA: ABRIL 2011 Conste por el presente documento

7. CAUSALES DE RESOLUCION:

EL ANUNCIANTE, resolverá el presente contrato por alguna de las siguientescausales:

• Por incumplimiento o retraso injustificado de cualquiera de lasobligaciones del PRODUCTOR en los términos y/o plazos pactados entrelas partes contratantes.

• Por alguna razón de fuerza mayor que obligue al ANUNCIANTE, aretirar los avisos publicitarios que considere la campaña ..

• Por no subsanar las deficiencias, carencias o fallas en los servicios,materia del presente contrato, de manera inmediata.

• Por la presentación de documentos falsos o adulterados en el trámite delcontrato como por la difusión de información falsa o inexacta, que propaleel PRODUCTOR y que afecte directa o indirectamente alANUNCIANTE.

• Primera Clausula Adicional: EL ANUNCIANTE, podrá retirarse del auspicioavisando con 15 días útiles de anticipación, igualmente el PRODUCTOR podráextender, recortar o suspender su programa, poniendo en conocimiento delANUNCIANTE su determinación en plazo similar. Transcurrido este plazo, seentiende que el contrato queda resuelto. Queda perfectamente establecido que elANUNCIANTE no estará obligado a pagar sino por la publicidad efectivamenteconsumida a la fecha en que se produce la resolución del contrato.

En caso que el ANUNCIANTE haya recibido pagos adelantados por publicidad,no efectivamente consumida, el PRODUCTOR estará obligado a su devoluciónen un plazo máximo de cinco días calendarios, posteriores a la fecha en que quedaresuelto el presente contrato. De transcurrir dicho plazo sin realizarse la referidadevolución, el PRODUCTOR quedará automáticamente constituido en mora.

• Segunda Cláusula Adicional: Queda establecido que de existir contradicciónentre los términos de las cláusulas especificas y los términos generales delpresente contrato, se preferirá siempre la aplicación de las cláusulas especificas.

Estando ambas partes deREGULARlZACION para---•....

EL AN~ :~~EDO UBILLUSDNI. °16490087

uerdo con todo lo descrito, y en VIA DEor conformidad firmamos en la fecha.

Gerente General Municipal

/José A2.~tezBances

~~dista(