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Dinámica Empresarial 107 Perfecto Gerardo Martínez Martínez Zonas económicas especiales (Proyecto sexenal 2013-2018) Introducción L a creación de Zonas Económicas Especiales (ZEE) ha logrado dinamizar con éxito la economía regional de países como China, India, Uruguay, Panamá y Honduras, mediante una política gradual de desarrollo en zonas geográficas delimitadas como nuevos instrumentos estratégicos que permiten el avance indus- trial y tecnológico.

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Dinámica Empresarial 107

Perfecto Gerardo Martínez Martínez

Zonas económicas especiales (Proyecto sexenal 2013-2018)

Introducción

L a creación de Zonas Económicas Especiales (zee) ha logrado dinamizar con éxito la economía regional de países como China, India, Uruguay, Panamá y Honduras, mediante una política gradual de desarrollo

en zonas geográficas delimitadas como nuevos instrumentos estratégicos que permiten el avance indus-trial y tecnológico.

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Condiciones para establecer una zee1. Dictamen de la shcp sobre la zee que deberá contener:

• Análisis de la zona y área de influencia• Intención de los gobiernos participantes• Mecanismos de coordinación• Facilidades administrativas e incentivos• Participación en el financiamiento

2. Decreto de declaratoria de la zee. El Ejecutivo emitirá la declaratoria, la cual, además de delimitar la zona en cuan-to a estados y municipios, y su área de influencia, contendrá las facilidades administrativas, incentivos fiscales, financieros, aduaneros, etc., plazo para el convenio de coordinación, y la fecha de inicio de operación, siempre que reúna los siguientes requisitos:

3. Convenio de coordinación. Contendrá cuando menos los siguientes compromisos:

a) Establecer la coordinación permanente entre los tres órde-nes de gobierno.

b) Establecer la ventanilla única, simplificar y agilizar trámites necesarios para construir, desarrollar, operar y administrarla.

c) Implementar acciones de mejora regulatoria acorde a las mejores prácticas internacionales en materia de trámites.

d) Realizar acciones de ordenamiento territorial en el área de influencia.

e) Promover el desarrollo integral de personas y comunidades en el área de influencia, acordes con el plan de desarrollo de la zee.

f) Enfocar los programas sociales a que fomenten actividades productivas, con las actividades económicas de la zona y su área de influencia.

g) Inclusión de los habitantes de las comunidades ubicadas en el área de influencia, en las actividades económicas pro-ductivas que se realicen en la zona.

h) Proveer la información necesaria para la evaluación del desempeño de la zona.

i) Planear y ejecutar las acciones de seguridad pública nece-sarias para el establecimiento y desarrollo de la zona.

4. Programa de desarrollo. Será elaborado por la shcp, en coordinación con las dependencias y entidades paraestatales, con la participación de los gobiernos estatales, ayuntamientos municipales, involucrados en la zona, además de escuchar la opinión de los sectores social y privado, dicho programa será sometido a la aprobación de una comisión intersecretarial.

El primer intento en México fue con el Plan Puebla Pana-má, decretado durante los años 2001-2006, el cual no tuvo continuidad.

La iniciativa de Ley para las Zonas Económicas Especiales (lzee), presentada por el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión el 29 de septiembre de 2015, fue dictaminada en se-sión del 14 de diciembre de ese año, y la ley fue publicada el 1 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación (dof).

Los postulados son los siguientes:

1) Crecimiento, desarrollo económico y brecha regional2) Cambio estructural: competitividad y productividad3) Las zee y la experiencia internacional4) zee. Una política de fomento económico y desarrollo indus-

trial sustentada en el orden jurídico mexicano.

Marco normativoEl objetivo, según el artículo 1 de la lzee, consiste en:

[…] regular la planeación, el establecimiento y la operación de Zonas Económicas Especiales (zee) … impulsar el crecimiento económico… que… reduzca la pobreza, … la provisión de servicios básicos…, en las regiones del país que tengan ma-yores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población[…]

El origen de las zee está fundamentado en los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen la rectoría del Estado en el desarrollo nacional, y dejan claro que a través del plan nacio-nal de desarrollo se considerará la continuidad de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoria-les y regionales, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribu-ción del ingreso y la riqueza.

Otro ordenamiento se encuentra en el artículo 21 Bis de la Ley de Planeación, el cual fue incorporado en 2015, y establece consideraciones de largo plazo, con un horizonte de hasta vein-te años, respecto de la política nacional de fomento económico.

Por otra parte, el 30 de junio de 2016 se publicaron el reglamento y el decreto que crea la autoridad federal para el desarrollo de las Zonas Económicas Especiales.

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5. Plan maestro de la zona. Corresponde al administrador integral de la zee desarrollar el plan maestro para la zee y ponerlo a consideración de la shcp, y conjuntamente emitirán las reglas de operación de la zona, las cuales deberán incluir, entre otros aspectos, los horarios de la zona; regulación de las áreas de uso común; control y acceso de tránsito de personas y bienes; intercambio de información entre los inversionistas y el administrador integral; programación de instalación de in-versionistas; manejo de cargas y medidas para la prevención de accidentes.

En el sitio web de la autoridad federal, en materia de zonas económicas especiales, se pueden localizar diversas convocatorias para integrar los consejos técnicos de las zee, y también para el programa de proveedores de las zee, tanto para empresas tipo ancla (empresas con más de 251 emplea-dos), como para pymes, éstas últimas para proveeduría.

En cada uno de los decretos, se determinan los benefi-cios fiscales en materia de pagos provisionales de isr y sobre el manejo de dividendos, iva e impuestos locales, ahora bien

zee1. Dictamen de la shcp

sobre la zee

2. Decreto de declaratoria

de la zee

3. Convenio de Coordinación

4. Programa de Desarrollo

Inicio de actividades

Área de influencia

zee Puerto Chiapas 22/jun/2017 29/sept/2017 28/nov/2017 20/mar/2018 30/nov/2018 Municipios de: Tapachula, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo, Suchiate, Mazatán y Huehuetán, todos ellos en el estado de Chiapas.

zee Coatzacoalcos, Veracruz

22/jun/2017 29/sept/2017 28/nov/2017 20/mar/2018 30/nov/2018 Municipios de: Coatzacoalcos, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Cosoleacaque, Oteapan, Chinameca, Jaltipan y Zaragoza, todos ellos en el estado de Veracruz.

zee Lázaro Cárdenas, Michoacán y La Unión, Guerrero

22/jun/2017 29/sept/2017 28/nov/2017 20/mar/2018 30/nov/2018 Municipios: Lázaro Cárdenas, en el estado de Michoacán, La Unión y Zihuatanejo de Azueta, ambos en el estado de Guerrero

zee Progreso, Yucatán

22/jun/2017 19/dic/2017 18/feb/2018 15/may/2018 30/nov/2018 Municipios: Progreso, Kanasín, Umán, Hunucmá, Mérida, Conkal, Chicxulub Pueblo y Ucú, todos ellos en el estado de Yucatán

zee Salina Cruz, Oaxaca

22/jun/2017 19/dic/2017 18/feb/2018 20/jun/2018 30/nov/2018 Municipio: Salina Cruz, en el estado de Oaxaca

zee Campeche 14/mar/2018 18/abr/2018 17/Jun/2018 3/oct/2018 Municipios: Champotón, Carmen y Campeche, en el estado de Campeche

zee Tabasco 14/mar/2018 18/abr/2018 17/Jun/2018 3/oct/2018 30/jun/2019 Municipios: Paraíso y Comalcalco, en el estado de Tabasco

Tabla 1. Situación actual de las zee. A casi dos años de publicada en el dof la ley para las zee, se cuenta con los siguientes decretos

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en materia aduanera también hay algunos beneficios, sólo en materia de iepes, no existen concesiones.

Los beneficios fiscales ISR. Los contribuyentes personas físicas y morales, cuyos in-gresos se generen dentro de la zee, podrán disminuir el isr en 100% durante los primeros diez años, y 50% los siguientes cinco años. Se aclara que los contribuyentes que no hayan aplicado el porcentaje de disminución en el ejercicio de que se trate, pudiendo haberlo hecho, perderán el derecho a apli-carlo en los ejercicios posteriores y hasta por el monto en que pudieron haberlo efectuado.

Deducción inmediata de activos. Para efectos del isr, las personas físicas y morales, así como residentes en México y en el extranjero con establecimiento permanente en el país, podrán deducir en forma inmediata, las inversiones en activos fijos nuevos en el ejercicio en que se realicen, en los porcen-

tajes que se señalan en cada decreto, en lugar de las tasas establecidas en los artículos 34 y 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con lo cual se pretende estimular la inversión en nuevos activos fijos que ingresen a las zee.

Pagos provisionales de isr. Los contribuyentes que apli-quen los beneficios de este artículo determinarán los pagos provisionales a que se refieren los artículos 14 y 106 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (lisr), según se trate de personas físicas o morales, aplicando el porcentaje de disminución.

Utilidad fiscal. Los contribuyentes personas físicas y mo-rales, residentes en México y los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que tributen en términos de los títulos II y IV, capítulo II, sección I de la lisr, podrán aplicar un estímulo fiscal que consisteen una deduc-ción adicional equivalente a 25% del gasto efectivamente erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores dentro de la zona.

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Crédito fiscal de las cuotas obrero patronales pagadas al imss vs. isr. En los términos de los artículos 14 y 106 de la lisr, dependiendo si es persona moral o física, podrán acreditar contra el isr a pagar del periodo, 50% de las aportaciones obrero-patronales durante los primeros diez años y de 25% en los siguientes cinco años, para un total de 15 años del beneficio fiscal.

Dentro de los decretos se considera prioritario el pago de las cuotas y aportaciones obrero patronales, por tal motivo se otorga el incentivo mediante un crédito fiscal, es decir, deberá pagarse y después se acreditará el beneficio fiscal contra el isr.

El incentivo lleva la intención de generar las condiciones para que los inversionistas tanto nacionales como extranjeros inviertan en las zee en infraestructura para incentivar la pro-ductividad de estas regiones, ya que presentan problemas de acceso a insumos de calidad y a precios competitivos, lo cual limita el desarrollo de las empresas, se incrementan los costos de operación y se reduce la inversión en proyectos productivos. Se estima que en los 15 años de beneficios fiscales se concrete el establecimiento de plantas productivas que permitan el desa-rrollo de las zee en el futuro. Desde luego, existen las condicio-nes para asegurar que el incentivo logre los objetivos, en el caso particular del isr, los inversionistas deberán mantener una plan-tilla mínima de trabajadores afiliados al imss sin disminuirla.

IVA. Los actos o actividades gravados por la lisr que se realicen y aprovechen al interior de la zona económica especial no se considerarán afectos al pago de dicho impuesto, y las personas físicas o morales que los realicen no se considerarán contribu-yentes del mismo, respecto a los mencionados actos. Los actos o actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agrega-do (liva) que un administrador integral o un inversionista realice con otro administrador integral o con otro inversionista, resi-dentes en una zona económica especial diversa, no serán afec-tos al pago de dicho impuesto, siempre que se trate de actos o actividades que se utilicen en dicha zona.

La repercusión futura y los efectos inmediatos de los be-neficios fiscales desde ahora se pueden prever, pues las decla-ratorias emitidas por la autoridad contienen los lineamientos específicos para el tratamiento de cada beneficio fiscal:

Si bien todas las operaciones realizadas dentro de las zonas económicas especiales están gravadas a 0%, también es muy clara la disposición respecto de que al salir de la zee para ser enajenado el bien o prestado el servicio fuera de dicha zee, ya

sea al interior del país o se exporte, estará afecta al pago del iva a la tasa que corresponda.

Capacitación y adiestramiento. Para incentivar que las zee desarrollen capacidades técnicas y laborales de los mexicanos que trabajen en instalaciones de última generación, cuyo fin es contar con una industria calificada con altos estándares técni-cos y tecnológicos, los contribuyentes recibirán un estímulo de 25% de los gastos erogados en capacitación que reciban los empleados, contra los ingresos generados en la zee.

ConclusiónLa mayoría de las zee están programadas para iniciar ope-raciones el 30 de noviembre de 2018, es decir, cuando la administración federal 2013-2018 esté finalizando, sin em-bargo, aún falta lo siguiente: 1. En cuanto al proceso legal y administrativo, los convenios de coordinación y los programas de desarrollo, que serán integrados entre los tres órdenes de gobierno, que seguramente se llevarán a buen término; 2. Los planes maestros de la zona que deben ser integrados por el administrador de cada zee y obtener el visto bueno de la shcp, y sobre ellos en realidad se podrá apreciar la funcionalidad de cada zona y en ese momento se podrá vislumbrar el futuro de este gran proyecto de la administración federal.

En mi opinión, una vez completado el proceso adminis-trativo-legal, e iniciada la operación de este proyecto, se verán los beneficios, primero para los inversionistas durante los pri-meros cinco años de incubación de las zee, y después los be-neficios para la población y su reflejo en la economía nacional, el cual podrá vislumbrarse en los siguientes diez años.

El efecto final o futuro de todos los estímulos fiscales, así como de los apoyos locales en materia de impuesto predial, facilidades administrativas municipales, estatales y federales, deberán generar las condiciones económicas necesarias y su-ficientes, para que, en el mediano plazo se logre que la in-fraestructura de las inversiones en las zee permitan su desa-rrollo futuro y la inercia económica de crecimiento enfocado al abatimiento de la desigualdad y a cerrar las brechas de desa-rrollo, en los municipios que serán área de influencia de la zee, ubicadas en los diez estados más pobres de México.

Hay que seguir la evolución de las zee, ya que son una oportunidad de desarrollo, con regímenes especiales que ha-brá que contemplar en controles administrativos, fiscales y contables.