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UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
ABORDAJE JURÍDICO SOCIAL DE LA PROBLEMÁTICA DE
CONTAMINACIÓN QUE SE PRODUCE CON LA EMISIÓN DE LA CASCARILLA
DE CAFÉ EN LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL AROCHE Y LA NECESIDAD
DE INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES
TRABAJO DE GRADUACIÓN PRESENTADO
POR:
ORLIN VINICIO GONZALEZ SOLARES
Previo a optar al Grado Académico de
LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
y los Títulos Profesionales de
ABOGADO Y NOTARIO
GUATEMALA, MARZO DE 2015
AUTORIDADES DE LA FACULTAD, ASESOR Y REVISOR DEL
TRABAJO DE GRADUACIÓN
Decano de la facultad: Lic. Luis Antonio Ruano Castillo
Secretario de la Facultad: Lic. Omar Abel Morales Lurssen
Asesora: Licda. Coralia Carmina Contreras Flores de Aragón
Revisor: Lic. Pedro Rafael Maldonado Flores
iii
REGLAMENTO DE TESIS
Articulo 8º. RESPONSABILIDAD
Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de
Tesis. Su aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la
Universidad
vii
ÌNDICE
INTRODUCCIÓN 01
CAPÍTULO I
EL DERECHO AMBIENTAL
1.1 Breves antecedentes del surgimiento del Derecho Ambiental: 03
1.1.1 Época antigua. 03
1.1.2 Época media. 04
1.1.3 Época moderna. 05
1.2 Derecho Ambiental. 07
1.2.1 Concepto. 07
1.3 Características del Derecho Ambiental. 08
1.4 Derecho a gozar de un ambiente sano: 09
1.4.1Definición. 09
1.5 Características principales del derecho de gozar de un ambiente sano. 10
1.6 Principios del Derecho Ambiental. 10
1.7 Principios rectores del Decreto número 7-2013 del Congreso de la
República. 11
1.8 Principios generales del Derecho Ambiental: 12
1.8.1 Principio de Complejidad. 12
1.8.2 Principio de cooperación internacional. 13
1.8.3 Principio de responsabilidad y reparación de los daños
ambientales. 13
1.8.4 Principio de participación ciudadana. 13
1.9 Principios específicos del Derecho Ambiental: 14
viii
1.9.1 Principio de especificidad. 14
1.9.2 Principio del deber especifico de cooperar en la protección
del medio ambiente: 14
1.9.2.1 Principio de evaluación de impacto ambiental. 14
1.9.2.2 Principio de precaución. 15
1.10 Principios especiales del Derecho Ambiental: 15
1.10.1 Principio de fragilidad del medio ambiente y los recursos
naturales. 15
1.11.2 Principio de prevención del daño ambiental trasfronterizo. 15
CAPÍTULO II
MARCO JURÍDICO DEL DERECHO AMBIENTAL
2.1 Normas Nacionales del Derecho Ambiental 17
2.1.1 Constitución Política de la República de Guatemala. 17
2.1.2 Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto
Número 68-86 del Congreso de la República). 18
2.1.3 Ley de Áreas Protegidas (Decreto Número 4-89 del Congreso de
La República). 18
2.1.4 Ley Forestal Decreto número 101-96 del congreso de la
República. 19
2.1.5 Institucionalidad Ambiental en Guatemala. 19
2.1.5.1 Ministerios de Estado. 20
2.1.6 Instituciones Descentralizadas, Desconcentradas y Autónomas. 22
2.1.7 Congreso de la República . 23
ix
CAPÍTULO III
LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
3.1 Tipos de ambiente. 24
3.1.2 Ambiente natural. 24
3.1.3 Ambiente social. 24
3.1.4 Ambiente cultivado. 24
3.1.5 Ambiente sensorial. 24
3.1.6 Ambiente ejercitado o creado. 25
3.2 Contaminación ambiental. 25
3.3 Medio ambiente. 25
3.4 Ambiente. 25
3.5 Contaminación: 26
3.5.1 Concepto. 26
3.6 Formas de contaminación del ambiente. 26
3.7 Situación ambiental en Guatemala. 26
3.8 Causas del deterioro ambiental en Guatemala. 27
3.9 Fuentes de contaminación ambiental. 27
3.10 Los problemas ambientales en forma generalizada. 29
3.11 Los problemas de la contaminación ambiental. 30
3.12 Desechos sólidos. 32
3.13 Contaminación por desechos sólidos: 32
3.13.1 Desechos orgánicos. 33
3.13.2 Desechos inorgánicos. 33
3.13.3 Desechos sólidos. 34
3.13.4 Desechos químicos. 34
x
CAPÍTULO IV
PROBLEMÁTICA AMBIENTAL QUE GENERA LA EMISIÓN DE LA CASCARILLA DE CAFÉ EN LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL AROCHE
CHIQUIMULILLA SANTA ROSA Y LA NECESIDAD DE LA INTERVENCIÓN ESTATAL.
4.1 Municipio. 35
4.2 El municipio de Chiquimulilla.: 35
4.2.1 Ubicación geográfica. 35
4.2.2 Extensión territorial. 35
4.2.3 Condición de vida. 36
4.2.4 Historia. 36
4.3 La aldea de San Miguel Aroche. 36
4.4 Contaminación del suelo de la comunidad de San Miguel Aroche
Chiquimulilla Santa Rosa. 37
4.5 Problema que origina los desechos sólidos en la comunidad de San
Miguel Aroche, Chiquimulilla, Santa Rosa. 38
4.6 El cultivo de café en San Miguel Aroche, y los problemas ambientales
Que genera. 38
4.7 Marco Jurídico del cultivo y procesamiento del Café. 39
4.7.1 Decreto número 19-69 del Congreso de la República. 39
4.8 La necesidad de la intervención estatal: 44
4.8.1 Deberes del Estado. 44
4.9 Salud: 46
4.9.1 Definición. 46
4.10 Obligaciones del Estado en el código de salud. 47
4.11 El Estado como un tutor del derecho a la salud. 50
4.12 La salud como un derecho constitucional. 51
xi
4.13 La salud como un derecho inherente a la persona humana. 51
4.14 La Salud como política del Estado. 52
4.15Entes encargados de velar por la salud de los guatemaltecos . 53
4.15.1 Dirección general de Salud Pública. 53
4.15.2 Funciones especiales de la dirección general de salud
pública. 53
4.16 Municipalidad: 55
4.16.1 Concepto. 55
4.17 Funciones de la municipalidad. 55
CAPÍTULO V
ABORDAJE JURÍDICO SOCIAL DE LA PROBLEMÁTICA DE CONTAMINACIÓN QUE SE PRODUCE CON LA EMISIÓN DE CASCARILLA DE CAFÉ EN LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL AROCHE Y LA NECESIDAD DE
INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
5.1Análisis de la problemática sobre la contaminación de la cascarilla de café
en la comunidad de San Miguel Aroche . 57
5.2 Abordaje jurídico necesario para enfrentar la contaminación por la cascarilla
de café. 57
5.2.1Análisis de las normas legales aplicables al caso en materia de
salud y ambiente. 58
5.2.1.1 Constitución Política de la República de Guatemala. 58
5.2.1.2 Código de Salud Decreto Número 90-97 del Congreso de la
Repúblicade Guatemala. 59
5.2.1.3 Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto
Número 68-86 del congreso de la República de Guatemala. 61
5.2.1.4 Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. 62
xii
5.3 Análisis del estudio de salubridad e impacto ambiental. 62
5.4 Análisis sobre el incumplimiento de las normas sanitarias en el
procesamiento del café en la comunidad de San Miguel Aroche,
Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa. 64
5.5Análisis sobre el control de las instituciones encargadas sobre el
cumplimiento de las normas aplicables al caso, en el municipio de
Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa. 64
5.6 Análisis de las actividades si cumplen con las medidas sanitarias
establecidas para su funcionamiento. 65
5.7 Análisis de las causas del incumplimiento de las normas sanitarias en el
procesamiento del beneficio de café en la comunidad de San Miguel
Aroche, Chiquimulilla departamento de Santa Rosa. 66
5.8 Responsabilidad de las autoridades encargadas. 66
5.9 Funciones especificas del ministerio de agricultura ganadería y
Alimentación. 67
5.10 Centro con despulpadoras aguapulper. 68
CONCLUSIONES 71
RECOMENDACIONES 73
BIBLIOGRAFIA 74
ANEXOS 77
xiii
1
INTRODUCCIÓN
A raíz del crecimiento demográfico de la población de San Miguel Aroche, las
personas que viven en ese lugar, sufren por la contaminación ambiental provocada
por la emisión de la cascarilla de café emanada de los beneficios que ahí funcionan.
Por lo cual surge la necesidad de un Abordaje Jurídico Social sobre la problemática
de contaminación que produce la emisión de cascarilla del café en la comunidad de
San Miguel Aroche Chiquimulilla Santa Rosa y La necesidad de intervención del
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. El cual es necesario analizar a
profundidad sobre el problema de carácter ambiental que se ha generado en los
últimos años, y que indiscutiblemente ha repercutido en la población y el Estado
como ente protector que se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin
supremo es la realización del bien común. Y las demás autoridades municipales no
han propiciado los cambios necesarios para prevenir o disminuir los altos índices de
contaminantes como sucede en el caso de la siembra, cultivo, cosecha de café en la
comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, Santa Rosa y por ende surge la
necesidad de aplicación de las normas establecidas al caso.
El presente Trabajo de Graduación se desarrolla desde el punto de vista legal,
es decir analizando las normas ambientales aplicables al caso para un cumplimiento
efectivo de las mismas.
Para el desarrollo de la investigación se planteó la siguiente hipótesis ¿La
ausencia del cumplimiento efectivo de la regulación jurídica genera la problemática
de contaminación, que se produce con la emisión de la cascarilla de café en la
comunidad de San Miguel Aroche, siendo necesaria la intervención del Ministerio de
Ambiente y Recursos Naturales para evitarla?
En el cual se utilizaron varios métodos: entre ellos el analítico que sirvió para
sacar conclusiones de la información obtenida de libros y leyes aplicables al caso
sobre la situación ambiental en la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla
Santa Rosa; el método deductivo al analizar las normas jurídicas y concluir que
efectivamente no se cumplen las normas establecidas para evitar la contaminación;
y el método inductivo donde se obtuvo conclusiones generales a partir de las
2
premisas particulares donde se observaron todos los hechos y se determinó que
efectivamente no se cumplen las normas establecidas de aplicación al caso
concreto.
Para una mayor comprensión el trabajo ha sido dividido en cinco capítulos.
Capitulo I Derecho Ambiental, se establece brevemente aspectos importantes del
Derecho Ambiental. Capitulo II Marco Jurídico del Derecho Ambiental, se hace una
descripción del marco jurídico de protección del Derecho Ambiental, tanto nacional
como internacional. Capitulo III Los problemas de contaminación ambiental y las
medidas para contrarrestarlos se hace un análisis de San Miguel Aroche,
Chiquimulilla, Santa Rosa, y de cómo se desarrolla el proceso de siembra cultivo y
cosecha de café. En este capitulo se incluye la realidad nacional respecto a como
afecta al medio ambiente, especialmente la cascarilla de café. Capitulo IV La
Problemática Ambiental que genera la emisión de cascarilla de café en la comunidad
de San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa y la necesidad de la intervención
Estatal, se hace un análisis de la situación jurídica en Guatemala y la legislación con
relación sobre el cultivo de café en San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa.
Capitulo V, Abordaje Jurídico Social de la problemática de contaminación que se
produce con la emisión de la cascarilla de café en la Comunidad de San Miguel
Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa, y la necesidad de intervención del Ministerio de
Ambiente y Recursos Naturales, conteniendo análisis de la norma constitucional y las
normas legales en materia de salud y ambiente, analizando si efectivamente
cumplen su objeto por medio de de los órganos establecidos para su aplicación en el
caso planteado.Por último, se incluyen las conclusiones y las recomendaciones en el
presente trabajo de Graduación.
3
CAPÍTULO I EL DERECHO AMBIENTAL
1.1 Breves antecedentes del surgimiento del Derecho Ambiental: A manera de entender de una forma didáctica y sesgándola por fechas
importantes, en cuanto a la evolución que ha tenido el Derecho Ambiental, como una
disciplina relativamente joven, a pesar de que ha existido siempre, desde el mismo
surgimiento de la humanidad, derivado de la naturaleza, el hombre, etc., sin
embargo, su estudio con un poco mayor grado de profundidad se ha realizado en los
últimos cincuenta años aproximadamente. Por lo anterior, los antecedentes del
Derecho Ambiental, se pueden circunscribir a las siguientes etapas o épocas:
1.1.1 Época antigua:
Se ha escrito que en “el libro del Génesis expone que el hombre es tierra y tierra
volverá a ser, así como que Dios le dio al hombre el jardín del Edén para su disfrute y
aprovechamiento. De igual modo, el antiguo Testamento ofrece la primera
disposición ambiental conocida dentro del libro del Éxodo, obligando a dejar la
cosecha sin recoger un año cada siete. Siguiendo con los textos bíblicos, cuando
Dios quiso castigar a Egipto, lo hizo degradando la salud de sus habitantes y de su
ambiente, incendió sus campos, convirtió el agua en sangre, aniquiló a los peces,
envió plagas de ranas, moscas, piojos, pulgas y langostas, pero en cambio, separó
las aguas del Mar Muerto para que su pueblo pudiera escapar e hizo brotar agua del
desierto para saciar su sed.”1
“Desde Roma aparecieron los primeros vestigios del derecho ambiental, pues con
el florecimiento del derecho romano se crean normas expresas en cuanto a la
propiedad y con la promulgación de las doce Tablas se le otorga al pater familia la
propiedad de la tierra. Julio César prohibió la circulación de carruajes dentro de
barrios romanos, para erradicar el ruido que producirían al rodar, dictando así la
primera norma netamente ambiental que se conoce. En oriente, y siguiendo la
filosofía taoísta, se prescribe el respeto por todas las formas de vida, salvo cuando
haya necesidad absoluta del hombre en no respetarlas.
En China en el siglo IX se aprecian varias sentencias que tienen relación con la
protección que el hombre debe dar a los animales y las plantas”.2
1Foy Valencia Pierre y AdaluzWestreicher Carlos. DERECHO AMBIENTAL. Pág. 202 2 González Ballar, Rafael. EL DERECHO AMBIENTAL, Limites y Alcances, San José de Costa Rica, 1994. Pág. 119
4
Las filosofías occidentales en contraste expresan procread y multiplicaos,
henchid la tierra sometedla y dominad sobre peces, sobre las aves del cielo y sobre
los ganados y sobre todo cuando vive y se mueve sobre la tierra”.3
“Al principio la normativa ambiental fue diseñada para proteger la salud, la
propiedad y las buenas costumbres, indirectamente creó las bases que dieron vida
al Derecho ambiental, por medio de la historia se pueden citar los siguientes
ejemplos:
El Código de Hammurabí (1700 A.C.) destacaba: “ XXI 248 si un señor a
alquilado un buey y le ha roto su asta, a cortado su cola o ha dañado su tendón o
pezuña, entregará la plata del quinto de su precio”.
En la ley de las doce tablas 490 Antes de Cristo se establecía que el cuerpo del
hombre muerto, no debía ser sepultado ni cremado en la ciudad. De igual manera,
Cicerón establecía normas para los crematorios. El Derecho Romano daba a los
recursos naturales, la tierra, el agua, los yacimientos minerales, la flora, la fauna, los
recursos panorámicos y el ambiente, la categoría de “ rescommuni”, es decir, cosas
de la comunidad, que pueden se aprovechadas por todos, excepto cuando se tratare
de muy específicos derechos particulares.
En España por ejemplo, existen antiguas normativas que contienen disposiciones
relevantes sobre la materia, las cuales se pueden encontrar en la “nueva
recopilación” ( 1548 Después de Cristo ), “Ley XV” “ Ley IX”, “Ley X” que se
refieren a contaminación especialmente de aguas, deforestación, reforestación,
vedas, caza, pesca, etc”.4
1.1.2 Época media: “Durante la revolución francesa (1789) se dio paso al “abuso del derecho en
uso” y permitió seguir adelante con las formas de depredación, que en nuestro
mundo moderno terminarían por afectar realmente el mundo en que vivimos. Y los
principios de propiedad establecidos eficientemente para regular el uso de los bienes
naturales. Pero la estructura jurídica empezó a dar síntomas de obsolescencia e
inoperancia y las leyes empezaron a disponer primero de normas de uso técnico que
implicaron, antes que nada, normas morales incorporadas al derecho positivo.
3LA Santa Biblia Versión Reina-Valera revisión de 1960 Génesis capitulo 1.28 pag. 2 4 González Ballar, Rafael Op. Cit. pàg 120
5
Así también cabe señalar lo que ha sucedido con la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre, que fué adoptada por la Asamblea de las Naciones, y
seguidamente el surgimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, así como la
Carta de las Naciones Unidas sobre derechos y deberes económicos de los Estados,
que hace posible determinar que en esta época ya existía una necesidad de
protección del medio ambiente, regulándose determinados aspectos derivados de la
propia necesidad de vida, libertad, libertad de acción, etc.
El interés humano para proteger el ambiente y los problemas que lo envuelven
ha sido de siempre, desde hace siglos atrás. Pero es en la segunda mitad del siglo
XX que se ha realizado un especial énfasis mundial hacia el tema ambientalista, y es
de esta forma como los principales foros mundiales, regionales y nacionales,
ineludiblemente han volcado su atención hacia la búsqueda de respuestas
coherentes y soluciones eficaces, de forma que “se asegure un progreso y una
supervivencia humana sostenible.
En 1948 tuvo lugar en Fountainebleau, Francia, el congreso constitutivo de la
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, UICN, convocada por
Francia y la UNESCO, teniendo por consigna salvar el conjunto del mundo vivo y el
medio ambiente natural del hombre. En 1968, la Asamblea General de las Naciones
Unidas convocó a una conferencia mundial y como antecedentes a esta, se
programó a una reunión de expertos, la mayoría del tercer mundo, en Founex, Suiza,
que concluyó en que en el tercer mundo se estaba deteriorando la calidad de vida y
aún la vida misma”.5
1.1.3 Época moderna:
“La característica esencial para determinar una época o etapa moderna del
Derecho Ambiental, es el hecho de que hoy por hoy, los problemas ambientales son
de naturaleza internacional y es precisamente por ello, que existe un cúmulo de
normas internacionales que abordan esta problemática que hace que en
convenciones o tratados, los estados parte, adopten medidas tendientes a propiciar
los cambios necesarios para adecuar a las legislaciones internacionales los
problemas ambientales, puesto que se ha traducido en medidas que deben
adoptarse para la propia subsistencia humana.
5Foy Valencia Pierre op. Citpag 220
6
También se consideran como importantes fuentes del Derecho Ambiental las
diferentes estrategias y planes de acción de las instancias internacionales tales como
la ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN (UICN, PNUMA, WWF.),
los planes de acción en materia ambiental de LA UNESCO, LA OMS, LA OCDE, LA
OIT, LA FAO, Y LA CEE, entre otros.
El denominado Club de Roma integrado por un grupo de preocupados
economistas, políticos y científicos, bajo la dirección de Dennis Meabon, publicó en
1972 un estudio que causó en esa época una gran impresión. Este estudio, titulado
“Los límites del crecimiento,” es integrado por diversas variables en un modelo
global y, llegó, a pesimistas conclusiones, por la conjunción del incremento
progresivo de la demanda, determinada por el aumento de la población mundial, con
la rigidez de la oferta disminuida por la contaminación y condicionada por la
limitación de los recursos no renovables.
En 1974 laDeclaración de Cocoyoc, estableció el carácter estructural de los
problemas ambientales. Esfuerzos de fechas posteriores que deben citarse son el
informe “Ínter futuros” de la OCDE, el “Okita” del gobierno japonés, así como el
Global 2000 de los Estados Unidos. Después, en 1980 la estrategia mundial para la
conservación de UICN hace un llamado a la responsabilidad en la conservación de
los recursos.
En 1987 el informe de la Comisión Mundial del Medio Ambiente denominado
“Nuestro Futuro Común” arroja consideraciones sobre las estrategias ambientales a
largo plazo para lograr un desarrollo sostenible.
No puede dejarse de hacer referencia a la reunión convocada en Julio de 1992
en Brasil, denominada Cumbre de la Tierra, en la cual se proclamó y se reconoció la
naturaleza integral e independiente del planeta, y que ofreció un resultado muy
prometedor denominado “Los compromisos de Río”. Dicha Declaración significa la
aceptación de ciertos principios que informan la transición de los actuales estilos de
desarrollo a la sustentabilidad. Los Estados signatarios, se comprometieron, dentro
de la preservación del desarrollo sostenible, a la protección, sobre todo el ser
humano. Se partió del principio de que toda persona tiene derecho a una vida
saludable y productiva en armonía con la naturaleza; se incluyó el derecho de las
generaciones presentes y futuras a que el desarrollo se realice de modo tal que
satisfaga sus necesidades ambientales y de progreso y se mantuvo la potestad
soberana de los Estados de explotar sus recursos, recalcando su responsabilidad de
7
asegurar que las actividades que realicen dentro de su jurisdicción no causen daños
ambientales a otros Estados o áreas más allá de los límites de su jurisdicción
nacional.
Además se estableció el deber de los Estados de colaborar en la conservación,
protección y restauración del ambiente y sus responsabilidades comunes en ese
sentido; de ese modo, la cooperación internacional en la promoción y apoyo del
crecimiento económico y el desarrollo sostenible permitirá abordar mejor los
problemas de la degradación ambiental. Así mismo, se impuso un deber especial a
los países desarrollados, fundado en su responsabilidad en la búsqueda del
desarrollo sostenible, dada la evidente presión que ejercen dentro del ambiente
global las tecnologías que desarrollan y los recursos financieros que poseen”.6
1.2 Derecho Ambiental: 1.2.1 Concepto.
“El Derecho Ambiental, rama del derecho que se ocupa de la protección del
medio ambiente contra agresiones derivadas de la acción humana”.7
“Aunque cuenta con algunos remotos orígenes romanos en las relaciones
jurídicas entre colindantes, “relaciones de vecindad”, acerca de emisión de humos,
ruidos y ejecución de actividades molestas, no es hasta los años sesenta del siglo
XX cuando cobra un gran impulso, con diferencias según la fecha de la
industrialización de cada país, determinante en el nacimiento de la conciencia
ecológica en amplias capas de la sociedad”.8
El Derecho Ambiental “constituye el conjunto de normas jurídicas regulatorias
de relaciones de derecho público o privado, tendientes a disciplinar las conductas en
orden al uso racional y conservación del medio ambiente, en cuanto a la prevención
de daños al mismo, a fin de lograr el mantenimiento del equilibrio natural, lo que
redundará en una optimización de la calidad de vida”.9
Para el investigador, se constituye el Derecho Ambiental como el conjunto de
normas jurídicas, instituciones, principios fundamentales y leyes que regulan el
comportamiento del hombre y la naturaleza y que tiene como fin adoptar medidas
6Foy valencia Pierre Op. Cit pág. 235 7 Samayoa Palacios, Cesar Augusto, “Importancia del Derecho Ambiental” Guatemala1997 Universidad Rafael Landivar pág. 25 8 Diccionario Enciclopédico Espasa Calpe. España. Pág. 256 9Smayeusky Miriam y Flah Lily R. LA REGULACION PROCESAL EN EL DERECHO AMBIENTAL AMERICANO. Pág. 33
8
preventivas en cuanto al uso y disfrute del hombre de la propia naturaleza para que
no trascienda en un deterioro que pueda producir la muerte del ser humano.
1.3 Características del Derecho Ambiental: Dentro de las más importantes se pueden señalar las siguientes:
a) “Se constituye en un cúmulo de normas internacionales y nacionales que
deben aplicarse, y que tienden a concientizar el hecho de que la protección
del ambiente no es un interés individual, sino colectivo.
b) Las dimensiones especiales indeterminadas, pues los distintos imperativos
ambientales hacen que el ámbito espacial de éstos problemas tengan un
marco relativamente impreciso.
c) La distribución equitativa de los costos, pues precisamente, uno de los
aspectos cardinales del Derecho Ambiental, es su pretensión de corrección de
las deficiencias que presenta el sistema de precios, compensando los costes
que suponen para la colectividad, la transmisión de residuos y subproductos
de los grandes ciclos naturales.”
d) El carácter transnacional. Este hace referencia a que los problemas
ambientales, en muchos casos, rebasen las fronteras nacionales, porque, en
el sistema natural, los diferentes elementos, fenómenos y procesos no se
limitan a fronteras administrativas”.10
“La problemática del medio ambiente se ha circunscrito en base a procesos
legislativos en los Estados del mundo, y de tal suerte, también, dentro del ámbito
internacional se han establecido procesos de concientización y adopción de medidas
preventivas, curativas y sancionadoras, con el fin de que tenga un carácter coercitivo
y por lo tanto, aplicable.
De conformidad con lo anterior, tiene la característica de ser sistemático, porque
el Derecho Ambiental es de tal naturaleza al estar sus disposiciones y normas en
general, al servicio de la regulación de los diferentes elementos y procesos que
componen el ambiente natural y humano.
La existencia de instituciones gubernamentales y no gubernamentales que
hacen viable el hecho de que se puedan poner en marcha las leyes que las rigen y
10Biondi, citado por Moreno Trujillo Eulalia. LA PROTECCIÓN JURÍDICO PRIVADA DEL AMBIENTE Y LA RESPONSABILIDAD POR SU DETERIORO. Barcelona, José María, l99l. Pág. 230
9
que tenga como fin contribuir al interés colectivo de un medio ambiente sano, para la
propia subsistencia humana.
Siendo que el Derecho Ambiental lo constituyen un conjunto de normas jurídicas
e instituciones, tiene la calidad de coercitivo, para darle el carácter preventivo, puesto
que si bien en última instancia el Derecho Ambiental se apoya en un dispositivo
sancionador, sus objetivos son fundamentalmente preventivos.También tiene el
carácter de sustrato técnico, meta jurídica porque aspectos normativos sustanciales
referidos a límites y umbrales, principalmente determinan las condiciones en que
deben realizarse las actividades afectadas, como una atención directa y especifica
de los involucrados a favor de una colectividad.Como se ha mencionado en las
características formales y practicas, el fin de su conformación es la preeminencia de
los intereses colectivos. El carácter fundamental público del Derecho Ambiental, no
excluye sin embargo, el concurso del ordenamiento privado, tanto en lo que respecta
a las relaciones de vecindad, como a la posible exigencia de compensaciones y
reparaciones en caso de culpa contractual. De tal manera que puede lograrse una
síntesis de los caracteres público y privado, en la nueva categoría que impone la
aparición de los intereses difusos o colectivos.
El carácter multidisciplinario, que obedece a que el Derecho Ambiental se
yuxtapone una serie de disciplinas más o menos relacionadas. Además, se articula
dentro de un marco de importación de conceptos, subyace al vínculo directo de las
distintas ramas jurídicas, nexo que se presenta bajo la forma horizontal, permitiendo
influencias sectoriales recíprocas dentro de un mismo elemento jurídico”.11
1.4Derechos a gozar de un ambiente sano:
1.4.1 Definición.
“Para poder definir el derecho a gozar de un ambiente sano, primeramente
tenemos que conocer que es el “Ambiente”; que ya lo definimos anteriormente y
podemos decir que el derecho a gozar de un medio sano, es el derecho que tienen
todo ser humano de vivir en un ambiente libre de todo tipo de contaminación y de
exigir a la autoridad competente el complemento de este derecho”.12
La crisis ambiental se manifiesta por características muy radicales en relación
al equilibrio de los ecosistemas, fundamentalmente se evidencia en hechos como la
contaminación del aire, el agua, la destrucción de la flora y fauna, la desaparición de 11Op. Cit. Pág. 231 12Monografías.com el derecho a un ambiente sano consulta 15 agosto 2012
10
especies completas de mamíferos miembros de la fauna silvestre, la destrucción de
bosques, selvas y la contaminación de la atmosfera en las grades y pequeñas
ciudades
1.5 Características principales del derecho humano de gozar un ambiente sano:
“La contaminación del aire, significa por la adición a nuestra atmosfera de
cualquier material que tenga un efecto perjudicial en los seres vivos, que cambia en
forma significativa la composición del aire que respiramos. Son varios los factores
causantes, principalmente el inmoderado e incontrolable incremento y centralización
de la población en las ciudades, la gran cantidad de automotores que circulan si los
controles en la emisión de gases, la autorización desmedida de industria sin los
estudios de impacto ambiental, la proliferación de basureros o botaderos de basura
clandestino, adicionado con la trasportación en el aire.
Es un derecho humano de tercera generación, es responsabilidad del estado
garantizar este derecho. Es un derecho inherente a la persona humana y que no
distingue raza, religión, ideología política o condición económica o social. Es una
condición fundamentalmente para lograr la paz la seguridad y depende de la más
amplia cooperación de los miembros de la sociedad con el Estado”.13
1.6 Principios del Derecho Ambiental: Existe una clasificación doctrinaria respecto a los principios, unas difieren
relativamente de otras, en cuanto a los autores, sin embargo, se resumen en lo
mismo. Al autor le fue interesante, describir la clasificación de los principios que
hace el Licenciado Marco Tulio Hernández, Abogado litigante y profesor de la
Universidad de Panamá, consultor de la Asociación de Asesoría Legal y Ambiental
de Panamá, al indicar que el Derecho Ambiental cuenta con los siguientes principios:
a) Ubicuidad.
Establece que el Derecho ambiental se dirige a todos los sujetos en cuanto
usuarios o productores de residuos contaminantes (víctimas ambos, al mismo tiempo
de la contaminación que globalmente se produce).
b) Sostenibilidad.
13Fernández Arias Luis Miguel revista Jurídica Cajamarca Lima Perú 2010
11
Para la mejora del ambiente se tiene que pensar en el desarrollo sostenible.
Es una formulación estratégica, orientada hacía el futuro como proyecto para que
nuestros congéneres y sus descendientes puedan vivir con dignidad, en un entorno
biofísico adecuado guardando intrínsecamente la inspiración sobre la idea central de
una sola tierra en las relaciones hombre-naturaleza.
c) Globalidad. Se trata de un problema que afecta a todos. El tema ambiental debe
conducirse, en primer lugar, a un cambio de actitud mental para que se pueda actuar
globalmente, y, en segundo lugar, que la actuación local y regional mejore las
condiciones ambientales y beneficie a todos, aunque la acción operativa sea local.
Para el análisis del anterior principio, cita las siguientes palabras: La crisis ambiental
que es por igual crisis de la civilización, replantea la manera de entender las
relaciones entre los hombres. Las injusticias sociales se traducen en desajustes
ambientales y éstos a su vez, reproducen las condiciones de miseria”.
d) Subsidiariedad.
“Tiene correspondencia con el de globalidad y corresponde con el
planteamiento o concepción constitucionalista de criterio local pensando
globalmente. El término subsidiariedad según el Diccionario de Ciencias Jurídicas,
Políticas y Sociales, viene de subsidiario, supletorio o secundario y subsidio, es
socorro, auxilio, extraordinario o ayuda de carácter oficial”.14
1.7 Principios rectores de la ley marco para regular la reducción de la vulnerabilidad, laadaptación obligatoria ante los efectos del cambio climático yla mitigación de gases de efecto invernaderoDecreto número 7-2013Congreso de la República de Guatemala: Artículo 6. Principios. Además de los principios contenidos en la Constitución
Políticade la República de Guatemala y tratados internacionales ratificados por el
Estado de
Guatemala en materia ambiental, los siguientes constituyen los principios rectores
dela presente ley que deben ser observados por todos los entes al momento de
tomardecisiones y actuar en sus respectivos ámbitos de competencia:
a) “In dubio, Pro Natura·: Principio de acción en beneficio del ambiente ynaturaleza
que obliga a que ante la duda que una acción u omisión puedaafectar el ambiente o
los recursos naturales, las decisiones que se tomen debenser en el sentido de
protegerlos.
14 citado por Sánchez Torres. Manuel “DERECHO AMBIENTAL”. Editorial Porrúa. Pág. 33
12
b) “Precaución”: Se tomarán medidas de precaución para prever, preveniro reducir al
mínimo las causas del cambio climático y· mitigar sus efectosadversos. Cuando haya
amenaza de daño grave o irreversible, no deberíautilizarse la falta de total
certidumbre científica como razón para posponer talesmedidas.
c) “Quien contamina paga y rehabilita”: Principio que obliga a que una vezestablecido
el daño causado, el responsable está obligado a resarcirlo. Lapersona individual o
jurídica responsable de la contaminación está obligada acargar con los costos del
resarcimiento y la rehabilitación, teniendo en cuentael interés público.
d) “integralidad”: Considerar la pertinencia cultural y étnica así como laperspectiva de
género, en el diseño de planes, programas y acciones.
e) “Identidad cultural”: Identificar y promover aquellas prácticas tradicionales
yancestrales para el uso y manejo de los recursos naturales que son apropiadasque
contribuyen a la adaptación, a los impactos del cambio climático y lamitigación de
emisiones de gases de efecto invernadero.
f) “Capacidad de soporte”: No sobrepasar los límites de la capacidad de cargade los
ecosistemas.
g) “Participación”: Incluir la participación más amplia de ciudadanos yorganizaciones,
incluyendo la de los distintos pueblos en el diseño y de planes,programas y acciones
en el tema de cambio climático.
Existen otras clasificaciones respecto a los principios fundamentales que
inspiran el Derecho Ambiental, dividiéndose en generales, específicos y especiales,
que encierran a juicio de quien escribe, todo el concepto y contenido del Derecho
ambiental, y que son los siguientes:
1.8 Principios generales del Derecho Ambiental:
1.8.1Principio de complejidad. Su incidencia en los más variados ámbitos de la actividad humana hace que el
Derecho ambiental esté integrado por distintas áreas del Ordenamiento jurídico.
Forman así parte del Derecho ambiental, entre otros, el derecho de la conservación
de la naturaleza (actualmente Derecho de la Biodiversidad), el derecho de la salud
pública, el derecho del control de la calidad del aire, del agua y del suelo, el derecho
de control de los subproductos de los sistemas de producción vertidos, emisiones,
ruidos, olores, residuos, así como de los riesgos de los procesos de producción y de
sus materias primas y productos (prevención de accidentes industriales y sustancias
peligrosas).
13
1.8.2Principio de cooperación internacional.
Se refiere a que los Estados tienen el deber de proteger el medio ambiente, no solo
con los otros Estados sino también en el territorio de su competencia, así como
aquellos que no están sometidos a ninguna competencia territorial, es decir que son
territorios comunes de la humanidad para la Protección del Medio Ambiente, cuyo
objeto es establecer el deber general de su protección a través de la cooperación
internacional, y constituye una premisa lógico-jurídica incuestionable, aunque no se
haya enunciado demasiado a menudo en los instrumentos internacionales, pero
posee un valor general y es aplicable a todos los sectores del Medio Ambiente.
1.8.3Principio de responsabilidad y reparación de los daños ambientales.
Es una postura adoptada por muchos Estados del Mundo, y que en general,
estas legislaciones incluyen en sus regulaciones, siendo que es un principio del
Derecho Internacional Público aunque la naturaleza y el alcance en este terreno
particular, no se resuelve tan fácilmente como sucede en otros casos: Ej. Los daños
y perjuicios por guerra o conflictos, con arreglo a las normas generales del Derecho
Internacional Público, por lo que los Estados deben de cooperar con la
responsabilidad y la indemnización de las victimas de la contaminación y otros daños
ambientales, por sus actos, aunque en muchas ocasiones, existen reticencias
políticas de parte de los Estados e incluso, en ocasiones se enuncia en la
rehabilitación de las zonas que resulten perjudicadas como consecuencia de las
actividades humanas.
1.8.4 El principio de participación ciudadana.
Este, es básico para un manejo de la gestión ambiental, y se afirma que es el
mejor medio de tratar las cuestiones ambientales con la participación de todos los
ciudadanos interesados en el nivel que corresponda. Este principio ha evolucionado,
por la importancia que el derecho da a participar en los procesos de adopción de
decisiones relativas al medio ambiente.
14
1.9 Principios específicos del Derecho Ambiental.
1.9.1 El principio de especificidad.
Cuando se aborda temas específicos propios del Derecho Ambiental, como el
derecho de las evaluaciones de impacto ambiental, de las licencias generales, de la
responsabilidad civil por daños al medio, o creador de incentivos generales de
mercado (eco auditorias, eco etiquetas, certificaciones,.) o creador de nuevos
mercados inexistentes hasta la fecha (tráfico de emisiones.), siendo problemáticas
más complejas que las derivadas de otros aspectos también relevantes del Derecho
Ambiental.
1.9.2 Principio del deber específico de cooperar en la protección del medio ambiente:
Este principio incluye también el deber del intercambio de información relevante
para la protección del medio ambiente, y que nuestra ley del medio ambiente en el
artículo uno parte final lo establece; además, supone el desarrollo de otras acciones
para promover la investigación científica y tecnológica, procurar asistencia técnica y
financiera a los países necesitados, el establecimiento de programas de vigilancia y
evaluación ambiental, etc. Esto sin perjuicio de ámbito: regional, internacional o local,
a ello se debe de agregar el deber de los Estados en notificar y asistir a otros
Estados en situación de emergencia que puedan provocar daños irreparables o
consecuencias ambientales altamente riesgosas.
De manera especifica, temas específicos que conlleven principios específicos,
como los principios de evaluación de impacto ambiental, de precaución y quien
contamina paga.
1.9.2.1 El Principio de evaluación de impacto ambiental.
La evaluación del impacto de los proyectos que pueden tener un efecto
significativo sobre el medio ambiente ha pasado de ser una mera técnica de derecho
interno a configurar un principio inspirador de la acción protectora internacional. En
Guatemala, se establece como obligatorio, la Ley de Protección y Mejoramiento del
Medio Ambiente, sin embargo, cabe señalar que aún así, esa circunstancia no se
respeta, tema que se evaluará más adelante en el presente trabajo.
15
1.9.2.2 Principio de precaución.
El llamado principio de precaución o principio de acción precautoria ha
inspirado en los últimos años la evolución del pensamiento político y jurídico en
materia ambiental. Este principio esta ligado al desarrollo de la ciencia y sus
evidencias, el mismo, debe ser aplicado y conlleva importantes consecuencias
prácticas. Pese a un debate que fuertemente persiste, el principio es parte de una
nueva filosofía de la acción ambiental en el plano internacional. El Principio de quien
Contamina Paga. Es el que más se acerca al terreno de la economía, y la ciencia en
la que tiene su origen, y suele ser confundido con un criterio de asignación de la
responsabilidad pecuniaria para la reparación de los daños resultantes de la violación
de las normas ambientales, y se persigue que el causante de la contaminación
asume el costo de las medidas de prevención y lucha contra la misma,
convirtiéndose en Internalización de los costos en los procesos productivos, el que
nos lleva al saneamiento de los efectos negativos de la contaminación sobre el
medio ambiente y que se debe pagar por ello, por lo que todavía este principio reúne
muchos debates.
1.10 Principios especiales del Derecho Ambiental:
1.10.1 Principio de fragilidad del medio ambiente y los recursos naturales.
Estos son una preocupación mundial, y se protegen con normas internas e
internacionales. El Derecho Ambiental Internacional para muchos es risorio, o un
derecho sin futuro practico, y debe considerarse que para otros, esta circunstancia
no es correcta, es decir, no esta acorde a la realidad, ya que únicamente compete
ver el desarrollo económico de los pueblos que se materializa a costa de los recursos
naturales y como se deteriora el medio ambiente, para poder determinar lo
aseverado anteriormente.
1.10.2 Principio de prevención del daño ambiental transfronterizo.
“Este principio tiene su carácter muy específico para quien escribe, por cuanto,
es adoptado como uno de los principios básicos internacionales. El se desglosa en
dos componentes de la idea de prevención del daño ambiental en general y por otro
la obligación específica de no causar un daño ambiental Transfronterizo. Este
principio también incluye la idea del uso equitativo de los recursos y la buena fe en lo
16
que se firma y nace de orígenes de la jurisprudencia y las sentencias que el Tribunal
Internacional de Justicia ha brindado, e inspira y esqueleta el Derecho Internacional
Ambiental pues es una obligación jurídicamente exigible que puede generar
responsabilidad en caso de su violación, aunque algunas veces no suceda, sin
embargo, permite establecer un equilibrio razonable entre los intereses estatales
para afrontar los daños que cause al Medio Ambiente”.15
15Vargas Cesar Derecho Ambiental Edición 309 Editora Dominicana 2012
17
CAPÍTULO II
MARCO JURÍDICO DEL DERECHO AMBIENTAL
2.1 Normas nacionales del Derecho Ambiental: 2.1.1Constitución Política de la República de Guatemala.
De acuerdo a lo establecido por la Constitución Política de la República de
Guatemala en el Artículo 97 establece “Medio ambiente y equilibrio ecológico. El
Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a
propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la
contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictará todas las
normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la
fauna, de la flora de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su
depredación”.
La Constitución Política de la República de Guatemala, como el máximo
ordenamiento jurídico, establece una serie de preceptos contenidos en normas que
llevan implícita la necesidad de que a través de leyes ordinarias se regule aspectos
relevantes relativos al medio ambiente porque el Estado de Guatemala como tutor de
la salud de las personas, se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin
supremo es la realización del bien común. De acuerdo a la descripción de esta
norma constitucional, se establece que el Estado tiene la obligación de garantizarle a
los ciudadanos, el bienestar y dentro de los cuales, puede citarse lo relativo al medio
ambiente y la salud, dentro de los cuales uno de los deberes del Estado es
garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la
seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.Dentro de los deberes, que
encierra la seguridad, la paz, conlleva también considerar que la conservación del
medio ambiente, es garantizar al ciudadano una vida en paz, sin alteración del orden
común de la vida. Dentro de las garantías, también esta la del medio ambiente,
porque si no existe una forma de vida sana, adecuada, de acuerdo con los principios
naturales, no existe paz, y por lo tanto, no hay protección de la vida.
Y cuando hablamos respecto al Patrimonio natural,se declara de interés
nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la
nación. El Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios
naturales, los cuales son inalienables. Una ley garantizará su protección y la de la
fauna y la flora que en ellos exista.
18
Con relación al Derecho de Salud la Norma Constitucional establece el goce
de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna.
Con relación al medio ambiente, El Estado, las Municipalidades y los
habitantes del territorio nacional, están obligados a propiciar el desarrollo social,
económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el
equilibrio ecológico. Y una de las obligaciones fundamentales velar por la elevación
del nivel de vida de todos los habitantes del país, procurando el bienestar de la
familia.
Dentro del aprovechamiento de aguas, lagos y ríos., para fines agrícolas,
agropecuarios, turísticos o de cualquier otra naturaleza, que contribuya al desarrollo
de la economía nacional, esta al servicio de la comunidad y no de persona particular
alguna, pero los usuarios están obligados a reforestar las riberas y los cauces
correspondientes, así como a facilitar las vías de acceso.
2.1.2 Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente,(Decreto número 68-86 del Congreso de la República): Es una ley que tiene como inspiración fundamental la Declaración de los
Principios de las resoluciones de la histórica conferencia de las Naciones Unidas, en
1972, celebrada en Estocolmo, Suecia. El 01 de enero del año dos mil uno se
publica el acuerdo que crea el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
sustituyendo a la Comisión Nacional del Medio ambiente. Este Ministerio se convirtió
en el más joven del ejecutivo el cual fue creado para educar, proteger y legislar por el
ambiente en Guatemala.
2.1.3 Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89 Del Congreso de La República): Se crea esta ley el 10 de enero de l989, motivados por el deterioro humano
que es evidente y el latente peligro de extinción de varias especies y otras que corren
el riego de su extinción. Se basa en lo contenido en el artículo 64 de la Constitución
Política de la República, que declara de interés nacional, la conservación, protección
y mejoramiento del patrimonio natural de la nación y mediante una ley específica se
garantizará la creación y protección de parques nacionales, reservas, los refugios
naturales y la fauna y flora que en ellos exista, lo cual contribuya definitivamente a la
adecuada protección y conservación del medio ambiente.
19
2.1.4 Ley Forestal Decreto Número 101-96 del Congreso de la República:
Según el objeto de esta ley se declara de urgencia nacional y de interés social la
reforestación y la conservación de los bosques para lo cual se propiciara el desarrollo
forestal y su manejo sostenible mediante el cumplimiento de los siguientes objetivos:
a) Reducir la deforestación de tierras de vocación forestal y el avance de la
frontera agrícola, a través del incremento del uso de la tierra de acuerdo con
su vocación y sin omitir las propias características de suelo, topografía y el
clima.
b) Promover la reforestación del aéreas forestales actualmente sin bosque para
proveer al país de los productos forestales que requiera,
c) Incrementar la productividad de los bosques existentes, sometiéndolos a
manejo racional u sostenible de acuerdo a su potencial biológico económico,
fomentar el uso de sistemas u equipos industriales que logren el mayor valor
agregado a los productos forestales;
d) Apoyar, promover e incentivar la inversión publica y privada en actividad
forestal para que se incremente la producción comercialización, diversificación
y conservación de los recursos forestales;
e) Conservar los ecosistemas forestales del país, a través del desarrollo de
programas y estrategias que promuevan el cumplimiento dela legislación
respectiva, Y
f) Propiciar el mejoramiento del nivel de vida de las comunidades al aumentar la
provisión de bienes y servicios provenientes del bosque para satisfacer las
necesidades de leña, vivienda, infraestructura y alimentos.
2.1.5 Institucionalidad Ambiental en Guatemala: 2.1.5.1 Ministerios de Estado:
a) Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales: b) Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA) c) Ministerio de Energías y Minas (MEM) d) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) e) Ministerio de Educación Pública.16
16Ley Orgánica del Organismo Ejecutivo decreto 114-97 del Congreso de la República
20
a) Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales:
Este es el ministerio principal y encargado de velar por un medio ambiente
sano y una de las funciones principales de este ministerio es formular y ejecutar las
políticas relativas a su ramo y cumplir y hacer que se cumpla el régimen jurídico
concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del
ambiente, los recursos naturales y tutelar el derecho humano a un ambiente
saludable y ecológicamente equilibrado, disminuyendo el deterioro ambiental y
perdida del patrimonio natural y así mismo ejecutar políticas en materias de ambiente
y recursos naturales.
b)Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación: El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene especial mención
el hecho de que contribuye a formular y ejecutar participativamente la política de
desarrollo agropecuario, hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos
naturales renovables, todo ello de conformidad con la ley para el efecto. Además
propone y vela por la aplicación de normas claras y estables en materia de
actividades agrícolas, pecuarias, hidrobiológicas, forestales y fitosanitarias, buscando
la eficiencia y competitividad en los mercados teniendo en cuenta la conservación y
protección del medio ambiente.
c) Ministerio de Energía y Minas:
En cuanto a la intervención del Ministerio de Energía y Minas, tiene especial
interés en estudiar y fomentar el uso de fuentes nuevas y renovables de energía,
promover su aprovechamiento racional y estimular el desarrollo y aprovechamiento
racional de energía en sus diferentes formas y tipos, procurando una política nacional
que tienda a lograr la autosuficiencia energética del país, y otras que se rigen en la
ley específica, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República.
d)Ministerio de Salud Pública:
El Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social de Guatemala es el
encargado de atender los asuntos concernientes al tema de salud y asistencia social
en el territorio nacional.
Según el Artículo 8 del Decreto número 90-97 del Congreso de la República
de Guatemala establece “ Se entiende por sector Salud al conjunto de organismos e
instituciones públicas centralizadas y descentralizadas, autónomas, semiautónomas,
municipalidades, instituciones privadas, organizaciones no gubernamentales y
21
comunitarias, cuya competencia u objeto es la administración de acciones de salud,
incluyendo los que se dediquen a la investigación, la educación, la formación y la
capacitación del recurso en materia de salud y la educación a salud a nivel de la
comunidad”.
Que para el logro de de los fines se hace necesario la estructuración de
políticas coherentes de Estado en materia de salud, que garanticen la participación
de todos los guatemaltecos en la búsqueda de la salud, sobre la base de las
estrategias de descentralización y desconcentración de los programas y servicios, en
participación social, promovida en base a los principios de equidad, solidaridad y
subsidiaridad y que dicho ministerio es la institución encargada de velar por la salud
y bienestar de los guatemaltecos. Los servicios y prestaciones, requiere de una
efectiva modernización y coordinación de su infraestructura, personal, política
programas y servicios, a efecto de lograr la universalidad en la cobertura de los
servicio.
Este Ministerio dentro del ámbito del ambiente es muy importante, puesto que el
derecho a la salud es un derecho de todos los habitantes de la República tiene
derecho a la prevención, promoción, recuperación, y rehabilitación de su salud sin
discriminación alguna, por si bien la salud es el producto social resultante de la
integración entre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las
poblaciones y la participación social, a nivel individual y colectivo a fin de procurar a
los habitantes del país el mas completo bienestar, mental y social, puesto que todos
los habitantes de la república están obligados, a velar, mejorar y conservar la salud
personal, familiar y comunitaria, así como las condiciones de salubridad del medio en
que viven y desarrollan sus actividades, y el Estado de Guatemala en cumplimiento
de su obligación de velar por la salud de los habitantes y manteniendo los principios
de equidad, solidaridad y subsidiaridad, desarrolla a través del Ministerio de Salud
Publica y Asistencia Social y en coordinación con las instituciones estatales
entidades descentralizadas y autónomas, comunidades organizadas y privadas
acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, así
como las complementaria pertinentes, a fin de procurar a los guatemaltecos el mas
completo bienestar físico mental y social
e)Ministerio de Educación Pública: Los anteriores ministerios de Estado contribuyen dentro de sus específicas
funciones con el medio ambiente. En el caso del Ministerio de Educación Pública,
contribuye en crear conciencia ecológica y ambiental, que hace posible que se de
22
cumplimiento a lo que en el año 1996, se crea a través del Decreto Número 74-96 del
Congreso de la República Ley de Fomento de la Educación Ambiental, que entre
otras cosas, tiene por objeto la promoción de la educación ambiental, promover la
educación ambiental y colaborar con las políticas ambientales desde sus atribuciones
especiales.
2.1.6 Instituciones Descentralizadas,Desconcentradas y Autónomas: a)Consejo Nacional de Áreas Protegidas b)Instituto Nacional de Bosque a) Consejo Nacional de Áreas Protegidas:
El consejo se crea juntamente con la Ley de Áreas Protegidas contenida en el
Decreto 4-89 del Congreso de la República, incluyendo las reformas hechas a esta
ley contenida en el Decreto 110-96 del Congreso de la República de Guatemala.
Conforme esta ley se crea el sistema guatemalteco de áreas protegidas, integrado
por todas las áreas protegidas y entidades que la administran, cuya organización y
características establece que a fin de lograr los objetivos de la misma en pro de la
conservación, rehabilitación, mejoramiento y protección de los recursos naturales del
país, y la diversidad biológica, dentro de sus objetivos esta:
a) Asegurar el funcionamiento óptimo de los procesos ecológicos esenciales y
de los sistemas naturales vitales para el beneficio de todos los
guatemaltecos.
b) Lograr la conservación de la diversidad biológica del país.
c) Alcanzar la capacidad de una utilización sostenible de las especies y
ecosistemas en todo el territorio nacional.
d) Defender y preservar el patrimonio natural de la nación.
e) Establecer las áreas protegidas necesarias en el territorio nacional con
carácter de unidad pública e interés social.
b) Instituto Nacional de Bosque:
Es una entidad estatal que se crea con el propósito de:
1. Ejecutar las políticas forestales que cumplan con los objetivos de la ley,
contenida en el Decreto Número 101-96 del Congreso de la República, Ley
Forestal.
23
2. Promover y fomentar el desarrollo forestal del país, mediante el manejo
sostenible de los bosques, la reforestación, la industria y la artesanía forestal
basada en los recursos forestales y la protección y desarrollo de las cuencas
hidrográficas.
3. Las demás atribuciones que le corresponden conforme la ley específica y
otras disposiciones que le son aplicables.
2.1.7 Congreso de la República:
a) Comisión del ambiente, ecología y recursos naturales
También constituye una institución al servicio de la naturaleza, el hecho de
que en el Congreso de la República, existe una comisión que se encarga de ello.
Independiente de ésta comisión se encuentran conformadas por diputados .En cada
comisión se debe integrar un presidente, vicepresidente y secretario de la
Comisión.Cada comisión sesionará periódicamente con la presencia de la mayoría
de sus miembros y podrán pedir la asistencia de funcionarios públicos, entre ellos,
ministros de estado para tratar temas específicos de la comisión.
24
CAPÍTULO III LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
3.1Tipos de ambiente:
El ambiente para su estudio y comprensión los clasificaremos en ambiente natural,
3.1.2 Ambiente natural.
“Es el conjunto de elementos naturales (bióticos y abióticos), que se integran
en la biosfera, donde tienen sustento y hogar los seres vivos”.17
3.1.3 Ambiente social.
“Se entiende por ambiente social todos aquellos elementos sociales que
existen en un lugar determinado y que son valiosos e influyen en la vida de las
personas, sirviéndose así, para vivir y desarrollarse; dentro de estos elementos
tenemos las asociaciones, las cooperativas, los comités y todas aquella participación
que el hombre tiene en la comunidad donde vive”.18
3.1.4 Ambiente cultivado.
“Es aquel inducido por la acción del hombre en donde se origina la producción
de la naturaleza misma, las producciones que se desarrollan en la naturaleza son
agrícolas, de animales, (pecuarias, avícolas etc.)”.19
3.1.5 Ambiente sensorial.
“Este tipo es obra o resultado de la actividad humana; dentro de este tipo de
ambiente tenemos los sonidos, los olores, los sabores, la estética como producto de
la creación intelectual del hombre, las contaminaciones, los medios publicitarios,
etc".20
17 Enciclopedia en Carta 2007, Edición Actualizada 18Rivas Castellanos y Guzmán Shaul, José “Apuntes de Legislación Ambiental e Instrumentos Técnicos Ambientales”segunda reimpresión Ediciones Maythe Guatemala 2005. Pág 218 19Ibid. Pág 219 20Ibid pág. 219
25
3.1.6 Ambiente ejercitado o creado:
“El nacimiento de este tipo de ambiente es resultado del trabajo realizado por
el hombre, sobre los elementos físicos y los no físicos, que se convierten en
elementos indispensables, tales como obras, los manufacturados, la industrialización
y en general todo tipo de creación o construcción realizada por las personas”. 21
3.2Contaminación ambiental:
La definición científica de la contaminación ambiental tiene una extensa lista
de normas y criterios mediante los cuales se podría determinar con precisión en que
sentido un medio ambiente se puede considerar deteriorado y hasta que punto se
puede considerar intolerable, y se entiende “La presencia en el medio ambiente de
uno o más contaminantes, o de cualquier contaminación de ello, que perjudique o
moleste lavida, la salud y el bienestar humano, la flora, la fauna o degradación del
aire, del agua,tierra y los bienes”.22
3.3 Medio ambiente:
Es un conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos y sociales capaces
de, en un plazo corto o largo, causar efectos adversos directos o indirectos sobre los
seres vivos y las actividades humanas.Se entiende por medio ambiente: “Todo lo que
rodea a un ser vivo y afecta su vida, puede ser natural (el campo), social (la ciudad),
que relacionándose entre sí, forman una unidad natural estable”.23
3.4 Ambiente.
Es: “El entorno que afecta a los seres vivos y condiciona especialmente las
circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su vida. Comprende el
conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un
momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones
venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida sino
que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre
ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura”.24
21Enciclopedia en Carta 2008 Edición actualizada 22Ibidpag. 29 23 Definición de Medio Ambiente “Sensibilización medio ambiental”. IFES. 24 Monografía.com Medio Ambiente. Consulta 15 de agosto 2012
26
3.5Contaminación:
3.5.1 Concepto:
“Alteración directa o indirecta de las propiedades radiactivas, biológicas,
térmicas o físicas, de una parte cualquiera del medio ambiente, que puede crear un
efecto nocivo o potencialmente nocivo a la salud, supervivencia o bienestar de
cualquier especie viva”.25
Se puede decir que la contaminación es el cambio indeseable en las
características físicas, químicas o biológicas del aire, el suelo y el agua; que pueden
dañar o afectar a la vida humana o las especies de organismos deseable, a la
vivienda, o las condiciones de trabajo a los valores culturales o las fuentes de
materia prima.
3.6 Forma de contaminación del ambiente:
“Los contaminantes pueden entrar al ambiente de modo natural (por ejemplo,
a partir de erupciones volcánicas), o por las actividades humanas (combustión de
carbón). La mayor parte de contaminación natural es dispersada sobre una are
grande y con frecuencia se diluye o degrada a niveles no dañinos, mediante
procesos naturales. Algunos contaminantes que se producen, se expulsan al
ambiente en donde provienen fuentes únicas identificables; otros contaminantes
invaden el aire, el agua o el suelo desde fuentes dispersas con frecuencias difíciles
de identificar por ejemplo el deslave de fertilizante y plaguicidas de las tierras de
cultivo hacia los ríos y lagos y los pesticidas pulverizados en el aire o trasportados
por el viento a la atmosfera”.26
3.7 Situación ambiental en Guatemala:
“La situación del ambiente en Guatemala es conocida parcialmente den los
niveles de decisión política económica y casi desconocida en las diferentes
comunidades que conforman la sociedad. Sin embargo en todos los estudios, se han
descrito más los efectos del deterior ambiental y de la perdida de los recursos
naturales, no ha tratado de establecer las causantes y los orígenes que han 25Allaby, Michael. Diccionario del Medio Ambiente, Edición pirámide, S.A. Madrid, España, 1984. Pag. 24 26 Smith, Holdre, “El Estado del Medio ambiente y Medidas Normativas”Editorial Kapelusz. Buenos Aires Argentina 1998 pag. 211
27
producido los efectos mencionados. Lo que queda claro es que de seguir las
tendencias del deterioro ambiental actual el país se vera limitado en su desarrollo,
generándose mas tensiones sociales especialmente por la contaminación del aire
quien afecta no solamente al medio en general, si no especialmente la salud de
todos los habitantes de Guatemala, que es el sector objeto de importante”.27
3.8Causas del Deterioro Ambiental en Guatemala:
La situación ambiental en Guatemala es el reflejo de la actitud de la sociedad
hacia la naturaleza y los valores que tradicionalmente la sociedad ha utilizado para
formar sus estructuras económica, políticas y en especial, formativo-educativas.
“Es de hacer notar que la diversidad cultural y riquezas de los los grupos
étnicos, la sociedad guatemalteca tiene tendencias a la fragmentación y por existir
pocas políticas de integración social, muchas comunidades tienen un escaso
desarrollo socioeconómico y cuentan con bajos niveles de educación y con usos
inapropiados de tecnologías”.28
3.9 Fuentes de Contaminación Ambiental:
Las principales fuentes de contaminación acuática pueden clasificarse
comourbanas, industriales y agrícolas.La contaminación urbana está formada por las
aguas residuales de los hogares ylos establecimientos comerciales. Durante muchos
años, el principal objetivo de laeliminación de residuos urbanos fue tan sólo reducir
su contenido en materias quedemandan oxígeno, sólidos en suspensión,
compuestos inorgánicos disueltos (enespecial compuestos de fósforo y nitrógeno) y
bacterias patógenas. En los últimos años,por el contrario, se ha hecho más hincapié
en mejorar los medios de eliminación de losresiduos sólidos producidos por los
procesos de depuración. Los principales métodosde tratamiento de las aguas
residuales urbanas tienen tres fases: el tratamientoprimario, que incluye la
eliminación de arenillas, la filtración, el molido, la floculación(agregación de los
sólidos) y la sedimentación; el tratamiento secundario, que implica laoxidación de la
materia orgánica disuelta por medio de lodo biológicamente activo, queseguidamente
es filtrado; y el tratamiento terciario, en el que se emplean métodos biológicos 27www.sitemascreativos.com/iarna“Situación Ambiental” -de-guate. pag.5 28Castillo Lemuz, Hoffman Romeo “contaminación de las aguas y su impacto en el medio ambiente”Guat.2006 Universidad de San Carlos de Guatemala pag. 14
28
avanzados para la eliminación del nitrógeno, y métodos físicos y químicos,tales como
la filtración granular y la adsorción por carbono activado. La manipulación
yeliminación de los residuos sólidos representa entre un 25 y un 50% del capital y
loscostes operativos de una planta depuradora.Las características de las aguas
residuales industriales difieren bastantedependiendo del tipo de actividad que casa
industria desarrolle. El impacto de losvertidos industriales depende no sólo de sus
características comunes, como lademanda bioquímica de oxígeno, sino también de
su contenido en sustancias orgánicase inorgánicas específicas. Hay tres opciones
(que no son mutuamente excluyentes)para controlar los vertidos industriales. El
control puede tener lugar allí donde se23generan dentro de la planta; las aguas
pueden tratarse previamente y descargarse en elsistema de depuración urbana; o
pueden depurarse por completo en la planta y serreutilizadas o vertidas sin más en
corrientes o masas de agua.La agricultura, la ganadería estabulada (vacuno y
porcino principalmente) y lasgranjas avícolas, son la fuente de muchos
contaminantes orgánicos e inorgánicos delas aguas superficiales y subterráneas.
Estos contaminantes incluyen tanto sedimentosprocedentes de la erosión de las
tierras de cultivo como compuestos de fósforo ynitrógeno que, en parte, proceden de
los residuos animales y los fertilizantescomerciales. Los residuos animales tienen un
alto contenido en nitrógeno, fósforo ymateria consumidora de oxígeno, y a menudo
albergan organismos patógenos. Losresiduos de los criaderos industriales se
eliminan en tierra por contención, por lo que elprincipal peligro que representan es el
de la filtración y las escorrentías. Las medidas decontrol pueden incluir el uso de
depósitos de sedimentación para líquidos, el tratamientobiológico limitado en lagunas
aeróbicas o anaeróbicas, y toda una serie de métodosadicionales.
“Otras de las causas se derivan de la falta de políticas y estrategias para el
uso, manejo del ambiente, de la escasez y dispersión de las leyes que norman la
relación entre la sociedad y la naturaleza, asi como el uso, usufructo de los bienes y
servicios naturales. Además del carácter copista del algunos grupos de la sociedad
guatemalteca, hace que una seria de conceptos, conocimientos, sistemas de
producción, mercados, consumos y tecnologías sean aceptadas y comercializados
sin las necesarias adaptaciones a las condiciones y realidad del país, llegando
algunas veces a la importación e imposición de modelos de crecimiento económico,
que si bien es cierto ha sido exitosos en otros pises, tienen, poco aplicabilidad a los
ecosistemas de Guatemala o a las condiciones culturales”.29
29Ibid. Pag 21
29
3.10 Los Problemas Ambientales en Forma Generalizada:
No cabe duda que el mundo se enfrenta ante una serie de problemas
ambientales de todo tipo. El medio ambiente, tiene un significado entorno a la vida,
los recursos naturales para la satisfacción de las necesidades humanas y la
construcción del progreso, que ha producido un deterioro ambiental, de la naturaleza
han sido objeto de la protección con mayor énfasis en el caso de los estados y
gobernantes recientemente, y que mediante normas que han promulgado dentro del
ámbito de la comunidad de nacionales como en lo interno de los Estados,
necesariamente tiende a constituirse en una perspectiva economista, pues el recurso
material es indispensable para acceder a esta protección.
Sin duda a partir de la revolución industrial que ha producido efectos nocivos
al medio ambiente, en que los efectos de las acciones humanas adquieren
magnitudes y características cuyos efectos se empiezan a notar y a preocupar por
sus graves consecuencias. A pesar de que el tema ambiental es de naturaleza
global porque no se encuentra circunscrito a un particular territorio, la realidad
evidencia de que los Estados no han sido capaces para contrarrestar estos
deterioros.
Tal como lo prevén los principios que se citaron arriba, los efectos no solo se
producen en los Estados en donde se realizan acciones, sino en otros. Ejemplo de
ello, es lo que se ha dicho acerca de las emanaciones y vertimientos tóxicos en un
país que afectan el medio ambiente de los países vecinos hasta grandes áreas que
abarcan continentes enteros, lo cual es totalmente cierto.
Otro grave problema que quien escribe encuentra con el poco avance en
materia de evitar los índices de deterioro ambiental que afronta Guatemala, y que sin
lugar a dudas lo afrontan otros países del mundo, es la gran diversidad normativa
sobre medioambiente, que hace que la población se enfrenta a una complejidad
adicional.
Por eso se hace necesario que esa protección ambiental conlleve los siguientes
aspectos:
a) de búsqueda de soluciones de los desequilibrios ambientales, ocasionados
por la contaminación de aguas, la destrucción de la capa de ozono y la tala
indiscriminada de árboles.
30
b) Se debe hacer todo el esfuerzo por rescatar lo que se ha deteriorado,
vinculando el tema del medio ambiente con la calidad de vida actual y de las
de generaciones futuras.
c) Asimismo, por su carácter global, se deben generar estrategias a nivel
mundial sobre políticas de protección del medio ambiente.
d) La participación conjunta para limpiar el orbe es una ardua tarea que compete
no sólo a una nación.
e) Considerar el rápido crecimiento de la población humana y el desarrollo
tecnológico que someten al medio ambiente a una demanda sin precedente.
Esto está produciendo un declive cada vez más acelerado en la calidad de
éste y de su capacidad para sustentar la vida, no sólo del hombre, sino de
todos los seres vivos.
f) En definitiva, en nuestros días y en el futuro no sólo se necesitan nuevas
tecnologías para incrementar la explotación de recursos naturales, sino
también, tecnologías limpias que eviten contaminar el medio ambiente. Ésta
es una tarea de todos los que habitamos el planeta. No esperemos provocar la
destrucción total de nuestro hogar y de los demás seres vivos.
g) Debe existir un control social ambiental. Existen múltiples mecanismos por los
cuales la sociedad (global, comunitaria, nacional, regional y local) orienta la
conducta social e individual, para reducir la contaminación ambiental,
mediante la prevención, disminución y cumplimiento de normas jurídicas
obligatorias (tributarias, administrativas, penales, civiles
h) En razón a ello, los medios de control social tienen una gran importancia,
como: la familia, la educación, los medios de comunicación, las costumbres, el
trabajo, la ciencia y la tecnología, la ética y la moral y el derecho como último
medio de control social”.30
3.11Los problemas de Contaminación Ambiental:
No cabe duda que la problemática ambiental que incluye la población
guatemalteca, es compleja, diversa y muy difícil de contrarrestar, especialmente en
materia de contaminación. Aparte de ello, ha sido muy difícil poder determinar en
forma concreta y en pocas líneas que conllevan este tipo de monografías, el hecho
de describir cuales son los problemas ambientales que encierra la realidad nacional,
porque en primer lugar son muy variados y diversos, y en segundo lugar, se tendría
que realizar un estudio con un poco mayor grado de profundidad respecto a cada
uno de ellos, sin embargo, se pueden describir en forma concreta y como principales,
los siguientes: 30 Sánchez Torres, Manuel, OP.citpag. 65
31
1. “En el tema de laDeforestación. En cuanto a esta problemática, es de
considerar que varía de algunos lugares en relación a otros, desde el punto de
vista forestal, es que la extracción es mayor que la reposición natural y
artificial. Ello se debe fundamentalmente al consumo alto de madera para leña
y, en menor grado, a los incendios y plagas forestales. La colonización es
después del uso para leña, el factor que más incide en la pérdida de cobertura
forestal.
2. En el tema de laerosión acelerada del suelo. La erosión de los suelos,
agravada por la deforestación y la falta de técnicas apropiadas de
conservación de suelos, es especialmente severa en las áreas densamente
pobladas y fuertemente cultivadas del país, como en el Altiplano.Aunque en
forma aproximada, se ha estimado que en ciertas zonas del país se pierden
anualmente unas 1,416.74 toneladas de tierra por kilómetro cuadrado, lo que
equivaldría a 778 pirámides como el templo IV de Tikal.
3. El tema de lacontaminación por uso de agroquímicos. El uso de insecticidas,
herbicidas y fungicidas, ha dado como resultado el aumento de la producción
agrícola. Sin embargo, el uso excesivo e indiscriminado de estos
agroquímicos representa uno de los principales problemas ambientales en el
país. Además de destruir las especies nocivas que son su objetivo, han
destruido insectos benéficos y productivos como las abejas en la costa sur y, a
la vez, que han promovido la proliferación de individuos resistentes en las
especies dañinas. También pueden citarse como efectos dañinos, además del
resquebrajamiento biológico, la afectación de la calidad de muchos alimentos,
por el uso incorrecto de estos productos.
4. En el tema de la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos. Los
problemas relacionados con la contaminación ambiental en Guatemala son
múltiples. El rápido crecimiento poblacional produce una presión muy fuerte
sobre varios de los recursos naturales del país, que sufren sus efectos. Los
problemas actuales de contaminación, pero deben ser atacados ya que no
sólo representan un peligro para la salud pública, sino también una pérdida
potencial de ingresos por el uso de recursos y por turismo. En cuanto a los
alimentos, especialmente la carne y la leche, están contaminados con
plaguicidas clorados, existen servicios de control para las exportaciones, pero
no para el consumo interno; y así, aquellos lotes que son rechazados para el
exterior son consumidos internamente. Aunque para muchos guatemaltecos el
ruido constituye un problema serio, los visitantes de otras ciudades grandes
notan únicamente los efectos audibles de los aviones jet, ya que el corredor
32
de aproximación desde el norte al aeropuerto internacional La Aurora, está a
lo largo de la ciudad de Guatemala”.31
.3.12Desechos sólidos:
“Se entiende todo “aquellos materiales sólidos o semisólidos, que son
descartados por la naturaleza misma o por la actividad de la sociedad, los cuales no
tienen una actividad inmediata y se vuelven indeseables”32
“Se entiende todos aquellos producidos por el consumidor final y que, en
principio, no tendrán más uso útil. Normalmente, los individuos los descartan, ya
tirándolos a la basura o al incinerador. La diferencia entre este tipo de desechos y
aquellos pre-consumidor, es que estos últimos resultan del proceso de manufactura y
son reintroducidos en dicho proceso. Los desechos sólidos son denominados como
basura, los desechos de una sociedad forman gases, líquidos y sólidos; los desechos
gaseosos se liberan a la atmosfera, los liquidas y algunos sólidos se deslavan hacia
los sistemas de aguas negras. La mayor parte de los desechos sólidos se tienen que
desplazar de un lugar a otro para poder eliminarlos, esta forma de eliminación casi
siempre es la de vertederos en la tierra o en el mar y en algunas ocasiones la forma
de dichos vaciaderos o basureros en un incinerador”.33
3.13Contaminación por desechos sólidos:
“Los desechos sólidos se entienden como basura o residuos sólidos y los
constituyen todos aquellos materiales que han perdido su utilidad para el cual fueron
creados o par el cual tienen su existencia natural “Los residuos sólidos o semis olidos
provenientes de actividades urbanas en general pueden tener origen residencial,
domestica, comercial, institucional, de la pequeña industria o del barrio do limpieza
de calle, mercados, aéreas publicas y otros. Su gestión es responsabilidad de la
municipalidad o de otra autoridad de gobierno. La organización panamericana de la
salud, establece que la ausencia de coordinación, falta de planificación y el
incumplimiento de leyes y norma que define las funciones de cada institución,
entorpece el impacto causado al ambiente y a la salud.”34
31 El Derecho Ambiental en Centroamérica. Ob. Cit. Pág. 106 32 Castillo Blanco, Germán David “Los Basureros Foco de Contaminación Ambiental”Guatemala, 1998 Facultad de Ciencia Jurídicas y Sociales Universidad de San Carlos pag. 51 33Ibid. pàg. 83 34 Organización Panamericana de la Salud “Manual para la perseveracion de la Salud”
33
El resultado de estos problemas a las personas con emanación de olores
desagradables cuando contaminan al aire, contaminando el agua que se bebe o que
se usa para actividades propias de los hogares, cuando se contamina el agua y
causando perdidas a los campesinos cuando el suelo es contaminado. Por la mala
recolección de desechos domestico e industriales se causangraves problemas de
salud e higiene a toda la población; los desechos solido quedan por la calle o lugares
inapropiados, causando deterioro de los recursos naturales y algunas veces
problemas en las carreteras.
La contaminación por desechos salidos al ambiente causa alteración estética
al paisaje y la agresión visual afectandoasí, la salud mental y física, asi como la
seguridad de las personas. El general, a la contaminación por desechos solidos, se
le denomina contaminación ambiental.
3.13.1Desechos orgánicos:
“Los desechos orgánicos, son los que provienen de materia viva constituyendo
esta los restos de animales y de la vegetación. Los desechos orgánicos son aquellos
tenían anteriormente vida o cuyo componente constante es el carbono en
combinación con otros elementos. En la comunidad de San Miguel Aroche
Chiquimulilla Santa Rosa, generalmente los desechos orgánicos que se crean en las
casa, como los residuos de comida, verduras, cascaras, restos de animales, dando
menor problema a la naturaleza ya que su descomposición es relativamente es
rápida”.35
3.13.2 Desechos inorgánicos:
“Un desecho inorgánico es aquel que no ha tenido vida y no tienen el
componente carbonoestos desechos provienen de desechos químicos y
farmacéuticos. Son llamados también como desechos sintéticos, contra estos
desechos combate la naturaleza misma, y sobre todo con lo difícil de su
descomposición por no haber organismo que puedan consumirlos o descomponer”. 36
35Ibidpàg. 38 36Ibidpág 38
34
3.13.3Desechos sólidos:
Los de desechos sólidos son denominados como basura. Los desechos de
una sociedad toman forma de gases, líquidos y sólidos; los desechos gaseosos se
liberan a la atmosfera, los líquidos y algunos sólidos se deslavan, asi los sistemas de
agua negras. La mayor parte de los dichos se tienen que desplazar de un lugar a
otro para poder eliminarlos, esta forma de eliminación casi siempre desde vertederos
en la tierra o en el mar o en algunas ocasiones en los ríos.
3.13.4Desechos químicos:
“Son los residuos industriales que constituyen los desechos de minería o
industria que se llevan a bahurreros particulares o se eliminan vaciándose en el mar,
lagos, ríos u otras corrientes de aguas. Son los residuos generales de la actividad
industrial, que es la consecuencia de la producción y generados por las actividades
de comercio que tienen como incidencia en el proceso de la compra- venta de
producto químico o de industria para trabajos propios de las actividades del
hombre.”37
37Ibid. Pág. 52,53
35
CAPÍTULO IV
PROBLEMÁTICA AMBIENTAL QUE GENERA LA EMISION DE LA CASCARILLA DE CAFÉ EN LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL AROCHE CHIQUIMULILLA
SANTA ROSA Y LA NECESIDAD DE LA INTERVENCION ESTATAL.
4.1 Municipio
“Es la división territorial del Estado, administrada por un alcalde municipal y su
respectivo consejo; es el conjunto de habitantes de un territorio”38. “Es jurídicamente
un a persona de Derecho Publico, constituida por una comunidad humana
asentadaen un territorio determinado, que administra sus propios y partículas
intereses”.39
“Hugo calderón Morales lo define como: un conjunto o grupos de personas
caracterizadas por sus relaciones de vecindad, permanencia asentada en un
territorio determinada, organizada e instituciones de Derecho Publico”.40
4.2 El Municipio de Chiquimulilla:
4.2.1Ubicación geográfica: El departamento de Chiquimulilla se encuentra situado en parte sur del
departamento de Santa Rosa en la Región IV o la región sur Oriente constituye uno
de los 14 municipios del departamento de Santa Rosa. El municipio se encuentra a
294 metros a nivel del mar, geográficamente limita al norte con el municipio de
Cuilapa y Pueblo Nuevo villas Santa Rosa, al Sur con el océano Pacifico y al Este
con los municipios de Pasaco y Moyuta (Juatiapa) Santa Maria Ixhuatan y San Juan
Tecuaco (Santa Rosa) y al oeste con el municipio e Guazacapán (Santa Rosa).41
4.2.2 Extensión territorial:
Según el Instituto Geográfico Nacional el municipio tiene una extensión territorial
de 499 km2.
38 Larousse “Diccionario enciclopédico” impreso sep. 200 editorial Ultra, S:A de C:V pag. 162 39Ossorio Manuel “Diccionarios de Ciencias JuridicasPoliticasy Sociales” Editorial Eliasta,23 edición, año 2001 pag. 632 40 Calderón Morales, Hugo Aroldo “Derecho Administrativo II”editorial Estudiantil Femix, cuarta Edición Guatemala 2004 pag. 237 41 Plan de desarrollo Chiquimulilla Santa Rosa Consejo Municipal de Chiquimulilla Santa Rosa 2012
36
4.2.3 Condición de vida:
“Pobreza y pobreza extrema el índice de pobreza general en este municipio es
del sesenta y tres punto cuatro por ciento con una pobreza extrema de un diecinueve
punto ocho por ciento según lo informado por SEGEPLAN hasta el dos mil diez”.42
4.2.4 Historia: “Chiquimulilla estuvo habitado por el pueblo Xinka, quienes se distinguieron por la
bravura ante la conquista española, tal como lo cita el documento “Las tierras
comunales Xinkas de Guatemala” las crónicas de las conquistas contienen mención
esporádica a las campañas militares que llegaron a su sujeción por el imperio
español. Unos de los documentos que se refiere a los Xinkas en esas crónicas dice
que durante las campañas de Pedro de Alvarado en Oriente y la Costa Sur, al
ingresar poir el actual municipio de Guazacapán (Santa Rosa), se enfrento con
población que hablaba distintos idiomas al maya y del pipil que conocían
probablemente se trataba de los Xinkas”.43
4.3 La aldea de San Miguel Aroche:
Este municipio ha sufrido cambios de carácter jurídico a lo largo de su historia,
esencialmente resalta el hecho de que por acuerdo gubernativo de fecha cuatro de
marzo del año mil novecientos treinta y seis, fue suprimido y anexado como una
Aldea del municipio de Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa.
Tras la independencia, el Estado de Guatemala se dividió en siete departamentos
de los cuales uno se denominó Guatemala-Escuintla; y en él se encontraba la capital.
Santa Rosa pertenecía a esta jurisdicción y su ciudad denominada Cuajiniquilapa
(actual Cuilapa), se constituyó posteriormente en la cabecera departamental.
“En 1848, debido a una reorganización que derivó en una nueva división
administrativa, se creó el Departamento de Mita. Este se dividió en tres distritos
llamados Jalapa, Jutiapa y Santa Rosa, en definitiva el departamento de Santa Rosa
como se concibe en la actualidad”.44
42Ibid. pág.21 43Ibid. pág. 24 44http://wikipedia.com./MedioAmbiente Consulta 15 de agosto de 2012
37
Inicialmente al municipio de Chiquimulilla se le llamó Santa Cruz Chiquimulilla,
actualmente se le conoce solo como Chiquimulilla. Se tiene conocimiento también
que el municipio de Chiquimulilla el 29 de octubre de 1825 se elevó a la población de
Santa Cruz Chiquimulilla, llamada así antiguamente, a la categoría de villa. Por
decreto del 8 de mayo de 1852 pasa a formar parte de Santa Rosa.El municipio de
Chiquimulilla se suprimió por acuerdo gubernativo del 1 de octubre de 1883 y fue
restablecido por acuerdo gubernativo del 4 de enero de 1887. En cuanto a su
población, los descendientes son xincas y todavía habitan en parte de Chiquimulilla y
Guazacapan. Estos no pertenecen a la etnia maya. Todavía viven en Chiquimulilla
dos docenas de ancianos que saben la lengua Xinca. En total tiene
aproximadamente 50,000 habitantes.Según datos del Instituto Nacional de
Estadística (INE), está conformado por: una villa, doce aldeas, cuarenta y ocho
caseríos y nueve parajes. Por último, resulta importante establecer que dentro de las
principales actividades productivas, se encuentra la ganadería. Dentro de las
industrias merece mencionarse la elaboración de sal en el área del canal. Se
cosecha gran cantidad de granos, entre ellos, maíz, fríjol, arroz. Al norte se
encuentran beneficios de café, y en el orden de la artesanía, se encuentra la
carpintería, elaboración de sillas de montar, zapaterías, herrerías y sastrerías.
4.4Contaminación del suelo de la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla departamento de Santa Rosa
El suelo en la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla Santa Rosa, se
encuentra contaminado principalmente porque los cafetaleros realizan sus
actividades de procesamiento del café y luego desechan la cascarilla a las cunetas
alrededor de la calles de la comunidad dejando desprotegida la tierra y esto sucede
siempre cuando los cafetaleros recogen las cosechas de café, dando lugar a que
este se contamine. Así es como la contaminación se ha prolongado de una manera
rápida porque al llegar al estado de descomposición produce gusanos que provocan
mal olor llegándose a un ambiente desagradable provocando inestabilidad en las
familias porque ase producen enfermedades respiratorias y gastrointestinales,
provocando daño a la economía familiar en virtud del cual los habitantes tienen que
recibir asistencia medica.
38
4.5Problema que originan los desechos sólidos en la comunidad de San Miguel Aroche, municipio de Chiquimulilla departamento de Santa Rosa.
En este municipio, la mala o inadecuada disposición de los productos que
contienen sustancia nociva da como resultado consecuencias lamentables tales
como enfermedades, y en ocasiones hasta la muerte. Afectando la población en
general, así como par los animales que pueden resultar adquiriendo enfermedades
contagiosa al beber el agua, al ingerir alimentos contaminados, con el contacto con
los desechos o residuos que las personas de las comunidades desechas y los lanzas
a la cunetas de las calles, y estos causan enfermedades gastrointestinales,
respiratorias y de la piel y en ocasiones la muerte. Todas estas personas están
expuestas a contagiarse de cualquier enfermedad ocasionada por esta
contaminación.
4.6El Cultivo de café en San Miguel Aroche, y los problemas ambientales que se generan:
Es evidente la importancia que tiene la actividad agrícola en
Guatemala,especialmente, la actividad caficultora.La industria del café genera dos
residuos que provocan contaminación, lapulpa, residuo sólido que al depositarse
sobre terrenos o ser vertida a los ríos, esfuente de malos olores y criadero de plagas,
y las aguas mieles que son las aguasdel proceso que adquieren una carga orgánica
fuerte por la dilución y arrastre delos subproductos del café, se ha caracterizado,
debido a sus condiciones de clima, suelo,altitud y a la forma especial de beneficiar su
café, sin dejar por un lado, algo tanimportante, como la producción de distintas
variedades.
Es importante tomar en cuenta, que existen varios factores que pueden
incidiren la calidad del café. Estos son los siguientes:
“Intrínsecos el tipo de café es el mas importante. Variedad obtenida por selección:
típica, Blou Mountain. Otros elementos la altitud las condiciones el suelo y el clima.
Los externos son los factores influidos por los cultivadores y beneficiadores,
labranza, recolección, beneficiario primario dentro de estas tenemos:
a. condiciones climatológicas y altitudinales
b. tipo de suelo
c. las variedades
d. densidad de siembra
e. programas inadecuados de fertilización
39
f. plaga y enfermedades
g. exceso o falta de sombra
h. sequías
i. mucha lluvia durante la cosecha
j. recolección del grano
k. mezcla de variedades
l. mezcla de café de diferentes altitudes
m. falta de capacidad del beneficio
n. formas de secamiento”.45
En el cultivo del café no se utilizan las técnicas modernas que pueden
provocar menos contaminación ambiental, especialmente derivado de los desechos,
como lo es el caso de la cascarilla, no solo produce daños al ambiente, sino también
en el caso de la salud de los que realizan estas actividades agrícolas.
4.7Marco jurídico del cultivo y procesamiento del café:
4.7.1 Decreto Número 19-69del Congreso de la República:
Existe el Decreto 19-69 del Congreso de la República que regula la Ley del Café,
creándose la institución de ANACAFE en el año 1969.
El objetivo de esta institución es cooperar con el Estado en la protección de la
economía nacional en lo relativo a la producción y comercialización del café, además
de defender los intereses gremiales de los productores del grano; para lo cual cuenta
con servicios técnicos de investigación, experimentación, demostración, asistencia y
divulgación en las diversas ramas de la industria cafetera, estando formada por todos
los productores de café registrados en dicha institución.
ANACAFE también organiza servicios de captación, arbitraje, registros
estadísticos y otros servicios que benefician a la producción y comercialización del
grano. Decreto número 19-69, Ley del Café y sus reformas, a través de la cual, El
Estado asigna a ANACAFE la cuota fija de Q.0.20 (veinte centavos de quetzal) por
cada quintal de café oro o equivalente que se exporte, la cual debe ser pagada por el
exportador.
Se le introdujeron reformas a la Ley del Café, y tuvo como objetivo:
45http://mesaabierta.blogspot.com
40
a. Que para darle oportunidad a los directivos de la Asociación Nacional del
Café, para desarrollar sus programas de trabajo, en beneficio de la caficultura
nacional, se amplió el término de las funciones de los mismo, pero se ha
creído necesario modificar aquella situación y con la experiencia debida
establecer un período de dos años a tales directivos, a efecto de que tan
importancia entidad pueda cumplir con los altos cometidos que le ha confiado
la ley.
b) Modifico el inciso b) del Artículo 23, que quedo así: “b) Ocho representantes
de los productores de Café electos por la Junta General de la Asociación
Nacional del Café, en la forma que determina el Artículo 22 de esta ley. Estos
miembros durarán en sus funciones dos años y se renovarán por mitad cada
año”. Artículo 2º. Se adiciona un párrafo al Artículo 25, para que quede así: “El
presidente y el Vicepresidente de la Asociación Nacional del Café durarán en
sus cargos dos años”.
c) Artículo 3º. Transitorio. Los directivos que se encuentran fungiendo a la fecha
que entre vigor este Decreto, electos por la Asamblea General, completarán
el periodo para el cual fueron electos, con excepción del Presidente y el
vicepresidente, que por ministerio del la ley fungirán en su cargo por un
período de dos años, el cual vencerá el primero de diciembre de 1973. Artículo
4º. Se derogan los Artículos 3º, 4º y 5º del Decreto Número 34-72 del
Congreso de la República. Artículo 5º. El presente Decreto entrará en vigor el
día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Pase al Organismo
Ejecutivo para su publicación y cumplimiento. Dado en el Palacio del
Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los diez días del mes de
noviembre de mil novecientos setenta y dos.
Dentro de los principales impactos ambientales que se producen con el cultivo y
procesamiento del café, son:
a) Deforestación.
La degradación ambiental se interpretó como una crisis de la civilización moderna,
marcada por la destrucción de la naturaleza y el deterioro de la calidad de vida. Los
bosques de montaña han venido siendo cortados a un ritmo alarmante y
reemplazados por plantaciones de monocultivos de café. Dichos bosques juegan un
importante papel ecológico al proteger la dinámica atmosférica, la calidad del agua y
41
las especies silvestres, aspectos relacionados con la calidad de vida
fundamentalmente de los pobladores de estas zonas montañosas.
b) Pérdida de biodiversidad.
“La deforestación y el monocultivo conllevan mayores pérdidas de hábitat y
una reducción de la biodiversidad de insectos, animales y plantas. Por ejemplo,
estudios realizados en México y Colombia por el SmithsonianMigratoryBird Center,
indican que en los cultivos con exposición solar se presenta un 90 por ciento menos
de especies de pájaros con relación a las plantaciones de café bajo sombra. Para los
países y los pueblos donde se encuentran localizadas las áreas de mayor
biodiversidad, ésta representa, por una parte, el referente de significaciones y
sentidos culturales que son trastocados cuando son transformados en valores
económicos; por otra parte, la biodiversidad es la expresión del potencial productivo
de un ecosistema, ante el cual se plantean las estrategias posibles de su manejo
sustentable, así como las formas de apropiación cultural y económica de sus
recursos”.46
c) Contaminación agroquímica.
“Comparado con los sistemas tradicionales de cultivo de café bajo sombra, el
cultivo de café con exposición solar depende de una creciente utilización de
pesticidas y fertilizantes químicos. Creciente también son los gastos de los
productores para estos fines y por supuesto un aumento del costo de producción del
grano de café.
En un número considerable de áreas de producción intensiva de café, de
Jamaica a Indonesia, se ha documentado la presencia de contaminación. Algunos de
los químicos utilizados en la producción intensiva de café, tales como el DDT, el
Lindano y el Paraquat, han sido proscritos en los países industriales dado su
potencial cancerígeno o su prolongada persistencia en el medio ambiente. La
utilización de agroquímicos afecta directamente la salud de los agricultores y los
pobladores rurales, así como la calidad del suelo, del agua y de sus habitantes”.47
46www.wikipedia.com.htlm. Consulta 18 de agosto de 2012 47www.wikipedia.com.htlm. Consulta 18 de agosto de 2012
42
e) Erosión del suelo.
Las áreas montañosas constituyen entornos particularmente frágiles. El
monocultivo de café puede causar un significante deterioro de la calidad del suelo y
una creciente erosión. Se ha documentado que en áreas de alta precipitación pluvial
se pierde cerca de tres veces más de nitrógeno del suelo en plantaciones sin sombra
comparativamente a aquellas áreas bajo sombra, disminuyendo considerablemente
el rendimiento y .la productividad de los cafetales.
Las actividades ligadas al procesamiento del café que generan afectaciones al
medio ambiente, son en síntesis las siguientes:
1. “Uso del agua. El beneficio del café que requiere el empleo de beneficio
tradicional se estima el uso de entre 40 y 60 litros de agua para la obtención
de 1 Kg. de café pergamino seco en los volúmenes importantes de agua. Con
los métodos de actividades de transporte, despulpe, fermentación,
clasificación y lavado.
2. En cuanto al cultivo del café, es imperativa la adopción de tecnologías que
minimicen el uso del agua en los procesos de beneficio, tales como las que
viene desarrollando actualmente el país como el llamado "beneficio ecológico"
que según los resultados hasta ahora obtenidos logran bajar el consumo
desde 40-60 litros por kilogramo de café pergamino seco hasta menos de 1
litro.
3. Con relación al vertimiento de las aguas de beneficio a las corrientes de agua,
se ha planteado la filosofía de que "la disminución en los volúmenes de agua
vertida equivale a una disminución en la contaminación generada" así no se
opere directamente en la descontaminación de las corrientes. Tal actitud es
consecuente con la implementación de los "beneficios ecológicos" de que se
hablaba antes.
4. Existen otras opciones que favorecen a la disminución del consumo de agua
en las plantas de beneficios de café, como es la recirculación del agua en el
propio beneficio y purificación de las aguas residuales por diferentes métodos
ya sea para su vertimiento como para la recirculación, entre otras.
5. En el plano teórico (la posibilidad de disminuir sensiblemente el consumo de
agua por la adopción de una nueva tecnología eficiente en el uso del agua) y
en el plano legal, está la posibilidad real de ejercer un control sobre la
contaminación de aguas en las cuencas hidrográficas de influencia cafetera;
43
Todo dependerá de la capacidad institucional del Ministerio de Agricultura y
de las autoridades ambientales para alcanzar éste propósito.
6. Tradicionalmente la pulpa del café que resulta del beneficio ha sido
depositada a las corrientes de agua, lo que genera un aumento considerable
de la demanda bioquímica de oxígeno, aumento de la carga de sólidos totales,
incremento en la temperatura del agua, generación de olores y pérdida de la
calidad visual. Se trata de una forma de contaminación severa del agua que
se da en las épocas de cosecha y que imposibilita su aprovechamiento para
acueductos, afecta la fauna acuática y limita los usos recreativos.
7. Sin embargo los residuales sólidos que se generan, que están constituido
fundamentalmente por la parte del fruto llamada pulpa, contienen cantidades
apreciables de lignina, celulosa, hemicelulosa, azúcares, elementos
inorgánicos, lo que propicia que la pulpa del café pueda tener diversos usos
en dependencia de los fines propuesto en un determinado contexto social.
8. El país procesa actualmente aproximadamente 64 mil toneladas del fruto del
café por zafra cafetalera lo que representa, teniendo en cuenta el alto por
ciento del fruto que no se utiliza, altos volúmenes de residuales sólidos
generados, y su uso se limita fundamentalmente a la obtención de una
pequeña cantidad de abono orgánico.
9. También se encuentran impactos eminentemente sociales. Los impactos
sociales están relacionados con la calidad de vida de los productores y
pobladores aledaños, debido a los impactos ambientales que originan el
propio cultivo y el beneficio húmedo del café.
10. Algunos de estos impactos sociales son: a) Disminución de la calidad del agua
de los pozos familiares dado el uso excesivo de agroquímicos en las
plantaciones; b) Problemas de salud en pobladores aledaños y
fundamentalmente de los trabajadores que aplican insecticidas, fungicidas
tóxicos y productos químicos en general; c) Disminución del rendimiento de
sus tierras, por la erosión provocada por la precipitación sobre todo en
terrenos con pendientes sometidos a la deforestación y al monocultivo durante
mucho tiempo; d) La creciente utilización de agroquímicos para el
mantenimiento de las producciones, implica cada vez mayores gastos, así
como un aumento en el costo del grano; e) Afectaciones paisajísticas, tanto
por la deforestación como por el vertimiento de las aguas residuales del
beneficio del café a los ríos, que limitan su recreación y su posible explotación
con fines recreativos; f) Limitaciones relacionadas con el sustento familiar por
la contaminación de los ríos en épocas cafetaleras y pérdida de biodiversidad
dado por la deforestación; g) Disminución de la calidad de vida de los
44
productores; h) La migración de los productores en buscas de otras nuevas
fuentes de empleos”. 48
4.8La necesidad de la intervención estatal:
En el comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, Santa Rosa la población
sufre la mala aplicación del procesamiento en cuanto al manejo de los sub-productos
del café como lo es la cascarilla y las aguas mieles que son los principales
contaminantes en esta población, poniendo en riesgo la salud de dicha comunidad
porque no existe un control o una supervisión adecuada por los órganos
competentes para aplicación de las leyes de protección al medio ambiente y las leyes
que protegen la salud de los habitantes es por eso que surge la necesidad de la
intervención del estado, dentro de su finalidad, el Estado de Guatemala se organiza
para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien
común. El cual se indica que el estado protegerá a la persona y la familia y además
de eso, su fin supremo es el BIEN COMUN, entiéndase que el Estado esta obligado
a velar en primera instancia por los intereses de TODOS los ciudadanos antes de
responder a los intereses particulares.
4.8.1 Deberes del estado:
Para poder ejercitar de manera efectiva las leyes, debemos conocer cuales
son los deberes del estado. En Guatemala existe un orden jerárquico para que no se
pierda el orden de las leyes y en la cúspide del mismo se encuentra la “Constitución
Política de la República de Guatemala”, la cual no puede ser contravenida por
ninguna ley ya que es la Constitución la que regula y ordena las políticas generales
del estado, las garantías mínimas de las que goza el ciudadano y la estructura del
mismo para su funcionamiento. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de
la República de Guatemala la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el
desarrollo integral de la persona aquí se ve reflejada la seguridad jurídica que el
estado debe garantizar a los habitantes, y se mencionan las garantías mínimas que
otorga la Constitución, por lo tanto el Estado esta obligado a adoptar medidas que a
su juicio sean convenientes según las necesidades de la colectividad, que para el
logro de de los fines se hace necesario la estructuración de políticas coherentes de
Estado en materia de salud, que garanticen la participación de todos los
guatemaltecos en la búsqueda de la salud, sobre la base de las estrategias de
48www.onu.com.htlm. Informe de la Reunión de Medio Ambiente, 2001.
45
descentralización y desconcentración de los programas y servicios, en participación
social, promovida en base a los principios de equidad, solidad y subsidiaridad y que
dicho ministerio es la institución encargada de velar por la salud y bienestar de los
guatemaltecos y los servicios y prestaciones, requiere de una efectiva modernización
y coordinación de su infraestructura, personal, política programas y servicios, a
efecto de lograr la universalidad en la cobertura de los servicio a través del Ministerio
de Salud Publica y Asistencia Socialsiendo este el encargado de atender los asuntos
concernientes al tema de salud y asistencia social en el territorio nacional. Y y unas
de las principales funciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, están
establecidas en el Art. 39 de la Ley del Organismo Ejecutivo, las cuales son:
a) Formular y dar seguimiento a la política y los planes de salud pública y,
administrar, descentralizadamente, los programas de promoción, prevención,
rehabilitación y recuperación de la salud, propiciando a su vez la participación pública
y privada en dichos procesos y nuevas formas de financiamiento y mecanismos de
fiscalización social descentralizados.
b) Proponer las normas técnicas para la prestación de servicios de salud y coordinar
con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda las propuestas de
normas técnicas para la infraestructura del sector.
c) Proponer la normativa de saneamiento ambiental y vigilar su aplicación.
d) Realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de
vigilancia y control epidemiológico.
e) Administrar en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de
recursos humanos en el sector salud
f) Velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados
con la salud en casos de emergencia por epidemias y desastres naturales.
46
4.9 Salud:
4.9.1 Definición:
“Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), lasaludes lacondición de
todo ser vivo que goza de un absoluto bienestar tanto a nivel físico como a nivel
mental y social”.49
Es decir, el concepto de salud no sólo da cuenta de la no apariciónde
enfermedadesoafecciones sino que va más allá de eso. En otras palabras, la idea de
salud puede ser explicada como el grado de eficiencia del metabolismo y las
funciones de un ser vivo a escala micro (celular) y macro (social).
La salud es unestadode completo bienestar físico, mental y social de las
personas, y por tanto, la ausencia de la enfermedad. Para poder vivir con dignidad y
poder ser consumidor, es necesario estar sano y tener salud. Los poderes
públicostienen el deber de crear los medios asistenciales y las normas de protección
de los consumidores que garanticen nuestra salud y seguridad cuando consumimos.
El derecho a la salud es un atributo inalienable de cada individuo. En otras
palabras, se trata de una cualidad propia de cada persona desde el comienzo hasta
el final de su vida. Por lo tanto, este derecho, jamás deberá verse vulnerado, alterado
o violado, bajo ninguna circunstancia.
Las leyes deGuatemala garantizanel derecho a la saludde toda la poblaciónsin
discriminación.También garantizanque los serviciosde salud del gobiernosean
gratuitos. LaConstitución Políticade Guatemala en suartículo 94 dice queel Estado
velará porla salud y asistenciasocial de todoslos habitantes deGuatemala, y
desarrollará,a través de susinstituciones, accionesde prevención,
promoción,recuperación,rehabilitación y otrasactividades, para procurarlesel más
completobienestar físico,mental y social.
La Constitucióntambién garantiza elderecho a la seguridadsocial para toda
lapoblación guatemaltecao sea los serviciosque ahora prestael IGSS o
InstitutoGuatemalteco deSeguridad Social.El Código de Saluden su artículo 4
tambiénasegura la prestaciónde los serviciosde salud a todapersona guatemaltecaen
forma gratuita.
49www.cosumoteca.comdiccionarioderecho-a la salud
47
Otras leyes que promuevenel derecho a lasalud son el Convenio169 y el Pacto
internacionalde DerechosSociales, Económicosy Culturales ratificadospor
GuatemalaPara la población, elderecho a la salud significaque se les proveaservicios
de salud cuandolos necesiten, o sea,cuando exista una emergenciao una
enfermedady no esperar cuandolos servicios públicosdecidan llegar a lacomunidad.
Tambiénimplica que cuando seatiende a una personaenferma, se le debe
darlas medicinas necesariaspara su curación.Por último, implica quese le atienda
bien, sinmaltratos y de buenaA pesar de que tenemosleyes que garantizan elderecho
a la salud de todoslos guatemaltecos sindiscriminación alguna,así como el acceso a
losservicios públicos desalud de forma gratuita,sabemos que estasleyes no se
cumplen.
LaConstitución Políticagarantiza la prevención,promoción, curación
yrehabilitación, y los mandatosdel gobierno también,pero sabemos que
en las comunidades rurales,los servicios públicossólo ofrecen algunospocos servicios
de prevencióny no garantizanni curación, ni rehabilitación,que son dos cosasque
necesita la población.Muchas personasde las áreas rurales muerenante una
enfermedado accidente al no contarcon servicios de salud.
Esta falta de servicios esuna contradicción conlo que dicen los programasdel
Ministerio de Salud y las ONGS quedan servicios en extensiónde cobertura. Enlos
convenios que firman estas ONGS, dice quelos servicios que brindanincluyen
atención maternoinfantil, atención ala demanda, atención deurgencias y atención
almedio. Esto significa quese debe atender todo loque pudiera surgir
sobrenecesidades de saluden la comunidad, puesello sería atender a lademanda.
4.10 Obligación del Estado en el Código de Salud:
“… velar por la salud de los habitantes y manteniendo los principios de
equidad, solidaridad y subsidiaridad, desarrollará a través del MSPAS y en
coordinación con las instituciones estatales, entidades descentralizadas y
autónomas, comunidades organizadas y privadas, acciones de promoción,
prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, a fin de procurar a los
guatemaltecos el más completo bienestar físico, mental y social”, en forma gratuita”
48
“… velar por la salud de los habitantes y manteniendo los principios de
equidad, solidaridad y subsidiaridad, desarrollará a través del MSPAS y en
coordinación con las instituciones estatales, entidades descentralizadas y
autónomas, comunidades organizadas y privadas, acciones de promoción,
prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, a fin de procurar a los
guatemaltecos el más completo bienestar físico, mental y social, en forma
gratuita”Artículo 4, Decreto Número 90-97. Código de Salud.
“El Estado garantizará el derecho de participación de las comunidades, en los
programas y servicios de salud, en lo que respecta a la planificación, organización,
control y fiscalización social”Artículo 5, Decreto Número 90-97del congreso de la
República en actual Código de Salud.
Se entiende por Sector Salud al conjunto de organismos e instituciones
públicas centralizadas y descentralizadas, autónomas, semiautónomas,
municipalidades, instituciones privadas, organizaciones no gubernamentales y
comunitarias, cuya competencia u objetivo es la administración de acciones de salud,
incluyendo los que se dediquen a la investigación, la educación, la información y la
capacitación del recurso humano en materia de salud y la educación en salud a nivel
de la comunidad.”Artículo 8, Decreto Número 90-97 Código de Salud
En el código de Salud Decreto Número 90-97 del congreso de la República en sus
artículos esta regulado la Salud y la Calidad Ambiental.
ARTICULO 68. “Ambientes Saludables. El Ministerio de Salud, en colaboracióncon
la Comisión Nacional del Medio Ambiente, las Municipalidades y la
comunidadorganizada, promoverán un ambiente saludable que favorezca el
desarrollo plenode los individuos, familias y comunidades.”
ARTICULO 70. “Vigilancia de la calidad ambiental. El Ministerio de Salud,
laComisión Nacional del Medio Ambiente, las Municipalidades y la
comunidadorganizada, establecerán un sistema de vigilancia de la calidad
ambientalsustentado en los limites permisibles de exposición”.
ARTICULO 71. “Derecho a la información. El Ministerio de Salud,
ComisiónNacional del Medio Ambiente y las Municipalidades deberán recolectar y
divulgar información pertinente a la población, sobre los riesgos a la salud asociados
49
con la exposición directa o Indirecta de los agentes contaminantes. que excedan
loslimites de exposición y de calidad ambiental establecidos.”.
ARTICULO 72. “Programas de prevención y control de riesgos ambientales. ElMinisterio de Salud. la Comisión Nacional del Medio Ambiente, las
Municipalidadesy la comunidad organizada con todas las otras instancias
apropiadas, seanpúblicas o privadas, promoverán el desarrollo de programas de
cuidado personal yde reducción de riesgos a la salud vinculados con desequilibrios
ambientales uocasionados por contaminantes químicos, físicos o biológicos el
Ministerio deSalud velará por el cumplimiento de los acuerdos internacionales
ratificados porGuatemala que prohíben el uso de sustancias dañinas al medio
ambiente y enconsecuencia al ser humano”.
ARTICULO 74. “Evaluación de Impacto ambiental y salud. El Ministerio deSalud
la Comisión Nacional del Medio Ambiente y las Municipalidades. Establecerlos
criterios para la realización de estudios de evaluación de impacto
ambiental,orientados a determinar las medidas de, Prevención y de mitigación
necesarias,para reducir riesgos potenciales a la salud derivados de desequilibrios en
lacalidad ambiental. Producto de la realización de obras o procesos de
desarrolloindustrial, urbanístico, agrícola, pecuario, turístico, forestal y pesquero”.
ARTICULO 92. “Dotación de servicios. Las municipalidades, industrias,comercios,
entidades agropecuarias, turísticas y otro tipo de establecimientospúblicos y
privados, deberán dotar o promover la instalación de sistemasadecuados para la
eliminación sanitaria de excretas. el tratamiento de aguasresiduales y aguas
servidas, así como del mantenimiento de dichos sistemasconforme a la presente ley
y los reglamentos respectivos.”
ARTICULO 93. “Acceso y cobertura. El Ministerio de Salud de manera conjuntacon
las instituciones del Sector, las Municipalidades y la comunidad
organizadapromoverá la cobertura universal de la población a servicios para la
disposiciónfinal de excretas, la conducción y tratamientos de aguas residuales y
fomentaráacciones de educación sanitaria para el correcto uso de las mismas.”
ARTICULO 94. “Normas sanitarias. El Ministerio de Salud con otras
institucionesdel sector dentro de su ámbito de competencia, establecerán las normas
sanitariasque regulan la construcción de obras para la eliminación y disposición de
50
excretas y aguas residuales y establecerá de manera conjunta con las
municipalidades, laautorización, supervisión y control de dichas obras”.50 4.11 El Estado como tutor del Derecho a la Salud:
El gobierno, tiene la obligación de respetar, proteger y cumplir los derechos
humanos contenidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en
convenciones y tratados internacionales en materia de Derechos Humanos.
El derecho internacional contempla el derecho al goce del grado máximo de
salud, lo cual se vincula con hechos tales como:
a) la violación o la desatención de los derechos humanos, que pueden tener graves
consecuencias para la salud,
b) no toda atención implica el respeto de dichos derechos, ya que las políticas o
programas sanitarios dependen de la forma en que se formulen o se apliquen;
c) la vulnerabilidad a la mala salud se puede reducir adoptando medidas para
respetar, proteger y cumplir los derechos humanos.
La Constitución reconoce al Estado como responsable de la promoción del
bien común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia,
igualdad, libertad y paz; se reconoce el derecho a la salud y a la protección de dicho
derecho, por el que todo ser humano pueda disfrutar de un equilibrio biológico y
social que constituya un estado de bienestar en relación con el medio que lo rodea;
implica el poder tener acceso a los servicios que permitan el mantenimiento o la
restitución del bienestar físico, mental y social.
“Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes.
Desarrollará, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción,
recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de
procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.” Articulo. 94 de La
Constitución Politice de la República de Guatemala.
“El Estado y las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están
obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la
contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico” Artículo 97. Del
mismo Cuerpo Legal.
50Código de Salud decreto Número 90-97 Del congreso de la República
51
La defensa de consumidores y usuarios en cuanto a la preservación de la
calidad de los productos de consumo interno y de exportación para garantizarles su
salud, seguridad y legítimos intereses económicos.Articulo. 119 inciso i) del mismo
Cuerpo Legal.
“Obligaciones individuales: todos los habitantes están obligados a velar, mejorar y
conservar su salud personal, familiar y comunitaria.” Artículo 3 Decreto Número 90-
97del Congreso de la República Código de Salud de Guatemala
4.12La salud como un Derecho Constitucional:
Siendo la Constitución la ley suprema de un Estado el Estado de Guatemala
establece en el Artículo 93 del cuerpo legal “Derecho a la Salud. El goce de la salud
es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna Artículo 95 “La
salud, bien Publico. La salud de los habitantes de la Nación es un bien público.
Todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y
restablecimiento 4.13 La salud como un derecho inherente a la persona humana:
La noción de derechos humanos se corresponde con la afirmación de la
dignidad de la persona frente al Estado. El poder público debe ejercerse al servicio
del ser humano, no puede ser empleado lícitamente para ofender atributos
inherentes a la persona y debe ser vehículo para que ella pueda vivir en sociedad en
condiciones cónsonas con la misma dignidad que le es consustancial. La sociedad
contemporánea reconoce que todo ser humano, por el hecho de serlo, tiene
derechos frente al Estado, derechos que éste, o bien tiene el deber de respetar y
garantizar o bien está llamado a organizar su acción a fin de satisfacer su plena
realización. Estos derechos, atributos de toda persona e inherentes a su dignidad,
que el Estado está en el deber de respetar, garantizar o satisfacer son los que hoy
conocemos como derechos humanos.
En esta noción general, que sirve como primera aproximación al tema, pueden
verse dos notas o extremos, cuyo examen un poco más detenido ayudará a precisar
el concepto. En primer lugar, se trata de derechos inherentes a la persona humana;
en segundo lugar, son derechos que afirman frente al poder público. Ambas
cuestiones serán examinadas sucesivamente en este capítulo. Una de las
características resaltantes del mundo contemporáneo es el reconocimiento de que
todo ser humano, por el hecho de serlo, es titular de derechos fundamentales que la
sociedad no puede arrebatarle lícitamente. Estos derechos no dependen de su
52
reconocimiento por el Estado ni son concesiones suyas; tampoco dependen de la
nacionalidad de la persona ni de la cultura a la cual pertenezca. Son derechos
universales que corresponden a todo habitante de la tierra. La expresión más notoria
de esta gran conquista es el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos:
"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados
como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con
los otros."51
4.14La salud como política del estado:
Es bien sabido que nos acordamos de la problemática de la Salud, cuando la
perdemos o estamosen camino a perderla. Cuando sufrimos un dolor, una
imposibilidad para realizar nuestra vida habitualo tenemos un accidente o alguna
sensación de muerte inminente, ya sea en nuestra propia humanidado cuando le
acontece a algún ser querido.Mientras no se den algunas de esas situaciones u otras
similares, pareciera que para nosotros -ciudadanos un tanto distraídos e
irresponsables- no pensamos en Salud con el mismo interés comoaplicamos a otros
temas cotidianos como la economía, la política, el consumo, la diversión o el
fútbol.En definitiva no tenemos una mirada hacia el futuro, hacia el largo plazo y
entonces actuamossiempre después del hecho desgraciado. Mientras, nos
enredamos en lo que "se debería hacer" peronunca decidimos llevarlo a cabo con
seriedad y sentido de la anticipación. Para llevarlo a un plano y unlenguaje más
sencillo, somos malos para la anticipación, para prever la jugada que nos va a hacer
el contrario y terminamos siempre igual: perdidos pero sin dejar nuestro papel de
reyes del lamento yla justificación.
En Guatemala para el logro de tan loables fines se hace necesario la estructuración
de políticas coherentes de Estado en materia de salud, que garanticen la
participación de todos los guatemaltecos en la búsqueda de la salud sobre la base
de las estrategias de descentralización y desconcentración de los programas y
servicios, en participación social, promovida en base a los principios de equidad,
solidaridad y subsidiaridad y que para el logro de los mandatos constitucionales
51 wwwderechoshumanosuniversales.com
53
deben elaborarse políticas de Estado que a largo plazo en materia de salud,
permitan la modernización y restructuración del sector salud.”52 4.15Entes encargados de velar por la salud de los guatemaltecos. 4.15.1 Dirección General de Salud Pública:
Acuerdo Gubernativo Número 115-99 del congreso de la República de
Guatemala Articulo 29. De su naturaleza y ámbito de competencia.La Dirección
General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud es una dependencia del
Nivel Central delMinisterio de Salud, encargada de la elaboración de las normas
técnicas de los programas relacionados con laatención a alas personas, al ambiente;
atención de desastres y sistemas de apoyo. Asimismo, es responsabledel desarrollo
de normas técnicas para la vigilancia, control, supervisión y evaluación de los
programasindicados, efectuando en coordinación con la Dirección del Sistema
Integral de Atención en Salud, el controlde la calidad del cumplimiento de las normas
en forma periódica. Tiene también bajo su responsabilidad dictarlos lineamientos
para el registro, acreditación y autorización de los servicios de salud; la extensión del
registrosanitario de referencia y de la licencia sanitaria en casos especiales
establecidos en el reglamento específico;así como la aplicación y/o control del
régimen sancionatorio establecido por la comisión de infraccionessanitarias. Además
participa y apoya el desarrollo de la investigación científica, la formación, la
capacitaciónde los recursos humanos y difusión de la información y documentación
científico-técnica.
Municipalidad es el ente del Estado responsable del gobierno del municipio, es una
institución autónoma, es decir, no depende del gobierno central. Se encarga de
realizar y administrar los servicios que necesitan una ciudad o un pueblo.
4.15.2 Funciones especiales de la Dirección General de Salud Pública:
Corresponde a la Dirección General de Salud Pública la ejecución de los
títulos de intervención administrativa que establezca la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma al amparo de la Ley 11/1994, de 26 de julio, en materia de
prevención de la enfermedad y protección de la salud es competencia de la Dirección
General de Salud Pública.
52Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. ”plan Nacional de Salud” pag. 7.
54
En particular, son funciones de la Dirección General de Salud Pública:
a) Establecer sistemas de información y de análisis de las distintas situaciones
que, por repercutir sobre la salud, puedan provocar acciones de
intervenciónde laautoridadsanitaria.
b) Comprobar el cumplimiento de las limitaciones preventivas de carácter
administrativo para la implantación y desarrollo de actividades públicas y
privadas que directa o indirectamente puedan tener consecuencias negativas
para la salud.
c) Gestionar los registros de empresas, productos o actividades que estén
establecidos por razones sanitarias.
d) Comprobar el cumplimiento de las prohibiciones y requisitos mínimos que
estén establecidos por motivos de prevención de enfermedades.
e) Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para el
funcionamiento de empresas, la fabricación y comercialización de productos y
el desarrollo de actividades con repercusión sanitaria y ejercer la inspección
del cumplimiento de la normativa en esta materia.
f) Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para la
distribución mayorista de medicamentos de uso humano y veterinario.
g) Controlar e inspeccionar las condiciones higiénico-sanitarias de
funcionamiento y desarrollo de actividades, locales y edificios de habitación o
residencia, trabajo, recreo y asistencia pública y, en general, del medio en que
se desenvuelve la vida humana.
h) Controlar la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a la
normativa en lo que atañe a la salud.
i) Ejecutar la policía sanitaria mortuoria.
j) Adoptar medidas preventivas de protección de la salud cuando exista o se
sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y
extraordinario para la salud, tales como la incautación o inmovilización de
productos.
55
k) Ordenar la intervención cautelar de mercancías como medida provisional de
aseguramiento de la eficacia de las resoluciones en los procedimientos que
hayan de seguirse por infracción de la normativa aplicable en materia de
sanidad, higiene, seguridad, protección del consumidor o defensa de la calidad
de la producción agroalimentaria.
l) Establecer y ejecutar los planes, programas y actuaciones en el ámbito de la
salud medioambiental, higiene alimentaria y ordenación farmacéutica.
m) Establecer los sistemas de vigilancia epidemiológica y asegurar el
mantenimiento y control del estado de salud colectiva en su ámbito de
actuación”.53
1.16 Municipalidad:
1.16.1 Concepto:
Es jurídicamente una persona de Derecho Publico, constituida por una
comunidad humana, asentada en un territorio determinado, que administra sus
propios y determinados intereses, y que dependen siempre en mayor o menor grado,
de una entidad publica superior, el Estado Provincial o nacional”.54
Municipalidad es el ente del Estado responsable del gobierno del municipio, es
una institución autónoma, es decir no depende del gobierno central, se encarga de
realizar y administrar los servicios que necesita un pueblo.
4.17 Funciones de la Municipalidad:
Una función importante de la Municipalidad es la planificación, el control y la
evaluación del desarrollo y crecimiento de su territorio. También se presta especial
atención a los aspectos sociales y buscar contribuir a mejorar la calidad de vida de
los vecinos.
53Ministerio de Sanidad, servicio social e igualdad, www.msc.es 54Ossorio Manuel Diccionario de Ciencias Jurídicas y Sociales 27ª Edición Buenos Aires Editorial Heliasta 2000 pag. 632
56
Los recursos necesarios para proveer los servicios y realizar obra, la
Municipalidad los obtiene principalmente del pago de arbitrios, como boleto de
ornato, Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI), y tasas que se cobran en algunas
gestiones.
A partir de 1986 se hace obligatorio el aporte constitucional que el Estado
debe otorga a todas las municipalidades del país, de esta manera se hace efectiva la
autonomía de los gobiernos locales. Este fue uno de los primeros logros obtenidos
por la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), la cual se constituyo
formalmente el 19 de octubre de 1960.
Con el nuevo código municipal Decreto Numero 12-2002 los alcaldes
guatemaltecos han reafirmado el carácter autónomo de los municipios. La
Municipalidad plantea la necesidad de la descentralización como estrategia para el
fortalecimiento municipal, por considerar que solo con gobiernos locales fuertes
podrían lograrse un país fuerte.
57
CAPÍTULO V
ABORDAJE JURÍDICO SOCIAL DE LA PROBLEMÁTICA DE CONTAMINACIÓN QUE SE PRODUCE CON LA EMISION DE CASCARILLA DE CAFÉ EN LA
COMUNIDAD DE SAN MIGUEL AROCHE Y LA NECESIDAD DE INTERVENCION DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
5.1 Análisis de la problemática sobre la contaminación de la cascarilla de café en la comunidad de San Miguel Aroche: Tal es el caso de la problemática en la comunidad de San Miguel que la las familias
que son propietarias de pequeñas parcelas de café no cuentan con un
procesamiento adecuada para la evacuación de la cascarilla de café lo que ha
venido a provocar que el ambiente de la comunidad se vuelva insalubre debido a que
las familias propietarias desechan la cascarilla al canal de aguas fluidas limpias que
pasan por las orillas de las casas, normalmente en estas áreas es común observar
como se obtiene abundante agua de los ríos para beneficio de las diferentes familias
y comúnmente se le domina tomas de agua que circulan por la comunidad por
pequeños canales para hacer más amena la vida cotidiana a las madres de familia
más en aquellas que no cuentan con cañería de agua potable para su uso diario.
El problema radica que para las fechas donde se cosecha el café las cantidad de
familia que posee parcelas de café, no cuentan con procesamiento adecuado del
residuo del café, en este caso de la cascarilla de café provocando que estas sean
acumuladas en los mismos terrenos de los propietarios haciendo grandes volcanes
de las mismas lo que ha venido produciendo mal olor, gusano y mosca entre otros,
en algunos casos los desechos son depositados en las aguas que circulan por la
comunidad, provocando estancamiento de la misma por la cantidad excesiva de la
que depositan y hace que se vuelta pesada y mal oliente.
5.2 Abordaje Jurídico necesario para enfrentar la contaminación por la cascarilla de café. Es necesarioenfrentar mediante lalegislación existe en materia de ambiente y salud
la aplicación de medidas de sanidad y garantías constituciones a la población de San
miguel Aroche en Chiquimulilla departamento de Santa Rosa. Como la
responsabilidad del ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
58
5.2.1Análisis de las Normas Legales aplicables al caso en materia de salud y ambiente:
5.2.1.1 Constitución Política de la República de Guatemala: Cuando analizamos la Constitución Política de la República de Guatemala
observamos que el orden jerárquico nos indica que es la máxima autoridad de un
Estado, el cual es de carácter obligatorio y sus ordenanzas de carácter general y
que por lo tanto lo establecido en ella es inviolable.
Dentro de sus estatutos rezan varios artículos en relación al tema planteado
por la investigadora que son necesario analizarlos.
Artículo 64.“Patrimonio Natural. Se declara de interés nacional la conservación,
protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación. El Estado fomentará
la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son
inalienables. Una leygarantizará su protección, y la de la fauna y la flora que en ellos
exista.”
Artículo 93“Derecho a la salud. El goce de la salud es derecho fundamental del ser
humano, sin discriminación alguna”
Artículo 94 “Obligación del Estado, sobre salud y asistencia social.El Estado
velara por la salud y la asistencia social de todos los habitantes. Desarrollará, a
través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación,
rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el
más completo bienestar físico, mental y social”.
Artículo 95 “La Salud bien público. La salud de los habitantes de la Nación es un
bien público. Todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su
conservación y restablecimiento”.
Artículo 97 “Medio ambiente y equilibrio ecológico. El Estado, las
municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el
desarrollo social económico y tecnológico que prevenga la contaminación del
ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas
necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la
flora, de la tierra y el agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación”.
59
Artículo 127. “Régimen de aguas. Todas las aguas son bienes de domino público,
inalienable e imprescriptibles. Su aprovechamiento, uso y goce, se otorgan en la
forma establecida por la ley, de acuerdo con el interés social. Una ley específica
regulará esta materia”.
Artículo 128 Aprovechamiento de aguas, lagosy ríos. El aprovechamiento de las
aguas de los lagos y de los ríos para fines agrícolas, agropecuarios, turísticos o de
cualquier otra naturaleza, que contribuya al desarrollo de la economía nacional, está
al servicio de la comunidad y no de persona particular alguna, pero los usuarios
están obligados a reforestar las riberas y los causes correspondientes así como a
facilitar las vías de acceso.
Al analizar estos artículos nos damos cuenta que la función primordial del Estado
siempre será el bien común, como lo reza en el Articulo 1 del mismo cuerpo legal,
para que en un país exista paz, armonía y tranquilidad es necesario que se cumpla lo
establecido en la Norma y se realice la función del Estado como su fin primordial.
La salud de todos los guatemaltecos sin discriminación alguna gozan de ese
derecho que no puede ser quebrantado por ninguna razón, es un derecho que posee
toda persona desde su concepción de gozar de un ambiente sano libre de
enfermedades y contaminación, la Constitución Política de la República de
Guatemala, sus artículos son de carácter obligatorio porque el Estado es el obligado
a velar por la salud y asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través
de sus diversas instituciones toda acción de prevención y rehabilitación de la salud,
como lo estable en el Artículo 97 “El Estado, las municipalidades y los habitantes del
territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social económico y
tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio
ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización
y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y el agua, se realicen
racionalmente, evitando su depredación”.
5.2.1.2Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala Código de Salud: Artículo 1 “Del derecho a la Salud. Todos los habitantes de la República tienen
derecho a la prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin
discriminación alguna”.
60
Artículo 2 “Definición. La salud es un producto social resultante de la interacción
entre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las poblaciones y la
participación social, a nivel individual y colectivo, a fin de procurar a los habitantes
del país el más completo bienestar físico, mental y social”.
Artículo 3 “Responsabilidad de los Ciudadanos. Todos los habitantes de la
República están obligados a velar, mejorar y conservar su salud personal, familiar y
comunitaria, así como las condiciones de salubridad del medio en que viven y
desarrollas sus actividades”.
Artículo 4 “Obligación del Estado. Es Estado en cumplimiento de su obligación de
velar por la salud de los habitantes y manteniendo los principios de equidad
solidaridad y subsidiaridad, desarrollara a través del Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social en coordinación con las instituciones estatales centralizadas,
descentralizadas y autónomas, comunidades organizadas y privadas, acciones de
promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud así como las
complementarias pertinentes, a fin de procurar a los guatemaltecos el más completo
bienestar físico, mental y social. Así mismo, el Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social garantizará la prestación de servicios gratuitos a aquellas personas
y sus familias, cuyo ingreso personal no les permita costear parte o la totalidad de
los servicios de salud prestados”.
Al analizar estos artículos nos damos cuenta que si existen normas que
regulan la salud de los guatemaltecos, algo que muchas personas desconocen del
tema y se resignan a vivir en un ambiente no apto para las familias, viviendo en
lugares insalubres como lo es el caso del tema planteado de la comunidad de San
Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa por todo lo que en ese lugar se da, a raíz
de la contaminación que provoca la cascarilla del café.
El Código de Salud vigente en Guatemala dentro de sus primeros artículos
reza que todos los habitantes de la República tienen derecho a la prevención,
promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación algunas, en
la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla Santa Rosa se observa cómo se
violenta ese derecho de los pobladores de ese lugar, causando a las familiar
contaminación de manipulación de los alimentos por la cantidad de moscas que
producen los desechos que son emanados a las calles de esa comunidad y que se
han multiplicado de gran manera porque no existe un control por parte de las
autoridades correspondientes para evitar el flagelo al derecho de los ciudadanos de
61
ese lugar, provocando de esa manera enfermedades gastrointestinales e infecciones
respiratorias por la no aplicación de las normas establecidas de garantías para la
salud.
5.2.1.3 Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto Número 68-86 del Congreso de la República de Guatemala: Artículo 2.-(Reformado por el Artículo 5 del Decreto Legislativo Número 90-2000)
“La aplicación de esta ley y de sus reglamentos compete al Organismo Ejecutivo, a
través del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, cuyas funciones establece la
Ley del Organismo Ejecutivo.”
Artículo 4.-“El Estado velará porque la planificación del desarrollo nacional sea
compatible con la necesidad de proteger, conservar y mejorar el medio ambiente.”
Artículo 10.-“El Organismo Ejecutivo por conducto de la Comisión Nacional del
Medio Ambiente, realizará la vigilancia e inspección que considere necesarias para el
cumplimiento de la presente ley”
Realmente es una necesidad la aplicación de la Norma Ambiental, en virtud
del medio en que vivimos necesitamos tener un ambiente sano libre de
contaminación que pueda provocar enfermedades que lleguen a ser lamentables. En
ella comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa se
vive en un ambiente contaminado por la Inaplicación de la Ley Ambiental.
Es importante resaltar que el Decreto 68-86 del Congreso de la República de
Guatemala el cual contiene la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente,
no está siendo debidamente aplicada, el Ministerio de Ambiente y Recursos
Naturales, las Municipalidades, instituciones civiles, establecimiento educativos y los
habitantes de la comunidad de San Miguel Aroche, Chiquimulilla, no están luchando
por prevenir, la contaminación del ambiente y del agua en cumplimiento al Artículo
2. Por lo tanto es necesaria que la ley sea aplicada de una manera más drástica, y
que las autoridades mantengan un mejor control y vigilancia, que se busque la
coordinación institucional y que se tenga conciencia que el recurso hídrico está cada
día más contaminado y con el tiempo esto se va a volver incontrolable.
62
En la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, departamento de Santa
Rosa es claro la violación a las normas ambientales porque no se ha podido
controlar por parte del ente encargado para el mismo sobre la gran contaminación
que provocada por la cascarilla de café que es lanzada a las carretera de la
comunidad, debido a que no cuentan con drenajes establecido para el mismola cual
da origen a malos olores y cantidad de moscas y gusanos que moran en el lugar a
raíz de la descomposición de los desechos.
5.2.1.4 Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Este es el ministerio principal y encargado de velar por un medio ambiente
sano y una de las funciones principales de este ministerio es formular y ejecutar las
políticas relativas a su ramo y cumplir y hacer que se cumpla el régimen jurídico
concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del
ambiente, los recursos naturales y tutelar el derecho humano a un ambiente
saludable y ecológicamente equilibrado, disminuyendo el deterioro ambiental y
perdida del patrimonio natural y así mismo ejecutar políticas en materias de ambiente
y recursos naturales
5.3 Análisis del estudio de salubridad e impacto ambiental: En Guatemala existen diferentes entidades administrativas con competencia a
nivel nacional encargadas específicamente en salud, en sus diferentes temas.
Según lo investigado el estudio de salubridad en el departamento de Santa
Rosa especialmente en el municipio Chiquimulilla en materia de salud existen
dimensiones básicas del desarrollo humano, la salud que reflejan el estado del
desarrollo humano en una sociedad son la mortalidad infantil. Las altas de
mortalidad infantil están asociadas principalmente a enfermedades respiratorias y los
síntomas de diarrea. Más de la quinta parte de los niños menores de cinco años del
departamento de Santa Rosa han presentado síntomas pero solo el 44% de los
casos de una infección respiratoria aguda recibe tratamiento, mientras que menos
de dos terceras partes de los casos de diarrea son atendidos. En el área de Santa
Rosa prevalecen las infecciones respiratorias agudas y diarrea y no todos reciben
tratamiento, el 20% de los pobladores Santarroseños padecen de Infecciones
Respiratorias Agudas y el 24 % Diarrea llegando a concluir que solo es tratado el
36% sobre las infecciones Respiratorias Agudas y un 49% sobre la Diarrea.55
55 http://www.desarrollohumano.org.gt/fasciculos/pdfs/d6.pdf
63
En los últimos años se ha aumentado la contaminación ambiental que da
como consecuencias familias enfermas, mortalidad infantil por la poca atención que
se brinda en los centros de salud especialmente en la comunidad de San Miguel
Aroche, Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa, a raíz de la pobreza y la mala
manipulación de los alimentos y la contaminación provocada por la cantidad de
moscas que se reproducen en ese lugar.
Al observar la realidad que se vive el la comunidad de San miguel Aroche, no
cabe duda señalar que todo se debe a la violación del derecho de salud provocada
por la contaminación que provocada por las cascarilla del café.
En Guatemala existen diferentes entidades administrativas con competencia a
nivel nacional encargadas específicamente de la gestión ambiental, en sus
diferentes temas.
En el municipio de Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa
específicamente en la municipalidad existe una delegación encargada de velar por el
Medio Ambiente, pero que en realidad no cumple sus funciones en virtud del cual los
procedimientos del proceso del café se dan de manera inadecuada y esta
delegación no hace nada al respecto ya que las familias que se dedican al
procesamiento de café en forma artesanal no cuentan con fosas para los desechos y
estos son lanzados al rio que pasa a las orillas de casas que se encuentran en el
lugar haciendo un ambiente insalubre porque las personas que procesan el café
colindas con las viviendas de las familias que habitan en el lugar y el olor que
provoca la descomposición de la cascarilla es muy desagradable porque estos no
cuentas con áreas especiales y existen cantidad de estos lugares no es solo uno son
gran cantidad en diferentes lugares en una misma comunidad llegando hacer el
ambiente desesperante y maloliente proliferación del sancudo pero en gran escala
que se hace imposible una vida sana para los pobladores de ese lugar, a raíz que
provoca enfermedades. Algo realmente inaceptable y hasta este momento no han
hecho nada para evitar la contaminación que estos provocan con los desechos
emanados del los mismo, realmente es penoso que nuestras autoridades solo estén
devengando un salario y no cumplir con los fines para lo cual fueron creados.
En los últimos años se ha aumentado la contaminación ambiental que da
como consecuencias familias enfermas, mortalidad infantil por la poca atención que
se brinda en los centros de salud especialmente en el municipio de Chiquimulilla
64
Santa Rosa, a raíz de la pobreza y la mala manipulación de los alimentos y la
contaminación que provoca la mosca.
La cascarilla del café es un foco de contaminación ambiental, que provoca malos
olores contaminación del ambiente, contaminación de los alimentos, contaminación
del agua, porque lanzan los desechos a los quíneles buscando este su salida a los
ríos que ellos mismos dan origen pasando por toda la población, al punto que las
familias viven a las orillas del quíneles soportando esos olores que no son nada
agradables y la gran contaminación que se provoca por la cantidad de moscas que
se reproducen por la descomposición de los desechos que en la realidad deberían
ser tratados algo que no se lleva a cabo.
5.4 Análisis Sobre el Incumplimiento de las Normas Sanitarias en el Procesamiento del Café en la Comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, Departamento de Santa Rosa:
El incumplimiento de las normas sanitarias en el procesamiento del café tienen
varios factores, razón por el cual se da la violación al derecho de salud de los
pobladores en la comunidad de San Miguel Aroche uno de los incumplimientos son:
1. La falta de supervisión por parte de las autoridades encargadas para tal
efecto.
2. La inaplicabilidad de las leyes al caso concreto.
3. La falta de presupuesto para la creación de nuevos entes para tener una
coberturaamplia.
4. La poca voluntad de las personas sobre las consecuencias futuras
5. La falta de capacitación a la personas que se dedican a este trabajo.
6. La falta de información sobre las leyes existen sobre el caso concreto.
5.5 Análisis sobre el control por el ente encargado sobre el cumplimiento de las
normas legales aplicables al caso, en el municipio de Chiquimulilla departamento de Santa Rosa:
Los Procesamientos del beneficiado del café en la comunidad de San Miguel
Aroche, Chiquimulilla no son supervisados por los entes encargados tales como
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; Ministerio de Agricultura Ganadería y
alimentación, Ministerio de Salud pública y las municipalidadesa pesar de que las
leyes están establecidas y de cumplimiento obligatorio de carácter general, es
necesaria la obligatoriedad de la observancia y cumplimiento de las leyes por parte
65
de los entes rectores en materia de salud y ambiente y que estas autoridades
mantengan un mejor control y vigilancia que se busque la coordinación institucional y
se tenga conciencia el daño que se esta causando al ambiente por parte de estas
personas que a falta de supervisión dañan el medio ambiente y la salud de los
pobladores .
En la Municipalidad de Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa, no se ha
preocupado por la supervisión del funcionamiento del proceso del café y se a
perdido, completamente el control del mismo y poniendo en riesgo la salud de los
pobladores.
Resulta lamentable que las autoridades municipales no hayan tomado cartas en
el asunto en tan grave situación pasando desapercibido un problema serio que pone
en riesgo la vida de los pobladores esto hace necesario y urgente contratar personal
especializados y calificados, para la supervisión correspondiente.para realizar la
inspección agricola-sanitario, ya que en la actualidad existe la falta de personal
capacitado que efectué este trabajo pues no existe un control para solucionar este
problema.
La inspección o verificación sanitaria es un trabajo de gran responsabilidad ya que
aquí se esa hablando que entra en juego la salud de la población, por lo que se
considera necesario el cumplimiento de la leyes, de la supervisión ya que hasta la
fecha, se ha minimizado la importancia y determinación que tiene este aspecto en la
salud de los pobladores.
5.6 Análisis delas actividades si cumplen con las medidas sanitaras establecidas para su funcionamiento.
Las actividades se inician llevando el producto del café a los recibideros de café,
luego es trasladado el producto en cereza a los beneficios, donde se introducen en el
sifón para colar las impurezas y hacer flotar las hojas, luego por medio del
elevadorse envía el café hacia los pulperos donde es removida la cascarilla exterior
que luego el café sin la cascarilla exterior es trasladada en pergamino a los tanque
de fermentación donde se lava la miel del café, luego se traslada a los patios par el
secado correspondiente, y el desecho del café o sea la cascarilla y las aguas mieles
son trasladadas a lugares de concentración para darles el procesamiento necesario
del subproductos con la medidas agrícolas-sanitarias correspondientes para su
funcionamiento. En la realidad de la Comunidad de San Miguel Aroche, del
Municipio de Chiquimulilla departamento de Santa Rosa no cuenta con todos estos
66
procesos técnicos necesarios para llevar a cabo este procesamiento y darle el buen
uso al subproducto de los mismos, porque lanza a los quineles las aguas mieles y la
cascarilla del café que al descomponerse produce un ambiente adecuado para la
proliferación de mosca, sancudo, y gusanos provocando asi un olor desagradable
haciendo los lugares insalubres y contaminando el medio ambiente y haciendo difícil
la vida comunitaria provocando esto enfermedades respiratorias y gastrointestinal por
la contaminación de los alimentos que produce la mosca.Es claro observar como las
actividades del procesamiento del café en La Comunidad de San Miguel Aroche,
Chiquimulilla Santa Rosa, no cumplen las medidas sanitarias para su
funcionamiento. Todo esto a raíz de que no existe la supervisión de las autoridades
encargadas para el efecto.
5.7 Análisis de las causas del incumplimiento de las normas sanitarias en el procesamiento delbeneficiado de café en la comunidad de San Miguel Aroche, Chiquimulilla departamento Santa Rosa:
Una de las principales causas del incumplimiento de las normas sanitarias en el
procesamiento del beneficiado del café en la comunidad de San Miguel Aroche
Chiquimulilla, departamento de Santa Rosa es la falta de supervisión de los mismos,
que con base a lo expuesto las autoridades encargadas y la corporación municipal
no toma cartas en el asunto motivo del cual estas personas no cumplen con lo
establecido.
Que la corporación municipal como máxima autoridad del municipio es obligación
de velar por la salud de sus pobladores juntamente con otras instituciones que a
falta de una supervisión para su funcionamiento es una de las causas del
incumplimiento de las normas sanitarias, si bien es cierto estos no cumplen con lo
establecido, la necesidad de los pobladores obliga al funcionamiento del mismo en
condiciones críticas porque no hay otra salida para aprovechar el subproducto del
mismo, es por eso que se da la problemática de la contaminación producida por la
cascarilla de café el en la comunidad de San Miguel Aroche Chiquimulilla, Santa
Rosa violándose así el derecho de los pobladores a vivir a en un ambiente sano y
libre de contaminación.
5.8 Responsabilidad de las autoridades encargadas:
La municipalidad es un órgano administrativo de naturaleza autónoma, que
basa sus decisiones que en forma colegiada adopta la corporación municipal como
67
tal. Una de sus funciones principales es velar por el desarrollo integral del municipio
así por la integridad de su territorio, y preservar el patrimonio natural y cultural del
municipio así como la promoción y el desarrollo de programas de salud y
saneamiento ambiental, prevención y combate de enfermedades en coordinación con
las autoridades respectivas, el establecimiento, regulación y atención de los
servicios locales y el controlar el fiel complimiento de las normas legales en materia
de salud y ambiente es responsabilidad también de la municipalidad de Chiquimulilla,
departamento de Santa Rosa ya que juntamente en coordinación con el Ministerio
de Salud Pública y Asistencia Social; el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos
Naturales; el Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación y La Asociación
Nacional Del Café, son las instituciones encargadas de velar por el fiel cumplimiento
de las normas establecidas en Guatemala para evitar la contaminación con la
competencia que la constitución política de la República de Guatemala les faculta es
su responsabilidad el fiel cumplimiento de las mismas
Es responsabilidad de la municipalidad asumir la titularidad legal del mismo y
está obligado a que se cumplan las leyes establecidas para el caso concreto, y
aplicar las sanciones correspondientes en el caso de incumplimiento.
5.9 Funciones especificas del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación:
Dentro de la funciones que la ley del Organismo ejecutivo Decreto Número 114-97
establece:
1. Formular y ejecutar participativamente la política de desarrollo agropecuario,
hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos naturales renovables, todo
ello de conformidad con la ley.
2. Promover y velar por la aplicación de normas claras y estables en materia de
las actividades agrícolas, pecuarias, hidrobiológicas, forestales y
fitozoosanitarias, buscando la eficiencia y competitividad en los mercados y
teniendo en cuenta la conservación y protección del medio ambiente.
3. Definir la política de ordenamiento territorial y de utilización de las tierras
nacionales y de reservas de la nación y promover la administración
descentralizada en la ejecución de ésta política; deberá velar por la instauración
y aplicación eficaz de un sistema de normas jurídicas que definan con claridad
los derechos y responsabilidades vinculadas a la posesión, uso, usufructo y, en
general, la utilización de dichos bienes, mientras permanezcan bajo el dominio
del Estado.
68
4. Formular la política de servicios públicos agrícolas, pecuarios, hidrobiológicos,
forestales y fitozoosanitarios y administrar descentralizadamente su ejecución.
5. En coordinación con el Ministerio de Educación y la Comisión Nacional del
Medio Ambiente, formular la política de educación agropecuaria y sobre medio
ambiente, promoviendo la participación comunitaria.
6. Promover en coordinación con las autoridades legalmente competentes, la
política para el mejoramiento y modernización descentralizada del sistema
guatemalteco de áreas protegidas; así como la formulación de políticas para el
desarrollo y conservación del patrimonio natural del país.
7. Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Economía, las políticas de
comercio exterior de productos agropecuarios, forestales e hidrobiológicos.
8. Impulsar el desarrollo empresarial de las organizaciones agropecuarias,
forestales e hidrobiológicas para fomentar el desarrollo productivo y competitivo
del país.
9. Desarrollar mecanismos que contribuyan a la seguridad alimentaria de la
población y ampliar y fortalecer los mecanismos de disponibilidad y acceso a la
información estratégica a productores, comercializadores y consumidores.
Es la necesidad de que estas funciones se cumplan en la comunidad de San Miguel
Aroche del municipio de Chiquimulilla departamento de Santa Rosa.
5.10 Centros con Despulpadoras Aguapulper: En este tipo de centros la maquina realiza los procesos de despulpe, desmucilado y
lavado. Por tanto en estos lugares se elimina el proceso de fermentación, lo que
permite un gran ahorro de trabajo, tiempo y recursos sin embargo el consumo de
agua es elevado debido al principio de funcionamiento del equipo. El consumo de
agua es de 20 L/Kg café seco.
La contaminación en el beneficio húmedo del café y poder garantizar que no se
alteren los factores físicos que dan origen a la alta calidad de la bebida se ha
desarrollado la tecnología denominada Beneficio ecológico del café. La tecnología ha
sido adoptada por la mayoría de los cultivadores de café en Colombia, dando como
resultado una mayor conservación de los recursos hídricos de la zona cafetalera
especialmente con las aguas utilizadas en las fincas y por ende en las cuencas
hidrográficas, al reducir su contaminación al mínimo y de esta forma poder emplear
esta agua para las fuentes abastecedoras de los diferentes acueductos tanto rurales
como urbanos. Como beneficio adicional reduce de manera drástica
69
los costos asociados al consumo de agua y el pago de tasa retributiva por
vertimientos al agua.56
Finalmente, con la puesta en marcha de este procedimiento se obtienen entre otras,
las siguientes ventajas:
Reducción del más del 90% de la contaminación generada por el proceso.
Disminución del consumo específico del agua a menos de 1 L/Kg. de café
beneficiado.
Control en los procesos que se pueden suceder en las etapas de fermentación del
grano para no perder sus características físicas en la bebida.
Mejor utilización de los secadores de café.
Reducción del tamaño de costos en los beneficiaderos de café y disminución de la
mano de obra generada en este proceso.
Menor daño al grano en el proceso del despulpado y por ende mejor calidad del
mismo para así ser competitivos en el mercado internacional.
Principales tecnicismos de acciones para disminuir la carga contaminante:
1. Concluir la instalación de los equipos de los ecológicos que se encuentran en el
país
2. Dar mantenimiento a mosteras y lagunas antes de comenzar la cosecha.
3. Eliminar el vertimiento directo de los residuos líquidos y sólidos a furnias y manto
freático.
4. Continuar la construcción de Centros de Beneficio Ecológico, en los cuales
comprenden:
Construcción de caja de cáscara.
Recirculación de Agua.
Lagunas de Oxidación.
Lombricultivo.
5. Continuar el pilotaje en las despulpadoras seleccionadas para la determinar la
efectividad de los sistemas de tratamiento de residuales.
6. Continuar el apoyo financiero a los proyectos de tratamientos de residuales en
ejecución
56Boada, 2002; Roa y col, 1997; CENICAFE, 1996.
70
7. Dotar los laboratorios de los equipos indispensables para los estudios de
caracterización, procesamiento y utilización de los residuales del café y
brindar servicios de análisis a las empresas.
8. Continuar fortaleciendo el Departamento. de Beneficio y Tratamiento de los
Residuales. Brindar asistencia técnica a las empresas.
9. Mantener contacto sistemático con instituciones foráneas de investigaciones de
café para la actualización de conocimientos y transferencias de tecnología sobre
residuales.
10 .Continuar la introducción, prueba y evaluación, de tecnologías modernas para el
beneficio de café con poco consumo de agua.
11. Mantener la capacitación continuada de los jefes y trabajadores de la
despulpadoras en cuanto a métodos de beneficio, tratamiento procesamiento y
utilización de los residuales, así como legislación medioambiental vigente.
12. Actualizar las normas e instituciones técnicas de beneficio en lo referente a
tecnología de beneficio y tratamiento de residuales.
Comprobación de la Hipótesis planteada: Por todo lo investigado, y analizado en libros tesis y legislación nacional se pudo
comprobar que la ausencia del cumplimiento efectivo de la regulación jurídica,
genera la problemática de contaminación que se produce con la emisión de la
cascarilla de café en la comunidad de San miguel Aroche, siendo necesaria la
intervención del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales par que se pueda
evitar con la contaminación en determinado lugar.
71
CONCLUSIONES
1. Los habitantes de San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa, se
encuentran afectados en su derecho a gozar de un ambiente sano libre de
contaminación, debido al incumplimiento de las normas técnicas y legales de
protección ambiental por parte de los beneficios de café presentes en la zona.
2. El Estado por medio del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, no está
garantizando el bien común en materia ambiental de todos los habitantes de la
Aldea San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa, razón por la cual se
violenta también la garantía constitucional de certeza jurídica en dicha materia
de los habitantes del territorio antes mencionado.
3. La cascarilla de café es un foco de contaminación ambiental para los
pobladores de San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa, debido a la
proliferación de plagas que se derivan de la misma al no dársele el tratamiento
adecuado, situación por la cual es necesaria la intervención estatal para
aplicar las normas creadas para el efecto.
4. La principal causa de la anarquía ambiental en las descargas de
contaminantes a los cuerpos de agua del territorio de San Miguel Aroche,
Chiquimulilla Santa Rosa por parte de beneficios de café, se debe a la
ausencia institucional del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales en la
zona.
72
5. Para que exista la Paz en los habitantes de San Miguel Aroche, Chiquimulilla
Santa Rosa, es muy importante que exista salud ya que es un elemento
importante en la vida de todo ser humano y es el Estado de Guatemala el ente
encargado de velar por que se cumpla.
73
RECOMENDACIONES
1. Es necesario que los habitantes de la aldea San Miguel Aroche Chiquimulilla
Santa Rosa adquieran la conciencia de luchar por un ambiente sano, libre de
contaminación en conjunto con las instituciones que el estado ha delegado
para su ejercicio.
2. El Estado de Guatemala debe cumplir con las normas establecidas en relación
al Medio Ambiente a través de los entes encargados, haciendo de esta forma
efectivas las garantías de los guatemaltecos sin discriminación alguna.
3. Los habitantes de San Miguel Aroche, Chiquimulilla Santa Rosa no deben
permitir que se violente se Derecho a la Salud y al ser violentado es necesario
hacerlo del conocimiento de las autoridades correspondientes por medio de
denuncias penales o administrativas.
4. El Estado a través de las instituciones encargadas de velar por mejorar el
medio ambiente debe implementar las medidas administrativas necesarias
juntamente con las municipalidades como personas responsables de velar por
el bien común del municipio sobre el procesamiento del café, para que estas
se realicen en condiciones higiénicas adecuadas y cumplan con lo establecido
en las normas para su funcionamiento.
5. Para garantizar la Paz social y el disfrute de los derechos humanos
ambientales de los habitantes de la aldea San Miguel Aroche, Chiquimulilla
Santa Rosa se hace necesario que el Ministerio de Ambiente y Recursos
Naturales establezca un programa de monitoreo y fiscalización de los
beneficios de café ubicados en dicho territorio a fin de garantizar el fiel
cumplimiento de los mismos.
74
BIBLIOGRAFIA
TEXTOS:
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Tomo II Editorial Bosch. Barcelona, 2006.
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