Triptico de Fiscalizacion 2011-2012

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Se trata de un folleto de información acerca del funcionamiento fiscal sobre la comisión de la cooperativa escolar en México.

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Page 1: Triptico de Fiscalizacion 2011-2012

III.- LOS PRESUPUESTOS DE GASTOS Y SU COMPROBACIÓN Deberán ser hasta $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100, M. N.), y serán autorizados por el supervisor de la zona respectiva. EVENTOS CULTURALES Y SOCIALES: 1-. La cuota para festejos del día del niño, 10 de mayo, día del estudiante y posadas navideñas será hasta de $ 20.00 (Veinte Pesos 00/100, M. N.) por alumno ó madre de familia. (No habrá reconocimiento de gastos para estos festejos). En el caso de festejos del día del niño, día del estudiante y posada navideña, deberá mostrar copia de la estadística escolar. En el caso del 10 de mayo señalar en el oficio la cantidad de madres festejadas. 2-. Para reuniones de consejo y supervisores se autorizará únicamente coffee-break (no hay reconocimiento de gastos). 3.- Los gastos que originan las reuniones de asesoría que convoca la Unidad de Cooperativas están autorizados, registrándose como gastos de administración. 4.- Para escuelas que sean sede de concursos podrán autorizarse gastos siempre que se compartan con las escuelas participantes y otros organismos y se presenten en tiempo y forma: reconocimientos, logística, organización y excepcionalmente alimentación. 5.- La elaboración de vestuario para danza, uniformes deportivos y banda de guerra se autorizará, siempre y cuando se quede como patrimonio de la escuela. VIAJES DE ESTUDIO Y TRASLADO A CONCURSOS: El Director, Inspector, Jefe de Sector o Jefe de departamento en su caso, presentarán ante el Secretario de Educación, solicitud por escrito del evento a realizar con 10 días hábiles de anticipación, indistintamente si la salida es fuera del estado, dentro del estado, sector, zona, y/o de la escuela. Se adjuntarán los documentos siguientes:

Acta de Asamblea General.

Oficio de solicitud.

Presupuesto que contenga seguro de viajero.

Oficio de autorización del viaje según corresponda de acuerdo a las indicaciones que siguen:

Si la salida no es mas allá de la zona del plantel, podrá autorizarlo el director de la escuela. Si la salida se encuentra en la jurisdicción de la zona, podrá autorizarla el supervisor o jefe de sector respectivamente. En los casos en que la excursión se dé en los límites del estado, le corresponderá al Jefe del departamento según sea el nivel educativo. Si el viaje trasciende los límites del estado, corresponderá al Secretario de Educación, quien a su vez podrá delegarlo en el Director de Educación Básica. TOMADO DEL INSTRUCTIVO PARA AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRA ESCOLARES, EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA. (NO SE AUTORIZARÁ HOSPEDAJE Y ALIMENTOS).

NO SE AUTORIZAN LOS SIGUIENTES GASTOS CON CARGO A FONDOS DE COOPERATIVAS: PAGO DE SERVICIOS: (AGUA, LUZ, RENTA Y COMPRA DE TARJETAS PARA CELULAR). FESTEJOS por onomásticos y jubilaciones de compañeros, día del padre, rosca de reyes, día del maestro, para fiestas de clausura: (renta de sillas, mesas, toldos, tapancos, bocadillos, distintivos, refrescos y reconocimientos) y pago a maestros para impartir clases particulares. Es necesario concientizarnos de que el sobresaliente apoyo económico de las cooperativas al gasto de operación, debe beneficiar al mayor número de alumnos socios y no a los menos. Por lo que recomendamos proyectar gastos que impacten a toda la población escolar.

INSTRUCTIVO

F I S C A L I Z A C I Ó N DE LOS RECURSOS Y PRODUCTOS DE

LAS COOPERATIVAS Y PARCELAS

ESCOLARES

CICLO ESCOLAR 2010-2011

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO

COORDINACIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

UNIDAD DE COOPERATIVAS Y PARCELAS ESCOLARES

BLVD. MANUEL GÓMEZ AZCARATE Nº. 150 2ª. SECCIÓN COL. HIMNO NACIONAL, C.P. 78360

TEL. Y FAX 4-99-80-00 EXT. 8108 Correos electrónicos:

[email protected]

fiscalizació[email protected]

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OBJETIVO:

Coordinar, controlar y vigilar que el ejercicio de los recursos

acumulados en el fondo de beneficio escolar (social y de reserva,

fomento agrícola y educativo) que se generan por la práctica de

las actividades comerciales y productivas que realizan los

planteles escolares de educación básica, se apeguen a normas,

disposiciones y lineamientos fiscales y presupuestales vigentes.

Promoviendo también una cultura tributaria.

REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y COMPROBACIÓN

DE GASTOS A EFECTUAR CON RECURSOS ECONÓMICOS

DE LAS COOPERATIVAS Y PARCELAS ESCOLARES QUE

LE CORRESPONDEN A LA U.C.P.E. Y/O U.R.S.E.

I.- SOLICITUD DE AFECTACION DEL FONDO SOCIAL Y DE RESERVA MAYORES. 1.- Oficio – solicitud dirigido al Jefe de la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o al Jefe de URSE cuando el gasto sea mayor a $3,000.00 (tres mil pesos 00/100, M. N.) del fondo social y de reserva y fomento educativo (parcelas). 2.- Especificar la cantidad que se solicita gastar del fondo social y de reserva o de parcelas. 3.- Si el gasto es compartido, el oficio deberán firmarlo y sellarlo quienes participen en el mismo. (Ejemplo: Recursos de Cooperativas y Padres de Familia y/o Presidencia Municipal, etc.) Indicando el monto con que participa cada quien. Al inicio del ciclo escolar se debe anexar copia del cambio de los Órganos de Gobierno. Este requisito es vigente hasta la entrega de la documentación de Inicio de Operaciones. 4.- Para las Cooperativas del programa 100% anexar en su documentación estado de cuenta bancaria y/o vale de resguardo actualizado validado por el Consejo de Administración y para gastos en el periodo extemporáneo, presentar informe final validado.

II.- ACTA DE ASAMBLEA GENERAL (SOLO PARA COOPERATIVAS). 1.- Deberán anotarse las cantidades con número y letra especificando el o los artículos a comprar o, si se trata de mobiliario, material de construcción, remodelación, diversos, etc. 2.- Para este ciclo escolar 2011-2012 el formato de acta no contiene el recuadro en la parte inferior del reverso en virtud de que será impreso y llenado por esta Unidad, en donde se anotarán las observaciones pertinentes a su trámite si el gasto es mayor de $3,000.00 (tres mil Pesos 00/100, M. N.). En caso de que sea menor o hasta por la cantidad antes mencionada deberá utilizar el formato que contiene el recuadro y la autorización le corresponderá al Supervisor de la zona a la que pertenezca la escuela debiendo completar el recuadro. (Los dos formatos están incluidos en las Reglas de Operación de esta Unidad).

III.- PRESUPUESTO. 1.- El Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) deberá quedar especificado en el presupuesto o bien desglosado.

2.- Si en el gasto participa la Presidencia Municipal deberán anexar copia del oficio que ésta les hace llegar (de igual forma si se trata de otro programa). 3.- Las construcciones que se realicen en el edificio escolar deberán ser autorizadas mediante oficio a través de la Coordinación General de Planeación y por el Instituto Estatal de Infraestructura Física Educativa (I.E.I.F.E) por lo que no deberán realizar ningún trabajo antes de que sea autorizada la obra. De la autorización anexaran una copia para efectuar el trámite en esta Unidad. 4.- Cuando las construcciones o remodelaciones se realicen por un ingeniero, arquitecto o empresa, el presupuesto será por el total de la obra. 5.- Cuando las construcciones, protecciones, cambio de pisos, o remodelaciones se efectúen por un albañil, deberá anexar copia de la credencial de elector y adjuntar presupuestos: Uno por mano de obra (con firmas del Consejo de Administración) y otro por los materiales.

IV.- COMPROBACIÓN DEL GASTO 1.- Una vez obtenida la autorización disponen de cinco días hábiles para presentar las facturas, facturas digitales, notas de venta y/o notas de remisión a nombre de GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, R.F.C. GES-850101-L4A, Madero No. 100 Zona Centro, C. P. 78000, San Luis Potosí, S. L. P. que deberán reunir los siguientes requisitos: Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida. Checar en la parte inferior de la misma la fecha de impresión para que no esté caducado el documento. En el caso de facturas digitales revisar que contengan sello digital y cadena original. En el caso de las notas de remisión deberán contener

Sello del negocio.

Contener impreso el número de folio.

Lugar y fecha de expedición.

Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.

Valor unitario consignado en número e importe total consignado __en número y letra, así como el monto de los impuestos que en los __términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, __desglosado por tasa de impuesto en su caso.

Montos Autorizados en comprobantes fiscales: Nota de Remisión: hasta $55.00 (Cincuenta y cinco pesos 00/100 M. N). Notas de venta: hasta $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N). Facturas Impresas y Digitales: No existe monto máximo. 2.- En los programas SEGE presentarán la ficha de depósito, en original y copia anotando en la última el nombre y clave del centro de trabajo, ya que será su comprobante del egreso. 3.- Cuando el gasto sea compartido con Presidencia Municipal el comprobante será el recibo expedido (a nombre de la escuela y no a nombre de personas físicas).

4.- En construcciones o remodelaciones con participación de SEGE o Ramo 33, si la factura que se presenta es por el total del trabajo efectuado, ésta será validada debiendo presentar además, fotografías de antes y después de la obra. 5.- En caso de que la aportación del gasto referido al punto anterior sea por cooperativas únicamente, se deberán presentar facturas por material y recibo por mano de obra, anexando copia de la credencial de elector, fotografías de antes y después de las obras efectuadas, remodelaciones, cambio de pisos o protecciones (todos los recibos deberán ser validados por el consejo de administración). NOTAS DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES: No llevan cédula impresa, pero deben tener en el membrete: Nombre del negocio, domicilio, registro federal de contribuyentes, número de folio impreso. Y deberán llenarse con lo siguientes datos: Lugar y fecha de expedición, a nombre de GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI R.F.C. GES-850101-L4A, Madero No. 100 Zona Centro, C. P. 78000, San Luis Potosí, S.L.P. Los artículo(s) adquirido(s), importe con número y letra (se recibirán hasta $3,000.00 tres mil pesos 00/100 M.N.). REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y COMPROBACIÓN DE GASTOS POR PARTE DE LA SUPERVISIÓN ESCOLAR. I.- SOLICITUD DE AFECTACION DE FONDOS SOCIAL Y DE RESERVA MENORES A $ 3000.00. 1.- El oficio – solicitud será dirigido al Supervisor de la zona cuando el gasto a efectuar sea menor o igual a $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N.) del fondo social y de reserva y fomento educativo (parcela). 2.- Se debe especificar en el mismo oficio la cantidad que se solicita gastar de fondo social y de reserva, fomento agrícola, fomento educativo (o ambos). 3.- Cuando el gasto sea compartido y menor o igual a $3,000.00

(dos mil pesos 00/100 M.N.) deberán firmarlo quienes participen

en el mismo. (Ejemplo: Cooperativas, Padres de Familia,

Presidencia Municipal, etc.) Indicando el monto con que participa

cada quien.

II.- LOS PRESUPUESTOS DE GASTOS Y LA COMPROBACIÓN DE LOS MISMOS LA PRESENTARÁN AL SUPERVISOR DE LA ZONA CORRESPONDIENTE RESPETANDO LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA ELLO. 1.- El Supervisor de la zona deberá autorizar el gasto y posteriormente validar su comprobación.

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