TEMA Nº 3 LOS DERECHOS REALES Y LOS DERECHOS PERSONALES.
-
Upload
aurelio-palomar -
Category
Documents
-
view
312 -
download
2
Transcript of TEMA Nº 3 LOS DERECHOS REALES Y LOS DERECHOS PERSONALES.
TEMA Nº 3
LOS DERECHOS REALES Y LOS
DERECHOS PERSONALES
DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES
1. Concepto de Derecho real y Derecho personal.2. Teorías que los distinguen.3. Características específicas de cada uno.4. Teoría clásica o dualista5. Teoría monista6. Teoría ecléctica7. Características específicas de cada uno
En cuanto a su estructuraEn cuanto a su oponibilidadEn cuanto a su naturaleza internaEn cuanto a las clases de obligaciones que generanEn relación a su objeto
COMPETENCIAS DE LA UNIDAD TEMATICA
El estudiante al finalizar el tema es capaz de:
• Identificar los conceptos tanto de los DD.RR. como de los Derechos Personales
• Diferenciar los DD.RR y los Derechos Personales en relación a su estructura, elementos y efectos.
• Ubicar ambos Derechos en el Código Civil
DERECHOS REALES Y LOS DERECHOS PERSONALES
RERECHOS REALESDERECHOS PERSONALES
DEFINICIONDUALISTA MONISTA
DEFINICION
TEORIASQUE LOS DISTINGUEN
POR EL OBJETO
ECLECTCA
POR LA RELACIONQUE ESTABLECEN
POR SUS ELEMENTOS
POR LA FUERZA DESU REALIZACION
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
CONCEPTO DE DERECHO REAL
“Es el poder jurídico que un sujeto ejerce en forma directa e inmediata sobre un bien que le permite su aprovechamiento total o parcial en sentido jurídico y es además oponible a terceros.”
Titular del
derecho
Titular del
derecho
Bien
Tercero
Poder jurídico
Oponibilidad
CONCEPTO DE DERECHO PERSONAL
“Es una relación de derecho, por virtud de la cual una persona, el acreedor, tiene la facultad de exigir de otra, el deudor el cumplimiento de una prestación determinada, positiva o negativa.”
CONCEPTO DE DERECHO PERSONAL
TEORIAS QUE DISTINGUEN LOS DERECHOS REALES DE LOS DERECHOS PERSONALES
Monista:
Personalistas:-Demogue. -Ortolan. -Planiol.
Objetivistas:-Saleilles.
-Jallu.-Gazin.
Dualista:
-Baudry. Lacantinerie.-Demolombe.-Bonnecase.
Ecléctica:
-Planiol y Ripert.
TEORIA DUALISTABaudry Lacantiniere:
• Relación existente entre el titular del derecho y el bien objeto del derecho.
• Tiene dos elementos titular y bien.
• Existencia de tercero indeterminado.
• Obligación no es pecuniaria.
• Relación existente entre acreedor y deudor.
• Tiene tres elementos acreedor, deudor y objeto.
• Ambos sujetos (acreedor y deudor) son determinados.
• Prestación debida de carácter pecuaniario
TEORIA DUALISTABaudry Lacantiniere:
• Relación existente entre el titular del derecho y el bien objeto del derecho.
• Relación existente entre acreedor y deudor.
TEORIA DUALISTABaudry Lacantiniere:
• Tiene dos elementos titular y bien. • Tiene tres elementos
acreedor, deudor y objeto.
TEORIA DUALISTABaudry Lacantiniere:
• Existencia de tercero indeterminado.
• Ambos sujetos (acreedor y deudor) son determinados.
TEORIA DUALISTABaudry Lacantiniere:
• Obligación no es pecuniaria.
• Prestación debida de carácter pecuniario
TEORIAS QUE LOS DISTINGUEN (DUALISTA)
Bonecasse:
• Derecho real es una figura para salvaguardar la riqueza dentro de la sociedad.
• Derecho personal es una figura para asegurar el cumplimiento de prestaciones entre dos personas determinadas.
Formula críticas a la teoría dualista: Dice:
• No puede haber relaciones jurídicas entre personas y cosas.
TEORIAS QUE LOS DISTINGUEN (MONISTA)
No hay relación jurídica, sí frente al titular del derecho
no existe un obligado.
TEORIAS QUE LOS DISTINGUEN (MONISTA)
Teoría monista personalista: Demogue, Ortolan y Planiol.
• En el derecho real existe un sujeto pasivo múltiple e indeterminado (universal).
• El sujeto pasivo universal del derecho real, tiene una obligación genérica de no hacer.
• Puede tener contenido ecónomico, pues la violación genera pago de daños y perjuicios.
• Mientras que en el derecho personal ambos sujetos son determinados.
• La obligación del deudor en el derecho personal puede ser de dar, hacer o no hacer.
TEORIAS QUE LOS DISTINGUEN (MONISTA)
Teoría monista objetivista: Saleilles, Jallu y Gazin.
• Coinciden con los personalistas en que la distinción es de grado.
• Ignoran a los sujetos de ambos derechos.• Derecho real es la relación del titular con un
bien determinado, que se encuentra dentro de su patrimonio.
• Derecho personal es la relación de un acreedor con el patrimonio de su deudor.
TEORIAS QUE LOS DISTINGUEN (ECLECTICA)
Teoría ecléctica: Planiol y Ripert.
• Hacen una mezcla de las doctrinas dualista y monista.
• En cuanto al contenido interno de ambos derechos tienen razón los dualistas.
• En cuanto a la manifestación externa de ambos derechos tienen razón los monistas.
CARACTERISTICAS ESPECIFICAS QUE LOS DISTINGUEN
EN CUANTO A SU ESTRUCTURA
• El derecho real tiene un sujeto pasivo que no se hace visible (tercero pasivo universal), el titular sólo requiere del respeto de los demás.
• El derecho personal requiere de un sujeto pasivo determinado (deudor).
CARACTERISTICAS ESPECIFICAS QUE LOS DISTINGUEN
EN CUANTO A SU NATURALEZA INTERNA
• El derecho real permite el aprovechamiento total o parcial del bien objeto del mismo.
• El derecho personal permite obtener el dar, hacer o no hacer al que se encuentra obligado el deudor.
CARACTERISTICAS ESPECIFICAS QUE LOS DISTINGUEN
EN CUANTO A SU OPONIBILIDAD FRENTE A TERCEROS
• El derecho real sigue al bien, por lo que permite recuperarlo de manos de cualquier tercero (derecho de persecusión).
• El derecho personal solamente puede ejercitarse contra el deudor y en algunos casos contra sus causahabientes.
CARACTERISTICAS ESPECIFICAS QUE LOS DISTINGUEN
EN CUANTO A LA OBLIGACION QUE GENERAN
• En el derecho real solamente se genera una obligación de no
hacer.
• En el derecho personal se pueden generar
obligaciones de dar, hacer o no hacer.
CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE CADA UNOEN RELACION AL OBJETO
• Tiene por objeto una cosa material, individualizada o también una cosa inmaterial.
• Tiene por objeto una prestación positiva ¿dar y hacer? o negativa ¿un no hacer?
POR LA RELACION QUE ESTABLECEN
• Objetivamente,• Directa,• Inmediata,• Protección social
• Entre dos personas determinadas• Prestación
determinada• Positiva• Negativa
POR LA FUERZA DE SU REALIZACION
• Derecho de persecución
• Derecho de preferencia
• Solo demanda a su deudor
• A los herederos de su deudor
• En caso de concurso pagarse a prorrata
POR SUS ELEMENTOS
• El derecho real solamente puede tener por objeto un bien determinado o determinable.
• El derecho personal puede tener por objeto bienes indeterminados.
DERECHOS REALES Y LOS DERECHOS PERSONALES
RERECHOS REALESDERECHOS PERSONALES
DEFINICIONDUALISTA MONISTA
DEFINICION
TEORIASQUE LOS DISTINGUEN
POR EL OBJETO
ECLECTCA
POR LA RELACIONQUE ESTABLECEN
POR SUS ELEMENTOS
POR LA FUERZA DESU REALIZACION
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
TAREA DOCENTE
• De las definiciones desarrolladas en la clase esquematizar y desarrollar en plenaria, las consecuencias jurídicas de los derechos reales que contienen derechos personales. Ejemplo: usufructo, servidumbres, etc.