Señalización de seguridad
Transcript of Señalización de seguridad
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD
Tomás Cabezas Cano
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD
La normativa que desarrolla la
señalización de seguridad en
el trabajo es el Real Decreto
485/1997 de 14 de abril.
Se trata de una de las
muchas normas que han
desarrollado la normativa
básica en materia de
prevención de riesgos
laborales, que es la Ley de
Prevención de Riesgos
Laborales (Ley 31/95 de 8 de
noviembre)
¿CUÁL ES EL OBJETO DE ESE REAL
DECRETO?
1. El presente Real
Decreto establece las
disposiciones mínimas
para la señalización de
seguridad y salud en el
trabajo. Se desarrolla
en el Articulo 1.1 del
Real Decreto 485/1997
de 14 de Abril.
¿CÓMO DEFINE EL REAL DECRETO LOS
SIGUIENTES CONCEPTOS?
Señalización de
seguridad y salud en el
trabajo.
Señal de prohibición.
Señal de advertencia.
Señal de obligación
Señal de salvamento.
Color de seguridad.
Señal en forma de
panel.
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO.
Es una señalización, que
referida a un
objeto, actividad o situación
determinadas, proporcione
una indicación o una
obligación relativa a la
seguridad o la salud en el
trabajo mediante una señal
en forma de panel, un
color, una señal luminosa o
acústica, una comunicación
verbal o una señal
gestual, según proceda.
SEÑAL DE PROHIBICIÓN
una señal que prohíbe un comportamiento susceptible
de provocar un peligro.
SEÑAL DE ADVERTENCIA
Una señal que advierte un riesgo o un peligro.
SEÑAL DE OBLIGACIÓN
una señal que obliga a un comportamiento
determinado.
SEÑAL DE SALVAMENTO
Una señal que proporciona indicaciones relativas a
las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a
los dispositivos de salvamento.
COLOR DE SEGURIDAD
un color al que se atribuye una significación
determinada en relación con la seguridad y salud
en el trabajo.
SEÑAL EN FORMA DE PANEL
una señal que, por la combinación de una forma
geométrica, de colores y de un símbolo o
pictograma, proporciona una determinada información, cuya
visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente
intensidad
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL
EMPRESARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES?
Siempre que resulte necesario teniendo en cuenta los
criterios del artículo siguiente, el empresario deberá adoptar
las medidas precisas para que en los lugares de trabajo
exista una señalización de seguridad y salud que cumpla lo
establecido en los anexos I a VII del presente Real Decreto.
CLASIFICACIÓN DE TODA LA
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD
Señalización
Señales en forma
de panel
Señales luminosas
Comunicaciones
verbales
Señales gestuales
Señales acústicas
Prohibición
Advertencia
Obligación
Lucha contra
incendios
Salvamento o
socorro
SEÑALIZACIÓN
Señales luminosas.
Señales acústicas.
Comunicaciones
verbales.
Señales gestuales.
SEÑALES LUMINOSAS
SEÑALES ACÚSTICAS
COMUNICACIONES VERBALES
SEÑALES GESTUALES
COLORES DE SEGURIDAD
Color Significado Indicaciones y
precisiones
ROJO
Señal de prohibición Comportamientos peligrosos.
Peligro – alarma Alto, parada, dispositivos de
desconexión de
emergencia.
Evacuación.
Material y equipos de lucha
contra incendios
Identificación y localización.
AMARILLO O AMARILLO
ANARANJADO
Señal de advertencia Atención, precaución.
Verificación.
AZULSeñal de obligación Comportamiento o acción
específica.
VERDE
Señal de salvamento o de
auxilio
Puertas, salidas, pasajes,
material, puestos de
Salvamento...
Situación de seguridad Vuelta a la normalidad.
SEÑALES EN FORMA DE PANEL
Advertencia.
Prohibición.
Obligación.
Lucha contra incendios.
Salvamento o socorro.
ADVERTENCIA
Forma: Triangular
Color de fondo: Amarillo
Color de borde: Negro
Color de pictograma: Negro
PROHIBICIÓN
Forma: Redondeada
Color de fondo: Blanco
Color de borde: Rojo
Color de pictograma: Negro
OBLIGACIÓN
Forma: Redondeada
Color de fondo: Azul
Color de borde: Blanco
Color de pictograma: Blanco
LUCHA CONTRA INCENDIOS
Forma: Cuadrada
Color de fondo: Rojo
Color de borde: Blanco
Color de pictograma: Blanco
SALVAMENTO O SOCORRO
Forma: cuadrada
Color de fondo: verde
Color de borde: Blanco
Color de pictograma: Blanco