SEMINARIO-TALLER “FACILITACION DEL TRANSPORTE AEREO...
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SEMINARIO-TALLER
“FACILITACION DEL TRANSPORTE AEREO”
Cochabamba, Bolivia, 9 al 12 de marzo de 2015
Facilitación y Seguridad de la aviación en aeropuertos internacionales
Pablo LamparielloOficial Regional en Seguridad de la Aviación y FacilitaciónOficina Regional SAM de la [email protected]
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Anexo 17
Programa Universal de Auditoría de la Seguridad de la Aviación
(USAP) en la Región SAM
13 Auditorías Primer Ciclo - 2002 al 2007
13 Auditorías Segundo Ciclo - 2008 al 2012
USAP-CMA – 2015
3
4
Auditorías basadas en la Documentación
Auditorias enfocadas en la capacidad de vigilancia
de los Estados
Auditorías enfocadas en el cumplimiento
SARPs
Otras actividades de auditoria y
observación
USAP - CMA
USAP - CMA8 Elementos Críticos (EC)
ESTABLECER
IMPLEMENTAR
1LegislaciónSeguridadAviación
2Reglamentos
yProgramas
3Autoridad
Competente
4Cualificacióne Instrucción del Personal
5Guías,
Herramientas& Información
6Responsabilidades de Certificación y
aprobación
7Obligaciones
ControlCalidad
8Resolución Deficiencias
AVSEC
5
USAP - CMA9 Áreas Auditadas (AA)
Instrucción
Personal AVSEC
Operaciones Aeroportuarias
Funciones de
Control de Calidad
Aeronave ySeguridad a bordo
Pasajerosy Seguridaddel Equipaje
Seguridad de la Carga,
Catering& Correo
Respuesta aActos de
InterferenciaIlícita
Aspectos de Seguridad de
laFacilitación
Marco Regulatorioy
Sistema Nacional de Seguridad de la Aviación Civil
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Enfoque de observación continuaUSAP - CMA
Enfoque de observación continua del Programa Universal de Auditoría de
Seguridad de la Aviación (USAP-CMA)
Determinar la actividad USAP-CMA Realizar la actividad USAP-CMA Identificar y analizar las deficiencias
Medir el desempeño de la seguridad enel Estado
Proveer recomendaciones Evaluar las medidas correctivas del
Estado
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FAL – Aspectos de Seguridad de la Facilitación
9.1 Programa y coordinación
9.2 Seguridad de los documentos de viaje
9.3 Inspección de los documentos de viaje
9.4 Procedimientos de entrada y responsabilidades
Anexo 17 vs Anexo 9
Normas y Métodos Recomendados del Anexo 9 - Facilitación auditados por el Programa Universal de Auditorías en
Seguridad de la aviación (USAP-CMA) Capítulo 3 – Seguridad en los
documentos de viaje, Documentosde viaje, Inspección de documentosde viaje, Procedimientos de entraday responsabilidades, Identificación yentrada de la tripulación,
Capítulo 8 - Establecimiento deprogramas nacionales de facilitación
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Alcance de los protocolos de auditoria
FAL3.7, 3.8, 3.8.1, 3.10,
3.31, 3.33, 3.33.1, 3.46, 3.64, 3.66, 8.17, 8.19
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAC. Seguridad de los documentos de viaje
Los Estados contratantes actualizarán regularmente los elementos deseguridad que figuran en las nuevas versiones de sus documentos deviaje, a fin de impedir su uso indebido y facilitar la detección en los casosen que dichos documentos se hayan alterado, duplicado o emitido enforma ilegal
Los Estados contratantes establecerán controles a fin de
protegerse contra el robo de sus documentos de viaje en blanco yel apoderamiento indebido de documentos de viaje recientementeemitidos
Los Estados contratantes establecerán controles apropiados para latotalidad del proceso de solicitud, otorgamiento y expedición dedocumentos de viaje a fin de lograr un nivel elevado de integridad yseguridad
3.7
3.8
3.8.1
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAD. Documentos de viaje
Los Estados contratantes expedirán únicamente pasaportes delectura mecánica con arreglo a las especificaciones que figuranen el Doc 9303, Parte 1
3.10
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAI. Inspección de documentos de viaje
Los Estados contratantes asistirán a los explotadores de aeronaves en laevaluación de los documentos de viaje presentados por los pasajeros afin de prevenir el fraude y los abusos
Los explotadores de aeronaves tomarán las precauciones necesarias
en el punto de embarque para asegurar que los pasajeros llevenconsigo los documentos prescritos por los Estados de tránsito ydestino, para los fines de control descritos en este capítulo
Las autoridades competentes de cada Estado contratante se incautaránde los documentos de viaje fraudulentos, falsificados o imitados. Lasautoridades competentes también se incautarán de los documentos deviaje de una persona que se presente pretendiendo ser el titular legítimodel documento de viaje. Tales documentos se retirarán de la circulacióninmediatamente y se devolverán a las autoridades competentes delEstado que figure como expedidor o a la misión diplomática residente deese Estado
3.31
3.33
3.33.1
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAK. Procedimientos de entrada y responsabilidades
Cada Estado contratante que introduzca un Sistema de informaciónanticipada sobre los pasajeros (API) en el marco de su legislaciónnacional respetará las normas internacionales reconocidas para latransmisión de información anticipada sobre los pasajeros
3.46
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAN. Identificación y entrada de la tripulación y
otro personal de los explotadores de aeronave
Si los Estados contratantes expiden los certificados de miembro detripulación, éstos deberían expedirse únicamente en forma de tarjetasde lectura mecánica expedidas de conformidad con lasespecificaciones del Doc 9303, Parte 3
Los CMT sólo se expedirán después de que la autoridad públicacompetente o la autoridad designada para hacerlo en su nombre,haya llevado a cabo una verificación de antecedentes. Además,se establecerán controles adecuados tales como la certificaciónde la situación de empleo del solicitante antes de laexpedición, controles de las existencias de tarjetas en blanco
y requisitos de responsabilidad del personal encargado de laexpedición
3.64
3.66
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Normas del anexo 9, auditadas USAP-CMAG. Establecimiento de programas nacionales de facilitación
Todo Estado contratante establecerá un programa nacional defacilitación del transporte aéreo, basándose en los requisitos, en materiade facilitación, estipulados en el Convenio y en el mismo Anexo 9
Todo Estado contratante establecerá un comité nacional defacilitación del transporte aéreo y los comités de facilitaciónde aeropuerto necesarios, u órganos de coordinación similares,para coordinar las actividades en materia de facilitación entrelos departamentos, agencias y otros órganos del Estado
interesados o responsables de los diversos aspectos de laaviación civil internacional, y con los explotadores de
aeropuertos y de aeronaves
8.17
8.19
ICAO SARPS
AAC PolicíaMilitar
AduanaMigración
Inteligencia Aerolínea
Relaciones Ext. AeropuertosConducción unificada
Marco Coordinado: Políticas y Metodología
etc.
Convenio de Aviación Civil Internacional
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Thank You
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