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Presentación Inicial Consultoría

REGLAMENTO EMAS

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Antecedentes

Reglamento EMAS

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En el año 1993, la Comisión Europea, publica el Reglamento 1836/93 por el que se permite a las empresas del sector industrial instaladas en la EU, adherirse con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoria ambiental, EMAS I (EcoManagement and Audit Scheme).

Tras ver su eficacia, se revisa y se amplia su alcance a todo tipo de organizaciones que se propongan mejorar su comportamiento ambiental, con el Reglamento (CE) nº 76/2001, EMAS II.

El 11 de Enero del 2010, entra en vigor el Reglamento (CE) Nº1221/2009, EMAS III, Con el objetivo de mantenerse como la herramienta de gestión ambiental mas exigente. Se hace mas accesible gracias a procedimientos mas simplificados y se internacionaliza fuera de la EU.

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¿Qué es?

Reglamento EMAS

El Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medio-ambientales EMAS es un sistema puesto a disposición de organizaciones que de forma voluntaria deseen:

Evaluar y mejorar su comportamiento medioambiental.

Difundir la información pertinente relacionada con su gestión medioambiental, al público y a otras partes interesadas.

EMAS es símbolo de la gestión medioambiental moderna, de la

transparencia y de la participación medioambiental, y está concebido como un

sistema de mercado.

EMAS está gestionado por los Estados Miembros dela Unión Europea

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¿Por qué es importante?

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Reglamento EMAS

Los sistemas de gestión medioambiental (SGMA) son, en la actualidad, uno de los

instrumentos de protección del entorno con mayor potencial.

Además propone una sistemática eficaz y flexible para ayudar a las organizaciones a gestionar y mejorar, de manera continua, su labor ambiental.

Uno de los factores fundamental que distingue a EMAS es el suministro periódico de información ambiental, a través de una Declaración Ambiental (documento público que, redactado de manera clara y concisa, debe incluir información fiable y contrastada sobre el comportamiento ambiental de la organización y el resultado de sus acciones, constituyendo un instrumento de comunicación y transmisión de información ambiental).

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Beneficios para la propia Organización

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Reglamento EMAS

Una Gestión medioambiental de calidad. Un Cumplimiento de la legislación medioambiental

existente: favoreciendo la obtención de ayudas, permisos y licencias

El diálogo abierto con el público y otras partes interesadas. Transparencia.

La formación del personal de la organización, de forma profesional y permanente, que conlleve a la implicación activa en la mejora del comportamiento medioambiental.

Nuevas oportunidades de negocio. Reducción de los consumos de recursos naturales (energía,

agua y materias primas). Minimización de los residuos generados. Ventajas competitivas: mejora la imagen de la organización

de cara a clientes, accionistas, socios, etc

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Ventajas para el Cliente

• Garantía ser una organización comprometida con el Medio Ambiente.

• Participación del cliente en el proceso de

mejora continua del desempeño

medioambiental.

• Mejor tratamiento de quejas, reclamaciones,

sugerencias…MAS TRASPARENCIA.

• Mayor confianza en la profesionalidad del

personal.

Reglamento EMAS

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Sectores de Aplicación

Reglamento EMAS

Los sistemas de gestión medioambiental, basados en EMAS, tienen vocación universal y se aplica a cualquier organización:

Alimentación, Madera, Papel, Edición y artes gráficas, Química, Productos plásticos, Extractivas y fabricación de

hormigón, cemento y productos similares, Productos metálicos, Maquinaria y automoción, Electricidad y

Electrónica, Naval, Construcción y actividades relacionadas, Mantenimiento de vehículos,

Comercialización y servicios varios, Hostelería, Transporte, Informática y telecomunicaciones, Actividades

financieras y seguros, Formación, Sanitario, Medioambiental, Textil, Público, Farmacia, Automoción,

Servicios,…,

TODOS….

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Revisión Inicial.

Reglamento EMAS

• Requisitos legales, reglamentarios y de otro tipo que suscriba la organización.

• Determinación de todos los aspectos ambientales (directos e indirectos), cualificados y cuantificados (siempre que sea posible), así como un registro de los catalogados como significativos.

• Descripción de los criterios empleados para la evaluación de los aspectos ambientales.

• Examen de las prácticas y procedimientos de gestión existentes.

• Información disponible acerca de incidentes previos con repercusión ambiental

Revisión global preliminar de las cuestiones, impactos y comportamientos en materia de medio ambiente relacionados con las actividades de una organización. Se deben tener en cuenta tanto Aspectos Directos , como Aspectos Indirectos.

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Declaración Ambiental.

Reglamento EMAS

Documento mediante el cual las organizaciones que implantan un Sistema de Gestión Ambiental de acuerdo con el Reglamento EMAS, dan a conocer al público y a todas las partes interesadas información medioambiental de la organización.

• Descripción de la organización y un resumen de sus actividades, productos y servicios.

• Política Ambiental y breve descripción del SGA.

• Descripción de todos los aspectos ambientales directos, potenciales e indirectos significativos.

• Descripción de los objetivos y metas ambientales en relación con los aspectos e impactos significativos (deben permitir la comparación anual).

• Evolución del comportamiento ambiental de la organización.

• Cumplimiento con la legislación ambiental.

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Verificación Ambiental.

Reglamento EMAS

La organización para obtener el Registro según el Reglamento EMAS debe, a través de una entidad reconocida.

1. Verificar el cumplimiento de los Requisitos del Reglamento EMAS: Revisión inicial, Sistema de Gestión Ambiental y procedimiento de auditoria.

2. Validar la declaración ambiental.

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Registro en EMAS.

Reglamento EMAS

La Organización presenta la siguiente documentación ante el Organismo Autonómico Competente .

• Solicitud de adhesión cumplimentada.• Declaración ambiental validada.• Certificado de acreditación del verificador ambiental.• Breve descripción del Sistema de Gestión Ambiental implantado en

la empresa.

El Organismo Autonómico Competente comprueba que la documentación presentada cumple con los requisitos exigidos por EMAS y procede a su registro.

Una vez registrada, el Organismo Autonómico Competente, lo publica en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y lo comunica a la empresa para que pueda poner a disposición del público la Declaración Ambiental Validada.

El Registro de la empresa se traslada al Ministerio de Medio Ambiente quién lo remite a la Unión Europea para su publicación en el DOCE.

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Casos de éxito

Reglamento EMAS

• Transparencia

Requisito: El reglamento EMAS implica dar a conocer al público y a todas las partes interesadas información medioambiental de la organización, a través de la Declaración Ambiental

Situación de partida: Empresa dedicada a la extracción y molienda de roca, con mas de 50 años de antigüedad, desea mejorar su imagen externa en materia de eficiencia medioambiental.

Solución: El consultor propone implantar EMAS, de tal modo que se haga publico el desempeño ambiental de la organización, mejorando su imagen especialmente en la región en la que esta emplazada la organización. Esta nueva situación a permitido a la organización ser participe de varios concursos/subvenciones que las autoridades regionales han sacado y optar a dos de ellas.La visión general de la empresa a mejorado sustancialmente en los dos años que llevan de EMAS, quedando reflejado en las encuestas anuales que realizan en la población, proveedores, clientes y autoridades.

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Casos de éxito:

Reglamento EMAS

• Aspectos Ambientales.

Requisito: La organización debe tener en cuenta todos los aspectos ambientales que le afectan, directos, potenciales e indirectos.

Situación de partida: Central Térmica en la que han realizado una evaluación de Aspectos Ambientales, en la que solo a reflejado aspectos directos. Tienen registrados varios incidentes ocasionados por aspectos ambientales que no tenían controlados.

Solución: El consultor, en la elaboración de la Declaración Medioambiental durante la implantación de EMAS, propone y supervisa la reevaluación de los Aspectos Ambientales de la organización, incorporando aspectos indirectos y potenciales. Con ello la organización a detectado 3 nuevos aspectos ambientales relevantes, para los que a creado objetivos de mejora y planes de emergencia enfocados al: transporte (proveedores); fugas por rotura o avería, vertidos accidentales.

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Casos de éxito

Reglamento EMAS

• Cumplir con la Legislación.

Requisito: La organización debe cumplir con la legislación vigente, para ello debe tener mecanismos de acceso a la legislación actualizada y revisar periódicamente que se esta conforme a ella.

Situación de partida: Empresa dedicada a limpieza de edificios y locales, conservación de jardines y desinsectación, han sido varias veces sancionados por incumplimientos legales en materia medioambiental.

Solución: El consultor que esta implantando EMAS, revisa la legislación que le aplica a la organización que se centra especialmente en temas de generación y gestión de residuos. Una vez identificada y creada la sistemática para que la organización periódicamente revise la legislación aplicable. Se detectan las carencias y se procede a subsanar los incumplimientos: se gestionan los residuos a través de gestores autorizados, se hace una segregación adecuada, se identifican y registran, se almacena en condiciones que no generen un riesgo…

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