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Plan de negocio

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El Sector del Juego en España

• Introducción

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IntroducciónLos juegos de suerte, envite y azar se subdividen en tres grandes bloques, atendiendo a su tipo de gestión:

• Los desarrollados por empresas de índole privada que, previa autorización administrativa, se desarrollan en establecimientos adecuados a su finalidad, tales como casinos, bingos y salones de juego o establecimientos de hostelería.

• Los de gestión estatal, encomendados a la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado (L.A.E.), referentes a Loterías, Primitivas y Quinielas en sus diferentes modalidades.

• Los gestionados mediante autorización administrativa especial por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), en los distintos juegos del popular cupón.

Existen muchos otros juegos que se desarrollan en ámbitos locales muy restringidos, donde se admiten apuestas en determinadas fechas del año y otros de carácter minoritario, como los practicados en frontones o canódromos, etc… pero de los que se puede afirmar que su montante económico es muy limitado y prácticamente irrelevante comparado con los anteriores.

La gestión del juego en España exige autorización administrativa previa de los órganos competentes en cada caso, como son la Administración General del Estado, respecto de los juegos gestionados por la entidad pública empresarial “Loterías y Apuestas del Estado” (L.A.E.) y por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y las Administraciones de las Comunidades Autónomas respecto de los juegos públicos o privados que se desarrollan en sus respectivos ámbitos territoriales.

Salvo en algún supuesto puntual, las empresas privadas gestionan aquellos juegos de resultado instantáneo, donde se da cierta participación activa del jugador, mientras que los juegos cuyo premio es diferido en el tiempo y el jugador se limita a la adquisición de una participación o boleto son gestionados por las Administraciones Públicas o Corporaciones debidamente autorizadas.

El Sector del Juego en España

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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El Sector del Juego en España

• Normativa Legal

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Normativa LegalEl Sector se encuentra muy regulado por las distintas Administraciones del Estado.

Normativa básica estatal

- Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Juego mediante Boletos (BOE núm. 137, de 9 de junio).

- Real Decreto 1778/1994, por el que se adecuan a la Ley 30/1992 las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones. (BOE núm. 199, de 20 de agosto).

- Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar (BOE núm. 248, de 16 de octubre).

- Orden de 9 de octubre de 1979,(112 Kbs), del Ministerio del Interior, por la que se aprueba la versión definitiva del catálogo de juegos (BOE núm. 261, de 31 de octubre; corrección de errores en BOE núm. 283, de 26 de noviembre).

- Orden de 9 de enero de 1979, del Ministerio del Interior, por la que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego (BOE núm. 20, de 23 de enero).

- Orden de 9 de enero de 1979, del Ministerio del Interior, por la que se aprueba el Reglamento del Juego de Bingo (BOE núm. 21, de 24 de enero), en su redacción dada por la Orden de 14 de mayo de 1993 (BOE núm. 121, de 21 de mayo), por la Orden INT/2499/2002, de 4 de octubre (BOE núm. 244, de 11 de octubre), por la Orden INT/3424/2004, de 4 de octubre (BOE núm. 257, de 25 de octubre) y por la Orden INT/181/2008, de 24 de enero (BOE núm. 31, de 5 de febrero).

- Orden de 26 de febrero de 2001 por la que se actualiza el precio de la partida y los premios máximos en las máquinas recreativas y se dictan las previsiones necesarias para su adaptación al euro (BOE núm. 53, de 2 de marzo).

- Resolución de 24 de junio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de los acuerdos adoptados el 5 de mayo de 1999 por la Conferencia Sectorial del Juego (BOE núm. 166, de 13 de julio).

- Instrucción 2/1996, de 1 de marzo, de la Agencia de Protección de Datos, sobre ficheros automatizados establecidos con la finalidad de controlar el acceso a los casinos y salas de bingo (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

El Sector del Juego en España

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

El Sector se encuentra muy regulado por las distintas Administraciones del Estado

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Normativa Legal

ESTADO

-Orden INT 181/2008, de 24 de enero (BOE nº 31 de 5 de febrero), del Ministerio del Interior, de modificación del Reglamento del Juego del bingo, aprobado por Orden de 9 de enero de 1979.

-Resolución de 18 de junio de 2008 (BOE de 23 de junio), de Loterías y Apuestas del Estado, introduce novedades en las condiciones de utilización de páginas web a través de Internet para participar en los concursos de pronósticos ofertados por este Organismo en sus diversas modalidades.

-Resolución de 11 de julio de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familiar y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo General de la ONCE sobre reforma del Reglamento regulador del juego denominado “Lotería instantánea de boletos de la ONCE”.

ANDALUCÍA

-Decreto 65/2008, de 26 de febrero (BOJA nº 55, de 19 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

ARAGÓN

-Orden de 6 de junio de 2008 (BOA de 4 de julio), adiciona un párrafo a la Orden de 10 de abril de 2001, de gestión de la Tasa Fiscal sobre el Juego, para regular los supuestos de sustitución de máquinas de juego con cuotas tributarias distintas, en cuyo caso habrá de regularizarse esta cuota.

-Decreto 142/2008, de 22 de julio (BOA nº 111 de 25 de julio), del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo.

-Orden de 1 de agosto de 2008 (BOA nº 116 de 1 de agosto) del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se establecen condiciones técnicas adicionales para salas de bingo y el Centro Operativo del Bingo Interconexionado de Aragón. S.A.U.

-Decreto 163/2008, de 9 de septiembre (BOA nº 144, de 11 de septiembre), del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas de Juego y Salones.

Las modificaciones legislativas introducidas en su regulación referentes a 2.008 fueron:

ASTURIAS

-Decreto 21/2008, de 27 de marzo (BOPA nº 73, de 29 de marzo), segunda modificación del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 77/1997, de 27 de noviembre.

-Resolución de 8 de abril de 2008 (BOPA nº 93 de 22 de abril) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el protocolo de pruebas al que deben adaptarse los ensayos en las máquinas de tipo “B”.

-Resolución de 18 de junio de 2008 (BOPA de 25 de julio) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el modelo de hoja de reclamaciones para máquinas recreativas y el procedimiento de tramitación.

-Resolución de 3 de julio de 2008, (BOPA nº 173, de 25 de julio), de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el modelo de hoja de reclamaciones para salas de bingo y el procedimiento de tramitación.

-Resolución 17 de noviembre de 2008 (BOPA de 4 de diciembre) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, prorroga el convenio de colaboración suscrito con el Ministerio del Interior en materia de inspección y control de juego.

BALEARES

-Ley 9/2008, de 19 de diciembre (BOCAIB de 27 de diciembre) modifica los porcentajes a otorgar en los premios de bingo.

CANARIAS

-Decreto125/2008, de 3 de junio (BOC de 19 de junio), por el que se aprueba el Reglamento de Hipódromos y Apuestas Hípicas de la Comunidad Autónoma de Canarias regulando la instalación, funcionamiento y explotación de los hipódromos, así como las apuestas sobre los resultados de carreras de caballos que se celebren en los mismos.

CANTABRIA

-Decreto 23/2008, de 6 de marzo (BOC nº 52 de 13 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

El Sector del Juego en España

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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Normativa Legal

CANTABRIA

-Decreto 23/2008, de 6 de marzo (BOC nº 52 de 13 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

-Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio (BOC de 2 de julio), aprueba el Texto Refundido en materia de Tributos cedidos por el Estado, y entre ellos, la Tasa Fiscal sobre el Juego y en general, el resto de las normas sobre gestión y pago del tributo, y devengo ya reguladas en anteriores disposiciones autonómicas.

-Orden Pre/110/2008, de 30 de octubre, por la que se aprueban los modelos normalizados de las solicitudes que se deben presentar para la tramitación de determinados procedimientos de juego.

CASTILLA-LA MANCHA

-Decreto 11/2008, de 22 de enero (DOCM nº 19, de 25 de enero), por el que se modifica parcialmente el Reglamento de máquinas de juego de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 6/2004, de 27 de enero.

-Decreto 23/2008, de 12 de febrero (DOCM nº 35, de 15 de febrero), de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda.

-Decreto 326/2008, de 21 de octubre, por el que se regula la Comisión del Juego.

-Orden de 17 de septiembre de 2008, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (DOCM nº 201, de 30 de septiembre) aprueba las reglas para la tramitación telemática del procedimiento de la comunicación previa de emplazamiento de máquinas de juego, que es alternativa a la tramitación ordinaria de estos documentos.

CASTILLA Y LEÓN

-Decreto 1/2008, de 10 de enero (BOC y L nº 10 de 16 de enero), por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Casinos de Juego de la Comunidad de Castilla y León.

-Decreto 2/2008, de 10 de enero (BOC y L nº 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 44/2001, de 22 de febrero.

-Orden IYJ 104/2008, de 23 de enero, por la que se resuelve concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo “B” o recreativas con premio para el año 2008.

-Orden IYJ/1986/2008, de 14 de noviembre, de la Consejería de Interior y Justicia (BOCL de 18 de noviembre), aprueba el nuevo modelo de cartones para la práctica de las distintas modalidades de bingo así como los cartones virtuales.

-Orden IYJ/1987/2008, de 14 de noviembre, (BOC y L nº 223 de 18 de noviembre), por la que se regula la modalidad del juego del Bingo Electrónico.

CATALUÑA

-Decreto 53/2008, de 11 de marzo, (DOGC nº 5091, de 14 de marzo), de modificación del Decreto 240/2004, de 30 de marzo, de aprobación del catálogo de juegos y apuestas autorizadas en Cataluña y de los criterios aplicables a su planificación; y del Decreto 22/2005, de 22 de febrero, de aprobación del Reglamento de salones recreativos y de juego.

-Edicto de 7 de julio de 2008, por el que se hace pública la habilitación de entidades de inspección técnica y laboratorios de ensayos previos de homologación de máquinas recreativas y de azar y de otros materiales de juego y apuestas (DOGC nº 5179, de 23 de julio de 2008).

-Resolución IRP/2001/2008, de 18 de junio (DOGC nº 5161, de 27 de junio) de la Dirección General del Juego y Apuestas de Cataluña, aprueba un nuevo modelo de cartón para el juego de la plena o bingo por haberse modificado la imagen corporativa de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas.

-Resolución IRP 3430/2008, de 7 de noviembre (DOGC de 20 de noviembre), de la Dirección General del Juego y Espectáculos, por la que se aprueba un nuevo modelo de cartón del juego del bingo.

CEUTA

-Acuerdo de 27 de noviembre de 2008 (BOCCe de 12 de diciembre), de la Asamblea de la Ciudad Autónoma, aprueba la modificación del Catálogo del Juegos estatal en materia de casinos, en su facultad en aplicación del ámbito de Ceuta.

Las modificaciones legislativas introducidas en su regulación referentes a 2.008 fueron:

El Sector del Juego en España

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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Normativa Legal

EXTREMADURA

-Ley 6/2008, de 26 de diciembre (DOE 31 de diciembre), modifica la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/1998 del Juego en cuanto a tributación de las máquinas tipo “A”.

GALICIA

-Decreto 39/2008, de 21 de febrero (DOG nº 48 de 7 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Orden de 16 de diciembre de 2008 (DOG de 30 de diciembre), aprueba modelos normalizados de solicitudes y autorizaciones del Reglamento de Máquinas.

LA RIOJA

-Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2009, art. 41 Modificación de la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora de juegos y apuestas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

MADRID

-Orden de 11 de enero de 2008 (BOCM nº 15, de 18 de enero), de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el contenido que debe figurar en el anverso y reverso de los cartones utilizados en los juegos del bingo y del bingo simultáneo y se dictan normas en relación con la fabricación y comercialización de los cartones empleados para el juego del bingo simultáneo en la Comunidad de Madrid.

-Resolución de 6 de mayo de 2008 (BOCM de 26 de mayo) de la Dirección General de Tributos, aprueba el modelo 042, para la presentación telemática de la Tasa Fiscal sobre el Juego que grava las rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias al introducirse algunas modificaciones para la consignación de la tributación de las apuestas de reciente implantación en la Comunidad Autónoma.

-Decreto 115/2008, de 24 de julio (BOCAM de 28 de julio), del Consejo de Gobierno por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Ley 3/2008, de 29 de diciembre (BOCM de 30 de diciembre), de Medidas Fiscales y Administrativas, introduce modificaciones en la Ley 6/2001, del Juego de Madrid y en el Decreto 24/1995, del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro del Juego.

MURCIA

Decreto 72/2008, de 2 de mayo (BORM nº 104, de 6 de mayo), por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de La Región de Murcia.

NAVARRA

Decreto Foral 83/2008, de 15 de julio (BON nº 90, de 23 de julio), por el que se modifica el Reglamento del Juego del bingo, aprobado por Decreto Foral 44/2002, de 25 de febrero, en lo que concierne a los porcentajes de reparto de premios en el juego del bingo.

PAIS VASCO

Decreto 55/2008, de 1 de abril (BOPV nº 71, de 15 de abril), de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

VALENCIA

Decreto 202/2008, de 19 de diciembre (DOGV de 29 de diciembre), modifica determinados preceptos del Reglamento del Juego del bingo.

Ley 16/2008, de 22 de diciembre (DOGV de 29 de diciembre) modifica preceptos de la Ley 4/1988 del Juego.

Las modificaciones legislativas introducidas en su regulación referentes a 2.008 fueron:

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Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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Normativa LegalModificación relevante introducida en la C.A. de Madrid en 2.009:

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Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

La modificación Normativa introducida en la C.A. de Madrid, pese a los descensos en 2.009 de Recaudación, da expectativas razonables de recuperación de los importes medios de 2.008

Impacto económico de la Modificación

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El Sector del Juego en España

• El Mercado

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Cantidades jugadas vs Recaudación BrutaEl Sector del Juego en España

Las “Cantidades Jugadas” en 2008 ascendieron a 32.309,11 millones de euros, lo cual indica la importancia de este sector de actividad en la economía nacional.

El “Gasto Real”, equivalente al desembolso neto de los jugadores detraído los premios, fue en ese mismo período de 10.158,18 millones de euros que equivale a los “Ingresos Brutos” de las empresas Operadoras ( o “Recaudación Bruta” ) y en % representa 31,44% de lo jugado.

Dentro de los juegos de gestión privada – Casinos, Bingos y Máquinas B – destacan por la cantidad jugada las Máquinas “B” con 14.498,57 millones de euros, alcanzando las mismas un Gasto Real de 3.624,64 M€ ( Recaudación Bruta Operadora ).

20.160,28 M€

%

%

%

10.048,25 M€

2.100,59 M€

14.498,57 M€

%

%

%

%%

%

% GASTO S/ CANTIDADES

JUGADAS

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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Cantidades jugadas por ComunidadEl Sector del Juego en España

La C.A. de Madrid es la 1ª Comunidad Autónoma por cantidad jugada en Máquinas “B” con 2.318,7M€ ( 16% de total nacional ).

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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El Gasto Real en EspañaEl Sector del Juego en España

La C.A. de Madrid es la 1ª Comunidad Autónoma por Gasto Real en Máquinas “B” con 579,68M€ ( 16% de total nacional ).

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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El Gasto Real por hab. – Juegos G. PrivadaEl Sector del Juego en España

La C.A. de Madrid es la 3ª Comunidad Autónoma en 2.008 por Gasto Real por habitante en Máquinas “B” con 92,43€.

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

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SITUACIÓN DEL PARQUE DE MÁQUINAS RECREATIVAS DEL TIPO “B”

“Son máquinas de este tipo aquellas que, a cambio del precio de la partida, conceden al usuario un tiempo de juego y, eventualmente, de acuerdo con el programa de juego, un premio en metálico, según art. 5 del Real Decreto 2110/1998 de 2 de octubre”.

Parque de Máquinas tipo BEl Sector del Juego en España

Fuente: Informe anual del Juego en España 2008 – Mº del Interior

La C.A. de Madrid es la 3ª Comunidad Autónoma en Parque de Máquinas instaladas y la 1ª en Gasto Real – recaudación bruta operadora - por Máquina con 19.361,39 € / año.

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Operadores de relevancia en EspañaEl Sector del Juego en España

El Mercado de Máquinas tipo “B” es un mercado maduro, muy atomizado y con un alto poder de consolidación.

Cada Operador relevante del mercado, aunque opere en varias comunidades se encuentra sólidamente posicionado desde la que desarrolló su negocio en origen.

Para los Grandes Operadores, las Máquinas tipo “B” son una de las líneas de su negocio, estando en general bastante diversificados tanto por las líneas de negocio que operan – Casinos, Bingos, Salones, Apuestas, … - como por los países en los que desarrollan su negocio.

Como Operadores en Máquinas “B” destacados del Mercado Español citaremos a:

• Codere con 15.016 Máquinas a 31-12-2009, representando una cuota de mercado del 6%. Tiene especial relevancia en Madrid con 3.750 Máquinas instaladas y cuota 12,6%.

• Cirsa con 23.923 Máquinas a 31-12-2009, representando una cuota de mercado del 10%.

El Mercado de Máquinas tipo “B” es un mercado maduro, muy atomizado y con un alto poder de consolidación

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Recaudación media diaria por MáquinaEl Sector del Juego en España

La Recaudación Media Bruta diaria del Mercado fue en 2.008 de 39,3 € / máq. / día, equivalentes a los

14.359,45 € / máq. / año expresados anteriormente en “ Parque de Máquinas tipo B”.

Codere y Cirsa destacan en el Mercado como Operadores líderes con medias en 2.008 de 55,7 €/ día y 50 €/ día respectivamente.

Nuestro Plan de Negocio en la Hipótesis Probable – o más prudente – se desarrolla en base a una Recaudación de 18.080 €/ máq./ año ( 49,53 € / máq. / día ), pese a estar desarrollado en la C.A. de Madrid con una media de recaudación en 2.008 de 19.361 €/ máq. /año ( 53,04 €/ máq. / día )

Bien es cierto que en 2.009 hasta el 3er.trim.’09 en la C.A. de Madrid – al igual que en el resto de comunidades – hubo descensos de recaudación del 15% al 25%, pero el cambio normativo introducido en el mes de Agosto’09 respecto al % destinado a premios ( pasó del 75% al 70% ) revitalizó al Sector.

Fuente: Codere. Confidencial.

Nuestro Plan de Negocio estima una Recaudación Media Bruta diaria por Máquina de 49,53 € ( hipótesis prudente ), pese a desarrollarse en la C.A. Madrid con MBD de 53,04 €

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Las Apuestas Online vs Máquinas “B”El Sector del Juego en España

Los Grandes Operadores del Sector entraron, casi todos en 2.007, en las Apuestas Online de la mano de Compañías Extranjeras especialmente británicas.

- Codere con William Hill

- Cirsa con Ladbrokes

- Orenes con Betbull

Los Operadores Extranjeros buscan estas alianzas con Operadores Nacionales por tres motivos:

1º Las compañías españolas tienen contactos para influir en las autoridades autonómicas

2º Las firmas extranjeras controlan este negocio, sobre todo en infraestructura

3º La posibilidad de introducir las máquinas de apuestas online en la hostelería

Las Apuestas Online no están actualmente reguladas en España, aunque el Ministerio del Interior viene trabajando con un borrador que ha sido entregado en Enero’10 a las Comunidades Autónomas con las bases de lo que puede ser su futura regulación.

El plan trasladado a las regiones pasa por tener lista en los próximos meses una ley estatal del juego, que obtenga el máximo consenso posible, y que regule toda actividad de juego “dirigida a todo el

territorio del Estado o a más de una comunidad”. La filosofía de los planes del Gobierno es clara: “Lo que no está permitido, está prohibido”. Así lo deja claro en diferentes puntos del documento, que lleva como título 'Regulación del juego. Visión general'. 

Se calcula que las Apuestas Online generarán ingresos tributarios de unos 100 M€, y actualmente estos ingresos se están quedando en países extranjeros.

Las Apuestas Online son una expresión más del Mercado del Juego, pero no constituyen una amenaza directa y trascendente para las Máquinas “B”, especialmente por el perfil tipo del jugador.Las Apuestas Online no están actualmente reguladas. No deben considerarse una amenaza

importante para las Máquinas “B”. Son una expresión más del Mercado del Juego

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El Sector del Juego en España

• Ingresos Tributarios

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Los Ingresos TributariosEl Sector del Juego en España

Los Ingresos Tributarios por Juegos de Gestión Privada en 2.008 fueron:

Los Juegos de Gestión Privada generaron 1.811 M€ de ingresos tributarios para las C. Autónomas

Para las Com. Autónomas son muy importantes los Ingresos Tributarios que provienen del Juego de Gestión Privada.

Sólo para la Comunidad de Madrid supuso en 2.008 el 3% de sus Ingresos por Impuestos Indirectos.

Pese a ser un Sector muy regulado por la Administra-ción, la normativa legal permi-te una explotación rentable del mismo.

La Administración no puede prescindir de esta fuente de ingresos, ni está por poner en crisis al sector, así que atiende las demandas de patronales y grupos de presión ante situaciones de inseguridad de explotación

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Funcionamiento del Sector: Máquinas

“B”

• Reinversión constante

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• Contratos de uso corriente• Puestos de trabajo

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Reinversión constante

Funcionamiento del Sector: Máquinas “B”

En el Sector de Máquinas “B” se necesitan unos flujos constantes de inversión, motivada por:

• La tipología de los Contratos de Gestión con un máximo de vigencia legal de 5 años. Esto conlleva la renegociación de los mismos con Pago a Fondo Perdido o no, al igual que en la Captación de contratos de otros Operadores que no pueden satisfacer las demandas del Local ( Bar, Restaurante, …)

• La práctica comercial de renovación de máquinas cada 2-3 años en los Locales, por necesidades técnicas o evolución tecnológica, o porque propician mayores recaudaciones.

Si a estos hechos de índole financiera, unimos:

• La alta atomización del Sector, donde conviven más de 5.000 Operadores con menos de 100 Máquinas

• El desvío de parte de los Flujos de Caja generados a actividades no relacionadas con el mismo – ej. inversión inmobiliaria –

• Las bajadas importantes de recaudación media que se iniciaron en 2.008 motivada por la crisis, frente a los incrementos continuos a años precedentes

Tendremos el Perfil actual del Sector, donde los Pequeños Operadores están ávidos por vender su negocio, o no pueden atender las demandas de Pagos por renegociación de contratos; al igual ocurre con los Grandes Operadores que tienen sus “huevos puestos en otros cestos” con altas demandas de inversión, produciendo una escasez real de inversión destinada a la renegociación y / o captación de contratos.

En este Sector, el control de la Caja Operativa es de vital importancia. Es un Sector que a partir de cierto nivel de ingresos se autofinancia constantemente, pero no se le pueden detraer recursos financieros sin evaluar los requerimientos futuros de fondos.

La Reinversión constante, la Autofinanciación y el control estricto de la Caja Operativa son las características básicas de gestión del negocio. Las oportunidades de negocio aparecen

por la falta de financiación de las Operadoras para hacer frente a la Gestión diaria del mismo

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Contratos de uso corrienteFuncionamiento del Sector: Máquinas “B”

Contratos de Gestión:

Los Contratos de Gestión de explotación de Máquinas tipo “B” tienen un máximo de vigencia legal de 5 años, y son negociados por los Comerciales de las Operadoras ( se dedican a la Captación de nuevos Locales / Contratos o a la Renegociación de los Contratos que vencen ).

Los Contratos se realizan por Local – Bares y Restaurantes - y contemplan la explotación de 1-2 Máquinas. En ellos se estable la distribución de los Ingresos entre Local y Operadora, normalmente al 50% ( a la Recaudación Bruta se le deducen las Tasas de Juego que paga la Operadora )

Las rentabilidades que se pueden obtener en función de la Recaudación Bruta determinan los Pagos – la Inversión – a realizar por cada nueva máquina instalada o contrato negociado. No es corriente instalar una Máquina o negociar un Contrato sin Pago por la instalación.

Estos hechos determinan unos Contratos tipo:

• Fondo Perdido. Se paga una cantidad sin tener en cuenta la Recaudación del Local

• Fondo Perdido con Aval. La cantidad pagada a Fondo Perdido se condiciona a una Recaudación del Local y el Local - el Bar - garantiza los retornos estimados con un aval.

• Fondo Perdido con Préstamo. La cantidad entregada es con carácter de Préstamo y en función de la Recaudación se establecen las amortizaciones financieras, resultando a veces una condonación parcial del mismo.

• De Préstamo Puro. La cantidad entregada es una facilidad de acceso al crédito al Local, con una tasa de interés pactada y unas amortizaciones a deducir de la Recaudación hasta su cancelación.

Contratos de Compra de Activos:

Se realizan entre Operadoras, y conllevan la Cesión de los Contratos de Gestión y las Máquinas instaladas en los Locales objeto de los Contratos con el Pago de un Precio pactado.

En estos contratos la Operadora vendedora deberá entregar todos los Contratos de Gestión con 5 años de vigencia hasta su vencimiento.

Estos contratos siempre están vinculados con objetivos de Recaudación o de rentabilidad mínimos.

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Puestos de trabajoFuncionamiento del Sector: Máquinas “B”

Básicamente el Personal contratado en una Empresa Operadora se dedica:

• En las Oficinas Centrales a la :

•Administración contable y financiera del negocio

•Gestión de Contratos

•Relaciones con las Administraciones Autonómicas ( altas / bajas / tasas / incidencias /… )

• En el exterior:

•Captación de nuevos Locales / Contratos

•Recaudación de Máquinas

•Mantenimiento de Máquinas

Es común, entre Operadores pequeños, la Cesión a terceros de los trabajos de Recaudación y Mantenimiento. A partir de 100 Máquinas es necesario plantearse la Gestión Propia de estas tareas.

También es común la Gestión Externa de las relaciones con las Administraciones. Nuestro Plan de Negocio siempre la contempló como externa.

Los Comerciales, además de su Salario Base pactado, suelen cobrar unas cantidades en función de su productividad – de su captación de nuevos contratos -.

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Propuesta de Inversión

max-machine S.L.max-machine S.L.

• Resumen de Propuestas

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Resumen Propuestas de Inversión

( * ) Extraido de la IP’s financieras

Vamos a desarrollar a continuación la opción de Crecimiento Orgánico – Probable, expresando posteriormente los diferenciales con las otras 2 opciones.

Es recomendable analizar este apartado de la presentación desde las Propuesta Financieras adjuntas.

TABLA DE RESULTADOS DE LAS HIPÓTESIS : PLAN DE NEGOCIO max-machine

Modelo a 10 añosTasa wacc 9,97%Tasa crecimiento a perpetuidad Valor Terminal2,50%

Probable Optimista Orgánico Compra Act.Org. + C. Act.Recaudación bruta año 18.080 19.361 18.080 19.361Máquinas instaladas año-10 2.760 2.760 2.760 200 2.960Inversión comprometida 10 años 39.912.908 39.912.908 47.901.628Necesidades de Tesorería 3.055.186 5 primeros años 2.441.505 4 primeros años 4.515.377 2 primeros años

FCL 3.052.727 7.722.505 6.520.123VAN 156.866 2.421.420 1.226.847TIR 11,0% 23,7% 14,80%

VE = Valor empresa 13.934.622 22.588.539 19.720.344TIR con VE 40,50% 50,70% 37,88%

CRECIMIENTO ORGÁNICO CRECIMIENTO ORGÁNICO + COMPRA ACTIVOS ( 200 Máq.)

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Propuesta de Inversión

max-machine S.L.max-machine S.L.

• Hip. Probable - Crec. Orgánico

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Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

La Propuesta de Inversión se apoya en :

Ir de la mano de unos Promotores que conocen perfectamente el Sector de Máquinas “B” desde hace más de 15 años, teniendo actualmente presencia en el mismo.

Disponibilidad de los Promotores para la Gestión diaria del negocio

La Oportunidad de Mercado ante la escasez de financiación de los Grandes Operadores para:

- Mantener la demanda de inversión de sus Máquinas actuales

- Dedicarse a la Concentración del sector.

Realizarse en la C.A. de Madrid, donde se obtiene la media de Recau-dación por Máquina más alta del Sector en España.

Page 29: Presentac plan de negocio max machine sl

La Propuesta de Inversión Base se desarrolla bajo las hipótesis de:

( * ) Extraido de la IP financiera

- No se imputan en el modelo Gastos Financieros, ya que toda la inversión se desarrolla con Recursos Propios

Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

Page 30: Presentac plan de negocio max machine sl

Desarrollado el Proyecto, en el año-10, seríamos un Operador relevante de Máquinas “B” de Madrid, con una cuota de mercado aprox. del 10%

( * )

( * ) Provienen de la Captación y Renovación de contratos

( * ) Extraido de la IP financiera

Inversión y Tesorería

No se prevee el uso de Renting

Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

Page 31: Presentac plan de negocio max machine sl

Inversión vs Flujo de Caja Libre

( * ) Extraido de la IP financiera

Hasta el Año-6 no obtendríamos tesorería excedentaria

Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

Page 32: Presentac plan de negocio max machine sl

Resumen Financiero de la Inversión

En realidad el Mercado valoraría HOY una empresa Operadora con 2.760 Máquinas activas en aprox. 55,0 M€

( * ) Extraido de la IP financiera

Proyecto con una buena rentabilidad operativa y altas expectativas de ingresos en una hipotética desinversión

Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

El TIR incluido el Valor de empresa sería de 40,5%

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max-machine alcanzaría tasas de rentabilidad similares a los Líderes actuales del Sector

Propuesta de Inversión: Orgánica - Probable

Ctas de Explotación Comparativas

Máquinas Recreativas de Codere en España Plan de Negocio max-machine ( 2 )

2007 2008 Año-1 Año-10

Ingresos 204.221.000 100,0% 208.603.000 100,0% 632.800 100,0% 45.380.800 100,0%

Gastos explotación -155.982.000 -76,4% -174.371.000 -83,6% -734.819 -116,1% -38.999.102 -85,9%Depreciac.,Amortiz. y deterioro -25.743.000 -12,6% -29.494.000 -14,1% -136.300 -21,5% -6.065.209 -13,4%Variac. Operac. Tráfico -2.482.000 -1,2% -4.053.000 -1,9% 0 0,0% 0 0,0%Otros Gastos de Explotac. -127.757.000 -62,6% -140.824.000 -67,5% -598.519 -94,6% -32.933.893 -72,6%

Gastos intersegmentos ( 1 ) -3.556.000 -1,7% -4.178.000 -2,0% 0 0,0% 0 0,0%

Beneficio Explotación 44.683.000 21,9% 30.054.000 14,4% -102.019 -16,1% 6.381.698 14,1%

Resultados Financieros -1.997.000 -1,0% -3.982.000 -1,9% -1.400 -0,2% -38.640 -0,1%

Beneficio antes de Impuestos 42.686.000 20,9% 26.072.000 12,5% -103.419 -16,3% 6.343.058 14,0%Impuesto sobre Bº -13.158.000 -6,4% -7.580.000 -3,6% 25.855 4,1% -1.585.764 -3,5%

Beneficio del ejercicio 29.528.000 14,5% 18.492.000 8,9% -77.564 -12,3% 4.757.293 10,5%

Número de Máquinas 15.431 15.963 35 2.510Ingresos medios x máquina ( 3 ) 13.234 13.068 18.080 18.080

( 1 ) Corresponde a los Gastos de estructura prestados por la empresa matriz

( 2 ) Cuentas de Plan de Negocio por crecimiento orgánico

( 3 ) Los ingresos medios de Codere representan la media nacional y los de Andromatic la media de C.A. Madrid

No se han tenido en cuenta en el comparativo de max-machine la Gestión Propia de Recaudación y MantenimientoSi imputamos la Gestión Propia mejorarían los Resultados en aprox. 130€ / Máq.

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Otras Propuestas de Inversión

max-machine S.L.max-machine S.L.

• Hip. Optimista con Crec. Orgánico

• Hip. Probable + Compra de Activos

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Comparativo Crec.OrgánicoOtras Propuestas de Inversión

Es el mismo Plan de Negocio que el desarrollado anteriormente como Hipótesis Probable, salvo en que el valor medio de Recaudación bruta es la media de Madrid de 2.008 – 19.361 €/máq. –

Los resultados financieros se duplican prácticamente.

Las Necesidades de Tesorería disminuyen en 613.681€, y se adelanta en un año el Flujo de Caja positivo

( * ) Extraido de la IP’s financieras

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Otras Propuestas de InversiónLa Prop.Inversión:Probable + Compra Act.

La Compra de Activos – 200 máquinas en los 2 primeros años - conlleva unos aumentos de Inversión durante los 10 años contemplados de unos 8 M€, y alcanzando unos resultados financieros equiparables a la Hip. Crec. Orgánico.

Las Necesidades de Tesorería serían de 4,5 M€ para los Años-1 y 2.

Los Flujos de Caja positivos se alcanzarían al 3er. año

El Valor de Mercado de la empresa sería superior, al tener 200 máquinas más, no así su Valor de empresa por el componente financiero de la valoración.

( * ) Extraido de la IP’s financieras

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Plan de negocio

• Bibliografía y Fuentes• Previas: Aviso Legal

max-machine S.L.max-machine S.L.

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Previas: Aviso LegalPrevias: Aviso Legal

Este Plan de Negocio ha sido encargado por D.xxxxxx xxxxxx xxxx y es, por consi-guiente, para su uso confidencial.

El autor del Informe no se responsabiliza de las consecuencias que la transmisión deéste a terceras partes pueda suponer. Este Informe no es una propuesta para inver-tir o desinvertir en el negocio valorado, y no toma en consideración los interesesespecíficos, la situación financiera o las necesidades particulares de la persona oentidad que solicita el informe. La información contenida en este Informe es unaopinión y de naturaleza puramente informativa, y en ningún caso ha de ser consi-

derado como recomendación o consejo.

La información en la que este Informe ha basado sus conclusiones ha sido obtenidade las siguientes fuentes:

• Datos financieros, comerciales, operativos, gerenciales y expectativas de nego-cio proporcionados por xxxx xxxxxx acerca de la explotación del este tipo de negocio

en las entrevistas previas mantenidas. No se realizó ninguna visita a la empresa analizada, ni han sido entrevistados sus empleados ni sus directivos. • Datos financieros de bases de datos consideradas fiables, como AXESOR, el

Registro Mercantil de Madrid, la CNMV, y el Ministerio del Interior • Los datos macroeconómicos y la información acerca de los mercados de capital,así como las proyecciones propias y de terceras partes sobre el sector en cuestión

han sido previamente analizadas y estructuradas por el autor.

El autor Analista no ha auditado ni comprobado la información provista por D. xxxxxxxxxx, sí ha comprobado que las variables de explotación del negocio concuerdan

con las típicas del sector en cuestión.Cualquier error o imprecisión en los datos provistos y/o analizados detectado comoresultado de una auditoría, “due diligence” u otro proceso, necesariamente implicará

una modificación en las conclusiones de este Informe.

El autor Analista pretende firmemente mantener sus valoraciones tan actualizadascomo sea posible con respecto a las tendencias actuales del mercado. Sin embargo,la volatilidad del mercado, así como los cambios en las actitudes de los inversoresacerca de ciertos modelos de negocio, podrían hacer que este Plan de Negocio se

quede obsoleto después de un periodo de tiempo relativamente corto.La valoración incluida es una opinión, no un hecho, y como resultado de esto, puede

estar sujeto a cambios en el transcurso del tiempo.

El autor Analista no acepta ninguna responsabilidad derivada de las diferentesopiniones de otros expertos, y se reserva el derecho a modificar su propia opinióndespués del cierre de este Informe sin tener la obligación de informar a ninguna de

las partes interesadas.

Cualquier impresión o reproducción de este informe ha de ir acompañada de unacopia de esta página de aviso

Fco. Fdez. RegueroLicenciado en CC.EE. y EE.

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Bibliografía y Fuentes:

Información sobre funcionamiento del Sector de Máquinas “B” expresada por los Promotores.

Ministerio del Interior . Informe Anual del Juego en España 2008

B.O.C.M. Boletín Oficial de la C.A. de Madrid

Memorias y Depósitos de Cuentas anuales de CODERE, GALA CORAL, ORENES, CARTAYA, UNIPLAY ( Cirsa ), …

Información extraída del blog de la consultora de juego Laura Guillot sobre el Juego Online y el Sector en general.

Información extraída de la Valoración de CODERE realizado por Ibersecurities y Banesto.

Elaboración propia de modelos financieros.

Bibliografía y Fuentes