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Ley de Petróleos Mexicanos Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-11 Numero Interno XXXXXX Bases de Adquisición de Bienes. Ver. 1 Marzo de 2011 Página 1 Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Junio del 2011 PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL OBJETO DE LA LICITACIÓN: SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRUEBAS DE LOS COMPRESORES DE AIRE TAG 81-C-31A DE LA PLANTA TRANSFORMADORA DE AROMÁTICOS, TAG-C-810M DE LA PLANTA OXIDO DE ETILENO Y TAG PC-4 DE LA PLANTA OXIGENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 20 DE JULIO DEL 2011; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: ING. CARLOS LOPEZ SOLIS AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected] La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-11 Numero Interno XXXXXX

Bases de Adquisición de Bienes. Ver. 1 Marzo de 2011 Página 1

Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Junio del 2011

PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS

PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL OBJETO DE LA LICITACIÓN: SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRUEBAS DE LOS COMPRESORES DE AIRE TAG 81-C-31A DE LA PLANTA TRANSFORMADORA DE AROMÁTICOS, TAG-C-810M DE LA PLANTA OXIDO DE ETILENO Y TAG PC-4 DE LA PLANTA OXIGENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 20 DE JULIO DEL 2011; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: ING. CARLOS LOPEZ SOLIS AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected] La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL

No. 18578011-50X-11

“Bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE) y bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC-México-Japón y TLC México Chile”

EL OBJETO DE LA LICITACIÓN ES:

“SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRUEBAS DE LOS COMPRESORES DE AIRE TAG 81-C-31A DE LA PLANTA TRANSFORMADORA DE AROMÁTICOS, TAG-C-810M DE LA PLANTA OXIDO DE ETILENO Y TAG PC-4 DE LA PLANTA OXIGENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA”

Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX Petroquímica a través de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos, Villahermosa C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 13000 ext. 33,059 y 33692; correo electrónico: [email protected], [email protected] y rosa. [email protected]; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional diferenciada presencial numero 18578011-50X-11, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núms. 436-42150-B-1015238, 436-42160-B-1015239 y 436-42160-B-1015241, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: “SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRUEBAS DEL COMPRESOR DE AIRE TAG 81-C-31A PLANTA TRANSFORMADORA DE AROMÁTICOS, TAG-C-810M PLANTA OXIDO DE ETILENO Y TAG PC-4 PLANTA OXIGENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA” (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 25

Documentos.

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Cronograma del Procedimiento de Contratación.

Actos Fecha Hora Sala/Dirección

Fecha límite para adquirir las bases

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Visita(s) a instalaciones

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Junta de aclaraciones. ______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Plazos para que la convocante solicite aclaraciones a las propuestas presentadas y/o para que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el segundo párrafo del artículo 29 de las DAC´s

Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Junta Pública para dar a conocer el Fallo de la licitación (Fecha estimada).

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Formalización del contrato (Fecha estimada).

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO 01 Especificaciones Técnicas. 02 Aspectos Administrativos. 03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante

03-A Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de propuestas.

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

06 Formato de propuesta Técnica. 06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos, conforme al artículo 23 de las DAC´S.

06-C Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: • Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-A Modelo de fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

09

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario

10 ó 10-A

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Bienes de Origen Nacional)

10-B

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado ene le Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Bienes Importados)

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. NO APLICA 13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. NO APLICA 14 Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”. 15 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal. 16 Modelo-Guía del Contrato. 17 Causas de desechamiento 18 Niveles de inspección de bienes. 19 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental. 20 Formato de manifestación para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la

solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO presentar declaraciones periódicas en México, referente al último párrafo regla 1.2.1.15 de la resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 03 de diciembre 2010.

21 Formato para la manifestación que deberán presentar los proveedores de bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.1 del documento “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”

22 Formato para la manifestación que deberán presentar los proveedores de bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.2 del documento “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”

Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TECNICAS

PDA. CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN

1 1.00 PIEZA COMPRESOR PARA SUMINISTRAR AIRE LIBRE ACEITE ACOPLADO A MOTOR ELÉCTRICO SECADOR DE AIRE CAP. 690 PIES CÚBICOS/MIN. MÁXIMO 128 PSIG SISTEMA DE ADMISIÓN Y DESCARGA SISTEMA DE ENFRIAMIENTO SISTEMA DE LUBRICACIÓN Suministro, Instalación, puesta en operación, capacitación y pruebas de un compresor, tipo paquete, estacionario (unidad completa), de tornillos rotatorios, enfriado por agua o aire, equipado con módulo de control electrónico y paquete de secado, accionado por un motor eléctrico horizontal del tipo jaula de ardilla. <<< Que cumpla con las siguientes condiciones de operación: a. Suministro de aire limpio, seco y LIBRE DE ACEITE para la instrumentación instalada de la planta Transformadora de Aromáticos. b. Calidad del aire de salida deberá de cumplir con la Norma ISO 8573-1 c. Presión Barométrica...................................... 14.7 Psia d. Humedad relativa........................................... 100% e. Peso molecular del aire en la entrada........... 28.96 f. Temperatura del Aire en la Succión Ambiente g. Presión a la entrada...................................... 14.4 Psia h. Presión de descarga...................................... 134.7 Psia i. Capacidad esperada...................................... 2623 Lb/Hr j. Capacidad en la entrada a 14.4 psia.............. 572 SCFM EL PAQUETE DEBE INCLUIR LO SIGUIENTE: 1.- Compresor rotatorio Libre de aceite, ensamblado y ajustado de acuerdo a la norma ISO-10440-2 2001; compuesto e integrado como mínimo por los Siguientes componentes: Silenciador en la admisión de aire; Filtro de aire en la admisión; Trampas de condensado y una válvula de relevo de acuerdo a la norma API-619-Tercera edición en el numeral 5.4.3.6; Conexiones flexibles entre filtro de admisión, válvula de admisión, Sistema de regulación Controlado por el módulo electrónico; Silenciador de la descarga; Válvula check y Un Compensador de vibraciones de la línea de salida del aire. 2.- Sistema de enfriamiento: por agua deberá de cumplir lo indicado con la norma ISO-10440-2 2001. 3.- Sistema de secado integrado al compresor. Deberá de cumplir lo indicado en la Norma: ISO 8573-1, Reporte de pruebas conforme a lo establecido en la norma ISO 7183 2007 y ANSI/ISA 7.0.01 1996. 4.- Sistema de Lubricación del compresor que cumpla con la Norma ISO 10440-2 y contar como mínimo con lo siguiente: una Bomba principal de aceite de desplazamiento positivo y una bomba auxiliar de acuerdo a la norma API-619-Tercera edición en el numeral 4.10., Depósito de aceite fabricado en acero inoxidable con capacidad de acuerdo al fabricante, Líneas de suministro y retorno

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de aceite en acero inoxidable, enfriador del aceite, Filtro doble de aceite con sus elementos y válvula de By-pass; Válvula reguladora de la presión de aceite; Mirilla indicadora del nivel de aceite; Sistema de respiración del depósito de aceite con desfogue exento de vapores de aceite; Accesorios e instrumentos necesarios. 5.- Acoplamiento: Directo por medio de brida y/o flexibles de laínas de acuerdo al API-671 cuarta edición. 6.- Base y Cabina para Compresor y Motor: El paquete deberá contar con cabina silenciadora en lámina metálica de doble cerradura en cada puerta montada sobre una base de acero estructural, la laminas metálicas deberán estar recubiertas con espuma aislante para abatir el nivel sonoro hasta aproximadamente 85 decibeles con material resistente al fuego. La lamina y base deberán estar protegidos externamente con recubrimiento y acabados para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. De acuerdo a la norma NRF-053-PEMEX-2006. La base deberá contar con amortiguadores de vibración entre el ensamble del motocompresor y la misma base. 7.- Sistema Eléctrico del compresor deberá; cumplir con la Norma NRF-095-PEMEX-2005 y NOM-001-SEDE 1999 (Instalaciones Eléctricas). Además debe contar como mínimo con lo siguiente: a. Motores eléctricos de inducción tipo jaula de ardilla, montaje horizontal, Totalmente cerrado con ventilación exterior, voltaje 480 VCA, 150 hp, 60 Herz, 3 fases, Clase 1, Div.2, Grupo C y D para áreas peligrosas, Aislamiento clase B. b. Cubículo eléctrico para arrancador de tensión reducida, transformador de voltaje de control y sistema electrónico de control. c. Arrancador de tensión reducida, tipo Estrella-Delta, con relevador contra sobrecarga del motor. d. Transformador de voltaje de control para arrancador y sistema electrónico de control. e. Los cables de alimentación eléctrica para el sistema de fuerza debe ser del tipo THHW-LS y cumplir con la NOM-063-SCFI-2001. f. La tubería conduit (Galvanizada) para el sistema eléctrico debe cumplir con la norma NMX-J-534- ANCE-2008. g. Un relevador de protección de motor a base de micro procesadores, con pantalla para monitorear parámetros eléctricos: corriente, voltaje, así como registro de eventos. El relevador se debe instalar en el cubículo del arrancador. 8.- Modulo Electrónico de Control: Basado en microprocesadores con pantalla de cristal líquido de 4 renglones por 30 caracteres como mínimo con disponibilidad de configuración en idioma español; Para controlar, monitorear y proteger el equipo; deberá mostrar como mínimo lo siguientes puntos: Datos de Estado del Compresor: Voltaje conectado Operación automática Compresor en Carga Compresor en Descarga Máxima presión de descarga permitida Funcionamiento Local/Remoto del control del compresor.

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Controles del Compresor: Encendido/Apagado Paro de Emergencia Restablecer Prueba Indicaciones de Requerimientos de Servicio: Cambio de Aceite Cambio de Filtros Mantenimiento anual Limpieza de enfriadores de agua y aceite. Contadores: Total de horas trabajando Arranques del motor Horas en Carga Señales: Arranque/Paro Alarma General Estado del compresor ON/OFF Lecturas Numéricas de Temperatura en: Salida de aire Rodamientos del motor eléctrico Rodamientos del compresor Sistema de enfriamiento Aceite Lecturas Numéricas de Presión en: Aire entregado. Diferencial de presión en el filtro de aire En Aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Alarmas): Alta temperatura del aire en la descarga del compresor Alta temperatura en rodamientos del motor Alta Vibración en rodamientos del compresor Alta temperatura en el sistema de enfriamiento Alta temperatura en el aceite Baja presión de aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Disparos): Alta Temperatura en el compresor Sobrecarga en el motor del compresor Alta temperatura en el aceite Baja presión de aceite Parada de Emergencia Alta temperatura en rodamientos del motor Alta Vibración en rodamientos del compresor Baja presión de aceite 9.- La Instalación, Pruebas y Puesta en operación del Equipo incluye lo siguiente:

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a. El proveedor deberá considerar toda la herramienta, equipo, materiales y el personal necesario que garantice la correcta ejecución de la instalación del equipo y partes componentes, hasta la puesta en operación del equipo. b. El proveedor deberá construir una base de concreto para el montaje del compresor. Los materiales a utilizarse deberán ser proporcionados por el proveedor. La base de concreto deberá cumplir con lo indicado por el fabricante del equipo, así como con la norma NRF-159-PEMEX-2006 "Cimentación de estructuras y equipos" además de la norma ISO-10440-2. c. El proveedor deberá proporcionar un juego de copias simples legibles de los planos estructurales de la base de la cimentación. d. El proveedor deberá suministrar, instalar y conectar; la tubería, accesorios y soportes necesarios para la integración de la línea de salida de aire de la descarga del compresor. e. Deberá suministrar, habilitar e instalar toda la tubería conduit, accesorios para tubería conduit (niples, cajas de registro, tuerca unión, cople flexible, sello, etc.) Adecuados para su instalación en áreas clase 1 división 2 grupos C y D y herrajes para el soporte de la tubería de los cabezales y disparos para las diferentes trayectorias que van desde las unidades de control en los cuartos de control disponible hacia los distintos al sitio donde quedara instalado el compresor. f. El proveedor deberá suministrar e instalar las cajas condulets con tapa roscada con "o" ring de vitón o neopreno para sello hermético. g. El proveedor deberá suministrar e instalar el cableado de alimentación y control que va desde los Cuartos de Control de Motores (CCM) hacia el compresor instalado en campo, el cual no deberá presentar ningún empalme en sus diferentes trayectorias, es decir, en la instalación de los conductores debe existir continuidad eléctrica efectiva a lo largo de todo el circuito. Los conductores deberán ser físicamente continuos (sin empalmes). El cable de alimentación y de control debe ser del tipo THW. h. El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases y accesorios necesarios para interconectar el CCM al compresor. i. El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases, hardware y accesorios necesarios para interconectar del compresor con la secadora de aire. j. El proveedor deberá conectar eléctricamente los motores del compresor y Secador de aire. k. El proveedor deberá configurar y poner en marcha el compresor así como también realizar los ajustes necesarios de control con personal certificado por el fabricante. l. La tubería de salida de aire del compresor, accesorios, soportes y herrajes deberán ser protegidos de acuerdo a la norma NRF-O53-PEMEX-2006, para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. m. El proveedor deberá realizar pruebas de funcionamiento del compresor las cuales deberán cumplir con las condiciones de operación requerida, mismas que serán atestiguadas por los ingenieros especialistas de mantto. De la planta donde se instalara el compresor. 10.- La Capacitación estará comprendida dentro del plazo de entrega y deberá realizarse una vez puesta en operación el compresor. Esta capacitación se realizara en dos grupos de 5 personas cada uno (5 personas del área de operación y 5 personas en área de mantenimiento.)

- Entrenamiento para 5 personas del área de operación:

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Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turnos de 8 Hrs. diarias Incluye: material didáctivo manual de operación (preparativos de arranque, puesta en operación, paro normal del equipo, paro de emergencia, filosofía de la operación) Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. - Entrenamiento para 5 personas del área de mantenimiento: Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turnos de 8 Hrs. diarias Incluye: Material didáctivo (manual de mantenimiento, literatura para mantenimiento para el compresor y sistema de secado de aire, operación y configuración de parámetros del controlador digital, diagramas eléctricos, diagramas de flujo, frecuencia de mantto. recomendado, información de calibración y ajustes de parámetros de la instrumentación). Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. La información proporcionada para el entrenamiento deberá estar en el idioma español.

<<< NOTAS GENERALES: >>> 1.- Tipo de entrega: partida completa. 2.- Normas y/o especificaciones: -Numeral 1,2 y 4: ISO10440-2-2001 a. Capítulo 4.- Diseño básico b. Capítulo 5.- Accesorios c. Capítulo 6.- Inspección, prueba e instalación d. Capítulo 7.- Propuesta e Instalación - Numeral 3: Norma ISO-8573-1 los puntos que aplican de la norma son: a. Capítulo 4.- Sistema de aire comprimido b. Capítulo 5.- Contaminantes c. Capítulo 6.- Calidad de aire comprimido - Numeral 5: Norma API-671 a. Capítulo 2.1.1 Selección de acoplamiento

- Numeral 6: Norma NRF-053-PEMEX-2006 los puntos que aplican de esta norma son:

a. Capítulo 8.2.6.3 Inhibidores de corrosión b. Capítulo 8.3.2 Condiciones mínimas para determinar un sistema de

protección anticorrosiva c. Capítulo 8.3.3 Espesores mínimos de los sistemas de protección

anticorrosiva d. Capítulo 8.4.1.3 Criterios de aceptación e. Capítulo 8.5.2 Criterios de aceptación

- Numeral 7: Norma NRF-095-PEMEX-2004 los puntos que aplican de esta

norma son: a. Capítulo 8.1 Especificaciones

b. Capítulo 8.1.1.1 Placa de datos c. Capítulo 8.1.1.2 Información proporcionada por proveedor o fabricante

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d. Capítulo 8.1.2.3 Tolerancia de variación de la frecuencia nominal e. Capítulo 8.1.2.6 Tensión eléctrica de alimentación a motores f. Capítulo 8.1.2.12 Niveles de eficiencia nominal en motores de corriente

alterna trifásicos g. Capítulo 8.1.3 Especificaciones térmicas h. Capítulo 8.1.3.1.7 Clase de aislamiento i. Capítulo 8.1.4 Especificaciones mecánicas j. Capítulo 8.2 Características de construcción k. Capítulo 8.3.1 Prueba de rutina

NOM-001-SEDE-1999: los puntos que aplican de esta norma son: a. Capítulo 4.2 Alambrado y protección b. Capítulo 4.3 Métodos de alambrado y materiales c. Capítulo 4.5 Ambientes especiales

3.- Información requerida para el licitante: El licitante deberá incluir en su propuesta el original o copia legible de la ficha técnica del compresor y sus componentes por parte del fabricante que permita verificar cada partida cuente con su especificación técnica, marca, numero de parte y modelo para su evaluación técnica y condiciones operativas del compresor para su evaluación técnica. En caso de ser otro idioma diferente al español, presentara traducción simple a este idioma, con la finalidad de realizar la evaluación técnica. La falta de esta información será motivo de desechamiento de la propuesta. 4.- Información requerida para el proveedor: 4.1 El proveedor será responsable de cumplir con el reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de evaluación del impacto ambiental y demás disposiciones legales que en materia ambiental le sean aplicables; cumplir con las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental que deben cumplir los contratistas proveedores y adjudicatarios en el Complejo Petroquímico Cangrejera. 4.2.- El proveedor deberá considerar dentro del alcance, personal técnico especialista para las pruebas finales y puesta en marcha del equipo. 4.3.- Nivel de inspección: Nivel de inspección III aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por Pemex, en las instalaciones del proveedor o en destino final. Conforme al numeral 12 del procedimiento institucional para la inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en Petróleos Mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales (Rev. 01, del 10 de septiembre de 2009) al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, la siguiente documentación:

A) remisión o factura (copia). Si aplica B) pedimento de importación (original o copia simple legible). Si aplica C) certificado de origen (original o copia simple). Si aplica D) garantía comercial del fabricante (original o copia certificada). Si aplica E) Certificado de calidad e informes de resultado de laboratorio. Si aplica. F) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. No aplica.

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G) Protocolo de pruebas. Si aplica H) Documentación técnica (original e copia certificada). Si aplica I) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. Si aplica

Conforme el numeral 15.3 del procedimiento en comento, se verificará documental y físicamente, los siguientes puntos:

1) Especificaciones contractuales. Si aplica 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. Si aplica 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. Si aplica 4) Las pruebas finales. Si aplica 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. Si aplica 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. Si aplica 7) La documentación que establece el contrato. Si aplica Además, el proveedor junto con los bienes, deberá entregar: - La documentación original o copia legible de los catálogos, fichas

técnicas o dibujos de los bienes propuestos, los cuales en caso de ser otro idioma diferente al español, presentar una traducción simple a este idioma.

- Los bienes claramente identificados, con número de parte, número de contrato correspondiente y el nombre del fabricante.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, indicando que los bienes entregados son nuevos, originales, genuinos de la marca y tipo pactado en el contrato.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, en el cual manifieste las normas o especificaciones que cumplen los bienes suministrados.

- Ficha técnica en el que se incluye las características de los bienes que está entregando, identificado con su número de parte de la marca propuesta.

- Planos de distribución general del compresor con todos y cada una de las partes que la integran el equipo, los números de identificación de cada equipo deben concordar con los que aparecerán físicamente en sus placas de identificación. - Diagramas eléctricos y unifilares; los cuales deben de indicar las interconexiones entre las partes componentes. - El proveedor deberá entregar al Grupo técnico de la planta la documentación original que a continuación se describe en la puesta en operación del equipo. *Certificados originales de pruebas avalados por el fabricante del equipo que se detallan a continuación: *Conformidad del compresor y Secador *Funcionamiento del compresor * Curvas de nivel de ruido del motor de Compresor * Reporte de prueba del motor *Hidrostática de los enfriadores -Hidrostática a trampas de condensado *Certificados de materiales de los siguientes componentes: *Trampas de condensado

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*Elementos de compresión * Enfriadores - Dos Manuales originales de operación y mantenimiento con su listado de partes de cada uno de los equipos integrantes del sistema de compresión y secado, mismos que deberán incluir los diagramas eléctricos a nivel componente de las tarjetas y módulos. Planos de instalación definitiva, con detalles de la instalación de los equipos que incluyan relación de materiales y accesorios instalados, los manuales e información técnica deberá venir en idioma ingles con una traducción simple al idioma español. *Planos de base de cimentación * Planos de montaje de equipo y dimensiones. * Protocolo de aceptación en el sitio * Reporte de pruebas * Planos y dibujos de los enfriadores *Entregar copia de los archivos electrónicos digitales en formato Pdf, de la documentación técnica y de los archivos electrónicos digitales de los planos. El proveedor deberá identificar toda la documentación entregada con un número consecutivo, mismo que debe estar referido en un índice.

4.4.- El proveedor deberá visitar el sitio de instalación del bien y coordinarse con los encargados del área de operación y del área de mantenimiento para el suministro, instalación, puesta en operación, capacitación y prueba del compresor. 5.- Condiciones de empaque: de acuerdo al criterio del fabricante para evitar daños debido a que incluye suministro, instalación, capacitación y puesta en operación. 6.- Todos los bienes propuestos deberán ser nuevos.

2 1.00 Pieza COMPRESOR DE AIRE TIPO TORNILLO ROTATORIO LIBRE DE ACEITE OPERADO POR UN MOTOR ELECTRICO. Suministro, Instalación, puesta en operación, capacitación y pruebas de un compresor, tipo paquete, estacionario (unidad completa), de tornillos rotatorios, enfriado por agua o aire, equipado con módulo de control electrónico y paquete de secado, accionado por un motor eléctrico horizontal del tipo jaula de ardilla. <<< Que cumpla con las siguientes condiciones de operación: a. Suministro de aire limpio, seco, LIBRE DE ACEITE, libre de partículas e hidrocarburos según norma NRF-149-PEMEX-2005 para la instrumentación instalada de la Planta de Óxido de etileno. b. Calidad del Aire de salida Deberá de cumplir con la Norma NRF-149-PEMEX-2005 c. Presión Barométrica...................................... 14.7 Psia d. Humedad relativa........................................... 95%, 50% min y 78% promedio e. Peso molecular del aire en la entrada........... 28.96 f. Temperatura del Aire en la Succión………….42°C máx., 21°C min., 30°C promedio. g. Presión a la entrada...................................... 0 Pslg. h. Presión de descarga...................................... 125 Psig i. Capacidad esperada...................................... 500 (SCF/min) EL PAQUETE DEBE INCLUIR LO SIGUIENTE:

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1.- Compresor rotatorio Libre de aceite, ensamblado y ajustado de acuerdo a la norma ISO-10440-2 2001; compuesto e integrado como mínimo por los Siguientes componentes: Silenciador en la admisión de aire; Filtro de aire en la admisión; Trampas de condensado y una válvula de relevo de acuerdo a la norma API-619-Tercera edición en el numeral 5.4.3.6; Conexiones flexibles entre filtro de admisión, válvula de admisión, Sistema de regulación Controlado por el módulo electrónico; Silenciador de la descarga; Válvula check y Un Compensador de vibraciones de la línea de salida del aire. 2.- Sistema de enfriamiento: por agua deberá de cumplir lo indicado con la norma ISO-10440-2 2001. 3.- Sistema de secado integrado al compresor. Deberá de cumplir lo indicado en la Norma: ISO 8573-1, Reporte de pruebas conforme a lo establecido en la norma ISO 7183 2007 y ANSI/ISA 7.0.01 1996. 4.- Sistema de Lubricación del compresor que cumpla con la Norma ISO 10440-2 y contar como mínimo con lo siguiente: Bomba principal de aceite y una auxiliar de acuerdo a la norma API-619-T t.ercera edición en el numeral 4.10., Depósito de aceite fabricado en acero inoxidable con capacidad de acuerdo al fabricante, Líneas de suministro y retorno de aceite en acero inoxidable, enfriador del aceite, Filtro doble de aceite con sus elementos y válvula de By-pass; Válvula reguladora de la presión de aceite; Mirilla indicadora del nivel de aceite; Sistema de respiración del depósito de aceite con desfogue exento de vapores de aceite; Accesorios e instrumentos necesarios. 5.- Acoplamiento: Directo por medio de brida y/o flexibles de lainas de acuerdo al API-671 cuarta edición. 6.- Base y Cabina para Compresor y Motor: El paquete deberá contar con cabina silenciadora en lámina metálica de doble cerradura en cada puerta montada sobre una base de acero estructural, la laminas metálicas deberán estar recubiertas con espuma aislante para abatir el nivel sonoro hasta aproximadamente 85 decibeles con material resistente al fuego. La lamina y base deberán estar protegidos externamente con recubrimiento y acabados para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. De acuerdo a la norma NRF-O53-PEMEX-2006. La base deberá contar con amortiguadores de vibración entre el ensamble del motocompresor y la misma base. 7.- Sistema Eléctrico del compresor deberá; cumplir con la Norma NRF-095-PEMEX-2005 y NOM-001-SEDE 1999 (Instalaciones Eléctricas). Además debe contar como mínimo con lo siguiente: *. Motores eléctricos de inducción tipo jaula de ardilla, montaje horizontal, Totalmente cerrado con ventilación exterior, voltaje 440 VCA, 125 hp, 60 Herz, 3 fases, Clase 1, Div.2, Grupo C y D para áreas peligrosas, Aislamiento clase B. *. Cubículo eléctrico para arrancador de tensión reducida, transformador de voltaje de control y sistema electrónico de control. *. Arrancador de tensión reducida, tipo Estrella-Delta, con relevador contra sobrecarga del motor. *. Transformador de voltaje de control para arrancador y sistema electrónico de control. *. Los cables de alimentación eléctrica para el sistema de fuerza pueden ser toda

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marca y deben ser del tipo THHW-LS y cumplir con la NOM-063-SCFI-2001. *. La tubería conduit (Galvanizado) para el sistema eléctrico debe cumplir con la norma NMX-J-534- ANCE-2008. *. Un relevador de protección de motor a base de micro procesadores, con pantalla para monitorear parámetros eléctricos: corriente, voltaje, así como registro de eventos. El relevador se debe instalar en el cubículo del arrancador. 8.- Modulo Electrónico de Control: Basado en microprocesadores con pantalla de cristal líquido de 4 renglones por 30 caracteres como mínimo con disponibilidad de configuración en idioma español; Para controlar, monitorear y proteger el equipo; deberá mostrar como mínimo lo siguientes puntos: Datos de Estado del Compresor: *Voltaje conectado *Operación automática *Compresor en Carga * Compresor en Descarga * Máxima presión de descarga permitida * Funcionamiento Local/Remoto del control del compresor. Controles del Compresor: * Encendido/Apagado * Paro de Emergencia * Restablecer * Prueba Indicaciones de Requerimientos de Servicio: * Cambio de Aceite *Cambio de Filtros *Mantenimiento anual * Limpieza de enfriadores de agua y aceite. Contadores: *Total de horas trabajando * Arranques del motor * Horas en Carga Señales: *Arranque/Paro *Alarma General *Estado del compresor ON/OFF Lecturas Numéricas de Temperatura en: * Salida de aire * Rodamientos del motor eléctrico * Rodamientos del compresor * Sistema de enfriamiento * Aceite Lecturas Numéricas de Presión en: **Aire entregado. *Diferencial de presión en el filtro de aire

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*En Aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Alarmas): *Alta temperatura del aire en la descarga del compresor *Alta temperatura en rodamientos del motor *Alta Vibración en rodamientos del compresor * Alta temperatura en el sistema de enfriamiento * Alta temperatura en el aceite *Baja presión de aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Disparos): * Alta Temperatura en el compresor *Sobrecarga en el motor del compresor *Alta temperatura en el aceite *Baja presión de aceite *Parada de Emergencia *Alta temperatura en rodamientos del motor *Alta Vibración en rodamientos del compresor *Baja presión de aceite 9.- La Instalación, Pruebas y Puesta en operación del Equipo incluye lo siguiente: -. El proveedor deberá considerar toda la herramienta, equipo, materiales y el personal necesario que garantice la correcta ejecución de la instalación del equipo y partes componentes, hasta la puesta en operación del equipo. -. El proveedor deberá construir una base de concreto para el montaje del compresor. Los materiales a utilizarse deberán ser suministrados por el proveedor. La base de concreto deberá cumplir con lo indicado por el fabricante del equipo, así como con la norma NRF-159-PEMEX-2006 "Cimentación de estructuras y equipos" además de la norma ISO-10440-2. -. El proveedor deberá proporcionar un juego de copias simples legibles de los planos estructurales de la base de la cimentación. -. El proveedor deberá suministrar, instalar y conectar la tubería, accesorios y soportes necesarios para la integración de la línea de salida de aire de la descarga del compresor. -. El proveedor deberá suministrar, habilitar e instalar toda la tubería conduit, accesorios para tubería conduit (niples, cajas de registro, tuerca unión, cople flexible, sello, etc.) Adecuados para su instalación en áreas clase 1 división 2 grupos C y D y herrajes para el soporte de la tubería de los cabezales y disparos para las diferentes trayectorias que van desde las unidades de control en los cuartos de control disponible hacia los distintos sitios donde quedara instalado el compresor. -. El proveedor deberá suministrar e instalar las cajas condulets con tapa roscada con "o" ring de vitón o neopreno para sello hermético. -. El proveedor deberá suministrar e instalar el cableado de alimentación y control que va desde los Cuartos de Control de Motores (CCM) hacia el compresor instalado en campo, el cual no deberá presentar ningún empalme en sus diferentes trayectorias, es decir, en la instalación de los conductores debe existir continuidad eléctrica efectiva a lo largo de todo el circuito. Los conductores deberán ser físicamente continuos (sin empalmes). El cable de alimentación y de control debe ser del tipo THW. -. El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases y accesorios necesarios para interconectar el CCM al compresor.

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-. El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases, hardware y accesorios necesarios para interconectar del compresor con la secadora de aire. -. El proveedor deberá conectar eléctricamente los motores del compresor y Secador de aire. -. El proveedor deberá configurar y poner en marcha el compresor así como también realizar los ajustes necesarios de control con personal certificado por el fabricante. -. La tubería de salida de aire del compresor, accesorios, soportes y herrajes deberán ser protegidos de acuerdo a la norma NRF-O53-PEMEX-2006, para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. -. El proveedor deberá realizar pruebas de funcionamiento del compresor las cuales deberán cumplir con las condiciones de operación requerida, misma que serán atestiguadas por los ingenieros especialistas de mantto. de la planta donde se instalara el compresor. 10.- Capacitación estará comprendida dentro del plazo de entrega y deberá realizarse una vez puesta en operación el compresor. Esta capacitación se realizara en dos grupos de 5 personas cada uno (5 personas del área de operación y 5 personas en área de mantenimiento.)

- Entrenamiento para 5 personas del área de operario: Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turno de 8 Hrs. diarias Incluye: material didáctivo manual de operación (preparativos de arranque, puesta en operación, paro normal del equipo, paro de emergencia, filosofía de la operación) Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. - Entrenamiento para 5 personas del área de mantenimiento: Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turno de 8 Hrs. diarias Incluye: material didáctivo (manual de mantenimiento, literatura para mantenimiento para el compresor y sistema de secado de aire, operación y configuración de parámetros del controlador digital, diagramas eléctricos, diagramas de flujo, frecuencia de mantto. recomendado, información de calibración y ajustes de parámetros de la instrumentación). Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. La información proporcionada para el entrenamiento deberá estar en el idioma español.

<<< NOTAS GENERALES: >>> 1.- Tipo de entrega: partida completa. 2.- Normas y/o especificaciones: -Numeral 1,2 y 4: ISO10440-2-2001 - Capitulo 4.- Diseño básico - Capitulo 5.- Accesorios - Capitulo 6.- Inspección, prueba e instalación - Capitulo 7.- Propuesta e Instalación - Numeral 3: Norma ISO-8573-1 los puntos que aplican de la norma son:

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- Capitulo 4.- Sistema de aire comprimido - Capitulo 5.- Contaminantes -Capitulo 6.- Calidad de aire comprimido - Numeral 5: Norma API-671 - Capitulo 2.1.1 Selección de acoplamiento

- Numeral 6: Norma NRF-053-PEMEX-2006 los puntos que aplican de esta norma son:

- Capitulo 8.2.6.3 Inhibidores de corrosión - Capitulo 8.3.2 Condiciones mínimas para determinar un sistema de

protección anticorrosiva - Capitulo 8.3.3 Espesores mínimos de los sistemas de protección

anticorrosiva - Capitulo 8.4.1.3 Criterios de aceptación - Capitulo 8.5.2 Criterios de aceptación

- Numeral 7: Norma NRF-095-PEMEX-2004 los puntos que aplican de esta

norma son: - Capitulo 8.1 Especificaciones

- Capitulo 8.1.1.1 Placa de datos - Capitulo 8.1.1.2 Información proporcionada por proveedor o fabricante - Capitulo 8.1.2.3 Tolerancia de variación de la frecuencia nominal - Capitulo 8.1.2.6 Tensión eléctrica de alimentación a motores - Capitulo 8.1.2.12 Niveles de eficiencia nominal en motores de corriente

alterna trifásicos - Capitulo 8.1.3 Especificaciones térmicas - Capitulo 8.1.3.1.7 Clase de aislamiento - Capitulo 8.1.4 Especificaciones mecánicas - Capitulo 8.2 Características de construcción - Capitulo 8.3.1 Prueba de rutina

NOM-001-SEDE-1999: los puntos que aplican de esta norma son: - Capitulo 4.2 Alambrado y protección - Capitulo 4.3 Métodos de alambrado y materiales - Capitulo 4.5 Ambientes especiales

3.- Información requerida para el licitante: * El licitante deberá incluir en su propuesta el original o copia legible de la ficha técnica del compresor y sus componentes por parte del fabricante que permita verificar cada partida cuente con su especificación técnica, marca, número de parte y modelo para su evaluación técnica y condiciones operativas del compresor para su evaluación técnica. En caso de ser otro idioma diferente al español, presentara traducción simple a este idioma, con la finalidad de realizar la evaluación técnica. La falta de esta información será motivo de desechamiento de la propuesta. 4.- Información requerida para el proveedor: 4.1.- El proveedor será responsable de cumplir con el reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de evaluación del impacto ambiental y demás disposiciones legales que en materia ambiental le sean aplicables; cumplir con las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental que deben cumplir los contratistas proveedores y

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adjudicatarios en el Complejo Petroquímico Cangrejera. 4.2.- El proveedor deberá considerar dentro del alcance, personal técnico especialista para las pruebas finales y puesta en marcha del equipo. 4.3.- Nivel de inspección: Nivel de inspección III aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por Pemex, en las instalaciones del proveedor o en destino final. Conforme al numeral 12 del procedimiento institucional para la inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en Petróleos Mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales (Rev. 01, del 10 de septiembre de 2009) al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, la siguiente documentación:

A) remisión o factura (copia). Si aplica B) pedimento de importación (original o copia simple). Si aplica C) certificado de origen (original o copia simple). Si aplica D) garantía comercial del fabricante (original o copia certificada). Si aplica E) Certificado de calidad e informes de resultado de laboratorio. Si aplica. F) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. No aplica. G) Protocolo de pruebas. Si aplica H) Documentación técnica (original e copia certificada). Si aplica I) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. Si aplica

Conforme el numeral 15.3 del procedimiento en comento, se verificará documental y físicamente, los siguientes puntos:

1) Especificaciones contractuales. Si aplica 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. Si aplica 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. Si aplica 4) Las pruebas finales. Si aplica 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. Si aplica 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. Si aplica 7) La documentación que establece el contrato. Si aplica Además, el proveedor junto con los bienes, deberá entregar: - La documentación original o copia legible de los catálogos, ficha

técnicas o dibujos de los bienes propuestos, los cuales en caso de ser otro idioma diferente al español, presentara una traducción simple a este idioma.

- Los bienes claramente identificados, con número de parte, número de contrato correspondiente y el nombre del fabricante.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, indicando que los bienes entregados son nuevos, originales, genuinos de la marca y tipo pactado en el contrato.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, en el cual manifieste las normas o especificaciones que cumplen los bienes

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suministrados. - Ficha técnica en el que se incluye las características de los bienes que

está entregando, identificado con su número de parte de la marca propuesta.

- Planos de distribución general del compresor con todos y cada una de las partes que la integran el equipo, los números de identificación de cada equipo deben concordar con los que aparecerán físicamente en sus placas de identificación. - Diagramas eléctricos y unifilares; los cuales deben de indicar las interconexiones entre las partes componentes. - El proveedor deberá entregar al Grupo técnico de la planta la documentación original que a continuación se describe en la puesta en operación del equipo. *Certificados originales de pruebas avalados por el fabricante del equipo que se detallan a continuación: *Conformidad del compresor y Secador *Funcionamiento del compresor * Curvas de nivel de ruido del motor de Compresor * Reporte de prueba del motor *Hidrostatica de los enfriadores *Hidrostatica a trampas de condensado *Certificados de materiales de los siguientes componentes: * Trampas de condensado * Elementos de compresión * Enfriadores - Dos Manuales originales de operación y mantenimiento con su listado de partes de cada uno de los equipos integrantes del sistema de compresión y secado, mismos que deberán incluir los diagramas eléctricos a nivel componente de las tarjetas y módulos. Planos de instalación definitiva, con detalles de la instalación de los equipos que incluyan relación de materiales y accesorios instalados, los manuales e información técnica deberá venir en idioma ingles con una traducción simple al idioma español. *Planos de base de cimentación * Planos de montaje de equipo y dimensiones. * Protocolo de aceptación en el sitio * Reporte de pruebas * Planos y dibujos de los enfriadores * Entregar copia de los archivos electrónicos digitales en formato Pdf, de la documentación técnica y de los archivos electrónicos digitales de los planos. El proveedor deberá identificar toda la documentación entregada con un número consecutivo, mismo que debe estar referido en un índice. 4.4.- El proveedor deberá visitar el sitio de instalación del bien y coordinarse con los encargados del área de operación y del área de mantenimiento para el Suministro, Instalación, puesta en operación, capacitación y pruebas del compresor. 5.- Condiciones de empaque: de acuerdo al criterio del fabricante para evitar daños debido a que incluye suministro, instalación, capacitación y puesta en operación.

6.- Todos los bienes propuestos deberán ser nuevos.

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3 1.00 Pieza COMPRESOR DE AIRE TIPO TORNILLO ROTATORIO LIBRE DE ACEITE OPERADO POR UN MOTOR ELECTRICO. Suministro, Instalación, puesta en operación, capacitación y prueba de un compresor, tipo paquete, estacionario (unidad completa), de tornillos rotatorios, enfriado por agua, equipado con módulo de control electrónico y paquete de secado, accionado por un motor eléctrico horizontal del tipo jaula de ardilla. <<< Que cumpla con las siguientes condiciones de operación: a. Suministro de aire limpio, seco y LIBRE DE ACEITE, libre de partículas e hidrocarburos según norma NRF-149-PEMEX-2005 para la instrumentación instalada de la planta de Oxigeno del C.P. Cangrejera. b. Calidad del Aire de salida Deberá de cumplir con la Norma NRF-149-PEMEX-2005 c. Presión Barométrica...................................... 14.7 Psia d. Humedad relativa........................................... 95% e. Peso molecular del aire en la entrada........... 28.96 f. Temperatura del Aire en la Succión……….....13°C a 42°C g. Temperatura de descarga……………….........42°C h. Temperatura de rocio………………………….-40°C de 71 a 100 psig i. Presión a la entrada...........................................0.34 Psig j. Presión de descarga...................................... 71 a 100 Psig k. Capacidad esperada...................................... 181.1 SCFM l. Contenido de aceite a la salida……….<0.001 mg/m3 clase de acuerdo al estándar ISO 8573-1 m. Tamaño de partículas a las salidas……<1 micrómetro clase 2 de acuerdo al estándar ISO 8573-1 n. Velocidad de vibración………………………<4.5 mm/s o. Nivel de ruido………………………………….85 dB (A 1 metro de distancia) EL PAQUETE DEBE INCLUIR LO SIGUIENTE: 1.- Compresor rotatorio Libre de aceite, ensamblado y ajustado de acuerdo a la norma ISO-10440-2 2001; compuesto e integrado como mínimo por los Siguientes componentes: Silenciador en la admisión de aire; Filtro de aire en la admisión; Conexiones flexibles entre filtro de admisión, válvula de admisión, Sistema de regulación Controlado por el módulo electrónico; Silenciador de la descarga; Válvula check y Un Compensador de vibraciones de la línea de salida del aire. 2.- Sistema de enfriamiento: por agua deberá de cumplir lo indicado con la norma ISO-10440-2 2001. 3.- Sistema de secado integrado al compresor. Deberá de cumplir lo indicado en la Norma: ISO 8573-1, Reporte de pruebas conforme a lo establecido en la norma ISO 7183 2007 y ANSI/ISA 7.0.01 1996. 4.- Sistema de Lubricación del compresor que cumpla con la Norma ISO 10440-2 y contar como mínimo con lo siguiente: una Bomba principal de aceite y una bomba auxiliar de acuerdo a la norma API-619-Tercera edición en el numeral 4.10., Depósito de aceite fabricado en acero inoxidable con capacidad de acuerdo al fabricante, Líneas de suministro y retorno de aceite en acero inoxidable, enfriador del aceite, Filtro doble de aceite con sus elementos y válvula de By-pass; Válvula reguladora de la presión de aceite; Mirilla indicadora del nivel de aceite; Sistema de

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respiración del depósito de aceite con desfogue exento de vapores de aceite; Accesorios e instrumentos necesarios. 5.- Acoplamiento: Directo por medio de brida y/o flexibles de laínas de acuerdo al API-671 cuarta edición. 6.- Base y Cabina para Compresor y Motor: El paquete deberá contar con cabina silenciadora en lámina metálica de doble cerradura en cada puerta montada sobre una base de acero estructural, la laminas metálicas deberán estar recubiertas con espuma aislante para abatir el nivel sonoro hasta aproximadamente 85 decibeles con material resistente al fuego. La lamina y base deberán estar protegidos externamente con recubrimiento y acabados para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. De acuerdo a la norma NRF-O53-PEMEX-2006. La base deberá contar con amortiguadores de vibración entre el ensamble del motocompresor y la misma base. 7.- Sistema Eléctrico del compresor deberá; cumplir con la Norma NRF-095-PEMEX-2005 y NOM-001-SEDE 1999 (Instalaciones Eléctricas). Además debe contar como mínimo con lo siguiente: * Motores eléctricos de inducción tipo jaula de ardilla, montaje horizontal, Totalmente cerrado con ventilación exterior, voltaje 440 VCA, Voltaje de control 120 Volts, 60 hp, 60 Herz, 3 fases, Clase 1, Div. 2, Grupo C y D para áreas peligrosas, Aislamiento clase B. * Cubículo eléctrico para arrancador de tensión reducida, transformador de voltaje de control y sistema electrónico de control. * Arrancador de tensión reducida, tipo Estrella-Delta, con relevador contra sobrecarga del motor. * Transformador de voltaje de control para arrancador y sistema electrónico de control. * Los cables de alimentación eléctrica para el sistema de fuerza deben ser del tipo THHW-LS y cumplir con la NOM-063-SCFI-2001. * La tubería conduit (Galvanizada) para el sistema eléctrico debe cumplir con la norma NMXJ534- ANCE-2008. *Relevador de protección de motor a base de micro procesadores, con pantalla para monitorear parámetros eléctricos: corriente, voltaje, así como registro de eventos. El relevador se debe instalar en el cubículo del arrancador. 8.- Modulo Electrónico de Control: Basado en microprocesadores con pantalla de cristal líquido de 4 renglones por 30 caracteres como mínimo con disponibilidad de configuración en idioma español; Para controlar, monitorear y proteger el equipo; deberá mostrar como mínimo lo siguientes puntos: Datos de Estado del Compresor: * Voltaje conectado * Operación automática * Compresor en Carga * Compresor en Descarga * Máxima presión de descarga permitida * Funcionamiento Local/Remoto del control del compresor. Controles del Compresor: * Encendido/Apagado

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* Paro de Emergencia * Restablecer * Prueba Indicaciones de Requerimientos de Servicio: * Cambio de Aceite * Cambio de Filtros *Mantenimiento anual * Limpieza de enfriadores de agua y aceite. Contadores: *Total de horas trabajando *Arranques del motor * Horas en Carga Señales: *Arranque/Paro *Alarma General *Estado del compresor ON/OFF Lecturas Numéricas de Temperatura en: * Salida de aire *Rodamientos del motor eléctrico *Rodamientos del compresor *Sistema de enfriamiento * Aceite Lecturas Numéricas de Presión en: *Aire entregado. *Diferencial de presión en el filtro de aire *En Aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Alarmas): *Alta temperatura del aire en la descarga del compresor *Alta temperatura en rodamientos del motor *Alta Vibración en rodamientos del compresor *Alta temperatura en el sistema de enfriamiento *Alta temperatura en el aceite *Baja presión de aceite Indicaciones de Seguridad en el Compresor (Disparos): * Alta Temperatura en el compresor *Sobrecarga en el motor del compresor * Alta temperatura en el aceite * Baja presión de aceite * Parada de Emergencia * Alta temperatura en rodamientos del motor *Alta Vibración en rodamientos del compresor *Baja presión de aceite 9.- La Instalación, Pruebas y Puesta en operación del Equipo incluye lo siguiente: * El proveedor deberá considerar toda la herramienta, equipo, materiales y el personal necesario que garantice la correcta ejecución de la instalación del equipo y partes componentes, hasta la puesta en operación del equipo.

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* El proveedor deberá construir una base de concreto para el montaje del compresor. Los materiales a utilizarse deberán ser proporcionados por el proveedor. La base de concreto deberá cumplir con lo indicado por el fabricante del equipo, así como con la norma NRF-159-PEMEX-2006 "Cimentación de estructuras y equipos" y la norma ISO-10440-2. * El proveedor deberá proporcionar un juego de copias simples legibles de los planos estructurales de la base de la cimentación. * El proveedor deberá suministrar, instalar y conectar; la tubería, accesorios y soportes necesarios para la integración de la línea de salida de aire de la descarga del compresor. * El proveedor deberá suministrar, habilitar e instalar toda la tubería conduit, accesorios para tubería conduit (niples, cajas de registro, tuerca unión, cople flexible, sello, etc.) Adecuados para su instalación en áreas clase 1 división 2 grupos C y D y herrajes para el soporte de la tubería de los cabezales y disparos para las diferentes trayectorias que van desde las unidades de control en los cuartos de control disponible hacia los distintos al sitio donde quedara instalado los compresores. * El proveedor deberá suministrar e instalar las cajas condulets con tapa roscada con "o" ring de vitón o neopreno para sello hermético. * El proveedor deberá suministrar e instalar el cableado de alimentación y control que va desde los Cuartos de Control de Motores (CCM) hacia el compresor instalado en campo, el cual no deberá presentar ningún empalme en sus diferentes trayectorias, es decir, en la instalación de los conductores debe existir continuidad eléctrica efectiva a lo largo de todo el circuito. Los conductores deberán ser físicamente continuos (sin empalmes). El cable de alimentación y de control debe ser del tipo THW. * El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases y accesorios necesarios para interconectar el CCM al compresor. * El proveedor deberá suministrar e instalar la tubería conduit, el cableado, soportes, interfases, hardware y accesorios necesarios para interconectar el compresor con la secadora de aire. * El proveedor deberá conectar eléctricamente los motores del compresor y Secador de aire. * El proveedor deberá configurar y poner en marcha el compresor así como también realizar los ajustes necesarios de control con personal certificado por el fabricante. * La tubería de salida de aire del compresor, accesorios, soportes y herrajes deberán ser protegidos de acuerdo a la norma NRF-O53-PEMEX-2006, para ambiente húmedo con salinidad y gases derivados del azufre. * El proveedor deberá realizar pruebas de funcionamiento del compresor las cuales deberán cumplir con las condiciones de operación requerida, mismas que serán atestiguadas por los ingenieros especialistas de mantto., de la planta donde se instalara el compresor. 10.- La Capacitación estará comprendida dentro del plazo de entrega y deberá realizarse una vez puesta en operación el compresor. Esta capacitación se realizara en dos grupos de 5 personas cada uno (5 personas del área de operación y 5 personas en área de mantenimiento.)

- Entrenamiento para 5 personas del área de operario: Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turnos de 8 Hrs. diarias

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Incluye: material didáctivo, manual de operación (preparativos de arranque, puesta en operación, paro normal del equipo, paro de emergencia, filosofía de la operación) Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. - Entrenamiento para 5 personas del área de mantenimiento: Horario: 8 a 16 Horas Duración: 03 días Hábiles (24 Hrs.) en turnos de 8 Hrs. diarias Incluye: material didáctivo (manual de mantenimiento, literatura para mantenimiento para el compresor y sistema de secado de aire, operación y configuración de parámetros del controlador digital, diagramas eléctricos, diagramas de flujo, frecuencia de mantto. recomendado, información de calibración y ajustes de parámetros de la instrumentación). Lugar: Complejo Petroquímico Cangrejera. La información proporcionada para el entrenamiento deberá estar en el idioma español.

<<< NOTAS GENERALES: >>> 1.- Tipo de entrega: partida completa. 2.- Normas y/o especificaciones: -Numeral 1,2 y 4: ISO10440-2-2001 -. Capitulo 4.- Diseño básico -. Capitulo 5.- Accesorios -. Capitulo 6.- Inspección, prueba e instalación -. Capitulo 7.- Propuesta e Instalación

- Numeral 3: Norma ISO-8573-1 los puntos que aplican de la norma son: -. Capitulo 4.- Sistema de aire comprimido -. Capitulo 5.- Contaminantes -. Capitulo 6.- Calidad de aire comprimido - Numeral 5: Norma API-671 -. Capitulo 2.1.1 Selección de acoplamiento

- Numeral 6: Norma NRF-053-PEMEX-2006 los puntos que aplican de esta norma son:

-. Capitulo 8.2.6.3 Inhibidores de corrosión -. Capitulo 8.3.2 Condiciones mínimas para determinar un sistema de

protección anticorrosiva -. Capitulo 8.3.3 Espesores mínimos de los sistemas de protección

anticorrosiva -. Capitulo 8.4.1.3 Criterios de aceptación -. Capitulo 8.5.2 Criterios de aceptación

- Numeral 7: Norma NRF-095-PEMEX-2004 los puntos que aplican de esta

norma son: -. Capitulo 8.1 Especificaciones

-. Capitulo 8.1.1.1 Placa de datos -. Capitulo 8.1.1.2 Información proporcionada por proveedor o fabricante -. Capitulo 8.1.2.3 Tolerancia de variación de la frecuencia nominal -. Capitulo 8.1.2.6 Tensión eléctrica de alimentación a motores -. Capitulo 8.1.2.12 Niveles de eficiencia nominal en motores de corriente

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alterna trifásicos -. Capitulo 8.1.3 Especificaciones térmicas -. Capitulo 8.1.3.1.7 Clase de aislamiento -. Capitulo 8.1.4 Especificaciones mecánicas -. Capitulo 8.2 Características de construcción -. Capitulo 8.3.1 Prueba de rutina

NOM-001-SEDE-1999: los puntos que aplican de esta norma son: -. Capitulo 4.2 Alambrado y protección -. Capitulo 4.3 Métodos de alambrado y materiales -. Capitulo 4.5 Ambientes especiales

3.- Información requerida para el licitante: El licitante deberá incluir en su propuesta el original o copia legible de la ficha técnica del compresor y sus componentes por parte del fabricante que permita verificar cada partida cuente con su especificación técnica, marca, número de parte y modelo para su evaluación técnica y condiciones operativas del compresor para su evaluación técnica. En caso de ser otro idioma diferente al español, presentara traducción simple a este idioma, con la finalidad de realizar la evaluación técnica. La falta de esta información será motivo de desechamiento de la propuesta. 4.- Información requerida para el proveedor: 4.1 El proveedor será responsable de cumplir con el reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de evaluación del impacto ambiental y demás disposiciones legales que en materia ambiental le sean aplicables; cumplir con las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental que deben cumplir los contratistas proveedores y adjudicatarios en el Complejo Petroquímico Cangrejera. 4.2.- El proveedor deberá considerar dentro del alcance, personal técnico especialista para las pruebas finales y puesta en marcha del equipo. 4.3.- Nivel de inspección: Nivel de inspección III aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por Pemex, en las instalaciones del proveedor o en destino final. Conforme al numeral 12 del procedimiento institucional para la inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en Petróleos Mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales (Rev. 01, del 10 de septiembre de 2009) al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, la siguiente documentación:

A) remisión o factura (copia). Si aplica B) pedimento de importación (original o copia simple). Si aplica C) certificado de origen (original o copia simple). Si aplica D) garantía comercial del fabricante (original o copia certificada). Si aplica E) Certificado de calidad e informes de resultado de laboratorio. Si aplica. F) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. No aplica. G) Protocolo de pruebas. Si aplica H) Documentación técnica (original e copia certificada). Si aplica I) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. Si aplica

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Conforme el numeral 15.3 del procedimiento en comento, se verificará documental y físicamente, los siguientes puntos:

1) Especificaciones contractuales. Si aplica 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. Si aplica 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. Si aplica 4) Las pruebas finales. Si aplica 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. Si aplica 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. Si aplica 7) La documentación que establece el contrato. Si aplica Además, el proveedor junto con los bienes, deberá entregar: - La documentación original o copia legible de los catálogos, fichas

técnicas o dibujos de los bienes propuestos, los cuales en caso de ser otro idioma diferente al español, presentar una traducción simple a este idioma.

- Los bienes claramente identificados, con número de parte, número de contrato correspondiente y el nombre del fabricante.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, indicando que los bienes entregados son nuevos, originales, genuinos de la marca y tipo pactado en el contrato.

- Carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, en el cual manifieste las normas o especificaciones que cumplen los bienes suministrados.

- Ficha técnica en el que se incluye las características de los bienes que está entregando, identificado con su número de parte de la marca propuesta.

* Planos de distribución general del compresor con todos y cada una de las partes que la integran el equipo, los números de identificación de cada equipo deben concordar con los que aparecerán físicamente en sus placas de identificación. * Diagramas eléctricos y unifilares; los cuales deben de indicar las interconexiones entre las partes componentes. * El proveedor deberá entregar al Grupo técnico de la planta la documentación original que a continuación se describe en la puesta en operación del equipo. *Certificados originales de pruebas avalados por el fabricante del equipo que se detallan a continuación: -Conformidad del compresor y Secador -Funcionamiento del compresor - Curvas de nivel de ruido del motor de Compresor -Reporte de prueba del motor -Hidrostática de los enfriadores -Hidrostática a trampas de condensado -Certificados de materiales de los siguientes componentes: -Trampas de condensado -Elementos de compresión - Enfriadores

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- Dos Manuales originales de operación y mantenimiento con su listado de partes de cada uno de los equipos integrantes del sistema de compresión y secado, mismos que deberán incluir los diagramas eléctricos a nivel componente de las tarjetas y módulos. Planos de instalación definitiva, con detalles de la instalación de los equipos que incluyan relación de materiales y accesorios instalados, los manuales e información técnica deberá venir en idioma ingles con una traducción simple al idioma español. *Planos de base de cimentación * Planos de montaje de equipo y dimensiones. * Protocolo de aceptación en el sitio * Reporte de pruebas * Planos y dibujos de los enfriadores *Entregar copia de los archivos electrónicos digitales en formato Pdf, de la documentación técnica y de los archivos electrónicos digitales de los planos. El proveedor deberá identificar toda la documentación entregada con un número consecutivo, mismo que debe estar referido en un índice.

4.4.- El proveedor deberá visitar el sitio de instalación del bien y coordinarse con los encargados del área de operación y del área de mantenimiento para el suministro, instalación, puesta en operación, capacitación y prueba del compresor. 5.- Condiciones de empaque: de acuerdo al criterio del fabricante para evitar daños debido a que incluye suministro, instalación, capacitación y puesta en operación. 6.- Todos los bienes propuestos deberán ser nuevos.

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DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación 1.1 Para consulta 1.2 Pago de Bases.

2.- Información General sobre el Procedimiento 2.1 Condiciones Generales de la Licitación. 3.- Eventos previos a la presentación de propuestas 3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. 3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación. 3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. 3.4 Etapa de precalificación. NO APLICA 4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para

elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos 4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas 4.4 Métodos y Criterios de evaluación de propuestas 4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales. 4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos económico 4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de

origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación NO APLICA

4.4.3 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. 4.5 Negociación de precios NO APLICA

5.- Criterios de adjudicación. 5.1 Abastecimiento simultáneo. NO APLICA

6.- Casos en que se declarará desierta la licitación. 7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas. 8.- Causas de desechamiento de propuestas. 9.- Fallo. 10.- Inconformidades. 11.- Compromisos con la transparencia.

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12.- Firma del contrato. 13.- Aspectos contractuales básicos. 13.1 Contrato. 13.1.1 Vigencia. 13.1.2 Cantidad(es) del Contrato. 13.1.3 Ordenes de suministro. NO APLICA 13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes. 13.3 Inspección de los Bienes 13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes 13.4 Garantías 13.4.1 Devolución y Reposición de Bienes 13.5 Anticipo 13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación,

amortización o devolución del anticipo otorgado -

13.6 Condiciones y forma de pago 13.6.1 Ajuste de precios NO APLICA 13.7 Facturación 13.8 Penalizaciones 13.9 Recisión Administrativa del Contrato 13.10 Información Reservada y Confidencial 13.11 Seguros 13.12 Fuentes de Financiamiento NO APLICA 13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor

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Documento 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.

Información General Este procedimiento de contratación se convoca: Licitación Pública Internacional diferenciada presencial, bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE), y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC-México-Japón y TLC México Chile. Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería. 1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación. La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta: :

A. Una copia del texto en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, en la Ventanilla de atención a proveedores localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica:

http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago de bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

A) A través del sistema de pago en banco, mediante deposito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No. 0162378531, con Clave Interbancaria No. 012790001623785313 a nombre de PEMEX PETROQUIMICA CANGREJERA y tienen un costo de $ (número) (letra 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

B) En el domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo

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Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM . 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México

, y tienen un costo de $____ (______________ pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. El pago solo podrá hacerse mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de Pemex Petroquímica, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.

Para lo cual deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en el procedimiento, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. La convocante les extenderá un formato de pago (3 originales), para que se realice el pago de las bases en la Ventanilla Única del Área de Finanzas, ubicada en el interior del Centro de Trabajo, debiendo devolver un original debidamente sellado por la Ventanilla Única del Área de Finanzas, a la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones.

Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: _____________. Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: _________________. Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases. 2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. La visita a las instalaciones se llevará a cabo el día __ de ____ del 2011 a las ____ horas en: la Sala de Juntas de Adquisiciones y Servicios localizada en el Edificio Administrativo, del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en el km.

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10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver, la cual únicamente tendrá por objeto verificar las áreas donde se instalaran los equipos, misma que será coordinada por Superintendencia de Planeación de Mantenimiento del C.P Cangrejera

.

Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios de instalación de los bienes, preferentemente entregarán un escrito al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración conforme a lo indicado en el segundo, tercero y cuarto párrafos del numeral 3.2 de esta convocatoria, ya que el acta que se levante de la citada junta de aclaraciones, formará parte de la convocatoria a la licitación. Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones. La asistencia a esta visita no es obligatoria para los licitantes, sin embargo, se recomienda su participación en la misma.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día ____ de _______ del 2011 a las _____

horas, en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen.

Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente

, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected], [email protected] y rosa. [email protected],

a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las presentes bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones.

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Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación. Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de Pemex Petroquímica y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com

.

Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación. El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.

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Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la ola (s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta. Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com

.

Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación. NO APLICA

Para el presente procedimiento de licitación no habrá precalificación.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y, en su caso, los bienes a contratar sean de origen nacional o de países con los que, los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio, los cuales serán los siguientes tratados: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE). Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC-México-Japón y TLC México Chile Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición. Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago

correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

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B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04. La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información: Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada

en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica

, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América, conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

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F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación. NO APLICA

F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los

integrantes del grupo, presente copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme al Documento 03-A.

F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos

de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas;

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para

suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona,

así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma

solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del

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consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta,

conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.

F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de

cumplimiento del Contrato, (calidad, defectos y vicios ocultos de los Bienes), la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.

F.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se

hace referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas,

preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta

H) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por

medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

I) De conformidad con las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”, se deberá presentar, como parte de la propuesta técnica, un escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que:

1. Los Bienes de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I de la

LAASSP, conforme al Documento 10 o con las reglas de origen correspondientes a los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, conforme al formato del Documento 10-A, ó.

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2. Los Bienes importados cumplen con las reglas de origen establecidas en el capítulo de compras del sector público del tratado que corresponda, conforme al Documento 10-B.

Las opciones son a cargo del licitante.

J) En cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de las DAC´S, el licitante deberá incluir, junto con su

propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES” que se incluye como Documento 06-B, la información de la integración nacional del bien que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

K) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente

licitación, deberá ser de cuando menos el 0%.

L) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector

Rango de número de trabajadore

s

Rango de monto de ventas

anuales (mdp)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30

Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50

Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01

hasta $250 235 Servicios Desde 51

hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

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El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-C, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición

.

M) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos. N) Los bienes y/o servicios que integran las presentes bases no podrán ser subcontratados.

O) Contar con experiencia en el suministro de los bienes, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente el

recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 3-A. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de

Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida

, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

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D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta

pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la ventanilla de atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA, sito en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día ____ de ______ del 2011 a las _____ hrs., ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales sito en:

.

Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México,

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura. Para este procedimiento se podrán solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas, a fin de que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el 2° párrafo del artículo 29 de las DAC’S.

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4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.

Las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método

Binario.

La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas.

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales. A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los bienes

propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el

punto 4 incisos A), B), C), D), I), J) ,M) y O) del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.

C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con

los requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. NO APLICA

D) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 4 inciso D).

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos E), de Documento 02, así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación.

C) Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el

artículo 2 de la LAASSP. Precio Conveniente: es aquel que se encuentra por arriba o es superior al obtenido después de

restar el 10% al promedio resultante de los precios que se observan como preponderantes o prevalecientes en las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, esto es, a los precios que se ubican dentro de un rango que permite constatar que existe consistencia entre ellos, toda vez que la diferencia entre ellos es relativamente pequeña. Una vez calculado el precio conveniente, los que se ubiquen por debajo de este o sean inferiores al resultante, con fundamento a la fracción segunda del artículo 36 bis de la Ley, se podrá desechar y por lo tanto serán considerados como inconvenientes.

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D) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, en tal caso la proposición será desechada. Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte

superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación

4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación. NO APLICA.

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se adjudicará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios. NO APLICA

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La adjudicación del Contrato será por: PARTIDA COMPLETA.

5.1 Abastecimiento simultáneo. NO APLICA

Se considerarán (indicar número)

fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTES Al 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o. Al 2do. lugar se asignará el __% 2o. Al 3er. lugar se asignará el __% 3o. Al 4to. lugar se asignará el __% 4o.

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Al 5to. lugar se asignará el __% 5o. 6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación cuando: I. No se presenten propuestas; II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;

III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, ó IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos siguientes:

a) Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso

fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la invitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

b) Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los

licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

c) Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición; II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de

aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los

costos de los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

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Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 17 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día ____ de ______ del 2011 a las ______ hrs., Sala de Juntas en la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en sito:

Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México,

Asimismo, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores en la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales localizada Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México,; siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com,

para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la

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Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 14. El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día ____ del mes de ________ del año 2011

, y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la: Ventanilla de Atención a proveedores en la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA localizada en Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, y en el horario comprendido de las 8.30 hrs a las 15:30 hrs. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

a) Acuse de respuesta vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Diciembre de 2010.

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Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato. Deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13.

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales:

II.2.1.13. los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior, o para el otorgamiento de subsidio y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento. I.- Ingresaran a la página de internet del SAT en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II.- Una vez elegida la opción de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, deberán asentar estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 20, el cual entregaran en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la notificación del fallo a la dependencia o entidad convocante, quien gestionara la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio. Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato no recibe por parte del licitante adjudicado acuse de respuesta, o bien la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la LAASSP.

Si Licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del diez por ciento.

PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerara únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento de la LAASSP.

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13. Aspectos contractuales básicos. Como Documento 16 se incluye el modelo-guía de contrato.

13.1. Contrato 13.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

13.1.2 Cantidades del Contrato.

13.1.3. Ordenes de Suministro. NO APLICA 13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

Las Condiciones de Entrega que aplicarán serán DDP Delivery Duty Paid “Derechos pagados” (INCOTERMS 2010) para proveedores nacionales y DDP VAT UNPAID Delivered Duty Paid sin incluir el IVA “Derechos pagados sin incluir IVA” (INCOTERMS 2010) para proveedores extranjeros; el Proveedor nacional estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido; y el proveedor extranjero a contemplar todos los costos hasta la aduana de importación; el puerto, aeropuerto o lugar de destino, y PEMEX PETROQUÍMICA a tramitar la importación a partir de este punto, hasta su destino final. La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010) sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

• Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato debe suministrar la mercancía y la factura comercial, de acuerdo con el contrato, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

• Contrato de transporte debe contratar, a sus propias expensas, el tipo de transporte más conveniente, de acuerdo a la naturaleza de los bienes y al lugar de entrega indicado en las presentes bases.

• Entrega debe poner la mercancía a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, sobre los medios de transporte utilizada y no descargada, a su llegada al lugar destino convenido, en la fecha o dentro del periodo acordado para la entrega.

• Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada conforme al párrafo anterior.

• Gastos debe pagar los gastos relativos al transporte, empaque y embalaje de los bienes hasta el momento en que hayan sido entregados.

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• Aviso debe dar a PEMEX PETROQUÍMICA aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra información que precise PEMEX PETROQUÍMICA para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

• Embalaje – marcado la forma de empaque que deberá utilizar será la que garantice a PEMEX PETROQUÍMICA que los bienes no sufran daño y/o avería alguna durante las maniobras de carga, transporte, terrestre, marítimo o aéreo y descarga, así como almacenaje, el embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a:

• Pago del precio debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato.

• Recepción de la entrega debe recibir los bienes cuando se hayan entregado sobre los medios de transporte utilizado y no descargado, a su llegada al lugar de destino convenido en el contrato.

• Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

• Gastos debe pagar todos los gastos relacionados con los bienes a partir de la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

• Inspección de los Bienes debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades.

La entrega de los bien será de 210 (doscientos diez) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la firma del contrato. En estos plazos se consideran los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes.

Los bienes serán entregados en el Almacén Local (436) del Complejo Petroquímico Cangrejera ubicado en Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, a la atención de Lic. Miguel Ángel Núñez Vázquez, Jefe de Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: de 7:30 a 13:30 hrs. El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones.

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por órdenes de surtimiento (por la cantidad solicitada en la misma). Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato.

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El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales

a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

13.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 18. El área que realizará la Inspección será la Superintendencia de Planeación de Mantenimiento del C.P Cangrejera. El lugar donde se llevará a cabo será el almacén local del Complejo Petroquímico Cangrejera.

La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en petróleos mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales, con clave: PA-800-70600-01 rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. (Copia) “Si aplica” b) Pedimento de importación. (Original) o copia legible “Si aplica”

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c) Certificado de origen. (Original) o copia simple “Si aplica” d) Garantía comercial del fabricante (Original) o copia certificada. “Si aplica” e) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. “Si aplica” f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. “No aplica” g) Protocolo de pruebas. “Si aplica” h) Documentación técnica. (Original) o copia certificada “Si aplica” i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. “Si aplica”

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

13.4 Garantías.

El PROVEEDOR a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: FIANZA O CARTA DE CRÉDITO

13.4.1 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato,

los defectos y vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios prestados, y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Póliza de Fianza que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más SEIS meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

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La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08, de esta convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs.

La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la Fianza de Cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la Fianza inicialmente presentada por el Proveedor, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo: (A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder de los defectos y vicios ocultos de

los bienes y de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse

del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su

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consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de

recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente

durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con

fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad

de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará

debidamente integrada con la siguiente documentación: • Por cumplimiento.

1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. 4. LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. 5. FINIQUITO. 6. CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

• Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra

responsabilidad.

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1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, 4. QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN 5. DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA 6. CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD 7. RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS 8. SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. 9. ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O 10. VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. NO APLICA La Fianza de Cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUÍMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra

responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato. d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar,

reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Carta de Crédito Standby irrevocable confirmada relacionada al cumplimiento del contrato, así como los ddeeffeeccttooss yy vviicciiooss ooccuullttooss ddee llooss bbiieenneess,, llaa ccaalliiddaadd ddee llooss sseerrvviicciiooss y cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito STANDBY Irrevocable Confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más NUEVE meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

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La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 09, de esta convocatoria y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs. La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de dicha garantía.

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito STANDBY otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar

al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se

hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato,

así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.5. Anticipo.

PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a poner a disposición del PROVEEDOR un anticipo del 50% (cincuenta por ciento), del monto del contrato (en las Condiciones y forma de pago establecidas en el punto 13.6 de estas bases) el cual le será proporcionado dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha de presentación y aceptación de la factura y garantía correspondiente por la totalidad del importe de dicho

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anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El anticipo se pacta bajo la condición de precio fijo. Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado. En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el saldo por amortizar en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido de PEMEX PETROQUÍMICA, al amparo del contrato, debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA una garantía, consistente en:

(EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN PODRÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO).

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

Póliza de fianza que se constituirá por la totalidad del anticipo entregado, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Fianza que garantiza la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-A, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

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B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C) Su conformidad para que la fianza que garantice el anticipo del contrato, permanezca vigente durante la

substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con

fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

E) Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido

invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

F) Su conformidad expresa para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de

amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5.- Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6.- Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7.- Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

13.5.2 Carta De Crédito Standby.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del anticipo, sin incluir I.V.A., con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

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El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará

efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente. C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total

inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

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Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cangrejera, en el horario de 08:30 a 15:30 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. NO APLICA

13.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 15:30 horas.

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Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN –CUANDO APLIQUE-, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente. 13.8. Penalizaciones Respecto del contrato, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor total de los bienes entregados a razón de 0.2% por cada día de atraso y hasta 10 % del valor de los bienes entregados. PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan. Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los bienes PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden. Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato. El pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor. De presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones.

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13.9. Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo

justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

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En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 07 días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. 13.10 Información reservada y confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

13.11 Seguros

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

13.12. Fuentes de financiamiento. NO APLICA

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13.13. Propiedad industrial y derechos de autor

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero. Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 07 siete días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de:

(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.- Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó: Relación de Socios: Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó: RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta)Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

:

Escritura pública número: Fecha: Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fecha

Notas: (Firma autógrafa original del apoderado o representante)

1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.

2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.

3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.

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DOCUMENTO 03 A

ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e.

Licitación Pública Internacional No.:

_(indicar numero de convocatoria) .

Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), de la empresa (denominación o razón social)

, y en cumplimiento de lo solicitado en el inciso A) del numeral 4.2 Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin que resulte necesario acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas de la presente Licitación Pública.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su

parte conducente.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Cons. Descripción

1 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).

2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. (Documento 03-A).

3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07

4 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.(NO APLICA)

5 Formato de propuesta (Técnica) Documento 06 6 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A 7 Formato para la manifestación para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de las

DAC´S, el licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES” que se incluye como Documento 06-B.

8 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-C.

9 Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Documento 10, 10-A o 10-B, según sea el caso).

10 De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA CONVOCATORIA ENTREGO

DONDE SE EXIGE

SI NO

Dentro o fuera del sobre de la propuesta a elección del licitante

1 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

4 INCISO A)

2 Copia de comprobante de pago de bases 4 INCISO A)

3 Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos. (Documento 06-B).

4 INCISO J)

4 Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C)

5 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. NO APLICA

6

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Documento 10, 10-A ó 10-B, según sea el caso)

4 INCISO I)

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

7 Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada (Documento 3-A)

4.2 INCISO A)

8 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO G)

10 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-C)

4 INCISO L)

11 El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 14). 11

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la propuesta.

12 Propuesta Técnica. (Documento 06). 4 INCISO D)

13 Propuesta Económica. (Documento 06-A). 4 INCISO E)

14 Documentación para la acreditación de la experiencia. EXPER 4 INCISO O)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No. Partida Cantidad

Unidad de

Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas

con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- Plazo de entrega 2.- Lugar de entrega

3.- Condición de entrega

4.- Características y condiciones

D.D.P. (INCOTERMS 2010)

LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

NOMBRE DEL LICITANTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

(DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

Nota al Licitante:

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No. Partida Cantidad

Unidad de

Medida Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin I.V.A.

($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Condiciones Económicas

1.- Vigencia de proposición Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con numero y con letra)(indicar la moneda)

3.- Condiciones de precio PRECIO FIJO 4.- Origen de los bienes

NOMBRE DEL LICITANTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

(DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-B

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE LA INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS

__________de __________ de ______________ Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e. Licitación Pública Internacional No. ______(indicar numero de convocatoria)

______

Con fundamento en lo establecido en el articulo 23 de las DAC’S, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social

), manifiesto bajo protesta de decir verdad, el porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es).

No. de partida

Descripcion % Integracion

Nacional (0 a 100%)

Marca

Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos. NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________

___________________

FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-C

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( ) En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: ___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

Estratificación Tamaño Sector Rango del Número

de Trabajadores Rango de montos de ventas anuales

(mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________ (Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e. (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 2 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su

parte conducente.

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DOCUMENTO 08 MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO. EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL

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VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1.- PARA CUMPLIMIENTO:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) FINIQUITO. F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

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ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DELA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 08-A

MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR _______________________________________ LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________. EN CASO DE QUE SE CONVENGAN PRÓRROGAS O SE OTORGUEN ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO GARANTIZADO, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA COMPAÑÍA CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDE AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS CONVENIDAS U OTORGADAS, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA CORRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA EL OBJETO ESTABLECIDO EN EL PROPIO CONTRATO. EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR TRABAJOS O SERVICIOS EJECUTADOS DE ACUERDO AL CONTRATO PRECISADO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD. ESTA PÓLIZA SE PODRÁ HACER EFECTIVA SIN QUE PREVIAMENTE EXISTA COMPENSACIÓN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO. LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS (EN SU CASO). C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS (EN SU CASO). D) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO. E) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS. F) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO. G) CUANTIFICACIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

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ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNALCOMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA HASTA QUE EL ANTICIPO GARANTIZADO QUEDE TOTALMENTE INVERTIDO, APLICADO, AMORTIZADO, DEDUCIDO Y DEVUELTO, SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTES (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE) BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN

CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).

BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA

FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó

CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA

DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A

FAVOR DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN

RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL

“ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA

).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN

CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO

) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES

DOCUMENTOS EN ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR

PARTE DEL ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN

NINGÚN CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

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2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA

DEL ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES

EN ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE

VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR

A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA

PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO

POR ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS

EN LAS CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL

BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR

ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO

EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA

PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS

TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE

MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE

CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación

)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio

)

REF: NO.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY

PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA,

POR MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL

CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S)

(NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO

) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE

GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y

LETRA) A LA CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE

DE PEMEX

PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

19

NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN

MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY)

(EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR) 20

MODIFICACIÓN NO. _____

ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO

CON LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 10 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL28 DE DICIEMBRE DE 2010

____ de _______________ de ______ (1) Pemex Petroquímica. Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3) ________________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos,” el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir

verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ___(4)_____, será (n) producido (s) en los Estados Unidos Mexicanos y contarán con un porcentaje de contenido

nacional de cuando menos el 60%*, o ___(5) % , como caso de excepción. De igual forma, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley. En este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes,

conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.ATENTAMENTE

______________ (6) _______________

* Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la cuarta de las reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito del contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO: NUME

RO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Indicar el número de la Licitación Pública Internacional. 3 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante. 4 Señalar el número de partida que corresponda. 5 Establecer el porcentaje correspondiente al Capítulo III, de los casos de excepción al contenido nacional, de las “Reglas para la

determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.”

6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. NOTA

: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

A partir del 28 de junio de 2011. 60% A partir del 28 de junio de 2012 65%

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DOCUMENTO 10-A

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2010

____ de _______________ de ______ (1) Pemex Petroquímica. Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3) _______________ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos,” el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien (es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ________(4)______, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de contratación pública de conformidad con el Tratado de Libre Comercio ____(5)____.

Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información.

A T E N T A M E N T E

______________ (6) _____________

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO: NUMERO

DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Indicar el número de procedimiento de licitación pública internacional respectivo. 3 Citar el nombre o razón social o denominación del licitante. 4 Señalar el número de partida que corresponda. 5 Indicar el Tratado correspondiente a la regla de origen y bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación. 6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA

: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente

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DOCUMENTO 10-B

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2010.

____ de _______________ de ______ (1)

Pemex Petroquímica. Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3) ___________________ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos” el que suscribe manifiesta bajo protesta decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien (es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ________(4)______, son originarios de ______(5)______, país que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos el Tratado de Libre Comercio _______(6)________, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del sector público de dicho tratado. Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información.

ATENTAMENTE

_______________ (7) _____________

INSTRUCTIVO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Indicar el número del procedimiento de Licitación Pública internacional. 3 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante. 4 Señalar el número de partida que corresponda. 5 Anotar el nombre del país de origen del bien.

6 Indicar el tratado bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.

7 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. NOTA:

.

Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE)

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA. ______________________ ______________________ P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta)

LISTA DE DOCUMENTOS

, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante,

mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega

con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 12

DOCUMENTACION REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

NO APLICA

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DOCUMENTO 13

FORMATO DE CEDULA SOBRE EL PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES

NO APLICA

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DOCUMENTO 14

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN

OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

21

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE 1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON

ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN

DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

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4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y

EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA

SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O

CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN

BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. 5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD

PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 2011.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

__________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE

___________________________________ Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 15

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. • El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

• Profundizar las reformas legales que inició en 1999. • Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su

cumplimiento. • Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y

extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan:

• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

• Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones

indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la

legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se

mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis

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Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se

encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 16

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEMEX PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S 1. PEMEX PETROQUIMICA declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación y tiene por objeto procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, y celebrar toda clase de actos, convenios y contratos, entre otros, de conformidad con la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de APODERADO GENERAL DE PEMEX PETROQUIMICA, mediante el testimonio de la Escritura Pública No._______ de fecha ___ de ____ de ____, otorgada ante la fe del Lic_________________, Titular de la Notaria Pública No. ______ de la Ciudad de ____________, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización correspondiente de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos. 1.4 Se obliga a prever los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato. 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante el Procedimiento de LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL, con numero de concurso ____________, con fundamento en_____________. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es RFC: _______. 2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

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2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (I) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (II) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (III) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (IV) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (V) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL Y DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN INCLUIR EL I.V.A. De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. 2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 Para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio convencional el siguiente: Domicilio: ________ Col. _______________, C.P. ______________ Ciudad:_________________________ Estado:__________________________ Tel./Fax: _______________________ Correo Electrónico: _________________ 2.11 El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación (Microempresa, Sector Comercio) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: UNIDAD DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia de Planeación de Mantenimiento Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de PEMEX PETROQUIMICA consistentes en: __________________________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en los anexos “A” y “B” de este contrato, mismo que forma parte integrante del mismo SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir del día natural siguiente de la fecha de firma del contrato y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

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TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de (De acuerdo a lo indicado en el Documento 02) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida (es) a inspeccionar, así como el número del contrato. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Los BIENES objeto de este Contrato, serán entregados en el Almacén 436 del COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA, ubicado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México., a la atención de la Superintendencia de Recursos Materiales en días hábiles y en el siguiente horario: 8:30 AM a 15:30 P.M. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUIMICA, será a cargo del PROVEEDOR. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: partida completa La condición de entrega que aplica para el presente contrato es ________________ destino final, en Almacén Local (430) de Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México.; consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido. CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto

El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El precio unitario de los bienes se especifica por partida en el Anexo “A” de este contrato. La(s) referencia(s) MXP, asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo “A” de este contrato significan: pesos mexicanos.

4.2 Facturación

El PROVEEDOR deberá entregar sus facturas acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio de trámite de pago en Ventanilla Única ubicada en la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera, sitio en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México., debidamente requisitadas, en original, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato.

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El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes. El PROVEEDOR deberá facturar a nombre de PEMEX PETROQUIMICA Complejo Petroquímico Cangrejera, RFC: _________, domicilio fiscal: KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México., y deberá hacer referencia a este Contrato, a la orden, a los bienes entregados de acuerdo a la(s) partida(s) que surte, la(s) unidad(es) de medida y al(a los) precio(s) unitario(s) de los BIENES. En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUIMICA dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

4.3 Condiciones y forma de pago

PEMEX PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PEMEX PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEMEX PETROQUIMICA a través de la Ventanilla Única ubicada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Morelos, sitio en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México., con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (10) diez días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUIMICA.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA. PEMEX PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX PETROQUIMICA. QUINTA.- PENALIZACIONES Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes o valor de los bienes entregados con atraso), por cada día calendario de atraso, a razón de _ por cada día de atraso y hasta por el importe total de la garantía de cumplimiento del contrato o, si fuera el caso, de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la partida de que se trate. El monto de las penas convencionales no podrá exceder del monto de la garantía presentada. El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.

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- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo “ B” de este contrato. PEMEX PETROQUIMICA, podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los bienes objeto de este contrato. SEPTIMA.- CESIÓN El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX PETROQUIMICA. Para que PEMEX PETROQUIMICA otorgue su consentimiento el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas y financieras necesarias para cumplir con las obligaciones del PROVEEDOR, excepto cuando se cedan los derechos de cobro. La cesión de los derechos de cobro del PROVEEDOR se realizará con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. NOVENA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS BIENES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, consistente en:

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Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

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(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado.

Por defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad.

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de

identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los defectos y vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la ventanilla de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en la Superintendencia de Recursos Materiales, en el horario de: 8:30 a 15:30 hrs., aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEMEX PETROQUIMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: Nivel III, el área que realizará la inspección será: la Superintendencia de Planeación de Mantenimiento, el lugar donde se llevará a cabo será: en el Almacén Local del Complejo Petroquímico Cangrejera, quienes deberán verificar documental y físicamente, lo siguiente:

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Previo a la entrega de los bienes muebles, el Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación: a) Remisión o factura. (Copia) “Si aplica” b) Pedimento de importación. (Original) o copia legible “Si aplica” c) Certificado de origen. (Original) o copia simple “Si aplica” d) Garantía comercial del fabricante (Original) o copia certificada. “Si aplica” e) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. “Si aplica” f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. “No aplica” g) Protocolo de pruebas. “Si aplica” h) Documentación técnica. (Original) o copia certificada “Si aplica” i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. “Si aplica” Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados. El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX PETROQUIMICA. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.

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El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEMEX PETROQUIMICA. El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato. Cualquier gasto en que incurra PEMEX PETROQUIMICA, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEMEX PETROQUIMICA bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, y d. Incorporación de avances tecnológicos. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables,

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imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR; (ii) o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa PEMEX PETROQUIMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado

no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para

la adjudicación del contrato; e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el

cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato

de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e

intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si

siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido

Nacional”;

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k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la

inspección de los bienes; n) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada

para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. PEMEX PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEMEX PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato, debiendo en todo caso ajustarse a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PEMEX PETROQUIMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PEMEX PETROQUIMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, y La determinación de PEMEX PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PEMEX PETROQUIMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA

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El PROVEEDOR solo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor; II. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y

III. Cuando lo determine PEMEX PETROQUIMICA. Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PEMEX PETROQUIMICA, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en los Anexos “A” y “B”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. En caso de terminación anticipada, se elaborará el finiquito en los términos de la cláusula denominada “Finiquito”. DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a PEMEX PETROQUIMICA: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: en km 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz México, Tel: 01 (921) 2113000 Ext. 33-057 y 33720, y correo electrónico [email protected]. Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato. Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato.

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DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PEMEX PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEMEX PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

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Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUIMICA en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 3 (tres) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX PETROQUIMICA. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX PETROQUIMICA. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus

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Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. VIGÉSIMA SEGUNDA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que la(s) conducta(s) resultase(n) en la comisión de delito(s), decretado(s) en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEMEX PETROQUIMICA podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del Contrato”. Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso al Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA, para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA TERCERA.- IDIOMA Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 67 de su Reglamento. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA QUINTA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.

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Anexo “A”.- Tarifa y Catalogo de Conceptos Anexo “B”.- Descripción y Alcance del Contrato Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA SEPTIMA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. VIGÉSIMA OCTAVA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales Competentes de la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa. VIGÉSIMA NOVENA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. TRIGÉSIMA.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PEMEX PETROQUIMICA cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o

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su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). TRIGÉSIMA PRIMERA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO Los conceptos denominados codificación / Centro de trabajo / Departamento afectado / concepto de origen / renglón del gasto /número de referencia / centro gestor / posición financiera, y almacén, señalados en el anexo “A” del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PEMEX PETROQUIMICA que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, el día ________ del ___________ de________.

POR PEMEX PETROQUIMICA

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

______________________________________

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DOCUMENTO 17

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan de manera enunciativa más no limitativa: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de

conformidad con el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases. 2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, sí que el pago de bases no se realizó en tiempo y forma,

de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 de estas bases de licitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento

03, de conformidad con lo indicado el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases. 4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras y firmada

autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las

aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

7. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien Que no indique marca Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

6. No elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América,

conforme al Documento 06-A. No cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A.

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7. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables y convenientes de acuerdo al punto 4.4.2 incisos C) y D) del documento 02 de estas bases.

8. No presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, para dar cumplimiento a las “Reglas para la

celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010, de conformidad con lo indicado en el punto 4 inciso I) del Documento 02 y Documento 10 ó 10-A ó 10-B de estas bases.

9. No presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, para dar cumplimiento al artículo 23 de las

DCA’S, de conformidad con lo indicado en el punto 4 inciso J) del Documento 02 y Documento 06-B de estas bases.

10. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas

bases, de conformidad con lo establecido en el punto 4 del documento 02 de estas bases. 11. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de las presentes bases. 12. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto

de esta convocatoria o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante. 13. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias

aplicables. 14. El No señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, de conformidad

con el punto 4 inciso M) del Documento 02 de estas bases. 15. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del Documento 02 de

estas bases. 16. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado. 17. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A, 06-B, 07, y 10 ó 10-A ó 10-B, debidamente requisitados. 18. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta,

incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta. 19. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, así como a su versión final que

afecte directamente la solvencia de su proposición. 20. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la

proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases, y a su versión final.

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DOCUMENTO 18

NIVEL(ES) DE INSPECCIÓN. Nivel III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. En el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Especificaciones contractuales. 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. 4) Las pruebas finales. 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. 7) La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 19

Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental

400-ACSIPA-RE-01 Rev. 01

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial

y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

Elabora

Revisa

Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

• La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

• Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

• La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

• En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

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• Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

• Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

• Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

• Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

• Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

• Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

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• Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

• Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

• Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

• Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

• Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

• Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

• Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

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6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

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6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR. 7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES. 7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas

oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

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7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS. 7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar

con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una

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supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica. Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para

tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de transito. Y en el caso de la actividad especifica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS. 7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía

contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

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• Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

• Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

• Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

• El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

• El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

• Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos

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anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE. 7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus

proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna. Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área

administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente. Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación

vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc. Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

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En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL. 7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el

equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación: Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de

seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

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7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO. 7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de

bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

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Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

1. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

2. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

3. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

4. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

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5. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos. 7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas

pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación. 7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben

aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

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7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o mas trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus

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estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= HORAS HOMBRE LABORADAS.

NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

Indice de gravedad (I.G.):

IG= HORAS HOMBRE LABORADAS.

NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

Indice de fatalidad (FAR):

FAR= HORAS HOMBRE LABORADAS.

NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

Número de Trabajadores: Horas hombre de exposición al riesgo: Días calendario sin accidentes: Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

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7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES. 7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las

medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS. 7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos

aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

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7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico). 7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área

involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

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7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA 7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o

fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA 7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de

trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

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8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

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i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

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gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

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9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

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ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía b) Dirección y teléfono c) Informe correspondiente al mes del 200 d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente i) Total mensual de días perdidos por incapacidad j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores

accidentados m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo n) Total mensual de horas hombre laboradas o) En la ciudad de a de del 200 p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha b) Nombre N°. De identificación c) Clasificación o categoría Edad d) Nombre de la Compañía e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía f) Relato del accidente g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo: B) Construcción y/o Mantenimiento: C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente: j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica k) Lesiones al trabajador l) Lugar donde se atendió al trabajador m) Nombre del médico que atendió n) Institución o servicio médico o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente p) Cuantificación de daños q) Fecha de reporte a S.I.P.A. r) Representante de la Compañía: Nombre: Cargo:

Forma de distribución: ORIGINAL.-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 20

FORMATO DE MANIFESTACIÓN PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL RFC, NI LOS AVISOS AL MENCIONADO REGISTRO Y QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, REFERENTE AL ULTIMO PARRAFO REGLA 1.2.1.15 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010, (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN PUBLICADO EL 03 DE DICIEMBRE 2010.

Modificado (SUBCOMITÉ, Nota 429.03, 09/02/2011)

(Papel membretado del proveedor)

(Lugar y Fecha): _______________. a __de___________de____.

PEMEX PETROQUÍMICA

______________________________ ______________________________:

PRESENTE [Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal], R.F.C. [Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal]_, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa)

, cuya actividad preponderante es: el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:

Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:

• La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;

• La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.

• Declaraciones periódicas en México.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando:

1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 21

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NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

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DOCUMENTO 22

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NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de

los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.