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COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-___-11 Número Interno ________ Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Abril de 2011 PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA OBJETO DE LA LICITACIÓN: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL C.P. PAJARITOS. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 24 DE MAYO DE 2011; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: C.P. FELIPE BAUTISTA HERNÁNDEZ AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected] La publicación de las prebases no implicará compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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JEFATURA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18578021-___-11 Número Interno ________

Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Abril de 2011

PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS

PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA OBJETO DE LA LICITACIÓN: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL C.P. PAJARITOS. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 24 DE MAYO DE 2011; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: C.P. FELIPE BAUTISTA HERNÁNDEZ AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected] La publicación de las prebases no implicará compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL

No. 18578021-___-11

BAJO LA COBERTURA DE LOS CAPÍTULOS DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS QUE SE CITAN A CONTINUACIÓN: TLC MÉXICO-AMÉRICA DEL NORTE, TLC MÉXICO-NICARAGUA, TLC MÉXICO-ISRAEL, TLC MÉXICO-COLOMBIA, TLC MÉXICO-ASOCIACIÓN EUROPEA DE LIBRE COMERCIO (AELC) Y TLC MÉXICO-UNIÓN EUROPEA (TLCUE), EN LA QUE SÓLO PODRÁN PARTICIPAR LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS DE PAÍSES CON LOS QUE NUESTRO PAÍS TENGA CELEBRADO UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CAPÍTULO DE COMPRAS GUBERNAMENTALES”, Y BAJO LA RESERVA TRANSITORIA DE LOS CAPÍTULOS DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO QUE SE CITAN A CONTINUACIÓN: TLC-MÉXICO-JAPÓN Y TLC MÉXICO CHILE.

PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN:

MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL C.P. PAJARITOS.

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO A PRECIO FIJO

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54, 55 Fracciones I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56, 57,58 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 27, 28 y 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, en Coatzacoalcos, Veracruz, con teléfono 01 (921) 21-12522, conmutador 01 (921) 21 10202 exts(s). 32-351, 32-286, 32-075 y 32-094, y correos electrónicos: [email protected] y [email protected] en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional número 18578021-___-11, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 431-42000-B-1016780, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL C.P. PAJARITOS. (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de _____ Documentos.

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CRONOGRAMA

ACTO

FECHA Y HORA

LUGAR

VISITA(S) A INSTALACIONES –NO APLICA–

--------------------- ---------------------

JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA CONVOCATORIA

--------------------- Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

--------------------- Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

FECHA DE ANALISIS Y EVALUACION DE PROPUESTAS

--------------------- ---------------------

FECHA DE FALLO ---------------------

Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

PLAZO DE SUSCRIPCION DEL CONTRATO

---------------------

Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO 01 Requerimientos Técnicos. 02 Modelo Administrativo.

03 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta.

04 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. –NO APLICA-

05 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Bienes.

05-A

Formato para la manifestación que deberán Presentar los Proveedores de Bienes para dar Cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.1 (Fabricantes) del documento “Determinación y Declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

05-B

Formato para la manifestación que deberán Presentar los Proveedores de Bienes para dar Cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.2 (No sea Fabricante, Distribuidores y Comercializadores) del documento “Determinación y Declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

06 Formato de propuesta Técnica. 06-A Formato de propuesta Económica.

07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: • Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

09

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario.

10 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

11-A

Formato para la manifestación de no estar obligado a presentar total o parcialmente las declaraciones por impuestos federales

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

por tener residencia permanente en el extranjero, así como para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-

14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

15 Modelo-Guía del Contrato.

16 Causas de Desechamiento.

17 Niveles de inspección de bienes.

18 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.

19 Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL).

19-A Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL).

19-B Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES IMPORTADOS)

PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA LICITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

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DOCUMENTO 01

REQUERIMIENTOS TECNICOS

Partida Cantidad Unidad Descripción 1 300 Pieza COLCHA TERMO AISLANTE ARMADA 4 IN DE ESPESOR 24 IN DE ANCHO 96 IN DE

LONGITUD DENSIDAD DE 9 LB/FT3 CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA Y MALLA DE GALLINERO EN LA OTRA TEMP. DE SERVICIO DE 37 HASTA 650°C LIBRE DE ASBESTO MAX. PERDIGON 25% DEBERÁN DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO, ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO. RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 m (96 in) +/- 15 mm. ANCHO 0.61 m (24 in) +/- 15 mm. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO : 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 m (24 in) DE ANCHO, POR 2.44 m (96 in) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO.

2 300 Pieza COLCHA TERMOAISLANTE DE LANA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA Y MALLA METALICA HEXAGONAL MEDIDAS 2 IN DE ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN DE LONGITUD CON DENSIDAD DE 9 LB/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADO CENTIGRAD DEBERÁN DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO, ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5

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COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 m (96 in) +/- 15 mm. ANCHO 0.61 m (24 in) +/- 15 mm. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 m (24 in) DE ANCHO, POR 2.44 m (96 in) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO.

3 300 Pieza COLCHA TERMOAISLANTE LONA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA, TELA METALICA TIPO POLLERA EN LA OTRA 3 IN ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN LONGITUD, DENSIDAD DE 9 LBS/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADOS CENTIGRADOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO, ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 m (96 in) +/- 15 mm. ANCHO 0.61 m (24 in) +/- 15 mm. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS

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ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 m (24 in) DE ANCHO, POR 2.44 m (96 in) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO.

4 1500 Pieza COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA SILICO-ALUMINOSA MEDIDAS 1IN DE ESPESOR X 24 IN ANCHO X 300 IN DE LONGITUD CON DENSIDAD DE 4 LB/FT3 TEMPERATURA MAXIMA DE 1315 GRADOS CENTIGRADOS DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE MÁXIMA DE SERVICIO: 1315 °C TEMPERATURA DE FUSIÓN: 1760 °C RESISTENCIA AL CHOQUE TÉRMICO: EXCELENTE RESISTENCIA MECÁNICA: BUENA ABSORCIÓN DE SONIDO: BUENA CONTENIDO DE ASBESTO: NULO MATERIAL BASE: FIBRA CERÁMICA COLOR: BLANCO COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 45 A 48 % SiO2: 49 A 55 % Fe2O3: MENOS DEL 1 % TiO2: DEL 1.5 AL 1.9 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LA NORMA ASTM-C-201 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF REFRACTORIES. PRESENTACIÓN: CADA PIEZA DEBE DE SUMINISTRARSE DEBIDAMENTE ENVUELTA EN PLÁSTICO Y EN CAJA DE CARTÓN SELLADA. LA CUAL DEBE DE CONTAR CON LA DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL MATERIAL ASÍ COMO SUS DIMENSIONES.

5 1500 PIEZA COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA SILICO-ALUMINOSA MEDIDAS 1in DE ESPESOR X 24 in DE ANCHO X 300 in DE LONGITUD CON DENSIDAD DE 6 LBS/FT3 TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1315°C DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE MÁXIMA DE SERVICIO: 1315 °C TEMPERATURA DE FUSIÓN: 1760 °C RESISTENCIA AL CHOQUE TÉRMICO: EXCELENTE RESISTENCIA MECÁNICA: BUENA ABSORCIÓN DE SONIDO: BUENA CONTENIDO DE ASBESTO: NULO MATERIAL BASE: FIBRA CERÁMICA COLOR: BLANCO COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 45 A 48 % SiO2: 49 A 55 % Fe2O3: MENOS DEL 1 % TiO2: DEL 1.5 AL 1.9 %

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NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LA NORMA ASTM-C-201 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF REFRACTORIES. PRESENTACIÓN: CADA PIEZA DEBE DE SUMINISTRARSE DEBIDAMENTE ENVUELTA EN PLÁSTICO Y EN CAJA DE CARTÓN SELLADA. LA CUAL DEBE DE CONTAR CON LA DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL MATERIAL ASÍ COMO SUS DIMENSIONES.

6 1500 PIEZA COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA COMPUESTA DE FIBRAS LARGAS 1 IN DE ESPESOR 24 IN DE ANCHO 25 FT LONGITUD DENSIDAD DE 8 LBS/FT3 TEMP.MAX.OPN. DE 1315°C COMPOSICION QUIMICA ALO3 44-50 SiO2 50-60 Fe2O3 0.1-0.2 TiO2 0.1-0.2 COLOR BLANCO DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE MÁXIMA DE SERVICIO: 1315 °C TEMPERATURA DE FUSIÓN: 1760 °C RESISTENCIA AL CHOQUE TÉRMICO: EXCELENTE RESISTENCIA MECÁNICA: BUENA ABSORCIÓN DE SONIDO: BUENA CONTENIDO DE ASBESTO: NULO MATERIAL BASE: FIBRA CERÁMICA COLOR: BLANCO COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 44 A 50 % SiO2: 50 A 60 % Fe2O3: 0.1 A 0.2 % TiO2: 0.1 A 0.2 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LA NORMA ASTM-C-201 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF REFRACTORIES. PRESENTACIÓN: CADA PIEZA DEBE DE SUMINISTRARSE DEBIDAMENTE ENVUELTA EN PLÁSTICO Y EN CAJA DE CARTÓN SELLADA. LA CUAL DEBE DE CONTAR CON LA DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL MATERIAL ASÍ COMO SUS DIMENSIONES.

7 300 PIEZA COLCHA TERMOAISLANTE LONA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA, TELA METALICA TIPO POLLERA EN LA OTRA 2 1/2 IN ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN LONGITUD, DENSIDAD DE 9 LBS/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADOS CENTIGRADOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO, ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 m (96 in) +/- 15 mm. ANCHO 0.61 m (24 in) +/- 15 mm. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 %

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No. 18578021-___-11 Número Interno ________

NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 m (24 in) DE ANCHO, POR 2.44 m (96 in) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO.

8 1000 KILOGRAMO FIBRA CERAMICA EN PASTA MOLDEABLE PARA UNA TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1260°C CON DENSIDAD DE 640 KGS/MT3 CONTENIDO DE SOLIDOS 55% COMPOSICION DEL 37% ALUMINA 31% SILICE 2% OTROS EL MATERIAL DEBE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: BAJO ALMACENAMIENTO DE CALOR RESISTENCIA AL CHOQUE TÉRMICO: EXCELENTE RESISTENCIA A LA CORROSIÓN: EXCELENTE TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1260 °C PORCENTAJE DE SÓLIDOS: DE 50 A 55 % DENSIDAD HÚMEDA: 1100 A 1200 kg/m3 DENSIDAD SECA: 550 A 720 kg/m3 COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al203: 30 AL 42 % SiO2: 31 AL 61 % OTROS: 2 A 3 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LA SIGUIENTE NORMA ASTM- C-177 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. PRESENTACIÓN: CUBETA DE PLÁSTICO CONTENIENDO 20 KILOGRAMOS +/- 3 KILOGRAMOS, SEGUN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

9 12000 KILOGRAMO CEMENTO AISLANTE MONOLITICO DE LANA MINERAL ESPECIFICACION ASTM-C195 DENSIDAD DE 352 KG/M3 TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 1600°F DEBE DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES: TEMPERATURA DE SERVICIO: HASTA 1600° F. CONTENIDO DE ASBESTO: NULA RENDIMIENTO: DE 15 A 20 m2 A 1 cm. DE ESPESOR CON 100 Kg. DE CEMENTO ENCOGIMIENTO LINEAL: 2 AL 4 % AL SECADO CORROSIVIDAD: NULA RESISTENCIA AL FUEGO: INCOMBUSTIBLE CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: BAJA ADHERENCIA: BUENA NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS NOM-009 ENER 1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES.

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ASTM-C-195 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER THERMAL INSULATING CEMENT. ASTM-C-449 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER HYDRAULIC-SETTING THERMAL INSULATING AND FINISHING CEMENT. ASTM-C-335 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT TRANSFER PROPERTIES OF PIPE INSULATION. ASTM-C-336 - STANDARD TEST METHOD FOR ANNEALING POINT AND STRAIN POINT OF GLASS BY FIBER ELONGATION. ASTM-C-411 - STANDARD TEST METHOD FOR HOT-SURFACE PERFORMANCE OF HIGH-TEMPERATURE THERMAL INSULATIONASTM-C-411. ASTM-C-166 - STANDARD TEST METHOD FOR COVERING CAPACITY AND VOLUME CHANGE UPON DRYING OF THERMAL INSULATING CEMENT. ASTM-C-353 - STANDARD TEST METHOD FOR ADHESION OF DRIED THERMAL INSULATING OR FINISHING CEMENT. PRESENTACIÓN: SACOS DE PAPEL DE 3 Ó 4 CAPAS DE 25 Kg. DE CONTENIDO, +/- 5 Kg. ó SACOS DE RAFIA DE 40 kg. DE CONTENIDO +/- 5 Kg. SEGÚN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

10 100 PIEZA MEMBRANA DE CURADO PARA CONCRETO BASE GRASAS PARA USO GENERAL EN OBRA CIVIL. FUNCIÓN PRINCIPAL: RETENER AL MÁXIMO LA HUMEDAD PRESENTE EN EL CONCRETO RECIÉN COLADO DISMINUCIÓN DE HASTA UN 66 % EN LA RESISTENCIA A LA ABRASIÓN DEL CONCRETO Y LA APARICIÓN DE FISURAS DE CONTRACCIÓN POR SECADO. REDUCCIÓN DE POSIBILIDAD DE AGRIETAMIENTOS. PÉRDIDA DE AGUA MÁXIMA: 0.55 kg/m2 EN UN PERIODO DE 72 HORAS RENDIMIENTO: 5 m2/lt COLOR: BLANCO O ROJO. BASE: GRASA DE USO GENERAL EN OBRA CIVIL. NORMATIVIDAD APLICABLE: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-309 - STANDARD SPECIFICATION FOR LIQUID MEMBRANE-FORMING COMPOUNDS FOR CURING CONCRETE. ASTM-D-2379 - STANDARD TEST METHOD FOR ACIDITY OF FORMALDEHYDE SOLUTIONS. ASTM-D-2196 - STANDARD TEST METHODS FOR RHEOLOGICAL PROPERTIES OF NON-NEWTONIAN MATERIALS BY ROTATIONAL (BROOKFIELD TYPE) VISCOMETER. ASTM-D-1475 - STANDARD TEST METHOD FOR DENSITY OF LIQUID COATINGS, INKS, AND RELATED PRODUCTS. PRESENTACIÓN: CADA PIEZA CONSTA DE UNA CUBETA DE PLASTICO ó METÁLICA DE 19 ó 20 LITROS SEGÚN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

11 20 PIEZA TELA AISLANTE DE FIBRA DE VIDRIO GLASS FAB TIPO 20-20 DE 46 IN DE ANCHO EN ROLLOS DE 100 PIES DE LONGITUD DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEJIDO DE FIBRA DE VIDRIO PARA REFORZAR RECUBRIMIENTOS, GRAN RESISTENCIA MECÁNICA Y QUÍMICA. ROLLOS DE 1.20 m X 50 m = 60 m2. PESO APROXIMADO: 54 gr/m2. ANCHO DEL TEJIDO: 120 cm. LARGO: 50 m.

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ESPESOR: 4.5 MILESIMAS DE PULGADA. FABRICADA A BASE DE FIBRA DE VIDRIO 100 % , TIPO 1/0 CON UNA CUENTA DE TEJIDO DE 20 HILOS EN PIE Y 10 HILOS EN TRAMA POR 2.54 cm (1 in), CON 200 ORIFICIOS POR PULGADA CUADRADA. RESISTENCIA A LA TENSIÓN: EN PIE: 36 kg/in EN TRAMA: 18 kg/in RESISTENCIA TÉRMICA: 155 °C. ACABADO: BLANCO NORMATIVIDAD: APLICA EL PUNTO 5.5.2 DE LA NORMA NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGÉTICA EN AISLAMIENTOS TÉRMICOS INDUSTRIALES. PRESENTACIÓN: ROLLOS DE 60 m2 APROXIMADAMENTE, CON UN ANCHO DE 120 cm, LARGO DE 50 m Y UN PESO APROXIMADO DE 54 gr/m2, ENVUELTAS EN PLASTICO.

12 25000 KILOGRAMO CONCRETO REFRACTARIO CON ALTO PODER AISLANTE FRAGUADO AL AIRE CON DENSIDAD DE 1320 KG/CM3 TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1345°C DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 39.5 - 44.5 % SiO2: 35.8 - 40.8 % Fe2O3: 2.6 - 4.5 % LÍMITE DE TEMPERATURA DE SERVICIO: 1345 °C PESO ESPECÍFICO: 1290 kg/m3 MODULO DE RUPTURA: 1.7 - 2.8 Mpa CAMBIO DE PERMANENCIA LINEAL DEL 0.1 AL 0.2 % CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: 260 °C, 0.317 W/m °K 540 °C, 0.330 W/m °K 815 °C, 0.360 W/m °K 1095 °C, 0.389 W/m °K NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS ASTM-C-862 - STANDARD PRACTICE FOR PREPARING REFRACTORY CONCRETE SPECIMENS BY CASTING. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-417 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES. ASTM-C-860 - STANDARD PRACTICE FOR DETERMINING THE CONSISTENCY OF REFRACTORY CASTABLE USING THE BALL-IN-HAND TEST. ASTM-C-401-91/95 - STANDARD CLASSIFICATION OF ALUMINA AND ALUMINA-SILICATE CASTABLE REFRACTORIES. ASTM-C-113 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 O 4 CAPAS CONTENIENDO 25 kg. DE MATERIAL, +/- 5 kg. DE ACUERDO A LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

13 25000 KILOGRAMO CONCRETO REFRACTARIO HIDRAULICO FRAGUADO AL AIRE CON CONTENIDO DEL 61 AL 63 POR CIENTO DE ALUMINA DENSIDAD DE 2370 KILOGRAMOS / METRO CUBICO TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1650 GRADOS CENTIGRADOS. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

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COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO: 29 AL 34 % Al2O3: 61 AL 63 % Fe2O3: 1.5 % MÁXIMO CaO: 1.5 AL 4.5 % MgO: 0.2 AL 2.3 % TiO2: 0.7 AL 2.7 % Na2O + K2O: 0.6 AL 3.2 % TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO 1650 °C AGUA NECESARIA PARA USARLO (% EN PESO): 8-11 % DENSIDAD: 2,290.00 A 2,370.00 kg/m3 MODULO DE RUPTURA: AL SECARSE (105 °C): 71 A 75.7 kg/cm2 AL CALENTARSE (815 °C): 42 A 49.3 kg/cm2 COMPRESIÓN EN PLANO: AL SECARSE:( 105°C): 316 kg/cm2 AL CALENTARSE (815°C): 70 kg/cm2 NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-862 - STANDARD PRACTICE FOR PREPARING REFRACTORY CONCRETE SPECIMENS BY CASTING. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-417 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES. ASTM-C-113 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 O 4 CAPAS CONTENIENDO 25 kg. DE MATERIAL, +/- 5 kg. DE ACUERDO A LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

14 1500 KILOGRAMO MORTERO HUMEDO DE FRAGUADO AL AIRE ALTA RESISTENCIA Y ALTO CONTENIDO DE ALUMINA TEMPERATURA DE SERVICIO DE 1760 GRADOS CENTIGRADOS. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: RESISTENCIA DE LIGA EN FRÍO: A 110 °C: DE 28 A 64 kg/cm2 A 815 °C: DE 14 A 46 kg/cm2 COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 52.7 A 62.0 % Al2O3: 31.0 A 42.2 % Fe2O3: 0.5 A 1.7 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C -182-88 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF INSULATING FIREBRICK. ASTM-C-210-95 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF INSULATING FIREBRICK. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-198-91 - STANDARD TEST METHOD FOR COLD BONDING STRENGTH OF REFRACTORY MORTAR.

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ASTM-C-583-10 - STANDARD TEST METHOD FOR MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORY MATERIALS AT ELEVATED TEMPERATURES. ASTM-C-134-95 - STANDARD TEST METHODS FOR SIZE, DIMENSIONAL MEASUREMENTS, AND BULK DENSITY OF REFRACTORY BRICK AND INSULATING FIREBRICK. ASTM-C-199-84 - STANDARD TEST METHOD FOR PIER TEST FOR REFRACTORY MORTARS. ASTM-C-704-99 - STANDARD TEST METHOD FOR ABRASION RESISTANCE OF REFRACTORY MATERIALS AT ROOM TEMPERATURE. ASTM-C-860-10 - STANDARD PRACTICE FOR DETERMINING THE CONSISTENCY OF REFRACTORY CASTABLE USING THE BALL-IN-HAND TEST. PRESENTACIÓN: RECIPIENTES DE PLASTICO Ó METÁLICOS CONTENIENDO 9 kg., 22.6 kg., 30 Kg. ó 35 kg. SEGÚN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

15 15000 PIEZA LADRILLO REFRACTARIO AISLANTE RECTANGULAR DE 2 1/2 in DE ESPESOR X 4 1/2 in DE ANCHO X 9 in DE LONGITUD PARA TEMPERATURA MAXIMA DE OPERACION 1260°C DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1260 °C MODULO DE RUPTURA: 11 - 18 kg/cm2 COMPRESIÓN EN PLANO: 28 A 42 kg/cm2 DENSIDAD: 0.70 A 1.05 gr/cm3 CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: A 205 °C 0.162 A 0.310 Kcal-m/m2-hr- ° C A 315 °C 0.156 A 0.320 Kcal-m/m2-hr- ° C A 425 °C 0.159 A 0.340 Kcal-m/m2-hr- ° C A 540 °C 0.162 A 0.360 Kcal-m/m2-hr- ° C COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 32.1 - 64.3 % Al2O3: 32.1 - 50 % Fe2O3: 0.4 - 1.0 % TiO2: 1.0 A 1.7 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. NMX-O-1-1988 - PRODUCTOS GENERALES PARA USO INDUSTRIAL - MATERIALES REFRACTARIOS - LADRILLOS SÍLICO - ALUMINOSOS Y DE ALTA ALÚMINA- CLASIFICACIÓN. ASTM-C-24-09 - STANDARD TEST METHOD FOR PYROMETRIC CONE EQUIVALENT (PCE) OF FIRECLAY AND HIGH ALUMINA REFRACTORY MATERIALS. ASTM-C-27-98 - STANDARD CLASSIFICATION OF FIRECLAY AND HIGH-ALUMINA REFRACTORY BRICK. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. ASTM-C -133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-182-88 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF INSULATING FIREBRICK. PRESENTACIÓN Ó EMBALAJE: LOS LADRILLOS SE DEBEN SUMINISTRAR EN TARIMAS DE MADERA DE PINO CONTENIENDO COMO MÁXIMO 36 CAJAS CON 25

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PIEZAS DE LADRILLOS CADA UNA (900 PIEZAS POR TARIMA), CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

16 10000 PIEZA LADRILLO REFRACTARIO AISLANTE RECTANGULAR DE 9 IN X 4 1/2 IN X 2 1/2 IN PARA TEMP. MAX. OPN. HASTA 1425ºC PROPIEDADES FISICAS MODULO DE RUPTURA 18-25 KG/CM2 COMPRESION EN EL PLANO 42-63 KG/CM2 PROPIEDADES QUIMICAS AI2O3 54-56 SIO2 38-40 DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1425 °C. MODULO DE RUPTURA: 18 A 38 kg/cm2 COMPRESIÓN EN PLANO: 42 A 94 kg/cm2 DENSIDAD: 0.85 - 1.095 gr/cm3 CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: A 205 °C 0.162 A 0.310 Kcal-m/m2-hr- ° C A 315 °C 0.156 A 0.320 Kcal-m/m2-hr- ° C A 425 °C 0.159 A 0.340 Kcal-m/m2-hr- ° C A 540 °C 0.162 A 0.360 Kcal-m/m2-hr- ° C COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 A 44 % Al2O3: 47 A 58 % Fe2O3: 0.4 A 1.2 % MgO: 0.1 A 0.5 % TiO2: 0.7 A 1.2 % Na2O + K2O: 0.3 A 1.79 % NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. ASTM-C -133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-16-03 - STANDARD TEST METHOD FOR LOAD TESTING REFRACTORY SHAPES AT HIGH TEMPERATURES. ASTM-C-182-88 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF INSULATING FIREBRICK. PRESENTACIÓN Ó EMBALAJE: LOS LADRILLOS SE DEBEN SUMINISTRAR EN TARIMAS DE MADERA DE PINO CONTENIENDO COMO MÁXIMO 36 CAJAS CON 25 PIEZAS DE LADRILLOS CADA UNA (900 PIEZAS POR TARIMA), CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

17 2000 LITRO RECUBRIMIENTO ASFALTICO BARRERA DE VAPOR PARA BAJAS TEMPERATURAS TIPO C.I. MASTIC 60-25 DE BAJA PERMEABILIDAD Y ALTA FLEXIBILIDAD COLOR NEGRO. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES: RESISTENTE Y DURABLE EXCELENTE FLEXIBILIDAD Y BAJA PERMEABILIDAD AL VAPOR RECUBRIMIENTO IDEAL PARA APLICACIONES DE AISLANTES A BAJAS TEMPERATURAS. COLOR: NEGRO PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 63 % EN VOLUMEN DENSIDAD: 1.05 A 1.20 kg/lt TIEMPO DE SECADO:

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SECADO AL TACTO: 5 - 6 HORAS SECADO TOTAL: 36 HORAS LÍMITE DE TEMPERATURA DE SERVICIO: - 29 A 93 °C (- 20 °F A 200°F) TRANSMISIÓN VAPOR-AGUA: 0.0 PERMISIBLE A 0.125 in DE ESPESOR DE PELÍCULA SECA FLAMABILIDAD EN HÚMEDO: PUNTO DE FLAMEO: 43 °C VALORES LÍMITE PARA VAPOR DE SOLVENTE: 500 PARTES POR MILLÓN. NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-461-81 - STANDARD TEST METHODS FOR MASTICS AND COATINGS USED WITH THERMAL INSULATION. ASTM-D-1475 - STANDARD TEST METHOD FOR DENSITY OF LIQUID COATINGS, INKS, AND RELATED PRODUCTS. ASTM-D-93 - STANDARD TEST METHODS FOR FLASH POINT BY PENSKY-MARTENS CLOSED CUP TESTER. PRESENTACIÓN: TAMBOR METALICO DE 200 LITROS CON TAPA Y ARILLO METALICO, +/- 5 LITROS.

18 150 JUEGO CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO PREMOLDEADO EN FORMA DE MEDIAS CAÑAS 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 6 IN DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 kg/m3 (30 - 35 lb/ft3) FACTOR K, BTU/ (hr) (ft3 °F/in): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 psi (0.84 - 1.76 kg/cm2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 psi (2.81 - 3.16 kg/cm2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-in): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70° C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/hr/ft2 °F/in PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 A 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 mm DE LARGO (36 in ) TOLERANCIA +/- 4 in, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 152 mm (6 in) Y 50 mm ( 2 in)

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DE ESPESOR.

19 150 JUEGO CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO PREMOLDEADO EN FORMA DE MEDIAS CANAS DE 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 12 IN DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 kg/m3 (30 - 35 lb/ft3) FACTOR K, BTU/ (hr) (ft3 °F/in): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 psi (0.84 - 1.76 kg/cm2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 psi (2.81 - 3.16 kg/cm2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-in): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70° C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/hr/ft2 °F/in PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 A 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 mm DE LARGO (36 in) TOLERANCIA +/- 4 in, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 304 mm (12 in) Y 50 mm ( 2 in) DE ESPESOR.

26 15000 KILOGRAMO CONCRETO AISLANTE RESISTENTE Y BAJA DENSIDAD TEMPERATURA DE SERVICIO DE 1370 GRADOS CENTIGRADOS. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1370 °C TEMPERATURA DE FRAGUADO: AMBIENTE MODULO DE RUPTURA: 600 A 850 kg/cm2 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN EN PLANO: 60 A 73 kg/cm2 COMPOSICIÓN QUÍMICA SiO2: 35 - 46 % Al2O3: 40 - 47.0 % Fe2O3: 1.5 - 2.6 % CaO: 8.0 - 17.3 % MgO: 0.1 - 0.4 % TiO2: 1.0 - 2.5 % Na2O+K2O: 0.5 - 1.5 % NORMATIVIDAD APLICABLE:

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APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-583-10 - STANDARD TEST METHOD FOR MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORY MATERIALS AT ELEVATED TEMPERATURES. ASTM-C-417-05 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES. PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 Ó 4 CAPAS CONTENIENDO 25 Kg. DE MATERIAL, +/- 5 kg. SEGUN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

27 168 PIEZA PIEDRA DIFUSORA REFRACTARIA COMPLETA FABRICADA DE ALTA ALUMINA PARA INTERIOR DE HORNO DE PIROLISIS TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1870°C COMPRESION EN PLANO 528.0 KG/CM2 MODULO DE RUPTURA 106.0 KG/CM2. DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 GR/CM3. LA PIEDRA DIFUSORA (ROSETA REFRACTARIA) PARA QUEMADOR DEBE ESTAR FABRICADA DE ACUERDO AL DIBUJO No. SM-6210, DEL BLOCK PARA QUEMADOR DE HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA ETILENO II DEL C.P. PAJARITOS. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: PROPIEDADES FÍSICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1870°C COMPRESIÓN EN PLANO: 528 A 1700 kg/cm2 MODULO DE RUPTURA: 106 A 600 kg/cm2 DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 gr/cm3 POROSIDAD APARENTE: 18% EQUIVALENTE A CONO PIROMETRICO ORTON: 39 REFRACTABILIDAD: CONSTANTE CAMBIO LINEAL PERMANENTE: CONSTANTE COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 80 A 85% SiO2: 10 A 12% Fe2O3: 0.4 A 0.7% CaO: 0.5 A 0.6% NORMATIVIDAD: ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: CADA ROSETA (PIEZA COMPLETA) DEBE SUMINISTRARSE COMO UN JUEGO QUE CONSTA DE CUATRO PIEZAS DE ACUERDO AL DIBUJO No.SM-6210, EN TARIMAS DE MADERA DE PINO CONTENIENDO COMO MÁXIMO 42 PIEZAS COMPLETAS POR CADA TARIMA, CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

28 100 PIEZA PIEDRA DE MIRILLA ESPECIFICACION ASTM C-133 ASTM C-113 DEL ÁREA DE RADIACIÓN TEMPERATURA MAXIMA 1870°C LAS PIEDRAS DE MIRILLAS DE CONVECCIÓN, DEBEN FABRICARSE DE ACUERDO A LAS DIMENSIONES INDICADAS EN EL DIBUJO DE DETALLE No. 5 (CONVECTION PEEP DOOR TILE). PROPIEDADES FÍSICAS: TEMPERATURA MAX. DE SERVICIO: 1870 °C COMPRESIÓN EN PLANO: 528 A 1700 kg/cm2 MODULO DE RUPTURA: 106 A 600 kg/cm2 DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 gr/cm3

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DEFORMACIÓN BAJO CARGA A 1500° C: 3.1 % POROSIDAD APARENTE: 20% COEFICIENTE DE EXPANSION TERMICA: 6.3 CONDUCTIVIDAD TERMICA A 1477° K (1203° C): 2.0 COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 80 A 85% SiO2: 10 A 12% Fe2O3: 0.4 - 0.7% CaO: 0.5 - 0.6% NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: DEBE SUMINISTRARSE, EN TARIMAS DE MADERA DE PINO, CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

29 12 PIEZA PIEDRA DE MIRILLA ESPECIFICACION ASTM C-133 ASTM C-113 DEL ÁREA DE CONVECCIÓN TEMPERATURA MAXIMA 1870°C LAS PIEDRAS DE MIRILLAS DE RADIACIÓN, DEBEN FABRICARSE DE ACUERDO AL DIBUJO DE DETALLE No. 4 (RADIANT PEEP DOOR TILE). PROPIEDADES FÍSICAS: TEMPERATURA MAX. DE SERVICIO: 1870 °C COMPRESIÓN EN PLANO: 528 A 1700 kg/cm2 MODULO DE RUPTURA: 106 A 600 kg/cm2 DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 gr/cm3 DEFORMACIÓN BAJO CARGA A 1500°C: 3.1 % POROSIDAD APARENTE: 20% COEFICIENTE DE EXPANSION TERMICA: 6.3 CONDUCTIVIDAD TERMICA A 1477°K (1203° C): 2.0 COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 80 A 85% SiO2: 10 A 12% Fe2O3: 0.4 - 0.7% CaO: 0.5 - 0.6% NORMATIVIDAD: APLICAN TODOS LOS PUNTOS DE LAS SIGUIENTES NORMAS. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: DEBE SUMINISTRARSE, EN TARIMAS DE MADERA DE PINO, CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

30 400 PIEZA FUNDA PARA QUEMADOR (BLOCK) DE FIBRA LIGERA FABRICADO A BASE DE FIBRA CERAMICA DE 8 in DE LONGITUD X 3/8 in DE ESPESOR X 4 in DE DIAMETRO INTERIOR X 4 3/4 in DIAMETRO EXTERIOR PARA UNA TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1400 °C LA FUNDA PARA QUEMADOR DEBE FABRICARSE DE ACUERDO A LAS DIMENSIONES INDICADAS EN EL DIBUJO No. 1 Y DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

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BLOCK (MANGA) QUEMADOR DE FIBRA CERAMICA FORMADO AL VACIO TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO: 1400° C PUNTO DE FUSION: 1850° C DENSIDAD: 14 A 18 lb/ft3 CONDUCTIVIDAD TERMICA: 1.2 BTU in/hr ft2 °F A 1094° C GRAVEDAD ESPECIFICA: 2.5 A 2.7 gr/cm3 PESO A GRANEL: 4 A 6 lb/ft3 APARIENCIA Y OLOR: BLANCO, INODORO, MATERIAL FIBROSO. NO CONTIENE ASBESTOS COMPOSICION QUIMICA Al2O3: 63 A 65 % SiO2: 32 A 34 % OTROS: 1 A 2 % LA FUNDA PARA QUEMADOR DEBE CUMPLIR ESTRICTAMENTE CON LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES SOLICITADAS, TENIENDO ESPECIAL CUIDADO EN LAS DIMENSIONES REQUERIDAS, ESPECIFICAMENTE EN EL ESPESOR. EL CUAL DEBE MANTENERSE CONSTANTE EN TODO EL DESARROLLO DEL CUERPO. PRESENTACIÓN: LAS FUNDAS DEBEN SUMINISTRARSE INDIVIDUALMENTE EN BOLSAS DE POLIETILENO, EN CAJAS DE CARTON, CONTENIENDO COMO MÁXIMO 50 PIEZAS EN CADA CAJA.

31 150 JUEGO CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO DE 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 8 IN DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 kg/m3 (30 - 35 lb/ft3) FACTOR K, BTU/ (hr) (ft3 °F/in): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 psi (0.84 - 1.76 kg/cm2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 psi (2.81 - 3.16 kg/cm2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-in): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70° C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/hr/ft2 °F/in PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 - 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. NORMATIVIDAD: ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 mm DE LARGO (36 in)

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TOLERANCIA +/- 4 in, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 203 mm (8 in) Y 50 mm ( 2 in) DE ESPESOR.

1.- NOTAS GENERALES: A) LOS MATERIALES AMPARADOS EN ESTA SOLICITUD MÁS LOS EXISTENTES EN ALMACÉN SON COMPLEMENTO PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO EN EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO, PREDICTIVO Y CORRECTIVO DE LAS PLANTAS DERIVADOS CLORADOS III, TRATAMIENTO DE EFLUENTES I Y II, ETILENO II, INCINERADOR II, QUEMADOR DE GASES DE VENTEO Y SERVICIOS AUXILIARES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. B) NIVEL DE INSPECCION QUE APLICA: III 1). ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. (APLICA) 2). LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS Ó ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 3). CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 4). LAS PRUEBAS FINALES. (NO APLICA) 5). EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 6). MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA DEL BIEN Y NÚMEROS DE PARTE. (NO APLICA) 7). LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. (APLICA) EL TIEMPO ESTABLECIDO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES POR PARTE DEL PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX PETROQUIMICA ES DE 7 DÍAS NATURALES, CONTANDOSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE RECIBA LA DOCUMENTACIÓN DEL PROVEEDOR POR EL ÁREA DE RECEPTORÍA DE MATERIALES DEL DEPARTAMENTO ALMACEN. EL NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES: ING. JUAN NAVARRETE CRUZ (ESPECIALISTA "B" INGENIERIA). C) DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 36 DE LA LAASSP, LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS BIENES A ADQUIRIRSE ESTAN PERFECTAMENTE DETERMINADOS Y ESTANDARIZADOS, MISMAS QUE NO CONLLEVAN EL USO DE CARACTERISTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TECNICA O DE INNOVACION TECNOLOGICA, POR LO TANTO EL CRITERIO DE EVALUACIÓN ES EL BINARIO. D) EL TITULAR DE LA JEFATURA DE TALLERES DE MANTENIMIENTO SERÁ EL ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. E) LOS BIENES SOLICITADOS EN ESTA REQUISICION DEBEN SER NUEVOS, NO HABER ALCANZADO EL 20% DE SU VIDA DE ALMACENAMIENTO Y CUMPLIR EL 100% DE ESTA. F) SE MANIFIESTA QUE NO SE ACEPTAN PROPUESTAS CONJUNTAS PARA ESTA REQUISICIÓN. G) SE MANIFIESTA QUE NO APLICA LA SUBCONTRATACION PARA ESTA REQUISICIÓN. 2.- NOTAS PARA PEDIDO ABIERTO. A).- ESTA REQUISICIÓN SE CONSIDERA ANUAL HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 EN LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO, EL MONTO A EJERCER SERÁ DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ART. 47 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, QUE ESTABLECE QUE LA CANTIDAD O PRESUPUESTO MÍNIMO NO PODRÁ SER INFERIOR AL 40% DE LA CANTIDAD O PRESUPUESTO MAXIMO, NO EXISTIENDO OBLIGACIÓN DE EJERCER EL 100% DE LAS CANTIDADES SOLICITADAS EN EL CONTRATO.

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POR LO QUE PARA ESTA REQUISICIÓN EL PRESUPUESTO A EJERCER SERÁ EL QUE SE MANIFIESTA A CONTINUACIÓN: PRESUPUESTO MÍNIMO A EJERCER DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2011 SERÁ EL 40%: $4'131,129.60 MXP PRESUPUESTO MÁXIMO A EJERCER DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2011 SERÁ EL 100%: $10'327,824.00 MXP B).- LAS CANTIDADES A SURTIR SERÁN SOLICITADAS AL PROVEEDOR MEDIANTE ORDENES DE SURTIMIENTO EMITIDAS POR EL USUARIO Y SE SUMINISTRARAN EN UN TERMINO NO MAYOR A LOS 22 DÍAS NATURALES DESPUÉS DE RECIBIR LA ORDEN DE SURTIMIENTO LAS CUALES SE DERIVARAN DE LAS NECESIDADES DEL CENTRO DE TRABAJO, PLAZO QUE INCLUYE LOS 7 DÍAS DE INSPECCIÓN. C).- EN CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 85 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, A CONTINUACIÓN SE ESTABLECE EL MONTO MÍNIMO A EJERCER DEL PRESUPUESTO, ASÍ COMO LAS CANTIDADES MÁXIMAS A EJERCER POR CADA ORDEN DE SURTIMIENTO: EL MONTO MÍNIMO A EJERCER POR CADA ORDEN DE SURTIMIENTO NO SERÁ MENOR A LOS $ 8,200.00 MXP LAS CANTIDADES INDICADAS EN CADA PARTIDA, CORRESPONDEN A LA CANTIDAD MÁXIMA DE BIENES A CONTRATAR. 3.- NOTAS PARA EL LICITANTE: PARA FINES DE EVALUACION TECNICA EL LICITANTE DEBERA ENTREGAR JUNTO CON SU OFERTA TECNICA LO SIGUIENTE, DE NO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO, SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA. A). EL LICITANTE DEBE PRESENTAR ORIGINAL O FOTOCOPIA LEGIBLE DE LA FICHA TENICA DE LOS BIENES OFERTADOS PARA CADA PARTIDA, EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS MISMOS. EN LA CUAL SE PUEDA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ASÍ COMO DE LA NORMATIVIDAD SOLICITADA. B). EL LICITANTE DEBE CONSIDERAR DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA LOS SIETE DIAS NATURALES QUE LA ENTIDAD DISPONE PARA REALIZAR LA INSPECCION LOS BIENES. C). EL LICITANTE DEBE MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE SON NUEVOS, DE NO MANIFESTARLO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO. 4.- NOTAS PARA EL PROVEEDOR: A). EL PROVEEDOR PARA INGRESAR AL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS DEBE CUMPLIR CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD VIGENTES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA, CLAVE 400-ACSIPA-FO-12 REV. 03. B). EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE LOS MATERIALES EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, CARTA DE GARANTÍA EN ORIGINAL EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS MATERIALES, QUE AMPARE QUE LOS BIENES PODRAN SER ALMACENADOS POR UN PERIODO DE 12 MESES Y ESTOS PERMANECERAN SIN VARIAR SUS PROPIEDADES FISICAS Y QUIMICAS; ASI MISMO EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO AL CONTRATO, ASÍ COMO LA RELATIVA CONTRA DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS CON VIGENCIA MÍNIMA DE 6 MESES.

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C). EN CUMPLIMIENTO AL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETROLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CLAVE PA-800-70600-01 REV. 01. EL PROVEEDOR DE LOS BIENES DEBE ENTREGAR LA SOLICITUD DE INSPECCIÓN DE LOS BIENES AL PERSONAL DESIGNADO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN POR PEMEX, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO RESPECTIVO, DEBIÉNDOSE ENTREGAR DICHA SOLICITUD DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE CUALQUIER VÍA VIGENTE. DICHO DOCUMENTO DEBE CONTENER EL MEMBRETE, LA RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA, NÚMERO DE TELÉFONO, NOMBRE Y FIRMA DE UN REPRESENTANTE, LOS DATOS PARA RELACIONAR EL BIEN CON EL CONTRATO ESPECÍFICO, ASÍ COMO INDICAR LUGAR, FECHA, HORARIO DE ATENCIÓN, PERSONAL FACULTADO POR EL PROVEEDOR PARA ATENDER LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN EN LAS INSTALACIONES DEL ALMACEN EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS. D) EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN ALMACEN, COMO MÍNIMO PARA REALIZAR LA INSPECCION DE LOS BIENES COPIA LEGIBLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1) REMISIÓN Ó FACTURA. (APLICA) 2) PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. (NO APLICA) 3) CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) 4) GARANTÍA COMERCIAL EMITIDA POR EL PROVEEDOR. (APLICA) 5) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS BIENES. (APLICA) 6) RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO. (NO APLICA) 7) PROTOCOLO DE PRUEBAS. (NO APLICA) 8) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (APLICA) 9) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS. (APLICA) E) EL RECIPIENTE O EMPAQUE DEL MATERIAL SUMINISTRADO DEBE TRAER IMPRESA Y ETIQUETADA LA DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PRODUCTO, FECHA DE ELABORACIÓN, FECHA DE CADUCIDAD Y NUMERO DE LOTE AL QUE PERTENEZCA. F) LOS MATERIALES QUE SE SURTAN DEBEN SER NUEVOS Y ORIGINALES, QUE CORRESPONDAN A LOS INDICADOS EN SU PROPUESTA TÉCNICA. G) LOS MATERIALES DEBEN ENTREGARSE COMO DESTINO FINAL D.D.P. ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, PREVIA NOTIFICACIÓN AL ÁREA DE RECEPTORIA DE MATERIALES PARA SU RECEPCIÓN. 5.- FORMA EN QUE SE RECIBIRAN LOS BIENES: ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS. 6.-GLOSARIO DE SIMBOLOGIA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS EN UNIDADES DE MEDIDA: cm = CENTIMETRO m = METRO m2 = METRO CUADRADO m2/lt = METRO CUADRADO POR LITRO mm = MILIMETRO gr = GRAMO gr/cm3 = GRAMO POR CENTIMETRO CUBICO gr/m2 = GRAMO POR METRO CUADRADO kg = KILOGRAMO

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KG/CM2 = Kg/cm2 = KILOGRAMO POR CENTIMETRO CUADRADO kg/m2 = KILOGRAMO POR METRO CUADRADO kg/in = KILOGRAMO POR PULGADA KG/CM3 = KILOGRAMO POR CENTIMETRO CUBICO KGS/M3 = KG/M3 = kg/m3 lt = LITRO IN = in = PULGADA FT = ft = PIE ft2 = PIE CUADRADO ft3 = PIE CUBICO lb = LIBRA LB/FT3 = LBS/FT3 = lb/ft3 = LIBRA POR PIE CUBICO ° C = GRADOS CELSIUS ° F = GRADOS FAHRENHEIT ° K = GRADOS KELVIN % = PORCENTAJE pH = POTENCIAL DE HIDROGENO (ALCALINIDAD) Mpa = MEGAPASCAL W = VATIO Kcal = KILOCALORIA hr = HORA BTU = BRITISH THERMAL UNIT = UNIDAD BRITANICA DE ENERGIA psi = POUND PER SQUARE INCH = LIBRA POR PULGADA CUADRADA Perm = UNIDAD DE PERMEANCIA 6.- SE ADJUNTAN A ESTA BASE: DIBUJO No. SM-6210 REV. 0 “ BLOCK PARA QUEMADOR. PLANTA:ETILENO II” DIBUJO DE DETALLE No. 4 “RADIANT PEEP DOOR TILE” DIBUJO DE DETALLE No. 5 “CONVECTION PEEP DOOR TILE” DIBUJO No. 1 “ FUNDA PARA QUEMADORES DE HORNO HF-401 A/B/C DE LA PLANTA DC-III”

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DOCUMENTO 02

MODELO ADMINISTRATIVO I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

1.1 Para consulta.

1.2 Pago de Bases. 2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y

desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. –NO APLICA-.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuesta.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuesta.

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Negociación de precios. –NO APLICA-. 4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. –NO APLICA-.

5 Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-. 6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuesta.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1 Contrato.

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12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato.

12.1.3 Ordenes de Suministro. 12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

12.3. Inspección de los Bienes.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

12.4 Garantías

12.5. Anticipo –NO APLICA-.

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Precios. –NO APLICA-.

12.7. Facturación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-.

12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

12.14. Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

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Este procedimiento de contratación se convoca: Licitación Pública Internacional Diferenciada presencial, bajo la cobertura de los capítulos de compras de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que se citan a continuación: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE), y bajo la reserva transitoria de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio que se citan a continuación: TLC-México-Japón y TLC México Chile.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las Bases de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta:

: A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00

horas en días hábiles, en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica:

http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago de Bases: El pago de las Bases de la Licitación se realizará en el domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:30 horas en días hábiles, en: (dirección de la Convocante), y tienen un costo de $ (número) (letra 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. El pago deberá hacerse en efectivo, mediante depósito en firme a la cuenta de Concentración Inmediata Empresarial en ___________ en la cuenta No. ______________, a nombre de _______________________, o bien, mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la Convocante, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana. El pago de bases para licitantes extranjeros será de $____ U.S. Dólares que deberá ser depositada en la cuenta en dólares de Pemex Petroquímica anteriormente mencionada. Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para obtener las bases y participar en cualquiera de los eventos de esta licitación.

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2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-.

De conformidad con el artículo 85 de las DAC´S, PEMEX PETROQUÍMICA informa a los licitantes que en este procedimiento de contratación participa un testigo social, registrado ante la Secretaria de la Función Pública.

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día __ de ______ de 2011 a las _____ horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en la siguiente dirección [email protected] y [email protected] o entregarlas personalmente en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, sito en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo entregar copia simple del recibo correspondiente.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica. Los licitantes deberán considerar para la elaboración de su propuesta todas las modificaciones a las bases de licitación, para lo cual se entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes interesados, conteniendo las modificaciones derivadas de la (s) junta (s) de aclaraciones, a más tardar tres días hábiles posteriores a la fecha de celebración de la última junta de aclaraciones, y para tal efecto el licitante interesado deberá proporcionar una o varias direcciones de correo electrónico donde les será enviado el archivo electrónico conteniendo la versión final de las bases de licitación, la falta de acuse electrónico no libera al licitante interesado de enterarse de la información, por el mismo medio. Para los licitantes interesados que no acudan a los actos de juntas de aclaraciones, deberán solicitar la versión final de las bases de licitación a la dirección electrónica citada en el segundo párrafo de este numeral.

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3.3 Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros con los que, los Estados Unidos

Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio, con los siguientes tratados: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE).

Bajo la reserva transitoria de los capítulos de compras del sector público de los tratados

de libre comercio que se citan a continuación: TLC-México-Japón y TLC México Chile; es decir; no podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros, que propongan bienes cuyo origen sea de alguno de los siguientes países: Japón o Chile.

Deberán acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante:

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA:

Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA DE NACIONALIDAD MEXICANA: Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía del licitante (Credencial de Elector,

Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA O MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

Copia simpe legible de los documentos equivalentes a las escrituras constitutivas, poderes o

mandatos, apostillados (vigentes) y el registro correspondiente, expedidos en el extranjero.

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Cuando los documentos estén redactados en idioma extranjero, se deberá acompañar una traducción al español por perito o traductor autorizado.

Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la propuesta; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones

requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga.

Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

• Nombre o razón social y domicilio del licitante. • Número de licitación. • Descripción de los bienes objeto de la Licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente

las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

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F) Se podrán presentar propuesta conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S,

observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación. –NO APLICA-

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuesta, preferentemente entregar el Documento 03, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes,

preferentemente entregar el Documento 04, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. –NO APLICA-

I) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

J) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION

DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES” bajo protesta de decir verdad, que se incluye como Documento 05, la información de la integración nacional del bien que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

K) Contar con experiencia de cuando menos ____ en el suministro de los Bienes, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01. –NO APLICA-

L) Contar con la capacidad técnica y financiera necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado

en el Documento 01. –NO APLICA-.

M) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser mínimo 0%.

N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de entrega.

O) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas

transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta

, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número de

trabajadores

Rango de monto de ventas anuales

(mdp)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

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Pequeña Comercio Desde 11 hasta

30 Desde $4.01 hasta

$100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50

Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta

$250 235 Servicios Desde 51 hasta

100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas. La omisión de esta manifestación,

no es motivo para desechar la propuesta.

P) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos.

Q) Los bienes y/o servicios que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01. –NO APLICA-

R) De conformidad con las REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo

la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010, se deberá presentar, como parte de la oferta técnica, un escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que:

1. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferta en dicha propuesta y suministrara, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos, conforme al Documento 19, o.

2. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los)

bien(es) que oferta, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de contratación pública de conformidad con los Tratados de Libre Comercio, utilizando el formato del Documento 19-A, o.

3. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los)

bien(es) que oferta, son originarios del país correspondiente, que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos un Tratado de Libre Comercio, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del sector público de dicho tratado, utilizando el formato del Documento 19-B. Las opciones son a cargo del licitante.

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4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. –NO APLICA-

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03. –NO APLICA-

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuesta, bastará que el licitante,

presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases

de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en

el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta

licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se

efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

F) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas

ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. –NO APLICA-

G) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y

de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos de Pemex Petroquímica, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los

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licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de propuesta.

El acto de presentación y apertura de propuesta se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día __ de ______ de 2011 a las _____ horas, ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente.

4.4.1 Métodos de evaluación.

A. Los métodos de evaluación que se emplearán en las presentes bases de licitación serán:

Técnico: Binario

Económico: Precio más bajo Bajo los siguientes criterios:

- Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los bienes cumplan con lo solicitado en las bases de licitación, y en su caso, los que se hayan derivado de las juntas de aclaraciones a las bases de licitación.

Criterio de evaluación técnica.

- La evaluación se hará por partida; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de Licitación, la partida será desechada.

- La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

Criterio de evaluación económica.

- Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano/dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.(NO APLICA)

- Se verificarán los precios que cotice conforme al método de evaluación económico.

En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquel que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación por que se ubica arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. El que resulte de sumar un 10 por ciento al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos de la investigación de mercado.

II. El que se obtiene después de sumarle un 10 por ciento al promedio de las ofertas presentadas en la propia licitación, las cuales deben ser aceptadas técnicamente. Para la utilización de esta opción, se deberá contar con por lo menos tres proposiciones aceptadas técnicamente.

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B. Los requisitos técnicos que serán evaluados son los solicitados el punto 4 incisos: A, B, C,

D, E, I, J, M, N, O, P,R, y con el Documento 06.

C. Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los Bienes cumplan con lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, los que se hayan derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a las Bases de Licitación.

D. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso G) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.-NO APLICA-

E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica y financiera serán: (Indicar por el Área Administradora del Proyecto). –NO APLICA-

F. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: (Indicar por el Área

Administradora del Proyecto). –NO APLICA-

G. La evaluación se hará por partida Completa; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de Licitación de algún bien integrante de dicha partida, la partida será desechada.

H. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

I. La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el punto 4 inciso E y con el Documento 06-A.

J. Se verificarán los precios que cotice el licitante conforme al método de evaluación económico indicado en el numeral 4.4.1 inciso A.

K. La propuesta será evaluada considerando (el) (los) siguiente(s) concepto(s): -NO APLICA-

L. Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano/dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.-NO APLICA-

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios –NO APLICA- 4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos –NO APLICA-

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5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y

porcentajes o de costo beneficio. –NO APLICA- lIl. La adjudicación del Contrato será por: partida completa.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos en el artículo 36 de las DAC´S.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 37 de las DAC’S. La Convocante podrá cancelar la licitación o una o varias solicitudes de pedido o posiciones cuando se presente:

a) caso fortuito ó fuerza mayor b) cuando existan circunstancias justificadas por escrito por el área requirente que provoquen la

extinción de adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios. c) Se acredite que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio

Petróleos Mexicanos ó Pemex Petroquímica. Pemex Petroquímica cubrirá el costo de las Bases a los licitantes únicamente cuando la cancelación obedezca a circunstancias justificadas que extingan la necesidad de adquirir los bienes o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Organismo.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día __ de ________ de 2011 a las ______ horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

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10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día __ del mes de ________ del año 2011, y en defecto de tales previsiones, dentro de 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 08:00 a 14:00 horas. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso B) de las presentes bases de licitación. Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

a) Documento actualizado expedido por el SAT (“acuse de respuesta”), en la que se emita

opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.15. así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.13 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda “Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de diciembre del 2010; y

b) Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de respuesta fue

obtenido de la página de Internet del SAT utilizando su clave CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Diciembre de 2010, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 20.

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Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13. Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales: II.2.1.13. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II. Una vez elegida la opción de Informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

a) La autoridad a fin de emitir el informe de opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que el RFC está activo y el domicilio localizado. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior. 3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, IMPAC, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.19.1. 5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones arroje inconsistencias relacionadas con el RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la solicitud de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá el informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a través del portal del contribuyente.

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La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la administración local de servicios al contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 11-A.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato no recibe por parte del licitante adjudicado acuse de respuesta, o bien, si la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

12. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato.

12.1 Contrato Abierto.

12.1.1 Vigencia.

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato.

El presupuesto mínimo es de $4´131,129.60 M.N. (Cuatro Millones Ciento Treinta y Un Mil Ciento Veintinueve Pesos 60/100 M.N.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejercer es de: $10´327,824.00 M.N. (Diez Millones Trescientos Veintisiete Mil Ochocientos Veinticuatro Pesos 00/100 M.N.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La cantidad mínima y la máxima a contratar seran:

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Partida Cantidad Máxima 100%

Cantidad Mínimo

40% Unidad

1 300 120 Pieza

2 300 120 Pieza

3 300 120 Pieza

4 1500 600 Pieza

5 1500 600 PIEZA

6 1500 600 PIEZA

7 300 120 PIEZA

8 1000 400 KILOGRAMO

9 12000 4800 KILOGRAMO

10 100 40 PIEZA

11 20 8 PIEZA

12 25000 10000 KILOGRAMO

13 25000 10000 KILOGRAMO

14 1500 600 KILOGRAMO

15 15000 6000 PIEZA

16 10000 4000 PIEZA

17 2000 800 LITRO

18 150 60 JUEGO

19 150 60 JUEGO

26 15000 6000 KILOGRAMO

27 168 68 PIEZA

28 100 40 PIEZA

29 12 4.8 PIEZA

30 400 160 PIEZA

31 150 60 JUEGO

En cumplimiento al Artículo 85 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a continuación se establece lo siguiente:

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El monto mínimo a ejercer por cada orden de surtimiento no será menor de: $8,200.00 M.N. Las cantidades indicadas en cada partida del Documento 01, corresponden a la cantidad máxima de los bienes a contratar. La cantidad [o presupuesto -CUANDO APLIQUE-] mínimo de los bienes que PEMEX PETROQUÍMICA adquirirá es de: (numero) (letra) y el máximo podrá ser de: (numero) (letra) en cada orden.(NO APLICA)

Cabe citar que PEMEX PETROQUÍMICA, no se obliga a ejercer la cantidad máxima indicado.

12.1.3 Ordenes de Suministro.

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato. La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

12.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010).

A OBLIGACIONES DE LA EMPRESA VENDEDORA A1 Obligaciones generales del vendedor -

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. Cualquier documento al que se haga referencia en Al-Al0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual.

A2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades

Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación e importación y otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía, para su transporte a través de cualquier país y para su importación.

A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino designado o hasta el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado. Si no se acuerda un punto específico o-si no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino designado que mejor le convenga.

b) Contrato de seguro

El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y expensas (si las hay) de este último, la información que el comprador necesite para obtener el seguro.

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A4 Entrega

El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegarla preparada para la descarga en el punto acordado, si lo hay en el lugar de destino designado en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.

A5 Transmisión de riesgos El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado de acuerdo con A4, con la excepción ele la pérdida o daño causados en las circunstancias descritas en E5.

A6 Reparto de costos El vendedor debe pagar

a) además de los costos resultantes de A3 a), todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado de acuerdo con A4, diferentes de los pagaderos por el comprador como se prevé en B6;

b) cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que friera por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

c) cuando sea aplicable, los costos ele los trámites aduaneros necesarios para la exportación y la importación así

como todos los derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación e importación de la mercancía, y los costos de su transporte a través de cualquier país antes de la entrega de acuerdo con A4.

A7 Notificaciones al comprador

El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medirlas normalmente necesarias que permitan a este último proceder a la recepción de la mercancía.

A8 Documento de entrega

El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del vendedor, el documento que permita al comprador proceder a la recepción de la mercancía como se prevé en A4 /B4.

A9 Comprobación - embalaje - marcado

El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación (tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación El vendedor debe, a sus propias expensas, embalar la mercancía, a menos que sea usual para ese comercio en particular el transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida. El vendedor puede embalar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha de marcarse adecuadamente.

Al0 Ayuda con la información y costos relacionados

El vendedor debe, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a - petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que necesite el comprador para el transporte de la mercancía hasta el destino final, cuando sea aplicable, desde el lugar de destino designado. El vendedor debe reembolsar al comprador todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener los documentos y la información como se prevé en B10.

B OBLIGACIONES DE LA EMPRESA COMPRADORA B1 Obligaciones generales del comprador

El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

Cualquier documento al que se haga referencia en B1-Bl0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual.

B2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades

Cuando sea aplicable, el comprador debe proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y expensas del vendedor, para obtener cualquier licencia de importación u otra autorización oficial para la importación de la mercancía.

B3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.

b) Contrato de seguro El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, la información necesaria para obtener el seguro

B4 Recepción

El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado como se prevé en A4.

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B5 Transmisión de riesgos

El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que haya entregado como se prevé en A4.

Si

a) el comprador incumple sus obligaciones de acuerdo con B2, entonces corre con todos los riesgos resultantes de pérdida o daño causados a la mercancía; o

b) el comprador no da aviso de acuerdo con B7, entonces corre con todos los riesgos de pérdida o daño causarlos a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto riel contrato.

B6 Reparto de costos

El comprador debe pagar a) todos los costos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya entregarlo como se prevé en A4;

b) todos los costos ele descarga necesarios para proceder a la recepción de la mercancía desde los medios de transporte de llegada en el lugar de destino designarlo, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; Y

c) cualquier costo adicional contraído si incumple sus obligaciones de acuerdo con B2 o si no da aviso de acuerdo con

B7, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto del contrato. B7 Notificaciones al vendedor

El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento dentro de un plazo acordarlo y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designarlo, ciar aviso suficiente de ello al vendedor.

B8 Prueba de la entrega

El comprador debe aceptar la prueba de la entrega proporcionada como se prevé en A8. B9 Inspección de la mercancía

El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación.

B10 Ayuda con la información y costos relacionados El comprador debe avisar al vendedor, en el momento oportuno, de cualquier requisito de información sobre seguridad de manera que el vendedor pueda cumplir con A10.

El comprador debe reembolsar al vendedor todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener documentos e información como se prevé en A10. El comprador debe, cuando tica aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el vendedor, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que el vendedor necesite para el transporte, exportación e importación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país *Extracto Incoterms 2010 DDP. Solo en caso de propuestas de bienes de origen nacional (con grado de contenido nacional mayor o igual al 55%) no

El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de

se debe considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 22 (Veintidós) días naturales contados: a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR, las cuales se derivaran de las necesidades del centro de trabajo, el plazo de entrega incluye los 7 días con los que cuenta la entidad para realizar la inspección de los bienes.

Los bienes serán entregados en Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 921 21 10202 ext. 32238, 32351 y fax 32060, directo 01-921-21 12523, a la atención de Lic. F. Elena Martínez Cano, en días hábiles y en el siguiente horario: de 08:00 a 14:00 horas.

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entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Entregas parciales de partidas completas. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar con un mínimo de 48 horas, una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. En cumplimiento a lo dispuesto al oficio No. DCO-CDW-3-76-2011 de fecha 31 de marzo del 2011 en el cual se indican que para dar cumplimiento a la “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los Bienes Suministrados” se deberán integrar en las bases de concurso o solicitudes de cotización los anexos que corresponden como Documentos 05-A y 05-B, los cuales deberán ser presentados por el Proveedor al momento de entregar los bienes, en el Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Recibidos físicamente los bienes, PEMEX PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de __ (__) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.(NO APLICA) El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.(NO APLICA) El documento donde conste el finiquito formará parte del contrato.(NO APLICA) Si procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. (NO APLICA) En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.(NO APLICA)

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12.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área que realizará la Inspección será la Jefatura de Talleres de Mantenimiento El lugar donde se llevará a cabo será en Receptoría de Materiales del Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos. La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia legible de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. –SÍ APLICA-. b) Pedimento de importación –NO APLICA-. c) Certificado de origen –NO APLICA-. d) Garantía Comercial emitida por el proveedor–SÍ APLICA-. e) Certificado de calidad e informe de resultados de laboratorio emitida por el fabricante de los bienes –SÍ APLICA-. f) Resultados de las pruebas durante el proceso –NO APLICA-. g) Protocolo de pruebas. –NO APLICA- h) Documentación técnica. –SÍ APLICA-. i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. –SÍ APLICA-.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

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Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

12.4 Garantías.

El PROVEEDOR a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: FIANZA O CARTA DE CRÉDITO STANDBY. Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios prestados, y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Póliza de Fianza que se constituirá por el 10% del monto [MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más SEIS meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza.

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la Fianza de Cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la Fianza inicialmente presentada por el Proveedor, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder de los defectos y

vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo

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las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA,

de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga

cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato,

permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de

reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes

y la calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

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(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará

debidamente integrada con la siguiente documentación:

• Para cumplimiento.

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado.

• Para defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y

cualquier otra responsabilidad.

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que

reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La Fianza de Cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUÍMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y

cualquier otra responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato. d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor

para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Carta de Crédito Standby irrevocable confirmada relacionada al cumplimiento del contrato, así como los ddeeffeeccttooss yy vviicciiooss ooccuullttooss ddee llooss bbiieenneess,, llaa ccaalliiddaadd ddee llooss sseerrvviicciiooss y cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito STANDBY Irrevocable Confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto [MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más NUEVE meses a partir de que queden en

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operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de dicha garantía. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito STANDBY otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA,

de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento

del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en los Documentos 08 y 09 según corresponda, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el

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PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. –NO APLICA-

12.5. Anticipo. –NO APLICA-.

Para la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.

, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. El pago a proveedores extranjeros, se realizará en la moneda que se establezca en el contrato respectivo, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS). Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá tres (3) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA.

c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la

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Ventanilla Única ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA-.

12.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: la Ventanilla Única del Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas. Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la

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entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago.

I. Atraso en la entrega de los bienes;

Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.8. Penalizaciones.

NOTA: De conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

II. Incumplimiento de fechas contractuales; III. Incumplimiento en la observancia de las especificaciones técnicas del contrato; IV. Incumplimiento con los planes de seguridad y protección al medio ambiente de pemex u

organismo subsidiario; V. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional –NO APLICA-.

VI. Incumplimiento de cualquier otra obligación.

Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de 0.5 % por cada día de atraso y hasta el 10% del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate. El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del Monto Total del Contrato.

El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que

tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

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12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

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En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. –NO APLICA- El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (___) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. -NO APLICA-. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

12.11 SEGUROS

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. –NO APLICA-.

12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de

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la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. –NO APLICA- El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

12.14. REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN

CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA.

El licitante deberá apegarse a lo establecido en el documento 400-ACSIPA-RE-01 “Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica”, que se integra a estas bases de licitación denominado DOCUMENTO 18.

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DOCUMENTO 03

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPUESTA

No. DOCUMENTO PUNTOS DEL

DOCTO. 02 DE LAS BASES

NOMBRE DEL ARCHIVO (TRATÁNDOSE DE PROPUESTA

ENVIADAS POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN

ELECTRONICA)NO APLICA

ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO

Dentro del sobre

1 Copia de comprobante de pago de Bases de Licitación.

4 INCISO A)

2

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL: Copia simple legible del Acta Constitutiva de la

Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA:

Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con

fotografía del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA O MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

Copia simpe legible de los documentos equivalentes a las escrituras constitutivas, poderes o mandatos, apostillados (vigentes) y el registro correspondiente, expedidos en el extranjero. Cuando los documentos estén redactados en idioma extranjero, se deberá acompañar una traducción al español por perito o traductor autorizado.

4 INCISO A)

3 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los 4 INCISO C) DOC_07

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artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. –NO APLICA- 4 INCISO F) CONVENIO

5

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL)

4 INCISO R) DOC_19 o DOC_19-A

6

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES IMPORTADOS)

4 INCISO R) DOC_19-B

7 Formato de propuesta técnica Documento 06 4 INCISO D) DOC_06 8 Formato de propuesta económica Documento 06-A 4 INCISO E) DOC_06-A

9 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los bienes. Documento 05. 4 INCISO J) DOC_05

10 Documentación para la acreditación de la experiencia. –NO APLICA- 4 INCISO K) EXPER

11 Acreditación de la capacidad técnica y financiera. –NO APLICA- 4 INCISO L) CAP_TEC_FIN

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

12 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta (Documento 03).

4 INCISO G) DOC_03

13 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la etapa de precalificación de licitantes. (Documento 04) –NO APLICA-

4 INCISO H) DOC_04

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 04 FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES

DEBERÁN ENTREGAR A LA CONVOCANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN. -NO APLICA-

NOTA: El área administradora del proyecto deberá incluir en su modelo económico los requisitos que deberán cumplir y entregar al área convocante para esta etapa.

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DOCUMENTO 05 FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES.

__________de __________ de ______________ PEMEX-PETROQUÍMICA. P R E S E N T E Licitación Pública Nacional No. ______(indicar numero de licitación)______ Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social

No. de partida

), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone.

Descripcion % Integracion Nacional (0

a 100%)

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

___________________

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DOCUMENTO 05-A

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NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

2. Determinación del Grado de Integración Nacional

2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB= (1- (VIB / VTB)) * 100 Donde: GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. VTB es el valor total del bien suministrado menos impuestos indirectos. VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo insumos y corresponde a la suma de:

a) El valor de los insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien suministrado a Petróleos

Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del insumo

hasta el punto de importación. ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el

mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Dicho valor será el precio pagado por el fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más

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impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos insumos a la planta del fabricante del Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a cero.

2.3. La compra de los insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional. 2.4. Los insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados. 2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado insumos nacionales. 2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100% nacionales. 2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.

2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración Nacional.

3. De las declaración del Grado de Integración Nacional

3.1. Independientemente del tipo y carácter de los Procedimientos de Contratación mediante los cuales les hayan sido adjudicados los contratos, los Proveedores de Bienes deberán entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Formato 1(DOCUMENTO 05-A) incluido en este documento. El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes. 3.2. En caso de que el Proveedor del Bien no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el inciso anterior, el Proveedor del Bien al momento de presentar sus facturas para pago, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Formato 2 (DOCUMENTO 05-B) incluido en este documento. El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de los bienes debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes. 3.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los incisos 3.1. y 3.2 anteriores, deberán ser entregadas para cada una de las partidas que el Proveedor del Bien suministre.

3.4. El Proveedor del Bien está obligado a conservar durante tres años contados a partir de la entrega del bien a la convocante, la información que les permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los incisos 3.1 y 3.2 de este documento, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una verificación.

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DOCUMENTO 5-B

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NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de

los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

2. Determinación del Grado de Integración Nacional

2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB= (1- (VIB / VTB)) * 100 Donde: GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. VTB es el valor total del bien suministrado menos impuestos indirectos. VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo insumos y corresponde a la suma de:

c) El valor de los insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien suministrado a Petróleos

Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

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iii. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del insumo hasta el punto de importación.

iv. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

d) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Dicho valor será el precio pagado por el fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos insumos a la planta del fabricante del Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a cero.

2.3. La compra de los insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional. 2.4. Los insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados. 2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado insumos nacionales. 2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100% nacionales. 2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.

2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración Nacional.

3. De las declaración del Grado de Integración Nacional

3.1. Independientemente del tipo y carácter de los Procedimientos de Contratación mediante los cuales les hayan sido adjudicados los contratos, los Proveedores de Bienes deberán entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Formato 1(DOCUMENTO 05-A) incluido en este documento. El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes. 3.2. En caso de que el Proveedor del Bien no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el inciso anterior, el Proveedor del Bien al momento de presentar sus facturas para pago, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Formato 2 (DOCUMENTO 05-B) incluido en este documento. El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de los bienes debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes. 3.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los incisos 3.1. y 3.2 anteriores, deberán ser entregadas para cada una de las partidas que el Proveedor del Bien suministre.

3.4. El Proveedor del Bien está obligado a conservar durante tres años contados a partir de la entrega del bien a la convocante, la información que les permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los incisos 3.1 y 3.2 de este documento, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una verificación.

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DOCUMENTO 06

FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No. Partida Cantidad

Unidad de

Medida Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes

(Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- LUGAR DE ENTREGA 2.- PLAZO DE ENTREGA 3.- ORIGEN DE LOS BIENES 4.- CONDICION DE ENTREGA D.D.P. (INCOTERMS 2010) 5.- CARACTERISTICAS Y CONDICIONES LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

“ACEPTO LOS ALCANCES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE SE SEÑALAN EN EL DOCUMENTO 01”. NOMBRE DEL LICITANTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

(DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

Nota al Licitante:

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No. Partida Cantidad

Unidad de

Medida Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin I.V.A.

($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Moneda

Condiciones Económicas

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA (INDICANDO CON NUMERO Y CON LETRA) (INDICANDO LA MONEDA)

3.- CONDICIONES DE PRECIO PRECIOS FIJOS NOMBRE DEL LICITANTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

(DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S.

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________ ______________________

(Lugar y Fecha)

P R E S E N T E EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el

mandato)

, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y

asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la

Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento (Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario )

, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de

la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

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(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato)

,

manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de

los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12

de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL APODERADO LEGAL)

NOTA: 1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

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DOCUMENTO 08

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) PROVEEDOR(ES) ADJUDICADO(S) PARA:

GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO. EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES

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CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1.- PARA CUMPLIMIENTO: A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) FINIQUITO. F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO. 2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD: A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

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ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

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ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR(AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE) BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO). BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y

DOMICILIO FISCAL) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA

OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA

UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A FAVOR DE PEMEX

PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO

(NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE

LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL

ORDENANTE.

) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL:

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN CASO

PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL ORDENANTE,

INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN ORDEN Y DE

ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD

TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A

LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER

DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.

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EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL BANCO

EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO AL

BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS CUALES HA BASADO SU

RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O

BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE

HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY PUBLICACIÓN

ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E INTERPRETARÁ DE

CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA CON

MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA DE

CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR MEDIO DE LA

PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL CONTRATO NO.

(NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO)

POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO

STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA) A LA CUENTA

BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS) BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MÉXICO, EN

CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY) (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR) MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO CON LOS

TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L ) DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O ) LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 10

FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO. –NO APLICA-

INCLUIR EL TEXTO DE FIANZA QUE CORRESPONDA, CONFORME A LOS MODELOS

VIGENTES QUE EMITA LA GERENCIA DE RIESGOS DE PETROLEOS MEXICANOS.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA. ______________________ ______________________ P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento en lo

dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,

manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta, presentadas en el

proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 11-A

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ESTAR OBLIGADO A PRESENTAR TOTAL O PARCIALMENTE LAS DECLARACIONES POR IMPUESTOS FEDERALES POR TENER RESIDENCIA PERMANENTE EN EL EXTRANJERO, ASÍ COMO PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, A QUE SE REFIERE LA REGLA I.2.1.15 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010, (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 03 DE DICIEMBRE DEL 2010).

(Papel membretado del proveedor)

(Lugar y Fecha): _______________. a __de___________de____.

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________________: ______________________________ PRESENTE [Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal], R.F.C. [Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal]_, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente: Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:

• La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;

• La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retensiones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.

• Declaraciones periódicas en México.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando:

1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 12 –NO APLICA-.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

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DOCUMENTO 13

FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS –NO APLICA-.

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DOCUMENTO 14

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. • El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

• Profundizar las reformas legales que inició en 1999. • Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. • Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de

dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan:

• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

• Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y

transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio

entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

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Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las

personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

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II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga

llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15

MODELO-GUIA DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEMEX PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S 1. “PEMEX PETROQUIMICA” declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992 y tiene por objeto los procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, así como su almacenamiento, distribución, y comercialización, y dentro de sus atribuciones está la de celebrar contratos y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento del mismo, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de noviembre de 2008. 1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 141536 Libro No. 4507, de fecha 08 de agosto de 2008, otorgada ante la fe del Notario Público No. 116 de la ciudad de México, Distrito Federal, Licenciado Ignacio R. Morales Lechuga, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos. 1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato y cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante la Versión Contable Presupuestal No. PEF 20110U AD, requisición No. 431-42000-B-1016780. 1.5 El presente contrato No. _________ se adjudicó mediante el procedimiento de Licitación Pública, de carácter Internacional, con fundamento en los artículos _________ de la Ley de Petróleos Mexicanos, _________ de su Reglamento y __________ de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de

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las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es C.P. Pajaritos, Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE920716TS5. 2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que: 2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO: Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

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2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR). 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL Y DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN INCLUIR EL I.V.A. De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a “PEMEX PETROQUIMICA” el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS EN CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN INCLUIR EL I.V.A.

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Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o declaraciones periódicas en Estados Unidos Mexicanos, ni a presentar total o parcialmente la declaración anual del impuesto sobre la renta. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene adeudos fiscales firmes, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. 2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 Para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio convencional el siguiente: Domicilio: __________ Colonia: ___________, C.P. _________ Ciudad: ___________ Estado: ____________ Tel./Fax: ____________ Correo Electrónico: _____________ 2.11 El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación (Microempresa, Sector y Clasificación) de Acuerdo a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento. “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Jefatura de Talleres de Mantenimiento. Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

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C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de “PEMEX PETROQUIMICA” consistentes en: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL C.P. PAJARITOS., de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos. SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 22 (Veintidós) días naturales contados: a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR, las cuales se derivaran de las necesidades del centro de trabajo, el plazo de entrega incluye los 7 días con los que cuenta la entidad para realizar la inspección de los bienes de acuerdo al Procedimiento Institucional PA-800-70600-01, Rev. 01. Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUIMICA. Los bienes serán entregados en Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 921 21 10202 ext. 32238, 32351 y fax 32060, directo 01-921-21 12523, a la atención de Lic. F. Elena Martínez Cano, en días hábiles y en el siguiente horario: de 08:00 a 14:00 horas. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de “PEMEX PETROQUIMICA”, será a cargo del PROVEEDOR. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Entregas parciales de partidas completas. La condición de entrega que aplica para el presente contrato es D.D.P. destino final, en Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, consecuentemente, el

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PROVEEDOR estará obligado a: contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y “PEMEX PETROQUIMICA” estará obligado a: recibir los bienes en el destino convenido.

CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La cantidad mínima de bienes es __________ y la máxima será: _____________. La cantidad o presupuesto mínimo de los bienes que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) adquirirá es de: (numero) (letra) y el máximo podrá ser de: (numero) (letra) en cada orden. El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por partida en el Anexo “A” de este contrato. La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo “A” de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.) 4.2 Facturación El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable(s) de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previo verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en [LA CONSTANCIA QUE ACREDITE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES]. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. Los pagos se efectuarán dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la autorización de la factura. El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la(s) partida(s) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de “PEMEX PETROQUIMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

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4.3 Condiciones y forma de pago “PEMEX PETROQUIMICA” pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a “PEMEX PETROQUIMICA”. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a “PEMEX PETROQUIMICA” a través de la ventanilla única ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 3 (TRES) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de “PEMEX PETROQUIMICA”, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 03 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de “PEMEX PETROQUIMICA” bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en “PEMEX PETROQUIMICA”. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago. El pago a proveedores extranjeros, se realizará en la moneda que se establezca en el contrato respectivo, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS). en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice “PEMEX PETROQUIMICA” no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “PEMEX PETROQUIMICA”. “PEMEX PETROQUIMICA” procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de “PEMEX PETROQUIMICA”.

QUINTA.- PENALIZACIONES

Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, “PEMEX PETROQUIMICA” le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día siguiente del

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vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de 0.5 % por cada día de atraso y hasta el 10% del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate. El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del Monto Total del Contrato.

El PROVEEDOR acepta, que “PEMEX PETROQUIMICA” aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga

celebrado con “PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo ”B” de este contrato. “PEMEX PETROQUIMICA”, podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los bienes objeto de este contrato. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades. SÉPTIMA.- CESIÓN El PROVEEDOR no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “PEMEX PETROQUIMICA”, con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y “PEMEX PETROQUIMICA” otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento

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legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que “PEMEX PETROQUIMICA” realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que “PEMEX PETROQUIMICA” esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a “PEMEX PETROQUIMICA” el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados. NOVENA.- GARANTÍA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PEMEX PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes y cualquier otra responsabilidad, consistente en:

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PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del MONTO MÁXIMO del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PEMEX PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Que queda obligado ante “PEMEX PETROQUIMICA” para responder por los defectos o vicios

ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que “PEMEX PETROQUIMICA” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que “PEMEX PETROQUIMICA” otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y “PEMEX PETROQUIMICA”, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo “PEMEX PETROQUIMICA” con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y “PEMEX PETROQUIMICA” exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a “PEMEX PETROQUIMICA”.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PEMEX PETROQUIMICA”, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PEMEX PETROQUIMICA”.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o

vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta

por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

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En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral

resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos

en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PEMEX PETROQUIMICA”.

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará

integrada con la siguiente documentación:

Para cumplimiento: 8. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 9. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 10. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 11. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 12. La rescisión del contrato y su notificación. 13. Copia del finiquito 14. Cuantificación del importe reclamado.

a. Para defectos, vicios ocultos y/o calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad:

6. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 7. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 8. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 9. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

10. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del MONTO MÁXIMO del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de “PEMEX PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada. C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del

contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo ______, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PEMEX PETROQUIMICA” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para “PEMEX PETROQUIMICA”, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice “PEMEX PETROQUIMICA” a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: Nivel III, el área que realizará la Inspección será la Jefatura Talleres de Mantenimiento El lugar donde se llevará a cabo será en Receptoría de Materiales del Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos. El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, indicando el numero de partida a inspeccionar, así como el numero del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.

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Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de “PEMEX PETROQUIMICA”, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados. El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por “PEMEX PETROQUIMICA”. Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación. Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas. El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para “PEMEX PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

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Cualquier gasto en que incurra “PEMEX PETROQUIMICA”, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por “PEMEX PETROQUIMICA” bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se

trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, y(NO APLICA) d. Incorporación de avances tecnológicos. (NO APLICA) Para las modificaciones previstas en esta fracción, se requerirá la aprobación del servidor público inmediato superior de la Administradora del proyecto.

II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a “PEMEX PETROQUIMICA”, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y

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disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR; o (ii) o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”. En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa “PEMEX PETROQUIMICA” podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de “PEMEX PETROQUIMICA” ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de “PEMEX PETROQUIMICA” ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

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i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a “PEMEX PETROQUIMICA” o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a “PEMEX PETROQUIMICA” el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, “PEMEX PETROQUIMICA” podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por “PEMEX PETROQUIMICA” atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, “PEMEX PETROQUIMICA” podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los __ (___) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.(NO APLICA) “PEMEX PETROQUIMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. “PEMEX PETROQUIMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. (NO APLICA) El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.(NO APLICA) En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PEMEX PETROQUIMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. (NO APLICA) 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que “PEMEX PETROQUIMICA” notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (CINCO) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

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La determinación de “PEMEX PETROQUIMICA” de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 5 (CINCO) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. En caso de que “PEMEX PETROQUIMICA” resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por “PEMEX PETROQUIMICA” al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a “PEMEX PETROQUIMICA” El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a “PEMEX PETROQUIMICA” se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor; II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y IV. Cuando lo determine “PEMEX PETROQUIMICA”.

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de “PEMEX PETROQUIMICA”, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en el Anexo ”A” y “B”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los __ (__) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma. NO APLICA) “PEMEX PETROQUIMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. “PEMEX PETROQUIMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. NO APLICA)

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El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. NO APLICA) En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PEMEX PETROQUIIMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. NO APLICA) DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a “PEMEX PETROQUIMICA”: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz; teléfono 01 (921) 21 10202 Ext. 32-150; correo electrónico: [email protected]. Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato. Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato. DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; “PEMEX PETROQUIMICA” podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

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El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de “PEMEX PETROQUIMICA” para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a “PEMEX PETROQUIMICA” por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale “PEMEX PETROQUIMICA” y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de “PEMEX PETROQUIMICA” o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

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DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PEMEX PETROQUIMICA” de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice “PEMEX PETROQUIMICA” en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, “PEMEX PETROQUIMICA” dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a “PEMEX PETROQUIMICA” un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a “PEMEX PETROQUIMICA” respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de “PEMEX PETROQUIMICA” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a “PEMEX PETROQUIMICA”. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de “PEMEX PETROQUIMICA” de los derechos de propiedad intelectual generados. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “PEMEX PETROQUIMICA”.

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Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “PEMEX PETROQUIMICA” o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN “PEMEX PETROQUIMICA” tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual “PEMEX PETROQUIMICA”, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato. Cuando “PEMEX PETROQUIMICA” determine la suspensión del contrato, el PROVEEDOR, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ”B”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. Cuando la suspensión se derive de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de entrega establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ”B”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES “PEMEX PETROQUIMICA”, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será la Jefatura del Taller de Mantenimiento dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene “PEMEX PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

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En cualquier momento, por causas justificadas, “PEMEX PETROQUIMICA” podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, “PEMEX PETROQUIMICA” podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en los numerales 14.1 y 14.2 de la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO. Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 67 de su Reglamento. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

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VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. Anexo “A”.- “Tarifa y catálogo de conceptos” Anexo “B”.- “Descripción y Alcance del Contrato” Anexo “C” y “D”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” “PEMEX PETROQUIMICA” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que “PEMEX PETROQUIMICA” otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, “PEMEX PETROQUIMICA” podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 03 (tres) días

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naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, el PROVEEDOR renuncia a cualquier reclamo posterior por la controversia de que se trate. El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula. Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 03 (tres) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo. Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original. El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera: El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 03 (tres) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

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La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 05 (cinco) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones. Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 05 (cinco) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión. Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y “PEMEX PETROQUIMICA”. TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

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TRIGÉSIMA CUARTA.- ÓRDENES DE SUMINISTRO TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ INCLUIRSE EL TEXTO SIGUIENTE: PEMEX PETROQUIMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato. La ORDEN que emita PEMEX PETROQUIMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato. TRIGÉSIMA QUINTA.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a “PEMEX PETROQUIMICA” cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). TRIGÉSIMA SEXTA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO Los conceptos denominados Codificación / Departamento Afectado / Renglón del Gasto, señalados en los Anexos “A” y “B” del presente contrato, corresponden a datos de control interno de “PEMEX PETROQUIMICA” que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

POR “PEMEX PETROQUIMICA”

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO

GENERAL

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DOCUMENTO 16

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar la documentación indicada en el punto 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

2. No acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con la documentación

indicada en el punto 4 inciso A), de estas bases de licitación. 3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso B), de estas

bases de licitación. 4. Si no satisface cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las

aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de licitación.

5. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

• Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone. • Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” • Que proponga más de una marca para un mismo bien. • Que no indique marca o nombre del fabricante. • Que algún documento esté firmado “por ausencia” o “por atención”

6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta. 7. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas

bases de licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4. 8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no

encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el punto 4 inciso C), de estas bases de licitación.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente licitación, de

conformidad con lo establecido en el punto 4 inciso Q), de estas bases de licitación.

10. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 inciso F.2). –NO APLICA-

11. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los

requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

12. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias

aplicables.

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13. El NO señalar dentro de su propuesta, que los bienes que propone y entregará son nuevos, punto 4 inciso

P) de estas bases de licitación. 14. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 12.2 de las presentes

bases de licitación. 15. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación que afecte directamente la

solvencia de su propuesta. 16. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán

por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas bases de licitación, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. –NO APLICA-.

17. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de

la propuesta, solicitados en estas bases de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de licitación.

18. No presentar los documentos 05, 06, 06-A, 07, 19, 19-A y 19-B debidamente requisitados.

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DOCUMENTO 17

NIVELES DE INSPECCIÓN DE BIENES

Nivel de Inspección III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1). ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. (APLICA) 2). LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS Ó ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 3). CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 4). LAS PRUEBAS FINALES. (NO APLICA) 5). EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 6). MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA DEL BIEN Y NÚMEROS DE PARTE. (NO APLICA) 7). LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. (APLICA) La inspección la llevará a cabo el ING. JUAN NAVARRETE CRUZ (ESPECIALISTA "B" INGENIERÍA) en el almacén local del C.P. Pajaritos. El titular de la jefatura de Talleres de Mantenimiento será el encargado de la administración y vigilancia del cumplimiento del contrato. La documentación requerida para la inspección o supervisión al realizar la inspección de los bienes y supervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar, copia legible de la siguiente documentación: a. REMISIÓN Ó FACTURA. (APLICA) b. PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. (NO APLICA) c. CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) d. GARANTÍA COMERCIAL EMITIDA POR EL PROVEEDOR. (APLICA) e. CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO EMITIDA POR EL

FABRICANTE DE LOS BIENES. (APLICA) f. RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO. (NO APLICA) g. PROTOCOLO DE PRUEBAS. (NO APLICA) h. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (APLICA) i. DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS. (APLICA)

La inspección de los bienes para este servicio se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre de 2009.

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DOCUMENTO 18

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

400-ACSIPA-FO-12 Rev. 03

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006 Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquimica.

Elabora

Revisa

Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

• La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

• Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

• La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

• En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

• Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades

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para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

• Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

• Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

• Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

• Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

• Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

• Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

• Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

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• Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

• Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

• Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

• Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

• Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

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6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del

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área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.

7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar

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razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.

7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

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Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de

asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de transito. Y en el caso de la actividad especifica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

• Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

• Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

• Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

• El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

• El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

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Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

• Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.

Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho

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de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

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7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor

debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.

7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en

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coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el

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área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

a. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

b. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

c. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

d. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

e. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

f.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

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7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra

incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

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7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el

área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o mas trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

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7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los

accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.

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7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los

procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes

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mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así

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como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos,

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Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

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dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean

equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele

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a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

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ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL .-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 19

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL)

____ de ___________ de ______ (1) ________(2)________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa

__________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas

internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ____(6)______, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contarán con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 55%*, o __(7)___% como caso de excepción.

De igual forma, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.

ATENTAMENTE ________________(8)_____________

*Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la cuarta de las reglas para la

determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

A partir del 28 de junio de 2011 60% A partir del 28 de junio de 2012 65%

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR

LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE ESTE INSTRUMENTO

NUMERO DESCRIPCION 1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad que invita o convoca. 3 Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a

cuando menos tres personas. 4 Indicar el número respectivo. 5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante. 6 Señalar el número de partida que corresponda. 7 Establecer el porcentaje correspondiente al Capítulo III, de los casos de excepción al

contenido nacional, de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación del

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contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”.

8 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente

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DOCUMENTO 19-A

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL)

____ de_______________ de ______ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa __________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ____(6)_____, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de contratación pública de conformidad con el Tratado de Libre Comercio _______(7)______.

Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información.

ATENTAMENTE

______________(8)______________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE ESTE INSTRUMENTO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.

4 Indicar el número de procedimiento respectivo.

5 Citar el nombre o razón social o denominación del licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

7 Indicar el tratado correspondiente a la regla de origen y bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.

8 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 19-B

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES IMPORTADOS)

____ de _______________ de ______ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa __________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ____(6)_____, son originarios de______(7)_____, país que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos el Tratado de Libre Comercio _______(8)______, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del sector público de dicho tratado.

Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información.

ATENTAMENTE

______________(9)______________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2

DE ESTE INSTRUMENTO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.

4 Indicar el número de procedimiento respectivo.

5 Citar el nombre o razón social o denominación del licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

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7 Anotar el nombre del país de origen del bien.

8 Indicar el tratado bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.

9 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente

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DOCUMENTO 20

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS PRESENTE __________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto del contrato número _____________(adquisiciones de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas)_______,con un monto de (______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Diciembre de 2010 (de la cual anexo copia).

Asimismo me obligo a entregar a esta Entidad, la opinión emitida por el SAT.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)