Patentabilidad de animales y células Excepciones Dra Elena Rojo Romeo Examinadora de patentes en...
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Patentabilidad de animales y célulasExcepciones
Dra Elena Rojo Romeo
Examinadora de patentes en Biotecnología
EPO, Munich
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
- Art. 53
- Directiva 98/44/CE y Reglas 26-29
2. Patentabilidad de animales
3. Patentabilidad de células
4. El cuerpo humano
5. Células madre
Patentabilidad de animales y célulasExcepciones
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
CONVENIO SOBRE CONCESIÓN DE PATENTES EUROPEAS
Artículos
Requisitos que una invención tiene que satisfacer para ser patentable
Reglas
Como interpretar los artículos
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
¿Se excluye el objeto de la invención de patentabilidad?
NO SICriterios de patentabilidad:
1. Nuevo (Art. 54)2. Inventivo (Art. 56)3. Aplicación industrial (Art. 57)4. Suficientemente descrito (Art. 83)5. Claro (Art. 84)
Exclusiones (Art. 52(2)(3))
Excepciones (Art. 53(a)(b)(c))
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Exclusiones - Art. 52(2)(a-d)
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
a) los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos;
b) las creaciones estéticas;
c) los esquemas, principios y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, en materia de juegos o en el campo de las actividades económicas, así como los programas de ordenador;
d) las presentaciones de información.
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
1. Invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a las buenas costumbres
2. Variedades de plantas o de animales
3. Procedimientos biológicos
4. Métodos de tratamiento/diagnóstico del cuerpo humano o animal
No se concederán las patentes europeas para:
Excepciones - Art. 53(a)(b)(c)
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
“[...] morality (like obscenity) is one of those things that arbiters (more specifically, patent examiners) are likely to have a hard time defining."
Nature Biotechnology 21, 341 (2003)
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
• Directiva 98/44/CE introducida 30.07.1998
• Reglas 26-29
• Las reglas serán utilizadas para la interpretación de los artículos del convenio para la protección de invenciones biotecnológicas
• La Directiva 98/44 será utilizada como medio suplementario para esa interpretación
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
DIRECTIVA 98/44/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOdel 6 de julio de 1998relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas
(16) „Considerando que el Derecho de patentes se ha de ejercer respetando los principios fundamentales que garantizan la dignidad y la integridad de las personas, [...]
(38) Considerando que es también necesario incluir en la parte dispositiva de la presente Directiva una lista orientativa de las invenciones no patentables, con objeto de proporcionar a los jueces y a las oficinas nacionales de patentes una guía para interpretar la referencia al orden público o a la moralidad; que no puede pretenderse que esta lista sea exhaustiva; que aquellos procedimientos cuya aplicación suponga una violación de la dignidad humana, [...] deberán, evidentemente, quedar también excluidos de la patentabilidad;
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Campos afectados por las reglas 26-29
• Material biológico natural
- productos naturales
- ADN, proteínas
- partes del cuerpo humano
- plantas y animales
• Invenciones que son causa de controversias éticas
• Orden público y buenas costumbres
1. Patentes en Biotecnología - Marco jurídico
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Las invenciones biotecnológicas también serán patentables cuando
tengan por objeto:
a) un material biológico aislado de su entorno natural o producido
mediante un procedimiento técnico, aun cuando preexistiera en su
estado natural;
b) vegetales o animales, si la viabilidad técnica de la invención no se
limita a una variedad vegetal o a una raza animal determinada;
c) un procedimiento microbiológico, u otros procedimientos técnicos, o un
producto obtenido por estos procedimientos, en la medida en que no
se trate de una variedad vegetal o de una raza animal.
Regla 27 (Directiva Art. 3(2))
2. Animales
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
2. Animales
SISi se reivindican animales
en general
Regla 27T19/90
NOSi se reivindica una variedad específica
Regla 27(Directiva Art. 4(1)(a))
PERO:• No hay definición aceptada de una variedad animal• Diferentes términos utilizados en idiomas diferentes(animal variety, Tierart and race animale)
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Excepciones Regla 28d (Directiva Art. 6(2)(d))
De conformidad con el artículo 53a), no se concederán patentes europeas relativas a invenciones biotecnológicas que en particular tengan por objeto:
procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que puedan causar sufrimiento a éstos sin una utilidad médica sustancial para el hombre o para los animales, así como los animales que puedan resultar de dichos procedimientos.
2. Animales
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Animales transgénicos
¿Sufrirán los animales?
¿Beneficio médico sustancial?
¿Sufrirán todos los animales que llevan a ese beneficio?
¿Se reivindican variedades?
¿Riesgo para el medio ambiente?
2. Animales
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Ejemplos de sufrimiento animal vs. beneficio para el hombre
NOEl ratón desnudo
Un ratón transgénicoutilizado para pruebas
de un producto cosmético
SIOncoratón (Harvard)
El ratón transgénico utilizado como modelo
para el cancer
T19/90 and T315/03
2. Animales
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
2. Animales - oncoratón
solicitud rechazada : Animal transgénico eucariota no humano
T19/90ponderación prudente del sufrimiento de los animales y los posibles riesgos para el medio ambiente, por una parte, y la utilidad de la invención a la humanidad por otra parte
Recurso
Patente concedida: Animal transgénico mamífero
OposiciónDirectiva 98/44 EUReglas 23(b)-(e) (ahora 26-29)
Patente modificada: Roedor transgénico
Recurso
Patente modificada: Ratón transgénico
T315/03
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
3. El cuerpo humano
¿Es posible patentar partes del cuerpo humano?
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Regla 29(1)
El cuerpo humano, en los distintos estadios de su constitución y su desarrollo, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos, incluida la secuencia o la secuencia parcial de un gen, no podrán constituir invenciones patentables
3. El cuerpo humano
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Regla 28(a)-(c)(Directiva Art. 6(2)(a)-(c)):
Excepciones a la patentabilidad
De conformidad con el artículo 53a), no se concederán patentes
europeas relativas a invenciones biotecnológicas que en particular
tengan por objeto:
a) procedimientos de clonación de seres humanos;
b) procedimientos de modificación de la identidad genética
germinal
del ser humano;
c) la utilización de embriones humanos con fines industriales o
comerciales;
3. El cuerpo humano
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
4. CélulasReivindicación de Células – Propiedades físicas – Problemas
NovedadLa identificación de un nuevo marcador no da novedad a célulasMarcadores que no son usualesLas mismas células aisladas de otro tejido pueden ser o no ser nuevas
ClaridadIdentificación de un marcador que no está normalmente presente
DescripciónOrigen único – reivindicación de las células sin el origenAislamiento de una mezcla de células – reivindicación de un tipo de célulasMarcadores en una especie no son aplicables a otra
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
4. Células
Reivindicación de Células – Propiedades funcionales – Problemas
ClaridadMétodos o ensayos para determinar la propiedad funcional??
„Una célula capaz de secretar IL-2“„Una célula capaz de adherirse a la superficie de la proteína X“
Pero
„Una célula T capaz de inducir una enfermedad autoinmune“ „Una célula con capacidad migratoria“„Una subpoblación de células capaz de...“
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
5. Células madre
Células madre células capaces de auto-renovación, así como la diferenciación a distintos tipos de células maduras
Totipotente células capaces de dar origen a un organismo completo
Pluripotente células que pueden dar origen a muchos tipos diferentes de células / tejidos / órganos
Embrión organismo en desarrollo hasta alrededor de 7-9 semanas de gestación en el caso del ser humano
Feto organismo en desarrollo desde el final del período embrionario
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Encyclopaedia Britannica:
In humans the term embryo is applied to the unborn child until the end of the seventh week following conception; from the eigth week the unborn child is called a foetus
Medline Plus Medical encyclopaedia:
The end of the eigth week marks the end of the „embryonic period“ and the beginning of the „foetal period“
5. Células madre
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
(44) Considerando que el Grupo europeo de ética de laciencia y de las nuevas tecnologías de la Comisión evalúa todos los aspectos éticos vinculados a labiotecnología; que conviene señalar al respecto quecualquier consulta a dicho Grupo, inclusive en loque se refiere al Derecho de patentes, solamentepuede situarse al nivel de la evaluación de labiotecnología con respecto a principios éticos fundamentales;
5. Células madre
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
5. Células madre
¿Se pueden patentar las células madre de seres humanos?Opinion del EGE
Células madre recién derivadas NO
Células madre no modificadas NO
Células madre modificadas (grado de modificación dejado
abierto; pero las células deben haber adquirido
características para una aplicación industrial específica) SI
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
¿Se pueden patentar las células madre en la OEP?
- Células madre humanas de feto SI
- Células madre de adulto SI
- Células madre de animales SI
5. Células madre
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
G2/06
5. Células madre
Células madre embrionarias humanas que sólo se puedan
obtener mediante la destrucción de embriones humanos NO
La decisión G2/06 explícitamente establece que una definición precisa de la palabra „embrión“ no ha sido dada por el legislador, de forma deliberada, a fin de evitar cualquier interpretación restrictiva de la regla 28(c)
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Métodos de clonación de seres humanos
Métodos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano
La utilización de embriones humanos con fines industriales o comerciales
Procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales
que puedan causar sufrimiento a éstos sin una utilidad médica sustancial
para el hombre o para los animales, así como los animales que puedan
resultar de dichos procedimientos
Métodos esencialmente biológicos para la producción de animales/vegetales
Células madre cuya obtención necesite la destrucción de embriones humanos
No se concederán patentes para
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
Plantas y animales (no humanos) transgénicos (si no se reivindican variedades)
Los productos de métodos microbiológicos, si no son
variedades de plantas o animales
Células madre cuya obtención no necesite la destrucción de
embriones humanos
Células animales incluyendo células madre
Se concederán patentes para
Dra Elena Rojo Romeo Santiago de Compostela, Julio 2010
EuropeanPatent Office
Muchas gracias por su atención
Dra Elena Rojo Romeo
Examinadora de patentes en Biotecnología
EPO, Munich