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Septiembre de 2017 PASARELA PEATONAL ARROYO POZUELO, EN EL DISTRITO DE MONCLOA ARAVACA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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Septiembre de 2017

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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D O C UM EN T O 3

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES

Para las obras objeto del presente Proyecto, regirá el Pliego General de Condiciones Técnicas Generales para las obras del EXCMO Ayuntamiento de Madrid (PCTG), aprobado por el Ayuntamiento en Sesión Plenaria celebrada el 23 de diciembre de 1998, revisión del 22 de diciembre de 2003 y actualizaciones que afecta al capítulo 43, Alumbrado exterior, aprobado el 19 de Julio del 2010, y capítulos 21, 22, 25, 40 y 41 correspondientes a pavimentación del año 2011, o en su caso, el Pliego vigente en el momento de inicio de las obras.

Madrid, septiembre de 2017

El ingeniero autor del proyecto El ingeniero director del proyecto

José María Orgaz García Jorge Presa Matilla

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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C o n t e n i d o

DOCUMENTO 3 2

1 OBJETO DEL PLIEGO 8

2 DISPOSICIONES GENERALES 10

2.1 DIRECCIÓN DE LAS OBRAS 10

2.2 PERSONAL Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 11

2.3 OTRAS OBRAS QUE HUBIERA QUE EJECUTAR 12

2.4 CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA 12

2.5 PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO 13

2.6 CLÁUSULAS SOCIALES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN 13

2.7 CORRESPONDENCIA OFICIAL 14

2.8 ALTERACIONES INTRODUCIDAS POR EL CONTRATISTA 14

2.9 GASTOS DE CARÁCTER GENERAL POR CUENTA DEL CONTRATISTA 14

2.10 INDEMNIZACIÓN A CARGO DEL CONTRATISTA 15

2.11 GASTOS DE PERMISOS Y LICENCIAS 15

2.12 CONSERVACIÓN 15

2.13 ASPECTOS AMBIENTALES 15

3 DESCRIPCIÓN DE LA OBRA 16

3.1 PLANOS 16

3.2 CONTRADICCIONES, OMISIONES O ERRORES 16

3.3 DEFINICIÓN DE LA OBRAS 17

4 PROGRAMA DE TRABAJOS 17

5 DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS 17

5.1 VIGENCIA DEL CONTRATO 17

5.2 REPLANTEO 17

5.3 REVISIÓN DE PRECIOS 18

5.4 CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN 18

5.5 ENSAYOS 18

5.6 SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE LAS OBRAS 19

5.7 TRANSPORTE ADICIONAL 19

5.8 LOCALIZACIÓN DE SERVICIOS AFECTADOS 19

5.9 PLAZO DE EJECUCIÓN Y PERIODO DE GARANTÍA 20

5.10 RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y PERIODO DE GARANTÍA 20

5.11 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 21

5.12 LIMPIEZA FINAL DE LAS OBRAS 21

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6 MEDICIÓN Y ABONO 21

6.1 CONDICIONES GENERALES 21

6.2 PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR 22

7 CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR 22

7.1 CEMENTOS 23

7.2 PIEZAS DE HORMIGÓN PARA BORDILLOS 26

7.3 BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL 28

7.4 FUNDICIÓN DÚCTIL 30

7.5 AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES 31

7.6 ADITIVOS A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES 33

7.7 PROCUCTOS FILMÓGENOS DE CURADO 34

7.8 MADERA 37

7.9 COBRE PARA CONDUCTORES ELÉCTRICOS 38

7.10 OTROS MATERIALES 38

8 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A EXPLANACIONES Y TRABAJOS PRELIMINARES 38

8.1 DESPEJE Y DESBROCE DEL TERRENO 38

8.2 DEMOLICIÓN DE OBRAS DE HORMIGÓN, ELEMENTOS DE URBANIZACIÓN Y LEVANTAMIENTOS Y DESMONTAJES 40

8.3 EXCAVACIÓN EN ZAJAS, POZOS Y CIMIENTOS 42

8.4 TERRAPLENES 45

8.5 RELLENOS LOCALIZADOS 46

8.6 TERMINACIÓN Y REFINO DE LA EXPLANADA 47

8.7 REFINO DE TALUDES 48

8.8 ESCOLLERA 49

9 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A ELEMENTOS DE DRENAJE E IMPERMEABILIZACIÓN 50

9.1 IMPERMEABILIZACIÓN DE MUROS 50

10 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A FIRMES Y PAVIMENTOS 52

10.1 PAVIMENTOS DE HORMIGÓN 52

10.2 BASES DE HORMIGÓN HIDRAULICO PARA ACERAS 56

10.3 ENCINTADOS DE BORDILLO 57

11 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A ELEMENTOS ESTRUCTURALES58

11.1 ARMADURAS PASIVAS PARA HORMIGÓN ARMADO 58

11.2 HORMIGONES 65

11.3 ELEMENTOS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN ARMADO 81

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11.4 OBRAS DE HORMIGÓN EN MASA O ARMADO 84

11.5 ESTRUCTURAS DE MADERA 85

11.6 ESTRUCTURAS DE ACERO 98

11.7 MICROPILOTES 111

11.8 ENCOFRADOS Y MOLDES 114

11.9 MONTAJE DE ELEMENTOS PREFABRICADOS O PREMONTADOS 120

11.10 PRUEBA DE CARGA 121

12 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y DEFENSAS 122

12.1 BARANDILLAS Y BARANDAS DE MADERA 122

13 GESTIÓN DE RESIDUOS 123

13.1 NORMAS LEGALES 123

13.2 PRESCRIPCIONES GENERALES EMPRESARIALES A CUMPLIR EN LA OBRA 123

13.3 MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE GENERACIÓN DE RESIDUOS 125

13.4 MEDIDAS PARA LA SEPARACIÓN DE RESIDUOS 126

13.5 REUTILIZACIÓN, VALORACIÓN O ELIMINACIÓN 126

13.6 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 126

13.7 MEDICIÓN Y ABONO 127

14 DISPOSICIONES FINALES 127

14.1 UNIDADES DEFECTUOSAS O NO ORDENADAS 127

14.2 UNIDADES DE OBRA NO INCLUIDAS EN EL PRESUPUESTO 128

14.3 RETIRADA DE MATERIALES NO EMPLEADOS 128

14.4 PARALIZACIÓN DE LA OBRA 128

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1 OBJETO DEL PLIEGO

El objeto del presente Pliego de Condiciones es fijar las particularidades que han de regir en las obras del Proyecto:

Pasarela Peatonal Arroyo Pozuelo, en el distrito de Moncloa-Aravaca.

Las presentes prescripciones técnicas serán de obligada observación por el contratista a quien se adjudique la obra, el cual deberá hacer constar que las conoce y que se compromete a ejecutar la obra con estricta sujeción a las mismas en la propuesta que formule y que sirva de base para la adjudicación.

Además de las determinaciones recogidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares será de obligado cumplimiento el Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid vigente al inicio de las obras, así como el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes de la Dirección General de Carreteras (PG-3/75) aprobado por O.M. de 6 de febrero de 1976 y sus modificaciones posteriores incluyendo su última actualización mediante la Orden FOM/2523/2014, de 12 de diciembre.

Se estará a lo dispuesto en la Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización 2002 (NEC) aprobada por el pleno del Ayuntamiento el 20 de Diciembre de 2001, incluso la actualización del capítulo 4 aprobada el 11 de febrero de 2008, la referente al capítulo de alumbrado publicada el 19 de Julio de 2010 y demás documentación vigente en el inicio de las obras.

Serán también de aplicación las siguientes disposiciones y sus modificaciones y actualizaciones en vigor:

R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre de 2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

R.D. 1098/2001 (12/10/01): Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de subcontratación en el sector de la construcción y sus actualizaciones con fecha 23/12/2009.

Real Decreto 1109/07, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la ley 32/06, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y sus actualizaciones con fecha 23/03/2010.

Estatuto de los Trabajadores. R.D. 1/1995 de 24 de marzo y modificaciones posteriores. Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de la Comunidad de Madrid. Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Ley 9/2001 de Julio de 2001. Ley 2/2005, de 12 de abril, de modificación de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de

Madrid. (BOE nº 145, 18-Jun-2005) (BOCM nº 87, 13-Abr-2005) Pliego General de Condiciones Económico-Facultativas para las obras municipales aprobado por

el Ayuntamiento de Madrid. Decreto 3854/1970 (MOP 31-12-70): Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la

Contratación de Obras del Estado. Ley 37/2015: Ley de Carreteras, de 29 de Septiembre de 2015. R.D. 1812/1994 (MOPTMA 2/9/94: Reglamento General de Carreteras. Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero, por la que se aprueba la Norma 3.1-IC Trazado, de la

Instrucción de Carreteras. Orden FOM/298/2016, de 15 de febrero, por la que se aprueba la norma 5.2 - IC drenaje

superficial de la Instrucción de Carreteras. Orden FOM/3460/2003, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la norma 6.1-IC "Secciones de

firme", de la Instrucción de Carreteras. Circular MOPU 299/89: Recomendaciones sobre mezclas bituminosas en caliente. Dirección

General de Carreteras.

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Orden FOM/3459/2003, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la norma 6.3-IC: "Rehabilitación de firmes", de la Instrucción de carreteras.

Orden MOPU 21-3-63: Instrucción de Carreteras 7.1.I.C.- Dirección General de Carreteras. Plantaciones.

Orden FOM/534/2014, de 20 de marzo, por la que se aprueba la norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carreteras.

Orden MOPU 16-7-87: Instrucción de Carreteras 8.2.I.C.- Dirección General de Carreteras. Marcas Viales.

Orden MOPU 31-8-87: Instrucción de Carreteras 8.3.I.C.- Dirección General de Carreteras. Señalización de Obras.

Circular MOPU 31/3/64: Instrucción de Carreteras 9.1.I.C.- Dirección General de Carreteras. Alumbrado de carreteras.

Orden de 17 de Febrero de 2004, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueban los Requisitos Técnicos para el Proyecto y Construcción de las medidas para moderar la velocidad en las travesías de la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

DGC 1999: Recomendaciones para la iluminación de carreteras y túneles . Orden Circular 17/2003: Recomendaciones para el proyecto y construcción del drenaje

subterráneo en obra de carreteras O.C. 35/2014 Sobre Criterios de Aplicación de Sistemas de Contención de Vehículos. R.D. 1627/1997(24/10/97) Mº Presidencia: Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las

obras de construcción. Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. del 10-11-95) Orden de 14 de octubre 1997 (BOE 27-11-97) Normas de Seguridad para el ejercicio de

actividades subacuáticas. Decreto 2055/69 de 25 de septiembre (BOE 25-9-69) Regulación del ejercicio de Actividades

Subacuáticas. R.D.842/2002 (02/08/02): Reglamento electrotécnico para baja tensión, e instrucciones técnicas

complementarias (ITC) BT 01 a BT 51 R.D.223/2008 de 2008 : Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en

líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones complementarias ITC-LAT 01 al 09. R.D. 105/2008 (01/02/08): Por el que se regula la producción y gestión de los residuos de

construcción y demolición. Recomendaciones sobre el Control de Calidad en Obras de Carreteras. MOPU, 1983. Circular MOPU 1984: Recomendaciones para la redacción de Proyectos de plantaciones.

Dirección General de Carreteras. Normas del Laboratorio de Transportes y Mecánica del Suelo, para ejecución de materiales, en

vigor. R. D. 256/2016: Instrucción para la recepción de cementos (RC-16). O.M. de 21 de noviembre de 2001 realización y control de producción de hormigones fabricados

en central. Reglamento Europeo de Productos de Construcción ( nº 305/2011) (De 9 de marzo de 2011, por

el que se establecen las condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE. Serán de aplicación también sus posteriores actualizaciones y desarrollos mediante Reglamento Delegado (Reglamentos delegados 157/2014, 574/2014 y 568/2014).

Orden MOPU 28-7-74: Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de agua.

Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua (1982). Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones

(1982). R.D. 1247/2008 (18/07/08): Instrucción de Hormigón Estructural (E.H.E.-08) R.D. 751/2011 : Instrucción de acero estructural (E.A.E) (BOE nº 149 23/06/2011)

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Instrucción sobre las Acciones a considerar en el Proyecto de Puentes de Carretera. IAP-11 (2011).

R.D. 997/2002: Norma de Construcción Sismorresistente (Parte General y Edificación) NCSR-02. R.D. 637/2007, de 18 de mayo, Norma de construcción sismorresistente: puentes (NCSP-07).

Recomendaciones para la Realización de Pruebas de Carga de Recepción en Puentes de Carretera. DGC. Ministerio de Fomento (1999).

Eurocódigo 2: Proyecto de Estructuras de Hormigón. Eurocódigo 3: Proyecto de Estructuras de Acero. Eurocódigo 6: Proyecto de estructuras de fábrica. Orden FOM/3818/2007, de 10 de diciembre, por la que se dictan instrucciones complementarias

para la utilización de elementos auxiliares de obra en la construcción de puentes de carretera. Guía para el proyecto y la ejecución de micropilotes en obras de carretera. Código Modelo CEB-FIP 1990. Junio 1991. NTE Acondicionamiento del Terreno. Demoliciones. Plan Director de Movilidad Ciclista en Madrid. Las Normas Básicas de la Edificación (LOE) citadas en la Disposición Final Segunda de la Ley

38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o sus normas sustitutivas según el Código Técnico de Edificación.

Ordenanza de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, aprobado según el

RD1890/2008 de 14 de noviembre. Todas las Ordenanzas y Reglamentos municipales o de la Comunidad de Madrid vigente que sean

de aplicación. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público. Ley 8/1993 de 22 de Junio “Promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas”

de la Comunidad de Madrid. Decreto 138/1998, de 23 de Junio, por el que se modifican determinadas especificaciones técnicas

de la Ley 8/1993. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, (BOE 03/12/03) “Igualdad de oportunidades, no discriminación y

accesibilidad universal de las personas con discapacidad”. Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento

Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.

Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

ORDEN VIV/561/2010 de 1 de Febrero de 2010, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

2 DISPOSICIONES GENERALES

2.1 Dirección de las obras

El adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la organización inmediata de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obra que ejecute.

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2.2 Personal y obligaciones del contratista

Ingeniero Director

Durante la ejecución de las obras, la Propiedad estará representada ante el Contratista por un Ingeniero Director designado por la Propiedad.

Para el desempeño de su función, podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que desarrollarán su labor en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y que integran junto con el Ingeniero Director, la Dirección de la Obra.

Ingeniero representante del Contratista

El Contratista designará un Ingeniero Superior que asumirá la Dirección de los trabajos a su cargo y que actúe como representante suyo ante la Administración durante la ejecución de las obras. La persona designada deberá además ser aprobada por la Administración.

Deberá de tener capacidad suficiente para:

Ostentar la representación del Contratista cuando sea necesaria su actuación o presencia en cualquier acto derivado del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de las obras.

Organizar la ejecución de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas de la Dirección.

Proponer a la Dirección y, o colaborar con ella en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución.

Antes de iniciarse las obras, el contratista presentará por escrito al Ingeniero Director, la relación nominal y la titulación del personal facultativo que bajo las órdenes de su representante, será responsable directo de los distintos trabajos o zonas de la obra. El Contratista dará cuenta al Ingeniero Director de cualquier cambio que se produzca en dicha relación.

La Dirección de las obras, podrá suspender los trabajos, sin que de ello se deduzca alteración alguna de los términos y plazos del contrato, cuando no se realice bajo la dirección del personal facultativo designado para los mismos.

La Dirección de las obras podrá recabar del contratista la designación de un nuevo representante y, en su caso, de cualquier facultativo que de él dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos.

Se presumirá que existe siempre dicho requisito en los casos de incumplimiento de las órdenes recibidas o la negativa a suscribir, con su conformidad o reparos, los documentos que reflejan el desarrollo de las obras, como partes de situación, datos de medición de elementos, resultados en ensayos, órdenes de la dirección y análogos definidos por las disposiciones del Contrato.

El Ingeniero Director de las obras, cuando para la buena marcha de las obras lo estime necesario, podrá exigir del Contratista el aumento o sustitución del personal y medios auxiliares, estando el Contratista obligado a su cumplimiento.

Para la ejecución del programa de desarrollo de la obra, previsto en el artículo 123 apartado e) del TRLCSP el Contratista deberá tener siempre en la obra un número de obreros proporcionado a la extensión de los trabajos y clases de éstos que están ejecutándose.

Todos los trabajos han de ejecutarse por personas especialmente preparadas. Cada oficio ordenará su trabajo armónicamente con los demás, procurando siempre facilitar la marcha de los mismos, en favor de la buena ejecución y rapidez de la construcción, ajustándose en la medida de lo posible a la planificación económica de la obra prevista en proyecto.

Será de cuenta del Contratista la confección e instalación de los carteles de obra, de acuerdo con los Modelos y Normas del Ayuntamiento de Madrid, incluyendo su retirada a la recepción de obras.

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El Contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, en su caso. La demora en ejecución será sancionada conforme determina el art. 212 del TRLCSP.

2.3 Otras obras que hubiera que ejecutar

En el caso de que hubiera que ejecutar otras obras, cuyos Proyectos no estuvieran detallados en el actual, se construirían con arreglo a los particulares que se formen durante la ejecución, quedando sujetas tales obras a las condiciones del presente Pliego y, en todo caso, las modificaciones se realizarán de acuerdo con la legislación vigente.

Los detalles de obra que no estuvieran suficientemente detallados en este Proyecto, se ejecutarán con arreglo a los Pliego e instrucciones que durante la ejecución de las mismas proporcione el Ingeniero Director.

2.4 Clasificación del contratista

La Clasificación del Contratista, con objeto de calificar las posibilidades respecto de las exigencias que comporta el cumplimiento del Contrato, se establece en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (aprobado mediante RD 1098/2001, de 12 de octubre), según los artículos 25, 26, 27, 28 y 29 y del citado Reglamento. Y el artículo 65.1 y la Disposición Transitoria Cuarta del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La expresión de la cuantía se efectúa por referencia al valor íntegro del contrato sin I.V.A. (Presupuesto Base de Licitación antes de I.V.A.) cuando la duración de éste sea igual o inferior a un año, y por referencia al valor medio anual del mismo, cuando se trate de contratos de duración superior.

Así mismo, cuando el órgano de contratación lo autorice y de acuerdo al art. 36.3 del Reglamento, cuando en el conjunto de las obras se dé la circunstancia de que una parte de ellas tenga que ser realizada por casas especializadas, como es el caso de determinadas instalaciones, el contratista podrá subcontratar esta parte de la obra con otro u otros clasificados en el subgrupo o subgrupos correspondientes, y no será exigible al principal la clasificación de ellos. El importe de todas las obras sujetas a esta obligación de subcontratar no podrá exceder del 50% del precio del contrato y se deberá aportar documento acreditativo de la homologación del subcontratante por la empresa Suministradora del servicio.

Las categorías de los contratos de obras, determinadas por su cuantía, se ajustan a los rangos indicados en el artículo 26 del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Al ser el plazo de ejecución de las obras descritas en el Presente Proyecto menor a un año, el cálculo de la clasificación del contratista se realizará con el 100% del Presupuesto Base de Licitación antes de I.V.A,:

Grupo “B”, Categoría “1”

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2.5 Plan de ahorro energético

El Contratista está obligado al cumplimiento del Acuerdo de 2 de junio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban Medidas para la optimización energética en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos. BOAM 7 de junio de 2010. A este respecto, el Contratista debe elaborar un Plan de ahorro energético durante la ejecución de la obra que se le adjudique sin que varíen las condiciones de proyecto. Dicho Plan deberá contener como mínimo una cuantificación de los ahorros, las vías, medios e instrumentos dispuestos para conseguirlos y las herramientas informáticas de monitorización, control y seguimiento.

2.6 cláusulas sociales aplicables a la contratación

De los bienes y servicios

Los bienes o servicios que son objeto del presente contrato deben haber sido producidos o desarrollados respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

Del lenguaje en la documentación y materiales

En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

Obligaciones del adjudicatario en materia de seguridad y salud laboral

La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso sean necesarios.

La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso.

La empresa adjudicataria deberá incluir en el Plan de Seguridad y Salud, que preceptivamente deberá ser aprobado previamente al inicio de las obras, y adoptar las medidas necesarias para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños el personal municipal o a los ciudadanos en general.

Las obligaciones citadas hasta aquí serán cumplimentadas sin perjuicio ni menoscabo de lo que establecido en el Estudio de Seguridad y Salud que figura en el proyecto y en el Plan de Seguridad y Salud que como desarrollo del anterior se apruebe.

Obligaciones del adjudicatario en materia de empleo

La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato.

Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación la empresa adjudicataria deberá presentar, al inicio de la ejecución del contrato, la declaración responsable indicada anteriormente.

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Aquellas empresas cuya actividad consista en ser contratadas o subcontratadas habitualmente para la realización de trabajos de obras del sector de la construcción, deberán contar con un número de personas trabajadoras con contratos indefinidos no inferior al 30%, de conformidad con lo previsto en el Art.4.4 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.

Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la empresa adjudicataria deberá presentar al inicio, cuando transcurra un 50% del plazo del contrato y previo a su finalización, copia de los contratos de las personas trabajadoras contratadas adscritas a la ejecución del contrato que permitan verificar el cumplimiento del porcentaje exigido.

2.7 Correspondencia oficial

El Contratista tendrá derecho a que se le acuse recibo, cuando lo pida, de las comunicaciones o reclamaciones que dirijan al Ingeniero Director de la Propiedad y a su vez estará obligado a devolver a éste los originales o una copia de las órdenes que reciba, poniendo al pie la palabra "enterado".

El Contratista está obligado a aceptar las prescripciones escritas que señale la Dirección, aunque supongan modificación o anulación de órdenes precedentes, o alteración de planos previamente autorizados o de su documentación aneja.

El Contratista carece de facultades para introducir modificaciones en el Proyecto de las obras contratadas, en los planos de detalle autorizados por la Dirección, o en las órdenes que le hayan sido comunicadas.

2.8 alteraciones introducidas por el contratista

El Contratista no podrá hacer alteración en ninguna de las partes del Proyecto aprobado.

El Contratista estará obligado, a su cargo, a sustituir los materiales indebidamente empleados, y a la demolición y reconstrucción de las obras ejecutadas en desacuerdo con las órdenes o los plazos autorizados.

2.9 Gastos de carácter general por cuenta del contratista

Serán de cuenta del Contratista los gastos que origine el replanteo general de las obras o su comprobación y los replanteos parciales de la misma; los de limpieza y desinfección de las instalaciones; los de pruebas y ensayos "in situ" y de laboratorio, que sean necesarios para la recepción provisional y definitiva de las obras; los de construcción, remoción y retirada de toda clase de instalaciones y construcciones auxiliares; los de protección de equipos y de la propia obra contra todo deterioro, daños e incendios y todas las medidas de protección y limpieza, los de construcción y conservación durante el plazo de su utilización de desvíos provisionales, de accesos a tramos parciales o totalmente terminados cuya construcción responda a conveniencias del Contratista, de conservación de señales de tráfico y demás recursos necesarios para proporcionar seguridad dentro de las obras; los de remoción de las instalaciones, elementos, materiales y limpieza general de la obra a su terminación; los de montaje, conservación y retirada de las instalaciones para el suministro de agua y energía eléctrica necesarias para las obras, los de adquisición de dicha agua y energía; los de retirada de los materiales rechazados y corrección de todas las deficiencias observadas y puestas de manifiesto por los correspondientes ensayos y pruebas.

En los casos de rescisión de contrato, cualquiera que sea la causa que lo motive, serán de cuenta del Contratista los gastos originados por la liquidación, así como los de retirada de los medios auxiliares empleados, o no, en la ejecución de las obras.

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2.10 Indemnización a cargo del contratista

Serán de cuenta del Contratista indemnizar a los propietarios, de los derechos que les correspondan y todos los daños que se causen con la explotación de canteras, la extracción de tierras para la ejecución de terraplenes, el depósito de caballeros, el establecimiento de almacenes, talleres y depósitos; los que se originen con la habilitación de caminos y vías provisionales para el transporte de aquellos y para apertura y desviación de cauces y finalmente, los que exijan las demás operaciones que requiera la ejecución de las obras.

2.11 Gastos de permisos y licencias

Serán de cuenta del Contratista los gastos necesarios por permisos y derechos oficiales para la puesta en servicio de las instalaciones a que se refiere el presente Pliego de Condiciones.

También serán de cuenta del Contratista los gastos derivados de los permisos o autorizaciones de los organismos oficiales competentes, de acuerdo con las disposiciones en vigor respecto a las obras objeto del presente Proyecto, incluso los que se deriven de las ampliaciones o servidumbres de paso de los propietarios efectuados por el paso de las conducciones o por ubicación de las instalaciones definitivas incluidas en este Proyecto

2.12 conservación

Bajo este epígrafe se comprenden las obras que deberán ejecutar el Contratista durante el plazo de garantía para conservar o reparar las que son objeto de este Proyecto, en caso de que aparezcan desperfectos en ellas, que no puedan atribuirse a deficiencias de construcción o mala calidad de los materiales empleados. En este último caso serán corregidos por el Contratista a sus expensas

2.13 Aspectos ambientales

Con carácter general

Gestión de residuos de construcción y demolición El adjudicatario de la obra está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en relación al almacenamiento, manejo, separación y gestión de residuos. La segregación, tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente por parte de empresas homologadas mediante contenedores o sacos industriales que cumplirán las especificaciones de la Orden 2726/2009 de 16 de Julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

Certificación de los medios empleados Es obligación del adjudicatario de la obra proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad de los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas por la Comunidad de Madrid.

Limpieza de las obras Es obligación del adjudicatario de la obra mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto.

Con carácter Particular

Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos a conservar o valiosos (cerámicos, mármoles…).

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El depósito temporal de los escombros deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos.

El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…) que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma.

En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y procedimientos para la separación de cada tipo de RCD.

Se atenderán los criterios municipales establecidos, especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición.

En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados.

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente.

Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos.

La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos de la obra se realizará según la legislación vigente, tanto municipal, como autonómica y nacional.

Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases…) serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación.

Los restos de lavado de canaletas y cubas de hormigón serán tratadas como escombros. Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y

restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos.

Las tierras que pueden tener un uso posterior para jardinería o recuperación de los suelos degradados serán retiradas y almacenadas durante el menor tiempo posible en caballones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación y la contaminación con otros materiales.

3 DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

3.1 Planos

A petición del Ingeniero Director, el Contratista preparará todos los planos de detalles que se estimen necesarios para la ejecución de las obras contratadas. Dichos planos se someterán a la aprobación del Director, adjuntando, si fuese preciso, las memorias y cálculos justificativos que se requieran para su mejor comprensión.

3.2 Contradicciones, omisiones o errores

En caso de contradicción entre los planos y el Pliego de Condiciones, prevalecerá lo escrito en este último, previa consulta obligada al Ingeniero Director.

Las omisiones en el Pliego, o las descripciones erróneas de los detalles de la obra que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuestos en los Planos y Pliego de Prescripciones, o que por uso y costumbre deban ser realizados, no sólo no eximen al Contratista de la obligación de ejecutar estos detalles, sino que, por el contrario, deberán ser

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ejecutados como si hubieran sido completa y correctamente especificados en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

La Dirección de Obra decidirá la validación de dichos detalles, debiendo el Contratista seguir todas sus instrucciones para que la obra se haga con arreglo a la práctica de la buena construcción, siempre que lo dispuesto no se oponga a las condiciones facultativas y económicas de este Pliego ni a las generales del Ayuntamiento de Madrid o del Estado, reflejándose tal aclaración, si así lo requiere la Contrata, en el libro de Órdenes.

3.3 Definición de la obras

Las obras objeto del presente contrato son las que quedan especificadas en los restantes documentos del Proyecto, tales como Memoria, Mediciones y Presupuesto y los distintos planos que lo componen.

4 PROGRAMA DE TRABAJOS

En el plazo de quince días hábiles a partir de la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo, el adjudicatario presentará el Programa de Trabajos de las obras, incluyendo como mínimo, los siguientes términos:

Fijación de las clases de obras que integran el Proyecto e indicación del volumen de las mismas. Determinación de los medios necesarios (instalaciones, equipos y materiales), con expresión de

sus rendimientos medios. Estimación en días de calendario de los plazos de las diversas unidades de obra. Valoración mensual y acumulada de la obra programada sobre la base de los precios unitarios de

adjudicación. Representación gráfica de las diversas actividades, en un diagrama de Gantt o de

espacios/tiempos.

5 DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS

5.1 Vigencia del contrato

Este contrato de obras entrará en periodo operativo a partir del día siguiente a aquel en el que se comunique al Contratista adjudicatario la orden de comienzo de las obras.

Según el artículo 229 del TRDL 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación de replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del Contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebró el contrato.

5.2 Replanteo

El plazo de firma del acta de Replanteo será de QUINCE DÍAS (15 días), contados a partir del día siguiente de la formalización del contrato según el artículo 229 del TRDL 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Cuando de dicha comprobación se desprenda la viabilidad del proyecto a juicio del Director de las obras, sin reserva por el contratista, se darán comienzo a las mismas con fecha a contar, desde el día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo, a efecto del cumplimiento del plazo de ejecución de las obras.

5.3 Revisión de precios

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española, BOE de 31 de marzo de 2015, no procede en el presente proyecto la revisión de precios.

5.4 Condiciones generales de ejecución

Todos los trabajos incluidos en el proyecto se ejecutarán esmeradamente, con arreglo a las buenas prácticas de la construcción, de acuerdo con las condiciones establecidas en el PCTG-1999, y cumpliendo estrictamente las instrucciones recibidas por la Dirección, no pudiendo, por tanto servir al contratista la baja de adjudicación de pretexto para desviarse de la esmerada ejecución, ni de la calidad de las instalaciones proyectadas en cuanto a materiales, productos y mano de obra, ni pretender proyectos adicionales.

La ejecución de las obras que figuran en el presente proyecto, requerirán las instalaciones auxiliares que, a juicio de la Dirección sean necesarias, para la buena marcha de dichas obras y el cumplimiento de los plazos establecidos.

El Contratista someterá a la Dirección Facultativa relación de la maquinaria que se propone usar en las distintas partes de la obra, indicando los rendimientos medios de cada una de las máquinas. Una vez aceptada por la Dirección Facultativa, quedará adscrita a la obra y será necesario su permiso expreso para que se puedan retirar de la obra.

La Dirección Facultativa podrá exigir del Contratista la sustitución o incremento de la maquinaria que juzgue necesaria para el cumplimiento del plan de construcción.

La ejecución de todas las unidades de obra contempladas en este proyecto se regirán por lo dispuesto en el s unidades de obra

De acuerdo al artículo 230. 1 y 2 del TRDL 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia y cuando las instrucciones fueren de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes.

Se estará a lo dispuesto en la Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización 2002 (NEC) aprobada por el pleno del Ayuntamiento el 20 de Diciembre de 2001, incluso la actualización del capítulo 4 aprobada el 11 de febrero de 2008 y demás documentación vigente en el inicio de las obras.

5.5 Ensayos

Los controles y ensayos necesarios para la comprobación de las condiciones que han de cumplir los materiales y unidades de obra, así como las condiciones de aceptación o rechazo de las mismas, serán los definidos expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto, o en su defecto, los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid.

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Se considera incluido en los precios del proyecto el coste de los ensayos y controles necesarios para la caracterización de los distintos materiales y unidades de obra, y por tanto dicho coste correrá en su totalidad a cargo del contratista. El director facultativo de las obras designará los laboratorios encargados de la realización de los mismos, los cuales deberán estar debidamente acreditados de acuerdo con la normativa vigente en la Comunidad de Madrid.

El control de calidad de las diferentes unidades de obra se realizará conforme a la normativa vigente de aplicación (EHE, NLT, UNE, etc.)

5.6 Señalización y balizamiento de las obras

La señalización y ordenación del tráfico durante la ejecución se ajustará a la Instrucción 8.3-I.C. y a la Orden Circular 301/89 de la Dirección General de Carreteras que la desarrolla y complementa.

El coste de estas operaciones se considera incluido en los precios unitarios de las unidades de obra, no siendo, pues, objeto de abono independiente al Contratista.

Se realizará de acuerdo con la normativa del Excmo. Ayuntamiento de Madrid.

5.7 Transporte adicional

El Ayuntamiento se reserva el derecho de exigir al Contratista el transporte y entrega en casillas de los materiales procedentes de excavaciones o levantados que considere oportuno, abonando el transporte correspondiente.

Definición

Se define como transporte adicional el correspondiente a recorridos adicionales a los máximos fijados, para cada unidad de obra contratada, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Por lo tanto, para que el transporte adicional sea considerado como unidad de obra, deberá estar expresamente indicado en dicho Pliego, así como los recorridos máximos antedichos. En caso contrario, se considerará que todo transporte está incluido en la unidad correspondiente, sea cual fuere el recorrido a realizar.

En ningún caso se aplicará este concepto a los transportes que realice el Contratista como consecuencia de haber escogido voluntariamente procedencias de materiales, o zonas de depósito o vertedero, distintas de las que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, de las que hayan sido señaladas por el Director de las obras.

Ejecución del transporte

Los transportes adicionales se efectuarán en vehículos adecuados para el material que se desee transportar, provistos de los elementos que se precisen para evitar cualquier alteración perjudicial del material transportado. y su posible vertido sobre las rutas empleadas.

Medición y abono

El transporte adicional se abonará dentro de cada precio unitario, con lo que se debe considerar incluido en dicho precio sin posibilidad de revisar los precios, conforme al apartado 20 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.

5.8 Localización de servicios afectados

El Contratista deberá realizar las oportunas calicatas para la perfecta localización de los posibles servicios afectados por motivo de las obras.

Todos los gastos originados por estos trabajos serán a cargo del Contratista, ya sean en la fase de replanteo como durante la ejecución de las obras.

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5.9 Plazo de ejecución y periodo de garantía

Las obras contempladas en este proyecto se realizarán en el plazo que se fije en el Contrato de Adjudicación.

En el momento de redactar este proyecto, para estimar el plazo de ejecución de las obras se ha considerado que el trabajo se realizará mediante turnos de tal manera que se cubra una jornada laboral de 40 horas semanales. En base a ello, se ha determinado un plazo de ejecución de TRES MES (3). El plazo de ejecución del contrato comenzará a computar al día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, que se llevará a cabo en el plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha de formalización del contrato.

5.10 Recepción de las obras y periodo de garantía

El contratista, una vez finalizadas las obras, hallándose éstas al parecer en las condiciones exigidas, y antes de la recepción de las mismas, deberá haber realizado las pruebas necesarias de las instalaciones que garanticen su perfecto funcionamiento.

A la recepción de las obras, y a los efectos de constatar el cumplimiento del objeto del contrato en los términos establecidos y a satisfacción de la Administración, asistirán:

Un facultativo designado por la Administración, que actuará como su representante. El facultativo encargado de la dirección de las obras. El contratista, que podrá acudir asistido de un facultativo.

Por último, un representante de la Intervención de la Administración contratante cuando aquella lo considere oportuno. La Administración tendrá que comunicar a su Intervención que se va a realizar la recepción sólo en los supuestos en que sea preceptiva dicha comunicación

La recepción de las obras será dentro del mes siguiente de haberse finalizado éstas y esté comprobado el perfecto funcionamiento de las instalaciones. A dicha recepción concurrirá un facultativo designado por el Ayuntamiento de Madrid, el facultativo encargado de la Dirección de las obras y el contratista.

El facultativo designado por la Administración contratante, podrá dar por recibidas las obras levantándose acta de dicha recepción.

El plazo de garantía comenzará a contar a partir de la fecha de la fecha del acta de recepción de las obras.

Si las obras no se encuentran en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta y el Director de las obras señalará los defectos observados y dará las instrucciones precisas para que el Contratista remedie aquellos en el plazo que se le señale, transcurrido el cual se le podrá conceder un nuevo y último plazo o declarar resuelto el contrato. En todo caso, transcurrido el segundo plazo sin que se hubieran remediado los defectos detectados, el contrato se declarará resuelto.

Por último, podrán ser objeto de recepción parcial las partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público, siempre que así se establezca en el contrato.

El plazo de garantía será de 2 AÑOS y durante este periodo, el contratista corregirá los defectos observados, eliminará las obras rechazadas y reparará en su caso, las averías que se produzcan. Todo ello por su cuenta, y sin derecho a indemnización alguna, ejecutándose en caso de resistencia, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 235.5 del TRLCSP.

El contratista garantiza a la Administración contra toda reclamación de tercera persona derivada del incumplimiento de sus obligaciones económicas o disposiciones legales relacionadas con la obra. Una vez aprobada la recepción y liquidación de las obras, la Administración tomará acuerdo respecto a la garantía depositada por el contratista.

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Transcurrido el plazo de garantía, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo en lo referente a los vicios ocultos de la construcción tal y como se estipula en el artículo 236 del TRLCSP. De dichos vicios ocultos, si los hubiera, el contratista responderá durante el término de quince años. Transcurrido este plazo, quedará totalmente extinguida su responsabilidad.

5.11 Seguridad y salud en el trabajo

El Estudio Básico de Seguridad y Salud que figura en el presente Proyecto servirá de base para la redacción por parte del Contratista del preceptivo Plan de Seguridad y Salud de acuerdo con el Real Decreto 1627/97 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción [modificado por el Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo].

5.12 Limpieza final de las obras

Una vez terminada la obra, y antes de su recepción provisional, se procederá a su limpieza general, retirando los materiales sobrantes o desechados, escombros, obras auxiliares, instalaciones, almacenes y edificios que no sean precisos para la conservación durante el plazo de garantía.

Esta limpieza se extenderá a las zonas de dominio y servidumbres , así como a los terrenos que hayan sido ocupados temporalmente, debiendo quedar unos y otros en situación análoga a como se encontraban antes del inicio de la obra o similar a su entorno, de acuerdo con lo indicado en los artículos 9 y 10 de la O.M. de 31 de agosto de 1987. Esta actividad no será objeto de abono por realizarse a cuenta del Contratista.

6 MEDICIÓN Y ABONO

6.1 Condiciones generales

Las mediciones son los datos recogidos de los elementos cualitativos y cuantitativos que caracterizan las obras ejecutadas, los acopios realizados o los suministros efectuados. Se realizarán de acuerdo a la unidad que figura en los cuadros de precios.

El Contratista está obligado a pedir (a su debido tiempo) la presencia de la Dirección de Obra, para la toma contradictoria de mediciones en los trabajos, prestaciones y suministros que no fueran susceptibles de comprobaciones o de verificaciones ulteriores, a falta de lo cual, salvo pruebas contrarias, que debe proporcionar a su costa, prevalecerán las decisiones de la Dirección de Obra con todas sus consecuencias.

Salvo indicación en contrario de los Pliegos de Licitación y/o del Contrato de Adjudicación las unidades de obras cuyos precios no refleja el Cuadro de Precios Municipal, identificadas en el documento de presupuesto con el código PN_00nnn, se abonarán como trabajos a precios unitarios, aplicando los precios unitarios a las unidades de obra resultantes.

En todos los casos de liquidación por aplicación de precios unitarios, las cantidades a tener en cuenta se establecerán en base a las cubicaciones deducidas de las mediciones.

Los precios unitarios de "ejecución material", comprenden, sin excepción ni reserva, la totalidad de los gastos y cargas ocasionados por la ejecución de los trabajos correspondientes a cada uno de ellos, los que resulten de las obligaciones impuestas al Contratista por los diferentes documentos del Contrato y por el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Estos precios de ejecución material comprenderán todos los gastos necesarios para la ejecución de los trabajos correspondientes hasta su completa terminación y puesta a punto, a fin de que sirvan para el objeto que fueron proyectados, y en particular, sin pretender una relación exhaustiva, los siguientes:

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Los gastos de mano de obra, de materiales de consumo y de suministros diversos, incluidas terminaciones y acabados que sean necesarios, aún cuando no se hayan descrito expresamente en la descripción de los precios unitarios.

Los seguros de toda clase. Los gastos de planificación y organización de obra. Los gastos de realización de cálculos, planos o croquis de construcción y archivo actualizado de

planos de obra. Los gastos de construcción, mantenimiento, remoción y retirada de toda clase de construcciones

auxiliares. Los gastos de alquiler o adquisición de terrenos para depósitos de maquinaria y materiales. Los gastos de protección y acopios de la propia obra contra todo deterioro, daño o incendio,

cumpliendo los requisitos vigentes para el almacenamiento de explosivos y carburantes. Los gastos derivados de la Garantía y Control de Calidad de la Obra.

En los precios “base de licitación” obtenidos según los criterios de los Pliegos de Bases para la Licitación o Contrato de Adjudicación, tienen incluidos además:

Los gastos generales y el beneficio. Los impuestos y tasas de toda clase, incluso el IVA.

Los precios cubren igualmente:

Los gastos no recuperables relativos al estudio y establecimiento de todas las instalaciones auxiliares, salvo indicación expresa que se pagarán separadamente.

Los gastos no recuperables relativos al desmontaje y retirada de todas las instalaciones auxiliares, incluyendo el arreglo de los terrenos correspondientes, a excepción de que se indique expresamente que serán pagados separadamente.

6.2 Partidas alzadas a justificar

A los efectos de valorar las partidas alzadas a justificar, según RGLCAP, se consideran como precios unitarios, además de los incluidos en los cuadros de precios del proyecto, los contenidos en el Cuadro de Precios vigente, aplicables a los presupuestos de los proyectos de urbanización y edificación de obras nuevas municipales del Ayuntamiento de Madrid.

7 CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR

Todos los materiales y productos a emplear en la presente obra serán de calidad adecuada y reunirán las condiciones generales de índole técnica prevista en el Pliego de Condiciones Técnicas Generales –en adelante PCTG-1999– aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las obras municipales 1999», aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 23 de diciembre de 1998, pliego de recepción cementos RC-16 y demás disposiciones vigentes referentes a materiales y prototipos de construcción.

Para el uso y comercialización de materiales, será de aplicación lo indicado en el Reglamento Europeo de Productos de Construcción ( nº 305/2011) (De 9 de marzo de 2011, por el que se establecen las condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE.

Los productos que tengan el marcado CE deberán ir acompañados, además de dicho marcado, de la Declaración de Prestaciones, y de las instrucciones e información de seguridad del producto. Por su

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parte, el Contratista deberá verificar que los valores declarados en los documentos que acompañan al marcado CE permitan deducir el cumplimiento de las especificaciones contempladas en el Proyecto o, en su defecto, en este Pliego, debiendo adoptar, en el caso de que existan indicios de incumplimiento de las especificaciones declaradas, todas aquellas medidas que considere oportunas para garantizar la idoneidad del producto suministrado a la obra.

Todos los materiales y productos a emplear en la presente obra deberán tener registrado, conocido e identificable los datos del origen y el suministrador, sea éste persona física o jurídica. Igualmente deberán tener las garantías de calidad, sellos y marcas suficientes para justificar su idoneidad respecto de lo especificado en proyecto. En caso contrario, se someterán a los controles previos de ensayo, experimentación, etc., necesarios para demostrar su adecuación suficiente a las especificaciones y prescripciones técnicas conforme a las disposiciones vigentes referentes a materiales o prototipos de construcción que le son de aplicación, así como todos aquellos que se crean necesarios para acreditar su calidad y funcionamiento, por cuenta de la contrata. Cualquier otro que no haya sido especificado y que sea necesario realizar deberá ser aprobado por la Dirección de las Obras, bien entendido que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas por la buena práctica de la construcción. Todas las características serán registradas en un libro memoria de la obra que mantendrá el constructor como registro de materiales y productos, del cual se entregará finalmente a la Dirección un ejemplar, con independencia de las consultas que durante la misma esta quiera realizar.

Con carácter previo a la ejecución de las unidades de obra, los materiales y productos habrán de ser reconocidos y aprobados por la Dirección, para lo cual, el contratista presentará oportunamente muestras de cada clase de material y producto a la aprobación de la Dirección, las cuales deben estar numeradas y corresponder con lo registrado en el libro memoria de la obra, conservándose para efectuar en su día la comparación o cotejo con los que se empleen en la ejecución de la obra. Si se hubiese efectuado su manipulación o colocación sin obtener dicha conformidad, deberán ser retirados todos aquellos que la citada Dirección rechazara dentro de un plazo de treinta días.

7.1 Cementos

Definición 7.1.1

Se definen como cementos los conglomerantes hidráulicos en cuya composición interviene como componente principal el clínker de cemento portland o, en su caso, el clínker de cemento de aluminato de calcio, los cuales, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua.

Será de aplicación lo indicado en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC-16)

Condiciones generales 7.1.2

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento 305/2011 de 9 de marzo de 2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción. Para los productos con marcado CE, el fabricante asumirá la responsabilidad sobre la conformidad de los mismos con las prestaciones declaradas, de acuerdo con el artículo 11 del mencionado Reglamento. Los productos que tengan el marcado CE deberán ir acompañados, además de dicho marcado, de la Declaración de Prestaciones, y de las instrucciones e información de seguridad del producto. Por su parte, el Contratista deberá verificar que los valores declarados en los documentos que acompañan al marcado CE permitan deducir el cumplimiento de las especificaciones contempladas en el Proyecto o, en su defecto, en este Pliego, debiendo adoptar, en el caso de que existan indicios de incumplimiento de las especificaciones declaradas, todas aquellas medidas que considere oportunas para garantizar la idoneidad del producto suministrado a la obra.

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Independientemente de lo anterior se estará además, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud, de producción, almacenamiento, gestión y transporte de productos de la construcción, de residuos de construcción y demolición, y de suelos contaminados.

En este artículo será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC)

Denominaciones 7.1.3

La denominación, composición, designación, prescripciones, durabilidad y normas de referencia de los cementos de uso en obras de carreteras serán las que figuran en los anejos de la Instrucción para la recepción de cementos (RC) vigente:

Anejo 1. Cementos sujetos al marcado CE.

Anejo 2. Cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988.

Para asegurar la vida útil nominal de 100 años que se ha considerado en este proyecto, el cemento utilizado para la estimación de los espesores de recubrimientos en los elementos estructurales es:

Se emplearán, para todos los elementos de la estructura, cementos con las siguientes características:

Tipo: CEM I

Categorías resistentes: 42,5N; 42,5R ó 52,5N

En caso de no poder emplear dicho cemento en el hormigón de la obra, la Dirección de Obra adoptará las medidas que permitan una prestación equivalente en relación con la durabilidad de la estructura.

Transporte y almacenamiento 7.1.4

Para el transporte, almacenamiento y manipulación, será de aplicación lo dispuesto en la norma UNE 80402, así como en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC).

El cemento será transportado en cisternas presurizadas y dotadas de medios neumáticos para el trasvase rápido de su contenido a los silos de almacenamiento.

El cemento se almacenará en uno o varios silos, adecuadamente aislados contra la humedad y provistos de sistemas de filtros. El almacenamiento del cemento no deberá ser muy prolongado para evitar su meteorización, por lo que se recomienda que el tiempo de almacenamiento máximo desde la fecha de expedición hasta su empleo no sea más de tres (3) meses para la clase de resistencia 32,5, de dos (2) meses para la clase de resistencia 42,5 y de un (1) mes para la clase de resistencia de 52,5.

En cumplimiento de las precauciones en la manipulación de los cementos que establece la Instrucción para la recepción de cementos (RC) y la Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1954/2004, cuando se usen agentes reductores del cromo (VI) y sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones comunitarias sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, el envase del cemento o de los preparados que contienen cemento deberá ir marcado de forma legible e indeleble con información sobre la fecha de envasado, así como sobre las condiciones de almacenamiento y el tiempo de almacenamiento adecuados para mantener la actividad del agente reductor y el contenido de cromo (VI) soluble por debajo del límite indicado.

Excepcionalmente, en obras de pequeño volumen y a juicio del Director de las Obras, el cemento se podrá suministrar, transportar y almacenar en envases, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC). En el envase deberá figurar el peso nominal en kilogramos, debiendo estar garantizado por el suministrador con una tolerancia entre un dos por ciento por defecto (-2%) y un cuatro por ciento en exceso (+4%), con un máximo de un kilogramo (1 kg) en cada envase.

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El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá las medidas a tomar para el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad laboral, almacenamiento y de transporte.

El Director de las Obras podrá comprobar, en el uso de sus atribuciones, con la frecuencia que crea necesaria, las condiciones de almacenamiento, así como el estado de los sistemas de transporte y trasvase en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la utilización del contenido del envase, silo o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estime convenientes de las exigidas en este artículo, en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC) o en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Recepción e identificación 7.1.5

Cada remesa de cemento que llegue a la obra, tanto a granel como envasado, deberá ir acompañada de la documentación que reglamentariamente dispone la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC).

Control de calidad 7.1.6

Para el control de recepción será de aplicación lo dispuesto en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC).

Durante la recepción de los cementos, deberá verificarse que éstos se adecuan a lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y que satisfacen los requisitos y demás condiciones exigidas en la mencionada Instrucción.

El control de la recepción del cemento deberá incluir obligatoriamente, al menos:

Una primera fase, de comprobación de la documentación y del etiquetado. En el caso de cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, deberá cumplir lo especificado en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC).

Una segunda fase, consistente en una inspección visual del suministro.

Adicionalmente, si así lo establece el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras, se podrá llevar a cabo una tercera fase de control mediante la realización de ensayos de identificación y, en su caso, ensayos complementarios, según lo dispuesto en los anejos 5 y 6 de la Instrucción para la recepción de cementos (RC).

Con independencia de lo anterior, el Director de las obras, en el uso de sus atribuciones, podrá disponer en cualquier momento la realización de comprobaciones o ensayos sobre los materiales que se suministren a la obra.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar un tamaño de lote inferior al que se especifica en la Instrucción para la recepción de cementos (RC).

En cumplimiento de la Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1954/2004, se comprobará (Anexo A de la norma UNE-EN 196-10), que el contenido de cromo (VI) soluble en el cemento a emplear en obras de carretera no sea superior a dos partes por millón ( > 2 ppm) del peso seco del cemento.

Criterios de aceptación y rechazo 7.1.7

Los criterios de conformidad y la actuación en caso de rechazo de la remesa o lote recibido seguirán lo dispuesto en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC).

El Director de las obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que el cemento no cumpla alguna de las especificaciones establecidas en este artículo.

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Medición y abono 7.1.8

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de la que forme parte.

7.2 Piezas de hormigón para bordillos

Definición 7.2.1

Las piezas de hormigón para bordillos son elementos prefabricados de hormigón que se utilizan para delimitación de calzadas, aceras, isletas y otras zonas.

Condiciones generales 7.2.2

Los bordillos de hormigón tendrán una buena regularidad geométrica y aristas sin desconchados.

Las piezas estarán exentas de fisuras, coqueras o cualquier otro defecto que indique una deficiente fabricación.

Deberán ser homogéneas y de textura compacta y no tener zonas de segregación.

Se utilizarán piezas de ocho y quince centímetros (8 y 15 cm) de base.

Materiales 7.2.3

Componentes de hormigón

Los áridos, cemento, aditivos y agua para la fabricación del hormigón cumplirán las condiciones especificadas en el artículo “Hormigones” del presente pliego.

La granulometría de los áridos que se utilicen será estudiada por el fabricante de manera que el producto terminado cumpla las condiciones exigidas.

El árido grueso deberá tener un tamaño máximo inferior al tercio de la dimensión menor de la pieza, y en cualquier caso no será superior a 20 mm.

El cemento será en general del tipo Portland y cumplirá las condiciones del artículo “Cementos” del presente pliego.

Hormigón

Las características del hormigón que se utilice serán definidas por el fabricante para que el producto cumpla las condiciones de calidad y características declaradas por aquél, siendo no inferior a HM-20 según el artículo “Hormigones” del presente pliego.

Características 7.2.4

Características geométricas

La forma y dimensiones de los bordillos prefabricados serán las señaladas en los Planos. La longitud será propuesta por el Contratista y aprobada por el Director de la obra.

Las tolerancias dimensiónales admisibles se concretas en la tabla 226.1:

Tabla 226.1

Dimensiones Tolerancia (mm)

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Ancho

Alto

Longitud

Declive transversal

2

5

5

2

Se admitirá una rebaba inferior como máximo de +2,5 mm, a cada lado.

La sección transversal de las piezas curvas será la misma que la de las rectas.

Características físico-mecánicas

El coeficiente de absorción de agua, máximo admisible, determinado según la norma UNE 1339, será del diez por ciento (10%) en peso.

La resistencia mínima a compresión simple será de veinticinco Newtons por milímetros cuadrado (25 N/mm2), determinada según las normas UNE-EN 12504.

La resistencia a flexión de los bordillos, bajo carga puntual, será superior cinco Newtons por milímetro cuadrado (5 N/mm2) según la horma DIN 483 ó UNE equivalente.

El desgaste por abrasión será inferior a tres milímetro (3 mm), realizado según UNE 1342.

Recepción 7.2.5

Ensayos previos

Con objeto de determinar si el producto es en principio aceptado o no, se verificará en fábrica o a su llegada a obra el material que vaya a ser suministrado, a partir de una muestra extraída del mismo.

Sobre dicha muestra, con carácter preceptivo, se determinarán:

Desgaste por abrasión. Resistencia a compresión. Absorción. Resistencia a flexión. Si del resultado de estos ensayos se desprende que el producto no cumple con alguna de las características exigidas, se rechazará el suministro. En caso contrario, se aceptará el mismo con carácter provisional, quedando condicionada la aceptación de cada uno de los lotes que a continuación se vayan recibiendo en obra al resultado de los ensayos de control.

Ensayos de control

En cada partida que llegue a obra se verificará que las características reseñadas en el albarán de la misma corresponden a las especificadas en el proyecto.

El Director de la obra podrá solicitar cuantos ensayos considere oportunos para determinar las características previstas.

Si los resultados obtenidos cumplen las prescripciones exigidas para cada una de las características, se aceptará el lote y de no ser así, la Dirección decidirá su rechazo o depreciación a la vista de los ensayos realizados.

Medición y abono 7.2.6

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo establecido para la unidad de obra de que forme parte.

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El bordillo prefabricado, se medirá en metros (m) según planos y se abonará según el precio establecido en el Cuadro de precios nº 1.

7.3 barras corrugadas para hormigón estructural

Será de obligado cumplimiento lo indicado en el PCTG (Pliego General de Condiciones Técnicas Generales para las obras del EXCMO Ayuntamiento de Madrid), el artículo 240 del PG-3/75, cuya modificación está recogida en la Orden Ministerial de 13 de febrero de 2002, y la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Definición 7.3.1

Se denominan barras corrugadas para hormigón estructural aquellos productos de acero de forma sensiblemente cilíndrica que presentan en su superficie resaltos o estrías con objeto de mejorar su adherencia al hormigón.

Los distintos elementos que conforman la geometría exterior de estas barras (tales como corrugas, aletas y núcleo) se definen según se especifica en la UNE 36 068 y UNE 36 065.

Se entiende por barras corrugadas para hormigón armado las de acero que presentan resaltes o estrías que, por sus características, mejoran su adherencia con el hormigón, cumpliendo las prescripciones de la UNE 36068 :2011 y UNE 36065 :2011

Los diámetros nominales de las barras corrugadas utilizadas son los siguientes:

8-10-12-16-20-25-32mm.

La designación simbólica de estos productos se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE 36 068.

Para las barras de acero inoxidable utilizadas en zonas de juntas, deberán disponer de marcado CE y Declaración de Prestaciones según la Norma UNE-EN 10088-5:2010.

Se consideran aceros inoxidables a los aceros con un contenido en cromo de al menos el 10,50%, y un contenido máximo de carbono del 1,20%, si su resistencia a la corrosión es un factor predominante.

Materiales 7.3.2

Se utilizarán en toda la obra, como armaduras pasivas, barras de acero B-500 S ó B-500SD.

Las características mecánicas determinadas de acuerdo con la Norma UNE-EN ISO 6892, que se garantizarán, son las siguientes:

Designación

Clase de acero

Límite elástico fy en N/mm2 no menor que (1)

Carga unitaria de rotura fs en N/mm2 no menor que (1)

Alargamiento de rotura en % sobre base de 5 diámetros no menor que

Relación fs/fy en ensayo no menor que (2)

B 500 S 500 550 12 1,05

B 500 SD Soldable 500 575 16 1.35

Para el cálculo de los valores unitarios se utilizará la sección nominal. Relación mínima entre la carga unitaria de rotura y el límite elástico obtenido en cada ensayo.

Alargamiento total bajo carga máxima,

Acero suministrado en barra

≥5,0

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max(%) Acero suministrado en rollo(3)

≥7,5

El acero será soldable y su composición química satisfará las limitaciones contenidas en la tabla siguiente:

Análisis C% máx Ceq 1)% max P% max S% max N 2)% max

Colada 0,22 0,50 0,050 0,050 0,012

Producto 0,24 0,52 0,055 0,055 0,013

% Ceq = % C + %Mn/6 + (%Cr + %Mo + %V) / 5 + (%Ni + %Cu) / 15

Si existen elementos fijadores del nitrógeno, tales como aluminio, vanadio, etc. en cantidad suficiente, se pueden admitir contenidos superiores.

Cuando sea necesario, el fabricante indicará los procedimientos y recomendaciones para realizar la soldadura.

Las barras llevarán las marcas de identificación establecidas en el artículo 12 de la UNE 36068 relativas al tipo de acero, país de origen y marca del fabricante (según lo indicado en e l Informe Técnico UNE 36811:98).

Sólo se admitirán barras corrugadas de países comunitarios con certificado de calidad. La calidad de las barras corrugadas estará garantizada a través del Contratista de acuerdo con lo indicado en el apartado 31.5 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya. La garantía de calidad de las corrugadas será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras.

Las barras no presentarán defectos superficiales, grietas ni sopladuras.

Los valores nominales de la masa por metro lineal y del área de la sección se indican en la tabla siguiente:

Diámetro nominal

mm

Área de la sección transversal S mm2

Masa

kg/m

6 28,3 0,222

8 50,3 0,395

10 78,5 0,617

12 113 0,888

14 154 1,21

16 201 1,58

20 314 2,47

25 491 3,85

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Diámetro nominal

mm

Área de la sección transversal S mm2

Masa

kg/m

32 804 6,31

Será preceptivo lo recogido en el punto 2 del artículo 240 del PG-3/75.Suministro

Será preceptivo lo recogido en el punto 3 del artículo 240 del PG-3/75.

Almacenamiento 7.3.3

Tanto durante el transporte como durante el almacenamiento, la armadura pasiva se protegerá adecuadamente contra la lluvia, la humedad del suelo y la eventual agresividad de la atmósfera ambiente. Hasta el momento de su empleo, las barras se conservarán en obra, cuidadosamente clasificadas según sus tipos, calidades, diámetros y procedencias.

Antes de su utilización, y especialmente después de un largo período de almacenamiento en obra, se examinará el estado de su superficie, con el fin de asegurarse de que no presenta alteraciones perjudiciales. Una ligera capa de óxido en la superficie de las barras no se considera perjudicial para su utilización. Sin embargo, no se admitirán pérdidas de peso por oxidación superficial, comprobadas después de una limpieza con cepillo de alambres hasta quitar el óxido adherido, que sean superiores al 1% respecto al peso inicial de la muestra.

En el momento de su utilización, las armaduras pasivas deben estar exentas de sustancias extrañas en su superficie tales como grasa, aceite, pintura, polvo, tierra o cualquier otro material perjudicial para su buena conservación o su adherencia.

Recepción 7.3.4

Para efectuar la recepción de las barras corrugadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas en el Art.88 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya

El Director de las Obras podrá, siempre que lo considere oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados.

Será preceptivo lo recogido en el punto 5 del artículo 240 del PG-3/75.

Medición y abono 7.3.5

La medición y abono de las barras corrugadas para hormigón estructural se realizará según lo indicado específicamente en la unidad de obra de la que formen parte.

En acopios, las barras corrugadas para hormigón estructural se abonarán por kilogramos (Kg) realmente acopiados, medidos por pesada directa en báscula contrastada.

Especificaciones y distintivos de calidad 7.3.6

Será preceptivo lo recogido en el punto 7 del artículo 240 del PG-3/75.

7.4 Fundición dúctil

Definición 7.4.1

Se denomina fundición al producto siderúrgico de aleación hierro-carbono, con un porcentaje en peso de carbono, proporcionado en forma de carbono libre o grafito, no menor del 3,5% en peso (en la práctica varía entre el 3,5% y el 4,5%), lo que en volumen viene a representar el10% del total.

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El grafito que aparece en las fundiciones puede representarse en una serie gradual de formas de las que sus estructuras límite son la laminar y la esferoidal.

La más destacable por sus cualidades es la fundición de grafito esferoidal, más conocida con el nombre de fundición dúctil.

La cristalización del grafito bajo formas de esferas es debida a la introducción en la fundición de base de una cantidad media de magnesio.

Calidad de la fundición 7.4.2

La fundición presentará en su fractura grano fino, regular, homogéneo y compacto. Deberá ser dulce, tenaz y dura; pudiendo sin embargo trabajarse a lima y a buril, y susceptible de ser cortada y taladrada fácilmente. En su moldeo no presentará poros, sopladuras, bolsas de aire o huecos, gotas frías, grietas, manchas, pelos ni otros defectos debidos a impurezas que perjudiquen a la resistencia o a la continuidad del material y al buen aspecto de la superficie del producto obtenido. Las paredes interiores y exteriores de las piezas deben estar cuidadosamente acabadas, limpias y desbarbadas

Características mecánicas de la fundición dúctil 7.4.3

Las características mecánicas a obtener mediante los ensayos de tracción (UNE-EN ISO 6892) y ensayo de dureza Brinell (UNE-EN ISO 6506) serán:

Resistencia mínima a la tracción Rm: 420 N/mm2 Límite convencional de elasticidad a 0,2% mínimo Rp0,2: 300N/mm2 Alargamiento mínimo a la rotura A: 7 % Dureza Brinell máxima 230 Durante el período de fabricación se efectuarán ensayos mecánicos, debiéndose sacar de cada colada tres probetas para cada uno de los ensayos a realizar. El valor medio obtenido de cada serie de ensayos no debe ser inferior en ningún caso, a los valores previamente fijados y además ninguna de las tres probetas dará un resultado inferior en un diez por ciento (10 por 100) a dichos valores.

Medición y abono 7.4.4

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de la que forme parte.

7.5 Agua a emplear en morteros y hormigones

Definición 7.5.1

Se entiende por agua para el amasado o para el curado de los hormigones y morteros, tanto a la natural como a la reciclada o depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se indican en el artículo 27º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Como norma general podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de las lechadas morteros y hormigones, todas las aguas sancionadas por la práctica, es decir, las que no produzcan o hayan producido en ocasiones anteriores eflorescencias, agrietamientos, corrosiones o perturbaciones en el fraguado y endurecimiento de las masas.

Equipos 7.5.2

Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá conseguirse una mezcla adecuada de todos los componentes con el agua.

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Criterios de aceptación y rechazo 7.5.3

En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables.

En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán las aguas que no cumplan alguno de los requisitos indicados en el artículo 27 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados.

El agua utilizada, tanto para el amasado como para el curado del hormigón en obra, no debe contener ningún ingrediente dañino en cantidades tales que afecten a las propiedades del hormigón o a la protección de las armaduras frente a la corrosión. En general, podrán emplearse todas las aguas sancionadas como aceptables por la práctica.

Cuando no se posean antecedentes de su utilización, o en caso de duda, deberán analizarse las aguas, y salvo justificación especial de que no alteran perjudicialmente las propiedades exigibles al hormigón, deberán cumplir las siguientes condiciones:

exponente de hidrógeno pH (UNE 83952) ≥ 5 sustancias disueltas (UNE 83957) ≤ 15 gramos por litro (15.000 p.p.m) sulfatos, expresados en SO4= (UNE 83956), excepto para el cemento SR en que se eleva este

límite a 5 gramos por litro (5.000 p.p.m) ≤ 1 gramo por litro (1.000 p.p.m) ión cloruro, Cl- (UNE 83958): Para hormigón pretensado ≤ 1 gramo por litro (1.000 p.p.m) Para hormigón armado u hormigón en masa que contenga armaduras para reducir la fisuración ≤ 3

gramos por litro (3.000 p.p.m) hidratos de carbono (UNE 83959):0 sustancias orgánicas solubles en éter (UNE 83960) ≤ 15 gramos por litro (15.000 p.p.m)

En ningún caso se utilizará agua de mar o aguas salinas similares para el amasado del hormigón. En el caso de elementos de hormigón armado que estén permanentemente sumergidos en agua de mar desde el primer momento de su construcción, puede aceptarse su curado con dicha agua.

Se podrá emplear agua constituida, total o parcialmente, por agua reciclada procedente del lavado de las cubas en la propia central de hormigón, siempre que se cumplan las especificaciones para ella definidas en el artículo 27º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Con respecto al contenido de ión cloruro, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 27 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.

El incumplimiento de las especificaciones será razón suficiente para considerar el agua como no apta para amasar hormigón y morteros, salvo justificación técnica documentada de que no perjudica apreciablemente las propiedades exigibles al mismo, ni a corto ni a largo plazo.

Recepción 7.5.4

El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con el artículo 85 de la de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los criterios de aceptación y, si procede, la justificación especial de inalterabilidad mencionada en el apartado de “Criterio de aceptación y rechazo” de este artículo.

Medición y abono 7.5.5

El agua a emplear en morteros y hormigones se incluyen, en todos los casos, en el precio de estos materiales, no siendo de abono por separado salvo indicación expresa de la Dirección de las obras.

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7.6 Aditivos a emplear en morteros y hormigones

Deberán ser conformes con lo establecido en el artículo 29º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Definición 7.6.1

Se denominan aditivos a emplear en morteros y hormigones aquellos productos que, incorporados al mortero u hormigón en pequeña proporción (salvo casos especiales, una cantidad igual o menor del cinco por ciento (5%) del peso de cemento), antes del amasado, durante el mismo y/o posteriormente en el transcurso de un amasado suplementario, producen las modificaciones deseadas de sus propiedades habituales, de sus características, o de su comportamiento, en estado fresco y/o endurecido.

En los documentos del Proyecto figurará la designación del aditivo de acuerdo con lo indicado en la norma UNE EN 934(2).

Materiales 7.6.2

En el presente proyecto podrán utilizar, contando con la aprobación del Director de obra:

Plastificantes, para aumentar su trabajabilidad y retrasar, si fuera necesario por cuestiones de transporte o de otro tipo, el fraguado y endurecimiento del hormigón. Este retraso en el endurecimiento del hormigón se tendrá en cuenta para los plazos previstos de descimbrado y desencofrado y especialmente para el tesado de armaduras activas en piezas de hormigón pretensado

Si las condiciones climáticas o de ejecución aconsejaran la utilización de algún otro tipo de aditivo, ésta se someterá a la aprobación del Director de las obras

No se podrá utilizar ningún tipo de aditivo modificador de las propiedades de morteros y hormigones, sin la aprobación previa y expresa del Director de las obras.

Ejecución 7.6.3

Serán de aplicación las prescripciones del artículo 29.1 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.

El aditivo dispondrá de una consistencia tal que su mezcla sea uniforme y homogénea en la masa del mortero y hormigón.

En el caso de los aditivos reductores de agua/plastificantes o reductores de agua de alta actividad/superfluidificantes, para determinar el tiempo de fraguado, se realizará un ensayo según la norma UNE EN 480(2).

En elementos de hormigón armado o pretensado no podrán usarse como aditivos el cloruro cálcico, ni en general, productos en cuya composición intervengan cloruros, sulfuros, sulfitos u otros componentes químicos que puedan ocasionar o favorecer la corrosión de las armaduras.

Los equipos empleados para la dosificación, mezcla y homogeneización del aditivo serán los adecuados para que dicha operación se lleve a cabo correctamente.

La dosificación del aditivo pulverulento se realizará medido en peso, y la del aditivo en pasta o líquido se podrá hacer en peso o en volumen.

En el caso de aditivos que no dispongan de marcado CE, el Contratista deberá incluir en la documentación del control un certificado de ensayo que demuestre la conformidad del aditivo a las especificaciones contempladas en el proyecto, con un nivel de garantía estadística equivalente que el

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exigido para los aditivos con marcado CE en la norma UNE EN 934-2. Dicho certificado será aportado por el Suministrador del hormigón, con antigüedad inferior a seis meses y realizado por un laboratorio de control conforme con lo indicado en el apartado 78.2.2.1 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Medición y abono 7.6.4

Los aditivos a emplear en morteros y hormigones se incluyen, en todos los casos, en el precio de estos materiales, no siendo de abono por separado salvo indicación expresa de la Dirección de las obras.

7.7 Procuctos filmógenos de curado

Cumplirán con lo especificado en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

Definición 7.7.1

Se denominan productos filmógenos de curado aquellos que, aplicados sobre la superficie del hormigón fresco, forman una membrana continua que reduce la pérdida de humedad durante el período de primer endurecimiento, reduciendo al mismo tiempo la elevación de temperatura del hormigón expuesto a los rayos solares, debido a la pigmentación clara de la membrana. Los productos comprendidos bajo esta definición pueden emplearse como medio de curado del hormigón fresco, así como con posterioridad al desencofrado o a un curado húmedo inicial.

Se excluyen de este artículo productos alternativos, como emulsiones, aceites, etc. que puedan alterar las características superficiales del hormigón. Tampoco se contemplan los productos laminares, como telas plásticas, papel impermeable, etc.

Materiales 7.7.2

Se denominan productos filmógenos de curado aquellos que, aplicados sobre la superficie del hormigón fresco, forman una membrana continua que reduce la pérdida de humedad durante el período de primer endurecimiento, reduciendo al mismo tiempo la elevación de temperatura del hormigón expuesto a los rayos solares, debido a la pigmentación clara de la membrana. Los productos comprendidos bajo esta definición pueden emplearse como medio de curado del hormigón fresco, así como con posterioridad al desencofrado o a un curado húmedo inicial.

Se excluyen de este artículo productos alternativos, como emulsiones, aceites, etc. que puedan alterar las características superficiales del hormigón. Tampoco se contemplan los productos laminares, como telas plásticas, papel impermeable, etc.

No se utilizará ninguna clase de producto filmógeno de curado, sin la aprobación previa y expresa del Director de las obras.

Las partidas de filmógenos deberán poseer un certificado o distintivo reconocido de acuerdo con el artículo 1 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.

Equipos 7.7.3

La maquinaria y equipos utilizados en la distribución superficial del producto filmógeno de curado, asegurarán una distribución continua y uniforme de la película aplicada, que garantice la ausencia de zonas deficitarias en protección.

Antes de proceder a la aplicación en obra del producto, filmógeno de curado, el Director de la obras exigirá que se realicen pruebas sobre placas metálicas o de vidrio, dispuestas aleatoriamente, para comprobar la uniformidad de distribución lograda con el equipo.

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Ejecución 7.7.4

Aplicación

El producto filmógeno de curado será de una consistencia tal, que se pueda aplicar fácilmente

mediante pulverizado, en una capa uniforme, a una temperatura de cuatro grados Celsius ((4C) o superior. Al aplicar el producto sobre el hormigón, según la dosificación especificada, será posible apreciar visualmente la uniformidad de su reparto.

El producto deberá adherirse al hormigón fresco, y también al hormigón endurecido húmedo, formando una película continua, sin sufrir deterioros durante su aplicación. El líquido filmógeno pigmentado no deberá reaccionar perjudicialmente con el hormigón, particularmente con los iones de calcio.

Secado

Después de doce (12) horas de ser aplicado, el producto no permanecerá viscoso, ni se adherirá al calzado dejando huella cuando se camine sobre él, ni tampoco proporcionará una superficie deslizante al hormigón.

La velocidad de secado al tacto, se determinará por el siguiente método:

Se aplicará el producto sobre una placa impermeable, en la dosis prescrita, y se expondrá a una

corriente de aire a veintitrés más menos un grados Celsius (23C1C) de temperatura, cincuenta y

cinco más menos cinco por ciento (55%5%) de humedad relativa, y tres metros por segundo (3m/s) de velocidad aproximada actuando según la dirección paralela a la placa. Se ensayará la película formada ejerciendo una presión moderada con un dedo. La película se considerará seca cuando no subsista el estado inicial de blandura y viscosidad, y la película se mantenga firme.

El producto, ensayado por este método, aparecerá seco al tacto en menos de cuatro (4) horas

Una vez seca, la película formada deberá ser continua, flexible, y sin roturas o lagunas visibles, y deberá permanecer intacta al menos siete (7) días después de su aplicación.

Dotación

La dotación de producto filmógeno será superior a doscientos cincuenta gramos por metro cuadrado (250 g/m2), salvo justificación en contrario.

El Director de las Obras, dependiendo del tipo de producto filmógeno a emplear, podrá exigir la realización de un tramo de ensayo, para definir posteriormente la forma más adecuada de aplicación.

En zonas donde se advierta visualmente un recubrimiento deficiente, se hará una aplicación de repaso, una vez seca la capa anterior.

Control de calidad 7.7.5

Envasado

El producto será expedido en envases adecuados para que no sufra ningún tipo de alteración y deberá rechazarse si, en el momento de abrir el recipiente que lo contiene, presentara costras o sedimentaciones importantes.

El envase llevará, en la preceptiva etiqueta identificativa, las fechas de envasado y caducidad.

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Capacidad de almacenamiento

El producto filmógeno de curado podrá ser almacenado, sin deterioro, durante seis (6) meses como mínimo. El producto no deberá sedimentarse ni formar costras en el recipiente, y será capaz de adquirir una consistencia uniforme después de ser batido moderadamente o agitado con aire comprimido. El producto, a falta de una norma UNE específica, cumplirá las prescripciones sobre conservación y estabilidad en el envase recogidas en la norma UNE 48083.

Periodo de eficacia

Si el producto filmógeno no está homologado, el Director de las Obras podrá exigir ensayos que verifiquen el período de eficacia del producto filmógeno de curado.

Especificaciones de la unidad terminada 7.7.6

Capacidad de retención de la humedad

La retención de humedad del producto filmógeno se valorará mediante la obtención de los siguientes parámetros:

Índice de protección: es la cantidad de agua, en kilogramos por metro cuadrado (kg/m2), que el producto aplicado ha evitado que pierda el hormigón, en un determinado tiempo.

Coeficiente de eficacia: es el valor anterior expresado en tanto por ciento (%), respecto a las pérdidas de agua del hormigón sin tratar con el producto.

Los parámetros anteriores se determinarán mediante ensayos, según la norma MELC 12.135 a falta de una norma UNE específica para este producto, a setenta y dos (72) horas.

El índice de protección deberá ser superior a dos kilogramos por metro cuadrado (2 kg/m2) y, el coeficiente de eficacia, al ochenta por ciento (80%).

Capacidad reflectante

El producto filmógeno, ensayado, a falta de una norma UNE específica para el producto, según la norma UNE-EN 1436, tendrá un poder reflectante de la luz natural no inferior al sesenta por ciento (60%) del dióxido de magnesio.

Recepción 7.7.7

Las partidas de producto filmógeno irán acompañadas de la preceptiva documentación, con la certificación del producto y sus instrucciones de uso.

Se acompañará para la recepción, la comprobación del producto mediante ensayos realizados por un laboratorio acreditado. En el certificado del fabricante deberán figurar, expresamente, los siguientes datos:

Densidad relativa a veinte grados Celsius (20C), según la norma UNE 48014-2, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Viscosidad a cinco (5C) y a veinticinco grados Celsius (25C), según la norma UNE 48076, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

pH, con tolerancia de más menos dos décimas ( 0,2), según la norma INTA 160433 a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Solubilidad en agua, según la norma UNE 48 281, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Fracción No-volátil en porcentaje (%), según la norma UNE-EN ISO 3251, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Velocidad mínima de secado al tacto, en minutos, según la norma UNE-EN ISO 787-2, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

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Poder reflectante en porcentaje (%), según la norma UNE 48060, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Coeficiente de eficacia por porcentaje (%), según la norma MELC 12135 a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Período de eficacia en días, según la norma MELC 12135, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Toxicidad dotación óptima, en gramos por metro cuadrado (g/m2), según la norma UNE-EN ISO 2808, a falta de una norma UNE específica para estos productos.

Entre las instrucción de uso figurarán los tiempos de espera recomendados en función de las condiciones atmosféricas.

Ensayo de recepción

Para la recepción de la unidad deberá acreditarse documentalmente el cumplimiento de las especificaciones exigidas por el presente artículo, a través de los correspondientes ensayos.

De estimarse precisa alguna comprobación adicional, el Director de las Obras exigirá los contraensayos o ensayos suplementarios que considere convenientes.

Medición y abono 7.7.8

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forma parte.

7.8 Madera

Condiciones generales 7.8.1

Se emplea para entibaciones, apeos, andamios, encofrados, demás medios auxiliares y carpintería de armar.

Formas y dimensiones 7.8.2

Deberán tener dimensiones suficientes para ofrecer la necesaria resistencia para la seguridad de la obra y de las personas.

Se emplearán maderas sanas, con exclusión de alteraciones por pudrición, aunque sean admisibles alteraciones de color, como el azulado en las coníferas.

Deberá estar exenta de fracturas por compresión.

Poseerá una durabilidad natural al menos igual a la que presenta el pino “Sylvestris”.

Madera para encofrados y apeos

Tendrá la suficiente rigidez para soportar, sin deformaciones perjudiciales, las acciones de cualquier naturaleza que pueden producirse en la puesta en obra y vibrado del hormigón.

Las tablas para el forro o tablero de los encofrados serán:

machihembrada, o contrachapada en todos los encofrados de superficies vistas, según decisión del Director de las Obras.

escuadrada con sus aristas vivas y llenas, cepillada y en bruto, para todos los encofrados de superficies ocultas.

Sólo se emplearán tablas de madera cuya naturaleza y calidad, o cuyo tratamiento o revestimiento, garanticen que no se producirán ni alabeos ni hinchamientos que puedan dar lugar a fugas del material fino del hormigón fresco, o imperfecciones en los paramentos.

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Las tablas para forros o tableros de encofrados estarán exentas de sustancias nocivas para el hormigón fresco y endurecido o que manchen o coloreen los paramentos.

Medición y abono 7.8.3

La medición y abono de este material no se realizará de forma independiente, estando incluido en el precio de la unidad de obra de la que forme parte.

7.9 Cobre para conductores eléctricos

Condiciones generales 7.9.1

El cobre utilizado en la fabricación de cables o realización de conexiones eléctricas de cualquier tipo o clase, cumplirá las especificaciones contenidas en las "Normas para cobre electrolítico" de la Asociación Electrotécnica Española y UNE 21011 ó 13602. En los conductores estañados puede admitirse un aumento de resistencia no superior al dos por ciento (2%).

Medición y abono 7.9.2

La medición y abono de este material no se realizará de forma independiente, estando incluido en el precio de las unidades de obra de las que forme parte.

7.10 Otros materiales

Los materiales básicos que, no están definidos en el presente Pliego, deban incorporarse a las unidades de obra definidas en el Pliego, Planos y Presupuesto del presente proyecto, se ajustarán a las especificaciones que fijan las normas específicas, dentro de la Normativa Técnica General y el PG-3/75 con todas sus modificaciones posteriores.

La medición y abono de los materiales básicos están considerados, en cada caso, dentro de los correspondientes a la Unidad de Obra de la que forman parte integrante.

8 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A EXPLANACIONES Y TRABAJOS PRELIMINARES

8.1 despeje y desbroce del terreno

Definición 8.1.1

Esta operación consiste en extraer y retirar de las zonas designadas todos los árboles, tocones, plantas, maleza, broza, maderas caídas, escombros, basura o cualquier otro material indeseable según el Proyecto o a juicio del Director de obra.

La ejecución de esta operación incluye las operaciones siguientes:

Remoción de los materiales objeto de desbroce. Retirado y extendido de los mismos en su emplazamiento definitivo.

La tierra vegetal deberá ser siempre retirada, excepto cuando vaya a ser mantenida por el Director de obra.

Ejecución de las obras 8.1.2

Remoción de los materiales de desbroce

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Se llevará a cabo, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

Debe retirarse la tierra vegetal de las superficies de terreno afectadas por excavaciones o terraplenes, con un espesor medio de 20 cm y verificadas o definidas durante la obra.

En zonas muy blandas o pantanosas la retirada de la capa de tierra vegetal puede ser inadecuada, por poder constituir una costra más resistente y menos deformable que el terreno subyacente. En estos casos y en todos aquellos en que, a juicio del Proyecto o del Director de obra, el mantenimiento de dicha capa sea beneficioso, esta no se retirará.

Las operaciones de remoción se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones próximas existentes. El Contratista deberá disponer las medidas de protección adecuadas para evitar que la vegetación, objetos y servicios considerados como permanentes, resulten dañados. Cuando dichos elementos resulten dañados por el Contratista, este deberá reemplazarlos, con la aprobación del Director de obra, sin costo para la Propiedad.

Todos los tocones o raíces mayores de diez centímetros (10 cm) de diámetro serán eliminados hasta una profundidad no inferior a cincuenta centímetros (50 cm), por debajo de la rasante de la explanación.

Fuera de la explanación los tocones de la vegetación que a juicio del Director de obra sea necesario retirar, en función de las necesidades impuestas por la seguridad de la circulación y de la incidencia del posterior desarrollo radicular, podrán dejarse cortados a ras de suelo.

Todas las oquedades causadas por la extracción de tocones y raíces se rellenarán con material análogo al suelo que ha quedado al descubierto al hacer el desbroce, y se compactarán compactará hasta que la superficie se ajuste a la del terreno existente.

Todos los pozos y agujeros que queden dentro de la explanación se rellenarán conforme a las instrucciones del Director de obra.

Los árboles susceptibles de aprovechamiento serán podados y limpiados, luego se cortarán en trozos adecuados y, finalmente, se almacenarán cuidadosamente, a disposición de la Administración y separados de los montones que hayan de ser quemados o desechados. Salvo indicación en contrario del Director de obra, la madera no se troceará a longitud inferior a tres metros (3 m).

Los trabajos se realizarán de forma que no se produzcan molestias a los ocupantes de las zonas próximas a la obra.

Retirada y disposición de los materiales objeto de desbroce

Todos los productos o subproductos forestales, no susceptibles de aprovechamiento, serán eliminados de acuerdo con lo que, sobre el particular, ordene el Director de obra. En principio estos elementos serán quemados, cuando esta operación esté permitida y sea aceptada por el Director de obra. El Contratista deberá disponer personal especializado para evitar los daños tanto a la vegetación como a bienes próximos. Al finalizar cada fase, el fuego debe quedar completamente apagado.

Los restantes materiales serán utilizados por el Contratista, en la forma y en los lugares que señale el Director de obra.

La tierra vegetal procedente del desbroce debe ser dispuesta en su emplazamiento definitivo en el menor intervalo de tiempo posible. En caso de que no sea posible utilizarla directamente, debe guardarse en montones de altura no superior a dos metros (2 m). Debe evitarse que sea sometida al paso de vehículos o a sobrecargas, ni antes de su remoción ni durante su almacenamiento, y los traslados entre puntos deben reducirse al mínimo.

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Si se proyecta enterrar los materiales procedentes del desbroce, estos deben extenderse en capas dispuestas de forma que se reduzca al máximo la formación de huecos. Cada capa debe cubrirse o mezclarse con suelo para rellenar los posibles huecos, y sobre la capa superior deben extenderse al menos treinta centímetros (30 cm) de suelo compactado adecuadamente. Estos materiales no se extenderán en zonas donde se prevean afluencias apreciables de agua.

Si el vertido se efectúa fuera de la zona afectada por el Proyecto, el Contratista deberá conseguir, por sus medios, emplazamientos adecuados para este fin, no visibles desde la calzada, que deberán ser aprobados por el Director de obra, y deberá asimismo proporcionar al Director de obra copias de los contratos con los propietarios de los terrenos afectados.

Medición y abono 8.1.3

El desbroce del terreno se medirá y abonará en m2, incluyendo transporte a vertedero.

En esta unidad de obra se considera incluida la obtención de los permisos necesarios para el vertido del material procedente del desbroce.

Las medidas de protección de la vegetación y bienes y servicios considerados como permanentes, no serán objeto de abono independiente. Tampoco se abonará el desbroce de las zonas de préstamo.

8.2 Demolición de obras de hormigón, elementos de urbanización y levantamientos y desmontajes

Definición 8.2.1

Esta unidad de obra consiste en el derribo de las estructuras, cimentaciones y demás elementos que forman parte de las edificaciones, obras de fábrica, que obstaculicen la construcción de la obra o que tengan que desaparecer al terminar la misma, independientemente de su altura, y en la retirada de los materiales resultantes a vertedero o acopio.

También se incluyen en el presente artículo, los desmontajes de elementos tales como vallas metálicas y señales.

En el presente proyecto, se demolerá el tramo de acera existente que afecte a la ejecución de la pasarela proyectada así como el levantamiento del bordillo en esa zona.

En la zona de afección al saneamiento existente, se realizarán las obras de demolición necesarias.

Condiciones de ejecución 8.2.2

Las operaciones de derribo se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones suficientes y evitar daños en construcciones próximas, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el Director de las obras, quien designará y marcará los elementos que hay que conservar intactos.

Con anterioridad a realización de la demolición de los pavimentos, se realizará un precorte de la superficie de pavimento a demoler, utilizando los medios adecuados a fin de que quede una línea de fractura rectilínea y uniforme.

Los trabajos se realizarán de forma que produzcan la menor molestia a los ocupantes de las zonas próximas a la obra.

Se protegerán los elementos de Servicio Público que puedan ser afectados por la demolición, como bocas de riego, tapas, y sumideros de alcantarillas, farolas etc.

Para los elementos que se desmonten y vayan a ser recolocados, se tomarán las medidas necesarias para evitar que sufran daños ni deterioros.

Procedimiento de demolición elemento a elemento.

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El orden de demolición se efectuará , en general, de arriba hacia debajo de tal forma que la demolición se realice prácticamente al mismo nivel, sin que haya personas situadas en la misma vertical ni en la proximidad de elementos que se abatan o vuelquen.

No se suprimirán los elementos atirantados o de arriostramiento en tanto no se supriman o contrarresten las tensiones que inciden sobre ellos.

En elementos metálicos en tensión se tendrá presente el efecto de oscilación al realizar el corte o al suprimir las tensiones.

Se apuntalarán los elementos en volado antes de aligerar sus contrapesos.

En general, se desmontarán sin trocear los elementos que puedan producir cortes o lesiones, como vidrios, aparatos sanitarios, etc. El troceo de un elemento se realiza por piezas de tamaño manejable por una solo persona.

El corte o desmontaje de un elemento, no manejable por una sola persona, se realizará manteniéndolo suspendido o apuntalado, evitando caídas bruscas y vibraciones que se transmitan al resto del edificio o a los mecanismos de suspensión.

El abatimiento de un elemento se realizará permitiendo el giro, pero no el desplazamiento de sus puntos de apoyo, mediante mecanismo que trabaje por encima de la línea de apoyo del elemento y permita el descenso lento.

El vuelvo podrá realizarse para elementos despiezables, no empotrados, situados en fachadas hasta una altura de dos plantas y todos los de planta baja. Será necesario previamente, atirantar y/o apuntalar el elemento, rozar inferiormente 1/3 de su espesor o anular los anclajes, aplicando la fuerza por encima del centro de gravedad del elemento. Se dispondrá, en el lugar de caída, de suelo consistente y de una zona de lado no menor a la altura del elemento más la mitad de la altura desde donde se lanza.

Las cargas se comenzarán a elevar lentamente, con el fin de observar si se producen anomalías, en cuyo caso, se subsanarán después de haber descendido nuevamente la carga a su lugar inicial.

Se evitará formación de polvo regando ligeramente los elementos y/o escombros.

Al finalizar la jornada no deben quedar elementos del edificio en estado inestable, de forma que el viento, las condiciones atmosféricas u otras causas puedan provocar su derrumbamiento. Se protegerán de la lluvia, mediante lonas o plásticos, las zonas o elementos del edificio que puedan ser afectados por aquélla.

El Director de la obra decidirá sobre el posterior empleo de los materiales procedentes de las demoliciones que sea preciso ejecutar.

En el caso de que dentro de las unidades a demoler se incluyan materiales peligrosos o contaminantes, se deberá realizar el estudio y demolición selectiva correspondiente, así como su transporte a vertederos especiales.

Medición y abono 8.2.3

La demolición los elementos de hormigón armado, se medirán y abonarán en metros cúbicos(m3)

Las demoliciones de solados o elementos superficiales, se medirán y abonarán en metros cuadrados (m2).

Los desmontajes y levantamientos se medirán y abonarán en función del tipo de elemento que sean, en metros (m) para los elementos lineales y en unidades (ud), para los elementos aislados o individuales.

Dentro del precio de esta partida se incluye los estudios y/o proyectos en caso de ser necesarios, así como el transporte a vertedero, permisos, licencias y canon de vertido.

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En el precio de la demolición de los solados o pavimentos, estará incluido la demolición de la base de dicho elemento.

8.3 Excavación en zajas, pozos y cimientos

Definición 8.3.1

Este trabajo comprende la excavación, nivelación y retirada de todo el material de cualquier naturaleza necesario para la ejecución de los cimientos de las obras de fábrica y su empleo en los fines que se especifican en este Pliego o que ordene el Director de obra.

Ejecución 8.3.2

Su ejecución comprende y está incluido en el precio:

El replanteo. El despeje y desbroce en aquellos lugares fuera de los límites de explanación. La habilitación de pistas para maquinaria y su conexión con las redes viarias. La demolición del firme o pavimento existente, a no ser que exista una unidad especialmente

habilitada para ello.

La retirada y acopio de la tierra vegetal. La excavación de la plataforma de ataque y trabajo de la maquinaría. La excavación del cimiento. La entibación, agotamiento y achique. La nivelación. La retirada hasta vertedero de aquellos productos no aprovechables procedentes de la excavación

o hasta el lugar de acopio de aquellos otros que posteriormente se vayan a aprovechar en obra, así como la carga, transporte y descarga desde el último almacenamiento hasta el lugar de empleo.

Antes de comenzar cualquier excavación para cimientos de las obras deberá realizarse el despeje y desbroce descrito en el artículo correspondiente de este Pliego.

La Empresa Constructora notificará al Director de obra con suficiente antelación, el comienzo de cualquier excavación, a fin de que éste pueda tomar las medidas necesarias sobre el terreno inalterado. El terreno natural adyacente al del emplazamiento no podrá ser modificado ni removido sin permiso del Director de Obra.

Las zanjas o pozos de cimentación se excavarán con las dimensiones adecuadas para la ejecución de las fábricas con la holgura necesaria. Aunque, las profundidades de cimentación indicadas en los planos del Proyecto se han determinado a base de sondeos, se considerarán como aproximados. Los bolos, troncos o cualquier otro material inadecuado que se encuentre en la excavación, serán eliminados. Si la cimentación se apoya en roca, se limpiará el material flojo y suelto y se excavará hasta obtener una superficie firme y limpia a nivel o escalonada según disponga el Director de Obra. Las grietas y hendiduras se limpiarán y rellenarán adecuadamente. Las rocas sueltas y desintegradas, así como los estratos delgados, serán eliminados.

Cuando los cimientos apoyen sobre arcillas, la excavación de los últimos 30 cm no se hará hasta momentos antes de colocar dichos cimientos y la Empresa Constructora no podrá ejecutarla sin antes haberlo notificado a el Equipo de Control de las Obras y hasta que esta lo autorice, una vez comprobadas las dimensiones y presiones admisibles del terreno de cimentación con los cálculos estáticos realizados.

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Cuando aparezca agua en la excavación para cimientos de obras de fábrica se utilizarán los medios e instalaciones auxiliares necesarias para agotarla.

La Empresa Constructora someterá a la aprobación del Director de obra los planos de detalle que muestran el método de construcción propuesto por él.

Las tolerancias de la superficie acabada serán de + 5 cm.

Las zonas excavadas alrededor de las fábricas se rellenarán con material previamente aprobado, en capas de 15 cm. de espesor máximo, hasta la superficie natural del terreno. Cada capa será compactada con la humedad adecuada y hasta el grado de compactación ordenado en cada caso por el Director de Obra.

Los rellenos o terraplenes adyacentes a una fábrica, se colocarán siempre que sea posible, nivelados, hasta la misma cota, en toda la zona. Cuando las circunstancias lo exijan, el relleno podrá ser más alto en un lado que en otro junto a la estructura; pero el material de la parte más alta no se colocará antes de que hayan transcurrido catorce (14) días, como mínimo, de la terminación de la parte de obra de fábrica afectada, a menos que el Director de obra autorice por escrito otra cosa o que los ensayos del Laboratorio indiquen que la obra de fábrica ha alcanzado el grado de endurecimiento y resistencia necesarios. Además, regirá lo prescrito en el artículo referente a rellenos adyacentes a obras de fábrica.

El responsable Técnico de Seguridad y Salud de la Empresa Contratista deberá disponer, supervisar y revisar la ejecución y mantenimiento de las condiciones de seguridad de cada zanja, así como de las personas y maquinarias que trabajen en ellas, o junto a ellas, debiendo ordenar la inmediata paralización de los trabajos cuando no se den en ellas las condiciones de seguridad necesarias.

Siempre que sea necesario, las zanjas y los pozos se entibarán. El arriostramiento se hará de tal forma, que el espacio de trabajo se obstruya lo menos posible. El movimiento de dispositivos de arriostramiento se limitará a lo imprescindible, evitándose por completo en caso de existir elevada presión de tierra, fuertes vibraciones o cuando los elementos empleados sean de gran peso. Dichos elementos estarán en cada momento perfectamente colocados sin que exista en ellos peligro de pandeo.

El dimensionamiento de todos los componentes de la entibación, se realizará mediante cálculo, basándose en las cargas máximas que pueden darse bajo las condiciones más desfavorables. La comprobación de resistencia al pandeo, de estabilidad al vuelco, a la abolladura y a la flexión, no se limitará solamente a la superficie de contención, se tendrán en cuenta también posibles movimientos de conjunto del terreno.

A petición del Director de obra se someterán a su aprobación los cálculos estáticos y planos de ejecución.

La entibación se elevará como mínimo 5 centímetros (5 cm) por encima de la línea del terreno o de la faja protectora.

Las riostras de madera se chaflanarán en sus extremos, se acuñarán fuertemente contra el apoyo y se les asegurará contra cualquier deslizamiento. Todos los arriostramientos y sus respectivos anclajes se mantendrán bajo tensión continua, comprobando esta última metódicamente.

Para bajar a las zanjas se emplearán escaleras o rampas adecuadas que cumplan la vigente Reglamentación de Higiene y Salud en el Trabajo.

Las posibles cavidades entre la entibación y la pared de tierra, se rellenarán por completo sin pérdida de tiempo. Aparte de las medidas de seguridad generales a cumplir, la Empresa Constructora mantendrá alrededor de pozos y zanjas una faja de terreno libre de un ancho mínimo de un metro (1 m).

Taludes de las excavaciones

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Si la Empresa Constructora estima oportuno prescindir de la entibación, se necesitará la conformidad expresa del responsable técnico de Seguridad y Salud de la empresa constructora, a quien le corresponderá señalar las pendientes en los taludes. En ello tendrá presente las características del suelo, el tiempo que permanecerá abierta la zanja, así como las cargas tanto estáticas como dinámicas dentro y en las proximidades de la misma. La elección de los taludes se hará prestando especial atención a aquellos suelos, cuya resistencia puede disminuir debido a la sequedad, filtración de agua, chaparrones, etc,. Se evitará a tiempo la iniciación de corrimientos. Dentro de lo posible, se impedirá el acceso del agua a suelos cohesivos.

Las excavaciones en las que sean de esperar desprendimientos o corrimientos, debido a las características del suelo, se realizarán por tramo. Las obras de fábrica, acopios de material, depósitos, etc, amenazados por las excavaciones se protegerán debidamente.

En arenas se tomarán las precauciones necesarias para evitar los daños resultantes en posibles corrimientos. Se eliminarán rocas colgantes peligrosas.

Todo el material que cayese en el foso, pese a haber sido tomadas las medidas prescritas, será extraído por la Empresa Constructora a su costa.

Debido a los riesgos mencionados, es posible prescindir de las entibaciones en excavaciones de menos de un metro con veinticinco centímetros (1,25 m) de profundidad y en suelo completamente seguro (por ejemplo: roca maciza, o bien aquella de estratificación horizontal o inclinada hacia fuera). En todos los demás casos la Empresa Constructora comprobará y justificará detalladamente sus razones ante el Director de obra, si en su opinión puede prescindirse de la entibación.

Preparación del fondo de las excavaciones

Los fondos de las excavaciones de cimientos para obras de fábrica no deben alterarse, por lo que se asegurarán contra el esponjamiento, la erosión, la sequedad y la helada.

En suelos no cohesivos podrá ser necesario el apisonamiento a la vibración para eliminar el aflojamiento.

Tratándose de suelos cohesivos, la capa alterada se extraerá en todo su espesor, antes de iniciarse el hormigonado. Cualquier excavación adicional motivada por descuido de la Empresa Constructora y el relleno correspondiente con hormigón pobre hasta la altura prescrita, irán a cargo de la misma. Por lo tanto, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm), se realizará en capas delgadas y a mano y no se efectuará hasta momentos antes de construir los cimientos y previa autorización del Director de Obra.

El fondo de los fosos o zanjas se mantendrá libre de agua siempre que no haya sido prescrita o autorizada la colocación de hormigón sumergido. Para el desagüe se instalarán, si es necesario, tubos filtrantes de hormigón o drenes franceses. Estos trabajos, así como sus correspondientes excavaciones, están incluidos en el precio unitario de la excavación.

Los fondos de las zanjas se limpiarán en todo material suelto.

La Empresa Constructora informará al Director de Obra inmediatamente sobre cualquier fenómeno imprevisto, tal como irrupción de agua, movimiento del suelo, etc, y el Responsable Técnico de Seguridad y Salud de la Empresa Contratista tomará urgentemente las medidas de seguridad necesarias. El hormigonado no se iniciará antes de la aceptación de la excavación acabada, por el Director de obra, el cual podrá ordenar que se lleven a cabo ensayos con placa de carga a fin de comprobar la resistencia del suelo.

Agotamientos

El Contratista realizará los trabajos de agotamiento y evacuación de las aguas que irrumpan la zanja, cualquiera que sea su origen.

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Se definen como agotamientos todas las operaciones y medidas necesarias para mantener las zanjas o pozos libres de agua infiltrada y de agua subterránea que surja en el transcurso de las excavaciones. La Empresa Constructora deberá dimensionar las instalaciones de agotamientos y quedará en libertad de escoger el sistema de instalaciones que le parezca, siempre con la aprobación del Responsable Técnico de Seguridad y Salud de la Empresa Contratista.

Los dispositivos de succión se situarán por regla general fuera de la superficie de cimentación y de tal manera que no se produzca socavación.

Los conductos filtrantes y tuberías discurrirán, en general, a los lados de las superficies de cimentación.

Si las condiciones de la obra exigen instalaciones de reserva, éstas tendrán que estar preparadas para que las operaciones de agotamientos puedan ejecutarse sin interrupciones considerables.

El nivel de agua en las zanjas o pozos se hará descender todo lo necesario y se mantendrá constante todo el tiempo que sea preciso para la ejecución de la obra sin que se altere su estabilidad y seguridad. Se precisará la autorización del Director de obra antes de que dejen de funcionar las bombas de agotamiento.

Si a consecuencia del agotamiento surgiera el peligro de socavaciones u otros daños, se le informará inmediatamente al Director de Obra. La Empresa Constructora aplicará, por iniciativa propia, las prevenciones iniciales, acordándose las medidas a tomar a continuación, a la mayor brevedad posible.

Medición y abono 8.3.3

La excavación de las cimentaciones en toda clase de terreno, se medirá y abonará por metros cúbicos (m3) medidos sobre planos de perfiles transversales del terreno, tomados antes de iniciar este tipo de excavación, aplicadas a las secciones teóricas de la excavación.

No serán de abono los excesos de excavación en cimientos sobre las secciones teóricas o dimensiones fijadas en los planos.

No serán objetos de abono independiente de la unidad de excavación, la demolición de fábricas antiguas, los sostenimientos del terreno y entibaciones y la evacuación de las aguas y agotamientos, a no ser que se especifiquen unidades de obra de abono directo.

Asimismo, no serán objeto de abono los excesos de excavaciones resultantes como consecuencia de una incorrecta ejecución de los trabajos, o por haber excavado sin entibación suficiente.

8.4 Terraplenes

Definición 8.4.1

Se definen como obras de terraplenes las consistentes en la extensión y compactación de suelos procedentes de las excavaciones, o préstamos, en áreas abiertas, de tal forma que en su mayor parte permiten el uso de maquinaria de transporte, extendido y compactación de elevado rendimiento.

Su ejecución incluye las operaciones siguientes:

Preparación de la superficie de asiento del terraplén. Extensión de una tongada. Humectación o desecación de una tongada. Compactación de una tongada.

Estas tres últimas, reiteradas cuantas veces sea preciso.

En los terraplenes se distinguirán tres zonas:

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Cimiento.- Formado por aquella parte del terraplén que está por debajo de la superficie original del terreno y que ha sido vaciada durante el desbroce, o al hacer excavación adicional por presencia de material inadecuado.

Núcleo.- Parte del terraplén comprendida entre el cimiento y la coronación. Espaldón.-Parte exterior del relleno tipo terraplén que ocasionalmente constituirá o formará parte

de los taludes del mismo. No se considerarán parte del espaldón los recubrimientos sin misión estructural.

Coronación.- Formada por la parte superior del terraplén, con el espesor que figure en Proyecto, comprendido entre (0.50m) y un metro (1m).

Materiales 8.4.2

Se empleará material procedente de préstamo con las siguientes condiciones:

Material adecuado o seleccionado con CBR > 20. Espesor de tongada máximo de 25 cm. Densidad mínima de compactación del 95% del PM y en el metro superior del relleno 100% PM. Humedad de puesta en el rango de Wopt-1% a Wopt+2%.

En coronación se utilizará suelo seleccionado de forma que pueda obtenerse una explanada tipo E2 que cumpla las especificaciones de la Instrucción 6.1 y 6.2-IC. Los espesores de coronación o sustitución serán los indicados en los planos o lo que en su defecto marque el Director de obra.

Ejecución de las obras 8.4.3

En relación con el equipo necesario para la ejecución de las obras, la ejecución de éstas y las limitaciones de la ejecución, se seguirá lo indica0do el artículo 330 del PG3/75 y el artículo 32.31 del PCTG del Ayuntamiento de Madrid.

Medición y abono 8.4.4

Se medirá y abonará por metros cúbicos realmente ejecutados (m3), medidos sobre los planos de perfiles transversales, aprobados por el Director de la Obra.

El cosido entre los rellenos a ejecutar y los ya ejecutados, se considera incluido en el precio de la unidad, y en consecuencia no será de abono.

El precio del metro cúbico de relleno en terraplén comprende la formación del mismo tanto con productos procedentes de la excavación, como con los procedentes de préstamos, en cuyo caso incluye el canon, su excavación y transporte hasta el lugar de empleo.

8.5 Rellenos localizados

Definición 8.5.1

Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de excavaciones o de préstamos para rellenos de zanjas, cimentaciones o pozos cuyas dimensiones sólo permiten la utilización de equipos de pequeñas dimensiones.

Las operaciones que comprenden las unidades de relleno localizados son:

Preparación de la superficie de apoyo. Obtención, transporte y descarga del material en su lugar de empleo. Extensión del material, por tongadas. Humectación o desecación, si fuese preciso. Compactación.

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Materiales 8.5.2

Se utilizarán suelos de tipo adecuado o seleccionado según el apartado 330.3 del PG3/75.

Los materiales drenantes a emplear en rellenos localizados serán áridos naturales, o bien áridos procedentes del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, o áridos artificiales. En todo caso estarán exentos de arcilla, margas y otros materiales extraños.

El Contratista propondrá al Director de las obras el material a utilizar, y antes de su empleo deberá contar con la aprobación explícita de éste.

Ejecución de las obras 8.5.3

En relación con el equipo necesario para la ejecución de las obras, la ejecución de éstas y las limitaciones de la ejecución, se seguirá lo indicado en el artículo 332 y 421 del PG3/75 y el artículo 32.31 del PCTG del Ayuntamiento de Madrid.

Medición y abono 8.5.4

Los rellenos localizados se medirán y abonarán en metros cúbicos ( m3) realmente ejecutados, medidos sobre planos de perfiles transversales o sobre planos acotados tomados del terreno. No será de abono el volumen del relleno ocupado por los excesos de excavación no abonables.

8.6 Terminación y refino de la explanada

Definición 8.6.1

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico de la explanada.

Ejecución de las obras 8.6.2

Las obras de terminación y refino de la explanada, se ejecutarán con posterioridad a la explanación y construcción de drenes y obras de fábrica que impidan o dificulten su realización.

La terminación y refino de la explanada se realizará inmediatamente antes de iniciar la construcción del firme, pavimentación u otras obras de superestructura.

Cuando haya que procederse a un recrecido de espesor inferior a un medio (1/2) de la tongada compactada, se procederá previamente a un escarificado de todo el espesor de la misma, con objeto de asegurar la trabazón entre el recrecido y su asiento.

La capa de coronación de la explanada tendrá como mínimo el espesor indicado en el Proyecto, no siendo admisible en ningún punto de la misma, espesores inferiores.

No se extenderá ninguna capa del firme sobre la explanada sin que se comprueben las condiciones de calidad y características geométricas de ésta.

Una vez terminada la explanada, deberá conservarse con sus características y condiciones hasta la colocación de la primera capa de firme o hasta la recepción de la obra cuando no se dispongan otras capas sobre ella. Las cunetas deberán estar en todo momento limpias y en perfecto estado de funcionamiento.

Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

Tolerancias de acabado 8.6.3

En la explanada se dispondrán estacas de refino a lo largo del eje y a ambos bordes de la misma, con una distancia entre perfiles transversales no superior a veinte metros (20 m), y niveladas con precisión milimétrica.

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Entre estacas, los puntos de la superficie de explanación no estarán, en ningún punto más de tres centímetros (3 cm) por encima ni por debajo de la superficie teórica definida por las estacas.

La superficie acabada no deberá variar en más de quince milímetros (15 mm), cuando se compruebe con la regla de tres metros, estática según NTL 334 aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la carretera.

Tampoco podrá haber zonas capaces de retener agua.

Las irregularidades que excedan de las tolerancias antedichas, serán corregidas por el Contratista a su cargo.

Medición y abono 8.6.4

La terminación y refino de la explanada se considerará incluida dentro de las unidades de excavación y relleno y no será de abono independiente

8.7 Refino de taludes

Definición 8.7.1

Consiste en las operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico de los taludes de terraplenes.

Ejecución de las obras 8.7.2

Las obras de refino de taludes se ejecutarán con posterioridad a la construcción de drenes y obras de fábrica que impidan o dificulten su realización. Asimismo, en general y cuando así sea posible, se ejecutarán con posterioridad a la explanación.

Cuando la explanación se halle muy avanzada y el Director de las obras lo ordene, se procederá a la eliminación de la superficie de los taludes de cualquier material blando, inadecuado o inestable, que no se pueda compactar debidamente o no sirva a los fines previstos. Los huecos resultantes se rellenarán con materiales adecuados, de acuerdo con las indicaciones del Director de las obras.

En caso de producirse un deslizamiento o proceso de inestabilidad en el talud de un relleno, deberá retirarse y sustituirse el material afectado por el mismo, y reparar el daño producido en la obra. La superficie de contacto entre el material sustituido y el remanente en el talud, deberá perfilarse de manera que impida el desarrollo de inestabilidades a favor de la misma. Posteriormente deberá perfilarse la superficie del talud de acuerdo con los criterios definidos en el presente artículo.

Los taludes de la explanación deberán quedar, en toda su extensión, conformados de acuerdo con el proyecto y las órdenes complementarias del Director de las obras, debiendo mantenerse en perfecto estado hasta la recepción definitiva de las obras, tanto en lo que se refiere a los aspectos funcionales como a los estéticos.

Los perfilados de taludes que se efectúen para armonizar con el paisaje circundante deben hacerse con una transición gradual, cuidando especialmente las transiciones entre taludes de distinta inclinación. En las intersecciones de desmonte y rellenos, los taludes se alabearán para unirse entre sí y con la superficie natural del terreno, sin originar una discontinuidad visible.

Los fondos y limas de taludes, excepto en desmontes en roca dura, se redondearán, ajustándose al proyecto e instrucciones del Director. Las monteras de tierra sobre masas de roca se redondearán por encima de éstas.

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El refino de taludes de terraplenes en cuyo de coronación se haya permitido embeber material de tamaño grueso, deberá realizarse sin descalzarlo permitiendo así que el drenaje superficial se encargue de seguir fijando dicho material grueso.

El acabado de los taludes será suave, uniforme y totalmente acorde con la superficie del terreno y la carretera, sin grandes contrastes, y ajustándose al proyecto, procurando evitar daños a árboles existentes o rocas que tengan pátina, para lo cual deberán hacerse los ajustes necesarios.

Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

Medición y abono 8.7.3

El refino de los taludes no será de abono independiente considerándose incluida dentro de las unidades de excavación, terraplén o formación de la explanada, según sea el caso.

8.8 Escollera

Definición 8.8.1

Se define como el conjunto de piedras de tamaño medio entre 200 y 400, colocados mediante medios mecánicos en zona de cauce junto a acceso a pasarela peatonal

Materiales 8.8.2

La piedra para escolleras será caliza o ígnea, no meteorizada, ni descompuesta, ni se romperá en hojas. Además deberá cumplir las siguientes condiciones:

Deberán ser rocas “adecuadas” y “estables” fisicoquimicamente y frente a la acción del agua. Sometido al ensayo NLT-255 no presentar fisuración y la pérdida de peso sea inferior al 2%. El desgaste “Coeficiente de los Angeles” inferior a 35%. La resistencia a compresión simple superior a 500 kg/cm2. La pérdida al ser sometida a cinco ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato magnésico

(ensayo-UNE-EN 1367) deberá ser inferior al 10%. El peso específico superior a 2600 kg/cm2. Absorción de agua inferior al 3%. En ningún caso se podrán emplear rocas procedentes de la excavación de los desmontes de la

traza sin la aprobación previa de la Dirección de Obra. Granulometría El tamaño medio será igual o superior a 800 kg y el tamaño mínimo será superior a 20 cm. La piedras deberán ser rugosas no admitiéndose redondeadas ni paralelipédicas.

Ejecución de las obras 8.8.3

La escollera en accesos a la pasarela se colocará en seco u hormigonada en función de lo reflejado en los planos y con la inclinación marcada en los planos.

Las dimensiones geométricas serán las establecidas en los planos del Proyecto o en su defecto las determinadas por el Director de la obra.

El porcentaje de huecos será inferior al 30%.

Las escolleras colocadas en desmonte se colocarán de manera que el talud formado por las tierras quede enrasado con la cara exterior de las escolleras, según se indique en los planos o por indicación expresa de la Dirección de obra.

En las escolleras colocadas al pie de los rellenos deberán disponer una salida para el agua en el punto bajo realizado en zanja si fuera precios y relleno con escollera.

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Las escolleras de pie de rellenos deberán apoyarse sobre el material cuyas características y con las condiciones de borde al pie, empotramiento y sobre ancho en coronación exigidas en el Proyecto o en su defecto lo de será determinado por la Dirección de obra.

Para la colocación de la escollera se utilizará una pala excavadora o medio análogo, y una vez posicionada se afirmará con golpes de cazo perpendiculares y paralelas al paramento teórico de la escollera para evitar su salida por basculamiento o deslizamiento motivados por un posible fallo de la parte alta.

Medición y abono 8.8.4

Las escolleras se medirán y abonarán por m3 realmente colocadas, considerándose incluidas dentro de esta unidad, además de la propia escollera, su suministro y colocación.

En las escolleras hormigonadas el hormigón se medirá en base al volumen total de la escollera con un porcentaje de huecos estimados del 30%. El hormigón será del tipo HM-20 y se vibrará para que colmate todos los huecos de la escollera.

9 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A ELEMENTOS DE DRENAJE E IMPERMEABILIZACIÓN

9.1 Impermeabilización de muros

Definición 9.1.1

Se refiere este artículo a la impermeabilización de muros y elementos de hormigón

Materiales 9.1.2

Para la impermeabilización de muros se utilizará una imprimación asfáltica

Se aplicarán dos capas de brea epoxi poliamida, con un espesor mínimo de película seca por capa de 150 micras. Todo el producto de revestimiento será de un solo fabricante de reconocido prestigio, aprobado por el Director de la obra.

Ejecución de las obras 9.1.3

Los paramentos de hormigón deben tener una edad de al menos 28 días y estarán firmes y secos antes de dar comienzo a la aplicación de revestimiento.

La ejecución incluye las operaciones siguientes:

Limpieza y preparación del soporte (sin restos de agua ni de polvo) y sellado de fisuras Aplicación de la imprimación Aplicación de la impermeabilización en su caso Protección de la impermeabilización

Limpieza y preparación del soporte

La superficie sobre la que se aplicará la impermeabilización estará limpia y seca, para lo que se eliminará el polvo y el material disgregado mediante soplado o barrido, de manera que se obtenga una superficie compacta y uniforme sobre la que aplicar la impermeabilización. A estos efectos serán de aplicación las siguientes limitaciones:

Pendiente > 1% y <10% Planeidad ± 5 mm/2 m

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Rugosidades < 1 cm Resistencia a la compresión >2 N/mm2 Humedad <5% En el caso de que existan defectos superficiales acusados (abombamientos o balsas o protuberancias locales) se procederá a su reparación previamente a la ejecución de la impermeabilización.

En el caso de que exista una fisuración significativa, se procederá, previamente a la aplicación de la imprimación, a su tratamiento y sellado.

Imprimación

Previamente a la ejecución de la membrana, el soporte se tratará con una imprimación. Para la realización de la imprimación se seguirá lo que haya indicado el Suministrador en su Manual de Aplicación.

La imprimación se aplicará en todas las zonas en que la impermeabilización vaya adherida, incluidos los acabados.

Los trabajos no se continuarán antes que se seque la imprimación.

Impermeabilización

El Contratista será responsable de la correcta aplicación del producto elegido para impermeabilizar y será responsable de la calidad del producto terminado. El Contratista deberá presentar a la Dirección de obra, para su aprobación, el procedimiento propuesto para la ejecución de la impermeabilización. Dicho procedimiento deberá ser conforme con lo que indique el Manual de Aplicación aportado por el Suministrador.

La impermeabilización formará una membrana que tendrá un aspecto superficial plano y regular, será estanca, cubrirá toda la superficie a impermeabilizar y quedará completamente adherida al soporte. Para ello se deberán verificar las siguientes especificaciones generales de ejecución:

el proceso de elaboración de la membrana no modificará las características de sus componentes. los trabajos se realizarán a una temperatura entre - 5°C y 35°C. se pararán los trabajos cuando esté nevando o haya nieve o hielo sobre la cubierta, cuando llueva

o la cubierta esté mojada o cuando haga viento fuerte. la membrana colocada estará formada en toda su extensión, por las capas y/o dotaciones

previstas. todas las capas que forman la membrana quedarán adheridas entre ellas.

Protección de la impermeabilización

Una ver aplicado el tratamiento o sistema de impermeabilización se procederá a colocar el acabado, revestimiento de tierras o pavimento, para evitar que posibles acciones mecánicas puedan dañarla.

Medición y abono 9.1.4

La impermeabilización de los paramentos se medirá y abonará por metros cuadrados (m2) de superficie realmente tratada de los diferentes tipos, incluyendo las preparaciones necesarias y materiales auxiliares.

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10 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A FIRMES Y PAVIMENTOS

10.1 Pavimentos de Hormigón

Definición 10.1.1

Se define como pavimento de hormigón el constituido por un conjunto de losas de hormigón en masa separadas por juntas transversales, o por una losa continua de hormigón armado, en ambos casos eventualmente dotados de juntas longitudinales. En dicho pavimento el hormigón se pone en obra con una consistencia tal, que requiere el empleo de vibradores internos para su compactación y maquinaria específica para su extensión y acabado superficial. Será de aplicación lo indicado en el artículo 550 Pavimentos de hormigón del Pliego de Prescripciones técnicas PG-3. La ejecución del pavimento de hormigón incluye las siguientes operaciones: Estudio y obtención de la fórmula de trabajo. - Preparación de la superficie de asiento. Fabricación del hormigón. Transporte del hormigón. Colocación de elementos de guía y acondicionamiento de los caminos de rodadura para la

pavimentadora y los equipos de acabado superficial. Colocación de los elementos de las juntas. Colocación, en su caso, de armaduras en pavimento continuo de hormigón armado. Puesta en obra del hormigón. Ejecución de la junta longitudinal en fresco, en su caso, y de las juntas transversales de

hormigonado. Terminación de bordes y de la textura superficial. Protección y curado del hormigón fresco. Ejecución de juntas transversales serradas y, en su caso, la longitudinal. Sellado de las juntas.

Materiales 10.1.2

Hormigón

Será de aplicación lo indicado en el artículo “ Hormigones” del presente pliego”

Armaduras

Será de aplicación lo indicado en el artículo “ Armadura pasiva” del presente pliego” Pasadores y barras de unión

Los pasadores utilizados deberán llevar obligatoriamente el marcado CE y la correspondiente información que debe acompañarle, así como disponer del certificado de control de producción en fábrica expedido por un organismo notificado y de la declaración de prestaciones elaborada por el propio fabricante, todo ello de acuerdo a lo establecido en la norma UNE-EN 13877-3. Los pasadores estarán constituidos por barras lisas de acero, de veinticinco milímetros (25 mm) de diámetro y cincuenta centímetros (50 cm) de longitud. El acero será del tipo S-275-JR, definido en la norma UNE-EN 10025-2. Los pasadores estarán recubiertos en toda su longitud con un producto que evite su adherencia al hormigón. Su superficie será lisa y no presentará irregularidades ni rebabas, debiéndose suministrar

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directamente para su empleo, sin que sean necesarias manipulaciones dimensionales, ni superficiales posteriores. En las juntas de dilatación, uno de sus extremos se protegerá con una caperuza de longitud comprendida entre cincuenta y cien milímetros (50 a 100 mm), rellena de un material compresible que permita un desplazamiento horizontal igual o superior al del material de relleno de la propia junta. Las barras de unión serán barras o alambres corrugados de acero, de doce milímetros (12 mm) de diámetro y ochenta centímetros (80 cm) de longitud, y deberán cumplir las prescripciones de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE. Membranas para la separación con la base o para el curado de pavimento Deberán ser resistentes a la elevada alcalinidad del hormigón en estado fresco y no ser perjudiciales para éste. Salvo indicación en contrario, deberán tener una resistencia a tracción en rotura superior a quince megapascales ( > 15 MPa) y un alargamiento en rotura (normas UNE-EN ISO 527-1 y UNE-EN ISO 527-3) superior al doscientos cincuenta por ciento (> 250%) y su espesor no será inferior a una décima de milímetro (< 0,1 mm) en el caso de emplearse láminas de plástico. Materiales para juntas Materiales de relleno en juntas de dilatación Éste deberá ser un material compresible, con un espesor comprendido entre quince y veinte milímetros (15 a 20 mm), no perjudicial para el hormigón, que no absorba agua, y resistente a los álcalis y a los productos empleados en tratamientos de vialidad invernal. Materiales para formación de juntas longitudinales en fresco Como materiales para la formación de juntas longitudinales en fresco se podrán utilizar materiales rígidos que no absorban agua o tiras de plástico con un espesor mínimo de treinta y cinco centésimas de milímetro (0,35 mm). En cualquier caso, dichos materiales deberán ser aprobados por el Director de las obras.

Materiales para sellado de juntas

Deberá ser suficientemente resistente a los agentes exteriores y capaz de asegurar la estanqueidad de las juntas, sin despegarse de los bordes de las losas.

Estos materiales deberán llevar obligatoriamente el marcado CE y la correspondiente información que debe acompañarle, así como disponer del certificado de control de producción en fábrica expedido por un organismo notificado y de la Declaración de Prestaciones elaborada por el propio fabricante, todo ello conforme a lo establecido en la norma que corresponda dependiendo del tipo de producto de que se trate de entre las siguientes: norma UNE-EN 14188-1 para productos de sellado aplicados en caliente, norma UNE-EN 14188-2 para productos de sellado aplicados en frío, y norma UNE-EN 14188-3 para juntas preformadas.

Los productos de imprimación que, en su caso, se utilicen, dispondrán también del correspondiente marcado CE y serán conformes con la norma UNE-EN 14188-4.

En el caso de emplearse juntas preformadas, éstas deberán ser de clase de dureza sesenta (60) o superior (norma UNE-EN 14188-3)

Ejecución de las obras 10.1.3

La producción del hormigón no se podrá iniciar en tanto que el Director de las Obras no haya aprobado la correspondiente fórmula de trabajo, estudiada en laboratorio y verificada en la central de fabricación y en el tramo de prueb.

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Se comprobará la regularidad superficial y el estado de la superficie sobre la que vaya a extenderse el hormigón.

Si la superficie de apoyo fuera de hormigón magro, antes de la puesta en obra del hormigón se colocará una lámina de material plástico como separación entre ambas capas, de acuerdo con lo especificado en el epígrafe 550.2.8 del pliego de prescripciones técnicas PG-3.

Las láminas de plástico se colocarán con solapes no inferiores a quince centímetros (< 15 cm) y se asegurarán de manera adecuada para evitar su movimiento. El solape tendrá en cuenta la pendiente longitudinal y transversal, para asegurar la impermeabilidad.

La puesta en obra del hormigón se realizará con pavimentadoras de encofrados deslizantes que trabajarán a una velocidad constante que asegure una adecuada compactación en todo el espesor de la losa, la rasante requerida y su correcta terminación. La descarga y la extensión previa del hormigón en toda la anchura de pavimentación se realizarán de modo suficientemente uniforme para no desequilibrar el avance de la pavimentadora; esta precaución se deberá extremar al hormigonar en rampa.

Se cuidará que delante de la maestra enrasadora se mantenga en todo momento, y en toda la anchura de pavimentación, un volumen suficiente de hormigón fresco en forma de cordón de unos diez centímetros (10 cm) como máximo de altura; delante de los fratases de acabado se mantendrá un cordón continuo de mortero fresco, de la menor altura posible.

Donde la calzada tuviera dos (2) o más carriles en el mismo sentido de circulación, se extenderán simultáneamente al menos dos (2) carriles, salvo indicación expresa en contrario del Director de las Obras.

Se dispondrán pasarelas móviles sobre el pavimento recién extendido con objeto de facilitar la circulación del personal y evitar desperfectos en el hormigón fresco, y los tajos de ejecución del hormigón deberán tener todos sus accesos bien señalizados y acondicionados para proteger el pavimento recién construido.

En el caso de que el pavimento de hormigón se ejecute en dos (2) capas, se deberá asegurar la total adherencia de las mismas, por lo que no podrán transcurrir más de treinta minutos ( > 30 min) entre la extensión de cada una de ellas. Se evitará también la pérdida de humedad en la capa inferior y que se produzca la mezcla entre los hormigones de las dos (2) capas, como consecuencia de una puesta en obra inadecuada.

Cuando la armadura se coloque previamente a la puesta en obra del hormigón, se dispondrá la correspondiente armadura transversal de montaje. El armado podrá efectuarse mediante procedimientos de atado con alambre o por aplicación de soldadura no resistente. Cuando la armadura se coloque mediante el uso de extendedoras equipadas con trompetas, las uniones a tope se realizarán por soldadura o dispositivos mecánicos (manguitos) y los solapes por soldadura.

La armadura se dispondrá en las zonas y en la forma que se indique en los Planos, paralela a la superficie del pavimento, limpia de óxido no adherente, grasa y otras materias que puedan afectar la adherencia del acero con el hormigón. Si fuera preciso, la armadura se sujetará para impedir todo movimiento durante la puesta en obra del hormigón. Cuando se disponga sobre cunas o soportes éstos deberán tener la rigidez suficiente y disponerse de forma que no se produzca su movimiento o deformación durante las operaciones previas a la puesta en obra del hormigón, ni durante la ejecución del pavimento.

La tolerancia máxima en el espaciamiento entre armaduras longitudinales será de dos centímetros (±2 cm).

La armadura transversal, en su caso, se colocará por debajo de la armadura longitudinal, cuyo recubrimiento no será inferior a siete centímetros (< 7 cm).

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Si no se uniesen mediante soldadura a tope, las armaduras longitudinales se solaparán en una longitud mínima de treinta (30) diámetros. El número de solapes en cualquier sección transversal no excederá del veinte por ciento (> 20%) del total de armaduras longitudinales contenidas en dicha sección.

Las armaduras se interrumpirán diez centímetros (10 cm) a cada lado de las juntas de dilatación.

En la junta longitudinal de puesta en obra del hormigón entre una franja y otra ya construida, antes de ejecutar aquélla se aplicará al canto de ésta un producto que evite la adherencia del hormigón nuevo al antiguo. Se prestará la mayor atención y cuidado a que el hormigón que se coloque a lo largo de esta junta sea homogéneo y quede perfectamente compactado. Si se observan desperfectos en el borde construido, se corregirán antes de aplicar el producto antiadherente.

En pavimentos de hormigón armado continuo se evitará la formación de juntas transversales de hormigonado, empleando un retardador de fraguado. En caso contrario se duplicará la armadura longitudinal hasta una distancia de un metro (1 m) a cada lado de la junta.

Se prohibirá el riego con agua o la extensión de mortero sobre la superficie del hormigón fresco para facilitar su acabado. Donde fuera necesario aportar material para corregir una zona baja, se empleará hormigón aún no extendido. En todo caso, se eliminará la lechada de la superficie del hormigón fresco.

La superficie del pavimento no deberá ser retocada, salvo en zonas aisladas, comprobadas con reglas de longitud no inferior a cuatro metros (< 4 m). En este caso el Director de las Obras podrá autorizar un fratasado manual, empleándose para ello fratases rigidizados con costillas y dotados de un mango suficientemente largo para ser manejados desde zonas adyacentes a la de extensión.

Terminadas las operaciones de fratasado descritas en el epígrafe anterior, y mientras el hormigón esté todavía fresco, se redondearán cuidadosamente los bordes de las losas con una llana curva.

En juntas transversales, el hormigón endurecido se serrará de forma y en momento tales, que el borde de la ranura sea limpio y no se hayan producido anteriormente grietas de retracción en su superficie. En todo caso, el serrado tendrá lugar antes de transcurridas veinticuatro horas (24 h) desde la puesta en obra.

Las juntas longitudinales se podrán serrar en cualquier momento después de transcurridas veinticuatro horas (24 h), y antes de las setenta y dos horas (72 h) desde la terminación del pavimento, siempre que se asegure que no habrá circulación alguna, ni siquiera la de obra, hasta que se haya hecho esta operación. No obstante, cuando se espere un descenso de la temperatura ambiente de más de quince grados Celsius (15 ºC) entre el día y la noche, las juntas longitudinales se serrarán al mismo tiempo que las transversales.

Si el sellado de las juntas lo requiere, el serrado se realizará en dos (2) fases: la primera hasta la profundidad definida en los Planos, y practicando, en la segunda, un ensanche en la parte superior de la ranura para poder introducir el producto de sellado. Si a causa de un serrado prematuro se astillaran los bordes de las juntas, se repararán con un mortero de resina epoxi que garantice la durabilidad de la aplicación.

Eras el serrado se obturarán provisionalmente las juntas para evitar la introducción de cuerpos extraños en ella, utilizándose para ello elementos lineales de un material con la resistencia suficiente para facilitar, en su caso, su retirada antes de que se efectúen las operaciones de sellado.

Terminado el período de curado del hormigón y si está previsto el sellado de las juntas, se limpiarán enérgica y cuidadosamente el fondo y los bordes de la ranura, utilizando para ello un cepillo giratorio de púas metálicas, discos de diamante u otro procedimiento que no produzca daños en la junta, y dando una pasada final con aire comprimido. Finalizada esta operación, se introducirá un obturador de fondo y se imprimarán los bordes con un producto adecuado, si el tipo de material de sellado lo requiere.

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Medición y abono 10.1.4

Las aceras y pavimentos se medirán y abonarán por m2 realmente colocados, y en el precio estarán incluidos bases de asiento, equipo necesario, juntas y elementos auxiliares.

10.2 Bases de hormigón hidraulico para aceras

Definición 10.2.1

La base de hormigón hidráulico para aceras consiste en una capa de hormigón hidráulico compactado mediante vibrado.

Materiales 10.2.2

El hormigón y sus componentes cumplirán con las condiciones del artículo “Hormigones” del presente pliego.

El tamaño máximo del árido a emplear en la realización del hormigón será de 20 mm, la consistencia del hormigón será plástica y la resistencia característica a compresión simple a 28 días será superior a 20 N/mm2

Ejecución 10.2.3

Las operaciones de fabricación, transporte, vertido y compactación mediante vibrado, hormigonado en condiciones especiales, y el tratamiento de juntas y los posibles encofrados, se llevarán a cabo de acuerdo con lo establecido en los artículos “Hormigones” y “Encofrados y moldes “ del presente pliego.

No se procederá a la extensión del material hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene el grado de compactación requerido y las rasantes indicadas en los planos o en su defecto, según los criterios del Director de la obra.

La superficie de asiento deberá estar limpia de materias extrañas y su acabado será regular.

Inmediatamente antes de la extensión del hormigón y si no está previsto un riego de sellado u otro sistema, se regará la superficie de forma que quede húmeda, evitando que se formen charcos.

La extensión del hormigón se realizará tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, de forma tal que, después de la compactación se obtenga la rasante y sección definidas en los planos, con las tolerancias establecidas en las presentes prescripciones.

Se prohíbe toda adición de agua a las masas a su llegada al tajo de hormigonado.

En las bases de hormigón no se dispondrán juntas de dilatación ni de contracción. Las juntas de trabajo se dispondrán de forma que su borde quede permanentemente vertical, debiendo recortarse la base anteriormente terminada.

Se dispondrán juntas de trabajo transversales cuando el proceso constructivo se interrumpa más de dos (2) horas. Si se trabaja por fracciones del ancho total, se dispondrán juntas longitudinales si existe un desfase superior a una (1) hora entre las operaciones en franjas adyacentes.

El hormigón se vibrará con los medios adecuados, que han de ser expresamente aprobados por el Director de las obras.

La superficie acabada no presentará irregularidades mayores de 10 mm cuando se compruebe con regla de 3 m, tanto paralela como normalmente al eje de la vía. Para lograr esta regularidad superficial se utilizarán los medios adecuados (fratás, maestras, reglas vibrantes, etc.) que han de ser expresamente aprobados por el Director de Obras.

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La base de hormigón se curará mediante riego continuo con agua. Si el Director prevé la imposibilidad de controlar esta operación, puede prescribir el curado con emulsión asfáltica o con productos filmógenos.

Antes de permitir el paso de tráfico de cualquier naturaleza o de extender una nueva capa deberá transcurrir un tiempo mínimo de tres días.

Control 10.2.4

Control del hormigón

Se seguirá lo indicado en el artículo “Hormigones” de este Pliego.

Control de espesor de la capa

El espesor de la capa de hormigón será, como mínimo, el previsto en los planos del Proyecto, con una diferencia máxima entre el espesor real y el previsto del 15%.

Medición y abono 10.2.5

Las bases de hormigón para aceras no serán de abono independiente, estando incluidas en las correspondientes unidades de obra.

10.3 Encintados de bordillo

Definición 10.3.1

Se define como encintado de bordillos la banda o cinta que delimita la superficie de la calzada, la de una acera, la de un andén, o cualquier otra superficie de uso diferente, formada por bordillos prefabricados de hormigón, colocados sobre un cimiento de hormigón.

Materiales 10.3.2

Bordillos prefabricados de hormigón

Los bordillos prefabricados de hormigón deberán cumplir las condiciones señaladas en el artículo “Piezas e hormigón para Bordillos” del presente Pliego, y sus dimensiones serán las indicadas en los planos o las aprobadas por el Director de las obras.

Mortero de cemento

El tipo de mortero a utilizar será el mortero hidráulico designado como M-450. Será de aplicación lo indicado en el artículo “Cementos” del presente pliego, además del artículo 611 del pliego PG-3/75.

Ejecución de las obras 10.3.3

Sobre el cimiento de hormigón HM-20 ajustado a las dimensiones, alineación y rasante definidas en el proyecto, se extenderá una capa de mortero de tres centímetros (3 cm) de espesor, como asiento de los encintados.

Inmediatamente, y con mortero del mismo tipo, se procederá al relleno de los huecos que la forma de los encintados pudiese originar y al rejuntado de piezas contiguas con juntas que no podrán exceder de cinco milímetros (5 mm) de anchura.

A continuación se procederá al refuerzo posterior de los bordillos con la ejecución de la base de hormigón de las aceras.

Medición y abono 10.3.4

Los bordillos con elementos prefabricados de hormigón se medirán y abonarán por metros (m) realmente colocados de cada tipo, medidos en los planos. El precio incluye además del suministro y

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colocación del bordillo, la base de hormigón, el mortero y cuantas operaciones fuesen necesarias para la total terminación.

11 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A ELEMENTOS ESTRUCTURALES

11.1 Armaduras pasivas para hormigón armado

Definición 11.1.1

Se denomina armadura pasiva al resultado de montar, en el correspondiente molde o encofrado, el conjunto de armaduras normalizadas, armaduras elaboradas o ferralla armada que, convenientemente solapada y con los recubrimientos adecuados, tiene una función estructural y es conforme con las especificaciones del artículo 33º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

A los efectos de la aplicación de este artículo cualquier mención a la Instrucción de Hormigón Estructural vigente, se refiere a la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), aprobada por Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, o a la normativa que la sustituya.

En cualquier caso, las armaduras pasivas deberán ser conformes con los tipos de armadura y geometrías especificadas en los planos.

Las armaduras incluidas en este artículo podrán fabricarse tanto en instalaciones de ferralla ubicadas en la obra, como en instalaciones industriales de ferralla ajenas a la misma. En este último caso, la Dirección de obra podrá disponer, dentro de su control de contraste, la realización de las comprobaciones e inspecciones necesarias para comprobar la idoneidad de sus instalaciones, sus procesos de fabricación, sus sistemas de trazabilidad y su control de producción.

Las armaduras suministradas a la obra deberán cumplir las características de adherencia indicadas en el artículo 32 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

La armadura pasiva deberá disponer de un certificado de adherencia, según el Anejo C de la Norma UNE-EN 10080. En caso contrario, la Dirección de las obras decidirá sobre las longitudes de anclaje y solapo a emplear, de acuerdo con el apartado 69.5 de la EHE-08.

Tipos 11.1.2

Las armaduras pasivas pueden estar constituidas por elementos normalizados que se utilizan directamente en la obra o por elementos previamente fabricados en instalaciones de ferralla a partir de acero corrugado.

Armadura normalizada

Se entiendo como armadura normalizada, la malla electrosoldada o la armadura básica electrosoldada en celosía, conforme con UNE-EN 10080 y que cumple las especificaciones del apartado 33.1 de la vigente Instrucción de hormigón Hormigón Estructural.

Armadura s elaboradas en instalaciones de ferralla

Se entiende por armadura elaborada, cada una de las formas o disposiciones de elementos que resultan de aplicar los procesos de corte, doblado y, en su caso, enderezado del acero corrugado. A veces, también puede obtenerse como resultado del doblado de mallas electrosoldadas.

Se entiende por ferralla armada, el resultado de aplicar a las armaduras elaboradas los correspondientes procesos de armado, bien mediante atado con alambre o mediante soldadura no resistente.

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Requisitos 11.1.3

Las armaduras pasivas deberán ser idóneas para su uso y, sin prejuicio de otros que establezca en su caso el proyecto, deberán cumplir los siguientes requisitos:

capacidad mecánica, definida básicamente por su límite elástico (fy) ysu carga unitaria de rotura (fs),

ductilidad, definida básicamente por: su alargamiento bajo carga máxima, su alargamiento de rotura y por la relación fs/fy,

adherencia al hormigón, definida básicamente por: las características geométricas de sus corrugas,

en su caso, la contribución a la sostenibilidad y protección del medio ambiente, para lo que se deberá satisfacer un valor para el índice de contribución a la sostenibilidad ICES definido en al Anejo 13 de la vigente Instrucción de hormigón estructural Estructural y, en particular para las armaduras pasivas, mediante la aportación de los valores obtenidos de la aplicación de los apartados 4.3.2, 4.3.3, 4.3.4, 4.3.9 y 4.3.10 del referido Anejo.

En el caso de estructuras sometidas a acciones sísmicas, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación sismorresistente en vigor, se deberán emplear armaduras pasivas fabricadas a partir de acero corrugado soldable con características especiales de ductilidad (SD).

Materiales 11.1.4

Barras y rollos de acero corrugado

Se emplearán barras corrugadas de acero del tipo B 500 S (AP 500 S) con la designación de la Instrucción EHE. Su límite elástico característico no será inferior a quinientos Newton por milímetro cuadrado (500 N/mm²); su carga unitaria de rotura no será inferior a quinientos cincuenta Newton por milímetro cuadrado (550 N/mm²); su alargamiento de rotura en porcentaje sobre base de cinco diámetros no será menor que doce por ciento 12%) y la relación entre la carga unitaria de rotura y el límite elástico no será inferior a 1,05 de acuerdo con lo indicado en el artículo “Barras corrugadas para hormigón estructural” del presente Pliego.

Separadores

Con el fin de garantizar los recubrimientos, se utilizarán separadores que serán de hormigón, de mortero de cemento o plástico rígido. Los separadores tendrán la geometría adecuada para garantizar una distancia de la cara exterior de la barra al paramento del hormigón que sea igual al recubrimiento nominal especificado para cada elemento.

En el caso de ser de mortero de cemento, el separador tendrá una dosificación similar a la del hormigón de la pieza y se emplearán las mismas materias primas (cemento, áridos, microsílice, etc.). La resistencia a compresión del mortero no será en ningún caso inferior a 50 N/mm² en probeta cúbica .

En el caso de emplear separadores de plástico, deberán presentar orificios cuya sección total sea equivalente al menos al 25% de la superficie total del separador.

El color del acabado de los separadores deberá de ser homogéneo con el acabado requerido al hormigón visto, para lo cual será necesario hacer las pruebas pertinentes hasta que la Dirección de obra lo apruebe.

La tolerancia de fabricación de los separadores será de ±1 mm .

En el caso de emplear separadores sujetos con alambre, aquellos deberán tener unas dimensiones mínimas de al menos 20 mm en la dirección de la barra que van a sujetar, así como presentar una dimensión de al menos 0,75 veces el espesor de recubrimiento en la dirección perpendicular a la de la barra que sujetan.

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Para separadores tipo rueda con sujeción mediante grapado, la dimensión longitudinal deberá ser mayor que la mitad del recubrimiento nominal que proporcionan.

Los separadores presentarán una carga mínima de tres (3,0) kN en ensayo efectuado de acuerdo con el procedimiento definido en las “Recomendaciones CEB para separadores, calzos y atado de armaduras” (Boletín GEHO nº 4). Asimismo presentarán una deformación máxima durante el ensayo inferior a dos milímetros (2 mm) y una deformación remanente tras el ensayo inferior a un milímetro (1 mm9.

En el caso de separadores mediante grapado, los separadores no deslizarán en el ensayo de fijación definido en el Boletín GEHO antes citado. Además, la fuerza máxima necesaria para colocar el separador sobre la barra no será superior a cero coma quince ( 0,15)kN.

La distancia entre separadores no será superior a cien (100) centímetros ni a cincuenta (50) veces el diámetro de la armadura.

Despieces 11.1.5

El Contatista, siguiendo las indicaciones de los planos del Proyecto relativos a los despieces de las armaduras, preparará las correspondientes planillas definitivas de despieces de todos los elementos a hormigonar, y las presentará a la Dirección de obra para su aceptación, con suficiente antelación.

El Contratista será el responsable de los despieces finales a ejecutar en obra. Dichos despieces se realizarán siguiendo las indicaciones de los planos del proyecto, junto con los solapes, anclajes y radios de doblado indicados en la vigente Instrucción de hormigón estructural.

El Contratista, antes de realizar el montaje de las armaduras y mientras prepara las planillas de los despieces, realizará un estudio del despiece adecuado para cumplir las distancias mínimas entre armaduras indicadas en la vigente Instrucción de hormigón estructural y poder realizar un correcto hormigonado de los elementos.

En aquellos elementos con importante densidad de armadura, antes del montaje, el Contratista realizará unos planos de detalle con las armaduras previstas según el despiece, a doble línea y con los radios de doblado de la vigente Instrucción de hormigón estructural, para verificar el cumplimiento de las distancias mínimas entre armaduras.

Los despieces han de indicar claramente el lugar donde se producen los empalmes y el número y longitud de éstos, y han de detallar y despiezar todas las armaduras auxiliares.

En las hojas de despiece se deben definir los pesos totales de cada barra.

Equipos 11.1.6

Soldadura

Cuando se vayan a efectuar soldaduras los operarios que vayan a realizar dicho proceso demostrarán previamente su aptitud, sometiéndose a las pruebas especificadas en la norma UNE-EN ISO 9606-1

El contratista presentará a la Dirección de obra los correspondientes certificados que deberán ser específicos para el tipo de proceso de soldadura que se quiera aplicar, de conformidad con UNE-EN ISO 9606-1 y otorgados por un organismo acreditado según el Real Decreto 2200/1995.

Deberá existir, asimismo, un coordinador de soldadura de acuerdo con el apartado 9.1 de la norma ISO 17660-1:2006 que deberá acreditar, también mediante las oportunas acreditaciones, que:

posee los conocimientos técnicos suficientes sobre soldadura de armaduras de acero, posee capacidad para detectar y evaluar imperfecciones en uniones soldadas de armaduras de

acero, está capacitado para realizar y evaluar ensayos de cualificación de soldadores para este tipo de

soldaduras.

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Las soldaduras a tope por resistencia eléctrica se realizarán con máquinas de regulación automática y de potencia adecuada a los diámetros de las barras a empalmar, como garantía de la perfecta ejecución de todo el proceso.

Previamente al inicio de las operaciones de soldeo, el Contratista presentará a la Dirección de obra un certificado del fabricante del material de aportación, en el que se garantice que cumple al menos el 70% del límite elástico del acero .

El Contratista deberá presentar, antes de iniciar el proceso de soldadura, un procedimiento de soldeo que sea conforme con el artículo 10º de la norma ISO 17660-1:2006. Dicho procedimiento deberá validarse mediante ensayos antes de iniciarse la soldadura en obra. Para ello, se harán al menos 3 ensayos de tracción y 3 de doblado. Sus resultados serán presentados para su aprobación al Contratista que, a su vez y una vez comprobada su conformidad, los trasladará a la Dirección de obra.

Doblado

Los equipos empleados para el doblado de las armaduras asegurarán que esta operación se realice a la velocidad adecuada, garantizando que sobre las barras no se produzca un principio de fisuración debido a un procedimiento inadecuado de doblado.

El Director de la obra, antes de proceder a la soldadura y doblado de las barras de acero que constituyan la armadura, pedirá, en su caso, la realización de las pruebas de considere necesarias para comprobar la idoneidad de los equipos en las condiciones en que se vaya a ejecutar la obra.

La operación de doblado se realizará en frío y a velocidad moderada, por medios mecánicos, no admitiéndose ninguna excepción en el caso de aceros endurecidos por deformación en frío o sometidos a tratamientos térmicos especiales. Se seguirán en cualquier caso las indicaciones del artículo 69 de la vigente Instrucción EHE.

Ejecución 11.1.7

Fabricación de armaduras procedentes de instalaciones de ferralla

Con carácter general, la fabricación de las armaduras pasivas incluyen los siguientes procesos:

Enderezado, si el acero ha sido suministrado en rollo Corte, Doblado, Soldadura no resistente o, en ocasiones resistente. Montaje mediante atado

En ocasiones, también puede ser necesario efectuar soldadura resistente. La maquinaria empleada para cualquiera de los procesos anteriores, deberá ser específica para esta finalidad, de acuerdo con lo indicado en el apartado 69.2.2 de la vigente Instrucción de hormigón Hormigón Estructural.

Los procesos de elaboración, armado y montaje de las armaduras se realizarán de acuerdo con el artículo 69º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

En el caso de emplearse sistemas de pre-armado para facilitar el posterior armado de la ferralla mediante la disposición de elementos metálicos auxiliares de montaje (barras, alambres, etc.), estos deberán disponerse de forma que cumplan los recubrimientos definidos en el proyecto para la armadura.

El responsable de la instalación de ferralla, en caso de que ésta sea ajena a la obra, pondrá a disposición de la Dirección de obra los registros de su control de producción, que deberá ser conforme con el apartado 69.2.4 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural. vigente.

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Antes de iniciar al suministro de las armaduras a la obra, el Contratista comunicará por escrito a la Dirección de obra la conformidad del acero y, en su caso, de las armaduras elaboradas y de la ferralla armada, así como facilitará copia de las comprobaciones efectuadas y de la documentación recabada.

Suministro y transporte de los productos empleados para armadura activa

Durante el transporte y almacenamiento de las armaduras elaboradas, la ferralla armada o, en su caso, las barras o los rollos de acero corrugado, deberán protegerse adecuadamente contra la lluvia, la humedad del suelo y de la eventual agresividad de la atmósfera ambiente. Hasta el momento de su elaboración, armado o montaje se conservarán debidamente clasificadas para mantener su trazabilidad.

Las armaduras pasivas deberán montarse en la obra a partir de armaduras normalizadas, armaduras elaboradas o ferralla armada que será suministradas a la obra acompañadas de la documentación a la que se refiere el artículo 88º de la Instrucción de Hormigón Estructural.

Además, deberá acompañarse de un certificado de trazabilidad, expedido por una persona física con nivel de representación suficiente de la instalación de ferralla, que relacione las partidas suministradas a la obra con los aceros empleados para su fabricación, con indicación de su sistema de identificación, su fabricante y su número de colada.

En el caso de que las mallas electrosoldadas sean suministradas directamente a la obra, su suministro, almacenamiento y recepción será conforme con lo indicado al efecto en los apartados 69.1.2, 69.7 y en el artículo 88º, respectivamente, de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

El suministro, almacenamiento y recepción de las armaduras básicas electrosoldadas en celosía será conforme con lo indicado al efecto en los apartados 69.1.2, 69.7 y en el artículo 88º, respectivamente, de la vigente Instrucción de hormigón estructural.

En el caso de que el acero corrugado sea suministrado directamente a la obra, su suministro, almacenamiento y recepción será conforme con lo indicado al efecto en los apartados 69.1.1, 69.7 y en el artículo 89º, respectivamente, de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Montaje de las armaduras

El remate de los alambres de atado se colocará pegado a la armadura de manera que no suponga una disminución del recubrimiento.

La disposición de los separadores será conforme al apartado 69.8.2 de la Instrucción de Hormigón Estructural.

Una vez finalizada la colocación de las armaduras pasivas, se limpiarán los fondos de encofrado de cualquier resto de material procedente de las operaciones de montaje.

Se cuidará muy especialmente que, en su caso, la aplicación del desencofrante no afecte a la armadura.

El Director de la obra autorizará la disposición de los empalmes de las armaduras si se van a realizar en lugares distintos a los indicados en los planos de proyecto, procurando que queden alejados de las zonas en las que la armadura experimente las mayores solicitaciones, siempre que, además, se cumplan las indicaciones de la Instrucción EHE..

Para el empleo de empalmes por soldadura, será necesario que el Contratista presente a la Dirección de obra, para su aceptación, el procedimiento de soldeo homologado que propone para realizar dichas soldaduras. la aprobación previa por parte de la Dirección de obra,. Dicha aprobación se entenderá referida al uso del procedimiento y no a la conformidad en la realización correcta de los empalmes, que será responsabilidad del Contratista .

En el caso de empleo de empalmes mecánicos para el montaje de las armaduras pasivas, el Contratista deberá comprobar que las especificaciones declaradas por el fabricante cumplen las

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especificaciones de proyecto, así como lo indicado en el apartado 9.5.2.6 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural. Asimismo, el Contratista recabará los resultados del control de producción del fabricante correspondientes a las partidas de elementos de empalme empleadas en la obra y los incluirá en la documentación final de la obra.

Las armaduras se colocarán limpias, exentas de óxido, pintura, grasa o cualquier otra sustancia perjudicial para su conservación y posterior adherencia al hormigón. Cumplirán, además, los requisitos especificados en el artículo 69 de la vigente Instrucción EHE

El período de acopio de las armaduras en obra no será superior a un mes.

Especificaciones de la unidad terminada 11.1.8

Geometría y tolerancias

La sección y geometría de las armaduras pasivas se corresponderá con las definidas en los planos de despiece, de acuerdo con lo indicado en los planos del proyecto, y observarán las limitaciones de radio de doblado establecidas en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Los recubrimientos reales de las armaduras no serán inferiores a los recubrimientos mínimos definidos en los planos.

Los alambres de atado estarán dispuestos de manera que no supondrán una disminución del recubrimiento.

El Director de obra, establecerá si es necesario una sistemática a seguir en caso de incumplimientos.

A falta de indicaciones concretas para algunas desviaciones específicas, la Dirección de obra podrá fijar los límites admisibles correspondientes.

Anclaje

Las longitudes de anclaje y solape de las armaduras serán conformes con el sistema de garantía de la adherencia que, de acuerdo con UNE-EN 10080, tenga el acero suministrado.

Limpieza

Las armaduras no deberán presentar manchas o restos de materiales (desencofrantes, aceites, grasas, etc.) que puedan afectar a la adherencia con el hormigón.

Control de calidad 11.1.9

El control de recepción del acero y, en su caso, de las mallas electrosoldadas empleadas para la fabricación de las armaduras pasivas es responsabilidad del Suministrador de las armaduras pasivas, independientemente de que la ferralla esté ubicada o no en la obra.

El Contratista recabará toda la documentación correspondiente al suministro del acero y, en su caso, de las armaduras normalizadas empleadas para la fabricación de las armaduras pasivas. Asimismo, el Contratista será responsable de:

efectuar el control de contraste de los aceros o las mallas electrosoldadas empleadas, en su caso, en instalaciones de ferralla situadas fuera de la obra,

efectuar el control de contraste de las armaduras normalizadas empleadas en instalaciones de ferralla situadas fuera de la obra,

efectuar el control de recepción del acero y, en su caso, de las armaduras normalizadas y de la ferralla armada suministradas a la obra, y

efectuar el control de las armaduras pasivas fabricadas en la obra.

Los procesos de ejecución relacionados con la colocación de las armaduras pasivas, se controlarán de acuerdo con lo indicado en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE para el control a nivel intenso.

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En el caso de armaduras en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, el Contratista velará por la comprobación de que se mantiene, en su caso, la concesión del mismo. En caso de retirada del distintivo o del reconocimiento oficial, el Contratista lo pondrá en conocimiento de la Dirección de Obra y se hará un nuevo planteamiento del control de las armaduras, de acuerdo con la vigente Instrucción de hormigón estructural.

Controles previos a la colocación de las armaduras

Antes de proceder al encargo de las armaduras, el Contratista, o en su caso la Dirección de Obra, podrá efectuar una comprobación de la instalación de ferralla, de acuerdo con lo indicado en el apartado 88.4.2 de la vigente de Hormigón Estructural.

En el caso de que se vayan a emplear procesos de soldadura, resistente o no, el Contratista deberá comprobar:

la cualificación del personal para soldadura no resistente, en su caso, la homologación del personal para soldadura resistente, según UNE-EN ISO 9606-1 la homologación del proceso de soldadura, según UNE-EN ISO 15614-1

La Dirección de obra podrá eximir al Contratista de las anteriores comprobaciones en el caso de armaduras pasivas que estén en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, siempre que haya evidencia documental que éste incluye los referidos procesos de soldadura.

Antes del encargo de las armaduras pasivas a la ferralla, el Contratista solicitará al responsable de ésta las evidencias documentales y, en su caso, los registros de ensayos, utilizados para la recepción del acero y, en su caso, de las mallas electrosoldadas. En el caso de que el Suministrador tenga que cambiar cualquiera de los materiales empleados, deberá comunicárselo previamente al Constructor, que comprobará la correspondiente documentación antes de aceptar que se inicie el suministro con los nuevos componentes. La Dirección de obra podrá recabar las evidencias documentales de la conformidad de dichos materiales en cualquier momento de la obra, sin perjuicio de que el Contratista las incorpore a la documentación final de la obra.

Antes del inicio del suministro a la obra de las armaduras desde la instalación de ferralla, se establece un punto de parada hasta que la Dirección de Obra haya dado su conformidad a:

la documentación aportada por el Contratista en relación con los procesos de fabricación de las armaduras, los productos empleados para su fabricación y el Suministrador,

los planos de despiece presentados por el Contratista. la idoneidad de la cimbra

Control de recepción de las armaduras pasivas 11.1.10

La recepción de las armaduras se efectuará una vez comprobada su conformidad con el proyecto, para lo que, junto con las prescripciones de este artículo, se aplicarán los criterios del artículo 88º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE.

A los efectos de control de las armaduras pasivas, se definen como lotes de control las armaduras correspondientes a los mismos elementos definidos como lotes para el hormigón en el artículo 610 de este Pliego. Antes de proceder al hormigonado, será necesario que la Dirección de obra haya aceptado la armadura correspondiente.

La conformidad de las armaduras pasivas se garantizará, de forma conjunta y complementaria, mediante la realización de:

la comprobación por parte del Contratista de la documentación de las armaduras y del acero facilitada por el Suministrador, de conformidad con lo indicado en los apartados 88.4.1, 88.5.2, 88.6 y el Anejo 21 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE,

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los ensayos de recepción establecidos por la vigente Instrucción de Hormigón Estructural y llevados a cabo por el Contratista, con medios y personas que sean independientes de la fabricación de las armaduras pasivas, incluso en el caso de que éste se fabrique en una ferralla de obra,

la supervisión por parte de la Dirección de Obra del control efectuado por el Contratista al que se hace referencia el punto anterior, y optativamente, a juicio de la Dirección de obra, los ensayos de contraste de las características mecánicas por parte de la Dirección de obra, con finalidad de comprobar el control exterior de las armaduras por parte del Constructor y desarrollados por un laboratorio de los contemplados en el apartado 78.2.2.1 de la vigente Instrucción de hormigón estructural. Salvo indicación en contra en el Pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto o en el Esquema Director de la Calidad aprobado por la Dirección de obra, estos ensayos serán uno por, tipo de acero, serie y fabricante,

el control, por parte del control exterior del Contratista, de que la geometría, los diámetros de las armaduras y sus recubrimientos se corresponde con lo indicado en los planos del proyecto.

la comprobación por parte de la Dirección de obra, con finalidad de contrastar el control indicado en el punto anterior.

El control efectuado por la Dirección de obra tiene por objeto contrastar los resultados obtenidos en el control efectuado por el Contratista y se planificará de manera que permita detectar cualquier incidencia antes de proceder al hormigonado de los correspondientes elementos.

En el caso de empleo de soldadura resistente, el Contratista efectuará ensayos de control de las mismas, con una frecuencia mínima de 2 ensayos semanales de tracción por soldador. En su caso, la Dirección de obra contrastará dicho control mediante la realización de 2 ensayos mensuales por soldador. Además, el Constructor revisará el 100% de las soldaduras ya realizadas, comprobando las longitudes y gargantas de los cordones, así como la distancia longitudinal entre cordones y la distancia a los codos.

Deberán cumplirse también las distancias definidas para cada soldadura en función de cada diámetro. No se admitirán soldaduras que no cumplan, al menos, el nivel C en relación con las imperfecciones superficiales, según la norma ISO 5817. Como criterio general, la Dirección de obra contrastará las comprobaciones efectuadas por el Constructor en un 20% de las soldaduras, de forma aleatoria y representativa.

Si se prevé que la armadura, desde su fabricación hasta la puesta en obra del hormigón, va a estar a la intemperie, se tomarán las medidas adecuadas para evitar la oxidación y que se manchen de grasa, pintura, polvo o cualquier otra sustancia que pueda perjudicar su buena conservación o su posterior adherencia al hormigón.

Medición y abono 11.1.11

Los aceros se medirán multiplicando por cada diámetro las longitudes que figuran en los planos por el peso en kilogramos por metro. Esta medición no podrá ser incrementada por ningún concepto, ni siquiera por tolerancias de laminación.

Se abonarán en kilos de acero (kg)

En el precio están incluidos el suministro, la elaboración, el doblado, la colocación, los separadores, calzos, ataduras, soldaduras así como las pérdidas por recortes y despuntes.

11.2 Hormigones

Los hormigones que aquí se definen cumplirán, además de las especificaciones que se indican en este artículo, las indicadas en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) o normativa que la

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sustituya y la especificaciones detalladas en el PG03/75 (Pliego de prescripciones técnicas generales de carreteras y puentes, así como sus modificaciones en OM 13/02/2002).

Definición 11.2.1

Se define como hormigón la mezcla en proporciones adecuadas de cemento, árido grueso, árido fino y agua, con o sin la incorporación de aditivos o adiciones, que desarrolla sus propiedades por endurecimiento de la pasta de cemento (cemento y agua).

Materiales 11.2.2

Los materiales componentes del hormigón cumplirán las prescripciones recogidas en los siguientes artículos, de este Pliego:

“Cementos”. “Agua a emplear en morteros y hormigones”. “Aditivos a emplear en morteros y hormigones” Adiciones a emplear en hormigones, según las condiciones establecidas en la vigente Instrucción

de Hormigón Estructural.

Los áridos, cuya definición será la que figura en el artículo 28 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, cumplirán todas las especificaciones recogidas en la citada Instrucción.

El Director de las Obras, podrá establecer la frecuencia y el tamaño de los lotes para la realización de los ensayos previstos en el artículo 86 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, para los casos en que varíen las condiciones de suministro, o si no se dispone de un certificado de idoneidad de los mismos emitido, con una antigüedad inferior a un año, por un laboratorio oficial u oficialmente acreditado.

No se podrán utilizar áridos que no hayan sido aprobados previa y expresamente por el Director de las obras.

El contratista adjudicatario de las obras será responsable de la calidad de los materiales utilizados y del cumplimiento de todas las especificaciones establecidas para los mismos en este artículo, así como de todas aquellas que pudieran establecerse en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales.

Cemento

En el ámbito de este artículo, se denominan como cementos a los conglomerantes hidráulicos empleados para la fabricación del hormigón que, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua. Deberán ser conformes con alguna de las siguientes normas UNE-EN 197-1, UNE 80303-1, UNE 80303-2, UNE 80305 y UNE 80307 y cumplir, en cada caso, las prescripciones técnicas definidas en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC-16) o normativa que la sustituya.

En elementos estructurales se emplearán con clases resistentes según se indica en el artículo “Cementos “ del presente proyecto.

El tipo de cemento empleado será conforme con la estrategia de durabilidad definida en el proyecto y, en su caso, con la comprobación de vida útil que se haya efectuado en el mismo. Cuando se plantee la modificación del tipo de cemento definido en el proyecto, el Contratista elaborará un informe firmado por un técnico competente en el que se analice las posibles implicaciones. A la vista del referido informe, la Dirección de Obra podrá aprobar el cambio propuesto del tipo de cemento.

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En el caso de centrales de obra, el Contratista deberá efectuar la recepción del cemento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6º de la vigente Instrucción para la recepción de cemento (RC-16) o normativa que la sustituya.

El cemento no llegará a su lugar de empleo excesivamente caliente, de manera que su temperatura en el momento de su uso no exceda de setenta grados Celsius (70 ºC).

Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno de falso fraguado, el Constructor deberá exigir del Suministrador que haya comprobado que no se presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, de acuerdo con UNE 80114. En caso afirmativo, el Suministrador deberá informar al Constructor de las medidas adoptadas (como por ejemplo, prolongar el tiempo de amasado), que nunca deberán consistir en agregar más agua a la mezcla. En cualquier caso, dichas medidas deberán ser aceptadas por el Constructor previamente al inicio del suministro.

Cada tipo de cemento deberá almacenarse en silos, adecuadamente aislados contra la humedad y provistos de sistemas de filtros.

Si el cemento hubiera estado almacenado en su lugar de empleo, en condiciones atmosféricas normales, durante un plazo superior a un (1) mes, dentro de los diez (10) días anteriores a su empleo se realizarán, como mínimo, los ensayos de fraguado y resistencia a compresión a tres (3) y siete (7) días sobre una muestra representativa de cada lote de cemento almacenado, sin excluir los terrones que hubieran podido formarse. En el caso de centrales de obra, el Contratista definirá los lotes aplicables para el control del cemento almacenado. Salvo si el nuevo período de fraguado resultase incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad de cada lote de cemento para su utilización en obra vendrá dada por los resultados de los ensayos exigidos al hormigón de la unidad de obra de la que forme parte.

En ambientes muy húmedos, o en condiciones atmosféricas desfavorable o de obra anormales, el Contratista podrá disminuir el plazo de un (1) mes anteriormente indicado para la comprobación de las condiciones de almacenamiento del cemento en obra.

Los cementos utilizados dispondrán del preceptivo marcado CE según normas UNE-EN 197, UNE-EN 413, UNE-EN 14216, UNE-EN 14647 y UNE-EN 15743

Agua

En el ámbito de este artículo, se entiende por agua para el amasado o para el curado de los hormigones, tanto a la natural como a la reciclada o depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se indican en el artículo 27º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

En ningún caso se utilizará agua de mar o aguas salinas similares para el amasado del hormigón. En el caso de elementos de hormigón armado que estén permanentemente sumergidos en agua de mar desde el primer momento de su construcción, puede aceptarse su curado con dicha agua.

Se podrá emplear agua constituida, total o parcialmente, por agua reciclada procedente del lavado de las cubas en la propia central de hormigón, siempre que se cumplan las especificaciones para ella definidas en el artículo 27º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Áridos

Se utilizarán los áridos con densidades superiores a 2600 kg/m³. El árido grueso deberá ser de machaqueo, con un tamaño máximo inferior al indicado en la tipificación del hormigón, coeficiente de forma no inferior a 0,25 y coeficiente de desgaste de Los Ángeles, según UNE 1097-2 no superior a veinticinco (25).

Deberán cumplir la norma UNE-EN 12620 y sean conformes con las especificaciones del artículo 28º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

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También podrán emplearse áridos ligeros y áridos reciclados, procedentes estos de la demolición de estructuras de hormigón, siempre que cumplan respectivamente las especificaciones de UNE-EN 13055-1 y las del Anejo 15 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

En el caso de hormigones autocompactantes, también podrá emplearse como árido un “filler”, entendiendo como tal aquél que, siendo conforme con UNE-EN 12620, su granulometría cumple las especificaciones recogidas en el Anejo 17º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural. En este caso, la suma del contenido total de los finos aportados por los áridos, el cemento, las adiciones y los fillers, debe estar comprendida en el intervalo de 450-600 kg/m3 (180 a 240 litros/m3).

Para usos estructurales, la resistencia a la fragmentación del árido grueso, según UNE-EN 1097-2, no será en ningún caso superior a 40. En el caso de hormigones con resistencias superiores a 50 N/mm2, no será superior a 25.

Cuando el hormigón este destinado a una clase de exposición H o F y el árido fino tenga una absorción superior al 1%, el Contratista recabará del Suministrador los registros de los resultados de ensayo de pérdida de peso al haber sido sometido a cinco ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato magnésico, según UNE-EN 1367-2, que no deberán ser superiores al 15%.

Al objeto de limitar la presencia de sulfuros oxidables, no se utilizarán áridos cuya diferencia entre compuestos totales de azufre y sulfatos solubles en ácidos, ambos expresados en SO3, sea superior a 0,25% a partir de de los resultados obtenidos según UNE-EN 1744-1. Para su comprobación, el resultado de compuestos totales, inicialmente expresado en S, deberá transformarse estequiométricamente a SO3 .

El contenido total de finos que pasan por el tamiz 0,063 UNE-EN 933-1 no será superior en ningún caso a los valores de la Tabla 28.4.1.a de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

En el caso de áridos destinados a hormigones con resistencias superiores a los 50 N/mm2, se deberá disponer de acopios protegidos de la lluvia.

En su caso, el almacenamiento del “filler” utilizado para hormigones autocompactantes se efectuará mediante sistemas similares a los utilizados para el cemento, debiéndose utilizar recipientes o silos impermeables que lo protejan de la humedad y de la contaminación.

El árido fino será rodado. Deberá tener un módulo de finura (suma de cada uno de los porcentajes retenidos en los tamices de la serie 4 – 2 – 1 - 0,5 – 0,25 – 0,125 – 0,063 mm), que esté comprendido entre 2,75 y 3,25. Además, en el árido fino, el contenido máximo de material (finos) que pasa por el tamiz UNE 0,063 será del 5%.

La Dirección de Obra, en función de la presencia o no de arcillas, determinará si ha de haber lavado previo.

A los efectos de garantizar la idoneidad estética y la continuidad de las características cromáticas del hormigón, el Contratista someterá a la aprobación de la Dirección de Obra la utilización de un determinado yacimiento, que asegure la uniformidad en el árido suministrado. Cualquier modificación en las condiciones de suministro deberá ser aprobada previamente por la Dirección de Obra.

Los áridos para hormigón dispondrán del preceptivo marcado CE según la norma UNE-EN 12620.

Productos de adicción

Adicciones

En el ámbito de este artículo, se denominan adiciones aquellos materiales inorgánicos, puzolánicos o con hidraulicidad latente que, finamente divididos, pueden ser añadidos al hormigón con el fin de mejorar alguna de sus propiedades o conferirle propiedades especiales.

Sólo podrán utilizarse como adiciones al hormigón, en el momento de su fabricación, el humo de sílice y las cenizas volantes, salvo en el caso de hormigones autocompactantes en los que también podrá

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emplearse filler calizo. Las cenizas volantes, el humo de sílice y el filler calizo serán conformes a las normas UNE-EN 450-1, UNE-EN 13263-1 y UNE-EN 12620, respectivamente.

Las especificaciones y limitaciones para el empleo en el hormigón de las cenizas volantes y del humo de sílice, serán las recogidas en el artículo 30º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural. En el caso de empleo de filler calizo para hormigones autocompactantes, se estará a lo dispuesto en el Anejo 17 de dicha Instrucción.

El contenido definitivo de adición se determinará durante la fase de ensayos previos. Los porcentajes máximos estimados, respecto del peso de cemento, serán del 5% en el caso del tablero in-situ, las prelosas prefabricadas, así como en los antepechos. En el resto de los elementos, el contenido de humo de sílice podrá incrementarse hasta el 10%.

Previamente a su utilización en obra, y a la vista de las dosificaciones empleadas en los ensayos previos, la Dirección de obra podrá prescribir el empleo de microsílice blanca, al objeto de conseguir el aspecto estético y uniformidad cromática deseada.

Los aditivos y adiciones dispondrán del preceptivo marcado CE según las nomas UNE-EN 934, UNE-EN 12878, UNE-EN-13263 y UNE-EN-15167.

Aditivos

En el ámbito de este artículo, se denominan aditivos a emplear en hormigones aquellos productos que, incorporados a los mismos en pequeña proporción (salvo casos especiales, una cantidad igual o menor del cinco por ciento (5 %) del peso de cemento), antes del amasado, durante el mismo y/o posteriormente en el transcurso de un amasado suplementario, producen las modificaciones deseadas de sus propiedades habituales, de sus características, o de su comportamiento, en estado fresco y/o endurecido. Deberán ser conformes con lo establecido en el artículo 29º de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Salvo indicación previa en contra del Contratista, el Suministrador del hormigón podrá emplear cualquiera de los aditivos incluidos en UNE-EN 934-2, en cuyo caso, su designación será conforme con lo indicado en el dicha norma. La utilización de otros aditivos distintos a los anteriores, requerirá la aprobación previa de la Dirección de obra.

En cualquier momento de la obra, el Contratista podrá solicitar autorización a la Dirección de obra para el uso planificado de aditivos en el hormigón una vez recibido éste en la obra. En caso afirmativo, el Contratista deberá dejar registro escrito de las amasadas en las que se aplica dicha autorización y pondrá en conocimiento del Suministrador dicha circunstancia.

En el caso de empleo de aditivos inclusores de aire, su dosificación deberá cumplir que:

el porcentaje de exudación del agua del hormigón aireado no excederá del sesenta y cinco por ciento (65 %) de la exudación que produce el mismo hormigón sin airear, y

el hormigón aireado presentará una resistencia media superior al ochenta por ciento (80 %) de la que presentaría el mismo hormigón sin airear y dando lugar a una resistencia característica superior, en cualquier caso, a la especificada en el proyecto.

En el caso de hormigones autocompactantes, se utilizará siempre un aditivo superplastificante según UNE EN 934-2 y, en ocasiones, puede ser también conveniente el uso de un aditivo modulador de la viscosidad. En ambos casos, su empleo se realizará después de conocer su compatibilidad con el cemento y las adiciones, mediante los correspondientes ensayos previos, que deberán proporcionar también información sobre el plazo máximo en el que se mantienen las propiedades reológicas para una puesta en obra correcta del hormigón autocompactante. Los aditivos moduladores de viscosidad deben cumplir los requisitos generales incluidos en la Tabla 1 de UNE EN 934-2.

Los equipos empleados para la dosificación, mezcla y homogeneización del aditivo serán los adecuados para que dicha operación se lleve a cabo correctamente.

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La dosificación del aditivo pulverulento se realizará medido en peso, y la del aditivo en pasta o líquido se podrá hacer en peso o en volumen.

La utilización de un aditivo, así como la dosificación del mismo, se decidirá a la vista de los ensayos previos. Se realizarán éstos para cada cemento y aditivo que se pretenda utilizar. Dichos ensayos previos deberán atender, además de otros aspectos mecánicos y de durabilidad, a la compatibilidad cemento-superplastificante y al período de tiempo en el que mantiene su efecto en la trabajabilidad del hormigón.

Deberá conocerse la cantidad de agua que lleva incorporada el aditivo superfluidificante, al objeto de contabilizarla en la dosificación del hormigón.

No se emplearán más de dos tipos de aditivo en el mismo hormigón.

Antes de comenzar la obra, se comprobará en todos los casos el efecto del aditivo sobre las características del hormigón, empleando para ello los ensayos previos. Igualmente se comprobará, en el caso de hormigón para armar, mediante los oportunos ensayos realizados en laboratorio oficial u oficialmente acreditado, la ausencia en la composición del aditivo de productos que puedan favorecer la corrosión de las armaduras, y se determinará el pH y el residuo seco según los procedimientos recogidos en las normas UNE 83952, 83957y UNE 480-8.

Durante la ejecución de la obra se vigilará que los tipos y marcas de aditivo utilizado sean precisamente los aceptados en el párrafo anterior.

Los aditivos y adiciones dispondrán del preceptivo marcado CE según las nomas UNE-EN 934, UNE-EN 12878, UNE-EN-13263 y UNE-EN-15167.

Tipos de hormigón y distintivos de calidad 11.2.3

Los hormigones no fabricados en central sólo se podrán utilizar cuando así lo autorice el Director de las obras, estando en cualquier caso limitada su utilización a hormigones de limpieza o unidades de obra no estructurales.

Será preceptivo lo recogido en el punto 3 del artículo 610 del PG-3/75 y lo que disponga al respecto la Instrucción EHE.

Tipos de hormigón

Los tipos de hormigón a emplear serán los especificados en los planos, y que se resumen a continuación:

ELEMENTO DESIGNACIÓN DE HORMIGÓN

Cargadero HA-25/B/20/IIa

Durante la obra, se comprobará mediante el correspondiente control documental que las dosificaciones empleadas no son diferentes de las declaradas inicialmente a partir de los mencionados ensayos previos.

Además de las prestaciones correspondientes a cada grupo, los hormigones fabricados para cada tipo de elemento deberán cumplir unas prescripciones relativas a su dosificación indicadas en el artículo 37 de la EHE.

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Distintivos de calidad

En este Pliego se reconocen como distintivos que aseguran el cumplimiento de los requisitos reglamentarios establecidos por la “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, aquellos reconocidos por el Ministerio de Fomento.

En el caso de utilizar hormigones con fibras de acero o poliméricas, se dispondrá del preceptivo marcado CE para las fibras utilizadas según la preceptiva norma UNE-EN 14889.

Dosificación del hormigón 11.2.4

La composición de la mezcla deberá estudiarse previamente, con el fin de asegurar que el hormigón resultante tendrá las características mecánicas y de durabilidad necesarias para satisfacer las exigencias del proyecto. Estos estudios se realizarán teniendo en cuenta, en todo lo posible, las condiciones de construcción previstas (diámetros, características superficiales y distribución de armaduras, modo de compactación, dimensiones de las piezas, etc.).

Se prestará especial atención al cumplimiento de la estrategia de durabilidad establecido en el capítulo VII de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.

Será preceptivo lo recogido en el punto 4 del artículo 610 del PG-3/75 y lo que disponga al respecto la Instrucción EHE.

Estudios de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo 11.2.5

Será preceptivo lo recogido en el punto 5 del artículo 610 del PG-3/75 y lo que disponga al respecto la Instrucción EHE.

Actividades previas al encargo del hormigón

Antes de proceder al encargo del hormigón para cualquier parte de la obra, el Contratista deberá comunicar a la Dirección de obra un programa de hormigonado en el que se refleje su división, si procede, en zonas de hormigonado, así como la previsión de:

fechas de hormigonado para cada una de las zonas, volúmenes de hormigonado resultantes, número de unidades de suministro previstas en cada zona tiempo máximo entre suministros para evitar juntas frías no previstas, en su caso, tratamiento de las juntas de hormigonado previstas, medios necesarios para la puesta en obra del hormigón en cada zona, medios previstos para el curado del hormigón, medios previstos para el control del hormigón.

No se encargarán hormigones de consistencias seca o plástica sin la aprobación previa y expresa de la Dirección de obra. En estos casos, se valorará siempre la posibilidad de emplear hormigones de mejor docilidad.

Ejecución 11.2.6

Fabricación y transporte del hormigón

La fabricación y transporte del hormigón se realizará, en aquello que no se recoja en los párrafos siguientes, de acuerdo con las indicaciones del artículo 71 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE). En cualquier caso, los hormigones no fabricados en central sólo se podrán utilizar cuando así lo autorice el Director de las obras, estando en cualquier caso limitada su utilización a hormigones de limpieza o unidades de obra no estructurales.

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El hormigón para colocar in situ durante la obra será fabricado en central. En el caso de una central de hormigón preparado, la selección de ésta deberá comunicarse a la Dirección de obra, previamente al inicio de la misma.

En cualquier caso, la central deberá reunir las siguientes características:

Instalaciones generales adecuadas para el tipo de hormigón que se va a fabricar. Silos independientes para almacenamiento de áridos que eviten su contaminación. Sistemas implementados para determinar la humedad de los áridos. Sistema de control de producción documentado en los correspondientes libros de autocontrol. Los equipos de amasado deberán cumplir los requisitos de la tabla 71.2.4 de la Instrucción EHE. Los sistemas de pesaje de las diversas materias primas deberán cumplir las tolerancias prescritas

en el apartado 71.3.2. de la Instrucción EHE. Sistema de gestión de acopios y de trazabilizad de los materiales de manera que se permita la

identificación de las partidas de materiales empleadas con las amasadas suministradas a la obra, mediante los correspondientes registros de trazabilidad

Sistema para registrar las dosificaciones reales empleadas en cada amasada suministrada a la obra

Para la selección de la central de hormigón preparado, se valorarán favorablemente los siguientes aspectos:

Estar en posesión de la Marca N de AENOR, de conformidad con la norma EA 0034, referente a hormigones designados y fabricados de acuerdo con la Instrucción EHE.

Poseer unas instalaciones de amasado en la central, y no exclusivamente instalaciones de dosificación.

Será preceptivo lo recogido en el punto 6.1 del artículo 610 del PG-3/75.

Entrega del hormigón

La entrega del hormigón deberá regularse de manera que su puesta en obra se efectúe de manera continua. El tiempo transcurrido entre entregas no podrá rebasar, en ningún caso, los treinta minutos (30 min).

Será preceptivo lo recogido en el punto 6.2 del artículo 610 del PG-3/75.

Vertido del hormigón

El Director de las obras podrá modificar el tiempo de puesta en obra del hormigón fijado por la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE), si se emplean productos retardadores de fraguado, pudiendo aumentarlo además cuando se adopten las medidas necesarias para impedir la evaporación del agua, o cuando concurran condiciones favorables de humedad y temperatura.

El Director de las obras dará la autorización para comenzar el hormigonado, una vez verificado que las armaduras están correctamente colocadas en su posición definitiva.

Asimismo, los medios de puesta en obra del hormigón propuestos por el contratista deberán ser aprobados por el Director de las obras antes de su utilización.

No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a dos metros (2 m) quedando prohibido verterlo con palas a gran distancia, distribuirlo con rastrillos, o hacerlo avanzar más de un metro (1 m) dentro de los encofrados. Se procurará siempre que la distribución del hormigón se realice en vertical, evitando proyectar el chorro de vertido sobre armaduras o encofrados.

En el caso de hormigón autocompactante, antes de iniciar el vertido del hormigón, el Contratista justificará los medios adoptados para que los encofrados soporten las leyes de presiones estáticas provocadas por el hormigón que, en este caso, serán superiores a las de un hormigón convencional.

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Así mismo, se prestará especial atención a la estanqueidad de las juntas y la distancia entre el punto de vertido y el de colocación del hormigón no será superior a diez metros (10m).

Cuando se coloque en obra hormigón proyectado mediante métodos neumáticos, se tendrá la precaución de:

que el extremo de la manguera no esté situado a más de tres metros (3 m) del punto de aplicación, que el volumen del hormigón lanzado en cada descarga sea superior a un quinto de metro cúbico

(0,2 m3), que se elimine todo rebote excesivo del material y que el chorro no se dirija directamente sobre las armaduras.

En el caso general de que hormigón vaya a ser bombeado, y muy particularmente en el caso de que además se empleen áridos ligeros, se adoptarán las precauciones necesarias para evitar posibles problemas de segregación.

En losas, el extendido del hormigón se ejecutará por tongadas, dependiendo del espesor de la losa, de forma que el avance se realice en todo el frente del hormigonado.

En vigas, el hormigonado se efectuará avanzando desde los extremos, llenándolas en toda su altura, y procurando que el frente vaya recogido para que no se produzcan segregaciones ni la lechada escurra a lo largo del encofrado.

Cuando esté previsto ejecutar de un modo continuo las pilas y los elementos horizontales apoyados en ellas, se dejarán transcurrir por lo menos dos horas (2 h) antes de proceder a construir dichos elementos horizontales, a fin de que el hormigón de los elementos verticales haya asentado definitivamente.

Al verter el hormigón, se vibrará para que las armaduras queden perfectamente envueltas, cuidando especialmente las zonas en que exista gran cantidad de ellas, y manteniendo siempre los recubrimientos y separaciones de las armaduras especificadas en los planos.

Será preceptivo lo recogido en el punto 6.3 del artículo 610 del PG-3/75 y lo que disponga al respecto la Instrucción EHE.

Compactación del hormigón

La compactación del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones del apartado 71.5.2 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras aprobará, a propuesta del Contratista, el espesor de las tongadas de hormigón, así como la secuencia, distancia y forma de introducción y retirada de los vibradores.

Los vibradores se aplicarán siempre de modo que su efecto se extienda a toda la masa, sin que se produzcan segregaciones locales ni fugas importantes de lechada por las juntas de los encofrados. La compactación será más cuidadosa e intensa junto a los paramentos y rincones del encofrado y en las zonas de fuerte densidad de armaduras, hasta conseguir que la pasta refluya a la superficie.

Si se emplean vibradores de superficie, se aplicarán moviéndolos lentamente, de modo que la superficie del hormigón quede totalmente humedecida.

Si se emplean vibradores sujetos a los encofrados, se cuidará especialmente la rigidez de los encofrados y los dispositivos de anclaje a éstos de los vibradores.

Si se emplean vibradores internos, deberán sumergirse verticalmente en la tongada, de forma que su punta penetre en la tongada adyacente ya vibrada, y se retirarán de forma inclinada. La aguja se introducirá y retirará lentamente y a velocidad constante, recomendándose a este efecto que no se superen los diez centímetros por segundo (10 cm/s).

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La distancia entre puntos de inmersión será la adecuada para dar a toda la superficie de la masa vibrada un aspecto brillante; como norma general será preferible vibrar en muchos puntos por poco tiempo a vibrar en pocos puntos prolongadamente.

Cuando se empleen vibradores de inmersión deberá darse la última pasada de forma que la aguja no toque las armaduras.

Antes de comenzar el hormigonado, se comprobará que existe un número de vibradores suficiente para que, en caso de que se averíe alguno de ellos, puede continuarse el hormigonado hasta la próxima junta prevista.

Hormigonado en condiciones especiales

Hormigonado en tiempo frío

Se cumplirán las prescripciones del artículo 71.5.3.1 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08).

El hormigonado se suspenderá, como norma general, siempre que se prevea que, dentro de las cuarenta y ocho horas (48h) siguientes, la temperatura ambiente puede descender por debajo de los cero grados Celsius (0ºC). A estos efectos, el hecho de que la temperatura registrada a las nueve horas (9 h) de la mañana, hora solar, sea inferior a cuatro grados Celsius (4ºC), puede interpretarse como motivo suficiente para prever que el límite prescrito será alcanzado en el citado plazo.

Las temperaturas podrán rebajarse en tres grados Celsius (3ºC) cuando se trate de elementos de gran masa; o cuando se proteja eficazmente la superficie del hormigón mediante sacos, paja u otros recubrimientos aislantes del frío, con espesor tal que pueda asegurarse que la acción de la helada no afectará al hormigón recién ejecutado; y de forma que la temperatura de su superficie no baje de un grado Celsius bajo cero (-1ºC), la de la masa de hormigón no baje de cinco grados Celsius (+5ºC), y no se vierta el hormigón sobre elementos (armaduras, moldes, etc) cuya temperatura será inferior a cero grados Celsius (0ºC).

La utilización de aditivos anticongelantes requerirá autorización expresa del Director de las obras. No podrán utilizarse jamás productos susceptibles de atacar a las armaduras, en especial los que contengan iones cloro, para el caso de hormigón armado.

En los casos en que por absoluta necesidad, y previa autorización del Director de las obras, se hormigone en tiempo frío con riesgo de heladas, se adoptarán las medidas necesarias para que el fraguado de las masas se realice sin dificultad. En el caso de que se caliente el agua de amasado o los áridos, éstos deberán mezclarse previamente, de manera que la temperatura de la mezcla no sobrepase los cuarenta grados Celsius (40ºC), añadiéndose con posterioridad el cemento en la amasadora. El tiempo de amasado deberá prolongarse hasta conseguir una buena homogeneidad de la masa, sin formación de grumos.

Si no puede garantizarse la eficacia de las medidas adoptadas para evitar que la helada afecte al hormigón, se realizarán los ensayos necesarios para comprobar las resistencias alcanzadas, adoptándose, en su caso las medidas que prescriba el Director de las obras.

Hormigonado en tiempo caluroso

Los sistemas propuestos por el contratista para reducir la temperatura de la masa de hormigón deberán ser aprobados por el Director de las Obras previamente a su utilización.

Se cumplirán las prescripciones del artículo 71.5.3.2 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

En el caso de suministros durante tiempo caluroso, se pondrá especial cuidado en que no se produzca desecación de las amasadas durante el transporte. A tal efecto, si éste dura más de treinta minutos (30 min.) se adoptarán las medidas oportunas, tales como reducir el soleamiento de los elementos de

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transporte (pintándolos de blanco, colocándolos a la sombra, etc.) o amasar con agua fría, para conseguir una consistencia adecuada en obra.

El Contratista adoptará medidas especiales para reducir el riesgo de aparición de fisuras por retracción plástica, especialmente cuando se den las condiciones climatológicas de la siguiente tabla.

Temperatura atmosférica (ºC)

Velocidad del viento (km/h)

Humedad relativa

40 ºC

10 ≤35%

25 ≤45%

40 ≤55%

35 ºC 25 ≤25%

40 ≤35%

Hormigonado en tiempo lluvioso

Si se prevé la posibilidad de lluvia, el Contratista dispondrá toldos u otros medios que protejan el hormigón fresco. Como norma general, el hormigonado se suspenderá en caso de lluvia, adoptándose las medidas necesarias para impedir la entrada del agua a las masas de hormigón fresco.

El Director de las obras aprobará, en su caso, las medidas a adoptar en caso de tiempo lluvioso. Asimismo, ordenará la suspensión del hormigonado cuando estime que no existe garantía de que el proceso se realice correctamente.

Juntas

Las juntas en el hormigón pondrán ser de contracción, dilatación o ambas funciones. Las de dilatación deberán venir definidas en los Planos del Proyecto. Las de contracción y hormigonado se fijarán de acuerdo con el plan de obra y las condiciones climatológicas, pero siempre con antelación al hormigonado.

El Director de las obras aprobará, previamente a su ejecución, la localización de las juntas que no aparezcan en los Planos.

Las juntas creadas por las interrupciones del hormigonado deberán ser perpendiculares a la dirección de los máximos esfuerzos de compresión, y deberán estar situadas donde sus efectos sean menos perjudiciales. Si son muy tendidas se vigilará especialmente la segregación de la masa durante el vibrado de las zonas próximas, y si resulta necesario, se encofrarán. Si el plano de una junta presenta una mala orientación, se demolerá la parte de hormigón que sea necesario para dar a la superficie la dirección apropiada.

Cuando sean de temer los efectos debidos a la retracción, se dejarán las juntas abiertas durante algún tiempo, para que las masas contiguas puedan deformase libremente. La abertura de tales juntas será la necesaria para que, en su día, se puedan hormigonar correctamente.

Al reanudar el hormigonado, se limpiarán las juntas de toda suciedad, lechada o árido suelto y se picarán convenientemente. A continuación, y con la suficiente antelación al hormigonado, se humedecerá la superficie del hormigón endurecido, saturándolo sin encharcarlo. Seguidamente se reanudará el hormigonado, cuidando especialmente la compactación en las proximidades de la junta.

Curado del hormigón

Durante el fraguado y primer período de endurecimiento, se someterá al hormigón a un proceso de curado que se prolongará a lo largo del plazo que resulte de aplicar las indicaciones del artículo 71.6 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

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En función las condiciones climatológicas existentes durante la operación de curado, se calculará la duración de éste, conforme al contenido en los comentarios al Artículo 71.6 de la Instrucción EHE. En el caso de empleo de humo de sílice, se adoptará un valor para el parámetro D1 =1. En ningún caso la duración de curado será inferior a cuatro días.

El curado se efectuará mediante aporte de agua sobre las superficies externas del hormigón, al objeto de evitar que éste sufra pérdidas de agua. Durante los primeros tres días, se extremarán las precauciones en este sentido recurriendo a sistemas de riego automático. No se permitirán sistemas de riego que puedan provocar lavado de la superficie del hormigón.

Podrán utilizarse otros sistemas de curado que cumplan el artículo 71.6 de la Instrucción EHE, previa autorización del Director de obra.

Los procedimientos de curado serán tales que no produzcan ningún tipo de daño en superficie, cuando esta haya de quedar vista, ni supongan la aportación de sustancias perjudiciales para el hormigón. Podrán utilizarse como procedimientos de curado, el riego directo con agua (evitando que se produzca el deslavado del hormigón), la disposición de arpilleras, esterillas de paja u otros tejidos análogos con alto poder de retención de humedad, láminas de plástico y productos filmógenos de curado, de forma que la velocidad de evaporación no supere en ningún caso el medio litro por metro cuadrado y hora (0,50 l/m2/h).

Cuando el hormigonado se efectúe a temperatura superior a cuarenta grados Celsius (40ºC), deberá curarse el hormigón por vía húmeda. El proceso de curado deberá prolongarse sin interrupción durante al menos diez días (10 d).

Las superficies de hormigón cubiertas por encofrados de madera o de metal expuestos al soleamiento se mantendrán húmedas hasta que puedan ser desmontadas, momento en el cual se comenzará a curar el hormigón.

En el caso de utilizar el calor como agente de curado para acelerar el endurecimiento, se vigilará que la temperatura no sobrepase los setenta y cinco grados Celsius (75ºC), y que la velocidad de calentamiento y enfriamiento no exceda de veinte grados Celsius por hora (20ºC/h). Este ciclo deberá ser ajustado experimentalmente de acuerdo con el tipo de cemento utilizado.

Cuando para el curado se utilicen productos filmógenos, las superficies del hormigón se recubrirán, por pulverización, con un producto que cumpla las condiciones estipuladas en artículo “Productos filmógenos de curado” del presente Pliego

La aplicación del producto se efectuará tan pronto como haya quedado acabada la superficie, antes del primer endurecimiento del hormigón. No se utilizará el producto de curado sobre superficies de hormigón sobre las que se vaya de adherir hormigón adicional u otro material, salvo que se demuestre que el producto de curado no perjudica la adherencia, o a menos que se tomen medidas para eliminar el producto de las zonas de adherencia.

El Director de las obras autorizará en su caso la utilización de técnicas especiales de curado, que se aplicarán de acuerdo con las normas de buena práctica de dichas técnicas.

El Director de las obras dará la autorización previa para la utilización de curado al vapor, así como del procedimiento que se vaya a seguir, de acuerdo con las prescripciones incluidas en este apartado.

Si el rigor de la temperatura lo requiere, el Director de las obras podrá exigir la colocación de protecciones suplementarias, que proporcionen el debido aislamiento térmico al hormigón y garanticen un correcto proceso de curado.

Control del hormigón de los elementos prefabricados

Todos los elementos prefabricados deberán cumplir la totalidad de los requisitos definidos para ellos, tanto en lo relativo a su dosificación, como a sus prestaciones adicionales.

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Todas las piezas prefabricadas deberán suministrarse a la obra correctamente identificada y acompañada de la correspondiente hoja de suministro, firmada por persona física, y cuyo contenido deberá ser, al menos, el siguiente:

Identificación de la pieza; Fecha de fabricación; Fecha de suministro; Designación del hormigón de la pieza; Lote de fabricación al que pertenece; Referencia de identificación del informe de los ensayos previos correspondientes; Resultados de los ensayos correspondientes al lote en el control de producción; Tipo, marca y clase del cemento; Tipo, marca y dosificación del humo de sílice, en su caso; Tipo de aditivo, en su caso, o indicación expresa de que no lo contiene; Dosificación real del hormigón empleado, con tolerancias de ±15 kg para el contenido de cemento,

y de ±0,02 para la relación agua/cemento; Recubrimientos garantizados; y Nombre de la persona física responsable que firma la hoja de suministro.

Control de calidad 11.2.7

Los procesos de ejecución relacionados con la puesta en obra del hormigón se controlarán de acuerdo con lo indicado en la vigente Instrucción EHE para el control a nivel intenso.

La conformidad de un hormigón con lo establecido en el proyecto se comprobará durante su recepción en la obra, e incluirá su comportamiento en relación con la docilidad, la durabilidad y la resistencia. Se seguirán las indicaciones del artículo 86º de la EHE-08.

Controles previos a la colocación del hormigón

Antes de proceder al encargo del hormigón, el Contratista, o en su caso la Dirección de obra, podrá efectuar una comprobación de las instalaciones de la central, de acuerdo con lo indicado en el apartado 86.4.2 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE). Esta comprobación será obligatoria para el Contratista en cualquiera de los siguientes casos:

centrales de obra, hormigones especiales (de fibras, reciclados, de árido ligero, autocompactantes, etc.), hormigones con resistencias características superiores a 40 N/mm2, hormigones destinados a estructuras con alzados de altura superior a 10 metros o superficies de

tablero superiores a los 2500 m2.

En el caso de hormigones fabricados en centrales de obra, en el caso de hormigones especiales o cuando las resistencias tipificadas sean superiores a 40 N/mm2 , sin distintivo de calidad oficialmente reconocido y suministrados desde una central sin amasadora, el Contratista deberá comprobar que el coeficiente de variación de la producción es inferior al 13% con una probabilidad de aceptación de 0,50. Para ello, a partir de los registros del control de producción de la central, será suficiente comprobar que el coeficiente de variación, definido como la relación entre la desviación típica y la media de una muestra no es superior a cualquiera de los siguientes valores:

0,127 en el caso de que la muestra considerada sea de los 15 resultados anteriores 0,129, en el caso de que la muestra considerada sea de los 35 resultados anteriores.

El Contratista repetirá la comprobación anterior con frecuencia semanal durante el tiempo de suministro del hormigón.

En el caso de que se produjera un incumplimiento de los valores establecidos, con una diferencia que sea superior a 0,003 se procederá a parar el suministro, estudiando el Contratista las medidas a

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considerar (cambio de central de suministro, modificación de los procesos de producción, etc.), de lo que deberá informar oportunamente a la Dirección de obra. No se reiniciará el suministro hasta que no se haya obtenido resultados satisfactorios de la comprobación de la uniformidad del hormigón en la repetición de nuevos ensayos característicos, de acuerdo con lo indicado en el apartado de este Pliego.

En el caso de que la diferencia obtenida en el incumplimiento fuera inferior a 0,003, se repetirá la determinación a la semana siguiente y, en caso de repetirse el incumplimiento, se procederá a para el suministro, actuando de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior.

El control de recepción de los materiales componentes es responsabilidad del Suministrador de hormigón, independientemente de que la central este ubicada o no en la obra. Antes del encargo del hormigón, el Contratista solicitará al Suministrador del hormigón las evidencias documentales y, en su caso, los registros de ensayos, utilizados para la recepción de los materiales componentes.

En el caso de que el Suministrador tenga que cambiar cualquiera de los materiales componentes, deberá comunicárselo previamente al Constructor, que comprobará la correspondiente documentación antes de aceptar que se inicie el suministro con los nuevos componentes. La Dirección de Obra podrá recabar las evidencias documentales de la conformidad de dichos materiales en cualquier momento de la obra, sin perjuicio de que el Contratista las incorpore a la documentación final de la obra.

Antes del inicio del suministro del hormigón, se establece un punto de parada hasta que la Dirección de Obra haya dado su conformidad a:

la documentación aportada por el Contratista en relación con el hormigón, sus componentes y el Suministrador,

el programa de hormigonado presentado por el Contratista. la idoneidad de la cimbra la estanqueidad de las juntas del encofrado y la limpieza de la superficie que va a estar en

contacto con el hormigón, el replanteo de las armaduras activas, en su caso, y el montaje de las armaduras pasivas dispuestas en las zonas que se va a hormigonar, de acuerdo

con lo indicado en el artículo “Armaduras a emplear en hormigón armado” de este Pliego y con la disposición y recubrimientos reflejados en los planos del proyecto.

Control de la conformidad en la docilidad del hormigón

La docilidad del hormigón se comprobará mediante la determinación de la consistencia del hormigón fresco por el método del asentamiento, según UNE-EN 12350-3.

Control de las especificaciones relativas a la durabilidad del hormigón

Control de la profundidad de penetración del agua, bajo presión en el hormigón, se ensayará según UNE-EN 12390-8. Antes de iniciar el ensayo, se someterá a las probetas a un periodo de secado previo de 72 horas en una estufa de tiro forzado a una temperatura de 50±5 ºC.

Ensayos de resistencia del hormigón

La resistencia del hormigón se comprobará mediante ensayos de resistencia a compresión efectuados sobre probetas fabricadas y curadas según UNE-EN 12390-2.

Se efectuarán los ensayos sobre N amasadas diferentes, con dos probetas por amasada, ejecutadas, conservadas y ensayadas según se refiere en el Art. 86º de la Instrucción EHE-08.

De las tres modalidades de control que ofrece el Art. 86º de la Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08, se aplicará a esta obra la modalidad de control estadístico. Con esta modalidad se conoce la resistencia de sólo una fracción de las amasadas puestas en obra. Esto equivale a priori a no contemplar en este documento el control total (control al 100%) por el elevado número de probetas

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que implica confeccionar, conservar y romper, la complejidad de todo orden que supone para la obra y el desproporcionado costo del control.

Una vez efectuados los ensayos, se ordenarán los valores medios, Xi, de las determinaciones de resistencia obtenidas para cada una de las N amasadas controladas:

x1 x2…..<=XN

Tabla Límites máximos para el establecimiento de los lotes:

Límite superior

Tipo de elementos estructurales

Estructuras con

Elementos

comprimidos

Estructuras con elementos sometidos flexión

Macizos

Volumen de hormigón

100m3 100m3 100m3

Número de amasadas

50 50 100

Tiempo de hormigonado

2 semanas 2 semanas 1 semana

Superficie construida

500m2 1000m2 -

El control se realizará determinando la resistencia de “N” amasadas por lote, siendo:

Para hormigones con distintivos de calidad oficialmente reconocido con nivel de garantía conforme con el apartado 5.1 del anejo 19 de la EHE-08.

Si fck 30 N/mm2..............................N>=1

35N/mm2 fck 50 N/mm2……...N>=1 fck >50N/mm2……………… …...N>=2 Para el resto de los casos:

Si fck 30 N/mm2..............................N>=3

35N/mm2 fck 50 N/mm2……...N >=4 fck >50N/mm2……………… …...N >=6

Ensayos característicos del hormigón

En cumplimiento del artículo 610.7, correspondiente a la modificación del artículo 610 del PG-3 por la ORDEN FOM/475/2002 de 13 de febrero, se establece a continuación el Plan de Control de la ejecución, en función de los elementos y materiales que forman el presente proyecto, y teniendo en cuenta las indicaciones expresadas anteriormente.

Los volúmenes de hormigón sometidos a control son los que se reflejan en la tabla siguiente, divididos por elementos y estructura.

Teniendo en cuenta los límites máximos para el establecimiento de lotes de la tabla 86.5.4.1 de la EHE-08, se ha dividido la obra en un número de lotes, tomando el valor 100 m³, como tamaño máximo del lote, siempre que se tenga en cuenta que no deben transcurrir más de dos semanas entre el hormigonado de elementos de un mismo lote.

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Para la determinación de amasadas se han considerado que el hormigón dispone de sello de calidad oficialmente reconocido.

El número de probetas de cada serie de amasadas será de 5, realizando el ensayo de rotura a compresión a 7 días en dos de ellas, a 28 días en otras dos y a 90 días en la probeta restante.

Al comienzo de la obra, el contratista presentará el Plan de Control de materiales, siendo los valores mínimos a realizar los que se muestran en la tabla siguiente, obtenidos según las indicaciones anteriores:

Tipo de hormigón

Volumen (m3)

Nº lotes Nº amasadas

Nº probetas

Nº probetas rotura a 7 días

Nº probetas rotura a 28 días

Nº probetas rotura a 90 días

HA-25 8.43 1 1 5 2 2 1

Especificaciones de la unidad terminada 11.2.8

Tolerancias

Las superficies de hormigón deberán quedar terminadas de forma que presenten buen aspecto, sin defectos o rugosidades que requieran la necesidad de un enlucido posterior, que en ningún caso, deberán aplicarse sin previa autorización del Director de las obras.

La máxima flecha o irregularidad que deben presentar los paramentos, medida respecto de una regla de dos metros (2 m) de longitud aplicada en cualquier dirección, será la siguiente:

Superficies vistas: cinco milímetros (5 mm). Superficies ocultas: diez milímetros (10 mm).

Reparación de defectos

Los defectos que hayan podido producirse al hormigonar deberán ser comunicados al Director de las obras, junto con el método propuesto para su reparación. Una vez aprobado éste, se procederá a efectuar la reparación en el menor tiempo posible.

Las zonas reparadas deberán curarse rápidamente. Si es necesario, se protegerán con lienzos o arpilleras para que el riego no perjudique al acabado superficial de esas zonas.

Recepción 11.2.9

No se procederá a la recepción de la unidad de obra terminada hasta que se satisfaga el cumplimiento de las tolerancias exigidas, el resultado de los ensayos de control sea favorable y se haya efectuado, en su caso, la reparación adecuada de los defectos existentes.

Medición y abono 11.2.10

El hormigón se medirá y abonará por metro cúbico (m3) en función de cada uno de los tipos realmente colocados en obra, medidos sobre los planos de construcción, salvo el de los elementos prefabricados, que queda incluido en el precio de ellos.

En el precio van incluidos siempre los servicios y costos de curado de hormigón.

El cemento, áridos, agua, aditivos y adiciones, así como la fabricación, transporte y vertido del hormigón, quedan incluidas en el precio unitario del hormigón, así como su compactación, ejecución de juntas, curado y acabado.

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No se abonarán las operaciones que sea preciso efectuar para limpiar, enlucir y reparar las superficies de hormigón en las que se acusen irregularidades de los encofrados superiores a las toleradas o que presenten defectos.

El precio incluye todos los materiales, mano de obra, maquinaria, medios auxiliares y todas las operaciones que sean necesarias para la completa ejecución de cada unidad.

Especificaciones técnicas y distintivos de calidad 11.2.11

Será preceptivo lo recogido en el punto 11 del artículo 610 del PG-3/75 y lo que disponga al respecto la Instrucción EHE.

11.3 Elementos prefabricados de hormigón armado

Definición 11.3.1

Se definen como elementos prefabricados de hormigón armado los ejecutados con este material fuera de su lugar de emplazamiento en la estructura, en instalaciones fijas adecuadas para la fabricación en serie con altos niveles de calidad y posteriormente transportados y colocados en su ubicación definitiva.

Condiciones generales y lugar de utilización 11.3.2

Las formas, cuantías y detalles de los diferentes elementos prefabricados serán los indicados en los planos. No se admitirá, salvo decisión expresa por parte de la Dirección de obra, ninguna modificación de las formas que afecte a la apariencia externa de la obra tal y como se define en los planos.

Cualquier otra modificación de las cuantías, resistencias de los materiales, detalles o proceso constructivo definidos en Proyecto podrá someterse por parte del Contratista a la aceptación de la Dirección de obra, siempre que esté justificada técnicamente y no suponga menoscabo alguno en la calidad y durabilidad de la obra.

El contratista elaborará un plan de montaje en el que se definan los medios auxiliares previstos. Además, el plan de montaje incluirá la verificación estructural de los elementos prefabricados durante el transporte, izado y colocación en obra.

Independientemente de lo que sigue, la Dirección de obra podrá ordenar la toma de muestras de materiales para su ensayo, y la inspección de los procesos de fabricación, siempre que lo considere necesario.

El diseño estructural de los elementos será acorde con el Artículo 59° Estructuras construidas con elementos prefabricados de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE..

En el presente proyecto encontramos los siguientes elementos prefabricados:

Prelosas pretensadas de hormigón HP-45 y espesor 5cm para apoyo de la losa de rampa

Requisitos 11.3.3

Los elementos prefabricados deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Deben ser capaces de resistir correctamente los efectos de las acciones que actúan sobre ellos. Deben ser estables, tanto en fase definitiva como durante todas las fases de montaje que

aparezcan en función del proceso de ejecución previsto. Deben cumplir los requisitos de durabilidad indicados en el presente proyecto, en función de la

ubicación y funcionalidad del elemento estructural. Deben poder ser transportados y montados con los medios auxiliares necesarios, en función del

proceso de ejecución previsto.

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Su dimensionamiento debe estar avalados por unos cálculos justificativos firmados por un técnico competente.

Debe poder asegurarse la trazabilidad de todos sus componentes y materiales.

Materiales 11.3.4

Los materiales empleados en la fabricación de los elementos prefabricados de hormigón armado cumplirán las prescripciones descritas en este Pliego ( encofrado, acero activo según artículo 601 del Pliego de Prescripciones PG-3/75 , acero pasivo y hormigón) y en el Instrucción de Hormigón Estructural EHE.

Ejecución 11.3.5

Previamente a la ejecución, el Contratista presentará, para su aceptación, a la Dirección de obra una propuesta relativa a la empresa elegida para ejecutar los elementos prefabricados, documentando la experiencia y capacidad de dicha empresa para efectuar dicha tarea. Se adjuntarán los procedimientos de la prefabricación, almacenamiento y montaje propuestos por dicha empresa para los elementos incluidos en la obra.

Los procedimientos presentados deberán garantizar la trazabilidad, cumplirán con lo indicado en el Artículo 91° Control de los elementos prefabricados de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural y describirán cada una de las operaciones en que se subdivida la fabricación, transporte y montaje – incluyendo planos de taller transporte y montaje -, así como los controles de calidad correspondientes, cuyos resultados serán recogidos en un dossier que acompañará al elemento prefabricado en el momento de la recepción. En dicho dossier se incluirá al menos la siguiente información:

Certificado de ensayos de los materiales utilizados, con identificación de lotes y garantía de trazabilidad.

En su caso, fecha de tesado, resistencia del hormigón en dicho momento, medición de alargamientos y certificado de calibración de gatos.

Procedimiento de curado Medición de deformaciones previas al transporte con objeto de garantizar que las mismas están

dentro de las tolerancias de montaje establecidas en el Pliego de Prescripciones Particulares del Proyecto.

Todos los informes incluidos en dicho dossier estarán firmados por un técnico competente.

Por otra parte, el transporte, descarga, manipulación, acopio, montaje y ejecución de uniones de elementos prefabricados cumplirá con lo especificado en el Artículo 76° Elementos prefabricados de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Almacenamiento 11.3.6

Adicionalmente a lo especificado en el párrafo anterior, los elementos prefabricados se almacenarán en obra en su posición normal de trabajo, sobre apoyos de suficiente extensión, evitando el contacto con el terreno o con cualquier producto que los pueda manchar o deteriorar. En cualquier caso, la disposición de apoyos provisionales deberá ser la prevista en los planos de transporte y montaje. En el caso de transporte por barco, se verificará la integridad estructural de estos elementos en el caso en que puedan producirse aceleraciones verticales que reduzcan o anulen el peso propio del hormigón.

Por otra parte, se evitará tener los elementos prefabricados almacenados en obra durante periodos prolongados debido a riesgo de que se desarrollen deformaciones diferidas excesivas. Si se prevé que este puede ser el caso, se tomarán medidas para minimizar el desarrollo de estas flechas diferidas, por ejemplo mediante la disposición de contrapesos.

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Recepción 11.3.7

Los elementos prefabricados no deben presentar rebabas que sean indicio de pérdidas graves de lechada, ni más de tres coqueras en una zona de diez decímetros cuadrados (0.1 m2) de paramento, ni coquera alguna que deje vistas las armaduras.

Tampoco presentaran superficies deslavadas o aristas descantilladas, señales de discontinuidad en el hormigonado o armaduras visibles.

Salvo autorización de la Dirección de obra, no se aceptarán elementos prefabricados con fisuras de más de una décima de milímetro (0.1 mm) de ancho, o con fisuras de retracción de más de dos centímetros (2 cm) de longitud.

En elementos prefabricados lineales, la comba lateral máxima, medida en forma de flecha horizontal, no será superior al quinientosavo (1/500) de la longitud del elemento.

La contraflecha bajo la acción del peso propio, medida en los elementos lineales en condiciones normales de apoyo, no será superior al trescientosavo (1/300) de la luz del elemento para luces de hasta diez metros (10 m), y al quinientosavo (1/500) para luces mayores.

La Dirección de obra podrá ordenar la comprobación, mediante ensayo de un determinado número de elementos, de las características mecánicas y, en particular, del módulo de flecha, momentos de fisuración y rotura y esfuerzo cortante de rotura, sobre un cierto número de elementos.

En el caso de fustes de pilas se medirá la desviación de los elementos de la línea recta debiendo ser ésta inferior al mayor valor de la dimensión del fuste dividida por veinte (20) o dos centímetros (2 cm).

Adicionalmente, el Contratista proporcionará a la Dirección de obra el dossier descrito en la introducción a este apartado sobre cada elemento prefabricado en donde se recogerán todos los controles efectuados de acuerdo con el procedimiento presentado por el Contratista y aprobado por la Dirección de obra. No se procederá a recepcionar ningún elemento que carezca de esta documentación.

Inspección visual 11.3.8

Previamente a la aceptación de los elementos prefabricados se realizará un examen visual del aspecto general de los mismos, se comprobarán sus dimensiones y la rectitud de los elementos lineales.

Todos los elementos prefabricados deberán llevar marcados al menos los siguientes datos:

marca de fábrica y fecha de fabricación; tipo de elemento; luz y longitud; y si es necesario, su posición en la estructura.

Estas marcas se realizarán de modo que se asegure su permanencia y se colocarán en un lugar de elemento que no quede visible en la ubicación definitiva del mismo.

Control de calidad 11.3.9

Además de las prescripciones del artículo “Hormigones” del presente Pliego, los elementos prefabricados serán sometidos a un control dimensional en su lugar de acopio antes del montaje. La extensión de este control abarcará una pieza de cada cinco de iguales características. Las tolerancias dimensionales de los elementos prefabricados serán las siguientes:

Anchura +8 mm/-4 mm Longitud +10 mm/-10 mm Otras dimensiones +3 mm/-3 mm

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En cuanto al color y textura de las superficies vistas de hormigón, se seguirán las prescripciones del artículo “Hormigón” del presente Pliego o lo indicado en su defecto por el Director de la obra.

Medición y abono 11.3.10

Los elementos prefabricados de hormigón armado se abonarán por:

metros (m) en elementos lineales como vigas e impostas; metros cuadrados (m2) en elementos tipo placa como losas y prelosas;

realmente colocados en obra y medidos sobre plano .

La unidad incluye, además de todos los materiales propios de la pieza, la ejecución, transporte y colocación, parte proporcional de moldes, anclajes con materiales de asiento, relleno de los cajeados de anclaje, juntas y en general todos los materiales y operaciones necesarias para la correcta ejecución de la unidad de obra de acuerdo a planos.

En todos los casos, la unidad incluye los siguientes conceptos:

Proyecto específico del elemento prefabricado Ejecución de planos de taller y montaje Apoyos provisionales de montaje, y apoyos en bandas elastoméricas definitivas o en mesetas de

mortero en caso de definirlo así el PPTP. Todos los materiales, medios auxiliares y operaciones hasta la completa colocación en obra en su

posición definitiva. Juntas de sellado entre elementos prefabricados Pruebas de colores y acabados Control de calidad

11.4 Obras de hormigón en masa o armado

Definición 11.4.1

Se definen como obras de hormigón en masa o armado, aquellas en las cuales se utiliza como material fundamental el hormigón, reforzado en su caso con armaduras de acero que colaboran con el hormigón para resistir los esfuerzos. No se consideran incluidos en este artículo ni las bases de hormigón ni las aceras de hormigón hidráulico.

Será preceptivo lo recogido en el punto 1 del artículo 630 del PG-3/75, así como el artículo 35.11 del PCTG del Ayuntamiento de Madrid.

Materiales 11.4.2

Los materiales empleados en la fabricación de hormigones en masa o armado cumplirán con las especificaciones “Encofrados y moldes”, “Hormigón” y “Armaduras pasivas de hormigón armado”.

Ejecución 11.4.3

La ejecución de las obras de hormigón en masa o armado incluye las operaciones siguientes:

Colocación de apeos y cimbras. Según artículo, "Apeos y cimbras", del presente pliego. Colocación de encofrados. Según artículo, "Encofrados y moldes" , del presente pliego. Colocación de armaduras. Según artículo, "Armaduras a emplear en hormigón armado", del

presente pliego. Dosificación y fabricación del hormigón. Según artículo, "Hormigones", del presente pliego. Transporte del hormigón. Según artículo, "Hormigones" del presente pliego. Vertido del hormigón. Según artículo, "Hormigones", del presente pliego.

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Compactación del hormigón. Según artículo, "Hormigones" del presente pliego. Hormigonado en condiciones especiales. Según artículo, "Hormigones", del presente pliego. Juntas. Según artículo, "Hormigones", del presente pliego. Curado. Según artículo, "Hormigones", del presente pliego. Desencofrado. Según artículo, "Encofrados y moldes", del presente pliego. Descimbrado. Según artículo, "Apeos y cimbras", del presente pliego. Reparación de defectos. Según artículo , "Hormigones", del presente pliego.

Control de la ejecución 11.4.4

Será preceptivo lo recogido en el punto 4 del artículo 630 del PG-3/75.

Medición y abono 11.4.5

Las obras de hormigón en masa o armado, se medirán y abonarán según las distintas unidades que lo incluyan.

No se abonarán las operaciones que sea preciso efectuar para limpiar o reparar las obras en las que se acusen defectos.

11.5 estructuras de madera

Definición 11.5.1

Sistema estructural diseñado con elementos de madera, que debidamente calculados y unidos entre sí, formaran un entramado resistente a las solicitaciones que puedan incidir sobre la edificación o estructura.

En el presente proyecto se empleará madera laminada encolada de los tipos GL24h y GL28c según norma EN 1480 para componer la estructura de la pasarela peatonal.

Los pasamanos, barandilla y tarima también serán de madera.

La tarima será antideslizante.

La estructura estará formada por vigas principales, correas y arriostramientos unidos mediante conectores y elementos de fijación de acero galvanizado.

La madera dispondrá de un tratamiento en autoclave para Clase III, garantizando la protección de madera a la intemperie sin contacto con la humedad de la tierra, expuesta a agentes atmosféricos y humidificación frecuente. A los cantos de las piezas, se le dará una mano del mismo producto químico aplicado en autoclave o bien, se tratará en autoclave después de cortar las piezas para posibilitar que el tratamiento llegue al centro de las piezas.

Después de la mecanización de los elementos de madera, serán sometidos a un tratamiento con LASUR

Materiales y componentes 11.5.2

Madera maciza

Madera aserrada

Clase resistente según las diferentes clases arbóreas, (CTE DB-SE-M).

En las tablas E.1 y E.2 del CTE DB-SE-M se recogen los valores de las propiedades de resistencia, rigidez y densidad permitiendo que especificada una clase resistente, se pueda utilizar, en el cálculo, los valores de dichas tablas.

a) coníferas y chopo: C14, C16, C18, C20, C22, C24, C27, C30, C35, C40, C45 y C50; b) frondosas: D30, D35, D40, D50, D60 y D70.

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Se establece para la madera aserrada, la asignación de clase resistente, en función de la calidad según la norma de clasificación la especie arbórea y la procedencia considerada. Tiene carácter informativo y no exhaustivo, Tabla C.1 del Anejo C del CTE DB-SE-M.

Con carácter informativo y operativo. En la tabla C.2 Anejo C del CTE DB SE-M se incluye una selección del contenido de la norma UNE 56544:2011 relativa a la asignación de clase resistente a la madera aserrada.

Y por último en la tabla C.3, CTE DB SE-M, se incluye la relación de las especies arbóreas, citadas en la Tabla C.1, indicando el nombre botánico, y su procedencia. Otras denominaciones posibles de las especies arbóreas, locales o comerciales, se identificarán por su nombre botánico

Madera de rollizo

Utilizadas en sistemas rústicos para la formación de forjados y en la construcción de armaduras de correas o de pares.

Se tratará de reducir los movimientos del material causados por la variación de humedad, para lo que se procurará que el contenido de humedad de la madera se corresponda a la humedad de utilización, siempre que el proceso de fabricación lo permita.

Madera laminada encolada

Piezas estructurales formadas mediante encolado de láminas de madera con dirección de la fibra sensiblemente paralela. Podrá estar fabricada con las maderas que se recogen en la norma UNE-EN 386: Madera laminada encolada. Requisitos de fabricación. Especificaciones y requisitos mínimos de fabricación, o en UNE-EN 14080:2013 Estructuras de madera. Madera laminada encolada y madera maciza encolada.

Requisitos

Las uniones dentadas para piezas enteras fabricadas de acuerdo con la norma UNE-EN 387, o UNE-EN 14080:2013, no deberán utilizarse en clase de servicio 3 cuando en la unión cambia la dirección de la fibra.

Cada lámina presentará un contenido de humedad comprendido entre el 8 y el 15%. Con una variación del contenido de humedad de las láminas de una misma pieza que no exceda el 4%. En las normas EN 13183, y la UNE-EN 13183-3:2006 se recogen los procesos para la comprobación del contenido de humedad.

En el CTE BB- SE-M se clasifica según la clase resistente, para su uso estructural, pudiéndose determinar según el apartado D.2:

Experimentalmente, mediante ensayos normalizados (CTE DB SE-M apartado D.2) Teóricamente según CTE DB SE-M, apartado D.3, a partir de las propiedades de las láminas de

madera. Los valores de las propiedades de la madera laminada encolada que se clasifique según este apartado son mayores, o iguales, a los que corresponden para la clase resistente asignada, permitiendo al proyectista que, especificada una Clase Resistente, pueda utilizar, en el cálculo, los valores de las propiedades de resistencia, rigidez y densidad que se asocie a ella.

Clases resistentes

a) de la madera laminada encolada homogénea: GL24h, GL28h, GL32h y GL36h; b) de la madera laminada encolada combinada: GL24c, GL28c, GL32c y GL36c;

En la tabla D.1 del CTE-DB-SE-M se expresa la asignación de clases resistentes de la madera laminada encolada, y en el apartado D.4, Tabla D.2 del mismo documento, se incluyen las

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correspondencias conocidas entre las clases resistentes de madera laminada encolada y de madera aserrada usada en las láminas.

Para que obtenga la asignación de clase resistente a la madera laminada encolada se deberán realizar los ensayos de acuerdo con las normas UNE-EN 408:2011+A1:2012 y UNE-EN 1194, o la UNE-EN 14080:2013. Los valores obtenidos de las propiedades, mediante ensayos, deberán ser superiores, o iguales, a los correspondientes a la clase resistente a asignar.

Asignación de clase resistente a la madera laminada encolada mediante ensayos se obtiene mediante cálculo aplicando las expresiones matemáticas que figuran en la norma UNE-EN 1194, o la UNE-EN 14080:2013, para lo cual es preciso conocer, previamente, los valores característicos de las propiedades de la madera aserrada a utilizar en las láminas, de acuerdo con lo establecido en el anejo E, CTE DB SE-M.

En madera laminada combinada las expresiones se aplican a las propiedades de las partes individuales de la sección transversal. El análisis de las tensiones puede realizarse basándose en la hipótesis de la deformación plana de la sección. La comprobación de la resistencia deberá realizarse en todos los puntos relevantes de la sección transversal. Los valores de las propiedades obtenidos mediante las expresiones que figuran en la norma UNE-EN 14080:2013, deberán ser superiores o iguales a los correspondientes a la clase resistente a asignar.

La asignación de la clase resistente, con respecto a los valores de las propiedades de resistencia, rigidez y densidad asociadas se hará de acuerdo con las indicaciones del CTE, DB-SE-M, Anejo E, Tabla E.3 para la madera laminada encolada homogénea y Tabla E.4 para la madera laminada encolada combinada.

Los requisitos mínimos de fabricación se indican en la norma UNE 386 Madera laminada encolada. Especificaciones y requisitos mínimos de fabricación

Adhesivos

La documentación técnica del adhesivo recogerá las prescripciones de uso e incompatibilidades. El encolado de piezas de madera de especies diferentes o de materiales derivados de la madera variados (sobre todo si los coeficientes de contracción son diferentes) requiere un conocimiento específico sobre su viabilidad.

Los adhesivos utilizados en madera para uso estructural y su adecuación a la clase de servicio se recogen en la tabla 4.1 del CTE DB SE-M. Los adhesivos utilizados en la fabricación de elementos estructurales de madera se deberá ajustar a las normas UNE-EN 301:2014 y UNE-EN 12436: 2002 y UNE-EN 12436:2002 ERRATUM:2005.

En el material se indicará de forma visible que el adhesivo es apto para uso estructural, así como para qué clases de servicio es apto.

Los adhesivos que cumplan las especificaciones para el Tipo I, definidas en UNE-EN 301:2014, pueden utilizarse en todas las clases de servicio, y los que cumplan las especificaciones para el Tipo II únicamente en la clase de servicio 1 ó 2 y nunca expuestos de forma prolongada a temperaturas superiores a los 50 °C.

Uniones

Las uniones de piezas estructurales de madera se harán mediante:

Elementos mecánicos:

fijación de tipo clavija (clavos, pernos, pasadores, tirafondos y grapas); fijación de tipo conectores;

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Para las uniones tipo clavijas, se estará a lo dispuesto en el CTE, DB SE-M, apartado 8.3; uniones con clavos, apartado 8.3.2., estableciéndose en la tabla 8.2 la separación y distancias mínimas; uniones con grapas, apartado 8.3.3, del DB SE-M., estableciéndose en la tabla 8.3, las separaciones y distancias mínimas en grapas; uniones con pernos, apartado 8.3.4 del DB SE-M., estableciéndose en la tabla 8.5, las separaciones y distancias mínimas; uniones con pasadores, apartado 8.3.5.; uniones con tirafondos, apartado 8.3.6., estableciéndose en la tabla 8.6, las separaciones y distancias mínimas al borde para tirafondos.

Para uniones con conectores se estará a lo dispuesto en el CTE DB SE-M, apartado 8.4, estableciéndose en la tabla 8.8 las separaciones y distancias mínimas para conectores de anillo y de placa.

Uniones tradicionales

Las uniones tradicionales, también denominadas carpinteras o uniones por contacto, transmiten las fuerzas mediante tensiones de compresión localizada y de cortante entre las mismas piezas de madera mediante el corte y mecanización adecuados. El material aportado (Generalmente herrajes en forma de pletinas y otros elementos de fijación) es muy reducido y su función es la de mantener en posición las uniones. En algunos casos pueden servir para refuerzo de la unión o para resistir una inversión de la solicitación.

Elementos mecánicos de fijación

Los elementos mecánicos de fijación contemplados en este DB para la realización de las uniones son:

De tipo clavija: clavos de fuste liso o con resaltos, grapas, tirafondos (tornillos rosca madera), pernos o pasadores.

Conectadores

Pueden ser de anillo, de placa o dentados.

Se especificará, para su utilización en estructuras de madera, y para cada tipo de elemento mecánico:

Resistencia característica a tracción del acero fu,k.

Información geométrica que permita la correcta ejecución de los detalles.

Las uniones exteriores expuestas al agua estarán sujetas a las consideraciones de durabilidad. Todos los elementos metálicos que se empleen tendrá la misma resistencia al fuego que la propia estructura construida en madera o material derivado de este material.

Lasur

Producto para tratar madera al exterior compuesto por resinas muy flexibles que permiten la dilatación de la pieza.

Penetra a través del poro de manera que se consigue un acabado que deja el poro abierto, regula la humedad y facilita la salida al exterior del vapor de agua.

El acabado del producto es ceroso. La Dirección de obra decidirá en base a las muestras e información necesaria, el tipo de color y acabado (brillante, satinado o mate).

Se empleará un producto resisten a la radiación ultravioleta.

Si la madera sobre la que se aplicará el producto es nueva, la humedad no debe sobrepasar el 18-20% para evitar que pueda rajarse

Antes de la aplicación del producto, la madera debe estar limpia, seca ,en ausencia de polvo y grasas.

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Ejecución 11.5.3

Condiciones de almacenamiento

Estos elementos de madera para estructuras deberán almacenarse en condiciones favorables de contenido de humedad, no superiores a las de utilización final de los mismos incorporados a las obras. Conviene no almacenarlos a la intemperie para no modificar su contenido de humedad considerablemente, teniendo en cuenta que en los días de mayor temperatura y aire más seco se puede producir fendas y alabeos debido a un secado brusco de la madera. El efecto de la luz solar en la superficie, puede alterar de manera desigual su color. No deberá estar asentada en contacto con el terreno o directamente sobre la superficie sobre la que se apoya, debiendo estar separada ésta, para permitir su aireación.

Se impedirá, durante el almacenaje de los elementos de madera o materiales derivados de este material, que se encuentren sometidos a tensiones superiores a las previstas para las condiciones de servicio. Si se tratara de elementos de grandes dimensiones, especialmente si se trata de piezas de madera laminada, se impedirá que en su manipulación se produzcan distorsiones que dañen los de manera permanente.

Si se trata de madera laminada, ésta se mantendrá protegida de la acción de la humedad, atendiendo a las características de los adhesivos que unen las láminas

Replanteo

Se harán tareas de replanteo teniendo en cuenta las tolerancias admisibles para las estructuras de madera, y las operaciones precisas para su presentación en obra y montaje final.

Es conveniente que los soportes se fijen a las bases de hormigón o de fábrica de ladrillo previstas en proyecto, mediante elementos metálicos no envolventes, que permitan la aireación del extremo del mismo. Estas bases deberán estar perfectamente niveladas para permitir el fácil asiento de la estructura.

Para elementos horizontales que se incorporan a la estructura vertical pétrea, se preverá realizar un replanteo exacto de los mismos, más la holgura precisa para su montaje y posterior aireación de las cabezas. Es conveniente nivelar perfectamente la zona de apoyo de los elementos horizontales mediante la preparación de una capa de mortero, sobre la que se podrá colocar previamente, una plancha metálica para garantizar un completo apoyo de los mismos.

Las uniones se replantearán con especial cuidado para que una vez unidas o ensambladas las distintas piezas, éstas encajen perfectamente.

Se tendrá en cuenta la alteración que tanto la cal como el cemento producen en la madera, evitando en cualquier momento el contacto con estos materiales.

Proceso de ejecución

La madera deberá secarse, en la medida que sea posible, hasta alcanzar contenidos de humedad adecuados a la obra acabada (humedad de equilibrio higroscópico), antes de su utilización en la construcción.

En caso de que los efectos de las contracciones o mermas no se consideran importantes, o si han sido reemplazadas las partes dañadas de la estructura, pueden aceptarse contenidos más elevados de humedad durante el montaje siempre que se asegure que la madera podrá secarse al contenido de humedad deseado.

Se impedirá el contacto de la madera directamente con el terreno. En el caso de que el primer forjado sobre el terreno fuera de madera, éste se construirá elevado del mismo, con cámara ventilada la cámara, con orificios protegidos con rejilla y situados a tal altura que evite la posible entrada de agua a la misma. La sección mínima de los mismos es de 1.500 cm3.

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Los anclajes de los durmientes a la cimentación serán de barras o pletinas de acero con sección mínima de 5 mm2 con una separación máxima de 180 cm entre sí y de 60 cm a las esquinas de la construcción. La longitud del anclaje embebido en obra gruesa será de 10 cm como mínimo.

Las piezas de solera se anclarán al durmiente con la misma cuantía anterior, y separación no superior a 100 cm. La solución del anclaje será capaz de resistir acciones de succión mediante pletinas de pequeño espesor que se clavan o atornillan a los montantes y se anclan en el hormigón de la cimentación.

La longitud de entrega de las viguetas sobre las vigas será de al menos 10 cm.

Para maderas de conífera, en la construcción de juntas entre elementos, se considerarán las siguientes variaciones dimensionales de origen higrotérmico:

Tableros contrachapados y de OSB, y en su plano, serán como máximo de valor 0,02% por cada 1% de variación de contenido de humedad del mismo.

Madera aserrada, laminada o microlaminada se podrá tomar, por cada 1% de variación de contenido de humedad, un valor de 0,01% en dirección longitudinal y 0,2% en la transversal (esta última corresponde en realidad a la tangencial, y la radial se podrá tomar como 0,1%).

Buenas prácticas que mejoran notablemente la durabilidad de la estructura:

impedir el contacto directo de la madera con el terreno, distancia mínima de 20 cm y disponiendo un material hidrófugo (barrera antihumedad);

impedir que los arranques de soportes y arcos queden embebidos en el hormigón u otro material de fábrica. Para ello se protegerán de la humedad colocándolos a una distancia suficiente del suelo o sobre capas impermeables;

ventilar los encuentros de vigas en muros, manteniendo una separación mínima de 15 mm entre la superficie de la madera y el material del muro. El apoyo en su base deberá realizarse a través de un material intermedio, separador, que no transmita la posible humedad del muro (véase CTE DB SE-M, figura 11.2.a);

impedir uniones en las que se pueda acumular el agua; proteger la cara superior de los elementos de madera que se encuentren expuestos directamente

a la intemperie y en los que pueda acumularse el agua. Cuando se utilice una albardilla (normalmente de chapa metálica), esta albardilla deberá permitir, además, la aireación de la madera que cubre (véase CTE DB SE-M figura 11.2.b);

impedir que las testas de los elementos estructurales de madera queden expuestas al agua de lluvia ocultándolas, cuando sea preciso, con una pieza de remate protector (véase CTE DB SE-M, figura 11.2.c);

facilitar, generalmente, al conjunto de la cubierta la rápida evacuación de las aguas de lluvia y disponer sistemas de desagüe de las condensaciones en los lugares pertinentes.

Los elementos de unión no restringirán los posibles cambios de dimensiones, producidos por la hinchazón o merma de la madera.

Generalmente, en piezas de canto superior a 80 cm, no se deberá utilizar empalmes ni nudos rígidos realizados con placas de acero que coarten el movimiento de la madera (CTE DB SE-M, figura 11.3.a);

Generalmente las soluciones con placas de acero y pernos quedan limitadas a situaciones en las que se esperan pequeños cambios de las condiciones higrotérmicas del ambiente y el canto de los elementos estructurales no supera los 80 cm. Igualmente acontece en uniones de tipo corona en los nudos de unión de pilar/dintel en pórticos de madera laminada, figura 11.3, del CTE DB SE-M.

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Cuando se realice atornillado de los elementos metálicos de unión se practicarán pre-taladros, con un diámetro no mayor del 70% del diámetro del tornillo o elemento de sujeción, y en todo caso atendiendo a las especificaciones del DB SE-M para impedir la rotura de la pieza por hienda.

Tolerancias admisibles 11.5.4

Madera aserrada

Las tolerancias dimensionales admisibles respecto a las dimensiones nominales de la madera aserrada, se recogen en la norma UNE-EN 336:2014 de la clase 1, para coníferas y chopo. Mientras no exista norma propia, se podrá aplicar para maderas de otras especies de frondosas con los coeficientes de hinchazón y merma correspondientes. Para las dimensiones nominales de la madera laminada encolada, lo harán a los límites de tolerancia definidos en la norma UNE-EN 390, o la UNE-EN 14080:2013.

En columnas y vigas la combadura, medida en el punto medio del vano, en aquellos casos en los que puedan presentarse problemas de inestabilidad lateral, o en barras de pórticos, deberá limitarse a 1/500 de la longitud del vano en piezas de madera laminada y microlaminada o a 1/300 en piezas de madera maciza.

Madera laminada

El montador de la estructura de madera deberá verificar el replanteo de la obra en los puntos de apoyo de las piezas. El constructor observará las siguientes tolerancias no acumulables admitidas, generalmente:

Sobre la luz ± 2 cm Transversalmente ± 1 cm De nivelación ± 2 cm En las esquinas de la construcción±1 cm

Estas tolerancias se reducirán a la mitad cuando se coloquen las placas de anclaje en el momento del vertido del hormigón.

Celosías con uniones de placas dentadas:

Una vez montadas, se admite una combadura máxima de 10 mm en cualquier pieza de la cercha siempre que se afiance de manera segura en la cubierta terminada de forma que se evite el momento provocado por dicha distorsión. La desviación máxima respecto a la vertical de una cercha no excederá de 10 + 5(H- 1) mm, con un valor máximo de 25 mm; donde H es la altura (diferencia de cota entre apoyos y punto más alto), expresada en metros.

Consideraciones relativas a las uniones:

Las uniones exteriores expuestas al agua deben diseñarse de forma que evite la retención del agua.

En las estructuras que no estén en Clase de Servicio 1 ó 2, además de la consideración del tratamiento de la madera y protección de otros materiales, las uniones deben quedar ventiladas y con capacidad de evacuar agua rápidamente y sin retenciones.

Condiciones de terminación 11.5.5

Se garantizará la durabilidad del material y de las fijaciones metálicas usadas en las uniones. Tomando las medidas necesarias para garantizar la durabilidad de la estructura al menos durante el tiempo que se considere periodo de servicio y en condiciones de uso adecuado. No solo del diseño de la propia estructura, así como la posibilidad de añadir un tratamiento.

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Tratamiento contra la humedad:

Se tratará contra la humedad, según la clase de riesgo. Las especificaciones del tratamiento harán referencia a:

tipo de material a utilizar sistema de aplicación: pincelado, pulverizado, autoclave, inmersión retención y penetración del material

Protección de la madera

Se hará una protección preventiva de la madera ante los agentes bióticos y abióticos. Se preverá la posibilidad de que la madera no sufra ataques debidos a este origen en un nivel aceptable. Los tratamientos aplicar deberán estar indicados por los fabricantes, se indicarán las instrucciones de uso y mantenimiento en el envase y en la documentación técnica.

Protección preventiva frente a los agentes bióticos.

Se establecen cuatro niveles de riesgo de los elementos estructurales (CTE SE M, art. 3.2.1.2), según el grado de exposición al aumento del contenido de humedad de la madera durante el tiempo en el que estará en servicio.

Tipos de protección frente a agentes bióticos y métodos de impregnación

Se establecen seis niveles de protección (NP) (UNE-EN 351-1:2008 y UNE-EN 351-1:2008 ERRATUM:2008)

NP1, clases de riesgo 1 y 2, es conveniente protección superficial con material insecticida para clase de riesgo 1, y con material insecticida y fungicida para clase de riesgo 2: es aquélla en la que la penetración es como mínimo de 1 mm en cualquier parte de la superficie tratada.

NP2, clase de riesgo 3.1, es aquélla en la que la penetración media alcanzada por el protector es de al menos 3 mm en la albura de todas las caras de la pieza tratada.

NP3, clase de riesgo 3.2, es aquélla en la que la penetración media alcanzada por el protector es de al menos 6 mm en la albura de todas las caras de la pieza tratada.

NP4, clase de riesgo 4, es aquélla en la que la penetración media alcanzada por el protector es de al menos 25 mm en todas las caras de la pieza tratada, siendo éstas de sección circular. De utilizarse maderas no durables, éstas han de ser impregnables.

NP5, clase de riesgo 4, es aquélla en la que la penetración es total en la albura y todas las caras tratadas.

NP6, clase de riesgo 5, es aquélla en la que la penetración es total en la albura y de al menos 6 mm en la madera de duramen expuesta. De utilizarse maderas no durables, éstas han de ser impregnables

En le CTE DB SE-M, tabla 3.1, se indica el tipo de protección exigido en función de la clase de riesgo.

Se deberá tener en cuenta que no todas las especies son igualmente impregnables. Entre las difícilmente impregnables, en las que hay que utilizar procedimientos especiales, se encuentran algunas especies coníferas: abetos, piceas, cedro rojo. El fabricante garantizará que se alcanza la protección para la clase de uso.

Cada especie en las zonas de duramen y albura, pueden tener asociada lo que se llama durabilidad natural. La albura o el duramen de una especie no tienen por qué requerir protección para una determinada clase de riesgo a pesar de que así lo indicase la tabla 3.1 del CTE DB SE-M. La durabilidad natural de cada especie se define en la norma UNE-EN 350-1:1995 y UNE-EN 350-2:1995.

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Cada especie y zona tiene también asociada una impregnabilidad, es decir, una cierta capacidad de ser impregnada con mayor o menor profundidad. Cuando se especifique la especie y zona, deberá verificarse que el tratamiento prescrito al elemento es compatible con su impregnabilidad.

En caso de que el tratamiento alterara el contenido de humedad la madera, en obra se deberá constatar que el material se entrega conforme a los requisitos del proyecto.

El fabricante garantizará que la especie a tratar es compatible con el tratamiento en profundidad y con las colas, en el caso de usarse.

En el caso de obras de rehabilitación estructural, donde se hayan detectado ataques previos por agentes xilófagos, los niveles de protección correspondientes a las clases de uso normales, se incrementarán en una categoría.

A los nuevos elementos que se integren en la obra, se aplicará como mínimo:

Tratamiento superficial (NP 2) insecticida y fungicida, cuando no posean una durabilidad natural, según patologías observadas.

Tratamiento en profundidad (NP5), donde se hayan detectado ataques previos por termitas, garantizándose en cabezas de vigas, en una longitud axial de 50 cm; si una vez tratada la madera se produjera un retestado de la pieza, deberá aplicarse in situ un tratamiento superficial en las testas (NP 2), con un material protector al menos con carácter insecticida. Si el ataque fuera activo, se valorará la conveniencia de tratamientos de barrera adicionales destinados a proteger el conjunto del edificio, o de tratamientos mediante sistemas de cebos para erradicar la colonia.

A los elementos estructurales existentes, se aplicarán tratamientos curativos:

Tratamiento en profundidad, por inyección (mínimo NP 5) para ataques activos de hongos de pudrición y termitas, para poder impregnar la zona de duramen.

Protección de piezas de madera laminada encolada:

a) Clase de uso 2, se realizará sobre la pieza terminada y después de las operaciones de acabado (cepillado, mecanizado de aristas y taladros etc.).

b) Protección y clase de uso 3.1, el tratamiento protector podrá realizarse sobre la pieza terminada o sobre las láminas previamente a su encolado.

c) Clases de uso 3.2 ó 4, se realizará sobre las láminas previamente a su encolado. El fabricante deberá verificar que el material protector es compatible con el encolado, especialmente en el caso de protectores orgánicos.

Protección preventiva frente a agentes meteorológicos.

Se tendrá especial cuidado en el diseño de los detalles constructivos, para mantener alejada la humedad de los elementos de madera, se evitará que el agua quede retenida en los elementos de madera. En clase de riesgo igual o superior a 3, los elementos estructurales deberán estar protegidos frente a los agentes meteorológicos, se deberá utilizar en el exterior productos de poro abierto, como los lasures, que no forman película, permitiéndose así el flujo de humedad entre el ambiente y la madera. En el caso de utilizar productos que formen una película como las pinturas y los barnices, se deberá establecer y seguir un programa de mantenimiento posterior.

Protección contra la corrosión de los elementos metálicos.

Se cumplirá lo recogido en el DB SE-M tabla 3.2., para los valores mínimos del espesor del revestimiento de protección frente a la corrosión o el tipo de acero preciso según las diferentes clases de servicio.

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Protección preventiva frente a la acción del fuego.

Se cumplirá lo que se recoja en el CTE, DB SI.

En las uniones se tendrá en consideración que las uniones expuestas al agua se diseñarán de tal forma que se evite la retención de agua. En las clases de servicio distintas a las 1 y 2, las uniones quedarán ventiladas y no se permitirán retenciones de agua, de tal forma que puedan evacuarla rápidamente

Control de ejecución, ensayos y pruebas 11.5.6

Control de ejecución

Será preceptiva la aceptación previa de todos los materiales constituyentes o componentes de dicha unidad de inspección, cualquiera que haya sido el modo de control utilizado para la recepción del mismo.

El control de la ejecución de las obras se realizará en las diferentes fases, de acuerdo con las especificaciones del proyecto, sus anexos y modificaciones autorizados por la Dirección Facultativa y las instrucciones del director de la ejecución de la obra.

Se verificará el replanteo de ejes, la verticalidad de los soportes, se verificarán las dimensiones y disposición de los elementos resistentes, las ensambladuras y uniones, tanto visualmente como de su geometría. Para uniones atornilladas, se comprobará el apriete de los tornillos. Y especialmente las condiciones de arriostramiento de la estructura.

Si existe disconformidad con la unidad de inspección la Dirección Facultativa dará la orden de reparación o demolición y nueva ejecución. Una vez se subsane deficiencia, se deberá proceder de nuevo a la inspección hasta que este satisfactoriamente ejecutado; pudiéndose en su caso ordenar una prueba de servicio de esa unidad de inspección antes de su aceptación.

Aceptadas las diferentes unidades de inspección, solo se dará por aceptado el elemento en el caso de no estar programada la prueba de servicio.

Ensayos y pruebas

Los ensayos que se realicen, en caso de duda, serán de comprobación de las características mecánicas y de tratamientos de los elementos estructurales de acuerdo con la normativa de ensayos recogidas por las normas vigentes.

De realizarse pruebas de carga, conforme a la programación de control o bien por orden de la Dirección de obra, se verificará si sus resultados están de acuerdo con los valores de la normativa, del proyecto o de las indicaciones de la Dirección d. En caso afirmativo procederá a la aceptación final.

En el caso de que la prueba de carga de unos resultados no conformes, la Dirección Facultativa dará las órdenes oportunas de reparación o, en su caso, de demolición. Una vez subsanada la deficiencia, se deberá proceder de nuevo como en el caso general, hasta que se produzca la aceptación final del elemento controlado

Conservación y mantenimiento

Deberá cuidarse especialmente que los elementos estructurales construidos en madera natural, o bien productos derivados de este material, puedan mojarse debido a la presencia de humedad en la obra.

También se tendrá especial cuidado con las manchas superficiales que se puedan producir en la superficie del material, que difícilmente se podrán retirar al penetrar en su estructura porosa.

Control de recepción 11.5.7

El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá el

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control de la documentación de los suministros, realizado de acuerdo con el artículo 7.2.1 del CTE (incluso el marcado CE y la Declaración de Prestaciones, cuando sea pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad, según el artículo 7.2.2 del CTE y el control mediante ensayos, conforme al artículo 7.2.3.

Tiene por objeto verificar que las características técnicas de los materiales suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Se indicarán las condiciones particulares de control para la recepción de los materiales, incluyendo los ensayos precisos para verificar que los mismos reúnen las características.

Deberá verificarse que los materiales recibidos:

corresponden a los especificados en el pliego de condiciones del proyecto disponen de la documentación exigida: están caracterizados por las propiedades exigidas; estos han sido ensayados, con la frecuencia establecida, si así se establece en el pliego de

condiciones o lo determine la Dirección Facultativa.

Existe Marcado CE Para la madera y los materiales derivados de madera para uso estructural, que se irán actualizando según las resoluciones oficiales que se publiquen.

A la llegada de los materiales a la obra, el director de la ejecución de la obra verificará:

Con carácter general: aspecto y estado general del suministro y que el material es identificable, y se ajusta a las especificaciones del proyecto.

Con carácter específico: se harán, también, las comprobaciones que en cada caso se consideren oportunas de las que a continuación se establecen salvo, en principio, las que se encuentren avaladas por los procedimientos reconocidos en el CTE;

Madera aserrada:

Especie botánica: La identificación anatómica se realizará en laboratorio especializado;

Clase Resistente: La propiedad o propiedades de resistencia, rigidez y densidad, se especificarán según notación y ensayos del CTE DB SE-M, apartado 4.1.2;

Tolerancias en las dimensiones: Se deberá ajustar a la norma UNE-EN 336:2014 para maderas de coníferas. Esta norma, mientras no exista norma propia, se aplicará también para maderas de frondosas con los coeficientes de hinchazón y merma de la especie de frondosa utilizada;

Contenido de humedad: Salvo especificación en contra, deberá ser 20%.

Tableros:

Propiedades de resistencia, rigidez y densidad: Se determinarán según notación y ensayos del CTE DB SE-M, apartado 4.4.2;

Tolerancias en las dimensiones: Según UNE-EN 312-1:2010 para tableros de partículas, UNE-EN 300:2007 para tableros de virutas orientadas (OSB), UNE-EN 622-1:2004 y UNE-EN 622-1:2004 ERRATUM para tableros de fibras y EN 315:2001 para tablero contrachapado;

Elementos estructurales de madera laminada encolada:

Clase Resistente: La propiedad o propiedades de resistencia, de rigidez y la densidad, se especificarán según notación del CTE DB SE-M, apartado 4.2.2;

Tolerancias en las dimensiones: Según UNE-EN 14080:2013.

Dimensiones de la muestra a ensayar: se tomará una rebanada de la sección transversal de la pieza con una anchura de 50 mm, tomada del extremo de la pieza

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Determinación de la resistencia característica de las uniones dentadas de empalme de láminas. Norma de ensayo UNE-EN 408:2011+A1:2012 Estructuras de madera. Madera aserrada y madera laminada encolada para uso estructural. Determinación de algunas propiedades físico-mecánicas.

Otros elementos estructurales realizados en taller.

Comprobaciones según lo especificado en la documentación del proyecto: Tipo, propiedades, tolerancias dimensionales, planeidad, contraflechas (en su caso).

Madera y materiales derivados de la madera, tratados con materiales protectores:

Se verificará la certificación del tratamiento.

Elementos mecánicos de fijación:

Se verificará la certificación del tipo de material utilizado y del tratamiento de protección.

Criterio general de no-aceptación del material.

Será condición suficiente para la no-aceptación del material y en su caso de la partida el incumplimiento de alguna de las especificaciones de un material, salvo demostración de que no suponga riesgo apreciable, tanto de las resistencias mecánicas como de la durabilidad,

Control de la documentación de los suministros

Se deberá verificar que todos los materiales vienen acompañados por los documentos de identificación exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la Dirección Facultativa. Estos documentos serán al menos:

Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.

El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física.

los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los materiales de construcción, declaración de prestaciones, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los materiales suministrados.

El suministrador facilitará en el albarán de suministro o, en su caso, en documentos aparte, al menos, la siguiente información para la identificación de los materiales y de los elementos estructurales:

Con carácter general: nombre y dirección de la empresa suministradora; nombre y dirección de la fábrica o del aserradero, según corresponda; fecha del suministro; cantidad suministrada; certificado de origen, y distintivo de calidad del material, en su caso.

Con carácter específico:

Madera aserrada: especie botánica y clase resistente, dimensiones nominales; contenido de humedad o indicación de acuerdo con la norma de clasificación correspondiente.

Tablero: tipo de tablero estructural según norma UNE (con declaración de los valores de las propiedades de resistencia, rigidez y densidad asociadas al tipo de tablero estructural); dimensiones nominales.

Elemento estructural de madera laminada encolada: tipo de elemento estructural y clase resistente (de la madera laminada encolada utilizada); dimensiones nominales; marcado según UNE-EN 386, o la UNE-EN 14080:2013.

Otros elementos estructurales realizados en taller: tipo de elemento estructural y declaración de la capacidad portante del elemento con indicación de las condiciones de apoyo (o los valores de las propiedades de resistencia, rigidez y densidad de los materiales que lo conforman); dimensiones nominales.

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Madera y materiales derivados de la madera tratados con materiales protectores:

Certificado del tratamiento en el que deberá figurar: la identificación del aplicador;

la especie de madera tratada; el protector empleado y su número de registro (Ministerio de Sanidad y Consumo); el método de aplicación empleado; la categoría de riesgo que cubre; la fecha del tratamiento; precauciones a tomar ante mecanizaciones posteriores al tratamiento; informaciones complementarias, en su caso.

Elementos mecánicos de fijación: tipo (clavo sin o con resaltos, tirafondo, pasador, perno o grapa) y resistencia característica a tracción del acero y tipo de protección contra la corrosión; dimensiones nominales;

Declaración, cuando proceda, de los valores característicos de resistencia al aplastamiento y momento plástico para uniones madera-madera, madera-tablero y madera-acero.

Control de recepción con distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica

Se deberá verificar que los materiales de construcción incorporados a la unidad de obra, llevan el marcado CE, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 305/2011 de materiales de construcción. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

Los distintivos de calidad que ostenten los materiales, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo.

Las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de materiales, equipos y sistemas innovadores.

La realización del control de recepción se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o los indicados por la Dirección Facultativa sobre el muestreo del material. Y de ser preciso realizar ensayos y pruebas sobre algunos materiales, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la Dirección Facultativa.

La asignación de clase resistente a la madera laminada encolada se obtiene, en este caso, mediante ensayos de acuerdo con las normas UNE-EN 408:2011+A1:2012 y UNE-EN 1194, o la UNE-EN 14080:2013.

Los valores obtenidos de las propiedades, mediante ensayos, deberán ser superiores, o iguales, a los correspondientes a la clase resistente a asignar.

Medición y abono 11.5.8

Los elementos de madera especificados en el presente proyecto se medirán y abonarán por metro (m) en función de las dimensiones definidas en planos estando incluidas en el precio, las uniones necesarias.

Los tratamientos mediante aplicación de protecciones contra xilófagos, están repercutidos en el precio del metro del elemento de madera no siendo de abono independiente.

Los tratamientos de protección mediante Lasur se medirán y abonarán en superficie realmente aplicada, según planos.

Se considerarán incluidas en las mediciones las operaciones de nivelación, medios auxiliares empleados en el montaje, desperdicios por uniones, ensambladuras y diferentes pérdidas por acoples de los elementos para el montaje de la estructura, incluidos los herrajes precisos para realizar las ensambladuras y uniones, es decir, todos los conceptos que intervienen para ultimar perfectamente la unidad de obra

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11.6 Estructuras de acero

Alcance 11.6.1

La fabricación y montaje de las estructuras de acero, estará de acuerdo con las normas indicadas en el presente capítulo, excepto cuando se indique lo contrario en los planos del Proyecto o por indicación de la Dirección de obra.

La Dirección de Obra podrá exigir en todo momento el cumplimiento de los requisitos y exigencias establecidos para los materiales, el proyecto, la ejecución y control de estructuras metálicas incluidas en las normas UNE, UNE-EN y UNE-EN ISO , Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SE-A), en los Eurocódigos 3 y 4, UNE-EN 1993 y UNE-EN 1994, y en las Euronormas UNE-EN 1090 partes 1 y 2, Instrucción de Acero Estructural (EAE) o normas que las sustituyan.

Según establece la Norma UNE- EN 1090 y Instrucción de Acero Estructural en el artículo 6.2.3, la clase de ejecución correspondiente al presente proyecto en función del nivel de riesgo (CC2) y las condiciones de ejecución (PC2) y uso (SC2) es 3.

En todo momento se cumplirán los requisitos, definidos en la UNE-EN 1090-2:2011+A1:2011, exigidos en la clase de ejecución establecida en el punto anterior. Cualquier incongruencia entre las indicaciones del presente pliego y los requisitos indicados en la UNE-EN 1090-2:2011+A1:2011 vigente, será aclarada por la Dirección de obra.

Materiales 11.6.2

Las chapas y perfiles, a emplear en la construcción de estructuras metálicas serán de acero calidad especificada en los planos o superior, conforme a la Norma EN 10025

En el caso que no se consigan en el mercado perfiles de esta calidad, estos serán formados como vigas armadas, a base de chapas de la calidad requerida, con espesor igual o superior a las correspondientes alas y almas del perfil : los cordones de soldadura ala-alma de estas vigas armadas tendrán una garganta de 0.6 veces el espesor del alma.

Las chapas de espesor inferior a 60 mm serán de acero no aleado de calidad S355 J2 (UNE -EN-10025-2). Las chapas de espesor igual o mayor a 60 mm, serán de acero no aleado de calidad 355 K2 (UNE-EN-10025-2). Para los perfiles metálicos se usará acero S275. Las características y propiedades de estos aceros serán las indicadas en el artículo 27.1 de la EAE.

La definición de los materiales correspondientes a los pernos conectadores se encuentra recogida en el artículo “Pernos conectadores” del presente pliego.

Las tolerancias dimensiónales y de forma en el de suministro estarán de acuerdo con lo previsto para chapas y perfiles, en las normas UNE -EN 10051 y UNE- EN 10034 y en la UNE-EN 1090.

Los materiales de aportación (electrodos, hilos, etc..) tendrán características iguales o ligeramente superiores a las del material base, incluida resiliencia (tenacidad), y deberán estar clasificados como aptos, para el material base, por la AWS D1.a. ó D1.5

Fabricación 11.6.3

Tareas previas al inicio de los trabajos

El Contratista deberá comunicar a la Dirección de obra la identificación de:

el Taller metálico previsto para la ejecución de la estructura metálica, el Suministrador de los productos de acero y, en su caso, de los elementos de unión, los Agentes responsables del Control de Calidad de la ejecución de la estructura metálica y de la

recepción de los materiales, en su caso la Entidad de Control y el Laboratorio de Ensayos.

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El Contratista pondrá asimismo en conocimiento de la Dirección de obra, para su aceptación, el nombre de los técnicos competentes con experiencia acreditada en el ámbito de la construcción metálica, que se responsabilizarán de justificar y firmar los documentos relacionados con los planos de taller, el plan de montaje y el proyecto de los medios auxiliares que se indican en los siguientes apartados.

El Contratista comprobará que tanto el Suministrador, como el Taller metálico, disponen de un sistema de gestión de acopios y de trazabilidad de los materiales y procesos de fabricación de manera que se permita la identificación de los mismos a través de los correspondientes procedimientos y registros de trazabilidad, que deberán estar perfectamente documentados.

En el caso de que el Director de obra exija, al Suministrador o al Taller metálico, estar en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, el Contratista deberá aportar la documentación acreditativa, identificando el distintivo, el Centro Directivo de las Administraciones Públicas que ha efectuado el reconocimiento y la fecha del mismo. Dicha información se aportará mediante documentación escrita y firmada por persona física con capacidad de representación suficiente del Suministrador o, en su caso, del Taller metálico.

Antes del inicio de los trabajos el Contratista deberá someter a la aprobación de la Dirección de obra, una programación detallada de los mismos, cuyo calendario incluirá como mínimo los siguientes hitos:

Elaboración del Programa de Control de Calidad y del Plan de Puntos de Inspección (P.P.I.),

elaboración y aprobación de los planos de taller, pedido y suministro de materiales y productos, fabricación en taller, montaje en blanco en taller, transporte a obra, elaboración y aprobación del plan y planos de ensamblado y montaje en obra, incluyendo el

proyecto de los medios auxiliares de montaje si fuera preceptivo, operaciones de los trabajos de ensamblado y montaje en obra, ajustes y acabados finales de la estructura metálica.

La programación general de trabajos de ejecución de la estructura metálica deberá incluir, de forma explícita:

la previsión de fechas y plazos para la realización y aprobación de todos los trabajos de ingeniería, estructural y de taller, antes descritos,

la identificación de los caminos críticos que permitan el control de los desvíos en los plazos de la obra y de la afección entre los diferentes tajos de la misma;

la identificación de las necesidades de coordinación con otras tareas de la obra, como por ejemplo: ˗ colocación, ajustes y nivelación de aparatos de apoyo y de sus pernos de anclaje en cabeza

de pilas y estribos, ˗ geometría, replanteo y armado de losas prefabricadas, o de la ferralla de la losa in situ, y sus

interferencias con los pernos conectadores de tableros mixtos, ˗ ejecución de la obra civil que pudiera ser requerida por los sistemas y medios auxiliares de

montaje previstos (mejoras del terreno para apoyos de grúas, cimentación de apeos provisionales, parques de empuje o lanzamiento, posibles macizos de anclaje o contrapeso, etc.),

˗ etc.

En caso de que el Contratista desee plantear cambios o adaptaciones al proceso de montaje de la estructura, o a las secuencias de fases de montajes evolutivos, respecto a lo previsto en el Proyecto, deberá someter su propuesta a la aceptación de la Dirección de obra, justificando la necesidad o interés de la misma.

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La propuesta deberá incluir la afección, sobre la programación de tareas antes descrita, de los plazos de los trabajos de ingeniería necesarios para el desarrollo, y su control, de las justificaciones técnicas de los cambios planteados.

Finalmente, el Contratista deberá asimismo presentar a la Dirección de obra su propuesta de Programa de Control de Ejecución de la estructura metálica.

Es responsabilidad del Contratista la adecuada programación en plazos, así como la coordinación entre la producción y las tareas de los distintos agentes del control contemplados en el Esquema Director de Calidad de la obra.

Personal

El contratista dispondrá en taller, de forma permanente mientras duren los trabajos, de un técnico, con suficiente experiencia, responsable de la ejecución de la estructura.

Todos los soldadores que vayan a intervenir en los trabajos tendrán la calificación suficiente para los tipos de soldadura a ejecutar acreditada con certificados de homologación, actualizados de acuerdo con la legislación vigente.

Toda la soldadura ejecutada por un soldador no calificado, será rechazada, procediéndose a su levantamiento. En caso de que dicho levantamiento pudiese producir efectos perniciosos, a juicio de la Dirección de obra, el conjunto soldado será rechazado y repuesto por el contratista.

Inspección en fabricación

La Dirección de la obra tendrá libre acceso a los talleres del contratista para realizar la inspección de la estructura metálica, pudiendo disponer de forma permanente en taller de personal inspector.

La Dirección de la obra podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas para asegurar la calidad de la obra, estando obligado el constructor a prestar las ayudas necesarias para la realización de las mismas.

El Contratista está obligado a avisar a la Dirección de la obra con el tiempo suficiente, y nunca inferior a cinco (5) días, con el objeto de poder realizar normalmente sus funciones de inspección.

Planos de Taller

El Contratista, preparará a partir de los croquis generales del proyecto, siguiendo las anotaciones y directrices de la Norma UNE-EN 1090, planos de taller conteniendo en forma completa:

Las dimensiones necesarias para definir inequívocamente todos los elementos de la estructura. La disposición de las uniones, señalando las realizadas en Taller y las que se ejecutarán en obra,

en su caso. La forma y dimensiones de las uniones soldadas, y las preparaciones de bordes. Listado de los perfiles y chapas con su clase de acero, pesos y marcas de cada uno de los

elementos de la estructura señalados en el Plano. Las contraflechas de vigas o elementos. Secuencia y elementos auxiliares de montaje.

Cuando en el proyecto no esté definido alguno de los aspectos señalados, incluso tamaño de cordones, preparaciones de bordes, etc.. el taller podrá definir estos puntos a su mejor criterio, señalando claramente en los planos de Taller cuales son sus definiciones que deberán ser aprobadas. Se seguirán para ello las siguientes Normas generales:

Todos los empalmes o uniones no definidas, tanto soldadas como atornilladas, se diseñarán para la máxima capacidad de la unión.

No se admitirán cordones en ángulo o a tope discontinuos: todos los cordones serán continuos, incluso los de cierre de dos perfiles, para formar un perfil único.

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Cuando no se especifica otra cosa en los planos de Proyecto, todos los cordones de uniones a tope serán de penetración total, tanto en chapas como en perfiles ó tubos, realizando obligatoriamente preparación de bordes, en las chapas y perfiles a unir, para cualquier tipo de espesor.

Los empalmes a tope de perfiles en cajón o cajones, inaccesibles por ambas caras se realizarán con chapa dorsal y se efectuará preparación de bordes.

En los empalmes a tope de chapas (ó perfiles) de distintos espesores, se mecanizará la chapa de mayor espesor con una pendiente de 1:3 hasta alcanzar el espesor de la chapa que lo tiene menor. Cuando la separación de chapas, por la preparación de bordes para la soldadura, lo permita, y la diferencia de espesores sea pequeña se podrá realizar la transición señalada, con la propia soldadura

Todos los cordones en ángulo no señalados en planos que unan chapas o perfiles tendrán una garganta de 0,7 veces el mínimo de los espesores a unir, y todos los cordones en ángulo, no señalados, que unan un tubo con otro elemento tendrán una garganta de 1,1 veces el espesor del tubo.

No se permitirá el encuentro de tres ó más soldaduras en un mismo punto: Será necesario realizar cortes circulares, de radio 25 mm, en alguna de las chapas, para evitar este problema. Además las soldaduras de ambos lados no se detendrán sino que se unirán a través del corte circular.

La secuencia de unión de elementos tanto en Taller como en Obra, será tal que permita el correcto acceso para ejecutar todas las soldaduras. Así por ejemplo, en los empalmes a tope de chapas o perfiles que queden tapados por otros elementos, y por tanto aparentemente inaccesibles para su soldadura, se realizarán las ventanas necesarias para poder realizar esta soldadura, cerrando posteriormente esta ventana con empalmes a tope.

El contratista deberá prever para el despiece y suministro de chapas, la pérdida de longitud debida al oxicorte ( que con carácter orientativo es de 5 mm) así como la necesidad de dotar de sobrelongitud a las piezas, para prever la retracción de las soldaduras (que también con carácter orientativo es del 0.2 %). La tolerancia en la longitud de cada tramo del tablero ( en el sentido longitudinal del puente, será +0/-5 mm.)

El contratista, antes de comenzar su ejecución en taller remitirá a la Dirección de Obra los planos de taller, quien devolverá una copia aprobada, y si es preciso, con las correcciones pertinentes. En este caso, el constructor entregará nuevas copias de los planos de taller corregidos para su aprobación definitiva, sin que esta aprobación le exima de la responsabilidad que pudiera contraer por errores existentes.

Si durante la ejecución fuese necesario introducir modificaciones de detalle respecto a lo definido en los planos de taller, se harán con la aprobación de la Dirección, y se anotará en dichos planos todo lo que se modifique.

Se harán constar en los planos y en sus cajetines todas las modificaciones introducidas y el alcance de las mismas.

Confrontación de planos y medidas

El contratista deberá realizar un replanteo detallado de la obra en su primera fase o en la interfase con otras unidades asumiendo o previendo las posibles variaciones.

El contratista tiene la obligación de confrontar todos los planos del proyecto y el replanteo de la obra, informando previamente al comienzo de la fabricación en taller de cualquier contradicción que hallara.

Si no lo hiciera así, será responsable de cualquier error que hubiese sido susceptible de evitarse tomando la anterior precaución.

Los planos de taller y montaje deberán adaptarse a las situaciones reales tras su aprobación por la Dirección de obra.

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Homologación de materiales

Antes de iniciarse el proceso de fabricación en taller, se realizará la homologación de los materiales de base y aportación a habilitar, en presencia de la Dirección de la Obra, con arreglo a las exigencias de esta Especificación Técnica.

Preparación de los materiales

En todos los elementos laminados que se empleen en la fabricación de las estructuras se eliminarán las rebabas de laminación; asimismo se suprimirán las marcas de laminación en relieve, en todas aquellas partes de un perfil que hayan de entrar en contacto con otro en alguna de las uniones de la estructura.

Se tomarán todas las precauciones necesarias para no alterar la estructura del material ni introducir tensiones parásitas, tanto en las operaciones previas como en las de soldadura,

Los acopios serán realizados ordenada y cuidadosamente de tal modo que no se produzcan deterioros o alteraciones.

Trazados

Antes de proceder al trazado, se comprobará que los distintos planos y perfiles presentan la forma técnicamente exacta, recta o curva, especificada y que están exentos de torceduras.

Se trazarán las plantillas a tamaño natural de todos los elementos que lo precisen, especialmente la de los nudos, con la marca de identificación y plano de taller en que queda definida. Esto no será preciso cuando se utilicen máquinas de oxicorte automáticas que trabajan sobre plantillas a escala reducida, o de control numérico.

El trazado se realizará por personal cualificado, respetándose escrupulosamente las cotas de los planos y las tolerancias máximas permitidas, y de acuerdo con los procedimientos de fabricación especificados para cada elemento.

No se dejarán huellas de granete que no sean eliminadas por operaciones posteriores.

Cortes del material

El corte puede efectuarse con sierra, cizalla o mediante oxicorte, y se eliminarán posteriormente con piedra esmeril, las rebabas, estrías o irregularidades de borde inherentes a las operaciones de corte.

Expresamente se prohíbe el corte por arco eléctrico.

Se observarán, además, las prescripciones siguientes:

Sólo se permitirá el corte con cizalla para chapas, perfiles, planos y angulares, hasta un espesor máximo de 12 mm.

En el oxicorte, se tomarán las precauciones necesarias para no introducir en las piezas tensiones parásitas de tipo térmico. Se recomienda el oxicorte automático.

Los bordes cortados con cizalla o con oxicorte, que hayan de quedar en las proximidades de las uniones, se mecanizarán mediante piedra esmeril, buril con esmilado posterior, o fresa, con el fin de levantar toda la capa de metal alterado por el corte. Esta operación no será necesaria cuando los bordes cortados hayan de ser fundidos durante el soldeo.

La eliminación de todas las desigualdades e irregularidades de bordes, debidas al corte, se efectuarán con mucho esmero en la totalidad de las piezas a soldar.

Los cortes se realizarán de forma que no queden ángulos entrantes con arista viva para evitar efectos de entalla. Cuando no puedan evitarse se redondearán los bordes con un radio de 3 veces el espesor.

Se eliminarán mediante esmerilado todas las entallas que se puedan producir. El corte de los perfiles laminados se ejecutará con sierra mecánica por arranque de viruta.

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Los bordes a mecanizar deberán ser cortados con un sobrelargo que compense la merma durante dicha operación.

Preparación de elementos a soldar

El contratista recogerá, en sus procedimientos de fabricación, la tecnología a utilizar en la preparación de bordes de las chapas y perfiles a unir con soldeo de arco. La elección de la forma adecuada para la preparación de los bordes, en cada caso, será realizada por el contratista, en función de las máquinas, útiles disponibles, deformaciones esperadas de las piezas, factores económicos, etc.

La preparación de bordes para soldar se realizará exclusivamente de acuerdo con los planos del proyecto y con los procedimientos de fabricación propuestos por el contratista y aprobados por la Dirección de obra.

El borde resultante, sea cual fuere el tipo de la preparación, quedará perfectamente uniforme y liso y estará exento de oxidación de cualquier tipo. Cuando el procedimiento base utilizado no produzca estos resultados, se repasará mediante piedra esmeril hasta conseguirlo.

No se realizarán soldaduras con lluvia o viento excesivo excepto si el Contratista dispone las protecciones adecuadas.

Se deberán colocar todas aquellas protecciones que permitan la ejecución e inspección de uniones de forma segura y cómoda.

La conformación y enderezado precisos, previos a las operaciones de soldeo, se realizarán en caso de precisarse, en frío, mediante prensa o máquina de rodillos, sin que las deformaciones locales superen el 2.5 % . No se admitirá realizar este tipo de actividades después de procesos de soldadura sin la expresa autorización del Director de las Obras, que podrá decidir su aceptación o no, y la necesidad de proceder a un tratamiento de eliminación de tensiones y de inspección de defectos en la zona soldada después del proceso de conformación.

En la operaciones de conformación, en frío, en las chapas (plegado o curvado) se respetarán los radios mínimos de plegados recomendados en la Tabla 7 de la Norma UNE-EN 10025-1, a fin de evitar la aparición de grietas o fisuras.

Marcado de piezas

La piezas de cada conjunto, procedentes del corte y enderezado se marcarán para su identificación y armado con las siglas correspondientes, en un recuadro. El recuadro y las siglas se marcarán con pintura indeleble.

Se prohíbe el marcado por punzonado, granete, troquelado o cualquier sistema que produzca hendiduras en el material.

Secuencia de armado y soldeo

Antes de iniciarse la fabricación, el contratista propondrá por escrito y con los planos necesarios, la secuencia de armado y soldeo a la Dirección para su discusión y aprobación, lo cual no eximirá la responsabilidad del contratista en cuanto a posibles deformaciones residuales u otros defectos de soldadura.

Para la corrección de las deformaciones producidas, que se pudieran originar en los conjuntos soldados, será necesario contar con la aprobación de la Dirección. Para evitarlas preverá el empleo de medios de armado y soldeo, tales como viradores, armaduras auxiliares, etc..

Las piezas que vayan a unirse con soldadura se fijarán entre sí, o gálibos de armado, con medios adecuados que aseguren, sin una coacción excesiva, la inmovilidad durante el soldeo y enfriamiento subsiguiente, consiguiéndose así la exactitud pedida. Como medio de fijación de las piezas a unir, en número y tamaño mínimo suficiente para asegurar la inmovilidad, siempre que queden posteriormente

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incorporados a la soldadura definitiva, una vez limpios de escoria y si no presentan fisuras u otros defectos.

Se recomienda evitar la práctica de fijar las piezas a los gálibos de armado por soldadura. No obstante en el caso de que se efectúen, después será amolada esa zona y reparadas por soldadura, previo saneamiento, las posibles entallas que el punto haya producido. Iguales precauciones se tomarán con los defectos en el material base producidos por la retirada de elementos provisionales (orejetas, etc..) necesarios para el movimiento de piezas.

Electrodos

Los electrodos que se emplean deberán estar oficialmente clasificados y aprobados por alguna entidad oficialmente reconocida.

El tipo y el diámetro de los electrodos serán los especificados en los Procedimientos de fabricación para cada costura y elemento estructural concretos, de acuerdo con las características del material base y la posición de aportación. Preferentemente se utilizarán electrodos de tipo básico.

El Contratista mantendrá los electrodos en paquetes a prueba de humedad, en un local cerrado y seco, y a una temperatura tal que se eviten condensaciones.

El Contratista dispondrá de hornos para mantenimiento de electrodos, en los cuales se introducirán éstos en el momento en que los paquetes se abran para su utilización.

En aquellos casos en que las envolturas exteriores de los paquetes hayan sufrido daños, la Dirección de obra decidirá si los electrodos deben ser rechazados o introducidos inmediatamente en un horno de secado.

Con independencia de los que pudiera disponer en almacén, el Contratista situará estufas de mantenimiento en las proximidades de las zonas de trabajo de los soldadores.

El soldador dispondrá de estufas de mantenimiento individuales donde colocará los electrodos que en pequeñas cantidades vaya retirando del horno de mantenimiento más próximo.

La Dirección de obra podrá ordenar la retirada o destrucción de cualquier electrodo que, a pesar de las precauciones tomadas por el contratista, haya resultado en su opinión contaminado.

Cuando la soldadura se efectúe mediante protección gaseosa, o mediante arco sumergido, tanto la mezcla de gases, como el flux y las varillas estarán avalados por los correspondientes certificados, y se conservarán con especial cuidado de que no se incorpore humedad a los mismos.

Mecanizados

Si fuese preciso mecanizar alguna pieza para satisfacer la geometría definida en los planos, el Contratista propondrá a la Dirección de obra el procedimiento a seguir para garantizar una rugosidad inferior a 25 micras, así como el posible proceso de eliminación de tensiones al que se someterán las piezas.

Chorreado

La estructura metálica se suministrará a obra con chorreado con arena o granalla ,de las caras vistas, en posición definitiva, hasta nivel comercial o hasta grado Sa 2 ½ según Norma ISO-8501-1

Soldaduras 11.6.4

Todos los procesos de soldadura, serán objeto de elaboración de un Procedimiento con indicación de características de materiales de aportación, preparaciones de borde y parámetros previstos en ASME IX, incluyendo temperaturas de precalentamiento entre pasadas y calos de aportación. Este procedimiento deberá ser homologado de acuerdo a esta Norma.

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Se deberá incluir el correspondiente ensayo de resiliencia (tenacidad), tanto en la zona soldada, como en la zona afectada térmicamente (ZAT), y las condiciones de los ensayos (Temperatura) y los resultados de los mismos deberán responder a una calidad al menos igual a la del metal base. Asimismo, para estas calidades se realizará un ensayo de dureza HV 10 sobre un corte transversal de la probeta, en dos líneas transversales a la soldadura situadas una de ellas a 2 mm de la cara superior de la chapa y la otra, a 2 mm de la cara inferior. A lo largo de cada una de estas líneas, se medirán 3 huellas en el material base, 3 en la ZAT, 3 en la soldadura, 3 en la ZAT opuesta y 3 en el material base opuesto. El ensayo se considerará admisible cuando la dureza no supera en ninguna huella el valor 350 HV 10.

Las homologaciones deberán ser efectuadas por una entidad independiente de Control clasificada por el Organismo Oficial competente para ello y será la misma que efectúe la totalidad del control señalado. Esta entidad certificará por escrito que con los procedimientos homologados quedan cubiertos todos los procesos de soldadura a efectuar en la Obra.

En el caso de espesores de ala superiores a 30 mm., se homologará también el procedimiento de soldadura en ángulo alas-alma, de modo que se asegure que no existe excesivo aporte de calor que baje la características de resiliencia de la zona soldada, material base y zona de transición, precalentando las chapas de alas y alma, si es necesario.

Los soldadores y operadores que hagan soldaduras, tanto definitivas como provisionales, deberán esta calificados según UNE-EN ISO 9606-1 ó ASME IX, con una homologación en vigor, también efectuada por una Sociedad de Control que cumpla los requisitos señalados.

Las temperaturas de precalentamiento y entre pasadas, en el caso de espesores superiores a 25 mm, a considerar para evitar posibles fisuras, se fijarán según los criterios indicados en la norma AWS D.1 1 y se efectuará su control mediante el uso de termopares o tizas termométricas.

El proceso de soldadura en el caso de ser manual, se efectuará con electrodo revestido tipo básico. Se admite también la soldadura por arco sumergido con varilla y fundente, según AWS: En este tipo de soldadura se vigilará periódicamente la limpieza de los bordes, así como que los parámetros realmente utilizados coinciden con los del procedimiento que se homologó. La utilización de soldadura por arco protegido por gas en soldaduras a tope, que se permitirá solamente en Taller, quedando prohibido su uso en obra, salvo que se adoptan las medidas oportunas para la protección de la zona de trabajos (toldos, etc..), sean aprobadas previamente por el Director de obra y se haga un control al 100%. Aún así la inspección controlará en las primeras fases de fabricación la posible porosidad de la soldadura.

Además, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

Antes del soldeo se limpiarán los bordes de la costura, eliminando cuidadosamente toda la cascarilla, herrumbre o suciedad y muy especialmente las manchas de grasa o pintura. En el caso de que se haya utilizado un Shop-primer, antes de comenzar la soldadura, se entregará la homologación del mismo para el proceso de soldeo elegido.

Las partes a soldar deberán estar bien secas. Se tomarán las debidas precauciones para proteger los trabajos de soldeo contra el viento, la lluvia

y, especialmente, contra el frío. Se suspenderá el trabajo cuando la temperatura baje a 0 ºC. Queda terminantemente prohibido el acelerar el enfriamiento de las soldaduras con medios

artificiales. Después de ejecutar cada cordón elemental, y antes de depositar el siguiente, se limpiará su

superficie con piqueta y cepillo de alambre, eliminando todo rastro de escorias. Para facilitar esta operación y el depósito de los cordones posteriores, se procurará que las superficies exteriores de tales cordones no formen ángulos diedros demasiado agudos, ni entre sí ni con los bordes de las piezas; y, también, que las superficies de los cordones sean lo más regulares posibles.

En todas las soldaduras a tope se asegurará la penetración completa, incluso en la zona de raíz; en todas las soldaduras manuales a tope deberá levantarse la raíz al revés, recogiéndola, por lo

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menos, con un nuevo cordón de cierre; cuando ello no sea posible, porque la raíz sea inaccesible, se adoptarán las medidas oportunas (chapa dorsal, guía de cobre acanalado, cerámica, etc..) para conseguir un depósito de metal sano en todo el espesor de la costura. Salvo autorización en contra del Director de Obra, cuando se coloque chapa dorsal metálica, deberá levantarse posteriormente ésta y amolada la superficie, de modo que quede la misma sin ninguna irregularidad.

La superficie de la soldadura, tanto en cordones en ángulo como a tope, presentará un aspecto regular, acusando una perfecta fusión del material y sin muestras de mordeduras, poros, discontinuidades o faltas de material. Se tomarán las medidas necesarias para evitar los cráteres finales y las proyecciones de gotas de metal fundido sobre la superficie de las barras.

En el Taller debe procurarse que el depósito de los cordones se efectué, siempre que sea posible, en posición horizontal. Con este fin, se utilizarán los dispositivos de volteo que sean necesarios para poder orientar la piezas en la posición más conveniente para la ejecución de las distintas posturas, sin provocar en ellas, no obstante, solicitaciones excesivas que pueda dañar la débil resistencia de las primeras capas depositadas.

Cuando se utilicen electrodos recubiertos del tipo básico, serán desecados, siempre que no haya garantías sobre la estanqueidad de los embalajes en los que se suministran. Si esta estanqueidad esta garantizada, los electrodos pasarán directamente a las estufas de mantenimiento sin desecado previo. En caso contrario, los electrodos se desecarán durante dos horas, como mínimo, a una temperatura de 225 ªC (+/-) 25ºC. Estos valores de temperatura y tiempo podrán modificarse en base a las recomendaciones de los fabricantes.

El fundente y las varillas para soldar, se almacenarán en locales cerrados, con el fin de evitar

excesos de humedad. El fundente, antes de usarlo, se secará dos horas como mínimo a 200 ºC 25ºC, o tal como indique el fabricante. El fundente que haya estado a temperatura ambiente más de dos horas no se usará a menos que sea secado, de acuerdo a lo descrito en el párrafo anterior. El fundente seco puede mantenerse en una estufa a una temperatura no inferior a 50ºC hasta usarlo. El reciclaje de la escoria del fundente no está permitido.

Rechazo de unidades y reparaciones

Las desviaciones de lo expuesto en este pliego de condiciones producirán el rechazo de la o las unidades afectadas parcial o totalmente, debiendo corregirse o retirarse con cargo al Contratista.

Solo se admitirán dos reparaciones en un mismo punto.

En el caso de indefinición en planos, se cumplirán los siguientes requisitos, que se detallarán en los correspondientes planos de taller:

Uniones atornilladas 11.6.5

Para uniones atornilladas, será de aplicación lo indicado en las normas EAE , UNE-EN 15048-1, UNE-EN ISO 898-2, UNE-EN ISO 898-1, UNE-EN 14399, UNE -EN 1090 y CTE DB-SE-A

En este apartado se contemplan los tornillos ordinarios y los tornillos pretensados (también llamados tornillos de alta resistencia), a emplear en la estructura metálica.

Los tornillos ordinarios serán, salvo indicación en contra, de calidad 4.6 o 5.6 (UNE-EN ISO 898-1). Sus tuercas y arandelas serán de acero que marca la Norma UNE-EN ISO 898-1

Los tornillos de alta resistencia serán de calidad 8.8, 10.9 y 12.9. Sus tuercas y arandelas serán del acero que marca la Norma UNE-EN ISO 898-1. Tanto los tornillos como las tuercas y arandelas, deberán suministrarse con el Certificado de calidad demostrativo de su clase, según exigen dicha Normas.

En las uniones, tanto con tornillos ordinarios como pretensados, en las que se deban transmitir esfuerzos de compresión, deberán quedar perfectamente en contacto las zonas que deban transmitir

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estos esfuerzos, antes de la apretadura de los tornillos: en este caso no será necesario mecanizar la unión. Si no es así, se mecanizarán esas partes en contacto, para asegurar la transmisión de esfuerzos por contacto. Cualquier discrepancia al respecto de este apartado será resuelta siguiendo los criterios de los Anejos T y U del Eurocódigo 3, para este tipo de uniones.

Planos de Taller y fabricación

En el caso de indefinición en planos, se cumplirán los siguientes requisitos, que se detallarán en los correspondientes planos de taller:

Los diámetros de los agujeros a ejecutar en chapas o planos se elegirán en función de los espesores de las piezas a unir dentro de los límites marcados en la EAE; para los perfiles se elegirán los valores indicados en la norma EAE o en la normas UNE de la serie 36000, o los inmediatos a ellos.

Las distancias entre centros de taladros, y a los bordes, cumplirán las limitaciones establecidos en la norma UNE-EN 1090

Salvo indicaciones en contrario de los planos, la longitud de la espiga o vástago de los tornillos ordinarios o de alta resistencia, estarán de acuerdo con la limitaciones de la EAE. No podrá penetrar la rosca dentro de las chapas a unir, en el caso de tornillos ordinarios.

Para los tornillos ordinarios, el diámetro del agujero podrá ser hasta de un milímetro (1 mm) superior al nominal del tornillo.

Para los tornillos pretensados, el diámetro del agujero podrá ser hasta de dos milimetros (2 mm) superior al nominal del tornillo.

En el caso de tornillos pretensados, sólo se permitirán los taladros alargados o ampliados, si vienen así calculados y definidos en los Planos de Proyecto; si el taller, a fin de facilitar el montaje, quiere utilizar estos taladros en alguna unión, deberá proponer este cambio.

Previamente a la fabricación ,el contratista debe remitir los planos de taller a la aprobación del Director de obra.

Los agujeros para tornillos se ejecutarán con taladro, quedando terminantemente prohibida su ejecución mediante punzonado, soplete o arco eléctrico.

Deberán tomarse las medidas correspondientes para garantizar que los agujeros son cilíndricos sin grietas ni fisuras, así como la coincidencia de los mismos.

Queda prohibido el uso de la broca pasante para agrandar o rectificar agujeros.

Siempre que sea posible, se taladrarán de una sola vez los agujeros que atraviesen dos o más piezas, engrapándolas o atornillándolas fuertemente. Después de taladradas las piezas se separarán para eliminar las rebabas.

Montaje de uniones atornilladas

En el caso de tornillos ordinarios, se colocará siempre arandela bajo la tuerca, del tipo correspondiente al tornillo empleado,; si el asiento se hace sobre la cara interior de las alas de perfiles IPN o UPN la arandela a emplear será de las denominadas de cuña.

En el caso de tornillos pretensados, se colocará siempre arandelas, del tipo correspondiente al tornillo empleado, tanto bajo el elemento a girar en el apriete del tornillo, cabeza o tuerca, como en el opuesto; si el asiento se hace sobre la cara interior de las alas de perfiles IPN o UPN la arandela a emplear será de las denominadas de cuña.

Los tornillos que hayan de quedar con su eje en posición vertical o inclinada se colocarán de modo que la tuerca quede más baja que la cabeza.

En los tornillos ordinarios, se utilizará contratuerca para bloquear la tuerca. Otros sistemas, como el punto de soldadura, u otros, deberán autorizarse por el Director de Obra.

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Para tornillos pretensados debe cumplirse:

Si la unión se realiza en Taller (no es una unión desmontable), se chorrearán las superficies al grado grado Sa 2 ½ según Norma ISO-8501-1 no admitiendose ningún resto de grasa o pintura, para después realizar la unión en el propio Taller.

Si la unión es demontable, se protegerán las chapas a unir con pintura de silicato de zinc, previa limpieza señalada en el párrafo anterior, debiendo estar esta pintura homologada por las Normas British Standard para este fin (garantizado el coeficiente de rozamiento mínimo de 0,5).

Se deberán apretar los tornillos pretensados de forma que consiga el esfuerzo de pretensado No que se indique en los planos, o en su defecto, se aplicarán los criterios de la EAE.. Se dará en primer lugar un apriete manual a todos los tornillos de la unión, para luego dar el par definitivo mediante llave dinamométrica manual o a máquina neumática. El par de apriete nominal se controlará por cualquiera de los métodos conocidos: método de control de par, método de giro de tuerca o método combinado. El método elegido será homologado por un Laboratorio oficial. Se admite también la utilización de dispositivos de control de par como arandelas especiales, etc.., siempre que se homologue el procedimiento de control de apriete.

No se comenzará el atornillado definitivo hasta que se haya comprobado que la posición de las piezas a que afecta cada unión coincida exactamente con la definitiva; o si se han previsto elementos de corrección, que su posición relativa es la debida, y que la posible separación de su forma actual, respecto de la definitiva, podrá ser anulada con los medios de corrección disponibles. Se comenzará el apriete definitivo, con los tornillos que están en el centro de la unión progresando hacia los bordes.

Montaje en obra 11.6.6

Se realizará en taller un montaje en bancada de cada tramo con su sección completa, con, al menos, el tramo anterior y posterior, y se comprobará tanto el ajuste de todos sus cortes, como las contraflechas de las mismas.

Una vez trasladado a obra se procederá al ensamblaje en una zona habilitada al efecto.

Deberán haberse colocado sobre la estructura los elementos necesarios que posibiliten su izado hasta su posición definitiva.

Se realizará un proyecto específico de los medios auxiliares, de acuerdo con los requisitos de la O.M: “22301 ORDEN FOM/3818/2007”, incluyendo memoria descriptiva, planos, anejo de cálculo, instrucciones de montaje y desmontaje, mantenimiento y pliego de condiciones donde aparezcan las condiciones de aceptación y rechazo de los materiales.

El Contratista estará obligado a presentar un proyecto que incluya un plan de montaje, al Director de obra, antes del comienzo del mismo. Este programa de montaje deberá contener lo indicado en artículo 78.2 de la Instrucción EAE y el apartado 9.3 de la UNE-EN 1090-2:2011+A1:2011. Se detallarán todos los medios auxiliares y de elevación, se presentarán los cálculos correspondientes, y se atenderá de forma especial las posibles inestabilidades en montaje y la resistencia al viento del sistema.

El programa de montaje se acompañará de los planos de montaje, adicionales a los de taller, así como de los documentos con las instrucciones complementarias que sean necesarios para su completa definición.

Como norma general el montaje no podrá inducir en ningún punto de la estructura esfuerzos superiores a los que tendrá ese elemento cuando la estructura esté terminada.

Inspección y control 11.6.7

Todas las actividades recogidas en este epígrafe serán realizadas por una única Entidad de Control homologada, que debe ser externa al Taller fabricante de la estructura. Todos los inspectores externos

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al taller tendrán su correspondiente homologación y debe pertenecer a la Entidad de control señalada. Ambas homologaciones deberán haber sido efectuadas por el Organismo oficial competente y estar en vigor. La entidad de control será propuesta el taller y aprobada por el Director de obra.

Además de las inspecciones y ensayos señalados en este apartado, este inspector tendrá la responsabilidad de la recepción de materiales, de la comprobación (o realización en su caso) de las homologaciones de procedimiento y soldadores, y la realización de los controles de los Apartados referentes al control de tornillos, y conectadores. Para ello el Contratista facilitará una copia completa de esta Especificación al Inspector.

Antes del comienzo de los trabajos, y simultáneamente al comienzo de los planos, el contratista desarrollará un Plan de Puntos de Inspección (PPI) que, cumpliendo esta Especificación, recoja los distintos controles, y que deberá ser aprobado. En caso de que la Dirección de obra entienda que este PPI no cumple los requisitos de la presente Especificación, el Contratista estará obligado a asumir el PPI que redactaría la Dirección de obra.

De todos los controles se escribirá su correspondiente protocolo de inspección, donde además de la descripción y resultados del ensayo, se adjuntarán los planos generales del taller en los que señalarán la zona y posición exacta de dicho control.

El taller deberá avisar, por escrito, a la entidad de control y la Dirección de Obra, como mínimo de cinco (5) días laborables de antelación, de la disponibilidad de las piezas para efectuar los ensayos y los controles solicitados.

Trazabilidad

Se exigirá la trazabilidad física y documental, para lo cual el contratista entregará previamente el correspondiente procedimiento. Las marcas de chapas y perfiles se traspasarán a cada uno de los elementos de la estructura, de forma que para cada chapa y perfil esté relacionado su origen y sus certificados de calidad con su destino final. Los planos de despiece de chapas y perfiles se incorporarán al documento de control con los certificados correspondientes a los mismos.

Inspección visual

Se efectuará una inspección visual del estado de los componentes, a fin de detectar grietas u otros defectos. Se inspeccionará visualmente el 100 % de las soldaduras realizadas, tanto a tope como en ángulo, centrando esta inspección, especialmente, sobre la detección de entallas, mordeduras, grietas, poros y desbordamientos.

Esta inspección se hará de acuerdo con los criterios de aceptación establecidos en el anejo adjunto y en la Norma AWS D1.1 y D1.5.

Control Dimensional

Se efectuará un control dimensional de los componentes a unir con sus preparaciones de borde, curvaturas, etc, así como de las piezas terminadas, de modo que cumplan las dimensiones de los planos con las tolerancias fijadas en el apartado de tolerancias de la Norma RPX-95 ó en la UNE-EN 1090 ó la Norma UNE 76100, tomando de todas ellas la más restrictiva. Se realizará, asimismo, un control dimensional tanto de las preparaciones de borde en las chapas a soldar a tope como de los tamaños de los cordones (sobre espesores, gargantas, profundidad de las mordeduras, etc..) de las soldaduras de ángulo y a tope, según lo señalado en planos y con las tolerancias de la Norma RPX-95 y de la Norma AWS D1.5.

El control dimensional de piezas se realizará al 100 %.

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Inspección

La inspección que se hará mediante ensayos no destructores será la siguiente, estando los porcentajes referidos a la longitud total de los cordones.

Inspección de soldaduras por líquidos penetrantes o partículas magnéticas sobre el 10 %. Inspección de soldaduras a tope en tracción por radiografía o ultrasonidos sobre el 100 %. Inspección de soldaduras a tope en compresión o cortante sobre el 25 %.

En el caso que no se pueda realizar algunas de las inspecciones señaladas ó que el inspector que efectúa el Control no garantice el resultado que se persigue con las mismas, se realizará a cargo del taller otro tipo de inspección más adecuada, con los mismos porcentajes señalados.

Preferentemente se localizarán las inspecciones en las zonas de cruce de dos o más cordones y en el principio y finales de los mismos. El resto de las posiciones a controlar serán fijadas por la Dirección de obra sobre los planos del taller.

Una vez que se detecte algún defecto no admisible, en cualquier tipo de inspección, se reparará e inspeccionara esa zona y su unión con las contiguas. Además se deberá realizar otra radiografía o ampliar la inspección ultrasónica en ese mismo empalme, aplicando a éste el mismo criterio. En caso de que en una misma costura, o empalme, se detecten, en cualquiera de las inspecciones señaladas, tres o más defectos, se inspeccionará toda la costura al 100 %. Asimismo si del control efectuado en toda la estructura se detecta más de un 20 % de soldaduras defectuosas, el Director de obra podrá pedir una inspección al 100 %.

La Dirección de obra se reserva el derecho a efectuar cuantos controles considere convenientes, incluido la toma de cupones sobre la estructura ya soldada, a los que se aplicarán los mismos criterios de aceptación señalados. El coste de estos controles adicionales serán por cuenta del Contrato si el resultado de los mismos es aceptable según este Pliego. Si no lo es, el contratista correrá con los gastos de inspección de las soldaduras defectuosas, con los gastos de la reparación de las mismas y con los gastos de las inspecciones adicionales a que den lugar estos defectos, de acuerdo con el párrafo anterior.

Todos los gastos derivados tanto del control señalado como del exceso de control producido por la mala ejecución o por la detección de defectos (nueva inspección de zonas reparadas, inspección al 100 % si hay excesivos defectos, etc..), correrá a cargo del Contratista, tanto en lo que se refiere a su coste como al plazo contratado que no tendrán variación por estas causas.

Para las inspecciones mediante líquidos penetrantes los niveles de aceptación serán los fijados en la norma AWS D 1.5.

Se considerarán aceptables las radiografías calificadas con 1 ó 2 según UNE-EN 12517. Tanto para la inspección radiográfica como ultrasónica, los niveles de aceptación serán los señalados en la norma AWS D 1.5.

Tratamiento de protección mediante pintura 11.6.8

Será de aplicación el tratamiento de protección mediante pintura necesario.

Medición y abono 11.6.9

El acero estructural se abonará aplicando los precios establecidos en los cuadros de precios para cada tipo de elemento por su medición teórica.

La medición teórica es la que resulta de multiplicar las longitudes de los perfiles laminados que resulte de los planos por el peso definido en la EAE para cada tipo de perfil y el volumen teórico deducido de las dimensiones nominales que figuran en los planos para chapas, por el peso específico de siete ochenta y cinco gramos decímetro cúbico (7.85 kg/dm3)

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No se abonarán por estar incluidos en el presupuesto resultante, despuntes, casquillos y tapajuntas, así como el peso de cuantos cordones de soldadura y uniones atornilladas provisional sean necesarios para la ejecución de la estructura.

También se consideran incluidas en el precio todas las operaciones, materiales y equipos necesarios para la fabricación, montaje en banco en taller, y materiales mecanizados y normalizados.

También se consideran incluidos los costes que resulten de los controles de producción de estructura metálica a realizar por el constructor, así como las operaciones de carga, transporte, descarga en obra y ensamblaje.

Las operaciones de montaje, empuje, izado, y todos los elementos auxiliares necesarios para su colocación en su posición definitiva, incluso todas las soldaduras y uniones atornillas provisionales, así como cables gatos, patines, topes y cualquier otro elemento de seguridad necesario para efectuar las operaciones de movimiento y colocación de la estructura no serán de abono independiente estando incluido dentro del precio del kilo de acero estructural.

Las operaciones de montaje, empuje, izado, y todos los elementos auxiliares necesarios para su colocación en su posición definitiva, incluso todas las soldaduras y uniones atornillas provisionales, así como cables gatos, patines, topes y cualquier otro elemento de seguridad necesario para efectuar las operaciones de movimiento y colocación de la estructura no serán de abono independiente estando incluido dentro del precio del kilo de acero estructural.

En dicho precio se incluyen, la preparación de la superficie, el tratamiento mediante pintura y todos los elementos necesarios para la completa ejecución de la unidad.

11.7 micropilotes

Definición 11.7.1

Se define como micropilote de tubo de acero a un elemento resistente a compresión y tracción, constituido por un tubo de acero colocado en un taladro perforado en el terreno y recibido en éste mediante un mortero de cemento inyectado.

Armadura tubular

Tubo de acero, generalmente provisto de válvulas para inyección en su extremo inferior, que constituye el elemento resistente del micropilote.

Bulbo de anclaje

Ensanchamiento, situado en la parte más profunda del micropilote, formado por una mezcla de cemento, inyectada a presión a través de las válvulas de la armadura tubular. La misión del bulbo es la transmisión de la carga que soporta el micropilote al terreno.

Condiciones generales 11.7.2

Perforación de taladros y contención de armaduras

El método de perforación se adaptará a la naturaleza del terreno y las características de los micropilotes. Se tomarán las debidas precauciones para evitar erosiones y derrumbes en las paredes de los taladros al colocar las armaduras.

Inyección de micropilotes

Se realizará en tres (3) fases:

Inyección, sin presión, del espacio anular entre armaduras y terreno. Inyección, a presión, del bulbo del micropilote.

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Inyección del relleno del interior de la armadura tubular.

Puesta en servicio o en carga

En su caso, se someterá al micropilote a una precompresión para suprimir los asientos elásticos de éste antes de realizar el apoyo de la estructura a la que sirva de cimentación.

Tolerancias geométricas

Replanteo de los ejes ± 10% D Profundidad de la perforación + 1% L Aplomado ± 2% L Posición de las armaduras Nula Recubrimiento de las armaduras Nula

Materiales 11.7.3

Armadura tubular

La armadura de los micropilotes estará formada por un tubo de acero, cuyo diámetro, espesor y restantes características se definen en planos. La extremidad inferior del tubo tendrá, a intervalos regulares, unas válvulas para inyectar las mezclas en la ejecución de los micropilotes.

Lechada de inyección

Las lechadas se fabricarán en mezcladoras de alta turbulencia, dosificándose el cemento en peso y el agua en volumen mediante contadores de agua.

Las mezclas deberán agitarse durante un tiempo mínimo de tres minutos (3 minutos), y una vez fabricadas se utilizarán antes de que transcurra una hora (1 h).

Estarán constituidas por mezcla estable de cemento y agua, en proporción ponderal C/A = 2 y una resistencia mínima de 25 MPa.

Se empleará mortero con un fck>=30 MPa

Equipos

Los equipos para la ejecución de micropilotes se pueden agrupar, fundamentalmente, en:

Equipos de perforación de taladros. Equipos de inyección.

Condiciones del proceso de ejecución 11.7.4

Las actividades que requiere la ejecución de micropilotes son:

Replanteo de taladros. Accesos, instalaciones, obras y medios auxiliares. Perforación de taladros. Colocación de tubos y ejecución de las inyecciones. Puesta en servicio de los micropilotes. Retirada de equipos y limpieza de tajos. Ensayos previos y en ejecución.

El Contratista deberá colocar en el tubo que forma la armadura del micropilote, antes de su introducción en el taladro, unos centradores, espaciados a lo largo del fuste entre uno (1 m) y un metro y medio (1,5 m), o según ordene el Director de Obra, para que los tubos queden perfectamente

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centrados dentro del taladro. El tipo de centrador será presentado al Director para su aprobación. Los centradores quedarán perdidos, formando parte del micropilote y ocuparán el menor espacio posible.

Se establecerá una distancia mínima de un metro (1 m) entre micropilotes que se inyecten y taladros que se perforan, que, en su caso, se podrá revisar en función de la permeabilidad del terreno, con el fin de evitar deslaves producidos en la mezcla que se inyecta o en la recién inyectada.

El Contratista deberá efectuar un control continuo del estado de la obra, registrando, al menos, las longitudes perforadas en cada taladro, las longitudes de tubos colocados, las dimensiones del bulbo, la presión y volumen de inyección necesario para formarlo y el volumen de las inyecciones de relleno.

Se confeccionarán gráficos donde se anoten, de forma unívoca y sencilla, los datos antes citados además de los que se consideren necesarios para que la Dirección de Obra y el personal responsable por parte del Contratista puedan conocer, en todo momento, el estado del proceso de la ejecución, sin cometer errores.

El Contratista deberá tener, en todo momento, el control de todas las operaciones de ejecución de los micropilotes, siendo responsable de cualquier daño que pudiera sobrevenir a causa de errores en alguna de las operaciones antes citadas o en cualquier trabajo que realice dentro del recinto de la obra.

Perforación de los taladros

Antes de introducir la armadura tubular, se comprobará que el taladro tiene la profundidad y el diámetro requerido.

Colocación de los tubos y ejecución de las inyecciones

Colocación de los tubos.

Las armaduras tubulares, provistas de centradores, se introducirán en sus respectivos taladros con el mayor cuidado, sin golpearlas ni forzarlas, especialmente en el caso de taladros realizados en terrenos blandos y no entubados, a efectos de evitar derrumbamientos en éstos.

Ejecución de las inyecciones.

Se procederá a la ejecución de las tres fases de inyección para formar el micropilote.

La primera fase se ejecutará inyectando a través de la última válvula, sin presión, hasta que la mezcla rebose por el espacio anular entre la armadura tubular del micropilote y el terreno. Se formará así una vaina constituida por una mezcla de cemento, que se dejará fraguar antes de proceder a la inyección de la segunda fase.

La segunda fase de inyección consistirá en la formación de bulbo de anclaje del micropilote al terreno. Se inyectará a presión, generalmente entre uno y medio y tres MegaPascales (1,5-3,0 MPa), a través de cada válvula, un determinado volumen de mezcla. Este volumen deberá ajustarse, en obra, a las características del terreno, debiéndose realizar ensayos previos “in situ”.

Finalmente, se rellenará de mezcla de cemento el interior de la tubería que constituye la armadura tubular del micropilote.

Control de calidad 11.7.5

El Contratista estará obligado a efectuar el Control de Producción, según el Programa de Control propuesto por él y aprobado por el Director de Obra; este Programa deberá concretar el objeto, lugar y frecuencia de los controles de producción.

Será de aplicación el control de los materiales empleados en la ejecución de los micropilotes, tanto a su llegada a la obra como en el momento anterior a su utilización; se prestará especial atención a la oxidación o corrosión que puedan sufrir los tubos metálicos que constituyen la armadura de los micropilotes.

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El Contratista estará obligado a efectuar, de manera permanente y sistemática, el control de los parámetros de inyección del micropilote, tanto en lo que se refiere a la inyección del espacio anular, que servirá para proteger la armadura de la corrosión, como a la inyección del bulbo.

Medición y abono 11.7.6

Los micropilotes se medirán y abonarán en metros, según las dimensiones de planos

11.8 Encofrados y moldes

Definición 11.8.1

Se define como encofrado el elemento destinado al moldeo "in situ" de hormigones y morteros. Puede ser recuperable o perdido, entendiéndose por esto último el que queda englobado dentro del hormigón.

Se entiende por molde el elemento, generalmente metálico, fijo o desplegable, destinado al moldeo de un elemento estructural en lugar distinto al que ha de ocupar en servicio, bien se haga el hormigonado a pie de obra, o bien en una planta o taller de prefabricación.

Requisitos generales 11.8.2

Cualquier encofrado deberá cumplir los siguientes requisitos:

Resistencia. Los encofrados y sus estructuras de soporte deberán tener suficiente resistencia para soportar, con los niveles de seguridad exigibles, las cargas a las que estarán sometidos en función del tipo de hormigón que moldean y del procedimiento de hormigonado previsto, prestando especial atención al espesor de tongada a resistir.

Rigidez. Los encofrados deberán tener una rigidez tal que sean capaces de mantener las formas y dimensiones del elemento a construir dentro de las tolerancias prescritas.

Estanqueidad. El sistema de encofrado que se emplee deberá tener suficiente estanqueidad y hermeticidad para impedir que escape por las juntas el hormigón fresco.

No reactividad. El material del encofrado en contacto con el hormigón no podrá ser reactivo ni agresivo para éste.

En paramentos vistos, los encofrados deberán garantizar los niveles de acabado, textura uniformidad, limpieza, etc… que le sean exigibles.

En el caso de los encofrados para el moldeo de hormigones autocompactables se prestará especial atención a los empujes que este tipo de hormigón genera en los encofrados, en función del espesor de tongada a ejecutar, y a la hermeticidad de las juntas entre los diferentes paneles de encofrados.

Materiales 11.8.3

Los encofrados dispuestos en superficies vistas, serán especialmente cuidados, de madera de primera calidad pulida, machihembrada y llevarán sus correspondientes berenjenos. Los encofrados ocultos podrán ser de madera o metálicos.

En todos los casos, los encofrados cumplirán con los requisitos establecidos en el apartado “Requisitos generales” del presente artículo

La madera para encofrados cumplirá las especificaciones recogidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Ejecución 11.8.4

La ejecución incluye las operaciones siguientes:

definición del sistema,

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documentación de suministro, suministro y montaje, desencofrado, y desmontaje y retirada. Definición del sistema

Antes de la utilización de cualquier encofrado el Contratista deberá presentar a la Dirección de obra para su aprobación una “nota técnica”, firmada por un técnico competente por parte del Contratista, de cada sistema de encofrado propuesto para cada elemento estructural. En este documento se mostrará claramente cómo el sistema propuesto cumple los requisitos definidos en apartado “Requisitos generales” del presente artículo e incluirá, al menos, los siguientes aspectos:

Nota de cálculo que demuestre la suficiente resistencia, estabilidad y rigidez del sistema en función del procedimiento de hormigonado propuesto, considerando la docilidad del hormigón y el espesor de tongadas. Dicha nota deberá incluir un apartado específico que defina con claridad todas las acciones consideradas en el dimensionamiento de los elementos de soporte del encofrado (espesores nominales, tolerancias en sobreespesores, empujes hidrostáticos del hormigón, acciones de viento, sobrecargas de trabajo, etc…)

Ensayos requeridos, si ha lugar, para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Manual de montaje y desmontaje de los encofrados. En el caso de que se empleen encofrados trepadores o deslizantes el Contratista deberá redactar

un proyecto específico completo de dichos encofrados para su utilización. Este Proyecto deberá ser firmado por un técnico competente por parte del Contratista, con suficiente experiencia en puentes y sus elementos auxiliares.

El Proyecto deberá incluir, al menos:

Una Memoria, uno Anejo de Cálculo y unos Planos que definan completa y correctamente todos los elementos. El anejo de Cálculo deberá incluir la definición precisa de acciones y la justificación del dimensionamiento de todos los elementos.

Un Manual de montaje y desmontaje, Un Manual de operaciones que defina los movimientos de los encofrados, Unas especificaciones para el hormigonado con este tipo de encofrados especiales, y Una definición de las tolerancias de montaje previstas. Una definición de los ensayos requeridos, si ha lugar, para comprobar el cumplimiento de los

requisitos exigidos.

Además, dado que estos encofrados se apoyan en la estructura del elemento que se construye, el Contratista presentará a la Dirección de obra, para su aprobación y previamente a su utilización, un informe suscrito por el técnico competente por parte del Contratista en el que se compruebe que el elemento estructural soporta las cargas que le transmite el medio auxiliar y que la estructura en la que se apoya mantiene una suficiente resistencia y estabilidad, sin alterar las condiciones de seguridad establecidas en el proyecto, en las condiciones de seguridad previstas en la normativa aplicable vigente.

Documentación de suministro

Antes de la utilización de cualquier encofrado el Contratista deberá presentar a la Dirección de obra, para su aprobación, la documentación de suministro que demuestre que el sistema de encofrado previsto cumple los requisitos exigidos. Para ello, se presentara la siguiente documentación:

Nota de cálculo o proyecto específico que defina el sistema de encofrado propuesto para cada elemento estructural, y que demuestre para las acciones explícitamente consideradas, la suficiente resistencia y rigidez del sistema propuesto.

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Certificado del suministrador o resultados de ensayos que acrediten la suficiente estanqueidad o hermeticidad del sistema de encofrado.

Certificado del suministrador o resultados de ensayos que acrediten la no agresividad del encofrado al hormigón que vayan a moldear.

Manual de montaje y desmontaje. Además, el Contratista deberá presentar a la Dirección de obra antes de la utilización de cualquier

encofrado la siguiente documentación adicional: Nota que acredite el haber realizado la comprobación de que el sistema de encofrado propuesto

es acorde con el procedimiento de hormigonado previsto, en especial en lo que respecta a la docilidad del hormigón y al espesor de tongada considerado, así como para el resto de acciones para las que ha sido proyectado.

Definición del producto desencofrante a utilizar, incluyendo la acreditación de que cumple los requisitos de no agresividad requeridos.

En caso de que se exija un acabado especial de los paramentos vistos, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto o la Dirección de obra, podrá exigir que el Contratista presente antes de la utilización de cualquier encofrado la siguiente documentación adicional:

Propuesta de despieces de los diferentes paneles de encofrado y de ubicación de los latiguillos, barras de amarre y juntas

Medidas a adoptar para evitar defectos de acabado superficial debido a los productos de curado o desencofrantes.

Medidas a adoptar para garantizar un correcto acabado en las zonas de juntas entre paneles de encofrados, evitando rebabas, salida de lechada, nidos de grava, etc.

Programa de pruebas previas sobre el acabado de los paramentos vistos, si así lo requiere el Pliego de Prescripciones Técnicas del proyecto.

Construcción y montaje

En los encofrados de madera se cuidará especialmente la alineación de las juntas entre tablas a lo largo de todas las caras. Se procurará evitar el cambio de dirección de las tablas en alguna de las caras, contrastando con las restantes.

En los elementos curvos que se encofren con madera se emplearán tabloncillos de menos de cinco centímetros (5 cm) de anchura máxima.

Los encofrados de fondo de los elementos rectos o planos de más de seis metros (6 m) de luz libre, se dispondrán con la contraflecha necesaria para que, una vez desencofrado el elemento, éste conserve una ligera convexidad en el intradós.

Las uniones y las piezas que constituyen los encofrados deberán poseer la resistencia y la rigidez necesarias para que, con la secuencia prevista del hormigonado y, especialmente, bajo los efectos dinámicos producidos por el sistema de compactación exigido o adoptado, no se originen esfuerzos anormales en el hormigón, ni durante su puesta en obra, ni durante su período de endurecimiento; así como tampoco movimientos locales en los encofrados superiores a cinco milímetros (5 mm).

Los enlaces de los distintos elementos o paños de los moldes serán sólidos y sencillos, de modo que su montaje y desmontaje se realice con facilidad.

En el caso de obras de hormigón pretensado, se pondrá especial cuidado en la rigidez de los encofrados junto a las zonas de anclaje, para que los ejes de los tendones sean exactamente normales a los anclajes. Se comprobará que los encofrados y moldes permiten las deformaciones de las piezas en ellos hormigonadas, y resisten adecuadamente la redistribución de cargas, que se originan durante el tesado de las armaduras. Especialmente, los encofrados y moldes deben permitir, sin coartarlos, los acortamientos de los elementos que en ellos se construyan.

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Los moldes o encofrados recuperables ya usados y que hayan de servir para unidades repetidas, serán cuidadosamente rectificados y limpiados. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto o, en su defecto, la Dirección de obra decidirá el número máximo de aprovechamientos permitido para cada encofrado, considerando su material constituyente, su calidad, su forma y la exposición visual futura del elemento encofrado.

En el caso de que los moldes o encofrados recuperables hayan sufrido desperfectos, deformaciones, alabeos, etc., a consecuencia de los cuales sus características geométricas hayan variado respecto a las primitivas, no podrán forzarse para hacerles recuperar su forma correcta.

Las superficies interiores de los encofrados deberán ser lo suficientemente uniformes y lisas para lograr que los paramentos vistos de las piezas de hormigón moldeadas no presenten defectos, bombeos, resaltos, ni rebabas de magnitud superior a la tolerada.

Tanto las superficies de los encofrados, como los productos que a ellas se pueden aplicar, no deberán contener sustancias perjudiciales para el hormigón.

Los encofrados de madera se humedecerán antes del hormigonado, a fin de evitar la absorción del agua contenida en el hormigón y se limpiarán, especialmente los fondos, dejándose aberturas provisionales para facilitar esta labor.

Las juntas entre las diversas tablas deberán permitir el entumecimiento de las mismas por la humedad del riego y del hormigón sin que, sin embargo, dejen escapar la pasta durante el hormigonado para lo cual la Dirección de obra podrá autorizar el empleo de una selladura adecuada.

Cuando se encofren elementos de gran altura y pequeño espesor a hormigonar de una vez, y no se recurra a vibración de los moldes, se deberán prever en las paredes laterales de los encofrados ventanas de suficiente dimensión para permitir desde ellas el vibrado y la compactación del hormigón. Estas aberturas se dispondrán con un espaciamiento vertical y horizontal no mayor de dos metros (2 m), y se cerrarán cuando el hormigón llegue a su altura.

Cuando un dintel lleva una junta vertical de construcción, como es el caso de un tablero continuo construido por etapas o por voladizos sucesivos con carro de avance, el cierre frontal de la misma se hará mediante un encofrado que debe estar provisto de todos los taladros necesarios para el paso de las armaduras pasivas y de las vainas de pretensado. En estos casos y en las juntas entre diferentes fases de hormigonado también se podrá emplear un encofrado de nervometal que quedará posteriormente embebido en el hormigón.

En las juntas entre fases de hormigonado o dovelas de tableros de hormigón pretensado se prestará especial cuidado a la rigidez y resistencia de los encofrados de estos frentes y a la correcta colocación de las vainas y de los dispositivos de anclaje, si ha lugar. Se asegurará asimismo su correcto anclaje al encofrado para que permanezcan inmóviles en su posición durante el hormigonado.

Los encofrados perdidos y aligeramientos deberán tener la suficiente hermeticidad para que no penetre en su interior lechada de cemento. Habrán de sujetarse adecuadamente a los encofrados exteriores para que no se muevan durante el vertido y compactación del hormigón. Se pondrá especial cuidado en evitar su flotación en el interior de la masa de hormigón fresco.

En el caso de prefabricación de piezas en serie, cuando los moldes que forman cada bancada sean independientes, deberán estar perfectamente sujetos y arriostrados entre sí para impedir movimientos relativos durante la fabricación, que pudiesen modificar los recubrimientos de las armaduras activas o pasivas, y consiguientemente las características resistentes de las piezas fabricadas en ellos.

Los moldes deberán permitir la evacuación del aire interior al hormigonar, por lo que en algunos casos será necesario prever respiraderos.

El Contratista adoptará las medidas necesarias para que las aristas vivas del hormigón resulten bien acabadas; colocando, si es preciso, angulares metálicos en las aristas exteriores del encofrado, o

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utilizando otro procedimiento similar en su eficacia. La Dirección de obra podrá autorizar, sin embargo, la utilización de berenjenos para achaflanar dichas aristas.

Desencofrado

Los productos utilizados para facilitar el desencofrado o desmoldeo deberán cumplir con lo establecido en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural, y deberán ser aprobados por la Dirección de obra.

Como norma general, se emplearán barnices antiadherentes compuestos de siliconas, o preparados a base de aceites solubles en agua, o grasa diluida, evitando el uso de gas-oil, grasa corriente, o cualquier otro producto análogo. En su aplicación deberá evitarse que escurran por las superficies verticales o inclinadas de los moldes o encofrados. No deberán impedir la ulterior aplicación de revestimiento ni la posible ejecución de juntas de hormigonado, en especial cuando se trate de elementos que posteriormente hayan de unirse entre si para trabajar solidariamente.

El desencofrado de costeros verticales de elementos de poco canto, no podrá efectuarse antes de los tres días (3 d) de hormigonada la pieza, siempre que durante dicho intervalo no se hayan producido bajas temperaturas, u otras causas, capaces de alterar el proceso normal de endurecimiento del hormigón. Los costeros verticales de elementos de gran canto, o los costeros horizontales, no podrán retirarse antes de los siete días (7 d), con las mismas salvedades apuntadas anteriormente. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del proyecto o la Dirección de obra podrá reducir los plazos anteriores, a dos días (2 d) o a cuatro días (4 d), respectivamente, o a lo que estime oportuno, cuando el tipo de cemento empleado proporcione un endurecimiento suficientemente rápido.

El desencofrado deberá realizarse tan pronto sea posible, siempre y cuando no afecte al proceso de curado y a las deformaciones de la pieza de hormigón, con objeto de iniciar cuanto antes las operaciones de curado.

Se deberá prestar especial atención al peligro de un desencofrado prematuro o sin control de ciertas piezas, como por ejemplo prelosas prefabricadas en tableros con grandes voladizos, o bien hormigonando en segunda fase de voladizos de tableros mediante carros, ya que se pueden producir fenómenos de fisuración a edades tempranas que provoquen deformaciones importantes o inadmisibles.

En caso de que se utilicen encofrados trepadores o deslizantes se pondrá especial cuidado en la velocidad de progresión de la ejecución que deberá ser tal que no se produzcan arrastres del hormigón ni interrupciones del hormigonado.

En el caso de obras de hormigón pretensado, antes de la operación de tesado se retirarán los costeros de los encofrados y, en general, cualquier elemento de los mismos que no sea sustentante de la estructura, con el fin de que actúen los esfuerzos de pretensado con el mínimo de coacciones.

En general se procurará que los latiguillos de atado entre encofrados vayan enfundados y así puedan ser retirados después del hormigonado. En caso de que uno de los paramentos sea inaccesible pudiera ser que los alambres o anclajes del encofrado queden fijados al hormigón. En tal caso, se cortarán al ras del paramento y se procurará que queden protegidos para que no sufran una oxidación que manche de óxido dicho paramento.

Desmoldaje y retirada

El desmontaje de los encofrados se efectuará conforme al manual del suministrador.

La retirada de los encofrados y el transporte a vertedero de los que no sean reutilizables incluirá, si corresponde, su tratamiento por parte de un gestor de residuos autorizado.

Control de calidad 11.8.5

Control de recepción

El Contratista justificará que se cumplen los “Requistos generales” especificado en puntos anteriores .

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Asimismo el Contratista entregará a la Dirección de obra, previamente a la utilización de los encofrados, toda la documentación adicional de suministro relatada anteriormente y, en su caso, los resultados de los ensayos realizados para comprobar la validez de los encofrados propuestos.

El Contratista comprobará que el producto filmógeno de curado y el producto desencofrante cumple las especificaciones técnicas.

Control de los procesos de ejecución

El Contratista realizará las inspecciones visuales y las comprobaciones dimensionales suficientes con el fin de asegurar que el encofrado ha sido realizado de forma correcta. Para ello, se comprobarán en el 100% de los encofrados dispuestos los siguientes aspectos:

Correcto estado de alineaciones de los diferentes paneles o elementos del encofrado. Adecuado atado y estabilidad de los encofrados y de sus estructuras de soporte. Adecuada disposición de las juntas en orden a asegurar su estanqueidad. Adecuada sujeción de las vainas y de los elementos de anclaje en los encofrados de frente de fase

de las piezas pretensadas. Adecuado estado de planeidad de las superficies de los encofrados, en caso de que se requiera

un acabado especial. Adecuado estado de limpieza de las superficies que estarán en contacto con el hormigón.

En general, no se tolerarán imperfecciones mayores de cinco milímetros (5 mm) en las líneas de las aristas.

En lo relativo al control de los encofrados y moldes, y a las tolerancias, será de aplicación el art. 94.4 y el Anejo 11, respectivamente, de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural.

Antes de comenzar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá obtener de la Dirección de obra la aprobación del encofrado realizado.

Antes de comenzar las operaciones de hormigonado y realizar las pruebas que puedan ser exigibles, el Contratista deberá obtener la correspondiente autorización escrita por parte de la Dirección de obra.

Control tras el desencofrado

Una vez ejecutado el desencofrado, el Contratista comprobará que no han quedado manchas en el hormigón.

En el caso de que se requieran unas exigencias específicas de tonalidad y acabado del hormigón, será de aplicación lo que indica el artículo “ Hormigones” del presente pliego.

El Contratista también comprobará que los paramentos de las piezas de hormigón moldeadas por los encofrados no presenten defectos, bombeos, resaltos, ni rebabas de más de cinco milímetros (5 mm) de altura. En caso contrario la Dirección de obra exigirá al Contratista la adopción de las medidas que crea oportunas para corregir los defectos detectados.

Medición y abono 11.8.6

Los encofrados de paramentos vistos u ocultos se medirán y abonarán por metros cuadrados (m2) de superficie de hormigón medidos sobre Planos. A tal efecto, los elementos horizontales se considerarán encofrados por la cara inferior y bordes laterales, y las vigas por sus laterales y fondos.

En las unidades de obra que incluyan sus correspondientes encofrados o moldes, como es el caso de los elementos prefabricados, éstos no serán objeto de abono independiente, considerándose su precio incluido dentro de dichas unidades de obra.

Las unidades correspondientes incluyen la fabricación, montaje, elementos de sustentación, fijación y acodalamiento necesarios para su estabilidad, aplicación de líquido desencofrante y operaciones de desencofrado.

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El precio incluye además:

la elaboración de la nota de cálculo o del proyecto específico de definición del sistema de encofrado,

la ejecución de las pruebas o ensayos que, en su caso, se requieran, el suministro del material a pie de obra, el suministro y colocación de los apeos o estructuras de soporte que correspondan, el suministro y aplicación de los productos desencofrantes aprobados por la Dirección de obra, la retirada de los encofrados y su transporte a vertedero, si corresponde, incluyendo su tratamiento

por parte de un gestor de residuos autorizado, y las medidas correctoras que correspondan conforme al criterio de la Dirección de obra.

11.9 Montaje de elementos prefabricados o premontados

Definición 11.9.1

Se define como montaje de elementos prefabricados las operaciones necesarias para el transporte hasta la propia obra y la colocación en su posición definitiva de elementos prefabricados de hormigón armado o bien estructuras premontadas en taller.

Equipos 11.9.2

Los equipos que se utilizarán para el montaje de los elementos prefabricados deberán estar homologados o sancionados por la práctica. Independientemente, deberán adoptarse las oportunas medidas de seguridad para las operaciones en obra.

El Director de la obra aprobará de forma expresa el equipo de montaje y las condiciones específicas del mismo, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Ejecución 11.9.3

Las operaciones de manejo y transporte de piezas prefabricadas, bien sea en taller o en obra, deberán realizarse con el máximo cuidado posible, manteniendo el alma de las vigas en posición vertical. En ningún caso se producirán impactos ni solicitaciones de torsión.

Asimismo se tomarán toda clase de precauciones para evitar cualquier agrietamiento o rotura de los elementos prefabricados.

En general, la manipulación y montaje de elementos estructurales prefabricados se hará de forma que las solicitaciones a que se les somete no sean superiores a las de proyecto.

Durante el izado y suspensión de elementos prefabricados se cuidará la estabilidad del elemento y se estudiará el modo de realizar las operaciones de forma que no aparezcan fenómenos no deseados. De este estudio, y teniendo en cuenta la forma de trabajo para la que está proyectado el elemento, se obtendrá la posición más adecuada en que deben colocarse los ganchos de suspensión. Estos ganchos deberán estar perfectamente diferenciados, marcados con pintura o con cualquier otro procedimiento que facilite su identificación.

Recepción 11.9.4

En general, las prelosas se transportarán y almacenarán de forma que los puntos de apoyo y la dirección de los esfuerzos sean aproximadamente los mismos que los que tales elementos tendrán en su posición final en la obra. Si el Contratista estimara necesario transportar o almacenar estos elementos en posiciones distintas a la descrita, deberá requerir la aprobación previa del Director de la obra.

El almacenaje en obra de los elementos prefabricados o premontados garantizará la protección de dichos elementos, evitando su corrosión, contaminación, suciedad o deterioro.

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Medición y abono 11.9.5

El montaje de elementos prefabricados o premontados no será objeto de abono independiente estando incluido en el precio de las unidades de obra correspondiente.

11.10 Prueba de carga

Definición 11.10.1

Se define como prueba de carga el conjunto de operaciones de control, cuya realización es preceptiva en puentes y pasarelas antes de su apertura al tráfico, a fin de comprobar la adecuada concepción, la estabilidad y el buen comportamiento de la obra.

Ejecución 11.10.2

Se ejecutarán las preceptivas pruebas de carga en el puente, de acuerdo con las “Recomendaciones para la Realización de Pruebas de Carga de Recepción en Puentes de Carretera”, aprobadas por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento en noviembre de 1999.

El adjudicatario presentará al Director de la obra, para su aprobación, el proyecto correspondiente para la realización de las pruebas de carga de la pasarela

Acta de pruebas de carga 11.10.3

Una vez terminada la prueba se hará un informe que constará como mínimo de:

Croquis de situación de camiones o pesos, indicando posiciones y cargas por eje. Croquis de situación de todos los aparatos de medida. Croquis de situación de puntos de referencia fijos. Lecturas realizadas en todos los aparatos de medida en escalón o estado de carga. Flechas que se deducen de las anteriores lecturas. Diagrama de flechas reales (tanto longitudinales como transversales), descontando el

descenso de los apoyos. Diagrama de los descensos de los apoyos. Porcentajes de recuperación registrados en flechas. Valores registrados de temperatura y humedad. Registros de fisuras. Incidencias que se presentaron durante la realización de la prueba. Conclusiones, en las que figurará expresamente la aceptación o no del tramo ensayado con

las exigencias de nuevas pruebas de carga, puesta en servicio provisional o definitiva, refuerzo, etc..

Medición y abono 11.10.4

La medición y el abono de las pruebas de carga del tablero se realizará como una unidad para todo el tablero que comprenderá el ensayo vano único.

Se consideran incluidos los costes del andamiaje si procede, para la inspección antes y durante la ejecución de la prueba, camiones necesarios u otros elementos de aporte de carga, equipo humano de ensayos y amortización de flexímetros y otros aparatos de medida, accesorios y material fungible, puntos fijos y bases de nivelación.

Las pruebas de carga se realizarán bajo la dirección del Ingeniero Director de la obra, poniendo el adjudicatario a disposición de la Administración cuantos medios materiales y humanos sean necesarios para su realización y ejecutará todas las labores necesarias para llevarlas a cabo según las citadas recomendaciones, el proyecto y las instrucciones de la Dirección.

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12 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA RELATIVAS A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y DEFENSAS

12.1 Barandillas y barandas de madera

Definición 12.1.1

En el presente proyecto nos encontramos los siguientes tipos de protecciones o cerramientos diferenciados:

Barandilla de madera en pasarela peatonal con pasamanos

Las barandillas son elementos de protección colocados en los bordes de los elementos estructurales en tableros, pasarelas, rampas o escaleras, para evitar la caída de las personas trabajando o circulando junto a las mismas.

La forma y dimensiones de las barandillas y pasamanos será la establecida en los planos.

Materiales 12.1.2

Barrandillas y pasamanos

Se empleará madera maciza, con tratamiento de protección frente a los xilófagos. También tendrá tratamiento mediante Lasur.

Será de aplicación lo indicado en el artículo “Estructuras de madera” del presente pliego.

Condiciones de ejecución 12.1.3

El Contratista comunicará por escrito al Director de las obras, antes de transcurridos treinta (30) días desde la fecha de firma del "acta de comprobación del replanteo", la relación completa de las empresas suministradoras de todos los materiales utilizados en la fabricación y de los propios elementos constituyentes de las barandillas, pasamanos y cerramientos, objeto del proyecto así como la marca comercial, o referencia, que dichas empresas dan a esa clase y calidad.

Esta comunicación deberá ir acompañada del certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de los materiales y/o del documento acreditativo del reconocimiento de la marca, sello o distintivo de calidad En ambos casos se referenciarán las características técnicas evaluadas de acuerdo con lo especificado en el presente artículo.

Se realizará previo a la ejecución de la unidad, muestras para su visto bueno por la Dirección

La unidad incluye las siguientes operaciones:

Replanteo y alineación de los elementos que forman la barandilla, pasamanos o cerramiento. Suministro de la barandilla, pasamanos o cerramiento. Suministro de la placa de anclaje, en su caso. Montaje y colocación de la barandilla, pasamos o cerramiento. Limpieza y recogida de restos de obra. Pintura de la barandilla, pasamanos o cerramiento.

Medición y abono 12.1.4

Se medirá y abonará por los metros lineales (m) realmente colocados en obra definidos en planos.

En el precio de barandillas están incluido su colocación, el material para recibido de los apoyos, pasamanos, tratamientos de protección y cualquier elemento necesario para su colocación y puesta en obra , así como su mantenimiento hasta recepción de la obra

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13 GESTIÓN DE RESIDUOS

13.1 Normas legales

Se refleja a continuación una relación no exhaustiva de la normativa referente al almacenamiento, manejo, separación y gestión de los residuos de construcción y demolición vigente:

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los

residuos de construcción y demolición. Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución

de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de

construcción y demolición en la Comunidad de Madrid Ordenanza de limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos de la ciudad de Madrid.

13.2 prescripciones generales empresariales a cumplir en la obra

El contratista estará obligado a presentar a la propiedad de la misma, después de la adjudicación del contrato y previamente a la firma del acta de replanteo o del inicio de los trabajos, un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra (Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición), en desarrollo de los estipulado en el artículo 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero.

El plan deberá desarrollar lo estipulado en el Estudio de Gestión de RCD que incorpore el proyecto constructivo. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra.

El contratista tendrá así mismo la responsabilidad de la organización de los trabajos a nivel de:

Señalización de contenedores indicando la naturaleza de los residuos a depositar. El estado de limpieza del conjunto de la zona de obras, particularmente en las inmediaciones de

las áreas de depósito de residuos. Transmisión de información a sus trabajadores y subcontratas en lo relativo a la gestión de

residuos de construcción y demolición. El seguimiento de la gestión de residuos (trazabilidad por medio de tablas). El contratista está obligado, mientras los residuos se encuentren en su poder, a mantenerlos en

condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.

El contratista, cuando no proceda a gestionar los RCD por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado u otras formas de valorización, o a eliminación.

Responsabilidad del Jefe de obra 13.2.1

El jefe de obra será la persona responsable a nivel de la empresa contratista del cumplimiento de los objetivos normativos en lo relativo los residuos de construcción y demolición que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos. Así pues será el responsable del cumplimiento de todas las obligaciones asociadas al poseedor de residuos de construcción y demolición, según definición del Real Decreto 105/2008. Además se encargará de los siguientes aspectos:

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Debe establecer una planificación de las medidas de gestión de residuos, accesible en las instalaciones de obra. El Plan de Gestión de RCD estará disponible en las casetas de obra y deberá colocarse en los tablones de anuncios los planos con las zonas de almacenamiento temporal de los RCD; los métodos, equipos materiales y humanos de separación en obra; los circuitos de movimiento de residuos en obra y las rutas de evacuación de residuos en el caso de puesta a disposición de un gestor.

El jefe de obra propondrá una metodología para el seguimiento de la ejecución de las operaciones de generación, tratamiento y gestión de RCD por medio de tablas.

Debe asegurar en la fase de trabajos el control de las disposiciones previstas en proyecto y por la dirección de obra, especialmente en lo relativo a la gestión de los equipos puestos en obra para la clasificación de RCD, así como en relación a la calidad de los materiales reutilizables.

Difundirá entre sus trabajadores y subcontratas, programas de sensibilización en lo relativo a la gestión de RCD y sus implicaciones al respecto.

Prescripciones generales con relación a la gestión documental 13.2.2

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCD que el destino final (planta de reciclaje, espacio natural en restauración, etc…) son centros con la autorización correspondiente. Así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados. Para ello se deberá justificar documentalmente y disponer de dicha documentación en obra.

La empresa contratista llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos. El periodo de tiempo debe establecerse en el Plan de Gestión de RCD de la empresa contratista, con una periodicidad al menos semanal.

La empresa contratista presentará al Ayuntamiento, con la periodicidad que determine el Director de obras, los certificados de entrega y demás documentación acreditativa de la gestión de los RCD.

La gestión, tanto documental como operativa, de los residuos peligrosos que se generen en la obra se regirá conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales.

Prescripciones generales con relación al personal de obra 13.2.3

El personal de la obra dispondrá de recursos, medios técnicos y procedimientos para la separación de cada tipo de RCD, y serán informados debidamente para actuar en consecuencia.

Contenido mínimo del Plan de Gestión de RCD a elaborar por parte de la empresa 13.2.4contratista.

De cara a agilizar y mejorar el proceso de elaboración del Plan de Gestión de RCD de la empresa contratista, a continuación se establecen una serie de requisitos y exigencias de contenidos mínimos. Dichos requisitos, que deberán ser adaptados a la naturaleza y particularidades de la obra, incluirán los siguientes aspectos de carácter mínimo:

Descripción de la gestión de residuos de construcción y demolición, indicando lo siguiente:

˗ Revisión y actualización de los tipos de residuos y cantidad estimada en el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición incluido en el proyecto.

˗ Identificación de los residuos según Orden MAM/304/2002 y distinción entre RCD de nivel I y nivel II.

˗ En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, existencia de un inventario de residuos peligrosos que se generarán.

˗ Medidas de segregación de los residuos de construcción y demolición, determinando los tipos de residuos que se segregarán, cómo se va a realizar la separación y emplazamiento y características de su almacenamiento.

˗ En su caso, justificación de los motivos que impiden la segregación de los residuos en obra.

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˗ Circuitos de movimiento de RCD en la obra y rutas de evacuación de los residuos en el caso de su puesta a disposición de un gestor.

˗ Operaciones de gestión de los residuos: reutilización en obra u otros emplazamientos, valorización en obra, valorización externa a la obra, eliminación.

˗ Gestores previstos (empresas autorizadas para realizar actividades de valorización o eliminación; empresas autorizadas para realizar otras operaciones como almacenamiento, clasificación o transferencia), incluyendo las autorizaciones para dicha gestión, al menos el número de autorización.

˗ Transportistas previstos, incluyendo la inscripción en el registro de transportistas de residuos no peligrosos, al menos el número de inscripción.

˗ Determinación del periodo al que se refiere el documento fehaciente en el que conste la entrega de los RCD.

˗ Medidas de control de la correcta segregación y almacenamiento temporal de los residuos. ˗ Medidas de control de documental. ˗ Planos de las instalaciones para la gestión de residuos de construcción previstas dentro de la

obra, adaptadas a las características particulares de la misma y sus sistemas de ejecución. Descripción de la gestión que se realizará de los residuos asimilables a urbanos (mediante gestor

autorizado o mediante los servicios municipales de recogida de basuras), indicando los medios previstos para su recogida en los tajos.

Descripción de la gestión de residuos peligrosos, indicando lo siguiente:

˗ Si la empresa está autorizada como productora de residuos peligrosos. ˗ Clasificación de los residuos peligrosos y cómo se va a realizar la segregación. ˗ Descripción y localización del punto donde serán almacenados los residuos peligrosos, que

debe ser independiente del resto de residuos y convenientemente aislado y diferenciado del almacenamiento de productos peligrosos.

˗ Gestor o gestores autorizados que se van a contratar. ˗ Medidas de control de la correcta segregación y almacenamiento de los residuos peligroso. ˗ Medidas de control de la documentación y registros que se generan en la retirada de los

residuos peligrosos.

13.3 Medidas de prevención de generación de residuos

Para prevenir la generación de residuos se prevé la instalación de un contenedor de almacenaje de productos sobrantes reutilizables de modo que en ningún caso puedan enviarse a vertederos sino que se proceda a su aprovechamiento posterior por parte del Constructor.

En la obra está prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos y toda mezcla o dilución de estos que dificulte su gestión.

En relación con los materiales en la obra, se observarán las siguientes acciones y medidas:

Se revisará el estado del material cuando se reciba un pedido, de manera que se eviten problemas de devoluciones, pérdidas por roturas de envases o derrames, materiales fuera de especificación, etc.

No se almacenarán sustancias incompatibles entre sí, para ello se exigirán a los productos que disponga de las fichas de seguridad al objeto de ser consultadas las incompatibilidades.

En todo caso, se seguirán las especificaciones de almacenamiento, tratamiento y uso de los materiales, siguiendo las instrucciones del proveedor y fabricante, para evitar deterioros en el almacenamiento.

Se mantendrán cerrados los contenedores de materias para evitar derrames en el transporte.

Las zonas de transporte se mantendrán limpias, iluminadas y sin obstáculos.

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En el caso de que durante el proceso de extracción de las tierras y materiales pétreos se añadieran otras sustancias o aditivos o se pusiera de manifiesto cualquier indicio de contaminación, para su consideración como RCD de nivel I, correrá a cuenta de la empresa contratista la caracterización que deberá ser realizada por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación en materia de residuos, para garantizar que no reúne características de peligrosidad y que cumple los criterios de admisión en vertederos de inertes, en cumplimiento de la normativa vigente. Las actuaciones se ajustarán a lo que sobre el particular ordene el Director de Obra.

13.4 Medidas para la separación de residuos

Mediante la separación de residuos se facilita su reutilización, valorización y eliminación posterior. Se prevén las siguientes medidas:

Para la separación de los residuos peligrosos que se generen se dispondrá de un contenedor adecuado. La recogida y tratamiento será objeto del Plan de Gestión de Residuos.

En relación con los restantes residuos previstos, las cantidades no superan las establecidas en la normativa para requerir tratamiento separado de los mismos.

Para separar los mencionados residuos se dispondrán de contenedores específicos cuya recogida se preverá en el Plan de Gestión de Residuos específico. Para situar dichos contenedores se reserva una zona con acceso desde la vía pública en el recinto de la obra que se señalizará convenientemente.

Para toda la recogida de residuos se contará con la participación de un Gestor de Residuos autorizado de acuerdo con lo que se establezca en el Plan de Gestión de Residuos.

No obstante lo anterior, en el Plan de Gestión de Residuos habrá de preverse la posibilidad de que sean necesarios más contenedores en función de las condiciones de suministro, embalajes y ejecución de los trabajos.

13.5 Reutilización, valoración o eliminación

No se prevé la posibilidad de realizar en obra ninguna de las operaciones de reutilización, valorización ni eliminación debido a la escasa cantidad de residuos generados. Por lo tanto, el Plan de Gestión de Residuos preverá la contratación de Gestores de Residuos autorizado para su correspondiente retirada y tratamiento posterior.

Los restantes residuos se entregarán a un Gestor de Residuos de la Construcción no realizándose pues ninguna actividad de eliminación ni transporte a vertedero directa desde la obra.

En general los residuos que se generarán de forma esporádica y espaciada en el tiempo. No obstante, la periodicidad de las entregas se fijará en el Plan de Gestión de Residuos en función del ritmo de trabajos previsto.

13.6 prescripciones técnicas

Se establecen las siguientes prescripciones específicas en lo relativo a la gestión de residuos:

Se prohibe el depósito en vertedero de residuos de construcción y demolición que no hayan sido sometidos a alguna operación de tratamiento previo.

Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. El plan, una vez aprobado por la dirección

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facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra.

El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionarlos por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización.

La entrega de los residuos de construcción y demolición a un gestor por parte del poseedor habrá de constar en documento fehaciente, en el que figure, al menos, la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible, el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, o norma que la sustituya, y la identificación del gestor de las operaciones de destino.

El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.

Cuando el gestor al que el poseedor entregue los residuos de construcción y demolición efectúe únicamente operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, en el documento de entrega deberá figurar también el gestor de valorización o de eliminación ulterior al que se destinarán los residuos. En todo caso, la responsabilidad administrativa en relación con la cesión de los residuos de construcción y demolición por parte de los poseedores a los gestores se regirá por lo establecido en el artículo 33 de la Ley 10/1998, de 21 de abril.

13.7 Medición y abono

En el capítulo de gestión de residuos del presupuesto se ha valorado económicamente el coste de la gestión de los residuos de la construcción y demolición habiéndose repercutido en esta unidad la totalidad del coste correspondiente a la gestión medioambiental y de residuos de las obras proyectadas.

El criterio de abono de dichas partidas será por volúmenes realmente tratados, contra certificado del Gestor de Residuos Autorizado encargado de su tratamiento., con el límite máximo de las mediciones justificadas en el proyecto, así como las unidades relativos a contenedores y almacén de residuos peligrosos en unidad y mensual.

14 DISPOSICIONES FINALES

14.1 Unidades defectuosas o no ordenadas

Las unidades de obra no incluidas en Proyecto y no ordenadas por la Dirección de obra en el Libro de Órdenes que se entregará al Contratista, y que pudieran haberse ejecutado, no serán objeto de abono, y las responsabilidades en que se hubiera podido incurrir por ellas serán a cargo del Contratista.

Las unidades incorrectamente ejecutadas no se abonarán, debiendo el Contratista, en su caso, proceder a su demolición y correcta reconstrucción.

Si la unidad de obra, pese a sus defectos, pudiera cumplir su función, el Contratista, previa autorización expresa de la Dirección de obra, podrá optar por mantener lo construido con reducción en el precio de abono en proporción triple (para el total de la unidad concluida) de la que representa el defecto con respecto a la especificación, y siendo acumulables las reducciones de precio por posibles defectos concurrentes. El límite de deducción será el cien por ciento (100%) del precio de la unidad.

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14.2 Unidades de obra no incluidas en el presupuesto

Las unidades de obra ordenadas por la Dirección de obra y no en el presente Pliego y las normas que se citan o las que se remite, y en su defecto, según los criterios de buena práctica constructiva y las indicaciones del Director de obra.

Se abonarán al precio, señalado en el Cuadro Nº 1 caso de estar incluidas en él o de existir algún precio de unidad de obra asimilable a la efectuada, o bien por poderse componer con varios precios incluidos.

14.3 Retirada de materiales no empleados

A medida que se realicen los trabajos, el Contratista debe proceder por su cuenta, a la retirada de los materiales acopiados que ya no tengan empleo en la misma.

14.4 Paralización de la obra

Bien por orden genérica de la Administración, bien por orden directa de la Dirección de obra, debiendo ésta estar debidamente razonada, podrá ordenar la paralización temporal de las obras por causa de operaciones de control de tráfico, inclemencias climáticas u otras causas, sin que ello dé derecho a reclamación alguna ni a petición de indemnización por parte del Contratista.

Madrid, septiembre de 2017

El ingeniero autor del proyecto El ingeniero director del proyecto

José María Orgaz García Jorge Presa Matilla

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

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