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Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
1. Antecedentes y Justificación
El Gobierno Nacional ordenó la supresión y liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, INURBE, dentro del Programa de
Renovación de la Administración Pública en el año 2002, razón por la cual se hizo necesario crear el Fondo Nacional de Vivienda con el fin de que cumpliera con los
objetivos y funciones que venía desempeñando el INURBE. Por consiguiente, mediante el Decreto 555 de 2003 se crea el Fondo Nacional de
Vivienda” FONVIVIENDA”, con el propósito ejecutar las políticas del Gobierno Nacional en materia de vivienda de interés social urbana.
En virtud de lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda en el año 2003 formuló el proyecto de inversión “SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA”, con el propósito de
atender a la población menos favorecida en materia de vivienda urbana, a través de la asignación del Subsidio Familiar de VIS urbana establecido por medio de la
Ley 3 de 1991, que está definido como un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que
constituye una estrategia para atender las falencias cuantitativas y cualitativas de vivienda. Esto con el fin de garantizar la vivienda digna y las condiciones necesarias de habitabilidad de los hogares colombianos. Esta ayuda, sumada al
aporte familiar, aportes de otros organismos y/o crédito complementario permitía: adquirir o construir una vivienda nueva; o completar y/o mejorar una vivienda
precaria. El subsidio familiar de vivienda estaba dirigido hacia los hogares más necesitados
y que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 975 de 2004 y posteriormente en el Decreto 2190 de 2009 y los decretos posteriores que lo
modificaran. El subsidio familiar de vivienda contemplaba las siguientes modalidades o bolsas
concursables: i) Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental; ii) Concurso de Esfuerzo Territorial Nacional; y iii) Bolsa de Ahorro Voluntario Contractual -
Subsidios Especiales: se atiende a familias más vulnerables, como familias víctimas de desastres naturales o actos terroristas. Otras bolsas: i) Bolsa para concejales, ii) bolsa diseñada para atender a los concejales de municipios de
categoría 4,5 y 6; iii) bolsa especial para recuperadores.
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El subsidio podía ser utilizado para financiar además de adquisición de vivienda
nueva o construcción en sitio propio, la adquisición de viviendas usadas, reconstrucción de vivienda dañada por atentado. Por lo tanto, durante el período
2003 -2012 la política de vivienda se direcciono en atender a la población menos favorecida mediante un enfoque concentrado en la demanda, en la que el Subsidio Familiar de Vivienda se asignó a través de las siguientes estrategias: i) Aprobación
simultánea de subsidio y crédito, mediante la Bolsa de Ahorro Programado Contractual con Evaluación Crediticia Favorable. ii) Para llegar a departamentos
de difícil de acceso se asignó subsidios en las bolsas de Esfuerzo Territorial Departamental y Esfuerzo Territorial Nacional. iii) Anticipo del SFV para la generación de oferta de vivienda (Macros, PIDUS, etc.).
Después en el año 2012 el Gobierno Nacional se planteó un nuevo enfoque y unos
nuevos mecanismos de instrumentalización de la política. Por lo anterior, se propuso consolidar la siguiente propuesta: pasar de un enfoque concentrado en la demanda a un enfoque mixto en donde también se promocionará la oferta, que
garantice la articulación con la demanda, para así garantizar el GED a la vivienda digna.
Esta política de vivienda buscaba ampliar la cobertura de vivienda de Interés Social
Prioritario, en especial para los sectores de población más vulnerable. En este sentido, se sancionó la Ley 1537 del 20 de junio de 2012, Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la
vivienda y se dictan otras disposiciones que tiene por objeto definir mecanismos que permitan el trabajo conjunto del sector privado y el sector público, para que
se cumplan las metas en materia de vivienda de interés social prioritario, buscando reducir el déficit habitacional en beneficio de la población más vulnerable. Para el efecto, se establecen una serie de disposiciones sobre financiación de vivienda,
focalización de recursos en vivienda de interés social prioritaria y habilitación de suelo para el desarrollo de proyectos de vivienda.
Conforme con lo anterior, se expidió el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, por el cual se reglamenta la
metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de
vivienda 100% en especie, en el marco del programa de vivienda gratuita, así: Los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie son los
hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes: Sistema de información de la Red para la
Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Registro Único de Población Desplazada -
RUPD-o el que haga sus veces. Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares
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que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se
encuentre sin aplicar o hogares que se encuentren en estado Calificado. Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA
o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar. El Departamento para la Prosperidad Social realiza la
selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del
proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.
Por último es importante anotar que los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a Fonvivienda y que se incorporaron a patrimonios autónomos,
independiente del rubro presupuestal, podían ser destinados para actividades relacionadas con el acompañamiento social y para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos y/o de servicios públicos domiciliarios, incluida
la adquisición de predios para esos propósitos, para los proyectos de vivienda de interés social y prioritaria que se ejecuten en el marco de los patrimonios
autónomos.
2. Objetivo
Otorgar subsidios familiares de vivienda de interés social para facilitarle a la población con menores ingresos y menores condiciones de habitabilidad, la
adquisición, construcción en sitio propio, reforzamiento estructural, y mejoramiento de una solución de vivienda de interés social; teniendo en cuenta, que las políticas del gobierno nacional en materia habitacional, propenden entre
otros aspectos, por la consecución de viviendas en condiciones de habitabilidad y seguridad al alcance de todos los hogares colombianos.
3. Descripción
El Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbana - SFV, es un aporte estatal
en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye un complemento para facilitar el acceso a una vivienda.
El subsidio está destinado a apoyar a familias pertenecientes al sector informal urbano, con ingresos mensuales por debajo de 4 SMLVM. Esta ayuda, sumada al
aporte familiar, aportes de otros organismos y/o crédito complementario permitirá: adquirir o construir una vivienda nueva; o completar y/o mejorar una vivienda precaria; o arrendar una vivienda o adquirir una vivienda usada para el
caso de población especial. Los componentes y actividades asociados al proyecto son:
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Proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana, SFV: Incluye las actividades relacionadas con las
convocatorias, la definición y aplicación de los procedimientos para aplicar a los subsidios, el proceso de elegibilidad que garantice la viabilidad técnica, legal y financiera de los proyectos a ser desarrollados con recursos del subsidio, y la
asignación del subsidio. Administración del Subsidio-tercerización: En este componente
encontramos las actividades inherentes a la administración o tercerización del programa, representado en la Operación del Subsidio; Supervisión de los proyectos; Auditoria de los procesos; Publicación en el diario oficial y Envió de
notificaciones. Apoyar la implementación y asignación de subsidios de la política de
vivienda: En este componente encontramos las actividades de socializar la Política, asistencia técnica y acompañamiento para la implementación y divulgación de la Política Nacional de Vivienda y su implementación
Sistema de Información: En este componente encontramos la firmar de convenios para implementar y brindar acompañamiento técnico y funcional a
tres departamentos en el marco del sistema nacional de información de vivienda y desarrollo territorial - SNIVDT, el (SNIVDT), adquisición de bienes y servicios
tecnológicos, mejoras a sistemas de gestión del subsidio y al sistema para proyectos de vivienda SIPV y plan estratégico de la función informática del MCVT
4. Esquema de financiación
Recursos asignados al Proyecto
(Millones de pesos corrientes)
Año
Recursos
Asignados
1
Recursos
ejecutados
2
Porcentaje
Año
Ejecutado
(2/1)
2008 $ 236.516 $ 233.534 99%
2009 $ 195.825 $ 195.740 100%
2010 $ 160.000 $ 158.693 99%
2011 $ 134.300 $ 131.285 98%
2012 $ 250.115 $ 250.098 100%
2013 $ 594.300 $ 594.167 100%
2014 $ 807.167 $ 806.836 100%
2015 $ 766.341 $ 766.019 100%
2016 $ 355.875 $ 355.650 100%
2017 $ 666.972 $ 666.168 100%
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Año
Recursos
Asignados
1
Recursos
ejecutados
2
Porcentaje
Año
Ejecutado
(2/1)
2018 $ 542.792 $ 535.790 99%
1/ Apropiación Vigente
2/ Compromisos
Fuente: https://spi.dnp.gov.co/
5. Logros y Metas
El proyecto frente a sus indicadores de producto para la vigencia 2018 se lograron los siguientes resultados:
- Programa de vivienda gratuita II etapa Subsidiados: En la vigencia se
asignaron 1.291 subsidios familiares de vivienda en especie a los Hogares
Vinculados a la Red Unidos y población afectada por la ola invernal en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
Es importante aclarar que del total asignado en el sistema SPI se registró 250
subsidios en la meta rezagada de la vigencia 2017 y 1.041 subsidios asignados para la vigencia 2018, para el total de 1.291 subsidios que fueron asignados en el año 2018.
- Subsidios Asignados Programado para la promoción de acceso a la VIS:
En el año 2018 en el Programa de Vivienda “Mi Casa Ya”, se asignaron un total de 31.416 subsidios familiares de vivienda de interés social, beneficiando aproximadamente 109.956 personas.
Al igual que en el indicador de Gratuita II, para este indicador del total asignado
en el sistema SPI se registró 3.289 subsidios en la meta rezagada de la vigencia 2017 y 28.127 subsidios asignados para la vigencia 2018, para el total de 31.416 subsidios que fueron asignados en el año 2018.
- Subsidio Familiar de Vivienda Subsidiados en dinero: Durante el año 2018, en virtud de las sentencias judiciales se asignaron 243 subsidios familiares de vivienda por valor de $3.017 millones.
Este indicador tuvo un aumento en la asignación de los subsidios por sentencias
judiciales al final de la vigencia 2018, debido a fallos en contra de la entidad, que generaron que se asignaran mayor número de subsidios de los que se habían proyectado.
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- Sistema de información implementado: Durante la vigencia 2018, se
realizó todos los procesos establecidos para la constitución de la fiducia
mercantil con el propósito de diseñar e implementar el sistema de información.
Por lo anterior, se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil No. 05 de
Administración y Pagos celebrado entre el Fondo Nacional de Vivienda y
Fiduciaria de Occidente el 14 de diciembre de 2018, cuyo objeto es “La
constitución de un patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO – SISTEMA
DE INFORMACIÓN DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA, por medio del cual
se realizará la administración de los RECURSOS que transfiera el
FIDEICOMITENTE o que, en general, se trasfieran información del Subsidio
Familiar de Vivienda, de conformidad con las normas que le sean aplicables y
de acuerdo con las instrucciones impartidas por el FIDEICOMITENTE, y/o los
órganos contractuales del PATRIMONIO AUTONOMO”.
En virtud de lo anterior, a través de este fideicomiso se dará inicio a la
Arquitectura Empresarial, el diseño, implementación y mantenimiento del
sistema de información del subsidio familiar de vivienda.
Adicionalmente en el transcurso de vida del proyecto se logró lo siguiente:
Asignación de Subsidios bolsas: Durante el horizonte del proyecto de
inversión, Fonvivienda ha asignado un total de 184.620 subsidios familiares de vivienda por valor de $1.184 millones en las diferentes bolsas y modalidades tal
como lo muestra la siguiente tabla:
BOLSA MODALIDAD No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS VALOR
Ahorro Programado Contractual Adquisición de Vivienda 7.063 70.239.760.066
Bolsa de Atentados terroristas
Adquisición de Vivienda 1.642 12.622.524.769
Arrendamiento 3 14.371.250
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
5.060 46.010.634.490
Bolsa de Concejales Adquisición de Vivienda 990 10.857.711.240
Construcción en sitio propio 38 393.960.450
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
41 241.833.444
Bolsa de Desastres Naturales
Adquisición de Vivienda 22.656 248.672.103.234
Construcción en sitio propio 127 1.397.040.237
Mejoramiento-Reparación-
Reconstrucción 455 2.159.404.550
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BOLSA MODALIDAD No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS VALOR
Bolsa de Esfuerzo Territorial
Adquisición de Vivienda 30.652 255.924.692.345
Construcción en sitio propio 5.996 51.696.768.387
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
980 5.734.676.680
Bolsa Ordinaria Adquisición de Vivienda 17.799 130.574.246.748
Construcción en sitio propio 4.250 33.134.776.224
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
115 765.071.268
Bolsa de Recicladores Adquisición de Vivienda 404 4.464.855.548
Construcción en sitio propio 6 65.045.987
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
4 22.857.400
Bolsa de Vivienda Saludable
Vivienda Saludable 17.687 64.860.559.658
Bolsa Única de Mejoramiento
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
2.108 10.277.150.718
Bolsa Única Nacional Adquisición de Vivienda 18.819 157.043.056.877
Construcción en sitio propio 511 4.305.964.439
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
7 28.819.000
Bolsa Única Nacional Adquisición de Vivienda 3.548 40.416.934.850
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
407 2.505.901.193
Subsidios en Especie y complementarios
Adquisición de Vivienda 2.941 23.525.812.658
Construcción en sitio propio 1 8.011.500
Tutelas Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
2 13.385.554
Otras bolsas Adquisición de Vivienda 131 986.372.000
Construcción en sitio propio 112 819.268.000
Mejoramiento-Reparación-Reconstrucción
10 24.224.023
Habilitación de Títulos Habilitación de Títulos 40.055 4.369.323.474
TOTAL 184.620 1.184.177.118.261
Igualmente, se asignó subsidios a población menos favorecida en 1.052
municipios de los 32 departamentos, garantizando una cobertura nacional del
100%. En la siguiente tabla se muestran las asignaciones en cada uno de los 32
departamentos, incluyendo la ciudad Capital:
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DEPARTAMENTO No.
SUBSIDIOS ASIGNADOS
VALOR
AMAZONAS 497 $ 2.483.129.600
ANTIOQUIA 17.490 $ 111.174.715.356
ARAUCA 1.664 $ 6.769.174.521
ATLANTICO 23.201 $ 63.600.494.084
BOGOTA D. C. 9.631 $ 80.110.233.534
BOLIVAR 9.404 $ 68.089.573.054
BOYACA 5.004 $ 35.548.153.590
CALDAS 6.325 $ 35.455.468.111
CAQUETA 1.218 $ 9.619.781.523
CASANARE 786 $ 4.299.269.301
CAUCA 3.659 $ 25.576.265.417
CESAR 14.196 $ 39.036.347.943
CHOCO 1.836 $ 6.027.970.319
CORDOBA 5.686 $ 50.844.107.183
CUNDINAMARCA 4.347 $ 28.589.489.688
GUAINIA 62 $ 460.251.800
GUAVIARE 216 $ 1.590.364.713
HUILA 5.248 $ 39.657.352.306
LA GUAJIRA 2.091 $ 15.028.099.885
MAGDALENA 4.449 $ 26.127.176.289
META 3.322 $ 28.484.756.816
NARIÑO 7.637 $ 63.818.379.751
NORTE DE
SANTANDER
8.726 $ 45.582.989.879
PUTUMAYO 1.331 $ 63.336.005.080
QUINDIO 1.761 $ 14.817.523.803
RISARALDA 6.583 $ 49.912.613.058
SAN ANDRES 230 $ 2.536.950.413
SANTANDER 8.040 $ 46.714.631.992
SIN DEPARTAMENTO 232 $ 1.735.382.617
SUCRE 3.449 $ 27.942.492.719
TOLIMA 10.954 $ 66.051.724.900
VALLE DEL CAUCA 15.200 $ 122.028.051.845
VAUPES 31 $ 122.097.871
VICHADA 114 $ 1.006.099.300
Total general 184.620 $ 1.184.177.118.261
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Ahora bien, teniendo en cuenta la cobertura a nivel nacional para la atención a
la población menos favorecida durante el período de gestión, se tiene que el departamento con mayor cantidad de hogares beneficiarios fue Atlántico con un
total de 23.201 hogares, correspondiente a $63.600 millones. Por el contrario, el departamento que presenta un menor número de hogares beneficiarios es Vaupés con 31 hogares correspondiente a $122.0978711
Asignación de Subsidios a Víctimas del Conflicto Armado (Población Desplazada)
En el marco de la atención y reparación a las víctimas, Fonvivienda ha asignado 31.587 subsidios de vivienda de interés social a través de la Bolsa de Población
2003-2006 por valor de $250.736 millones, beneficiando aproximadamente 110.554 personas discriminados por año así:
AÑO No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS
VALOR
2003 710 $ 5.423.638.000
2004 14.157 $ 91.815.959.816
2005 5.014 $ 38.689.432.454
2006 11.706 $ 114.807.315.288
TOTAL 31.587 $ 250.736.345.558 Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Asignación de Subsidios Programa de Vivienda Gratuita
Durante el periodo comprendido entre 2012 y 2018, con la nueva política del
Gobierno Nacional en materia de Vivienda, se han asignado igualmente subsidios por el Programa de Vivienda Gratuita en el componente de la población
perteneciente a la Red Unidos y la población a afectada por Desastres Naturales se han beneficiado un total de 47.106 hogares lo cual corresponde al 42,74% del total asignado tal como se presenta en el siguiente cuadro discriminada en
cada una de las fases:
DEPARTAMENTO ASIGNADOS RED
UNIDOS
VALOR ASIGNADOS DESASTRES NATURALES
VALOR
AMAZONAS 113 $ 6.323.357.040 44 $ 2.462.269.040
ANTIOQUIA 3.904 $ 138.316.894.494 2.092 $ 55.887.485.997
ARAUCA 121 $ 4.798.374.784 22 $ 1.038.705.536
ATLANTICO 4.423 $ 194.180.308.808 3.099 $ 129.316.514.646
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
BOGOTA D. C. 0 $
- 174 $ 6.951.247.800
BOLIVAR 2.019 $ 88.748.153.984 1.480 $ 61.767.337.730
BOYACA 1.488 $ 60.818.448.559 79 $ 3.276.940.800
CALDAS 584 $ 22.688.426.141 612 $ 24.166.962.841
CAQUETA 0 $ - 492 $ 22.824.708.512
CASANARE 136 $ 5.544.184.800 0 $ -
CAUCA 700 $ 31.920.767.572 617 $ 24.011.379.461
CESAR 238 $ 9.390.987.911 798 $ 30.203.089.840
CHOCO 357 $ 19.903.204.740 104 $ 5.487.823.600
CORDOBA 1.891 $ 52.883.991.979 1.869 $ 77.808.585.663
CUNDINAMARCA 1.849 $ 71.806.674.964 1.433 $ 29.566.958.442
GUAVIARE 70 $ 2.886.688.000 17 $ 701.052.800
HUILA 1.404 $ 28.174.561.114 379 $ 15.609.395.200
LA GUAJIRA 1.211 $ 50.095.788.200 16 $ 630.784.000
MAGDALENA 327 $ 14.031.007.388 831 $ 37.198.174.510
META 71 $ 2.971.254.153 198 $ 8.310.642.355
NARIÑO 1.581 $ 64.713.762.892 286 $ 12.032.796.071
NORTE DE SANTANDER 844 $ 41.234.839.170 810 $ 36.851.895.920
PUTUMAYO 267 $ 13.857.045.824 47 $ 2.341.182.400
QUINDIO 115 $ 5.009.876.560 33 $ 530.244.000
RISARALDA 239 $ 10.199.667.954 532 $ 22.012.338.520
SANTANDER 421 $ 17.952.509.065 970 $ 37.282.785.232
SUCRE 945 $ 41.489.391.580 166 $ 7.157.920.000
TOLIMA 539 $ 21.895.761.968 297 $ 11.540.984.000
VALLE DEL CAUCA 2.690 $ 118.040.518.290 1.132 $ 44.166.551.056
VICHADA 87 $ 4.759.387.200 0 $ -
TOTAL COMPONENTE 28.521 1.138.312.478.093 18.585 708.674.486.932
TOTAL GENERAL 47.106 1.846.986.965.025
Asignación de Subsidios Programa Mi Casa Ya
Durante el período del 2015 al 2018 en el marco del programa se han asignado 55.826 subsidios de vivienda de interés social, con una cobertura en 27
departamentos del país, tal como lo muestra la siguiente tabla:
DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS ASIGNADOS
VALOR
ANTIOQUIA 3.556 $ 55.176.494.474
ARAUCA 5 $ 79.084.164
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
DEPARTAMENTO No.
SUBSIDIOS ASIGNADOS
VALOR
ATLANTICO 7.763 $ 149.552.418.242
BOGOTA D. C. 1.610 $ 30.418.441.128
BOLIVAR 2.675 $ 45.638.422.564
BOYACA 1.339 $ 20.676.062.486
CALDAS 929 $ 14.459.598.790
CAQUETA 60 $ 924.709.650
CASANARE 73 $ 1.407.218.884
CAUCA 814 $ 15.536.453.316
CESAR 1.229 $ 20.217.343.360
CORDOBA 710 $ 11.484.771.822
CUNDINAMARCA 3.522 $ 62.439.074.690
GUAVIARE 132 $ 2.899.381.814
HUILA 1.118 $ 18.294.701.376
LA GUAJIRA 73 $ 1.315.384.474
MAGDALENA 1.400 $ 25.924.716.102
META 850 $ 13.731.436.646
NARIÑO 1.349 $ 22.799.564.786
NORTE DE SANTANDER
2.937 $ 48.284.138.674
PUTUMAYO 7 $ 132.015.584
QUINDIO 2.047 $ 34.440.441.286
RISARALDA 3.212 $ 52.650.449.594
SANTANDER 2.318 $ 41.364.486.138
SUCRE 170 $ 2.936.405.972
TOLIMA 4.070 $ 75.948.240.220
VALLE DEL CAUCA 11.858 $ 207.328.617.916
TOTAL GENERAL 55.826 $ 976.060.074.152
Con referencia a los indicadores de gestión durante el año 2018 se lograron los
siguientes resultados:
- Convocatorias Abiertas
Durante el año 2018 se realizaron 27 convocatorias para la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie y dinero para programas de Macroproyectos, Desastres Naturales, Soldados y de Vivienda Gratuita II.
Dichas convocatorias fueron realizadas mediante la expedición de resoluciones de fijación de fechas de apertura y cierre de dichas convocatorias.
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
- Cronograma anual de asignación publicado
Mediante la resolución No. 0210 del 28 de marzo de 2018 "Por la cual se establece la distribución de recursos para la asignación del subsidio familiar de vivienda de interés social urbana durante la vigencia presupuestal 2018".
- Subsidios habilitados para la promoción de acceso a la Vivienda de
Interés Social
Durante el año 2018 se habilitaron un total de 28.795 hogares habilitados. La meta se superó debido a que se realizó ferias de vivienda y publicidad del programa, que generaron una mayor demanda por parte de la población con
derecho al acceso a este programa.
6. Restricciones y Limitaciones
La política de vivienda durante el período 2003-2011 contaba con instrumentos que se aplicaban de manera exitosa para facilitar y promover el acceso a la vivienda. A
pesar de lo anterior, los esfuerzos que se han realizaron no fueron suficientes para permitir que la población más vulnerable del país, los más pobres de los pobres, tuvieran acceso a una vivienda digna. El hecho de que los subsidios sólo pudieran
ser efectivamente aplicados por quienes tengan la capacidad de completar el valor de la vivienda con un crédito bancario, o con un ahorro adicional, deja por fuera a
cientos de miles de familias que no tienen ingresos suficientes para acceder al sistema financiero, o para realizar un ahorro suficiente.
Así mismo, las demoras en los tiempos para ubicar vivienda y las dificultades de los hogares para lograr el cierre financiero que viabilizara el acceso a la vivienda
con un subsidio en dinero, lo que generó que el subsidio asignado a la población menos favorecida no pudiera ser materializada en una vivienda.
En el Programa de Vivienda Gratuita I, el proceso escrituración de las viviendas presentó retrasos, debido a diferentes novedades presentadas con los hogares
beneficiarios tales como las renuncias, sustituciones, sin ubicar y revocatorias. Adicionalmente la suscripción de las actas de reconocimiento de las
viviendas por parte del beneficiario; así como los beneficiarios no se acercaban a las notorias a suscribir las escrituras correspondientes.
Para la segunda fase del programa, durante la ejecución de estas fases algunos constructores presentaron inconvenientes con la presentación y ajustes de los
anteproyectos y factibilidades económicas de los proyectos, aunado a la demora en el cumplimiento de algunas de las obligaciones por parte de las entidades territoriales establecidas en los convenios suscritos con Fonvivienda lo que retraso
el inicio de los anteproyectos y estudios y diseños por parte de los constructores.
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
Así mismo, en algunas de las convocatorias no se logrado seleccionar un constructor, lo que generó la declaración de desiertas por que no se presentaron
constructores o porque no se cumplieron con los requisitos establecidos, ocasionando el retraso de la construcción de las viviendas.
Por último, algunos entes territoriales se han demorado en realizar algunas obras complementarias necesarias, como: adecuación de redes de acueducto,
alcantarillado y energía, obras de mitigación como muros, canales, etc; rellenos, entre otros.
Los anteriores factores no permitieron que la ejecución del programa se llevará a cabo dentro de los tiempos establecidos y generaron el retraso en la asignación de
los subsidios.
Por último, es importante anotar que para la vigencia 2018 de acuerdo con los
lineamientos establecidos para ese año por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Entidad no contó con PAC disponible para obligar los
compromisos adquiridos por el Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
7. Contactos del Proyecto
Funcionario Responsable: Alejandro Quintero Cargo: Director
Teléfono: 3323434 Dirección: Calle 18 No. 7 – 59
E-mail: [email protected]
8. Bibliografía del documento
LEY No. FECHA OBJETO
003 15 de enero de 1991 Por el cual se crea el sistema nacional de vivienda de interés social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el instituto de crédito territorial, y se dictan otras disposiciones
1469 30 junio de 2011 Por el cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda. (Arts. 22 al 31)
1537 20 de junio de 2012 Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones
DECRETO
No. FECHA OBJETO
951 24 de mayo de 2001 Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 3ª de 1991 y 387 de 1997, en lo relacionado con la vivienda y el subsidio de vivienda para la población desplazada
3111 23 de septiembre de 2004
Por el cual se reglamentan las Leyes 3ª de 1991, 708 de 2001 y 812 de 2003 y se modifica el artículo 18 del Decreto 951 de 2001
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
2100 22 de junio de 2005 Por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 951 del
24 de mayo de 2001
2480 19 de julio de 2005 Por el cual se establecen las condiciones de postulación, asignación y aplicación del subsidio familiar de vivienda urbana y rural que se otorga por el Fondo Nacional de Vivienda y el Banco Agrario de Colombia S.A., a hogares afectados por situación de desastre, situación de calamidad pública o emergencias que se presenten o puedan acaecer por eventos de origen natural y se dictan otras disposiciones en materia de subsidio familiar de vivienda
4429, artículos 12, 13, 14, 15 y transitorio
28 de noviembre de 2005
Por el cual se modifican los Decretos 975 de 2004, 3169 de 2004, 3111 de 2004, y 1526 de 2005, y se establecen los criterios especiales a los que se sujetará el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda de interés social con cargo a los recursos de la Bolsa Única Nacional, y se dictan otras disposiciones
170 24 de enero de 2008 Por el cual se establece el criterio especial de atención prioritaria al que se sujetará el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social con cargo a los recursos para población en situación de desplazamiento.
740 11 de marzo de 2008 Por medio del cual se reglamentan los artículos 42,5° y 6° de la Ley 1148 de 2007
2778 30 de julio de 2008 Por medio del cual se reglamenta el acceso al subsidio familiar de vivienda de interés social urbano para hogares que desarrollan actividades de recuperación, tratamiento y aprovechamiento de residuos reciclables
4587 3 de diciembre de 2008
Por el cual se modifican los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 del Decreto 2480 de 2005, 2 y 4 del Decreto 1694 de 2007 y se dictan otras disposiciones
2190 12 de junio de 2009 Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas
3450 11 de septiembre de 2009
Por el cual se reglamenta el Programa de subsidio Familiar de Vivienda vinculado a Macroproyectos de Interés Social Nacional
3670 25 de septiembre de 2009
Por el cual se modifica el Decreto 2190 del 12 de junio de 2009.
4911 16 de diciembre de 2009
Por el cual se modifican los artículos 2, 5, 8, 10, 14, 24 y 25 del Decreto 951 de 2001 y se dictan otras disposiciones en relación con el subsidio familiar de vivienda para la población en situación de desplazamiento.
4964 23 de diciembre de 2009
Por el cual se modifica el Decreto 2190 del12 de junio de 2009.
4729 23 de diciembre de 2010
Por el cual se modifica el artículo 14 del Decreto 951 de 2001, modificado por el artículo 5 del Decreto 2675 de 2005 y el artículo 5
del Decreto 4911 del16 de Diciembre de 2009
4821 29 de diciembre de 2010
Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional.
4832 29 de diciembre de 2010
Por el cual se dictan disposiciones en materia de vivienda para hacer frente a la emergencia económica social y ecológica nacional.
1490 9 de mayo de 2011 Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 4821 de 2010
1920 1 de junio de 2011 Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 4832 de 2011.
2570 19 de julio de 2011 Por la cual modifica el artículo 19 del decreto 2190 de 2009
4213 04 de Noviembre de 2011
Por el cual se modifican los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001 y se adiciona un artículo al Decreto 190 de 2008
4916 26 de diciembre de 2011
Por la cual modifica el artículo 2 del Decreto 1210 de 2011
340 13 de febrero de 2012 Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento de Construcciones Sismo Resistentes NSR -10
Nombre del proyecto:
SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Código BPIN: 2017011000196
391 16 de febrero de 2012 Reglamenta el subsidio familiar de vivienda aplicado a contratos de
leasing habitacional destinado a la adquisición de vivienda familiar y se fijan otras disposiciones
430 28 de febrero de 2012 Por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 1920 de 2011
1190 5 de junio de 2012 Por la cual se reglamenta el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, en materia de vivienda de interés social nueva para áreas urbanas. FRECH
1513 16 de junio de 2012 Por el cual se expide el Reglamento Técnico aplicable a barras corrugadas para refuerzo de concreto en construcciones sismo-Resistentes que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia
1921 17 de septiembre de 2012
Por el cual se reglamentan los artículos 12 y 23 de la Ley 1537 de 2012
0156 06 de febrero de 2013 Por el cual se establece el valor del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social para Áreas Urbanas y se dictan otras disposiciones
1432 5 de julio 2013 Por el cual se reglamenta el parágrafo 4 del artículo 68 de la Ley 49 d e1900, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
2164 4 de octubre de 2013 Por la cual de modifica el Decreto 1921 de 2012
161 5 febrero de 2014 Por el cual se reglamenta el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011 en lo que respecta a la cobertura de tasa de interés para potenciales deudores de crédito pertenecientes a los hogares que resulten beneficiarios del programa de vivienda de interés prioritario para ahorradores.
1058 6 de junio de 2014 Por el cual se adiciona un Capítulo al Título I del Libro 28 de la parte II del Decreto 2555 de 2010 relacionado con la operación del leasing habitacional destinado a la adquisición de vivienda familiar con componente de capital administrado como ahorro a largo plazo previsto en el inciso I del Artículo 37 de la Ley 1537 de 2012
1077 2015 Decreto Único del Sector Vivienda.
349 2015 Por el cual se modifica el numeral 2 del artículo 4° del Decreto 161 del 5 de febrero de 2014 en cuanto a las fechas de desembolso de la cobertura de tasa de interés para los potenciales deudores de crédito pertenecientes a los hogares beneficiarios en el marco del “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores” – VIPA
428 2015 Por el cual se implementa el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social-"Mi Casa Ya"
1581 2015 Por el cual se adiciona el Decreto 1077 de 2015, en lo que respecta a la cobertura de tasa de interés para los potenciales deudores del crédito pertenecientes a los hogares que resulten beneficiarios del Programa de Promoción de –Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya
2411 2015 Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 1077 de 2015 en lo relacionado con los Programas de Vivienda Gratuita y de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA, y se dictan otras disposiciones
1385 2015 Por el cual se adiciona una Subsección a la Sección 7 del Capítulo 2 de Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, en relación con el criterio de focalización para el acceso al subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas en atención a su situación de vulnerabilidad.
1516 2016 Por el cual se adiciona el Decreto 1077 de 2015, en lo relacionado con el incumplimiento en la ejecución de proyectos de vivienda de interés social urbana
729 2017 Por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015, en relación con la definición de las condiciones para el acceso al Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya