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POBLACION DESPLAZADA REGION
1. Antecedentes y Justificación
El fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia se acrecentó con la aparición del conflicto armado en las zonas rurales y algunas zonas urbanas del país. La dinámica de este fenómeno implica el rompimiento de los hogares colombianos con sus tierras y
lugares habituales de vivienda, en muchas oportunidades, viéndose obligados a desplazarse a nuevos territorios donde no gozan de las condiciones mínimas de una
vivienda digna. La Sentencia T- 025 de 2004 proferida por la Corte Constitucional declaró la existencia de
un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la situación de la Población Desplazada, y entre otros aspectos, puso de manifiesto las dificultades que se presentan para lograr el
goce efectivo del derecho (GED) a la vivienda digna. Para contrarrestar esta situación, el Gobierno nacional implementó una serie de medidas que llevaron a realizar un mayor esfuerzo presupuestal y a la adopción de procedimientos especiales y específicos en la
atención de la Población Desplazada. No obstante, lo anterior, la Corte Constitucional declaró a través del Auto 008 de 2009, la persistencia del Estado de Cosas Inconstitucional
y ordenó al Gobierno nacional reformular la política de vivienda para población desplazada. En tal sentido, en materia de vivienda el Gobierno Nacional de la época realizó el
diagnóstico, las premisas, lineamientos, y el objetivo general de la política que era garantizar el Goce Efectivo del Derecho a la vivienda digna de la población en situación de
desplazamiento de manera progresiva, en consideración a sus condiciones culturales y de vulnerabilidad.
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
En virtud de lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda en el año 2006 formuló el proyecto de inversión “SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA PARA POBLACION DESPLAZADA REGION
NACIONAL”, con el propósito de atender a la población desplazada en materia de vivienda urbana, a través de la asignación del Subsidio Familiar de VIS urbana establecido por medio de la Ley 3 de 1991, que está definido como un aporte estatal en dinero o en especie
entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye una estrategia para atender las falencias cuantitativas y cualitativas de vivienda. Esto con el
fin de garantizar la vivienda digna y las condiciones necesarias de habitabilidad de los hogares colombianos.
Por lo tanto, durante el período 2007 -2011 la política de vivienda se direcciono en atender a la población en situación de desplazamiento mediante un enfoque concentrado en la
demanda, en la que el Subsidio Familiar de Vivienda se asignó a través de las siguientes estrategias: i) Aprobación simultánea de subsidio y crédito, mediante la Bolsa de Ahorro Programado Contractual con Evaluación Crediticia Favorable. ii) Para llegar a
departamentos de difícil de acceso se asignó subsidios en las bolsas de Esfuerzo Territorial Departamental y Esfuerzo Territorial Nacional. iii) Mayor valor del subsidio para familias
en situación de desplazamiento y subsidio para promoción de oferta para población desplazada (Res 1024 de 2011). iv) Anticipo del SFV para la generación de oferta de vivienda (Macros, PIDUS, etc.).
Después en el año 2012 el Gobierno Nacional se planteó un nuevo enfoque y unos nuevos
mecanismos de instrumentalización de la política. Por lo anterior, se propuso consolidar la siguiente propuesta: pasar de un enfoque concentrado en la demanda a un enfoque mixto en donde también se promocionará la oferta, que garantice la articulación con la demanda,
para así garantizar el GED a la vivienda digna.
Esta política de vivienda buscaba ampliar la cobertura de vivienda de Interés Social Prioritario, en especial para los sectores de población más vulnerable. En este sentido, se
sancionó la Ley 1537 del 20 de junio de 2012, Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones que tiene por objeto definir mecanismos que permitan el trabajo conjunto
del sector privado y el sector público, para que se cumplan las metas en materia de vivienda de interés social prioritario, buscando reducir el déficit habitacional en beneficio
de la población más vulnerable. Para el efecto, se establecen una serie de disposiciones sobre financiación de vivienda, focalización de recursos en vivienda de interés social prioritaria y habilitación de suelo para el desarrollo de proyectos de vivienda.
Conforme con lo anterior, se expidió el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012,
modificado por el Decreto 2164 de 2013, por el cual se reglamenta la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda 100% en especie, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie son los hogares
registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes: Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema
UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Sistema de
Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de
vivienda urbano que se encuentre sin aplicar ó hogares que se encuentren en estado Calificado. Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un
subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar. El Departamento para la Prosperidad Social realiza la selección de
los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto
2164 de 2013.
Por último es importante anotar que los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a Fonvivienda y que se incorporaron a patrimonios autónomos, independiente del rubro presupuestal, podían ser destinados para actividades relacionadas con el
acompañamiento social y para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos y/o de servicios públicos domiciliarios, incluida la adquisición de predios para
esos propósitos, para los proyectos de vivienda de interés social y prioritaria que se ejecuten en el marco de los patrimonios autónomos.
2. Objetivo
Este proyecto apoya el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda de interés social Subsidio Familiar de Vivienda -SFV en dinero o especie, para la adquisición, construcción,
mejoramiento o arrendamiento de vivienda, a los hogares más necesitados en situación de desplazamiento por la violencia.
3. Descripción
El subsidio familiar de vivienda en especie, este se entrega a través del Programa de Vivienda Gratuita mediante la construcción y asignación de soluciones de vivienda que son
entregadas a título de subsidio familiar de vivienda 100% en especie a la población víctima del desplazamiento forzado, la vinculada a programas de superación de la pobreza
extrema, a los hogares afectados por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o que habitan en zonas de alto riesgo no mitigable.
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Los requisitos y las condiciones de ejecución y acceso a los subsidios familiares de vivienda
100% en especie en el marco del Programa de Vivienda Gratuita se encuentran establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Actualmente este subsidio se entrega en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase, el cual se tiene previsto ejecutarse hasta el año 2019 y los proyectos de
vivienda de interés prioritario actualmente se encuentran en ejecución en 204 municipios del país y espera beneficiar a 30.000 hogares son cerca de 120.000.000 personas en total.
4. Esquema de financiación
5. Logros y Metas
El proyecto frente a su indicador de producto para la vigencia 2018 se lograron los siguientes resultados:
Programa de vivienda gratuita II etapa:
En la vigencia se asignaron 5.102 subsidios familiares de vivienda en especie a los
Hogares en situación de desplazamiento en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
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Código BPIN: 1150021230000
Adicionalmente en el transcurso de vida del proyecto se logró lo siguiente:
Asignación de Subsidios a Víctimas del Conflicto Armado (Población Desplazada)
En el marco de la atención y reparación a las víctimas, Fonvivienda ha asignado 88.126 subsidios de vivienda de interés social a través de la Bolsa de Población
Desplazada y en cumplimiento de fallos de sentencias judiciales durante el período 2007-2018 por valor de $1.110 millones, beneficiando aproximadamente 308.441 personas discriminados por año así:
AÑO No.
SUBSIDIOS ASIGNADOS
Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Igualmente, se asignó subsidios a población víctima del conflicto armado en 821
municipios de los 32 departamentos, garantizando una cobertura nacional del 100%.
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En la siguiente tabla se muestran las asignaciones en cada uno de los 32
departamentos, incluyendo la ciudad Capital:
DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS ASIGNADOS
BOLIVAR 4.798 $ 68.180.283.525
BOYACA 260 $ 3.262.187.190
CALDAS 1.727 $ 17.672.015.919
CAQUETA 6.856 $ 85.356.201.205
CASANARE 732 $ 7.388.751.978
CAUCA 1.394 $ 17.824.275.580
CESAR 5.562 $ 69.563.843.164
CHOCO 2.806 $ 37.505.297.150
CORDOBA 3.940 $ 56.923.280.891
CUNDINAMARCA 852 $ 10.410.111.060
GUAINIA 225 $ 2.952.499.000
GUAVIARE 1.027 $ 14.005.196.186
HUILA 2.437 $ 28.559.736.204
PUTUMAYO 2.687 $ 34.737.850.299
QUINDIO 289 $ 4.137.550.850
RISARALDA 1.474 $ 17.250.448.290
VAUPES 40 $ 491.568.000
VICHADA 162 $ 2.073.116.082
Nombre del proyecto:
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Código BPIN: 1150021230000
Ahora bien, teniendo en cuenta la cobertura a nivel nacional para la atención y
reparación a las víctimas del conflicto armado durante la vigencia mencionada, se tiene que el departamento con mayor cantidad de hogares beneficiarios fue
Antioquia con un total de 13.896 hogares, correspondiente a $174.035 millones. Por el contrario, el departamento que presenta un menor número de hogares beneficiarios es San Andrés con 2 hogares correspondiente a $11.190.000.
Estos subsidios asignados se discriminaron en las siguientes modalidades de
vivienda, presentando la mayor asignación en la adquisición de vivienda:
BOLSA MODALIDAD No. SUBSIDIOS
Arrendamiento 11.296 $ 63.675.660.029
Mejoramiento 423 $ 5.163.114.615
TOTAL 88.126 $ 1.110.899.853.754 Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Asignación del Programa de Vivienda Gratuita – PVG FASE I y II
Durante el periodo comprendido entre 2012 y 2018, con la nueva política del Gobierno Nacional en materia de Vivienda, se han asignado igualmente subsidios por el Programa de Vivienda Gratuita en el componente de Desplazados
beneficiando un total de 63.308 hogares en situación de desplazamiento forzado lo cual corresponde al 57,26% del total asignado tal como se presenta en el siguiente
cuadro discriminada en cada una de las fases del programa:
Programa de Vivienda Gratuita - I DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS
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Programa de Vivienda Gratuita- II DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS
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Valle Del Cauca 600
TOTAL 4.054 Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Con referencia al Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase que tiene es
importante precisar que el programa está previsto su ejecución hasta el año 2019, motivo por el cual en esta vigencia se realizará la asignación de los subsidios faltantes para cumplir la meta establecida en el programa de 30.000
Acompañamiento social a Vivienda gratuita
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda durante el período de reporte, brindó acompañamiento social a los hogares
beneficiarios de SFV asignados dentro del Programa de Vivienda Gratuita Fases I y II, trabajando bajo tres líneas de acción: a) Organización Comunitaria, b) Derechos
y Deberes, c) Seguridad y Convivencia y el lineamiento estratégico del Sistema Nacional de Acompañamiento Social e Infraestructura Social al programa de Vivienda Gratuita – SNAIS.
Con relación a la construcción de nuevos tejidos sociales comunitarios y la inclusión
social en el entorno receptor, para la generación de pertenencia en el nuevo contexto, en el Programa de Vivienda Gratuita Fase I fueron acompañados 14
proyectos con intervención avanzada a través de alianzas con fundaciones sin ánimo de lucro, que brindan un acompañamiento especializado y diferencial, para disminuir el riesgo generado por efecto de la relocalización residencial y de
reversibilidad de logros alcanzados en la superación de condiciones de pobreza, así como promover la convivencia, su disfrute, el cuidado y buen uso de los mismos.
Como resultado 17.145 hogares beneficiados. Además, se acompañaron 12 proyectos con intervención social preventiva, a través
de Talleres de Liderazgo, Convivencia, Deberes y Derechos, en los que se desarrollaron actividades y acciones organizadas con las personas, grupos y
comunidades, orientadas a superar obstáculos que impiden avanzar en su desarrollo individual y colectivo y finalmente para mejorar la calidad de vida de los beneficiarios en los proyectos. Como resultado 1.707 Hogares beneficiados
directamente con intervención psicosocial a nivel primario y 8.205 Hogares beneficiados indirectamente.
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Respecto a la articulación de la institucionalidad pública y privada en torno a los
proyectos del Programa de Vivienda Gratuita Fase I y con el propósito de armonizar la oferta de servicios sociales, de articular la oferta nacional y local, pública y privada
y de aunar esfuerzos para promover la superación de vulnerabilidad de los hogares beneficiarios, fueron asistidos 234 proyectos mediante la actuación y gestión en las mesas de acompañamiento territorial, departamental, comités institucionales,
reuniones y visitas a proyectos. Los resultados obtenidos son: 114.381 hogares beneficiados (directa e indirectamente) en 19 mesas de seguridad realizadas y 188
mesas de acompañamiento social.
Equipamientos
Con el fin de proporcionar a los habitantes de los proyectos de la Política Nacional de
Vivienda, espacios de uso público que garanticen la realización de actividades complementarias a las de habitación y trabajo o necesarias para la atención integral de la población vulnerable, el MVCT diseñó en el año 2012 una estrategia de
equipamientos, para lo cual suscribió convenios interadministrativos y acuerdos de cooperación con el MEN, MinInterior, MinCultura, Coldeportes, MinTic y con el ICBF, se
ha venido trabajando de manera conjunta pese a no existir convenio suscrito, con el objeto de aunar esfuerzos para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos, incluyendo entre otros y de manera prioritaria, la construcción de colegios,
estaciones de policía, CAI’s, construcción y dotación de bibliotecas, construcción de parques con espacios recreo-deportivos (senderos, canchas y juegos infantiles),
conexiones y puntos de acceso a internet y construcción de Centros de Desarrollo
Infantil-CDIs.
En el marco de los mencionados convenios, en el periodo de reporte, fueron realizados los siguientes avances en materia de ejecución de infraestructura social en los
proyectos de vivienda gratuita:
28 Colegios: 4 en funcionamiento, 2 construidos, 6 en obra y 9 en estudios y
diseños. Con esto se benefician 26.550 estudiantes de los proyectos de vivienda gratuita. Valor Inversión:
28 Centros de Desarrollo Infantil: 5 en funcionamiento, 6 construidos, 10 en obra, 7 en estudios y diseños. Con esto se benefician 6.938 niños de los proyectos de vivienda gratuita.
43 Parques Recreodeportivos: 5 terminados, 16 en estudios y diseños, 7 en contratación y 15 con convenio suscrito con municipio pendiente de abrir proceso
de contratación. Con esto se benefician los habitantes de 32.346 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita
10 Bibliotecas: 6 entregadas, 1 terminada y 3 en obra. Con esto se benefician los
habitantes de 3.191 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita. Infraestructura de Seguridad: 1 CAI fijo en funcionamiento, 1 estación de policía en
funcionamiento y 1 estación de policía construida. Con esto beneficiamos los habitantes de 8.541 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
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5 Centros de Integración Ciudadana-CIC: 1 terminado, 2 en trámite de licencia
de construcción y 2 en contratación. Con esto fueron beneficiados los habitantes de 6.537 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
4 centros de salud u hospitales: 2 construido e inaugurado, 1 en dotación y 2 en obra. Con esto se benefician los habitantes de 9.589 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
Conexiones digitales (a cargo de MINTIC): De los accesos a internet instalados en proyectos de vivienda gratuita en el marco de la fase 2 del programa Conexiones
Digitales, 25.232 fueron aprobados por las interventorías. Es importante aclarar que muchos de los equipamientos relacionados previamente
continúan ejecutándose en conjunto con entidades territoriales y/o fundaciones.
Con referencia al indicador de gestión durante el año 2018 se logró el siguiente resultado:
- Cronograma anual de asignación publicado
Mediante la resolución No. 0210 del 28 de marzo de 2018 "Por la cual se establece la distribución de recursos para la asignación del subsidio familiar de vivienda de
interés social urbana durante la vigencia presupuestal 2018".
6. Restricciones y Limitaciones
La política de vivienda durante el período 2003-2011 contaba con instrumentos que se aplicaban de manera exitosa para facilitar y promover el acceso a la vivienda. A pesar de lo anterior, los esfuerzos que se han realizaron no fueron suficientes para permitir
que la población más vulnerable del país, los más pobres de los pobres, tuvieran acceso a una vivienda digna. El hecho de que los subsidios sólo pudieran ser efectivamente
aplicados por quienes tengan la capacidad de completar el valor de la vivienda con un crédito bancario, o con un ahorro adicional, deja por fuera a cientos de miles de familias que no tienen ingresos suficientes para acceder al sistema financiero, o para realizar
un ahorro suficiente.
Así mismo, las demoras en los tiempos para ubicar vivienda y las dificultades de los hogares para lograr el cierre financiero que viabilizara el acceso a la vivienda con un subsidio en dinero, lo que generó que el subsidio asignado a la población menos
favorecida no pudiera ser materializada en una vivienda.
En el Programa de Vivienda Gratuita I, el proceso escrituración de las viviendas presentó retrasos, debido a diferentes novedades presentadas con los hogares beneficiarios tales como las renuncias, sustituciones, sin ubicar y
revocatorias. Adicionalmente la suscripción de las actas de reconocimiento de las
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viviendas por parte del beneficiario; así como los beneficiarios no se acercaban a las
notorias a suscribir las escrituras correspondientes.
Para la segunda fase del programa, durante la ejecución de estas fases algunos constructores presentaron inconvenientes con la presentación y ajustes de los anteproyectos y factibilidades económicas de los proyectos, aunado a la demora en el
cumplimiento de algunas de las obligaciones por parte de las entidades territoriales establecidas en los convenios suscritos con Fonvivienda lo que retraso el inicio de los
anteproyectos y estudios y diseños por parte de los constructores. Así mismo, en algunas de las convocatorias no se logrado seleccionar un constructor,
lo que generó la declaración de desiertas por que no se presentaron constructores o porque no se cumplieron con los requisitos establecidos, ocasionando el retraso de la
construcción de las viviendas. Por último, algunos entes territoriales se han demorado en realizar algunas obras
complementarias necesarias, como: adecuación de redes de acueducto, alcantarillado y energía, obras de mitigación como muros, canales, etc; rellenos, entre otros.
Los anteriores factores no permitieron que la ejecución del programa se llevará a cabo dentro de los tiempos establecidos y generaron el retraso en la asignación de los
subsidios.
Es importante anotar, que para la vigencia 2018 de acuerdo con los lineamientos establecidos para ese año por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Entidad no contó con PAC disponible para obligar los compromisos adquiridos por el
Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
7. Contactos del Proyecto
Dirección: Calle 18 No. 7 – 59
E-mail: [email protected]
8. Bibliografía del documento
LEY No. FECHA OBJETO
003 15 de enero de 1991 Por el cual se crea el sistema nacional de vivienda de interés social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el instituto de crédito territorial, y se dictan otras disposiciones
1469 30 junio de 2011 Por el cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda. (Arts. 22 al 31)
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1537 20 de junio de 2012 Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el
desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones
DECRETO
No. FECHA OBJETO
1077 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”
RESOLUCIÓN
No. FECHA OBJETO
0895 17 de mayo de 2011 Por la cual se establecen las metodologías y condiciones para el otorgamiento de la elegibilidad y la calificación de los planes de Vivienda de Interés Social Urbana.
917 20 de mayo de 2011 Reglamenta el Decreto 4729 de 2010 ajuste de Subsidio Familiar de Vivienda para Población Desplazada
1024 1 de junio de 2011 Por la cual se establecen las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda en cumplimiento del artículo 8° del Decreto 4911 de 2009.
1539 9 de julio de 2011 Por la cual se reglamente el artículo 7 del Decreto 4808 de 2010
1648 16 de agosto de 2011
Por la cual fija las condiciones para la legalización de los subsidios familiares de vivienda de que trata el artículo 94 del Decreto 2190 de 2009
1. Antecedentes y Justificación
El fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia se acrecentó con la aparición del conflicto armado en las zonas rurales y algunas zonas urbanas del país. La dinámica de este fenómeno implica el rompimiento de los hogares colombianos con sus tierras y
lugares habituales de vivienda, en muchas oportunidades, viéndose obligados a desplazarse a nuevos territorios donde no gozan de las condiciones mínimas de una
vivienda digna. La Sentencia T- 025 de 2004 proferida por la Corte Constitucional declaró la existencia de
un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la situación de la Población Desplazada, y entre otros aspectos, puso de manifiesto las dificultades que se presentan para lograr el
goce efectivo del derecho (GED) a la vivienda digna. Para contrarrestar esta situación, el Gobierno nacional implementó una serie de medidas que llevaron a realizar un mayor esfuerzo presupuestal y a la adopción de procedimientos especiales y específicos en la
atención de la Población Desplazada. No obstante, lo anterior, la Corte Constitucional declaró a través del Auto 008 de 2009, la persistencia del Estado de Cosas Inconstitucional
y ordenó al Gobierno nacional reformular la política de vivienda para población desplazada. En tal sentido, en materia de vivienda el Gobierno Nacional de la época realizó el
diagnóstico, las premisas, lineamientos, y el objetivo general de la política que era garantizar el Goce Efectivo del Derecho a la vivienda digna de la población en situación de
desplazamiento de manera progresiva, en consideración a sus condiciones culturales y de vulnerabilidad.
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
En virtud de lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda en el año 2006 formuló el proyecto de inversión “SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA PARA POBLACION DESPLAZADA REGION
NACIONAL”, con el propósito de atender a la población desplazada en materia de vivienda urbana, a través de la asignación del Subsidio Familiar de VIS urbana establecido por medio de la Ley 3 de 1991, que está definido como un aporte estatal en dinero o en especie
entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye una estrategia para atender las falencias cuantitativas y cualitativas de vivienda. Esto con el
fin de garantizar la vivienda digna y las condiciones necesarias de habitabilidad de los hogares colombianos.
Por lo tanto, durante el período 2007 -2011 la política de vivienda se direcciono en atender a la población en situación de desplazamiento mediante un enfoque concentrado en la
demanda, en la que el Subsidio Familiar de Vivienda se asignó a través de las siguientes estrategias: i) Aprobación simultánea de subsidio y crédito, mediante la Bolsa de Ahorro Programado Contractual con Evaluación Crediticia Favorable. ii) Para llegar a
departamentos de difícil de acceso se asignó subsidios en las bolsas de Esfuerzo Territorial Departamental y Esfuerzo Territorial Nacional. iii) Mayor valor del subsidio para familias
en situación de desplazamiento y subsidio para promoción de oferta para población desplazada (Res 1024 de 2011). iv) Anticipo del SFV para la generación de oferta de vivienda (Macros, PIDUS, etc.).
Después en el año 2012 el Gobierno Nacional se planteó un nuevo enfoque y unos nuevos
mecanismos de instrumentalización de la política. Por lo anterior, se propuso consolidar la siguiente propuesta: pasar de un enfoque concentrado en la demanda a un enfoque mixto en donde también se promocionará la oferta, que garantice la articulación con la demanda,
para así garantizar el GED a la vivienda digna.
Esta política de vivienda buscaba ampliar la cobertura de vivienda de Interés Social Prioritario, en especial para los sectores de población más vulnerable. En este sentido, se
sancionó la Ley 1537 del 20 de junio de 2012, Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones que tiene por objeto definir mecanismos que permitan el trabajo conjunto
del sector privado y el sector público, para que se cumplan las metas en materia de vivienda de interés social prioritario, buscando reducir el déficit habitacional en beneficio
de la población más vulnerable. Para el efecto, se establecen una serie de disposiciones sobre financiación de vivienda, focalización de recursos en vivienda de interés social prioritaria y habilitación de suelo para el desarrollo de proyectos de vivienda.
Conforme con lo anterior, se expidió el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012,
modificado por el Decreto 2164 de 2013, por el cual se reglamenta la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda 100% en especie, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie son los hogares
registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes: Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema
UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Sistema de
Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de
vivienda urbano que se encuentre sin aplicar ó hogares que se encuentren en estado Calificado. Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un
subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar. El Departamento para la Prosperidad Social realiza la selección de
los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto
2164 de 2013.
Por último es importante anotar que los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a Fonvivienda y que se incorporaron a patrimonios autónomos, independiente del rubro presupuestal, podían ser destinados para actividades relacionadas con el
acompañamiento social y para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos y/o de servicios públicos domiciliarios, incluida la adquisición de predios para
esos propósitos, para los proyectos de vivienda de interés social y prioritaria que se ejecuten en el marco de los patrimonios autónomos.
2. Objetivo
Este proyecto apoya el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda de interés social Subsidio Familiar de Vivienda -SFV en dinero o especie, para la adquisición, construcción,
mejoramiento o arrendamiento de vivienda, a los hogares más necesitados en situación de desplazamiento por la violencia.
3. Descripción
El subsidio familiar de vivienda en especie, este se entrega a través del Programa de Vivienda Gratuita mediante la construcción y asignación de soluciones de vivienda que son
entregadas a título de subsidio familiar de vivienda 100% en especie a la población víctima del desplazamiento forzado, la vinculada a programas de superación de la pobreza
extrema, a los hogares afectados por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o que habitan en zonas de alto riesgo no mitigable.
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Los requisitos y las condiciones de ejecución y acceso a los subsidios familiares de vivienda
100% en especie en el marco del Programa de Vivienda Gratuita se encuentran establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Actualmente este subsidio se entrega en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase, el cual se tiene previsto ejecutarse hasta el año 2019 y los proyectos de
vivienda de interés prioritario actualmente se encuentran en ejecución en 204 municipios del país y espera beneficiar a 30.000 hogares son cerca de 120.000.000 personas en total.
4. Esquema de financiación
5. Logros y Metas
El proyecto frente a su indicador de producto para la vigencia 2018 se lograron los siguientes resultados:
Programa de vivienda gratuita II etapa:
En la vigencia se asignaron 5.102 subsidios familiares de vivienda en especie a los
Hogares en situación de desplazamiento en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Adicionalmente en el transcurso de vida del proyecto se logró lo siguiente:
Asignación de Subsidios a Víctimas del Conflicto Armado (Población Desplazada)
En el marco de la atención y reparación a las víctimas, Fonvivienda ha asignado 88.126 subsidios de vivienda de interés social a través de la Bolsa de Población
Desplazada y en cumplimiento de fallos de sentencias judiciales durante el período 2007-2018 por valor de $1.110 millones, beneficiando aproximadamente 308.441 personas discriminados por año así:
AÑO No.
SUBSIDIOS ASIGNADOS
Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Igualmente, se asignó subsidios a población víctima del conflicto armado en 821
municipios de los 32 departamentos, garantizando una cobertura nacional del 100%.
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
En la siguiente tabla se muestran las asignaciones en cada uno de los 32
departamentos, incluyendo la ciudad Capital:
DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS ASIGNADOS
BOLIVAR 4.798 $ 68.180.283.525
BOYACA 260 $ 3.262.187.190
CALDAS 1.727 $ 17.672.015.919
CAQUETA 6.856 $ 85.356.201.205
CASANARE 732 $ 7.388.751.978
CAUCA 1.394 $ 17.824.275.580
CESAR 5.562 $ 69.563.843.164
CHOCO 2.806 $ 37.505.297.150
CORDOBA 3.940 $ 56.923.280.891
CUNDINAMARCA 852 $ 10.410.111.060
GUAINIA 225 $ 2.952.499.000
GUAVIARE 1.027 $ 14.005.196.186
HUILA 2.437 $ 28.559.736.204
PUTUMAYO 2.687 $ 34.737.850.299
QUINDIO 289 $ 4.137.550.850
RISARALDA 1.474 $ 17.250.448.290
VAUPES 40 $ 491.568.000
VICHADA 162 $ 2.073.116.082
Nombre del proyecto:
POBLACION DESPLAZADA REGION
Código BPIN: 1150021230000
Ahora bien, teniendo en cuenta la cobertura a nivel nacional para la atención y
reparación a las víctimas del conflicto armado durante la vigencia mencionada, se tiene que el departamento con mayor cantidad de hogares beneficiarios fue
Antioquia con un total de 13.896 hogares, correspondiente a $174.035 millones. Por el contrario, el departamento que presenta un menor número de hogares beneficiarios es San Andrés con 2 hogares correspondiente a $11.190.000.
Estos subsidios asignados se discriminaron en las siguientes modalidades de
vivienda, presentando la mayor asignación en la adquisición de vivienda:
BOLSA MODALIDAD No. SUBSIDIOS
Arrendamiento 11.296 $ 63.675.660.029
Mejoramiento 423 $ 5.163.114.615
TOTAL 88.126 $ 1.110.899.853.754 Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Asignación del Programa de Vivienda Gratuita – PVG FASE I y II
Durante el periodo comprendido entre 2012 y 2018, con la nueva política del Gobierno Nacional en materia de Vivienda, se han asignado igualmente subsidios por el Programa de Vivienda Gratuita en el componente de Desplazados
beneficiando un total de 63.308 hogares en situación de desplazamiento forzado lo cual corresponde al 57,26% del total asignado tal como se presenta en el siguiente
cuadro discriminada en cada una de las fases del programa:
Programa de Vivienda Gratuita - I DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS
POBLACION DESPLAZADA REGION
Programa de Vivienda Gratuita- II DEPARTAMENTO No. SUBSIDIOS
ASIGNADOS
POBLACION DESPLAZADA REGION
Valle Del Cauca 600
TOTAL 4.054 Fuente: Sistema de Subsidio Familiar de Vivienda Corte: 31-12-2018
Con referencia al Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase que tiene es
importante precisar que el programa está previsto su ejecución hasta el año 2019, motivo por el cual en esta vigencia se realizará la asignación de los subsidios faltantes para cumplir la meta establecida en el programa de 30.000
Acompañamiento social a Vivienda gratuita
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda durante el período de reporte, brindó acompañamiento social a los hogares
beneficiarios de SFV asignados dentro del Programa de Vivienda Gratuita Fases I y II, trabajando bajo tres líneas de acción: a) Organización Comunitaria, b) Derechos
y Deberes, c) Seguridad y Convivencia y el lineamiento estratégico del Sistema Nacional de Acompañamiento Social e Infraestructura Social al programa de Vivienda Gratuita – SNAIS.
Con relación a la construcción de nuevos tejidos sociales comunitarios y la inclusión
social en el entorno receptor, para la generación de pertenencia en el nuevo contexto, en el Programa de Vivienda Gratuita Fase I fueron acompañados 14
proyectos con intervención avanzada a través de alianzas con fundaciones sin ánimo de lucro, que brindan un acompañamiento especializado y diferencial, para disminuir el riesgo generado por efecto de la relocalización residencial y de
reversibilidad de logros alcanzados en la superación de condiciones de pobreza, así como promover la convivencia, su disfrute, el cuidado y buen uso de los mismos.
Como resultado 17.145 hogares beneficiados. Además, se acompañaron 12 proyectos con intervención social preventiva, a través
de Talleres de Liderazgo, Convivencia, Deberes y Derechos, en los que se desarrollaron actividades y acciones organizadas con las personas, grupos y
comunidades, orientadas a superar obstáculos que impiden avanzar en su desarrollo individual y colectivo y finalmente para mejorar la calidad de vida de los beneficiarios en los proyectos. Como resultado 1.707 Hogares beneficiados
directamente con intervención psicosocial a nivel primario y 8.205 Hogares beneficiados indirectamente.
Nombre del proyecto:
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Código BPIN: 1150021230000
Respecto a la articulación de la institucionalidad pública y privada en torno a los
proyectos del Programa de Vivienda Gratuita Fase I y con el propósito de armonizar la oferta de servicios sociales, de articular la oferta nacional y local, pública y privada
y de aunar esfuerzos para promover la superación de vulnerabilidad de los hogares beneficiarios, fueron asistidos 234 proyectos mediante la actuación y gestión en las mesas de acompañamiento territorial, departamental, comités institucionales,
reuniones y visitas a proyectos. Los resultados obtenidos son: 114.381 hogares beneficiados (directa e indirectamente) en 19 mesas de seguridad realizadas y 188
mesas de acompañamiento social.
Equipamientos
Con el fin de proporcionar a los habitantes de los proyectos de la Política Nacional de
Vivienda, espacios de uso público que garanticen la realización de actividades complementarias a las de habitación y trabajo o necesarias para la atención integral de la población vulnerable, el MVCT diseñó en el año 2012 una estrategia de
equipamientos, para lo cual suscribió convenios interadministrativos y acuerdos de cooperación con el MEN, MinInterior, MinCultura, Coldeportes, MinTic y con el ICBF, se
ha venido trabajando de manera conjunta pese a no existir convenio suscrito, con el objeto de aunar esfuerzos para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos, incluyendo entre otros y de manera prioritaria, la construcción de colegios,
estaciones de policía, CAI’s, construcción y dotación de bibliotecas, construcción de parques con espacios recreo-deportivos (senderos, canchas y juegos infantiles),
conexiones y puntos de acceso a internet y construcción de Centros de Desarrollo
Infantil-CDIs.
En el marco de los mencionados convenios, en el periodo de reporte, fueron realizados los siguientes avances en materia de ejecución de infraestructura social en los
proyectos de vivienda gratuita:
28 Colegios: 4 en funcionamiento, 2 construidos, 6 en obra y 9 en estudios y
diseños. Con esto se benefician 26.550 estudiantes de los proyectos de vivienda gratuita. Valor Inversión:
28 Centros de Desarrollo Infantil: 5 en funcionamiento, 6 construidos, 10 en obra, 7 en estudios y diseños. Con esto se benefician 6.938 niños de los proyectos de vivienda gratuita.
43 Parques Recreodeportivos: 5 terminados, 16 en estudios y diseños, 7 en contratación y 15 con convenio suscrito con municipio pendiente de abrir proceso
de contratación. Con esto se benefician los habitantes de 32.346 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita
10 Bibliotecas: 6 entregadas, 1 terminada y 3 en obra. Con esto se benefician los
habitantes de 3.191 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita. Infraestructura de Seguridad: 1 CAI fijo en funcionamiento, 1 estación de policía en
funcionamiento y 1 estación de policía construida. Con esto beneficiamos los habitantes de 8.541 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
Nombre del proyecto:
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5 Centros de Integración Ciudadana-CIC: 1 terminado, 2 en trámite de licencia
de construcción y 2 en contratación. Con esto fueron beneficiados los habitantes de 6.537 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
4 centros de salud u hospitales: 2 construido e inaugurado, 1 en dotación y 2 en obra. Con esto se benefician los habitantes de 9.589 viviendas de los proyectos de vivienda gratuita.
Conexiones digitales (a cargo de MINTIC): De los accesos a internet instalados en proyectos de vivienda gratuita en el marco de la fase 2 del programa Conexiones
Digitales, 25.232 fueron aprobados por las interventorías. Es importante aclarar que muchos de los equipamientos relacionados previamente
continúan ejecutándose en conjunto con entidades territoriales y/o fundaciones.
Con referencia al indicador de gestión durante el año 2018 se logró el siguiente resultado:
- Cronograma anual de asignación publicado
Mediante la resolución No. 0210 del 28 de marzo de 2018 "Por la cual se establece la distribución de recursos para la asignación del subsidio familiar de vivienda de
interés social urbana durante la vigencia presupuestal 2018".
6. Restricciones y Limitaciones
La política de vivienda durante el período 2003-2011 contaba con instrumentos que se aplicaban de manera exitosa para facilitar y promover el acceso a la vivienda. A pesar de lo anterior, los esfuerzos que se han realizaron no fueron suficientes para permitir
que la población más vulnerable del país, los más pobres de los pobres, tuvieran acceso a una vivienda digna. El hecho de que los subsidios sólo pudieran ser efectivamente
aplicados por quienes tengan la capacidad de completar el valor de la vivienda con un crédito bancario, o con un ahorro adicional, deja por fuera a cientos de miles de familias que no tienen ingresos suficientes para acceder al sistema financiero, o para realizar
un ahorro suficiente.
Así mismo, las demoras en los tiempos para ubicar vivienda y las dificultades de los hogares para lograr el cierre financiero que viabilizara el acceso a la vivienda con un subsidio en dinero, lo que generó que el subsidio asignado a la población menos
favorecida no pudiera ser materializada en una vivienda.
En el Programa de Vivienda Gratuita I, el proceso escrituración de las viviendas presentó retrasos, debido a diferentes novedades presentadas con los hogares beneficiarios tales como las renuncias, sustituciones, sin ubicar y
revocatorias. Adicionalmente la suscripción de las actas de reconocimiento de las
Nombre del proyecto:
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viviendas por parte del beneficiario; así como los beneficiarios no se acercaban a las
notorias a suscribir las escrituras correspondientes.
Para la segunda fase del programa, durante la ejecución de estas fases algunos constructores presentaron inconvenientes con la presentación y ajustes de los anteproyectos y factibilidades económicas de los proyectos, aunado a la demora en el
cumplimiento de algunas de las obligaciones por parte de las entidades territoriales establecidas en los convenios suscritos con Fonvivienda lo que retraso el inicio de los
anteproyectos y estudios y diseños por parte de los constructores. Así mismo, en algunas de las convocatorias no se logrado seleccionar un constructor,
lo que generó la declaración de desiertas por que no se presentaron constructores o porque no se cumplieron con los requisitos establecidos, ocasionando el retraso de la
construcción de las viviendas. Por último, algunos entes territoriales se han demorado en realizar algunas obras
complementarias necesarias, como: adecuación de redes de acueducto, alcantarillado y energía, obras de mitigación como muros, canales, etc; rellenos, entre otros.
Los anteriores factores no permitieron que la ejecución del programa se llevará a cabo dentro de los tiempos establecidos y generaron el retraso en la asignación de los
subsidios.
Es importante anotar, que para la vigencia 2018 de acuerdo con los lineamientos establecidos para ese año por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Entidad no contó con PAC disponible para obligar los compromisos adquiridos por el
Programa de Vivienda Gratuita Segunda Fase.
7. Contactos del Proyecto
Dirección: Calle 18 No. 7 – 59
E-mail: [email protected]
8. Bibliografía del documento
LEY No. FECHA OBJETO
003 15 de enero de 1991 Por el cual se crea el sistema nacional de vivienda de interés social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el instituto de crédito territorial, y se dictan otras disposiciones
1469 30 junio de 2011 Por el cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda. (Arts. 22 al 31)
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1537 20 de junio de 2012 Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el
desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones
DECRETO
No. FECHA OBJETO
1077 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”
RESOLUCIÓN
No. FECHA OBJETO
0895 17 de mayo de 2011 Por la cual se establecen las metodologías y condiciones para el otorgamiento de la elegibilidad y la calificación de los planes de Vivienda de Interés Social Urbana.
917 20 de mayo de 2011 Reglamenta el Decreto 4729 de 2010 ajuste de Subsidio Familiar de Vivienda para Población Desplazada
1024 1 de junio de 2011 Por la cual se establecen las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda en cumplimiento del artículo 8° del Decreto 4911 de 2009.
1539 9 de julio de 2011 Por la cual se reglamente el artículo 7 del Decreto 4808 de 2010
1648 16 de agosto de 2011
Por la cual fija las condiciones para la legalización de los subsidios familiares de vivienda de que trata el artículo 94 del Decreto 2190 de 2009