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GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Directora IRENE ALBA TORRES Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Equez., Ver. Tomo CLXXXI Xalapa-Enríquez, Ver., martes 2 de febrero de 2010. Núm. Ext. 36 GOBIERNO DEL ESTADO ——— PODER EJECUTIVO ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS MONTOS DISTRIBUIDOS A LOS MUNICIPIOS POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, DURANTE EL PERIODO OCTUBRE-DICIEMBRE DE 2009. folio 166 DECRETO QUE ESTABLECE LA SECTORIZACIÓN DE LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO. folio 177 SECRETARÍA DE GOBIERNO CONVOCATORIAS PARA PARTICIPAR EN LOS CONCURSOS DE OPOSICIÓN PARA LA ASIGNA- CIÓN DE NOTARÍAS DE NUEVA CREACIÓN EN BOCA DEL RÍO, ALVARADO, VERACRUZ, XALAPA, PEROTE, CERRO AZUL Y CÓRDOBA, VER. Febrero 2—3 folios 167-175 INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA REALIZAR UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS ACTIVI- DADES Y PUBLICIDAD CON TENDENCIA ELECTORAL EN EL ESTADO. folio 176 SUMARIO N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

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GACETA OFICIALÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Directora IRENE ALBA TORRES

Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Equez., Ver.

Tomo CLXXXI Xalapa-Enríquez, Ver., martes 2 de febrero de 2010. Núm. Ext. 36

GOBIERNO DEL ESTADO———

PODER EJECUTIVO

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS MONTOS DISTRIBUIDOS A LOS MUNICIPIOS

POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, DURANTE EL PERIODO

OCTUBRE-DICIEMBRE DE 2009.folio 166

DECRETO QUE ESTABLECE LA SECTORIZACIÓN DE LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS DEL

GOBIERNO DEL ESTADO.folio 177

SECRETARÍA DE GOBIERNO

CONVOCATORIAS PARA PARTICIPAR EN LOS CONCURSOS DE OPOSICIÓN PARA LA ASIGNA-CIÓN DE NOTARÍAS DE NUEVA CREACIÓN EN BOCA DEL RÍO, ALVARADO, VERACRUZ,XALAPA, PEROTE, CERRO AZUL Y CÓRDOBA, VER.

Febrero 2—3 folios 167-175

INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA REALIZAR UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS ACTIVI-DADES Y PUBLICIDAD CON TENDENCIA ELECTORAL EN EL ESTADO.

folio 176

SUMARIO

N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

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GOBIERNO DEL ESTADO———

PODER EJECUTIVO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOSMONTOS DISTRIBUIDOS A LOS MUNICIPIOS PORCONCEPTO DE PARTICIPACIONES EN INGRESOS FE-DERALES, DURANTE EL PERÍODO OCTUBRE-DICIEM-BRE DE 2009.

Fidel Herrera Beltrán, Gobernador Constitucional del Esta-do Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, enejercicio de la facultad que me confieren la fracción VIII delartículo 49 de la Constitución Política Local; las fracciones IIy VII del artículo 8 y V del artículo 18 de la Ley Orgánica delPoder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave; y con funda-mento en los artículos 26 y 115 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos; 3, 5, 6, 7, 9, 14, y 15 de la Leyde Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios deVeracruz-Llave; y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal; y

C O N S I D E R A N D O

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para elejercicio fiscal del año 2009, en su artículo 3 prevé recur-

sos en el Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativasy Municipios;

Que la Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 2, 2Afracción III, 3A, y 6, prevé que dichos recursos sean distribui-dos entre los municipios de la entidad;

Que la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 6 estable-ce que los gobiernos de las entidades federativas, deberán pu-blicar trimestralmente el importe de las participaciones entre-gadas a sus municipios; y

En virtud de lo anterior, se expide el siguiente:

A C U E R D O

Primero. El presente Acuerdo tiene por objeto dar a cono-cer los montos de Participaciones en Ingresos Federales distri-buidas a los 212 municipios del Estado de Veracruz de Ignaciode la Llave, por el período del primero de octubre al 31 dediciembre de 2009.

Segundo. El total de recursos entregados a los municipiosdel estado en el período citado, asciende a la cantidad de$1,520,100,478.71 (mil quinientos veinte millones cien milcuatrocientos setenta y ocho pesos 71 /100 M.N.).

Tercero. Los conceptos y montos que integran dicha canti-dad, desglosados por municipio, son los siguientes:

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T R A N S I T O R I O S

Primero. La Federación realizará los ajustes y determinarálas participaciones que correspondan a la recaudación obteni-da en el ejercicio y formulará las liquidaciones que procedan,de conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la Ley deCoordinación Fiscal.

Segundo. El presente Acuerdo entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en la Gaceta Oficial del estado.

Xalapa-Enríquez, Ver., a 30 de diciembre del 2009

Lic. Fidel Herrera BeltránGobernador del Estado

Rúbrica.

Lic. Reynaldo Escobar PérezSecretario de Gobierno

Rúbrica.

Lic. Salvador Sánchez EstradaSecretario de Finanzas y Planeación

Rúbrica.

folio 166

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Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Fidel Herrera Beltrán, Gobernador del Estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, en ejercicio de las facultades que meconfieren los artículos 49 y 50 de la Constitución Política delEstado; 1, 3, 8 fracciones III y V y 38, de la Ley Orgánica delPoder Ejecutivo del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

Que como consecuencia de la actualización de losordenamientos legales vinculados a la administración públicalocal, el Ejecutivo a mi cargo ha realizado diversos actos ten-dientes a eficientar el funcionamiento de las dependencias yentidades estatales.

Que uno de los propósitos esenciales que pretende culmi-nar la presente administración, consiste en definir con claridadla operación de los Fideicomisos Estatales encargados de auxi-liar al Titular del Ejecutivo en la realización de actividadesespecíficas.

Que en cumplimiento a dicho propósito, en fecha 13 dejunio de 2007, la Secretaría de Finanzas y Planeación y laContraloría General, publicaron en la Gaceta Oficial del estadoNúm. Ext. 172, los Lineamientos para el Funcionamiento de losFideicomisos Públicos del Gobierno del Estado, ordenamientoque pormenoriza sobre el funcionamiento de dichos instrumen-tos y delimita las responsabilidades inherentes a los servidorespúblicos relacionados, directa o indirectamente, con la opera-ción de los Fideicomisos Estatales.

Que con el afán de generar un marco normativo integralque puntualice debidamente los actos que cada dependenciadebe ejecutar (por sí a través de organismos descentralizadosligados a su sector), como consecuencia de la operación de losFideicomisos Estatales vinculados a su ramo, y en estricta con-gruencia con las disposiciones contenidas en el artículo 8 frac-ciones III y V de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Esta-do, se hace necesario establecer la agrupación de los diversosfideicomisos estatales a su respectiva coordinadora de sector, afin de permitir que su operación resulte congruente con lasatribuciones y responsabilidades inherentes a las Secretaríasde Despacho.

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO QUE ESTABLECE LA SECTORIZACIÓN DELOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO DELESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

Artículo 1. EI presente Decreto es de orden público y tienepor objeto establecer la Sectorización de los Fideicomisos Pú-

blicos del Gobierno del Estado de conformidad a lo dispuestoen los artículos 8 fracciones III y V, 54 y demás relativos de laLey Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y 11 de losLineamientos para el Funcionamiento de los FideicomisosPúblicos del Gobierno del Estado.

Artículo 2. Para efectos de este instrumento se entenderápor:

I. Coordinadora de sector: La dependencia bajo la que esténsectorizados los fideicomisos;

II. Decreto: La resolución de orden público emitida par el Ti-tular del Poder Ejecutivo, publicada en la Gaceta Oficialdel estado, que determina la constitución, modificación oextinción de los fideicomisos;

III. Dependencias: Las Secretarías de Despacho, la ProcuraduríaGeneral de Justicia, la Contraloría General, la Oficina delPrograma de Gobierno y Consejería Jurídica y la DirecciónGeneral de Comunicación Social;

IV. Entidades: Los organismos descentralizados, las empresasde participación estatal, los fideicomisos públicos y lascomisiones, juntas y comités creados por el Congreso o pordecreto del propio Ejecutivo;

V. Fideicomisos: Los Fideicomisos Públicos del Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave creados por ley o decreto,de conformidad al artículo 54 y demás relativos de la LeyOrgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz deIgnacio de la Llave;

VI. Responsable Operativo: EI director general, secretario téc-nico, secretario ejecutivo o su equivalente, designado en eldocumento que constituya el fideicomiso o en su defecto,por el Comité Técnico;

VII. Secretaria: La Secretaría de Finanzas y Planeación del Go-bierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 3. Las Coordinadoras de Sector tendrán las si-guientes obligaciones:

I. Coadyuvar en la implementación de las acciones necesa-rias que permitan a los fideicomisos públicos cumplir conlos objetivos para los que fueron creados;

II. Coordinarse con el responsable operativo del Fideicomisopara otorgar el apoyo necesario para el seguimiento, insta-lación y trabajos del Comité Técnico y la solventación delas observaciones emitidas por los entes fiscalizadores, sinque esto signifique que las dependencias creen nuevas es-tructuras laborales para llevar a cabo dicha tarea;

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III. Considerar en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresoslas aportaciones que los Fideicomisos de su sector necesi-ten en el ejercicio fiscal correspondiente para el cumpli-miento de los fines para los que fueron creados;

IV. Elaborar los informes mensuales y trimestrales que requierapara la integración del Presupuesto Anual, los informes deGobierno, la Glosa Estatal, y demás elementos que sean ne-cesarios para comprobar el ejercicio del gasto con cargo alos recursos del Gobierno;

V. Las demás que se indiquen en otras disposiciones legalesaplicables.

Artículo 4. La sectorización de los Fideicomisos Estatalesestará estructurada de la siguiente manera;

I. La Secretaría de Seguridad Pública tendrá a su cargo:

• EI Fideicomiso Público Irrevocable de Administración eInversión denominado del Fondo para la Seguridad Pú-blica del Estado de Veracruz (FOSEG).

II. La Secretaría de Protección Civil tendrá a su cargo:

• EI Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Fuente de PagoNo. 2001 denominado Fondo de Desastres NaturalesVeracruz.

III. La Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario tendrá asu cargo:

• Fideicomiso Público de Administración del Acuario deVeracruz.

• Fideicomiso Público del Centro de Exposiciones y Con-venciones de Veracruz.

• Fideicomiso Impulsor del Desarrollo de la Micro, Peque-ña y Mediana Empresa del Gobierno del Estado de Veracruzde Ignacio de la Llave (Fondo del Futuro).

IV. La Secretaría de Turismo y Cultura, tendrá a su cargo:

• Fideicomiso Público de Administración por la Prestaciónde Servicio de Hospedaje.

V. La Secretaría de Educación tendrá a su cargo:

• Fideicomiso del Programa Especial de Financiamiento ala Vivienda al Magisterio del Estado de Veracruz(FOVIM).

• Fideicomiso Público del Programa Escuelas de Calidad(PEG).

• Fideicomiso Público del Programa de Tecnologías Edu-cativas y de la Información para el estado de Veracruz.

• Fideicomiso Público de Administración para lalmplementación del Programa de Aplicación de los Siste-mas de Enseñanza Vivencial e Indagatoria de las Cienciasdel Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. (PASEVIC).

• Fideicomiso Público Revocable de Administración e In-versión para la Operación del Programa Nacional de Be-cas y Financiamiento para la Educación Superior en elEstado de Veracruz (PRONABESVER).

• Fideicomiso Público del Organismo Acreditador de Com-petencias Laborales del Estado de Veracruz (ORACVER).

• Fideicomiso Público de Administración e Inversión parael Desarrollo de la Infraestructura y Equipamiento Depor-tivo en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave paralos Juegos Deportivos Centroamericanos y del CaribeVeracruz 2014.

VI. La Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente ten-drá a su cargo:

• Fideicomiso para Diseñar y Operar un Sistema Conjuntode Colección, Conducción, Tratamiento y Disposiciónfinal de las Aguas Residuales, Municipales e IndustrialesGeneradas en la Zona del Alto Río Blanco (FIRIOB).

VII. La Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal yPesca tendrá a su cargo:

• Fideicomiso de Apoyo para las Zafras en el lngenio Inde-pendencia.

• Fideicomiso Público para la Conservación, Restauracióny Manejo del Agua, de los Bosques y de las Cuencas delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave (ABC).

• Fideicomiso Público Revocable de Administración, In-versión y Garantía denominado Fideicomiso para el De-sarrollo Rural del Estado de Veracruz (FIDREVER).

• Fideicomiso Público Irrevocable de Distribución de Fon-dos denominado Fideicomiso Veracruzano de FomentoAgropecuario (FIVERFAP).

• Fideicomiso Público Irrevocable de Inversión, Fuente dePago, Garantía y Capital de Riesgo en Beneficio de losIngenios Azucareros del Estado de Veracruz de Ignaciode la Llave.

VIII. La Secretaría de Finanzas y Planeación tendrá a su cargo:

• Fideicomiso Público de Administración del Sistema deAhorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio delGobierno del Estado.

• Fideicomiso de la Autopista Cardel-Veracruz.

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• Fideicomiso Público de Administración y Operación delParque Temático Takhil-Sukut.

• EI Fideicomiso Público de Administración del Impuestosobre Nóminas.

• Fideicomiso Público Irrevocable de Inversión, Fuente dePago y Administración de los Ingresos derivados del Fi-deicomiso Bursátil del Impuesto Federal sobre la Tenen-cia o Uso de Vehículos.

• Fideicomiso Público de Administración e Inversión delFondo Metropolitano Veracruzano (FONMETROV).

IX. La Secretaría de Comunicaciones tendrá a su cargo:

• Fideicomiso Público para la Operación, Explotación, Con-servación y Mantenimiento del Puente sobre el RíoCoatzacoalcos I (puente Coatzacoalcos I) y Construcción,Supervisión, Operación, Explotación y Mantenimientodel Túnel Sumergido de Coatzacoalcos.

Artículo 5. Los Fideicomisos constituidos por las entida-des, en ejercicio de sus facultades, deberán ser apoyados, en elcumplimiento de sus fines, por los entes que los crearon, cum-pliendo con las disposiciones normativas y de fiscalizaciónque les resulte aplicable.

Artículo 6. Las Coordinadoras de Sector que tengan a sucargo Fideicomisos Públicos en etapa de modificación; susti-tución de institución fiduciaria, extinción o desvinculacióndel Gobierno del Estado deberán coadyuvar en laimplementación de las acciones de apoyo necesarias para al-canzar la finalización de operaciones de esos instrumentos.

Artículo 7. En los Decretos Constitutivos de los Fideico-misos Públicos que sean creados con posterioridad a la emi-sión del presente ordenamiento, se identificará con precisiónla Coordinadora de Sector que les corresponda.

Artículo 8. La Contraloría General, en ejercicio de las facul-tades que le otorgan las disposiciones legales aplicables, seabocará a la vigilancia de las acciones de las Coordinadoras deSector y de los fideicomisos con el objeto de vigilar el cumpli-miento de la normativa aplicable.

T R A N S I T O R I O S

Primero. EI presente Decreto entrará en vigor al día siguien-te de su publicación en la Gaceta Oficial del estado.

Segundo. Se abroga el Decreto que Determina la Secto-rización de los Fideicomisos del Gobierno del Estado deVeracruz de Ignacio de la L1ave, publicado en la Gaceta Ofi-cial del estado número 210 de fecha 21 de octubre de 2003 ymodificado mediante Gacetas Oficiales números 234, 154 y 262de fechas 24 de noviembre de 2003, 3 de agosto de 2004 y 31 dediciembre de 2004 respectivamente.

Tercero. La sectorizaci6n de los Fideicomisos Estatalesno implicará modificaciones en los presupuestos, ni la crea-ción de áreas administrativas adicionales en las Coordinado-ras de Sector.

Cuarto. Los Fideicomisos Públicos deberán sistematizarsecon su Coordinadora de Sector con el propósito de determinarlos esquemas de trabajo que implementarán para desempeñaradecuadamente sus respectivas funciones.

Quinto. Las Coordinadoras de Sector que tengan a su cargoFideicomisos Públicos en etapa de modificación, sustituciónde institución fiduciaria, extinción o desvinculación del Go-bierno del Estado, deberán coordinarse con la Secretaría de Fi-nanzas y Planeación para efectos de realizar los actos tendien-tes a concretar dichas acciones.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 18 de enero del año dosmil diez.

Licenciado Fidel Herrera BeltránGobernador del Estado

Rúbrica.

folio 177

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y a losaspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruz deIgnacio de la Llave, a participar en el examen de oposición de laNotaría de nueva creación número 58 de la décimo séptima de-marcación notarial con residencia en Boca del Río, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado por conducto de la Dirección General del Registro Pú-blico de la Propiedad y de Inspección y Archivo General deNotarías, en un plazo no mayor e improrrogable de treintadías naturales contados a partir de la última publicación de lapresente convocatoria.

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La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 167

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número 59 de la décimo sépti-ma demarcación notarial con residencia en Alvarado, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 168

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número 60 de la décimo sépti-ma demarcación notarial con residencia en Veracruz, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Ignaciode la Llave, debiendo presentar la solicitud y documenta-ción correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Esta-do, por conducto de la Dirección General del Registro Pú-blico de la Propiedad y de Inspección y Archivo General deNotarías, en un plazo no mayor e improrrogable de treintadías naturales contados a partir de la última publicación dela presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 de laLey en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 169

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Martes 2 de febrero de 2010 GACETA OFICIAL Página 11

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde las siguientes notarías de nueva creación:

• Notaría número 54 de la décimo séptima demarcaciónnotarial con residencia en Veracruz, Veracruz.

• Notaría número 55 de la décimo séptima demarcaciónnotarial con residencia en Boca del Río, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 170

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número 27 de la undécimademarcación notarial con residencia en Xalapa, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 171

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

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Página 12 GACETA OFICIAL Martes 2 de febrero de 2010

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número 28 de la undécimademarcación notarial con residencia en Xalapa, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 172

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A los notarios públicos, a los notarios adscritos y a losaspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruz deIgnacio de la Llave, a participar en el concurso de oposiciónpara la asignación de la Notaría de nueva creación número Nue-ve de la décima demarcación notarial con residencia en Perote,Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente convocatoria deberá publicarse por dos vecesconsecutivas en la Gaceta Oficial del estado de Veracruz deIgnacio de la Llave, así como en los periódicos de mayor circu-lación de las demarcaciones y regiones donde se ubican lasnotarías materia de la presente convocatoria, de acuerdo a loordenado por el primer párrafo del artículo 35 de la Ley en lamateria.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticuatrodías del mes de noviembre del año dos mil nueve.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 173

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número Once de la sexta de-marcación notarial con residencia en Cerro, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo General

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Martes 2 de febrero de 2010 GACETA OFICIAL Página 13

de Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de laregión donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los dieciocho díasdel mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 174

Al margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno delEstado.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, enuso de las facultades que me confiere la Ley del Notariado delEstado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos delartículo 35 de dicho ordenamiento, se emite la presente:

C O N V O C A T O R I A

A todos los notarios públicos, a los notarios adscritos y alos aspirantes al ejercicio del notariado del estado de Veracruzde Ignacio de la Llave, a participar en el examen de oposiciónde la Notaría de nueva creación número 24 de la décimo cuartademarcación notarial con residencia en Córdoba, Veracruz.

Los interesados en participar deberán cumplir con losrequisitos que establecen los artículos 36, 37 y 38 de la Leydel Notariado en vigor para el estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, debiendo presentar la solicitud y documen-tación correspondiente por duplicado, al Ejecutivo del Es-tado, por conducto de la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo Generalde Notarías, en un plazo no mayor e improrrogable de trein-ta días naturales contados a partir de la última publicaciónde la presente convocatoria.

La presente deberá publicarse por dos veces consecutivasen la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, así como en los periódicos de mayor circulación de la

región donde se ubica la notaría pública de nueva creación, deacuerdo a lo ordenado por el primer párrafo del artículo 35 dela Ley en materia.

Dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticincodías del mes de enero del año dos mil diez.

Licenciado Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, secretariode Gobierno.—Rúbrica.

Febrero 2—3 folio 175

INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO

La Presidencia del Consejo General del Instituto ElectoralVeracruzano, con fundamento en lo dispuesto por el artículo122 fracción XVIII del Código Electoral para el Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave, y en cumplimiento a lo acor-dado en la sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2010,da a conocer el siguiente:

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITU-TO ELECTORAL VERACRUZANO, POR EL QUE SEAPRUEBA REALIZAR UN PRONUNCIAMIENTO SOBRELAS ACTIVIDADES Y PUBLICIDAD CON TENDENCIAELECTORAL QUE SE ESTÁN PRESENTANDO EN ELESTADO.

R E S U L T A N D O S

I. En fecha 22 de diciembre de 2008, por Gaceta Oficial delestado número 421 extraordinario, se publicó el Código núme-ro 307 Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de laLlave, ordenamiento que entró en vigor al día siguiente de supublicación.

II. El 10 de noviembre de 2009, se instaló el Consejo Gene-ral del Instituto Electoral Veracruzano, dando inicio al Proce-so Electoral Ordinario para la renovación de los integrantes delos Poderes Legislativo, Ejecutivo y Ediles de los 212 Ayunta-mientos del Estado.

III. En sesión extraordinaria del Consejo General celebradaen fecha 19 de enero de 2010, se instruyó a la Comisión deSupervisión al Programa de Monitoreo de los Medios de Co-municación, elaborar un proyecto de pronunciamiento sobrelas actividades y publicidad con tendencia electoral que seestaban presentando en la entidad federativa a fin de que esteorganismo electoral en ejercicio de las funciones que la Cons-titución Política del Estado y el Código Electoral le estable-

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cen en el sentido de vigilar el cumplimiento de las disposicio-nes constitucionales y legales emitiera un pronunciamiento alos ciudadanos y partidos políticos del Estado sobre las activi-dades y publicidad con tendencia electoral que se están pre-sentando en el Estado.

IV. La Comisión de Supervisión al Programa de Monitoreode los Medios de Comunicación se reunió en fecha 20 de enerode 2010, a efecto de dar cumplimiento a la instrucción realiza-da por el Consejo General señalada en el resultando anterior yde su deliberación emitió el proyecto de "Pronunciamientosobre las actividades y publicidad con tendencia electoral quese están presentando en el Estado", documento que fue turna-do al pleno del Consejo General para su análisis, mismo que seefectuó en sesión extraordinaria celebrada en fecha 21 de ene-ro del año en curso, y que este órgano colegiado hace suyobajo los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S

1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos establece en el artículo 116 fracción IV inciso a) que lasConstituciones y leyes de las entidades federativas en materiaelectoral, deberán garantizar que las elecciones de los Gober-nadores de los Estados, de los miembros de las legislaturaslocales y de los integrantes de los Ayuntamientos se realicenmediante sufragio universal, libre, secreto y directo.

2. Que el artículo 41 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos define a los partidos políticoscomo entidades de interés público que tienen como fin pro-mover la participación del pueblo en la vida democrática,contribuir a la integración de la representación nacional, ycomo organizaciones de ciudadanos, hacer posible el accesode éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con losprogramas, principios e ideas que postulan y mediante el su-fragio universal, libre, secreto y directo. Los Partidos Políti-cos Nacionales tendrán derecho a participar en las eleccionesestatales y municipales.

3. Que la Constitución Política del Estado en su artículo 19recoge la definición de Partido Político hecha por la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, descrita en elconsiderando segundo anterior, señalando su contribución ala integración de la representación estatal y municipal.

4. Que las autoridades estatales en el país que tengan a sucargo la organización de las elecciones, deben -por disposi-ción de las Constituciones y leyes de los Estados en materiaelectoral- gozar de autonomía en su funcionamiento e inde-pendencia en sus decisiones, rigiéndose en el ejercicio de susfunciones por los principios de legalidad, imparcialidad, obje-tividad, certeza e independencia. Así lo exige la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 116fracción IV incisos b) y c).

5. Que de conformidad con la disposición constitucionalseñalada en el considerando anterior, los artículos 67 fracción Iinciso a) de la Constitución Política del Estado de Veracruz deIgnacio de la Llave, 110 párrafo primero y 111 párrafo segundodel Código Electoral para el Estado definen la naturaleza jurídicadel Instituto Electoral Veracruzano, como organismo autónomodel Estado, de funcionamiento permanente, dotado de persona-lidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica,presupuestal y de gestión, responsable de la organización, de-sarrollo y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y referendos,que en el desempeño de sus funciones se rige por los principiosde legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independen-cia, profesionalismo, equidad, transparencia y definitividad. Eneste sentido, es atribución de este organismo electoral vigilarlos derechos de los Partidos Políticos y demás OrganizacionesPolíticas, según lo determina el citado artículo 111 párrafo pri-mero fracción III del Código Electoral vigente en el Estado.

6. Que los artículos 1 fracción II y 2 párrafo primero delCódigo Electoral para el Estado, establecen que las disposi-ciones del Código son de orden público y observancia gene-ral, y tienen por objeto reglamentar en materia electoral lasnormas constitucionales relativas a la organización, función,derechos, obligaciones y prerrogativas de las OrganizacionesPolíticas, correspondiendo la aplicación de dichas normas, entreotros órganos, al Instituto Electoral Veracruzano.

7. Que el Instituto Electoral Veracruzano para el cumpli-miento y desarrollo de todas sus funciones, cuenta, como órga-no superior de dirección con el Consejo General, responsablede vigilar que los principios rectores en el desempeño de lafunción electoral rijan las actividades del Instituto; lo anteriorcon fundamento en lo que dispone el Código Electoral para elEstado de Veracruz, en sus artículos 112 fracción I y 113 párra-fo primero.

8. Que la competencia del Consejo General del InstitutoElectoral Veracruzano para conocer y resolver sobre el presen-te acuerdo, se encuentra contemplada en el artículo 119 frac-ciones I, III y XIV de la legislación electoral local vigente, queen su parte relativa establecen las atribuciones de vigilar elcumplimiento de las disposiciones constitucionales y legalesen materia electoral, atender lo relativo a la preparación, desa-rrollo y vigilancia de los procesos electorales; y vigilar que lasactividades de los partidos políticos se desarrollen con apegoa la Constitución y al citado Código de la materia.

9. Que la democracia se sustenta, entre otros valores, en losde la celebración de elecciones libres, pacíficas y periódicas;

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la autenticidad y efectividad del sufragio; y por ende, la pro-tección del propio ejercicio del voto contra prácticas que pon-gan en riesgo su ejercicio. Dichos valores se encuentran plas-mados en el artículo 41 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos y en el artículo 105 del Código Federalde Instituciones y Procedimientos Electorales.

10. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 179párrafos primero y tercero del Código Electoral para el Estado,el proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por laConstitución Política del Estado y el Código antes citado, querealizan las autoridades electorales, las Organizaciones Políti-cas y los ciudadanos, tendientes a renovar periódicamente alos integrantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, así comoa los Ediles de los Ayuntamientos del Estado, mismo que com-prende las etapas siguientes: I. Preparación de la elección; II.Jornada electoral; y, III. De los actos posteriores a la elección ylos resultados electorales. Dentro de la etapa de preparación dela elección, se desarrollan entre otros actos, aquellos relacio-nados con la propaganda electoral, según lo dispone el artícu-lo 180 fracción X del Código Electoral para el Estado.

11. Que es derecho y obligación de los Partidos Políticosparticipar de manera corresponsable, conforme a lo dispuestoen la Constitución y la legislación electoral para el Estado, enla preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral,lo anterior de conformidad con lo dispuesto por los artículo 41fracción I y 44 fracción VI del Código Electoral para el Estado.

12. Que este órgano colegiado como órgano máximo dedirección del Instituto Electoral Veracruzano, promueve quelos valores democráticos de respeto y tolerancia prevalezcanen los actos que se desarrollen en el Proceso Electoral 2009-2010. Bajo esta premisa y en ejercicio de la atribución que leseñala el artículo 119 fracción IV del Código Electoral para elEstado, considera que con el fin de promover la cultura políti-ca, democrática y la participación de los ciudadanos el día dela jornada electoral, se debe anunciar a los ciudadanos y parti-dos políticos que el instituto electoral veracruzano vigila quese desarrolle una competencia electoral madura, en un marcode respeto entre los participantes, y por ende, comentamos lospromocionales y las campañas; por lo que desaprobamos ladenostación y las acciones de violencia que vulneren la con-tienda electoral y las reglas de convivencia social y políticaque deben prevalecer en una sociedad democrática. En estecontexto, este órgano colegiado considera necesario estable-cer que este organismo electoral estará vigilante del cumpli-miento de la ley.

13. Que las Comisiones del Consejo General son órganosdel Instituto Electoral Veracruzano cuyas atribuciones genéri-cas son las de supervisar, analizar, evaluar y, en su caso, dicta-minar sobre los asuntos que el Código y el órgano superior de

dirección les asigne, lo anterior con fundamento en los artícu-los 112 fracción VII, en relación con el párrafo segundo delartículo 143, ambos del Código Electoral para el Estado deVeracruz vigente.

14. Que tomando en cuenta lo anteriormente expuesto yuna vez analizada la propuesta de pronunciamiento instruidapor este Consejo General y elaborada por la Comisión de Su-pervisión al Programa de Monitoreo de los Medios de Comu-nicación, este órgano colegiado determina lo siguiente:

a) Hacer suyo el Pronunciamiento sobre las actividades ypublicidad con tendencia electoral que se están presentandoen el Estado, con las observaciones realizadas en la sesióndel Consejo General de fecha 21 de enero de 2010, cuyosrazonamientos hace propios para fundar y motivar el presen-te acuerdo, y estableciendo su redacción final en los siguien-tes términos:

“CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORALVERACRUZANO”.

A LOS CIUDADANOS

A LOS PARTIDOS POLÍTICOS

El Instituto Electoral Veracruzano tiene entre sus atribu-ciones contribuir al desarrollo, la promoción y la difusión de lavida y de la cultura democrática en nuestro estado; le corres-ponde, también, el cumplimiento y la salvaguarda de los prin-cipios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, inde-pendencia, profesionalismo, equidad y transparencia.

El desarrollo de una competencia electoral madura, en unmarco de respeto entre los participantes, donde responsable-mente se discutan temas de interés común, es el mecanismoidóneo para incentivar una mayor participación ciudadana eldía 4 de julio próximo e inhibir la abstención de los ciudada-nos en la jornada electoral.

La fabricación de un contexto donde predominan accio-nes de propaganda, sea por la vía de promoción de accionesgubernamentales o legislativas, la colocación de publicidadcon mensajes alusivos a las elecciones en curso en anunciosespectaculares, la publicidad encubierta, los promocionalesanticipados en medios de comunicación y, particularmente,la proliferación de campañas de denostación y de guerra su-cia, no tiene cabida en la contienda electoral, pues vulneravaliosas reglas de convivencia social y política en una socie-dad democrática.

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EDITORA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

Director General: Dr. Félix Báez Jorge Directora responsable de la Gaceta Oficial: Lic. Irene Alba TorresMódulo de atención: Calle Morelos, No. 43, Plaza Morelos, local B-5, segundo piso, colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Ver.

Oficinas centrales: Km. 16.5 carretera federal Xalapa-Veracruz, Emiliano Zapata, Ver.Comité de Contraloría Ciudadana: Lic. María Ámparo Álvarez Castilla Correo electrónico: [email protected]

Suscripciones, sugerencias y quejas a los teléfonos: 01279 8 34 20 20 al 23 o al correo www.editoraveracruz.gob.mx

Ejemplar

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Conviene a los veracruzanos crear condiciones de partici-pación que excluyan ambientes de crispación, ánimos enardeci-dos, actitudes de intolerancia frente a las posturas diferentes yacciones de violencia.

Es indiscutible que la vía legal para dirimir las controver-sias está disponible para que los actores políticos y partidistasla utilicen; la autoridad electoral cumplirá estrictamente consus atribuciones y sancionará oportunamente las accionesilícitas que se presenten.

No obstante, un contexto pacífico y civilizado, de compro-miso con las reglas de la convivencia democrática y la legali-dad donde se estimule la libre manifestación de las preferen-cias de los ciudadanos, a partir de la confrontación de ideas ypropuestas políticas, la tolerancia y la deliberación racional einformada, garantiza elecciones libres, legales y legítimas y eslo que favorece el desarrollo democrático de Veracruz.

El Instituto Electoral Veracruzano seguirá vigilante delcumplimiento de la Ley."

b). Instruir al Secretario Ejecutivo del Instituto ElectoralVeracruzano para que mande a publicar el Pronunciamientosobre las actividades y publicidad con tendencia electoral quese están presentando en el Estado en los medios de comunica-ción de mayor circulación de cada región del Estado.

15. Que la inserción en la Gaceta Oficial del Estado delpresente acuerdo, para efectos de la divulgación necesaria yque cumpla los requisitos de publicidad e inscripción, se con-sidera conveniente por este Consejo General, para lo cual de-berá de instruirse a la Presidenta de este máximo órgano dedirección a fin de que solicite su publicación, en términos delo que dispone el artículo 122 fracción XVIII del Código Elec-toral para el Estado.

16. Que la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública para el Estado de Veracruz establece, en el artículo 8fracción I, la obligación de las instituciones de publicar y man-tener actualizada la información correspondiente a los acuer-dos que emitan, por lo que este órgano colegiado en cumpli-miento a lo anterior y en ejercicio de la atribución que le seña-la la fracción XLIV del artículo 119 del Código Electoral parael Estado, de prever lo necesario para el cumplimiento de lasobligaciones en materia de derecho de acceso a la informaciónde conformidad con la ley de la materia, dispone publicar en lapágina de internet del Instituto, el texto íntegro del presenteacuerdo.

En atención a las consideraciones expresadas, y con funda-mento en lo dispuesto por los artículos 41, 116 fracción IV incisosa), b) y c) de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 105 del Código Federal de Instituciones y Procedi-mientos Electorales, 19, 67 fracción I de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave;1 fracción II, 2 párrafo primero. 41 fracción I, 44 fracción VI, 110párrafo primero, 111 párrafo primero fracción III y párrafo se-gundo, 112 fracciones I y VII, 113 párrafo primero, 119 fracciónXLIV, 122 fracción XVIII, 143, 179 párrafos primero y tercero delCódigo Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de laLlave; 8 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública para el Estado de Veracruz; y demás relati-vos y aplicables, el Consejo General de este organismo electo-ral, en ejercicio de las atribuciones que le señala el artículo 119fracciones I, III, IV y XIV del Código Electoral para el Estado,emite el siguiente:

A C U E R D O

Primero. Se aprueba el Pronunciamiento sobre las activi-dades y publicidad con tendencia electoral que se están pre-sentando en el Estado, en los términos que se señala en elconsiderando 14 inciso a) del presente Acuerdo.

Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo del InstitutoElectoral Veracruzano para que mande a publicar el Pronun-ciamiento sobre las actividades y publicidad con tendenciaelectoral que se están presentando en el Estado en los mediosde comunicación de mayor circulación de cada región delEstado.

Tercero. Se instruye a la Presidenta del Consejo Generalpara que solicite la publicación del presente acuerdo en laGaceta Oficial del estado.

Cuarto. Publíquese el Acuerdo y el pronunciamiento apro-bado en el resolutivo primero del presente Acuerdo en la páginade Internet del Instituto Electoral Veracruzano.

Dado en la Sala de Sesiones del Consejo General del Ins-tituto Electoral Veracruzano, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los veintiún días del mes de enero delaño dos mil diez.

Presidenta Carolina Viveros García.—Rúbrica. SecretarioHéctor Alfredo Roa Morales.—Rúbrica.

folio 176