MODULO SICAM nuevo 2008

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    MDULO SICAM

    El acceso a SICAM debe realizarse mediante la pgina de AFIP (www.afip.gov.ar), opcinAcceda con Clave Fiscal all se debe colocar el nmero de CUIT, CUIL o CDI y luegoseleccionar en el botn que se encuentra a la derecha. El sistema le mostrar una nueva

    pantalla, en la cual deber ingresar su Clave Fiscal y a continuacin deber seleccionar elbotn Ingresar. En la siguiente pantalla visualizar un men de servicios habilitados delos cuales deber seleccionar SICAM Sistema de Informacin para ContribuyentesAutnomos y Monotributistas. Una vez dentro del servicio visualizar las siguientespantallas:

    PANTALLA INICIAL

    Existen dos opciones de Ingreso, a saber:

    - Deuda Previsional General Constituye el acceso general para todo aquel querequiere obtener los formularios 558/A/B/C de determinacin de deuda yvalidacin de pagos incorporados manualmente al sistema, que solicite un libredeuda previsional, como tambin aquellos casos de solicitud del beneficio de

    jubilacin a travs de la moratoria de la Ley 24476.- Acceso Directo a Planes Presentados: Al seleccionar esta opcin el sistema lo

    ubicar directamente en la pantalla de planes presentados, la cual le permitir verel estado de los mismos, como as tambin realizar el seguimiento de planespresentados por las Leyes 25865, 25994 art. 6 o 24476.

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    http://www.afip.gov.ar/http://www.afip.gov.ar/
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    Tenga en cuenta que, en esta primer pantalla aparecen el nombre y apellido, la CUIT,CUIL o CDI y el/los Nmeros de cuenta de ANSES del contribuyente.

    Aclaracin: Contribuyente autnomo y monotributista en forma simultneaCuando registra actividad como trabajador autnomo y como monotributista en perodossimultneos, no es posible liquidar la deuda a travs del SICAM. Por ello, deber liquidar

    los perodos en que se encuentra como autnomo mediante el SICAM y solicitar en laDependencia de AFIP, en la cul se encuentra inscripto, que le efecten la liquidacin deoficio por el tramo de actividad como monotributista.

    MODULO PREVISIONAL

    PANTALLA DE BIENVENIDA (Seleccionando la opcin Liquidacin de DeudaPrevisional General)

    Ingresando por la opcin Liquidacin de Deuda Previsional General se accede al mduloprevisional o SICAM 1. El sistema le mostrar una leyenda la cual deber leer y aceptar.A continuacin visualizar la siguiente pantalla:

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    El sistema en esta pantalla posee dos accesos: uno por Consulta y otro porLiquidacin.

    Dentro de la solapa Consultas se encuentran las siguientes pantallas:- Datos Personales- Pagos- Ultima Liquidacin- Consulta Cuit Inactivo

    Dentro de Liquidacin se encuentran las pantallas:- Datos para Liquidacin- Situacin de Revista- Ingreso Pagos Faltantes- Calcular Liquidacin

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    PANTALLA DATOS PERSONALES (Acceso por Consulta)

    Importante, los perodos no prescriptos slo aparecen en caso que el contribuyente seencuentre inscripto en los mencionados perodos.

    En esta pantalla el sistema muestra los datos que son tomados del padrn de AFIP.Dichos datos pueden presentar incongruencias tales como:

    a- Nmeros de cuenta errneosb- Nombres y/o apellidos incorrectosc- Nmeros de cuenta faltantes

    En estos casos, el contribuyente deber concurrir a la Dependencia de AFIP en la cul se

    encuentre inscripto, con el formulario 460/F a fin de solicitar las modificacionespertinentes.

    Puede ocurrir que los datos indicados en la Historia de Categoras no coincidan con lasituacin informada en el padrn de la Agencia. Las dos posibles situaciones son:

    1) Que los datos informados en el Padrn de Agencia sean los incorrectos:

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    En dicho caso, la solucin es concurrir a la Dependencia de AFIP en la que se encuentrainscripto, con la documentacin correspondiente a fin de que modifiquen los datosingresados en el padrn.

    2) Que los datos indicados en la pantalla Datos Personales del Sicam sean losincorrectos:

    En dicho caso deber solicitar en la Agencia una impresin del padrn, donde conste susituacin de revista, firmada y sellada por el Juez Administrativo, a fin de ser presentadaante ANSES.

    Error "Hubo un error al generar el reporte de categoras"

    Si el sistema arroja este mensaje de error dentro de la pantalla "Datos Personales" y losmismos no pueden visualizarse, deber presionar el botn Actualizar, para solucionarlo.Si, pese a realizar este procedimiento, continua generando el error, deber solicitar en laAgencia una impresin del padrn donde conste su situacin de revista. La impresinmencionada deber contar con la firma y sello del Juez Administrativo.

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    Opcin pagos:

    Ingresando en la misma se podrn observar todos los pagos (si los hubiere) que seencuentran registrados en las bases de AFIP, ya sean provenientes de las bases de ANSES(anteriores al 31/07/1993) o de los propios registros de nuestra Administracin Federal,como se muestra a continuacin:

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    Opcin ltima liquidacin:

    A travs de dicha opcin se podr acceder a la ltima liquidacin calculada (SICAM 1), encaso de haber realizado alguna, y visualizar la siguiente pantalla:

    Seleccionando el botn Ultima Liquidacin Podr visualizar la ltima liquidacincalculada.

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    Opcin Consulta de CUIT Inactivo

    A travs de esta opcin podr visualizar en el caso de poseer dos nmeros de CUIT, lasliquidaciones realizadas con la CUIT que se encuentre inactiva, en caso de no poseerningn clculo en el sistema, con una CUIT Inactiva o no poseer Cuit Inactiva aparecerla siguiente pantalla:

    CARGA DE DATOS PARA LA LIQUIDACIN

    Para realizar su primera liquidacin o modificar la anterior. Al apoyar el cursor sobre elmen liquidacin se desplegar una lista de pestaas que detallamos a continuacin consus funciones y las acciones que debe realizar en cada una de ellas. Las mismas son: Datos para la liquidacin. Situacin de revista. Ingreso de pagos faltantes. Calcular liquidacin.

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    PANTALLA DATOS PARA LIQUIDACIN

    En la misma se debern completar los siguientes campos:

    Fecha de nacimiento: Se deber ingresar la fecha presionando sobre el icono delcalendario ingresando AO-MES-DIA y al oprimir Guardar el sistema automticamentecalcular la edad.Prestacin solicitada: Es posible seleccionar entre las siguientes opciones: PrestacinAnticipada, Jubilacin, pensin, reconocimiento de servicios u otros libre deuda.Fecha de defuncin: Se habilita en los casos de haber optado por pensin oreconocimiento de servicios en el punto anterior. Se ingresa la fecha presionando sobre elicono del calendario.Solicitud de deuda parcial: Opcin SI o NO. En caso afirmativo se debern completar loscampos Desde y Hasta (mm/aaaa).Residente en el exterior: Opcin SI o NO, en caso de trmites que as lo requieran.Es jubilado?: Opcin SI o No. En caso afirmativo se deber ingresar la fecha(dd/mm/aaaa).

    Ley aplicable: Es posible seleccionar entre las siguientes opciones: Ley N 18.038 ensituaciones de revista declaradas hasta junio de 1994 inclusive, Ley N 24.241, Ley25.994 art.6 o Ley N 24476 cuando se requiera ingresar al Plan de Facilidades de Pagovigente, Ley 25.994 art.2 o ninguna (sin aplicacin de ley).En lneas generales, a los efectos de solicitar algn beneficio previsional ante ANSES,deber incorporar: fecha de nacimiento, prestacin solicitada, NO solicitar deuda parcial eincorporar la ley aplicable.La informacin referida a la Moratoria 592/79, la trae por defecto el sistema conforme asi se llev a cabo la adhesin, en su momento, a dicha moratoria.

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    Existen dos opciones:1- Que no tenga la posibilidad de seleccionar una opcin.En principio esto se debe a que no se adhiri a dicha moratoria que no se encuentraasociado el nmero de cuenta ANSES a la CUIT, por lo que deber presentar en la agenciaen la que se encuentre inscripto el formulario 460/F para realizar dicha asociacin.2- Que pueda seleccionar una opcin.

    - Si selecciona la opcin SI, los pagos que haya realizado con dicha moratoria, seasignarn a los perodos que en su oportunidad haya incluido en ella.Hay que tener en cuenta que, de elegir esta opcin, no podr aplicar beneficios sobre losperodos incluidos en la misma.- Si selecciona la opcin "NO", los pagos que haya efectuado en virtud de la misma seimputarn a la deuda ms antigua, segn lo estipula la Resolucin General nmero643/99 AFIP.Asimismo, podr aplicar beneficios en dichos perodos.

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    PANTALLA SITUACIN DE REVISTA

    Esta pantalla presenta dos cuadros:- Situacin de Revista- Beneficios

    En el cuadro Situacin de revista deber indicar cules han sido sus actividades, si esla primera liquidacin que realiza deber indicar cuales han sido sus actividades comoautnomo/monotributista, indicando el perodo de inicio y de cese de las mismas y elcdigo de actividad de la misma. Esto lo podr hacer pulsando el botn "Nuevo", el que ledesplegar una ventana en la que deber indicar los datos necesarios.Para poder visualizar la situacin de revista correspondiente al perodo 07/2004 en

    adelante deber presionar el botn "Actualizar Situacin de Revista a partir del perodo07/2004", tenga en cuenta que para los periodos posteriores al 07/2004 la situacin derevista que trae el sistema no puede ser modificada ni eliminada a travs del Sicam, yaque el sistema refleja los datos que se encuentran informados en el padrn para dichocontribuyente. Por este motivo, en caso de que alguno de los datos sea incorrecto, deberrealizar su modificacin en la dependencia.

    En esta misma pantalla podr aplicar los denominados "Beneficios" que son excepcionesa la obligacin de pago.

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    En ambos casos cada vez que acepte una actividad o un beneficio, en el renglnvisualizar un lpiz para corregirlo o un cono con la forma de cesto de residuos que lepermitir anularlo.

    NOTA: La cantidad de aportes necesarios para acceder a la prestacin, los perodos yactividad a incluir en la situacin de revista as como los beneficios a aplicar, deben ser

    consultados en Anses al:TE: 0800-222-6737 de lunes a viernes de 8 a 20 hs.Pgina Web: www.anses.gov.arE-mail: [email protected]

    Respecto al rgimen de trabajadores autnomos, se deber tener en cuenta que el mismoes implementado a partir del perodo 01/1955. Por lo tanto, si en la situacin de revistase carga un tramo anterior a dicho ao, el mismo no ser considerado por el Sicam alefectuar la liquidacin.

    Existen algunas situaciones particulares que deben tenerse en cuenta al momento derealizar la carga:

    A) Los Monotributistas slo pueden seleccionar entre 6 tipos de actividades:07- Monotributo Aportante Jubilado Ley 24.24108- Monotributo - Aportante Agropecuario09- Monotributo - Aportante No Agropecuario10- Monotributo Aportante Trabajador Activo12- Monotributo Activo con Aporte Capitalizacin13- Monotributo Activo con Aporte RepartoLos cdigos 08 y 09 slo se encuentran habilitados para el tramo correspondiente al11/1998 hasta el 03/2000. A partir del perodo04/2000, inclusive, se debe consignarcomo Actividad el cdigo 10.Los cdigos 12 y 13 slo se encuentran habilitados para los perodos 07/2004 enadelante.

    B) Los Socios de S.A. debern ingresar los siguientes cdigos:- Hasta el 06/1994, con el cdigo de actividad 060 - Director de SA- Del 07/1994 en adelante, con el cdigo de actividad 000 (comercial), 002,- 003, etc., de acuerdo con el tipo de sociedad de la cual el contribuyente sea

    director.

    C) La situacin de revista de los Socios de Sociedades es determinada por el sistema enfuncin de los siguientes campos: actividad, tipo de sociedad y cantidad de empleados.En el campo actividad corresponder informar el cdigo de actividad de la sociedad: 000comercial, 001 industrial, 002 Agrcola, 003 Ganadera, etc.Respecto a los campos tipo de sociedad y cantidad de empleados, se deber tener encuenta que el sistema slo permite seleccionar entre 3 tipos de sociedades:a) COMERCIALb) UNIPERSONAL: Este tipo de sociedad tiene vigencia desde el 03/1994 por imperio del

    Decreto Nmero 433/94. Por este motivo, para los perodos anteriores al 02/1994inclusive se deber seleccionar Sociedad Comercial.Asimismo, las unipersonales sin personal se categorizan de acuerdo a la actividad quedesarrolla a partir del 03/1994.

    c) DE HECHO: Este tipo de sociedad tiene vigencia desde el 08/1994 por imperio delDecreto Nmero 1262/94. Por lo tanto para los perodos anteriores al 07/1994inclusive se deber seleccionar Sociedad Comercial.

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    Hay que tener en cuenta que los socios de sociedades de hecho sin personal secategorizan de acuerdo a la actividad que desarrollan en la misma a partir del mes08/1994.

    La recategorizacin por antigedad de los Profesionales la realiza automticamente elSicam, a partir de la Fecha de Matrcula que se ingresa en el sistema. Por este motivo,

    deber ingresar un slo registro, informando la fecha de inicio/cese de la actividad, elcdigo de la misma y la fecha de matrcula.

    En esta misma pantalla, podr aplicar los denominados Beneficios que son excepcionesa la obligacin de pago. Los mismos se encuentran directamente relacionados con la leyaplicable incorporada en la pantalla Datos para la Liquidacin.

    En ambos casos cada vez que acepte una actividad o un beneficio, en cada renglnvisualizar un icono con la forma de lpiz, el cul le permitir modificar la informaciningresada en cada rengln. Si desea eliminar el rengln completo podr presionar sobre elicono con la forma de cesto de residuos.

    Los dos errores ms comunes que pueden presentarse dentro de esta pantalla son:

    Error No Data FoundEste error puede generarse por:- Estar ingresando una categora optativa y/o tener registrados uno o ms pagosduplicados. Es decir, pagos con el mismo importe y concepto para un mismo perodo.La solucin sera:CATEGORA OPTATIVA1) En primer lugar verificar si esta ingresando una categora optativa que no corresponda,es decir menor o igual a la categora obligatoria. De ser as deber eliminarla.2) De estar ingresando correctamente la categora optativa deber eliminarla e ingresarun cdigo de actividad (en el perodo que pretende declarar) que coincida con la categoraque arroja el error.

    Tambin deber solicitar en la Dependencia una impresin del padrn en el cul conste lasituacin de revista y la categora optativa real, firmado y sellado por el JuezAdministrativo, a fin de que cuando se presente el trmite para obtener el beneficioprevisional en ANSES pueda corroborarse que coincide la situacin de revista ingresadaen SICAM con la visualizada en Padrn.3) Tener en cuenta que las categoras optativas tienen vigencia a partir de 01/1969inclusive.PAGOS DUPLICADOS1) Excluir estos pagos de la liquidacin.2) Si hubiera abonado dos o ms veces el mismo perodo, deber dirigirse a laDependencia en la cual est inscripto, con el Formulario 399, a efectos de solicitar lareimputacin de los mismos y luego efectuar la modificacin en el Sistema, en tanto setrate de perodos hasta el mes 06/2004 inclusive.De tratarse de perodos a partir del mes 07/2004 inclusive la reafectacin de los pagosdeber efectuarla a travs de la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autnomos.

    Error El tramo debe comenzar 18 aos despus de la fecha de nacimientoLa Ley N 18.038 dispone que la afiliacin de los trabajadores autnomos es obligatoria apartir de los DIECISEIS (16) aos de edad, no obstante lo cual los aportes son exigiblesrecin a partir de los DIECIOCHO (18) aos.La Ley N.24.241 establece que la incorporacin al rgimen de la misma, tanto para lostrabajadores en relacin de dependencia como los autnomos, es obligatoria y con pagode aportes y contribuciones, a partir de los DIECIOCHO (18) aos de edad.

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    El Decreto 433/94 establece que los servicios autnomos prestados sin obligatoriedad deaportes entre los diecisis (16) y dieciocho (18) aos de edad, no sern computables a losfines de la determinacin del haber de la prestacin bsica universal ni de la prestacincompensatoria a que se refieren los artculos. 19 y S.S. y 23 y S.S. de la Ley 24.241, espor ello que el SICAM no permite el ingreso de actividades ejercidas con anterioridad a los18 aos.

    FUNCIONALIDAD DEL BOTN ACTUALIZAR SITUACIN DE REVISTA A PARTIR DELPERIODO 07/2004

    INGRESO Y MODIFICACIN DE TRAMOS DE ACTIVIDAD POSTERIOR AL 06/2004.

    Desde la puesta en lnea de la Cuenta Corriente se ha eliminado la posibilidad deautodeclarar actividad desde 07/2004 en adelante. Esto aparecer como situacin derevista sin posibilidad de editarse. Los datos contenidos en este registro se correspondencon los del padrn.

    Si el contribuyente no est de acuerdo con lo que el sistema SICAM le entrega, debeconcurrir a la Agencia donde se encuentra inscripto, presentar la documentacincorrespondiente y modificar en el padrn la situacin de revista.

    Cumplidos estos pasos, la modificacin se ver reflejada en el SICAM, al seleccionar laopcin "Actualizar situacin de revista a partir del perodo 07-2004". Al refrescar lasituacin de revista se borraran los beneficios a partir del perodo 7/2004.

    PANTALLA INGRESO PAGOS FALTANTES

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    DEBE ACLARARSE QUE NO SE PUEDEN INGRESAR Y/O MODIFICAR PAGOSIMPUTADOS A PERODOS 07/2004 INCLUSIVE Y POSTERIORES, LAS MISMAS SEREALIZAN A TRAVS DE LA CUENTA CORRIENTE DE MONOTRIBUTISTAS YAUTNOMOS

    La funcionalidad de esta pantalla consiste en que si se detectan pagos faltantes o malregistrados podr editarlos desde la opcin Nuevo o bien por los iconos adjuntos a cadaregistro: lpiz (modificar), cesto (eliminar) o signo ms (excluir).

    Si se requiere modificar la fecha de depsito de algn pago se deber ingresar al cuadrode Fechas topes a los efectos de verificar las fechas hasta las cuales el Sicam nomodifica el clculo de deuda. Este procedimiento slo resulta aplicable para pagos cuyo"Tipo Concepto de Pago" sea de Capital Autnomo y Cmara Compensadora. La finalidadde efectuar esta verificacin es reducir al mnimo posible la cantidad de boletas a validar.

    Asimismo, debe tenerse en cuenta que los campos ICS (Impuesto-Concepto-Subconcepto),Nmero de Transaccin y Nmero de Terminal son obligatorios de informar a partir de

    los pagos correspondientes a los perodos posteriores a 07/1994 inclusive.

    Si se cargan pagos anteriores al 06/1994, inclusive, estos campos tienen que estar enblanco.

    Todos los pagos agregados o modificados debern ser validados por los organismos quelos han recaudado en su momento. El sistema asignar el estado a verificar de losmismos y los imprimir en el F558/B o C, conforme corresponda. Dichos formulariosdebern presentarse en la UDAI de ANSES correspondiente de tratarse de Jubilacin,Pensin o Reconocimiento de Servicios y en las Agencia AFIP de tratarse de Otros LibreDeuda.

    Errores ms comunes al ingresar o modificar un pago son:Error Numeric or value character to numberEste error tiene origen en el importe ingresado en el campo Total Depositado.Para que el mismo no se produzca, se debe ingresar el importe del pago con puntodecimal (00.00).

    Error "Numeric or value error: Number precision too largeLa solucin a este error consiste en cargar hasta 3 dgitos numricos en los campossucursal, N de transaccin, N de terminal, etc., an cuando el sistema permita ingresarhasta siete dgitos.Asimismo debe tenerse en cuenta que, en algunos casos, el campo Sucursal se puededejar sin completar.

    Error al intentar modificar pagos posteriores a junio de 2004

    El Sicam no permite modificar datos de los pagos posteriores a julio de 2004 inclusive.En el caso que desee realizar una correccin de los datos del pago o reafectacin delmismo deber ingresar a nuestro servicio con clave fiscal de Cuenta Corriente paraContribuyentes Monotributistas y Autnomos.De ocurrir que los pagos no se encuentren registrados, deber concurrir a la dependenciaen la que se encuentra inscripto muido del F. 206/M y copia del pago que se desearegistrar.

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    PANTALLA CALCULAR LIQUIDACIN

    En esta pantalla se calcular la liquidacin previsional a valores actuales. La misma lepermitir:

    Ingresar al Plan de Facilidades habilitado por la Ley N 24476. Iniciar el trmite por la Prestacin Anticipada por Desempleo (PAD) cancelando la

    deuda determinada (s la hubiera).

    Obtener el libre deuda previsional (F558/A), para iniciar el trmite que as lo requiera.Se recuerda que el sistema se encuentra habilitado para realizar hasta tres liquidaciones

    diarias.

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    PANTALLA LTIMA LIQUIDACION

    En esta pantalla el sistema arroja los datos formales de la Liquidacin

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    Previsional efectuada a valores actuales, sin los beneficios del Plan de facilidades vigente.

    Al pie de la misma, se accede a:- La informacin que se ha tomado como base para la determinacin de la

    liquidacin. ( situacin de revista, pagos, detalle de deuda...)-

    Consulta de Planes de Facilidades de Pagos Presentados- La opcin de ingreso al Plan de Facilidades vigente Ley 25994 Artculo 6- La opcin de ingreso al Plan de Facilidades Ley 24476- La opcin de pago sin aplicacin del Plan de Facilidades de Pago- Impresin de los formularios 558/A, B y C, a travs de la opcin Imprimir

    Liquidacin

    El F.558/A corresponde al detalle de la liquidacin.El F.558/B corresponde a los pagos a validar pertenecientes a los perodos hasta el31/07/1993.El F.558/C corresponde a los pagos a validar pertenecientes a los perodos desde el01/08/1993.

    Para proceder a determinar la deuda previsional en los trminos de los beneficios del planvigente, se debe ingresar al botn Ingresar al plan de facilidades de pago Ley 25.994 Art.6 o Ingresar al Rgimen de Regularizacin Voluntaria de Deuda Ley N 24476 y, en lapantalla siguiente, acceder por el botn Nueva presentacin, si el contribuyente desea veruna presentacin efectuada ingresar por el botn que indica la Ley utilizada para lapresentacin realizada.

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    PANTALLA CONSULTA DE PLANES DE FACILIDADES PRESENTADOS

    LEY 24.476 ARTICULO 5 - REGIMEN DE REGULARIZACIN VOLUNTARIA DE DEUDA

    SUJETOS ALCANZADOS

    1. Los trabajadores autnomos. A tal fin, se entender por trabajador autnomo, al sujetoconsiderado como tal por la Ley N 24.241 y sus modificaciones.

    2. Los derechohabientes previsionales del trabajador autnomo fallecido, siempre que steltimo haya estado afiliado al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP).

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    TRAMITES QUE DEBEN REALIZAR ANTE LA DEPENDENCIA DE AFIPImportante: Slo en caso de que el contribuyente desee inscribirse en perodos noprescriptos.

    - Solicitar la CUIT en caso de no poseerla, mediante el formulario 460/F.- Solicitar el alta retroactiva en autnomos cuando se necesiten regularizar perodos

    no declarados oportunamente, mediante el formulario 460/F, posteriormente a larealizacin del alta en el impuesto por internet.- Solicitar la clave fiscal, mediante el formulario 3282

    VIGENCIA DEL REGIMEN

    De carcter permanente.

    DEUDAS QUE SE PUEDEN INCLUIR

    1. Los aportes personales de los trabajadores autnomos, devengados hasta el da 30de septiembre de 1993, inclusive. Dichos aportes personales son los regulados porlas disposiciones de las Leyes N 18.038, N 19.032 y N 21.581, sus respectivasmodificaciones y normas complementarias y reglamentarias.

    2. Las deudas que, por el concepto y perodos indicados en el punto anterior, seencuentren incluidas en planes de facilidades de pago, vigentes o caducos almomento de adhesin al rgimen de regularizacin.

    a) Obligaciones excluidas: las deudas que se encuentren incorporadas a planes defacilidades de pago vigentes, obtenidos con fundamento en la Ley N 25.994, entanto no medie rechazo del beneficio previsional solicitado.b) Obligaciones susceptibles de ser regularizadas mediante el rgimen deregularizacin voluntaria -Captulo II de la Ley N 24.476 y su modificacin-, quese encuentren incorporadas al rgimen de facilidades de pago previsto en el TtuloII de la Ley N 25.865, sin perjuicio de que el plan de pagos est vigente o caduco:

    1. Para adherir al rgimen de regularizacin voluntaria, Captulo II de la Ley N24.476 y su modificacin, por dichas obligaciones u otros perodos tambinalcanzados por este rgimen, se deber proceder, a partir del da 3 de julio de2006, con la reformulacin o reclculo de la deuda incluida en el plan defacilidades de pago reglado en el Ttulo II de la Ley N 25.865, a fin de desagregartodos los perodos anteriores a septiembre de 1993, inclusive.

    2. Los pagos realizados con motivo del plan de facilidades de pago, instituido en elTtulo II de la Ley N 25.865, se aplicarn, en primer lugar, a cancelar los aportespersonales correspondientes a los periodos octubre de 1993, inclusive ysiguientes, hasta su agotamiento.

    3. Si de la imputacin a que se refiere el punto anterior resulta un excedente, elmismo ser considerado pago a cuenta de la deuda correspondiente a losconceptos y perodos incorporados al rgimen de regularizacin voluntaria -Captulo II de la Ley N 24.476 y su modificacin-, septiembre 1993, inclusive yanteriores.

    CONSOLIDACIN DEL PLAN

    La fecha de consolidacin de la deuda a regularizar ser el primer da del mes candelarioen que se efecta la adhesin al plan.

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    INGRESO DE LAS CUOTAS

    - El plan de facilidades puede abonarse hasta en 60 cuotas.- El valor de cada una de ellas no podr ser menor a $25.- La primera cuota vencer el 22 del mes inmediato siguiente al que se efectu la

    presentacin. El resto de las cuotas vencern el da 22 de los meses subsiguientes.-

    Las cuotas debern abonarse en cualquiera de los bancos habilitados, mediante elF799/E. Los cdigos a consignar en el formulario son:Para la cuota mensual 127-041-041.Para los intereses resarcitorios, en cuanto la falta de pago de las cuotas noproduzca la caducidad del plan 127-041-051.

    INTERESES DE CONSOLIDACIN DE LA DEUDAIntereses deConsolidacin de laDeuda

    IntersMensual

    Mximo de Interesessobre el Capital

    Al Contado 0,50% 10%De 2 a 30 Cuotas 1% 20%De 31 a 60 Cuotas (1) 30%

    (2) Se aplica el 50% de la alcuota vigente a la fecha de origen de cada una de lasdeudas.

    MOTIVOS DE CADUCIDAD DEL PLAN

    - La falta de pago total o parcial de 6 cuotas consecutivas, a la fecha de vencimientode la sexta de ellas.

    - La falta de pago de la ltima cuota, a los 90 das corridos contados desde la fechasu vencimiento.

    IMPORTANTE

    Se recuerda que de acuerdo al artculo 4 del Decreto N 1454/05, que sustituye entreotros el artculo 9 de la Ley N 24476, se establece que la percepcin de los beneficiosmencionados por el artculo que antecede por parte del trabajador autnomo o de susderechohabientes, se encuentra sujeta al estricto cumplimento del pago de las cuotas dela deuda reconocida.

    MODULO DEL PLAN LEY 25.994 ART.6 y LEY 24476

    Accediendo desde el cuadro de presentaciones efectuadas, a travs del botn Nuevapresentacin se ingresa al mdulo del Plan Ley 25994 art.6 o Ley N 24476 (SICAM 2),segn corresponda.

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    PANTALLA DE BIENVENIDA

    Dentro del mdulo del plan, con igual criterio que en el mdulo previsional, a los efectosde determinar la deuda se deber ir completando las pantallas en el orden que impone elsistema.

    Al igual que en el Sicam I, el sistema en la pantalla inicial posee dos accesos: porConsulta o por Liquidacin.

    Dentro de Consultas se encuentran las siguientes opciones:

    - Ir a Deuda Previsional- Impresiones- Situacin de Revista- Presentaciones Efectuadas

    Dentro de Liquidacin, se encuentran:

    - Datos Personales- Datos del Plan- Monotributo Categoras- Consulta de Pagos- Clculo de Deuda- Ampliacin de Perodos- Deuda a Regularizar- Enviar Plan

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    Si se ingresa al Rgimen de Regularizacin Voluntaria Ley 24.476, aparece lasiguiente Pantalla de Bienvenida

    PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIN

    Si bien el mdulo del Plan de Facilidades Ley N 24476 cuenta con funciones queoptimizan la confeccin de las distintas pantallas.Por tal motivo la rutina que se describe a continuacin es la que se debera seguir para lacarga de un Plan de facilidades de pagos Ley 24476.

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    PANTALLA DATOS PERSONALES

    Aqu se deber informar el domicilio fiscal, el telfono y el correo electrnicocorrespondiente. Dicha pantalla es la misma tanto para el plan de la Ley 2994 art. 6 comopara el plan de la Ley 24476.

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    PANTALLA DATOS DEL PLAN

    La informacin contenida en los campos fecha de presentacin y fecha de consolidacin,la trae el sistema por defecto.Slo se deber seleccionar el rango de cuotas requeridas para regularizar la deuda(contado. 2 a 30 cuotas 31 a 60).

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    PANTALLA PLANES A REFORMULAR Ley 24.476

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    Los contribuyentes que adhirieron al plan de facilidades de pago Ley 25865 y quieren

    reformularlo a travs del rgimen de regularizacin voluntaria Ley 24476, debern teneren cuenta las siguientes consideraciones:Debido a que los perodos posteriores a 10/1993 inclusive no pueden ser incluidosen rgimen de regularizacin voluntaria Ley 24476, los pagos realizados con motivodel plan de facilidades de pago Ley 25.865 se aplicarn, en primer lugar, a cancelarlos aportes personales correspondientes a los periodos octubre de 1993, inclusive ysiguientes, hasta su agotamiento.Este procedimiento se sustenta en el punto e) apartado I del Anexo I de la RG 2017.Aqu pueden presentarse dos situaciones:

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    1- Que los pagos realizados con motivo del plan Ley 25865 sean suficientes para cancelarlos aportes personales correspondientes a los periodos 10/1993 y siguientes.Si quedare un saldo a favor, el mismo ser imputado como pago a cuenta del nuevo plan.En este caso, no se habilitar la pantalla "Planes a Reformular" y, en la pantalladenominada "Plan de Pagos", el sistema slo arrojar como pago a cuenta el importeexcedente luego realizado el clculo indicado en el prrafo anterior.

    2- Que los pagos realizados con motivo del plan Ley 25865 sean insuficientes paracancelar los aportes personales correspondientes a los 10/1993 y siguientes.En este caso, previo a realizar el envo del nuevo plan, el contribuyente deber proceder asaldar los perodos posteriores a 09/1993 que hayan sido incluidos en el plan Ley 25865

    y que no hayan sido cancelados por el sistema mediante los pagos realizados a tal efecto.Para ello, desde la pantalla "Planes a Reformular", que se encuentra dentro de la solapaLiquidacin, deber imprimir los F.799/E de cancelacin anticipada a travs de la opcin"Boleta de Pago".Una vez que el pago se encuentre registrado en el SICAM, el contribuyente deberingresar a la pantalla "Planes a Reformular" y presionar el botn "CONFIRMAR PLAN".Por ltimo, podr proceder a calcular el nuevo plan y enviarlo.

    Slo en este caso, el contribuyente podr visualizar la pantalla Planes a Reformular.

    PANTALLA CLCULO DE DEUDA LEY 24476

    Desde esta opcin se proceder a realizar el clculo de la deuda.Al proceder a liquidar el sistema aplicar los beneficios de la Ley 25.865 vigentes hasta el31/07/2004.Estos beneficios se encuentran normados en la RG 1624.

    Debe tenerse en cuenta que la presente liquidacin slo tendr validez si es enviadadentro del mes en que se calcula. En caso contrario deber recalcularse, ya que semodificar la fecha de consolidacin del plan.

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    PANTALLA AMPLIACIN DE PERIODOS

    Se entiende por ampliacin de perodos cuando se modifica hacia atrs el inicio deactividades.

    AMPLIACIN DE PERODOS - FORMA DE INGRESO EN EL SICAM

    Pueden presentarse dos situaciones, de acuerdo a las cuales varan los procedimientos decarga:

    1) Si el contribuyente se encuentra o encontraba anteriormente inscripto y a su vez,ampla perodos para ser regularizados a travs del plan de facilidades Ley 25994art.6/24476, a fin de acceder a un beneficio previsional, deber colocar dentro del SICAM1 (Mdulo Previsional) la Situacin de Revista original.Una vez que ingresa al Plan de facilidades de pago (SICAM 2), dentro de la pantalla"Ampliacin de Perodos", deber consignar los perodos ampliados.2) Si la liquidacin a efectuar slo contiene perodos ampliados, deber realizarla a travsdel SICAM 1 (Mdulo Previsional), incorporando en la Situacin de Revista dichosperodos, y no utilizar la opcin "Ampliacin de Perodos" dentro del Sicam 2.

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    AMPLIACIN DE PERODOS (DESDE/ HASTA) COMO APORTANTE AUTNOMO.

    Se informa que en virtud de los perodos involucrados en la situacin de revista declaradao a declarar, deber tener en cuenta lo indicado a continuacin:

    1) Por perodos hasta 06/2004:1.1- Contribuyentes que poseen CUIT pero no registran inscripcin como trabajadoresautnomos (Rgimen General o Simplificado): podrn declarar la situacin de revista enSICAM sin necesidad de realizar modificacin o inscripcin en la Dependencia de AFIP, ysin presentar formulario alguno.

    1.2- Contribuyentes que tienen asignada una CUIT y registran actividad autnomadeclarada en el padrn con cese en perodos prescriptos y sin actividad posterior: Nodebern presentar documentacin alguna para operar en el SICAM. Podrn ampliarperodos no prescriptos en SICAM sin necesidad de presentar documentacin alguna.

    1.3- Contribuyentes que tienen asignada una CUIT y registran actividad en perodos noprescriptos: Debern presentar formularios F 460/F y/o F 929, segn corresponda, paramodificar la situacin de revista en SICAM.

    1.4- Contribuyentes que no tienen CUIT, pero que registran CUIL o CDI: Podrn declararla situacin de revista en SICAM sin presentar formulario alguno.

    1.5- Contribuyentes que no tienen CUIT, CUIL o CDI: Se deber generar la CUIT deacuerdo al procedimiento que se detalla a continuacin:

    En el formulario 460/F debern completar:

    Datos Econmicos: Consignar el Cdigo de Actividad 12 (Sin actividad econmica).

    Datos Tributarios colocar la leyenda "Ley 24476".

    2- Por perodos desde 07/2004

    En todos los casos, para registrar actividad por perodos devengados a partir del01/07/2004, se deber presentar la documentacin requerida.

    Si se trata de periodos no prescriptos, previo a la carga de esta pantalla se deben dar elalta en el impuesto por Internet siguiendo el procedimiento indicado por la ResolucinGeneral N 2337, a fin de dar el alta o baja de los perodos que necesite en el padrn deAFIP, en tanto se trate de perodos no prescriptos.

    Los datos a ingresar en esta pantalla son similares a los que deben cargarse en lapantalla Situacin de Revista.Luego de cargar los datos, se deber presionar el botn Calcular y Agregar Deuda.

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    PANTALLA DEUDA A REGULARIZAR

    En esta pantalla se encuentran los accesos al detalle de la deuda previsional a regularizaren los trminos de los beneficios del plan vigente.

    La deuda regularizada en el Plan de Facilidades Ley N 25865 en los trminos de la Ley N224476 se encuentra diferenciada en tres rubros:

    1- Deuda previsional del autnomo Aporte y Reg. Seg. Soc. Autnomo2- Deuda del componente previsional del Monotributo Monotributo/Autnomo.3- Deuda del componente impositivo y de obra social del Monotributo

    Monotributo.

    La deuda regularizada en el Plan de Facilidades Ley N 24476 se encuentra en un Rubro.1-Deuda previsional del autnomo Aporte y Reg. Seg. Soc. Autnomo

    En esta pantalla tambin se encuentra el acceso a la pantalla Plan de Pago.

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    PANTALLA DEUDA A REGULARIZAR LEY 24.476

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    PANTALLA PLAN DE PAGO

    En la pantalla Plan de Pagos:- se informa el saldo total a cancelar.- se procede a determinar el importe de las cuotas del plan en funcin de la

    cantidad seleccionada.- Se determina la forma de pago.

    Respecto al segundo punto, debe tenerse en cuenta que la cantidad de cuotas aseleccionar estar limitada al rango indicado en la pantalla Datos del plan.

    Asimismo, si se encuentra reformulando un plan de la Ley 25.994 art. 6 o de la Ley N24476 presentado con anterioridad y el mismo registraba pagos, es en esta pantalla queel sistema en forma predeterminada muestra la imputacin de los mismos como pagos acuenta del nuevo plan a presentar.

    Aclaracin: Puede ocurrir que la ltima cuota abonada con anterioridad a lareformulacin del plan no se vea registrada como pago a cuenta. En este caso, la mismaser aplicada a la cancelacin de las mensualidades del nuevo plan reformulado.

    En consecuencia, el clculo de dicha imputacin, deber realizarlo manualmente (enpapeles de trabajo) a los efectos de abonar slo la diferencia de mensualidad quecorresponda y mediante la presentacin de un formulario multinota en agencia, informarel procedimiento aplicado.

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    PANTALLA ENVIAR PLAN

    En esta pantalla se proceder a finalizar el plan y enviar la informacin para su posteriorproceso. Una vez finalizado, el plan no podr ser modificado.

    El sistema al finalizar este proceso arrojar el acuse de recibo como constancia deadhesin al plan.

    Si una vez enviado el plan se requiere realizar alguna modificacin en el mismo, deberconcurrir, previamente ante la UDAI de ANSES correspondiente y solicitar el rechazo delplan enviado. Siempre que sea un plan enviado bajo Ley 25994 Art. 6.En caso de tratarse de una presentacin Ley 24476 el rechazo debe solicitarse en laUDAI de ANSES si se trata de un beneficio previsional o en la Agencia AFIP de tratarse deotros libre deuda.

    Error: Debe informar el domicilio fiscal para realizar la presentacin"

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    El mismo se presenta cuando se han cargado previamente los datos de su domicilio fiscalen la pantalla "Datos personales" y al proceder al envo del plan, el sistema le arroja elmensaje de error mencionado.El motivo del mismo se debe a que el SICAM contempla la forma de pago Contado,cuando se efecta el primer envo por la Ley 25994 art.6. Si el plan es rechazado porANSES y se realiza una nueva liquidacin el sistema no le arroja esta forma de pago,

    debiendo seleccionar por defecto alguna forma de DEBITO.La solucin consiste en:2- Cargar el domicilio fiscal3- Realizar nuevamente la liquidacin4- Seleccionar como forma de pago Dbito en Tarjeta de Crdito

    Cabe aclarar que este procedimiento se realiza a los efectos de poder enviar el plan. Sinembargo, a los efectos del pago, deber abonar todas las cuotas en efectivo conforme loindica la norma.

    PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR CUANDO EXISTEN PERIODOS AMPLIADOS

    En principio pueden presentarse dos situaciones, de acuerdo a las cuales varan losprocedimientos de carga:

    1) Si se encontraba anteriormente inscripto y a su vez, ampla perodos para serregularizados, deber colocar dentro del SICAM 1 (Mdulo Previsional) la Situacin deRevista original.Una vez que ingresa al Plan, es decir, en el SICAM 2, dentro de la pantalla "Ampliacin dePerodos", deber consignar los perodos ampliados.

    2) Si slo efecta una liquidacin por el perodo ampliado, deber realizarla mediante elSICAM 1, incorporando en la Situacin de Revista los perodos ampliados, y no deberutilizar la opcin de Ampliacin de Perodos del Sicam 2.

    Asimismo, a continuacin se exponen algunas situaciones particulares.

    CMO APLICAR BENEFICIOS SOBRE PERIODOS AMPLIADOS

    En caso de necesitar aplicar beneficios en perodos ampliados, el procedimiento a seguires el siguiente:* Realizar una liquidacin parcial dentro del Mdulo Previsional (SICAM 1), cuya"Situacin de Revista" est integrada slo por los perodos que se amplan y a los cualesse necesitan aplicar beneficios. Luego, en esa misma pantalla, en el cuadro "Beneficios"ingresar los perodos con beneficios y la ley correspondiente. Calcular la liquidacin eimprimir el formulario 558/A correspondiente a dicha liquidacin.* Posteriormente, proceder a efectuar en el Mdulo Previsional (SICAM 1) una liquidacintotal, incluyendo en la pantalla "Situacin de Revista" slo aquellos perodos de actividadregistrados originariamente (para esto primero se deber borrar la situacin ampliada ylos beneficios aplicados, cargados para realizar la 1 liquidacin). Calcular la liquidacin eimprimir el formulario 558/A/B/C correspondiente a dicha liquidacin.Dentro del Plan de Facilidades Ley 24476 (SICAM 2), en la pantalla "Ampliacin dePerodos", deber colocar slo los perodos ampliados que hayan quedado a regularizar, esdecir, no se debern ingresar en esta pantalla los perodos ampliados y a los cuales se lehayan aplicado beneficios.De esta forma, en ANSES se debern presentar dos F.558/A.

    AMPLIACIN DE PERODOS SIN INCLUSIN EN EL PLAN DE FACILIDADES DE PAGOLEY N 24476.

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    En caso de que se desee ampliar perodos sin incluirlos en el plan de facilidades de pago,deber realizar un clculo de deuda parcial dentro del Mdulo Previsional (SICAM 1) porlos perodos que se amplan, e imprimir los formularios 558/A/B/C.Posteriormente, proceder a efectuar en el Mdulo Previsional (SICAM 1) una nuevaliquidacin por los perodos originales e imprimir los F.558/A/B/C.De esta manera se presentarn ante ANSES dos F.558.

    SEGUIMIENTO DE LOS PLANES

    Enviado el plan, para efectuar el seguimiento de los pagos e impresiones de formularios,se deber acceder desde el cuadro presentaciones efectuadas, por Detalle.

    En el cuadro de Presentaciones efectuadas se encuentra:

    - El acceso por Nueva presentacin a los efectos de proceder a determinar ladeuda previsional en los trminos de los beneficios del plan Ley N 24476.

    - Los datos formales de presentaciones efectuadas bajo el impuesto:374 Presentaciones realizadas hasta el 03/08/2004, Ley 25.865

    116 Presentaciones posteriores al 03/08/2004, Ley 25.865375 Presentaciones de concursados y fallidos, Ley 25.865374 Presentaciones posteriores al 19/01/2005, Ley 25.994 art.6127 Presentaciones efectuadas por la Ley N 24476

    Adjunto a los datos formales, el sistema arrojar un acceso denominado Detalle a losefectos de obtener la impresin de los formularios del plan y el seguimiento de los pagos.

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    En el acceso a Pagos sin aplicar se encuentra el listado de pagos efectuados y que nose encuentran imputados al plan, especificndose cdigo y descripcin sobre la causa dela no afectacin de los mismos.

    PANTALLA PAGOS SIN APLICAR

    Cuando abona las cuotas del plan, stas pueden visualizarse a travs de la opcin VerPagos. Sin embargo, existen distintos motivos por los cuales los mismos puedenpresentar una inconsistencia en cuanto a su imputacin. En estos casos, dichos pagos se

    vern reflejados en la pantalla Pagos sin Aplicar.

    Algunos de los cdigos de error ms comunes son:M30: Minuta en errorM31: A la espera del otorgamiento del beneficio ANSESM80: Falta de minutaM83: Excedente de pago para la mensualidadM98: Pago de tarjeta de crdito o dbito directo Se distribuye luego de 45 dasM99: Pagos sin distribuir

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    PANTALLA DETALLE

    La forma de realizar el seguimiento del plan es similar para aquellos contribuyentes querealizaron presentaciones a travs de la Ley 25.865 y/o Ley 25.994 art.6 y/o Ley N24476

    La nica diferencia radica en que aquellos que realizaron la presentacin del plan a travsde la Ley 25.865 tienen dentro de esta consulta, una opcin llamada Cambio de Formade Pago/CBU que les permite modificar la modalidad de pago informada al momento de

    realizar la adhesin. Esto se debe a que la RG 1663 establece distintas modalidades depago para este universo de contribuyentes.

    En esta pantalla se encuentran informadas las caractersticas del plan presentado, ascomo su Situacin (Vigente, No Vigente) y su Estado (Aceptado, Rechazado,Observado, Pendiente de Aceptacin por AFIP, Pendiente de Aceptacin por ANSES).

    Asimismo, permite acceder a distintas opciones de consulta, entre ellas:

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    - Consulta del Plan Muestra el vencimiento y el importe de cada una de lascuotas del plan

    - Deuda Regularizada Muestra la deuda incluida en el plan- Detalle de Imputaciones de Cuotas Muestra la deuda cancelada con cada una

    de las cuotas abonadas- Impresiones Permite imprimir distintos formularios-

    Situacin de Revista

    Muestra la situacin de revista y la situacin ampliadainformada- Observaciones En caso de que el plan se encuentre con el estado

    observado/rechazado, aqu aparecer informado el motivo del mismo- Ver Pagos Muestra las cuotas abonadas a travs del plan

    PANTALLA MEN IMPRESIONES

    Accediendo por el botn Impresiones se obtienen, entre otros:- El F.799/E (formulario de pago)- El F.159 (DDJJ de adhesin al Plan de Facilidades de Pago)- El Acuse de Recibo

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    MENU DE IMPRESION LEY 24.476

    IMPRESIONES DEL PLAN CALCULADO Y NO ENVIADO