MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

download MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

of 235

Transcript of MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    1/235

    PUNO-ABRIL 2013

    UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO

    FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

    ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

    COLABORADORA: DIANA CAROBENAVIDES AAMURO

    AUTOR: Dr

    JUAN

    CAZASOLA

    CCAMA

    MANUAL BSICO DE

    DERECHO MINERO

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    2/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    1

    INDICE

    INTRODUCCIN..3

    Antecedentes de la minera en el Per Codificacin Minera Peruana La Constitucin Poltica del Per: Rgimen Econmico

    DERECHO MINERO17

    1. Conceptos bsicosa) Qu entiendes por minera?b) Mineralc) Yacimiento minerald) Mina

    2. Definicin del Derecho Minero

    CICLO MINERO20

    1.-EXPLORACIN MINERA21 1.1.Aspectos generales: concepto de exploracin minera, plazos, principales

    actividades, actores,1.2.Aspectos legales: condiciones de la exploracin, la concesin minera, normas

    aplicables a la exploracin, clasificacin de las actividades de exploracin,permisos necesarios.

    1.3.Impacto ambiental y social: impactos ambientales potenciales, impactossociales.

    1.4.Participacin de la poblacin

    2. DESARROLLO DE MINAS.462.1.Aspectos generales: que es el desarrollo de minas, plazos, costos, principales

    actividades en el desarrollo de minas, principales participantes del desarrollode minas,

    2.2.Aspectos legales: normas aplicables en el desarrollo de minas y permisosnecesarios.

    2.3.Impacto ambiental y social: impactos ambientales potenciales, impactossociales.

    2.4.Participacin de la poblacin.-cmo puede participar la poblacin localdurante esta etapa?.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    3/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    2

    2.5.Empleo local y oportunidades econmicas.-Oportunidades de empleodurante el desarrollo de minas, las oportunidades econmicas que existen.

    2.6.Experiencia comunitarias

    3. OPERACIN MINERA ..77

    3.1. Visin general.-Concepto de operacin minera, cuales son las actividades dela operacin minera, quienes son los principales participante en unaoperacin minera, que normas son aplicables a las operaciones mineras, quepermisos son necesarios,

    3.2.- Aspectos legales: condiciones para la operacin minera, normas aplicablesa las operaciones mineras, permisos necesarios,

    3.3.- Impacto ambiental y social: impactos ambientales potenciales, informes ymonitoreo ambiental que se requiere, los impactos sociales potenciales.

    3.4.- Participacin de la poblacin,.-como puede participar la poblacin,

    3.5.- Empleo local y oportunidades econmicas.-oportunidades de empleo,oportunidades de capacitacin. Que oportunidades de negocio existe.

    3.6.- Experiencias comunitarias: Mesa de Dialogo de la Mina Tintaya

    4.- CIERRE DE MINAS....111

    4.1. Visin general.-Concepto de cierre de minas, principales actividades decierre de minas,

    5. PASIVOS AMBIENTAL....135

    GLOSARIO... .........151

    6.- ANEXOS...152

    MARCO LEGAL DE DERECHO MINERO

    ULTIMAS NORMAS LEGALES SOBRE MINERIA INFORMAL

    PEQUEA MINERIA Y MINERIA ARTESANA

    TRAMITE DE LAS CONCESIONES MINERAS

    LEY GENERAL DE MINERIA

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    4/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    3

    LEY GENERAL DE RECURSO HIDRICOS

    INTRODUCCIN

    El objetivo fundamental de la Universidad es formar profesionales y post graduados

    competitivos, con liderazgo en el desarrollo de la ciencia, la tecnologa y las

    humanidades que contribuyan al desarrollo de la regin y del pas, en un escenario de

    cambios y avances mundiales. Este escenario globalizado presenta caractersticas de

    desarrollo de las comunicaciones, revolucin digital, desarrollo de nuevas disciplinas

    del conocimiento, nuevos mercados y productos, nuevas formas de hacer empresa y

    negocios, nuevas formas de relacin entre gobiernos, ciudadanos y empresas, nuevas

    modalidades y mecanismos alternativos de gestin de las controversias.

    Esta realidad exige un nuevo perfil profesional con conocimientos interdisciplinarios,

    capacidades de liderazgo, educacin con nuevas competencias de investigacin,

    razonamiento y anlisis, interdisciplinariedad, comunicacin, valores, visin

    empresarial, sentido tico, perspectiva global y local, entre otros. (Conocimientos =

    saber hacer, Habilidades = poder hacer y Actitudes = querer hacer).

    La UNA-Puno tiene la finalidad de formar personas calificadas a nivel del Pregrado,

    Pos ttulo y Postgrado, competitivos, con liderazgo en el desarrollo de la ciencia, la

    tecnologa, y las humanidades proporcionando a la sociedad los resultados de la

    investigacin cientfica y tecnolgica, a travs de la proyeccin social y extensin

    universitaria, propiciando la revaloracin cultural, conservacin del medio

    ambiente y el desarrollo sostenido de la regin y el pas . Para alcanzar a esta visin

    disea los objetivos estratgicos:

    1) Formar profesionales con excelencia acadmica, competitiva y humanista,

    comprometidos con el desarrollo de la regin y del pas, acorde con los

    adelantos de la era del conocimiento.

    2) Alcanzar los estndares de calidad para lograr la acreditacin.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    5/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    4

    3) Desarrollar investigacin cientfica, tecnolgica y humanista, interdisciplinaria,

    terica y aplicada, orientada a resolver los problemas de la regin y del pas.

    4) Fortalecer la proyeccin social y extensin universitaria para transferir

    conocimientos cientficos, tecnolgicos y culturales hacia la comunidad

    regional, nacional e internacional1.

    Asistimos a una nueva era, donde el conocimiento es poder y la exigencia de elaborar

    propuestas alternativas para la solucin de los principales problemas de nuestra

    sociedad es an dbil. Uno de los fines de nuestra universidad es la investigacin, sin

    embargo este trmino de la investigacin suele crear en algunos estudiantes

    escepticismo, confusin, porque creen que la investigacin no tiene relacin con el

    estudio y la realidad.

    Russel, nos dice que: El crecimiento continuo de la ciencia influye especialmente sobre

    nuestros pensamientos, costumbres y nuestras esperanzas. Lo importante de este

    crecimiento es que esta afectando nuestros esquemas mentales, percepcin de la

    realidad, nuestro propio estilo de vida, costumbres, hbitos as como afecta o influye en

    nuestras visiones, ilusiones para el futuro, en nuestros sentimientos, emociones pero conel tiempo el hombre se puede hastiar del avance cientfico y retornar a lo inicial.

    Este crecimiento del conocimiento tambin es testigo del crecimiento de la riqueza y

    la pobreza, el egosmo, inequidad en nuestra sociedad. Peter Hans Kolvenbach, al

    referirse al conocimiento humano y globalizacin nos indica que: En la nueva

    sociedad del conocimiento, el abismo entre quienes saben y entre quienes no saben se

    acenta cada vez ms. El conocimiento no tiene lmites, y, hoy, ms que nunca, es

    evidente que saber es poder. Sin embargo no es el mucho saber lo que importa; es

    tambin el sentir, El saber con y el saber para el compartir, el servir. En este mundo en

    que la competencia degenera en competitividad sin lmites, y en que el individualismo

    y la insolidaridad crean nuevas fronteras y exclusiones es preciso recuperar el

    1. Visin, Misin y Objetivos Estratgicos UNA-Puno al 2015.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    6/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    5

    discurso del ser para los dems, el saber y el poder como servicio, la solidaridad, la

    compasin en el sentido mas pleno de la palabra.

    El Derecho. Etimolgicamente proviene del latn Directum que significa directo oderecho. En sentido lato quiere decir, recto igual, seguido sin torcerse a un lado o a

    otro, mientras que en sentido restringido es tanto como Jus. Derecho es directum (de

    dirigiere: dirigir) que significa la forma de gobernar o dirigir (Alzamora Valdez. 1975).

    Pedro PatrnFaura y Pedro Patrn Bedoya (2004), al referirse al Maestro Dr.

    Toribio Paz Soldn, nos manifiesta que: El Derecho es la facultad o potestad que tiene

    un individuo para hacer o no hacer algo o para obligar a otro a que haga o no haga.

    Desde este punto de vista, el Derecho recibe el nombre de Derecho subjetivo. Por otrolado el autor nos dice que se llama tambin Derecho a la norma de conducta, la pauta,

    la regla a que deben someterse tanto los Poderes Pblicos como individuos en orden a

    hacer o no hacer algo y a obligar a otros que hagan o no hagan. Esta pauta o regla,

    puede ser escrita o consagrada nicamente por la costumbre, pero que adquiere

    fuerza tan obligatoria como si estuviera escrita. El Derecho considerado desde este

    punto de vista se llama Derecho objetivo, que si es escrito se llama Derecho Positivo y

    si no lo est se llama Derecho Consuetudinario.

    Por otro lado, Dromi, nos manifiesta que: Nuestra comunidad debe enmarcarse en

    una ideologa humanista y democrtica, con sustento en la libertad, la justicia y la

    solidaridad. Para ello es necesario que el Estado-Poder se haga Estado-Derecho; que la

    libertad domine las nuevas formas de esclavitud, pues ahora esclavo no se nace, se

    haceel occidente del Derecho no est en la ficcin, ni mucho menos en la

    hipocresa, ni en la declamacin de desconocer el atraso, la miseria, la pobreza, la

    injusticia, la esclavitud, las discriminaciones que tienen races modernas,

    sofisticadas y sutiles de subordinacin y flagelo .(Dromi .2004).

    El Derecho, como herramienta de la verdad, hace justicia y denuncia la injusticia,

    porque el derecho es justicia o no es Derecho.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    7/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    6

    El Derecho como verdad no calla ni tolera la injusticia.

    El Derecho no solo es un valor puro, ni es una mera norma, ni es un simple hecho

    social.

    El Derecho es una obra humana, de forma normativa encaminada a la realizacin de

    los valores. Entonces un reto es hacer de la justicia-derecho el ncleo de la vida del

    pueblo, practicar la justicia, establecer el derecho son requisitos que nos conduce a

    internarnos en el amor de Dios por toda persona, en particular por los oprimidos y

    excluidos. La preferencia por los ltimos de la historia en este caso los nios, plantea

    la justicia como exigencia ineludible, sin compromiso por la justicia social, sin defensa

    de los intereses elementalesderechos humanos no hay autntica opcin por lainfancia excluida.

    La minera es la obtencin selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza

    terrestre. Tambin se denomina as a la actividad econmica primaria relacionada

    con la extraccin de elementos de los cuales se puede obtener un beneficio

    econmico. Dependiendo del tipo de material a extraer, la minera se divide: en

    metlica y no metlica. Los mtodos de explotacin pueden ser a cielo abierto o

    subterrneo. Los factores que lo determinarn sern entre otros la geologa y

    geometra del yacimiento y la caracterstica geomecnica del mineral y el estril.2

    Entendiendo as la minera, consideramos relevante conocer la presencia histrica de

    la misma, as tenemos que se ha considerado que el hombre ha sido minero desde los

    albores de la humanidad. Primero a travs de las industrias lticas: fragmentos de

    rocas o minerales ms o menos trabajados para su uso como herramientas o armas;

    luego continu con los metales, extrayndolos desde los minerales (Era del Cobre, Era

    del Bronce, Era del Hierro), refinndolos y combinndolos en aleaciones a medida que

    progresaba, de paso, inventando la metalurgia. Esta es una historia de bsqueda de

    2La Minera. http://es.wikipedia.org/wiki/Miner%C3%ADa

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    8/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    7

    recursos, de su minera, y de las aplicaciones tecnolgicas de los productos

    obtenidos3.

    Siendo los principales hitos minero-metalrgicos (y tecnolgicos asociados) de lahumanidad:

    Era de Piedra (Paleoltico, Mesoltico, Neoltico)

    Era del Cobre: 6000 A.C. (comienzo).

    Era del Bronce: 2500 A.C (comienzo).

    Era del Hierro: 1000 A.C. (comienzo).

    Era del Carbn: 1600 D.C. (comienzo).

    Revolucin Industrial: 1750-1850 D.C. Era del Petrleo: 1850 D.C. (comienzo).

    Era Elctrica: 1875 D.C. (comienzo).

    Era Atmica: 1945 D.C. (comienzo).

    Ahora bien el ORO tiene una principal relevancia, siendo sus hitos mineros4:

    Hacia finales del siglo XIX Gran Bretaa adopta el patrn oro para sustentar su

    moneda. Durante la primera guerra mundial (1914-1918) los pases europeos gastan

    durante el conflicto el equivalente a unos 220.000 millones de Euros, mucho

    ms dinero de lo que tenan en sus respectivos bancos centrales. Las

    economas europeas quedan arruinadas, especialmente la alemana.

    De este conflicto sale particularmente victoriosa la economa norteamericana.

    Los bancos europeos pasan a tener unas reservas mixtas de oro ms dlares

    americanos.

    En 1929 toma lugar el denominado "crash"de la bolsa de Nueva York, caos en

    la economa mundial.

    3Historia de la Minera. Antecedentes generales.

    http://www.ucm.es/info/crismine/Geologia_Minas/Historia_Mineria.htm4Historia de la Minera. Antecedentes generales.

    http://www.ucm.es/info/crismine/Geologia_Minas/Historia_Mineria.htm

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    9/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    8

    En 1933 el presidente norteamericano Franklin D. Roosevelt (partido

    Demcrata) inicia la recuperacin de la economa domstica (lo cual tendr

    repercusiones favorables en el exterior), iniciando el programa New Deal.

    Adems Roosevelt fija una convertibilidad directa entre el dlar americano y el

    oro: 1 onza de oro = US$ 35. Se crea el mayor depsito de oro en lingotes del

    mundo: Fort Knox. Pero este metal no se puede comercializar directamente en

    el mercado Norteamericano.

    En la dcada de los aos 60, los pases europeos, ya estn recuperados (o en

    franca recuperacin) de los estragos de la segunda guerra mundial (1939-

    1945). Algunos pases empiezan a exigir una convertibilidad directa entre sus

    reservas en dlares y el oro.

    Estados Unidos carece del suficiente respaldo en oro como para asegurar dicha

    convertibilidad.

    En 1971 el presidente norteamericano Richard M. Nixon (partido Republicano)

    decide liberalizar el sistema.

    Hacia 1975 una onza de oro se cotiza a US$ 200 en el mercado internacional.

    A fines de la dcada de los aos 70 es un momento plagado de incertidumbres.

    Estalla el conflicto de Cambodia, en Irn triunfa la revolucin islmica. El oro sedispara a 1 onza = US$ 800 en 1980.

    Esto tiene como resultado una nueva "fiebre del oro" (ms importante en

    trminos econmicos que la de 1849 en California). Cambio de poltica en las

    compaas mineras, ahora hay que buscar oro, yacimientos antes considerados

    subeconmicos ahora son rentables si el tonelaje es el adecuado, se pueden

    explotar leyes tan bajas de oro como de 1 g/t. Esto tiene adems implicaciones

    geolgicas, ya que un tipo de yacimiento mineral, prcticamente undesconocido hasta la dcada de los aos 70, se transforma en "La joya de la

    corona de la exploracin", nos referimos a los epitermales de metales

    preciosos.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    10/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    9

    Al respecto cabe mencionar que hoy en da la situacin ha cambiado. Las estrategias

    econmicas no son las de antes, ya no se asegura la convertibilidad de una moneda en

    trminos de las reservas en oro; es ms, los bancos centrales empiezan a vender sus

    reservas de oro.

    Lo sealado cobra importancia en la medida que al saber los antecedentes de la

    minera podemos entender la relevancia de la misma en la economa actual.

    En el caso peruano lo trataremos en el punto siguiente:

    ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA MINERIA EN EL PER

    Realizando una breve resea histrica tenemos:

    POCA PREINCAICA

    El antiguo peruano contaba con una diversidad de herramientas como lashormillas de piedra y cermica, crsoles para la fundicin y yunques de piedracompacta, los aborgenes conocan los martillos de cobre, bronce y piedra.

    Teniendo lugar la minera metlica y la metalurgia entre los aos 900 y 500 a.C. La metalurgia ms antigua del Per se le asigna a la cultura Chavn, quien

    empieza a trabajar el oro mezclado con plata y cobre. La Cultura Vicus, situada en el departamento de Piura entre 1000 aos a.C. y

    300 aos d.C., se testimonia objetos de enchape de oro, narigueras de plata yoro, as como artefactos de metal, como cinceles, cetros entre otros.

    La cultura Paracas, ubicada en el departamento de Ica, muestra adornospredominantes de oro, con mezclas variadas de plata y cobre.

    La cultura Mochica, ubicada en el departamento de la Libertad, conoci el oro,

    la plata, el cobre, lograron las aleaciones de cobre y estao para obtener elbronce, emplearon adems el plomo y mercurio.

    La cultura Tiahuanaco ubicada en el Alto Per, en metalurgia trabajaron elcobre y el estao, alcanzando la aleacin del bronce, abundan piezas de oro yplata.

    La Cultura Chim, es la que ms destaca por su arte de trabajar los metales,desarrollaron una de las tcnicas ms avanzadas del manejo del oro.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    11/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    10

    POCA INCAICA:

    Los Incas: Los Incas administraron lasactividades mineras de la siguiente forma:

    Se instaur el criterio de propiedady usufructo de los recursos.

    Crearon categora de trabajadoresdedicados a las faenas mineras ymetalrgicas.

    Asignaron reas de explotacin endeterminadas zonas.

    Se origin la produccin a mayorescala

    Se vigil la seguridad del producto resultante

    Los Incas invadieron regiones, conquistaron pueblos y ganaron para el imperiorecursos de los territorios dominados, sumando los nuevos yacimientos de las tierrasconquistadas, convirtindose en propiedad del Inca gobernante.

    En el imperio incaico exista el concepto de racionalidad para el manejo de las minas,establecindose periodos estacionales de explotacin, los turnos de trabajo y laproductividad esperaba y el imperio contaba con una muy elaborada organizacinestatal para evitar robos. Segn el padre Acosta, todo el oro y la playa extrados por

    los indgenas podan ser atesorados por el Inca. Los Incas tenan mtodos dereclutamiento de mano de obra bajo el sistema de la mita, los mineros de la Sierrareciban el nombre de Mitimaes y en la costa se les llamaba Cori.

    POCA COLONIAL

    La minera colonial fue ms de exaccin que de industria, se trabaj de una maneradesorganizada, con una cruel explotacin del recurso humano a travs del sistema delas mitas para trabajar las mismas subterrneas con plvora, esta poca se caracterizapor la sobre explotacin de los minerales a fin de llevarlos al pas conquistador.

    POCA REPUBLICANA

    Luego del llammoslo saqueo de nuestros conquistadores, la extraccin mineral fuedeficiente, siendo que en 1830 se da inicio a las explotacin del salitre, nueva fuentede ingresos para nuestro pas, sin embargo su explotacin y gran aporte econmico hagenerado problemas con los pases vecinos de Chile y Bolivia, generndose la guerra

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    12/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    11

    del pacfico, pasado este periodo blico la minera recobra importancia, cobrando unrol fundamental para la reconstruccin y recuperacin del pas.

    CODIFICACIN MINERA PERUANA

    El primer Cdigo de Minera fue promulgado el 6 de junio de 1900, el cual declarabaque la propiedad minera legalmente adquirida era irrevocable y perpetua, la nicacausal de caducidad que se admita era la falta de pago del canon.

    El 12 de mayo de 1950 se promulga un nuevo Cdigo de Minera, modificandosustancialmente las perspectivas de nuestra industria minera, con la emisin delnuevo cuerpo normativo se producen grandes inversiones mineras, mayoresutilidades, nuevos proyectos y records de produccin, hizo posible una nueva polticasocial de mejores salarios y la implantacin de un reglamento de higiene y seguridad.

    De acuerdo con en su artculo 56 del nuevo cdigo, el Poder Ejecutivo y losconcesionarios mineros podan celebrar contratos para la instalacin de plantas defuerza y centrales de beneficio por plazos fijos, y as el monto del impuesto a lasutilidades quedaba entre un mnimo de 10% y un mximo de 20%.

    El 03 de diciembre de 1968 se crea por Decreto Ley N 17271 el Ministerio de Energay Minas, y el 21 de marzo de 1969 se promulga la Ley Orgnica del Sector de Energay Minas. El 8 de junio de 1971 por Decreto Ley N 18880 se promulga la Ley Generalde Minera, la cual divide la actividad minera en dos grandes campos; la industriaminera privada y las empresas estatales. Esta nueva Ley General de Minera pretende

    integrar la actividad promocional del Estado, para una racional e incrementadaexplotacin y produccin de nuestros yacimientos mineros, haciendo de la minerapieza clave de promocin social y del desenvolvimiento econmico nacional

    Es a partir de 1990 que ocurren importantes cambios en la legislacin general yminera con el fin de promover la inversin privada local y extranjera, el Per esconsiderado un importante proveedor de metales a la economa mundial.

    LA CONSTITUCIN POLITICA DEL PERU: DEL RGIMEN ECONMICO

    Artculo 58. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economa social demercado. Bajo este rgimen, el Estado orienta el desarrollo del pas, y actaprincipalmente en las reas de promocin de empleo, salud, educacin, seguridad,servicios pblicos e infraestructura.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    13/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    12

    Preside los principios generales en materia econmica de la Constitucin la normaque establece que la iniciativa privada es libre. Quiere esto decir que cada per sonatienen el derecho a desarrollar las actividades econmicas que considere de supreferencia dentro de la sociedad, desde luego cumpliendo las normas que regulandicha iniciativa. Sin embargo estas normas deben estar destinadas a canalizar, no aentorpecer su accin, la expresin Econmica Social de Mercado permite en el planoconstitucional introducir correctivos al libre juego del mercado que orienten toda laactividad hacia objetivos no solo individuales sino tambin colectivos, el articulo encomentario establece que la funcin del Estado en la economa es la orientar eldesarrollo del pas, con lo que se excluye un modelo de economa centralmenteplanificada o cercano a ella es decir el rol del Estado no es intervenir directamente enla vida econmica sino orientarla esto no excluye que el Estado fije objetivos yprioridades hacia los cuales orientara el desarrollo econmico del pas. Su actuacin

    debe estar dirigida a ciertas reas esta es una clausula precisamente de contenidosocial que son atencin prioritaria del Estado:

    Promocin del empleo.- Esto abarca tanto la asignacin de fondos pblicospara generar empleo- principalmente productivo-, como la orientacin delmercado de trabajo en general, privilegiando la contratacin de mano de obradonde ello sea posible.

    Salud.- El Estado tiene una funcin importante dentro de este mbito, puestoque no solo le corresponde promover y supervisar, sino actuar directamente endefensa de la salud de la poblacin.

    Educacin.- tambin tiene el estado un rol preponderante inclusive deinversin y de conduccin de centros educativos.

    Seguridad.- la seguridad no solo se refiere a los aspectos fsicos del serhumano, sino a las condiciones mnimas en las cuales pueda desarrollarsecabalmente dentro de la sociedad, el Estado deber intervenir directamenteinclusive en ello, inclusive con asignacin de recursos.

    Servicios pblicos.- Incluyen toda una variada gama de actividades en lascuales el Estado puede trabajar de manera exclusiva, en colaboracin con elsector privado, o puede dejarlos ntegramente en manos de este ultimo. Sin

    embargo, el Estado tiene el deber de cubrir los servicios pblicos esencialespara los cuales la oferta privada sea insuficiente o inexistente. Infraestructura.-Tiene que ver con la inversin en infraestructura fsica del

    pas, como caminos, aeropuertos, puertos martimos y fluviales, etc. Tambinen este mbito puede el Estado asumir responsabilidades exclusivas,compartirlas con el sector privado o entregrselas ntegramente a l. Pero no

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    14/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    13

    puede descuidar los aspectos de infraestructura esencial que no sean atendidospor el sector privado.

    Artculo 59. El Estado estimula la creacin de riqueza y garantiza la libertad detrabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertadesno debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pblica. El Estado brindaoportunidades de superacin a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en talsentido, promueve las pequeas empresas en todas sus modalidades.

    La primera parte del artculo impone deberes al Estado en la economa. Ellos son:

    Estimular la creacin de riqueza . Este es un principio jurdico constitucionalque orienta al sistema jurdico en tal sentido, tanto al legislador para no caer en

    incompatibilidad constitucional, como a los rganos de aplicacin yparticularmente al Poder Judicial

    Garantizar la libertad de trabajo.- el trabajo es un derecho fundamental delser humano tal como establecido en la constitucin, , por tanto desde el puntode vista personal como social, el trabajo tiene la primera importancia en laconstitucin, y una de los ejes de la poltica general del estado es el cumplir conesta garanta.

    Garantizar la libertad de empresa, comercio e industria.-Son estas laslibertades en que se traduce concretamente la libre iniciativa privada.

    La libertad de empresa consiste en crear libremente personas jurdicasdedicadas a actividades lucrativas, en las distintas formas que ellas asumen, atravs de este principio, la constitucin permite que se discuta laconstitucionalidad de las normas que, de una u otra manera, atenten contra aquel,La disposicin que comentamos no impide la regulacin, pero si excluye lasnormas y procedimientos que interfieran con libre establecimiento y desarrollo delas empresas

    La libertad de comercio consiste en la posibilidad de hacer circular librementelos bienes en la sociedad. Es comprar y vender en el mercado, tanto nacional como

    internacional, sujeto a las regulaciones y limitaciones que se establezcan pero que,en ningn caso, podrn estorbar lo especial de esta libertad.

    La libertad de industria consiste en la posibilidad de ejercer actividadesproductivas o de servicios sin ms lites que los que establecen la constitucin y lasleyes.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    15/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    14

    Sin embargo estas libertades no son garantizadas en forma absoluta, puesto quesegn el artculo en comentario les impone limitaciones sealando que estaslibertades no deben ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pblicas.

    Artculo 60. El Estado reconoce el pluralismo econmico. La economa nacional sesustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

    Slo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividadempresarial, directa o indirecta, por razn de alto inters pblico o de manifiestaconveniencia nacional.

    La actividad empresarial, pblica o no pblica, recibe el mismo tratamiento legal.

    El concepto de pluralismo econmico cobro fuerza en el Per en la dcada de lossetenta, cuando el gobierno militar del general Velasco puso en prctica su plan dereformas estructurales. Fue recogido por la constitucin poltica de 1979, que en suart.12 sealo que la economa nacional se sustenta en la coexistencia democrtica de

    diversas formas de propiedad y de empresa. La carta actual ha conservado laexpresin, aunque el concepto se ha restringido significativamente. Este pluralismo esla posibilidad de que en el mismo sistema econmico coexistan diversas formasempresariales: privadas, coooperativa, autogestionarlas, comunales, publicas, mixtas,

    de capital nacional, de capital extranjero, ect. La existencia de cada una de ellas debeser regulada y protegida por el Estado, que no puede prohibirlas ni estorbarlas. Enmateria de organizacin econmica de la persona, el Estado no puede tenerpreferencias y debe ser neutral. Desde luego, las empresas pblicas y la extranjeratienen ciertas regulaciones especiales, cabe sealar que se establece tambin el tratoequivalente en materia legal a la actividad empresarial pblica o no publica, a fin deque sean inconstitucionales aquellas disposiciones, tan frecuentes en el pasado, de darprivilegios de diverso tipo a las empresas publicas sin recibirlos las privadas .Esto, porlo dems, no perjudicaba tanto la competencia entre empresas pblicas y privadas,

    como el tesoro pblico en si mismo y a la sociedad por la existencia de enormecantidad de empresas publicas ineficientes.

    Artculo 61. El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda prcticaque la limite y el abuso de posiciones dominantes o monoplicas. Ninguna ley niconcertacin puede autorizar ni establecer monopolios.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    16/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    15

    La prensa, la radio, la televisin y los dems medios de expresin y comunicacinsocial; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertadde expresin y de comunicacin, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio niacaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

    La libre competencia es la concurrencia de oferta y demanda en el mercado con lamenor interferencia de situaciones extraas a ellas, a fin de que los valores demercados reflejen el punto de equilibrio entre una y otra, y sean entonces estascondiciones las que rijan las relaciones econmicas.

    La competencia permite varias cosas las principales son:

    Que funcione la regla de la eficiencia entre las empresas Que los precios sean determinados por los agentes econmicos Que la eficiencia y la calidad determinen los precios ms bajos posible para

    cada tipo de bien. Que la tecnologa avance al comps de la eficiencia en cada rama. Que los productores y comercializadores encuentren la retribucin adecuada a

    su inversin, as como los trabajadores, supuestamente, el pago ms adecuadoal trabajo que realizan, y que los consumidores-supuestamente tambin-encuentren el precio ms adecuado para cada bien que requieren.

    El Estado tiene los deberes de facilitar y vigilar la libre competencia. En otraspalabras, debe establecer las normas, condiciones y procedimientos en los que lalibre competencia pueda desarrollarse de la mejor manera, al mismo tiempo,ejerce vigilancia para que las reglas funcionen y para que los actores del mercadose conformen a ellas. Esto supone que puede forzar a cumplir las normas y quesancione las trasgresiones, la libre competencia puede encontrarse con variosproblemas de ejecucin, los principales son dos: el primero es el de la existencia deposiciones dominantes o monoplicas. Aunque los economistas tienen unaterminologa mucho mas desagregada, la constitucin habla en trminos genricosen esta materia. As, las posiciones dominantes son aquellas que, sin tener el

    control absoluto de la oferta o demanda de un producto, copan una partesignificativa del mercado. Las posiciones monoplicas son aquellas que controlanabsolutamente la oferta o la demanda de un producto, como seala la norma esdeber del estado combatir toda practica que limite la competencia yparticularmente, el abuso de posiciones dominantes o monoplicas.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    17/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    16

    Artculo 62. La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactarvlidamente segn las normas vigentes al tiempo del contrato. Los trminoscontractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquierclase. Los conflictos derivados de la relacin contractual slo se solucionan en la vaarbitral o en la judicial, segn los mecanismos de proteccin previstos en el contrato ocontemplados en la ley.

    Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer garantas y otorgar seguridades.No pueden ser modificados legislativamente, sin perjuicio de la proteccin a que serefiere el prrafo precedente.

    En el art.2. inc. 13 se ha dicho ya que toda persona tienen derecho: A contratar con

    fines lcitos, siempre que nos e contravengan leyes de orden pblicos. Es decir, que lalibertad de contratacin ha sido establecida como derecho fundamental de laspersonas. En la primera parte de este articulo se establece una regulacincomplementaria segn la cual los trminos en que fue pactado un contrato no puedenser modificados por leyes o disposiciones posteriores de cualquier clase, esta normaestatuye para los contratos el principio de los derechos adquiridos en materia deaplicacin temporal de normas y, por consiguiente, de aplicacin ultractiva de lasdisposiciones que estuvieron vigentes al tiempo de perfeccionamiento del contrato, yque sean posteriormente modificadas. Estas afirmaciones requieren fundamentacin.

    Artculo 63. La inversin nacional y la extranjera se sujetan a las mismascondiciones. La produccin de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Siotro pas o pases adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias queperjudiquen el inters nacional, el Estado puede, en defensa de ste, adoptar medidasanlogas.

    En todo contrato del Estado y de las personas de derecho pblico con extranjerosdomiciliados consta el sometimiento de stos a las leyes y rganos jurisdiccionales de

    la Repblica y su renuncia a toda reclamacin diplomtica. Pueden ser exceptuadosde la jurisdiccin nacional los contratos de carcter financiero.

    El Estado y las dems personas de derecho pblico pueden someter las controversiasderivadas de relacin contractual a tribunales constituidos en virtud de tratados envigor. Pueden tambin someterlas a arbitraje nacional o internacional, en la forma enque lo disponga la ley.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    18/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    17

    En presente artculo sostiene el tratamiento en igualdad de condiciones para lainversin nacional y extranjera, no es sino una especificacin del mandato de la parte

    final del art.60 que dice que la actividad empresarial, pblica o no publica, recibe elmismo tratamiento legal. La norma que aqu vemos esta ya contenida en el citadodispositivo, solo que con nfasis distinto.

    Artculo 64. El Estado garantiza la libre tenencia y disposicin de moneda extranjera.

    Artculo 65. El Estado defiende el inters de los consumidores y usuarios. Para talefecto garantiza el derecho a la informacin sobre los bienes y servicios que seencuentran a su disposicin en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud yla seguridad de la poblacin.

    DERECHO MINERO1.CONCEPTOS BSICOS

    a) Qu entiende usted por minera?Minera, designa las actividades que tienenpor finalidad extraer y aprovecharminerales. En la Ley peruana abarca todaslas actividades relacionadas con el cateo, la

    prospeccin, la exploracin y la explotacinde los depsitos minerales existentes en elsuelo y subsuelo. Por razones tcnicas ylegales la minera se divide en dos reas

    Minera comn.- Que abarca elaprovechamiento de todos los minerales.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    19/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    18

    Minera de hidrocarburos.- Que barca el aprovechamiento de loshidrocarburos.

    b) Mineral

    El trmino mineral se refiere a cualquier sustanciainorgnica que se encuentra en la naturaleza y que puedeextraerse para ser aprovechada en estado slido, enestado liquido, o en estado gaseoso. Los minerales son lamateria prima a extraer de los yacimientos o depsitosnaturales. Constituyen recursos imprescindibles que unavez transformados sern utilizados por el hombre parasatisfacer sus necesidades.

    c) Yacimiento mineral

    Es el depsito donde naturalmente se hallan los minerales (existenciageolgica)

    Es la concurrencia de uno o ms minerales tiles susceptibles deexplotarse econmicamente (existencia econmica).

    Segn el Dr. Garca Montufar (citado por el Dr. Martn Belaunde en sulibro Derecho Minero y Concesin): nos dice que: cualquier deposito deminerales no es un yacimiento mineral. A los mineros les interesa

    concentraciones de mineral que produzcan ganancias.

    d) Mina

    Es la excavacin por medio de pozos, galeras, tneles, socavones o tajosabiertos para la extraccin y explotacin de minerales (naturalezaexplotada por el hombre). Es el Lugar donde se acumulan o encuentranlos minerales por obra de la naturaleza, sinnimo de yacimiento perodesde un aspecto dinmico.

    Es el Derecho otorgado por el Estado para la exploracin y explotacinde un depsito minero (otorgamiento de concesin minera).

    La nocin tcnica de mina conlleva el de yacimiento, veta o filn y adquiere

    vida jurdica con la concesin estatal... solicitada por el interesado y

    otorgada por el Estado a travs del INACC... El concepto de mina lleva

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    20/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    19

    inser to el de su trabajo por el hombre: es el yacimiento en un

    co nc epto dinmic o.5

    2.DEFINICIN DE DERECHO MINERO

    Adems, el Derecho Minero posee una naturaleza mixta porque concurrenen su regulacin normas de Derecho Pblico y normas de Derecho Privado,con predominio del primero de ellos

    2.1. Derecho Pblico:

    El Derecho Minero es Derecho Pblico porque:

    El Estado es Propietario originario de los yacimientos minerales, (art. 66de la Constitucin y art. II del T.P. del TUO).

    5Jorge Basadre Ayulo, Derecho Minero Peruano, pag. 32 Editorial Grijley- sexta edicin.

    Qu entiende Usted por Derecho Minero?El Derecho Minero Peruano comprende el sistema jurdico relativo

    al aprovechamiento de las sustancias minerales concesibles, tanto delas sustancias metlicas como de las no metlicas, incluyndose losrecursos estratgicos existentes en el suelo y subsuelo del territorionacional, as como en el dominio martimo.

    Disciplina que tiene por objeto regular y ordenar mediante normas

    legales, las relaciones que nacen del trabajo de la industria minera yconexa.

    El Derecho Minero posee tambin un contenido jurdico- econmico,Porque, la minera entendida como tal, es una actividad industrialpor excelencia, por cuanto genera riquezas (divisas).

    Lo econmico constituye la cuestin de fondo, y lo jurdico,representa lo formal, esto es, a las mltiples instituciones jurdicasque constituyen su rgimen legal.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    21/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    20

    Es Derecho Pblico porque nuestro ordenamiento legal autoriza al Estado,mediante sus empresas estatales, a ejercer actividades mineras (art. 66 dela Constitucin y art. 24 del TUO).

    Es de Derecho Pblico porque corresponde al Estado autorizar a laspersonas naturales y jurdicas a ejercer las actividades mineras (art. 66 dela Constitucin, arts. II y VII T.P del TUO).

    Es Derecho Pblico porque el ordenamiento legal seala taxativamente losderechos y obligaciones de los titulares de derechos mineros (Ttulos V yVI del TUO).

    Es Derecho Pblico porque el incumplimiento de determinas obligacionesprovoca la prdida del Derecho Minero (Ttulo VII TUO).

    Es Derecho Pblico por cuanto el Estado, ejerce control permanente delejercicio de actividades mineras (art. 49 y 50 del TUO).

    Entre otros.

    2.2. Derecho Privado:

    El Derecho Minero es Derecho Privado porque:

    El TUO contiene constantes remisiones al Derecho Comn (art. 162 delTUO relativo a los contratos mineros que remite su normatividad aDerecho Comn).

    Del mismo modo lo relacionado a las Sociedades Contractuales Minerasque se regirn por la Ley General de Sociedades, salvo las disposicionesespeciales del TUO.

    CICLO MINERO

    ETAPAS

    1ra

    EXPLORACIN

    Consiste en la bsqueda y

    evaluacin de recursos

    mineros.

    Cateo y Prospeccin

    Exploracin detallada

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    22/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    21

    2

    2da

    3ra

    4ta

    1.- EXPLORACIN MINERA

    1.1.- ASPECTOS GENERALES

    DESARROLLO

    OPERACIN O

    EXPLOTACION

    CIERRE DE MINAS

    Evaluacin preliminar

    de yacimientos

    Es la operacin o conjunto

    de operaciones que se

    realizan para hacer posible

    la explotacin del mineral

    contenido en un yacimiento,

    evaluacin de yacimiento y

    planteamiento de impacto

    ambiental

    El estudio de impacto

    ambiental

    Obtencin de permisos

    Plan de cierre de minas

    Estudio de factibilidad

    PASIVOS AMBIENTALES

    Consiste en la explotacin

    de un yacimiento mineral

    Es la ltima etapa del ciclo minero. Debido a la naturaleza de

    los yacimientos minerales, que son recursos naturales norenovables, todos tienen una vida finita.

    Aquellas instalaciones efluentes, emisiones, restos odepsitos de residuos producidos por operacionesmineras, en la actualidad abandonadas o inactivas yque constituyen un riesgo permanente y potencialpara la salud de la poblacin, el ecosistemacircundantes y la propiedad.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    23/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    22

    a. QU ES LA EXPLORACIN MINERA?

    La exploracin minera es la primera etapa del ciclo

    minero y consiste en la bsqueda y evaluacin de

    recursos mineros.

    El objetivo de la exploracin es encontrar una fuente de

    minerales o yacimiento que pueda ser desarrollado.

    La ley6 define a la exploracin como la actividad que busca demostrar las

    dimensiones, posicin, caractersticas mineralgicas, reservas y valores de losyacimientos minerales.

    En otras palabras, la exploracin viene a ser la etapa donde se evala un

    yacimiento y sus caractersticas, para determinar si su explotacin es posible

    desde el punto de vista geolgico y econmico.

    Toda mina nueva empieza como un proyecto de exploracin; sin embargo, la

    mayora de los proyectos de exploracin no llegaran a convertirse en minas.

    La exploracin se puede realizar en diversos lugares, como en zonas nuevas

    donde no se ha encontrado mineral antes (exploracin preliminar o inicial);

    en terrenos cercanos a una operacin minera para buscar yacimientos

    adicionales, incluso se puede explorar dentro de una mina en explotacin

    para expandir el yacimiento mineral y reponer las reservas, alargando as la

    vida de la mina.

    La exploracin involucra generalmente un alto riesgo econmico ya que los

    costos invertidos solo se recuperarn en caso de concretarse la explotacin

    minera, es decir si una mina llega a abrirse.

    6Articulo 8, Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera, D:S 014-92EM

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    24/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    23

    En esta etapa solo hay inversin, aun no hay ganancias o beneficios y es por

    esto durante la exploracin todava no se paga el impuesta a la renta ni

    regalas mineras.

    ndice de xito

    El ndice de xito es extremadamente bajo en la exploracin preliminar. Los

    prospectos minerales o indicios descubiertos en la exploracin inicial

    necesitan ser examinados y solo algunos avanzaran a la siguiente etapa. De

    los prospectos que llegan a esta etapa, son pocos los que vale la pena llevar a

    una exploracin avanzada y aun menos los que prosperarn hacia un

    desarrollo de una mina.

    Plazos

    La exploracin es un proceso lento. Pueden pasar entre 7 y 10 aos desde que

    se descubre un indicio mineral prometedor hasta que se inicia la produccin

    de una nueva mina. En algunos casos toma a un ms tiempo, dependiendo de

    una seria de factores, incluyendo los precios que permita explorar ms a

    fondo durante varios aos. Es esta etapa una concesin minera7

    puedecambiar de dueo muchas veces y ser explorada sin xito por distintas

    compaas.

    b. CULES SON LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIN MINERA?

    1.INICIO DE LA EXPLORACIN MINERA CATEO Y PROSPECCIN

    7Ver ms adelante la explicacin de concesin minera en la seccin Aspectos Legales.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    25/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    24

    OJO:

    La prospeccin y el cateo son procesos

    inciales que sirven para localizar una zona

    donde se presume puede haber un yacimiento

    mineral.

    a)El cateo involucra labores mineras

    simples como por ejemplo: una persona

    caminando a travs de un campo con una

    picota o picsa, recoger muestras, o con una

    batea en la rivera de un ro (para el caso

    de la minera aurfera aluvial) o tal vez una persona observando el

    terreno en bsqueda de anomalas geolgicas en la superficie, es decir

    grietas, fracturas o roturas de las rocas donde podra existir un

    yacimiento mineral.

    b)La prospeccin al igual que el cateo busca determinar posibles reas de

    mineralizacin pero con la ayuda de la ciencia y tcnicas ms complejas.Se usan indicadores qumicos y fsicos, fotos, reas, datos satelitales, etc.

    Tambin se usan mapas geolgicos donde se muestra la distribucin de

    los distintos tipos de roca sobre el terreno, su forma y las relaciones

    entre ellos. Estos mapas ayudan a ubicar las mejores reas para la

    bsqueda de minerales que pueda llevar al descubrimiento de una mina.

    El mapeo puede reducir considerablemente el tiempo de bsqueda

    Realizar actividades de exploracin no significa que se

    abrir una mina.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    26/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    25

    El cateo y la prospeccin se deben realizar respetando

    los derechos de la poblacin local y tomando

    medidas para minimizar cualquier alteracin que

    pudieran causar en las actividades socioeconmicas yculturales de la zona.

    Como ambas actividades mineras tiene un impacto mnimo en el ambiente

    no requieren permiso del Ministerio de Energa y Minas u otra autoridad y

    son libres en el territorio nacional. Sin embargo, existen restricciones para

    realizar cateo y prospeccin en los siguientes casos:

    reas donde existen concesiones mineras de terceros de noadmisin de denuncios, o terrenos cercados o cultivados, salvo que

    se cuente con permiso por escrito del titular o propietario.

    Zonas urbanas o de expansin urbana, zonas reservadas para ladefensa nacional, zonas arqueolgicas o sobre bienes de uso pblico,

    salvo autorizacin previa de la autoridad competente.

    El cateo y la prospeccin son altamente competitivas y por eso sonactividades muy reservadas hasta que el explorador considera que

    hay indicios suficientes para solicitar una concesin minera.

    2.EXPLORACIN DETALLADA

    Basndose en los resultados de las actividades de cateo y prospeccin, y si

    estos resultados son positivos, se dedicar si se continua con una

    exploracin ms detallada. Antes de realizar trabajos ms profundo hay que

    obtener del Estado el derecho a explorar y explotar el mineral de un rea,

    este derecho se otorga a travs de una concesin minera. La solicitud ante el

    organismo del Estado competente, que en este caso es el INGEMMET, se

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    27/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    26

    denomina petitorio minero8. Tambin es necesario contar con el estudio

    ambiental correspondiente aprobado, el derecho de usar el terreno

    superficial donde se realizaran las actividades de exploracin y las licencias

    y autorizaciones necesarias segn las leyes vigentes.

    Una vez que se cuenta con estos requisitos se podrn iniciar los estudios

    propios de la exploracin que incluyen de muestras de rocas, anlisis

    geoqumicos, cavado de zanjas, perforaciones, etc.

    Las perforaciones o sondajes se realizan para conseguir mayores muestras

    de roca y calcular la extensin y formas del yacimiento mineral. Esto se hace

    utilizando tcnicas avanzadas como la perforacin diamantina, que emplea

    taladros especiales para cortar la roca, descendiendo cientos de metros y

    extrayendo muestras de mineral llamadas testigos. Un programa de

    perforacin puede costar varias veces ms que el total de dinero gastado en

    la exploracin hasta ese momento.las muestras son luego enviadas a un

    laboratorio para ser analizadas, conocer la ley de los minerales y calcular

    el valor del yacimiento.

    3.EVALUACIN PRELIMINAR DE YACIMIENTOS

    La etapa de evaluacin es el periodo durante y despus del programa de

    campo en que las muestra de informacin de medicin son revisadas

    cuidadosamente para ver si el trabajo que se ha realizado es suficientemente

    alentador como para continuar con actividades ms detalladas y programas

    ms grandes y costosos de exploracin que eventualmente llevaran al

    desarrollo de una mina.

    8Previamente el interesado deber acercarse a la Direccin de Catastro Minero del INGEMMET para

    consultar el plano catastral minero y conocer si el rea se encuentra disponible para ser concesionada y nosuperpone con un rea Natural Protegida

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    28/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    27

    El diseo preliminar y etapa de ingeniera del desarrollo de una mina se

    realiza en esta fase a travs de un estudio de pre-factibilidad, esa evaluacin

    busca verificar el potencial de un proyecto antes de invertir en l.

    c. QUINES SON LOS PRINCIPALES PARTICIPANTES DE LA EXPLORACIN

    MINERA?

    1. Prospectores

    Los prospectores son gelogos y generalmente son los

    primeros en buscar minerales en un rea nueva. Pueden

    trabajar solos o en pequeos grupos, por su cuenta o

    para una compaa de exploracin. Los prospectores

    buscan yacimientos minerales con valor econmico para

    ser explorados posteriormente.

    2. Compaas pequeas de exploracin o junior

    Son empresas organizadas para realizar exploraciones con presupuestos

    bajos, su personal est conformado mayoritariamente por gelogos. A menudoestas compaas no tienen el presupuesto ni la organizacin mnima para

    operar una mina. Tienden a enfocarse exclusivamente en la exploracin,

    buscando yacimientos minerales que puedan convertirse en minas. Por lo

    general, cuando encuentran un yacimiento que tiene potencial para ser

    explorado con un presupuesto mayor, buscan a una compaa minera

    operadora para que invierta en el proyecto y asuma la gerencia y operacin de

    este.

    3. Compaas mineras operadoras

    Son empresas que operan una o ms minas. Tiene trabajadores con

    experiencia en un amplio rango de actividades relacionadas a la minera. Estas

    compaas conducen programas de exploracin en su propia operacin

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    29/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    28

    minera buscando ms reservas de minerales que prolonguen la vida de la

    mina.

    4. Estado

    El Ministerio de Energa y Minas es el encargado de regular las actividades

    mineras del pas, ejerce esta funcin a travs del Vice Ministro de Minas y sus

    respectivas Direcciones Generales y oficinas; la Direccin General de Minera,

    la Direccin General de Asuntos Ambientales Mineros y la Oficina General de

    Gestin Social. La Direccin General de Asuntos Ambientales Mineros

    (DGAAM) es la encargada de evaluar y aprobar o desaprobar los estudios

    ambientales necesarios para las actividades de exploracin.

    El Organismo Supervisor de la Inversin de Energa y Minera

    (OSINERMIN) fiscaliza la veracidad de lo declarado en los estudios

    ambientales y su cumplimiento, y aspectos de seguridad e higiene minera.

    Tambin comprueba que los titulares mineros hayan obtenido los permisos y

    autorizaciones necesarias antes de iniciar sus actividades de exploracin y

    sanciona los incumplimientos.

    El Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) tambin tiene

    participacin en esta etapa, emitiendo opinin para proyectos de exploracin

    que se ubican en zonas cercanas a las reas Naturales Protegidas o su zona de

    amortiguamiento.

    El Instituto Geolgico y Metalrgico (INGEMMET) est a cargo de

    sistematizar la informacin georeferenciada mediante el Catastro Minero

    Nacional, as como del otorgamiento de concesiones y la administracin ydistribucin del derecho de vigencia y penalidades.

    5. Contratistas / proveedores de servicios

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    30/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    29

    Las contratistas mineras son personas o empresas que dan servicios integrales

    y especializados a la compaa titular de la actividad minera. La ley permite

    contratar a terceros para actividades de exploracin, desarrollo, explotacin y

    beneficio con el requisito que deber estar registrado en el Ministerio De

    Energa y Minas. Es necesario contar con mecanismos de coordinacin entre la

    empresa minera y los contratistas para aspectos como control de calidad,

    cumplimiento de obligaciones legales incluyendo las ambientales y laborales,

    aplicacin de cdigos de conducta corporativos y polticas sobre

    responsabilidad social entre otros.

    Tambin brindan servicios a los titulares mineros los denominados s ervices,

    para trabajos temporales, complementarios o especializados. Esto a diferencia

    de los contratistas mineros no requiere estar registrados en el Ministerio de

    Energa y Minas.

    Los principales contratistas yservices son:

    A. Compaas perforadoras

    Las compaas perforadoras generalmente trabajan como contratistas para

    las compaas de exploracin minera, proveen servicios de perforacin y

    son dueas de la maquinaria utilizada en estas actividades.

    B. Proveedores

    Proveen materiales y servicios bsicos, usualmente desde las comunidades

    ms cercanas. Pueden instalar campamentos y dar servicios de apoyo.

    C. Servicios geolgicos

    Los servicios geolgicos incluyen mapeo, estudio de la corteza terrestre y

    recoleccin de muestras de roca de la superficie. Las muestras y mapasayudan en la ubicacin de yacimientos.

    D. Servicios de transporte

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    31/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    30

    Las empresas de exploracin necesitan transportar personas, provisiones y

    equipos, para ello contratan servicios de transporte. En lugares remotos

    donde no existen caminos pueden ser necesarios servicios areos.

    E. Compaas de geofsica

    Las empresas de exploracin y operadores mineros contratan a estas

    compaas para buscar yacimientos de minera. La informacin

    proporcionada por la geofsica es una herramienta muy til para la

    exploracin y su interpretacin es realizada por profesionales

    especializados en esta materia.

    F. Proveedores de alimentos

    Tambin llamados proveedores de catering. Dan servicios de

    alimentacin y limpieza a un campamento de exploracin o a una mina.

    G. Negocios locales

    Los negocios locales proveen a las compaas de los bienes y servicios que

    necesitan para llevar a cabo sus actividades de exploracin, los ms

    usuales son alojamiento, vigilancia, agua y abarrotes, combustibles, entre

    otros.

    H. Inversionistas y financieras

    Las compaas pequeas de exploracin necesitan captar inversiones y

    financiamiento para llevar a cabo su trabajo. Este financiamiento puedevenir de distintas fuentes como la banca e internacional o inversionistas

    privados.

    1.2 ASPECTOS LEGALES

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    32/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    31

    En esta seccin se identifican los principales permisos y condiciones necesarias

    para realizar actividades de exploracin minera as como las leyes y regulaciones

    ambientales ms relevantes aplicables a esta etapa.

    A)CULES SON LAS CONDICIONES PARA LA EXPLORACIN MINERA?

    Como ya se ha mencionado, para realizar actividades de exploracin hay que

    contar primero con una concesin. Para explicar que es una concesin hay que

    sealar que nuestra Constitucin establece que los recursos naturales son

    patrimonio de la nacin y que por lo tanto es el Estado quien fija las

    condiciones para que estos recursos sean aprovechados y otorgados a los

    particulares. Su administracin se hace a travs del sistema de concesiones.

    La concesin de derechos a su titular de aprovechar el recurso natural

    concedido, bajo ciertas condiciones que establece la ley.

    B)LA CONCESIN MINERA

    En el caso de los recursos minerales, es necesario contar con una concesin

    minera para acceder a su exploracin y explotacin. La concesin minera es un

    acto administrativo por el cual el Estado autoriza a un particular o al propio

    Estado a explorar y explotar los recursos minerales que se encuentran

    ubicados en el subsuelo del rea que comprende la concesin, esto convierte al

    titular de la concesin minera en propietario de los minerales que extraiga dedicho yacimiento.

    La concesin no otorga la propiedad del terreno superficial.

    El tener una concesin obliga a trabajarla e intervenir para identificar

    yacimientos y producir minerales, pagar una suma de dinero anual por

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    33/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    32

    hectrea (derecho de vigencia) y cumplir con la legislacin ambiental vigente,

    entre otras obligaciones. Las concesiones mineras son irrevocables y por

    tiempo indefinido, siempre y cuando el titular cumpla con lo que le exige las

    leyes vigentes.

    Por qu para explorar y extraer recursos mineral debo sertitular de un derecho minero?Todos los recursos minerales ubicados en el subsuelo, en cualquier

    parte del territorio nacional, pertenecen al estado peruano, por tanto,

    el estado es quien autoriza la exploracin y extraccin de tales

    recursos, a travs de una concesin minera.

    El terreno superficial

    Subsuelo (minerales)

    Los minerales extrados pertenecen alTitular formal de la concesin minera

    Para evitar potenciales conflictossociales, el titular del derechominero debe, necesariamente,negociar y llegar a un acuerdo con el

    dueo o dueos del terrenosuperficial para realizar actividadesmineras.

    Los recursos minerales del subsuelo

    pertenecen al Estado Peruano.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    34/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    33

    C) QU NORMAS SON APLICABLES A LAS ACTIVIDADES MINERAS DEEXPLORACIN?

    A continuacin se proporciona un cuadro con las normas ms importantes que

    rigen las actividades de exploracin:

    NORMA CONTENIDO

    Texto nico ordenado (TUO) de la

    Ley General de Minera: D.S. N 014-92-EM

    Regula la actividad minera en el

    pas. Establece cuales son las actividades

    mineras y la forma de ejercerlas.

    Reglamento de Procedimientos

    Mineros D.S. N 018-92-EM:

    Seala los procedimientos a seguir

    para obtener una concesin

    minera, una concesin de beneficio

    y concesiones de labor general y de

    transporte minero.

    Establece disposiciones y

    La concesin minera, le otorga el derecho a explotar y explorar los recursos mineros que

    se encuentren en el subsuelo del rea que comprende la concesin, lo que le convierte enpropietario de los minerales que logre extraer.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    35/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    34

    Reglamento ambiental para las

    actividades de exploracin minera

    D.S.N020-2008-EM:

    procedimientos de proteccin

    ambiental para las actividades de

    exploracin.

    Establece la responsabilidad de

    titular de la actividad minera por las

    emisiones, vertimientos y

    disposicin de desechos al ambiente

    que se produzcan como resultado

    de las actividades de exploracin

    minera.

    Establece categoras de exploracin

    en funcin a impactos y al rea de

    terreno disturbada, as como los

    requisitos legales exigidos en cada

    categora.

    Trminos de referencia comunes

    para las actividades de exploracin

    categoras y II Resolucin

    Ministerial N 167-2008 MEM/DM

    Establece contenidos y pautas aseguir en la presentacin de la

    declaracin de Impacto Ambiental

    semi detallados necesarios para

    realizar actividades de exploracin

    categoras I y II respectivamente.

    Establece normas para la apertura

    de trincheras y calicatas.

    Establece la participacin de la

    ciudadana en los procesos

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    36/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    35

    Reglamento de consulta y

    participacin ciudadana en el

    procedimiento de aprobacin de los

    estudios ambientales en el sector

    energa y minas. Resolucin

    ministerial N596-2002-EM/DM

    informativos, dialogo y de evaluacin

    de los instrumentos de gestin

    ambiental requeridos para

    desarrollar actividades mineras;

    estudios del impacto Ambiental

    (EIA), estudios de impacto ambiental

    semi - detallado, estudios del impacto

    ambiental preliminar y evaluaciones

    ambientales.

    Establece el compromiso previo

    como requisito para el desarrollo de

    actividades mineras. D.S.N 042-

    2003-EM.

    Incorpora como requisito para la

    formulacin de petitorios de

    concesin minera y de concesin de

    beneficio, la presentacin de una

    declaracin jurada de compromiso

    previo por parte del peticionario ydel titular de la actividad minera

    mediante la cual se compromete a:

    1. Realizar sus actividades

    productivas en el marco de

    una poltica de excelencia

    ambiental.

    2. Actuar con respeto frente a

    instituciones, autoridades,

    cultura y costumbre locales.

    3. Mantener un dialogo continuo

    con las autoridades regionales

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    37/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    36

    y locales, la poblacin del rea

    de influencia de la operacin

    minera y sus representantes,

    informndolos sobre sus

    actividades mineras

    4. Fomentar preferentemente el

    empleo local, brindando las

    oportunidades de capacitacin

    requeridas, entre otros.

    Gua ambiental para las actividades

    de exploracin de yacimientos

    minerales en el Per del Ministerio

    de Energa y Minas.

    Provee lineamientos para realizar

    actividades de exploracin de

    manera responsable y para la

    rehabilitacin exitosa de las reas

    utilizadas durante las actividades deexploracin.

    Ley N 28964

    Transfiere competencias de

    fiscalizacin y supervisin de las

    actividades mineras OSINERMING

    organismo supervisor de la

    inversin de energa.

    Reglamento de supervisin de las

    Establece los principios, criterios,

    modalidades, sistemas y

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    38/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    37

    actividades Energticas y Minera.

    Resolucin de Consejo Directivo de

    OSINERMIN N 324-2007-OS/CD

    procedimientos para la supervisin

    de las actividades energticas y

    mineras por OSINERMING

    Organismo Supervisor de la

    Inversin en Energa y Minera.

    D) CMO SE CLASIFICAN LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIN?

    El Reglamento Ambiental para actividades de exploracin las clasifica en doscategoras segn la intensidad de las actividades y el rea afectada:

    CATEGORA ACTIVIDADES REA AUTORIZACIN

    CATEGORA I

    Hasta 20plataformas de

    perforacin.

    Construccin de

    tneles de hasta

    50 metros de

    longitud.

    Hasta 10hectreas

    Declaracin de impactoambiental (DIA)

    CATEGORA II

    Ms de 20

    plataformas de

    perforacin.

    Construccin de

    Mayos a 10

    hectreas

    Estudio de impacto

    ambiental semi

    detallado (EIAsd)

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    39/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    38

    tneles con ms

    de 50 metros de

    longitud.

    E) QU REQUISITOS Y PERMISOS SON NECESARIOS?

    Luego de obtener la concesin minera y antes de iniciar las actividades de

    exploracin es necesario contar con los estudios ambientales y con una serie de

    permisos y autorizaciones.

    A continuacin se proporciona un listado de algunos de los principales requisitos ypermisos:

    1. Permiso para usar el terreno superficial

    La concesin minera no otorga la propiedad del terreno superficial donde se

    encuentra, por esto quien vaya a realizar actividades de exploracin debe

    contar primero con la autorizacin del propietario del terreno.

    2. Declaracin de impacto ambiental

    Para las actividades de exploracin clasificadas como categora I, se debe

    presentar una Declaracin de Impacto Ambiental (DIA), donde se incluya la

    informacin que establecen los trminos de referencia comunes: una

    descripcin detallada del rea del proyecto en sus aspectos fsicos, biolgicos y

    socioeconmicos, una descripcin de las actividades a realizar, la identificacinde los posibles impactos y el correspondiente plan de manejo ambiental, as

    como las medidas de cierre y post cierre. Si la DIA cumple con todos los

    requisitos establecidos en la ley y los trminos de referencia comunes, se

    aprobara automticamente.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    40/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    39

    3. Estudio de impacto ambiental semi detallado

    Para actividades de exploracin clasificadas como categora II, se requiere

    presentar un estudio de impacto ambiental semi detallado (EIAsd) donde se

    incluya la informacin que establecen los trminos de referencia comunes: una

    descripcin de las actividades de participacin ciudadana, del rea del

    proyecto en sus aspectos fsicos, biolgicos y socioeconmicos, de las

    actividades a realizar, la identificacin de los posibles impactos y el

    correspondiente plan de manejo ambiental, as como las medidas de cierre y

    post cierre. La autoridad del Ministerio de Energa y Minas, evaluara la

    informacin presentada por el titular minero as como las observaciones

    recibidas durante el proceso de participacin ciudadana para aprobar o no el

    EIAsd.

    4. Opinin favorable del INRENA

    Necesaria para actividades de exploracin ubicadas cerca o en zonas de

    amortiguamiento de una rea Natural Protegida.

    5. Autorizacin de uso de aguaSi se va a emplear agua de ros, lagunas y otros cuerpos de agua superficiales

    para las actividades de exploracin, se debe contar con el permiso

    correspondiente. Lo concede la Administracin Tcnica de Distrito de Riego

    (ATDR) Autoridad Local del Agua, del lugar donde se va a realizar la

    exploracin.

    6. Autorizaciones para almacenamiento y transporte de hidrocarburos.

    Las otorga la Direccin General de Hidrocarburos, el Organismo Superior de la

    Inversin en Energa y Minera (OSINERMIN) y Direccin Regional

    correspondiente (DREM).

    1.3 IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    41/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    40

    Los impactos se definen como los afectos que la accin del hombre o de las

    naturales causa en el ambiente natural y social. Pueden ser positivos o negativos.

    Esta seccin identifica posibles impactos ambientales y sociales durante la etapa de

    exploracin minera. Incluye ideas para monitorear y reducir los impactos negativos

    (mitigacin).

    a) CULES SON LOS IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES?

    Los efectos sobre el ambiente que las actividades de exploracin pueden

    causar en funcin a distintos factores. La ley seala que quien realiza la

    exploracin es responsable por las emisiones, vertimientos y disposicin de

    residuos al ambiente, as como por los impactos negativos o degradacin delambiente que sus actividades de exploracin pudieran causar. Usualmente en

    la exploracin inicial o superficial (cateo y prospeccin) los impactos tienden a

    ser leves o inexistentes. Cuando se desarrollan actividades de exploracin ms

    detallada que si generan impactos en el ambiente, hay que ejecutar acciones de

    previsin y control.

    Estas acciones se encuentran desarrollados en los planes de manejo ambiental

    (contenidos el la DIM o EIA sd) all tambin se establecen las medidas de cierre

    de progresivo, cierre final y post cierre que correspondan. Los titulares

    mineros tienen la obligacin de rehabilitar cualquier efecto daino al ambiente.

    Estos deben de ser rehabilitados usando las mejores prcticas disponibles, del

    mismo modo, las reas afectadas deben recuperarse inmediatamente despus

    de terminado su uso, incluyendo los caminos de acceso, tneles construidos,

    etc. Sin embargo, si la poblacin tiene inters en mantener alguna instalacin o

    infraestructura pueden exceptuarse del plan de cierre y de las acciones y deacciones de recuperacin, siempre y cuando sea solicitando a la autoridad y los

    beneficiarios asuman la responsabilidad ambiental sobre estas facilidades.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    42/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    41

    La siguiente tabla muestra los impactos ambientales potenciales en la etapa de

    exploracin y las correspondientes medidas de mitigacin destinadas a

    controlarlos o minimizarlos.

    Impactos ambientales potenciales en la etapa de exploracin

    TIPO ACTIVIDAD/IMPACTOS MITIGACIN

    Uso de

    terrenos/

    movimiento detierras

    Construccin de

    campamentos, caminos,

    plataformas y programasde perforacin.

    Rehabilitacin de terrenos a su

    relieve original: relleno,

    nivelacin.

    Programas de revegetacin.

    Calidad y

    cantidad del

    agua

    Lodos de perforacin y

    aguas residuales

    Incremento de solidos

    totales en suspensin por

    erosin.

    Reducir impactos a travs de un

    buen planeamiento de actividades

    de perforacin para prevenir la

    contaminacin de aguas o cambios

    en la calidad.

    Nivelacin de suelos adecuada

    para prevenir erosin.

    Calidad del

    suelo

    Residuos slidos /

    residuos domsticos.

    Aguas servidas derrames

    de hidrocarburos

    Construccin de silo, relleno

    sanitario.

    Revestimiento con geo

    membrana.

    Planeamiento adecuado para

    el almacenamiento, trasporte y

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    43/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    42

    disposicin final de aceites

    usados y residuos peligrosos.

    b) CULES SON LOS IMPACTOS SOCIALES POTENCIALES?

    Los impactos sociales en la etapa de exploracin no suelen ser significativos,

    sin embargo, en aos recientes se han generado en nuestro pas conflictos

    entre poblaciones locales y compaas de exploracin. Algunas comunidades se

    han opuesto al desarrollo de actividades extractivas por considerarlas

    contrarias a sus intereses y potencialmente contaminadoras.Aunque la situacin es compleja, existen caminos para prevenir y solucionar

    estos conflictos y permitir el desarrollo de la minera con las poblaciones

    locales. El dialogo temprano y permanente entre Estado, empresas y

    poblaciones locales, ayudara a una adecuada planificacin para minimizar los

    impactos negativos y minimizar los posibles beneficios. Conocer todo esto

    permitir a las comunidades entender y anticipar los efectos de la exploracin.

    El siguiente cuadro muestra los posibles impactos sociales durante la etapa deexploracin.

    TIPO IMPACTOS POSITIVOS Y

    NEGATIVOS

    ACCIN DE GESTIN Y

    MITIGACIN

    Uso de tierras.

    Se puede requerir

    uso de tierras para

    construir

    La poblacin puede recibir

    ingresos por concepto de

    alquiler de tierras. Sin

    embargo, los usuarios pueden

    Asegurar que en los

    acuerdo para el uso de

    las tierras se incluyan

    todos los impactos

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    44/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    43

    plataformas de

    perforacin, caminos

    de acceso, almacenes

    y campamentos.

    perder acceso a actividades

    agrcolas, pastos y otras

    actividades econmicas

    durante la etapa de

    exploracin y potencialmente

    despus de las actividades de

    rehabilitacin no devuelven

    adecuadamente la

    productividad a las tierras.

    potenciales, para

    garantizar que los

    beneficios (dinero

    recibido por el alquiler)

    sean mayores que los

    potenciales impactos

    negativos.

    Compras locales.

    Inclusos los

    proyectos de

    exploracin

    pequeos y sencillos

    pueden requerir una

    variedad de

    productos y serviciosque pueden ser

    encontrados

    localmente.

    Algunas poblaciones locales

    pueden obtener beneficios,

    abastecimiento a un proyecto

    de exploracin con algn tipo

    de servicio. Sin embargo, hay

    que cuidar que no se perciba

    favoritismo hacia algunos

    miembros o grupos de la

    poblacin en particular.

    Asegurar que la

    compaa defina

    claramente qu tipo de

    bienes y servicios sern

    requeridos, para evitar

    malos entendidos con la

    poblacin, y que tambin

    se establezcan

    procedimientos claros y

    transparentes para

    adquirir o contratar

    estos bienes y servicios.

    Empleo.

    Con el avance de las

    actividades de

    exploracin

    aumentan las

    Una parte de la poblacin local

    tendr oportunidad de recibir

    ingresos adicionales. Sin

    embargo, el empleo solo

    beneficia a un pequeo grupo

    de la poblacin y puede crear

    Asegurar que la

    compaa implemente

    procedimientos de

    contratacin, claros y

    transparentes, y en la

    medida de lo posible

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    45/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    44

    oportunidades de

    contratar

    trabajadores locales.

    tencin dentro y entre las

    familias.

    haga esfuerzos para

    contratar un mayor

    nmero de trabajadores

    a travs de sistemas de

    rotacin.

    Conducta de los

    trabajadores.

    La llegada de

    personas ajenas a la

    comunidad y elincremento de los

    ingresos de la

    poblacin local,

    pueden crear

    cambios en las

    costumbre locales.

    Aunque las actividades de

    exploracin pueden crear la

    oportunidad de que la

    poblacin local conozca

    nuevas ideas, tecnologas y

    estndares, tambin pueden

    traer problemas sociales y

    culturales.

    Asegurar que la

    compaa conozca los

    riesgos ligados a una

    mala conducta de sus

    trabajadores e

    implemente controles

    adecuados, incluyendo

    un cdigo de conducta

    para los trabajadores y

    sanciones por su

    incumplimiento.

    Inversin social La inversin social puede

    significar para la poblacin

    local oportunidades de

    desarrollo que normalmente

    no estaran a su alcance sin

    ayuda externa. Sin embargo, es

    necesario asegurar que este

    tipo de apoyo cree beneficios

    colectivos y no dependencia

    hacia el proyecto o fricciones

    entre grupos locales.

    Asegurar que las

    decisiones respecto a

    potenciales inversiones

    sociales sean tomadas

    con la participacin de

    todos los grupos

    involucrados, en la

    evaluacin y priorizacin

    de alternativas buscando

    que la ayuda sea

    sostenible es decir que

    no dependa del proyecto

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    46/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    45

    para su funcionamiento.

    Comunicacin y

    consulta.

    El libre flujo de informacin

    veraz y oportuna respecto alos potenciales impactos

    relacionados a la exploracin,

    pueden ayudar a maximizar

    beneficios y minimizar

    impactos negativos. Por el

    contrario la falta de

    informacin puede crear

    confusin o favorecer a grupos

    reducidos a expensas de otros.

    Asegurar canales

    adecuados decomunicacin para que

    todos tengan

    oportunidad de acceder

    a informacin sobre el

    proyecto, y que las

    decisiones sean tomadas

    con la participacin de

    toda o la mayor parte de

    la poblacin afectada.

    Igualmente, asegurar

    que se establezcan

    mecanismos para

    resolver potenciales

    conflictos entre lapoblacin y la compaa.

    1.4PARTICIPACIN DE LA POBLACIN LOCAL

    1.5

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    47/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    46

    Cmo Pueden Participar la Poblacin Local Durante la Etapa de Exploracin Minera?Como hemos explicado anteriormente,

    los proyectos de exploracin varan enalcance. Algunos consisten simplemente

    en recolectar muestras de roca, mientras

    otros incluyen establecer un

    campamento, y construir una o ms

    plataformas de perforacin, otros

    proyectos involucran clavar trincheras o

    un mapeo detallado. Sin embargo, cualquiera que sea el alcance del proyecto, es

    importante que la poblacin local involucrada tenga un dialogo abierto con la empresa

    responsables desde el inicio de sus actividades de exploracin.

    El Estado promueve el dialogo entre el titular minero y los pobladores locales. As el

    D.S. N 042-2003-EM indica que para solicitar una concesin minera y junto con el

    petitorio, la compaa debe adjuntar una declaracin jurada donde se compromete

    entre otras actividades, a mantener un dilogo continuo con la poblacin local y sus

    representantes, informndolos sobre sus actividades mineras.

    Para las actividades de exploracin clasificadas como categora II, la comunidad tiene

    la oportunidad de participar antes del inicio del proyecto a travs de la Consulta

    Previa y las observaciones o comentarios al Estudio de Impacto Ambiental semi

    detallado, que podr darse durante la Audiencia Pblica o en los treinta das

    posteriores a su realizacin.

    Los prospectores y las empresas de exploracin saben que las conversaciones

    iniciales con los pobladores son positivas para todos. un acercamiento desde el inicio

    de actividades permite a la poblacin local y a la compaa aprender. La compaa

    puede explicar en qu consiste el proyecto, donde se ubica, y quien estar haciendo el

    trabajo. Los miembros de la comunidad pueden hacer preguntas o expresar

    preocupaciones, adems con su detallado conocimiento acerca del terreno, los

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    48/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    47

    pobladores pueden recomendar buenos lugares para instalar un campamento y

    sealar que otros se deben evitar, como lugares de inters cultural o zonas donde hay

    restos arqueolgicos

    Adems cuando se establece contacto desde el inicio, la comunidad puede conocer

    ms cerca de las necesidades de la compaa, quizs esta pueda necesitar un

    proveedor de comida o trabajadores que los puedan ayudar con las actividades de

    exploracin. Conocer estas necesidades ayudar a la comunidad a identificar y

    responder a potencialidades oportunidades econmicas, de empleo y de negocios,

    tambin ayuda a identificar las necesidades de capacitacin.

    Estos contactos inciales pueden servir para alertar a las comunidades sobre los retosy oportunidades que se presentaran en el futuro y son la ocasin para hacer

    preguntas, tales como.

    Queremos involucrarnos en negocios relacionados con la minera? Cules son las oportunidades de empleo o negocios vinculados? Cules son los impactos negativos potenciales y como deben ser

    minimizados?Contar con las respuestas a estas preguntas ayudara a la comunidad a prepararse en

    caso que un proyecto de exploracin lleve a una inversin mayor.

    Finalmente, es importante sostener reuniones de seguimiento luego que el trabajo de

    campo termino y se pasa a la etapa de anlisis de los resultados (lo que puede tomar

    varios meses), para dar a conocer a la comunidad las prximas acciones de la empresa

    minera y si se desarrollar o no la mina.

    2.- DESARROLLO DE MINAS

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    49/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    48

    2.1.- APECTOS GENERALES

    Esta seccin explica la etapa de desarrollo o

    construccin de una mina, identifica lasprincipales actividades y participantes y

    enumera las oportunidades de la poblacin

    local para involucrarse durante esta fase del

    ciclo minero.

    A) QU ES EL DESARROLLO DE MINAS?

    El desarrollo de una mina es la segunda etapa del ciclo minero, una vez

    ubicando el yacimiento, se determina si puede ser explotado

    beneficiosamente y si es as, se construye una mina.

    En esta etapa se llevan a cabo todas las actividades que hacen posible la

    explotacin de mineral contenido en un yacimiento. Partes importantes de

    esta fase son la realizacin del estudio impacto ambiental y la obtencin de

    permisos.

    Las principales actividades del desarrollo de minas incluyen: Desarrollar el plan e infraestructurade mina.

    Evaluar los impactos financieros, socio econmicos y ambientales

    Obtener permisos y licencias.

    Llevar a cabo la evaluacin del proyecto y tomar una decisin de

    produccin. Construir la mina y sus instalaciones listas para iniciar las

    operaciones.

    Plazos

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    50/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    49

    El desarrollo de una mina puede tomar entre 3 y 10 aos, dependiendo de

    su ubicacin, tamao y complejidad (incluyendo necesidad y disponibilidad

    de infraestructura), los precios internacionales de los minerales y de las

    normas y procesos que determinan la ley.

    Costos

    El costo de desarrollar una mina depende de:

    El tipo de mina (tajo abierto o subterrnea)

    El tamao de la mina (cuanto ms grande el yacimiento, mas alto

    costo)

    El trabajo y tiempo requeridos para recolectar informacin,

    completar los estudios ambientales y a tramitacin de permisos

    La ubicacin de la mina.

    B) CULES SON LAS ACTIVIDADES DEL DESARROLLO DE MINAS?

    Si la exploracin tiene resultados positivos, se pasa a la evaluacin del

    yacimiento y planeamiento de la mina. Durante esta etapa, la compaa

    minera determina con precisin si el yacimiento mineral vale la pena (es

    viable) y si una mina puede ser desarrollada. Es en esta etapa tambin que

    la compaa minera prepara el diseo de la mina. Una vez terminado la

    evaluacin y el planeamiento y cuando se haya tomado una decisin acerca

    de la construccin de la mina pueden empezar a construirla.

    Entre las actividades ms importantes de esta etapa estn la realizacin del

    estudio de Impacto Ambiental y la obtencin de permisos.

    1. Estudio de Impacto Ambiental

    Todas las empresas antes de iniciar la etapa de explotacin estn obligadas a

    presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    51/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    50

    El EIA es la evaluacin ambiental

    especfica para un proyecto, donde se

    identifican y evalan sus posibles

    efectos directos e indirectos sobre la

    poblacin, la fauna, la flora, el suelo,

    el aire, el agua y el paisaje, entre otros

    aspectos.

    El objetivo del EIA es prevenir o reducir cualquier efecto negativo en el

    ambiente. Forma parte tambin de este documento el estudio de impacto

    social, analiza las posibles consecuencias que el desarrollo minero tendra

    sobre las personas y ms especficamente sobre la poblacin cercana a la

    mina, evaluando como el proyecto podra alterar su forma y medios de vida,

    sus relaciones y cultura.

    El EIA es preparado por una empresa consultora registrada en el Ministerio

    de Energa y Minas. El documento ser evaluado por la autoridad tomando en

    cuenta la opinin de la poblacin y las observaciones de otras autoridades

    como es el caso del INRENA, organismo que tiene la posibilidad de emitiropinin tcnica.

    Finalmente, la autoridad aprueba o desaprueba el EIA segn lo que se

    concluya de la evaluacin realizada y de los aportes de terceros.

    Para poder iniciar la etapa de explotacin de una mina, sino tienen un

    documento que contiene obligaciones para la compaa minera a cargo del

    proyecto.

    Estas obligaciones o compromisos especficos a cada proyecto,

    complementan lo exigido por las leyes ambientales y son tambin el objeto de

    fiscalizacin.

  • 7/27/2019 MANUAL DE DERECHO MINERO.pdf

    52/235

    MANUAL BASICO DE DERECHO MINERO

    JUAN CAZASOLA CCAMA

    51

    2. Permisos

    Para iniciar las actividades de desarrollo de una mina y conforme estas

    actividades aumentan o se intensifican, se requiere de diversos permisos.

    En la seccin Aspectos Legales se detallan las principales autorizaciones y

    permisos necesarios en esta etapa

    3. Plan de cierre de minas

    Un paso importante en el planteamient