Manual de Contabilidad Para Las Empresas Del Sistema Financiero
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“año de la integración Nacionaly El Reconocimiento de Nuestra Diversidad”
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ
CÁTEDRA:Contabilidad de empresas financieras y seguros
CATEDRÁTICO :
Mg. Pedro d. lozano núñezALUMNO:
TAIPE TUNQUE, JOHN ABEL
SEMESTRE :
III
CIUDAD UNIVERSITARIA TELF. 248152 ANEXOS: 127-128EL TAMBO - HUANCAYO
Disposiciones generales
objetivos
Uniformar el registro contable
Obtener estados financieros q reflejen la situación financiera
Permitir que la información financiera constituya un instrumento útil para el análisis y el autocontrol
Contar con una base de datos homogénea
Disposiciones generales
alcances
• Serán aplicados a todas las empresas autorizadas a operar 1
• Las cuentas contenidas en el manual no implican de por sí autorización para realizar las operaciones relacionadas con tales cuentas2
• Las empresas podrán abrir nuevas cuentas analíticas sin la autorización previa de la Superintendencia3
Disposiciones generalesNormas contables generales
Los estados fi nancieros se deberán elaborar y exponer de acuerdo con el presente Manual y otras disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
PREPARACIÓN DE ESTADOS
FINANCIEROS
Los saldos de las cuentas del acti vo, del pasivo y de resultados, sean éstos deudores o acreedores, se expondrán separadamente sin compensar.
COMPENSACIÓN DE SALDOS
Para la asignación de los ingresos y gastos se aplicara el principio de devengado.
RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y
GASTOS
El reconocimiento contable de los resultados provenientes de las operaciones se efectúe por lo menos cada fi n de mes.
AJUSTES MENSUALES
Estos ingresos serán reconocidos en las cuentas de orden o de control desde la fecha que entren en tal s i tuación.
INGRESOS DEVENGADOS NO COBRADOS
Los saldos en moneda nacional o extranjera con reajuste de valor se valuaran en moneda nacional apl icando, según corresponda, el ti po de cambio establecido por la Superintendencia.
VALUACIÓN DEL ACTIVO, PASIVO, CONTINGENTES Y CUENTAS DE ORDEN NO EXPRESADOS EN MONEDA NACIONAL
los acti vos y pasivos se discriminaran en moneda nacional , moneda extranjera y moneda nacional con reajuste, según se haya pactado la transacción.
IMPUTACIÓN POR MONEDA
Los costos vinculados con ingresos específi cos deben ser imputados al periodo en que estos son reconocidos.Los costos no vinculados con ingresos determinados, pero s i con periodos establecidos , deben ser imputados con estos. Los restantes costos deberán ser cargados a los periodos en que son conocidos.
ASIGNACIÓN DE COSTOS
Para el registro contable de la operaciones deberá prevalecer la esencia económica, respecto de la forma jurídica con que las mismas se pacten, conforme a los previsto en la norma internacional de contabi l idad.
PREVALENCIA DE LA SUSTANCIA ECONÓMICA
SOBRE LA FORMA JURÍDICA.
C u a n d o l a e m p r e s a m a n t e n g a v a l o r e s a d q u i r i d o s c o n e l fi n d e p a r ti c i p a r p a t r i m o n i a l m e n t e y d e t e n e r c o n t r o l c o n f o r m e a l a N I C 2 7 y / o p o s e e r i n fl u e n c i a s i g n i fi c a ti v a e n o t r a s e n ti d a d e s t o m a n d o e n c o n s i d e r a c i ó n l a N I C 2 8 , s e c o n t a b i l i z a r a d i c h a s i n v e r s i o n e s a p l i c a n d o e l m é t o d o d e p a r ti c i p a c i ó n p a t r i m o n i a l . C u a n d o l a e m p r e s a m a n t e n g a v a l o r e s c o n fi n e s d i f e r e n t e s a l a s e ñ a l a d a e n e l l i t e r a a n t e r i o r, c o n t a b i l i z a r a d i c h a s i n v e r s i o n e s d e a c u e r d o a l t r a t a m i e n t o e s t a b l e c i d o p a r a l a s i n v e r s i o n e s a v a l o r r a z o n a b l e c o n c a m b i o s e n r e s u l t a d o s o d i s p o n i b l e p a r a l a v e n t a , s e g ú n c o r r e s p o n d a .
INVERSIONES EN INSTRUMENTOS
REPRESENTATIVOS DE CAPITAL
las empresas deberán establecer procedimientos para el iminar las cuentas pendientes de imputación, y las que no puedan ser imputadas deberán contabi l izarse transitoriamente en las cuentas respecti vas .
PARTIDAS PENDIENTES DE IMPUTACIÓN
Las empresas del s istema fi nanciero están obl igadas a l levar todos los l ibros de contabi l idad, administrati vos y los que determine la Superintendencia.
REGISTRO Y ARCHIVO DE DOCUMENTACIÓN
CONTABLE
Disposiciones generales
Sistema de codificación y denominación
Esta establecida por las clases, rubros, cuentas, sub cuentas, y cuentas analíticas.
Clase• 1° dígito
Rubro • 2 primeros dígitos
Cuenta• 4 primeros dígitos
Sub cuenta
• 6 primeros dígitos
Cuenta analítica
• 8 primeros dígitosSub
cuenta analítica
• 10 primeros dígitos
Disposiciones generales
Presentación de los estados financieros a la superintendencia de banca y seguros
Los estados financieros básicos
Firmados por el Contador General, Gerente General y 2
directores
las firmas declararan que la información es
verídica
Presentaran mensualmente su
balance general y su estado de ganancias y
perdidas
Los estados financieros correspondientes a 31 de marzo junio y septiembre
serán aprobadas por el directorio, mientras que el de diciembre será por la asamblea general de
accionistas
Disposiciones generales
Publicación de estados financieros
Las empresas deberán publicar de manera conjunta los estados financieros incluido las notas y los anexos
La presentación será de la forma A o B respectivamente establecidas en el capitulo II
Los estados financieros distintos a los anuales se efectuaran dentro de los 7 días hábiles
La presentación de los estados financieros anuales se efectuaran dentro de los 7 días hábiles luego de la junta general de accionistas
Disposiciones generales
Información complementaria
Las empresas deberán preparar información complementaria a los estados financieros básicos con referencia a los diferentes rubros y cuentas, en los formularios, plazos, periodicidad y de acuerdo al detalle que, mediante anexos y reportes, determine la Superintendencia.
Disposiciones generales
Cierre del ejercicio económico
Las empresas deberán cerrar su gestión económica-contable al 31 de diciembre de cada año, salvo que la Superintendencia, en algún caso específico, determine tratamiento alternativo diferente.
Disposiciones generalesAprobación de los estados financieros
Directorio
Deberán ser remitidos a los accionistas para
su aprobación y publicación
La memoria deberá contener los estados financieros de cierre
del ejercicio
La memoria debe exponer claramente la situación económica y
financiera
La memoria debe estar a disposición de los
accionistas
La memoria anual será remitida a la
superintendencia dentro de los 30 días
posteriores a su aprobación