Mandato General Con Clausula Especial Vender

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NUMERO Ochenta y ocho (88 ). En la ciudad de Guatemala, el doce de Junio del año dos mil uno. ANTE MÍ: CARLOS ANTONIO PINEDA ROSALES Notario, Comparecen: por una parte el señor Joel Alejandro Cardona Veliz , de cuarenta y tres años de edad, soltero, comerciante, guatemalteco y de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad con número de orden A guión Uno (A-1) y de Registro número Cincuenta mil, setecientos cincuenta y ocho (50758 ), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala del departamento de Guatemala y por la otra parte el señor Mario Rodolfo Martínez Zoc , de treinta y tres años de edad, soltero, guatemalteco, estudiante de este domicilio y vecindad, quien se identifica con la cédula de vecindad con número orden A guión Uno (A-1) y de registro número Sesenta y tres mil doscientos treinta y cinco (63230 ), extendida por el Alcalde Municipal de Mixco del departamento de Guatemala. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, ser de las generales consignadas y que por el presente instrumento celebran MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIÓN CON CLÁUSULA ESPECIAL PARA VENDER, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Expresa el señor Mario Rodolfo Martínez Zoc , que por este acto otorga MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIÓN a favor del señor Joel Alejandro Cardona Veliz , para que en su nombre, pueda ejercitar las siguientes diligencias: a) Pagar prestaciones laborales, B) Administrar totalmente

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NUMERO Ochenta y ocho (88). En la ciudad de Guatemala, el doce de Junio del ao dos mil uno. ANTE M: CARLOS ANTONIO PINEDA ROSALES Notario, Comparecen: por una parte el seor Joel Alejandro Cardona Veliz, de cuarenta y tres aos de edad, soltero, comerciante, guatemalteco y de este domicilio, quien se identifica con la cdula de vecindad con nmero de orden A guin Uno (A-1) y de Registro nmero Cincuenta mil, setecientos cincuenta y ocho (50758), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala del departamento de Guatemala y por la otra parte el seor Mario Rodolfo Martnez Zoc, de treinta y tres aos de edad, soltero, guatemalteco, estudiante de este domicilio y vecindad, quien se identifica con la cdula de vecindad con nmero orden A guin Uno (A-1) y de registro nmero Sesenta y tres mil doscientos treinta y cinco (63230), extendida por el Alcalde Municipal de Mixco del departamento de Guatemala. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, ser de las generales consignadas y que por el presente instrumento celebran MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIN CON CLUSULA ESPECIAL PARA VENDER, de conformidad con las siguientes clusulas: PRIMERA: Expresa el seor Mario Rodolfo Martnez Zoc, que por este acto otorga MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIN a favor del seor Joel Alejandro Cardona Veliz, para que en su nombre, pueda ejercitar las siguientes diligencias: a) Pagar prestaciones laborales, B) Administrar totalmente sus negocios, c) Contratar y despedir empleados, d) recibir Mercanca y mercaderias, as como hacer pagos para amortizar obligaciones del mandato, as como todas aquellas situaciones relacionadas con los intereses del mandante. SEGUNDA: Sigue declarando el seor Mario Rodolfo Martnez Zoc,, mandante, que confiere clusula especial a su mandatario para que pueda vender la finca de su propiedad inscrita en el registro General de la propiedad de la zona central como finca urbana al nmero Trece mil seiscientos ochenta y nueve (13689), folio ciento treinta y uno (131) del libro Doscientos ochenta y dos de Guatemala, consistente en un terreno situado en la 3. calle 4-24 de la zona 10 de esta ciudad, con las medidas y colindancias que le aparecen inscritas en el registro de la Propiedad, pudiendo entablar negociaciones con todas las personas interesada y facultndolo para la contratacin y otorgamiento de Escritura publica, no inferior a Ciento setenta y ocho mil QUETZALES, (Q.178,000.00), CUARTA: Manifiesta el seor Joel Alejandro Cardona Vliz, mandatario, que en los trminos relacionados, expresamente acepta el mandato que a su favor se otorga por el presente instrumento prometiendo cumplirlo a cabalidad, con honradez y fidelidad, y de forma gratuita. QUINTA: Ambos otorgantes declaran que aceptan todas y cada una de las clusulas de este instrumento. DOY FE: a) De todo lo expuesto, b) De haber tenido a la vista las cedulas relacionadas, as como el primer testimonio de la escritura pblica nmero 636 de fecha once de octubre del ao 1998 autorizada por la notaria Alma Jeannette Carranza Lpez , con la cual comprueba el Mandante su derecho de propiedad sobre el bien inmueble relacionado. c) de que le ntegramente el presente instrumento a los otorgantes, quienes bien enterados de su contenido, objeto, validez, y dems efectos legales, lo ratifican, aceptan y firman.