Los Derechos Humanos Frente a La Violencia Institucional
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8/19/2019 Los Derechos Humanos Frente a La Violencia Institucional
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LOS DERECHOS HUMANOS FRENTE A LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL
¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO DECIMOS
“VIOLENCIA INSTITUCIONAL”?
Cuando pensamos en la violencia que ejercen las instituciones nos representamos un amplio
conjunto de situaciones que, ejercidas desde instituciones públicas, tienen como
consecuencia la vulneración de derechos de las personas. Sin embargo, cuando hablamos de
“violencia institucional” damos cuenta de un fenómeno más restringido, que abarca desde
la detención “por averiguación de antecedentes” hasta las formas etremas de violencia
como el asesinato !el llamado “gatillo fácil”" # la tortura f$sica # psicológica.
%l hablar de violencia institucional nos referimos a situaciones concretas que involucran
necesariamente tres componentes& prácticas espec$ficas !asesinato, aislamiento, tortura,
etc.", funcionarios públicos !que llevan adelante o prestan aquiescencia" # contetos de
restricción de autonom$a # libertad !situaciones de detención, de internación, de
instrucción, etc.".
%s$ llegamos a una primera definición que sirve para delimitar aquellas formas más graves
que puede adoptar el accionar de los funcionarios públicos& se trata de prácticas
estructurales de violación de derechos por parte de funcionarios pertenecientes a fuer'as de
seguridad, fuer'as armadas, servicios penitenciarios # efectores de salud en contetos de
restricción de autonom$a #(o libertad !detención, encierro, custodia, guarda, internación,
etc.".
%l intentar puntuali'ar de qu) hablamos al decir “violencia institucional” debemos
enfrentarnos al problema de delimitar estas prácticas& no es lo mismo hablar de un asesinato
que de un maltrato verbal. *s por ello que es importante # complejo establecer el alcance de
las prácticas consideradas como “violencia”, en tanto se trata de un t)rmino polis)mico #
ambiguo que da cuenta de “acciones tanto individuales como colectivas, organi'adas como
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espontáneas, rituali'adas o rutini'adas, legales o ilegales, intencionales o no
intencionales”+.
Contrariamente a lo que puede surgir como primer intento de abordar estas situaciones, este
tipo de prácticas no pueden ser pensadas como transgresiones individuales que pueden
aparecer pero sólo en casos marginales sino que debemos pensarlas como prácticas que de
forma sistemática están presentes en el accionar público. %ún cuando el origen # la
genealog$a de estas prácticas resultan complejos de establecer, indudablemente la impronta
del accionar represivo de la dictadura c$vicomilitar no puede dejar de tenerse en cuenta.
-roponernos el objetivo de abordar estas formas de violencia nos lleva a referirnos al
momento en que la comunidad internacional estableció un claro l$mite al accionar de los
*stados. *l + de diciembre de +/01, en estrecha vinculación con el desarrollo de procesos
pol$ticos # sociales que acarrearon actos aberrantes # violatorios de la dignidad humana, los
*stados reunidos en el marco de las 2aciones 3nidas encontraron una formulación jur$dica
consensuada para el documento que conocemos como 4eclaración 3niversal de los
4erechos 5umanos. *ste instrumento sentó las bases para la creación de un sistema
internacional que estableció los principios básicos de protección # garant$a tales derechos.
*n su art$culo +6, la 4eclaración establece que “todos los seres humanos nacen libres e
iguales en dignidad # derechos #, dotados como están de ra'ón # conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
-or primera ve' en la historia, la 4eclaración 3niversal de los 4erechos 5umanos
estableció, más allá de las particularidades nacionales, “una concepción común de estos
derechos # libertades” a fin de asegurar a todas las personas el respeto # garant$a para el
ejercicio de un repertorio de derechos # libertades, independientemente de cualquier tipo de
determinaciones& lugar de nacimiento, seo, color de piel, posición económica, entre otras.
2uestro punto de partida es considerar que el paradigma de los derechos humanos nos
brinda un hori'onte para abordar, anali'ar # modificar prácticas sociales que establecen
1 Garriga Zucal J. y Noel G. (2010): “Notas para una defnición antropológica de laviolencia: un deate en curso!" #ulicar" a$o%&&& N' &.
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valoraciones distintas para distintos grupos de personas. *ste tipo de prácticas se
fundamentan en distintos “motivos” que var$an a lo largo del tiempo # los lugares& el color
de la piel, el lugar de nacimiento, los ingresos familiares, el seo # la identidad seual, etc.
7odas estas formas de violencia tienen como presupuesto la consideración de que todos los
seres humanos no son igualmente dignos.